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INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000157-PROV SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA CUBRIR INSTALACIONES I.C.E., UBICADAS EN EL PLANTEL LA URUCA, REGIÓN CENTRAL APERTURA DE OFERTAS A LAS 10:00 HORAS DEL DIA 6 DE DICIEMBRE DEL 2011 SAN JOSE, COSTA RICA 2011

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INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2011LA-000157-PROV

SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PARA CUBRIR INSTALACIONES I.C.E., UBICADAS EN EL PLANTEL LA URUCA, REGIÓN CENTRAL

APERTURA DE OFERTAS

A LAS 10:00 HORAS DEL DIA 6 DE DICIEMBRE DEL 2011

SAN JOSE, COSTA RICA

2011

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ContenidoCAPÍTULO I 3

CONDICIONES GENERALES 3

CAPÍTULO II 4

CONDICIONES PARTICULARES 4

INVITACIÓN A CONCURSAR: 41. LICITACIÓN ABREVIADA N°: 42. PRESUPUESTO: 43. FINANCIAMIENTO: I.C.E. 44. APERTURA DE OFERTAS: 45. CONSULTAS Y ACLARACIONES: 46. VIGENCIA DE OFERTA: 57. PRECIOS: 58. TIEMPO DE INICIO Y DURACIÓN DEL SERVICIO: 69. LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO: 610. GARANTIA DE PARTICIPACIÓN: 611. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO: 612. DEPÓSITO DE GARANTÍAS: 613. VIGENCIA DE LA GARANTÍA DE LOS SERVICIOS 714. MODALIDAD Y FORMA DE PAGO 715. ESTUDIO Y ADJUDICACIÓN: 816. CLÁUSULA PENAL Y MULTAS: 816.1. CLASULA PENAL 816.2 MULTAS 817. SISTEMA DE VALORACIÓN Y COMPARACIÓN 1018. FORMULA DE REAJUSTE DE PRECIOS: 1019. CANTIDAD DE OFERTAS 12CAPÍTULO III 13

REQUERIMIENTO13

20. REQUISITOS OBLIGATORIOS DEL OFERENTE: 1521. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 1722. OBLIGACIONES DEL ICE 2623. SEGUROS Y ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO 2624. CONTROL DE PERDIDAS 2725. APROBACION POR PARTE DEL ICE 2726. GENERALIDADES 28ANEXO NO. 1 29ANEXO Nº2 30ANEXO Nº3 31ANEXO Nº4 32ANEXO Nº5 33ANEXO Nº6 34

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CAPÍTULO I

CONDICIONES GENERALES

Para este concurso regirán las “Condiciones Generales del Cartel Tipo para Licitaciones” publicadas en La Gaceta No.164 del 26 de Agosto del 2011 y Fe de erratas en la Gaceta 173 del 8 de setiembre 2011.

Las ofertas deben presentarse en original y tres copias, incluyendo un timbre de veinte colones de la Asociación Ciudad de las Niñas, y un timbre de doscientos colones del Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas de Costa Rica.

Las Condiciones Generales pueden ser adquiridas en la Proveeduría del ICE, cita 400 metros al Norte del Edificio Central del ICE en Sabana Norte, en el Área de Expedientes y Garantías o accesando a la siguiente dirección electrónica: www.grupoice.com/PEL

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CAPÍTULO II

CONDICIONES PARTICULARES

El Instituto Costarricense de Electricidad, que en lo sucesivo se denominará I.C.E, EMPRESA-ENTE PÚBLICO de la República de Costa Rica, domiciliado en San José y con cédula jurídica No. 4-000-042139-02, invita a participar en la Licitación Abreviada Nº 2011LA-000157-PROV, para la adquisición de “Servicios de Seguridad y vigilancia para cubrir Instalaciones I.C.E. ubicadas en EL PLANTEL LA URUCA. Región Central.

La presente contratación no está cubierta por el TLC con República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos de América y el TLC con México.

INVITACIÓN A CONCURSAR:

1. LICITACIÓN ABREVIADA N°: 2011LA- 000157-PROV

2. PRESUPUESTO: CRC ¢ 1 000,00 Año 2011 CRC ¢ 157 499 000,00 Año 2012 CRC ¢ 112 500 000,00 Año 2013

3. FINANCIAMIENTO: I.C.E.

4. APERTURA DE OFERTAS:

El Instituto Costarricense de Electricidad, recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 6 de Diciembre del 2011.

4.1 La oferta será entregada en sobre cerrado en la Proveeduría del I.C.E., sita en Sabana Norte, 400 metros norte de la esquina este de las Oficinas Centrales, antes de la hora señalada para el acto de apertura de ofertas con la siguiente leyenda: Instituto Costarricense de Electricidad Licitación Abreviada No. 2011LA-000157-PROV Adquisición de Servicios de Seguridad y Vigilancia para Cubrir Instalaciones I.C.E. ubicadas en el Plantel la Uruca, Región Central.

5. CONSULTAS Y ACLARACIONES:

5.1 Las consultas y aclaraciones relativas a esta licitación deberán realizarse por carta o facsímil (fax), a la siguiente dirección, con copia a la dependencia usuaria mencionada a continuación:

a) Carta: la cual será dirigida a la siguiente dirección:

Instituto Costarricense de ElectricidadAptdo. 10032-1000

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San José Costa RicaLicitación Abreviada No.2011LA-000157-PROVAtención: Proveeduría Corporativa

b) Facsímil (FAX), a la siguiente dirección con copia dependencia usuaria mencionada en el punto 5.3:

Fax: (506) 2000–8160 y (506) 2000-8163Aptdo. 10032-1000San José Costa RicaLicitación Abreviada No.2011LA-000157-PROVAtención Proveeduría Corporativa

c) Medios electrónicos: a través de la plataforma de Compras Electrónicas Mer-link.

Se le comunica a todos los potenciales oferentes que la normativa que se indica en el presente pliego de condiciones puede ser accesada en la siguiente dirección electrónica: www.grupoice.com/PEL

5.2 Toda la correspondencia entre el adjudicatario y el I.C.E., además de la facturación para efectos de pago, deberá hacerse en idioma español.

5.3 DEPENDENCIA USUARIA:Oficina : Contratos de Seguridad Región CentralNúmero telefónico : 2549-6384Número de facsímil : 2296-8612Responsable : Licda. Marisol Blandon Parrales Correo Electrónico : [email protected]

6. VIGENCIA DE OFERTA:

La vigencia mínima de las ofertas será de 60 días hábiles a partir de la fecha de apertura de ofertas.

7. PRECIOS:

7.1 Los precios cotizados deberán indicar el monto mensual y anual de cada puesto y de cada partida en que participa, además del número de oficiales que están cotizando por puesto. No se aceptarán cotizaciones parciales por partida La cotización será por partida completa.

7.2 El precio total de la oferta corresponderá a la sumatoria del precio total de cada partida.

7.3 Dichos precios serán totales, firmes y definitivos, siendo condición obligatoria presentar la estructura del precio, junto con todos los elementos que lo componen.

7.4 El oferente deberá presentar el desglose de la estructura del precio junto con un presupuesto detallado y completo con todos los elementos que lo componen, como mínimo con los siguientes rubros:

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o Mano Obrao Insumoso Gastos Administrativoso Utilidad o ganancia proyectada, la cual no deberá ser inferior al 10%

8. TIEMPO DE INICIO Y DURACIÓN DEL SERVICIO:

Los servicios iniciarán en un plazo máximo de ocho días hábiles, una vez notificada la orden de servicio por parte de la Proveeduría Corporativa. El contrato tendrá una vigencia de un año a partir del inicio del servicio, prorrogable por períodos iguales por tres años hasta completar un total de cuatro años.

En caso de que el ICE decida no prorrogar el contrato, se notificará esta situación al contratista con una antelación de 40 días hábiles al vencimiento del contrato vigente.

9. LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO:

Los servicios se brindarán en instalaciones ICE ubicadas en el Plantel la Uruca, Región Central según se detalla en el capítulo III Requerimientos y Especificaciones Técnicas.

10. GARANTIA DE PARTICIPACIÓN:

La garantía de participación será por un monto de un 1 % del valor total cotizado, con una vigencia no menor de 4 meses contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.

11. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO:

El adjudicatario deberá rendir una garantía de cumplimiento por un monto de un 10% del valor total adjudicado y con una vigencia mínima de 12 meses contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación, misma que se devolverá de acuerdo con lo que establece la ley 8660. No obstante, el Contratista se compromete a mantener vigente esta garantía durante toda la duración del presente contrato.

La Garantía de Cumplimiento será presentada de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 del Reglamento a la Ley Nº8660.

12. DEPÓSITO DE GARANTÍAS:

Tanto para la garantía de participación como para la garantía de cumplimiento cuando se rindan por medio de dinero en efectivo, deberán depositarse en las cuentas indicadas para dólares o colones del Banco de Costa Rica.

Cuentas para depositar garantías a favor del I.C.E. en Banco de Costa Rica.

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13. VIGENCIA DE LA GARANTÍA DE LOS SERVICIOS

Con el propósito de garantizar la seguridad institucional, se requiere que dichos servicios, se brinden con la más alta calidad, eficacia, eficiencia y con personal debidamente capacitado el cual deberá cumplir con lo estipulado punto 20.5.

14. MODALIDAD Y FORMA DE PAGO

Los pagos de los servicios se llevarán a cabo de la siguiente manera:

El pago del servicio será por transferencia electrónica, por mes vencido, contra presentación de factura a 30 días naturales plazo, previa aprobación del Administrador del Contrato.

El oferente deberá indicar en su oferta la cuenta a acreditar y el banco, esto cuando el depósito se realice en el BCR o el BNCR y la cuenta SINPE cuando se trate de otros bancos nacionales.

Las facturas de los servicios deberán de apegarse a la Ley del Impuesto sobre las Ventas, estar debidamente autorizadas por la Dirección General de Tributación. Además es requisito que contenga el número de orden de servicio correspondiente a esta contratación y el periodo de pago que se estará cancelando.

Mensualmente es requisito indispensable la presentación de copia de la planilla de la Caja Costarricense de Seguro Social y del respectivo ente asegurados (INS, otros), en la que conste el aseguramiento y el pago mínimo de ley o superior de los trabajadores de la empresa que brinda el servicio, más las horas extras laboradas, de acuerdo a la legislación vigente y conforme lo establece el Ministerio de Trabajo, mediante el decreto que se pública cada semestre en el diario oficial La Gaceta.

Además debe presentar la constancia de que se encuentra al día en sus obligaciones con la C.C.S.S., copia de recibo cancelado del respectivo ente asegurador en el que conste que se encuentra al día con las pólizas indicadas en el presente Cartel.

El Administrador del Contrato ó su representante verificarán que los nombres que aparecen en la planilla de cada mes, sean de los empleados que están laborando para el presente contrato en ese momento.

En caso de que la oferta no indique claramente la forma y modalidad de pago, se asumirá que ofrece la forma y modalidad de pago utilizada usualmente por el I.C.E.; sin embargo alternativamente el oferente podrá presentar otras formas de pago, a lo cual el I.C.E. se reserva el derecho de aceptar, siempre y cuando lo considere conveniente a sus intereses.

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SECTOR US $ DOLARES COLONES ¢ COSTARRICENSESENERGÍA 164475-0 58166-6

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En el caso de ser adjudicatario por primera vez, debe llenar la boleta de autorización de pago mediante transferencia electrónica de fondos, y presentarla en la Plataforma de Finanzas. (Anexo Nº 2)

15. ESTUDIO Y ADJUDICACIÓN:

15.1 El ICE resolverá el presente concurso dentro de los 40 días hábiles contados a partir de la fecha de apertura de ofertas. El ICE se reserva el derecho de prorrogar este plazo en caso de considerarlo necesario.

15.2 El ICE estudiará las ofertas que coticen el requerimiento completo y así adjudicará, conforme lo establece el Artículo 44 inciso n) del Reglamento a la Ley 8660.15.3 El adjudicatario deberá, al momento de la firmeza de la adjudicación presentar la certificación de la CCSS en la que conste que se encuentra al día en el pago de sus obligaciones con la misma.

16. CLÁUSULA PENAL Y MULTAS:

16.1. CLASULA PENAL

De conformidad con el artículo 43 del Reglamento al Título II de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas de Sector Telecomunicaciones, si existiera atraso en el inicio de la prestación del servicio, el contratista deberá pagar al ICE por concepto de cláusula penal la suma del 0,6% del valor mensual del puesto por cada día natural que persista esta situación.

16.2 MULTAS

De conformidad con el artículo 41 del Reglamento al Título II de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas de Sector Telecomunicaciones, el ICE procede a establecer las condiciones generales de las multas y los incumplimientos que generaran las mismas.

16.2 1 El valor porcentual de la sanción (multa o clausula penal)será como máximo el 25% del monto total del contrato. La aplicación de esta cláusula es conforme al artículo Nº 41 del Reglamento al Título II de la Ley 8660.

16.2.2 En caso de que el objeto esté compuesto por líneas distintas, el monto máximo para el cobro de multas se considerará sobre el valor de cada una y no sobre la totalidad del contrato, siempre que el incumplimiento de una línea no afecte el resto de las obligaciones.

16.2.3 El cobro de las multas y/o cláusula penal podrá hacerse con cargo a las retenciones del precio, que se hubieran practicado y los saldos pendientes de pago. En caso de que ninguna de esas dos

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alternativas resulte viable, se podrá ejecutar la garantía de cumplimiento hasta por el monto respectivo

16.2.4 El contratista deberá pagar al ICE por concepto de la multa la suma de 0,6 % del valor mensual del puesto afectado sea de seguridad o de supervisión, por cada día natural en que se presente y persista el incumplimiento a lo dispuesto en los siguientes numerales del cartel. (ver tabla de estimación de clausula penal)

Tabla estimación de cláusula penal

FACTOR PUNTOS

1-Repercusiones de eventual incumplimiento (30, 20 o 10 puntos, según corresponda) 30

2.-Riesgos del incumplimiento del plazo (30, 20 o 10 puntos, según corresponda) 30

3.-Preponderancia del plazo de entrega (15, 10 o 5 puntos, según corresponda) 10

4.-Monto del contrato (15, 10 o 5 puntos, según corresponda) 5

Indicar monto estimado de la licitación: CRC 270 000 000.00

TOTAL DE PUNTOS: 75

Calificación de importancia de la cláusula penal y porcentaje a aplicar

Puntaje Importancia de la Cláusula penal

Porcentaje multa a aplicar por día

De 90 a 70 puntos Alta 0.6 %

De menos de 70 a 50 puntos Media 0.5%

Menos de 50 puntos Moderada 0.4%

16.2.5 Por cada día en que persista el incumplimiento de lo siguiente:

Lo establecido en el numeral 21.7 A) de Obligaciones del Contratista.

Lo establecido en el numeral 21.10 de Obligaciones del Contratista.

Lo establecido en el numeral 21.12 de Obligaciones del Contratista.

Lo establecido en el numeral 21.13 de Obligaciones del Contratista.

Lo establecido en el numeral 21.14 de Obligaciones del Contratista.

Lo establecido en el numeral 21.15 de Obligaciones del Contratista.9

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Lo establecido en el numeral 21.16 de Obligaciones del Contratista.

Lo establecido en el numeral 21.20 de Obligaciones del Contratista.

Lo establecido en el numeral 21.23 de Obligaciones del Contratista.

Lo establecido en el numeral 21.31 de Obligaciones del Contratista.

16.2.5.2 Igual sanción se aplicará por cada oficial que incumpla con:

Lo establecido en el numeral 21.4 de Obligaciones del Contratista.

Lo establecido en el numeral 21.24 de Obligaciones del Contratista

Lo establecido en el numeral 21.30 de Obligaciones del Contratista

Lo establecido en el numeral 21.37 de Obligaciones del Contratista

16.2.6 El Administrador del contrato no gestionará el cobro de multa y/o cláusula penal, únicamente en el caso de que el incumplimiento del contratista obedezca a motivos de caso fortuito, fuerza mayor o culpa de la Administración debidamente comprobadas y se haya seguido lo establecido en los artículo 176 y 177 el reglamento al Título II de la Ley 8660.

16.2.7 En caso de que por causas ajenas al contratista o bien imputables a la Administración, éste no pueda realizar en el plazo estipulado la entrega del objeto pactado o bien el inicio del servicio contratado, podrá solicitar prórroga dentro de los diez días hábiles siguientes al conocimiento del hecho que provoca la solicitud de prórroga, aportando para ello la prueba en la que se sustenta, la cual deberá ser analizada por la Administración.

17. SISTEMA DE VALORACIÓN Y COMPARACIÓN

El ICE adjudicará a las ofertas que cumplan con todas las condiciones generales, particulares y los requerimientos indicados en el Capítulo III del presente cartel, y que además ocupe el primer lugar en precio comparativo del requerimiento completo.

18. FORMULA DE REAJUSTE DE PRECIOS:

El ICE revisará y reajustará los precios adjudicados a solicitud del adjudicatario de conformidad como se establece en el artículo 78 del Reglamento Interno de Contratación Administrativa (RICA)

Con el fin de garantizar el mantenimiento del equilibrio económico del contrato, se debe indicar la fórmula de reajuste de precios en aquellos casos que corresponda.

Cuando proceda la presentación de una solicitud de reajuste de precios deberá ser planteado con la aplicación de la fórmula matemática establecida por la Contraloría General de la República la cual detallamos a continuación:

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18.1 Denominación de los componentes de la formula a utilizar:

Donde:PV = Precio variado.PC = Precio de cotizacióniMOtm = Índice de costo de mano de Obra en el momento considerado para la variación.iMOtc= Índice de costo de Mano de Obra vigente al momento de la cotización o al último reajuste.iIti= Índice de costo de Insumos en el momento considerado para la variación.iItc= Índice de costo de Insumos vigente al momento de la cotización ó al último reajuste.iGAtg= Índice de costo de Gastos Administrativos en el momento considerado para la variación.iGAtc= Índice de costo de Gastos Administrativos vigente al momento de la cotización o al último reajuste.U= porcentaje de utilidad o ganancia proyectada del precio de cotizaciónSe debe entender “vigente al momento de la cotización”, como el momento de la presentación al I.C.E. de la oferta formal por parte de los participantes.

18.2 Estructura porcentual del precio:

Para los efectos respectivos, la Estructura Porcentual del Precio es una condición mínima que deberán presentar los participantes en su oferta.Donde:

MO = porcentaje costo Mano de Obra del precio de cotización. Se deberá detallar en la oferta por separado: A) El monto correspondiente a salarios B) El porcentaje detallado de cargas sociales y su correspondiente monto. Lo anterior involucra que se detalle en forma clara los salarios mensuales a pagar a cada trabajador, así como las cargas sociales relacionadas. Todo lo anterior de conformidad con los horarios de trabajo a cumplir estipulados en el presente cartel.

I= porcentaje costo de Insumos del precio de cotización. GA= porcentaje costo Gastos Administrativos del precio de cotización. U= porcentaje de utilidad del precio de cotización.

18.3 Índices oficiales a utilizar:

iMOtm= Índice de costo de mano de Obra en el momento considerado para la variación. iMOtc = Índice de costo de Mano de Obra vigente al momento de la cotización o ultimo

variado. iIti= Índice de costo de Insumos en el momento considerado para la variación. iItc= Índice de costo de Insumos vigente al momento de la cotización o último variado.

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iGAtg= Índice de costo de Gastos Administrativos en el momento considerado para la variación.

iGAtc= Índice de costo de Gastos Administrativos vigente al momento de la cotización o último variado.

Los índices a que hace referencia la fórmula anterior, deberán ser lo más estrechamente vinculados con la actividad, objeto de la presente licitación. Los oferentes deberán indicar en su oferta, cuáles índices utilizarán como fuente para eventuales solicitudes de reajuste de precios, de conformidad con lo siguiente:

18.4 Fuente de los índices:

Esta información es básica para la aplicación de la fórmula matemática antes indicada, las fuentes de índices a utilizar son “estadísticas oficiales”, por lo tanto se debe especificar en la oferta lo siguiente:

Para el caso de Mano de Obra se utilizará el decreto de salarios mínimos emitido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y publicado en el Diario Oficial la Gaceta para la categoría de trabajadores semi-calificados.

Para el caso de Insumos se utilizará el índice de precios al productor industrial, nivel general sin combustible (IPPI) publicado por el Banco Central de Costa Rica, Sección Índices y Estadísticas.

Para el caso de los Gastos Administrativos se utilizará el índice de precios al productor industrial (IPC) nivel general elaborado por el Banco Central de Costa Rica, Sección Índices y Estadísticas.

19. CANTIDAD DE OFERTASEn el presente concurso se aceptará como máximo una oferta alternativa.

Se adjunta Formulario con las Declaraciones Juradas a rendir por parte de los oferentes. (Anexo N° 1).

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CAPÍTULO III

REQUERIMIENTO

Ítem Cantidad Unidad c / u Código Articulo Descripción

Material Químico N

/ SPrecio Estimado Anual Objeto

Gasto

Indicador de Partida

1 1 SER 99545500000 Servicio seguridad y Vigilancia Puesto Nº1, N 28 800 000,00 87 N2 1 SER 99545500000 Servicio seguridad y Vigilancia Puesto Nº2 N 26 400 000,00 87 N3 1 SER 99545500000 Servicio seguridad y Vigilancia Puesto Nº3 N 26 400 000,00 87 N4 1 SER 99545500000 Servicio seguridad y Vigilancia, Puesto Nº4 N 26 400 000,00 87 N5 1 SER 99545500000 Servicio seguridad y Vigilancia Puesto Nº5 N 26 400 000,00 87 N6 1 SER 99545500000 Servicio seguridad y Vigilancia Puesto Nº6 N 27 600 000,00 87 N7 1 SER 99545500000 Servicio seguridad y Vigilancia Puesto Nº7 N 27 600 000,00 87 N8 1 SER 99545500000 Servicio seguridad y Vigilancia Puesto Nº8 N 27 600 000,00 87 N9 1 SER 99545500000 Servicio seguridad y Vigilancia Puesto Nº9 N 26 400 000,00 87 N

10 1 SER 99545500000 Servicio seguridad y Vigilancia Puesto Nº10 N 26 400 000,00 87 N

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REQUERIMIENTO

1 - Puesto Nº1, Terrenos Aledaños a Subestación la Caja Recorrido Motorizado. Un puesto Motorizado de 24 horas, todos los días jornada continua. Costo Mensual ¢2 400 00,00

2 - Puesto Nº2,Terrenos Aledaños a Subestación La Caja, Entrada Principal al Plantel. Un puesto de 24 horas, todos los días jornada continua.Costo Mensual ¢2 200 00,00

3 - Puesto Nº3, Planta San Antonio Entrada al Centro de Producción San Antonio. Un puesto de 24 horas, todos los días jornada continua.Costo Mensual ¢2 200 00,00

4 - Puesto Nº4, Planta San Antonio Entrada al Centro de Producción por Cariarí. Un puesto de 24 horas, todos los días jornada continua.Costo Mensual ¢2 200 00,00

5 - Puesto Nº5, Sala Capacitación y Oficinas Administrativas Centro Producción San Antonio. Un puesto de 24 horas, todos los días jornada continua.Costo Mensual ¢2 200 00,00

6 - Puesto Nº6, Subestación Vieja La Uruca, Caseta costado Oeste. Un puesto de 24 horas, todos los días jornada continua.Costo Mensual ¢2 300 00,00

7 - Puesto Nº7, Subestación Vieja La Uruca, Caseta Entrada Principal a Subestación. Un puesto de 24 horas, todos los días jornada continua.Costo Mensual ¢2 300 00,00

8 - Puesto Nº8, Subestación Nueva La Uruca, Caseta de la Nueva Subestación. Un puesto de 24 horas, todos los días jornada continua.Costo Mensual ¢2 300 00,00

9 - Puesto Nº9, Patio Materiales Logística Nº1. Un puesto de 24 horas, todos los días jornada continua.Costo Mensual ¢2 200 00,00

10 - Puesto Nº10, Patio Materiales Logística Nº2. Un puesto de 24 horas, todos los días jornada continua.Costo Mensual ¢2 200 00,00

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REQUISITOS TÉCNICOS

20. REQUISITOS OBLIGATORIOS DEL OFERENTE:

20.1 Hacer constar que a la fecha de presentación de la oferta cuenta con un mínimo de 10 años de estar debidamente inscrita y autorizada por la Dirección Servicios de Seguridad Privados del Ministerio de Seguridad Pública para prestar servicios de seguridad y vigilancia, para lo cual debe presentar la correspondiente certificación de esa entidad, con no más de tres meses de emitida; dicha certificación debe presentarse junto a la oferta.

20.2 Adjuntar junto con su oferta el Plan General de Trabajo a seguir y en el que se deberá considerar para elaborar su propuesta al menos los siguientes aspectos:

a) Modelos de formularios de reporte y registro de control de puestos, utilizados por los supervisores.

b) Método de supervisión y roles a realizar de visitas en los puestos.c) Modelos de evaluación del desempeño del personal.d) Documentos de control interno para la prestación de servicio.e) Programas de Capacitación iníciales, de refrescamiento y de actualización; así

como las horas de formación, tanto en sesiones teóricas como en prácticas.f) Programa de capacitación del manejo con armas de fuego y sus modelos de

evaluación.g) Programa y sistema de reclutamiento de selección del personal operativo.h) Programa de incentivos o estímulos para la retención de personal.i) Sistemas de comunicaciones a utilizar en las instalaciones.j) Mantenimiento de armas y equipos.k) Cobertura para brindar los servicios en forma continua.l) Protocolos de acción en caso de emergencias para atender las instalaciones

donde brinde sus servicios.

NOTA: El presente requerimiento debe formar parte de la oferta, caso contrario si no se presenta, será motivo suficiente para excluirla del presente concurso.

20.3 Presentar junto con la oferta un Plan Específico de Trabajo, para cada uno de los puestos donde se brindaran los servicios. El plan debe de contener como mínimo:

a) Turnos de trabajo con horas de inicio y finalización, así como la cantidad de oficiales a utilizar.

b) Roles de servicio a utilizar y forma de operar semanalmente.c) Cantidad de horas a laborar ordinarias y extraordinarias en cada puesto e

indicar días libres.d) Detalles del control y supervisión que recibirá.e) Coberturas del servicio cuando el oficial necesita realizar sus necesidades de

alimentación, fisiológicas u otros motivos, contemplando que el oficial en turno se retire del puesto ubicado.

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20.4 En el servicio de seguridad requerido debe utilizarse un uniforme distinto al del personal de seguridad ICE (no debe ser blanco con azul, ni blanco con negro). Siendo indispensable especificar en la oferta las características del uniforme a utilizar.

20.5 Estipular en su oferta que en caso de ser el adjudicatario del presente concurso, presentará los currículos del personal a laborar los cuales deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Datos personales: nombre, cédula, edad, sexo, estado civil, dirección exacta de la residencia, nivel académico y números telefónicos donde se le localice.

b) Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados.c) Fotografía a color, tamaño pasaporte.d) Fotocopia de la licencia de portación de arma emitida por el Ministerio de

Seguridad Pública.e) Aportar fotocopia de los certificados obtenidos acordes a las labores a desempeñar

(Supervisor y Oficial).f) Carta (s) de servicio laboral que acrediten un año como mínimo de experiencia en

labores de seguridad de la empresa (s) en la que haya laborado o esté laborando. Dichas cartas deberán ser presentadas en original o fotocopia certificada por un notario público, así mismo se deben indicar la dirección exacta del remitente, número de teléfono, fecha de inicio, fecha de terminación del contrato (en los casos de servicio no vigentes) y motivo de su retiro.

g) Hoja de delincuencia con un máximo de 3 meses de emitida y durante el período de la contratación se deberá actualizar la información cada doce meses.

h) Copia de carné de identificación de la empresa de seguridad privada vigente.i) Copia de Licencia de conducir respectiva, esto para los supervisores y oficiales de

los puestos motorizados.

Dicha documentación deberá ser presentada para cada ingreso de oficiales y/o supervisores nuevos y cada vez que caduquen dichos documentos, sin excepción alguna. El ICE realizará las consultas respectivas con el fin de verificar la información aportada.

20.6 Aportar conjuntamente con la oferta original una certificación vigente extendida por el Ministerio de Seguridad Pública que haga constar que las armas de fuego que se ofrezcan para utilizar en el servicio requerido están debidamente inscritas en el Departamento de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad Pública a nombre de la empresa oferente.

El ICE no se hace responsable de la custodia de las armas de fuego y otros equipos propiedad de la empresa adjudicada y/o terceros que se resguarden en instalaciones I.C.E.

20.7 Presentar un cronograma de mantenimiento y limpieza de las armas, que se deberá llevar a cabo como mínimo cada tres meses durante del contrato.

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20.8 Contar con frecuencia de radio, disponible para operar equipo de comunicación por lo que deberá a su vez aportar los documentos de la Oficina Control Nacional de Radio del Ministerio de Gobernación y Policía, o bien de la empresa a la que le renta la frecuencia.

20.9 Contar con un Base Central de Operaciones para el monitoreo de los servicios brindados en la región.

21. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Son responsabilidades y obligaciones del contratista:

21.1 Presentar al Administrador del Contrato de forma mensual y en conjunto con la factura correspondiente, la certificación emitida por la CCSS, en la que conste que el contratista se encuentra al día con sus obligaciones obrero patronales.

Certificación emitida por el ente asegurador, para verificación de la cancelación de cargas sociales y seguros correspondientes.

Asimismo deberá presentar copia de la planilla de la CCSS y del ente asegurador, en las que se deberá indicar claramente los oficiales que prestan el servicio al I.C.E., donde conste el aseguramiento y los pago de salarios de acuerdo a la legislación vigente y conforme lo establece el Ministerio de Trabajo, mediante el decreto que se publica cada semestre en el diario oficial La Gaceta.

21.2 Disponer de todo el personal que desempeñará las funciones debido a que los mismos deben presentarse a la inducción de oficiales que impartirá el Área Operativa de Seguridad ICE, cuya programación le será informada a la empresa contratista por el Administrador del Contrato, con tres días hábiles de anticipación.

21.3 Cumplir estrictamente con los horarios, turnos de trabajo, roles y cantidad de oficiales establecidos en la oferta según el punto 20.3, para brindar los servicios requeridos en cada uno de los puestos.

21.4 Brindar el servicio de seguridad en forma continua, asegurando cobertura en cada uno de los puestos durante los tiempos de alimentación de los oficiales, de conformidad con lo establecido en el Código de Trabajo. Además los oficiales del contratista deberán permanecer en el área y perímetro asignado a cada puesto, y no podrán hacer abandono del mismo salvo haber sido relevado.

21.5 Cumplir a cabalidad con los servicios de seguridad contratados, y será responsable de los bienes que se encuentren dentro de los mismos (parqueos, maquinaria, equipos, vehículos, activos, herramientas, materiales y otros similares tanto propiedad I.C.E., de funcionarios, clientes o proveedores).

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En caso de pérdida o daño de los bienes indicados en el punto anterior, será suficiente con las gestiones indagatorias o investigativas por parte del ICE, en las cuáles se determine la responsabilidad del CONTRATISTA, quien deberá sustituir lo sustraído, lo robado o lo dañado, según corresponda. En estos casos, deberá sustituir lo sustraído, lo robado o dañado por otro de idénticas características o bien cancelar el costo a la parte afectada, siendo obligatorio realizar el depósito que corresponda en la cuenta bancaria que el ICE indique, en un plazo no mayor de treinta días naturales, a partir de la comunicación oficial del Administrador del Contrato, quien dará seguimiento de su cumplimiento.

De no cumplir el contratista con lo anteriormente indicado, dará derecho al I.C.E. de ejecutar la garantía de cumplimiento por el valor de lo sustraído, robado y dañado.

21.6 Asumir los costos y riesgos del transporte del personal que brindará servicio al ICE, así como los equipos y materiales requeridos para la prestación del servicio.

21.7 Suministrar a los oficiales y supervisores de seguridad el equipo o accesorios necesarios para brindar el servicio según el siguiente detalle.

A) Equipo básico Nivel I:

A.A) Para oficiales y supervisores un arma de fuego tipo pistola calibre 9 mm o 0.40, en óptimas condiciones, con su funda y cinturón, así como mínimo dos cargadores con su capacidad completa.

A.B) Para oficiales y supervisores radio de comunicación portátil y/o una radio base , según las necesidades del ICE, con su respectivo cargador y baterías en perfectas condiciones.

A.C) Chalecos antibalas nivel III A, los cuales deben encontrarse vigentes según su fecha de fabricación.

A.E) Para los oficiales un dispositivo electrónico para marcas, con su respectivos chips o pastillas de marca, y junto con todo el equipo necesario.

A.F) Para los oficiales una v ara policial , un gas de defensa permitido, un juego esposas con llaves, y una linterna portátil con un alcance mínimo de 50 metros con sus baterías respectivas, tanto la linterna como las baterías deberán encontrarse en perfecto estado.

El Equipo Básico Nivel I, asignar para cada uno de los puestos según lo indica la Ficha Técnica del puesto específico,(para lo cual se anexa ficha por cada puesto a contratar), dicho equipo deberá ser portado permanentemente por los oficiales y supervisores, además de mantenerse en óptimas condiciones de funcionamiento. (Anexo Nº 5)

El ICE no se hace responsable de la custodia de las armas de fuego y otros equipos propiedad de la empresa adjudicada y/o terceros que se resguarden en instalaciones I.C.E.

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B) Equipo básico Nivel II:

B.A) Para los oficiales, una jacket con el logotipo de la empresa, una capa impermeable, paraguas y botas de hule.

B.B) En cada puesto deberá contar con un microondas, una silla y una mesa con un gabinete y su respectivo llavín o candado, para guardar las pertenencias y las diferentes herramientas (bastones electrónicos marcadores, lámparas, etc.) y materiales a utilizar, del cual únicamente podrán manejar las llaves los respectivos oficiales y supervisores del contratista. Los puestos que compartan caseta, solo será necesario brindar un microondas.

El Equipo Básico Nivel II, a asignar para cada uno de los puestos según lo indica la Ficha Técnica del puesto específico, (para lo cual se anexa ficha por cada puesto a contratar), dicho equipo deberá ser portado permanentemente por los oficiales y supervisores, además de mantenerse en óptimas condiciones de funcionamiento. (Anexo Nº 5)

B.C) En el caso de los Centros de Generación y subestaciones, deberá suministrar lo estipulado en el documento “Normas de seguridad laboral en la construcción. Operación y mantenimiento de subestaciones del I.C.E.” conforme a los materiales detallados a continuación o similares. (Ver Anexo Nº 4)

a) Casco de seguridad tipo 1 Clase E, norma ANSI Z-89.1-2003 última versión que no sea color amarillo.b) Pantalón tela de mezclilla 100% fibra natural de algodón (ni el zipper ni los broches podrán ser metálicos).c) Camisa tela 100% fibra natural de algodón antialérgica. d) Zapatos Dieléctricos, con punta reforzada, suela tractor antideslizante.e) Capas Impermeables, debido a que el uso de paraguas está prohibido, en subestaciones, para su recorrido y cumplir con las marcas en caso de llovizna ò condición atmosférica que peligre, debe de usarse una capa impermeable que no cuente con partículas metálicas, ni los zippers.f) Lámpara, tipo minero y totalmente aislado en hule, ya sea para el casco o de mano.

El Equipo para Ingreso a Subestaciones, a asignar para cada uno de los puestos será el que indique la Ficha Técnica del puesto específico para lo cual se anexa ficha por cada puesto a contratar, y dicho equipo deberá ser portado permanentemente por los oficiales y supervisores.

El contratista está en la obligación mantener en óptimas condiciones y sin excepción, todo equipo requerido anteriormente durante todo el período del contrato. Caso contrario se releva al ICE de toda responsabilidad civil, penal, administrativa y de cualquier otra índole que puede surgir como consecuencia del incumplimiento de su personal, en el uso del equipo requerido.

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21.8 Suministrar al Área de Seguridad Operativa del ICE, un radio de comunicación portátil y/o una radio base, con sus respectivos accesorios y con frecuencia habilitada de la empresa para la Región donde brinda los servicios, dicha radio base es para uso exclusivo del Centro de Operación, además deberá darle el mantenimiento requerido cada vez que el Administrador de Contrato lo solicite, ya que el mismo se debe mantener en óptimas condiciones. Asimismo dicha radio base en conjunto con los radio portátiles asignados en cada puesto deberán mantener constantemente una clara y eficiente señal.

21.9 Líneas y aparatos telefónicos:

a) El ICE facilitará una línea telefónica, exclusiva para cada uno de los puestos en donde sea factible, de lo contrario el contratista se compromete a entregar una línea celular, y para ambos casos también debe entregar su respectivo aparato telefónico, y/u otro medio de comunicación que permita el diálogo continuo, de forma tal que admita la emisión y recepción de llamadas, aparte del radio portátil de comunicación.

b) En todos aquellos casos en que la línea telefónica sea exclusiva del puesto de seguridad y como parte de las funciones propia, el Contratista estará en la obligación de cancelar el 100% de la facturación que se origine de los servicios telefónicos brindados.

c) En las instalaciones donde se comparta la línea telefónica con funcionarios de la Institución y en la facturación correspondiente, si se confirma previo estudio que ha existido abuso en el uso del teléfono por parte del personal de la empresa, el contratista estará en la obligación de cancelar el monto respectivo de la facturación que se origine de los servicios telefónicos brindados.

d) Para realizar el pago de los servicios telefónicos indicados, el Administrador de contratos enviará oficio informativo de los cobros correspondientes, al contratista, una vez notificado tendrá 30 días naturales para realizar el pago respectivo, caso contrario se harán las retenciones de los saldos pendientes de pago.

21.10 Con respecto a los vehículos requeridos:

A) Para los puestos motorizados, la empresa adjudicataria deberá suministrar motocicletas tipo montañeras con un cilindraje mínimo de 200 CC y con un motor a reacción de 4 tiempos. Según especificaciones de la ficha técnica.

B) Para la supervisión del servicio, se podrán utilizar motocicleta o automóviles, en perfectas condiciones. Según especificaciones de la ficha técnica.

C) Todos los vehículos deben contar con las siguientes características:

Estar debidamente rotulados con el logotipo de la empresa.

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En caso de que algún vehículo sufra un desperfecto mecánico, el contratista está en la obligación de reemplazarlo en un lapso máximo de 24 horas por otro vehículo de características similares o superiores.

21.11 Contar con una planta física o local ubicada geográfica y estratégicamente en laRegión Central que permita el bodegaje de equipos básicos requeridos para las funciones de seguridad, asimismo el personal de seguridad I.C.E., debe tener acceso permitido las 24 horas para constatar el equipo de reserva solicitado. Esta planta o local debe de contar con las siguientes especificaciones:

A) Deberá contar con un abastecimiento mínimo de equipo y accesorios disponibles para que pueda suplir en el menor tiempo posible a los puestos de seguridad en caso de requerir el cambio o reposición de un equipo o accesorio solicitado, la cantidad del equipo será acorde a lo indicado en la siguiente tabla.

Equipo Básico Nivel I Cantidad Arma 1Municiones 50Cargador del Radio 1Baterías de radio 1Dispositivo de Marcas 1Chips o pastillas 5Gas de defensa 2Linterna portátil 1Pares de Baterías de linterna 4

Equipo Básico Nivel IIjacket 1Capa impermeable 1Paraguas 1Botas de Hule 1

Además el adjudicatario, mínimo cinco días hábiles antes de iniciar el servicio, debe indicar exactamente la dirección de esta planta física o local, la cual a su vez será revisada para verificar el cumplimiento de la ubicación geográfica por parte de la Administradora de Contrato, en caso de traslado, inmediatamente deberá informar la nueva dirección a la Administradora del Contrato.

21.12 En la Base Central de Operaciones o en la planta física ubicada en la región deberá de contar durante las 24 horas con el personal necesario para operar el radio-comunicación y así obtener una comunicación eficiente y constante con cada uno de los puestos en donde brinda el servicio. Asimismo, dichos puestos deberán de contar con una cobertura en sus radios de comunicación que permita obtener una comunicación eficiente y constante, sin interrupciones con la Base Central de Operaciones o en la planta física ubicada en la región.

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21.13 Entregar los currículos completos del personal que asignará a los puestos contratados, con cinco días hábiles de antelación a la fecha de inicio de labores, para la aprobación del Administrador del Contrato, y durante la ejecución del contrato con 24 horas. Los currículos deberán cumplir con lo indicado en el punto 20.5 del presente cartel.

21.14 Instalar como máximo 10 días hábiles después del inicio del contrato el sistema informático (software) para la descarga de las marcas realizadas en los distintos puestos y durante toda la vigencia del contrato deberá brindarle el mantenimiento preventivo y correctivo cada vez que se solicite.

Además deberá entregar dos recolectoras portátiles para el descargue, almacenamiento y transporte de la información recolectada en los dispositivos electrónicos de marca, así mismo el reemplazo de estos dispositivos deberán realizarse en un tiempo máximo de 48 horas, a partir la solicitud por parte del Administrador.

21.15 Instalar las estaciones de marcas (pastillas, chips) y facilitar los lectores electrónicos desde el primer día de inicio del servicio, conforme lo que indique el Administrador de Contrato, de acuerdo a la cantidad que se requiera en cada puesto. No deberá incrementarse, disminuirse ni removerse ninguna estación de marca, sin previa aprobación del Administrador del Contrato.

21.16 Realizar las marcas correspondientes en el dispositivo electrónico asignado para tal fin. El horario y ubicación de las estaciones para realizar las marcas en cada puesto será comunicado por el Administrador del Contrato al inicio de la ejecución del mismo. En caso de ser necesario variar los horarios y/o ubicación de las estaciones de marcas se comunicara mediante notificación formal. No se podrá sobrepasar la omisión de 5 marcas diarias por jornada no justificadas.

21.17 Permitir al personal de Seguridad Operativa ICE el retiro del dispositivo de marca electrónica y la descarga de su información cuando se considere conveniente, las cuales se trasladarán a la oficina de Seguridad Operativa ICE para la revisión que corresponda. Dicha información no podrá ser manipulada por el personal del contratista.

21.18 Reubicar el puesto dentro de la misma zona donde se brinda el servicio, de forma permanente o temporal y/o en situaciones especiales, a solicitud del Administrador del Contrato.

21.19 Mantener y entregar las casetas de seguridad o lugar donde se ubica el oficial, en las mismas condiciones en que el I.C.E. se las entregó y será responsable de cualquier daño que sufra la misma, salvo el deterioro normal por el uso de la caseta, motivo por el cual se levantará un informe el día de inicio del servicio y se actualizará conforme el I.C.E. realice mejoras al inmueble.

Una vez que se haya determinado la responsabilidad del contratista de los daños ocasionados al inmueble respectivo, se solicitara por medio del Administrador del

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Contrato la reparación en un lapso no mayor a 10 días hábiles, en caso de no acatar, se procederá ejecutar la garantía de cumplimiento por el monto necesario para resarcir a la Administración por el costo correspondiente a la restauración de dicho bien, según el costo de la reparación determinado por la Dirección Administrativa de Bienes Inmuebles.

21.20 Enviar la última semana del mes al Administrador de Contrato, los roles, horarios y nombres de los oficiales que trabajarán el próximo mes; en el que incluya además, el de los supervisores encargados del Contrato. Dicha información debe estar disponible en cada uno de los puestos contratados. En caso de que el contratista deba modificar la información, estará en la obligación de notificar de inmediato al Administrador de Contrato.

21.21 Mantener un listado de su personal de supervisión con sus respectivas fotografías, en cada uno de los puestos de seguridad.

21.22 Aceptar e indicar a su personal que durante la permanencia en las instalaciones I.C.E, estará sujeto a las mismas normas disciplinarias emitidas para el personal de la institución y de cualquier otra índole según las leyes, políticas, reglamentos y procedimientos vigentes.

21.23 Brindar el servicio con oficiales debidamente uniformados, el uniforme deberá cumplir con los siguiente:

A) Camisa de vestir manga corta o manga largaB) FajaC) Pantalón de vestirD) MediasE) Zapatos negrosF) En el caso de los puestos de seguridad ubicados en los Centro de Generación y Subestaciones deberán cumplir con lo establecido en el punto 21.7 B.C) posterior.G) Para el caso de los hombres con cabello corto, sin aretes, piercing o cualquier otro accesorio que no sea parte del uniforme. En el caso de las mujeres podrán usar aretes que no sobrepasen el borde de la oreja y usar el cabello recogido.

21.24 Todo oficial y supervisor de la empresa debe portar durante la prestación del servicio los siguientes documentos:

a) Carne de identificación de la empresa con su fotografía, en un lugar visible.b) Licencia de Portación de armas de fuego (vigente), emitida por el Departamento

de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad Pública. c) La matrícula de sus respectivas armas.d) Cédula de identidad.

Estos documentos serán constatados por el personal de supervisión I.C.E. en forma periódica.

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21.25 Mantener vigente la Licencia de portación de armas de fuego emitido por el Departamento de Armas y Explosivos del Ministerio de Seguridad Pública, tanto de los oficiales como de los supervisores durante la prestación del servicio. Ningún oficial ni supervisor de seguridad podrá iniciar sus labores sin este documento vigente. Asimismo deberá entregar al Administrador de Contratos copia de dicha licencia, cada vez que se renueve.

21.26 No permitir que sus oficiales reciban visitas personales, ni realizar actividades que no sean acordes con el servicio requerido en el presente cartel y con el Procedimiento para Oficiales y Supervisores de Seguridad Privada del ICE.

21.27 Cumplir con las disposiciones establecidas en el Procedimiento para Oficiales y Supervisores de Seguridad Privada I.C.E. o cualquier otra directriz, protocolo o normativa institucional que le sea comunicada por el Administrador del Contrato. (Ver Anexo Nº 3)

21.28 Solicitar al Administrador de Contrato la documentación necesaria para el control del movimiento de empleados, visitantes y vehículos en cada puesto, con una antelación de 30 días naturales antes de que se agoten.

21.29 No permitir el ingreso o salida de vehículos particulares y del I.C.E, si el conductor no está debidamente identificado, autorizado y registrado en los formularios respectivos, según lo establece el Procedimiento para oficiales y supervisores de seguridad I.C.E.

21.30 Contar para cada puesto con un libro de actas (bitácora) debidamente foliado que debe mantenerse en la caseta correspondiente desde el primer día de inicio de servicio, en la cual el oficial y supervisor deberán anotar claramente cualquier novedad o anomalía que se presente en el puesto, la cual deberá estar a disposición del personal de Seguridad del ICE. Una vez que se deba reemplazar la bitácora, la anterior deberá ser entregada al Administrador de Contrato, pasando la misma a ser propiedad del ICE.

21.31 Efectuar recorridos periódicamente en el área bajo su responsabilidad, corrigiendo y/o reportando de forma inmediata al personal de Seguridad Operativa I.C.E., y Administración de Contratos mediante nota formal, cualquier anomalía que detecte y considere que puede ser perjudicial para el I.C.E.

21.32 Supervisar:

A) En los puestos de 24 horas se debe realizar como mínimo una visita cada 12 horas y a diferentes horas; siendo indispensable que mínimo 3 veces por semana realice la visita entre las 00:00 horas y las 04:00 horas. Entre una visita y la siguiente deberá existir un plazo mínimo de 6 horas, con la salvedad que de requerirse por alguna situación especial, el puesto deberá visitarse varias veces por jornada.

B) En los puestos de servicio al cliente y centros de generación que no sean de 24 horas deberá realizar mínimo una visita diaria a diferentes horas.

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C) Para los puestos que NO sean de servicio al cliente y centros de generación y que NO sean de 24 horas deberá realizar mínimo cuatro visitas durante la semana a diferentes horas.

Cualquier modificación con referencia al horario establecido para la supervisión deberá contar con la previa autorización de Seguridad Operativa y si se debe implementar un nuevo horario deberá contar con la aprobación del Administrador de Contrato I.C.E.

El supervisor de la empresa de seguridad contratada, deberá marcar con su dispositivo electrónico asignado exclusivamente para sus funciones, todas las estaciones de marca ubicadas en cada puesto, de manera que se garantice que se llevó a cabo el recorrido, verificando que no exista ninguna condición irregular. Deberá firmar la fórmula Reporte del Puesto e igualmente la bitácora correspondiente cada vez que realice una visita.

La supervisión privada debe ser ejecutada por personal exclusivo y debidamente capacitado para estas funciones, de manera que nunca se utilice el personal que ejecuta funciones como oficiales de seguridad.

21.33 Mantener en óptimas condiciones de aseo y orden las casetas en donde el ICE no cuente con un contrato de limpieza.

21.34 Mantener localizable a su personal, en caso de que lo requiera el ICE u otras entidades gubernamentales, para las fases indagatorias de robos, hurtos, o daños en las instalaciones ICE.

21.35 Permitir al personal de Seguridad Operativa del ICE revisar y manipular cuando lo considere oportuno, las herramientas o equipos que formen parte de los requerimientos indicados en la presente contratación, para constatar que se encuentran en óptimas condiciones.

21.36 El personal del Contratista no podrá tener televisor, juegos de azar, juegos electrónicos, lectura de libros, revistas, o similares que se encuentren en su sitio de trabajo; así como cualquier otro aparato o dispositivo de entretenimiento visual. En caso de encontrársele algunos de estos aparatos o materiales indicados, se le comunicará al Supervisor de Seguridad Privada para su respectivo retiro. El radio podrá ser utilizado con volumen moderado según las normas establecidas, de 60 decibeles máximo en el día y de 48 decibeles máximo durante la noche, siendo prohibido el uso de audífonos.

21.37 No permitir que sus oficiales provengan de brindar servicios en otro lugar de trabajo antes de iniciar su jornada en el ICE, ni que realicen doblajes de turnos para evitar riesgos por fatiga o cansancio.

21.38 Cumplir a cabalidad con las disposiciones establecidas en el Procedimiento para el Uso de Armarios de Seguridad del ICE. (Ver Anexo Nº 6)

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21.39 Sanciones por Remociones y traslados del Personal de Seguridad:

El administrador de contratos tiene la facultad para solicitar la remoción inmediata de forma verbal, en las siguientes situaciones; mismas que se formalizarán documentalmente posteriores al evento:

a) Remoción de oficiales, supervisores y coordinadores operativos de la empresa de seguridad privada de toda instalación I.C.E.:

Por encontrar al personal de la empresa laborando, que haya sido previamente removido.

Por encontrar a personal de la empresa en estado de ebriedad y/o porque esté bajo los efectos de otras drogas, mientras ejecuta sus labores dentro las instalaciones I.C.E.

Por encontrar a personal de la empresa sin contar con la licencia de portación de armas o con este documento vencido.

b) Traslado y reubicación de oficiales, supervisores y coordinadores operativos por conveniencia institucional:

El traslado se realizará hasta en un plazo de 24 horas a partir de la notificación formal por parte de la Administración de Contratos.

22. OBLIGACIONES DEL ICE

22.1 Suministrar al contratista las condiciones necesarias para que se brinden los servicios de seguridad y vigilancia, tales como:

- Caseta o un lugar asignado exclusivamente para el oficial, donde no podrá estar a la intemperie.

- Electricidad y agua potable.- Acceso a un servicio sanitario.

22.2 El ICE brindará la información necesaria y las indicaciones a seguir en cada uno de los puestos contratados para correcta prestación del servicio de seguridad y vigilancia.

23. SEGUROS Y ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO

El contratista, deberá por su cuenta obtener y mantener en vigencia durante la prestación del servicio las pólizas emitidas por el respectivo ente asegurador.

El Administrador del Contrato del ICE revisara periódicamente al inicio y durante la ejecución contractual su vigencia, monto, etc.

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23.1 Seguros requeridos durante la prestación del servicio

Para la prestación de servicios el contratista deberá contar con las siguientes pólizas:a) Póliza de riesgos del trabajador que cubra a todo el personal empleado en la

prestación del servicio. b) Póliza de Responsabilidad Civil con las siguientes coberturas:

- Cobertura A: Lesión o muerte de persona: ¢60 millones por persona, ¢60 millones por accidente.

- Cobertura C: Daños a terceros: ¢100 millones por accidente.c) Póliza de Fidelidad de Posiciones: por un mínimo de ¢ 60 millones

Las pólizas antes citadas deberán ser presentadas al Administrador del Contrato 5 días hábiles, antes de iniciar el servicio.

La primera quincena del año que inicie, el contratista deberá revalorizar el monto del seguro en la misma proporción que aumente el índice de precios que fije el Ministerio de Economía Industria y Comercio. No obstante, el ICE podrá fijar un monto distinto al que resulte del cálculo anterior.

El contratista debe mediante manifestación escrita aceptar el pago de cualquier deducible de aquellas pólizas con que cuenta el ICE para la protección de su propiedad y actividad, en caso de ocurrir alguna pérdida que sea imputable a éste por su falta, dolo, negligencia, imprudencia o impericia, o bien por no acatar las recomendaciones que el ICE haga en materia de seguridad y protección.

Los seguros solicitados no son una limitación de la responsabilidad del contratista, ni el ICE asume responsabilidad alguna por señalar los montos. El ICE no reconocerá ningún pago adicional por otorgamiento de estos seguros.

24. CONTROL DE PERDIDAS

El contratista deberá acatar todas las recomendaciones que el ICE le indique dirigidas a la reducción y control de riesgos durante las labores desarrolladas.

El ICE se reserva el derecho de revisar, cuando lo considere conveniente, a los empleados del contratista a la entrada o salida de las instalaciones. El acceso a las instalaciones de la Institución será definido por el ICE de acuerdo a las condiciones existentes en el lugar de trabajo.

25. APROBACION POR PARTE DEL ICE

El ICE a través del Administrador del Contrato, se reserva la potestad de ejecutar la garantía de cumplimento o de resolver el contrato, si algunas de las pólizas incumple con los puntos señalados anteriormente o si el contratista se negara a renovar la vigencia de la póliza de seguros indicadas.

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26. GENERALIDADES

26.1 Con el fin de que el oferente cuente con un panorama más amplio para su cotización y si el oferente así lo desea, podrá realizar una visita al sitio (instalaciones del Plante la Uruca), antes de la apertura de ofertas con el fin de que pueda valorar los costos que representa la seguridad en cada una de ellas, quedando bajo responsabilidad del oferente no realizar la visita.

Esta visita es con el objetivo de que los potenciales oferentes consideren lo necesario para la presentación de su oferta. La cual en caso de que las empresas oferentes la soliciten deben hacerlo en los primeros tres días posteriores de la publicación del cartel; siendo así la visita el cuarto día posterior a la publicación, dicha solicitud debe ser remitida y coordinada por la administradora del contrato. (Ver punto 5.3)

26.2 La presente contratación no origina relación de empleo alguna entre el I.C.E. y los empleados del CONTRATISTA. Por tal motivo, corresponderá a este último, el pago de los salarios de sus trabajadores, cargas sociales, viáticos, pólizas y en general todos los derechos laborales que le corresponden al personal a su cargo, debiendo cumplir en todos los casos con la legislación vigente, sin que exista atraso alguno en los pagos correspondientes. Además a los oficiales utilizados en la prestación de servicios en esta licitación por su especialidad y el gran riesgo que conlleva andar realizando sus labores en motocicleta deberá ubicarse en el reglón genéricos oficiales semicalificados del Ministerio de Trabajo.

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ANEXO No. 1

Formulario de declaraciones juradas

Yo__________________________(nombre y apellidos del representante), cédula ___________ de profesión ________________ y vecino de ________________________________________________________ (domicilio legal) en mi calidad de ___________________________ (indicar si es a título personal o en representación de otra persona física o jurídica y decir cuál) cédula jurídica_______________________ (en caso de que aplique) y en la licitación(indicar si es pública o abreviada) ________ número ____________ declaro bajo fe de juramento, lo siguiente:

No nos afectan las restricciones impuestas en el artículo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa.

Conocemos y aceptamos implementar y cumplir las políticas ambientales del Instituto Costarricense de Electricidad, aprobadas por el Consejo Directivo en Sesión Nº 5388 del 19 de marzo del 2002 (Publicadas en el sitio WEB de la Proveeduría del ICE).

En la construcción de obras o prestación de servicios al ICE haré del conocimiento del personal y vigilaré porque se cumpla la Ley Contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia así como su Reglamento

Acataremos las disposiciones normativas en materia de Salud Ocupacional y las políticas que dicte el ICE al respecto.

Aceptamos y cumplimos con la Norma de Seguridad e Higiene Ocupacional para Elaboración del Cartel de Contratación de Obras y Servicios y el Control de Cumplimiento de las Cláusulas Cartelarias y Contractuales Código 32.04.002.2008, que está disponible en la siguiente dirección electrónica:https://www.grupoice.com/PEL/consultaDocumentos.do?codMenu=7

Estamos al día con las obligaciones obrero patronales con la Caja Costarricense del Seguro Social al momento de presentar la oferta (aplica para las ofertas nacionales).Conocemos completamente los documentos de la licitación y sus modificaciones, y aceptamos todos los términos y condiciones que en ellos constan.Nos sometemos a la jurisdicción y a los Tribunales de Costa Rica.

Firmado en ________________el día__ del mes de ________del año_______

Firmas______________

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ANEXO Nº2

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ANEXO Nº3

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ANEXO Nº4

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ANEXO Nº5

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ANEXO Nº6

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