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Gestión de recursos humanos SOLUCIONARIO 4 UNIDAD 1: La relación laboral ACTIVIDADES INICIALES-PÁG. 7 1. ¿Sabes qué es el derecho laboral? ¿Y una norma jurídica? El derecho laboral o del trabajo es el conjunto de normas jurídicas que regula el trabajo asalariado y el sistema de relaciones laborales, abarcando el mercado de trabajo, la relación individual del trabajo y las organizaciones y actividades de los representantes de empresarios y trabajadores. La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación de un comportamiento, debiéndose obedecer de forma obligatoria, con respaldo de los poderes coercitivos de la Administración. 2. ¿Cómo responderías a la duda planteada por José Manuel acerca de las vacaciones? Responderemos a José Manuel que, efectivamente, aún dispone de quince días, pues el convenio colectivo mejora lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores. 3. ¿Qué principios de aplicación del derecho laboral emplearías para argumentar adecuadamente tu respuesta a la citada consulta de José Manuel? Respetándose el principio de jerarquía normativa y en aplicación del principio de norma más favorable, se regirá por lo dispuesto en el convenio. 4. ¿Cómo resolverías la consulta de Roberto? ¿Podrá este empresario contratar a su sobrino? Roberto puede contratar a su sobrino como peón albañil si se dan todas las notas características de la realidad de derecho laboral. Aunque se trata de un familiar de segundo grado, el supuesto no especifica que conviva con el empresario, por lo que no habría ningún problema ni podría considerarse una relación laboral excluida, a tenor del artículo 1.3 del Estatuto de los Trabajadores. Por otra parte, deberíamos señalar a Roberto que, en base al principio de irrenunciabilidad de derechos, lo que pretende hacer con su sobrino (renuncia al derecho de huelga) no es válido en derecho. Esas cláusulas son inadmisibles. 5. ¿Puede un trabajador renunciar a su derecho a huelga? Como se ha expresado, con fundamento en el principio de irrenunciabilidad de derechos no puede renunciarse al derecho de huelga, reconocido en la Constitución y en el Estatuto de los Trabajadores. 6. ¿Es posible, según nuestro ordenamiento, pagar a un trabajador un sueldo inferior al salario mínimo interprofesional vigente? ¿En base a qué principio? No, conforme al citado principio de irrenunciabilidad de derechos. En cuanto a los contratos temporales, el Estatuto de los Trabajadores aclara que la retribución no podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

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Gestión de recursos humanos SOLUCIONARIO

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UNIDAD 1: La relación laboral

ACTIVIDADES INICIALES-PÁG. 7

1. ¿Sabes qué es el derecho laboral? ¿Y una norma jurídica?

El derecho laboral o del trabajo es el conjunto de normas jurídicas que regula el trabajo asalariado y el sistema de relaciones laborales, abarcando el mercado de trabajo, la relación individual del trabajo y las organizaciones y actividades de los representantes de empresarios y trabajadores. La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación de un comportamiento, debiéndose obedecer de forma obligatoria, con respaldo de los poderes coercitivos de la Administración.

2. ¿Cómo responderías a la duda planteada por José Manuel acerca de las vacaciones?

Responderemos a José Manuel que, efectivamente, aún dispone de quince días, pues el convenio colectivo mejora lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores.

3. ¿Qué principios de aplicación del derecho laboral emplearías para argumentar adecuadamente tu

respuesta a la citada consulta de José Manuel?

Respetándose el principio de jerarquía normativa y en aplicación del principio de norma más favorable, se regirá por lo dispuesto en el convenio.

4. ¿Cómo resolverías la consulta de Roberto? ¿Podrá este empresario contratar a su sobrino?

Roberto puede contratar a su sobrino como peón albañil si se dan todas las notas características de la realidad de derecho laboral. Aunque se trata de un familiar de segundo grado, el supuesto no especifica que conviva con el empresario, por lo que no habría ningún problema ni podría considerarse una relación laboral excluida, a tenor del artículo 1.3 del Estatuto de los Trabajadores. Por otra parte, deberíamos señalar a Roberto que, en base al principio de irrenunciabilidad de derechos, lo que pretende hacer con su sobrino (renuncia al derecho de huelga) no es válido en derecho. Esas cláusulas son inadmisibles.

5. ¿Puede un trabajador renunciar a su derecho a huelga?

Como se ha expresado, con fundamento en el principio de irrenunciabilidad de derechos no puede renunciarse al derecho de huelga, reconocido en la Constitución y en el Estatuto de los Trabajadores.

6. ¿Es posible, según nuestro ordenamiento, pagar a un trabajador un sueldo inferior al salario mínimo

interprofesional vigente? ¿En base a qué principio?

No, conforme al citado principio de irrenunciabilidad de derechos. En cuanto a los contratos temporales, el Estatuto de los Trabajadores aclara que la retribución no podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

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ACTIVIDADES-PÁG. 8

1. Piensa en qué se diferencian una norma jurídica cualquiera, la que se te ocurra, y una norma religiosa,

moral o cívica. Explícalo con tus propias palabras.

El alumno/a debe ser capaz de ver que la norma jurídica es aquella que elabora el Estado y cuyo

cumplimiento resulta exigible a través de los medios coercitivos que el propio Estado posee.

Evidentemente, esto no ocurre con una norma religiosa, moral o cívica.

2. Señala si será objeto del derecho del trabajo:

• La determinación de daños y perjuicios causados por calumnias vertidas en un programa de

televisión.

No.

• Las relaciones existentes entre sindicatos y afiliados.

Sí.

• Las relaciones entre sindicatos y no afiliados.

Sí.

• La determinación de la composición del salario de un trabajador.

Sí.

• La determinación, por parte de un juez, de pensiones en caso de divorcio para la manutención de los

hijos.

No.

• La delimitación de penas de prisión por homicidio.

No.

ACTIVIDADES-PÁG. 13

3. ¿Por qué una ley orgánica regula la libertad sindical? ¿Por qué el Estatuto de los Trabajadores se

aprueba mediante una ley ordinaria? ¿Podría haberse aprobado mediante un reglamento?

Por ley orgánica se regularán, entre otros, los derechos fundamentales y las libertades públicas. La libertad sindical viene reconocida, dentro de la Constitución española, en el artículo 28, Título I, Capítulo II, Sección 1.ª, donde se recogen precisamente los derechos fundamentales y las libertades públicas. Por ello debe ser desarrollada por Ley orgánica. Sin embargo, el derecho a trabajar viene reconocido en el artículo 35, dentro de la sección 2.ª (derechos y deberes de los ciudadanos). Además, la redacción del propio artículo 35, en su párrafo segundo, recoge que «La ley regulará un Estatuto de los Trabajadores». Sería imposible que se aprobara dicho estatuto mediante un reglamento, norma jurídica aprobada por el gobierno en desarrollo de disposiciones de mayor rango, como las leyes.

4. Estás trabajando en el departamento de recursos humanos de una empresa. Una mañana, suena el

teléfono y resulta ser un trabajador que, habiendo sido contratado ese mismo mes, acaba de leer

detenidamente su contrato de trabajo y el convenio colectivo de aplicación y descubre que estos

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documentos no recogen cuándo se ha de hacer efectivo el pago del salario ni el lugar donde se producirá

el mismo. Tienes conocimiento de que, desde hace años, la empresa realiza el abono de forma habitual el

día 28 de cada mes y en el propio centro de trabajo.

¿Qué respondes al trabajador? ¿A qué fuente del derecho laboral le remites?

Cobrará el día 28 de cada mes, de acuerdo con esa costumbre local y profesional reconocida. Puede ser alegada, por tanto, como fuente de derecho laboral en ausencia de otras normas jurídicas de mayor rango. En derecho laboral, la costumbre debe ser local y profesional y suponer la reiteración de conductas que generen obligación para las partes.

5. Determina cuáles de las siguientes normas regulan, a tu parecer, aspectos relacionados con el derecho

del trabajo:

• Ley Orgánica de Universidades.

No.

• Reglamento de régimen interno de tu IES.

No.

• Estatuto de los Trabajadores.

Sí.

• Código Penal.

No.

• Código Civil.

No (solo podría aplicarse subsidiariamente).

• Constitución española.

Sí.

• Un convenio colectivo.

Sí.

• Reglamento general de la circulación.

No.

• Ley de prevención de riesgos laborales.

Sí.

6. Ordena jerárquicamente las siguientes normas, que regulan aspectos relacionados con el derecho del

trabajo:

• El convenio colectivo del sector.

• La Constitución española.

• El Estatuto de los Trabajadores.

• El contrato de trabajo.

• Los usos y costumbres locales.

• La Ley orgánica de libertad sindical.

• La Ley de prevención de riesgos laborales.

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• La Ley orgánica de protección de datos de carácter personal.

El orden de las normas será el siguiente:

— La Constitución española.

— La Ley orgánica de libertad sindical.

— La Ley orgánica de protección de datos de carácter personal.

— El Estatuto de los Trabajadores.

— La Ley de prevención de riesgos laborales.

— El convenio colectivo del sector.

— El contrato de trabajo.

— Los usos y costumbres locales.

ACTIVIDADES-PÁG. 14

7. Un trabajador de la empresa en la que trabajas te pregunta qué cantidad cobrará si el convenio

colectivo aplicable prevé que los trabajadores de su grupo profesional perciban un salario de 1 000

€/mes y en su contrato de trabajo figura un salario de 1 200 €/mes. Razona tu respuesta con fundamento

en algún principio del derecho laboral.

Tendrá derecho a percibir los 1 200 €/mes que figuran en su contrato de trabajo, en base al principio de norma más favorable. Respetando el principio de jerarquía normativa, según el cual el contrato de trabajo como fuente de derecho laboral se encuentra supeditado al convenio colectivo, se aplicará la cuantía que señala dicho contrato, ya que resulta más favorable para el trabajador.

ACTIVIDADES-PÁG. 17

8. ¿Podría darse el caso de un trabajador contratado para prestar sus servicios de lunes a viernes en el

que algún día de la semana trabajase doce horas? En caso positivo, ¿bajo qué condiciones?

Sí, siempre que compensase ese exceso de horas de forma que el promedio mensual en cómputo anual fuese, como máximo, de cuarenta horas semanales. Si algún otro día trabajase cuatro horas ya habría compensado el exceso. Al mismo tiempo, estaría respetando el descanso entre jornadas de doce horas. Conclusión: no habría ningún problema legal al respecto de la situación planteada.

ACTIVIDADES-PÁG. 18

9. Analiza la situación del ejemplo con el que finaliza la página, suponiendo que el trabajador tuviese 17

años de edad.

La pausa que debería hacerse, en este caso y debido a que el trabajador es menor de edad, sería de 30 minutos, como mínimo, y no de 15 minutos.

10. El convenio colectivo aplicable a un determinado sector establece que el descanso semanal será de

dos días ininterrumpidos. ¿Es legal esta disposición? Razona tu respuesta.

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Será legal, puesto que se produce una mejora sobre las condiciones establecidas en el Estatuto de los Trabajadores (día y medio): por lo tanto, en virtud del principio de jerarquía normativa y del de norma más favorable, se aplicaría ese descanso de dos días.

ACTIVIDADES-PÁG. 19

11. Julián Perea está contratado temporalmente en una empresa de limpieza. Su contrato tiene una

duración prevista de dos meses. Debido a una mala planificación de la empresa, se ve constantemente

requerido para hacer horas extras. ¿Cuántas horas extras puede realizar como máximo al año, si no se las

compensan por descanso dentro del periodo legal previsto?

Si por un contrato anual se establecen 80 horas extras al año, por un contrato de dos meses se determinará la parte proporcional: 13 horas extras.

12. La empresa Calores, S.A., paga cada hora extra realizada con un incremento del 25 % sobre la cuantía

de la hora ordinaria de trabajo. María Pérez Sousa ha trabajado este mes dos horas extras y pacta la

compensación de las mismas por descanso. ¿A cuántas horas de descanso tiene derecho?

Tendrá derecho a dos horas de descanso más el 25 % (incrementadas en un 25 %), el mismo porcentaje en el que se incrementa el pago de la hora ordinaria.

2 horas x 25 % = 0,5 horas.

Por tanto, tendrá derecho a un descanso de 2,5 horas.

Durante este año ya ha realizado 79 horas extraordinarias. ¿Plantean algún problema estas dos horas

extras de cara al límite anual de horas extraordinarias establecido en el Estatuto de los Trabajadores?

¿Cómo variará tu respuesta si se optase por la compensación económica de las mismas?

No plantean ningún problema a los efectos de límite anual de horas extras, ya que se compensan por descanso. Si se optase por compensación económica sí se plantearía un problema, ya que solo sería posible la realización de una hora extra más al ser el tope máximo de 80 horas anuales.

ACTIVIDADES-PÁG. 20

13. Josefina Fernández trabaja como oficial electricista en una empresa desde el 8 de abril. Con fecha 18

de octubre del mismo finaliza su contrato por obra y se queda en el paro. Como aún no ha disfrutado de

las vacaciones que le corresponden, la empresa procede a calcular los días generados correspondientes.

En ausencia de convenio colectivo aplicable, ¿a cuántos días de vacaciones tendrá derecho Josefina?

En caso de que la empresa opte por la compensación económica de las vacaciones y sabiendo que el

salario diario de Josefina asciende a 23,50 €, ¿cuánto cobrará en concepto de vacaciones no disfrutadas?

Josefina trabaja 194 días. Habrá que calcular la parte proporcional de vacaciones a las que tiene derecho.

(194 días trabajados x 30 días de vacaciones) / 365 días = 16 días de vacaciones.

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16 días de vacaciones x 23,50 € = 376 € en concepto de indemnización por vacaciones no disfrutadas.

14. En el mes de junio, Laura Velasco solicita baja voluntaria en la empresa en la que trabaja como

peluquera. Lleva trabajando desde febrero y su sueldo es de 38,33 €/día. Teniendo en cuenta que no ha

disfrutado de las vacaciones generadas, ¿podrá el empresario optar por compensárselas

económicamente? ¿Qué importe corresponderá a Laura en concepto de vacaciones no disfrutadas?

Suponiendo trabajados 150 días (computándose febrero y junio como meses completos) le corresponderían:

(150 días trabajados x 30 días) / 365 días = 12 días de vacaciones.

12 días x 38,33 €/día = 459,96 € en concepto de vacaciones no disfrutadas.

ACTIVIDADES-PÁG. 21 15. En la página web de la Seguridad Social <www.seg-social.es> puedes encontrar información relativa a los días festivos propios de cada comunidad autónoma. Accede a dicha web y busca los días festivos de tu comunidad autónoma para el año vigente. ¿Cuáles de esas fiestas tienen carácter local? ¿Puedes averiguarlo desde esa web? Esta actividad tiene como finalidad que el alumno/a adquiera las habilidades y destrezas suficientes para localizar las fiestas de carácter autonómico y local de disfrute, con independencia de la comunidad autónoma y localidad en la que viva o se encuentre. Debe recordarse que las fiestas de carácter local son dos al año, de un total de catorce. PRÁCTICA PROFESIONAL-PÁG. 22 Búsqueda de información en un texto legal 1. Un amigo te pregunta si su hermano, de 15 años de edad, puede acceder a un puesto de trabajo como reponedor en un supermercado cercano a su casa. No, nunca. El artículo 6 del Estatuto de los Trabajadores prohíbe la admisión al trabajo a menores de 16 años. 2. Cobro el salario mínimo interprofesional y quieren embargármelo. ¿Pueden hacerlo? Responde basándote en la normativa vigente. No pueden. Según el artículo 27.2 del Estatuto de los Trabajadores, el salario mínimo interprofesional es inembargable en su cuantía. 3. Voy a trasladarme de domicilio y quiero saber si tengo derecho a algún permiso y de qué duración. Tengo derecho a un día de permiso retribuido, conforme al artículo 37.3.c) del Estatuto de los Trabajadores. 4. ¿Cuántas fiestas laborales al año se disfrutan? 14 fiestas al año, en función del artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores.

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PRÁCTICA PROFESIONAL-PÁG. 23 Legislación on-line 1. Localiza en el Estatuto de los Trabajadores el artículo que trata de las denominadas relaciones laborales especiales. 2. La red también ofrece interesantes bases de datos legislativas. Visita la página <www.noticias.juridicas.com>. Accede, a través de ella, a la Constitución española y busca el artículo que recoge el derecho al trabajo. Pincha en el enlace de Legislación. Allí encontrarás una herramienta muy útil para la búsqueda de normativa legal. Respuesta libre. Estas actividades se proponen para la aplicación y práctica del uso de buscadores y de las TIC respecto al módulo y a sus resultados de aprendizaje y capacidades terminales. ACTIVIDADES FINALES-PÁG.28 1. Un taller de reparación de vehículos mantiene una vinculación con Alberto, al que abona un sueldo mensual por desarrollar labores de chapista de ocho de la mañana a tres de la tarde, y con Benjamín, trabajador de alta en el régimen especial de autónomos, al que paga una cantidad de dinero variable todos los meses por llevar la contabilidad del taller. Benjamín acude al taller solo un día a la semana, para recoger facturas y otros documentos, y realiza su trabajo en su propia asesoría. Al mismo tiempo, lleva la contabilidad de dos talleres más de la zona. ¿Con quién de las dos personas mantiene una relación de trabajo asalariado el taller? ¿Por qué? Lo primero es determinar, para cada uno de los sujetos, si las relaciones cumplen las cinco características necesarias para ser considerada una relación de trabajo asalariado sujeta a derecho laboral.

Alberto Benjamín

Personal Sí Sí

Voluntario Sí Sí

Retribuido Sí Sí

Por cuenta ajena Sí No

Subordinado Sí Sí, relativamente

Alberto mantiene una relación al amparo de la legislación laboral, es decir, de trabajo asalariado, ya que cumple con todas las características que la actividad ha de tener para que se le aplique, mientras que Benjamín no.

Quizás la más complicada de hacer ver al alumnado sea la característica de trabajo por cuenta ajena, si bien se explica en el hecho de que los frutos del trabajo, los beneficios directos, han de recaer directamente sobre el empleador o empresario para que el trabajo sea considerado por cuenta ajena. No es el caso del trabajo que desarrolla Benjamín.

La nota de subordinación de la actividad que Benjamín efectúa es relativa. Todo trabajo que se haga para otra persona es, hasta cierto punto, subordinado; si bien Benjamín goza de discrecionalidad para poder ejecutarlo cómo y cuando quiera, los resultados deberán ser los que el propietario del taller le exija.

Por otra parte, Benjamín está dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, por lo que, en base al artículo 1.3 del Estatuto de los Trabajadores, esta actividad estaría excluida de manera expresa de la aplicación de la legislación laboral.

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2. Los hermanos Sánchez han creado una empresa dedicada a la recepción de paquetes para su transporte y entrega a los destinatarios, según unas determinadas tarifas que se revisan anualmente. Con tal fin han alquilado un céntrico local y han contratado a siete personas con las siguientes condiciones: • Deben aportar un vehículo apto para esa tarea y hacerse cargo de los gastos de combustible y mantenimiento, aunque también pueden utilizar medios públicos de transporte, abonando el billete correspondiente. • Se comprometen a trabajar en exclusiva para esa empresa y no quedan sometidos a horario fijo, teniendo que recoger y cumplir diariamente los encargos por sí mismos o mediante personas por ellos retribuidas. • Deben mostrar en su vestimenta y en los útiles de trabajo el logotipo de la empresa de los hermanos Sánchez. Tres de los transportistas, tras realizar personalmente esa actividad durante un periodo de doce meses, han presentado una demanda ante el juzgado de lo social para que se les reconozca derecho a vacaciones y se les abone, al menos, el salario reconocido en el convenio colectivo del sector del transporte. ¿Crees que es correcta la actuación de estos tres transportistas al demandar a la empresa ante el juzgado? Justifica tu respuesta.

De nuevo tenemos que analizar las características de estas relaciones y actividades, y ver si cumplen con las premisas necesarias para considerar la existencia de una relación de trabajo asalariado y, por tanto, se puede aplicar el derecho laboral:

Personal: no, ya que lo pueden realizar tanto ellos como cualquier otra persona que designen y retribuyan. Al menos, la opción existe en las condiciones fijadas.

Voluntario: sí. No se trata de una relación establecida a la fuerza.

Retribuido: sí. No se expresa nada al efecto, pero es lógico que se vaya a retribuir la actividad realizada.

Por cuenta ajena: sí, ya que los beneficios directos de la actividad recaen sobre la empresa de los hermanos Sánchez. Con independencia de cualquier otra nota, y examinando esta característica de forma aislada, se puede concluir que, tal cual se nos presenta en el supuesto, la actividad parecería contar con esta característica. No obstante, las condiciones para la ejecución de la actividad, bajo esta premisa, resultarían abusivas.

Subordinado: la característica de subordinación parece discutible en este supuesto.

En esta actividad, el alumnado debe discutir con argumentos sobre el contenido de cada una de las características examinadas. Con los datos que se dan es muy difícil aportar una respuesta clara, por lo que no hay una única solución, y todo dependerá de las argumentaciones que el alumno/a decida aportar.

Parecería que, al no cumplirse la nota de personal y si entendiésemos que tampoco la de subordinación, el trabajo no debería considerarse asalariado y, por lo tanto, no deben ser los juzgados de lo social los competentes para conocer este caso. Por tanto, los trabajadores habrían de darse de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y establecerse como trabajadores por cuenta propia.

3. En el Estatuto de los Trabajadores se reconoce el derecho a que la duración máxima de la jornada de trabajo consista en un determinado número de horas a la semana de promedio en cómputo anual. En un convenio colectivo se fija una jornada de 35 horas semanales con distribución homogénea. Consulta el Estatuto de los Trabajadores y calcula cuántas horas semanales realizará un trabajador a tiempo completo al que se haya de aplicar el convenio colectivo de referencia.

Se deberán aplicar, en base al principio de norma más favorable, 35 horas semanales. El Estatuto de los Trabajadores, en su art. 34, recoge que la jornada será la que señalen los convenios colectivos

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estableciendo un tope máximo de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual. Respetando el principio de jerarquía normativa, el convenio colectivo aplicable al supuesto establece una mejora y señala que serán 35 horas semanales. Aplicando el mencionado principio de norma más favorable serán estas las que se deban realizar.

4. El Estatuto de los Trabajadores obliga a una pausa obligatoria de 15 minutos en todas las jornadas de trabajo continuas. Supón que el convenio colectivo de un sector estableciese que esta pausa fuese de 30 minutos, y que el contrato de trabajo de un trabajador de dicho sector no le concede más de 20 minutos. a) ¿Es legal la pausa de 20 minutos que marca el contrato de trabajo?

No es legal esa cláusula del contrato, ya que iría en contra del principio de jerarquía normativa: no se respeta lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores (si bien, para mejorar las condiciones del trabajador) ni en el convenio colectivo aplicable. El resto del contrato mantendría su vigencia.

b) ¿Qué pausa tiene derecho a realizar un trabajador del sector y por qué?

La que estipula el convenio colectivo aplicable, ya que, respetando el principio de jerarquía normativa, se trata de la norma más favorable (principio de norma más favorable).

c) Indica qué principios has utilizado para responder a las preguntas anteriores.

Como se ha expresado, el principio de jerarquía normativa y el de norma más favorable.

ACTIVIDADES FINALES-PÁG.29 5. El Estatuto de los Trabajadores determina un periodo mínimo de vacaciones al año. Tu contrato de trabajo expresa que no puedes disfrutar de más de 25 días pero, por costumbre local y profesional, en tu empresa se vienen agotando 35 días. ¿A cuántos días de vacaciones al año tendrás derecho?

Tendría derecho a 35 días de vacaciones al año. El Estatuto de los Trabajadores establece un periodo de mínimo de 30 días de vacaciones al año (días naturales).

¿Qué principio has utilizado para llegar a la solución?

El principio de norma más favorable.

¿Es correcto el periodo de vacaciones que aparece en tu contrato de trabajo?

No lo es. Esa cláusula será nula. Se supone que los días a los que se hace mención a lo largo del supuesto son, todos ellos, naturales y no laborables. Si en el contrato de trabajo especificase que los 25 días son laborables, entonces la cláusula no solo sería válida sino que mejoraría lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, respetando el principio de jerarquía normativa.

¿En función de qué principio?

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No respeta el principio de jerarquía normativa (recordemos nuestra presunción de que los periodos temporales son naturales), ya que, si se busca el periodo de vacaciones reconocido en el Estatuto de los Trabajadores (fuente de derecho de mayor jerarquía que el contrato) y deben respetarse todos sus mínimos establecidos, se observa que no podrá tener una duración inferior a 30 días naturales.

6. Blanca Vera trabaja como empleada de hogar en un domicilio particular, trabajo por el que recibe 350 euros mensuales. Blanca debe acudir a limpiar y planchar, así como a cuidar de los niños del matrimonio titular de la vivienda, durante tres tardes a la semana. Al mismo tiempo, esta persona presta servicios como administrativa en una gestoría todos los días, de ocho de la mañana a una de la tarde (a tiempo parcial), por lo que percibe 450 euros. No dispone de contrato de trabajo por escrito y su labor consiste exclusivamente en pasar facturas a la base de datos que la empresa utiliza. ¿Con quién mantiene Blanca una relación sujeta al derecho laboral? ¿Por qué?

Blanca mantiene una relación sujeta a derecho Laboral con la gestoría, por cumplir con todas y cada una de las características que se han analizado en supuestos anteriores. Además, por encontrarse incursa en el artículo 2.1.b) del Estatuto de los Trabajadores (relación laboral especial de empleada al servicio del hogar), también se encontraría sujeta a derecho laboral.

7. Un trabajador presta sus servicios en una empresa con el siguiente horario:

• Mañanas: 9:00 a 13:00 horas.

• Tardes: 16:00 a 20:00 horas.

En ausencia de convenio colectivo aplicable, responde a las siguientes cuestiones:

a) ¿Qué tipo de jornada de trabajo tiene este trabajador?

Tiene jornada partida.

b) ¿Es legal su jornada laboral si presta servicios de lunes a viernes?

Sí es legal, puesto que no vulnera ningún precepto estudiado.

c) ¿Y si su jornada de trabajo fuese de lunes a sábado?

No lo sería, ya que es imposible que, en cómputo anual, hiciese una media de 40 horas semanales.

d) ¿Es correcto el descanso establecido entre jornadas?

Sí, puesto que transcurren más de 12 horas.

8. La Inspección de Trabajo se persona en la empresa Calores, S.A., dedicada a la fabricación de

radiadores de calor. Localiza las siguientes situaciones, teniendo en cuenta la jornada laboral de los

trabajadores:

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• María Pérez Sousa, de 35 años de edad y administrativa, tiene una jornada partida que presta de

lunes a viernes con el siguiente horario:

De 7:00 a 12:00 horas en el turno de mañana.

De 17:00 a 20:00 horas en el turno de tarde.

• Pedro Manuel García Sánchez, de 17 años de edad y peón en el almacén, tiene una jornada continua

de 7:00 a 15:00 horas, con una pausa de 15 minutos negociada como computable a efectos de

trabajo.

• Enrique Barreiro Achig, de 17 años de edad, contratado como peón de almacén para hacer labores de

reparto entre centros de trabajo y oficinas distribuidoras. Tiene una jornada partida, de lunes a

sábado, con el siguiente horario de trabajo:

De 9:00 a 13:00 horas en el turno de mañana.

De 16:00 a 19:00 horas en el turno de tarde.

Los sábados trabaja de 9:00 a 14:00 horas.

¿Cómo valoraría la Inspección de Trabajo las jornadas y horarios de estos trabajadores?

María Pérez Sousa

Jornada de trabajo En principio, la jornada semanal es correcta pues respeta las 40 horas semanales de trabajo de promedio en cómputo anual.

Descanso entre jornadas Se respeta la legislación, puesto que no hay 12 horas entre una jornada y otra.

Descanso semanal Es correcto, pues es de dos días.

Descanso dentro de la jornada No genera derecho.

Pedro Manuel García Sánchez

Jornada de trabajo En principio, la jornada semanal es correcta pues respeta las 40 horas semanales de trabajo de promedio en cómputo anual.

Descanso entre jornadas Se respeta la legislación, puesto que hay 12 horas entre una jornada y otra.

Descanso semanal Deberá ser de dos días, al ser un trabajador menor de edad.

Descanso dentro de la jornada No es acorde a derecho, puesto que solo tiene 15 minutos y debería tener 30.

Enrique Barreiro Achig

Jornada de trabajo En principio, la jornada semanal es correcta pues respeta las 40 horas semanales de trabajo de promedio en cómputo anual.

Descanso entre jornadas Se respeta la legislación, puesto que hay 12 horas entre una jornada y otra.

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Descanso semanal Es incorrecto, puesto que deberá ser de dos días a la semana, por tratarse de un menor de edad.

Descanso dentro de la jornada No genera derecho.

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9. El convenio colectivo aplicable a la empresa en la que trabajas te reconoce 35 días naturales de

vacaciones por cada año trabajado. Has prestado tus servicios a la empresa desde el 4 de marzo hasta el

15 de agosto, fecha en la que finaliza tu contrato.

a) ¿Cuántos días de vacaciones te corresponden por el periodo trabajado?

b) Suponiendo un salario de 950 € mensuales, ¿qué cuantía te abonará el empresario en concepto de

vacaciones no disfrutadas?

Trabajas 165 días en total.

(165 días trabajados x 35 días de vacaciones por año) / 365 días = 16 días de vacaciones se generan.

16 días de vacaciones x (950 € / 30 días) = 506,66 € en concepto de vacaciones no disfrutadas.

10. La empresa Calores, S.A. se está planteando contratar un diplomado en Relaciones Laborales para

que dirija y organice su departamento de personal. Planea hacerle un contrato indefinido con jornada

irregular, esto es, sin horas fijas de entrada y salida y pudiendo variar de un día a otro la duración de la

jornada. Anota por escrito las condiciones mínimas que, en materia de jornada laboral, se han de

respetar para contratar a este trabajador.

El trabajador tendrá una jornada de trabajo flexible, debiendo realizar, de promedio en cómputo anual, un total de 40 horas semanales. Para ello se establecerán formas de control de entrada y salida, así como un seguimiento mensual por parte de la empresa.

11. Imagina que las instalaciones de una empresa quedan anegadas por una inundación y es necesario

realizar varias horas extraordinarias. ¿De qué tipo serán y qué implicarían?

Serían horas extras por fuerza mayor y no se tendrían en cuenta para el cómputo del límite máximo anual de horas extras (80) a compensar económicamente.

12. Un trabajador ha efectuado 10 horas extraordinarias en un mes. La retribución de la hora

extraordinaria supone un incremento del 35% sobre la hora ordinaria, que es de 24 €. ¿Cuál es el importe

total que perciba por dichas horas extras?

Cobrará 32,40 €.

Page 13: Gestión de recursos humanos SOLUCIONARIO...Gestión de recursos humanos SOLUCIONARIO 6 documentos no recogen cuándo se ha de hacer efectivo el pago del salario ni el lugar donde

Gestión de recursos humanos SOLUCIONARIO

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13. Un trabajador con un salario de 1 500 € mensuales es despedido el 30 de septiembre. ¿Qué importe

le correspondería en concepto de vacaciones no disfrutadas? ¿Y si hubiese sido contratado el día 18 de

marzo de ese mismo año?

Al haber trabajado 9 meses, le corresponde un total de 22,5 días de vacaciones (2,5 días por mes).

Si el salario diario es de 50 € (suponiendo que dentro de los 1 500 € vayan prorrateadas las pagas extras), le corresponde cobrar por vacaciones no disfrutadas un total de 1 125 €.

En el caso de haber sido contratado el 18 de marzo: por haber trabajado un total de 197 días genera derecho a 16 días; luego tendrá derecho a cobrar por vacaciones no disfrutadas un total de 800 €.

14. Un trabajador realiza 18 horas extraordinarias en un mes. El convenio colectivo estipula que las horas

extras se pagarán con un incremento del 40 %. Si se acordase compensación por tiempo de descanso,

¿cuántas horas de descanso corresponderían al trabajador? Además, suponiendo que la hora de trabajo

se abonase a 49 €, calcula qué importe se debería abonar en concepto de horas extras.

Tendrá derecho a 25 horas de descanso. En cuanto al importe de la segunda cuestión, se le abonarán 1 234,80 € en concepto de horas extras.

15. Un peón albañil con jornada continua presta sus servicios de 7:00 a 15:00 horas. ¿Tiene derecho a

realizar algún tipo de descanso durante la jornada laboral? ¿Cambiaría tu respuesta en el caso de que el

peón albañil tuviese 17 años?

Tendrá derecho a una pausa de 15 minutos. Si tuviese 17 años, esta pausa se incrementará hasta los 30 minutos.

16. La empresa Temprana, Coop., ha sufrido un incendio debido a la caída de un rayo en sus instalaciones

durante la noche. La dirección de la empresa comunica a sus trabajadores que deberán prestar una serie

de horas extras para reparar los daños causados. Se desconoce inicialmente cuántas horas

extraordinarias habrá de efectuar cada trabajador, pero la comunicación deja claro que serán las

necesarias hasta que la empresa recobre su funcionamiento normal.

Explica si es legal la actuación de la empresa. Justifica tu respuesta.

El alumno/a deberá llegar a la conclusión de que sí, ya que se está ante la realización de horas extras por fuerza mayor. El alumno/a habrá de dejar patente que conoce el régimen jurídico aplicable a dicha tipología de horas extras.

17. La jornada de trabajo de trabajo de Ana López es de 45 horas una semana y de 34 horas la siguiente.

¿Es conforme a derecho laboral esta distribución de la jornada?

Sí, ya que respeta el promedio anual de 40 horas semanales.