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Gobierno de JUJUY Ministerio Ministerio Ministerio Ministerio de Salud EXPTE. N° 700-730/13 RESOLUCIÓN Nº 12522 -S. SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 SEP 2013 VISTO: Las presentes actuaciones por las que la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita el llamado a concurso de tres cargos categoría A (j-2) y tres cargos categoría 24 hs Semanales para cumplir funciones de Anestesistas a favor de la Maternidad Provincial, y CONSIDERANDO: Que, a fs.01 la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita se asignen seis cargos a favor de la Maternidad Provincial. Que a Fs. 01 in fine el Sr. Secretario de Coordinación de Atención de la Salud autoriza el llamado a concurso. Que es indispensable y urgente iniciar con la cobertura de cargos requeridos para la inminente apertura de la Maternidad Provincial. Que, el enorme esfuerzo que implica la ejecución de un concurso para el Estado Provincial, aunado al tiempo que insume la puesta en marcha del procedimiento administrativo de designación del ganador generan la necesidad de imponer una restricción a la posibilidad de los agentes con designación en tramite o concluida, a participar de nuevos procesos de elección. Que a los fines de la cobertura de cargos vacantes de Profesionales rigen las disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135, sus modificatorias y Decreto Reglamentario. Que, a fin de dar cumplimiento a lo establecido por las Leyes antes mencionadas, se debe realizar una convocatoria extraordinaria. Por ello: EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE: ARTICULO 1º: Autorizar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a llamar a Concurso Extraordinario de Antecedentes de Carácter Abierto de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135, sus modificatoria y Decreto Reglamentario, para la cobertura del siguiente cargo: MATERNIDAD PROVINCIAL Cargos Categoría 3 – MEDICOS ANESTESIOLOGOS A (J-2) HS. 3 – MEDICOS ANESTESIOLOGOS 24 HS. SEMANALES ARTICULO 2º: Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos: 1. Titulo Profesional habilitante, expedido por Universidad competente. 2. Constancia de Matricula habilitante expedida por el Consejo de Médicos de la Provincia de Jujuy actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 3. Planilla Prontuarial actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 4. Fotocopia de la 1º y 2º pagina del DNI. 5. Examen Psicofísico (validez un (1) año, desde la fecha de su emisión). 6. Constancia de C.U.I.L. 7. Certificado de residencia emitido por la Policía de la Provincia de Jujuy. 8. ACREDITAR ESPECIALIDAD EN ANESTESIOLOGIA; O RESIDENCIA COMPLETA EN ANESTESIOLOGIA, O ESTAR CURSANDO EL ULTIMO AÑO DE LA RESIDENCIA EN ANESTESIOLOGIA. 9. Currículum Vitae con Documentación Personal, Antecedentes Profesionales y de Capacitación acreditantes, si son copias deberán ser certificadas por Escribano Publico o Personal Autorizado de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, solo hasta el día previo al cierre del periodo de inscripción; dejando establecido que toda certificación de cursos deberá contar con firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y organismos oficiales o en su caso con la correspondiente personería jurídica de la institución para ser consideradas al momento de otorgar puntajes de las mismas.

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Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

EXPTE. N° 700-730/13 RESOLUCIÓN Nº 12522 -S. SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 SEP 2013

VISTO: Las presentes actuaciones por las que la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita el llamado a concurso de tres cargos categoría A (j-2) y tres cargos categoría 24 hs Semanales para cumplir funciones de Anestesistas a favor de la Maternidad Provincial, y CONSIDERANDO: Que, a fs.01 la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita se asignen seis cargos a favor de la Maternidad Provincial.

Que a Fs. 01 in fine el Sr. Secretario de Coordinación de Atención de la Salud autoriza el llamado a concurso.

Que es indispensable y urgente iniciar con la cobertura de cargos requeridos para la

inminente apertura de la Maternidad Provincial. Que, el enorme esfuerzo que implica la ejecución de un concurso para el Estado

Provincial, aunado al tiempo que insume la puesta en marcha del procedimiento administrativo de designación del ganador generan la necesidad de imponer una restricción a la posibilidad de los agentes con designación en tramite o concluida, a participar de nuevos procesos de elección.

Que a los fines de la cobertura de cargos vacantes de Profesionales rigen las

disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135, sus modificatorias y Decreto Reglamentario.

Que, a fin de dar cumplimiento a lo establecido por las Leyes antes mencionadas, se debe realizar una convocatoria extraordinaria.

Por ello:

EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:

ARTICULO 1º: Autorizar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a llamar a Concurso Extraordinario de Antecedentes de Carácter Abierto de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135, sus modificatoria y Decreto Reglamentario, para la cobertura del siguiente cargo:

MATERNIDAD PROVINCIAL

Cargos Categoría

3 – MEDICOS ANESTESIOLOGOS A (J-2) HS.

3 – MEDICOS ANESTESIOLOGOS 24 HS. SEMANALES

ARTICULO 2º: Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Titulo Profesional habilitante, expedido por Universidad competente. 2. Constancia de Matricula habilitante expedida por el Consejo de Médicos de la Provincia de Jujuy

actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 3. Planilla Prontuarial actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 4. Fotocopia de la 1º y 2º pagina del DNI. 5. Examen Psicofísico (validez un (1) año, desde la fecha de su emisión). 6. Constancia de C.U.I.L. 7. Certificado de residencia emitido por la Policía de la Provincia de Jujuy. 8. ACREDITAR ESPECIALIDAD EN ANESTESIOLOGIA; O RESIDENCIA COMPLETA EN

ANESTESIOLOGIA, O ESTAR CURSANDO EL ULTIMO AÑO DE LA RESIDENCIA EN ANESTESIOLOGIA.

9. Currículum Vitae con Documentación Personal, Antecedentes Profesionales y de Capacitación acreditantes, si son copias deberán ser certificadas por Escribano Publico o Personal Autorizado de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, solo hasta el día previo al cierre del periodo de inscripción; dejando establecido que toda certificación de cursos deberá contar con firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y organismos oficiales o en su caso con la correspondiente personería jurídica de la institución para ser consideradas al momento de otorgar puntajes de las mismas.

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

//CDE. A RESOLUCIÓN Nº 12522 S- 2013

10. Presentar Nota de la Dirección Provincial de Personal en la cual deberá constar que el profesional no se encuentra con sumario Administrativo en trámite, salvo que hayan sido sobreseídos en el mismo.

11. No podrán participar del presente concurso los Profesionales que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependientes de este Ministerio. Tampoco podrán participar del mismo, los aspirantes que hubieran sido designados en cargos de PLANTA PERMANENTE en alguna de las Unidades precedentemente mencionadas, salvo que hubieran transcurrido cinco años desde la fecha de su designación hasta la fecha de la Resolución de llamado a concurso. La condición de los postulantes con relación al presente requisito deberá acreditarse mediante declaración jurada, al tiempo de la presentación de los demás requisitos del Concurso. Tal restricción no será aplicable a los profesionales con designación interina y los profesionales 24 hs. semanales.

12. Asimismo no podrán participar del presente concurso aquellos profesionales que hayan presentado recurso alguno a concursos anteriores que no se encuentren con trámite finalizado.

ARTICULO 3º: El Tribunal estará constituido de acuerdo a lo establecido en el Articulo 65 de la Ley 4135 y sus modificaciones. ARTICULO 4º: Se establece el siguiente cronograma:

- Apertura de Inscripción 16 de Septiembre de 2013 - Cierre de Inscripción 25 de Octubre de 2013 - Evaluación de Antecedentes 30 de Octubre de 2013

ARTICULO 5º: Los antecedentes deberán ser presentados en el Área de Recursos Humanos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, en las oficinas citas en el Pasaje Ernesto Claros N° 75 Depto. 16, en el horario de 08:00 a 12:00 horas según el cronograma mencionado en el artículo anterior, resultando competente la misma para notificar a cada uno de los postulantes del orden de mérito resultante de la selección, el que será publicado diez días después de la fecha establecida para el inicio de evaluación de antecedentes y por el termino de cinco días, momento a partir del cual comenzará a correr todo plazo recursivo. ARTICULO 6º: La modalidad del concurso será por antecedentes y si la diferencia de puntaje entre los primeros en orden de mérito es menor al 25%, estos pasaran a al instancia de oposición. El puntaje máximo de oposición será del 50% del mayor puntaje obtenido y se sumara a los antecedentes. ARTICULO 7°: Los profesionales que acrediten domicilio con certificado de Residencia y Convivencia de la Policía de la Provincia de la Localidad que se esta llamado a concurso obtendrá un 10% extra del puntaje obtenido en la evaluación de antecedentes que se sumaran al puntaje que obtenga dicho participante. ARTICULO 8º: Los que obtenga los primeros lugares en el Orden de Merito, deberán desempeñar funciones:

- En la Maternidad Provincial en los lugares a designar por las autoridades del mismo - Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursan - Asignadas por los jefes superiores inmediatos y horario reglamentarios que fueran

necesarios para el mejor funcionamiento de los mismos. - Docentes y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el

cumplimiento de sus funciones. ARTICULO 9º: De producirse nuevas vacantes en la especialidad en el mencionado Hospital, el Orden de Merito resultante del presente concurso, se tendrá como referencia por un periodo de un año desde la ejecución del presente concurso. ARTICULO 10º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese en el libro de Resoluciones, remítase copia de la Resolución a la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, Secretaria de Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarias, Dirección Provincial de Hospitales, Dirección General de Asuntos Jurídicos, Sub- Dirección de Recursos Humanos, Maternidad Provincial, Hospital Pablo Soria, Hospital San Roque, Consejo de Médicos de Jujuy, Asociación Jujeña de Anestesiología.. Cumplido, archívese.-

P.V.A.

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

EXPTE. N° 700-1062/12 RESOLUCIÓN Nº 12523 -S. SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 SEP 2013

VISTO: Las presentes actuaciones por las que la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita el llamado a concurso de un cargo categoría A-30 Hs. para cumplir funciones de Cardiólogo a favor de la Maternidad Provincial, y CONSIDERANDO: Que, a fs.01 la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita se asigne cargo a favor de la Maternidad Provincial.

Que a Fs. 01 in fine el Sr. Secretario de Coordinación de Atención de la Salud autoriza el llamado a concurso.

Que a fs. 02/03 la Sub-Dirección de Recursos Humanos informa la disponibilidad del

cargo vacante y procede a la carga preventiva del mismo en el Sistema Provincial de Administración de Personal.

Que es indispensable y urgente iniciar con la cobertura de cargos requeridos para la

inminente apertura de la Maternidad Provincial. Que, el enorme esfuerzo que implica la ejecución de un concurso para el Estado

Provincial, aunado al tiempo que insume la puesta en marcha del procedimiento administrativo de designación del ganador generan la necesidad de imponer una restricción a la posibilidad de los agentes con designación en tramite o concluida, a participar de nuevos procesos de elección.

Que a los fines de la cobertura de cargos vacantes de Profesionales rigen las

disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135, sus modificatorias y Decreto Reglamentario.

Que, a fin de dar cumplimiento a lo establecido por las Leyes antes mencionadas, se debe realizar una convocatoria extraordinaria.

Por ello:

EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:

ARTICULO 1º: Autorizar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a llamar a Concurso Extraordinario de Antecedentes de Carácter Abierto de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135, sus modificatoria y Decreto Reglamentario, para la cobertura del siguiente cargo:

MATERNIDAD PROVINCIAL

Cargos Categoría

1 – MEDICO CARDIOLOGO A-30 HS.

ARTICULO 2º: Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Titulo Profesional habilitante, expedido por Universidad competente. 2. Constancia de Matricula habilitante expedida por el Consejo de Médicos de la Provincia de Jujuy

actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 3. Planilla Prontuarial actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 4. Fotocopia de la 1º y 2º pagina del DNI. 5. Examen Psicofísico (validez un (1) año, desde la fecha de su emisión). 6. Constancia de C.U.I.L. 7. Certificado de residencia emitido por la Policía de la Provincia de Jujuy. 8. ACREDITAR ESPECIALIDAD EN CARDIOLOGIA 9. Currículum Vitae con Documentación Personal, Antecedentes Profesionales y de Capacitación

acreditantes, si son copias deberán ser certificadas por Escribano Publico o Personal Autorizado de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, solo hasta el día previo al cierre del periodo de inscripción; dejando establecido que toda certificación de cursos deberá contar con firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y organismos oficiales o en su caso con la correspondiente personería jurídica de la institución para ser consideradas al momento de otorgar puntajes de las mismas.

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

//CDE. A RESOLUCIÓN Nº 12523 S- 2013

10. Presentar Nota de la Dirección Provincial de Personal en la cual deberá constar que el profesional no se encuentra con sumario Administrativo en trámite, salvo que hayan sido sobreseídos en el mismo.

11. No podrán participar del presente concurso los Profesionales que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependientes de este Ministerio. Tampoco podrán participar del mismo, los aspirantes que hubieran sido designados en cargos de PLANTA PERMANENTE en alguna de las Unidades precedentemente mencionadas, salvo que hubieran transcurrido cinco años desde la fecha de su designación hasta la fecha de la Resolución de llamado a concurso. La condición de los postulantes con relación al presente requisito deberá acreditarse mediante declaración jurada, al tiempo de la presentación de los demás requisitos del Concurso. Tal restricción no será aplicable a los profesionales con designación interina y los profesionales 24 hs. semanales.

12. Asimismo no podrán participar del presente concurso aquellos profesionales que hayan presentado recurso alguno a concursos anteriores que no se encuentren con trámite finalizado.

ARTICULO 3º: El Tribunal estará constituido de acuerdo a lo establecido en el Articulo 65 de la Ley 4135 y sus modificaciones. ARTICULO 4º: Se establece el siguiente cronograma:

- Apertura de Inscripción 16 de Septiembre de 2013 - Cierre de Inscripción 25 de Octubre de 2013 - Evaluación de Antecedentes 31 de Octubre de 2013

ARTICULO 5º: Los antecedentes deberán ser presentados en el Área de Recursos Humanos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, en las oficinas citas en el Pasaje Ernesto Claros N° 75 Depto. 16, en el horario de 08:00 a 12:00 horas según el cronograma mencionado en el artículo anterior, resultando competente la misma para notificar a cada uno de los postulantes del orden de mérito resultante de la selección, el que será publicado diez días después de la fecha establecida para el inicio de evaluación de antecedentes y por el termino de cinco días, momento a partir del cual comenzará a correr todo plazo recursivo. ARTICULO 6º: La modalidad del concurso será por antecedentes y si la diferencia de puntaje entre los primeros en orden de mérito es menor al 25%, estos pasaran a al instancia de oposición. El puntaje máximo de oposición será del 50% del mayor puntaje obtenido y se sumara a los antecedentes. ARTICULO 7°: Los profesionales que acrediten domicilio con certificado de Residencia y Convivencia de la Policía de la Provincia de la Localidad que se esta llamado a concurso obtendrá un 10% extra del puntaje obtenido en la evaluación de antecedentes que se sumaran al puntaje que obtenga dicho participante. ARTICULO 8º: El/la que obtenga el primer lugar en el Orden de Merito, deberá desempeñar funciones:

- En la Maternidad Provincial en los lugares a designar por las autoridades del mismo - Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa - Asignadas por los jefes superiores inmediatos y horario reglamentarios que fueran

necesarios para el mejor funcionamiento de los mismos. - Docentes y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el

cumplimiento de sus funciones. ARTICULO 9º: De producirse nuevas vacantes en la especialidad en el mencionado Hospital, el Orden de Merito resultante del presente concurso, se tendrá como referencia por un periodo de un año desde la ejecución del presente concurso. ARTICULO 10º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese en el libro de Resoluciones, remítase copia de la Resolución a la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, Secretaria de Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarios, Dirección Provincial de Hospitales, Dirección General de Asuntos Jurídicos, Sub- Dirección de Recursos Humanos, Maternidad Provincial, Hospital Pablo Soria, Hospital San Roque, Consejo de Médicos de Jujuy. Cumplido, archívese.-

P.V.A.

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

EXPTE. Nº 700-1052/12 RESOLUCIÓN Nº 12520 -S. SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 SEP 2013

VISTO: Las presentes actuaciones por las que la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita la cobertura de dos cargos categoría A (J-1). , a favor de la Maternidad Provincial, y CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 11719-S-2013, se autoriza el llamado a concurso de los cargos mencionados, el que resultara desierto por falta de postulantes que cumplimenten con los requisitos exigidos.

Que es indispensable y urgente iniciar con la cobertura de cargos requeridos para la inminente apertura de la Maternidad Provincial.

Que, el enorme esfuerzo que implica la ejecución de un concurso para el Estado

Provincial, aunado al tiempo que insume la puesta en marcha del procedimiento administrativo de designación del ganador generan la necesidad de imponer una restricción a la posibilidad de los agentes con designación en tramite o concluida, a participar de nuevos procesos de elección.

Que a los fines de la cobertura de cargos vacantes de Profesionales rigen las

disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135, sus modificatorias y Decreto Reglamentario.

Que, a fin de dar cumplimiento a lo establecido por las Leyes antes mencionadas, se debe realizar una convocatoria extraordinaria.

Por ello:

EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:

ARTICULO 1º: Autorizar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a llamar a Concurso Extraordinario de Antecedentes de Carácter Abierto de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135, sus modificatoria y Decreto Reglamentario, para la cobertura de los siguientes cargos:

MATERNIDAD PROVINCIAL

CARGO CATEGORIA 2-FARMACEUTICO A (J-1) ARTICULO 2º: Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Titulo Profesional habilitante, expedido por Universidad competente. 2. Constancia de Matricula habilitante expedida por el Consejo de Farmacéuticos de la Provincia de

Jujuy actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 3. Planilla Prontuarial actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 4. Fotocopia de la 1º y 2º pagina del DNI. 5. Examen Psicofísico (validez un (1) año, desde la fecha de su emisión). 6. Constancia de C.U.I.L. 7. Certificado de residencia emitido por la Policía de la Provincia de Jujuy. 8. Currículum Vitae con Documentación Personal, Antecedentes Profesionales y de Capacitación

acreditantes, si son copias deberán ser certificadas por Escribano Publico o Personal Autorizado de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, solo hasta el día previo al cierre del periodo de inscripción; dejando establecido que toda certificación de cursos deberá contar con firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y organismos oficiales o en su caso con la correspondiente personería jurídica de la institución para ser consideradas al momento de otorgar puntajes de las mismas.

9. Presentar Nota de la Dirección Provincial de Personal en la cual deberá constar que el profesional no se encuentra con sumario Administrativo en trámite, salvo que hayan sido sobreseídos en el mismo.

10. No podrán participar del presente concurso los Profesionales que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependientes de este Ministerio. Tampoco podrán participar del mismo, los aspirantes que hubieran sido designados en cargos de PLANTA PERMANENTE en alguna de las Unidades precedentemente mencionadas, salvo que hubieran transcurrido cinco años desde la fecha de su designación hasta la fecha de la Resolución de llamado a concurso. La condición de los

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

//CDE. A RESOLUCIÓN Nº 12520 S- 2013 postulantes con relación al presente requisito deberá acreditarse mediante declaración jurada, al tiempo de la presentación de los demás requisitos del Concurso. Tal restricción no será aplicable a los profesionales con designación interina.

11. Asimismo no podrán participar del presente concurso aquellos profesionales que hayan presentado recurso alguno a concursos anteriores que no se encuentren con trámite finalizado.

ARTICULO 3º: El Tribunal estará constituido de acuerdo a lo establecido en el Articulo 65 de la Ley 4135 y sus modificaciones. ARTICULO 4º: Se establece el siguiente cronograma:

- Apertura de Inscripción 16 de Septiembre de 2013 - Cierre de Inscripción 25 de Octubre de 2013 - Evaluación de Antecedentes 31 de Octubre de 2013

ARTICULO 5º: Los antecedentes deberán ser presentados en el área de Recursos Humanos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, en las oficinas citas en Pasaje Ernesto Claro N°75 Depto. 16, en el horario de 08:00 a 12:00 horas según el cronograma mencionado en los artículo anterior, resultando competente la misma para notificar a cada uno de los postulantes del orden de mérito resultante de la selección, el que será publicado diez días después de la fecha establecida para el inicio de evaluación de antecedentes y por el termino de cinco días, momento a partir del cual comenzará a correr todo plazo recursivo. ARTICULO 6º: La modalidad del concurso será por antecedentes y si la diferencia de puntaje entre los primeros en orden de mérito es menor al 25%, estos pasaran a al instancia de oposición. El puntaje máximo de oposición será del 50% del mayor puntaje obtenido y se sumara a los antecedentes. ARTICULO 7°: Los profesionales que acrediten domicilio con certificado de Residencia y Convivencia de la Policía de la Provincia de la Localidad que se esta llamado a concurso obtendrá un 10% extra del puntaje obtenido en la evaluación de antecedentes que se sumaran al puntaje que obtenga dicho participante. ARTÍCULO 8º: Los que obtenga los primeros lugares, deberán desempeñar funciones:

- De forma previa a la emisión del acto administrativo de designación deberá acreditar la

aprobación del plan de capacitación que establezca la Departamento Provincial de Farmacia

- En la Maternidad Provincial, en los lugares a designar por las autoridades del mismo. - Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa - Asignadas por los jefes superiores inmediatos y horario reglamentarios que fueran

necesarios para el mejor funcionamiento de los mismos. - Docentes y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el

cumplimiento de sus funciones. ARTICULO 9º: De producirse nuevas vacantes en la especialidad en el mencionado Hospital, el Orden de Merito resultante del presente concurso, se tendrá como referencia por un periodo de un año desde la ejecución del presente concurso. ARTICULO 10º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese en el libro de Resoluciones, remítase copia de la Resolución a la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, Secretaria de Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarios, Dirección Provincial de Hospitales, Dirección General de Asuntos Jurídicos, Sub- Dirección de Recursos Humanos, Maternidad Provincial, Hospital Dr. Héctor Quintana, Departamento Provincial de Farmacia, Consejo de Farmacéuticos de Jujuy. Cumplido, archívese.-

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

EXPTE. N° 700-233/13 RESOLUCIÓN Nº 12521 -S. SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 SEP 2013

VISTO: Las presentes actuaciones por las que la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita el llamado a concurso de un cargo categoría A (j-2) para cumplir funciones de Neonatologo a favor de la Maternidad Provincial, y CONSIDERANDO: Que, a fs.01 la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita se asigne cargo a favor de la Maternidad Provincial.

Que a Fs. 01 in fine el Sr. Secretario de Coordinación de Atención de la Salud autoriza el llamado a concurso.

Que a fs. 06/07 la Sub-Dirección de Recursos Humanos acredita la disponibilidad del

cargo y procede a la carga preventiva del mismo en el Sistema Provincial de Administración de Personal. Que es indispensable y urgente iniciar con la cobertura de cargos requeridos para la

inminente apertura de la Maternidad Provincial. Que, el enorme esfuerzo que implica la ejecución de un concurso para el Estado

Provincial, aunado al tiempo que insume la puesta en marcha del procedimiento administrativo de designación del ganador generan la necesidad de imponer una restricción a la posibilidad de los agentes con designación en tramite o concluida, a participar de nuevos procesos de elección.

Que a los fines de la cobertura de cargos vacantes de Profesionales rigen las

disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135, sus modificatorias y Decreto Reglamentario.

Que, a fin de dar cumplimiento a lo establecido por las Leyes antes mencionadas, se debe realizar una convocatoria extraordinaria.

Por ello:

EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:

ARTICULO 1º: Autorizar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a llamar a Concurso Extraordinario de Antecedentes de Carácter Abierto de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135, sus modificatoria y Decreto Reglamentario, para la cobertura del siguiente cargo:

MATERNIDAD PROVINCIAL

Cargos Categoría

1 – MEDICO NEONATOLOGO A (J-2) HS.

ARTICULO 2º: Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Titulo Profesional habilitante, expedido por Universidad competente. 2. Constancia de Matricula habilitante expedida por el Consejo de Médicos de la Provincia de Jujuy

actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 3. Planilla Prontuarial actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 4. Fotocopia de la 1º y 2º pagina del DNI. 5. Examen Psicofísico (validez un (1) año, desde la fecha de su emisión). 6. Constancia de C.U.I.L. 7. Certificado de residencia emitido por la Policía de la Provincia de Jujuy. 8. CONSTANCIA DE TITULO DE ESPECIALISTA EN NEONATOLOGIA; O RESIDENCIA

COMPLETA EN NEONATOLOGÍA; O ACREDITAR CURSADO DE POST GRADO DE CAPACITACION EN NEONATOLOGÍA DE UNA DURACIÓN MAYOR A DOS (2) AÑOS; RESIDENCIA EN PEDIATRIA.

9. Currículum Vitae con Documentación Personal, Antecedentes Profesionales y de Capacitación acreditantes, si son copias deberán ser certificadas por Escribano Publico o Personal Autorizado de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, solo hasta el día previo al cierre del periodo de inscripción; dejando establecido que toda certificación de cursos deberá contar con firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y organismos oficiales o en su caso

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

//CDE. A RESOLUCIÓN Nº 12521 S- 2013 con la correspondiente personería jurídica de la institución para ser consideradas al momento de otorgar puntajes de las mismas.

10. Presentar Nota de la Dirección Provincial de Personal en la cual deberá constar que el profesional no se encuentra con sumario Administrativo en trámite, salvo que hayan sido sobreseídos en el mismo.

11. No podrán participar del presente concurso los Profesionales que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependientes de este Ministerio. Tampoco podrán participar del mismo, los aspirantes que hubieran sido designados en cargos de PLANTA PERMANENTE en alguna de las Unidades precedentemente mencionadas, salvo que hubieran transcurrido cinco años desde la fecha de su designación hasta la fecha de la Resolución de llamado a concurso. La condición de los postulantes con relación al presente requisito deberá acreditarse mediante declaración jurada, al tiempo de la presentación de los demás requisitos del Concurso. Tal restricción no será aplicable a los profesionales con designación interina y los profesionales 24 hs. semanales.

12. Asimismo no podrán participar del presente concurso aquellos profesionales que hayan presentado recurso alguno a concursos anteriores que no se encuentren con trámite finalizado.

ARTICULO 3º: El Tribunal estará constituido de acuerdo a lo establecido en el Articulo 65 de la Ley 4135 y sus modificaciones. ARTICULO 4º: Se establece el siguiente cronograma:

- Apertura de Inscripción 16 de Septiembre de 2013 - Cierre de Inscripción 25 de Octubre de 2013 - Evaluación de Antecedentes 29 de Octubre de 2013

ARTICULO 5º: Los antecedentes deberán ser presentados en el Área de Recursos Humanos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, en las oficinas citas en el Pasaje Ernesto Claros N° 75 Depto. 16, en el horario de 08:00 a 12:00 horas según el cronograma mencionado en el artículo anterior, resultando competente la misma para notificar a cada uno de los postulantes del orden de mérito resultante de la selección, el que será publicado diez días después de la fecha establecida para el inicio de evaluación de antecedentes y por el termino de cinco días, momento a partir del cual comenzará a correr todo plazo recursivo. ARTICULO 6º: La modalidad del concurso será por antecedentes y si la diferencia de puntaje entre los primeros en orden de mérito es menor al 25%, estos pasaran a al instancia de oposición. El puntaje máximo de oposición será del 50% del mayor puntaje obtenido y se sumara a los antecedentes. ARTICULO 7°: Los profesionales que acrediten domicilio con certificado de Residencia y Convivencia de la Policía de la Provincia de la Localidad que se esta llamado a concurso obtendrá un 10% extra del puntaje obtenido en la evaluación de antecedentes que se sumaran al puntaje que obtenga dicho participante. ARTICULO 8º: El/la que obtenga el primer lugar en el Orden de Merito, deberá desempeñar funciones:

- En la Maternidad Provincial en los lugares a designar por las autoridades del mismo - Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa - Asignadas por los jefes superiores inmediatos y horario reglamentarios que fueran

necesarios para el mejor funcionamiento de los mismos. - Docentes y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el

cumplimiento de sus funciones. ARTICULO 9º: De producirse nuevas vacantes en la especialidad en el mencionado Hospital, el Orden de Merito resultante del presente concurso, se tendrá como referencia por un periodo de un año desde la ejecución del presente concurso. ARTICULO 10º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese en el libro de Resoluciones, remítase copia de la Resolución a la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, Secretaria de Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarios, Dirección Provincial de Hospitales, Dirección General de Asuntos Jurídicos, Sub- Dirección de Recursos Humanos, Maternidad Provincial, Hospital Pablo Soria, Hospital San Roque, Consejo de Médicos de Jujuy. Cumplido, archívese.-

P.V.A.

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

EXPTE. N° 700-589/12 RESOLUCIÓN Nº 12614 -S. SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 Sep. 2013

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita el llamado a concurso de cinco cargos categoría A-1 (I-1) a favor de la Maternidad Provincial, y

CONSIDERANDO:

Que, a fs.01 la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita se asignen cargos a favor de la Maternidad Provincial.

Que a Fs. 01 in fine el Sr. Secretario de Coordinación de Atención de la Salud autoriza el llamado a concurso.

Que a fs. 02/04 la Sub-Dirección de Recursos Humanos corrobora la disponibilidad de los cargos y procede a la carga preventiva de los mismos en el Sistema Provincial de Administración de Personal.

Que es indispensable y urgente iniciar con la cobertura de cargos requeridos para la inminente apertura de la Maternidad Provincial.

Que, el enorme esfuerzo que implica la ejecución de un concurso para el Estado Provincial, aunado al tiempo que insume la puesta en marcha del procedimiento administrativo de designación del ganador generan la necesidad de imponer una restricción a la posibilidad de los agentes con designación en tramite o concluida, a participar de nuevos procesos de elección.

Que a los fines de la cobertura de los cargos vacantes, se aplica de forma subsidiaria las disposiciones establecidas en la ley 4135, su modificatoria y Decreto reglamentario, por carecer la ley 4413 de disposiciones correspondiente al caso particular que nos ocupa.

Que, a fin de dar cumplimiento a lo establecido por las Leyes antes mencionadas, se debe realizar una convocatoria extraordinaria.

Por ello:

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Autorizar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a llamar a Concurso Extraordinario de Antecedentes de Carácter Abierto de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135, sus modificatoria y Decreto Reglamentario, para la cobertura de los siguientes cargos:

MATERNIDAD PROVINCIAL

Cargos Categoría

2 – PSICOLOGOS A-1 (i-1)

2 – FONOAUDIOLOGO A-1 (I-1)

1 – LIC. EN KINESIOLOGIA Y FISIOTERAPIA A-1 (I-1)

ARTICULO 2º: Los postulantes deberán acreditar los requisito particulares que a continuación se detallan, conforme el puesto para el que se postula, mas los requisitos generales detallados en el Articulo 3°

PSICOLOGOS: Requisito particular: a) ACREDITAR CAPACITACION DE POST GRADO EN TECNICAS DE TERAPIA BREVE DE

INTERVENCION INMEDIATA, CON EVALUACION FINAL APROBADA

b) ACREDITAR EXPERIENCIA DE CAMPO EN CONOCIMIENTO, DETECCION Y

DIAGNOSTICO DE SITUACIONES FAMILIARES.

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

//CDE. A RESOLUCIÓN Nº 12614 S- 2013

FONOAUDIOLOGO: Requisito particular:

a) ACREDITAR CAPACITACION DE POST GRADO EN FUNCIONES VEGETATIVAS Y

OTO-MOTORA

b) ACREDITAR EXPERIENCIA Y/O CAPACITACIÓN EN DETECCION Y DIAGNOSTICO

AUDIOLOGICO NEONATAL Y ASPECTOS DE LA COMUNICACIÓN.

LIC. EN KINESIOLOGIA Y FISIOTERAPIA: Requisito particular:

a) ACREDITAR CAPACITACION DE POST GRADO EN NEURO DESARROLLO Y

ATENCION TEMPRANA EN NEONATOS, CON EVALUACIÓN FINAL APROBADA. Se

computara para acreditar el presente requisito los certificados obtenidos en los últimos 5 años

desde la fecha de ejecución del concurso.

b) Para el supuesto de falta de postulantes que acrediten el requisito exigido en el punto

anterior, se admitirá la postulación de aquellos que acrediten CONCURRENCIA

AUTORIZADA POR AUTORIDAD COMPETENTE O ANTECEDENTES LABORALES EN

UN SERVICIO PUBLICO DE NEONATOLOGÍA DE ALTA COMPLEJIDAD. Se computara

para acreditar el presente requisito los certificados obtenidos en los últimos 5 años desde la

fecha de ejecución del concurso. (requisito subsidiario)

ARTICULO 3º: Requisitos generales:

1. Titulo Profesional habilitante, expedido por Universidad competente. 2. Constancia de Matricula habilitante expedida por el Consejo o Profesional de la Provincia de

Jujuy actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 3. Planilla Prontuarial actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 4. Fotocopia de la 1º y 2º pagina del DNI. 5. Examen Psicofísico (validez un (1) año, desde la fecha de su emisión). 6. Constancia de C.U.I.L. 7. Certificado de residencia emitido por la Policía de la Provincia de Jujuy. 8. Currículum Vitae con Documentación Personal, Antecedentes Profesionales y de Capacitación

acreditantes, si son copias deberán ser certificadas por Escribano Publico o Personal Autorizado de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, solo hasta el día previo al cierre del periodo de inscripción; dejando establecido que toda certificación de cursos deberá contar con firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y organismos oficiales o en su caso con la correspondiente personería jurídica de la institución para ser consideradas al momento de otorgar puntajes de las mismas.

9. Presentar Nota de la Dirección Provincial de Personal en la cual deberá constar que el profesional no se encuentra con sumario Administrativo en trámite, salvo que hayan sido sobreseídos en el mismo.

10. No podrán participar del presente concurso los Profesionales que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependientes de este Ministerio. Tampoco podrán participar del mismo, los aspirantes que hubieran sido designados en cargos de PLANTA PERMANENTE en alguna de las Unidades precedentemente mencionadas, salvo que hubieran transcurrido cinco años desde la fecha de su designación hasta la fecha de la Resolución de llamado a concurso. La condición de los postulantes con relación al presente requisito deberá acreditarse mediante declaración jurada, al tiempo de la presentación de los demás requisitos del Concurso. Tal restricción no será aplicable a los profesionales con designación interina.

11. Asimismo no podrán participar del presente concurso aquellos profesionales que hayan presentado recurso alguno a concursos anteriores que no se encuentren con trámite finalizado.

ARTICULO 4º: El Tribunal estará constituido de acuerdo a lo establecido en el Articulo 65 de la Ley 4135 y sus modificaciones.

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

/CDE. A RESOLUCIÓN Nº 12614 S- 2013

ARTICULO 5º: Se establece el siguiente cronograma:

- Apertura de Inscripción 25 de Septiembre de 2013 - Cierre de Inscripción 25 de Octubre de 2013 - Evaluación de Antecedentes Fonoaudiología 29 de Octubre de 2013 - Evaluación de Antecedentes Psicólogo 30 de Octubre de 2013 - Evaluación de Antecedentes Lic. Kinesiología 01 de Noviembre de 2013

ARTICULO 6º: Los antecedentes deberán ser presentados en el Área de Recursos Humanos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, en las oficinas citas en el Pasaje Ernesto Claros N° 75 Depto. 16, en el horario de 08:00 a 12:00 horas según el cronograma mencionado en el artículo anterior, resultando competente la misma para notificar a cada uno de los postulantes del orden de mérito resultante de la selección, el que será publicado diez días después de la fecha establecida para el inicio de evaluación de antecedentes y por el termino de cinco días, momento a partir del cual comenzará a correr todo plazo recursivo.

ARTICULO 7º: La modalidad del concurso será por antecedentes y si la diferencia de puntaje entre los primeros en orden de mérito es menor al 25%, estos pasaran a al instancia de oposición. El puntaje máximo de oposición será del 50% del mayor puntaje obtenido y se sumara a los antecedentes.

ARTICULO 8°: Los profesionales que acrediten domicilio con certificado de Residencia y Convivencia de la Policía de la Provincia de la Localidad que se esta llamado a concurso obtendrá un 10% extra del puntaje obtenido en la evaluación de antecedentes que se sumaran al puntaje que obtenga dicho participante.

ARTICULO 9º: Los que obtengan los primeros lugares en el Orden de Merito, deberá desempeñar funciones:

- En la Maternidad Provincial en los lugares a designar por las autoridades del mismo - Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa - Asignadas por los jefes superiores inmediatos y horario reglamentarios que fueran

necesarios para el mejor funcionamiento de los mismos. - Docentes y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el

cumplimiento de sus funciones.

ARTICULO 10º: De producirse nuevas vacantes en la especialidad en el mencionado nosocomio, el Orden de Merito resultante del presente concurso, se tendrá como referencia por un periodo de un año desde la ejecución del presente concurso.

ARTICULO 11º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese en el libro de Resoluciones, remítase copia de la Resolución a la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, Secretaria de Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarios, Dirección Provincial de Hospitales, Dirección General de Asuntos Jurídicos, Sub- Dirección de Recursos Humanos, Maternidad Provincial, Hospital Pablo Soria, Hospital San Roque, Colegio de Psicólogos de Jujuy, Colegio de Kinesiólogos, Colegio de Fonoaudiólogos, Departamento de Salud Mental. Cumplido, archívese.-

P.V.A.

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

EXPTE. N° 700-1064/12 RESOLUCIÓN Nº 12615 -S. SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 Sep. 2013

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita el llamado a concurso de un cargo categoría A-1, y

CONSIDERANDO:

Que, a fs.01 la Dirección General de Asuntos Jurídicos solicita se asigne un cargo categoría A-1.

Que a Fs. 01 in fine el Sr. Secretario de Coordinación de Atención de la Salud autoriza el llamado a concurso.

Que a fs. 02/02 la Sub-Dirección de Recursos Humanos corrobora la disponibilidad del cargo y procede a la carga preventiva del mismo en el Sistema Provincial de Administración de Personal.

Que es indispensable y urgente iniciar con la cobertura de cargos requeridos para la inminente apertura de la Maternidad Provincial.

Que, el enorme esfuerzo que implica la ejecución de un concurso para el Estado Provincial, aunado al tiempo que insume la puesta en marcha del procedimiento administrativo de designación del ganador generan la necesidad de imponer una restricción a la posibilidad de los agentes con designación en tramite o concluida, a participar de nuevos procesos de elección.

Que a los fines de la cobertura de los cargos vacantes, se aplica de forma subsidiaria las disposiciones establecidas en la ley 4135, su modificatoria y Decreto reglamentario, por carecer la ley 4413 de disposiciones correspondiente al caso particular que nos ocupa.

Que, a fin de dar cumplimiento a lo establecido por las Leyes antes mencionadas, se debe realizar una convocatoria extraordinaria.

Por ello:

EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE:

ARTICULO 1º: Autorizar a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a llamar a Concurso Extraordinario de Antecedentes de Carácter Abierto de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 4135, sus modificatoria y Decreto Reglamentario, para la cobertura de los siguientes cargos:

MATERNIDAD PROVINCIAL

Cargos Categoría

1 – LICENCIADO EN KINESIOLOGIA Y FISIOTERAPIA A-1 (I-1)

ARTICULO 2º: Los postulantes deberán reunir los requisitos particulares indicados en cada caso en el Articulo 1°, mas los siguientes requisitos generales:

1. Titulo Profesional habilitante, expedido por Universidad competente. 2. Constancia de Matricula habilitante expedida por el Consejo o Profesional de la Provincia de

Jujuy actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 3. Planilla Prontuarial actualizada (validez seis (6) meses, desde la fecha de emisión). 4. Fotocopia de la 1º y 2º pagina del DNI. 5. Examen Psicofísico (validez un (1) año, desde la fecha de su emisión). 6. Constancia de C.U.I.L. 7. Certificado de residencia emitido por la Policía de la Provincia de Jujuy. 8. ACREDITAR POST GRADO CON PRACTICA Y EVALUACION FINAL APROBADA EN UTI

PEDIATRICA Y NEONATAL Se computara para acreditar el presente requisito los certificados obtenidos en los últimos 5 años desde la fecha de ejecución del concurso. (Requisito Excluyente)

Para el supuesto de falta de postulantes que acrediten el requisito exigido en el inciso 8, se admitirá la postulación de aquellos que ACREDITEN CONCURRENCIA DEBIDAMENTE AUTORIZADA POR ORGANO COMPETENTE EN INSTITUCIONES PUBLICAS DE ALTA COMPLEJIDAD QUE CERTIFIQUEN FORMACION EN UTI PEDIATRICA Y NEONATALA. Se

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

//CDE. A RESOLUCIÓN Nº 12615 S- 2013 computara para acreditar el presente requisito los certificados obtenidos en los últimos 5 años desde la fecha de ejecución del concurso. (Requisito excluyente subsidiario)

9. Para el supuesto de falta de postulantes que acrediten el requisito exigido en los Incisos 8 y 9 sea admitirá la postulación de aquellos que ACREDITEN ANTECEDENTES LABORALES EN INSTITUCIONES PUBLICAS DE ALTA COMPLEJIDAD POR UN PERIODO MAYOR A UN AÑO, CON FUNCIONES EN EL SERVICIO DE UTI NEONATAL.- Se computara para acreditar el presente requisito los certificados obtenidos en los últimos 5 años desde la fecha de ejecución del concurso (Requisito Subsidiario)

10. Currículum Vitae con Documentación Personal, Antecedentes Profesionales y de Capacitación acreditantes, si son copias deberán ser certificadas por Escribano Publico o Personal Autorizado de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, solo hasta el día previo al cierre del periodo de inscripción; dejando establecido que toda certificación de cursos deberá contar con firmas, sellos o auspicios correspondientes de Instituciones y organismos oficiales o en su caso con la correspondiente personería jurídica de la institución para ser consideradas al momento de otorgar puntajes de las mismas.

11. Presentar Nota de la Dirección Provincial de Personal en la cual deberá constar que el profesional no se encuentra con sumario Administrativo en trámite, salvo que hayan sido sobreseídos en el mismo.

12. No podrán participar del presente concurso los Profesionales que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependientes de este Ministerio. Tampoco podrán participar del mismo, los aspirantes que hubieran sido designados en cargos de PLANTA PERMANENTE en alguna de las Unidades precedentemente mencionadas, salvo que hubieran transcurrido cinco años desde la fecha de su designación hasta la fecha de la Resolución de llamado a concurso. La condición de los postulantes con relación al presente requisito deberá acreditarse mediante declaración jurada, al tiempo de la presentación de los demás requisitos del Concurso. Tal restricción no será aplicable a los profesionales con designación interina y los profesionales 24 hs. semanales.

13. Asimismo no podrán participar del presente concurso aquellos profesionales que hayan presentado recurso alguno a concursos anteriores que no se encuentren con trámite finalizado.

ARTICULO 3º: El Tribunal estará constituido de acuerdo a lo establecido en el Articulo 65 de la Ley 4135 y sus modificaciones.

ARTICULO 4º: Se establece el siguiente cronograma:

- Apertura de Inscripción 25 de Septiembre de 2013 - Cierre de Inscripción 25 de Octubre de 2013 - Evaluación de Antecedentes 01 de Noviembre de 2013

ARTICULO 5º: Los antecedentes deberán ser presentados en el Área de Recursos Humanos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, en las oficinas citas en el Pasaje Ernesto Claros N° 75 Depto. 16, en el horario de 08:00 a 12:00 horas según el cronograma mencionado en el artículo anterior, resultando competente la misma para notificar a cada uno de los postulantes del orden de mérito resultante de la selección, el que será publicado diez días después de la fecha establecida para el inicio de evaluación de antecedentes y por el termino de cinco días, momento a partir del cual comenzará a correr todo plazo recursivo.

ARTICULO 6º: La modalidad del concurso será por antecedentes y si la diferencia de puntaje entre los primeros en orden de mérito es menor al 25%, estos pasaran a al instancia de oposición. El puntaje máximo de oposición será del 50% del mayor puntaje obtenido y se sumara a los antecedentes.

ARTICULO 7°: Los profesionales que acrediten domicilio con certificado de Residencia y Convivencia de la Policía de la Provincia de la Localidad que se esta llamado a concurso obtendrá un 10% extra del puntaje obtenido en la evaluación de antecedentes que se sumaran al puntaje que obtenga dicho participante.

ARTICULO 8º: El que obtenga el primer lugares en el Orden de Merito, deberá desempeñar funciones:

- En la Maternidad Provincial en los lugares a designar por las autoridades del mismo - Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa - Asignadas por los jefes superiores inmediatos y horario reglamentarios que fueran

necesarios para el mejor funcionamiento de los mismos. - Docentes y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el

cumplimiento de sus funciones.

Gobierno de

JUJUY MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio de

Salud

//CDE. A RESOLUCIÓN Nº 12615 S- 2013

ARTICULO 9º: De producirse nuevas vacantes en la especialidad en el mencionado nosocomio, el Orden de Merito resultante del presente concurso, se tendrá como referencia por un periodo de un año desde la ejecución del presente concurso.

ARTICULO 10º: Comuníquese, Publíquese, Regístrese en el libro de Resoluciones, remítase copia de la Resolución a la Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Planificación en Políticas y Regulación Sanitaria, Secretaria de Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarios, Dirección Provincial de Hospitales, Dirección General de Asuntos Jurídicos, Sub- Dirección de Recursos Humanos, Maternidad Provincial, Hospital Pablo Soria, Hospital San Roque, Colegio de Kinesiólogos,. Cumplido, archívese.-

P.V.A.