gestión empresarial y prevención de riesgos...

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Master en Ingeniería Medioambiental y Gestión del Agua 2007/2008 MÓDULO: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Gestión Empresarial y Prevención de Riesgos Laborales. Autor: Francisco Javier Blasco de Luna ©: Quedan reservados todos los derechos. (Ley de Propiedad Intelectual del 17 de noviembre de 1987 y Reales Decretos). Documentación elaborada por EOI.

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Master en Ingeniería Medioambiental y Gestión del Agua 2007/2008

Master en Ingeniería Medioambiental y Gestión del Agua. 2005-2006

MÓDULO: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Gestión Empresarial y Prevención de Riesgos Laborales.

Autor: Francisco Javier Blasco de Luna

©: Quedan reservados todos los derechos. (Ley de Propiedad Intelectual del 17 de noviembre de 1987 y Reales Decretos). Documentación elaborada por EOI.

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ÍNDICE:

INTRODUCCIÓN 3

ANTECEDENTES 4

Antecedentes históricos. 4

Conceptos 5

MARCO NORMATIVO 8

Ambito nacional Normativa internacional: Unión Europea

8

9

EVALUACIÓN Y NUEVO ESCENARIO. 18

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: EL DEBER GENERAL

DE PROTECCIÓN DEL EMPRESARIO.

22

RESPONSABILIDADES EMPRESARIALES EN MATERIA DE

PREVENCIÓN

25

CAUSAS Y COSTES DEL ABSENTISMO 32

GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 39

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN 49

EL PLAN DE PREVENCIÓN 53

AUDITORIAS DE PREVENCIÓN 65

RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA. 70

MÓDULO TÉCNICO. CONSEJOS DE SEGURIDAD. 74

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INTRODUCCIÓN La prevención de riesgos laborales en la empresa debe incluirse en un programa organizativo, superando de esta forma un concepto ya anclado en el pasado que entendía la prevención como un conjunto de acciones aisladas e independientes orientadas tan sólo al cumplimiento de una norma con el simple fin de evitar las consecuencias de su incumplimiento. De ahí, que la organización y/o gestión de la prevención es el marco de referencia de toda acción preventiva. Esta organización se asienta en un conjunto de principios básicos que, además de constituir su soporte formal, presuponen la asunción de una nueva cultura en la empresa en la que las cuestiones de seguridad, higiene y salud laboral adquieran una importancia relevante de cara a la calidad, productividad y cohesión social interna. La elaboración de un Plan de Prevención, que permita proteger a la empresa, personal y operaciones de eventuales contingencias y siniestros, no solo constituye una obligación legal, sino también un requisito indispensable para asegurar la sostenibilidad del negocio y la excelencia empresarial. El objetivo de este curso es el de dar a conocer el marco normativo de la prevención de riesgos laborales en nuestro país, aquellos aspectos del management más relacionados con la salud laboral, así como un acercamiento a la técnica preventiva.

Madrid, 05 de Junio de 2006

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ANTECEDENTES Antecedentes históricos. Mesopotamia: Código de Hammurabi (2100 a.C.) Libro del Deuteronomio (XXII - 8) Egipto, Israel, Mesopotamia. Normas sobre enfermedades profesionales (sílice…) Grecia y Roma: Hipócrates (s. V a.C.): enfermedades mineros por plomo. Plinio el Viejo (Historia Natural). S. I d.C. : describe algunas enfermedades profesionales y empleo de la careta Islam: Avicena estudio sobre cólicos por pinturas con plomo. España : S. XI - Actas catedralicias de León S. XIV - Cortes de Toro. Trabajo de menores 1512 - Rey D. Fernando 1536 - Emperador Carlos I Felipe II: Hospital trabajadores Monasterio del Escorial 1680 - Leyes de Indias 1778 - Novísima recopilación 1873: normas sobre trabajo de menores 1900: Ley de Accidentes de Trabajo 1919: Creación O.I.T. 1926: Código de Trabajo 1931: Constitución “social” 1931: Ley de Contrato de Trabajo 1932: Ley Seguro Obligatorio A.T. 1932: Reglamento Inspección de Trabajo 1938: Fuero del Trabajo 1940: Reglamento Seg. e Higiene Trabajo 1944: Comités Seguridad e Higiene 1956: Servicios Médicos de Empresa 1956: Reglamento Accidentes: recargo 1963: Ley de Seguridad Social 1966: Mutuas frente a Seguros Privados 1971: Ordenanza Seguridad e Higiene 1974: Texto Refundido Seguridad Social 1978: Constitución Española. Art. 40.2 1980: Estatuto de los Trabajadores 1981: Convenio 155 O.I.T. 1989: Directiva 89/391 1994: Ley General de la Seguridad Social 1995: Ley de Prevención de Riesgos Laborales

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1997: Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. 2003: Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. 2004: Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. Conceptos Concepto de Prevención: Conjunto de actividades orientadas a la conservación de la salud de las personas y de la integridad de los bienes en orden a evitar que se produzcan siniestros. Conjunto de actividades o medidas dirigidas a evitar o minimizar los riesgos laborales o derivados del trabajo. Clases:

1-Primaria en el diseño en el origen en el medio de transmisión sobre la persona

2-Secundaria 3-Terciaria Condiciones de Trabajo: Características del trabajo que pueden influir significativamente en la generación de riesgos laborales. Peligro: Todo aquello que puede producir un daño o deterioro de la calidad de vida individual o colectiva de las personas. Daño: Es la consecuencia producida por un peligro sobre la calidad de vida individual o colectiva de las personas. Riesgo laboral: Probabilidad de que ante un determinado peligro se produzca un cierto daño, pudiendo por ello cuantificarse.

CUADRO GENERAL DE PREVENCIÓN

ACCIDENTES DE TRABAJO

ENFERMEDAD PROFESIONAL

AMBIENTE O ENTORNO FÍSICO Seguridad en el trabajo Higiene Industrial

Medicina del Trabajo HOMBRE

Motivación, Formación y Adiestramiento

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Riesgo grave e inminente: Aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y que pueda suponer un daño grave para la salud. Accidente de trabajo. Suceso anormal, no querido ni deseado, que se presenta de forma brusca e inesperada, normalmente evitable y que interrumpe la continuidad del trabajo y causa lesiones a las personas. Enfermedad profesional. Es el deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador, producido por una exposición crónica a situaciones adversas, sean éstas producidas por el ambiente en que se desarrolla el trabajo o por la forma en que éste está organizado. Clases de accidentes:

• Graves • Mortales • Leves

Factores que definen la clase:

• Naturaleza de la lesión • Parte del cuerpo dañada • Origen de la lesión • Clase • Condición peligrosa • Agente del acccidente • Parte del agente

Estudio de la proporción de accidentes/ incidentes

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Consecuencias de los accidentes: AVERIA: Incidente sin potencialidad lesiva para las personas que ocurre en el trabajo. INCIDENTE: Suceso anormal, no querido ni deseado que se presenta en forma brusca. Inesperada e imprevista e interrumpe la actividad normal. Sin pérdidas aparentes ACCIDENTE BLANCO: sólo produce daños a los bienes, no a las personas ACCIDENTE ESTÁNDAR: con presencia de daños y lesiones. Técnicas de Prevención Principios Generales de Prevención (art. 15, Ley de Prevención)

• Evitar los riesgos • Evaluar los riesgos inevitables • Combatir los riesgos en el origen • Adaptar el trabajo a la persona • Tener en cuenta la evolución de la técnica • Sustituir lo peligroso • Planificar e integrar la prevención • Aplicar protección colectiva mejor que la individual • Dar debidas instrucciones a los trabajadores

Decálogo de la Prevención

1. Todos los accidentes pueden y deben evitarse 2. Liderazgo de la dirección 3. Los Trabajadores son los verdaderos actores 4. Formación, información, participación y consulta 5. Prevención y calidad de vida laboral 6. El control de los riesgos es un buen negocio 7. Integrar la seguridad en las fases de concepción, 8. producción y explotación 9. Todo accidente/incidente debe ser investigado; toda acción peligrosa/insegura

debe ser inspeccionada y corregida 10. Prevención y evolución de la técnica

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MARCO NORMATIVO: Constitución Española (27/XII/1978) Preámbulo Título Preliminar Título I. De los derechos y deberes fundamentales Cap.I - de los españoles y extranjeros Cap.II - Derechos y libertades Secc. 1ª derechos fundamentales y libertades públicas Secc. 2ª derechos y deberes de los ciudadanos Cap.III - Principios rectores de la política social y económica […] Título VIII. De la Organización territorial del Estado Cap. I- Principios generales Cap. II- De la Administración local Cap. III- De las Comunidades Autónomas …Título X Disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y final.

Principales artículos sobre PRL Art.9 - legalidad, seguridad jurídica… Art.10- dignidad, libre desarrollo personalidad… Art.14- Igualdad Art.15- Vida e integridad física Art.18- Honor, intimidad personal y familiar Art.53 - Garantías libertades y derechos fundamentales Art.41 - Régimen público Seg. Social Art.43 - Protección de la salud Art.45 - Medio Ambiente Art.49 - Minusválidos Art.50 - Tercera edad y pensiones Art.51 - Consumidores y usuarios Normativa internacional:

Organización Internacional del Trabajo 1918: Tratado de Versalles : Sociedad de Naciones y creación organismo (1919) 1944: declaración de Filadelfia: modernización 1946: nueva vinculación a la O.N.U. Conferencia General: convenios y recomendaciones Órganos:

Conferencia Internacional del Trabajo Consejo de Administración

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Oficina Internacional del Trabajo Director General Otras publicaciones: Repertorios de recomendaciones prácticas Guías Manuales Congresos Mundiales sobre Seguridad y Salud Principales Convenios de la O.I.T. 1. De carácter general: Convenio 155 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo 2. Protección por Razones subjetivas:

Mujeres embarazadas Menores

Razones objetivas: materiales peligrosos

radiaciones contaminantes ambientales

Razón de la actividad: trabajos nocturnos 3. De carácter sectorial

Trabajos en el mar Puertos Minas Construcción Comercio y oficinas

4. Convenios sobre inspección Normativa internacional: Unión Europea

Historia y organización 1949 Nace el Consejo de Europa 1951 Tratado de Paris: CECA 1957 Firma Tratado Roma: Acuerdos CEE y EURATOM 1986 Acta Única Europea (Febrero) Vigor 1987

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1986 Incorporación de España (Junio) 1992 Tratado de Maastricht: Unión Europea 1997 Tratado de Amsterdam Instituciones comunitarias: Parlamento Europeo Consejo de la unión Europea Comisión Europea Tribunal de Justicia de las CCEE Tribunal de Cuentas Europeo Banco Europeo de Inversiones Comité Económico y Social Comité de las Regiones Defensor del Pueblo Europeo Banco Central Europeo Tratado CEE : Título VIII. Política social. Arts. 117 y 118:

Artículo 117

Los Estados miembros convienen en la necesidad de promover la mejora de las condiciones de vida y de trabajo de los trabajadores, a fin de conseguir su equiparación por la vía del progreso.

Asimismo, consideran que dicha evolución resultará tanto del funcionamiento del mercado común, que favorecerá la armonización de los sistemas sociales, como de los procedimientos previstos en el presente Tratado y de la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas.

Artículo 118

Sin perjuicio de las restantes disposiciones del presente Tratado, y de conformidad con los objetivos generales del mismo, la Comisión tendrá por misión promover una estrecha colaboración entre los Estados miembros en el ámbito social, particularmente en las materias relacionadas con:

• el empleo;

• el Derecho del trabajo y las condiciones de trabajo;

• el Derecho del trabajo y las condiciones de trabajo;

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• la seguridad social;

• la protección contra los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales;

• la higiene del trabajo;

• el derecho de sindicación y las negociaciones colectivas entre empresarios y trabajadores.

A tal fin, la Comisión actuará en estrecho contacto con los Estados miembros, mediante estudios, dictámenes y la organización de consultas, tanto para los problemas que se planteen a nivel nacional como para aquellos que interesen a las organizaciones internacionales. Antes de emitir los dictámenes previstos en el presente artículo, la Comisión consultará al Comité Económico y Social.

Directivas Comunitarias : Eficacia interna Proceso de elaboración Programas de acción Primer programa 1978 Segundo Programa 1984 Tercer Programa 1987 Programa Acción de la Comisión 1990 Programa de la Comisión de 1991

COMISIÓN prepara documento de trabajo

COMITÉ CONSULTIVO PARA LA SEG., HIGIENE Y PROTECC. SALUD

DICTAMEN COMISIÓN BORRADOR DE DIRECTIVA

INFORME DE OTRAS DIRECCIONES

GENERALES

DECIDE EL CONSEJO DE MINISTROS

PUBLICACIÓN EN EL

DICTAMEN DEL PARLAMENTOEUROPEO Y COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL

COMISIÓN prepara documento de trabajo

COMITÉ CONSULTIVO PARA LA SEG., HIGIENE Y PROTECC. SALUD

DICTAMEN COMISIÓN BORRADOR DE DIRECTIVA

INFORME DE OTRAS DIRECCIONES

GENERALES

DECIDE EL CONSEJO DE MINISTROS

PUBLICACIÓN EN EL

DICTAMEN DEL PARLAMENTOEUROPEO Y COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL

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Directivas Comunitarias : Directivas con base al art. 100 A Tratado CEE Aparatos eléctricos e hidráulicos Carretillas automotoras Disolventes Plaguicidas… Directivas con base al art. 118 A Tratado CEE Lugares de trabajo Equipos de trabajo Agentes químicos Buques de pesca Pantallas de visualización... Directiva Marco 89/391/CEE : Ámbito de aplicación Definiciones Obligaciones de los empresarios Responsabilidades de los empresarios Servicios de Protección y Prevención Primeros Auxilios, lucha contra incendios Información a los trabajadores Consulta y participación Formación Obligación de los Trabajadores Fuentes del Derecho. Jerarquía normativa Art.1 Código Civil - ley, costumbre, principios generales del derecho, usos jurídicos Constitución española/ Normativa comunitaria Tratados Internacionales Leyes : leyes orgánicas leyes ordinarias Actos del gobiernos con fuerza de ley: Decretos legislativos Decretos leyes Reglamentos

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Ordenes Ministeriales Leyes y Decretos de las CCAA Ordenanzas locales Convenios Colectivos Contratos individuales Usos y costumbres locales y profesionales Principios Generales del Derecho Prestaciones del trabajador R.D. Legislativo 1/1995, 24/03, Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores R.D. 1561/1995, 21/09, sobre jornadas especiales de trabajo Obligación de carácter personal Obligación de hacer Condiciones: deber de diligencia y buena fe: deber de obediencia deber de rendimiento deber de fidelidad lealtad secretos profesional No concurrencia Régimen disciplinario Jornada y horario Normas generales Ampliaciones de jornada Limitaciones de jornada Trabajo nocturno Trabajo a turnos Ritmo de trabajo Horas extraordinarias Descansos, permisos y vacaciones R.D. Legislativo 1/1995, 24/03, Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores R.D. 1561/1995, 21/09, sobre jornadas especiales de trabajo Descanso semanal Fiestas laborales

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Permisos Otras interrupciones Vacaciones Obligaciones empresariales R.D. Legislativo 1/1995, 24/03, Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales R.D. Legislativo 1/1994, 20/06, Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social Obligaciones de Seguridad Social:

Inscripción empresarial Afiliación, altas/bajas de trabajadores Cotización a la S.S.

Obligaciones sobre Prevención de Riesgos Recargo de prestaciones Representación de los trabajadores en la empresa R.D. Legislativo 1/1995, 24/03, Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Ley Orgánica 11/1985, de Libertad Sindical Delegados de personal. Competencias Comités de Empresa. Competencias Secciones sindicales Delegados sindicales

50-100 trabajadores 5 miembros

101-250 9 miembros

251-500 13 miembros

501-750 17 miembros

751-1000 21 miembros

1000 y ss. 2/1000; máximo 75

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Seguridad Social R.D. Legislativo 1/1994, 20/06, Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social Prestaciones: contributivas no contributivas Regímenes de la Seguridad Social: General Especiales Gestión: Entidades gestoras INSS INSALUD INSERSO Servicios comunes: TGSS Entidades colaboradoras: MATEP Empresas colaborad. Prestaciones Régimen General. Contenido Asistencia sanitaria: maternidad, enfermedad común/profesional Recuperación profesional Prestaciones económicas incapacidad temporal invalidez contributiva/no contributiva. Jubilación contributiva/no contributiva. Desempleo Muerte y supervivencia Prestaciones familiares: por hijo a cargo contributiva./no contributiva. Servicios sociales: reeducación, rehabilitación… Mejoras voluntarias Ley de Prevención de Riesgos Laborales Fundamento Objeto Naturaleza Jurídica Organismos con competencias: Administraciones públicas laborales Administraciones públicas sanitarias Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (I.N.S.H.T.) Inspección de Trabajo y Seguridad Social Organizaciones empresariales/sindicales más representativas Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

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Fundación Mutuas de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional de la Seguridad Social (M.A.T.E.P.). Ámbito de aplicación. Exclusiones. Definiciones:

Prevención Riesgo laboral Daños derivados del trabajo Riesgo grave e inminente Procesos…potencialmente peligrosos Equipo de trabajo Condición de trabajo Equipo de Protección Individual (E.P.I.)

Obligaciones de los empresarios (Cap. III)

• Principios generales (arts. 14 y 15) • Equipos de trabajo (17.1) • E.P.I.´s (17.2) • Información a los trabajadores (18.1) • Formación de los trabajadores (19) • Medidas de emergencia (20) • Especiales en riesgo grave e inminente (21) • Vigilancia de la salud (22) • Obligaciones documentales (23) • Específica determinados trabajadores (25) • Protección maternidad (26) • Protección a menores (27) • Información y cooperación (24) • Trabajadores temporales y ETT´s (28)

Organización de la Prevención en la empresa Servicios de Prevención Propios Servicios de Prevención Ajenos. Acreditación Capacidades y aptitudes de los técnicos Auditorías Consulta, participación y representación Delegados de Prevención Comités de Seguridad y Salud Colaboración con la Inspección

50-100 trabajadores 2 Delegados 101-500 3

501-1000 4 1001-2000 5

2001-3000 6 3001-4000 7

4001 y ss. 8

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NORMATIVA APLICABLE Convenios Internacionales (Convenio155 de la OIT, etc.) Directivas y Reglamentos de la Comunidad Europea. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención 63 Reales Decretos 33 Ordenes Ministeriales 21 Resoluciones ministeriales Disposiciones de la Comunidades Autónomas y entidades locales … Guías técnicas, normas UNE...

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EVALUACIÓN Y NUEVO ESCENARIO. España: accidentes de trabajo 1993-2002

Total % Leves % Graves % Mortales %1993 967.583 537.848 525.793 10.939 1.116 429.735 1994 989.803 2,30 537.625 0,04 - 526.237 0,08 10.362 5,27 - 1.026 8,06 - 452.178 5,22 1995 1.101.270 11,26 589.661 9,68 578.110 9,86 10.543 1,75 1.008 1,75 - 511.609 13,14 1996 1.172.497 6,47 616.237 4,51 604.570 4,58 10.685 1,35 982 2,58 - 556.260 8,73 1997 1.276.835 8,90 676.644 9,80 665.181 10,03 10.393 2,73 - 1.070 8,96 600.191 7,90 1998 1.432.728 12,21 752.882 11,27 741.162 11,42 10.649 2,46 1.071 0,09 679.846 13,27 1999 1.606.999 12,16 867.772 15,26 854.923 15,35 11.739 10,24 1.110 3,64 739.227 8,73 2000 1.730.230 7,67 935.274 7,78 922.785 7,94 11.359 3,24 - 1.130 1,80 794.956 7,54 2001 1.812.507 4,76 958.493 2,48 945.480 2,46 11.992 5,57 1.021 9,65 - 854.014 7,43 2002 1.831.938 1,07 948.896 1,00 - 936.071 1,00 - 11.721 2,26 - 1.104 8,13 883.042 3,40

%Total % sin bajaAños con baja

- 2 0 0 . 0 0 0 4 0 0 . 0 0 0 6 0 0 . 0 0 0 8 0 0 . 0 0 0

1 . 0 0 0 . 0 0 0 1 . 2 0 0 . 0 0 0 1 . 4 0 0 . 0 0 0 1 . 6 0 0 . 0 0 0 1 . 8 0 0 . 0 0 0 2 . 0 0 0 . 0 0 0

1 9 9 3 1 9 9 4 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9 2 0 0 0 2 0 0 1 2 0 0 2

a c c i d e n te s t o ta le s a c c i d e n te s c o n b a ja a c c i d e n t e s s in b a j a

Industria % Construcción % Servicios %1993 537.848 209.071 99.124 197.768 31.885 1994 537.625 0,04 - 199.464 4,60 - 102.250 3,15 200.333 1,30 35.578 11,58 1995 589.693 9,68 215.533 8,06 117.490 14,90 218.147 8,89 38.491 8,19 1996 616.251 4,50 214.216 0,61 - 123.447 5,07 238.517 9,34 40.057 4,07 1997 676.673 9,80 226.142 5,57 137.068 11,03 268.859 12,72 44.575 11,28 1998 752.921 11,27 241.029 6,58 165.520 20,76 299.260 11,31 47.073 5,60 1999 867.824 15,26 265.054 9,97 207.673 25,47 347.893 16,25 47.152 0,17 2000 935.300 7,78 273.760 3,28 232.092 11,76 385.367 10,77 44.055 6,57 - 2001 958.501 2,48 268.537 1,91 - 243.841 5,06 405.031 5,10 41.084 6,74 - 2002 948.892 1,00 - 253.204 5,71 - 245.176 0,55 411.747 1,66 38.769 5,63 -

Años Total % agrariono agrario %

- 5 0 . 0 0 0

1 0 0 . 0 0 0 1 5 0 . 0 0 0 2 0 0 . 0 0 0 2 5 0 . 0 0 0 3 0 0 . 0 0 0 3 5 0 . 0 0 0 4 0 0 . 0 0 0 4 5 0 . 0 0 0

1 9 9 3 1 9 9 4 1 9 9 5 1 9 9 6 1 9 9 7 1 9 9 8 1 9 9 9 2 0 0 0 2 0 0 1 2 0 0 2

I n d u s t r ia C o n s t r u c c i ó n S e r v i c io s a g r a r i o

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Comunicación de la Comisión Europea (11.03.2002): “Como adaptarse a los cambios en la sociedad y en el mundo del trabajo: una nueva estrategia comunitaria de salud y seguridad (2002-2006)” Objetivo: crear más y mejores puestos de trabajo, misión que se marcó la Unión Europea en el Consejo de Lisboa de marzo de 2000. Los temas relacionados con el «cambiante mundo del trabajo» son:

► Cambios en las características de las empresas, su funcionamiento y los sectores de empleo,

► Cambios en las horas de trabajo y en los tipos de contrato,

► Cambios en la organización del trabajo,

► Uso de la tecnología de la información y la comunicación,

► Cambios en la composición de la población activa, con mayor porcentaje de

trabajadores de más edad y de mujeres. Cerca de 5.500 muertes y 4,8 millones de accidentes con resultado de más de tres días de incapacidad laboral. Los trabajadores más jóvenes son más propensos a sufrir accidentes laborales El grupo de edad de más de 55 años es el que sufre los accidentes más graves, con una tasa de mortalidad superior a la media europea Las nuevas enfermedades emergentes: estrés, depresión o la ansiedad, así como la violencia en el trabajo, el acoso y la intimidación, son responsables del 18 % de los problemas de salud asociados con el trabajo, una cuarta parte de los cuales implica dos semanas o más de ausencia del trabajo. Nuevo entorno: 1. Nuevos contaminantes, nuevos riesgos ... Alrededor de 32 millones de trabajadores están potencialmente expuestos a uno o más riesgos causados por los productos químicos.

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Existe un número estimado de 575.000 productos químicos y cada año se introducen cientos de productos nuevos. 2. La e-ergonomía y los trastornos músculo-esqueléticos Un 16% de las lesiones registradas se deben a manipulación de cargas pesadas y la mitad se deben a lesiones músculo-esqueléticas. Los accidentes de trabajo por sobreesfuerzo constituyen el 25% del total. La III Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo refleja que dos de las tres causas más importantes de los riesgos de seguridad son la fatiga y el mantenimiento de posturas forzadas. 3. Efectos de la nueva organización en las empresas Las nuevas modalidades empresariales Las pequeñas y medianas empresas han aumentado notablemente durante estos últimos años. Las estadísticas evidencian que son en éstas donde se producen los índices más altos de siniestralidad laboral. Fragmentaciones en las estructuras corporativas de las grandes empresas. Ello ha debilitado las responsabilidades típicas de una gestión empresarial centralizada. Cambios y reorganización en el trabajo Intensificación del trabajo derivado de una mayor productividad. Las nuevas tecnologías han conllevado la aparición de muchos profesionales que desarrollan su actividad laboral directamente desde sus hogares, con menor control en materia de seguridad y salud laboral. Creciente proceso de subcontratación a veces genera incertidumbre y confusión sobre la responsabilidad de la gestión preventiva. Crecimiento del sector servicios, donde se acumulan gran parte de las nuevas manifestaciones de riesgos profesionales. Cambios en las jornadas y contratos laborales La demanda de flexibilidad por parte del mercado y las empresas se suele corresponder con una flexibilidad en las horas de trabajo y un aumento de los contratos a tiempo partido o temporales.

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► Jornadas laborales ► Intensidad del trabajo ► Trabajadores a tiempo partido o media jornada (part-time); contratación temporal

Las nuevas tecnologías Se han desarrollado principalmente tres riesgos a tener en cuenta: Los problemas visuales, al pasar varias horas en frente de un monitor sin descansar o cuando éste no cumple los requisitos técnicos legales en materia de salud. Los desórdenes músculo esqueléticos, como dolores y lesiones en la espalda al adoptar malas posturas en la silla o en la mano, tras un uso intensivo del ratón. Los problemas cognitivos, derivados de la utilización de un software o hardware inadecuado o por la falta de información sobre su uso. Cambios en la composición de la población activa El aumento progresivo de los trabajadores de avanzada edad en plantilla, el incremento del porcentaje de mujeres trabajadores y el efecto de las corrientes migratorias en la UE. · Los trabajadores de avanzada edad. Para el año 2005, se espera que haya más trabajadores en torno a los 50 que a los 30 años. · El incremento del porcentaje de mujeres trabajadoras. · La inmigración: multitud de inmigrantes no cualificados, con escasa experiencia laboral y sin estudios; problemas lingüísticos para una adecuada formación preventiva. 4. Nuevos riesgos psicosociales

► Síndrome de Bournout ► Acoso moral y mobbing ► Violencia e intimidación en el entorno laboral ► Estrés ocupacional

5. Accidentes de tráfico y prevención En la categoría citada "accidentes de trabajo" , alrededor del 30% de los casos mortales suceden en la circulación. En cifras brutas representan alrededor de 5.000 muertos anuales .

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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: EL DEBER GENERAL DE PROTECCIÓN DEL EMPRESARIO.

PRINCIPIOS BÁSICOS EN LA GESTIÓN DEL RIESGO LABORAL. DECÁLOGO.

► Primer principio: todos los accidentes pueden y deben evitarse. ► Segundo principio: liderazgo de la dirección. ► Tercer principio: los trabajadores son los verdaderos actores de la prevención. ► Cuarto principio: formación, información, participación y consulta. ► Quinto principio: la prevención y la calidad de vida laboral. ► Sexto principio: el control de los riesgos es un buen negocio. ► Séptimo principio: integración de la seguridad en las fases de la concepción,

producción y explotación. ► Octavo principio: todo accidente e incidente ha de ser investigado. Toda acción

peligrosa y práctica insegura ha de ser inspeccionada y corregida. ► Noveno principio: normas de prevención y prácticas operativas. ► Décimo principio: prevención y evolución de la técnica.

EL DEBER GENERAL DE PROTECCION

EVALUACION DE RIESGOS

EQUIPOS DE TRABAJO Y PROTECCION INDIVIDUAL

INFORMACION, CONSULTA Y PARTICIPACION

FORMACION DE LOS TRABAJADORES

MEDIDAS DE EMERGENCIA

RIESGO GRAVE E INMINENTE

VIGILANCIA DE LA SALUD

DOCUMENTACION

COORDINACION DE LAS ACTIVIDADES

EMPRESARIALES

PROTECCION DE TRABAJADORES SENSIBLES

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SITUACIÓN NORMATIVA ACTUAL

► Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. ► Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la

prevención de riesgos laborales.

► Nuevos desarrollos:

Reglamento sobre trabajos peligrosos y riesgos especiales (presencia recursos preventivos) Modificación R.D. 928/98 Y R.D. 138/2000 (técnicos CC.AA.) Reforma reglamento Servicios de Prevención Reforma listado enfermedades profesionales Reforma tipos de cotización contingencias profesionales (epígrafes)

Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales.

Fundamento Objeto Naturaleza Jurídica Organismos con competencias Administraciones públicas laborales Administraciones públicas sanitarias Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo Inspección de Trabajo y Seguridad Social Organizaciones empresariales/sindicales más representativas Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo Fundación Nacional para la Prevención Mutuas de Accidentes de Trabajo ty Enfermedad Profesional Exclusiones Obligaciones de los empresarios (Cap. III)

Principios generales (arts. 14 y 15) Equipos de trabajo (17.1) Equipos de Protección Individual (17.2) Información a los trabajadores (18.1) Formación de los trabajadores (19) Medidas de emergencia (20) Especiales en riesgo grave e inminente (21) Vigilancia de la salud (22) Obligaciones documentales (23) Específica determinados trabajadores (25) Protección maternidad (26)

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Protección a menores (27) Información y cooperación (24) Trabajadores temporales y ETT´s (28)

Organización de la Prevención en la empresa Servicios de Prevención Propios Servicios de Prevención Ajenos. Acreditación Capacidades y aptitudes de los técnicos Auditorias Consulta, participación y representación Delegados de Prevención Comités de Seguridad y Salud Colaboración con la Inspección de Trabajo.

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RESPONSABILIDADES EMPRESARIALES EN MATERIA DE PREVENCIÓN. Tipología de las responsabilidades empresariales:

1. Responsabilidad Administrativa 2. Responsabilidad Civil 3. Responsabilidad Penal 4. Responsabilidad en materia de Seguridad Social 5. Responsabilidad disciplinaria laboral 6. Responsabilidad contractual

1. Responsabilidad Administrativa.

Fundamento: Incumplimiento de las obligaciones impuestas legal o convencionalmente en materia preventiva (art. 45 LPRL) Consecuencias (Art. 11 a 13 Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social): Multas Suspensión de la actividad o cierre del centro (art. 53 LPRL) Limitaciones a la facultad de contratar con las AA.PP. (art. 54 LPRL) Grados de las infracciones:

LEVES

INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES O DOCUMENTALES

LEVES

INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES O DOCUMENTALES

GRAVES

ACTOS QUE SUPONEN PELIGRO IMPORTANTE PARA LA SALUD DE

LOS TRABAJADORES

GRAVES

ACTOS QUE SUPONEN PELIGRO IMPORTANTE PARA LA SALUD DE

LOS TRABAJADORES

MUY GRAVES

ACTOS DE LOS QUE CON TODA PROBABILIDAD SE DERIVARÁ UN

DAÑO PARA LOS TRABAJADORES

PRESCRIBEN AL AÑO

PRESCRIBEN AL AÑO

PRESCRIBEN A LOS 3 AÑOSPRESCRIBEN A LOS 3 AÑOS

PRESCRIBEN A LOS 5 AÑOSPRESCRIBEN A LOS 5 AÑOS

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Multas:

Criterios de calificación:

► Peligrosidad de las actividades desarrolladas. ► El carácter permanente o transitorio de los riesgos. ► La gravedad de los daños. ► El número de trabajadores afectados. ► Las medidas de protección e instrucciones impartidas. ► El incumplimiento de advertencias o requerimientos de la I.T. ► La inobservancia de propuestas del S.P., D.P., O C.S.YS. ► La conducta general del empresario en orden a la observancia de normas de

prevención de riesgos laborales Actuación de la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social (año 2003): 100 millones de euros por infracciones (12,2 % sobre 2002) 28.400 actas de infracción (13,4 % sobre 2002) 2.153 paralizaciones de trabajos (3,2 % sobre 2002) 116.000 visitas a empresas (7,4 % sobre 2002) 176.000 infracciones detectadas (23,3 % sobre 2002)

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2. Responsabilidad civil. Fundamento: Deber jurídico de reparar el daño causado a un tercero Clases: Contractual: reparadora, derivada del AT y EP (art. 1101 Código Civil -C.C.-) Extracontractual: daños a terceros por incumplimiento de las obligaciones de prevención (art. 1903 C.C.) Consecuencias:

Indemnización de los daños corporales y morales, y de los perjuicios causados, a fijar por el juzgador 3. Responsabilidad Penal . Tipos:

► Delitos de lesión ( homicidios y lesiones) ► Delito específico de peligro (arts. 316, 317 y 318 Código Penal)

RESULTA EXCLUIDA

CASO FORTUITO

Y

FUERZA MAYOR

RESULTA EXCLUIDA

CASO FORTUITO

Y

FUERZA MAYOR

RESULTA MINORADA

COMPENSACIÓN DE CULPAS

RESULTA MINORADA

COMPENSACIÓN DE CULPAS

PUEDE ASEGURARSE

LAS ACTUACIONES QUE LA ORIGINAN PUEDEN SER

INDISTINTAMENTE:POR HACER O NO HACERPOR HACER O NO HACER

Realizadas VOLUNTARIAMENTE O

POR MERA IMPRUDENCIA

Realizadas VOLUNTARIAMENTE O

POR MERA IMPRUDENCIA

DE MERA ACTUACIÓN O CON PRODUCCIÓN DE

RESULTADO

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Tipo penal: mera creación de un peligro grave para la vida, salud o integridad física de los trabajadores; por no facilitar medio necesarios realizada voluntariamente o no. Desarrollada en los articulos: 316, 317 y 318 C.P.) ART. 316: Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de presión de 6 meses a 3 años y multa de seis a doce meses. ART. 317: Cuando el delito a que se refiere el artículo anterior, se cometa por imprudencia grave, será castigado con la pena inferior en grado. ART. 318: Cuando los hechos previstos en los artículos anteriores se atribuyeran a personas jurídicas, se impondrá la pena señalada a los administradores o encargados del servicio que hayan sido responsable de los mismos y a quienes conociéndolos y pudiendo remediarlo, no hubieren adoptado medidas para ello. Elementos del tipo: Infringir normas de prevención de riesgos laborales estando legalmente obligados. No facilitar medios de protección. Poner en grave peligro la vida o salud de los trabajadores.

Consecuencias: Privación de libertad y multas Responsabilidad civil subsidiaria Intervención de la empresa Suspensión de actividades o clausura de la empresa

Art. 316:

Art. 317:

Art: 318:

Voluntariamente

Por imprudencia grave

Personas físicas

Prisión de 6 meses a 3 años. Multa de 6 a 12 meses

Prisión de 3 a 6 meses. Multa de 3 a 6 meses

Art. 316:

Art. 317:

Art: 318:

Voluntariamente

Por imprudencia grave

Personas físicas

Prisión de 6 meses a 3 años. Multa de 6 a 12 meses

Prisión de 3 a 6 meses. Multa de 3 a 6 meses

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4. Responsabilidad en materia de Seguridad Social. Supuestos: Recargo de prestaciones (art. 123 LGSS) Recargo de cotizaciones (art. 108 LGSS) Abono de los gastos sanitarios (art. 197 LGSS) Responsabilidad directa del pago de las prestaciones 5. Responsabilidad contractual. Fundamento: Obligación contractual de proteger la salud e integridad del trabajador (art. 4.2, d) y 19 Estatuto de los Trabajadores) Consecuencias: Extinción indemnizada del contrato de trabajo a instancias del trabajador (art. 49.1, j) y 50 ET) Sujetos responsables

Disciplinaria laboral

TécnicoTrabajador

SÍDe Seguridad Social

SÍPenal

SÍCivil

SÍAdministrativa

EmpresarioResponsabilidad

Disciplinaria laboral

TécnicoTrabajador

SÍDe Seguridad Social

SÍPenal

SÍCivil

SÍAdministrativa

EmpresarioResponsabilidad

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Compatibilidad de las responsabilidades

Concurrencia de responsabilidades

► Los hechos probados en la jurisdicción contencioso-administrativa vinculan a la jurisdicción social.

► Si en vía administrativa, se detecta algún hecho, que además puede ser delito, el expediente administrativo, se paralizará y se informará de ello al Ministerio Fiscal para que inicie querella.

► Si el procedimiento penal, se determina que no hay delito, entonces se podrá proseguir el administrativo, sirviendo de base para éste, los hechos probados en el primero.

LEY 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Objetivos de la reforma

► Combatir la siniestralidad. ► Introducir la cultura preventiva no formal en las empresas. ► Integrar efectivamente la cultura preventiva en el proyecto empresarial ► Avanzar en el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

reformando el régimen de responsabilidad por incumplimiento. Elementos sustanciales de la reforma:

Compatible

Compatible

Compatible

SEGURIDAD SOCIAL

CompatibleCompatibleCompatibleSEGURIDAD SOCIAL

Incompat.CompatibleADTVA.

Incompat.CompatiblePENAL

CompatibleCompatibleIncompat.(derivada de delito)

CIVIL

ADTVA.PENALCIVIL

Compatible

Compatible

Compatible

SEGURIDAD SOCIAL

CompatibleCompatibleCompatibleSEGURIDAD SOCIAL

Incompat.CompatibleADTVA.

Incompat.CompatiblePENAL

CompatibleCompatibleIncompat.(derivada de delito)

CIVIL

ADTVA.PENALCIVIL

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§Ejecutar las medidas contenidas en el Acuerdo de Dialogo Social de 30-12-2002 § Reformas en la Ley de prevención de riesgos laborales.

► Medidas tendentes a conseguir una efectiva integración de la prevención en la empresa.

► Disponer la presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos del empresario, en determinados supuestos.

► Prever el desarrollo reglamentario del Artículo 24. § Reformas en la L.I.S.O.S. § Combatir el cumplimiento meramente formal o documental de las obligaciones empresariales en materia preventiva.

Ø Ampliar el abanico de sujetos responsables. Ø Se establecen tipos nuevos en materia de promotores, contratistas, integración de la prevención, falta de presencia de recursos preventivos, auditorias y pactos que pretendan eludir, en fraude de Ley, la responsabilidad solidaria.

§ Reforzamiento de la función inspectora, mediante la colaboración y apoyo de los Técnicos de las CC.AA.

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CAUSAS Y COSTES DEL ABSENTISMO.

Costes del Absentismo

FACTORESMÉDICOS

FACTORESEXTRAMÉDICOS

Prevención• Campañas preventivas• Reconocimientos médicos• Consulta médica

Control y seguimiento• Citaciones para revisión médica• Propuestas de alta• Intervenciones, pruebas diagnósticas

PERSONALES LABORALES SOCIALES

Tipo de trabajo Tamaño poblaciónCondiciones de trabajo Rural o urbano

Organización del trabajo a turnos Nivel desempleoAmbiente laboral Cobertura Social I.T.

Tamaño de empresa Factores geográficosEconomía de empresa Calidad Servicios de Salud

Complemento de I.T. PluriempleoTipo de contrato

EdadGénero

Estado civilFactores familiares

PersonalidadMotivaciónAntigüedad

Nivel o status??????

Costes de lesión y enfermedad:•Médicos•Costes de compensación (costes asegurados)

Gastos contabilizados por daño a la propiedad (costes sin asegurar):•· Daños a los edificios•· Daños al equipo y herramientas•· Daños al producto y material•· Interrupción y retrasos de producción•· Gastos legales • Alquiler de equipos de reemplazo •· Gastos de equipo y provisiones de emergencia

Costes misceláneos sin asegurar:•Tiempo de investigación•Salarios pagados por pérdida de tiempo•Costos de contratar y/o preparar personal de •reemplazo•Tiempo extra de supervisión•Tiempo de trámites administrativos•Menor producción del trabajador lesionado•Pérdida de prestigio y de posibilidades de hacer •negocios

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Pérdidas aleatorias 1. Pérdidas directas: Pérdidas sufridas por las personas en su integridad (ciudadanos, indemnizaciones, etc.) Perdidas por tiempos perdidos. Pérdidas de capital (destrucción instalaciones o equipos, etc.) Pérdidas de productos. Daños a los bienes ajenos (indemnización, reparaciones de emergencia, etc.) Daños al medio natural. Coste de la intervención (consumo agente extintor, etc.) 2. Pérdidas indirectas. De impacto inmediato: De producción (parada, etc.) Pérdida de beneficio por compra a precio de mercado de producto de entrega comprometida. Desmotivación y falta de eficacia en el trabajo. Eliminación de desecho o reprocesado de producto. Conflictos sociales de amplitud y duración variables. Restauración del medio natural. Establecimiento de medios excepcionales. De impacto a largo plazo: Pérdida de mercados. Condenas judiciales. Pérdida de imagen de marca. Efecto negativo opinión pública. Otras repercusiones negativas: modificaciones legislativa correctoras. Indemnizaciones diversas. Aumento de las primas de seguro. Sistemas bonus-malus. 3. Defectos de calidad en los productos, equipos y servicios. Pérdidas crónicas: efluentes de desecho y residuos.

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Costes de la Incapacidad Temporal :

0%

100%

75%COSTE PARA LA EMPRESA

COSTES A CARGO de laMUTUA DE

ACCIDENTES

Contingencias PROFESIONALESPROFESIONALES“Bajas por accidente”“Bajas por accidente”

Contingencias COMUNESCOMUNES“Bajas por enfermedad”“Bajas por enfermedad”

La “Baja” se prescribe por Médicos de la SEGURIDAD SOCIAL

Enfermedad Común(gripe, apendicitis, …)

Accidente No Laboral (deporte, bricolaje, etc.)

La “Baja” se prescribe por Médicos de las MUTUAS

Enfermedad Profesional(epicondilitis, tunel carpiano, …)

Accidente Laboral (en el trabajo, "in Itínere", etc.)

MUTUASMUTUASMUTUAS

Gestión Integral y exclusiva de MutuaGestión Compartida: Mutua / Servicios Públicos de Salud

PERIODO DE COBERTURAPERIODO DE COBERTURAPERIODO DE COBERTURA

COMPLEMENTO POR CONVENIO DE EMPRESA

COBERTURAPORLEGISLACIÓN

(Variable según convenios y % absentismo)

COMPLEMENTO POR CONVENIO DE EMPRESA

COMPLEMENTO POR CONVENIO DE EMPRESA

COBERTURAPORLEGISLACIÓN

(Variable según convenios y % absentismo)

Día 1Del 1-3 4 al 15

0%

16 al 20

60%

75%

100%

COSTE PARA LA EMPRESA

COSTES A CARGO de laMUTUA DE ACCIDENTES

(ó del INSS)

Mes 18º

?

0%

100%

75%COSTE PARA LA EMPRESA

COSTES A CARGO del

INSS

Mes 18º

ACCIDENTES DE TRABAJO

ENFERMEDADES PROFESIONALES

hh

Información económica disponible en las empresas % de centros de trabajoCostes asegurados: cuotas de seguro con la Mutua o el INSS 83,3Costes no asegurados de tiempo perdidos por compañeros y mandos 30,3Costes no asegurados de daños a instalaciones, equipos y materiales 23,7Costes de las actividades encaminadas a la prevención de riesgos laborales 23,4Costes no asegurados de disminución de la producción 19,9Costes no asegurados de primeros auxilios 16,2Costes no asegurados de sanciones administrativas y procesos judiciales 14,5Costes no asegurados de pérdida de imagen y mercado 8,8Otros costes no asegurados 12,4N.C. 6,7

DATOS ECONÓMICOS SOBRE COSTES DE ACCIDENTES DE TRABAJO

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Valoración de los costes del accidente El conocimiento del coste de los accidentes es muy estimables para evaluar con criterios empresariales las medidas de prevención que deben ponerse en práctica. Interesante es hallar los costes directos, teniendo en cuenta que éstos son 1/3 ó ¼ de los indirectos; se reducen a los costes médicos, costes de personal, daños a la propiedad y coste de las indemnizaciones. No se incluyen los costes que corren por cuenta de la entidad aseguradora del riesgo de accidente porque la empresa ha tenido la obligación únicamente de abonar las primas por tal contingencia.

COSTES TOTALES

FECHA REMITIDO A: Sr.

REALIZADO POR: Sr.

CORRESPONDE AL INFORME DE INVESTIGACIÓN Nº

INFORME VALORACIÓN DE COSTES Nº

Nº CONCEPTOS IMPORTE 1 Primeros auxilios 2 Desplazamientos

3 Clínica y servicios médicos exteriores

4 rehabilitaciones 5 6 7

COST

ES M

ÉDIC

OS

(A) TOTAL

1 Horas perdidas del accidentado

2 Horas perdodas del resto del personal

3 Horas extras

4 Complemeos de las prestaciones sociales

5 Contratación 6 Formación 7 Adiestramiento 8 Coste personal nuevo ingreso 9 10 11 12

COST

ES D

E PE

RSO

NAL

(B) TOTAL

Nº CONCEPTOS IMPORTE 1 Materias primas 2 Productos intermedios 3 Productos elaborados 4 Maquinaria e instalaciones 5 Edificios 6 7

DAÑ

OS

A LA

PR

OPI

EDAD

8 OBS

ERVA

CIO

NES

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(C) TOTAL

Nº CONCEPTOS IMPORTE

1 Sanciones administrativas 2 Recargo prestaciones por falta

de medidas de seguridad 3 Daños a terceros 4 Indemnizaciones 5 6 7

RES

PON

SABI

LID

ADES

Y

SAN

CIO

NES

(D) TOTAL

VALORACIÓN TOTAL = A + B + C + D = (COSTES REALES) Euros

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PÉRDIDAS PRODUCTO DE LOS ACCIDENTE

TIEMPO DEL TRABAJADOR LESIONADO 1. El trabajador lesionado pierde su

capacidad de producción. Esta pérdida en tiempo productivo no se recupera a través del reembolso de los beneficios de compensación del trabajador.

TIEMPO DEL COMPAÑERO DE TRABAJO 2. Los compeñaros de trabajo en el lugar

del accidente pierden tiempo, como también en el momento de trasladar al herido al botiquín o a la ambulancia.

3. Se pierde tiempo por las expresiones de lástima o curiosidad y por la interrupción del trabajo, al producirse la lesión, y más tarde, comentando el caso una y otra vez, intercambiando opiniones acerca de las causas, corriendo el rumor, etc.

4. Se produce pérdida de tiempo por un incidente, producto de la limpieza del lugar del hecho, la recolección de donaciones para ayudar al trabajador y a su familia y la asistencia a audiencias, etc. Se debe incluir también el costo de horas extra de los otros trabajadores que tienen que cubrir el trabajo del compañero lesionado, y el tiempo ocupado por el personal del equipo de Seguridad, en relación al accidente.

TIEMPO DEL MANDO DIRECTO El tiempo del mando directo que se suma al accidente, incluye: 5. Auxiliar al trabajador lesionado.

13. La efectividad del trabajador lesionado disminuye al retornar a su trabajo debido a: las restricciones, disminución de su eficiencia, sus impedimentos físicos.

14. La pérdida de las operaciones del negocio y del perstigio, las publicaciones negativas, el problema de lograr nuevos contratos, etc. Se constituyen en pérdidas típicas del caso.

15. Surgen gastos adicionales legales derivados de las comparecencias judiciales en relación a los beneficios de compensación, las demandas por responsabilidad civil, etc., las que requieren de la contratación de un abogado, distinto al gasto legal de la compañía de seguros y que se incluye en los costos directos.

16. Los costos pueden aumentar debido a las primas de seguros y a los ítems que aumentan los impuestos y que corresponden, respectivamente, a pequeños porcentajes anuales de las pérdidas importantes en que se ha incurrido, asimismo en los impuestos basados en el valor en pesetas de las pérdidas y que se cargan sobre las reservas.

17. Se deberían incluir los ítems misceláneos adicionales, los que podrían ser específicos para ciertas operaciones en particular y que se manifiestan como apropiados para aquellos casos específicos de accidente.

PÉRDIDA DE PROPIEDAD 18. gastos en el suministro de equipos y

recursos de emergencia. 19. Costos del equipo y de los materiales

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6. Investigar la causa del accidente: investigación inicial, seguimiento, investigación de cómo prevenir la repetición, etc.

7. Planificar la continuación del trabajo, obtener material nuevo, reprogramar.

8. Seleccionar e instruir a nuevos trabajadores, incluyendo la selección de candidatos al puesto, la evaluación de ellos, su entrenamiento o el de los trabajadores transferidos.

9. Preparar los informes del accidente: informes de las lesiones, informe del daño a la propiedad, informe de los incidentes, de las anomalías, de los accidentes de vehículos, etc.

10. Participar en las audiencias sobre el accidente.

PÉRDIDAS GENERALES 11. Se pierde tiempo de producción,

debido a la impresión, los shocks o las distintas manifestaciones de interés de los trabajadores, la baja de rendimiento de otros, los comentarios del hecho.

12. Se producen pérdidas como resultado de la detención de la maquinaria, de los vehículos, las plantas, las instalaciones, etc. Lo cual podría ser temporal o a largo plazo y que podría afectar al equipo como así mismo a la programación respectiva.

sustituidos. 20. Costos del material de reparación y de

las piezas de repuesto. 21. Costo del tiempo de las reparaciones y

del reemplazo de equipos en términos de pérdida de la productividad y retraso en la manutención planificada de otros equipos.

22. Costo de las acciones correctoras que no sean las de reparaciones.

23. Pérdidas por los repuestos en stocks y que estaban destinados a los equipos destruidos y que, por lo tanto, quedan obsoletos.

24. Costos proporcionales, tanto del equipo de rescate como del de emergencia.

25. Pérdidas de la producción durante el periodo de recuperación del trabajador, d la investigación, de la limpieza, de la reparación y de la información certificada.

OTRAS PÉRDIDAS 26. Multas, citaciones para embargos, etc.

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GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Evolución histórica Antigüedad, Edad Media y Edad Moderna Años 30: Prevención intuida Años 40: nacimiento de la Fiabilidad Años 50: Seguridad en los Sistemas Electrónicos Años 60: Primeros Métodos de Análisis Años 70: Seguridad en la Industria Nuclear Años 80: Cultura de la Prevención Años 90: Sistemas de Gestión de la Prevención

Años 30: Prevención intuida 1938: Civil Aeronautics Borrad. Prevención como arte y no como técnica científica 1937: Sistema recomendado en América para compilar y medir los resultados de las lesiones en el trabajo (ANSI: American National Standard Institution)

Años 40: nacimiento de la Fiabilidad Segunda Guerra Mundial: mejorar la fiabilidad de las creaciones antes que su seguridad

La fiabilidad de un sistema en serie es el producto de la fiabilidad de sus componentes y no la del menos fiable. Sistemas de misiles en Alemania y EEUU*

Años 50: Seguridad en los Sistemas Electrónicos EEUU: altos costes de las reparaciones (Guerra de Corea) NASA: incorpora la filosofia de la fiabilidad Primeras reglas para el cálculo del error humano

Años 60: Primeros Métodos de Análisis Dpto. Defensa EEUU: prevención y seguridad superan a la mera fiabilidad de los sistemas Energía nuclear y aviación: Diagrama de sucesos; árbol de fallos; análisis de modos y efectos de fallos

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Aspectos probabilísticos de los riesgos 1962: “Silent Spring” de Rachel Carson. Comienzo de la Crítica medioambiental.

Años 70: Seguridad en la Industria Nuclear 1975: primera evaluación del riesgo de la explotación de las centrales nucleares de Surry 1 y Peach Bottom 2 (EEUU) Preocupación social hacia las grandes tecnologías: accidentes de Seveso (Italia); Flixbotough (UK); Los Alfaques (España). 1978: primer estudio de seguridad en Canvey Island 1970: Occupational Safety and Health Act (OSHA) Creación del Indice de Incidencia Creación del National Institute of Occupational Safety and Health (NIOSH)

Años 80: Cultura de la Prevención Proliferación de estudios de seguridad en centrales nucleares. Directiva Seveso 82/501/CEE Creación del Consejo de Seguridad Nuclear en España (Ley 15/80) 1986: desastre del Challenger en EEUU. Falta de calidad y seguridad en el proyecto. Nace el concepto de SGP. Sinergias Q

Años 90: Sistemas de Gestión de la Prevención Integración de Sistemas Paso de la fiabilidad a la prevención Concepto de gestión como conjunto Nuevos modelos organizativos

Características del nuevo modelo prevencionista Prevención científica e interdisciplinar Prevención integrada de todos los riesgos en general Prevención integrada en el conjunto de las actividades de la empresa Prevención participativa

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Evolución del modelo. Factores clave : Mayor competitividad empresarial: tendencia a la reducción de costes económicos por daños derivados del trabajo Acción reivindicativa de los trabajadores y presión de agentes sociales Marco legal más específico Referencias de sistemas:

• ISO 9001: 2000. Sistemas de Gestión de la Calidad • ISO 14001: 1996. Sistema de Gestión Medioambiental • Reglamento Europeo 761/2001, de Auditoría y Gestión Medioambiental

(EMAS) • Proyecto de Directrices Técnicas de la OIT sobre sistemas de gestión de

la seguridad y salud en el trabajo • Sistemas de Responsabilidad Social SA 8000

Sistemas de Gestión de la Prevención BS 8800:1996 Guide to occupational health and safety management systems Technical Report NPR 5001: 1997 Guide to an occupational health and safety management system SGS & ISMOL ISA 2000: 1997 Requirements for Safety and Health Management Systems BVQI SafetyCert: Occupational Safety and Health Management Standard DNV Standard for Certification of Occupational Health and Safety M.S. 1997

AÑOS60 70 80 90

Mejora material y técnica

Mejora en los factores humanos

Mejora en la Organización

Implantación de un Sistema de Gestión

MEJORA DE LA SEGURIDAD

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Draft AS/NZ 4801 Occupational Health and Safety management systems - Specification with guidance for use UNE 81900. Familia de normas experimentales (1996) OHSAS 18001 - Occupational health and safety management systems - specification (1999) Premisas para la efectividad del sistema : El acto inseguro, la condición peligrosa y el accidente son “averías del sistema” Gestionar la prevención como cualquier otra función empresarial Hay actividades y fuentes que acumulan gran probabilidad de accidentes y deben

controlarse

La clave de la eficacia está en emplear técnicas de gestión que la hagan medible El SGPRL debe ajustarse a la cultura de la organización Requisitos del programa… Incluir un control de las actuaciones Involucrar a los mandos intermedios Evidenciar el compromiso de la dirección Contar con la participación de los trabajadores Ser flexible Ser percibido como positivo

Claves Prevención o Seguridad Integrada (LPRL. Art. 16) Prevención dinámica Importancia de la Implantación Planificación de la Prevención. Concepto: Proceso mediante el cual se establecen los objetivos y métodos para implantar la política de prevención de riesgos laborales. Está en relación con la asignación de recursos, establecer objetivos y decidir prioridades. Es una obligaciòn legal recogida en la LPRL (Art. 15 y art. 16.2) Planificación de la Prevención. Estructura: Plan Estratégico (objetivos, fines y prioridades) Políticas. (Subpolíticas). Procedimientos y Métodos Plan Operativo Global Plan Táctico Preventivo

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Planes Especiales Planificación de la Prevención. 8 Etapas:

1. Propuesta de implantación 2. Analizar la situación inicial 3. Establecer la estrategia de Prevención 4. Definir la Política de Prevención 5. Establecer la estructura organizativa 6. Elaborar el Plan 7. Implantar el Plan 8. Establecer el sistema de seguimiento

2. Analizar la situación inicial. Aspectos clave: Requisitos legales y reglamentarios Evaluación de la accidentalidad Examen de las prácticas y procedimientos Aprovechamiento de la investigación de accidentes

Instrumentos: Informes previos de prevención Cuestionarios Listas de comprobaciones Entrevistas y consultas Inspecciones y mediciones directas

Informe resultante. Elementos:

Naturaleza y alcance de los problemas Deficiencias detectadas Prioridades para su corrección Mejoras que pueden realizarse Métodos analíticos:

Auditorias de Seguridad Inspecciones Técnicas Evaluaciones de Riesgos Análisis estadísticos de la accidentalidad Análisis de los puestos de trabajo Estudios de gerencia de riesgos

3. Establecer la estrategia

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Contenidos:

Sentido general de las actuaciones a emprender Análisis y selección de las áreas de riesgo donde actuar Prioridades de actuación Asignación de recursos mediante análisis coste-beneficio

4. Definir la Política de Prevención Declaración de principios de la empresa de qué entiende por prevención y de qué quiere hacer…

• Declaración de principios • Compromisos gerenciales • Participación de la gerencia • Promulgación y difusión de la Política

8. Establecer el sistema de seguimiento. Herramientas:

• Auditorias técnicas o de gestión • Inspecciones reglamentaria de equipos • Revisiones periódicas departamentales • Registro de accidentes • Programas de mantenimiento • Sistemas de verificación, medición y ensayo • Control de costes debidos a incidentes

Planificación de la Prevención. Norma UNE 81905: 1997 EX. Establecer una manera debidamente organizada para conseguir un objetivo determinado, estableciendo plazos y medios, con la amplitud que se requiere* • Programa de Prevención (Plan de Prevención)

Documento que, debidamente autorizado, establece y formaliza la Política de Prevención de una empresa; recoge la normativa, la reglamentación y los procedimientos operativos, definiendo los objetivos de la Prevención y la asignación de responsabilidades y funciones a los distintos niveles jerárquicos de la empresa. Contenidos mínimos:

Estructura organizativa, responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos necesarios para llevar a cabo la Política

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Documentación necesaria (procedimientos e instrucciones) Implantación de dichos procedimientos e instrucciones.

Ventajas :

Ayudar a conseguir una cultura común Proporciona procedimientos para hacer efectivos objetivos y metas

vinculados a la Política Ayuda al cumplimiento legal Demostración de aptitud a las partes interesadas

Objetivos:

Declarar la Política de Prevención en la empresa y recoger la estructura

soporte que garantice su aplicación Definir los requisitos generales que deberá establecer la empresa para

garantizar la implantación y el funcionamiento del Plan de Prevención Definir las responsabilidades y las funciones en materia de seguridad, de

todos los niveles jerárquicos de la empresa Establecer los mecanismos adecuados para asegurar el cumplimiento de la

normativa y reglamentación vigente Presentar e informar sobre el nivel de Prevención alcanzado, y de los

objetivos y metas propuestas Servir de vehículo para la formación, la cualificación y la motivación del

personal

ESTRATEGIA

POLITICA PREVENTIVA

ORGANIZACIÓNPREVENTIVA

EVALUACIÓN DE RIESGOS

CONTROLPREVENTIVO

PLANIFICACIÓN:OBJETIVOS Y METAS

PROGRAMA DE GESTIÓN

AU

DIT

OR

IA D

EL S

ISTE

MA

DE

GES

TIÓ

N

MANUAL YDOCUMENTACIÓN

EVALUACIÓN INICIAL DE LA SITUACIÓN

UNE-EX-81900

PROCEDIMIENTOS DEL S.G.P.R.L.

•Gestión de registros•Gestión de documentación•Documentación y Notificación de Accidentes•Puesta a Disposición de trabajadores•Selección de Trabajadores•Procedimiento de Contratación•Seguimiento y vigilancia de la salud•Investigación de Accidentes de Trabajo•Comité de Seguridad y Salud - Reglamento•Formación del Peprsonal en Misión•Formación del personal estructural•Procedimiento de Información•Evaluación de Riesgos•Planificación de la Acción Preventiva•Manual de Autoprotección•Procedimiento de Acuerdos de Seguridad•Manual de Autoprotección•Auditorías Internas•Documentación de legislación aplicable•Servicio de Prevención Ajeno•Mutua de Accidentes de Trabajo y E.P.•Revisión y Desarrollo del S.G.P.R.L.

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OHSAS 18001 - Occupational health and safety management systems - specification (1999)

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Familia de normas UNE 81900 EX Son genéricas e independientes de cualquier organización o sector de actividad económica. Describen los elementos que deberían componer un Sistema de Gestión para la Prevención de Riesgos Laborales No describen cómo debería implantarse a una organización específica

UNE 81900: 1996 EX “Prevención de Riesgos Laborales: reglas para la implantación de un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales (S.G.P.R.L.)

UNE 81901: 1996 EX “Prevención de Riesgos Laborales: reglas generales para la evaluación de los sistemas de gestión de prevención de riesgos laborales (S.G.P.R.L.)

UNE 81902: 1996 EX “Prevención de Riesgos Laborales: Vocabulario UNE 81905: 1997 EX “Prevención de Riesgos Laborales: Guía para la

implantación de un sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales (S.G.P.R.L.)

PNE 81903 EX : PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. REGLAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. CRITERIOS PARA LA CUALIFICACIÓN DE LOS AUDITORES DE PREVENCIÓN.

PNE 81904 EX : PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. REGLAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. GESTIÓN DE LOS PROGRAMAS DE AUDITORIA

Norma UNE 81900: 1996 EX Comparte los principios generales de gestión que las normas de gestión de la calidad de la serie UNE-EN ISO 9000 y la norma de gestión medioambiental UNE 77-801-94. Sus fines son : o Evitar o minimizar los riesgos para los trabajadores o Mejorar el funcionamiento de las organizaciones o Ayudar a las organizaciones a la mejora continua de sus sistemas de gestión

Elementos Básicos del Sistema:

Responsabilidades

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• De la Dirección y Recursos • Revisión por la Dirección • Del personal, comunicación y formación

Evaluación de los riesgos

Planificación de la Prevención

• Los Objetivos y las Metas

• Programa de Gestión

• Manual y Documentación

EVALUACIÓN INICIALDE RIESGOS

NUEVA EVALUACIÓN

EVALUACIÓN PERIÓDICA

•Elección de equipos de trabajo, sustancias y preparados químicos•Introducción de nuevas tecnologías•Modificación en el acondicionamiento de lugares de trabajo•Cambio de las condiciones de trabajo•Incorporación de trabajadores cuyas características personales o estado biológico los hagan especialmente sensibles•Accidente de trabajo

CADA UNO DE LOS PUESTOS:•Condiciones de trabajo•Características

IDENTIFICACIÓN

ESTIMACIÓNDEL

RIESGOVALORACIÓN ¿PROCESO

SEGURO? NO

REVISIÓN

ADOPCIÓN DEMEDIDASPREVENTIVAS

CONCEPTOS AccionesPreventivas Prioridad Responsable Fecha inicial Coste

presupuestadoCoste real Desviación

Evaluación deRiesgos

123

Investigaciónde accidentes

123

Proteccionescolectivas

123

Formación123

Información123

Normas yProcedim ientos

123

Plan deemergencia

123

Coordinaciónde actividadesempresariales

123

Proteccionespersonales

123

Vigilancia dela salud

123

SUM AS:

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Manual y documentación de la gestión

• Manual

• Procedimientos

• Instrucciones Operativas*

• Registros*

Control de las actuaciones

• Activo

• Reactivo

• No conformidades y acciones correctoras

Registros de la prevención

Evaluación del sistema de gestión

• Auditorias

• Revisión del Sistema

ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN. ETAPAS:

1. Definir la función, grado de autonomía, responsabilidades y autoridad del órgano encargado de la función preventiva

2. Definir las relaciones entre el órgano encargado de la función preventiva y los restantes de la empresa

3. Estudio de la situación actual de la empresa

4. Elección de, entre todas las posibles, la estructura organizativa más idónea

5. Diseñar la estructura de dicha función en el ámbito de la empresa

6. Definir las funciones y responsabilidades de todos los elementos de la empresa

7. Diseñar los canales de información preventiva en la estructura de la organización

8. Redactar el Manual de Organización.

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Organización de la Prevención. Sin unidad de prevención :

• “Organización Lineal”

• Individualiza las responsabilidades

• Éstas se trasmiten jerárquicamente

• La Dirección debe poseer conocimientos en Prevención o contar con un equipo asesor

Organización de la Prevención. Con unidad de prevención :

1. Forma Staff

2. Forma Ejecutiva

3. Forma Mixta

DIRECCIÓNGENERAL

DIRECCIÓN DE

PRODUCCIÓN

DIRECCIÓN DE

RECURSOS HUMANOS

DIRECCIÓN DE

INGENIERÍA

Forma Forma Ejecutiva o “en línea”:

DIRECCIÓNDE

PREVENCIÓN

DIRECCIÓNGENERAL

DIRECCIÓN DE

…………………..

DIRECCIÓN DE

PRODUCCIÓN

DIRECCIÓN DE

RECURSOS HUMANOS

DIRECCIÓN DE

INGENIERÍA

UNIDADDE

PREVENCIÓN

Forma Staff

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Ventajas para las empresas:

Comercial -Facilita la penetración en el mercado -Mejora la imagen global de la empresa -Mejora la percepción por parte de clientes Producción -Mejora costes al eliminar errores -Mejora recursos de la empresa

Relaciones externas:

-Integración de nuestros proveedores en el SNG

Forma Mixta (prevención integrada)DIRECCIÓNGENERAL

DIRECCIÓN DE

PRODUCCIÓN

DIRECCIÓN DE

RECURSOS HUMANOS

DIRECCIÓN DE

INGENIERÍA

DIRECCIÓN DE

…………………..

UNIDADDE

PREVENCIÓN

Area……………..

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-Adaptación a normativa Comunitaria

Relaciones internas:

-Implicación toda la plantilla en la empresa

-Definición de responsabilidades

Organización preventiva. Obligación del empresario. Alternativas:

1. Asumirla personalmente

2. Designación de trabajadores

3. Servicio de Prevención Propio

4. Servicio de Prevención Ajeno

EMPRESARIO TRABAJADORESDESIGNADOS

SERVICIO DEPREVENCION

PROPIO

•Menos de 6trabajadores

•De 6 a 500trabajadores.

•De 6 a 250trabajadores

(actividades listadasen Anexo I)

•Más de 500trabajadores.

•Más de 250trabajadores

(Anexo I)Por decisión

autoridad laboral

SERVICIO DE PREVENCION AJENO

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Nuevas figuras (Ley de Prevención y Reglamento de los Servicios de Prevención):

• Servicios de Prevención

• Propio

• Ajeno

• Mancomunado

• Comités de Seguridad y Salud

• Entidades o personas auditoras

• Entidades formativas

Especialidades Servicio de Prevención:

1. Seguridad en el Trabajo

2. Higiene Industrial

3. Ergonomía y Psicosociología

4. Medicina del Trabajo

Niveles de cualificación

• Funciones de nivel básico

• Funciones de nivel intermedio

• Funciones de nivel superior

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EL PLAN DE PREVENCIÓN. SISTEMAS DE GESTIÓN. Ley 54/2003 de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Artículo 14.2 de la Ley de prevención de riesgos laborales: “En cumplimiento del deber de protección... el empresario realizará la Prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la Empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias”. “El empresario desarrollará una acción permanente de seguimiento de la Actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de los riesgos......” Art. 16: “la prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa a través de la implantación y aplicación de un Plan de prevención de riesgos laborales. Integración: Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Exposición de motivos; artículo 1.Integración de la actividad preventiva. Plan de Prevención: Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Exposición de motivos: “La planificación de la prevención desde el momento mismo del diseño del proyecto empresarial, la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo y su actualización periódica .... constituyen los elementos básicos del nuevo enfoque en la prevención de riesgos laborales que la Ley plantea” Reglamento 39/1997, de los Servicios de Prevención: artículo 2: Acción de la empresa en materia de prevención de riesgos “El establecimiento de una acción de prevención de riesgos integrada en la empresa supone la implantación de un plan de prevención de riesgos que incluya la estructura organizativa, la definición de funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para llevar a cabo dicha acción.

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Este Plan deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos en los términos que se establezcan reglamentariamente.” Planificación de la actividad preventiva: Reglamento 39/1997, de los Servicios de Prevención: Artículo 8.Necesidad de la planificación “Cuando el resultado de la evaluación pusiera de manifiesto situaciones de riesgo, el empresario planificará la actividad preventiva que proceda con objeto de eliminar o controlar y reducir dichos riesgos ...” Artículos 30, 36, 37 ... Mejora: Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: Artículo 18. Información, consulta y participación de los trabajadores. 2. [...] Los trabajadores tendrán derecho a efectuar propuestas al empresario, así como a los órganos de participación y representación previstos en el capítulo V de esta Ley, dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud en la empresa. Artículo 36. Competencias y facultades de los Delegados de Prevención. 1. Son competencias de los Delegados de Prevención: Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva. Procedimientos, procesos ... Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: artículo 16. Plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y planificación de la actividad preventiva. «1. [...] Este plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa, en los términos que reglamentariamente se establezcan.

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Sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales (UNE 81902:1996 EX): Es la parte del sistema general de gestión de la organización que define la política de prevención, y que incluye la estructura organizativa, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos para llevar a cabo dicha política. Para su elaboración se podrá contar con el asesoramiento de entidades especializadas. El Plan de Prevención deberá estar documentado y asumido por el empresario. Política de prevención (UNE 81902:1996 EX): Directrices y objetivos generales de una organización relativos a la prevención de riesgos laborales tal y como se expresan formalmente por la dirección. Planificación de la prevención (UNE 81902:1996 EX): Actividades que establecen los objetivos y especificaciones necesarias para desarrollar la acción preventiva y para la aplicación de los elementos del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales Mejora continua (UNE 81902:1996 EX): proceso programado, sistemático y periódico con el objeto de mejorar la gestión en materia de prevención de riesgos laborales de una organización, de acuerdo a su política en este campo de actividad. Fases de actuación:

1. Fase Inicial o preparatoria. 2. Fase Operativa o de aplicación. 3. Fase de Mantenimiento o continuidad.

1. Fase Inicial o preparatoria. Elaboración y elementos del plan de prevención Requisitos previos: - Información previa general (organización, características y complejidad del trabajo; análisis de siniestralidad) - Descripción de los riesgos genéricos del proceso productivo. Elaboración y elementos del plan de prevención

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Elementos:

► Determinación de compromisos y objetivos, que deberán estar integrados con el resto de objetivos de la empresa.

► Las prácticas, los procedimientos y los procesos. ► La descripción de la estructura organizativa de la empresa, que incluirá:

Modalidad organizativa de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas. Los nombramientos de personas con responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales (definición de funciones y recursos; necesidades de capacitación formativa). Articulación de los mecanismos de participación y consulta

2. Fase Operativa o de aplicación. Desarrollo de las actividades preventivas:

► Evaluación inicial de Riesgos ► Planificación de la actividad preventiva:

Formación e Información a trabajadores y/o sus representantes Medidas de emergencia Vigilancia de la Salud Adecuación de la organización preventiva

► Programación de actividades a desarrollar ► Documentación

3. Fase de Mantenimiento o continuidad:

► Evaluación de Riesgos ► Planes y programas de actuación preventiva, conforme a la planificación anual

establecida ► Controles de eficacia

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Enfoque reactivoFunciones aisladas

Nivel funcional

Seguridad = Coste

Enfoque Seguridad

Enfoque Preventivo

Prevención = Inversión

Enfoque proactivoGestión IntegradaNivel Estratégico

Enfoque reactivoFunciones aisladas

Nivel funcional

Seguridad = Coste

Enfoque Seguridad

Enfoque Preventivo

Prevención = Inversión

Enfoque proactivoGestión IntegradaNivel Estratégico

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Enfoque Referentes: ISO 9001: 2000. Sistemas de Gestión de la Calidad ISO 14001: 1996. Sistema de Gestión Medioambiental Reglamento Europeo 761/2001, de Auditoria y Gestión Medioambiental (EMAS) OHSAS 18001:99 Sistemas de gestión de la prevención de riesgos laborales Proyecto de Directrices Técnicas de la OIT sobre sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo Sistemas de Responsabilidad Social SA 8000

Esquema típico: 0.- INFORMACIÓN PREVIA DE LA EMPRESA 1.- OBJETO Y CONTENIDO 2.- ALCANCE 3.- POLÍTICA PREVENTIVA 4.- OBJETIVOS. 5.- ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN. 6.- RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES. 7.- ACTIV. ESENCIALES DEL PLAN DE PREVENCIÓN. NIVEL DE IMPLANTACIÓN Y PREVISIONES 8.- ESTRUCTURA DOCUMENTAL 9.- ANEXOS

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Aspectos importantes del Sistema de Gestión. Organización del sistema de prevención.

1.- Asunción personal por el empresario 2.- Designación de trabajadores. 3.- Servicios de prevención propios. 4.- Servicios de prevención ajenos. 5.- Servicio de Prevención Mancomunado

Adicionales a los anteriores :

1. Recursos preventivos ( Actividades de Riesgo) 2. Personas encargadas de la coordinación (R.D. 171/04) 3. Coordinadores del Plan de Prevención por Empresas 4. Coordinadores del Plan de Prevención por Centro de Trab.

Funciones y responsabilidades: Escala jerárquica :

► Dirección /gerencia ► Responsables operativos ► Mandos intermedios

EMPRESARIO TRABAJADORES DESIGNADOS

SERVICIO DE PREVENCION

PROPIO

•Menos de 6 trabajadores

•De 6 a 500 trabajadores.

•De 6 a 250 trabajadores

(actividades listadas en Anexo I)

•Más de 500 trabajadores.

•Más de 250 trabajadores

(Anexo I)Por decisión

autoridad laboral

SERVICIO DE PREVENCION AJENO

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► Trabajadores Posibilidades organizativas. 1. Organización de la Prevención. Sin unidad de prevención : “Organización Lineal”:

Individualiza las responsabilidades Éstas se trasmiten jerárquicamente La Dirección debe poseer conocimientos en Prevención o contar con un equipo asesor

2. Organización de la Prevención. Con unidad de prevención : Forma Staff Forma Ejecutiva Forma Mixta

DIRECCIÓNGENERAL

DIRECCIÓN DE

…………………..

DIRECCIÓN DE

PRODUCCIÓN

DIRECCIÓN DE

RECURSOSHUMANOS

DIRECCIÓN DE

INGENIERÍA

UNIDADDE

PREVENCIÓN

UNIDADDE

PREVENCIÓN

Forma Staff

DIRECCIÓNGENERAL

DIRECCIÓN DE

PRODUCCIÓN

DIRECCIÓN DE

RECURSOSHUMANOS

DIRECCIÓN DE

INGENIERÍA

Forma Forma Ejecutiva o “en línea”:

DIRECCIÓNDE

PREVENCIÓN

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Órganos asesores, consulta y participación:

► SERVICIO DE PREVENCIÓN (PROPIO / AJENO / TRABAJADOR DESIGNADO)

► COORDINADORES DE PREV. DE LA EMPRESA ► TRABAJ. ENCARGADOS DE LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA ► DELEGADOS DE PREVENCIÓN ► COMITÉ DE SEG. Y SALUD

Actividades esenciales.

1. Información, consulta y participación 2. Organización de la prevención 3. Política 4. Objetivos 5. Responsabilidades y funciones 6. Programaciones anuales 7. Evaluación de riesgos ( inicial y revisiones) 8. Planificación 9. Formación / información 10. Medidas de emergencia 11. Adquisiciones y compras 12. Prevención en el diseño de proyectos 13. Coordinación de actividades empresariales

Forma Mixta (prevención integrada)DIRECCIÓNGENERAL

DIRECCIÓN DE

PRODUCCIÓN

DIRECCIÓN DE

RECURSOSHUMANOS

DIRECCIÓN DE

INGENIERÍA

DIRECCIÓN DE

…………………..

UNIDADDE

PREVENCIÓN

UNIDADDE

PREVENCIÓN

Area……………..

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14. Trabajadores de E.T.T. 15. Vigilancia de la salud 16. Análisis de daños a la salud producidos 17. Control periódico de las condiciones de trabajo 18. Riesgos especiales 19. Memorias 20. Control del propio plan de prevención

¿Qué es un Plan de Prevención? Definición Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud según OHSAS: Aquella parte del sistema global de gestión que facilita la gestión de los riegos relativos a la S y SL asociados con las actividades empresariales de la organización. Esto incluye la estructura organizativa, las actividades de planificación, las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos para desarrollar, implementar, alcanzar, revisar y mantener la política de S y SL de la organización. Plan de Prevención según art. 2.1 del R.D. 39/1997: El establecimiento de una acción de prevención de riesgos integrada en la empresa supone la implantación de un plan de prevención de riesgos que incluya la estructura organizativa, la definición de funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para llevar a cabo dicha acción.

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¿Por qué debe participar la línea jerárquica? FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES EN PRL. ¿EN QUÉ PARTICIPA LA LÍNEA?

► Participa en la evaluación de riesgos ► Informa y forma (refresco) al personal: gestiona registros ► Hace observaciones del trabajo e inspecciones: gestiona registros ► Investiga accidentes: gestiona registros ► Informa sobre necesidades preventivas para objetivos y planes ► Participa en las compras (CE, fichas, etc..): gestiona registros ► Participa en inversiones (CE, evaluación...): gestiona registros ► Participa en suministro EPIs: gestiona registros ► Concede permisos de trabajo (descargos...): gestiona registros ► Coordina a contratas: gestiona registros ► Implanta acciones correctoras: gestiona registros

Aspectos más débiles de los sistemas de PRL: � Evaluaciones incompletas � Pobre planificación � Poca formación o mal orientada � Nula o incipiente integración � Ausencia de mecanismos prácticos de coordinación � Vigilancia de la salud aislada � Deficiente gestión de los registros

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AUDITORIAS DE PREVENCIÓN Fundamento legal: Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales. CAPÍTULO IV Servicios de prevención Artículo 30: Protección y prevención de riesgos profesionales :

6. El empresario que no hubiere concertado el Servicio de prevención con una entidad especializada ajena a la empresa deberá someter su sistema de prevención al control de una auditoria o evaluación externa, en los términos que reglamentariamente se determinen.

REAL DECRETO 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

• CAPÍTULO V. Auditorias • Artículo 29. Ámbito de aplicación • Artículo 30. Concepto y objetivos • Artículo 31. Documentación • Artículo 32. Requisitos • Artículo 33 . Autorización

Concepto de Auditoria Es un instrumento de gestión que consiste en la evaluación sistemática, documentada y objetiva de la eficacia del sistema de prevención, realizada de acuerdo con las normas técnicas establecidas o que puedan establecerse, teniendo en cuenta la información recibida de los trabajadores.

Objetivos • Comprobar cómo se ha realizado la evaluación inicial y periódica de los riesgos,

analizar sus resultados y verificarlos, en caso de duda. • Comprobar que el tipo y planificación de las actividades preventivas se ajusta a lo

dispuesto en la normativa general, así como a la normativa sobre riesgos específicos que sea de aplicación, teniendo en cuenta los resultados de la evaluación.

• Analizar la adecuación entre los procedimientos y medios requeridos para realizar las actividades preventivas mencionadas en el párrafo anterior y los recursos de que dispone el empresario, propios o concertados, teniendo en cuenta, además, el modo en que están organizados o coordinados, en su caso.

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Empresas obligadas Las empresas que no hayan concertado el servicio de prevención y/o la actividad preventiva con una entidad especializada, deben someter su sistema de prevención al control de una auditoria o evaluación externa, cuando como consecuencia de la evaluación de riesgos tengan que desarrollar actividades preventivas para evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo ...Las auditorias deben repetirse cada cinco años o cuando lo ordene la Autoridad Laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, en su caso de los órganos técnicos en materia preventiva de las Comunidades Autónomas, a la vista de los datos de siniestralidad o de otras circunstancias que pongan de manifiesto la necesidad de efectuar una revisión para verificar los resultados de la última auditoria.

Empresas excepcionadas No deben someterse a la auditoria las empresas de menos de seis trabajadores en las que concurran todos y cada uno de los requisitos :

• Que las actividades o trabajos no estén incluidos en el Anexo I • Que el empresario hubiera asumido personalmente las funciones preventivas

o designado trabajador/es • Que la eficacia del sistema preventivo sea evidente por erl limitado número

de trabajadores y la escasa complejidad de las actividades preventivas • Que se cumplimente y se remita a la Autoridad Laboral la notificación según

modelo establecido en el Anexo II

Reserva a favor de la autoridad laboral La Autoridad laboral, previo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y, en su caso, de los órganos técnicos en materia preventiva de las Comunidades Autónomas, podrá requerir la realización de una auditoria a las empresas referidas a la vista de la notificación citada, de la documentación obrante prevista en el artículo 7 y la situación individualizada de la empresa, de los datos de siniestralidad de la empresa o del sector, de informaciones o de otras circunstancias que pongan de manifiesto la peligrosidad de las actividades desarrolladas o la inadecuación del sistema de prevención. Documentación y desarrollo. La auditoria da lugar a un informe que la empresa debe tener a disposición de la autoridad laboral competente y de los representantes de los trabajadores.

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Sujetos capacitados: sólo las personas físicas o jurídicas que tengan conocimientos suficientes sobre la materia y aspectos técnicos objeto de la misma y cuenten con los medios adecuados. Cabe la posibilidad de recurrir a otros profesionales cuando la complejidad de las verificaciones así lo aconseje. SOLICITUDAUDITORÍA

Análisisdocumentación

Básica

Programa de Auditoría

Realizaciónde la

Auditoría

INFORMEAUDITORÍA

Designación Repte. AuditadoRecopilación/envíoinformación básica

Designación Auditor JefeSolicitud Documentación

Básica del Sistema

Notificaciónequipo auditor

¿Alguna NoAdecuación?

NOSÍ

Certificadode

Auditoría

Propuesta de medida correctora

Implantación medida correctora

AUDITORÍA DE VERIFICACIÓN

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Auditorías de Prevención. Objeto

Auditorias de Prevención. Contenido 1. Política Preventiva. Implantación. 2. Planificación de la Prevención Evaluaciones de riesgos Objetivos y metas Plan de Prevención 3. Organización Preventiva Funciones y responsabilidades. Niveles formativos. Servicio de Prevención y Trabajadores designados Equipos de emergencias 4. Consulta y participación Delegados de Prevención Comités de Seguridad y Salud 5. Información a los trabajadores 6. Requisitos de formación. Plan de formación

ESTRATEGIA

POLITICA PREVENTIVA

ORGANIZACIÓNPREVENTIVA

EVALUACIÓN DE RIESGOS

CONTROLPREVENTIVO

PLANIFICACIÓN:OBJETIVOS Y METAS

PROGRAMA DE GESTIÓN

AU

DIT

OR

IA D

EL S

ISTE

MA

DE

GES

TIÓ

N

MANUAL YDOCUMENTACIÓN

EVALUACIÓN INICIAL DE LA SITUACIÓN

UNE-EX-81900

PROCEDIMIENTOS DEL S.G.P.R.L.

•Gestión de registros•Gestión de documentación•Documentación y Notificación de Accidentes•Puesta a Disposición de trabajadores•Selección de Trabajadores•Procedimiento de Contratación•Seguimiento y vigilancia de la salud•Investigación de Accidentes de Trabajo•Comité de Seguridad y Salud - Reglamento•Formación del Peprsonal en Misión•Formación del personal estructural•Procedimiento de Información•Evaluación de Riesgos•Planificación de la Acción Preventiva•Manual de Autoprotección•Procedimiento de Acuerdos de Seguridad•Manual de Autoprotección•Auditorías Internas•Documentación de legislación aplicable•Servicio de Prevención Ajeno•Mutua de Accidentes de Trabajo y E.P.•Revisión y Desarrollo del S.G.P.R.L.

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7. Control de los riesgos inspecciones de seguridad equipos de protección individual revisión de equipos e instalaciones 8. Control periódico de las condiciones de trabajo Control higiénico y ergonómico de puestos de trabajo 9. Vigilancia de la salud Protocolos médicos 10. Investigación, registro y comunicación de accidentes 11. Coordinación de actividades empresariales Procedimentación información empresas Notificación accidentes y modificación condiciones trabajo 12. Documentación a disposición de la autoridad laboral Auditorias de Prevención. Valor ☺ Auditoria reglamentaria ☺ Auditoria de Seguimiento ☺ Auditoria de Excelencia Preventiva ☺ Auditoria de Control de Contratistas y Proveedores

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RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA.

Responsabilidad económica

Responsabilidad jurídica

Responsabilidad ética

Responsabilidad filántropica

Piramide de Archie Caroll

AccionistasDueños

Consejo de AdministraciónEmpleados

Organismos gubernamentales

Grupos ambientales

Instituciones financieras

Grupos de consumidores

Consumidores

Sindicatos de trabajadores Competidores

Grupos de Interés especial

Medios De información

Proveedores

Otros

La OrganizaciónAccionistasDueños

Consejo de AdministraciónEmpleados

Organismos gubernamentales

Grupos ambientales

Instituciones financieras

Grupos de consumidores

Consumidores

Sindicatos de trabajadores Competidores

Grupos de Interés especial

Medios De información

Proveedores

Otros

AccionistasDueños

Consejo de AdministraciónEmpleados

Organismos gubernamentales

Grupos ambientales

Instituciones financieras

Grupos de consumidores

Consumidores

Sindicatos de trabajadores Competidores

Grupos de Interés especial

Medios De información

Proveedores

Otros

La OrganizaciónAccionistasDueños

Consejo de AdministraciónEmpleados

Organismos gubernamentales

Grupos ambientales

Instituciones financieras

Grupos de consumidores

Consumidores

Sindicatos de trabajadores Competidores

Grupos de Interés especial

Medios De información

Proveedores

Otros

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Métodos: Modelo EFQM de Excelencia.

La Gestión EFQM de los RRHH �OBJETIVO: desarrollar todo el potencial de los empleados de la empresa. �Al servicio de la Calidad y la Innovación. �Buscando la satisfacción equilibrada y a largo plazo de:

�Los clientes. �Los empleados. �La Sociedad. �Los accionistas.

. . . es decir, la PERDURABILIDAD DE LA EMPRESA. �Practicando la Mejora Continua. Áreas relacionadas con la mejora de la calidad y la innovación:

► Selección de personal. ► Formación y desarrollo. ► Motivación. ► Comunicación. ► Participación.

INNOVACIÓN Y APRENDIZAJE

Liderazgo ProcesosResultados

Clave

Personas

Política y Estrategia

Alianzas y Recursos

Resultados en las

Personas

Resultados en los

Clientes

Resultados en la

Sociedad

AGENTES FACILITADORES RESULTADOS

INNOVACIÓN Y APRENDIZAJEINNOVACIÓN Y APRENDIZAJE

LiderazgoLiderazgo ProcesosProcesosResultados

ClaveResultados

Clave

PersonasPersonas

Política y EstrategiaPolítica y Estrategia

Alianzas y RecursosAlianzas y Recursos

Resultados en las

Personas

Resultados en las

Personas

Resultados en los

Clientes

Resultados en los

Clientes

Resultados en la

Sociedad

Resultados en la

Sociedad

AGENTES FACILITADORESAGENTES FACILITADORES RESULTADOSRESULTADOS

(FUNDACIÓN EUROPEA PARA LA GESTIÓN DE LA CALIDAD)

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¿Hemos de preocuparnos por la prevención de riesgos laborales?

► La Seguridad es una consecuencia de la Calidad. ► La gestión de los RRHH debe:

Implicarse firmemente en la mejora de la Seguridad. Incluir la Seguridad en los planes de formación, comunicación, participación, etc. Perseguir la integración de la Seguridad en el trabajo diario de las personas.

Iniciativas favorables

► Integrar la gestión de la PRL en el management empresarial. ► Incentivar el asesoramiento y la formación continua en PRL. ► Implicar a mandos en la supervisión. ► Profesionalizar la gestión y coordinación de la PRL ► Adaptación de la formación y entrenamiento. ► Fomentar la cultura preventiva.

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Ventajas para las empresas: Comercial -Facilita la penetración en el mercado -Mejora la imagen global de la empresa -Mejora la percepción por parte de clientes Producción -Mejora costes al eliminar errores -Mejora recursos de la empresa Relaciones externas: -Integración de nuestros proveedores en el SNG -Adaptación a normativa Comunitaria Relaciones internas: -Implicación toda la plantilla en la empresa -Definición de responsabilidades.

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MÓDULO TÉCNICO. CONSEJOS DE SEGURIDAD. Orden y limpieza en las áreas de trabajo Numerosos accidentes y lesiones que se achacan a otras "causas", tienen su origen en el poco orden y falta de limpieza de los puestos de trabajo. Cuando hacemos del orden y la limpieza una parte rutinaria pero insustituible de nuestro trabajo, hacemos que nuestra tarea sea:

• Más segura • Más fácil • Mejor acabada • Más amena

He aquí algunos consejos útiles: • Coloca siempre los desechos y la basura (según se vayan produciendo) en

recipientes adecuados. • No dejes objetos, ni permitas que los líquidos derramados permanezcan en el suelo. • Mantén los pasillos, escaleras y zonas de paso siempre limpios de obstáculos o, en

su caso, que se encuentren debidamente señalizados. • No sobrecargues las estanterías, recipientes y áreas de almacenaje. • Cuando termines de utilizar algo, recógelo. • Guarda de forma segura los objetos cortantes al terminar de usarlos. • Ser cauteloso con los productos tóxicos: mira en las etiquetas identificativas cómo y

dónde utilizarlos. • Para ser limpio no hace falta ser derrochador; no utilizar el WC como basurero;

cerrar bien los grifos; no arrojar al desagüe restos de pinturas, barnices, disolventes o aceites…

• Si fumas, hazlo sólo en las zonas permitidas. Utiliza los ceniceros y apaga bien las colillas.

• Es una buena práctica la utilización de papel reciclado para material de oficina; usar el papel por las dos caras y reutilizar los sobres para el correo interno.

• Procura ser tú mismo el supervisor de tu orden y limpieza.

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Analiza si:

EL TRABAJO. ¿Hay alguna forma de hacerlo mejor y más fácil? LOS MATERIALES. ¿Hay algún lugar para almacenarlos que resulte seguro y de fácil acceso? LOS MÉTODOS DE SEGURIDAD. ¿Tienes alguna sugerencia para mejorarlos en tu trabajo? ACTITUD EN TORNO A LA SEGURIDAD. ¿Sueles informar a tu supervisor de las situaciones de peligro?

POSTURAS Y MOVIMIENTOS Una vez ordenado adecuadamente el puesto de trabajo y su entorno, es importante analizar la postura y los movimientos al realizar la tarea.

• Si debes utilizar pantallas de visualización de datos, regula la misma evitando

reflejos (ventanas, luces del techo...), deslumbramientos o un excesivo brillo que te dañen la vista. Regula asimismo el ángulo y la distancia visual a la pantalla del ordenador.

• Para evitar el cansancio y la irritación ocular, sigue las siguientes recomendaciones:

− Efectúa pausas frecuentes y descansa la vista. − Mantén limpias las gafas, lentes de contacto y la pantalla. − Si utilizas un filtro de pantalla, debe limpiarse siguiendo las instrucciones

del fabricante. • Evita los giros e inclinaciones frecuentes de la cabeza utilizando porta-documentos. • En trabajos en posición de sentado, regula y coloca el asiento ajustándolo a la altura

de la mesa. Los muslos deben permanecer horizontales, con los pies bien apoyados en el suelo.

• Mantén la espalda recta. Deben evitarse los giros e inclinaciones frontales o laterales del tronco. Es importante al apoyo de la espalda en el respaldo, sobre todo en la zona lumbar.

• Mantén los brazos próximos al tronco y no desvíes ni flexiones excesivamente las muñecas.

• El teclado debe estar al mismo nivel de los codos y levemente inclinado para mantener relajadas las muñecas.

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• Es conveniente evitar posturas estáticas prolongadas, para ello, alterna las posturas

de pie y sentado. Tampoco son convenientes los movimientos bruscos o forzados. • Los objetos de mayor uso deben situarse dentro del área de máximo alcance,

evitándose posturas muy forzadas. • Asimismo, los movimientos repetitivos muy frecuentes de una misma parte del

cuerpo pueden originar trastornos articulares. Procura alternar estos movimientos con los de otras operaciones.

En caso de incendio Los fumadores han de ser especialmente precavidos con los cigarrillos y colillas. Deben asegurarse siempre que se ha apagado completamente, y no fumar allí donde esté expresamente prohibido. No debe sobrecargarse la instalación eléctrica enchufando muchos aparatos a una misma toma de corriente. No almacenes ni pongas material combustible próximo a los cuadros eléctricos. El centro de trabajo cuenta con un conjunto de medios técnicos para proteger a las personas frente a un posible incendio. Casi todos estos medios requieren un entrenamiento específico para su manejo. En cuanto al uso del EXTINTOR : • En el mismo va indicado la forma de utilizarlo. No esperar a

que ocurra el incendio para leer las instrucciones. • Mantenerlo accesible. No ocultarlo con cajas ni obstáculos. • No utilizar sustancias conductoras de electricidad (agua o

espuma) para fuegos en equipos eléctricos. • El polvo polivalente es un buen extintor, recomendado también

para fuegos de origen eléctrico y de combustibles sólidos • El CO2 es muy recomendable para apagar fuegos de origen

eléctrico y de combustibles sólidos, sin riesgo para los aparatos eléctricos, pues es un agente "limpio".

• Atendiendo a la clasificación de la Norma UNE 23010 los fuegos pueden ser : CLASE A: Fuegos de SÓLIDOS que arden produciendo brasas (maderas,

tejidos...) CLASE B: Fuegos de LÍQUIDOS o materiales que ardan en estado Líquido

(gasolina, aceite, queroseno...) CLASE C: Fuegos de materias en estado GASEOSO (butano, propano...)

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CLASE D: Fuegos de algunos productos químicos de gran reactividad o de METALES COMBUSTIBLES (Sodio, Aluminio en polvo)

CLASE E: Fuegos en presencia de TENSIÓN ELÉCTRICA. Modo de empleo de un extintor. La secuencia de uso de un extintor es la siguiente:

1. Colocarse a 2 metros del foco de incendio con el extintor a la altura de la cadera. 2. Apretar el gatillo del extintor atacando la base del fuego y barriéndolo desde el

punto más cercano al más lejano, moviendo la manguera en movimientos de zig-zag rápidos y horizontales.

3. Si el fuego es vertical, se realizará la misma operación pero de abajo a arriba. Como norma general, si adviertes un incendio no debes intentar apagarlo solo, salvo cuando sea un conato que no ofrezca ningún tipo de riesgo para tu persona. Activa el pulsador de alarma contraincendios más cercano y avisa inmediatamente al encargado de seguridad. No abras una puerta que se encuentre caliente, el fuego está próximo. De tener que hacerlo, ábrela muy lentamente. Si se te prenden las ropas, NO CORRAS, debes tenderte en el suelo y rodar. Si debes atravesar una zona amplia con mucho humo, procura ir agachado, la atmósfera será más respirable. Manejo manual de cargas

A veces es necesario desplazar o mover algún objeto pesado: muebles, ordenadores, cajas, etc. Una manipulación inadecuada puede producir lesiones, ya sean puntuales o acumulativas como lumbalgias, hernias, desgarramientos, ciática, lesiones de vértebras, golpes en diversas partes del cuerpo, caída del peso sobre los pies...

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Considera estos seis elementos a la hora de levantar un peso: 1. Abrir las piernas ligeramente y colocar los pies rodeando la carga que vas a levantar. 2. Flexionar las piernas y mantener la espalda derecha, no necesariamente vertical. 3. Mantener la barbilla cerca del cuerpo. No estirar el cuello. 4. Utilizar la palmas de las manos para agarrar fuertemente la carga procurando seguir

el contorno de la carga. 5. Situar los codos pegados al cuerpo y efectuar el levantamiento con la fuerza de la

musculatura de los muslos, nunca con los de la espalda. 6. Sitúa el peso cerca del cuerpo para centralizar el peso , así aprovecharás el apoyo

del tronco y ganarás en seguridad. Depositar las cargas adecuadamente: 1. Realizar la operación de bajada considerando las mismas recomendaciones que para

elevarlas. 2. No arrojar las cargas de cualquier modo. 3. No curvar la espalda; utilizar el mismo sistema de levantamiento de cargas pero a la

inversa. MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS: INSTRUCCIONES DE SEGURIDAD Debes tener en cuenta los siguientes principios : • Sólo deben ser utilizadas las herramientas por el personal autorizado para ello. • Respetar las instrucciones de empleo y mantenimiento.

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• Utiliza los dispositivos de protección, no los quites ni inutilices. • Vigila el buen estado de los componentes eléctricos de la herramienta. • No utilices herramientas defectuosas. Comunícalo al personal encargado. • Exige los equipos de protección individual (EPI´S) necesarios para su uso. • Asegúrate de guardarlas adecuadamente una vez finalizada la tarea. Seguridad frente a riesgos eléctricos • Antes de utilizar un aparato o instalación eléctrica, asegúrate de que está en perfecto

estado de conservación. • Opere únicamente sobre los órganos de mando. No alteres ni modifiques los

dispositivos de seguridad. • No manipules instalaciones o aparatos eléctricos mojados o húmedos. • En caso de fallos o anomalías, corta la corriente como primera medida. • Informa inmediatamente de las anomalías o averías detectadas.

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• No trates de hacer reparaciones en los equipos eléctricos. • Antes de utilizar equipos eléctricos, infórmate sobre las precauciones que hay que

adoptar para su empleo. • No abras nunca las protecciones o cubiertas de las instalaciones o equipos eléctricos.

Respeta la señalización. • Para trabajar cerca de una línea eléctrica, deben recibirse instrucciones de un

especialista-electricista. • Para trabajar cerca de una línea aérea o subterránea, hay que adoptar las

precauciones reglamentarias para evitar contacto con los cables. Equipos de Protección Individual (E.P.I.) Cuando las medidas colectivas de seguridad no son suficientes para tu protección, el uso de los EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL son la medida complementaria más eficaz para la prevención de los accidentes. Muchos de los accidentes ocurren cuando, por unos momentos, decidimos desprotegernos de estos equipos (EPI´S) bien sea por comodidad, por pereza o por desconocimiento de la gravedad de las consecuencias. Recuerda estos consejos:

• EL CASCO: Hay que usar el casco en TODOS los lugares y para TODOS los

trabajos que presenten riesgos de heridas en la cabeza por desprendimientos de materiales, herramientas, o choques.

• CALZADO: Usa zapatos o botas de seguridad con plantilla y puntera de acero para evitar los pinchazos, o los aplastamientos, cuando sea necesario.

• GUANTES: Usar guantes adecuados a los trabajos que se han de ejecutar para

evitar enfermedades de la piel, pinchazos,... • GAFAS: Utiliza gafas de protección, o pantallas para evitar las proyecciones en los

ojos de materiales o fragmentos, chispas, líquidos cáusticos, etc. • MÁSCARA RESPIRATORIA: Utilizar máscara respiratoria en los lugares donde

haya riesgo de emanaciones nocivas tales como gases, polvo, humos... • PROTECCIÓN DEL OÍDO: Utiliza las protecciones auditivas contra el ruido

previstas en la obra o taller, bien sean tapones auditivos desechables o bien orejeras en forma de "cascos".

• PRENDAS DE TRABAJO: Llevar las prendas bien ajustadas, no flojas, para evitar atrapamientos por máquinas o mecanismos en movimiento.

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No utilices prendas con manchas de aceite, grasientas, durante los trabajos de soldadura o aquellos que puedan arder fácilmente.

SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD

SEÑALES DE PROHIBICIÓN

SEÑALES DE OBLIGACIÓN

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SEÑALES DE ADVERTENCIA SEÑALES DE ADVERTENCIA

SEÑALES PARA EQUIPOS DE LUCHA CONTRA INCENDIOS

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SEÑALES DE SALVAMENTO O SOCORRO

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• Vínculos de prevención de riesgos laborales: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo: www.mtas.es/insht/ Occupational Safety & Health Administration (USA): http://www.osha.gov/ Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo: http://es.osha.eu.int/ Health and Safety Executive (Great Britain Commission ): http://www.hse.gov.uk Institut National de Recherche et de Sécurité http://www.inrs.fr/ Ministerio de Sanidad: http://www.msc.es/Diseno/medioAmbient/ambiente_salud_laboral.htm

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• Anexo: Casos prácticos