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Presentación en Power Point. Grupo de estudiantes de Inst. Verbo Divino: Parodi, Fleitas, Dieguez, Cuenca y Benítez

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Cuestion de limites Rio Uruguay

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-La delimitación de las respectivas jurisdicciones en el río Uruguay se mantuvo indefinida hasta 1916.-la tesis Argentina se baso en el criterio de seguir la línea de los canales mas profundos (vaguada).-la tesis uruguaya se basaba en la fijación del limites en el eje del río.

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-En enero de 1916 el gobierno uruguayo envió un proyecto de tratado que realizaba la delimitación en base al criterio de la línea de vaguada. Esta linea divisoria seguira desde la desembocadura del Cuareim, por la vaguada del rio Uruguay hasta su desembocadura.-Dicha propuesta se tradujo en el tratado del 28 de septiembre de 1916, firmado por el canciller uruguayo, Baltasar Brum, y el ministro argentino en Montevideo, Enrique B. Moreno-No obstante, el convenio no alcanzó la sanción legislativa, debido a la férrea oposición del partido blanco uruguayo

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- se adopta la teoría del canal más profundo y la línea media divisoria de aguas y otra de islas, es decir, se trata de una línea de carácter mixto. Se busca una mejor administración, explotación y utilización del Río Uruguay, que favorezca a ambas naciones. Dicho tratado fue ratificado en enero de 1966.- en 1969 la comisión mixta argentino uruguaya demarcadora de limites proyecto la construcción de 2 puentes internacionales.(Paysandú-colon, fray bentos-puerto unzuè).

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- Luego de la independencia de España, Argentina y Uruguay tomaron posesión de lo que había sido de esa potencia. Si bien el principio general del Derecho indicaba que las aguas fluviales navegables que dividen dos países se deben dividir igualmente a sendos ribereños, los países no pudieron fijar los límites del estuario por dificultades internas de los nuevos Estados.

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- Hacia 1887 el gobierno argentino por intermedio de su ministro en Montevideo, Roque Sáenz Peña, solicitó la cooperación de su vecino oriental para realizar obras de dragado con el objeto de facilitar la navegación en los ríos de la Plata y Uruguay.- algunas dragas argentinas realizaron trabajos en el banco de Las Limetas, en aguas uruguayas, pero chocaron con los reclamos de las autoridades orientales. Ante este obstáculo, el gobierno argentino declaró la suspensión de los trabajos. 

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- El 14 de agosto de 1888, el ministro Sáenz Peña e Ildefonso García Lagos, por el gobierno uruguayo, firmaron un convenio por la cual los gobiernos argentino y uruguayo declaraban que cualquier individuo que se dedicara a esa actividad y poseyera la patente o autorización correspondiente, expedida por las autoridades de una u otra nación, podía cruzar a cualquier altura del río.

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- En 1897 se registraron actos de fuerza por parte de un buque uruguayo en aguas de jurisdicción argentina, aunque las autoridades orientales dieron luego las explicaciones del caso.- En 1898, la cañonera uruguaya General Flores capturó los vapores Doli, Fram y Venus en aguas argentinas. Ante el reclamo de las autoridades de Buenos Aires, los representantes de ambos países firmaron en Montevideo un protocolo por el cual el gobierno uruguayo lamentaba el incidente, declarando que no había sido su propósito menoscabar los derechos de soberanía argentina.

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-El 17 de enero de 1901, el ministro de relaciones exteriores argentino Amancio Alcorta se dirigió a su colega uruguayo, señalándole que la navegación del Río de la Plata reclamaba algunas medidas de seguridad, entre ellas la colocación de boyas luminosas en los canales, como el del Infierno, que comunicaban con los ríos Paraná y Uruguay.

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- El 14 de septiembre de 1906, el presidente José Figueroa Alcorta convocó una junta de notables para analizar la situación de las aguas del Plata y de la isla de Martín García.

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-creció la tensión al ser planteada la idea de la costa seca por Estanislao Zeballos.

- surgieron dos tesis diferentes:-Uruguay afirmó que ambos Estados ribereños tenían soberanía sobre el Río de la Plata, hasta la línea del medio del río.-Argentina decía que de acuerdo con el uti possidetis de 1810, ratificó su soberanía exclusiva y absoluta sobre todo el Río de la Plata, salvo los puertos y radas uruguayos.

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- La tensión llegó a su máximo durante la presidencia de José Figueroa Alcorta  (1906-1910). Se presentaron tres casos litigiosos:

-el de la pesca industrial Argentina en costas uruguayas.

-el naufragio del buque argentino Constitución frente a Colonia, oportunidad en que no le fue permitido al gobierno uruguayo asistirlo. -En abril de 1908, la escuadra argentina efectuó maniobras en aguas que el gobierno uruguayo consideraba pertenecientes a su jurisdicción, provocando las protestas del canciller oriental Antonio Bachini.

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-1909, el presidente Figueroa Alcorta decidió poner término a la misma, confiando la negociación a Roque Sáenz Peña-Como fruto de sus conversaciones con el ministro plenipotenciario uruguayo Gonzalo Ramírez, el 5 de enero de 1910 se firmó un protocolo, el cual establecía un modus vivendi  y expresaba la voluntad de ambas partes de negociar, difiriendo la solución del litigio para el futuro.- De esta manera, la cuestión quedaba pendiente.

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- Las características geográficas del Rio de la Plata dificultaron su clasificación, importante para determinar qué derechos podían ejercer terceros Estados sobre el estuario.- El dilema dejó de existir en 1961 con la declaración conjunta argentino-uruguaya, donde se estableció que “el límite exterior del Rìo de la Plata”, divisorio de las aguas con el Océano Atlántico, era la línea imaginaria que une Punta del Este (Uruguay )con Punta Rasa del Cabo San Antonio (Argentina).

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Se estableció la libertad de navegación (Art. 7) y la igualdad de uso de los canales situados en aguas de uso común (Art. 10). Respecto a los buques de terceros Estados se hace una distinción según se trate de buques de los países de la Cuenca del Plata ( Brasil, Bolivia, Paraguay ), o buques de terceras banderas.

Ambas partes garantizan la libertad de navegación y sobrevuelo en los mares bajo sus respectivas jurisdicciones

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El Tratado establece una línea fija, similar a la línea media del río, que sirve de línea divisoria para las islas existentes en el río y las que puedan emerger en el futuro. Las que se encuentren al Este y al Norte de dicha línea pertenecen a  Uruguay  y las que están al Oeste y Sur, a Argentina.La mayor dificultad a este respecto se planteó por la Isla Martín García. Esta isla, situada a menos de 2 millas marinas de la costa uruguaya, está ocupada por Argentina desdé 1852. La solución dispuesta por el tratado no conformó a los países si bien trató de causar el menor mal posible.

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El artículo 70 del Tratado establece el límite lateral marítimo y el de la plataforma continental entre Uruguay y Argentina. Está definido por la línea de equidistancia determinada por el método de costas adyacentes, que parte del punto medio de la línea de base constituida por la recta imaginaria que une Punta del Este con Punta Rasa.

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-El Tratado reconoce el principio de libertad de pesca para los buques de los Estados signatarios.

-Explotación y exploración de los recursos del lecho y subsuelo. Para que se pueda llevar a cabo esta actividad se ha convenido una línea que según sus puntos geográficos siga el curso de los canales que se especifica en el tratado.

-Las partes acuerdan establecer una zona común de pesca. Dicha zona está determinada por dos arcos de circunferencia de doscientas millas marinas de radio

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-Los Estados ribereños se obligan a proteger y conservar el medio acuático, mediante el dictado de normas apropiadas y la vigilancia de su cumplimiento.

-Cada parte tiene derecho a realizar estudios e investigación científica en todo el río.

-El Tratado prohíbe verter sustancias capaz de tener efectos contaminantes.

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1) Virreinato del Río de la Plata, 1796. 2) Segregación del Paraguay, 30/9/1813. 3) Formación de Bolivia, 1825. 4) Pérdida de parte de Misiones, 1825. 5) Separación del Uruguay, 1828. 6) Chile se expande hasta el Cabo de Hornos, 1828. 7) Ocupación inglesa de las Malvinas, 1834. 8) Pérdida del Estrecho de Magallanes y Península de Brunswick, 1843. 9) Segregación de Villa Oriental y Territorios anexos al Paraguay, 1869. 10) Segregación de Tarija y parte del Chaco argentino, 1889. 11) Pérdida de Puerto Natales, 1893” (según Salguero, R.,Todo sobre el Beagle, El Cid Editor, Buenos Aires, 1979).

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Integranteshttp://www.ucema.edu.ar/ceieg/arg-rree/7/7-087.htm

http://www.ucema.edu.ar/ceieg/arg-rree/7/7-089.htm

http://www.ucema.edu.ar/ceieg/arg-rree/Mapas/mapa10.htm

http://www.ucema.edu.ar/ceieg/arg-rree/Mapas/mapa18.htm

http://es.wikipedia.org/wiki/Tratado_del_R%C3%ADo_de_la_Plata

http://eljusticierodeuruguay.blogspot.com/2007/09/dip-tratado-de-lmites-del-ro-uruguay.html

http://es.wikipedia.org/wiki/Estatuto_del_R%C3%ADo_Uruguay

Bibleografia trabajada en clase.