gobierno regional cusco resoluciÓn … · contratista a presentar al inspector o supervisor un...

3
GOBIERNO REGIONAL CUSCO RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL 151 -2015-GR CUSCO/PR Cusca, 1 B MAR 2015 EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO. VISTO ; La Carta 0014 y 0015-2015-CONSORCIO ORION del Contratista CONSORCIO ORION, Informe 08-2015-GR CUSCO/GGR -ORSLTPI/IO/HBMG del Inspector de obra, Informe 053-2015-GRCUSCO/GGR-ORSLTPI/COC/YSZA de Jos Analistas de Obras por Contrata, Informe 96-2015-GRCUSCO/GGR-ORSLTPI de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia Proyectos de Inversión y Memorándum 143-2015-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cusco; CONSIDERANDO: Que, con techa 11 de marzo del 2013, a mérito del proceso de Selección de Adjudicación de Menor Cuantía NO 004-2013-GR cusca derivada de la Licitación Pública NO 063-2012-GR cusca, bajo el ámbito del D.U. N°16-2012 se suscribió el Contrato N°137-2013-GR CUSCO/GGR, para la Elaboración y Ejecución de la Obra: "Mejoramiento de la Oferta de Servicios Educativos del nivel Primario N°56125 Víctor Porcel Esquive/ del distrito de Kunturkanki, Provincia de Canas- con el Contratista Consorcio Orion y con el plazo de ejecución de Obra de 240 días calendario por el sistema de Suma Alzada y modalidad de contratación de concurso oferta; Que, de acuerdo a Jo previsto por el Artículo 41o del Decreto Legislativo NO 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, tratándose de obras, el contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado por atrasos y¡o paralizaciones ajenas a su voluntad, debidamente comprobados y que modifiquen el cronograma contractual. Y el Artfculo 200° del Reglamento la Ley· de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo 184-2008-EF, establece que el contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado, siempre que modifiquen la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente, por las siguientes causales: 1. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista; 2. Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad; 3. Caso Fortuito o Fuerza mayor debidamente comprobado; 4. Cuando se aorueba la orestación adicional de Obra. En este caso, el Contratista ampliará el plazo de las garantías que hubiere otorgado. Asimismo, el Artículo 201 ° orevé el procedimiento de ampliación de plazo, orecísando que para que proceda, desde el inicio v durante la ocurrencia de la causa/, el contratista, por intermedio de su residente, deberá anotar en el cuaderno de obra las circunstancias que a su criterio ameriten ampliación de plazo, Dentro de los quince (15) días siguientes de concluido el hecho invocado, el contratista o su representante legal solicitará, cuantificará y sustentará su solicitud de ampliación de plazo ante el inspector o supervisor, según corresponda, siempre que la demora afecte la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente y el plazo adicional resulte necesario para la culminación de la Obra. En caso que el hecho invocado pudiera superar el plazo vigente de ejecución contractual, la solicitud se efectuará antes del vencimiento del mismo. El inspector o supervisor emitirá un informe expresando opinión sobre la solicitud de ampliación de plazo y lo remitirá a la Entidad en un plazo no mayor de siete (7) días, contados desde el día si guiente de presentada la solicitud. La Entidad resolverá sobre dicha ampliación y notificará· su decisión al Contratista en un plazo máximo de catorce (14) días, contados desde el día siguiente de recepción del indicado informe. De· no emitirse pronunciamiento alguno dentro del plazo señalado, se considera ampliado el plazo, bajo responsabilidad de la Entidad ( .. .) La ampliación de plazo obligará al contratista a presentar al inspector o supervisor un calendario de avance de obra valorizado actualizado y la programación PERT-CPM correspondiente, considerando para ello sólo las partidas que se han visto afectadas y en armonía con la ampliación de plazo concedida, en un plazo que no excederá de diez (10) días contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación al cont ratista de la Resolución que aprueba la ampliación de plazo. El inspector o supervisor deberá elevarlos a la Entidad, con los reajustes concordados con el residente, en un plazo máximo de siete (7 ) días, contados a partir de la recepción del nuevo calendario presentado por el contratista. En un plazo no mayor de siete (7) días, contados a partir del día siguiente de la recepción del informe del inspector o supervisor, la Entidad deberá pronunciarse sobre dicho calendario, el mismo que, una vez aprobado, reemplazará en todos sus efectos al anterior. De no pronunciarse la Entidad en el plazo señalado, se tendrá por aprobado el calendario elevado por el inspector o supervisor; Que, mediante Carta 0014-2015-CONSORCIO ORION de fecha 25 de febrero del2015, el Contratista Consorcio Orión solicita Ampliación de Plazo 03 por 38 días calendario, sustentando que son por cortes de energía eléctrica que han afectado y retrasado la ejecución de varias partidas de la obra que han afectado la ruta c¡ítlca y adjunta los asientos respectivos del cuaderno de obra y el Informe de Electro Sur Este S.A.A en el que se detalla todos los días en que se ha interrumpido la energía eléctrica en el Distrito de Descanso, Jo que generó un atraso en la ejecución de las partidas

Upload: nguyenngoc

Post on 07-Jun-2018

228 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: GOBIERNO REGIONAL CUSCO RESOLUCIÓN … · contratista a presentar al inspector o supervisor un calendario de avance de obra valorizado actualizado y la programación PERT-CPM correspondiente,

GOBIERNO REGIONAL CUSCO

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 151 -2015-GR CUSCO/PR

Cusca, 1 B MAR 2015 EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO.

VISTO ; La Carta N° 0014 y 0015-2015-CONSORCIO ORION del Contratista CONSORCIO ORION, Informe N° 08-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI/IO/HBMG del Inspector de obra, Informe N° 053-2015-GRCUSCO/GGR-ORSLTPI/COC/YSZA de Jos Analistas de Obras por Contrata, Informe N° 96-2015-GRCUSCO/GGR-ORSLTPI de la Oficina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia Proyectos de Inversión y Memorándum N° 143-2015-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cusco;

CONSIDERANDO:

Que, con techa 11 de marzo del 2013, a mérito del proceso de Selección de Adjudicación de Menor Cuantía NO 004-2013-GR cusca derivada de la Licitación Pública NO 063-2012-GR cusca, bajo el ámbito del D.U. N°16-2012 se suscribió el Contrato N°137-2013-GR CUSCO/GGR, para la Elaboración y Ejecución de la Obra: "Mejoramiento de la Oferta de Servicios Educativos del nivel Primario N°56125 Víctor Porcel Esquive/ del distrito de Kunturkanki, Provincia de Canas- Cusco'~ con el Contratista Consorcio Orion y con el plazo de ejecución de Obra de 240 días calendario por el sistema de Suma Alzada y modalidad de contratación de concurso oferta;

Que, de acuerdo a Jo previsto por el Artículo 41o del Decreto Legislativo NO 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, tratándose de obras, el contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado por atrasos y¡o paralizaciones ajenas a su voluntad, debidamente comprobados y que modifiquen el cronograma contractual. Y el Artfculo 200° del Reglamento la Ley· de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, establece que el contratista podrá solicitar la ampliación de plazo pactado, siempre que modifiquen la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente, por las siguientes causales: 1. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista; 2. Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad; 3. Caso Fortuito o Fuerza mayor debidamente comprobado; 4. Cuando se aorueba la orestación adicional de Obra. En este caso, el Contratista ampliará el plazo de las garantías que hubiere otorgado. Asimismo, el Artículo 201 ° orevé el procedimiento de ampliación de plazo, orecísando que para que proceda, desde el inicio v durante la ocurrencia de la causa/, el contratista, por intermedio de su residente, deberá anotar en el cuaderno de obra las circunstancias que a su criterio ameriten ampliación de plazo, Dentro de los quince (15) días siguientes de concluido el hecho invocado, el contratista o su representante legal solicitará, cuantificará y sustentará su solicitud de ampliación de plazo ante el inspector o supervisor, según corresponda, siempre que la demora afecte la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente y el plazo adicional resulte necesario para la culminación de la Obra. En caso que el hecho invocado pudiera superar el plazo vigente de ejecución contractual, la solicitud se efectuará antes del vencimiento del mismo. El inspector o supervisor emitirá un informe expresando opinión sobre la solicitud de ampliación de p lazo y lo remitirá a la Entidad en un plazo no mayor de siete (7) días, contados desde el día siguiente de presentada la solicitud. La Entidad resolverá sobre dicha ampliación y notificará · su decisión al Contratista en un plazo máximo de catorce (14) días, contados desde el día siguiente de recepción del indicado informe. De· no emitirse pronunciamiento alguno dentro del plazo señalado, se considera ampliado el plazo, bajo responsabilidad de la Entidad ( .. .) La ampliación de plazo obligará al contratista a presentar al inspector o supervisor un calendario de avance de obra valorizado actualizado y la programación PERT-CPM correspondiente, considerando para ello sólo las partidas que se han visto afectadas y en armonía con la ampliación de plazo concedida, en un plazo que no excederá de diez (10) días contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación al contratista de la Resolución que aprueba la ampliación de plazo. El inspector o supervisor deberá elevarlos a la Entidad, con los reajustes concordados con el residente, en un plazo máximo de siete (7) días, contados a partir de la recepción del nuevo calendario presentado por el contratista. En un plazo no mayor de siete (7) días, contados a partir del día siguiente de la recepción del informe del inspector o supervisor, la Entidad deberá pronunciarse sobre dicho calendario, el mismo que, una vez aprobado, reemplazará en todos sus efectos al anterior. De no pronunciarse la Entidad en el plazo señalado, se tendrá por aprobado el calendario elevado por el inspector o supervisor;

Que, mediante Carta N° 0014-2015-CONSORCIO ORION de fecha 25 de febrero del2015, el Contratista Consorcio Orión solicita Ampliación de Plazo N° 03 por 38 días calendario, sustentando que son por cortes de energía eléctrica que han afectado y retrasado la ejecución de varias partidas de la obra que han afectado la ruta c¡ítlca y adjunta los asientos respectivos del cuaderno de obra y el Informe de Electro Sur Este S.A.A en el que se detalla todos los días en que se ha interrumpido la energía eléctrica en el Distrito de Descanso, Jo que generó un atraso en la ejecución de las partidas

Page 2: GOBIERNO REGIONAL CUSCO RESOLUCIÓN … · contratista a presentar al inspector o supervisor un calendario de avance de obra valorizado actualizado y la programación PERT-CPM correspondiente,

GOBIERNO REGIONAL CUSCO

programadas, considerándose ese hecho no atribuible al Contratista, hechos que se hallan evidenciados en las anotaciones del cuaderno de obra Asiento NO 166, 168, 168, 170, 171, 175, 176, 191, 193, 194, 196, 197, 200, 204, 205, 212, 219, 221, 222, 223, 226, 228, 231, 240; asimismo, mediante Carta Notarial N° 0015-2015/C-ORION el Contratista Consorcio Orión, Renuncia al Pago de Mayores Gastos Generales que ocasione la Ampliación de Plazo NO 03 por 38 días calendario;

Que, mediante Informe N° 08-2014-GR CUSCO/GGR-ORSL TPI/HBMG de fecha 04 de Mat7o del 2015, el Inspector de obra sustenta o¡ue la Ampliación de Plazo N° 03 por 38 días calendario por falta de energía eléctrica, ha afectado la ejecución de obra aparentemente por solo los 24 días calendario conforme se evidencia con el Oficio N° CS-021-2015 de Electro Sur Este con el informe de interrupciones de/19/12/2014 al 31/12/2014 y del 20/01/2015 al 23/02/2015 incluyendo también el día domingo 22 de Febrero-2015 en el que se había programado trabajar en obra. la soldadura y remachado de canaletas para aguas pluviales y otros por estar con calendario acelerado. Que por los continuos cortes de energía eléctrica, los soldadores por sub contrata a cargo de las barandas metálicas, canaletas para aguas pluviales, rejillas metálicas para canaletas en el patio de honor y otro, se tuvieron que retirar de obra en varias oportunidades a la ciudad de Sicuani y Cusco donde viven, estos demoraron en retornar con sus herramientas o se tuvo que contratar otros soldadores lo que implicó tiempos adicionales que además retrasaron los trabajos de pintura y otros que consideró de 08 días calendario, con lo que se tiene una Ampliación de Plazo N° 03, sustentada en la causal: Por falta de energía eléctrica según informe de Electro Sur Este aprobado por 24 días calendario y Por retiros temporales o contratación de nuevos soldadores se aprueba 08 días calendario, haciendo un total de 32 días calendario, hecho que se halla validado con las anotaciones de cuaderno de obra de/Inspector en Asiento N° 166, 172, 191, 192, 200, 227, 241;

Que, el Contratista sustenta su pretensión en lo establecido en el Artículo 200° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, numeral 1), sin embargo realizada la verificación sobre el procedimiento que establece el Art. 201° del RLCE, precisa que para que proceda el trámite de ampliación de plazo, desde el inicio y durante la ocurrencia de ·la causal, el contratista, por intermedio de su residente, deberá anotar en el cuaderno de obra las circunstancias que a su criterio ameriten ampliación de plazo. Dentro de los quince (15) días siguientes de concluido el hecho invocado, el contratista o su representante legal solicitará, cuantificará y sustentará su solicitud de ampliación de plazo ante el inspector o supervisor, según corresponda, siempre que la demora afecte la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente y el plazo adicional resulte necesario para la culminación de la Obra, hecho que para el presente caso se halla dentro del plazo para presentar la ampliación de plazo N° 03 materia de la presente;

Que, la Oficina de Supervisión, Liquidación y Transferencia de Proyectos de Inversión mediante Informe N° 096-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI, valida los contenidos de los Informes N° 08-2014-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI/HBMG del Inspector de Obra y del Informe N° 053-2015-GR CUSCO/GGR-ORSLTPI/COC/YSZA de la Analista de Obras Por Contrata, de /os que se desprende la procedencia del trámite de Ampliación de Plazo N° 03 por 32 días calendario para la ejecución de la obra "Mejoramiento de la Oferta de Servicios Educativos (jet nivel. Primario N° 56125 Víctor Paree/

~-.., Esquive/ del distrito de Kunturkanki, Provincia de Canas- Cusca'~ debido a que la causal del Artículo

1t;, ~¡'<.~\ ·"":~ 200° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, invocadas para el sustento de la r;¡~-'·:~¡ · ... -'• tramitación de la Ampliación de Plazo No 03 por 32 días calendarios se sustentarían en el numera/1) Í ~J ·'%¡ _. :::·l atrasos y/o paralizaciones por causa no atribuibfes al contratista, motivado por la falta de energía \ r"'. ·~·~::o:"',~ / eléctrica según informe de Electro Sur Este aprobado por 24 días calendario y Por retiros temporales

" ·--~~;' ;;: o contratación de nuevos soldadores se aprueba 08 días calendario, ya que el atraso se ocasionó en · ~> las Partidas de Arquitectura, Instalaciones Sanitarias de las Aulas, Instalaciones Sanitarias de Laboratorio y Centro de Cómputo, Instalaciones Eléctricas las mismas que se encuentran dentro de la afectación de la ruta crítica del cronograma de ejecución de obra y considerando el informe de Electro Sur S.A.A. donde se detalla los días de interrupción de energía eléctrica se imposibilitó el normal desarrollo de las actividades programadas además que el Contratista de manera expresa Renuncio a los Mayores Gastos Generales por esta Ampliación de Plazo, por tanto no se generaría perjuicio económico a la Entidad, difiriéndose el Plazo de Ejecución Contractual al 30 de mat7o de/2015;

Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Infraestructura y Gerencia General Regional del Gobierno Regional Cusca;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, el inciso d) del Artículo 21° y el inciso a) del Artículo 41 o de la Ley NO 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por Ley N° 27902;

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR PROCEDENTE la Ampliación de Plazo N° 03 por 32 días calendario para la ejecución de la obra "Mejoramiento de la Oferta de Servicios Educativos del nivel Primario N° 56125 Víctor Paree/ Esquive/~e/ distrito de Kunturkanki, Provincia de Canas - Cusca" a cargo del Contratista CONSORCIO ORION, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución

Page 3: GOBIERNO REGIONAL CUSCO RESOLUCIÓN … · contratista a presentar al inspector o supervisor un calendario de avance de obra valorizado actualizado y la programación PERT-CPM correspondiente,

GOBIERNO REGIONAL CUSCO

Ejecutiva Regional.

ARTÍCULO SEGUNDO. - ESTABLECER, como fecha de culminación de la obra "Mejoramiento de la Oferta de Servicios Educativos del nivel Primario N° 56125 Víctor Porce/ Esquive/ del distrito de Kunturkanki, Provincia de Canas- Cusca", el día 30 de Marzo del2015.

~ ARTÍCULO TERCERO. ~ ESTABLECER, que el Contratista CONSORCIO ORION está obligado .,.o~'~~t::-:~:~~~ a Ampliar la ~igencia de su garantía de fiel cumplimiento hasta el 30 de Marzo del 2015. .

{f\l ~ . e_,. 1 ··i:'. ARTICULO CUARTO.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución Ejecutiva Regional al ! ', if ¡;¡ Contratista Consorcio Orión, Ofi_cina Regional de Supervisión, Liquidación y Transferencia de ' e } l Proyectos de Inversión, y a los Organos Técnicos Administrativos correspondientes de la sede del ~ ' ~ ~" Gobierno Regional Cusco. ""-' lo~e

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE

EDWIN LICONA LICONA PRESIDENTE REGIONAL

GOBIERNO REGIONAL CUSCO