grandeza de méxico - guanajuato

10

Upload: others

Post on 29-Jun-2022

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Grandeza de México - Guanajuato
Page 2: Grandeza de México - Guanajuato
Page 3: Grandeza de México - Guanajuato

Grandeza de México

SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS

DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN OFICINA RECAUDADORA DE SAN MIGUEL DE ALLENDE

No. de Control: PF/01/ 3A/00012/2020 San Miguel de Allende, Guanajuato a 24 de agosto de 2020

MANDAMIENTO DE EJECUCION (CFAF)

Contribuyente: COET, S.A. DE C.V. R.F.C. COE090827K90 DOMICILIO: CALLE SAN JORGE NO. 12, COLONIA SAN ANTONIO, CÓDIGO POSTAL 37750, SAN MIGUEL DE ALLENDE, GUANAJUATO.

Datos de la resolución a ejecutar:

Resolución: DRAF-C-1090/2020 Importe Histórico: $6,254,544.11 Fecha de emisión: 10 DE JUNIO DE 2020 Autoridad emisora: DIRECCIÓN REGIONAL DE AUDITORÍA FISCAL "C" Fecha de notificación: 18 DE JUNIO DE 2020

CC. DIANA TERESA JUÁREZ JUÁREZ Y/O ELISEO JUÁREZ LÓPEZ Y/O LETICIA SANDOVAL NAVA

Con fundamento en los artículos 14, 16 y 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; numerales 13, 17-A, 21, 145, primer párrafo; 150, 151 y 152 primer y segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación vigente; 1, 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal vigente; así como, en las cláusulas Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, párrafos primero y cuarto, Octava, fracciones I, incisos d) y e) y II, inciso a), del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Guanajuato, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio de 2015, y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 31 de julio del 2015, vigente a partir del 29 de julio de 2015; artículos 13, fracción II; 17, primer y último párrafos; 18, primer párrafo y 24, fracción II, incisos a), b) y d), de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato vigente; 3°, primer párrafo, fracción VIII, y último párrafo; 4°, segundo párrafo y 65 del Código Fiscal para el Estado de Guanajuato vigente; 1°, 2°, primer párrafo, fracción II, inciso b), numeral 7; 10 primer y tercer párrafo; 11, 12, 46 primer párrafo, fracción VII y 54, fracciones I, V, VI, VIII, IX, X y XXIII, así como el penúltimo y último párrafos del mismo articulo, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 120, Tercera Parte, en fecha 27 de julio del 2012, vigente a partir del 01 de septiembre del 2012, reformado mediante Decreto Gubernativo número 20, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 204, Cuarta Parte, en fecha 21 de diciembre del 2012 y mediante Decreto Gubernativo número 161, publicadq en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 103, Segunda Parte, en fecha 28 de junio del 2016, reformado mediante Decreto Gubernativo número 230, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 142, Segunda Parte, en fecha 17 de julio del 2018; se le(s) designa como ministro (s) ejecutor(es) para que de manera individual o conjunta practique(n) la diligencia de requerimiento de pago y embargo, así como cualquier otra diligencia dentro del procedimiento administrativo de ejecución, respecto del (de los) crédito(s) fiscl(es) exigible(s) derivado(s) de la(s) resolución(es) señalada(s) al rubro de este oficio y que le fue notificado al contribuyente el día 18 de junio de 2020, según constancia que obra en el expediente DRAF-C-1090/2020 abierto a su nombre ante esta autoridad, para que se constituya en el domicilio del deudor a requerirlo de pago del importe total del crédito actualizado, con sus accesorios legales, y en el caso de que el deudor no acredite haber realizado el pago, proceda al ernt1argo de bienes suficientes propiedad del contribuyente, o en su caso de la negociación, y de ser necesario, la ampliación del embargo, para hacer efectivo el crédito a su cargo, con sus accesorios legales, levantando el acta correspondiente.

- 1 -

Page 4: Grandeza de México - Guanajuato

Grandeza de México

SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS

DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN OFICINA RECAUDADORA DE SAN MIGUEL DE ALLENDE

Se le hace saber que en el supuesto de que el deudor o cualquier otra persona con quien se entienda la diligencia le impidiere materialmente el acceso al domicilio donde deba practicarse esta o al lugar donde se encuentren los bienes, siempre que el caso lo requiera, se le autoriza para solicitar el auxilio de la policía o de otra fuerza pública, para llevar a cabo el procedimiento administrativo de ejecución con fundamento en el artículo 162 del Código Fiscal de la Federación, vigente.

En caso de que la persona con quien se entienda la diligencia no abriere las puertas del (de los) inmueble(s) que se señale(n) para el embargo o en las que se presuma que existen posibles bienes muebles susceptibles de embargo, con fundamento en el artículo 163 del Código Fiscal de la Federación, vigente, y en virtud del previo acuerdo fundado del Jefe de la Oficina Recaudadora, se le autoriza para que ante la presencia de dos testigos sean rotas las cerraduras que fueren necesarias para que el depositario tome posesión, o para que siga adelante la práctica de la diligencia que se le encomienda.

Atentamente

LIC. GABRIELA GRISELDA MALDONADO GARCÍA Jefa de la Oficina Recaudadora de San Miguel de Allende, Guanajuato.

_ 9 _

•.=

Page 5: Grandeza de México - Guanajuato

Grandeza de México

Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración

SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS

0)-4 l'ende; Ipplem/034 pooi I .90DZ — 3 .92'1 Pc-frsk-c. ac 202_0 DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN st íkracu de_ pijo divditi eii0D4CJNA IcIXDIOlaRA DE SAN MIGUEL DE ALLENDE,

él.0 yl IYANMU ATO .

0211 ortialci eA &iCr-,t;C1 colu lene 01e-S- loi,at, (4&bri ale,/

c2fe-

ACTA DE REQUERIMIENTO DE PAGO Y EMBARGO (CFAF)

Contribuyente: COET, S.A. DE C.V. R.F.C. COE090827K90 DOMICILIO: CALLE SAN JORGE NO. 12, COLONIA SAN ANTONIO, CÓDIGO POSTAL 37750, SAN MIGUEL DE ALLENDE, GUANAJUATO.

Datos de la resolución a ejecutar:

Resolución: DRAF-C-1090/2020 Importe Histórico: $6,254,544.11 Fecha de emisión: 10 DE JUNIO DE 2020 Autoridad emisora: DIRECCIÓN REGIONAL DE AUDITORÍA FISCAL "C" Fecha de notificación: 18 DE JUNIO DE 2020

En la ciudad de 50.4 rte1u-1 de d) Guanajuato, siendo las 19:11f horas del día 91 del mes de

to — del P0.90, el suscrito ministro ejecutor en cumplimiento al mandamiento de ejecución número @ de fecha 0 , y con fundamento en el artículo 152, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, vigente, me constituí legalmente en el domicilio ubicado enl la calle S-- .n i)- e con número exterior lo) número interior Colonia San 4,14(...13 Código Postal 3;150—de esta ciudad.

Cerciorado de ser su domicilio, cf acuerdo con el nombre y número de la calle y además con los siguientes medios: platel fneteXt£1 O 401 Cr n pi inCrn i Ir, de ¿Son r, i la c,.....,r>1 ,,s=. c.-1:4'C (YA e 1 Chozo de tal I, i Cl1 aCI Ll'nclul-44t,lic. -1 n nrri t'a • Cf,x1 el •illoner0 cxú

iti n can -e I ,11 m..ct-k- CriChrW -(V1 ex

.. e •. Aáll II ' á " e . ^ . ill n 11 1— V lo de nimmiirimiii . - • eCedtcl C.ACID ckr I nL

I o -- . Cib tck w y io ia..Incio otro.durriet, r_ ' o J,é Ií ./. () y habiendo constatado con el (la)

& ,Gto j de Aysfo de 20 090

-s

persona co e se entiende gencia y ecto

i estado que el domicil

Confirmado lo anrior, _procedo a identificarme como Ministro Ejecutor de la Oficina Recaudadora de 11031 is•Tcp.e1 GC W con la constancia de habilitación número ¿X/ -861 -19413 de fecha ot (in ¡a.° Chc ..100con vigencia por el periodo del Qi de /~j)✓Lc del 2c al cal de

— delgka0 expedida por el C.P. Sergio Daniel EspinoskSoto, Director General de Ingresos de la Secretaría de Finanzas Inversión y Administración, con fundamento en los artículos 1°, 2° Primer Párrafo, fracción II, inciso b), numeral 4, 7, 8, Párrafos Segundo y Tercero, 9, Primer Párrafo Fracción VI, 10, Primer Tercer Párrafos, 11, 12, 46, Primer Párrafo Fracciones IV y VII y 47, Primer Párrafo Fracción XVIII, Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, publicado en el Periódico Oficia Gobierno del Estado de Guanajuato número 120, Tercera Parte, en fecha 27 de julio del 2012, vigente

* L t--,stetcÁg- r tic„, v-abd

Page 6: Grandeza de México - Guanajuato

Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración

Grandeza de México

F-15rxil '

SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS

DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN OFICINA RECAUDADORA DE SAN MIGUEL DE ALLENDE,

GUANAJUATO.

01 de septiembre del 2012, reformado mediante Decreto Gubernativo número 20, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 204, Cuarta Parte, en fecha 21 de diciembre del 2012 y mediante Decreto Gubernativo número 161, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 103, Segunda Parte, en fecha 28 de junio del 2016, reformado mediante Decreto Gubernativo número 230, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 142, Segunda Parte, en fecha 17 de julio del 2018; en la que aparece la firma autógrafa del mismo, así como una fotografía que concuerda con los rasgos fisonómicos del suscrito.

Acto seguido olicité I a presencia del C. reet2t. pritc Lst:141 Cir, "( Xiet'', 3'A • de L V. a efecto de requerirlo del pago de(lo

s00o70 crédito(s) fiscal(es), a que se refiere la resolución contenida en el oficio número

Or-"f6- ¿NO emitido por Oicrirr,V4. fue' d -Acclittre) 0 apersonándose el C. quien dijo ser quién 1 entifica con c - • - - - número

un la

nrit (s ga. [á (• - • • • 4 rri 1 1.4 bc ,---p h LIcS orCfrfr

e. z-1, (fa a 7• 14 CI nI,* O (A?g

erribalq0. En virtud dé que ha transcurrido el plazo de 30 (treinta) días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que surtió efectos su notificación, para efectuar el pago del(los) crédito(s) fiscal(es), determinado(s) en la resolución que se notificó y acogerse a los beneficios del Código Fiscal de la Federación, vigente. 'o bien para haber hecho valer los medios de defensa que establecen las disposiciones fiscales, y para obtener en su caso la suspensión del procedimiento administrativo de ejecución, para lo cual debió garantizar el interés fiscal en los términos del artículo 144, primer párrafo, en relación con el articulo 141 del Código Fiscal de la Federación, vigente, acreditando ante esta autoridad el medio de impugnación intentado y la garantía otorgada.

A continuación, con fundamento en los artículos 17-A, 21, 145, primer párrafo; 150 y 151 del Código Fiscal de la Federación, vigente; 1, 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal, vigente; así como, en cláusulas Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, párrafos primero y cuarto, Octava, fracciones 1, incisos d) y e) y II, inciso a), del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado por el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Guanajuato, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de julio de 2015, y en el Periódico Oficial del Gobierno dél Estado de Guanajuato el 31 de julio del 2015, vigente a partir del 29 de julio de 2015; artículos 3,13, fracción II; 17, primer y último párrafos; 18, primer párrafo y 24, fracción II, incisos a), b) y d), de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato vigente; 3°, primer párrafo, fracción VIII, y último párrafo; 4°, segundo párrafo y 65 del Código Fiscal para el Estado de Guanajuato vigente; 1°, 2°, primer párrafo, fracción II, inciso b), numeral 7; 10 primer y tercer párrafo; 11, 12, 46 primer párrafo, fracción VII y 54, fracciones 1, V, VI, VIII, IX, X y XXIII, asi como el penúltimo y último párrafos del mismo articulo, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato númer. 20, Tercera

Parte, en fecha 27 de julio del 2012, vigente a partir del 01 de septiembre del 2012, reformado m= te Decreto

sir 1_0 -seSpC13 r‘0 -tt Cine' GILCICL

en acreditando - •ersonalidad con que se ostenta con el docume • notarial número , expedido ante la fe del notario público , quien manifiesta bajo protesta de decir verdad que dichas facultades no le han sido modificadas, revocadas ni suspendidas total o parcialmente a la fecha y quien señaló que la persona buscada ,g Lit' ✓ 1, A • - a fi I •

MillITIWM7~ ~71~ , zwilyucasmaiwrim` FY'

,1 • , • -

Page 7: Grandeza de México - Guanajuato

exp por

Habiendo sido requerido el

_net .5A

manifestó:

SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS

DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN OFICINA RECAUDADORA DE SAN MIGUEL DE ALLENDE,

GUANAJUATO.

Gubernativo número 20, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 204, Cuarta Parte, en fecha 21 de diciembre del 2012 y mediante Decreto Gubernativo número 161, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 103, Segunda Parte, en fecha 28 de junio del 2016, reformado mediante Decreto Gubernativo número 230, publicado en el Periódico Oficial del gobierno del Estado de Guanajuato número 142, Segunda Parte, en fecha 17 de julio del 2018; procedo a la pr "ctica de la diligencia de requerimiento de pago y embar.• - al comparecie emplar con firmá del mandamien ejec con oficio e fecha

EMBARGO

Toda vez que la persona con quien se entiende la diligencia no acredita haber pagado ni garantizadp el importe total del crédito fiscal a que esta diligencia se refiere, el suscrito ministro ejecutor, con fundamento en os artículos 145, primer párrafo; 151 y 152, primero y segundo párrafo del Código Fiscal de la Federación, vigente, procede al embargo de bienes de su propiedad, y de conformidad con el último párrafo del artículo 155 del Código Fiscal de la Federación, vigente, se le hace saber a la persona con quien se entie de la diligencia, el derecho que le concede la Ley para que designe do gos apercibiéndolo, que en de no hacerlo, se asent acta

ro ejecutor lo hará en su re ) él mismo (

tal circunstancia y el suscrito testigos, por lo

por en la que a al C.

edencial número xpedida por firma y tiene su domicittert—n-

enterado. m ) el suscrito

se identifica con cre., al su foto, nom y firma,

anifestó. NO ( )designa ro ejecutor, designa al

número expedida y tiene su dO quien entifica con

ce su fotq, nombre y 1

en la que

Acto continuo, el ministro ejecutor, hace del conocimiento de la persona con quien se entiende esta diligencia, que tiene derecho a señalar bienes sobre los que se trabará el embargo con el objeto de hacer efectivo el crédito fiscal, conforme a lo dispuesto en el artículo 155 del Código Fiscal de la Federación, vigente, apercibiéndolo que de no señalarlos o no respetar el orden establecido en el citado artículo, el suscrito ministro ejecutor procederá a señalarlos en términos del artículo 156 del mis o ordenamient a lo cual manifiesta que: SÍ - • -la

siguiente(s)

III no yfflInit.1% conKotktkcirry., cic1. 00(reb Scn-A 151 vitYCL

drit11-1:: . CLCri

J

( el • inistro ejecutor señala el(los)

rrnní Pce_SOCria5 Í.Xt lildrir <ter/ pOCCid0 ki ácion i _,1 1 it 3 f - % 500, 121_c9.4561,1 tú mm iStro e len,k, an furiLitivr lo (Tic lo ck.spicSio pa bz arh-td&I'

• f-tímckn 1 en relato/1 cpn . et atroo ISs ivei

PI a)I dc lú é I Yr (Cts 0~0 , teseowo q i,S6 I2P' i

• craf.,C;. . (5c ,prixeClo Gil a, to,

no0(14) I. q 1 hoLeY a run - el o .L.,h lo I-. 1 aV

- 3 -

4 LO TeSICIC)0 tIC1-1C YkiltdC2-

bienes, por tanto: ( ) él mismo bienes:

Page 8: Grandeza de México - Guanajuato

Secretaría de Finanzas, inversión y

Grande z a de Méxko Administración

SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN INGRESOS

ALLENDE

eckick

GUANAJUATO

DIRECCIÓN GENERAL DE DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN

OFICINA RECAUDADORA DE SAN MIGUEL DE

De-6 f "G — 0901Z-Cir 5n kú enhCbC6 i ino a or>r<is -do C renkviti ta ) írliroe.p) 0141r0 (./ firs Kiwi() .

...----

Page 9: Grandeza de México - Guanajuato

SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS

DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN OFICINA RECAUDADORA DE SAN MIGUEL DE ALLENDE,

GUANAJUATO.

El ministro ejecutor actuante, en cumplimiento al man de ejecución declara formalmente rgado(s) el (los) bien(es) antes precisados, los que quedan en d-•. ito del C. quien i se identifica con credencial número de fecha expedida

en la que aparece su foto.r nombre y firma, con domicilio en y -ñalando como domicilio . - deposito el ubicado en lá calle

con número exterior número interior Colonia digo Postal a ciudad de designado por en términ.: gel último párrafo del artículo 153 d.digo) Fiscal de la Federación, vigen quien acepta el cargo de • -positario de los bienes embargados rotesta su fiel y estricto cumplimiento, .mprometiéndose a conse-ríos en este domicilio y a disposici. - .e la Secretaría de Finanzas Inversión dministración, persona a • /len se le hace saber y queda ente -.a de las sanciones previstas en el artíc í 12 del Código Fiscal de I ederación, vigente, para los depo,.. .ii e que dispongan para sí o para otro u - otros del bien o los bien dz .ositados, de su producto o de rantías que de cualquier crédito fiscal se hubiere constituido.

go Fiscal de la Federación, ace constar que (SÍ) o que esperara al suscrito esta hora y fecha, - • .oder

quien dijo contribuyente, qui- • sí) o (no) se id

citatorio, mismo que se dejó Para los efectos del artículo 137 del precedió

(la) C. ser con

- 5 -

4‘,L0 T=s ttx Y\̀ " 1,:b

por

Page 10: Grandeza de México - Guanajuato

Grandeza de México

SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINI TRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE NGRESOS

DIRECCIÓN DE ECUCIÓN OFICINA RECAUDADORA DE SAN MIGUEL DE ALLENDE,

GU NAJUATO.

Con lo anterior, se da por terminada la presente diligencia siendo las : 10 horas del día Pt del mes de del año 2020 , firmando las personas que en ella intervinieron y quisieron hacerlo, entregando un

e mplar de esta acta a la persona con la que se entendió la diligencia conforme lo dispone el primer párrafo del artículo 152 del Código Fiscal de la Federación, vigente.

Depositario Contribuyente/ Recibí de conformidad los Representante legal/

bienes relacionados en la presente acta Persona con la que se atiende la diligencia

(Nombre y firma) (Nombre y firma)

Testigo Testigo

(islorribre y firma)

Ministro Ejecutor

ombre y firma)

trsicido no 4C10)___ 639

- 6 -