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GRADO EN EDUCACIÓN INFANTIL CENTRO DE PROFESORADO SAGRADA FAMILIA ADSCRITO A LA UNIVERSIDAD DE JAÉN 2014/2015 ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCACATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS Alumna: Lorena Ramírez Lucas Profesor: Manuel Contreras Gallego Fecha: 19/04/2015

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GRADO EN EDUCACIÓN INFANTIL CENTRO DE PROFESORADO SAGRADA FAMILIA

ADSCRITO A LA UNIVERSIDAD DE JAÉN 2014/2015

ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑANZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA

EDUCACATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

Alumna: Lorena Ramírez Lucas Profesor: Manuel Contreras Gallego Fecha: 19/04/2015

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

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ÍNDICE

1. RESUMEN DEL PROYECTO…………………………………………………….pp. 3

2. JUSTIFICACIÓN……………………………………………………………......pp.3 - 4

3. MARCO TEÓRICO…………………………………………………………….pp.4 - 23

4. CRONOGRAMA……………………………………………………….…...….pp.23 -24

5. CONCLUSIONES………………………………………………………......…pp.25 - 26

6. REFLEXIÓN FINAL Y AUTOEVALUACIÓN……………………………..…..pp.27

7. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS…………………………………….…pp.28 - 29

ÍNDICE DE SIGLAS

1. Abs: párrafo/apartado

2. BMUKK : Ministerio Federal de Educación, Arte y Cultura de Austria

3. B – VG: Derecho Constitucional Federal de Austria

4. LOMCE: Ley Orgánica para la mejora de la Calidad Educativa en España

5. LOE: Ley Orgánica de Educación española

6. ReIUG: Ley de Educación Religiosa de Austria

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

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1. RESUMEN DEL PROYECTO

Para empezar este Trabajo de Fin de Grado, haré una breve síntesis del trabajo que más adelante podrá leer.

Para tener una idea general del posterior planteamiento.

Nos encontramos con la necesidad de comparar un currículo objetivo (austriaco) y uno subjetivo (español), ya

que ambos Estados son confesionales, pero la diferencia se encuentra marcada dentro del currículo educativo.

Esto surge a partir de que me concedieron el Erasmus en Austria, y de esta forma tenemos la posibilidad de

compararlo directamente.

Valoramos el currículo austriaco, ya que no surgen cambios que alteren la calidad de la educación religiosa y

creen una inestabilidad, que es el problema principal con el que nos tropezamos en España. Igualmente,

hacemos una apreciación de la Religión dentro del sistema educativo, partiendo de la base de que deberíamos

tener en cuenta la multiculturalidad, en la que se encuentra Europa y más concretamente España y Austria.

Estudiamos las diferencias y semejanzas que existen en la enseñanza de la Religión de ambos países. Partiendo

de la base de que en España, las Iglesias y las sociedades religiosas que oficialmente están reconocidas son 4 y

en Austria son 16.

2. JUSTIFICACIÓN

Empiezo este Trabajo de Fin de Grado, explicando por qué lo he elegido y exponiendo la importancia de la

enseñanza de la Religión en España.

Creo que este proyecto de investigación resulta muy interesante, para poder explicar el problema de la

integración de dicha enseñanza en España, investigando en profundidad, como la imparten en Austria, que es

un modelo integrado plenamente, con una curricularidad objetiva, todo lo contrario a España, con una

curricularidad subjetiva.

El hombre es un animal metafísico por excelencia, es decir, el hombre suple sus carencias instintivas y su

limitación biológica por su capacidad de aprendizaje. La cultura es nuestra segunda naturaleza. Éste necesita

valores, ideales y horizontes de comprensión para responder a las preguntas acerca del significado de la vida.

En este contexto antropológico y cultural emerge la religión. Ésta tiene funciones propias respecto de la

filosofía y de la ciencia como respuesta global para el ser humano. La religión ofrece, motivos para vivir y para

esperar, también para luchar y para resistir. Ofreciéndonos significados, valores y perspectivas que iluminan la

realidad. (Estrada, 2005)

La enseñanza religiosa pretende contribuir así a la calidad de la educación, contando con una larga tradición en

el sistema educativo español. Pretende acercar al niño a las claves principales de la fe, ayudarle a descubrir esta

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

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experiencia en su entorno, y a que él mismo desarrolle sus facultades de expresión y se inicie en los elementos

primeros que facilitan la comunicación divina. (Ministerio de Educación y Ciencia, 2007)

3. MARCO TEÓRICO

3.1 SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

Actualmente nos encontramos en nuestro sistema educativo, con la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre,

publicada en el nº 295 del Boletín Oficial del Estado, para la mejora de la calidad educativa, LOMCE, que fue

aprobada el 28 de noviembre de 2013. Obtiene gran parte de lo legislado en la LOE, haciendo modificaciones

parciales de la misma.

El Acuerdo entre el Estado español, la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales, garantiza que los

alumnos de educación infantil, primaria y secundaria obligatoria que así lo soliciten tienen derecho a recibir

enseñanza de la religión católica e indica que a la Jerarquía eclesiástica le corresponde señalar los contenidos de

dicha enseñanza. De conformidad con dicho Acuerdo, la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica

2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que se incluirá la religión católica como área o materia en los

niveles educativos que corresponda, que será de oferta obligatoria para los centros y de carácter voluntario para

los alumnos. (Jefatura del Estado, 2013).

Como afirma la Constitución Española (1978: 4), “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los

padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias

convicciones (…)” y “Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las

comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden

público protegido por la ley (…)”.

Refiriéndonos a las Universidades, en cuanto desempeña Suárez, G., Souto, E., Ciáurriz, M.J., Regueiro, M.T.,

Rodríguez, A., Ariza, M., Salvador, Pelayo, J., (2012: 198 – 202): “Se reconoce la autonomía de las

Universidades, en los términos que la ley establezca”.

Ahora vamos a citar las confesiones reconocidas por el Estado Español tal y como dice la existencia de estos

Acuerdos, de la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa (LOLR) que se establece en el

artículo 7:

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1. IGLESIAS OFIALMENTE RECONOCIDAS Y SOCIEDADES RELIGIOSAS EN ESPAÑA

IGLESIAS

OFICIALMENTE

RECONOCIDAS Y

SOCIEDADES

RELIGIOSAS

TIPOS

AUTORIZADO

Iglesias Católicas Católica Santa Sede

Iglesias Evangélicas Evangélica Evangélica

Comunidades Israelita Judía Israel

Comisión Islámica Islámico Islam

También tenemos que tener en cuenta, las personas que entran dentro del marco aconfesional, tal y como dice la

Constitución Española (1978: 1978 – 31229), en el cual se expone: “se garantiza la libertad ideológica, religiosa

y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para

el mantenimiento del orden público protegido por la ley. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología,

religión o creencias”.

3.2 SISTEMA ORGANIZATIVO

3.2.1 MODELO ESCOLAR

El modelo de enseñanza escolar de la religión en España es de cooperación escolar, es decir, en el que el Estado

y la Iglesia Católica (Santa Sede) están reguladas concordatariamente (Concordatos o Acuerdos entre ambos).

Es una asignatura (disciplina) fundamental, así ésta forma parte de lo público (patrimonio social o cultural

nacional), reconociendo éste el derecho de esta educación. Este modelo de integración desde la cooperación

con las confesiones religiosas da lugar a un estatuto de curricularidad subjetiva, que significa, que la religión

puede ser enseñada porque forma parte esencial del currículo de todos aquellos alumnos que por pertenecer a

una confesión (o de forma secundaria, por interés personal) quieren acceder a esta enseñanza, pero no forma

parte del currículo común, sino del fundamental de una parte de la población escolar, por este motivo es

subjetiva. Los centros están obligados a tenerla, pero los alumnos mayores de 14 o los alumnos menores de 14,

en los cuales deciden los padres, no están obligados a recibirla. (Margenat, 1994).

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Confiere la Disposición Adicional Segunda, que responde al derecho de los padres a la formación religiosa y

moral de sus hijos, según sus convicciones, estableciendo que la religión se incluirá como área o materia en los

niveles educativos que corresponda, que será de oferta obligatoria para los centros y de carácter voluntario para

los alumnos. (Jefatura del Estado, 2013).

Para finalizar este punto aludiremos a la asignatura alternativa a la religión, que la asocia como obligatoria al

igual que la religión, y para ello imparten la asignatura alternativa “Valores sociales y éticos”, para los alumnos

que no la cursen, de forma que las calificaciones de una u otra hagan media con el resto de las materias y cuente

como cualquier otra a la hora de pasar de curso. «Puntúa en la evaluación continua y forma parte de la media,

como la «asignatura espejo», pero no entra en las evaluaciones nacionales». (Arriza, 2013).

A. INFANTIL

I. Modelo escolar

Las enseñanzas mínimas de Educación infantil, indica en su disposición adicional que las enseñanzas de

religión se incluirán en este segundo ciclo y, con respecto a la religión católica, que el currículo de la enseñanza

será competencia de la jerarquía eclesiástica. (Ministerio de Educación y Ciencia, 2006).

La enseñanza religiosa en la Educación Infantil, parte de la experiencia del niño en esta edad de 3 a 6 años en

referencia a tres grandes ámbitos: la identidad y autonomía personal, el descubrimiento del medio físico y

social, y la comunicación y representación de la realidad. Estos tres ámbitos de experiencia no son tratados de

forma fragmentada o independiente unos de otros, sino en mutua relación e interdependencia. La experiencia

religiosa del niño crece a la vez que se desarrolla su autonomía e identidad personal en relación con el medio.

Acuerdo internacional y reconocido en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica de Educación

2/2006, de 3 de mayo, corresponde a la Conferencia Episcopal Española fijar el currículo del área de Religión y

Moral católica. (Ministerio de Educación y Ciencia, 2007).

II. Número de horas

Como afirma la Jefatura del Estado (2013: 97858 – 97921): “a. En el segundo ciclo de la Educación Infantil los

centros educativos deberán ofertar obligatoriamente las enseñanzas de Religión, a las que se le asignará un

horario mínimo semanal de 1.5 en cada curso o dos sesiones de 45 minutos”.

B. PRIMARIA

I. Modelo escolar

El Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de Educación

primaria, indica en su disposición adicional primera que las enseñanzas de religión se incluirán en esta etapa

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educativa y que la determinación del currículo de la enseñanza será competencia de la jerarquía eclesiástica.

(Ministerio de Educación y Ciencia, 2006)

Partimos del reconocimiento del rol del docente. El docente es pieza clave en la elaboración e implementación

de actividades. Su formación resulta, fundamental a la hora de garantizar el éxito del proceso de aprendizaje.

Tenemos que adaptarlo al ámbito emocional y cognitivo de los estudiantes respetando el desarrollo

psicoevolutivo propio de cada etapa. Respetando los ritmos y estilos de aprendizaje de los estudiantes. La

atención a la diversidad y el desarrollo de la inclusión comienza en la asunción de este principio fundamental.

Además consideramos la dimensión humanista. Todos los aprendizajes estarán al servicio de la formación

humana. La asignatura de religión, desde su clave personalizadora, requiere que todo tipo de aprendizajes,

instrumentales, cognitivos, actitudinales, socio afectivos no sean considerados fin en sí mismos, sino que estén

al servicio de la formación integral del ser humano. Así mismo se hará un seguimiento de los criterios de

evaluación educativa. Para facilitar el cumplimiento de estos principios metodológicos se aplicará una

evaluación continua, global y formativa a lo largo del proceso de enseñanza y aprendizaje; y sumativa al final

del proceso, de manera que se evalúe el nivel de logro alcanzado. La evaluación objetiva garantizará una

valoración adecuada de la dedicación, esfuerzo y rendimiento de todos los estudiantes. Para finalizar el párrafo

citar que, la enseñanza de la religión promoverá la utilización de la tecnología de la información y la

comunicación no sólo de una manera instrumental, que resulte útil al estudiante en la búsqueda de información

o en la resolución de problemas planteados en la clase, sino procurando su integración en la vida del sujeto y su

uso ético. (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2015).

II. Número de horas

Como afirma la Jefatura del Estado (2013: 97858 – 97921):” a) En los centros educativos de Educación

Primaria a las enseñanzas de Religión se le asignará un horario mínimo semanal de 1.5 en cada curso o dos

sesiones de 45 minutos. b) En las comunidades de Valencia, Madrid y Aragón en los Cursos de 1º, 3º y 5º de

Primaria la Religión mantiene 1,5 horas, igual que en la LOE. Educación en Valores tendrá igualmente 1,5

horas. c) En Andalucía además de rechazar de lleno a través de un recurso de inconstitucionalidad la LOMCE y

de intentar paralizar su aplicación, como medida cautelar, en el Tribunal Supremo, ha habido declaraciones

como la del Consejero de Educación que decía: Impartiremos el mínimo de horas de Religión a que nos veamos

obligados por la ley”.

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2.2 MODELO DIDÁCTICO/ PEDAGÓGICO

A. INFANTIL

I. Currículum

España cuenta con una curricularidad subjetiva, que se basa en la integración eclesiástico – escolar, donde la

enseñanza de la Religión forma parte del currículum básico, si los padres lo eligen. (Consejo de Redacción,

2004).

Como afirma el Ministerio de educación y Ciencia (2006: 474 – 482), las áreas del segundo ciclo de la

Educación infantil son las siguientes: “conocimiento de sí mismo y autonomía personal; conocimiento del

entorno; lenguajes: Comunicación y representación. Estas áreas deben entenderse como ámbitos de actuación,

como espacios de aprendizajes de todo orden: de actitudes, procedimientos y conceptos, que contribuirán al

desarrollo de niñas y niños y propiciarán su aproximación a la interpretación del mundo, otorgándole

significado y facilitando su participación activa en él”. (…). “Las enseñanzas de religión se incluirán en el

segundo ciclo de la Educación infantil de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Contando con las administraciones educativas velarán para

que las enseñanzas de religión respeten los derechos de todos los alumnos y de sus familias y para que no

suponga discriminación alguna el recibir o no dichas enseñanzas. Así pues, La determinación del currículo de

la enseñanza de religión católica y de las diferentes confesiones religiosas con las que el Estado español ha

suscrito Acuerdos de Cooperación en materia educativa será competencia, respectivamente, de la jerarquía

eclesiástica y de las correspondientes autoridades religiosas”.

II. ¿Cómo la imparten?

La enseñanza religiosa en esta etapa colabora y desarrolla la competencia en comunicación lingüística pues se

sirve del lenguaje que conforma la cultura que se trasmite en el área de religión, así como de los lenguajes de la

propia enseñanza religiosa. La distribución de los contenidos y los respectivos criterios de evaluación y

estándares en cada uno de los tres cursos deben realizarse teniendo en cuenta las competencias, los objetivos y

la sistematicidad de los contenidos adecuados a las edades en cada curso, de tal manera que el desarrollo del

currículo mantenga su sistematización orgánica en diálogo con los demás saberes. Conforme a las competencias

establecidas en el citado Acuerdo internacional y reconocidas en la Disposición Adicional Segunda de la Ley

Orgánica de Mejora de la Calidad de la Educación, corresponde a la Conferencia Episcopal Española y a la

Comisión Islámica. Pretende desarrollar las mismas capacidades, añadiendo el sentido existencial para la

educación integral del niño, según la voluntad expresada por los padres. Se trata de presentar valores que

tengan un común denominador y descartar aquellos antivalores por los que una libertad sana no puede optar

como son la mentira, el egoísmo, la violencia… Es vital poner en práctica aquellos que, a partir de un

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fundamento religioso, puedan asumirlos como suyos, descubiertos en su interior, como son: la lealtad, la

solidaridad, la amistad, el amor… (Jefatura del Estado, 2013).

Como certifica la Conferencia Episcopal Española (2006: 1957 – 2007), “la formación religiosa y moral

católica pretende contribuir a la formación integral del alumno, desarrollando especialmente su capacidad

transcendente, facilitándole una propuesta de sentido para su vida e iluminando el fundamento de aquellos

valores comunes que hacen posible una convivencia libre pacífica y solidaria. La enseñanza religiosa católica

en esta etapa, parte de la experiencia del niño en esta edad de 3 a 6 años en referencia a tres grandes ámbitos de

experiencia: la identidad y la autonomía personal, el descubrimiento del medio físico y social, y la

comunicación y representación de la realidad. Estos tres ámbitos de experiencia no son tratados de forma

fragmentada o independiente unos de otros, sino en mutua relación e interdependencia. La experiencia religiosa

del niño crece a la vez que se desarrolla su autonomía e identidad personal en relación con el medio. Pretende

acercar al niño a las claves principales de la fe cristiana, ayudarle a descubrir esta experiencia en su entorno, y a

que él mismo desarrolle sus facultades de expresión y se inicie en los elementos primeros que facilitan la

comunicación con Dios. La síntesis del mensaje cristiano que se presenta en el currículo fundamenta y motiva

los valores y actitudes básicos, favorece los hábitos de comportamiento, y contribuye también al desarrollo de

destrezas y habilidades que se ejercitan en los tres ámbitos de experiencia enunciados. Para ello, este currículo

se vale de elementos cristianos presentes en el entorno del alumno, las imágenes y símbolos, el lenguaje y otros

recursos que hacen posible la comprensión de la experiencia religiosa adecuada a esta edad. Conforme a las

competencias establecidas en el citado”.

Además nos encontramos con la formación religiosa islámica, que tiene su propio currículum dentro del BOE,

en el cual se explica las siguientes orientaciones metodológicas, tanto en el currículo de Infantil, como en el de

Primaria, la metodología didáctica se aplicará partiendo del desarrollo general del alumnado, integrando sus

distintas experiencias y aprendizajes. Tendrá un carácter personal y se adaptará a los distintos ritmos de

aprendizaje de cada niño y niña. Para conseguir un aprendizaje significativo se partirá siempre de la experiencia

de los alumnos y alumnas enlazando los conocimientos previos con los que pretendamos que adquiera. En el

área Religión Islámica la metodología utilizada será activa, global y basada en la observación y

experimentación. Se trabajarán los siguientes principios metodológicos: 1.La enseñanza y el aprendizaje en la

Religión Islámica se basará en el proceso psicoevolutivo de los alumnos y alumnas. 2. La construcción del

conocimiento se basará en aprendizajes significativos, es decir, una enseñanza desde y para la vida personal,

cultural, social, moral y religiosa. 3. Organizar actividades partiendo de los centros de interés del alumnado. 4.

Enfocar la Enseñanza de la Religión Islámica desde las fuentes islámicas: Corán, Sunna, la tradición de sus

compañeros, comprobando en qué medida se van incorporando los aprendizajes adquiridos a las situaciones de

su vida cotidiana. 5. Potenciar la creación y el uso de mecanismos propios de los alumnos y alumnas en la

búsqueda, selección y organización: para responder a las cuestiones planteadas desde la perspectiva moral,

religiosa islámica, utilizando los textos islámicos para encontrar las respuestas a interrogantes éticas y prácticas,

que surjan en sus vidas cotidianas. 6. Relacionar continuamente la información proporcionada al alumnado con

el momento del proceso de aprendizaje, tal como explicar el culto de la peregrinación a La Meca en su tiempo

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correspondiente del año, así como el ayuno durante el mes de ramadán, etc. 7. Planificar actividades que

promuevan la interdisciplinariedad con otras áreas. 8. Prestar especial atención a la diversidad del alumnado. 9.

Favorecer un clima de aceptación mutua y cooperación entre los alumnos y alumnas del mismo grupo,

promoviendo la organización de equipos de trabajos, colaborando con otros equipos de otros grupos para

fomentar la responsabilidad, la convivencia y el diálogo, poniendo en práctica todos los valores islámicos

aprendidos. (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2014).

A. PRIMARIA

I. Currículum

España cuenta con una curricularidad subjetiva, que se basa en la integración eclesiástico – escolar, donde la

enseñanza de la Religión forma parte del currículum básico, si los padres lo eligen. (Consejo de Redacción,

2004).

Tenemos que tener muy presente, que la presencia de la enseñanza religiosa en la escuela responde, en primer

lugar, a la importancia que esta asignatura tiene dentro de la educación para que el alumno pueda conseguir un

desarrollo pleno e integral de su personalidad. La necesidad de sentido del ser humano es una evidencia a la que

la escuela necesariamente debe dar respuesta. La educación de la dimensión religiosa es parte fundamental para

la maduración de la persona. No podría existir una formación integral y, por tanto, una educación de calidad, si

no se permitiese el desarrollo de todas las dimensiones inherentes al ser humano, entre las cuales se encuentra

la religiosa. Esta capacidad básica de la persona adquiere su auténtico cumplimiento cuando se descubre el

sentido de la vida. La enseñanza de la religión católica en los centros escolares ayudará a los estudiantes a

ensanchar los espacios de la racionalidad y adoptar una actitud de apertura al sentido religioso de la vida, sea

cual sea su manifestación concreta. (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2015).

Vamos a reflejar, una parte del currículo islámico, ya que tiene una fuerte presencia en nuestra nación. Como

afirma el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (2014: 101207 – 101233), “el área de Religión Islámica

contribuye enormemente al desarrollo de la competencia lingüística, ya que es el medio principal que usan los

niños y niñas y el docente en el aula para adquirir conocimientos y expresar sus ideas y opiniones tanto de

forma oral como escrita, además se fomenta la escucha, el diálogo, la expresión de pensamientos, vivencias,

emociones, etc. La riqueza y diversidad lingüística (árabe y castellano) de los textos religiosos presentes en esta

área le dan un valor añadido que incide en el desarrollo de esta competencia. La competencia digital también se

trabaja en el área de Religión Islámica, ya que propone actividades de búsqueda en medios digitales, recogida y

tratamiento de la información y su procesamiento, elaborar trabajos en soporte digital, además, propone el uso

de técnicas y estrategias diversas para acceder a la información. Otra de las competencias a las que contribuye

de manera importante el área de Religión Islámica es la de aprender a aprender, pues proporciona a los alumnos

y alumnas los instrumentos necesarios para estudiar y trabajar. Tanto individualmente como en grupo, facilita

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las habilidades y las destrezas que requiere el alumnado, para iniciar el aprendizaje significativo, y así, sentirse

como centro de su proceso de enseñanza y aprendizaje; suscita inquietudes en los alumnos y alumnas para que

busquen respuestas a las nuevas preguntas que se hacen, que es una cuestión clave para que éstos sigan

informándose sobre las situaciones trascendentes de esta vida. Aporta también elementos que contribuyen a

desarrollar la competencia matemática y competencias básicas en Ciencia y Tecnología, ya que favorece los

procesos de razonamiento lógico y estrategias de resolución de problemas y la utilización de símbolos y la

precisión en la expresión de datos. Las competencias sociales y cívicas son un elemento muy importante en el

currículo del área Religión Islámica. En esta materia se pretende ayudar a los alumnos y alumnas de estas

edades a descubrir e interpretar el entorno y a comprender mejor el mundo en el que viven, según las

enseñanzas islámicas, potenciando el respeto a las personas, la convivencia, la resolución de conflictos de

forma pacífica y el cuidado del medioambiente. Por otro lado, se suscita en el alumnado el espíritu crítico en la

observación de la realidad y en el análisis de los mensajes informativos y publicitarios. (…). Potencia la

imaginación de los alumnos y alumnas, les lleva a desarrollar y evaluar acciones y hacerse preguntas, promueve

el diálogo, la cooperación y el trabajo en equipo, desarrolla la responsabilidad, la autoestima, el respeto a las

ideas de los demás, al desarrollo de una capacidad de relación con el entorno y a la sensibilidad ante las

necesidades de las otras personas, que es al fin y al cabo, uno de los valores más importantes que predica el

Islam. La expresión cultural precisa una conciencia de la herencia cultural a escala local, nacional, europea y de

su lugar en el mundo. (…). Se presta especial atención a las distintas manifestaciones culturales que nos rodean,

haciendo hincapié en la cultura islámica y fomentando el respeto y la tolerancia con el resto de culturas

presentes en nuestra sociedad multicultural, y cada vez más intercultural”.

II. ¿Cómo lo imparte?

La estructura del currículo de Educación Primaria intenta poner de manifiesto la profunda unidad y armonía de

la iniciativa creadora y salvífica de Dios. El primer bloque parte de los datos más evidentes: la constatación de

la realidad de las cosas y los seres vivos, de modo especial el hombre. Se nos impone su existencia como dato

evidente. En un segundo paso, si la persona no se queda en el primer impacto o simple constatación de su

existencia, tiene que reconocer que las cosas, los animales y el ser humano no se dan el ser a sí mismos. Luego

Otro los hace ser, los llama a la vida y se la mantiene. Por ello, la realidad en cuanto tal es signo de Dios, habla

de Su existencia. La iniciativa creadora de Dios tiene una finalidad: establecer una relación de amistad con el

hombre. De su origen creatural y de su llamada a participar en la amistad con Dios surge su dignidad inviolable.

No obstante, el ser humano pretende apropiarse del don de Dios prescindiendo de Él. En esto consiste el

pecado. Este rechazo de Dios tiene como consecuencia en el ser humano la imposibilidad de ser feliz. Dado que

su naturaleza está hecha para el bien, su experiencia de mal y de límite le hace añorar la plenitud que él no

puede darse por sí mismo y busca de algún modo restablecer la relación con Dios. Esta necesidad del bien, el

deseo de Infinito que caracteriza al ser humano se expresa en las religiones como búsqueda del misterio.

(Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 2015).

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Tal y como dice el Currículo de Religión Católica en Primaria, en el ANEXO I, “los contenidos

procedimentales básicos de la asignatura de religión son los siguientes: Observación de la realidad, el hecho

religioso nace de la apertura del ser humano a la realidad total; Búsqueda de información, manejo e

interpretación de fuentes de los Libros Sagrados; Reflexión Crítica, el desarrollo de la asignatura ayuda a

conocer la génesis de las ideas dominantes, a detectar prejuicios frente a la verdad, a examinar con profundidad

las propias ideas y sentimientos fundamentales; Exposición y argumentación respetuosa de las creencias

religiosas propias y ajenas, la asignatura de religión contribuye a la formación de competencias que permitan

exponer y defender la racionalidad de las propias creencias religiosas y el respeto por las ajenas”. (Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte, 2015).

2.3 FORMACIÓN Y SELECCIÓN DEL PROFESORADO

I. ¿Cómo se forma el profesorado de religión?

La formación del profesorado es inicial (Universitaria) y permanente (formación continua). Una de las claves

para hacer frente a los desafíos educativos actuales es la mejora de las competencias profesionales docentes,

entendida dentro de un proceso continuo de aprendizaje y desarrollo profesional que requiere no sólo la

actualización pedagógica, didáctica y científica sobre las materias y áreas impartidas, sino también la

comprensión de las distintas dimensiones involucradas en la educación y su interacción con una sociedad en

permanente transformación. Para ello, los programas de formación permanente deberán contemplar la

adecuación de los conocimientos y métodos a la evolución de las ciencias y de las didácticas específica.

(Jefatura del Estado, 2006).

Requisitos exigibles

Tal y como dice el Ministerio de la Presencia (2006: 25268 – 25271), “1.Para impartir las enseñanzas de

religión será necesario reunir los mismos requisitos de titulación exigibles, o equivalentes, en el respectivo

nivel educativo, a los funcionarios docentes no universitarios conforme se enumeran en la Ley Orgánica

2/2006, de 3 de mayo, de Educación, haber sido propuestos por la Autoridad de la Confesión religiosa para

impartir dicha enseñanza y haber obtenido la declaración de idoneidad o certificación equivalente de la

confesión religiosa objeto de la materia educativa, todo ello con carácter previo a su contratación por la

Administración competente. 2. Para ser contratado como profesor de religión, serán necesarios los siguientes

requisitos: a) Ser español o nacional de alguno de los Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de

algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por

España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, o ser extranjero con residencia legal en España y

autorizado a trabajar o en disposición de obtener una autorización de trabajo por cuenta ajena. b) Tener

cumplidos 18 años de edad. c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

13

incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. d) No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de sus funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no

estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado de origen el desempeño de sus

funciones”.

Duración y modalidad de la contratación

Tal y como dice el Ministerio de la Presencia (2006: 25268 – 25271), “1. La contratación de los profesores de

religión será por tiempo indefinido, salvo en los casos de sustitución del titular de la relación laboral que se

realizará de conformidad con el artículo 15.1.c) del Estatuto de los Trabajadores y sin perjuicio de lo dispuesto

en las causas de extinción del contrato que figuran en el presente real decreto. 2. La determinación de la

modalidad del contrato a tiempo completo o parcial, según lo requieran las necesidades de los centros públicos,

corresponderá a las Administraciones educativas competentes, sin perjuicio de las modificaciones que a lo largo

de su duración y por razón de la planificación educativa, deban de producirse respecto de la jornada de trabajo

y/o Centro reflejados en contrato”.

Forma y contenido del contrato

Tal y como afirma el Ministerio de la Presencia (2006: 25268 – 25271), “1. El contrato se formalizará por

escrito con anterioridad al comienzo de la prestación laboral. En todo caso, habrá que formalizar por escrito con

anterioridad al comienzo del curso escolar aquellas modificaciones que se produjeran en el contrato precedente

de acuerdo con lo que al respecto prevé el artículo 4.2 del presente real decreto. 2. El contenido del contrato,

deberá especificar, como mínimo: a) Identificación de las partes. b) Objeto. c) Lugar de trabajo. d) Retribución.

e) Duración y/o renovación. f) Jornada de trabajo. g) Cuantos otros aspectos se consideren esenciales en la

legislación laboral”.

Extinción del contrato

Como atestigua el Ministerio de la Presencia (2006: 25268 – 25271), “el contrato de trabajo se extinguirá: a)

Cuando la Administración competente adopte resolución en tal sentido, previa incoación de expediente

disciplinario. b) Por revocación ajustada a derecho de la acreditación o de la idoneidad para impartir clases de

religión por parte de la Confesión religiosa que la otorgó. c) Por las demás causas de extinción previstas en el

Estatuto de los Trabajadores. d) En el caso de trabajadores extranjeros, por la extinción o la no renovación de la

autorización de residencia o de residencia y trabajo, como consecuencia de la concurrencia de alguno de los

supuestos para dicha extinción o el incumplimiento de alguno de los requisitos para la renovación establecidos

en la normativa de extranjería e inmigración”.

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14

Formación del profesorado

Tal y como dice el Ministerio de Educación (2011: 117995 – 118001), “acordó los requisitos que deberían tener

el candidato a ser designado profesor de «Religión Católica» por la Administración pública 8. Entre estos

requisitos y condiciones se encuentra el de estar en posesión de la Declaración Eclesiástica de Competencia

Académica (D.E.C.A.) expedida por la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis de la Conferencia

Episcopal Española. Con fecha 29 de febrero de 2012, la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis de la

Conferencia Episcopal Española aprobó las exigencias para estar en posesión de la citada «Declaración

Eclesiástica de Competencia Académica (D.E.C.A.)» en Educación Infantil y Educación Primaria. Estas

exigencias se reducen a tres: a) Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Infantil y Primaria. b)

Cursar 24 créditos ECTS conforme a los programas establecidos por la Conferencia Episcopal Española de las

siguientes 4 materias: ‐ «Religión, cultura y valores». Créditos ECTS: 6 ‐ «El mensaje cristiano». Créditos

ECTS: 6 ‐ «La Iglesia, los sacramentos y la moral». Créditos ECTS: 6 ‐ «Pedagogía y didáctica de la religión

católica». Créditos ECTS: 6 c) Partida de Bautismo (original). (…). De esa manera, la formación inicial del

profesorado ERE garantiza una titulación básica con el mismo nivel universitario que la del resto de sus colegas

de escuela, a la que se añade la preparación teológica y didáctica específica exigida para la enseñanza de la

«Religión Católica». La formación teológica entraña la adquisición de los conocimientos necesarios para la

comprensión de la estructura y contenido de la fe revelada por Dios en Jesucristo y transmitida por la Iglesia

católica, y exige un estudio metódico, orgánico y sistemático que supere cualquier discurso fragmentario y

ocasional. «La preparación pedagógica es fundamental para poder motivar, orientar y comunicarse el profesor

de una manera eficaz con los niños y adolescentes. No basta saber teología. Hay que saber enseñarla de modo

significativo, para que no se convierta en fórmulas incomprensibles para los alumnos» La profesionalidad del

profesor de Religión unida a su vocación educadora reclama una formación permanente que le ayudará a

actualizar los contenidos esenciales de su área y las continuas propuestas culturales de nuestro mundo”.

II. ¿Quién selecciona al profesorado?

En cuanto a la selección del profesorado de religión, Suárez, G. et. al. (2012), este colectivo tiene que tener

permisión de la autoridad de cada confesión religiosa.

El profesor de Religión es designado por la Administración educacional a propuesta del Ordinario del lugar.

Para poder ser propuesto por la autoridad eclesiástica es necesario, según la Asamblea Plenaria de la

Conferencia Episcopal Española (27 de abril de 2007), cumpliendo los siguientes requisitos: a) Obtención de la

“Declaración Eclesiástica de Competencia Académica” (DECA); b) Obtención de la “Declaración Eclesiástica

de Idoneidad” en cada diócesis; c) Obtener la “Propuesta del Ordinario diocesano (missio canonica) en cada

diócesis. (Boletín Oficial de la Conferencia Episcopal Española, 1996)

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

15

3.6 SISTEMA EDUCACTIVO AUSTRIACO

Refiriéndonos al sistema educativo en Austria, Suárez, G. et. al. (2012), cuentan con una tendencia

pluriconfesional.

Partiendo de esta base, citaremos las confesiones con las que cuenta el Estado Austriaco, como afirma la

Katholische Kirche Steiermark (2014: 5 – 6).

2. IGLESIAS OFICIALMENTE RECONOCIDAS Y SOCIEDADES RELIGIOSAS

IGLESIAS

OFICALMENTE

RECONOCIDAS Y

SOCIEDADES

RELIGIOSAS

TIPOS

AUTORIAZO POR

Iglesia Católica Católico Romano Católico Romana

Católica Armenia Armen – Cateterismo

(Iglesia Americana Católica)

Católico Griego Greco - Católica

Iglesia Evangélica Evangélica AB Evangélica AB

Iglesia Evangélica HB Evangélica HB Evangélica HB

Iglesia Católica Antigua en

Austria

Católica Antigua Católica Antigua

(ALTKATH)

Iglesia Ortodoxa Griega en

Austria

Ortodoxa Griega Ortodoxa Griega

Ortodoxa Serbia Ortodoxa Serbia

Ortodoxa Rumana Ortodoxa Rumana

Ortodoxa Rusa Ortodoxa Rusa

Ortodoxa Búlgara Ortodoxa Búlgara

Iglesia Apostólica Armenia

en el este

Apostólica Armenia Apostólica Armenia

Iglesia Ortodoxa Siria del

este

Ortodoxa Siria Ortodoxa Siria

Iglesia Copta Ortodoxa en el

este

Copta Ortodoxa Copta Ortodoxa

Asociación Judía religiosa Israelita Israel

Iglesia Metodista en Austria

Evangélica Metodista

UMC (Iglesia Metodista

Unida / United Methodist

Church)

Iglesia de Jesucristo de los

últimos días

Iglesia de Jesucristo

Iglesia de Jesucristo

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

16

Los Mormones HLT

Nueva Iglesia Apostólica

en Ausria

Nueva Iglesia Apostólica Nueva Iglesia Apostólica

Comunidad religiosa

Islámica en Austria

Islámico Islam

Religión Sociedad Budista

austriaca

Budístico Budista

Testigos de Jehová en

Austria

Testigos de Jehová Testigos de Jehová

Comunidad de Fe Islámica

Alevi en Austria

Islámico Alevi Alevi

Libre Iglesia

FKO

Unión Bautista

Freikl BBGÖ

Federación de Iglesias

Evangélicas

Freikl BEG

Comunidades Cristianas

ELEIA

Freikl FCG

Iglesias Gratis en Austria Comunidades Libre –

Cristiana – Pfingsgemein de

Austria

Freikl FCGÖ

Iglesia Menonita Libre en

Austria

Freikl MFÖ

Ahora citaremos las que reconoce el Estado, como afirma la Katholische Kirche Steiermark (2014: 5 – 6).

COMUNIDADES CONFESIONALES

RELIGIOSAS RECONOCIDAS POR

EL ESTADO

ABREVIATURA APROBADA

Comunidad de la Fe Alt – Alevi Alt – Alevi (AAGÖ)

Comunidad Religiosa bahá´i Bahai

Comunidad Cristiana – Movimientos de

Renovación Religiosos

Comunidad Cristiana

Sociedad Religiosa Hindú Hindú

Comunidad Religiosa Islámica Shia

Iglesia Adventista del Séptimo Día Iglesia de la STA

Iglesia Pentecostal de Dios PFK Gem. Dios OIE

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

17

Para continuar este documento, vamos a hacer referencia a cómo los estudiantes pueden participar en una

educación religiosa en las escuelas, como afirma la Katholische Kirche Steiermark (2014: 7 – 23), dependiendo

de su clasificación en uno de los tres tipos de confesiones.”1. Iglesias legalmente reconocidas y las

comunidades religiosas (>asignatura obligatoria). 2.2. Lista de las comunidades confesionales registrados (>

participación voluntaria). 2.3. Sin compromiso (> participación voluntaria)”.

Austria tiene la Ley fundamental de Estado de diciembre de 1867 (arts. 14 y 15) “declarada por la Ley

Constitucional Federal de 1 de octubre de 1920, redacción de 1929, art. 149 n.1 párrafo primero. Este sistema

se apoya en el principio de libertad religiosa y en la garantía de actividad pública de las confesiones religiosas,

a las que reconoce el status de corporaciones de derecho público sui generis, que sirve para poner límite a la

privatización de lo religioso. (Salvador, 2006).

3.6 SISTEMA ORGANIZATIVO

3.6.1 MODELO ESCOLAR

Dentro de la tarea de educación austriaca podemos apreciar lo siguiente:

La democracia, la humanidad, la solidaridad, la paz y la justicia, así como la apertura y la tolerancia hacia las

personas son valores fundamentales de la escuela, sobre la base de que, sin importar la raza, el estado social y

antecedentes financieros, con la seguridad constante y un mayor desarrollo de la mejor calidad posible, asegura

el nivel más alto de educación de toda la población. Todos en cooperación (alumnos, padres, profesores,…),

permitiendo un óptimo desarrollo mental, físico y espiritual a ser posible, para que sean sanos, seguros de sí

mismos, felices, con un educación orientada, obediente, musical y personas creativas, que tienen competencias

sociales, con valores religiosos y morales responsables. Cada joven debe desarrollar su educación de acuerdo a

un criterio autónomo con comprensión social, unido a un pensamiento político e ideológico en consonancia a

los demás para ser abiertos y capaces de formar parte en Austria, Europa y el mundo en la vida cultural,

económica y en la libertad, la paz y el amor, participando en tareas comunes de la humanidad. (…). De este

modo, la escuela austriaca tiene la tarea de participar en el desarrollo de sistemas de la juventud a los valores

morales, religiosos y sociales y con los valores de la verdad, la bondad y la belleza a través de una etapa de

desarrollo y sus clases de educación pertinente. (…). Las Iglesias legalmente reconocidas y sociedades

religiosas, serán concedidas por el tema de la enseñanza religiosa confesional, para tener la posibilidad de

ofrecer una educación religiosa específica a los niños y adolescentes de la respectiva confesión. (Katholische

Kirche Steiermark, 2014).

Tal y como dice la Katholische Kirche Steiermark (2014: 7 – 23),” se determinan dos declaraciones: a) de la

instrucción religiosa forma parte el Estado, como fragmento de la misión educativa de la escuela conocida, b) la

instrucción religiosa es confesional”.

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18

Vamos a continuar, haciendo referencia a las personas que no se escogen religión como asignatura o no son de

una iglesia reconocida. Sobre este colectivo, las personas que no son de una Iglesia reconocida legalmente o

Comunidad Religiosa, ni unas pertenecientes a las Comunidades Religiosas reconocidas por el Estado, se

considera que son personas aconfesionales. Por lo tanto, no encontramos: a) Las personas, pero que se

identifican como aconfesionales, de ninguna confesión; b) Las personas pertenecientes a una misma comunidad

religiosa que en Austria, no es una iglesia reconocida legalmente o comunidad religiosa, ni un Estado. Éstas

pertenecen a las comunidades religiosas reconocidas como B. Anglicanos o sijs, etc. (Katholische Kirche

Steiermark, 2014).

A. INFANTIL Y PRIMARIA

I. Número de horas

Como afirma la Katholische Kirche Steiermark (2014: 7 – 23): “1. Si existe un ratio de 10 alumnos o más serán

dos horas semanales de la religión correspondiente, en cambio si el ratio de alumnos es menor, sólo será una

hora de religión por semana (Versión corta: los participantes <10 = <50% = 1 hora por semana + contable

de viaje). 2. Si nos encontramos en una clase en la cual el ratio es inferior a 3 alumnos, se quedan sin hora

semanal, y será responsabilidad de su Comunidad Religiosa, la enseñanza de la misma. (Resumen: Los

participantes <3 = <50% = Sin hora semanal)”. Es decir, la enseñanza de la religión son dos horas

semanales, pero esto depende del ratio de alumnos. Si nos encontramos con 10 alumnos o más, en cualquiera de

las Confesiones Religiosas reconocidas, tendrán dos horas de clase a la semana. Pero si el ratio de alumnos es

de menos de 10, la enseñanza de la religión será de una hora semanal. Con lo cual las horas semanales en este

ámbito dependen del ratio de alumnos que la ejerzan.

3.7 MODELO DIDÁCTICO Y PEDAGÓGICO

A. INFANTIL Y PRIMARIA

I. Currículum

El plan de estudios para la enseñanza de la materia de religión y su evaluación individual entran dentro de la

legislación pertinente a cada Iglesia reconocida o Comunidad Religiosa, contando con el Estado para fijar el

número semanal de horas de la Instrucción Religiosa hasta donde determine oportuno el Estado. (…). A sí

mismo, los libros de texto y material didáctico que son utilizados para la instrucción religiosa, no pueden estar

en contradicción con la educación cívica (Katholische Kirche Steiermark, 2014)

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19

De la educación religiosa católica, se encarga la Conferencia Episcopal de Austria, aprobando y regulando los

libros de texto que se utilizan. Sólo se seleccionan los libros que realmente se necesita en el aula, para ser

usados en la práctica. Los libros religiosos están sintonizados con los contenidos del currículo de educación.

Ayudan a los alumnos más allá de la fe informándose y ofreciendo sugerencias para complementar todo lo

referido a la enseñanza religiosa. Cada Comunidad religiosa se encarga de autorizar los libros correspondientes,

al igual que sucede en la religión católica. (Katholische Kirche Steiermark, 2014).

El currículo es objetivo, es decir, la enseñanza de la Religión forma parte del currículo básico, ya sea

confesional o no confesional, contando con una materia alternativa obligatoria (Ética o historia de la religión).

La integración de las asignaturas, tanto religiosas como alternativas, tiene plena integración en el horario

escolar. (…). Los padres, pueden decidir hasta los 14 años sobre el alumno. Sin embargo, el propio estudiante,

puede ser excluido de la Instrucción Religiosa, sí éste así lo decide. Si se da el caso, el alumno pide la baja de la

Educación Religiosa a la Junta Escolar, notificándoselo al maestro religión que le concierne. Puede darse de

baja teniendo en cuenta los primeros cinco días del año del Calendario Escolar (§ Ley 2 párr. 1 Períodos

Escolares 1985), mandando un escrito al Director o Directora que son los que llevan a cabo este cometido.

Teniendo en cuenta, las posibilidades que proporcione la educación religiosa curricular en el inicio del año

escolar. Katholische Kirche Steiermark (2014).

II. ¿Cómo lo imparten?

Debemos partir de la base del requerimiento que tienen los profesores de religión, que se esfuerzan por hablar

de las demás religiones, de manera que, parece que un representante de otra confesión está presente. Con

celebraciones y lecciones (lecciones, proyectos, actividades,...), organizadas conjuntamente en la preparación y

ejecución. Estos profesores desarrollan conocimientos y la sensibilidad a la otra denominación, respetando las

diferencias teológicas y canónicas de cada una de ellas. (Katholische Kirche Steiermark, 2014).

Como afirma la Katholische Kirche Steiermark (2014: 7 – 23), "la democracia, la humanidad, la solidaridad, la

paz y la justicia, la apertura y La tolerancia hacia las personas son valores fundamentales de la escuela, sobre la

base de que de toda la población, independientemente de su raza, condición social y fondo financiero, el

desarrollo constante con una buena calidad asegura, etc., el nivel más alto posible de una óptima educación. En

asociación, la interacción entre los estudiantes, padres y maestros son los niños y jóvenes para permitir el mejor

desarrollo mental, físico y espiritual posible, con el fin de sentirse seguro de sí mismo, ser feliz, de un

beneficio para su vida definido como sano, obediente, personas que desarrollan su ámbito musical y creativo,

que están en condiciones de participar en la vida social los valores religiosos y morales responsabilidad

orientados por sí mismos. El medio ambiente y las generaciones futuras tomarán el relevo. Todo los

adolescentes deben desarrollar una educación consecuente, con un juicio independiente y la comprensión

social para llevar a cabo una la política y un pensamiento ideológico, pertenecientes a personas con la mente

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

20

abierta. De este modo todas las demás culturas están llamadas a participar en la vida cultural de Austria, Europa

y en el mundo, actuando en libertad y la paz, con amor a las tareas comunes en las que la humanidad participa.

La escuela es un lugar de práctica de la cohabitación con personas de diferentes tradiciones y ofrece la

posibilidad de conocer a otras religiones en su práctica real. Con el fin de promover la comunidad escolar

educativa. (Katholische Kirche Steiermark , 2014).

Para los libros de texto y materiales didácticos utilizados en la enseñanza de la religión única la Iglesia

responsable de cada confesión. Éstos, no requieren la aprobación del estado, pero no pueden entrar en

contradicción con la educación cívica. Después de una evaluación que los posibilite como borradores de libros

de texto por parte de la conferencia de superintendentes escolares, nos encontramos, con los nuevos libros de

texto sometidos a la aprobación de la Conferencia Episcopal de Austria (en el caso de la religión católica, pero

sucede los mismo en el resto de las religiones reconocidas). Cuando se aprueba, el libro de texto queda grabado,

éstos pueden ser utilizados, por la enseñanza complementaria referida en religión. De esta forma, tienen un

surtido de libros apropiados para cada año en el que se cursa la religión. (Diözese St. Pölten, Diözesanschulan,

2015).

3.8 FORMACIÓN Y SELECCIÓN DEL PROFESORADO

I. Pautas a seguir por el profesorado de religión y formación

Para formar al profesorado de religión, tenemos que hacer referencia a una serie de puntos, que son

imprescindibles en Austria, para poder llegar a ejercer dicha profesión. Nos encontramos, en primer lugar, a los

maestros permanentes, los cuales pasan por los siguientes requisitos: las cuestiones relacionadas con el contrato

de trabajo o las funciones oficiales son supervisadas de inmediato por el Director/a de cada Institución. Tienen

que presentar los siguientes documentos, sin retraso a la autoridad competente (Landesschulrat), que son la

autoridad de servicio y la Oficina Diocesana de Educación. Estos documentos son el nombre, estado civil,

lugar de residencia; prevenciones del servicio, es decir, si está embaraza, o va a tener un hijo en un corto

periodo de tiempo o lo acaba de tener (transmisión del acta de nacimiento) o sospecha tener alguna carga

judicial. Diözese St. Pölten, Diözesanschulant, 2015).

Actividades de instrucción, educativas y administrativas

El profesor/a de religión, está obligado a presentar informes educativos y administrativos, de acuerdo con las

leyes, para explicar los resultados que se consiguen en clase, si la metodología es efectiva y consigue los

objetivos pretendidos y para valorar sí el proceso de enseñanza aprendizaje está siendo interiorizados por parte

del alumnado. (…). El currículo del profesorado, pertenece a la Conferencia Episcopal Austriaca para todos los

profesores de religión. Dicho currículo contiene, los planes de estudio dentro del marco de la enseñanza de los

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

21

maestros que participan dentro de esta enseñanza. Además están obligados, a crea un nuevo plan de estudios

cada año, renovándolo anualmente. (Diözese St. Pölten, Diözesanschulant, 2015).

Seguimiento

El profesor/a de religión debe preparar las lecciones cuidadosamente. Partiendo de la inspección, la

planificación/organización anual dentro de este ámbito, presentando por escrito la planificación. La

preparación, la formación y la reflexión, que son componentes muy importantes en el trabajo profesional.

(Diözese St. Pölten. Diözesanschulant, 2015).

Conferencias, reuniones de equipo y participación del desarrollo escolar

Es muy importante para la formación de este profesorado que participen en las conferencias (escuela de origen),

reuniones de equipo y en la participación del desarrollo escolar. Para poder prevenir cualquier incidente,

redactando un informe lógico, presentado más adelante en la Junta Escolar. (Diözese St. Pölten,

Diözesanschulant, 2015).

Deberes en la enseñanza de la religión

Además de cumplir con la función de la enseñanza, poniendo deberes a sus alumnos, cumplen con sus

obligaciones como docentes dando ejemplo de la tarea que encomienda, representando sus obligaciones, no

sólo enseñándolas, sino que es partícipe absoluto y ejemplifica con su propia manera de vivir, para ser un

excelente representante de dicha confesión, es decir, cumple con sus obligaciones fuera y dentro del ámbito

escolar. (Diözese St. Pölten, Diözesanschulant, 2015)

Funciones de supervisión de los profesores de religión

Un causado por incumplimiento negligente, del deber de vigilancia, puede dañar la disciplina de los titulares,

siendo una responsabilidad civil y penal. El deber de vigilancia comienza, de acuerdo con la clasificación de

servicio relevante en las escuelas, 15 minutos antes del comienzo de la lección .Durante los descansos, tienen

el deber de vigilancia continua y esta supervisión, termina cuando salen de la Escuela. Una forma de

supervisión es la llamada la "supervisión de transición”, que también incluye a los profesores de religión de la

debida atención a su horas utilizado como medida. Es decir, mientras estén trabajando dentro de su horario

lectivo, tienen la obligación de supervisar su trabajo y de sus compañeros. (Diözese St. Pölten,

Diözesanschulant, 2015)

Educación continúa

Son demandas de hoy en la enseñanza de la religión, para maestros religiosos y profesores, para hacer frente a

su enseñanza regular en las escuelas. Corresponde a la Universidad educación de KPH o mediante la Oficina

Diocesana de Educación que se expone (referidas al ámbito de religión católica, cada confesión tiene sus

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

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escuelas propias poder seguir con la educación continua de los maestros y profesores). (Diözese St. Pölten,

Diözesanschulant, 2015).

II. ¿Quién selecciona al profesorado?

Sólo aquellos que están calificados por las autoridades de cada Iglesia para la concesión de la educación

religiosa para y son declarados aptos (Missio Canónica, permiso episcopal), pueden ejercer dicha profesión. La

concesión y retirada del permiso Missio Canónica / Episcopal es correspondencia de la autoridad de cada

Iglesia. Con la Misio Canónica el profesor de religión se hace cargo de la obligación, que ejerce con el

acuerdo de su fe hacia la Iglesia. (…). El profesor de religión enseña en nombre de la Iglesia (según la

confesión que corresponda), es decir, el Obispo es él que le concede el permiso, Misio Canónica Episcopal y

puede retirárselo. Esto requiere de una relación positiva y activa con la Iglesia. La homologación concedida,

Missio Canónica Episcopal, con el permiso requerido, mutatis mutandis, que proclame al profesor/a de religión

dentro la fe y la moral, y no de sus opiniones subjetivas divergentes, que tenga en el exterior. La voluntad

"Eclesiástica hogar espiritual" es de cualquier maestro requiere. (Diocese St. Pollen, Diözesanschulant, 2015).

4. CRONOGRAMA

FECF

FECHA

TARE

ACCIONES

DESARROLLADAS

FA FA

FASES

28/12/2014

08/01/2015

Lectura del contenido del contenido de investigación Fase de Exploración

28/01/2015 Reunión con Manuel Contreras Gallego (tutor del TFG),para

para guiarme y hacer una aproximación de lo que queremos

conseguir en el TFG.

Fase de Exploración

12/01/2015

– 2 5/02/2015

Realización de las siguientes partes del TFG:

Portada

Justificación

Marco teórico, referido al currículo español.

Fase de Elaboración

28/01/2015 2ª reunión con mí tutor del TFG.

Me presenta a un compañero que ha escogido el mismo

tema, pero él comparará el currículo religioso de España

con el resto de Europa y yo sólo con Austria.

Manuel Contreras me explica que el TFG que he realizado

Fase de Elaboración

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

23

es muy extenso y que no puede superar las 30 páginas.

Me da algunas recomendaciones a seguir.

16/02/2015

– 20/02 20/02/2015

Realización de la síntesis del trabajo de investigación. Fase de Elaboración

24/02/2015 Entrega de parte del trabajo. Fase de Elaboración

01/03/2015 Realización de una parte del cronograma. Fase de Elaboración

10/03/2015 Realización de los siguientes puntos del TFG:

Problema de la investigación.

Objetivos e hipótesis de la investigación.

Población de estudio.

Metodología

Procedimientos de investigación.

Fase de Elaboración

12/03/2015

28/03/215

Lecturas sobre la religión en España y Austria. Fase de Exploración

06/05/2015 Cambio la estructura del proyecto, porque la estaba

Es estaba realizando en un formato diferente.

Fase de Elaboración

30/05/2015 1ª reunión con Mr. Prüegger (Profesor de religión).

Es quien realiza las leyes dentro de este ámbito en Austria.

Fase de Exploración

07/05/2015 Mr. Prüegger me ha enviado la información que necesito.

Empiezo por el documento Leitfaden que es la guía

resumen la enseñanza de la religión en Austria.

Fase de Exploración

08/05/2015

11/ 05/2015

Traducción del documento de los días anteriores Fase de Exploración

12/05/2015 Empiezo la traducción de otro documento:

Religionsunterrich

Fase de Exploración

13/05/2015 Realizo la continuación de parte del cronograma, y sigo

y sigo traduciendo el documento citado en el día anterior.

Fase de Elaboración

Exploración

19/05/2015

24/05/2015

Continúo con la traducción del documento y los finalizo. Exploración

25/05/2015

01/06/15

Paso todo lo traducido al trabajo, continúo con el

cronograma, cambio el nombre del TFG.

Finalizo las conclusiones y el resumen.

Elaboración

05/06/2015 Manuel me manda la corrección del TFG, y realizo una

lectura del contenido para ver todos los errores cometidos.

Elaboración

y exploración

06/06/2015 Cambio del resumen y añado el cuadro de las Confesiones

Religiosas reconocidas en España.

Elaboración

08/06/2015 Leo detenidamente como se cita y apunto lo que creo

Importante para mi TFG.

Exploración

11/06/2015 Cambio las citas del TFG Elaboración

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

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12/06/2015 Investigo más leyes en España y empiezo a descargarme

las diferentes leyes que hay sobre todas las religiones

reconocidas en nuestro país.

Exploración

13/06/2015

14/06/2015

Incluyo el currículo de religión islámica dentro del TFG,

y cambio todo lo referido al sistema de profesorado

en España.

Elaboración

15/06/2015 Cambio el índice, termino el cronograma, compruebo que

no haya errores en el texto y en las citas realizadas y

extiendo las conclusiones.

Elaboración.

5. CONCLUSIONES

Después de todo lo descrito en el marco teórico, nos encontramos con las siguientes conclusiones:

España y Austria cuentan con un Estado confesional, pero la primera diferencia que podemos observar parte del

currículo. En España el currículo es subjetivo y en Austria objetivo, con lo cual, el alumno mayor de 14 años o

menor (deciden los padres), en España, puede cursar religión con carácter voluntario, no está obligado a

escogerlo, puede prescindir de esta asignatura, y escoger su optativa que es “Valores Sociales y Éticos, mientras

que en Austria los alumnos tienen la obligación de cursarla, y si quieren abstenerse de hacerlo tiene que avisar

mediante un escrito a su Director/a, para rechazarla. En este caso, tendrá como asignatura “Participación en la

Iglesia o la Religión en la Sociedad”, de esta forma, sigue teniendo un contenido cívico y cultural de mucho

valor, al igual que cualquier religión.

Por lo tanto, nos hallamos en la certeza de que para Austria, la enseñanza de la Religión es de suma

importancia, sin embargo en España, esta importancia, va decayendo, poco a poco, dejando de lado un

importantísimo contenido cultural y religioso, que hace que deambulemos en la incertidumbre educativa sobre

este ámbito, creando personas desconectadas de las raíces de la sociedad y con un bajo nivel de humanidad, es

decir, la cultura que desprende la religión va cargada de valores, ideales, etc., son necesarios para desarrollar

una sociedad comprensiva, respetuosa y empática. Dejando fuera la Religión (todas las confesiones existentes

dentro de un país), estamos dando de lado un bien cultural que enriquece a la sociedad.

Por otro lado nos encontramos, una gran diferencia, con respecto al tratado de todas las religiones existentes. En

Austria coexisten 16 religiones, cada una con su correspondiente currículo de Religión, aprobado por cada

confesión. No hay ni una sola laguna, para la enseñanza de cada una de ellas. Tan solo, haremos referencia a

que dependiendo del ratio de la clase, es decir, si esa confesión dentro de clase, cuenta con más de 10 alumnos

y otra confesión cuenta con menos de 10, las horas lectivas serán diferentes. En la clase de más de 10, será de

dos horas semanales, mientras que en la de menos de diez será 1 hora. En este ámbito, España deja mucho que

desear, porque sólo encontramos con el reconocimiento de 4 religiones, de las cuales, la islámica y la católica

son las únicas leyes actualizadas, en el pasado año 2014, mientras que la israelita, se quedó anclada en 1992. La

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

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evangélica la encontramos actualizada en el año 2012. Es admirable la relación que establecen entre las

distintas confesiones, al contrario que en España, que no respetamos oras religiones y además no participamos

unas dentro de otras, pero este punto lo explicaremos con más detenimiento al final de la conclusión.

Tengo que añadir, que el profesor de religión en España no tiene que presentar informes educativos y

administrativos, que explique el desarrollo de su clase diariamente y si alcanza los objetivos programados por la

administración, en cambio en Austria es un acto obligatorio. En España se presenta la programación y la

evaluación por trimestres y final, pero en Austria, esta evaluación es casi semanal, para poder rectificar de

inmediato cualquier incidente o error, por parte del profesor. Creo que está actuación es digna de admiración,

ya que aunque conlleve más trabajo por parte del profesor, tiene unos resultados óptimos, mejorando el proceso

de enseñanza y aprendizaje del alumno. Así mismo, deben renovar el plan de estudios cada año, creando uno

nuevo. En España, los profesores se pueden quedar perfectamente anclados en el plan de estudios de hace 5

años, sin cambiar nada, a no ser que cambie la Ley, y con esta actuación, solo empeoramos el sistema

educativo.

Para finalizar este punto, hay que resaltar la magnífica integración que tienen las diferentes religiones. Todas y

cada una ellas participan una dentro de la otra. Cada una tiene sus celebraciones y su eucaristía, pero cuando se

trata de educación o de ayudar a formar una sociedad mejor, todas están en comunicación. Por ejemplo, las

sociedades cristianas ayudan a las islámicas y viceversa, todas luchan por un bien común y por ayudarse los

unos a los otros. Parten del respeto y tienen claro que sea cual sea la religión, todos buscan el mismo fin. Este

punto, en España, sería digno de admirar y de intentar igualarlo, ya que estamos en una sociedad multicultural y

en nuestro país no sólo viven católicos. Seguramente incitaríamos de esta forma al respeto por otras religiones y

otras culturas y no a la división de la raza, que es la que nos encontramos en nuestras aulas.

6. REFLEXIÓN FINAL Y AUTOEVALUACIÓN

Empezar agradeciendo la oportunidad que he tenido de realizar este Trabajo de Fin de Grado, ya que gracias a

esto he observado el atraso curricular que tiene España y el agujero sin luz que tenemos dentro de la religión.

En mi reflexión puedo decir que nuestra sociedad, cada día está más deshumanizada, no respeta la llegada de

personas extranjeras, no respeta otras religiones, tiene un peso muy grande los contra valores y los verdaderos

valores quedan a un lado. Sin embargo, al ver otra sociedad y al estudiar la enseñanza de la religión en Austria,

he observado y estudiado, que hay una forma de humanizar a la población, y que tiene mucho sentido que la

enseñanza de la Religión se haga obligatoria, o en su defecto que se estudie (si no participas dentro de ninguna

confesión), para luchar contra la sociedad sucia e impregnada de contravalores en la que nos situamos.

He adquirido un conocimiento práctico, controlando y haciendo un seguimiento dentro de este ámbito,

pudiendo relacionar la teoría con la práctica y conociendo diferentes formas de colaboración en los distintos

sectores de la comunidad educativa.

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Dentro de la competencia cognitiva he utilizado todos los diferentes tipos de pensamiento (reflexivo, lógico,

crítico, deliberativo y creativo). También he desarrollado competencias lingüísticas como la escrita y más tarde

la oral, pasando por trabajar mis competencias individuales, como la adaptación a otro entorno, las sociales y

organizativas. Optimizando la competencia emprendedora, orientándola hacia el logro.

Creo que he trabajado mucho en este proyecto, y he intentado hacerlo de la mejor manera posible, dedicándoles

muchas horas y esfuerzo. Documentando de todo y pidiendo todo tipo de información.

Aunque tengo que decir, que me ha resultado muy difícil coordinar tanta información y ordenarla

correctamente, se me ha hecho muy grande el manejo de tanto contenido y por lo tanto su correcta consecución.

He de destacar la ayuda proporcionada por mi tutor, a la hora de hacer una búsqueda exhaustiva y no tan

superficial, como la que he tenido en un principio, si bien, yo pensaba todo lo contrario, tengo que decir, que

por mucho esfuerzo puesto anteriormente, me faltaba mucha información y hacer una lectura y búsqueda más

pofunda.

Además, he podido poner en práctica lo citado en el marco teórico, participando en la KPH, para vivenciar

personalmente las distintas formas de llevar la religión que tienen un país y otro.

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Öffentlichkeitsrecht ausgestatteten Schulen in der Steiermark mit Ausnahme der Berufsschulen § 2 párr. 3

RelUG

• Katholische Kirche Steiermark (2014) Leitfaden für den Religionsunterricht an öffentlichen und mit

Öffentlichkeitsrecht ausgestatteten Schulen in der Steiermark mit Ausnahme der Berufsschulen, Art.14 Abs. 5a

B-VG

• La enseñanza de la Religión en la Unión Europea y la Conferencia Internacional Consultiva sobre la

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Nº 8.

• “La enseñanza de la religión en la escuela. Una solución posible”, Revista de fomento social, nº 234 (abril –

junio 2004), 249 – 257.

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in der Steiermark mit Ausnahme der Berufsschulen, Ley de Educación Religiosa en el artículo RS 20/2013

BMUKK.

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ESTUDIO COMPARATIVO ENTRE LA ENSEÑAZA DE LA RELIGIÓN EN EL SISTEMA EDUCATIVO DE ESPAÑA Y AUSTRIA

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nuevo régimen de equivalencias de los estudios y titulaciones de Ciencias Eclesiásticas de nivel universitario

respecto de los títulos universitarios oficiales españoles, en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo entre el

Estado español y la Santa Sede de 3 de enero de 1979 sobre Enseñanza y Asuntos Culturales. Boletín Oficial

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Derechos eclesiásticos del Estado. El derecho a la educación. Regulación jurídica (pp. 198 – 202). Valencia:

Tirant lo Blanch.