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SU DECISIÓN SALUD VIDA Y BENEFICIOS FINANCIEROS JUBILACIÓN GUÍ A DE BENEFICIOS AGENCIA D E SERVICIOS PARA EMPLEADOS DEL CONDADO DE SANTA CLARA COMIENCE AQUÍ AÑO DEL PLAN 2020-2021

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V I D A Y B E N E F I C I O S F I N A N C I E R O S

J U B I L A C I Ó N

G U Í A D E B E N E F I C I O S A G E N C I A D E S E R V I C I O S PA R A E M P L E A D O S D E L C O N D A D O D E S A N TA C L A R A

C O M I E N C E A Q U Í A Ñ O D E L P L A N 2 0 2 0 - 2 0 2 1

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El Condado de Santa Clara se esfuerza por brindarles a usted y su familia programas, herramientas y recursos para que puedan tener una vida saludable.

En esta Guía de beneficios, encontrará la información que necesita para realizar sus elecciones de beneficios, ya sea durante la inscripción abierta o como empleado nuevo. Es fácil explorar la Guía de beneficios si la revisa en línea o en su teléfono móvil: use los íconos en la parte superior para saltar a la sección que desee y. cuando esté en una sección, haga clic o toque los subtemas. También puede hacer clic en las flechas junto a los números de página para retroceder o avanzar.

Le recomendamos que revise atentamente esta Guía de beneficios para jubilados para comprender las opciones disponibles y para inscribirse en el plan que mejor se adapte a sus necesidades y las de su familia. Además, durante todo el año, la Guía puede ayudarlo a tomar decisiones fundamentadas sobre la atención médica a medida que experimenta ciertos eventos de la vida.

Cambios ligeros en las tarifas para el año del plan 2020-2021Este año, verá ligeros cambios en las tarifas de la prima para la cobertura

médica de los planes de salud del Condado para el año del plan 2020-2021. Por lo demás, todas las características y planes de

beneficios permanecen sin cambios.

¡Use MobileBenes en su teléfono inteligente!Sus beneficios están allí, en la palma de la mano, en el sitio web MobileBenes en su pantalla de inicio. ¡Es un gran recurso para obtener información sobre los beneficios sobre la marcha!

En su navegador, acceda a https://scc.mobilebenes.com. Siga las sencillas instrucciones sobre cómo agregarlo a

su escritorio móvil.

I N S C R I P C I Ó N A B I E R TA D E L 1 A L 3 1 D E M AY O D E 2 0 2 0

Las instrucciones para inscribirse se abordan en la sección Su decisión. Si desea realizar cambios en los beneficios, asegúrese de enviar la documentación requerida antes del 31 de mayo de 2020 a su Centro de servicio para empleados. Todos los cambios en las elecciones entrarán en vigor el 29 de junio de 2020. Consulte la página 37 para obtener más información.

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A C E R C A D E S U S B E N E F I C I O S P A R A E M P L E A D O S D E L C O N D A D O

D E S A N T A C L A R A

Durante el período de Inscripción abierta, le recomendamos que revise sus elecciones de beneficios y sus dependientes cubiertos y que se asegure de que sus decisiones continúen satisfaciendo sus necesidades. Asegúrese de consultar sus beneficios actuales disponibles en su Informe de beneficios personalizado. Para acceder a su informe, diríjase al sitio web Connect del Condado, haga clic en el icono "Employment" (Empleo) y haga clic en "My Benefits Statement" (Mi informe de beneficios).

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Esta guía destaca ciertos componentes de los planes de beneficios disponibles para los empleados elegibles del Condado de Santa Clara; no obstante, solo brinda una descripción general. Esta guía no reemplaza los documentos oficiales del plan, incluidos los contratos/las pólizas de seguro aplicables o las pruebas o certificados de cobertura relacionados, que son la autoridad definitiva sobre las disposiciones del plan utilizadas para determinar cómo y cuándo se pagan los beneficios o si los beneficios se pagan o serán pagaderos y se controlarán en caso de conflicto. Esta guía es una herramienta que puede usar, pero debe consultar los documentos del plan para conocer los beneficios que describe; estos documentos están disponibles en www.sccgov.org/sites/esa/ebenefits. El Condado de Santa Clara se reserva el derecho de cambiar, enmendar, suspender, retirar o rescindir todos los planes, de forma total o parcial, en cualquier momento, de conformidad con los requisitos contractuales aplicables. Ni los planes ni esta guía son contratos de trabajo. No le garantizan el derecho a continuar trabajando para el Condado de Santa Clara.

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MÉDICO

El Condado de Santa Clara le ofrece tres opciones de planes médicos. Puede elegir entre dos planes de una Organización para el mantenimiento de la salud (Health Maintenance Organization, HMO) y un plan de Punto de servicio (Point of Service, POS). Consulte el cuadro comparativo de Planes resumidos en la página 7 para ver los aspectos más destacados de las características y los beneficios clave del plan.

Sobre los planes de las HMO Con un plan de una HMO, usted elige un médico de atención primaria (Primary Care Physician, PCP) de una red de profesionales de atención médica locales que lo derivará a especialistas u hospitales dentro de la red cuando sea necesario. Toda su atención médica se coordina a través de ese PCP.

Puede elegir el Plan de salud de Kaiser Permanente o Valley Health Plan. Con Kaiser, debe vivir o trabajar dentro de un radio de 30 millas de un hospital de Kaiser. Sin embargo, los suscriptores que no posean Medicare y vivan fuera del área de servicio son elegibles para inscribirse si trabajan en el área de servicio al momento de la inscripción inicial. Los hijos dependientes pueden vivir en cualquier lugar dentro o fuera del área de servicio. Otros dependientes, como su cónyuge, pueden vivir en cualquier parte, pero no serán elegibles para inscribirse ni para continuar la inscripción si viven o se mudan al área de servicio de una región fuera de California. Con Valley Health Plan, debe vivir o trabajar en el Condado de Santa Clara.

La mayoría de los servicios están cubiertos al 100 % con copagos mínimos o sin copagos por visitas al consultorio. Los servicios fuera de la red no están cubiertos, excepto en condiciones de emergencia posiblemente mortales.

Acerca del plan Health Net POS El plan de Punto de servicio de Health Net es un plan de seguro de salud de atención administrada que le ofrece una selección de diferentes tipos de proveedores separados en tres “Niveles”. Los beneficios pagados por el plan y lo que pagará de su propio bolsillo variarán según su elección de Nivel cuando reciba su atención. Así es como funciona:

A N T E S D E S U V I S I TA …

Los beneficios provistos en el Nivel uno y el Nivel dos del Plan de POS pueden ser distintos de los del Nivel tres. Por ejemplo, las visitas de mujeres sanas fuera de la red no están cubiertas. Asegúrese de comprender qué está cubierto y qué no antes de visitar a un proveedor. Comuníquese con Health Net al 800-522-0088 para obtener más información.

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No olvide aprovechar los beneficios gratuitos de atención preventiva que se ofrecen a través de la cobertura médica de su Condado.

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Nivel uno: proveedores de HMO—Puede pagar la proporción más pequeña del costo.

• Reciba atención de proveedores de Health Net HMO ubicados dentro de un radio de 30 millas de donde vive o trabaja.

• Usted selecciona un médico de atención primaria (PCP) que coordinará su atención y lo derivará a especialistas y hospitales si es necesario.

• Usted paga un copago de $15 por visita al consultorio y el plan paga los servicios cubiertos al 100%.

Nivel dos: proveedores de la Organización de proveedores preferidos (Preferred Provider Organization, PPO)—Es posible que pague más de su bolsillo.

• Reciba atención de un proveedor en una red seleccionada de médicos, hospitales y otros profesionales de la salud de Health Net (llamada red de "PPO").

• No se requieren derivaciones para la atención especializada.

• Usted paga un copago de $20 por visita al consultorio. Además, el plan cubre el 90% de diversos servicios cubiertos y usted paga el 10% restante.

Nivel tres: fuera de la red—Paga más de su bolsillo.

• Puede buscar atención fuera de la red de cualquier proveedor con licencia.

• Debe alcanzar un deducible para la atención fuera de la red antes de que el plan comience a pagar los beneficios.

• Luego, el plan paga el 70% de los cargos que considera "usuales, habituales y razonables" por los servicios que recibe. (Esto también se conoce como el "monto máximo permitido del plan"). Usted es responsable del saldo restante.

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Para obtener más información o hacer preguntas, comuníquese con el Centro de servicio para empleados de su Departamento (consulte la página 40) o con los planes directamente:

Plan de salud de Kaiser Permanente (Grupo 890)800-464-4000https://my.kp.org/santaclaracounty/

Valley Health Plan (Grupo C, póliza A)888-421-8444www.valleyhealthplan.org/scc

Health Net (Grupo 40785A) 800-522-0088 www.healthnet.com/portal/member/content/iwc/mysites/sc/home.action

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Telemedicina: en respaldo de su salud física y mental Cada uno de los planes médicos del Condado ofrece telemedicina como parte de sus servicios cubiertos para miembros inscritos y dependientes. Puede ahorrar tiempo y dinero a través de visitas virtuales, donde puede conversar con un médico o terapeuta con licencia desde cualquier lugar y en cualquier momento. Las citas se pueden coordinarse en el sitio web o por teléfono o mediante la aplicación móvil.

La telemedicina está disponible por teléfono o video las 24 horas del día, los siete días de la semana. Los médicos (incluidos los médicos generales y los pediatras) pueden diagnosticar sus síntomas, recetar medicamentos y enviar la receta a su farmacia local. Utilice sus servicios como una alternativa rentable a las costosas visitas a la sala de emergencias o de atención urgente.

Además, también hay servicios de apoyo de salud mental. De acuerdo con el plan, puede hablar con un psiquiatra para obtener un diagnóstico o medicamento o hablar con un terapeuta para obtener ayuda con sus preocupaciones actuales.

Antes de ir a la sala de emergencias, la sala de atención de urgencia o el consultorio de su dermatólogo o terapeuta, considere si no le conviene más una visita de telemedicina. Puede ser una buena opción en estos casos:

• No es conveniente que salga del trabajo o de su casa.

• Su médico o pediatra no está disponible cuando usted lo está.

• Tiene problemas de salud que no son de emergencia y necesita hacer la consulta después del horario de atención.

• Viajará y necesita atención médica.

• Tiene un problema de salud, como gripe, alergias, infección sinusal, erupción cutánea, dolor de garganta, etc.

• Necesita tratamiento de problemas cutáneos continuos o complejos, como psoriasis, eczema, acné, etc.

• Necesita ayuda fuera del horario de atención para tratar ansiedad, trastornos alimentarios, depresión o problemas familiares.

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¿Necesita acceder a un médico las 24 horas del día, todos los días de la semana, sin salir de su hogar u oficina? Comuníquese con el servicio de telemedicina de su plan de salud:

Kaiser Permanente866-454-8855https://mydoctor.kaiserpermanente.org/ncal/promotions/#/kppreventivecare

Valley Health Plan—MDLIVE888-467-4614www.mdlive.com/VHP

866-682-9492Línea de asesoramiento de enfermería de VHP las 24 horas

Health Net—Teladoc 800-835-2632 www.teladoc.com/hn

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Servicios disponibles A continuación, se presentan breves descripciones de los servicios de telemedicina disponibles a través de los planes médicos del Condado con la información de contacto disponible en el cuadro a la derecha.

Kaiser Permanente—Mi médico en línea Como miembro de Kaiser, puede conectarse con un proveedor de Kaiser por teléfono, video o correo electrónico. Además, tiene disponibles las visitas en línea, denominadas también visitas electrónicas, donde responderá algunas preguntas en línea y obtendrá asesoramiento/tratamiento de un médico en un plazo de dos horas (disponible de 7:00 a 19:00 h todos los días).

Valley Health Plan—MDLIVE Como miembro de Valley Health Plan, tiene acceso virtual las 24 horas del día, todos los días, a médicos y terapeutas a través del beneficio de telesalud de VHP sin costo alguno. Visite la página de inicio especial de MDLIVE para el Condado, donde puede activar su cuenta o descargar su aplicación móvil.

Todos los miembros también pueden llamar a la Línea de asesoramiento de enfermería de VHP las 24 horas, los 7 días de la semana, y sin costo alguno para solicitar asesoramiento sobre la opción de atención más adecuada para su afección o síntomas. El número es 866-682-9492.

Health Net—Teladoc Como miembro de Health Net, puede hablar con un médico con licencia por teléfono o video en cuestión de minutos a través de Teladoc. La terapia confidencial de salud mental también está disponible con los proveedores de salud mental de Teladoc.

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Planes médicos resumidos La siguiente tabla ofrece una descripción general de algunas de las características de nuestros planes médicos. Los documentos oficiales del plan ofrecen una explicación detallada de los servicios cubiertos, las limitaciones y las exclusiones.

Kaiser Permanente HMO Valley Health Plan HMO Health Net POSNivel 1—HMO; Nivel 2—PPO; Nivel 3—fuera de la red/POS

Tipo de plan HMO: Servicios prestados a través de proveedores y centros de Kaiser

HMO: Servicios prestados a través de proveedores y centros de Valley Health Plan

Los miembros pueden usar proveedores de la red Health Net HMO o PPO o buscar atención fuera de la red

Área de servicio Vive/trabaja dentro de un radio de 30 millas de un hospital de Kaiser

Vive/trabaja en el Condado de Santa Clara

Para recibir los beneficios del nivel HMO, vive/trabaja dentro de un radio de 30 millas del médico seleccionado

Deducible Ninguno Ninguno Nivel 1: ningunoNivel 2: ninguno Nivel 3: $200 por miembro/$600 por familia por año

Desembolso máximo anual (individual/familiar)

$1,500/$3,000 $1,000/$2,000 Médico:Nivel 1—$1,500/$4,500Nivel 2—$2,000/$6,000Nivel 3—$3,000/$9,000

Medicamento recetado:Dentro y fuera de la red—$2,000/$4,000

Los desembolsos máximos anuales por gastos médicos y de medicamentos recetados están separados

Visitas al consultorio

Copago de $10 Sin copago Nivel 1: copago de $15Nivel 2: copago de $20Nivel 3: el plan cubre el 70% del monto máximo permitido

Examen preventivo anual de rutina

Sin copago Sin copago Niveles 1 y 2: sin copagoNivel 3: cubierto solo hasta los 18 años

Servicios hospitalarios

Copago de $100 por admisión en hospitales de Kaiser Permanente

Sin copago con autorización previa

Nivel 1: sin copago si el PCP lo derivaNivel 2: el plan cubre el 90% con autorización previaNivel 3: el plan cubre el 70% del monto máximo permitido

Servicios de emergencia

Copago de $35 en un centro de Kaiser; si es admitido, se renuncia al copago. Los servicios en un centro que no pertenece a Kaiser están cubiertos si se consideran médicamente necesarios. Debe notificar al plan en un plazo de 24 a 48 horas si recibe servicios de un centro que no pertenece a Kaiser.

Sin copago. Los servicios en hospitales fuera de la red están cubiertos si se consideran médicamente necesarios. Debe notificar a VHP en un plazo de 24 a 48 horas si recibe servicios fuera de la red.

Nivel 1: copago de $50 en un hospital de la redNivel 2*: copago de $75Nivel 3*: el plan cubre el 70% del monto máximo permitidoEl costo compartido no se aplica si es admitido

Atención de urgencia

Copago de $10 en los centros de Kaiser

Sin copago Nivel 1: copago de $35Nivel 2*: copago de $50Nivel 3*: el plan cubre el 70% del monto máximo permitido

* Los Servicios fuera de la red y PPO se cobran a nivel de HMO si se consideran emergentes.

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Planes médicos resumidos (continuación)

Kaiser Permanente HMO Valley Health Plan HMO

Health Net POSNivel 1—HMO; Nivel 2—PPO; Nivel 3—fuera de la red/POS

Medicamentos recetados (al por menor)

Genérico: copago de $5 por suministro de 30 díasDe marca: copago de $10 por suministro de 30 días

Sin copago Genérico: copago de $5 por suministro de 30 díasDe marca: copago de $15 por suministro de 30 díasFuera del formulario: copago de $30 por suministro de 30 días

Medicamentos recetados(pedido por correo)

Genérico: copago de $10 por suministro de 100 díasDe marca: copago de $20 por suministro de 100 días

Sin copago; suministro de 61 a 90 días; pedidos por correo a través de Novixus para medicamentos de mantenimiento

Genérico: copago de $10 por suministro de 90 díasDe marca: copago de $30 por suministro de 90 díasNo incluido en el formulario: $60 por suministro de 90 días(Los medicamentos de mantenimiento se pueden obtener a través del servicio de pedidos por correo o en una farmacia de CVS contratada)

Cuidados quiroprácticos

Sin cobertura Copago de $10/visita, hasta 20 visitas por año calendario cuando es derivado por el PCP

Nivel 1: copago de $5; 20 visitas por año calendario; proveedores del plan contratados a través de American Specialty Health Plan (ASHP)Nivel 2: sin coberturaNivel 3: sin cobertura

Acupuntura Sin cobertura Copago de $10/visita, hasta 20 visitas por año calendario cuando es derivado por el PCP

Sin cobertura

Equipo médico duradero cubierto

El plan cubre el 100%* El plan cubre el 100% del equipo cubierto

Nivel 1: el plan cubre el 100%Nivel 2: el plan cubre el 50%Nivel 3: sin cobertura

Salud mental(paciente ambulatorio)

Copago de $10 Sin copago Nivel 1: copago de $15 Nivel 2: copago de $20 Nivel 3: el plan cubre el 70% del monto máximo permitido

Salud mental (paciente internado)

Copago de $100 por admisión Sin copago Nivel 1: sin copago Nivel 2: el plan cubre el 90% con autorización previa Nivel 3: el plan cubre el 70% del monto máximo permitido

Cuidado de mujer sana Sin copago Sin copago Nivel 1: sin copago por visita anual Nivel 2: sin copago por visita anual Nivel 3: sin cobertura

Cuidado de bebé sano Sin copago Sin copago Nivel 1: sin copago por visita al consultorio Nivel 2: sin copago por visita al consultorio Nivel 3: el plan cubre el 70% del monto máximo permitido

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* Para los miembros que viven fuera del área de servicio, el equipo médico duradero para uso doméstico generalmente no está cubierto. No obstante, los siguientes artículos básicos están cubiertos para los miembros que viven fuera del área, si el miembro los recoge en un centro del Plan: bastón de mango curvo estándar; muletas estándares; monitor de glucosa en sangre y suministros relacionados para el análisis de diabetes en sangre; bomba de insulina y suministros relacionados, excepto insulina u otros fármacos; nebulizador y suministros relacionados para tratar a niños con asma; espirómetro.

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TARIFAS DE PRIMAS DEL PLAN DE SALUD 2020-2021

Tarifas de primas del plan médico Su parte de los costos de la cobertura médica se basa en el plan que elija y los familiares que decida cubrir de la siguiente manera:

• Para los planes HMO de Kaiser y Valley Health, se aplica una estructura de tarifas de cuatro niveles: puede elegir cubrirse a sí mismo o obtener cobertura para usted y su cónyuge/pareja doméstica registrada, sus hijos o su familia.

• Para el plan de Punto de servicio, se aplica una estructura de tarifas de dos niveles: puede optar por cubrirse a sí mismo u obtener cobertura para usted y su familia.

Para la mayoría de los empleados codificados a tiempo completo, el Condado paga el costo de la cobertura de todos los planes de salud solo para los empleados y la mayoría del costo para cubrir a sus familiares. Las estructuras de contribución se basan en acuerdos de unidad de negociaciones y sus contribuciones se deducen de su cheque de pago antes de impuestos. Las tarifas están sujetas a cambios cada año fiscal.

Si usted es un empleado a tiempo completo y su cónyuge o pareja doméstica registrada también trabaja para el Condado, todos los familiares deben inscribirse con un solo empleado (suscriptor) y el Condado cubrirá el 100% de la tarifa de la familia independientemente del plan de salud que usted elija.

Tarifas de las primas del plan dental y de la vista El Condado paga el costo total del seguro dental y de la vista para los empleados codificados a tiempo completo y sus dependientes elegibles.

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Las tarifas del plan médico, incluidas las contribuciones del Condado y sus deducciones de nómina quincenales requeridas, están disponibles en el sitio web de la Agencia de servicios para empleados, en la sección “Beneficios para empleados”.

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Empleados a tiempo parcial Los empleados a tiempo parcial comparten el costo de los planes de salud, dentales, de la vista y del seguro de vida básico. Estas tarifas se prorratean en función de la cantidad de horas regulares que el empleado trabaje en cada período de pago. Su contribución se deduce de su cheque de pago antes de impuestos. Para obtener más información sobre los costos prorrateados, comuníquese con el Centro de servicios para empleados de su Departamento (consulte la página 40).

Deducciones de nómina Los empleados son responsables de verificar que sus deducciones de nómina sean correctas. Si tiene un problema con sus deducciones de nómina, comuníquese de inmediato con el Centro de servicios para empleados de su Departamento (consulte la página 40).

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DENTAL

El Condado ofrece dos planes dentales a sus empleados:

Delta Dental Con este plan, puede elegir a un dentista de la Organización de proveedores preferidos (PPO) de Delta, un dentista de Delta Premier o un dentista fuera de la red que sea miembro de la Asociación Dental de California. Cuando visite a un dentista de Delta Dental, pagará una parte de la tarifa contratada por la mayoría de los servicios. Si visita a un dentista fuera de la red, el plan paga su parte de los "cargos permitidos" por los servicios prestados y usted es responsable de cualquier saldo.

Sus costos generalmente son más bajos cuando elige un dentista de la PPO de Delta. Algunos proveedores pueden exigirle que complete un formulario de reclamo, aunque la mayoría de los dentistas presentarán el reclamo electrónicamente por usted.

LIBERTY Dental LIBERTY Dental es una Organización para el mantenimiento de la salud dental (Dental Health Maintenance Organization, DHMO). Al igual que con un plan médico de HMO, debe vivir en el área de servicio del plan y recibir atención de proveedores dentales participantes. Se aplican copagos para servicios específicos; sin embargo, generalmente no hay límites anuales ni formularios de reclamo.

Para obtener más información o hacer preguntas sobre la cobertura dental, comuníquese con el Centro de servicio para empleados de su Departamento (consulte la página 40) o con el plan directamente:

Plan Servicio de atención al cliente Sitio web

Delta Dental (Grupo 1766) 888-335-8227 www.deltadentalins.com

Plan LIBERTY Dental (Grupo 100232) 888-359-1088 https://client.libertydentalplan.com/scc

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Planes dentales resumidos El cuadro a continuación proporciona un breve resumen de las características de cada plan. Para obtener información adicional y ver los servicios cubiertos, limitaciones y exclusiones, debe consultar el certificado de beneficios de cada plan.

Servicios Delta Dental LIBERTY Dental

Diagnóstico/preventivo El plan paga el 75%; usted paga el 25% y, si visita a un dentista fuera de la red, cualquier saldo adeudado*

Usted paga $0

Restauración El plan paga el 75%; usted paga el 25% y, si visita a un dentista fuera de la red, el saldo adeudado

Usted paga $0

Coronas y puentes El plan paga el 75%; usted paga el 25% y, si visita a un dentista fuera de la red, el saldo adeudado

Usted paga $75

Prostodoncia (dentaduras postizas)

El plan paga el 75%; usted paga el 25% y, si visita a un dentista fuera de la red, el saldo adeudado

Usted paga $100 por dentadura postiza (superior/inferior)

Límites anuales $2,000 por año calendario por miembro Ninguno

Ortodoncia El plan paga el 60% hasta $2,000 de por vida por miembro; usted paga el 40% y cualquier saldo adeudado

Usted paga $1,150

* Los servicios de diagnóstico y prevención no cuentan para el máximo anual si es atendido por un dentista de Delta Dental PPO.

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VISTA

El Condado ofrece beneficios de la vista del Plan de servicio de la vista (Vision Service Plan, VSP). Puede seleccionar un proveedor de su lista de optometristas o alguien fuera de la red. Cuando haga su cita, mencione al consultorio del proveedor seleccionado que es miembro de VSP. El consultorio del proveedor se comunicará con VSP por usted y verificará su elegibilidad.

Los beneficios de la vista cubren un examen con un copago de $20 y lentes cada 12 meses sin costo. El plan proporciona una asignación de $120 por marcos cada 24 meses. Cualquier mejora de lentes seleccionada, como revestimientos o tintes especiales, tendrá descuentos en los copagos asociados con ellos, lo que representa aproximadamente un 20 a 25% de descuento en el cargo minorista normal. Se aplican descuentos adicionales a cualquier excedente de asignación de marco pagado, así como a los marcos adicionales cuando se reciben en un centro dentro de la red.

El plan también cubre lentes de contacto de hasta $120 cada 12 meses en lugar de anteojos, incluido el examen.

Comuníquese con VSP al 800-877-7195 o visite www.vsp.com para encontrar un proveedor.

RENUNCIA A LA BONIFICACIÓN DE ATENCIÓN

El programa de Renuncia a la bonificación de atención médica le brinda la opción de recibir un aumento imponible en los salarios brutos al renunciar a la cobertura médica del Condado.

Los empleados a tiempo completo que eligen renunciar a la cobertura médica reciben $74 por período de pago en salarios imponibles. Los empleados a tiempo parcial que participan en este programa reciben un monto prorrateado para este beneficio.

Si elige participar en este programa, debe completar la documentación necesaria y proporcionar documentación escrita anualmente como prueba de cobertura médica con un programa de seguro distinto del que proporciona el Condado (por ejemplo, el plan del empleador de su cónyuge). < 13 >

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La documentación escrita puede incluir:

• Una carta de la compañía de seguros.

• Una carta del empleador de su cónyuge o pareja doméstica registrada.

• Una declaración anual de beneficios de otro empleador o compañía de seguros.

Toda la documentación debe mostrar la cobertura actual para el año del plan. Su tarjeta del plan de salud no es prueba suficiente de cobertura.

Su elección de Renuncia a la bonificación de atención médica • Tiene la oportunidad de elegir el programa de Renuncia a la bonificación

de atención médica durante el período de Inscripción abierta de cada año. Si actualmente participa y desea continuar durante el año del plan 2020-2021, debe volver a elegir el programa; de lo contrario, el Condado suspenderá su Renuncia a la bonificación de atención médica y renunciará automáticamente a su cobertura médica.

• Como empleado nuevo, considerará el programa de renuncia cuando elija su plan médico dentro de los 30 días posteriores a la fecha de contratación. Puede elegir un plan médico patrocinado por el Condado o renunciar a la cobertura. Si no elige una opción, el Condado determinará que renuncia automáticamente a su cobertura médica.

• No puede cambiar su elección de Renuncia a la bonificación de atención médica durante el año a menos que tenga un evento que califique, como el nacimiento de un hijo, fallecimiento, matrimonio o divorcio. Si tiene un evento que califique, puede cambiar su elección dentro de los 30 días posteriores al evento. De lo contrario, debe esperar hasta el próximo período de Inscripción abierta del programa para realizar un cambio.

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CUENTA DE GASTOS FLEXIBLES DE SALUD (HFSA)

Este programa le permite establecer una cuenta especial para pagar gastos de salud de su bolsillo con dólares libres de impuestos. Puede contribuir hasta $2,700 por año calendario a esta cuenta.

Una vez establecida, la cuenta funciona de la siguiente manera:

• Puede usar sus fondos para pagar los gastos elegibles para usted, su cónyuge y sus dependientes calificados, independientemente de si están inscritos en los planes médicos, dentales y de la vista del Condado.

• Usted tiene acceso a su elección anual completa de Cuenta de gastos flexibles de salud (Health Flexible Spending Account, HFSA) en cualquier momento del año.

• El plan se ejecuta por año calendario, por lo que pueden reembolsarse los gastos incurridos entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.

• El plan también incluye un "período de gracia" después del final del año calendario. Si le sobran fondos, puede solicitarlos para los gastos incurridos desde el 1 de enero de 2021 hasta el 15 de marzo de 2021.

• La HFSA es administrada por Navia Benefit Solutions, que cobra una tarifa de servicio de $1.15 por período de pago para su cuenta. (Tenga en cuenta que no se le “cobrará el doble” si también se inscribe en el Programa de asistencia para el cuidado de dependientes). La HFSA incluye una tarjeta de débito que puede utilizar para pagar a sus proveedores directamente por los gastos de atención médica. Además, puede establecer una cuenta en línea y presentar reclamos en línea o a través de su teléfono móvil. Los pagos de reembolso se realizan mediante un cheque o depósito directo en su cuenta bancaria.

• Por último, con una Cuenta de gastos flexibles, se aplica la regla del Servicio de Impuestos Internos (Internal Revenue Service, IRS) de “si no lo usa, lo pierde”. Asegúrese de calcular el monto que desea contribuir con cuidado. Si tiene dinero restante en su cuenta al final del período de gracia del año del plan, perderá esos fondos. < 15 >

G A S T O S E L E G I B L E S C O M U N E S D E L A H F S A

El IRS determina qué gastos son elegibles para reembolso. Algunos ejemplos incluyen:

• Medicamentos recetados

• Copagos y coseguros

• Deducibles

• Control de natalidad

• Diversos medicamentos de venta libre, cuando los recete el médico

• Tratamiento dental

• Ortodoncia

• Gafas y lentes de contacto

• Atención quiropráctica

• Masoterapia

Consulte la Publicación 502 del IRS para obtener una lista completa de los gastos elegibles.

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Su elección de contribución en la HFSA • Si desea participar en la HFSA, el IRS requiere que se inscriba y elija el

monto de contribución cada año.

• Como se indicó anteriormente, el programa se ejecuta por año calendario, del 1 de enero al 31 de diciembre. Por lo tanto, durante el otoño de cada año, tendrá la oportunidad de inscribirse en el período de inscripción anual para Cuentas de gastos flexibles (generalmente, en noviembre). Su elección anual se deduce de su cheque de pago en incrementos iguales.

• Como empleado nuevo, puede optar por participar en este programa dentro de los 30 días de su fecha de contratación.

• No puede cambiar su elección anual durante el año a menos que tenga un evento que califique, como el nacimiento de un hijo, fallecimiento, matrimonio o divorcio. Si tiene un evento que califique, puede cambiar su elección de HFSA dentro de los 30 días posteriores al evento. De lo contrario, debe esperar hasta el próximo período de inscripción del programa para realizar un cambio.

Comuníquese con Navia Benefit Solutions al 800-669-3539 o visite www.naviabenefits.com/participants/benefits/health-care-fsa para obtener más información sobre este programa.

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PROGRAMA DE ASISTENCIA PARA EL CUIDADO DE

DEPENDIENTES (DCAP)

El Programa de asistencia para el cuidado de dependientes (Dependent Care Assistance Program, DCAP) le permite establecer una cuenta especial para pagar los servicios de cuidado de dependientes, necesarios para que usted trabaje, con dólares libres de impuestos. Es una forma inteligente y cómoda de ahorrar en estos gastos.

A través del programa, se le pueden reembolsar gastos relacionados con lo siguiente:

• El cuidado de sus hijos dependientes menores de 13 años.

• El cuidado de otro dependiente que sea física o mentalmente incapaz de cuidar de sí mismo, lo que incluye el cuidado de ancianos.

Puede contribuir hasta $5,000 por año en su cuenta ($2,500 si está casado y presenta una declaración por separado). Este límite lo establece el IRS. Además, tenga en cuenta que, si participa en este programa, no puede reclamar un Crédito por gastos del cuidado de los hijos con impuestos federales sobre la renta en su declaración de impuestos.

Su cuenta del DCAP funciona de manera similar a la Cuenta de gastos flexibles de salud:

• El plan se ejecuta por año calendario, por lo que pueden reembolsarse los gastos incurridos entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.

• El DCAP es administrado por Navia Benefit Solutions, que cobra un cargo de servicio de $1.15 por tarifa de período de pago para su cuenta. (Tenga en cuenta que no se le “cobrará el doble” si también se inscribe en la HFSA). Puede establecer una cuenta en línea y presentar reclamos en línea o a través de su teléfono móvil. Los pagos de reembolso se realizan mediante un cheque o depósito directo en su cuenta bancaria.

• Por último, con el DCAP, se aplica la regla del IRS de “si no lo usa, lo pierde”. Asegúrese de calcular el monto que desea contribuir con cuidado. Si tiene dinero restante en su cuenta al final del período de gracia del año del plan, perderá esos fondos. < 17 >

G A S T O S E L E G I B L E S C O M U N E S D E L D C A P

El IRS determina qué gastos son elegibles para reembolso. Algunos ejemplos incluyen:

• Campamento de verano

• Guardería

• Programas extracurriculares

• Cuidadodeniñera

• Cuidado de niños en relación con el trabajo (su niñera no puede un dependiente)

• Cuidado de ancianos

Consulte la Publicación 503 del IRS para obtener más información sobre los gastos y proveedores elegibles.

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Su elección de contribución en el DCAP • Si desea participar en el DCAP, el IRS requiere que se inscriba y elija el

monto de su contribución cada año.

• Comoseindicóanteriormente,elprogramaseejecutaporañocalendario,del 1 de enero al 31 de diciembre. Por lo tanto, durante el otoño de cada año, tendrá la oportunidad de inscribirse en el período de inscripción anual para Cuentas de gastos flexibles (generalmente, en noviembre). Su elección anual se deduce de su cheque de pago en incrementos iguales.

• Comoempleadonuevo,puedeoptarporparticiparenesteprogramadentro de los 30 días de su fecha de contratación.

• Nopuedecambiarsuelecciónanualduranteelañoamenosquetengaun evento que califique, como estos:

› El nacimiento de un hijo, fallecimiento, matrimonio o divorcio.

› Tiene un cambio en su situación laboral.

› Se muda.

› Hay un cambio en el costo de los servicios de su proveedor.

› Su hijo cumple 13 años.

› Su pariente calificado recupera su capacidad para cuidar de sí mismo.

• Susgastosdecuidadodedependientestambiénpuedencalificarparaun crédito tributario por cuidado de dependientes en su declaración de impuestos individual. Consulte a su asesor fiscal para determinar si participa en el DCAP o si acepta el crédito; los gastos generalmente no pueden ser reembolsados por el DCAP si también se reclaman como crédito fiscal.

Si tiene un evento que califique, puede cambiar su elección del DCAP dentro de los 30 días posteriores al evento. De lo contrario, debe esperar hasta el próximo período de inscripción del programa para realizar un cambio.

Comuníquese con Navia Benefit Solutions al 800-669-3539 o visite www.naviabenefits.com/participants/benefits/day-care-fsa para obtener más información sobre este programa.

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SEGURO DE VIDA

Los empleados activos por hora y asalariados que ocupan puestos codificados regulares y trabajan medio tiempo o más por semana son elegibles para el seguro de vida patrocinado por el Condado.

Seguro de vida básico (proporcionado por Standard Insurance Company) Los empleados en la mayoría de las unidades de negociaciones reciben $25,000 de cobertura básica del seguro de vida. El Condado cubre el 100% del costo de los empleados codificados a tiempo completo. Los empleados a tiempo parcial pagan un monto prorrateado de la tarifa en función de la cantidad de horas regulares trabajadas en cada período de pago.

Puede designar a cualquier beneficiario para los beneficios del seguro de vida proporcionado por el Condado. No obstante, es importante entender que California es un estado de propiedad comunitaria. En consecuencia, es posible que desee consultar a un abogado para obtener asesoramiento legal sobre las leyes de propiedad comunitaria y cómo se aplican a la distribución de sus beneficios del seguro de vida.

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Seguro de vida complementario (proporcionado por Standard Insurance Company) Para agregar a su cobertura de seguro de vida básico, puede optar por comprar un seguro de vida complementario.

Los montos disponibles para la compra se basan en su salario quincenal y usted pagará el costo total de la prima para esta cobertura.

El cuadro a continuación muestra las diferentes opciones y costos. Por ejemplo:

• Si su salario quincenal es de $278.40 o menos, puede elegir la Opción I solamente y su prima quincenal será de $0.71 por período de pago.

• Si recibe como salario quincenal entre $576.81 y $773.60, puede elegir la Opción 1, 2, 3 o 4 y pagar la prima quincenal correspondiente. Si elige la Opción 3, paga $2.02 por período de pago.

• Si su salario quincenal es superior que $3,855.94, puede elegir las Opciones 1 a 13 y pagar la prima quincenal correspondiente. Si elige la Opción 10, paga $14.31 por período de pago.

Tarifas de primas del seguro de vida complementario

Salario quincenal calificado Opción Monto de la cobertura Tarifa de la prima quincenal

$278.40 o menos 1 $31,000 $0.71

$278.41 a $382.40 2 $42,000 $1.13

$382.41 a $576.80 3 $63,000 $2.02

$576.81 a $773.60 4 $83,000 $2.66

$773.61 a $1,142.20 5 $125,000 $4.00

$1,142.21 a $1,538.45 6 $167,000 $6.01

$1,538.46 a $1,923 7 $209,000 $8.57

$1,923.01 a $2,307.69 8 $250,000 $10.25

$2,307.70 a $2,692.31 9 $299,000 $12.26

$2,692.32 a $3,076.92 10 $349,000 $14.31

$3,076.93 a $3,462.63 11 $399,000 $16.36

$3,462.64 a $3,855.93 12 $449,000 $20.65

Desde $3,855.94 13 $500,000 $29.50

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Su elección del seguro de vida complementario• Como se indicó anteriormente, el monto de su salario quincenal

determina su elegibilidad para las diferentes opciones de cobertura (opciones 1 a 13).

• Tiene la opción de elegir una "fórmula de aumento automático" o una “fórmula fija” al elegir su beneficio. Si elige la “fórmula de aumento automático”, su cobertura se actualizará automáticamente a medida que su salario base cambie debido a un aumento salarial. Si elige la opción de “beneficio fijo”, el monto de su opción de cobertura permanece fijo y no cambia cuando cambia su salario.

• Su primera oportunidad para inscribirse surge cuando lo contratan por primera vez: puede seleccionar cualquier opción para la que sea elegible e inscribirse dentro de los 30 días posteriores a la fecha de contratación. No tiene la obligación de proporcionar “evidencia de asegurabilidad” (se define en la Descripción resumida del plan) si se inscribe dentro del período de su contratación inicial.

• A medida que continúe trabajando para el Condado, puede inscribirse (o cambiar su elección) en cualquier momento. Pero si termina el período de su contratación inicial, se le pedirá que proporcione evidencia de asegurabilidad.

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¿ Q U É E S L A E V I D E N C I A D E A S E G U R A B I L I D A D ?

Cuando se registra para recibir ciertos beneficios, como el seguro de vida y el seguro por discapacidad a largo plazo, la aseguradora puede solicitarle que brinde información sobre su estado de salud, lo que también se denomina "evidencia de asegurabilidad". Esto puede incluir la divulgación de sus registros médicos y un examen físico.

Standard Insurance Company (nuestra aseguradora) puede pedirle que complete el proceso de evidencia de asegurabilidad en estos casos:

• Si no se inscribe para la cobertura de un seguro de vida complementario o seguro por discapacidad a largo plazo dentro de los 30 días de su fecha de contratación.

• Si solicita un cambio o aumento del monto de su cobertura.

Si es necesario, Standard Insurance Company le proporcionará instrucciones y los formularios necesarios para completar este proceso. La aprobación o denegación de cobertura de Standard puede demorar hasta tres meses.

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SEGURO POR MUERTE ACCIDENTAL Y DESMEMBRAMIENTO

(AD&D)

(Proporcionado por Standard Insurance Company)Para proteger financieramente a su familia en caso de muerte accidental o lesión grave, puede optar por comprar una cobertura de seguro por muerte accidental y desmembramiento (Accidental Death and Dismemberment, AD&D) para usted y su cónyuge e hijos. Usted paga el costo total de la prima para esta cobertura y puede inscribirse o cambiar su elección en cualquier momento sin restricciones.

Puede elegir entre las siguientes opciones de cobertura:

Opciones de cobertura de AD&D

Opciones de cobertura para empleados...Usted selecciona una

…ADEMÁS, decide si desea cubrir a su cónyuge o hijos.

$10,000 El plan le paga un porcentaje del valor de su beneficio en caso de muerte o pérdida cubierta de su cónyuge o hijo (por ejemplo, pérdida de visión, pérdida de una mano o pie) de la siguiente manera:

• 60%parasucónyuge,sisolotieneuncónyuge.

• 20%porhijo,sisolotienehijos.

• 50%parasucónyugey15%porhijo,sitienecónyuge e hijos.

También se aplica un pago de beneficio máximo:

• $250,000máximoporlapérdidadesucónyuge.

• $100,000máximoporlapérdidadeunhijo.

$20,000

$40,000

$60,000

$80,000

$100,000

$125,000

$150,000

$200,000

$250,000

$300,000

$350,000

$400,000

$450,000

$500,000

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El costo de su prima depende de las opciones que elija. Los costos son los mismos para los empleados a tiempo completo y a tiempo parcial. El costo de la prima quincenal para la cobertura es:

Tarifas de primas del seguro por AD&D

Monto del ben-eficio

Cobertura solo para empleados

Cobertura para usted y su cónyuge/hijos

$10,000 $0.08 $0.12

$20,000 $0.16 $0.24

$40,000 $0.32 $0.48

$60,000 $0.48 $0.72

$80,000 $0.64 $0.96

$100,000 $0.80 $1.20

$125,000 $1.00 $1.50

$150,000 $1.20 $1.80

El plan paga los beneficios en estas circunstancias:

• En caso de fallecimiento como consecuencia de un accidente, el plan paga el 100% del monto de la cobertura.

• Por la pérdida de una mano, un pie o un ojo, el plan paga el 50% del monto del beneficio.

• Por la pérdida de más de una mano, pie u ojo, el plan paga el 100% del monto del beneficio.

Se aplican beneficios y exclusiones adicionales: consulte el certificado de beneficios del plan, disponible a través del sitio web de la Agencia de servicios para empleados, en Seguro por muerte accidental y desmembramiento (Accidental Death and Dismemberment, AD&D).

Si desea inscribirse o cambiar su cobertura, comuníquese con el Centro de servicios para empleados de su Departamento (consulte la página 40).

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C O B E R T U R A P O R A D & D PA R A A L G U A C I L E S Y O F I C I A L E S D E C O R R E C C I O N A L E S

El Condado proporciona $20,000 de cobertura por AD&D ocupacional a todos los alguaciles y oficiales de correccionales activos. Comuníquese con el Centro de servicios para empleados de su Departamento para obtener más información. También tenga en cuenta que el certificado de beneficios del plan está disponible a través del sitio web de la Agencia de servicios para empleados, en Seguro por muerte accidental y desmembramiento.

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Tarifas de primas del seguro por AD&D

Monto del ben-eficio

Cobertura solo para empleados

Cobertura para usted y su cónyuge/hijos

$200,000 $1.60 $2.40

$250,000 $2.00 $3.00

$300,000 $2.40 $3.60

$350,000 $2.80 $4.20

$400,000 $3.20 $4.80

$450,000 $3.60 $5.40

$500,000 $4.00 $6.00

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AUSENTARSE DEL TRABAJO

Discapacidad Si tiene una enfermedad o lesión no relacionada con el trabajo y no puede trabajar durante un período prolongado, el Condado ofrece beneficios por discapacidad que reemplazan parcialmente su salario mientras está fuera en ciertas circunstancias.

Seguro de discapacidad del estado de California (SDI)Para California, el programa de Seguro de discapacidad del estado (State Disability Insurance, SDI) proporciona un reemplazo de ingresos para los empleados elegibles debido a sus enfermedades o lesiones no relacionadas con el trabajo, embarazos o partos.

El programa del seguro por discapacidad estatal paga beneficios semanales que van desde $50 hasta $1,300. El beneficio pagado se basa en los salarios más altos que gana durante un trimestre en un período base de 12 meses hasta un monto de beneficio máximo. Su reclamo puede comenzar cuando su médico certifique que su discapacidad le impida realizar sus tareas laborales habituales. De acuerdo con el tipo de reclamo por discapacidad, el beneficio puede pagarse durante 52 semanas como máximo. El estado de California toma todas las decisiones de beneficios y elegibilidad.

Para obtener más información sobre la elegibilidad y los beneficios cubiertos a través del SDI de California, visite www.edd.ca.gov/Disability/About_DI.htm.

Puede haber un período de espera de siete días para que comiencen los beneficios por discapacidad. Puede usar la licencia por enfermedad o el tiempo de vacaciones durante este período. Luego, puede integrar el seguro de discapacidad del estado con su saldo de tiempo de vacaciones y licencia por enfermedad restante. Una ventaja de hacerlo es que es posible que le paguen lo mismo o casi lo mismo que su salario normal mientras se ausente del trabajo, de acuerdo con su salario. No obstante, la integración no es automática. Antes o dentro de una semana de la discapacidad, usted (o su designado) debe notificar al Centro de servicio para empleados de su Departamento para discutir sus opciones. De lo contrario, pueden asignarle una licencia no remunerada, lo que afecta su pago y sus beneficios de seguro médico, dental, de la vista y de vida. < 24 >

La mayoría de los empleados tiene una deducción automática por SDI de su cheque de pago. Esta deducción aparece en su cheque de pago como: CA OASDI/EE.

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T O M E N O TA …

Los derechos de licencia por embarazo se rigen por la Ley de licencia por discapacidad por embarazo de California (Pregnancy Disability Leave, PDL) y la Ley de Derechos Familiares de California (California Family Rights Act, CFRA).

Los beneficios de discapacidad por embarazo durante la licencia para la mayoría de las empleadas están cubiertos por el programa de SDI de California. La licencia por discapacidad típica en virtud de la PDL para un embarazo normal es de hasta cuatro semanas antes de la fecha de parto esperada y hasta seis semanas (para el parto normal) u ocho semanas (para la cesárea) después del parto real. Después de su período de discapacidad por embarazo, también puede ser elegible para tomarse seis semanas adicionales de licencia a través de la CFRA. Además, puede ser elegible para 12 semanas de reemplazo de ingresos a tasas similares al SDI, durante seis de estas semanas, a través del programa de Licencia familiar remunerada de California, como se indica a continuación.

Licencia familiar remunerada (PFL) El Plan de Licencia familiar remunerada (Paid Family Leave, PFL) forma parte del programa de SDI de California. La PFL proporciona hasta ocho semanas de pago parcial a los empleados que toman una licencia del trabajo para vincularse con un nuevo hijo (incluidos los recién adoptados y acogidos) o para cuidar a un familiar gravemente enfermo.

El estado paga un porcentaje del salario elegible del empleado. El beneficio mínimo semanal es de $50; el beneficio semanal máximo es de $1,300.

Para obtener más información sobre PFL, visite: www.edd.ca.gov/Disability/Paid_Family_Leave.htm.

Seguro por discapacidad a largo plazo (proporcionado por Standard Insurance Company)La mayoría de los empleados activos por hora y asalariados que trabajan medio tiempo o más por semana son elegibles para la cobertura de discapacidad a largo plazo. Este es un plan de beneficios voluntario: usted paga el costo total de la prima por esta cobertura.

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Puede elegir entre dos tipos de beneficios:

1. Plan básico: cubre 66 ²/3% de su salario base. El monto máximo de salario mensual considerado para la cobertura es de $22,500. El beneficio mensual mínimo es de $216.67; el beneficio mensual máximo es de $15,000. Según el Plan básico, su beneficio (y el costo de la prima) se ajusta automáticamente a medida que aumenta su salario.

2. Opciones de beneficios fijos: selecciona un monto de beneficios que es inferior a lo que proporciona su salario base mensual. Este es un monto de beneficio y una prima fijos. Si aumenta su salario, el monto de su beneficio y la prima no cambiarán. Tiene varias opciones para elegir de la siguiente manera:

Plan de discapacidad a largo plazo: opciones de beneficios fijos

Opción Monto del beneficio Beneficio mensual mínimo/máximo

2 66 ²/3% de los primeros $2,275 del salario base mensual $216.67 mínimo / $1,516.67 máximo

3 66 ²/3% de los primeros $2,600 del salario base mensual $216.67 mínimo / $1,733.33 máximo

4 66 ²/3% de los primeros $2,925 del salario base mensual $216.67 mínimo / $1,950 máximo

5 66 ²/3% de los primeros $3,250 del salario base mensual $216.67 mínimo / $2,166.67 máximo

6 66 ²/3% de los primeros $3,574 del salario base mensual $216.67 mínimo / $2,383.33 máximo

7 66 ²/3% de los primeros $3,900 del salario base mensual $216.67 mínimo / $2,600 máximo

8 66 ²/3% de los primeros $4,225 del salario base mensual $216.67 mínimo / $2,816.67 máximo

9 66 ²/3% de los primeros $4,875 del salario base mensual $216.67 mínimo / $3,250 máximo

10 66 ²/3% de los primeros $5,850 del salario base mensual $216.67 mínimo / $3,900 máximo

11 66 ²/3% de los primeros $6,500 del salario base mensual $216.67 mínimo / $4,333.33 máximo

El costo de la prima quincenal para la cobertura es:

Si se toman deducciones de su cheque de pago para el SDI de California...

Si NO se toman deducciones de su cheque de pago para el SDI de California...

El costo de la prima es de $0.81 por cada $100 de su salario base quincenal cubierto.

El costo de la prima es de $1.04 por cada $100 de su salario base quincenal cubierto.

Póngase en contacto con el Departamento de beneficios para empleados para obtener más información sobre el costo de la prima para el nivel de cobertura que le interesa comprar.

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El plan cubre los beneficios de la siguiente manera:

• Los beneficios comienzan después de 60 días de discapacidad.

• El plan proporciona reemplazo de ingresos hasta los 65 años o la edad normal de jubilación del Seguro social, lo que sea más largo.

• Se aplica un cronograma de beneficios según la edad para discapacidades a partir de los 60 años o más.

Su elección de seguro por discapacidad a largo plazo• Como se indicó anteriormente, puede elegir el Plan básico o una de las

opciones de Beneficio fijo (opciones 2 a 11).

• Su primera oportunidad para inscribirse surge cuando lo contratan por primera vez: puede seleccionar cualquier opción e inscribirse dentro de los 30 días posteriores a la fecha de contratación. No tiene la obligación de proporcionar "evidencia de asegurabilidad" (se define en la Descripción resumida del plan) si se inscribe dentro del período de su contratación inicial.

• A medida que continúe trabajando para el Condado, puede inscribirse (o cambiar su elección) en cualquier momento. Pero si termina el período de su contratación inicial, se le pedirá que proporcione evidencia de asegurabilidad.

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El pago del beneficio del seguro por discapacidad a largo plazo puede reducirse con otras formas de ingresos (por ejemplo, el seguro de compensación laboral y los pagos del Seguro por discapacidad del estado de California).

El plan de seguro por discapacidad a largo plazo que se ofrece a los ejecutivos, médicos y dentistas del Condado puede variar de los beneficios descritos en esta Guía. Para obtener más información, consulte los archivos adjuntos en PDF que figuran en la parte inferior de la página Ausentarse del trabajo de la Agencia de servicios para empleados.

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Vacaciones/tiempo libre programado (STO)De acuerdo con su unidad de negociaciones, los empleados ganan vacaciones o tiempo libre programado (Scheduled Time Off, STO). Las vacaciones/STO se acumulan por hora sobre la base de un día laboral de ocho horas. Sus vacaciones/STO acumuladas se basan en sus años de antigüedad trabajando para el Condado y el saldo máximo permitido. Consulte el memorando del acuerdo de su unidad de negociaciones para ver cómo se calcula su beneficio.

Al planificar y tomar vacaciones/STO, debe hablar con su gerente y obtener su aprobación.

Licencia por enfermedadLa mayoría de los empleados codificados son elegibles para acumular hasta 96 horas de licencia por enfermedad por año. Consulte el memorando del acuerdo de su unidad de negociaciones para ver cómo se calcula su beneficio.

Tipos de licencias adicionalesLos empleados pueden optar por diversos tipos de licencias:

• Licencia por duelo: en caso de fallecimiento de un familiar inmediato.

• Servicio de jurado: para brindar servicio en un jurado sin pérdida de salario.

• Licencia no remunerada: se puede otorgar a los empleados por hasta un año.

Para obtener más información, comuníquese con el Centro de servicios para empleados de su Departamento (consulte la página 40).

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FeriadosEl Condado respeta los siguientes feriados:

• Día de Año Nuevo

• Día de Martin Luther King, Jr. (tercer lunes de enero)

• Día de los Presidentes (tercer lunes de febrero)

• Cumpleaños de César E. Chávez (31 de marzo)

• Día de los Caídos (último lunes de mayo)

• Cuatro de julio

• Día del Trabajador (primer lunes de septiembre)

• Día del Respeto a la Diversidad Cultural (segundo lunes de octubre)

• Día de los Veteranos (11 de noviembre)

• Día de Acción de Gracias y el viernes siguiente

• Día de Navidad

Para obtener más información, comuníquese con el Centro de servicios para empleados de su Departamento (consulte la página 40).

BENEFICIOS ADICIONALES

Descuentos en gimnasiosLos empleados del Condado tienen acceso a descuentos en membresías de gimnasios y servicios que se ofrecen a través del departamento de Bienestar del Condado.Para ver las ofertas actuales, visite el sitio web de Bienestar en Connect.

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VTA Smart PassLa tarjeta Clipper SmartPass se puede utilizar para viajes ilimitados en los sistemas de autobuses o trenes ligeros de VTA (se excluye el servicio de autobuses expresos de VTA). Todos los empleados elegibles del Condado reciben una tarjeta Clipper. Si tiene alguna pregunta o necesita una tarjeta de reemplazo, envíe un correo electrónico a [email protected].

Utilizará la misma tarjeta Clipper siempre que forme parte del programa. El Condado no recibe ninguna información sobre cómo usa su tarjeta. Cuando se jubile o deje de trabajar para el Condado, su tarjeta se desactivará, pero puede seguir usándola si carga fondos personales para viajar en el transporte público. No es necesario devolver la tarjeta al Condado.

La tarjeta Clipper Smart Pass no es válida para viajes gratis ni descuentos en otro sistema de tránsito. No obstante, las tarifas adicionales de otras agencias, incluidas AC Transit, BART, CalTrain, Muni y SamTrans, pueden cargarse en la misma tarjeta Clipper. Si tiene preguntas sobre la coordinación de su tarjeta con otros servicios de tránsito, comuníquese con el servicio al cliente de Clipper en [email protected] o al 877-878-8883.

Programa de beneficios para viajeros de GoNaviaEl programa de beneficios antes de impuestos para viajeros del Condado, GoNavia, permite a los empleados elegibles reservar dólares libres de impuestos para pagar los gastos relacionados con los desplazamientos al trabajo. Puede elegir hasta $182.50 por mes para gastos de tránsito o hasta $265.00 por mes para gastos de estacionamiento. La inscripción está abierta durante un período por mes, en el que puede realizar un pedido único o configurarlo como una deducción mensual.

GoNavia es administrado por Navia Benefit Solutions, que cobra un cargo de servicio de $3.50 por cada deducción mensual. Sus fondos de transporte/estacionamiento se cargarán en su Tarjeta de beneficios de Navia actual (si tiene una con una Cuenta de gastos flexibles) o una nueva que se le enviará. Su saldo de GoNavia se transferirá de mes a mes siempre que sea empleado activo y siga siendo elegible para este beneficio. Comuníquese con Navia Benefit Solutions al 800-669-3539 o visite www.naviabenefits.com/participants/benefits/gonavia-commuter-benefits/.

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SISTEMA DE JUBILACIÓN DE EMPLEADOS PÚBLICOS (CALPERS)

Los empleados elegibles del Condado participan en el plan de pensiones de beneficio definido (defined benefit, DB) de CalPERS. El plan proporciona a los empleados un beneficio de pensión vitalicia basado en una fórmula, en lugar de las contribuciones hechas a un plan de ahorro o 457.

Los beneficios de pensión de CalPERS se financian mediante una combinación de contribuciones del empleador y del empleado para el plan.

• Para los empleados “clásicos” en la mayoría de las unidades de negociaciones, el Condado paga la mayoría de las contribuciones requeridas para financiar los beneficios del plan. El monto varía y se determina con el acuerdo de la unidad de negociaciones.

• Los empleados “no clásicos” deben pagar al menos la mitad del “costo normal” para financiar el beneficio de su plan de pensión.

Para calcular su beneficio al momento de la jubilación, CalPERS incluye lo siguiente en su fórmula:

• Para empleados “clásicos”: su crédito de antigüedad, su “factor de beneficio” y su compensación promedio final durante un período de 12 meses.

• Para empleados “no clásicos”: su crédito de antigüedad, su “factor de beneficio” y su compensación promedio final durante un período de 36 meses.

Tanto los empleados “clásicos” como los “no clásicos” deben cumplir con el período de 5 años para ser elegibles para recibir los beneficios de pensión de CalPERS.

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CalPERS Plan de compensación diferida Cobertura médica para jubilados

T O M E N O TA …

Al leer esta sección de la Guía de beneficios, tenga en cuenta que hay dos tipos de miembros de CalPERS:

• Los empleados contratados en el sistema CalPERS antes del 1 de enero de 2013 que no hayan tenido una interrupción en su servicio de más de seis meses se consideran empleados "clásicos" de CalPERS.

• Los empleados contratados a partir del 1 de enero de 2013 se consideran empleados nuevos o "no clásicos" en virtud de la Ley de Reforma de Pensiones de los Empleados Públicos de California (California Public Employees’ Pension Reform Act, PEPRA).

Las reglas del plan varían según su clase de membresía.

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La fórmula utilizada para calcular su beneficio es:

Crédito de antigüedad: sujeto a los máximos

aplicablesX Factor de beneficio X

Compensación promedio final: sujeta a los máximos

aplicables=

Beneficio de jubilación de CalPERS

Tenga en cuenta que su factor de beneficio es el porcentaje de pago al que tiene derecho por cada año de servicio. Está determinado por su edad al momento de la jubilación y su tipo de membresía. A continuación, se detallan ejemplos basados en diferentes tipos y edades de empleados.

Tipo de empleado Factores de beneficio de CalPERS

Miembro "clásico" sin especificar 2.5% a los 55 años

Miembro "clásico" de seguridad 3% a los 50 años

Miembro "no clásico" sin especificar (contratado en el sistema CalPERS a partir del 1/1/2013)

2% a los 62 años, con una edad mínima de jubilación de 52 años

Miembro "no clásico" de seguridad de CalPERS (contratado en el sistema CalPERS a partir del 1/1/2013)

2.7% a los 57 años

Este es un ejemplo de un cálculo de jubilación para un miembro "no clásico" sin especificar si se supone una la jubilación a los 62 años con 20 años de antigüedad en CalPERS y un pago promedio final de $65,000

Crédito de antigüedad X Factor de beneficio XCompensación promedio final

=Beneficio de jubilación

de CalPERS

20 años X 2 % X $65,000 =$26,000 por año ($2,167 por mes)

Este es solo un ejemplo; no es una garantía de un beneficio futuro por parte de CalPERS. Visite el sitio web de CalPERS en www.calpers.ca.gov para obtener más información sobre su beneficio de jubilación específico. El sitio incluye una calculadora de beneficios que puede usar para calcular su beneficio para diferentes edades de jubilación. También puede solicitar un cálculo oficial de beneficios directamente a CalPERS.

Comuníquese con el Centro de servicios para empleados de su Departamento (consulte la página 40) si tiene preguntas sobre sus contribuciones de CalPERS.

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PLAN DE COMPENSACIÓN DIFERIDA

El Plan de compensación diferida (Deferred Compensation, DC) es un plan de ahorro para la jubilación de contribución diferida que le permite apartar la compensación y diferir el pago de los impuestos federales y estatales aplicables hasta que se jubile y realice retiros de su cuenta. Participar en este plan puede reducir su ingreso imponible ahora; su obligación fiscal también puede ser menor al jubilarse.

Puede hacer contribuciones antes de impuestos a este plan hasta un límite máximo anual determinado cada año por las regulaciones del IRS. Puede cambiar o suspender sus contribuciones de nómina mensualmente.

El administrador del plan es Fidelity Investments. Puede invertir sus contribuciones en diversos fondos mutuos y otros tipos de vehículos de inversión. Usted tiene la responsabilidad de tomar buenas decisiones de inversión y puede aprovechar las herramientas y los recursos que ofrece Fidelity. Visite www.netbenefits.com/santaclara para inscribirse, revisar las opciones de inversión del plan y establecer su cuenta personal. Para obtener más información sobre las opciones de inversión disponibles, comuníquese con Fidelity al 844-SCC-457B o al 844-722-4572.

Si tiene alguna pregunta sobre el Plan de compensación diferida, comuníquese con el Centro de servicios para empleados de su Departamento (consulte la página 40) o llame al 408-970-2600.

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T O M E N O TA …

En general, no se le permite acceder a los fondos de su Plan de DC mientras sea empleado del Condado. Estos fondos se mantienen en fideicomiso hasta que se desvincule del empleo o se jubile. Cuando lo haga, tendrá varias opciones de pago.

El Plan de DC puede permitirle tomar un préstamo de su cuenta. Además, si experimenta un evento financiero catastrófico, se le puede permitir tomar un retiro de emergencia de su cuenta. Sin embargo, esta acción se rige por regulaciones muy estrictas del IRS. Debe pagar los impuestos federales y estatales correspondientes a su retiro. Si hay un préstamo disponible para un participante, no se otorgará una solicitud de retiro de emergencia. Para obtener información adicional sobre préstamos, comuníquese con Fidelity directamente al 844-SCC-457B or 844-722-4572.

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COBERTURA MÉDICA PARA JUBILADOS

El Condado brinda acceso a la cobertura del plan de salud grupal a los jubilados elegibles según la fecha de contratación de la siguiente manera:

• Si fue contratado antes del 12 de agosto de 1996, es elegible para recibir la cobertura médica para jubilados con un mínimo de 1,305 días (5 años) de antigüedad acumulada del Condado.

• Si fue contratado el 12 de agosto de 1996 o después, es elegible para recibir la cobertura médica para jubilados con un mínimo de 2,088 días (8 años) de antigüedad acumulada del Condado.

• Si fue contratado el 19 de junio de 2006 o después, es elegible para recibir la cobertura médica para jubilados con un mínimo de 2,610 días (10 años) de antigüedad acumulada del Condado.

• Si fue contratado para un puesto cubierto por un acuerdo de negociación colectiva, la fecha de contratación para la elegibilidad médica para jubilados puede variar según el contrato laboral; en muchos casos, será el 1 de enero de 2013 o después. Usted es elegible para recibir la cobertura médica para jubilados con un mínimo de 3,915 días de antigüedad del Condado (15 años).

Revise el memorando de acuerdo de su sindicato para obtener más detalles sobre la elegibilidad.

Después de enviar su solicitud a CalPERS y aproximadamente 60 días antes de su fecha de jubilación planificada, debe comunicarse con el Departamento de beneficios para empleados al 408-970-2600 o al 800-541-7749 para programar una cita para iniciar la inscripción en la cobertura médica para jubilados. La cobertura no es automática al momento de la jubilación; debe completar la documentación necesaria para mantener la cobertura médica después de jubilarse.

Para la mayoría de los jubilados, el Condado paga una cobertura individual en virtud del plan de salud exclusivo para jubilados de Kaiser. Los jubilados que eligen un plan médico más costoso o que eligen cubrir a un dependiente elegible deben reembolsar al Condado la diferencia en el costo de la prima mensual. < 34 >

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ELEGIBILIDAD

Médico Si está en una posición codificada a tiempo completo o parcial, puede inscribirse en uno de los tres planes de salud.

También puede inscribir a los siguientes miembros elegibles para la cobertura:

• Su actual cónyuge.

• Sus hijos, hijastros o hijos adoptivos hasta el final del mes después de cumplir 26 años.

• Cualquier otro hijo menor de 26 años sobre quien tenga tutela legal (si la tutela legal se estableció antes de los 18 años).

• Cualquier hijo dependiente bajo su tutela legal que cumpla 26 años y no pueda mantenerse por sí mismo debido a una discapacidad física o mental existente antes de los 26 años. El comprobante de discapacidad física o mental debe presentarse dentro de los plazos de la solicitud inicial del proveedor antes de cumplir los 26 años y, posteriormente, debe presentarse anualmente después de cumplir los 28 años, a pedido del proveedor.

• Su pareja doméstica registrada.

• Los hijos de su pareja doméstica registrada si los niños cumplen con los mismos criterios de un hijo, como se describe anteriormente.

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M A N T E N G A S U I N F O R M A C I Ó N A C T U A L I Z A D A

Asegúrese de que el Centro de servicios para empleados de su Departamento tenga la información más actualizada para usted y sus dependientes. Asegúrese de que la dirección de su hogar esté actualizada y de que haya informado correctamente cualquier adición o eliminación de sus dependientes elegibles. Además, recuerde notificar inmediatamente al Centro de servicios para empleados cualquier cambio de dirección o dependiente durante el año.

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Elegibilidad Inscribirse como empleado nuevo Inscripción abierta Cambios durante el año

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Dental/de la vista Al igual que con los Planes médicos que ofrece el Condado, todos los empleados regulares por hora y asalariados en puestos codificados que trabajen medio tiempo o más en una semana son elegibles para estos planes.

Puede inscribir a los siguientes miembros elegibles en su plan dental o de la vista:

• Su cónyuge.

• Sus hijos solteros, hijastros e hijos adoptivos menores de 26 años.

• Cualquier otro hijo soltero menor de 26 años que dependa por completo de usted y sobre quien tenga tutela legal.

• Sus hijos solteros, hijastros, hijos adoptivos o cualquier hijo sobre quien tenga la tutela legal que tengan más de 26 años y sean incapaces de mantenerse debido a una discapacidad física o mental que haya existido continuamente antes de los 26 años y sigan certificándose como discapacitados semestralmente.

• Su pareja doméstica registrada.

• Los hijos de su pareja doméstica registrada si los niños cumplen con los mismos criterios de un hijo dependiente, como se describe anteriormente.

Los dependientes que cumplan 26 años y estén inscritos en la cobertura dental y de la vista serán eliminados automáticamente de la cobertura al final de su mes de nacimiento.

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Elegibilidad Inscribirse como empleado nuevo Inscripción abierta Cambios durante el año

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INSCRIBIRSE COMO EMPLEADO NUEVO

Los empleados elegibles tienen 30 días a partir de su fecha de contratación para inscribirse e inscribir a sus miembros elegibles en los beneficios. (Los empleados a tiempo parcial pueden inscribirse solo en un plan de salud, renunciar al plan dental y de la vista o elegir inscribirse en el paquete completo).

Si espera más de 30 días desde su fecha de contratación para inscribirse o si renuncia a la inscripción en sus beneficios, debe esperar para inscribirse hasta el próximo período de Inscripción abierta anual.

Los formularios que necesita se incluirán con su paquete de empleado nuevo o puede comunicarse con el Centro de servicios para empleados de su Departamento (consulte la página 40) si necesita copias.

INSCRIPCIÓN ABIERTA ANUAL

La Inscripción abierta es su oportunidad anual de revisar sus elecciones de beneficios financieros y de salud y realizar cambios para el próximo año del plan. El período de Inscripción abierta de este año se extiende desde el 1 de mayo de 2020 hasta el 31 de mayo de 2020.

Durante la Inscripción abierta, puede elegir:

• Inscribirse, renunciar o cambiar de planes médicos, dentales o de la vista.

• Inscribirse o volver a inscribirse en el Programa de renuncia a la bonificación de atención médica: ¡los participantes actuales deben volver a inscribirse!

• Inscribir o eliminar dependientes elegibles de planes médicos, dentales o de la vista. Se requiere la siguiente documentación de respaldo para inscribir dependientes elegibles: certificado de nacimiento, certificado de matrimonio o certificado de registro de pareja doméstica.

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La inscripción para la Cuenta de gastos flexibles de atención médica y el Programa de asistencia para el cuidado de dependientes se realizará durante el otoño de 2020. Las elecciones entran en vigor el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021

C U M P L A C O N E L P L A Z O

Si desea tomar medidas durante la Inscripción abierta, comuníquese con el Centro de servicios para empleados de su Departamento para solicitar los formularios que necesita. El plazo termina el 31 de mayo de 2020. Sus elecciones de beneficios entrarán en vigor el 29 de junio de 2020.

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Elegibilidad Inscribirse como empleado nuevo Inscripción abierta Cambios durante el año

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CAMBIOS DURANTE EL AÑO

No puede realizar cambios en sus beneficios durante el año a menos que tenga un cambio en su estado, como matrimonio, nacimiento, fallecimiento, divorcio, disolución de una pareja de hecho, un dependiente que pierde la elegibilidad, o un cambio en su trabajo o el de su cónyuge que afecta la elegibilidad de beneficios.

Debe notificar el Centro de servicios para empleados de su Departamento (consulte la página 40) dentro de los 30 días de su cambio de estado. Es posible que se le permita cambiar sus beneficios de acuerdo con el tipo de cambio. Por ejemplo, si tiene un bebé, puede inscribirlo en su plan médico; sin embargo, no se le permite cambiar de Kaiser al plan médico POS.

Consulte la sección Avisos obligatorios anuales de esta Guía para obtener más información sobre cómo cambiar sus beneficios a mediados de año.

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Ciertos beneficios le permiten realizar cambios en cualquier momento durante el año, incluso:

• El Plan de compensación diferida.

• El seguro por muerte accidental y desmembramiento.

• El seguro de vida complementario y por discapacidad a largo plazo.

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Elegibilidad Inscribirse como empleado nuevo Inscripción abierta Cambios durante el año

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C O N T A C T O S

INFORMACIÓN DE CONTACTO DE BENEFICIOS

Necesito ayuda con... Contacto… Teléfono o sitio web

Planes médicos Kaiser Permanente 800-464-4000 https://my.kp.org/santaclaracounty/

Valley Health Plan 888-421-8444 www.valleyhealthplan.org/scc

Health Net 800-522-0088 www.healthnet.com/portal/member/content/iwc/mysites/sc/home.action

Planes dentales Delta Dental 888-335-8227www.deltadentalins.com/index.html

LIBERTY Dental 888-359-1088 www.client.libertydentalplan/scc.com

Plan de servicio de la vista VSP 800-877-7195www.vsp.com

Cuenta de gastos flexibles de salud Navia Benefit Solutions 800-669-3539 www.naviabenefits.comPrograma de asistencia para el cuidado de

dependientes

Beneficio para viajeros antes de impuestos de GoNavia

Seguro de discapacidad del estado Programa de seguro por discapacidad

800-480-3287www.edd.ca.gov

Seguro de vida complementario The Standard Insurance Company 888-937-4783

Seguro de vida básico

Seguro por AD&D

Seguro por discapacidad a largo plazo

Plan de compensación diferida Fidelity Investments 844-SCC-457B or 844-722-4572www.netbenefits.com/santaclara

Sistema de jubilación de empleados públicos

CalPERS 888-225-7377www.calpers.ca.gov

Programa para viajeros SmartPass ESA: beneficios para empleados [email protected]

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CENTRO DE SERVICIOS PARA EMPLEADOS

Centro de servicios Unidades presupuestarias servidas

Fiscalía de Distrito70 W. Hedding St., West Wing, San Jose, CA 95110408-792-2686

Fiscal de Distrito

Centro de servicios ESA en Race Street400 Race St., Suite 201, San Jose, CA 95126 408-970-2600

Administración de agricultura y medio ambiente Asesor Secretario de la junta Contralor—Tesorero Registrador del Secretario del condadoComunicaciones del condado Consejo del condado Ejecutivo del condado Departamento de Servicios de manutención infantil Departamento de Salud ambiental Departamento de Impuestos y Cobros Agencia de Servicios para empleados Instalaciones Servicios de flota

LAFCO Biblioteca de derechoPerito—Médico forense Oficina de viviendas socialesParques y recreaciónPlanificación y desarrolloServicios previos al juicioLibertad condicionalAdquisicionesDefensor PúblicoRegistro de votantesGestión de riesgosDistritos de supervisión 1-5TSSValley Health PlanControl vectorial

Centro de servicios ESA en la Agencia de Servicios Sociales333 W. Julian St., San Jose, CA 95110408-755-7130

Agencia de Servicios SocialesAgencia de Servicios Sociales Servicios de Nutrición

Centro de servicios ESA en Valley Medical Center2325 Enborg Ln., #1H105, San Jose, CA 95128 408-885-5450

Salud cognitiva Salud de la comunidad Custodia de salud

Salud públicaValley Medical Center

Centro de servicios ESA en el Hospital O'Connor2105 Forest Ave., San Jose, CA 95128 408-947-2509

Valley Medical Center en el Hospital O'Connor

Centro de servicios ESA en el Hospital Regional de St. Louise9400 No Name Uno, Gilroy, CA 95020408-848-8687

Valley Medical Center en el Hospital Regional de St. Louise

Biblioteca1370 Dell Ave., Campbell, CA 95008408-293-2326

Distrito de Bibliotecas del condado

Caminos y aeropuertos101 Skyport Dr., San Jose, CA 95110 408-573-2406

AeropuertosDepartamento de Carreteras

Comisaría del alguacil55 W. Younger Ave., San Jose, CA 95110 408-808-4611

Departamento de CorreccionesComisaría del alguacil

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Este documento contiene avisos importantes del programa de beneficios para empleados para usted y su familia. Comparta esta información con sus familiares. Algunos de los avisos en este documento son obligatorios por ley y otros avisos contienen información útil. Estos avisos se actualizan periódicamente y algunos de los avisos federales se actualizan cada año.

Este documento incluye lo siguiente:

• Cambiosamitaddeañoensuseleccionesdebeneficiosdeatenciónmédica.

• Recordatorioimportanteparaproporcionaralplanelnúmerodeidentificación de contribuyente (Taxpayer Identification Number, TIN) o el número del seguro social (Social Security Number, SSN) de cada afiliado en un plan de salud

• Recordatoriodeavisodeprivacidad

• RecordatoriodeavisoanualdelaLeydeDerechossobrelaSaludyelCáncer de la Mujer de 1998 (Women’s Health and Cancer Rights Act, WHCRA)

• DisponibilidaddelResumendelainformacióndesalud:losdocumentosdel Resumen de beneficios y cobertura (Summary of Benefit and Coverage, SBC).

• LeydeProtecciónalPacienteyCuidadodeSaludAsequible.

• RecordatoriodecoberturadeCOBRA.

• Declaracióngeneraldenodiscriminación:(Ladiscriminaciónesilegal).

• AvisoimportantedelCondadodeSantaClarasobresucoberturademedicamentos recetados y Medicare para 2020.

M A N T E N G A S U I N F O R M A C I Ó N A C T U A L I Z A D A

Si tiene alguna pregunta sobre estos avisos y recordatorios, comuníquese con el Departamento de beneficios para empleados por teléfono al 408-970-2600 o por correo electrónico en [email protected].

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CAMBIOS A MITAD DE AÑO EN SUS ELECCIONES DE BENEFICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA

IMPORTANTE: Después de que se complete este período de inscripción abierta, generalmente no se le permitirá cambiar sus elecciones de beneficios o agregar/eliminar dependientes hasta la inscripción abierta del próximo año, a menos que tenga un Evento de inscripción especial o un Evento de cambio de estado a mitad de año como se describe a continuación:

Evento de inscripción especial:

• Evento de pérdida de otra cobertura: Si rechaza su inscripción o la de sus dependientes (incluido su cónyuge) debido a otro seguro de salud o cobertura de plan de salud grupal, puede inscribirse e inscribir a sus dependientes en este plan si usted o sus dependientes pierden la elegibilidad para la otra cobertura (o si su empleador deja de contribuir a su otra cobertura o la de sus dependientes). Sin embargo, debe solicitar la inscripción dentro de los 30 días posteriores a la finalización de su cobertura o la de sus dependientes (o después de que el empleador deje de contribuir a la otra cobertura).

• Evento de matrimonio, nacimiento y adopción: Además, si tiene un nuevo dependiente como resultado del matrimonio, nacimiento, adopción o colocación en adopción, puede inscribirse e inscribir a sus dependientes. Sin embargo, debe solicitar la inscripción dentro de los 30 días posteriores al matrimonio, nacimiento, adopción o colocación en adopción.

• Evento de Medicaid o CHIP: Usted y sus dependientes elegibles también pueden inscribirse en este plan si usted (o sus dependientes):

› Tiene una cobertura a través de Medicaid o un Programa estatal de seguro médico para niños (Children’s Health Insurance Program, CHIP) y usted (o sus dependientes) perderá la elegibilidad para esa cobertura. Sin embargo, debe solicitar la inscripción dentro de los 60 días posteriores a la finalización de la cobertura de Medicaid o CHIP.

› Es elegible para un programa de asistencia premium a través de Medicaid o CHIP. Sin embargo, debe solicitar la inscripción dentro de los 60 días posteriores a que usted (o sus dependientes) sea elegible para dicha asistencia.

Para solicitar una inscripción especial u obtener más información, comuníquese con el departamento de Beneficios para Empleados por teléfono al 408-970-2600 o por correo electrónico en [email protected].

Evento de cambio de estado a mitad de año:

Debido a los beneficios antes de impuestos del Condado, debemos cumplir con las reglamentaciones del Servicio de Impuestos Internos (IRS) con respecto a si los beneficios se pueden cambiar a mitad del año del plan y cuándo. Los siguientes eventos pueden permitir ciertos cambios en los beneficios a mitad de año, si el IRS lo permite:

• Cambioenelestadocivillegal(porejemplo,matrimonio,divorcio/separación legal, fallecimiento).

• Cambioenelnúmerooestadodelosdependientes(porejemplo, nacimiento, adopción, fallecimiento).

• Cambioenelestadodeempleodelempleado/cónyuge/dependiente, horario de trabajo o residencia que afecta su elegibilidad para beneficios.

• CoberturadeunniñodebidoaunaOrdenmédicacalificadade manutención (Qualified Medical Child Support Order, QMCSO).

• DerechoopérdidadelderechoaMedicareoMedicaid.

• Ciertoscambiosenelcostodelacobertura,lacomposiciónde la cobertura o la reducción de la cobertura del plan del empleado o del cónyuge.

• Cambioscoherentesconlosderechosdeinscripciónespecialy las licencias en virtud de la FMLA.

• Siunempleadoestácubiertoporunplanmédicopatrocinadopor el Condado y las horas de trabajo del empleado se reducen, de modo que se espera que el empleado tenga un promedio de menos de 30 horas de servicio por mes, el empleado puede solicitar que lo retiren del plan médico para inscribirse en el Mercado de seguros médicos o para inscribirse en el plan médico grupal de su cónyuge.

• Siunempleadoestácubiertoporunplanmédicopatrocinado por el Condado y el empleado es elegible para inscribirse en el Mercado de seguros de salud durante su período de Inscripción abierta o especial, el empleado puede solicitar ser dado de baja del plan médico para inscribirse en el Mercado de seguros médicos.

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Debe notificar al plan por escrito dentro de los 30 días del cambio de estado a mitad de año; para ello, comuníquese con el Departamento de beneficios para empleados por teléfono al 408-970-2600 o por correo electrónico a [email protected]. El Plan determinará si se permite su solicitud de cambio y, de ser así, los cambios entrarán en vigor prospectivamente el primer día del período de pago posterior al evento de cambio de estado aprobado y su primer pago de la prima (excepto para los recién nacidos y los niños adoptados, que tienen cobertura hasta la fecha de nacimiento, adopción o colocación en adopción).

Si no brinda un aviso oportuno al Plan (como se indicó anteriormente) es posible que:

a. Usted, su cónyuge o hijos dependientes pierdan el derecho de obtener la Continuación de cobertura de COBRA.

b. La cobertura de un hijo dependiente finalice cuando, de lo contrario, podría continuar debido a una discapacidad.

c. Los reclamos no se puedan considerar para el pago hasta que se resuelvan los problemas de elegibilidad.

d. Genere la obligación de pagar el Plan si se paga algún beneficio a una persona no elegible.

RECORDATORIO IMPORTANTE PARA PROPORCIONAR AL PLAN EL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DE CONTRIBUYENTE (TAXPAYER IDENTIFICATION NUMBER, TIN) O EL NÚMERO DEL SEGURO SOCIAL (SOCIAL SECURITY NUMBER, SSN) DE CADA AFILIADO EN UN PLAN DE SALUD

Por ley, los empleadores deben recopilar el número de identificación de contribuyente (TIN) o el número del seguro social (SSN) de cada participante del plan médico y proporcionar ese número en los informes que se entregan al IRS cada año. Los empleadores deben realizar al menos dos intentos consecutivos para recopilar los TIN/SSN faltantes.

Si un dependiente aún no tiene un número del Seguro social, puede visitar este sitio web para completar un formulario y solicitar un SSN: http://www.socialsecurity.gov/online/ss-5.pdf. Solicitar el número del Seguro social es GRATUITO.

El SSN también se usará para ayudar a cumplir con los requisitos de informes obligatorios de los Centros de Medicare y Medicaid (CMS), con el fin de permitir que Medicare coordine los beneficios para las personas inscritas en un plan médico patrocinado por el empleador y Medicare.

Si aún no ha proporcionado el número del Seguro social (u otro TIN) para cada uno de sus dependientes que se haya inscrito en el plan de salud, comuníquese con el Centro de servicios para empleados de su Departamento para proporcionar esta información.

RECORDATORIO DE AVISO DE PRIVACIDAD

La Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros Médicos (Health Insurance Portability and Accountability Act, HIPAA) de 1996 requiere que los planes de salud cumplan con las reglas de privacidad. El objetivo de estas reglas es proteger su información de salud personal para que no se use ni divulgue de manera inapropiada. Las reglas también le otorgan derechos adicionales con respecto al control de su propia información de salud.

El Aviso de privacidad de la HIPAA de este Plan explica cómo el plan de salud grupal usa y divulga su información de salud personal. Puede solicitar una copia de este Aviso al Departamento de beneficios para empleados por teléfono al 408-970-2600 o por correo electrónico en [email protected].

RECORDATORIO DE AVISO ANUAL DE LA LEY DE DERECHOS SOBRE LA SALUD Y EL CÁNCER DE LA MUJER DE 1998 (WHCRA)

Usted o sus dependientes pueden tener derecho a ciertos beneficios en virtud de la Ley de Derechos sobre la Salud y el Cáncer de la Mujer de 1998 (WHCRA). Para las personas que reciben beneficios relacionados con mastectomías, la cobertura se proporcionará de una manera determinada en consulta con el médico tratante y el paciente en estos casos:

• Todaslasetapasdereconstruccióndelamamadondesehaya realizado la mastectomía.

• Cirugíayreconstruccióndelaotramamaparaproducirunaapariencia simétrica.

• Prótesis.

• Tratamientodecomplicacionesfísicasdelamastectomía,incluso linfedema.

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Estos beneficios se proporcionarán sujetos a los mismos deducibles, copagos y coseguros aplicables a otros beneficios médicos y quirúrgicos provistos en virtud de los diversos planes médicos que ofrezca el Condado. Para obtener más información sobre los beneficios de la WHCRA, comuníquese con el Departamento de beneficios para empleados por teléfono al 408-970-2600 o por correo electrónico a [email protected].

DISPONIBILIDAD DEL RESUMEN DE LA INFORMACIÓN DE SALUD: LOS DOCUMENTOS DEL RESUMEN DE BENEFICIOS Y COBERTURA (SBC)

Los beneficios de salud disponibles para usted representan un componente importante de su paquete de compensación. Además, brindan protección importante para usted y su familia en caso de enfermedad o lesión.

Según lo exige la ley, en los EE. UU., las compañías de seguros y los planes de salud grupales como el nuestro brindan a los participantes del plan un Resumen de beneficios y cobertura (SBC) fácil de usar como una forma de ayudar a comprender y comparar los beneficios del plan médico. Elegir una opción de cobertura de salud es una decisión importante. Para ayudarlo a tomar una decisión fundamentada, el SBC resume y compara información importante en un formato estándar.

Cada SBC contiene información concisa del plan médico en palabras sencillas sobre los beneficios y la cobertura, incluso lo que está cubierto, lo que debe pagar por varios beneficios, lo que no está cubierto y dónde solicitar más información u obtener respuestas a sus preguntas. Los SBC se actualizan cuando hay un cambio en la información de beneficios que se muestra en un SBC.

Las regulaciones gubernamentales son muy específicas sobre la información que puede y no puede incluirse en cada SBC. Los planes no pueden personalizar gran parte de los SBC. El Plan debe seguir instrucciones detalladas sobre el aspecto de los SBC, cuántas páginas deben tener, el tamaño de fuente, los colores utilizados al imprimir el SBC e incluso qué palabras deben estar en negrita y subrayadas.

Puede acceder a un glosario uniforme que define muchos de los términos utilizados en el SBC aquí: https://www.dol.gov/sites/default/files/ebsa/laws-and-regulations/laws/affordable-care-act/for-employers-and-advisers/sbc-uniform-glossary-of-coverage-and-medical-terms-final.pdf.

Para obtener una copia gratuita de los documentos más recientes del Resumen de beneficios y cobertura (SBC) para nuestras opciones de planes médicos, comuníquese con el epartamento de Beneficios para Empleados por teléfono al 408-970-2600 o por correo electrónico en [email protected].

LEY DE PROTECCIÓN AL PACIENTE Y CUIDADO DE SALUD ASEQUIBLE

Designación de un proveedor de atención primaria (PCP) y acceso directo a proveedores de obstetricia/ginecología:

Los planes médicos patrocinados por el Condado no requieren la selección o designación de un proveedor de atención primaria (PCP). Tiene la capacidad de visitar a cualquier proveedor de atención médica dentro o fuera de la red; no obstante, el pago por parte del Plan puede ser menor si recurre a un proveedor fuera de la red. Para localizar a un proveedor dentro de la red, visite www.healthnet.com/portal/member/content/iwc/mysites/sc/home.action, www.valleyhealthplan.org/scc o https://my.kp.org/santaclaracounty/.

Tampoco necesita autorización previa del Plan ni de ninguna otra persona (incluido un proveedor de atención primaria) para obtener acceso a la atención obstétrica o ginecológica de un profesional de atención médica especializado en obstetricia o ginecología. No obstante, se le puede exigir al profesional de atención médica que cumpla con ciertos procedimientos, incluida la obtención de autorización previa para ciertos servicios, de acuerdo con un plan de tratamiento preaprobado o procedimientos para hacer derivaciones. Para obtener una lista de los profesionales de atención médica participantes que se especializan en obstetricia o ginecología (OB/GYN), comuníquese con Health Net al 800-522-0088, Kaiser al 800-464-4000 o Valley Health al 888-421-8444.

RECORDATORIO DE COBERTURA DE COBRA

En cumplimiento de una ley federal conocida como Continuación de cobertura de COBRA, este plan ofrece a sus empleados elegibles y sus dependientes cubiertos (conocidos como beneficiarios calificados) la oportunidad de elegir la continuación temporal de su cobertura de salud grupal cuando esa cobertura de otro modo terminaría debido a ciertos eventos (denominados eventos que califican).

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Los beneficiarios calificados tienen derecho a elegir COBRA cuando ocurren ciertos eventos y, en consecuencia del evento, la cobertura de ese beneficiario calificado finaliza (en conjunto, el evento y la pérdida de cobertura se denominan eventos que califican). Los beneficiarios calificados que eligen la Continuación de cobertura de COBRA deben pagarla por su propia cuenta.

Los eventos que califican pueden incluir la finalización del empleo, la reducción de las horas de trabajo que descalifican al empleado para la cobertura, el fallecimiento del empleado, el divorcio/la separación legal, o un hijo que deja de ser un hijo dependiente elegible según los términos del plan, si se produce la pérdida de cobertura.

Además de considerar COBRA como una forma de continuar con la cobertura, puede haber otras opciones de cobertura para usted y su familia. Es posible que desee solicitar una cobertura a través del Mercado de atención médica. Visite https://www.healthcare.gov/. En el Mercado, podría ser elegible para un crédito fiscal que reduzca sus primas mensuales para la cobertura del Mercado, y puede ver cuáles serán sus primas, deducibles y costos de desembolso antes de tomar la decisión de inscribirse. Ser elegible para COBRA no limita su elegibilidad para la cobertura del Mercado ni para el crédito fiscal. Además, puede calificar para una oportunidad de inscripción especial para otro plan de salud grupal para el cual sea elegible (como el plan de un cónyuge) si solicita la inscripción dentro de los 30 días, incluso si el plan generalmente no acepta inscripciones tardías.

El período máximo de cobertura de COBRA generalmente es de 18 meses o de 36 meses, de acuerdo con el evento que califique que se produzca.

Para tener la oportunidad de elegir la cobertura de COBRA después de un divorcio/separación legal o un hijo que deja de ser un hijo dependiente en virtud del plan, usted o un familiar deben comunicar ese evento al plan por escrito a más tardar 60 días después de que ocurra el evento. Esa notificación debe enviarse al departamento de Recursos Humanos del Condado por correo con servicio prioritario y debe incluir el nombre del empleado, el evento que califica, la fecha del evento y la documentación apropiada como respaldo del evento que califica (como documentos de divorcio).

Si tiene preguntas sobre COBRA, comuníquese con el departamento de Beneficios para Empleados por teléfono al 408-970-2600 o por correo electrónico en [email protected].

RECORDATORIO PARA MANTENER AL PLAN INFORMADO ACERCA DE CAMBIOS EN LA ELEGIBILIDAD PARA BENEFICIOS

Usted o sus Dependientes deben proporcionar de inmediato al departamento de Beneficios para Empleados del Condado por teléfono al 408-970-2600 o por correo electrónico en [email protected] información sobre el cambio de nombre, dirección, matrimonio, divorcio o separación legal, fallecimiento de cualquier familiar cubierto, nacimiento o cambio en el estado de un hijo dependiente, inscripción o cancelación de la inscripción en Medicare, si una persona cumple con las disposiciones de suspensión del Plan, o la existencia de otra cobertura. Se requerirá prueba de documentación legal para ciertos cambios.

Notifique al Plan preferiblemente dentro de los 31 días, pero antes de los 60 días, después de cualquiera de los eventos mencionados anteriormente.

Si no se notifica a tiempo el Centro de servicios para empleados de su Departamento los eventos mencionados anteriormente es posible que:

a. Usted, su cónyuge o hijos dependientes pierdan el derecho de obtener la Continuación de cobertura de COBRA.

b. La cobertura de un hijo dependiente finalice cuando, de lo contrario, podría continuar debido a una discapacidad.

c. Los reclamos no se puedan considerar para el pago hasta que se resuelvan los problemas de elegibilidad.

d. Genere la obligación de pagar el Plan si se paga algún beneficio a una persona no elegible. El Plan tiene el derecho de compensar los montos pagados contra los beneficios médicos, dentales o visuales futuros del participante.

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DECLARACIÓN GENERAL DE NO DISCRIMINACIÓN: (LA DISCRIMINACIÓN ES ILEGAL)

El Condado de Santa Clara cumple con las leyes federales de derechos civiles aplicables y no discrimina por motivos de raza, color, nacionalidad, edad, discapacidad o sexo. El Condado no excluye a las personas ni las trata de manera diferente debido a su raza, color, nacionalidad, edad, discapacidad o sexo. El Condado:

a. Brinda asistencia y servicios gratuitos a las personas con discapacidades para que se comuniquen con eficacia con nosotros, servicios que incluyen:

› Intérpretes calificados de lenguaje de señas.

› Información escrita en otros formatos (letra grande, audio, formatos electrónicos accesibles, otros formatos).

b. Brinda servicios de idiomas gratuitos a personas cuyo idioma principal no sea el inglés, como estos:

› Intérpretes calificados.

› Información escrita en otros idiomas

Si necesita estos servicios, comuníquese con el Departamento de Relaciones Laborales.

Si cree que el Condado no ha brindado estos servicios o ha discriminado de otra manera por motivos de raza, color, nacionalidad, edad, discapacidad o sexo, puede presentar una queja a esta dirección: Labor Relations, County Government Center, East Wing, 70 West Hedding Street, 8th Floor, San Jose, California 95110-1705. Puede presentar una queja en persona o por correo postal, fax o correo electrónico. Si necesita ayuda para presentar una queja, el Departamento de Relaciones Laborales está disponible para ayudarlo.

También puede presentar una queja de derechos civiles ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU. electrónicamente a través del Portal de quejas de la Oficina de Derechos

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Civiles, disponible en https://ocrportal.hhs.gov/ocr/portal/lobby.jsf, o por correo o teléfono: U.S. Department of Health and Human Services, 200 Independence Avenue SW., Room 509F, HHH Building, Washington, DC 20201, 1-800-868-1019, 800-537-7697 (TDD). Los formularios de queja están disponibles en http://www.hhs.gov/ocr/office/file/index.html.

Asistencia lingüística gratuita: El siguiente cuadro muestra los 15 idiomas principales que hablan las personas con dominio limitado del inglés en el estado de California.

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AVISO IMPORTANTE DEL CONDADO DE SANTA CLARA SOBRE SU COBERTURA DE MEDICAMENTOS RECETADOS Y MEDICARE PARA 2020

Lea este aviso detenidamente y guárdelo donde pueda encontrarlo. Este aviso tiene información sobre su cobertura actual de medicamentos recetados con el Condado de Santa Clara y sobre sus opciones en virtud de la cobertura de medicamentos recetados de Medicare. Esta información puede ayudarlo a decidir si desea unirse o no a un plan de medicamentos de Medicare. Si está considerando inscribirse, debe comparar su cobertura actual, incluso qué medicamentos están cubiertos y a qué costo, con la cobertura y los costos de los planes que ofrecen cobertura de medicamentos recetados de Medicare en su área. La información sobre dónde puede obtener ayuda para tomar decisiones sobre su cobertura de medicamentos recetados se encuentra al final de este aviso.

Hay dos cosas importantes que debe saber sobre su cobertura actual y la cobertura de medicamentos recetados de Medicare:

1. La cobertura de medicamentos recetados de Medicare está disponible desde 2006 para todos los que tienen Medicare. Puede obtener esta cobertura si se inscribe en un plan de medicamentos recetados de Medicare o en un plan Medicare Advantage (como un HMO o PPO) que ofrece cobertura de medicamentos recetados. Todos los planes de medicamentos de Medicare brindan, como mínimo, un nivel de cobertura estándar establecido por Medicare. Algunos planes también pueden ofrecer una mayor cobertura por una prima mensual más alta.

2. El Condado de Santa Clara ha determinado que se prevé que la cobertura de medicamentos recetados que ofrecen los planes de Health Net, Kaiser Permanente y Valley Health Plan, en promedio para todos los participantes del plan, pague tanto como paga la cobertura estándar de medicamentos recetados de Medicare y, por lo tanto, se considera una cobertura acreditable. Debido a que su cobertura actual es una Cobertura acreditable, puede mantener esta cobertura y no pagar una prima más alta (una multa) si luego decide unirse a un plan de medicamentos de Medicare.

¿Cuándo puede inscribirse en un plan de medicamentos de Medicare? Puede unirse a un plan de medicamentos de Medicare cuando sea elegible para Medicare y cada año del 15 de octubre al 7 de diciembre.

Sin embargo, si pierde su cobertura acreditable actual de medicamentos recetados, sin que sea su culpa, también será elegible para un Período de inscripción especial (Special Enrollment Period, SEP) de dos (2) meses para unirse a un plan de medicamentos de Medicare.

¿Qué sucede con su cobertura actual si decide inscribirse en un plan de medicamentos de Medicare? Si decide inscribirse en un plan de medicamentos de Medicare, su cobertura actual del Condado de Santa Clara no se verá afectada. Su cobertura actual paga otros gastos de salud además de los medicamentos recetados. Si se inscribe en un plan de medicamentos recetados de Medicare, usted y sus dependientes elegibles seguirán siendo elegibles para recibir todos sus beneficios actuales de salud y medicamentos recetados. Contar con una doble cobertura de medicamentos recetados en virtud de este Plan y Medicare significa que este Plan coordinará sus pagos de medicamentos con Medicare de la siguiente manera:

• ParalosJubiladoselegiblesysusDependienteselegiblespara Medicare, la cobertura de la Parte D de Medicare paga primero y el plan de salud grupal paga en segundo lugar.

• Paralosempleadosactivoselegiblesysusdependienteselegibles para Medicare, el plan de salud grupal paga primero y la cobertura de la Parte D de Medicare paga en segundo lugar.

Tenga en cuenta que no puede cancelar solo la cobertura de medicamentos recetados según los planes médicos del Condado. Esto se debe a que la cobertura de medicamentos recetados forma parte de todo el plan médico.

Si decide inscribirse en un plan de medicamentos de Medicare y abandonar su cobertura actual del Condado de Santa Clara, tenga en cuenta que usted y sus dependientes podrán recuperar esta cobertura en la próxima oportunidad de inscripción abierta.

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¿Cuándo pagará una prima más alta (multa) para inscribirse en un plan de medicamentos de Medicare? Además, debe saber que, si cancela o pierde su cobertura actual con el Condado de Santa Clara y no se une a un plan de medicamentos de Medicare dentro de los 63 días continuos posteriores a la finalización de su cobertura actual, puede pagar una prima más alta (multa) para unirse un plan de medicamentos de Medicare más tarde.

Si pasan 63 días seguidos o más sin una cobertura acreditable de medicamentos recetados, su prima mensual puede aumentar al menos el 1% de la prima básica del beneficiario de Medicare por mes por cada mes que no tenga esa cobertura. Por ejemplo, si pasan diecinueve meses sin una cobertura acreditable, su prima puede ser consistentemente al menos un 19% más alta que la prima básica del beneficiario de Medicare. Es posible que deba pagar esta prima más alta (multa) siempre que tenga cobertura de medicamentos recetados de Medicare. Además, es posible que deba esperar hasta el siguiente octubre para unirse.

Para obtener más información sobre este aviso o su cobertura actual de medicamentos recetados...Póngase en contacto con la persona que figura a continuación para obtener más información o llame a la Oficina de Beneficios para Empleados del Condado de Santa Clara al 408-970-2600 o al número gratuito 800-541-7749. NOTA: Recibirá este aviso cada año. También lo recibirá antes del próximo período en el que puede unirse a un plan de medicamentos de Medicare y si cambia esta cobertura a través del Condado de Santa Clara. Puede solicitar una copia de este aviso en cualquier momento.

Cómo obtener más información sobre sus opciones en virtud de la cobertura de medicamentos recetados de Medicare…En el manual "Medicare y usted", encontrará información más detallada sobre los planes de Medicare que ofrecen cobertura de medicamentos recetados. Recibirá de Medicare una copia del manual por correo todos los años. También puede ser contactado directamente por los planes de medicamentos de Medicare.

Para obtener más información sobre la cobertura de medicamentos recetados de Medicare:

• Visitewww.medicare.gov

• LlameasuProgramaestataldeasistenciaconelsegurodesalud (consulte la contraportada de su copia del manual "Medicare y usted" para obtener su número de teléfono) para obtener ayuda personalizada.

• Llameal1-800-MEDICARE(1-800-633-4227).LosusuariosdeTTY deben llamar al 1-877-486-2048.

Si tiene ingresos y recursos limitados, puede obtener ayuda adicional disponible para pagar la cobertura de medicamentos recetados de Medicare. Para obtener información sobre esta ayuda adicional, visite el Seguro social en el sitio web www.socialsecurity.gov, o llame al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).

Recuerde: Conserve este aviso de Cobertura acreditable. Si decide inscribirse en uno de los planes de medicamentos de Medicare, es posible que deba proporcionar una copia de este aviso cuando se inscriba para demostrar si ha mantenido o no una cobertura acreditable y, por lo tanto, si debe pagar o no una prima mayor (multa).

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Condado de Santa Clara, Agencia de Servicios para Empleados

70 W. Hedding Street, East Wing, 8th Floor, San Jose, CA 95110

Teléfono 408-970-2600

Correo electrónico [email protected]

https://www.sccgov.org/benefits