garantías jurisdiccionales

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GARANTÍAS JURISDICCIONALE S GRUPO NUMERO 4 INTEGRANTES LIZ NAVARRO TOA ALMEIDA DEYSI IMBAQUINGO DOCTOR DIEGO CHAMORRO NIVEL: 2DO DERECHO “B”

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Page 1: Garantías jurisdiccionales

GARANTÍAS JURISDICCIONALESGRUPO NUMERO 4

INTEGRANTES LIZ NAVARROTOA ALMEIDA

DEYSI IMBAQUINGO DOCTOR DIEGO CHAMORRO NIVEL: 2DO DERECHO “B”

Page 2: Garantías jurisdiccionales

GARANTÍAS JURISDICCIONALES

Las garantías jurisdiccionales de los derechos tienen sus orígenes míticos ene l interdicto romano de homine liber exhibendo, el cual se constituía en una especia de acción popular encaminada a tutelar la libertad de cualquier ciudadano romano privado dolosamente de ella.

Page 3: Garantías jurisdiccionales

CONCEPTO

 Sirven para defender o tutelar los derechos que se encuentran establecidos en la constitución, es decir toda persona podrá ejercer estas acciones cuando crea que sus derechos han sido vulnerados o desprotegidos

Estas garantías jurisdiccionales consisten en que un tribunal independiente pueda ejercer un control e imponga las medidas de reparación ante la violación de cualquier derecho

Se regirán de conformidad con las siguientes disposiciones: tal como lo establece el artículo 10 de la constitución:

Page 4: Garantías jurisdiccionales

Cualquier persona o grupo de personas, nacionalidad, pueblo o colectivo podrá proponer las sanciones previstas en la constitución

El procedimiento será sencillo, eficaz, será oral en todas sus instancias, serán hábiles todos los días y horas para exponer dichas garantías jurisdiccionales, estas podrán ser por juicio oral, escrito y sin a necesidad de un abogado a demás no se necesita citar la norma legal

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GARANTÍAS JURISDICCIONALES

ACCIÓN DE PROTECCIÓN ACCIÓN DE HABEAS CORPUS ACCIÓN DE HABEAS DATA ACCIÓN DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA ACCIÓN POR INCUMPLIMIENTO ACCIÓN DE PROTECCIÓN EXTRAORDINARIA

Page 6: Garantías jurisdiccionales

ACCIÓN DE PROTECCIÓN

La Acción de protección la encontramos dentro de las Garantías Constitucionales, propiamente en las garantías jurisdiccionales artículo 88 de nuestra Constitución de la República. Su objetivo es claro, el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en nuestra Constitución, teniendo como fin reparar el daño causado, hacerlo cesar si se está produciendo o para prevenirlo si es que existe la presunción o indicios claros de que el acto ilegítimo puede producirse.

Page 7: Garantías jurisdiccionales

ACCIÓN DE HABEAS CORPUS

Art. 89.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad.

Page 8: Garantías jurisdiccionales

ACCION DE ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA

Art. 91.- La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto garantizar el acceso a ella cuando ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter secreto, reservado, confidencial o cualquiera otra clasificación de la información. El carácter reservado de la información deberá ser declarado con anterioridad a la petición, por autoridad competente y de acuerdo con la ley.

Page 9: Garantías jurisdiccionales

ACCIÓN DEL HABEAS DATA Art. 92.- Toda persona, por sus propios derechos o

como representante legitimado para el efecto, tendrá derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en soporte material o electrónico. Así mismo tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos. Las personas responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con autorización de su titular o de la ley.

Page 10: Garantías jurisdiccionales

ACCION EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN

Art. 94.- La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución, y se interpondrá ante la Corte Constitucional. El recurso procederá cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal, a menos que la falta de interposición de estos recursos no fuera atribuible a la negligencia de la persona titular del derecho constitucional vulnerado.

Page 11: Garantías jurisdiccionales

ACCION POR INCUMPLIMIENTO

Art. 93.- “La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos humanos, cuando la norma o decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de hacer o no hacer clara, expresa y exigible. La acción se interpondrá ante la Corte Constitucional”

Page 12: Garantías jurisdiccionales

ACCION DE INCUMPLIMIENTO

Se identifica con la nomenclatura IS se diferencia de la acción por incumplimiento ya que tienen naturaleza y objetivos diferentes, por lo que se pueden considerar como equivalentes.

La acción de incumplimiento tiene como objeto conocer y sancionar el cumplimiento de la sentencias y dictámenes constitucionales, cuando la Jueza o Juez que dictó la sentencia no la haya ejecutado en un plazo razonable o cuando hay renuencia de la autoridad obligada, cuyo fundamento se encuentra en el artículo 436 numeral 9 de la Constitución, artículos 162 a 165 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional y artículo 84 del Reglamento de sustanciación de proceso de competencia de la Corte Constitucional.