galapagos – hotel fiesta

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Estudio de Impacto Ambiental Expost “Hotel Fiesta” Caduceus Cia. Ltda. Aqua Consulting Hannes Poehlmann Ing. Alejandra Valdés Blg. Diana Salazar Ing. Ana Gabriela Dávila Puerto Ayora, Julio 2015

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Estudio(de(Impacto(Ambiental(Expost(“Hotel(Fiesta”(

Caduceus Cia. Ltda. Aqua Consulting

Hannes&Poehlmann&Ing.&Alejandra&Valdés&Blg.&Diana&Salazar&

Ing.&Ana&Gabriela&Dávila&

Puerto Ayora, Julio 2015

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Resumen(Ejecutivo( El Hotel Fiesta se encuentra ubicado en Puerto Ayora, islas Galápagos y está actualmente en funcionamiento. Para regularizar el proyecto se ha decidido realizar el proceso de licenciamiento ambiental, por lo cual la promotora ha contratado a la consultora Caduceus Cia. Ltda. para realizar los estudios correspondientes. El Hotel Fiesta se encuentra ubicado en la calle Moisés y Juan Montalvo en Puerto Ayora, isla Santa Cruz – Galápagos. El hotel está localizado muy cerca del centro de Puerto Ayora y a las orillas de la Laguna Las Ninfas. Cuenta con 37 habitaciones nominales pero solo 34 están operativas, todas las habitaciones tienen aire acondicionado, TV satelital, secador de cabello, conexión Wi-Fi, también cuentan con vista a la piscina y al manglar del Lago de las Ninfas. El hotel tiene una capacidad de hospedaje de 87 pasajeros. Además, se está construyendo una planta de tratamiento de aguas residuales (PTR). La PTR consiste en una planta compacta y de fácil uso al ser procesos biológicos naturales los que realizan la purificación del agua.

A partir del análisis y evaluación de impactos ambientales del proyecto, se identificaron un total 46 impactos generados por las actividades en el medio físico, biótico, paisaje y socioeconómico. De estos impactos, el 83% representan impactos negativos y el 17% impactos positivos. Los impactos positivos se concentran en la generación de empleo por casi todas las actividades en el hotel. Por otro lado, del análisis de riesgos se obtuvo que las actividades que se realizan en el Hotel Fiesta son de bajo riesgo; sin embargo, los riesgos existentes pueden presentarse en una frecuencia alta, debido a esto los resultados en el análisis de riesgos son elevados. El 88% de los riesgos identificados corresponden a riesgos críticos, frente a esto es importante recalcar que estos riesgos, en su mayoría, no presentan consecuencias graves y el valor elevado se debe a la frecuencia con la que se puede presentar dichos eventos. (En cuanto a la evaluación de conformidades y no conformidades, en total se analizaron 33 criterios correspondientes a las actividades dentro del Hotel Fiesta, de los cuales el 54,5% corresponde a conformidades y el 45,5% corresponde a no conformidades menores. Es importante recalcar que en el análisis no se identificaron no conformidades mayores. ((Finalmente se diseñó un Plan de Manejo Ambiental para el Hotel Fiesta, el cual contemple un presupuesto de USD 7 531.00.

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Índice( RESUMEN EJECUTIVO 2!ÍNDICE DE TABLAS 7!ÍNDICE DE FIGURAS 8!FICHA TÉCNICA 9!SIGLAS Y ABREVIATURAS 10!

I. INTRODUCCIÓN 11!

II. ANÁLISIS LEGAL E INSTITUCIONAL APLICABLE AL PROYECTO 11!2.1 ANÁLISIS LEGAL 11!2.1.1 CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR 11!2.1.2 PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR 2013 – 2017 20!2.1.3 LEYES 21!2.1.4 CÓDIGOS 35!2.1.5 TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN AMBIENTAL SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE 35!2.1.6 ORDENANZAS 59!2.1.7 DECRETOS 62!2.1.8 REGLAMENTOS 66!2.1.9 NORMAS INEN 69!2.1.10 ACUERDOS 70!2.2 MARCO INSTITUCIONAL 72!

III. DEFINICIÓN DEL ÁREA REFERENCIAL 73!

IV. CARACTERIZACIÓN Y DIAGNÓSTICO DEL ÁREA REFERENCIAL DEL PROYECTO (LÍNEA BASE) 76!4.1 CARACTERIZACIÓN SOCIO-AMBIENTAL 76!4.1.1 MEDIO FÍSICO 76!4.1.2 MEDIO BIÓTICO 93!3.1.3 ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS Y CULTURALES DE LA POBLACIÓN 108!4.1.4 INVENTARIO FORESTAL Y VALORACIÓN ECONÓMICA POR LA REMOCIÓN DE LA COBERTURA VEGETAL 116!4.1.5 IDENTIFICACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS O FUENTES DE CONTAMINACIÓN 116!4.1.6 IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y VALORACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS AMBIENTALES 117!4.2 DIAGNÓSTICO AMBIENTAL 117!4.2.1 METODOLOGÍA 118!4.2.2 RESULTADOS 118!

V. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 118!5.1 ANTECEDENTES 118!5.2 OBJETIVOS Y JUSTIFICACIÓN 124!5.3 UBICACIÓN 124!5.4 COSTOS Y REQUISITOS OPERACIONALES 124!5.5 PROCESOS Y ACTIVIDADES 125!

VI. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS 125!

VII. IDENTIFICACIÓN, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES 125!7.1 METODOLOGÍA 125!7.2 ACTIVIDADES Y FACTORES AMBIENTALES 128!7.2.1 ACTIVIDADES 128!

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7.2.2 FACTORES AMBIENTALES 128!7.3 RESULTADOS 129!7.3.1 MATRIZ DE LEOPOLD 129!7.3.2 EVALUACIÓN CUANTITATIVA 129!7.3.3 VALORACIÓN 132!

VIII.! ANÁLISIS DE RIESGOS 133!8.1 RIESGOS NATURALES 133!8.1.1 PELIGROS SÍSMICO 134!8.1.2 PELIGRO DE TSUNAMI O MAREMOTO 134!8.1.3 PELIGRO VOLCÁNICO 134!8.1.4 PELIGRO DE INUNDACIÓN 134!8.1.5 PELIGRO DE DESLIZAMIENTO 134!8.1.6 PELIGRO DE SEQUÍA 134!8.2 RIESGOS OCUPACIONALES, POBLACIONALES Y AMBIENTALES 135!8.2.1 METODOLOGÍA 135!8.2.2 RESULTADOS 136!

IX. DETERMINACIÓN DEL ÁREA DE INFLUENCIA O DE GESTIÓN 138!9.1 METODOLOGÍA 138!9.2 ÁREA DE INFLUENCIA O DE GESTIÓN 138!9.3 ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA 139!9.4 ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA 139!9.5 ÁREAS SENSIBLES 140!

X. IDENTIFICACIÓN Y/O DETERMINACIÓN DE CONFORMIDADES Y NO CONFORMIDADES 140!10.1 METODOLOGÍA 140!10.1.1 EVALUACIÓN CUALITATIVA 140!10.1.2 EVALUACIÓN CUANTITATIVA 141!10.2 RESULTADOS 141!10.2.1 EVALUACIÓN CUALITATIVA 141!10.2.2 EVALUACIÓN CUANTITATIVA 146!

XI. ! PLAN DE MANEJO AMBIENTAL 152!11.1 OBJETIVOS 152!11.1.1 OBJETIVO GENERAL 152!11.1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 152!11.2 ALCANCE 152!11.3 PLAN DE ANÁLISIS DE RIESGOS Y ALTERNATIVAS DE PREVENCIÓN 153!11.3.1 OBJETIVO 153!11.3.2 MEDIDAS 153!11.3.3 MATRIZ DE IMPLEMENTACIÓN 158!11.4 PLAN DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE IMPACTOS 158!11.4.1 PROTECCIÓN CALIDAD DEL AGUA 159!11.4.2 PROTECCIÓN CALIDAD DEL SUELO 159!11.4.3 PREVENCIÓN DE LA EROSIÓN DEL SUELO 160!11.4.4 NIVEL DE RUIDO 160!11.4.5 CONSERVACIÓN DE LA PRESENCIA Y DIVERSIDAD DE FAUNA, COBERTURA VEGETAL, HÁBITAT, CALIDAD DEL PAISAJE 161!11.4.6 PREVENCIÓN DE LA AFECTACIÓN A LA SALUD DE LA POBLACIÓN 161!11.4.7 PREVENCIÓN DE CONFLICTOS SOCIALES Y AFECTACIÓN A ACTIVIDADES ECONÓMICAS 162!11.4.8 MATRIZ DE IMPLEMENTACIÓN 162!

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11.5 PLAN DE MANEJO DE DESECHOS 164!11.5.1 MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS 164!11.5.2 MANEJO DE RESIDUOS LÍQUIDOS 166!11.5.3 PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES 167!11.5.4 MATRIZ DE IMPLEMENTACIÓN 167!11.6 PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL 168!11.6.1 COMUNICACIÓN 168!11.6.2 CAPACITACIÓN 168!11.6.3 EDUCACIÓN AMBIENTAL 169!11.6.4 MATRIZ DE IMPLEMENTACIÓN 169!11.7 PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS 170!11.7.1 PROGRAMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN 170!11.7.2 PROGRAMA DE COMPENSACIÓN E INDEMNIZACIÓN 170!11.7.3 PROGRAMA DE CONTRATACIÓN DE MANO DE OBRA LOCAL 171!11.7.4 PROGRAMA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL 171!11.7.5 MATRIZ DE IMPLEMENTACIÓN 172!11.8 PLAN DE CONTINGENCIAS 173!11.8.1 FORMACIÓN DE BRIGADA DE CONTINGENCIAS Y EQUIPAMIENTO 173!11.8.2 ACCIONES EN CASO DE INCENDIOS 175!11.8.3 ACCIONES EN CASO DE TSUNAMIS 176!11.8.4 ACCIONES EN CASO DE SISMOS 177!11.8.5 MATRIZ DE IMPLEMENTACIÓN 178!11.9 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 179!11.9.1 PROVEER DE VESTIMENTA ADECUADA Y ACCESORIOS AL PERSONAL 179!11.9.2 EXAMEN MÉDICO OCUPACIONAL 183!11.9.3 MATRIZ DE IMPLEMENTACIÓN 183!11.10 PLAN DE ACCIÓN 184!11.10.1 MEDIDAS 184!11.10.2 MATRIZ DE IMPLEMENTACIÓN 189!11.11 PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO 189!11.11.1 MONITOREO DE LA CALIDAD DEL AGUA 189!11.10.2 MATRIZ DE IMPLEMENTACIÓN 190!11.12 PLAN DE ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA 190!11.12.1 MATRIZ DE IMPLEMENTACIÓN 191!11.13 PLAN DE RESTAURACIÓN, INDEMNIZACIÓN Y COMPENSACIÓN 191!11.13.1 MATRIZ DE IMPLEMENTACIÓN 191!11.14 PRESUPUESTO Y CRONOGRAMA 192!

XII. PROGRAMA DE PARTICIPACIÓN SOCIAL 196!12.1 OBJETIVOS 196!12.1.1 OBJETIVO GENERAL 196!12.1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 196!12.2 MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN 196!12.3 ACTA DE COORDINACIÓN PARA APLICACIÓN DE MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL 197!12.4 CENTRO DE INFORMACIÓN PÚBLICA 197!12.5 AUDIENCIA PÚBLICA 198!12.6 INVITACIÓN 198!

GLOSARIO DE TÉRMINOS 199!

BIBLIOGRAFÍA 205!

ANEXOS 209!

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Índice(de(Tablas( TABLA!1.!COORDENADAS!GEOGRÁFICAS!HOTEL!FIESTA!...................................................................................................!74!TABLA!2.!ROSAS!DEL!VIENTO!MENSUALES!AÑO!2012!....................................................................................................!83!TABLA!3.!ZONIFICACIÓN!SANTA!CRUZ!POR!USO!DE!SUELO!..............................................................................................!86!TABLA!4.!ANÁLISIS!CALIDAD!DEL!AGUA!..............................................................................................................................!89!TABLA!5.!ANÁLISIS!PARÁMETROS!PAISAJÍSTICOS!...............................................................................................................!92!TABLA!6.!INVENTARIO!DEL!RECURSO!FLORA!DEL!HOTEL!FIESTA!....................................................................................!95!TABLA!7.!LISTA!DE!ESPECIES!DE!AVES!OBSERVADAS!EN!EL!HOTEL!FIESTA!................................................................!102!TABLA!8.!CARACTERÍSTICAS!VIVIENDAS!SANTA!CRUZ!...................................................................................................!112!TABLA!9.!INSTITUCIONES!PRESENTES!EN!SANTA!CRUZ!.................................................................................................!113!TABLA!10.!SERVICIOS!BÁSICOS!SANTA!CRUZ!...................................................................................................................!114!TABLA!11.!RESUMEN!DE!RESULTADOS!DEL!ANÁLISIS!DE!LA!CALIDAD!DEL!AGUA!DE!LA!LAGUNA!DE!LAS!NINFAS.!117!TABLA!12.!GUÍA!PARA!CALIFICACIÓN!DE!LA!GRAVEDAD!DE!LA!PROBLEMÁTICA!.........................................................!118!TABLA!13.!HABITACIONES!HOTEL!FIESTA!.......................................................................................................................!120!TABLA!14.!GASTOS!HOTEL!FIESTA!....................................................................................................................................!125!TABLA!15.!GUÍA!PARA!CARACTERIZACIÓN!CUANTITATIVA!DE!IMPACTOS!AMBIENTALES!.........................................!127!TABLA!16.!MATRIZ!DE!LEOPOLD!.......................................................................................................................................!129!TABLA!17.!MATRIZ!EVALUACIÓN!CUANTITATIVA!(1)!...................................................................................................!130!TABLA!18.!MATRIZ!EVALUACIÓN!CUANTITATIVA!(2)!...................................................................................................!130!TABLA!19.!MATRIZ!VALORACIÓN!DE!IMPACTOS!.............................................................................................................!132!TABLA!20.!CRITERIOS!PARA!CALIFICAR!LOS!RIESGOS!SEGÚN!SU!PROBABILIDAD!........................................................!135!TABLA!21.!CRITERIOS!PARA!CALIFICAR!LOS!RIESGOS!SEGÚN!LA!VULNERABILIDAD!...................................................!135!TABLA!22.!CRITERIOS!PARA!INTERPRETACIÓN!DE!RIESGOS!..........................................................................................!136!TABLA!23.!FORMATO!MATRIZ!EVALUACIÓN!CUALITATIVA!DE!CONFORMIDADES!Y!NO!CONFORMIDADES!..........!140!TABLA!24.!GUÍA!PARA!VALORACIÓN!CUANTITATIVA!DE!CONFORMIDADES!Y!NO!CONFORMIDADES!.....................!141!TABLA!25.!MATRIZ!CONFORMIDADES!Y!NO!CONFORMIDADES!(CUALITATIVA)!.......................................................!142!TABLA!26.!MATRIZ!CONFORMIDADES!Y!NO!CONFORMIDADES!(CUANTITATIVA)!.....................................................!146!TABLA!27.!NIVELES!MÁXIMOS!DE!RUIDO!PERMISIBLES!SEGÚN!USO!DEL!SUELO!......................................................!160!TABLA!28.!EQUIPO!DE!PROTECCIÓN!PERSONAL,!SERVICIO!DE!LIMPIEZA!.....................................................................!181! (

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Índice(de(Figuras((FIGURA!1.!UBICACIÓN!HOTEL!FIESTA!..................................................................................................................................!73!FIGURA!2.!ÁREA!HOTEL!FIESTA!............................................................................................................................................!74!FIGURA!3.!ALREDEDORES!HOTEL!FIESTA!............................................................................................................................!75!FIGURA!4.!DISTRIBUCIÓN!HOTEL!FIESTA!............................................................................................................................!75!FIGURA!5.!GEOLOGÍA!ISLA!SANTA!CRUZ!..............................................................................................................................!77!FIGURA!6.!MAPA!HIDROLÓGICO!HOTEL!FIESTA!.................................................................................................................!79!FIGURA!7.!UBICACIÓN!ESTACIÓN!METEOROLÓGICA!CHARLES!DARWIN!INAMHI!........................................................!80!FIGURA!8.!TEMPERATURA!ESTACIÓN!CHARLES!DARWIN!(2011)!..................................................................................!80!FIGURA!9.!FLUCTUACIÓN!DE!TEMPERATURA!......................................................................................................................!81!FIGURA!10.PRECIPITACIÓN!...................................................................................................................................................!82!FIGURA!11.!ROSA!DEL!VIENTO!2012!..................................................................................................................................!83!FIGURA!12.!TIPO!DE!SUELO!...................................................................................................................................................!85!FIGURA!13.!USO!DE!SUELO!PUERTO!AYORA!CLASIFICADO!POR!INFRAESTRUCTURA!EXISTENTE!...............................!87!FIGURA!14.!MAPA!DE!USO!DE!SUELO!ÁREA!DEL!HOTEL!FIESTA!.....................................................................................!88!FIGURA!15.!ZONAS!DE!VEGETACIÓN!DE!LA!ISLA!SANTA!CRUZ!.........................................................................................!94!FIGURA!16.!PORCENTAJE!DE!FAMILIAS!IDENTIFICADAS!EN!EL!ESTUDIO!.........................................................................!95!FIGURA!17.!ORIGEN!DE!LAS!ESPECIES!IDENTIFICADAS!EN!EL!ESTUDIO!...........................................................................!97!FIGURA!18.!USOS!DEL!RECURSO!FLORÍSTICO!DEL!HOTEL!FIESTA!...................................................................................!98!FIGURA!19.!COMPOSICIÓN!POR!EDAD!DE!LA!POBLACIÓN!EN!EL!CANTÓN!SANTA!CRUZ!.............................................!109!FIGURA!20.!DENSIDAD!POBLACIONAL!PUERTO!AYORA!.................................................................................................!110!FIGURA!21.!NIVEL!DE!INSTRUCCIÓN!MÁS!ALTO!AL!QUE!ASISTE!O!ASISTIÓ!..................................................................!112!FIGURA!22.!VÍAS!TERRESTRES!PUERTO!AYORA!..............................................................................................................!114!FIGURA!23.!INGRESO!VISITANTES!AL!PNG!.......................................................................................................................!116!FIGURA!24.!HOTEL!FIESTA!.................................................................................................................................................!119!FIGURA!25.!ESQUEMA!PLANTA!DE!TRATAMIENTO!DE!AGUAS!RESIDUALES!...............................................................!123!FIGURA!26.!UBICACIÓN!HOTEL!FIESTA!............................................................................................................................!124!FIGURA!27.!IMPORTANCIA!IMPACTOS!IDENTIFICADOS!..................................................................................................!133!FIGURA!28.!RIESGOS!NATURALES!HOTEL!FIESTA!..........................................................................................................!135!FIGURA!29.!ÁREAS!DE!INFLUENCIA!DIRECTA!E!INDIRECTA!HOTEL!FIESTA!.................................................................!139!FIGURA!30.!CLASIFICACIÓN!DE!RESIDUOS!SANTA!CRUZ!................................................................................................!165!FIGURA!31.!ELEMENTOS!PARA!AHORRO!DE!AGUA!...........................................................................................................!166!FIGURA!32.!ESQUEMA!BRIGADA!DE!CONTINGENCIAS!HOTEL!FIESTA!.........................................................................!173!FIGURA!33.!RUTAS!DE!EVACUACIÓN!SANTA!CRUZ!.........................................................................................................!177!FIGURA!34.!SILLA!RECEPCIÓN!............................................................................................................................................!180!FIGURA!35.!POSICIÓN!CORRECTA!FRENTE!A!UNA!COMPUTADORA!................................................................................!180!FIGURA!36.!EJERCICIOS!PARA!TRABAJO!EN!ESCRITORIO!.................................................................................................!181!FIGURA!37.!FAJA!LUMBAR,!PROTECCIÓN!ESPALDA!.........................................................................................................!181!FIGURA!38.!VESTIMENTA!PERSONAL!DE!COCINA!.............................................................................................................!183!( (

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Ficha(Técnica(

Nombre del Proyecto HOTEL FIESTA

Ubicación Político - Administrativa Provincia: Galápagos. Cantón: Santa Cruz.

Ubicación Cartográfica UTM WGS84 ZONA 15S Puntos Este Sur

1 798 648 9 917 412 2 798 631 9 917 359 3 798 683 9 917 332 4 798 703 9 917 395

Promotor del proyecto Nombre: Hotel Fiesta. Representante Legal: Rossana Herrera Granda. Dirección: Moisés Brito y Juan Montalvo, Puerto Ayora. Teléfono: 05 252 6440 – 09 97516578.

Consultor Nombre de la empresa: CADUCEUS CIA. LTDA. Representante legal: Hannes Poehlmann. Dirección: Leopoldo Chávez, calle Rumihuaico s/n, Tumbaco. Quito – Ecuador. Teléfono: 02 237 4299.

Equipo Técnico Responsable de la elaboración del estudio

Responsable estudios ambientales: Ing. Ana Gabriela Dávila. Ing. Alejandra Valdés. Responsable estudios bióticos: Blg. Diana Salazar. Consultor ambiental responsable: Ing. Ana Gabriela Dávila (Consultor registrado MAE-Categoría B). Responsable detalles técnicos: Hannes Poehlmann.

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Siglas(y(Abreviaturas( AAA: Autoridad ambiental de aplicación. AAAc: Autoridad ambiental de aplicación cooperante. AAAr: Autoridad ambiental de aplicación responsable. BEDE: Banco del Estado. GADM Santa Cruz: Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Cruz. HF: Hotel Fiesta. IGM: Instituto Geográfico Militar. INEC: Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. SIGTIERRAS: Sistema Nacional de Información y Gestión de Tierras Rurales e Infraestructura Tecnológica. MAGAP: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca. MEER: Ministerio de Electricidad y Energías Renovables. MIDUVI: Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda. MIES: Ministerio de Inclusión Económica y Social. MINCOR: Ministerio Coordinador de Patrimonio Natural y Cultural. MSP: Ministerio de Salud pública. OAE: Organismo de Acreditación Ecuatoriano. PDyOT: Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial. PMA: Plan de Manejo Ambiental. SUIA: Sistema Único de Información Ambiental.

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I.(Introducción( El Hotel Fiesta se encuentra ubicado en Puerto Ayora, islas Galápagos y está actualmente en funcionamiento. Para regularizar el proyecto se ha decidido realizar el proceso de licenciamiento ambiental, por lo cual la promotora ha contratado a la consultora Caduceus Cia. Ltda. para realizar los estudios correspondientes. Como parte del proceso para el desarrollo de este proyecto es necesario la regularización ambiental del mismo. De acuerdo a lo que establece la ley se debe realizar un estudio de impacto ambiental específico para el proyecto: “Para fines de regularización ambiental, los estudios ambientales son informes debidamente sustentados que proporcionan antecedentes para la identificación de los impactos ambientales que un proyecto, obra o actividad puede generar al ambiente; con el fin de generar medidas de prevención, control, mitigación, entre otras. Los estudios ambientales se dividen en: estudios de impacto ambiental ex-ante y ex-post, Declaración de Impacto Ambiental, y los definidos en la normativa ambiental específica, los mismos que se regirán bajo norma que lo regula” (Acuerdo Ministerial No. 006) (MAE, 2014). En el caso de este proyecto se realizará un estudio de impacto ambiental ex-post, es decir, un estudio cuando el proyecto ya se encuentra en construcción o en funcionamiento. Para iniciar el proceso, se registró el proyecto en el Sistema Único de Información Ambiental (SUIA) y se solicitó el Certificado de Intersección para el mismo. En el Anexo 1.- se presenta el Certificado de Intersección para el Hotel Fiesta, en el cual se indica que el proyecto NO INTERSECTA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores, Patrimonio Forestal del Estado, en específico con las Áreas Protegidas del Parque Nacional Galápagos. Una vez obtenido el Certificado Intersección, se presentaron los Términos de Referencia para la elaboración del estudio a través del SUIA. Los TDR´s fueron aprobados (Anexo 2.- Aprobación TDR´s) y en base a éstos se elaboró el presente documento. El estudio de impacto ambiental presentado a continuación fue elaborado por un equipo multidisciplinario, respetando lo indicado en el Art. 17.- Realización de un estudio de impacto ambiental, del Título I Del Sistema Único de Manejo Ambiental, Libro VI De la Calidad Ambiental, TULSMA.

II.(Análisis(legal(e(institucional(aplicable(al(proyecto(

2.1(Análisis(legal( A continuación se presenta el análisis del Marco Legal que debe tomarse en cuenta y respetarse durante toda actividad en el Hotel Fiesta.

2.1.1&Constitución&del&Ecuador&& TÍTULO II DEREHOS

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Capítulo segundo Derechos del buen vivir Agua y Alimentación Art. 12.- El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida. Sección segunda Ambiente sano Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios ambientales degradados. Art 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el derecho al agua. Se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia, comercialización, importación, transporte, almacenamiento y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, de contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos, agroquímicos internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y agentes biológicos experimentales nocivos y organismos genéticamente modificados perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la soberanía alimentaria o los ecosistemas, así como la introducción de residuos nucleares y desechos tóxicos al territorio nacional. Sección sexta Hábitat y vivienda Art.31.- Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. El ejercicio del derecho a la ciudad se basa en la gestión democrática de ésta, en la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad, y en el ejercicio pleno de la ciudadanía. Sección séptima Salud Art. 32.- La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.

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El Estado garantizará este derecho mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. La prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional.

Sección octava Trabajo y seguridad social Art.33.- El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el plano respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado. Art.34.- El derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las personas, y será deber y responsabilidad primordial del Estado. La seguridad social se regirá por los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y participación, para la atención de las necesidades individuales y colectivas. El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la seguridad social, que incluye a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares, actividades para el auto sustento en el campo, toda forma de trabajo autónomo y a quienes se encuentran en situación de desempleo. Capítulo tercero Sección novena Personas usuarias y consumidoras Art. 52.- Las personas tiene derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características. La ley establecerá los mecanismos de control de calidad y los procedimientos de defensa de las consumidoras y consumidores; y las sanciones por vulneración de estos derechos, la reparación e indemnización por deficiencias, daños o mala calidad de bienes y servicios, y por la interrupción de los servicios públicos que no fuera ocasionada por caso fortuito o fuerza mayor. Art.55.- Las personas usuarias y consumidoras podrán constituir asociaciones que promuevan la información y educación sobre sus derechos, y las representen y defiendan ante las autoridades judiciales o administrativas. Capítulo séptimo Derechos de la naturaleza Art.71.- La naturaleza o Pachamama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.

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Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema. Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas. Art. 73.- El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional. Art. 74.- Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir. Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado. TÍTULO III GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Capítulo segundo Políticas públicas, servicios púbicos y participación ciudadana Art 85.- - La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones:

1. Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad. 2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés general sobre el interés particular, cuando los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de bienes o servicios públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o prestación deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

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3. El Estado garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la ejecución de las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos.

En la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades. TÍTULO V ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DEL ESTADO Capítulo tercero Gobiernos autónomos descentralizado y regímenes especiales Art.258.- La provincia de Galápagos tendrá un gobierno de régimen especial. Su planificación y desarrollo se organizará en función de un estricto apego a los principios de conservación del patrimonio natural del Estado y del buen vivir, de conformidad con lo que la ley determine. Su administración estará a cargo de un Consejo de Gobierno presidido por el representante de la Presidencia de la República e integrado por las alcaldesas y alcaldes de los municipios de la provincia de Galápagos, representante de las Juntas parroquiales y los representantes de los organismos que determine la ley. Dicho Consejo de Gobierno tendrá a su cargo la planificación, manejo de los recursos y organización de las actividades que se realicen en la provincia. La ley definirá el organismo que actuará en calidad de secretaría técnica. Para la protección del distrito especial de Galápagos se limitarán los derechos de migración interna, trabajo o cualquier otra actividad pública o privada que pueda afectar al ambiente. En materia de ordenamiento territorial, el Consejo de Gobierno dictará las políticas en coordinación con los municipios y juntas parroquiales, quienes las ejecutarán. Las personas residentes permanentes afectadas por la limitación de los derechos tendrán acceso preferente a los recursos naturales y a las actividades ambientalmente sustentables. TÍTULO VII RÉGIMEN DEL BUEN VIVIR Capítulo primero Inclusión y equidad Art. 340.- El sistema nacional de inclusión y equidad social es el conjunto articulado y coordinado de sistemas, instituciones, políticas, normas, programas y servicios que aseguran el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos reconocidos en la Constitución y el cumplimiento de los objetivos del régimen de desarrollo. El sistema se articulará al Plan Nacional de Desarrollo y al sistema nacional descentralizado de planificación participativa; se guiará por los principios de universalidad, igualdad, equidad, progresividad, interculturalidad, solidaridad y no discriminación; y funcionará bajo los criterios de calidad, eficiencia, eficacia, transparencia, responsabilidad y participación.

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El sistema se compone de los ámbitos de la educación, salud, seguridad social, gestión de riesgos, cultura física y deporte, hábitat y vivienda, cultura, comunicación e información, disfrute del tiempo libre, ciencia y tecnología, población, seguridad humana y transporte. Art. 342.- El Estado asignará de manera prioritaria y equitativa, los recursos suficientes, oportunos y permanentes para el funcionamiento y gestión del sistema. Sección cuarta Hábitat y vivienda Art. 376.- Para hacer efectivo el derecho a la vivienda, al hábitat y a la conservación del ambiente, las municipalidades podrán expropiar, reservar y controlar áreas para el desarrollo futuro, de acuerdo con la ley. Se prohíbe la obtención de beneficios a partir de prácticas especulativas sobre el uso del suelo, en particular por el cambio de uso, de rústico a urbano o de público a privado. Sección novena Gestión del riesgo Art. 389.- El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad. El sistema nacional descentralizado de gestión de riesgo está compuesto por las unidades de gestión de riesgo de todas las instituciones públicas y privadas en los ámbitos local, regional y nacional. El Estado ejercerá la rectoría a través del organismo técnico establecido en la ley. Tendrá como funciones principales, entre otras:

1. Identificar los riesgos existentes y potenciales, internos y externos que afecten al territorio ecuatoriano.

2. Generar, democratizar el acceso y difundir información suficiente y oportuna para gestionar adecuadamente el riesgo.

3. Asegurar que todas las instituciones públicas y privadas incorporen obligatoriamente, y en forma transversal, la gestión de riesgo en su planificación y gestión.

4. Fortalecer en la ciudadanía y en las entidades públicas y privadas capacidades para identificar los riesgos inherentes a sus respectivos ámbitos de acción, informar sobre ellos, e incorporar acciones tendientes a reducirlos.

5. Articular las instituciones para que coordinen acciones a fin de prevenir y mitigar los riesgos, así como para enfrentarlos, recuperar y mejorar las condiciones anteriores a la ocurrencia de una emergencia o desastre.

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6. Realizar y coordinar las acciones necesarias para reducir vulnerabilidades y prevenir, mitigar, atender y recuperar eventuales efectos negativos derivados de desastres o emergencias en el territorio nacional.

7. Garantizar financiamiento suficiente y oportuno para el funcionamiento del Sistema, y coordinar la cooperación internacional dirigida a la gestión de riesgo.

Capítulo segundo Biodiversidad y recursos naturales Sección primera Naturaleza y ambiente Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales:

1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras.

2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas en el territorio nacional.

3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales.

4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza.

Art. 396.- El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas. La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas. Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de control ambiental permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles.

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Art. 397.- En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental. Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a:

1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado.

2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales. 3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente. 4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado.

5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales, basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad.

Sección segunda Biodiversidad Art. 400.- El Estado ejercerá la soberanía sobre la biodiversidad, cuya administración y gestión se realizará con responsabilidad intergeneracional. Se declara de interés público la conservación de la biodiversidad y todos sus componentes, en particular la biodiversidad agrícola y silvestre y el patrimonio genético del país. Sección tercera Patrimonio natural y ecosistemas Art. 404.- El patrimonio natural del Ecuador único e invaluable comprende, entre otras, las formaciones físicas, biológicas y geológicas cuyo valor desde el punto de vista ambiental, científico, cultural o paisajístico exige su protección, conservación, recuperación y promoción.

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Su gestión se sujetará a los principios y garantías consagrados en la Constitución y se llevará a cabo de acuerdo al ordenamiento territorial y una zonificación ecológica, de acuerdo con la ley. Art. 405.- El sistema nacional de áreas protegidas garantizará la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas. El sistema se integrará por los subsistemas estatal, autónomo descentralizado, comunitario y privado, y su rectoría y regulación será ejercida por el Estado. El Estado asignará los recursos económicos necesarios para la sostenibilidad financiera del sistema, y fomentará la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión. Las personas naturales o jurídicas extranjeras no podrán adquirir a ningún título tierras o concesiones en las áreas de seguridad nacional ni en áreas protegidas, de acuerdo con la ley. Art. 406.- El Estado regulará la conservación, manejo y uso sustentable, recuperación, y limitaciones de dominio de los ecosistemas frágiles y amenazados; entre otros, los páramos, humedales, bosques nublados, bosques tropicales secos y húmedos y manglares, ecosistemas marinos y marinos-costeros. Art. 407.- Se prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en las áreas protegidas y en zonas declaradas como intangibles, incluida la explotación forestal. Excepcionalmente dichos recursos se podrán explotar a petición fundamentada de la Presidencia de la República y previa declaratoria de interés nacional por parte de la Asamblea Nacional, que, de estimarlo conveniente, podrá convocar a consulta popular. Sección cuarta Recursos Naturales Art.408.- Son de propiedad inalienable, imprescriptible e inembargable del Estado los recursos naturales no renovables y, en general, los productos del subsuelo, yacimientos minerales y de hidrocarburos, substancias cuya naturaleza sea distinta de la del suelo, incluso los que se encuentren en las áreas cubiertas por las aguas del mar territorial y las zonas marítimas; así como la biodiversidad y su patrimonio genético y el espectro radioeléctrico. Estos bienes sólo podrán ser explotados en estricto cumplimiento de los principios ambientales establecidos en la Constitución. El Estado participará en los beneficios del aprovechamiento de estos recursos, en un monto que no será inferior a los que la empresa que los explota. El Estado garantizará que los mecanismos de producción, consumo y uso de los recursos naturales y la energía preserven y recuperen os ciclos naturales y permitan condiciones de vida con dignidad. Sección quinta Suelo Art. 409.- Es de interés público y prioridad nacional la conservación del suelo, en especial su capa fértil. Se establecerá un marco normativo para su protección y uso sustentable que

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prevenga su degradación, en particular la provocada por la contaminación, la desertificación y la erosión. En áreas afectadas por procesos de degradación y desertificación, el Estado desarrollará y estimulará proyectos de forestación, reforestación y revegetación que eviten el monocultivo y utilicen, de manera preferente, especies nativas y adaptadas a la zona. Sección sexta Agua Art. 411.- El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua. La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua. Art. 412.- La autoridad a cargo de la gestión del agua será responsable de su planificación, regulación y control. Esta autoridad cooperará y se coordinará con la que tenga a su cargo la gestión ambiental para garantizar el manejo del agua con un enfoque ecosistémico. Sección séptima Biosfera, ecología urbana y energías alternativas Art. 413.- El Estado promoverá la eficiencia energética, el desarrollo y uso de prácticas y tecnologías ambientalmente limpias y sanas, así como de energías renovables, diversificadas, d bajo impacto y que no pongan en riesgo la soberanía alimentaria, el equilibrio ecológico de los ecosistemas ni el derecho al agua. Art. 415.- El Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados adoptarán políticas integrales y participativas de ordenamiento territorial urbano y de uso del suelo, que permitan regular el crecimiento urbano, el manejo de la fauna urbana e incentiven el establecimiento de zonas verdes. Los gobiernos autónomos descentralizados desarrollarán programas de uso racional del agua, y de reducción, reciclaje y tratamiento adecuado de desechos sólidos y líquidos. Se incentivará y facilitará el transporte terrestre no motorizado, en especial mediante el establecimiento de ciclovías.

2.1.2&Plan&Nacional&del&Buen&Vivir&2013&–&2017& • Objetivo 7. Garantizar los derechos de la naturaleza y promover la sostenibilidad

ambiental territorial y global.

! Asegurar la promoción, la vigencia y la plena exigibilidad de los derechos de la naturaleza.

! Conocer, valorar, conservar y manejar sustentablemente el patrimonio natural y su biodiversidad terrestre, acuática continental, marina y costera, con el acceso justo y equitativo a sus beneficios.

! Garantizar la bioseguridad precautelando la salud de las personas, de otros seres vivos y de la naturaleza.

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! Promover la eficiencia y una mayor participación de energías renovables sostenibles como medida de prevención de la contaminación ambiental.

! Prevenir, controlar y mitigar la contaminación ambiental en los procesos de extracción, producción, consumo y post-consumo.

! Promover patrones de consumo conscientes, sostenibles y eficientes con criterio de suficiencia dentro de los límites del planeta.

! Fortalecer la gobernanza ambiental del régimen especial del Archipiélago de Galápagos y consolidar la planificación integral para la Amazonía (SENPLADES, 2013).

• Objetivo 9. Garantizar el trabajo digno en todas sus formas.

! Profundizar el acceso a condiciones dignas para el trabajo, la reducción progresiva de

la informalidad y garantizar el cumplimiento de los derechos laborales. ! Fortalecer los esquemas de formación ocupacional y capacitación articulados a las

necesidades del sistema de trabajo y al aumento de la productividad laboral (SENPLADES, 2013).

2.1.3&Leyes&&

Ley de Gestión Ambiental.

TÍTULO I AMBITO Y PRINCIPIOS DE LA LEY Art. 5.- Se establece el Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental como un mecanismo de coordinación transectorial, interacción y cooperación entre los distintos ámbitos, sistemas y subsistemas de manejo ambiental y de gestión de recursos naturales. En el sistema participará la sociedad civil de conformidad con esta Ley. Art. 6.- El aprovechamiento racional de los recursos naturales no renovables en función de los intereses nacionales dentro del patrimonio de áreas naturales protegidas del Estado y en ecosistemas frágiles, tendrán lugar por excepción previo un estudio de factibilidad económico y de evaluación de impactos ambientales. TÍTULO II DEL RÉGIMEN INSTITUCIONAL DE LA GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO II DE LA AUTORIDAD AMBIENTAL Art. 8.- La autoridad ambiental nacional será ejercida por el Ministerio del ramo, que actuará como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, sin perjuicio de las atribuciones que dentro del ámbito de sus competencias y conforme las leyes que las regulan, ejerzan otras instituciones del Estado.

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El Ministerio del ramo, contará con los organismos técnico - administrativos de apoyo, asesoría y ejecución, necesarios para la aplicación de las políticas ambientales, dictadas por el Presidente de la República. Art. 9.- Le corresponde al Ministerio del ramo: c) Aprobar anualmente la lista de planes, proyectos y actividades prioritarios, para la gestión ambiental nacional; d) Coordinar con los organismos competentes para expedir y aplicar las normas técnicas, manuales y parámetros generales de protección ambiental, aplicables en el ámbito nacional; el régimen normativo general aplicable al sistema de permisos y licencias de actividades potencialmente contaminantes, normas aplicables a planes nacionales y normas técnicas relacionadas con el ordenamiento territorial; e) Determinar las obras, proyectos e inversiones que requieran someterse al proceso de aprobación de estudios de impacto ambiental; f) Establecer las estrategias de coordinación administrativa y de cooperación con los distintos organismos públicos y privados; h) Recopilar la información de carácter ambiental, como instrumento de planificación, de educación y control. Esta información será de carácter público y formará parte de la Red Nacional de Información Ambiental, la que tiene por objeto registrar, analizar, calificar, sintetizar y difundir la información ambiental nacional; i) Construir Consejos Asesores entre los organismos componentes del Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental para el estudio y asesoramiento de los asuntos relacionados con la gestión ambiental, garantizando la participación de los entes seccionales y de la sociedad civil; j) Coordinar con los organismos competentes del sistemas de control para la verificación del cumplimiento de las normas de calidad ambiental referentes al aire, agua, suelo, ruido, desechos y agentes contaminantes; k) Definir un sistema de control y seguimiento de las normas y parámetros establecidos y del régimen de permios y licencias sobre actividades potencialmente contaminantes y las relacionadas con el ordenamiento territorial; m) Promover la participación de la comunidad en la formulación de políticas y en acciones concretas que se adopten para la protección del medio ambiente y manejo racional de los recursos naturales. TÍTULO III INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO II DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y DEL CONTROL AMBIENTAL

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Art.19.- Las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio. Art.20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo. Art. 21.- Los Sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental, evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos. El Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente. Art. 22.- Los sistemas de manejo ambiental en los contratos que requieran estudios de impacto ambiental y en las actividades para las que se hubiera otorgado licencia ambiental , podrán ser evaluados en cualquier momento, a solicitud del Ministerio del ramo o de las personas afectadas. La evaluación del cumplimiento de los planes de manejo ambiental aprobados se le realizará mediante auditoría ambiental, practicada por consultores previamente calificados por el Ministerio del ramo, a fin de establecer los correctivos que deban hacerse. Art. 23.- La evaluación del impacto ambiental comprenderá: a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada; b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución,; y, c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural. Art. 24.- En obras de inversión públicas o privadas, las obligaciones que se desprendan del sistema de manejo ambiental, constituirán elementos del correspondiente contrato. La evaluación del impacto ambiental, conforme al reglamento especial será formulada y aprobada, previamente a la expedición de la autorización administrativa emitida por el Ministerio del ramo. Art. 25.- La Contraloría General del Estado, podrá en cualquier momento, auditar los procedimientos de realización y aprobación de los estudios y evaluaciones de impacto ambiental, determinando la validez y eficacia de éstos, de acuerdo con la Ley y su Reglamento Especial. También lo hará respecto de la eficiencia, efectividad y economía de los planes de prevención, control y mitigación de impactos negativos de los proyectos, obras o actividades. Igualmente podrá contratar a personas naturales o jurídicas privadas para realizar los procesos de auditoría de estudios de impacto ambiental.

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Art. 27.- La Contraloría General del Estado vigilará el cumplimiento de los sistemas de control aplicados a través de los reglamentos, métodos e instructivos impartidos por las distintas instituciones del Estado, para hacer efectiva la auditoría ambiental. De existir indicios de responsabilidad se procederá de acuerdo a la ley. CAPÍTULO III DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Art. 28.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental, a través de los mecanismos que para el efecto establezca el Reglamento, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación entre el sector público y privado. Se concede acción popular para denunciar a quienes violen esta garantía, sin perjuicios de la responsabilidad civil y penal por denuncias o acusaciones temerarias o maliciosas. El incumplimiento del proceso de consulta al que se refiere el artículo 88 de la Constitución Política del República tornará inejecutable la actividad de que se trate y será causal de nulidad de los contratos respectivos. Art.29.- Toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada oportuna y suficientemente sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que conforme al Reglamento de esta Ley, pueda producir impactos ambientales. Para ello podrá formular peticiones y deducir acciones de carácter individual o colectivo ante las autoridades competentes. CAPÍTULO IV DE LA CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN Art. 31.- El Sistema Descentralizado de Gestión Ambiental, a través de los medios de difusión de que dispone el Estado proporcionará a la sociedad los lineamientos y orientaciones sobre el manejo y protección del medio ambiente y de los recursos naturales. CAPÍTULO V INTRUMENTOS DE APLICACIÓN DE NORMAS AMBIENTALES Art. 33.- Establézcanse como instrumentos de aplicación de las normas ambientales los siguientes: parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes y emisiones, normas técnicas de calidad de productos, régimen de permisos y licencias administrativas, evaluaciones de impacto ambiental, listados de productos contaminantes y nocivos para la salud humana y el medio ambiente, certificaciones de calidad ambiental de productos y servicios y otros que serán regulados en el respectivo reglamento. Art.34.- También servirán como instrumentos de aplicación de normas ambientales, las contribuciones y multas destinadas a la protección ambiental y uso sustentable de los recursos naturales, así como los seguros de riesgo y sistemas de depósito, los mismos que podrán ser utilizados para incentivar acciones favorables a la protección ambiental. Art.35.- El Estado establecerá incentivos económicos para las actividades productivas que se enmarquen en la protección del medio ambiente y el manejo sustentable de los recursos naturales. Las respectivas leyes determinarán las modalidades de cada incentivo.

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TÍTULO V DE LA INFORMACIÓN Y VIGILANCIA AMBIENTAL Art. 39.- Las instituciones encargadas de la administración de los recursos naturales, control de la contaminación ambiental y protección del medio ambiental, establecerán con participación social, programas de monitoreo del estado ambiental en las áreas de su competencia; esos datos serán remitidos al Ministerio del ramo para sistematización; tal información será pública. Art. 40.- Toda persona natural o jurídica que, en el curso de sus actividades empresariales o industriales estableciere que las mismas producir o están produciendo daños ambientales a los ecosistemas, esta obligada a informar sobre ello al Ministerio del ramo o a las instituciones del régimen seccional autónomo. La información se presentará a la brevedad posible y las autoridades competentes deberán adoptar las medidas necesarias para solucionar los problemas detectados. En caso de incumplimiento de la presente disposición, el infractor será sancionado con una multa de veinte a doscientos salarios mínimos vitales generales. TÍTULO VI DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS AMBIENTALES Art. 41.- Con el fin de proteger los derechos ambientales individuales o colectivos, concédase acción pública a las personas naturales, jurídicas o grupo humano para denunciar la violación de las normas de medio ambiente, sin perjuicios de la acción de amparo constitucional previsto en la Constitución Política de la República. Art. 42.- Toda persona natural, jurídica o grupo humano podrá ser oída en los procesos penales, civiles o administrativos, previa fianza de calumnia, que se inicien por infracciones de carácter ambiental, aunque no hayan sido vulnerados sus propios derechos. El Presidente de la Corte Superior del lugar en que se produzca la afectación ambiental, será el competente para conocer las acciones que se propongan a consecuencia de la misma. Si la afectación comprende varias jurisdicciones, la competencia corresponderá a cualquiera de los presidentes de las cortes superiores de esas jurisdicciones. CAPÍTULO I DE LAS ACCIONES CIVILES Art. 43.- Las personas naturales, jurídicas o grupos humanos, vinculados por un interés común y afectados directamente por la acción u omisión dañosa podrán interponer ante el Juez competente, acciones por daños y perjuicios y por el deterioro causado a la salud o al medio ambiente incluyendo la biodiversidad con sus elementos constitutivos. Sin perjuicios de las demás acciones legales a que hubiere lugar, el juez condenará al responsable de los daños al pago de indemnizaciones a favor de la colectividad directamente afectada y a la reparación de los daños y perjuicios ocasionados. Además condenará al responsable al pago del diez por ciento (10%) del valor que represente la indemnización a favor del accionante.

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Sin perjuicio de dichos pagos y en caso de no ser identificable la comunidad directamente afectada o de constituir ésta el total de la comunidad, el juez ordenará que el pago que por reparación civil corresponda se efectúe a la institución que deba emprender las labores de reparación conforme a esta Ley. En todo caso, el juez determinará en sentencia, conforme a los peritajes ordenados, el monto requerido para la reparación del daño producido y el monto a ser entregado a los integrantes de la comunidad directamente afectada. Establecerá además la persona natural o jurídica que deba recibir el pago y efectuar las labores de reparación. Las demandas por daños y perjuicios originados por una afectación al ambiente, se tramitarán por la vía verbal sumaria. CAPÍTULO II DE LAS ACCIONES ADMINISTRATIVAS Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVAS Art. 44.- Cuando los funcionarios públicos, por acción u omisión incumplan las normas de protección ambiental, cualquier persona natural, jurídica o grupo humano, podrá solicitar por escrito acompañando las pruebas suficientes al superior jerárquico que imponga las sanciones administrativas correspondientes, sin perjuicio de las sanciones civiles y penales a que hubiere lugar. El superior jerárquico resolverá la petición o reclamo en término de 15 días, vencido el cual se entenderá, por el silencio administrativo, que la solicitud ha sido aprobada o que la reclamación fue resuelta a favor del peticionario. Art. 46.- Cuando los particulares, por acción u omisión incumplan las normas de protección ambiental, la autoridad competente adoptará, sin perjuicio de las sanciones previstas en esta Ley, las siguientes medidas administrativas: a) Decomiso de las especies de flora y fauna obtenidas ilegalmente y de los implementos utilizados para cometer la infracción; y, b) Exigirá la regularización de las autorizaciones, permisos estudios y evaluaciones; así como verificará el cumplimiento de las medidas adoptadas para mitigar y compensar daños ambientales, dentro del término de treinta días.

Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental

CAPÍTULO I DE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL AIRE Art.1.- Queda prohibido expeler hacia la atmósfera o descargar en ella, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, contaminantes que, a juicio de los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, puedan perjudicar la salud y vida humana, la flora, la fauna y los recursos o bienes del Estado o de particulares o construir una molestia.

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Art. 2.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes potenciales de contaminación del aire: a) Las artificiales, originadas por el desarrollo tecnológico y la acción del hombre, tales como fábricas, caderas, generadores de vapor, talleres, plantas termoeléctricas, refinerías de petróleo, plantas químicas, aeronaves, automotores y similares, la incineración, quema a cielo abierto de basuras y residuos, la explotación de materiales de construcción y otras actividades que produzcan o puedan producir contaminación; y, b) Las naturales, ocasionadas por fenómenos naturales, tales como erupciones, precipitaciones, sismos, sequías, deslizamientos de tierra y otros. Art. 5.- Las instituciones públicas o privadas interesadas en la instalación de proyectos industriales, o de otras que pudieran ocasionar alteraciones en los sistemas ecológicos y que produzcan o puedan producir contaminación del aire, deberán presentar a los Ministerios de Salud y del Ambiente, según corresponda, para su aprobación previa, estudios sobre el impacto ambiental y las medidas de control que se proyecten a aplicar. CAPÍTULO II DE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS Art.6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades. Art. 7.- El Consejo Nacional de Recursos Hídricos, en coordinación con los Ministerios de Salud y del Ambiente, según el caso, elaborarán los proyectos de normas técnicas y de las regulaciones para autorizar las descargas de líquidos residuales, de acuerdo con la calidad de agua que deba tener el cuerpo receptor. Art. 8.- Los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, fijarán el grado de tratamiento que deban tener los residuos líquidos a descargar en el cuerpo receptor, cualquiera sea su origen. Art. 9.- Los Ministerios de Salud y del Ambiente, en sus respectivas áreas de competencia, también, están facultados para supervisar la construcción de las plantas de tratamiento de aguas residuales, así como de su operación y mantenimiento, con el propósito de lograr los objetivos de esta Ley. CAPÍTULO III DE LA PREVENCIÓN y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LOS SUELOS Art. 10.- Queda prohibido descargar; sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes. Art. 11.- Para los efectos de esta Ley, serán consideradas como fuentes potenciales de contaminación, las substancias radioactivas y los desechos sólidos, líquidos o gaseosos de procedencia industrial, agropecuaria, municipal o doméstica.

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Art. 15.- El Ministerio del Ambiente regulará la disposición de los desechos provenientes de productos industriales que, por su naturaleza, no sean biodegradables, tales como plásticos, vidrios, aluminio y otros. Art. 16.- Se concede acción popular para denunciar ante las autoridades competentes, toda actividad que contamine el medio ambiente.

Ley Orgánica de Salud CAPÍTULO I DEL DERECHO A LA SALUD Y SU PROTECCIÓN

Art. 1.- La presente Ley tiene como finalidad regular las acciones que permitan efectivizar el derecho universal a la salud consagrado en la Constitución Política de la República y la ley. Se rige por los principios de equidad, integralidad, solidaridad, universalidad, irrenunciabilidad. indivisibilidad, participación, pluralidad, calidad y eficiencia; con enfoque de derechos, intercultural, de género, generacional y bioético. Art. 2.- Todos los integrantes del Sistema Nacional de Salud para la ejecución de las actividades relacionadas con la salud, se sujetarán a las disposiciones de esta Ley, sus reglamentos y las normas establecidas por la autoridad sanitaria nacional. Art. 4.- La autoridad sanitaria nacional es el Ministerio de Salud Pública, entidad a la que corresponde el ejercicio de las funciones de rectoría en salud; así como la responsabilidad de la aplicación, control y vigilancia del cumplimiento de esta Ley; y, las normas que dicte para su plena vigencia serán obligatorias.

Art. 6.- Es responsabilidad del Ministerio de Salud Pública:

13.- Regular, vigilar y tomar las medidas destinadas a proteger la salud humana ante los riesgos y daños que pueden provocar las condiciones del ambiente; 15.- Regular, planificar, ejecutar, vigilar e informar a la población sobre actividades de salud concernientes a la calidad del agua, aire y suelo; y, promocionar espacios y ambientes saludables, en coordinación con los organismos seccionales y otros competentes; 16.- Regular y vigilar, en coordinación con otros organismos competentes, las normas de seguridad y condiciones ambientales en las que desarrollan sus actividades los trabajadores, para la prevención y control de las enfermedades ocupacionales y reducir al mínimo los riesgos y accidentes del trabajo. 30.- Dictar, en su ámbito de competencia, las normas sanitarias para el funcionamiento de los locales y establecimientos públicos y privados de atención a la población.

LIBRO II SALUD Y SEGURIDAD AMBIENTAL

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Disposición común Art. 95.- La autoridad sanitaria nacional en coordinación con el Ministerio de Ambiente, establecerá las normas básicas para la preservación del ambiente en materias relacionadas con la salud humana, las mismas que serán de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales, entidades públicas, privadas y comunitarias. El estado a través de los organismos competentes y el sector privado esta obligado a proporcionar a la población, información adecuada y veraz respecto del impacto ambiental y sus consecuencias para la salud individual y colectiva.

TÍTULO ÚNICO CAPÍTULO I Del agua para consumo humano

Art. 96.- Declárese de prioridad nacional y de utilidad pública, el agua para consumo humano.

Es obligación del Estado, por medio de las municipalidades, proveer a la población de agua potable de calidad, apta para el consumo humano.

Toda persona natural o jurídica tiene la obligación de proteger los acuíferos, las fuentes y cuencas hidrográficas que sirvan para el abastecimiento de agua para consumo humano. Se prohíbe realizar actividades de cualquier tipo, que pongan en riesgo de contaminación las fuentes de captación de agua. La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con otros organismos competentes, tomarán medidas para prevenir, controlar, mitigar, remediar y sancionar la contaminación de las fuentes de agua para consumo humano.

A fin de garantizar la calidad e inocuidad, todo abastecimiento de agua para consumo humano, queda sujeto a la vigilancia de la autoridad sanitaria nacional, a quien corresponde establecer las normas y reglamentos que permitan asegurar la protección de la salud humana.

CAPÍTULO II De los desechos comunes, infecciosos, especiales y de las radiaciones ionizantes y no ionizantes

Art. 100.- La recolección, transporte, tratamiento y disposición final de desechos es responsabilidad de los municipios que la realizarán de acuerdo con las leyes, reglamentos y ordenanzas que se dicten para el efecto, con observancia de las normas de bioseguridad y control determinadas por la autoridad sanitaria nacional. El Estado entregará los recursos necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo.

Art. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamente correspondiente, en ríos, mates, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades agropecuarias.

Art. 104.- Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos tóxicos que se

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produzcan por efecto de sus actividades. Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir esta disposición. Art. 105.- Las personas naturales o jurídicas propietarias de instalaciones o edificaciones, públicas o privadas, ubicadas en las zonas costeras e insulares, utilizarán las redes de alcantarillado para eliminar las aguas servidas y residuales producto de las actividades que desarrollen; y, en los casos que inevitablemente requieran eliminarlos en el mar, deberán tratarlos previamente, debiendo contar para el efecto con estudios de impacto ambiental; así como utilizar emisarios submarinos que cumplan con las normas sanitarias y ambientales correspondientes. CAPÍTULO III Calidad de aire y de la contaminación acústica Art. 113.- Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y control, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana. CAPÍTULO V Salud y seguridad en el trabajo Art. 117.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Empleo y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, establecerá las normas de salud y seguridad en el trabajo para proteger la salud de los trabajadores. Art. 118.- Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de enfermedades laborales. Art. 119.- Los empleadores tienen la obligación de notificar a las autoridades competentes, los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, sin perjuicio de las acciones que adopten tanto el Ministerio del Trabajo y Empleo como el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Art. 120.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con el Ministerio del Trabajo y Empleo y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, vigilará y controlará las condiciones de trabajo, de manera que no resulten nocivas o insalubres durante los períodos de embarazo y lactancia de las mujeres trabajadoras. Los empleadores tienen la obligación de cumplir las normas y adecuar las actividades laborales de las mujeres embarazadas y en período de lactancia. Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua TITULO III DERECHOS, GARANTÍAS Y OBLIGACIONES CAPÍTULO III DERECHOS DE LA NATURALEZA

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Art. 64.- Conservación del agua. La naturaleza o Pacha Mama tiene derecho a la conservación de las aguas con sus propiedades como soporte esencial para todas las formas de vida. En la conservación del agua, la naturaleza tiene derecho a:

a) La protección de sus fuentes, zonas de captación, regulación, recarga, afloramiento y cauces naturales de agua, en particular, nevados, glaciares, páramos, humedales y manglares.

b) El mantenimiento del caudal ecológico como garantía de preservación de los ecosistemas y la biodiversidad;

c) La preservación de la dinámica natural del ciclo integral del agua o ciclo hidrológico;

d) La protección de las cuencas hidrográficas y los ecosistemas de toda contaminación; y,

e) La restauración y recuperación de los ecosistemas por efecto de los desequilibrios

producidos por la contaminación de las aguas y la erosión de los suelos. CAPÍTULO VI GARANTÍAS PREVENTIVAS Art. 78.- Áreas de protección hídrica a los territorios donde existan fuentes de agua declaradas como de interés público para su mantenimiento, conservación y protección, que abastezcan el consumo humano o garanticen la soberanía alimentaria, las mismas formarán parte del Sistema Nacional de Áreas protegidas. La Autoridad única del Agua, previo informe técnico emitido por la Autoridad Ambiental Nacional y en coordinación con los Gobiernos Autónomos Descentralizados en el ámbito de sus competencias, establecerá y delimitará las áreas de protección hídrica que sean necesarias para el mantenimiento y conservación del dominio hídrico público. El uso de las áreas de protección hídrica será regulado por el Estado para garantizar su adecuado manejo. El régimen para la protección que se establezca para las áreas de protección hídrica, respetará los usos espirituales de pueblos y nacionalidades. En el Reglamento de esta Ley se determinará el procedimiento para establecer estas áreas de protección hídrica, siempre que no se trate de humedales, bosques y vegetación protectores. Cuando el uso del suelo afecte la protección y conservación de los recursos hídricos, la Autoridad Única del Agua en coordinación con los Gobiernos Autónomos Descentralizados y las circunscripciones territoriales, establecerá y delimitará las áreas de protección hídrica, con el fin de prevenir y controlar la contaminación del agua en riberas, lechos de ríos, lagos, lagunas, embalses, estuarios y mantos freáticos. Art. 80.- Vertidos: prohibiciones y control. Se consideran como vertidos las descargas de aguas residuales que se realicen directa o indirectamente en el dominio hídrico público. Queda prohibido el vertido directo o indirecto de aguas o productos residuales, aguas servidas, sin tratamiento y lixiviados susceptibles de contaminar las aguas del dominio hídrico público.

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La Autoridad Ambiental Nacional ejercerá el control de vertidos en coordinación con la Autoridad Única del Agua y los Gobiernos Autónomos Descentralizados acreditados en el sistema único de manejo ambiental. Es responsabilidad de los gobiernos autónomos municipales el tratamiento de las aguas servidas y desechos sólidos, para evitar la contaminación de las aguas de conformidad con la ley.

Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre TÍTULO I DE LOS RECURSOS FORESTALES CAPÍTULO I Del Patrimonio Forestal del Estado Art. 1.- Constituyen patrimonio forestal del Estado, las tierras forestales que de conformidad con la Ley son de su propiedad, los bosques naturales que existan en ellas, los cultivados por su cuenta y la flora y fauna silvestre; los bosques que se hubieren plantado o se plantaren en terrenos del Estado, exceptuándose los que se hubieren formado por colonos y comuneros en tierras en posesión. Los derechos por las inversiones efectuadas en los bosques establecidos mediante contratos de consorcios forestales, de participación especial, de forestación y pago de la inversión para la utilización del Fondo Nacional de Forestación, celebrado con personas naturales o jurídicas, otras inversiones similares, que por efecto de la presente Ley son transferidos al Ministerio. Las tierras del Estado, marginales para el aprovechamiento agrícola o ganadero. Todas las tierras que se encuentren en estado natural y que por su valor científico y por su influencia en el medio ambiente, para efectos de conservación del ecosistema y especies de flora y fauna, deban mantenerse en estado silvestre. Formarán también dicho patrimonio, las tierras forestales y los bosques que en el futuro ingresen a su dominio, a cualquier título, incluyendo aquellas que legalmente reviertan al Estado. Los manglares, aún aquellos existentes en propiedades particulares, se consideran bienes del Estado y están fuera del comercio, no son susceptibles de posesión o cualquier otro medio de apropiación y solamente podrán ser explotados mediante concesión otorgada, de conformidad con esta Ley y su reglamento. TÍTULO II DE LAS AREAS NATURALES Y DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRES

CAPÍTULO I Del patrimonio Nacional de Áreas Naturales

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Art. 66.- El patrimonio de áreas naturales del Estado se halla constituido por el conjunto de áreas silvestres que se destacan por su valor protector, científico, escénico, educacional, turístico y recreacional, por su flora y fauna, o porque constituyen ecosistemas que contribuyen a mantener el equilibrio del medio ambiente.

Corresponde al Ministerio del Ambiente, mediante Acuerdo, la determinación y delimitación de las áreas que forman este patrimonio, sin perjuicio de las áreas ya establecidas por leyes especiales, decretos o acuerdos ministeriales anteriores a esta Ley.

Art. 67.- Las áreas naturales del patrimonio del Estado se clasifican para efectos de su administración, en las siguientes categorías:

a) Parques nacionales; b)Reserva ecológica; c) Refugio de vida silvestre; d)Reservas biológicas; e) Áreas nacionales de recreación; f) Reserva de producción de fauna; y, g) Área de caza y pesca.

Art. 68.- El patrimonio de áreas naturales del Estado deberá conservarse inalterado. A este efecto se formularán planes de ordenamiento de cada una de dichas áreas. Este patrimonio es inalienable e imprescriptible y no puede constituirse sobre él ningún derecho real.

CAPÍTULO II De la Administración del Patrimonio de Áreas Naturales

Art. 69.- La planificación, manejo, desarrollo, administración, protección y control del patrimonio de áreas naturales del Estado, estará a cargo del Ministerio del Ambiente. La utilización de sus productos y servicios se sujetará a los reglamentos y disposiciones administrativas pertinentes.

CAPÍTULO III De la conservación de la Flora y Fauna Silvestres

Art. 71.- El patrimonio de áreas naturales del Estado se manejará con sujeción a programas específicos de ordenamiento, de las respectivas unidades de conformidad con el plan general sobre esta materia.

En estas áreas sólo se ejecutarán las obras de infraestructura que autorice el Ministerio del Ambiente. Art.72.- En las unidades del patrimonio de áreas naturales del Estado, que el Ministerio del Ambiente determine, se controlará el ingreso del público y sus actividades, incluyendo la investigación científica. En los reglamentos se fijarán las tarifas de ingresos y servicios y los demás requisitos que fueren necesarios.

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Art. 73.- La flora y fauna silvestres son de dominio del Estado y corresponde al Ministerio del Ambiente su conservación, protección y administración, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:

b) Prevenir y controlar la contaminación del suelo y de las aguas, así como la degradación del medio ambiente.

f) Cumplir y hacer cumplir los convenios nacionales e internacionales para la conservación de la flora y fauna silvestres y su medio ambiente; y,

g) Las demás que le asignen la Ley y el reglamento.

Art. 75.- Cualquiera que sea la finalidad, prohíbase ocupar las tierras del patrimonio de áreas naturales del Estado, alterar o dañar la demarcación de las unidades de manejo u ocasionar deterioro de los recursos naturales en ellas existentes. Se prohíbe igualmente, contaminar el medio ambiente terrestre, acuático o aéreo, o atentar contra la vida silvestre, terrestre, acuática o aérea, existente en las unidades de manejo. Ley de Régimen Especial para la Conservación y el Desarrollo Sustentable de la Provincia de Galápagos Art. 1.- Ámbito.- La ley de Régimen especial para la Conservación y el Desarrollo Sustentable de la provincia de Galápagos, establece el régimen jurídico administrativo al que se someten los organismos del régimen seccional dependiente y del régimen seccional autónomo, en lo pertinente, los asentamientos humanos y sus actividades relacionadas como salud, educación, saneamiento y servicios básicos, entre otros; las actividades de conservación y desarrollo sustentable de la provincia de Galápagos y el área que constituye la Reserva marina Galápagos. Art. 28.- Actividades de los Residentes.- Los residentes permanentes podrán trabajar como empleados, trabajadores, ejercer actividades productivas o de servicios en la provincia de Galápagos. Los residentes temporales podrán realizar únicamente las actividades que motivaron su ingreso a las Islas. Únicamente los residentes permanentes y temporales podrán ser empadronados en la provincia de Galápagos. Para la ejecución de obras y servicios privados o públicos en la provincia de Galápagos, se utilizará mano de obra y profesionales locales; en los casos en que esta no bastare tanto en el sector público, como en el privado, se empleará a profesionales o trabajadores no residentes, previo informe favorable del INGALA. Se podrán llenar vacantes pero a título temporal y con contratos según el tiempo, categorización y requisitos, establecidos para el empleador o patrono, en el Reglamento. Art. 45.- Turismo y Conservación.- El turismo permitido en la provincia de Galápagos se basará en el principio de Turismo de Naturaleza y tendrá como destinos el Parque Nacional, la Reserva Marina y los centros poblados de la provincia de Galápagos. Estará sujeto a modalidades de operación compatibles con los principios de conservación establecidos en

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esta Ley. Además, a las normas contenidas en la Ley Especial de Desarrollo Turístico, Ley Forestal y de Áreas Naturales y Vida Silvestre, a sus Reglamentos Generales, Reglamento Especial de Turismo en Áreas Naturales Protegidas y a los planes de manejo vigentes. Art. 69.- Será sancionado con prisión de 1 mes a un año y multa de diez a mil salarios mínimos vitales generales y el decomiso de los productos, según sea del caso y siempre que no haya sido aplicada esta sanción en vía administrativa:

a) Quien destruya o altere las áreas protegida, abandonen desperdicios o desechos en las bahías, playas o rivera; arrojen al agua desperdicios u objetos que deterioren gravemente el ecosistema o, sin la autorización extraigan materiales áridos o pétreos de las áreas protegidas;

DISPOSICIONES GENERALES SEGUNDA: Para el ejercicio de todas las actividades lucrativas, las personas naturales y jurídicas deberán pertenecer, en caso de existir a las correspondientes, asociaciones, cooperativas, cámaras, gremios u otras organizaciones cantonales o provinciales.

2.1.4&Códigos& Código de la Salud Art. 67.- Se prohíbe descargar residuos de cualquier naturaleza, aguas negras y servidas en acequias, quebradas, arenales, barrancas, ríos, lagos, esteros; proximidades de criaderos naturales o artificiales de animales destinados a la alimentación o consumo humano, y cualquier depósito o corriente de agua que se utilice para el uso público; consumo o uso doméstico, usos agrícolas e industriales, balnearios o abrevaderos de animales, a menos que el Ministerio conceda permiso especial para ellos. Art. 71.- En las escuelas, colegios, cuarteles, mercados, hoteles, moteles y otros lugares similares, establecerán los servicios sanitarios necesarios que recomiende el Ministerio de acuerdo con el número de usuarios y áreas utilizables.

2.1.5& Texto& Unificado& de& Legislación& Ambiental& Secundaria& del& Ministerio& del&Ambiente& LIBRO I DE LA AUTORIDAD AMBIENTAL TÍTULO I De la Misión, Visión y Objetivos del Ministerio del Ambiente Art. 4.- En todas las normas en las que se hace referencia el Instituto Ecuatoriano Forestal y de Áreas Naturales y Vida Silvestre, se entenderá que se habla del Ministerio del Ambiente, el mismo que ejerce las funciones y atribuciones que la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre asigna al Ministerio de Agricultura y Ganadería.

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A excepción del Parque Nacional Galápagos, que se rige por normas especiales, el Ministerio de Medio Ambiente establecerá los mecanismos necesarios para la administración y manejo de las áreas protegidas, pudiendo contar para ello con el apoyo del sector privado a través de cualquier mecanismo permitido por el sistema jurídico ecuatoriano. LIBRO III DEL RÉGIMEN FORESTAL Título IV De los Bosques y Vegetación Protectores Art. 20.- Las únicas actividades permitidas dentro de los bosques y vegetación protectores, previa autorización del Ministerio del Ambiente o la dependencia correspondiente de éste, serán las siguientes:

a) La apertura de franjas cortafuegos; b) Control fitosanitario; c) Fomento de la flora y fauna silvestres; d) Ejecución de obras públicas consideradas prioritarias; e) Manejo forestal sustentable siempre y cuando no se perjudique las funciones establecidas en el artículo 16, conforme al respectivo Plan de Manejo Integral; f) Científicas, turísticas y recreacionales.

Título XIV De las Áreas Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres Capítulo I De las Áreas Naturales Art. 168.- El establecimiento del sistema de áreas naturales del Estado y el manejo de la flora y fauna silvestres, se rige por lo siguientes objetivos básicos:

a) Propender a la conservación de los recursos naturales renovables acorde con los intereses sociales, económicos, y culturales del país; b) Preservar los recursos sobresalientes de flora y fauna silvestres, paisajes, reliquias históricas y arqueológicas, fundamentados en principios ecológicos; c) Perpetuar en estado natural muestras representativas de comunidades bióticas, regiones fisiográficas, unidades biogeográficas, sistemas acuáticos, recursos genéticos y especies silvestres en peligro de extinción; d) Proporcionar oportunidades de integración del hombre con la naturaleza; y, e) Asegurar la conservación y fomento de la vida silvestre para su utilización racional en beneficio de la población.

Art. 170.- Las actividades permitidas en el Sistema de Áreas Naturales del Estado son las siguientes: preservación, protección, investigación, recuperación y restauración, educación y

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cultura, recreación y turismo controlados, pesca y caza deportiva controladas, aprovechamiento racional de la fauna y flora silvestre. Estas actividades serán autorizadas por el Ministerio del Ambiente o la dependencia correspondiente de éste, en base a la categoría de manejo de las áreas naturales. Título XVII Disposiciones Generales Art. 258.- Toda persona esta obligada a denunciar inmediatamente al Ministerio del Ambiente o la dependencia correspondiente de éste, el deterioro de los recursos naturales renovables originado en la ejecución de proyectos de desarrollo rural o industriales, construcción de carreteras, obras de regadío hidroeléctricas u otras semejantes determinadas por el Ministerio del Ambiente. Art. 259.- En la elaboración de los proyectos señalados en el artículo anterior, cuya ejecución pudiere causar deterioro de los recursos naturales renovables, en el área de su influencia, deberá incluirse previsiones y recursos tendientes a evitar tal deterioro. En caso de preverse la ocurrencia de daños inevitables, los responsables de los proyectos deberán asignar los recursos necesarios para ejecutar las acciones correctivas del caso. Los propietarios de áreas colindantes facilitarán la ejecución de dichas medidas. LIBRO V DE LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS COSTEROS Título III De los Recursos Costeros Capítulo V De la Administración, Supervisión y Control Art. 55.- El uso y aprovechamiento de tierras fuera del ecosistema de manglar y su zona de transición, pero que a su vez forman parte del Patrimonio Forestal del Estado se realizarán en la forma y con las limitaciones que establecen las normas legales y reglamentarias especiales aplicables a las actividades a desarrollarse en las mismas, incluidas las recomendaciones de estudios de impacto ambiental y programas de mitigación y mediación ambiental. La Subsecretaría de Gestión Ambiental Costera emitirá un informe sobre los proyectos de uso y aprovechamiento de estas áreas, de manera previa a, su ejecución. Art. 57.- Para la administración y manejo de las zonas de manglar que hubieren sido declaradas áreas naturales protegidas, se expedirá una reglamentación especial. LIBRO VI DE LA CALIDAD AMBIENTAL TÍTULO I Del Sistema Único de Manejo Ambiental

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Art 1.- Propósito y ámbito.- Reglamentase el Sistema Único de Manejo Ambiental señalado en los artículos 19 hasta 24 de la Ley de Gestión Ambiental, en lo referente a: marco institucional, mecanismos de coordinación interinstitucional y los elementos del sub – sistema de evaluación de impacto ambiental, el proceso de evaluación de impacto ambiental, así como los procedimientos de impugnación, suspensión revocatoria y registro de licencias ambientales. CAPÍTULO II DE LOS MECANISMOS DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL DEL SISTEMA UNICO DE MANEJO AMBIENTAL Art. 10.- Coordinación a través de la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr).- Dado que un proceso de evaluación de impactos ambientales es una tarea interdisciplinaria que, por lo general, involucra estudios y análisis sobre variados recursos naturales y/o aspectos ambientales, bajo la responsabilidad de diferentes administraciones sectoriales y seccionales, y por ende puede involucrar a varias autoridades ambientales de aplicación dentro de su respectivo ámbito de competencias, es necesario identificar el marco legal e institucional para cada actividad o proyecto propuesto en los correspondientes términos de referencia para un estudio de impacto ambiental, conforme lo establecido en los artículos 16 y 21 de este Título o, incluso, previo al inicio del proceso de evaluación de y aprobación de impactos ambientales, en este caso únicamente en función de la descripción de la actividad o proyecto propuesto. A través de este análisis legal e institucional se identifica la autoridad ambiental de aplicación responsable del proceso de evaluación de impactos ambientales, conforme lo establecido en el artículo siguiente. Art. 11.- Determinación de la AAAr.- La autoridad ambiental de aplicación responsable se determina a través de

a) competencia definida en razón de materia, territorio o tiempo; o, en caso que no sea determinable de esta manera a través de

a.1) consenso entre las autoridades de aplicación involucradas en el que se prioriza la capacidad institucional y experiencia como variables primordiales para determinar la AAAr; o, si no se logra un consenso entre las autoridades de aplicación involucradas dentro de un término de 10 días a partir de la respectiva consulta, a través de

a1.1) decisión de la autoridad ambiental nacional o del Procurador General del Estado, conforme a lo dispuesto en el literal g) del artículo 9 de la Ley de Gestión Ambiental.

Las demás autoridades de aplicación involucradas en el proceso de evaluación de impactos ambientales se convierten en instituciones cooperantes (AAAc) para el proceso, sin necesidad de ser acreditadas y con la obligación de emitir su correspondiente informe o pronunciamiento previo, dentro del ámbito de sus competencias, el mismo que será incorporado en la revisión y el análisis de la AAAr dentro del proceso. En el caso de dudas sobre la determinación de la autoridad ambiental de aplicación que liderará el proceso de evaluación de impactos ambientales, tanto el promotor de una actividad

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o proyecto propuesto como cualquiera de las autoridades ambientales de aplicación involucradas pueden realizar las consultas pertinentes a los mecanismos referidos en los literales precedentes. En el caso que la AAAr no se determine en el término establecido en este artículo, se entiende que es aquella institución que se haya identificado en la respectiva consulta. En el caso de que el licenciamiento ambiental de una actividad o proyecto propuesto en razón de competencia territorial correspondería al ámbito municipal pero dicha actividad, proyecto o su área de influencia abarca más de una jurisdicción municipal, el proceso de evaluación de impactos ambientales será liderado por el respectivo Consejo Provincial siempre y cuando el Consejo Provincial tenga en aplicación un sub-sistema de evaluación de impacto ambiental acreditado, caso contrario la autoridad líder se determinará de acuerdo a lo establecido en este artículo en coordinación con las demás instituciones involucradas. Art. 13.- Objetivo General de la evaluación de impactos ambientales.- El objetivo general de la evaluación de impactos ambientales dentro del SUMA es garantizar el acceso de funcionarios públicos y la sociedad en general a la información ambiental relevante de una actividad o proyecto propuesto precio a la decisión sobre la implementación o ejecución de la actividad o proyecto. Para tal efecto, en el proceso de evaluación de impactos ambientales se determinarán, describen y evalúan los potenciales impactos de una actividad o proyecto propuesto con respecto a las variables ambientales relevantes de los medios a) físico (agua, aire, suelo y clima); b) biótico (flora, fauna y sus hábitat); c) socio-cultural (arqueología, organización socio-económica, entre otros); y, d) salud pública. Art. 15.- Determinación de la necesidad de una evaluación de impactos ambientales (tamizado).- La institución integrante del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental en su calidad de autoridad ambiental de aplicación debe disponer de métodos y procedimientos adecuados para determinar la necesidad (o no) de un proceso de evaluación de impactos ambientales en función de las características de una actividad o un proyecto propuesto. Estos métodos pueden consistir en:

a) lista taxativa y umbrales que determinen las actividades y/o proyectos sujetos a un proceso de evaluación de impactos ambientales, incluyendo criterios complementarios para la determinación de la necesidad de una evaluación de impactos ambientales; o,

b) criterios y método de calificación para determinar en cada caso la necesidad (o no) de un proceso de evaluación de impactos ambientales; entre estos métodos pueden incluirse fichas ambientales y/o estudios preliminares de impacto ambiental; o,

c) cualquier tipo de combinación de las dos alternativas mencionadas; y, d) tomarán en cuenta los criterios priorizados en la Estrategia Ambiental para el

Desarrollo Sustentable, así como las correspondientes políticas sectoriales y/o seccionales.

Además y de conformidad con la Ley Especial para la Región Insular de Galápagos, todas las acciones que se propongan para su realización o ejecución en esa jurisdicción territorial, deberán estar sujetas al proceso de evaluación de impacto ambiental. Así mismo, se

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someterán obligatoriamente al proceso de evaluación de impacto ambiental establecido en este Título, todas las actividades de riesgos y/o impactos ambientales que se propongan realizar en las áreas protegidas del Estado. Art. 16.- Alcance o términos de referencia.- Los términos de referencia para un estudio de impacto ambiental determinarán el alcance, la focalización y los métodos y técnicas a aplicarse en la elaboración de dicho estudio en cuanto a la profundidad y nivel de detalle de los estudios para las variables ambientales relevantes de los diferentes aspectos ambientales: medio físico, medio biótico, medio socio-cultural y salud pública. En ningún momento es suficiente presentar como términos de referencia el contenido proyectado del estudio de impacto ambiental. Debe señalar por lo tanto y en función de la descripción de la actividad o proyecto propuesto, las técnicas, métodos, fuentes de información (primaria y secundaria) y demás herramientas que se emplearán para describir, estudiar y analizar:

a) línea base (diagnóstico ambiental), focalizada en las variables ambientales relevantes;

b) descripción del proyecto y análisis de alternativas; c) identificación y evaluación de impactos ambientales; d) definición del plan de manejo ambiental y su composición (sub-planes y/o capítulos). Además se debe incluir un breve análisis del marco legal e institucional en el que se inscribirá el estudio de impacto ambiental y se especificará la composición del equipo multidisciplinario que responderá técnicamente al alcance y profundidad del estudio determinado. Los términos de referencia deben incorporar en la priorización de los estudios los criterios y observaciones de la comunidad, para lo cual el promotor en coordinación con la autoridad ambiental de aplicación responsable empleará los mecanismos de participación adecuados, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de este Título. El alcance del respectivo estudio de impacto ambiental deberá cubrir todas las fases del ciclo de vida de una actividad o proyecto propuesto, excepto cuando por la naturaleza y características de la actividad y en base de la respectiva normativa sectorial se puedan prever diferentes fases y dentro de éstas diferentes etapas de ejecución de la actividad. Art. 17.- Realización de un estudio de impacto ambiental.- Para garantizar una adecuada y fundada predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales de la actividad o proyecto propuesto, así como la idoneidad técnica de las medidas de control para la gestión de sus impactos ambientales y riesgos, el estudio de impacto ambiental debe ser realizado por un equipo multidisciplinario que responda técnicamente al alcance y la profundidad del estudio en función de los términos de referencia previamente aprobado. El promotor y/o consultor que presenten los Estudio de Impacto Ambiental a los que hace referencia este Título son responsables por la veracidad y exactitud de sus contenidos.

Un estudio de impacto ambiental deberá tener como mínimo lo siguiente, sin perjuicio de que la autoridad ambiental de aplicación establezca normas más detalladas mediante guías u otros instrumentos:

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a) Resumen ejecutivo en un lenguaje sencillo y adecuado tanto para los funcionarios responsables de la toma de decisiones como para el público en general; b) Descripción del entorno ambiental (línea base o diagnóstico ambiental) de la actividad o proyecto propuesto con énfasis en las variables ambientales priorizadas en los respectivos términos de referencia (focalización); c)Descripción detallada para la actividad o proyecto propuesto; d) Análisis de alternativas para la actividad o proyecto propuesto; e)Identificación y evaluación de los impactos ambientales de la actividad o proyecto propuesto; f) Plan de manejo ambiental que contiene las medidas de mitigación, control y compensación de los impactos identificados, así como el monitoreo ambiental respectivo de acuerdo a las disposiciones del artículo 19 de este Título; y, g) Lista de los profesionales que participaron en la elaboración del estudio incluyendo una breve descripción de su especialidad y experiencia (máximo un párrafo por profesional).

Art. 18.- Revisión, aprobación y licenciamiento ambiental.- El promotor de una actividad o proyecto presentará el estudio de impacto ambiental ante la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr) a fin de iniciar el procedimiento de revisión, aprobación y licenciamiento por parte de la referida autoridad, luego de haber cumplido con los requisitos de participación ciudadana sobre el borrador de dicho estudio de conformidad con lo establecido en el artículo 20, literal b) de este Título. La AAAr a su vez y de conformidad con lo establecido en el título I del presente Título, coordinará la participación de las instituciones cooperantes (AAAc) en el proceso. La revisión del estudio se efectuará a través de un equipo multidisciplinario que pueda responder técnicamente y a través de sus perfiles profesionales y/o experiencia a las exigencias múltiples que representan los estudios de impacto ambiental y aplicando un sistema de calificación para garantizar la objetividad de la revisión. La revisión del estudio se documentará en el correspondiente informe técnico. El licenciamiento comprenderá, entre otras condiciones, el establecimiento de una cobertura de riesgo ambiental, seguro de responsabilidad civil u otros instrumentos que establezca y/o califique la autoridad ambiental de aplicación, como adecuado para enfrentar posibles incumplimientos del plan de manejo ambiental o contingencias, de conformidad con la guía técnica específica que expedirá la autoridad ambiental nacional, luego de los respectivos estudios técnicos. Art. 19.- Seguimiento ambiental.- El Seguimiento Ambiental de una actividad o proyecto propuesto tiene por objeto asegurar que las variables ambientales relevantes y el cumplimiento de los planes de manejo contenidos en el estudio de impacto ambiental, evolucionen según lo establecido en la documentación que forma parte de dicho estudio y de la licencia ambiental. Además, el seguimiento ambiental de las actividades o proyecto propuesto proporciona información para analizar la efectividad del sub-sistema de evaluación de impacto ambiental y de las políticas ambientales preventivas, garantizando su mejoramiento continuo. El Seguimiento Ambiental puede consistir de varios mecanismos:

a) Monitoreo interno (automonitoreo, self – monitoring): Seguimiento sistemático y permanente mediante registros continuos, observaciones visuales, recolección, análisis y evaluación de muestras de los recursos, así como por evaluación de todos

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los datos obtenidos, para la determinación de los parámetros de calidad y/o alteraciones en los medios físicos, biótico y/o socio-cultural. Para efectos del presente Título, el término monitoreo se refiere a las actividades de seguimiento ambiental realizadas por el promotor de la actividad o proyecto (monitoreo interno) en base de su respectivo plan de manejo ambiental, de conformidad con el artículo 17, literal f) de este Título. El promotor de la actividad o proyecto propuesto preparará y enviará a la autoridad ambiental de aplicación correspondiente los informes y resultados del cumplimiento del plan de manejo ambiental con la periodicidad y detalle establecidos en ella y con especial énfasis en la eficiencia de las medidas de mitigación constantes en el plan de manejo ambiental.

b) Control ambiental: Proceso técnico de carácter fiscalizador concurrente, realizado por la autoridad ambiental de aplicación o por terceros contratados para el efecto y tendiente al levantamiento de datos complementarios al monitoreo interno del promotor de una actividad o proyecto propuesto durante su implementación y ejecución, incluyendo los compromisos establecidos en la licencia ambiental. c) Auditoría ambiental: Proceso técnico de carácter fiscalizador, posterior, realizado generalmente por un tercero independiente y en función de los respectivos términos de referencia, en lo cuales se determina el tipo de auditoría (de cumplimiento y/o gestión ambiental), el alcance y el marco documental que sirve de referencia para dicha auditoría. d) Vigilancia comunitaria: Actividades de seguimiento y observación que realiza la sociedad en general sobre actividades y proyectos determinados, por lo cuales puedan ser afectados directa o indirectamente, y para velar sobre la preservación de la calidad ambiental. e) Los detalles del seguimiento Ambiental serán normados por la Autoridad Ambiental Nacional.

Art. 20.- Participación ciudadana.- La participación ciudadana en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar las condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases. La participación social en la gestión ambiental se rige por los principios de legitimidad y representatividad y se define como un esfuerzo tripartito entre i) las instituciones del Estado; ii) la ciudadanía; y, iii)el promotor interesado en realizar una actividad o proyecto. Por lo tanto, los procesos de información pública y recolección de criterios y observaciones deberán dirigirse prioritariamente a: i) La población en el área de influencia de la obra o proyecto;

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ii) Los organismos seccionales que representan la población referida en el literal anterior; iii) Las organizaciones de diferente índole que representan a la población o parte de ella en el área de influencia de la obra o proyecto;

sin perjuicio de que estos procesos estén abiertos a otros grupos y organizaciones de la sociedad civil interesados en la gestión ambiental.

a) Momentos de participación.- Los momentos de participación ciudadana obligatorios mínimos para el promotor de la actividad o proyecto propuesto, en coordinación con la AAAr, son:

a.1) durante la elaboración de los términos de referencia y previo a su presentación a la autoridad ambiental de aplicación pata su revisión y aprobación; y, a.2) previo a la presentación del estudio de impacto ambiental a la autoridad ambiental de aplicación en base de un borrador de dicho estudio.

La información a proporcionarse a la comunidad debe responder a criterios tales como: lenguaje sencillo y didáctico; información completa y veraz; en lengua nativa, de ser el caso.

b) Mecanismos de participación.- Los mecanismos para la realización de los procesos de información pública y recolección de criterios y observaciones procurarán un alto nivel de posibilidades de participación, por lo que puede resultar necesario en ocasiones aplicar varios mecanismos complementarios en función de las características socio-culturales de la población en el área de influencia de la actividad o proyecto propuesto. La combinación de los mecanismo aplicados así como el análisis de involucrados base para la selección de mecanismos deberán ser documentados y justificados brevemente en el respectivo Estudio de Impacto Ambiental. Los mecanismos para la información pública pueden comprender:

b.1) Reuniones informativas (RI): En las RI, el promotor informará sobre las principales características del proyecto, sus impactos ambientales previsibles y las respectivas medidas de mitigación a fin de aclarar preguntas y dudas sobre el proyecto y recibir observaciones y criterios de la comunidad. b.2) Talleres participativos (TP) : Además del carácter informativo de las RI, los TP deberán ser foros que permitan al promotor identificar las percepciones y planes de desarrollo local para insertar su propuesta de medidas mitigadoras y/o compensadoras de su Plan de Manejo Ambiental en la realidad institucional y de desarrollo del entorno en la actividad o proyecto propuesto. b.3) Centros de Información Pública (CIP): El Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental, así como documentación didáctica y visualizada serán puestos a disposición del público en una localidad de fácil acceso, contando con personal familiarizado con el proyecto u obra a fin de dar las explicaciones del caso. b.4) Presentación o audiencia pública (PP): Durante la PP se presentará de manera didáctica el proyecto, el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental para luego receptar observaciones y criterios de la comunidad.

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b.5) Página web: El Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental podrán ser publicados en una página web, siempre y cuando su ubicación (URL) sea difundida suficientemente para garantizar el acceso de la ciudadanía. b.6) Otros, tales como foros públicos, cabildo ampliado y mesas de diálogo, siempre y cuando su metodología y alcance estén claramente identificados y descritos en el Estudio de Impacto Ambiental

c) Recepción y recolección de criterios.- Los mecanismos para la recolección de criterios y observaciones serán: c.1) Actas de RI y PP, notariadas si se considera necesario c.2) Memorias de TP c.3) Formularios a depositarse en buzones TP, CIP y PP c.4) Correo tradicional (carta, fax, etc.) c.5) Correo electrónico

Los criterios y observaciones de la comunidad deberán ser documentados y sistematizados a fin de establecer categorías de criterios de acuerdo a su origen, tipo de criterio, tratamiento en el Estudio de Impacto o Plan de Manejo Ambiental y forma de incorporación a estos. Art. 21.- Análisis institucional.- Ante de iniciar el proceso de evaluación de impactos ambientales, esto es previo a la elaboración de la ficha ambiental o el borrador de los términos de referencia, según el caso, y en función de la descripción de la actividad o proyecto propuesto, el promotor identificará el marco legal e institucional en el que se inscribe su actividad o proyecto propuesto. El análisis institucional tiene como finalidad la identificación de todas la autoridades ambientales de aplicación que deberán participar en el proceso de evaluación de impactos ambientales, así como la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr) que liderará el proceso. Este análisis formará parte integrante de la ficha ambiental o del borrador de los términos de referencia para el estudio de impacto ambiental a ser presentado ante la AAAr para su revisión y aprobación. La Autoridad Ambiental Nacional elaborará una norma técnica para la identificación de las Autoridades Ambientales de Aplicación –AAA, así como de la responsable de entre ellas, en línea con el presente Título. Art. 22.- Inicio y determinación de la necesidad de un proceso de evaluación de los impactos ambientales.- Antes de iniciar su realización o ejecución, todas las actividades o proyectos propuestos de carácter nacional, regional o local, o sus modificaciones, que conforme con el artículo 15 lo ameriten, ,deberán someterse al proceso de evaluación de impacto ambiental, de acuerdo a las demás normas pertinentes y a la Disposición Final Tercera de este Título así como los respectivos subsistemas de evaluación de impactos ambientales sectoriales y seccionales acreditados por el SUMA. Para iniciar la determinación de la necesidad (o no) de una evaluación de impactos ambientales (tamizado) el promotor presentará a la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr)

a) la ficha ambiental de su actividad o proyecto propuesto, en la cual justifica que dicha actividad o proyecto no es sujeto de evaluación de impactos ambientales de conformidad con el artículo 15 de este Título y la Disposición Final Quinta; o, b) el borrador de los términos de referencia propuestos para la realización del correspondiente estudio de impacto ambiental luego de haber determinado la

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necesidad de una evaluación de impactos ambientales de conformidad con el artículo 15 de este Título.

En el caso de que el promotor tenga dudas sobre la necesidad de una evaluación de impactos ambientales de su actividad o proyecto propuesto o sobre la autoridad ambiental de aplicación responsable, deberá realizar las consultas pertinentes de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de este Título. La ficha ambiental será revisada por la AAAr. En el caso de aprobarla, se registrará la ficha ambiental y el promotor quedará facultado para el inicio de su actividad o proyecto, sin necesidad de evaluación de impactos ambientales pero sujeto al cumplimiento de la normativa ambiental vigente. Si la AAAr observa o rechaza la ficha ambiental por considerar que la actividad o proyecto propuesto necesita una evaluación de impactos ambientales, el promotor deberá preparar un borrador de términos de referencia a fin de continuar con el proceso de evaluación de impactos ambientales. Si la autoridad ambiental de aplicación concluye de la revisión de la ficha ambiental que no es AAAr, notificará al promotor para que presente su ficha ambiental a la AAAr competente o en su defecto inicie las consultas de conformidad con el artículo 11 de este título. Art. 23.- Términos de referencia.- Los términos de referencia para la realización de un estudio de impacto ambiental serán preparados inicialmente por el promotor de la actividad o proyecto para la revisión y aprobación de la autoridad ambiental de aplicación responsable, previo a la incorporación de los criterios de la comunidad, de acuerdo al artículo 20 de este título. La AAAr podrá modificar el alcance y la focalización de los términos de referencia previo a su aprobación que se emitirá dentro del término de 15 días, modificaciones que obligatoriamente deben ser atendidos por el promotor en la realización de su estudio de impacto ambiental. Art. 24.- Realización de un estudio de impacto ambiental.- El estudio de impacto ambiental se realizará bajo responsabilidad del promotor y conforme al artículo 17 de este Título y las regulaciones específicas del correspondiente subsistema de evaluación de impactos ambientales sectorial o seccional acreditado. Art. 25.- Revisión de un estudio de impacto ambiental.- La revisión de un estudio de impacto ambiental comprende la participación ciudadana sobre el borrador final del estudio de impacto ambiental, así como la revisión por parte de la AAAr en coordinación con las AAAc a fin de preparar las bases técnicas para la correspondiente decisión y licenciamiento.

a) Revisión.- La decisión de la autoridad ambiental de aplicación responsable, que constituye la base para el respectivo licenciamiento, puede consistir en:

a.1) observaciones al estudio presentado a fin de completar, ampliar o corregir la información; a.2) un pronunciamiento favorable que motiva la emisión de la respectiva licencia ambiental; o, a.3) un pronunciamiento desfavorable que motiva el rechazo del respectivo estudio de impacto ambiental y en consecuencia la inejecutabilidad de la actividad o proyecto propuesto hasta la obtención de la respectiva licencia ambiental mediante un nuevo estudio de impacto ambiental.

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Tanto en la etapa de observaciones como en el pronunciamiento favorable o desfavorable, la autoridad ambiental de aplicación podrá solicitar:

i) Modificación de la actividad o proyecto propuesto, incluyendo las correspondientes alternativas; ii) Incorporación de alternativas no previstas en el estudio, siempre y cuando estas no cambien sustancialmente la naturaleza y/o dimensionamiento de la actividad o proyecto propuesto; iii) Realización de correcciones a la información presentada en el estudio; iv) Realización de análisis complementarios o nuevos; o, v) Explicación porqué no se requieren modificaciones en el estudio a pesar de comentarios u observaciones específicos.

b) Aprobación.- Si la autoridad ambiental de aplicación responsable considerase que el estudio de impacto ambiental presentado satisface las exigencias y cumple con los requerimientos previstos en su sub-sistema de evaluación ambiental acreditado, lo aprobará. Si el estudio fuese observado, la autoridad ambiental de aplicación deberá fijar las condiciones y requisitos que el promotor deberá cumplir, en un término de 30 días, contados a partir de la fecha de presentación del mencionado estudio. c) Resolución y Licenciamiento. AAAr notificará la aprobación del estudio de impacto ambiental al promotor, mediante la emisión de una resolución que contendrá:

c.1) La identificación de los elementos, documentos, facultades legales y reglamentarias que se tuvieron a la vista para resolver; c.2) Las consideraciones técnicas u otras en que se fundamenta la resolución; c.3) La opinión fundada de la autoridad ambiental de aplicación, y los informes emitidos durante el proceso, de otros organismos con competencia ambiental; c.4) Las consideraciones sobre el proceso de participación ciudadana, conforme a los requisitos mínimos establecidos en este Título y en el respectivo sub-sistema de evaluación de impactos ambientales de la autoridad ambiental de aplicación; c.5) La calificación del estudio, aprobándolo y disponiendo se emita el correspondiente certificado de licenciamiento.

La licencia ambiental contendrá entre otros: el señalamiento de todos y cada uno de los demás requisitos, condiciones y obligaciones aplicables pata la ejecución de la actividad o proyecto propuesto, incluyendo una referencia al cumplimiento obligatorio del plan de manejo ambiental así como el establecimiento de una cobertura de riesgo ambiental, o seguro de responsabilidad civil u otros instrumentos que establezca y/o califique la autoridad ambiental de aplicación como adecuado para enfrentar posibles incumplimientos del plan de manejo ambiental o contingencias relacionadas con la ejecución de la actividad o proyecto licenciado. En el caso de que la autoridad ambiental de aplicación determine que el estudio de impacto ambiental no satisface las exigencias y requerimientos mínimos previstos en su sub-sistema de evaluación ambiental acreditado procederá a calificarlo desfavorablemente y, acto seguido, comunicará esta decisión al promotor, mediante la resolución correspondiente.

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Si un estudio de impacto ambiental ha sido calificado desfavorablemente y rechazado, de acuerdo a lo establecido en el inciso precedente, el promotor podrá impugnar esta decisión ante la autoridad ambiental de aplicación responsable de conformidad con el 26 de este Título, sin perjuicio de las acciones contenciosas a que considere con derecho. El promotor podrá presentar, cuantas veces estime conveniente, nuevos estudios de impacto ambiental que satisfagan todas las condiciones técnicas y legales, del sub-sistema de evaluación de impacto ambiental acreditado de la autoridad ambiental de aplicación haciendo referencia a las observaciones que dieron lugar a la resolución desfavorable del estudio de impacto ambiental y la denegación de la licencia ambiental.

CAPÍTULO V DE LA IMPUGNACIÓN, SUSPENSIÓN, REVOCATORIA Y REGISTROS DE LA LICENCIA AMBIENTAL Art. 26.- Impugnación.- Los promotores que se sintieren afectados, en sede administrativa, podrán presentar su respectiva impugnación contra los actos administrativos expedidos por la respectiva autoridad ambiental de aplicación. El procedimiento impugnatorio en sede administrativa de los actos administrativos emanados por las respectivas autoridades ambientales de aplicación se regirá a la normatividad legal propia que regenta a cada una de las entidades y órganos con competencia ambiental, propia o delegada. Sin embargo, de conformidad con el artículo 38 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la iniciativa privada, la impugnación en sede administrativa por parte de los promotores contra cualquier acto administrativo no será una condición previa pata que puedan ejercer su derecho de recurrir directamente al Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo. El iniciar y continuar dicha impugnación en sede administrativa será facultativo. Art. 27.- Suspensión de la licencia ambiental.- En el caso de no conformidades menores del Plan de Manejo Ambiental y/o de la normativa ambiental vigente, comprobadas mediante las actividades de control, seguimiento y/o auditorías ambientales, la autoridad ambiental de aplicación suspenderá, mediante resolución motivada, la licencia ambiental, hasta que los hechos que causaron la suspensión sean subsanados. La suspensión de la licencia ambiental interrumpirá la ejecución del proyecto, bajo responsabilidad del propio ejecutor, durante el mismo tiempo. Para el efecto la autoridad ambiental de aplicación comunicará al promotor la naturaleza de la no conformidad menor y le otorgará un plazo no menor de 15 días para que remedie el incumplimiento o lo justifique demostrando que el daño ambiental no es imputable a su responsabilidad ya sea por ser un pasivo ambiental anterior a su actividad o por que el mismo fue causado por un tercero. Agotado el plazo otorgado la autoridad de aplicación resolverá sobre la suspensión de la licencia ambiental o el archivo del expediente administrativo.

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La suspensión de la licencia ambiental implicará que el promotor no podrá realizar actividad alguna hasta que las no conformidades sean remediadas y las indemnizaciones pagadas por los daños causados. Art. 28.- Revocatoria de la licencia ambiental.- En los siguientes casos de no conformidades mayores, comprobadas mediante las actividades de control, seguimiento y/o auditorías ambientales, la autoridad ambiental de aplicación podrá revocar, mediante resolución motivada, una licencia ambiental:

a) incumplimiento grave del plan de manejo ambiental y/o de la normativa ambiental vigente que a criterio de la autoridad ambiental de aplicación no es subsanable;

b) incumplimientos y no conformidades del plan de manejo ambiental y/o de la normativa ambiental que han sido observados en más que dos ocasiones por la autoridad ambiental de aplicación y no han sido ni mitigados ni subsanados por el promotor de la actividad o proyecto; o,

c) daño ambiental flagrante.

Para el efecto la autoridad ambiental de aplicación comunicará al promotor la naturaleza del incumplimiento o de la no conformidad y le otorgará un plazo que no podrá ser menor de 15 días para que remedie el incumplimiento o lo justifique demostrando que el daño ambiental no es imputable a su responsabilidad ya sea por ser un pasivo ambiental anterior a su actividad o por que el mismo fue causado por un tercero. Agotado el plazo otorgado, la autoridad ambiental de aplicación resolverá sobre la revocatoria de la licencia ambiental o el archivo del expediente administrativo.

La autoridad de aplicación que resuelva sobre la revocatoria de la licencia ambiental estará en la obligación de presentar la excitativa fiscal respectiva a fin de que se inicie las acciones conforme el artículo 437-A y siguientes del Código Penal. De igual manera ordenará la ejecución de la garantía ambiental otorgada, o en su defecto si ésta fuere insuficiente o no existiere, estará en la obligación de iniciar las acciones civiles tendientes a conseguir que el juez ordene que las remediaciones que se realice sean a cargo del promotor y se sancione con el pago de las indemnizaciones causadas a terceros si hubiere lugar.

La revocatoria de la licencia ambiental implicará que el promotor no podrá realizar actividad alguna hasta que los incumplimientos sean remediados y las indemnizaciones pagadas por los daños causados. La actividad o proyecto cuya licencia ambiental ha sido revocado podrá reanudarse siempre y cuando:

i) el promotor haya sometido la actividad o proyecto a un nuevo proceso de evaluación de impactos ambientales;

ii) demuestre en el respectivo estudio de impacto ambiental que ha remediado y subsanado todas y cada una de las causales que produjeron la revocatoria de la licencia ambiental y ha establecido en su plan de manejo ambiental las correspondientes medidas de mitigación para evitar que los incumplimientos se produzcan nuevamente; y

iii) obtenga una nueva licencia ambiental en base del respectivo estudio de impacto

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ambiental.

TÍTULO IV Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental Capítulo I Normas Generales Sección I Art.41 - Ámbito.- El presente Título, establece los siguientes aspectos:

a) Las normas generales nacionales aplicables a la prevención y control de la contaminación ambiental y de los impactos ambientales negativos de las actividades definidas por la Clasificación Ampliada de las Actividades, Económicas de la versión vigente de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme CIIU, adoptada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos;

b) Las normas técnicas nacionales que fijan límites permisibles de emisión, descargas y vertidos al ambiente; y,

c) Los criterios de calidad de los recursos agua, aire y suelo, a nivel nacional. Art. 43.- Reguladas Ambientales.- Son personas naturales o jurídica, de derecho público o privado, nacionales o extranjeras u organizaciones que a cuenta propia o a través, de terceros realizan en el territorio nacional de forma regular o accidental, cualquier actividad que tenga el potencial de afectar la calidad de los recursos agua, aire o suelo como resultado de sus acciones u omisiones.

Sección II Art. 45.- Principios Generales.- Toda acción relacionada a la gestión ambiental deberá planificarse y ejecutarse sobre la base de los principios de sustentabilidad, equidad, consentimiento informado previo, representatividad validada, coordinación, precaución, prevención, mitigación y remediación de impactos negativos, solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, reciclaje y reutilización de desechos, conservación de recursos en general, minimización de desechos, uso de tecnologías más limpias, tecnologías alternativas ambientalmente responsables y respeto a las culturas y prácticas tradicionales y posesiones ancestrales. Igualmente deberán considerarse los impactos ambientales de cualquier producto, industrializados o no, durante su ciclo de vida. Art. 46.- Principio Precautorio.- En caso de existir peligro de un daño grave o irreversible al ambiente, la ausencia de certidumbre científica, no será usada por ninguna entidad reguladora nacional, regional, provincial o local, como una razón para posponer las medidas costo – efectivas que sean del caso para prevenir la degradación del ambiente. Art. 48.- Autoridad Ambiental Nacional.- Para cumplir las competencias dispuestas en la ley de Gestión Ambiental, el Ministerio del Ambiente ejercerá la autoridad ambiental nacional (AAN). En tal función esta entidad tendrá un rol rector, coordinador y regulador del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental.

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Capítulo III Prevención y Control de la Contaminación Ambiental Sección II Instrumentos para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental Art. 57.- Documentos Técnicos.- Los estudios ambientales se realizarán en las etapas previas a la ejecución, durante la ejecución y para el abandono (cese de actividades) temporal o definitivo de un proyecto o actividad. Los documentos técnicos o estudios ambientales que serán exigidos por la autoridad son entre otros:

a) Estudios de Impacto Ambiental (EIA), que se realizan previo al inicio de un proyecto o actividad de acuerdo a lo establecido en el SUMA;

b) Auditoría Ambiental (AA), que se realizan durante el ejercicio de la actividad, lo cual incluye la construcción;

c) Plan de Manejo Ambiental (PMA), que se realiza en cualquier etapa del proyecto o actividad.

Capítulo IV Del Control Ambiental Sección I Estudios Ambientales Art. 58.- Estudios de Impacto Ambiental.- Toda obra, actividad o proyecto nuevo o ampliaciones o modificaciones de los existentes, emprendidos por cualquier persona naturales o jurídica, públicas o privadas, y que pueden potencialmente causar contaminación, deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental, que incluirá un plan de manejo ambiental, de acuerdo a lo establecido en el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). El EIA debería demostrar que la actividad estará en cumplimiento con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas, previa a la construcción y a la puesta en funcionamiento del proyecto o inicio de la actividad. Art. 59.- Plan de Manejo Ambiental.- El plan de manejo ambiental incluirá entre otros un programa de monitoreo y seguimiento que ejecutará el regulado, el programa establecerá los aspectos ambientales, impactos y parámetros de la organización, a ser monitoreados, la periodicidad de estos monitoreos, la frecuencia con que debe reportarse los resultados a la entidad ambiental de control. El plan de manejo ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán el mismo efecto legal para la actividad que las normas técnicas dictadas bajo el amparo, del presente Libro VI De la Calidad Ambiental. Art. 60.- Auditoría Ambiental de Cumplimiento.- Un año después de entrar en operación la actividad a favor de la cual se aprobó el EIA, el regulado deberá realizar una Auditoría Ambiental de Cumplimiento con su plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes, particularmente el presente reglamento y sus normas técnicas. La Auditoría Ambiental de Cumplimiento con el plan de manejo ambiental y con las normativas

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ambientales vigentes incluirá la descripción de nuevas actividades de la organización cuando las hubiese y la actualización del plan de manejo ambiental de ser el caso. Art. 61.- Periodicidad de la Auditoría Ambiental de Cumplimiento.- En lo posterior, el regulado, deberá presentar los informes de las auditorías ambientales de cumplimiento con el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes al menos cada dos años, contados a partir de la aprobación de la primera auditoría ambiental. En el caso de actividades reguladas por cuerpos normativos especiales, el regulado presentará la auditoría ambiental en los plazos establecidos en esas normas, siempre y cuándo no excedan los dos años. Estas auditorías son requisito para la obtención y renovación del permiso de descarga de emisiones y vertidos. Art. 62.- Inspecciones.- La entidad ambiental de control podrá realizar para verificar los resultados del informe de auditoría ambiental y la validez del mismo, y que el nivel de cumplimiento del plan de manejo es consistente con lo informado. Cuando la entidad ambiental de control considere pertinente, deberá solicitar, la realización de una nueva auditoría ambiental para verificar el cumplimiento del regulado con el plan de manejo ambiental y con las normativas ambientales vigentes. Esta auditoría será adicional a la que el regulado está obligado a realizar, según el artículo 60 o por cuerpos normativos especiales. El costo de esta AA de cumplimiento excepcional deberá ser cubierto por el regulado sólo si de sus resultados se determina que se encontraba excediéndose en las emisiones, descargas o vertidos autorizados, en incumplimiento con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas o con su plan de manejo ambiental. Art. 64.- Incumplimiento de Cronograma.- En caso de que los cronogramas del plan de manejo ambiental no fueren cumplidos, la entidad ambiental de control deberá:

a) Autorizar prórrogas para el cumplimiento de las actividades previstas o modificaciones al plan, siempre y cuando existan las justificaciones técnico económicas y no se hubieses deteriorado la situación ambiental debido al incumplimiento del plan; o,

b) Revocar las autorizaciones administrativas otorgadas y proceder al sancionamiento respectivo debido a la contaminación ambiental ocasionada, y disponer la ejecución de las medidas de remediación necesarias.

c) Iniciar las acciones civiles y penales a que haya lugar. Art. 65.- Acciones Administrativas.- Cuando el regulado no estuviere de acuerdo con las resoluciones de los entes reguladores, podrán presentar los recursos de reposición o revisión, según corresponda. Art. 66.- Modificaciones al Plan de Manejo.- De existir razones técnicas suficientes, la entidad ambiental de control podrá requerir al regulado, en cualquier momento, que efectúe alcances, modificaciones o actualizaciones al plan de manejo ambiental aprobado. Art. 70.- Daños y Perjuicios por Infracciones Ambientales.- La aprobación de planes de manejo ambiental y otros estudios ambientales no será utilizada como prueba de descargo en incidentes o accidentes y otros estudios ambientales no será utilizada como prueba de descargo en incidentes o accidentes de contaminación ambiental atribuibles a cualquier actividad, proyecto u obra. Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que representen a dichas actividades serán responsables por el pago de los daños y perjuicios y sanciones a que haya lugar.

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Si mediante una verificación o inspección realizada por la entidad ambiental de control o a través de una denuncia fundamentada técnica y legalmente, de acuerdo a lo establecido en el Art. 42 de la Ley de Gestión Ambiental, se conociese de la ocurrencia de un incidente o situación que constituya una infracción flagrante al presente Texto Unificado de Legislación Secundaria Ambiental, o regulaciones ambientales vigentes en el país, mientras se investiga y sanciona el hecho, la actividad, proyecto u obra deberán suspenderse. Art. 71.- Información Falsa.- Si por medio de una inspección, auditoría ambiental o por cualquier otro medio la entidad ambiental de control comprobara que los estudios ambientales y planes de manejo contuvieren informaciones falsas u omisiones de hechos relevantes en base a las cuales la autoridad ambiental competente los aprobó, la entidad ambiental de control presentará las acciones penales que corresponden en contra de los representantes de la actividad, proyecto u obra correspondiente. Sección II Del Muestreo y Métodos de Análisis Art. 72.- Muestreo.- En la toma de muestras se observarán además de las disposiciones establecidas en el plan de manejo ambiental del regulado (programa de monitoreo) las disposiciones sobre:

a) Tipo y frecuencia de muestreo; b) Procedimiento o métodos de muestreo; c) Tipos de envases y procedimientos de preservación para la muestra de acuerdo a los

parámetros a analizar ex situ, que deberán hacerse en base a las normas técnicas ecuatorianas o en su defecto a normas o estándares aceptados en el ámbito internacional, debiendo existir un protocolo de custodia de las muestras.

Art. 73.- Control de calidad.- Los procedimientos de control de calidad analítica y métodos de análisis empleados en la caracterización de las emisiones, descargas y vertidos, control de los procesos de tratamiento, monitoreo y vigilancia de la calidad del recurso, serán los indicados en las respectivas normas técnicas ecuatorianas o en su defecto estándares aceptados en el ámbito internacional. Los análisis se realizarán en laboratorios acreditados. Las entidades de control utilizarán, de tenerlos, sus laboratorios. Art. 74.- Muestras y parámetro in situ.- Para la toma de muestras y la determinación de parámetros in situ de las descargas, emisiones y vertidos, el regulado deberá disponer de sitios adecuados para muestreo y aforo de los mismos y proporcionará todas las facilidades y datos de utilización de materia prima, productos químicos y producción, para que el personal técnico encargado del control, pueda efectuar su trabajo conforme a lo establecido en las normas técnicas ambientales. En toda caracterización de descargas, emisiones o vertidos deberá constar las respectivas condiciones de operación bajo las cuales fueron tomadas las muestras. Sección III Del Monitoreo Art. 75.- Responsabilidad del monitoreo.- Las labores de monitoreo y control ambiental son obligaciones periódicas de los miembros del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión

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Ambiental que deben estar incorporadas en el correspondiente plan de gestión, municipal, provincial o sectorial para la prevención y control de la contaminación ambiental y preservación o conservación de la calidad del ambiente en el Ecuador. El monitoreo en lo referente a calidad del recurso es deber fundamental de los miembros del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, sin embargo cuando lo considere necesario ejecutarán mediciones de emisiones, descargas o vertidos de los regulados. El regulado es responsable por el monitoreo de sus emisiones, descargas o vertidos, sin embargo la autoridad ambiental podrá solicitarle el monitoreo de la calidad de un recurso. En el caso de los regulados la información derivada del monitoreo deberá ser remitida a la autoridad que le hubiere otorgado la autorización administrativa ambiental correspondiente. Tratándose de los miembros del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental la información procesada y sistematizada de monitoreo y control público que conste en los respectivos planes a los que están sometidos, deberá ser remitida a la autoridad Ambiental Nacional para su incorporación en el Sistema Nacional de Información Ambiental y su evaluación. Art. 77.- Inspección de instalaciones del regulado.- Las instalaciones de los regulados podrán ser visitadas en cualquier momento por parte de funcionarios de la entidad ambiental de control o quienes la representen, a fin de tomar muestras de sus emisiones, descargas o vertidos e inspeccionar la infraestructura de control o prevención existente. El regulado debe garantizar una coordinación interna para atender a las demandas de la entidad ambiental de control en cualquier horario. Art. 78.- Determinación de parámetros de medición.- En el proceso de aprobación de los estudios ambientales, la entidad ambiental de control deberá determinar, los parámetros a medir, la frecuencia y métodos de muestreo y análisis para caracterizar las emisiones, descargas y vertidos a fin de que el regulado reporte los resultados a la Autoridad. Art. 80.- Incumplimiento de Normas Técnicas Ambientales.- Cuando mediante controles, inspecciones o auditorías ambientales efectuados por la entidad ambiental de control, se constate que un regulado no cumple con las normas técnicas ambientales o con su plan de manejo ambiental, la entidad ambiental de control adoptará las siguientes condiciones: Imposición de una multa entre los 20 y 200 salarios básicos unificados, la misma que se valorará en función del nivel y el tiempo de incumplimiento de las normas, sin perjuicio de la suspensión del permiso, licencia otorgada, hasta el pago de la multa. En caso de reincidencia, a más de la multa correspondiente, se retirarán las autorizaciones ambientales emitidas a favor del infractor, particularmente el permiso de Descarga, Emisiones y Vertidos. Si el incumplimiento obedece a fallas en el diseño o en el montaje u operación de los sistemas de control, producción o cualquier sistema operativo a cargo del regulado, el permiso de emisión, descarga, vertido se condicionará por el tiempo que según el estudio técnico correspondiente, requieran los ajustes, autorizando la modificación del plan de manejo ambiental del regulado, si fuere necesario.

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Si debido al incumplimiento de las normas técnicas se afecta ambientales a la comunidad, a más de la multa respectiva, se procederá a la restauración de los recursos naturales, afectados y a la respectiva indemnización a la comunidad. Si el regulado informa a la entidad ambiental de control que se encuentra en incumplimiento de las normas técnicas ambientales dentro de las 24 horas de haber incurrido tal incumplimiento o en el primer día hábil, de ocurrir éste en feriados o fines de semana, no será sancionado con la multa prevista, pero le serán aplicables el resto de disposiciones de este artículo. La información inmediata del regulado de que se encuentra en incumplimiento de las normas técnicas ambientales, le prevendrá de ser multado solamente por una ocasión durante la vigencia de la Auditoría Ambiental de Cumplimiento que los regulados deben efectuar bi-anualmente. CAPÍTULO V DEL REGULADO Sección I De los Deberes y Derechos del Regulado Art. 81.- Reporte anual.- Es deber fundamental del regulado reportar ante la entidad ambiental de control, por lo menos una vez al año, los resultados de los monitoreos correspondientes a sus descargas, emisiones y vertidos de acuerdo a lo establecido en su PMA aprobado. Estos reportes permitirán a la entidad ambiental de control verificar que el regulado se encuentra en cumplimiento o incumplimiento del presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas contenidas en los Anexos, así como del plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control. Art. 83.- Plan de Manejo y Auditoría Ambiental de Cumplimiento.- El regulado deberá contar con un plan de manejo ambiental aprobado por la entidad ambiental de control y realizará a sus actividades, auditorías ambientales de cumplimiento con las normativas ambientales vigentes y con su plan de manejo ambiental acorde a lo establecido en el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas ambientales. Art. 89.- Prueba de Planes de Contingencias.- Los planes de contingencias deberán ser implementados, mantenidos, y aprobados periódicamente a través de simulacros. Los simulacros deberán ser documentados y sus registros estarán disponibles para la entidad ambiental de control. La falta de registros constituirá prueba de incumplimiento de la presente disposición. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las actividades o proyectos que se encuentren en funcionamiento y que no cuenten con un estudio de impacto ambiental aprobado deberán presentar una auditoría ambiental inicial de cumplimiento con las regulaciones ambientales vigentes ante la entidad ambiental de control. La auditoría ambiental inicial debe incluir un plan de manejo ambiental. La AA inicial o EIA Expost cubre la ausencia de un EIA.

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El Libro VI contempla seis anexos. Dentro de la realización de estudios de impacto ambiental el libro que más relevancia tiene es el Libro VI y sus anexos que se describen en breve a continuación Anexo 1: Norma de Calidad Ambiental y Descarga de Efluentes

4.1.2 Criterios de calidad de aguas para la preservación de flora y fauna en aguas dulces frías o cálidas, y en aguas marinas y de estuarios.

4.1.2.1 Se entiende por uso del agua para preservación de flora y fauna, su empleo en actividades destinadas a mantener la vida natural de los ecosistemas asociados, sin causar alteraciones en ellos, o para actividades que permitan la reproducción, supervivencia, crecimiento, extracción y aprovechamiento de especies bioacuáticas en cualquiera de sus formas, tal como en los casos de pesca y acuacultura. 4.1.2.2 Los criterios de calidad para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces, frías o cálidas, aguas marinas y de estuario, se presentan en la Tabla 3.

4.2 Criterios generales para la descarga de efluentes. 4.2.1 Normas generales para descarga de efluentes, tanto al sistema de alcantarillado, como a los cuerpos de agua.

4.2.1.5 Se prohíbe toda descarga de residuos líquidos a las vías públicas, canales de riego y drenaje o sistemas de recolección de aguas lluvias y aguas subterráneas. La Entidad Ambiental de Control, de manera provisional mientras no exista sistema de alcantarillado certificado por el proveedor del servicio de alcantarillado sanitario y tratamiento e informe favorable de ésta entidad para esa descarga, podrá permitir la descarga de aguas residuales a sistemas de recolección de aguas lluvias, por excepción, siempre que estas cumplan con las normas de descarga a cuerpos de agua. 4.2.1.6 Las aguas residuales que no cumplan previamente a su descarga, con los parámetros establecidos de descarga en esta Norma, deberán ser tratadas mediante tratamiento convencional, sea cual fuere su origen: público o privado. Por lo tanto, los sistemas de tratamiento deben ser modulares para evitar la falta absoluta de tratamiento de las aguas residuales en caso de paralización de una de las unidades, por falla o mantenimiento. 4.2.1.9 Los sistemas de drenaje para las aguas domésticas, industriales y pluviales que se generen en la empresa, se encuentran separadas en sus respectivos sistemas o colectores. 4.2.1.10 Se prohíbe descargar sustancias o desechos peligrosos (líquidos-sólidos-semisólidos), fuera de los estándares permitidos, hacia el cuerpo receptor, sistema de alcantarilladlo y sistemas de aguas lluvias. 4.2.1.12 Se prohíbe la infiltración al suelo, de efluentes industriales tratados y no tratados, sin permiso de la Entidad Ambiental de Control.

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4.2.1.14 El regulado dispondrá de sitios adecuados para caracterización y aforo de sus efluentes y proporcionarán todas las facilidades para el personal técnico encargado del control pueda efectuar su trabajo de la mejor manera posible. 4.1.2.2 Los criterios de calidad para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces, frías o cálidas, aguas marinas y de estuario, se presentan en la Tabla 3.

4.2 Criterios generales para la descarga de efluentes. 4.2.1 Normas generales para descarga de efluentes, tanto al sistema de alcantarillado, como a los cuerpos de agua.

4.2.1.5 Se prohíbe toda descarga de residuos líquidos a las vías públicas, canales de riego y drenaje o sistemas de recolección de aguas lluvias y aguas subterráneas. La Entidad Ambiental de Control, de manera provisional mientras no exista sistema de alcantarillado certificado por el proveedor del servicio de alcantarillado sanitario y tratamiento e informe favorable de ésta entidad para esa descarga, podrá permitir la descarga de aguas residuales a sistemas de recolección de aguas lluvias, por excepción, siempre que estas cumplan con las normas de descarga a cuerpos de agua. 4.2.1.6 Las aguas residuales que no cumplan previamente a su descarga, con los parámetros establecidos de descarga en esta Norma, deberán ser tratadas mediante tratamiento convencional, sea cual fuere su origen: público o privado. Por lo tanto, los sistemas de tratamiento deben ser modulares para evitar la falta absoluta de tratamiento de las aguas residuales en caso de paralización de una de las unidades, por falla o mantenimiento. 4.2.1.9 Los sistemas de drenaje para las aguas domésticas, industriales y pluviales que se generen en la empresa, se encuentran separadas en sus respectivos sistemas o colectores. 4.2.1.10 Se prohíbe descargar sustancias o desechos peligrosos (líquidos-sólidos-semisólidos), fuera de los estándares permitidos, hacia el cuerpo receptor, sistema de alcantarilladlo y sistemas de aguas lluvias. 4.2.1.14 El regulado dispondrá de sitios adecuados para caracterización y aforo de sus efluentes y proporcionarán todas las facilidades para el personal técnico encargado del control pueda efectuar su trabajo de la mejor manera posible. A la salida de las descargas de los efluentes no tratados y de los tratados, deberán existir sistemas apropiados, ubicados para medición de caudales. Para la medición del caudal en canales o tuberías se usarán vertederos rectangulares o triangulares, medidor Parshall u otros aprobados por la Entidad Ambiental de Control. La tubería o canal de conducción y descarga de los efluentes, deberá ser conectada con un tanque, de disipación de energía y acumulación de líquido, el cual se ubicará en un lugar nivelado y libre de perturbaciones, antes de llegar al vertedero. El vertedero deberá estar nivelado eb sebtudo perpendicular al fondo del canal y sus características dependerán del tipo de vertedero y del ancho del canal o tanque de aproximación.

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Anexo 2: Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo y Criterios de Remediación para Suelos Contaminados

4.1.1.1 Sobre las actividades generadoras de desechos sólidos no peligrosos.- Toda actividad productiva que genere desechos sólidos no peligrosos, deberá implementar una política de reciclaje o reuso de los desechos. Si el reciclaje o reuso no es viable, los desechos deberán ser dispuestos de manera ambientalmente aceptable. 4.1.1.2 Sobre las actividades que generen desechos peligrosos.- Los desechos considerados peligrosos generados en las diversas actividades industriales, comerciales, agrícolas o de servicios, deberán ser devueltos a sus proveedores, quienes se encargarán de efectuar la disposición final del desecho mediante métodos de eliminación establecidos en las normas técnicas ambientales y regulaciones expedidas para el efecto. 4.2.1.6 Las aguas residuales que no cumplan previo a su descarga con los parámetros establecidos de descarga de la norma, son sometidas a tratamiento convencional. 4.2.1.9 Los sistemas de drenaje para las aguas domésticas, industriales y pluviales que se generen en la empresa, se encuentran separadas en sus respectivos sistemas o colectores. 4.2.1.10 Al sistema de alcantarilladlo o aguas de lluvia no se descargan sustancias o desechos peligrosos (líquidos- solido – semisólido) fuera de los estándares permitidos.

4.2.2 Criterios de Remediación o Restauración del Suelo Los criterios de Remediación o Restauración se establecen de acuerdo al uso que del suelo (agrícola, comercial, residencial e industrial), y son presentados en la Tabla 3, del Anexo 2. Tienen el propósito de establecer los niveles máximos de concentración de contaminantes de un suelo en proceso de remediación o restauración.

Anexo 3: Norma de Emisiones al Aire desde Fuentes Fijas de Combustión

Esta norma, al igual que las anteriores, es aplicable a todo el territorio nacional y establece los límites de emisiones de contaminantes al ambiente desde fuentes fijas, por ejemplo chimeneas de industrias, además que establece la metodología para determinar la presencia de contaminantes en la atmósfera. La norma establece los límites de exposición permisibles para los seres humanos sin ocasionar daños a corto o largo plazo. Se define como contaminantes del aire dentro de esta norma 2.10.- Cualquier sustancia o material emitido a la atmósfera, sea por actividad humana o por procesos naturales, y que afecta adversamente al hombre o al ambiente.

Anexo 4: Norma de Calidad del Aire Ambiente

Este título contempla la calidad del aire ambiente y la determinación de los contaminantes presentes en esta matriz. El propósito de la norma es la preservación de la salud de las personas, calidad del aire ambiente y conservación de los ecosistemas. Más allá, establece los límites máximos permisibles de contaminantes a

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nivel del suelo. Es importante aclara la definición de aire del numeral 2.1.- Aire o también aire ambiente, es cualquier porción no confinada de la atmósfera, y se define como mezcla gaseosa cuya composición normal es, de por lo menos, veinte por ciento (20%) de oxígeno, setenta y siete por ciento (77%) nitrógeno y proporciones variables de gases inertes y vapor de agua, relación volumétrica.

Anexo 5: Límites Permisibles de Niveles de Ruido Ambiente para Fuentes Fijas y Móviles, y para Vibraciones

4.1.1.1 Los niveles de presión sonora equivalente , NPSeq, expresados en decibeles, en ponderación con escala A, que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido no podrán exceder los valores que se fijan en el Tabla 1.

Anexo 6: Norma de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos Sólidos No Peligrosos.

4.2.6 Se prohíbe quemar desechos sólidos a cielo abierto. 4.2.17 Se prohíbe la disposición de desechos sólidos peligrosos en el relleno sanitario de la ciudad, los cuales se encontrarán listados en la Normativa para Desechos Peligrosos, que emitirá el Ministerio del Ambiente.

4.2.18 Se prohíbe mezclar desechos sólidos peligrosos con desechos sólidos no peligrosos. LIBRO VII RÉGIMEN ESPECIAL GALÁPAGOS Título V Reglamento para la Gestión Integral de los Desechos y Residuos para las Islas Galápagos Art. 7.- Clasificación de los residuos sólidos: Los residuos sólidos parafines de este reglamento se clasifican en:

a) Orgánicos, que incluye: residuos de comida, papel, cartón, textiles, cuero, residuos de jardín, madera y misceláneos.

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b) Inorgánicos, que incluye: plásticos, vidrio, latas de hojalata, aluminio, otros metales, partículas y cenizas, etc.

c) Peligrosos, como: envases de productos químicos, plaguicidas, venenos, pilas, medicinas caducadas, hospitalarios, etc;

d) Voluminosos y otros.

2.1.6&Ordenanzas&

Ordenanza para la gestión integral de desechos y residuos en el cantón Santa Cruz Art. 7.- La utilización de los recipientes y fundas autorizadas por el municipio de Santa Cruz son de carácter obligatorio, no se permitirá el uso de otro tipo de recipientes o fundas para el almacenamiento y la recolección de los desechos. Los recipientes deberán tener tapa del mismo color, la capacidad será de acuerdo al número de usuarios que utilicen cada recipiente. La adquisición y el cuidado de los recipientes y fundas, es de absoluta responsabilidad del usuario. El valor de los tachos será recuperado en doce cuotas mensuales a partir de la fecha de entrega. Art. 12.- Para efectos de la implementación de la presente ordenanza los desechos tendrían la siguiente clasificación, la misma que podrá ser modificada dependiendo de las posibilidades técnicas de tratamiento disponibles.

1. Desechos orgánicos: a. Restos de comida, como cáscaras de frutas, verduras, sobras de comida; b. Restos de plantas, como desechos de jardinería; y, c. Restos de madera: maderas de construcción, aserrín, viruta, restos de

embalajes. 2. Materiales reciclables:

a. Papel: Papel de oficinas, papel periódico, revistas, cartulinas, cuadernos y libros;

b. Cartón: Cajas de cartón para embalar, empaques de productos; c. Plásticos: Envases de bebidas gaseosas, agua y refrescos; jabas de bebidas

alcohólicas y no alcohólicas; utensilios de cocina limpios, muebles, otros; bolsas plásticas, baldes, juguetes, tubos de PVC; cubetas; cuerdas plásticas, y otros tipos de plásticos; y,

d. Vidrio: Envases de cervezas, envases de refrescos, frascos de mermeladas, salsas o conservas limpios.

3. Otros materiales: a. Metales; b. Ropa y trapos; y, c. Artículos de espuma.

4. Desechos tóxicos y peligrosos: a. Plásticos y baterías; b. Aceites usados; c. Desechos hospitalarios;

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d. Otros desechos tóxicos; e. Artículos de goma y hule; y, f. Artículos explosivos.

5. Chatarra y desechos voluminosos: a. Metales; b. Electrodomésticos; c. Equipos de computación; y, d. Automotores, repuestos y partes:

6. Material de escombros: a. Materiales pétreos; y, b. Cerámicos, etc.

Art. 13.- Los recipientes que serán utilizados para la recolección de desechos son los siguientes:

1. Recipiente plástico color verde: Para desechos orgánicos los que deberán ser entregados al vehículo recolector destinado para este material en el horario correspondiente y sin ningún tipo de material plástico, metálico o restos que no sean biodegradables.

2. Recipiente plástico color azul: Para materiales reciclables como cartón, plástico, vidrio, papel y otros materiales; serán depositados sin restos orgánicos.

3. Recipiente plástico color negro: Para otros desechos, que deberán ser depositados en el recipiente negro como: desechos de baño, pañales, toallas sanitarias, envolturas de golosinas (papel chillón) y entregados al vehículo recolector sin restos orgánicos, tóxicos o reciclables.

4. Recipiente plástico color rojo: Desechos tóxicos y peligrosos.- Los desechos hospitalarios, tóxicos y peligrosos deberán ser entregados al vehículo recolector en fundas de color rojo, y completamente estabilizados o neutralizados.

Art. 14.- Los recipientes y fundas deberán ser sacados a la vía pública en los horarios establecidos y difundidos por el Gobierno Municipal de Santa Cruz. Art. 43.- La inobservancia a la presente ordenanza, se considerarán faltas tipificadas y clasificadas en tres niveles: falta leve, falta grave y falta muy grave; que serán sancionadas de acuerdo a las siguientes disposiciones: FALTAS LEVES: Se considerarán faltas leves las siguientes:

a) No respetar los horarios y frecuencias de recolección, depositando basura en los lugares públicos de Santa Cruz, cuyo peso no supere 10 kilogramos;

b) La clasificación inadecuada de los desechos y residuos; la utilización inadecuada de fundas y recipientes, la mezcla de desechos clasificados;

c) Mantener el frente de su domicilio, predio o comercio con basura; y, d) Mantener su predio (no se refiere a un solar baldío) con maleza, debiendo pagar la

multa y realizar la limpieza de manera obligatorio. FALTA GRAVE:

a) No respetar los horarios y frecuencias de recolección, depositando basura en los lugares públicos de Santa Cruz, cuyo peso supere 10 kilogramos;

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b) Incumplir con el artículo 40, 41 y 42 del Reglamento para la Gestión Integral de los Desechos y Residuos para las Islas Galápagos;

c) La no utilización en embarcaciones de fundas y recipientes establecidos por el Gobierno Municipal de Santa Cruz;

d) No clasificar en embarcaciones de la forma y los colores establecidos; e) La no entrega de lubricante usado de todas las embarcaciones, vehículos,

generadores eléctricos o motores que utilicen lubricante. Quienes tienen la obligación de entregar su aceite usado al gestor local;

f) El abandono en áreas privadas y públicas de recipientes que contengan aceites y lubricantes usados, emulsiones asfálticas o derivados de petróleo, o cualquier residuo químico o biológico que atente contra el ambiente y la salud de la población, será considerada falta grave, según esta ordenanza;

g) Todas las instituciones públicas, empresas públicas o privadas, centros educativos, gremios o grupos u organizaciones sociales que laboren, se reúnan, realicen eventos utilizando espacios públicos deberán recoger los desechos producto de estas acciones y clasificarlos según esta ordenanza y entregar los desechos respetando el horario del vehículo recolector, siendo el responsable directo el Administrador, Director o Gerente de la institución o centro educativo; y,

h) El abandono de escombros en cualquier área que no sea la determinada por el Gobierno Municipal de Santa Cruz.

FALTAS MUY GRAVES:

a) No respetar los horarios y frecuencias de recolección, depositando basura en los lugares públicos de Santa Cruz, cuyo peso supere 25 kilogramos;

b) Arrojar desechos y residuos en las radas de Puerto ayora y Seymour; c) Depositar desechos o residuos en sitios de disposición final o rellenos sanitarios sin

autorización expresa de la Dirección Municipal de Ambiente; d) Las embarcaciones contempladas en la presente ordenanza que dejen sus desechos

en los muelles municipales sin previo aviso y autorización expresa de la Dirección Municipal de Ambiente;

e) El incumplimiento del Art. 20, por parte de tofo centro de salud, clínica, consultorio médico, odontológico, veterinaria, farmacia, droguería, laboratorios, entidad pública o privada;

f) El incumplimiento por parte de los comerciantes de la disposición general segunda; y, g) La quema de basura, restos vegetales y cualquier tipo de desechos en todo el cantón

Santa Cruz, a excepción de autorización por escrito de la Dirección Municipal de Ambiente y con la supervisión del cuerpo de bomberos.

Art. 44.- De las sanciones.- Las multas serán emitidas mediante título de crédito y podrán ser impuestas por los comisarios municipales, con informe del Inspector Ambiental o el Jefe de la Dirección Municipal de Ambiente del Gobierno Municipal de Santa Cruz;

• Falta Leve: será sancionada con una multa de $20 (Veinte dólares). • Falta Grave: será sancionada con una multa de $50 (Cincuenta dólares). • Falta Muy Grave: será sancionada con una multa de $100 (Cien dólares).

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2.1.7&Decretos& Decreto Ejecutivo 1040: Reglamento de Participación Social TITULO II ÁMBITO DEL REGLAMEMNTO Art.5.- Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental.- El Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental es un mecanismo de coordinación transectorial, interacción y cooperación entre los distintos ámbitos, sistemas y subsistemas de manejo ambiental y de gestión de recursos naturales. En el sistema participará la sociedad civil de conformidad con la Ley de Gestión Ambiental. TITULO III DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL Art. 6.- De la Participación Social.- La participación social tiene por objeto el conocimiento, la integración y la iniciativa de la ciudadanía para fortalecer la aplicación de un proceso de evaluación de impacto ambiental y disminuir sus márgenes de riesgo e impacto ambiental. Art.7.- Ámbito.- La participación social se desarrolla en el marco del procedimiento ‟ De la evaluación de Impacto Ambiental y Control Ambiental”, del Capítulo II, Título III de la Ley de Gestión Ambiental. Art. 8.- Mecanismos.- Sin perjuicio de otros mecanismos establecidos en la Constitución Política y en la ley, se reconocen como mecanismos de participación social en la gestión ambiental, los siguientes:

a) Audiencias, presentaciones públicas, reuniones informativas, asambleas, mesas ampliadas y foros públicos de diálogo; b) Talleres de información, capacitación y socialización ambiental; c) Campañas de difusión y sensibilización ambiental a través de los medios de comunicación; d) Comisiones ciudadanas asesoras y veedurías de la gestión ambiental; e) Participación a través de las entidades sociales y territoriales reconocidas por la Ley Especial de Descentralización y Participación Social, y en especial mediante los mecanismos previstos en la Ley Orgánica de las Juntas Parroquiales; f) Todos los medios que permitan el acceso de la comunidad a la información disponible sobre actividades, obras, proyectos que puedan afectar al ambiente; g) Mecanismos de información pública; h )Reparto de documentación informativa sobre el proyecto; i)Página web; j) Centro de información pública; y, k) Los demás mecanismos que se establezcan para el efecto.

Art. 9.- Alcance de la participación social.- La participación social es un elemento transversal y trascendental de la gestión ambiental. En consecuencia, se integrará principalmente durante las fases de toda actividad o proyecto propuesto, especialmente las relacionadas con la revisión y evaluación de impacto ambiental.

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La participación social en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar las condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases. La participación social en la gestión ambiental se rige por los principios de legitimidad y representatividad y se define como un esfuerzo tripartito entre los siguientes actores:

a) Las instituciones del Estado; b) La ciudadanía; y, c) El promotor interesado en realizar una actividad o proyecto.

La información a proporcionarse a la comunidad del área de influencia en función de las características socio-culturales deberá responder a criterios tales como: lenguaje sencillo y didáctico, información completa y veraz, en lengua nativa, de ser el caso; y procurará un alto nivel de participación. Art. 10.- Momento de la participación social.- La participación social se efectuará de manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación responsable, en coordinación con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la aprobación del estudio de impacto ambiental. Art. 11.- Sin perjuicio de las disposiciones previstas en este reglamento, las instituciones del Estado del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, dentro del ámbito de sus competencias, pueden incorporar particularidades a los mecanismos de participación social para la gestión ambiental, con el objeto de permitir su aplicabilidad. Art.12.- Autoridad competente.- Las instituciones y empresas del Estado, en el área de sus respectivas competencias, son las autoridades competentes para la organización, desarrollo y aplicación de los mecanismos de participación social, a través de la dependencia técnica correspondiente. En el caso de actividades o proyectos que afecten al conjunto o parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques y Vegetación Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, la autoridad competente será el Ministerio del Ambiente. Art. 13.- Del financiamiento.- El costo del desarrollo de los mecanismos de participación social será cubierto por la autoridad ambiental de aplicación responsable que deba aprobar el Estudio de Impacto Ambiental de un proyecto o actividad que pueda generar impactos ambientales. Dichos costos serán retribuidos por el promotor del proyecto o actividad a la autoridad ambiental de aplicación, en la forma prevista en la Ley de Modernización. Art. 15.- Sujetos de la participación social.- Sin perjuicio del derecho colectivo que garantiza a todo habitante la intervención en cualquier procedimiento de participación social, ésta se

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dirigirá prioritariamente a la comunidad dentro del área de influencia directa donde se llevará a cabo la actividad o proyecto que cause impacto ambiental, la misma que será delimitada previamente por la autoridad competente. En dicha área, aplicando los principios de legitimidad y representatividad, se considerará la participación de:

a) Las autoridades de los gobiernos seccionales, de ser el caso; b) Las autoridades de las juntas parroquiales existentes; c) Las organizaciones indígenas, afroecuatorianas o comunitarias legalmente

existentes y debidamente representadas; y, d) Las personas que habiten en el área de influencia directa, donde se llevará a cabo

la actividad o proyecto que implique impacto ambiental. Art.16.- De los mecanismos de participación social.- Los mecanismos de participación social contemplados en este reglamento deberán cumplir con los siguientes requisitos.:

1.- Difusión de información de la actividad o proyecto que genere impacto ambiental. 2.- Recepción de criterios. 3.- Sistematización de la información obtenida.

Art.17.- Información necesaria y procedencia de la participación social.- No puede iniciarse el procedimiento de participación social sin que la autoridad competente cuente con la información necesaria para ponerla a disposición de la comunidad y permitir que esta emita sus criterios. Dicha información contendrá al menos los términos de referencia del proyecto debidamente aprobados, de existir dicho requisito, el borrador del Estudio de Impacto Ambiental y el resumen ejecutivo del borrador del estudio, sin perjuicio de la información adicional que establezca la autoridad ambiental competente. Art.18.- De las convocatorias.- Las convocatorias a los mecanismos de participación social señalados en el artículo 8, se realizarán por uno o varios medios de amplia difusión pública que garanticen el acceso a la información, principalmente, e incluirá el extracto que resuma las características de la actividad o proyecto que genere impacto ambiental, así como el lugar, fecha, hora y metodología a seguir en el mecanismo de participación social seleccionado previamente. Se realizará en forma simultánea, por lo menos a través de uno de los siguientes medios:

a) Una publicación de la convocatoria en uno de los diarios de mayor circulación a nivel local; b) Publicación a través de una página web oficial; c) Publicación del extracto en las carteleras de los gobiernos seccionales autónomos y dependientes del área de influencia; y, d) Envío de comunicaciones escritas a los sujetos de participación social señalados en el artículo 15 de este reglamento, adjuntando el resumen ejecutivo del Estudio de Impacto Ambiental.

La Autoridad ambiental competente vigilará que el proponente utilice a más de los medios de convocatoria referidos, todos aquellos que permitan una adecuada difusión de la convocatoria acorde a los usos, costumbres e idiosincrasias de los sujetos de participación social.

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Art. 19.- Recepción de criterios y sistematización.- Estos requisitos tienen como objeto conocer los diferentes criterios de los sujetos de participación social y comprender el sustento de los mismos, a fin de sistematizarlos adecuadamente en el respectivo informe. Los criterios podrán recopilarse a través de los siguientes medios:

a) Actas de asambleas públicas; b) Memorias de reuniones específicas; c) Recepción de criterios por correo tradicional; d) Recepción de criterios por correo electrónico; y, e) Los demás medios que se consideren convenientes, dependiendo de la zona y las

características socio culturales de la comunidad, El informe de sistematización de criterios deberá especificar:

a) Las actividades más relevantes del proceso de participación social; b) Las alternativas identificadas y la recomendación concreta para acoger una o más

de ellas, o para mantener la versión original del Estudio de Impacto Ambiental, con los correspondientes sustentos técnicos, económicos, jurídicos y sociales, debidamente desarrollados; y,

c) El análisis de posibles conflictos socio-ambientales evidenciados y las respectivas soluciones a los mismos, en caso de haberlos.

El informe de sistematización de criterios se incluirá al Estudio de Impacto Ambiental que se presentará a la autoridad ambiental competente para su aprobación. En el evento de que los sujetos de participación social no ejerzan su derecho a participar en la gestión ambiental habiendo sido debidamente convocados o se opongan a su realización, este hecho no constituirá causal de nulidad del proceso de participación social y no suspenderá la continuación del mismo, debiendo el promotor presentar el informe de sistematización de criterios de manera obligatoria. Art.20.- Plazo de aplicación de mecanismos de participación social.- Los mecanismos de participación social se realizarán en un plazo máximo de treinta (30) días, contados desde la fecha de publicación de la convocatoria señalada en el artículo 18 y cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 16 de este reglamento. Art.21.- Las resoluciones o consensos que pudieren provenir del proceso de participación social al que hace referencia este reglamento podrán incluir mecanismos de compensación socio-ambientales, los mismos que deberán referirse prioritariamente a las áreas de educación y salud que deberán coordinarse con los planes de desarrollo local y ser ejecutados a través de la propias comunidades, pueblos o nacionalidades o, de ser el caso, conjuntamente con los planes y programas que las instituciones del Estado diseñen y ejecuten en las áreas referidas. Art.22.- Si una vez realizada la participación social prevista en este reglamento, los sujetos de la participación social se opusieren a la actividad o proyecto que genere impacto ambiental, esta no podrá llevarse a cabo, a menos que la autoridad competente insista en su realización, lo cual será resuelto por la instancia superior.

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2.1.8&Reglamentos& Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo Art. 11.- Obligaciones de los empleadores.- Son obligaciones generales de los personeros de las entidades y empresas públicas y privadas, las siguientes: 1. Cumplir las disposiciones de este Reglamento y demás normas vigentes en materia de prevención de riesgos. 2. Adoptar las medidas necesarias para la prevención de los riesgos que puedan afectar a la salud y al bienestar de los trabajadores en los lugares de trabajo de su responsabilidad. 3. Mantener en buen estado de servicio las instalaciones, máquinas, herramientas y materiales para un trabajo seguro. 4. Organizar y facilitar los Servicios Médicos, Comités y Departamentos de Seguridad, con sujeción a las normas legales vigentes. 5. Entregar gratuitamente a sus trabajadores vestido adecuado para el trabajo y los medios de protección personal y colectiva necesarios. 6. Efectuar reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores en actividades peligrosas; y, especialmente, cuando sufran dolencias o defectos físicos o se encuentren en estados o situaciones que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo. 7. (Agregado inc. 2 por el Art. 3 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Cuando un trabajador, como consecuencia del trabajo, sufre lesiones o puede contraer enfermedad profesional, dentro de la práctica de su actividad laboral ordinaria, según dictamen de la Comisión de Evaluaciones de Incapacidad del IESS o del facultativo del Ministerio de Trabajo, para no afiliados, el patrono deberá ubicarlo en otra sección de la empresa, previo consentimiento del trabajador y sin mengua a su remuneración. La renuncia para la reubicación se considerará como omisión a acatar las medidas de prevención y seguridad de riesgos. 8. Especificar en el Reglamento Interno de Seguridad e Higiene, las facultades y deberes del personal directivo, técnicos y mandos medios, en orden a la prevención de los riesgos de trabajo. 9. Instruir sobre los riesgos de los diferentes puestos de trabajo y la forma y métodos para prevenirlos, al personal que ingresa a laborar en la empresa. 10. Dar formación en materia de prevención de riesgos, al personal de la empresa, con especial atención a los directivos técnicos y mandos medios, a través de cursos regulares y periódicos.

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11. Adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Seguridad e Higiene, Servicios Médicos o Servicios de Seguridad. 12. Proveer a los representantes de los trabajadores de un ejemplar del presente Reglamento y de cuantas normas relativas a prevención de riesgos sean de aplicación en el ámbito de la empresa. Así mismo, entregar a cada trabajador un ejemplar del Reglamento Interno de Seguridad e Higiene de la empresa, dejando constancia de dicha entrega. 13. Facilitar durante las horas de trabajo la realización de inspecciones, en esta materia, tanto a cargo de las autoridades administrativas como de los órganos internos de la empresa. 14. Dar aviso inmediato a las autoridades de trabajo y al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, de los accidentes y enfermedades profesionales ocurridos en sus centros de trabajo y entregar una copia al Comité de Seguridad e Higiene Industrial. 15. Comunicar al Comité de Seguridad e Higiene, todos los informes que reciban respecto a la prevención de riesgos. Además de las que se señalen en los respectivos Reglamentos Internos de Seguridad e Higiene de cada empresa, son obligaciones generales del personal directivo de la empresa las siguientes: 1. Instruir al personal a su cargo sobre los riesgos específicos de los distintos puestos de trabajo y las medidas de prevención a adoptar. 2. Prohibir o paralizar los trabajos en los que se adviertan riesgos inminentes de accidentes, cuando no sea posible el empleo de los medios adecuados para evitarlos. Tomada tal iniciativa, la comunicarán de inmediato a su superior jerárquico, quien asumirá la responsabilidad de la decisión que en definitiva se adopte. Art. 14.- De los comités de seguridad e higiene del trabajo.

1. (Reformado por el art. 5 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) En todo centro de trabajo en que laboren más de quince trabajadores deberá organizarse un Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo integrado en forma paritaria por tres representantes de los trabajadores y tres representantes de los empleadores, quienes de entre sus miembros designarán un Presidente y Secretario que durarán un año en sus funciones pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Si el Presidente representa al empleador, el Secretario representará a los trabajadores y viceversa. Cada re presentante tendrá un suplente elegido de la misma forma que el titular y que será principalizado en caso de falta o impedimento de éste. Concluido el periodo para el que fueron elegidos deberá designarse al Presidente y Secretario.

2. Las empresas que dispongan de más de un centro de trabajo, conformarán

subcomités de Seguridad e Higiene a más del Comité, en cada uno de los centros que superen la cifra de diez trabajadores, sin perjuicio de nominar un comité central o coordinado.

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3. Para ser miembro del Comité se requiere trabajar en la empresa, ser mayor de edad, saber leer y escribir y tener conocimientos básicos de seguridad e higiene industrial.

4. Los representantes de los trabajadores serán elegidos por el Comité de Empresa,

donde lo hubiere; o, por las organizaciones laborales legalmente reconocidas, existentes en la empresa, en proporción al número de afiliados. Cuando no exista organización laboral en la empresa, la elección se realizará por mayoría simple de los trabajadores, con presencia del Inspector del Trabajo.

5. Los titulares del Servicio Médico de Empresa y del Departamento de Seguridad, serán

Componentes del Comité, actuando con voz y sin voto.

6. (Reformado por el Art. 6 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Todos los acuerdos del Comité se adoptarán por mayoría simple y en caso de igualdad de las votaciones, se repetirá la misma hasta por dos veces más, en un plazo no mayor de ocho días. De subsistir el empate se recurrirá a la dirimencia de los Jefes de Riesgos del Trabajo de las jurisdicciones respectivas del IESS.

7. (Reformado por el Art. 7 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) Las actas de constitución

del Comité serán comunicadas por escrito al Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos y al IESS, así como al empleador y a os representantes de los trabajadores. Igualmente se remitirá durante el mes de enero, un informe anual sobre los principales asuntos tratados en las sesiones del año anterior.

8. (Reformado por el Art. 8 del D.E. 4217, R.O. 997, 10-VIII-88) El Comité sesionará

ordinariamente cada mes y extraordinariamente cuando ocurriere algún accidente grave o al criterio del Presidente o a petición de la mayoría de sus miembros.

Las sesiones deberán efectuarse en horas laborables. Cuando existan Subcomités en los distintos centros de trabajo, éstos sesionarán mensualmente y el Comité Central o Coordinador bimensualmente.

9. Los miembros del Comité durarán en sus funciones un año, pudiendo ser reelegidos

indefinidamente.

10. Son funciones del Comité de Seguridad e Higiene del Trabajo de cada Empresa, las siguientes:

a) Promover la observancia de las disposiciones sobre prevención de riesgos

profesionales.

b) Analizar y opinar sobre el Reglamento de Seguridad e Higiene de la empresa, a tramitarse en el Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos. Así mismo, tendrá facultad para, de oficio o a petición de parte, sugerir o proponer reformas al Reglamento Interno de Seguridad e Higiene de la Empresa.

c) Realizar la inspección general de edificios, instalaciones y equipos de los centros

de trabajo, recomendando la adopción de las medidas preventivas necesarias.

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d) Conocer los resultados de las investigaciones que realicen organismos especializados, sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que se produzcan en la empresa.

e) Realizar sesiones mensuales en el caso de no existir subcomités en los distintos

centros de trabajo y bimensualmente en caso de tenerlos.

f) Cooperar y realizar campañas de prevención de riesgos y procurar que todos los trabajadores reciban una formación adecuada en dicha materia.

g) Analizar las condiciones de trabajo en la empresa y solicitar a sus directivos la

adopción de medidas de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

h) Vigilar el cumplimiento del presente Reglamento y del Reglamento Interno de Seguridad e Higiene del Trabajo.

Reglamento Especial de Turismo en Áreas Naturales Protegidas Art. 4.- Toda ejecución de obra o establecimiento de infraestructura de naturaleza turística en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas se someterá a un Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, conforme a las normas de la Ley de Gestión Ambiental vigente, de sus Reglamentos y Plan de Manejo del área, para obtener la correspondiente autorización administrativa del Ministerio del Ambiente. Art. 11.- Las actividades turísticas en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, en cada una de sus fases deberán desarrollarse en base a los principios ambientales establecidos en los Planes de Manejo de cada área protegida. Art. 12.- Las actividades turísticas en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas priorizarán:

1. El desarrollo del turismo nacional. 2. La planificación, ejecución y control. 3. La investigación y gestión de proyectos. 4. La recuperación de áreas ecológicamente afectadas. 5. La capacitación, educación e interpretación ambiental. 6. El acceso a información veraz y oportuna. 7. La difusión. 8. La participación de las comunidades y el mejoramiento de las condiciones de vida de

la población.

Estas acciones se pondrán en ejecución a través de los respectivos planes regionales, planes de manejo de las áreas protegidas, planes especiales y de los estudios de impacto ambiental y plan de mitigación.

2.1.9&Normas&INEN& NTE INEN-ISO 3864-1:2013: Símbolos Gráficos. Colores de Seguridad y Señales de Seguridad

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Esta norma establece los colores y diseño para las señales de seguridad que deben ser utilizadas en lugares de trabajo y áreas públicas con el fin de revenir accidentes, protección contra incendios, información sobre riesgos a la salud y evacuación de emergencia (INEN, 2013).

NTE INEN 2 176:1998: Agua. Calidad del Agua. Muestreo. Técnicas de Muestreo Esta norma representa una guía para las técnicas de muestreo que se pueden utilizar para obtener los datos necesarios en los análisis de control de calidad, de las aguas naturales, poluidas y aguas residuales para su caracterización (INEN, 1998).

NTE INEN 2226:2013: Agua. Calidad del Agua. Muestreo. Diseño de los Programas de Muestreo En esta norma se pueden observar los principios generales a ser aplicados en el diseño de programas de muestreo para el control de la calidad, caracterización de la calidad e identificación de las fuentes de contaminación en el agua incluidos los sedimentos y los lodos (INEN, 2013).

2.1.10&Acuerdos& Acuerdo 066. Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social

Art. 1.- Entiéndase por el Proceso de Participación Social (PPS) al diálogo social e institucional en el que la autoridad Ambiental competente informa a la población sobre la realización de posibles actividades y/o proyectos, y consulta la opinión de la ciudadanía informada sobre los impactos socio-ambientales esperados y la pertinencia de las acciones a tomar, con la finalidad de recoger sus opiniones, observaciones y comentarios, e incorporar aquellas que sean justificadas y factibles técnicamente en el Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental, y que son de cumplimiento obligatorio en el marco de la Licencia Ambiental del proyecto. De esta manera, se asegura la legitimidad social del proyecto y el ejercicio del derecho de participación de la ciudadanía en las decisiones colectivas. Art. 2.- Participación Social (PPS) se realizará de manera obligatoria en todos los proyectos o actividades que requieran de licencia ambiental tipo II, III y IV. Art. 4.- Sin perjuicio de otros mecanismos establecidos en la Constitución de la República del Ecuador y en la Ley, para la adecuada aplicación del presente instrumento, tómense en cuenta las siguientes definiciones:

1. Asamblea de Presentación Pública: Acto central del Proceso de Participación Social en el que se presenta de manera didáctica y ajustada a las condiciones socio-culturales de la población del área de influencia directa, el Estudio de Impacto y el Plan de Manejo Ambiental del proyecto o actividad, para luego receptar observaciones y criterios de la comunidad.

2. Reuniones Informativas (RI): En las RI, el promotor informará sobre las principales características del proyecto, sus impactos ambientales previsibles y las respectivas

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medidas de mitigación a fin de aclarar preguntas y dudas sobre el proyecto y recibir observaciones y criterios de la comunidad.

3. Centros de Información Pública: El Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental,

así como documentación didáctica y visualizada serán puestos a disposición del público en una localidad de fácil acceso, contando con personal familiarizado con el proyecto u obra a fin de poder dar las explicaciones del caso.

4. Página Web: El Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental podrán ser

publicados también en una página web, siempre y cuando su ubicación (URL) sea difundida suficientemente para garantizar el acceso de la ciudadanía.

5. Talleres Participativos: Para complementar y reforzar el efecto de las RI, se podrán

aplicar foros que permitan al promotor identificar las percepciones y planes de desarrollo local para insertar su propuesta de medidas mitigadoras y/o compensadoras de su Plan de Manejo Ambiental en la realidad institucional y de desarrollo del entorno de la actividad o el proyecto propuesto.

6. Facilitador Socio-ambiental. Profesional reconocido y acreditado por el Ministerio del

Ambiente para la organización, conducción, registro, sistematización, análisis e interpretación de los Procesos de Participación Social para la organización, conducción y sistematización de procesos de diálogo social, en el manejo de grupos de discusión y en la sistematización, análisis e interpretación de procesos de diálogo social entre actores diversos: empresas, gobiernos locales, Estado, sociedad civil.

7. Área de Influencia Social Directa: espacio social resultado de las interacciones

directas, de uno o varios elementos del proyecto o actividad, con uno o varios elementos del contexto social donde se implantará el proyecto. La relación social directa proyecto-entorno social se da en por lo menos dos niveles de integración social: unidades individuales (fincas, viviendas y sus correspondientes propietarios) y organizaciones sociales de primer y segundo orden (Comunidades, recintos, barrios y asociaciones de organizaciones). La identificación de los elementos individuales del AISD se realiza en función de orientar las acciones de indemnización, mientras que la identificación de las comunidades, barrios y organizaciones de primer y segundo orden que conforman el AISD se realiza en función de establecer acciones de compensación.

8. Área de Influencia Social Indirecta: espacio socio-institucional que resulta de la

relación del proyecto con las unidades político-territoriales donde se desarrolla el proyecto: parroquia, cantón y/o provincia. El motivo de la relación es el papel del proyecto y/o actividad en el ordenamiento del territorio local. Si bien se fundamenta en la ubicación político-administrativa del proyecto, pueden existir otras unidades territoriales que resultan relevantes para la gestión socioambiental del proyecto como las Circunscripciones Territoriales Indígenas, o Áreas Protegidas, Mancomunidades Municipales.

Art. 8.- El Facilitador Socio-ambiental será designado por la Autoridad Ambiental competente a partir del ingreso de la solicitud del proponente del proyecto.

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Art. 9.- Para la organización local del Proceso de Participación Social (PPS), el Facilitador Socio-ambiental o técnico asignado para el Proceso de Participación Social (PPS), de manera obligatoria, realizará una visita previa al Área de Influencia Directa (AID) del proyecto definida en el borrador del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) con la finalidad de identificar las condiciones socio-comunicacionales locales y establecer los Mecanismos de Participación Social (MPS) más adecuados en función de las características sociales locales, de manera tal que se asegure un Proceso de Participación Social (PPS) oportuna y suficientemente convocado e informado. El proceso de Vista Previa consiste en:

1. Verificar en campo la lista de actores sociales y organizacionales que son parte del área de influencia social, directa e indirecta, del proyecto y que tendrán que ser convocados al Proceso de Participación Social (PPS).

2. Identificar las temáticas, problemáticas y conflictos socio-ambientales que podrían ser motivo de tratamiento durante el proceso de diálogo social del Proceso de Participación Social (PPS).

3. Identificar a las organizaciones de la sociedad civil de género, y de los pueblos y

nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias, presentes en el área de influencia del proyecto, para verificar su inclusión en la lista de actores a ser invitados al Proceso de Participación Social (PPS).

4. Determinar los medios de comunicación locales a ser utilizados para la convocatoria al

Proceso de Participación Social (PPS) y para la difusión del borrador del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, o su equivalente.

5. Programar, en conocimiento de los representantes y/o líderes comunitarios,

autoridades locales, y comunidad en general, el lugar, fecha y hora tentativas para la aplicación de los Mecanismos de Participación Social (MPS). Se debe asegurar que el escenario, fecha y hora de la Presentación Pública o su Mecanismo de Participación Social equivalente responda al principio de libre accesibilidad.

Art. 28.- Incorpórese en el artículo 11, Acápite V, Capítulo II del Libro IX del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente lo siguiente:

1. El pago de USD 1500 más IVA, por concepto de Servicios de Facilitación de Procesos de Participación Social (PPS) cuando el trabajo sea realizado en Ecuador Continental.

2. El pago de USD 1900 más IVA, para el caso de proyectos que se desarrollen en la Provincia de Galápagos, en caso de que no exista un Facilitador disponible en la provincia; caso contrario, el pago será el establecido en el Artículo 28 del presente instructivo.

2.2(Marco(Institucional( Dentro del marco institucional bajo el cual debe regirse este proyecto se mencionan las siguientes entidades: Autoridad ambiental de aplicación (AAA): Ministerio del Ambiente del Ecuador

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El ministerio está encargado de la gestión ambiental dentro del país, garantizando una relación armónica entre los ejes económicos, social, y ambiental que asegure el manejo sostenible de los recursos naturales estratégicos. Dentro del proyecto el ministerio podrá realizar una inspección para controlar el desempeño del proyecto en cualquier momento (MAE).

Autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr): Parque Nacional Galápagos Esta entidad es responsable de la conservación y protección de la fauna y flora dentro de Galápagos.

La regularización ambiental de este proyecto se realizará frente a esta entidad. Autoridad ambiental de aplicación cooperante (AAAc): Dirección de Gestión Ambiental del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Cruz La dirección de gestión ambiental de GAD Municipal tiene como objetivo vigilar por la conservación y manejo adecuado de los recursos dentro de la isla.

III.(Definición(del(Área(Referencial( El Hotel Fiesta se encuentra ubicado en la calle Moisés y Juan Montalvo en Puerto Ayora, isla Santa Cruz – Galápagos. El hotel está localizado muy cerca del centro de Puerto Ayora y a las orillas de la Laguna Las Ninfas. En la siguiente figura se puede observar en la parque izquierda la ubicación del Hotel Fiesta y en la imagen inferior la ubicación del hotel en toda la isla (ícono rojo). También, se puede ver que la Laguna Las Ninfas se encuentra al sur del hotel y la zona central de Puerto Ayora al este.

Figura 1. Ubicación Hotel Fiesta

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Las coordenadas del área ocupada por el Hotel Fiesta se presentan a continuación:

Tabla 1. Coordenadas geográficas Hotel Fiesta

Punto Este Sur 1 798 648 9 917 412

2 798 631 9 917 359

3 798 683 9 917 332

4 798 703 9 917 395

El Hotel Fiesta está conformado por 3 626.00 metros cuadrados.

Figura 2. Área Hotel Fiesta

Alrededor del área ocupada por el hotel se encuentran más hoteles y viviendas. Cabe recalcar que en la parte posterior se encuentra la Laguna Las Ninfas, a la cual el hotel tiene un acceso por un puente.

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Figura 3. Alrededores Hotel Fiesta

De acuerdo a lo que exige la ley, el Hotel Fiesta cuenta con el Permiso para Uso de Suelo (Anexo 3.). Por otro lado, en la siguiente figura se observa la distribución en el hotel, la cual se describe más adelante. En el Anexo 4.- se presenta el Plano Topográfico del Hotel Fiesta.

Figura 4. Distribución Hotel Fiesta

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IV.( Caracterización( y( Diagnóstico( del( Área( Referencial( del(Proyecto((Línea(Base)( La Línea Base corresponde a una base de datos sobre la cual se podrá comparar en el futuro las condiciones de los medios y de esta manera analizar el impacto que el proyecto ha tenido sobre el medio ambiente. La Línea Base está compuesta por dos secciones: Caracterización Ambiental y Diagnóstico Ambiental. Dentro de la Caracterización Ambiental se describió a los medios físico, biótico y socioeconómico, mientras que en el Diagnóstico Ambiental se realizó una análisis de las condiciones de los mismos y se identificó deficiencias o problemas en cada uno.

4.1(Caracterización(Socio]Ambiental( En este capítulo se describió el medio ambiente en el cual se encuentra el Hotel Fiesta, así como del medio que lo rodea. Los componentes que se tomaron en cuenta durante la descripción son los medios físico, biótico y socioeconómico.

4.1.1&Medio&Físico& El medio físico se determinó en base a bibliográfica disponible y visitas realizadas en campo. Además, se utilizaron mapas temáticos de la zona mediante los cuales se elaboraron mapas con las características del medio físico en el área.

Geología Las islas Galápagos son un grupo de islas volcánicas que se localizan aproximadamente a 600 millas o 1 000 km al oeste de Sur América, al igual que muchas otras islas se cree que son producto de una pluma de lava que surge desde el manto de la tierra (White, 1997). Las islas se formaron como resultado de varios procesos terrestres internos. El punto caliente sobre el cual se encuentran las islas ha permitido la formación de varias cadenas de islas sobre la placa de Nazca que se desplaza de este a sureste (Leonard, 2000). La placa de Nazca, sobre la cual descansan la islas, se mueve aproximadamente siete centímetros al año en dirección a la Fosa Peruano-Chilena, la misma que luego, por subducción, entra bajo la Cordillera de los Andes. En las islas se presentan dos tipos de volcanes, al oeste en las islas Isabela y Fernandina se localizan volcanes grandes con calderas profundas; por el contrario, en el este se encuentran volcanes más pequeños con pendientes suaves (White, 1997). La diferencia se debe a que en la zona del oeste la litosfera, que es la capa exterior rocosa y rígida de la tierra, es más vieja y gruesa y por lo tanto es capaz de soportar la carga de un volcán grande; al este la litosfera es más joven y débil y no resisten grandes volcanes (White, 1997). El tipo de lava que compone el archipiélago es de roca ígnea; sin embargo, existen algunos tipos de lava que están intercaladas con piedra caliza o arenisca y que se mezclan con

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algunos depósitos sedimentarios en Isabela y Santa Cruz conformando las únicas rocas no ígneas en el archipiélago (López, 2008). En la isla Santa Cruz se han observado dos distintos periodos de actividad volcánica. El periodo inicial produjo las series de lava conocida como “Plataforma” (Platform), la cual se puede observar en la parte noreste de la isla y en pequeñas islas alrededor: Baltra, Seymour y Las Plazas. Éstas son de altitud plana o lavas levemente sumergidas con sedimentos y calizas marinas someras de edades entre alrededor de un millón de años y 2.3 millones de años. Algunas de éstas tienen una morfología de tipo almohada, la cual es una característica de una erupción submarina, es decir estas lavas registran un periodo de crecimiento volcánico de hundimiento y posterior elevación. Por otro lado, el periodo más joven de series de lava conocido como “Escudo” (Shield) constituye la mayor parte de la edificación volcánica y comenzó hacia aproximadamente 700 000 años. Estas lavas jóvenes se encuentran en la esquina noroeste de la isla. En un sentido reciente desde el punto de vista geológico, Santa Cruz ha sido cortada por fallas de este a oeste, lo cual ha producido una serie de fosas tectónicas o graben (White, 1997). Con ayuda del Mapa Geológico del Ecuador, se determinó que la formación geológica presente en el área se denomina Galapagos Gp (PIQG2) y está formada por lavas basálticas, piroclastos y sedimientos menores, como se puede observar en la siguiente imagen (Ministerio de Recursos Energéticos del Ecuador, 1982).

Figura 5. Geología isla Santa Cruz

Fuente: (Ministerio de Recursos Energéticos del Ecuador, 1982)

Geomorfología En cuanto a la geomorfología presente en Santa Cruz se puede mencionar de manera general que la isla cuenta con un relieve típico de volcanes escudo sin caldera. El relieve presente en la isla se describe, en el Inventario Cartográfico de los Recursos Naturales, Geomorfología, Vegetación, Hídricos, Ecológicos y Biofísicos de las Islas Galápagos, como un plato invertido con pendientes débiles en la parte basal, pendientes fuertes a muy fuertes en la parte

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intermedia y otra vez pendientes débiles en la parte sominal (INGALA, PRONAREG, ORSTOM, 1989). En las vertientes se puede encontrar abruptos y niveles que corresponden a una superposición de mantos de lava. Estas lavas son de composición básica, basáltica y con pocas emisiones de materiales piroclásticos, con edades de aproximadamente un millón de años (INGALA, PRONAREG, ORSTOM, 1989).

Hidrología En Santa Cruz, como es característico e una isla las fuentes de agua superficial son escasas y además el suelo por el que está compuesto tiene un alto grado de fracturamiento (lava porosa), con lo cual se da una infiltración acelerada y las zonas de acumulación de agua son solamente temporales. Existen 32 cuencas hidrográficas principales, no existen ríos perennes, solamente escurrimientos eventuales en época con precipitaciones altas (GADM Santa Cruz). La distribución de las micro-cuencas en la isla tiene un sistema diferenciado por las diferentes zonas de la isla. En las zonas altas (mayor a 600 metros), en donde las precipitaciones son mayores y el suelo es arcilloso se pueden observar mayor acumulación superficial de agua. En la zona media (entre 200 y 600 metros) existe una acumulación de agua menor, debido a que existen fallas geológicas y grietas que permiten la infiltración del agua. En la zona baja (desde 0 a 200 metros) la escorrentía superficial es casi nula por la presencia de grietas abiertas y de túneles de lava (GADM Santa Cruz). De acuerdo al Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDyOT) en Santa Cruz se pueden identificar las siguientes fuentes de agua: Estación Charles Darwin, Cementerio El Edén, Misión Franciscana, el Barranco, Martin Schreyer A & B, Ctr. M. Cifuentes / Tortuga Bay, INGALA / Pampas Coloradas, La Camiseta y Pozo Profundo. De estas fuentes, las tres últimas son utilizadas por el GADM de Santa Cruz para la distribución de agua en la red pública (GADM Santa Cruz). En la zona ocupada por el Hotel Fiesta no se identificaron fuentes de agua, como se puede observar en la siguiente imagen.

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Figura 6. Mapa Hidrológico Hotel Fiesta

Climatología Para poder describir la climatología en el área se utilizaron los Anuarios Meteorológicos del Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología (INAMHI). La estación del INAMHI más cercana al Hotel Fiesta es la estación Charles Darwin INAMHI (M0191).

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Figura 7. Ubicación estación meteorológica Charles Darwin INAMHI

Fuente: (INAMHI, 2009) En base a los datos presentados en los anuarios para esta estación se describen a continuación los diferentes parámetros meteorológicos. Temperatura La temperatura en Puerto ayora, registrada a través de la estación Charles Darwin INAMHI, relativamente se mantiene a lo largo del año. La variación de temperatura en el 2011 se encontró dentro del rango entre 21.8 ºC y 26.6 ºC, registrándose la menor temperatura en septiembre y la mayor en abril. La temperatura promedio en el 2011 fue 24.3 ºC (INAMHI).

Figura 8. Temperatura estación Charles Darwin (2011)

Fuente de datos: (INAMHI).

0!5!10!15!20!25!30!

Temperatura*(ºC)*

Mes*

Temperatura*2011*

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Por otro lado, se puede mencionar que la temperatura igualmente se ha mantenido a los largo de los años, como se puede ver en la siguiente figura.

Figura 9. Fluctuación de temperatura

Fuente de datos: (INAMHI). Humedad relativa La humedad relativa representa la cantidad de vapor de agua que existe en el aire. Este porcentaje se calcula en base a cantidad de agua de vapor de agua existente en el aire con la cantidad que saturaría este aire a una temperatura dada (INAMHI). La humedad relativa registrada en la estación es en promedio 87% (2011). Durante el año 2011 la humedad relativa se mantuvo en el rango de 84 a 91%, y en el periodo del 2007 al 2011, este parámetro se mantuvo entre 76 y 94% (INAMHI). Precipitación En la siguiente figura se puede observar los datos para precipitación en la zona. Se observan la estación de lluvia de enero a mayo, y la seca el resto del año. La precipitación total durante el año 2011 fue 683.1 mm (INAMHI).

2007! 2008! 2009! 2010! 2011!TEMPERATURA! 22,9! 24,5! 24,8! 23,8! 24,3!

21,5!22,0!22,5!23,0!23,5!24,0!24,5!25,0!

Temperatura*(ºC)*

Variación*de*Temperatura*

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Figura 10.Precipitación

Fuente de datos: (INAMHI). Por otro lado, la precipitación total a lo largo de los años a variado desde 207.5 mm a 683.1 mm (INAMHI). Evaporación No se registran datos para este parámetro en los anuarios meteorológicos para la estación Charles Darwin INAMHI. Velocidad y dirección del viento En cuanto a la dirección del viento en la siguiente figura se presenta la rosa del viento para el año 2012 en la estación Charles Darwin (Puerto Ayora). Se puede observar que la dirección del viento predominantes es el sureste.

0! 50! 100! 150! 200! 250! 300!

Enero!Febrero!Marzo!Abril!Mayo!Junio!Julio!

Agosto!Septiembre!

Octubre!Noviembre!Diciembre!

Precipitación*(mm)*

Mes*

Precipitación*2011*

0!10!20!30!40!50!

N!

NE!

E!

SE!

S!

SW!

W!

NW!

2012*

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Figura 11. Rosa del Viento 2012

Fuente de datos: (INAMHI). Por otro lado, en la siguiente tabla se presentan las rosas de viento para todos los meses del año 2012. Las direcciones del viento predominantes a lo largo de los meses son las siguientes: • Sureste: enero, agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre. • Este: febrero. • Sur: mayo, junio, julio.

Tabla 2. Rosas del Viento Mensuales Año 2012

0!20!40!60!80!

N!

NE!

E!

SE!

S!

SW!

W!

NW!

Enero*

0!5!10!15!20!

N!

NE!

E!

SE!

S!

SW!

W!

NW!

Febrero*

0!10!20!30!40!50!

N!

NE!

E!

SE!

S!

SW!

W!

NW!

Mayo*

0!

20!

40!

60!N!

NE!

E!

SE!

S!

SW!

W!

NW!

Junio*

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Fuente de datos: (INAMHI).

Tipos y Usos de Suelo Tipo de suelo El tipo de suelo se identificó con ayuda del Mapa del Suelo del Ecuador (Vallejo & Maldonado, 1986).

0!

20!

40!

60!N!

NE!

E!

SE!

S!

SW!

W!

NW!

Julio*

0!

20!

40!

60!N!

NE!

E!

SE!

S!

SW!

W!

NW!

Agosto*

0!

20!

40!

60!N!

NE!

E!

SE!

S!

SW!

W!

NW!

Septiembre*

0!20!40!60!80!

N!

NE!

E!

SE!

S!

SW!

W!

NW!

Octubre*

0!10!20!30!40!50!

N!

NE!

E!

SE!

S!

SW!

W!

NW!

Noviembre*

0!10!20!30!40!50!

N!

NE!

E!

SE!

S!

SW!

W!

NW!

Diciembre*

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Figura 12. Tipo de Suelo

Fuente: (Sociedad Ecuatoriana de la Ciencia del Suelo, 1986) En la isla se identifican dos tipos de suelos. En la parte superior se encuentra un tipo de suelo (AkI), mientras que en el resto de la isla se identifica un tipo de suelo definido como afloramiento rocoso (Vallejo & Maldonado, 1986). Las características del tipo de suelo AkI se presentan en la siguiente tabla: Nombre Características Orden Alfisoles Suelos minerales con presencia de horizontes con

buen grado de desarrollo pedogenético; un horizonte superficial claro y lavado (eluviación) sobre horizonte argílico (acumulación de arcilla).

Suborden Udalfs De áreas húmedas; no permanecen secos ni siquiera 90 días al año o 60 días acumulados.

Gran grupo Tropudalfs Material de origen Volcánico y/o volcano-sedimentario antiguo: lavas, rocas detríticas;

aglomerados.

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Fisiografía y relieve Relieves socavados y montañosos de las estribaciones occidentales centro y sur; conos volcánicos insulares.

Características Caoliníticos; arcillosos; moderada saturación de bases; pH ligeramente ácido. Rojizos, pardo rojizos o amarillos; profundidad variable; posibilidad de piedras.

Fuente: (Vallejo & Maldonado, 1986). El Hotel Fiesta se encuentra sobre el tipo de suelo afloramiento rocos. Uso de suelo De acuerdo a los datos presentados en el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial en Santa Cruz, el cantón se encuentra zonificado de la siguiente manera, de acuerdo al uso de suelo del mismos:

Tabla 3. Zonificación Santa Cruz por Uso de Suelo

Descripción Área (km2) % Área urbana 3.30 0.34 Área agrícola 114.76 11.64 Parque Nacional Galápagos 867.82 88.02 TOTAL 985.88 100

Fuente: (GADM Santa Cruz). Como se puede observar el mayor porcentaje corresponde a reserva del Parque Nacional Galápagos, mientras que un porcentaje menor (0.34%) presenta un uso de suelo urbano. Dentro de esta última área se encuentra localizado el Hotel Fiesta. Dentro del área urbana, el 73% del área se encuentra con edificaciones y 5% en construcción (GADM Santa Cruz). Dentro de estas edificaciones el 81% están destinadas para habitaciones y el 8% para comercios. En la siguiente figura se puede observar la ocupación del suelo por categorías de infraestructura de Puerto Ayora.

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Figura 13. Uso de Suelo Puerto Ayora clasificado por Infraestructura Existente

Fuente: (GADM Santa Cruz). El área en la que se encuentra el Hotel Fiesta, el uso de suelo está determinado como “asentamientos humanos”, esto se puede observar en la siguiente figura.

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Figura 14. Mapa de Uso de Suelo Área del Hotel Fiesta

Calidad de Agua, Aire, Suelo Calidad de Agua La calidad de agua presente en la isla se ve afectada, debido a que la población se ha expandido sin tomar en cuenta un manejo adecuado de las aguas residuales afectando a las pocas fuentes de agua dulce con las que cuenta Santa Cruz. Durante el desarrollo de la población no se ha considerado la dinámica del recurso agua entre lluvias, escurrimientos, agua salobre, contaminación, zonas agrícolas y predios del PNG (GADM Santa Cruz). En la zona litoral en la cual se encuentra Puerto Ayora, la precipitación es menor que en la parte alta y el 78% de la población de isla se concentra en esta zona, lo cual genera que haya una mayor vulnerabilidad y alta alteración de los parámetros de calidad del agua. Entre las fuentes de contaminación antropogénica que se ha identificado se encuentra la generación de aguas de sentina (embarcaciones) y descarga de aguas negras y grises directamente a las grietas (GADM Santa Cruz). El Hotel Fiesta se encuentra a las orillas de la Laguna Las Ninfas. Alrededor de esta laguna se encuentran otros hoteles, restaurantes y muchas viviendas. Este lugar es utilizado actualmente como un sitio de recreación para la población local y como un sitio turísticos por extranjeros. En el 2008 el PNG y la Agencia de Cooperación Internacional de Japón publicó un informe anual del Monitoreo de Calidad del Agua en la zona costera de Bahía Academia en la Isla Santa Cruz (PNG y JICA, 2008). Dentro de este monitoreo se incluyó a la laguna Las Ninfas, en la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos durante este monitoreo. Los límites máximos permisibles utilizados para la evaluación fueron los indicados en el TULSMA Libro VI Anexo 1: Tabla 3. Criterios de Calidad admisibles para la preservación de la flora y

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fauna en aguas dulces, frías o cálidas, y en aguas marinas y de estuario, y Tabla 9. Criterios de calidad para aguas destinadas para fines recreativos. Parámetro Unidad Valor

(Promedio monitoreo 2008)

Límites (TULSMA)

pH 7,28 6.5 – 9.5 Oxígeno disuelto mg/L 5,56 5 – 6 Salinidad mg/L 20,09 N.A Temperatura ºC 24,33 32 Turbidez NTU 1,62 N.A Conductividad mS/cm 34,19 N.A Coliformes fecales nmp/100mL 481,82 200 Coliformes totales nmp/100mL 872,73 1 000 Nitritos mg/L 0,007 N.A Nitratos mg/L 0,12 N.A Fósforo total mg/L 0,22 N.A N.A.: No aplicable, no existe legislación para este parámetro.

Fuente de datos: (PNG y JICA, 2008). Como se puede observar en los resultados de este monitoreo, la calidad del agua en Las Ninfas cumple en casi todos los parámetros la legislación ambiental vigente. El parámetro en el cual no se cumple la legislación es en los coliformes fecales excediendo el límite permisible en aproximadamente más del doble. Según los resultados del monitoreo esta concentración se debe al mal manejo de las aguas residuales alrededor de la laguna. Además, estos niveles elevados se mantuvieron durante los años de análisis 2005 - 2008. Por otro lado, durante los años de investigación en algunos meses se identificó un oxígeno disuelto por debajo del límite máximo permisible (PNG y JICA, 2008). Con el fin de conocer la calidad del agua actual de la lagunas Las Ninfas en el punto más cercano al Hotel Fiesta se realizó un monitoreo de la calidad del agua. En la siguiente tabla se presenta la metodología y los resultados obtenidos durante este análisis.

Tabla 4. Análisis Calidad del Agua

Análisis calidad del agua Laguna de Las Ninfas Metodología Para la toma de muestras y análisis de la calidad del agua se

tomó una muestra, para lo cual se llevó a cabo el siguiente procedimiento: 1. Permiso en PNG para toma de muestras. 2. Toma de muestra puntual , siguiendo las indicaciones de

la norma NTE INEN 2176:2013. 3. Envío de muestra a laboratorio certificado por la OAE. 4. Resultados de muestreo. 5. Análisis: comparación con la normativa ambiental

vigente: TULSMA Libro VI Anexo 1.: Tabla 3.

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(Preservación flora y fauna en estuarios) y Tabla 9. (Fines recreativos).

Resultados

Parámetro Unidad Resultado Conductividad uS/cm 22100 Fosfato mg/L 18 Nitrato mg/L 6.6 DQO mg/L 50 Coliformes Totales

NMP/100 mL 2400

Coliformes Fecales

NMP/100 mL 40

Análisis y observaciones Anexo 5.- Informe de Análisis de Agua Calidad de Aire En cuanto a la calidad del aire, Santa Cruz presenta una calidad del aire buena, debido a que no existen industrias locales como en el continente que emitan contaminantes al aire. En Puerto Ayora se identifica una contaminación del aire por las siguientes fuentes: • Tráfico vehicular terrestre. • Tráfico marítimo. • Descomposición de residuos orgánicos. • Tratamiento de algunos desechos sólidos. • Generadores de la empresa eléctrica. • Incinerador del GADM (GADM Santa Cruz).

No se realizó un análisis específico para la zona en la cual se encuentra ubicado el Hotel Fiesta, debido a que las actividades del hotel no generan emisiones atmosféricas relevantes que pudieron afectar la calidad de este recurso. Calidad de Suelo La calidad del suelo en la isla presenta un pH que varía ligeramente de ácido a neutro, concentraciones moderadas de nitrógeno y bajas de fósforo y potasio (GADM Santa Cruz). En la zona urbana de Santa Cruz se reconocen afectaciones a la calidad el suelo solamente en donde se encuentran los talleres mecánicos y lavadoras de carros (GADM Santa Cruz). En el área en el cual se encuentra ubicado el Hotel Fiesta no se han identificado sitios de contaminación del suelo. Debido a que las actividades en hotel no presentan riesgos a la calidad del suelo, no se realizaron análisis de calidad del suelo in situ.

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Paisaje Natural Para la descripción del paisaje natural que se encuentra alrededor del proyecto se utilizó la metodología de Bosque et. al “Valoración de los aspectos visuales del paisaje mediante la utilización de un SIG” (Bosque Sendra, Gómez Delgado, Rodríguez Durán, Rodríguez Espinosa, & Vela Gayo, 1997). Esta metodología consiste en analizar los siguientes aspectos del paisaje: • Calidad (naturalidad, variedad, singularidad). • Fragilidad. • Receptividad. • Actividad. • Conservabilidad (Bosque Sendra, Gómez Delgado, Rodríguez Durán, Rodríguez

Espinosa, & Vela Gayo, 1997). Metodología Para realizar la valoración del paisaje natural, en primer lugar se determinan unidades, cuyas características paisajísticas sean similares, dentro del área de influencia del proyecto. Posteriormente, se evalúan los siguientes parámetros: • Criterios paisajísticos:

! Calidad: estado actual del paisaje en base a su interés y atractivo estético. Ésta se

determina en base a los siguientes parámetros:

Naturalidad: áreas que no han sido afectadas o escasamente afectadas por las actividades humanas.

Variedad: Está determinada por la vegetación natural y uso de suelo que existe en la unidad; mientras mayor sean las variedades de vegetación presentes y usos de suelo, y más uniforme la proporción de superficie que ocupan todas dentro de cada unidad, más diversa es la unidad.

Singularidad: Cuando dentro de las unidades se identifican elementos no

habituales o poco repetidos existentes en el ámbito estudiado.

Calidad = Naturalidad + Variedad + Singularidad

! Fragilidad: esta variable al igual que la calidad está determinada por tres parámetros: !

Fragilidad intrínseca: este parámetro está relacionado con el porcentaje de superficie que las ocupaciones de suelo frágiles que se encuentran en la unidad. Las ocupaciones de suelo frágiles corresponden a las áreas en las que cualquier actividad humana sería visible.

Visibilidad: está relacionada con la visibilidad que se tiene desde el exterior de la unidad considerada como el número potencial de observadores.

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Accesibilidad: ésta se determina por núcleos habitados y tramos de vías dentro de la cuenca visual de cada unidad paisajística. !

Fragilidad = Fragilidad intrínseca + Visibilidad + Accesibilidad

• Criterios de visibilidad:

! Receptibilidad: este criterio está dado por un cociente en el cual el numerador es la

suma de la superficie de los diferentes aspectos del paisaje con significancia paisajística natural (ríos, vegetación natural, altos relieves) visibles desde cada unidad, y el denominador es la suma de las superficies de áreas visibles ocupadas por población o vías de comunicación, consideradas como elementos de degradación de la calidad del paisaje.

! Actividad: está definida por la visibilidad desde el exterior hacia el interior del ámbito estudiado (Bosque Sendra, Gómez Delgado, Rodríguez Durán, Rodríguez Espinosa, & Vela Gayo, 1997).

Resultados • Delimitación de las unidades

En el caso de este estudio de impacto ambiental expost, el área que ocupa el Hotel Fiesta así como su área de influencia es homogéneo, por lo cual sólo se definió una unidad de análisis, en la cual se encuentra el hotel y su ZIA. • Cuantificación de los parámetros paisajísticos

En la siguiente tabla se presenta el análisis de los diferentes parámetros para el paisaje en el área del hotel fiesta y sus alrededores.

Tabla 5. Análisis parámetros paisajísticos

Parámetro Valor Análisis Calidad 4

Naturalidad 2 La naturalidad está definida por elementos como cursos fluviales, lagos, masas arbóreas, etc. Para la unidad de análisis los elementos naturales son pocos y el 50% de la zona está intervenida por construcciones. El elemento natural más importante es la laguna Las Ninfas.

Variedad 1 La variedad en el área es baja. La mayoría del área está ocupada con edificaciones.

Singularidad 1 El área es en su mayoría homogénea. Fragilidad 2 Moderadamente frágil a la intervención humana. La

zona es frágil principalmente en la zona de bosque. Receptibilidad 1 El área se encuentra dividida aproximadamente en

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4.1.2&Medio&Biótico&

Componente Flora Área de estudio El área de estudio se encuentra en la zona urbana de la isla Santa Cruz, parroquia Puerto Ayora, con edificaciones, construcciones y vías para uso humano; es decir, donde se desarrollan las principales actividades antrópicas. Zonificación Terrestre del Parque Nacional Galápagos La herramienta que permite definir, delimitar espacialmente y clasificar zonas del Parque Nacional Galápagos (PNG) y la Reserva Marina de Galápagos (RMG), de acuerdo al nivel de conservación de sus ecosistemas, es aquella conocida como “zonificación”, la cual tiene el propósito de proteger, restaurar o utilizar sustentablemente el capital natural protegido de Galápagos (Plan de Manejo, PNG 2005). El Hotel Fiesta se encuentra en una ZONA URBANA, según la información de la Dirección del Parque Nacional Galápagos (DPNG), shapes de Zonificación Terrestre, 2013_UTM 15S_WGS 84. (Anexo 6: Mapa No. 1.- Zonificación terrestre del área de estudio) La zona urbana de la isla Santa Cruz, constituye la población de Puerto Ayora; es decir, es el área donde la cobertura vegetal ha sido reemplazada por la construcción de edificaciones e infraestructura, sistema vial, organismos introducidos, contaminación, etc., y en donde se concentra la mayor parte de las actividades humanas (Plan de Manejo PNG, 2005). Ecosistemas o Zonas de vegetación

la mitad de paisaje natural y la mitad en edificaciones.

Actividad 2 El hotel es visible desde varios puntos del paisaje. CONSERVABILIDAD 9 La escala para conservabilidad es de 6 a 18, siendo

18 una unidad más conservable por su calidad intrínseca de su paisaje más elevada, su fragilidad mayor y su receptividad y actividad más importantes (Bosque Sendra, Gómez Delgado, Rodríguez Durán, Rodríguez Espinosa, & Vela Gayo, 1997). Para el caso de la unidad definida en este estudio la conservabilidad es moderada, debido a que la mitad del paisaje corresponde a un área natural en la cual cualquier actividad podría generar un impacto en el paisaje. Sin embargo, la sección al norte del hotel se encuentra ocupada por edificaciones, siendo un área ya intervenida cuya conservabilidad es baja.

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Las zonas de vegetación en la Isla Santa Cruz se han determinado en base al clima y los vientos del sureste (ECOLAP y MAE, 2007), dando como resultado siete zonas de vegetación: zona litoral, zona árida, zona de transición, zona de scalesia, zona parda, zona minocia y zona de pampa o helechos (Valdebenito, 2004).

Figura 15. Zonas de vegetación de la Isla Santa Cruz

Fuente: Valdebenito (2004) Según las zonas de vegetación antes descritas, el Hotel Fiesta se encuentra en una ZONA ÁRIDA, como se muestra en el Anexo 6: Mapa No. 2.- Ecosistemas del área de estudio, de acuerdo a la información de la Dirección del Parque Nacional Galápagos (DPNG), shapes de Ecosistemas Galápagos, 2013_UTM 15S_WGS 84. En la Zona Árida existen bosques formados por especies como “palo santo” (Bursera graveolens), “castela” (Castela galapageia), “caco” (Erythrina velutina), “muyuyo” (Cordia lutea), “palo verde” (Parkinsonia aculeata, Phoradendron henslowii), “algodón de Galápagos” (Gossypium darwinii), “matazarno” (Piscidia carthagenensis), lechero” (Scalesia affinis), “cactus de lava” (Brachycereus nesioticus), los “candelabros” (Jasminocereus thouarsii) y las “tunas” (Opuntia sp., representadas por 6 especies, todas endémicas, al igual que sus 14 variedades) (ECOLAP y MAE, 2007). Flora del área de estudio Metodología Se realizó un estudio cualitativo de las especies vegetales presentes en las instalaciones del Hotel Fiesta, mediante recorridos libres en los jardines internos, para observaciones directas, en dos fases: a) Fase de campo-registro fotográfico e identificación y, b) Fase de gabinete-análisis de datos. El detalle de la caracterización de la flora, se presenta en una lista con las especies registradas durante el estudio, identificándolas por familia, especies, nombre científico y

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nombre común; aspectos ecológicos, origen (endémica, nativa o introducida) (Guézou, A (et al., 2014; Bungartz, F (eds.), 2009) y estado de conservación, en base a registros bibliográficos (Valencia (eds.), 2000; UICN, 2013). Los nombres comunes y científicos registrados durante la fase de campo fueron verificados con la Lista de Especies de Plantas Vasculares de Galápagos de la Fundación Charles Darwin (Jaramillo Díaz, P., Guézou, A., 2013) y la base de datos tropicos.com Resultados

• Diversidad y composición florística del área de estudio En los jardines del Hotel Fiesta se identificaron un total de 15 especies, incluidas en 13 familias y 15 géneros. Boraginaceae (n=2) y Euphorbiaceae (n=2) fueron las familias más abundantes con el 13,33% cada una del total de familias identificadas. Dentro de las familias más abundantes se encuentran las siguientes especies: Clordia lutea, Tournefortia pubescens, Hippomane mancinella y Codiaeum sp.

Figura 16. Porcentaje de familias identificadas en el estudio

Fuente: Trabajo de Campo La lista de las especies florísticas inventariadas durante la fase de campo, realizada en el mes de febrero de 2015, se detalla a continuación:

Tabla 6. Inventario del recurso flora del Hotel Fiesta

0,00!

2,00!

4,00!

6,00!

8,00!

10,00!

12,00!

14,00!

Porcentaje*(%

)*

Especies*

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FAMILIA ESPECIE NOMBRE COMÚN

HÁBITO USO (CERÓN, 2003)

UICN (VERSIÓN 2014.3)

LIBRO ROJO PLANTAS ENDÉMICAS ECUADOR (2000)

ORIGEN

Aizoaceae Sesuvium edmondstonei Sesuvium He _ _ _ Nativo

Apocynaceae Catharanthus roseus Vinca rosa He Ornamento _ _ Introducido

Araceae Anthurium andraeanum Anturio Ep Ornamento _ _ Introducido

Arecaceae Cocos nucifera Coco Ab Alimento _ _ Introducido

Asteraceae Scalesia helleri Bonsai de Galápagos

Ar _ VU VU Endémico

Boraginaceae Cordia lutea Muyuyo Ab Medicina _ _ Nativo

Tournefortia pubescens Lengua de ternera

Ar _ LC LC Endémico

Cactaceae Opuntia echios Tuna cactus Ar _ _ _ Nativo

Combretaceae Laguncularia racemosa Mangle blanco Ar _ LC _ Nativo

Euphorbiaceae Hippomane mancinella Manzanillo Ar Tóxico _ _ Nativo

Codiaeum variegatum Croton Ar Ornamento _ _ Introducido

Fabaceae Delonix regia Acacia roja Ab Ornamento _ _ Introducido

Malvaceae Hibiscus rosa-sinensis Cucarda Ar Ornamento _ _ Introducido

Nyctaginaceae Bougainvillea spectabilis Buganvilla Ar Ornamento Introducido

Verbenaceae Lantana camara Supirrosa Ar Ornamento _ _ Introducido

LC: Preocupación Menor; VU: Vulnerable

Ab: Árbol; Ar: Arbusto; He: Hierba; Ep: Epifita

Fuente: Trabajo de Campo.

• Especies Nativas y Endémicas La mayoría de las especies florísticas identificadas (n=8) en las instalaciones del Hotel Fiesta, son consideradas como introducidas, lo que representa el 53,33% de la flora inventariada en el estudio. Dos especies se ubican en la categoría endémicas para Galápagos: Scalesia helleri y

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Tournefortia pubescens; y, cinco como nativas: Sesuvium edmondstonei, Cordia lutea, Opuntia echios, Laguncularia racemosa e Hippomane mancinella.

Figura 17. Origen de las especies identificadas en el estudio

Fuente: Trabajo de Campo

• Estado de Conservación Según el Libro Rojo de Plantas Endémicas del Ecuador (Valencia, et al., 2000), una especie (Tournefortia pubescens), se encuentran dentro de la categoría Preocupación Menor (LC) y una especie (Scalesia helleri) en la categoría Vulnerable (VU). Dos de las especies de flora identificadas en el estudio, se encuentran dentro de la categoría Preocupación Menor (LC) de acuerdo a las categorías del Libro Rojo de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN, 2013), y son las siguientes: Tournefortia pubescens y Laguncularia racemosa. La única especie en la categoría Vulnerable (VU) es Scalesia helleri.

• Usos de la flora inventariada La mayoría de las especies de flora identificadas en el estudio (n=7), son utilizadas como ornamento, según los criterios de Cerón (2003), lo que representa el 46,67% del total de usos registrados, como se muestra en el siguiente gráfico:

33,33

13,33

53,33

Nativo

Endémico

Introducido

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Figura 18. Usos del recurso florístico del Hotel Fiesta

Fuente: Trabajo de Campo

• Registro fotográfico de la flora inventariada

Fotografía 1. “Bonsai de Galápagos” Scalesia helleri ASTERACEAE

6,67

6,67

46,67

6,67

33,33

Alimento

Medicina

Ornamento

Tóxico

No se reporta

0,00 5,00 10,00 15,00 20,00 25,00 30,00 35,00 40,00 45,00 50,00

Uso

s

Porcentaje (%)

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Fotografía 2. Jardín de “Tuna cactus” Opuntia echios CACTACEAE

Fotografía 3. “Muyuyo” Cordia lutea BORAGINACEAE

Fotografía 4. “Buganvilla” Bougainvillea spectabilis NYCTAGINACEAE

Fotografía 5. “Croton” Codiaeum variegatum EUPHORBIACEAE

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Fotografía 6. “Cucarda” Hibiscus rosa-sinensis MALVACEAE

Fotografía 7. “Anturio” Anthurium andraeanum ARACEAE

Fotografía 8. “Coco” Cocos nucifera ARECACEAE Fotografía 9. “Manzanillo” Hippomane mancinella EUPHORBIACEAE

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Fotografía 10. “Sesuvium” Sesuvium edmondstonei AIZOACEAE

Fotografía 11. “Lengua de ternera” Tournefortia pubescens BORAGINACEAE

Fotografía 12. “Acacia roja” Delonix regia FABACEAE Fotografía 13. “Mangle blanco” Laguncularia racemosa COMBRETACEAE

Fotografía 14. “Supirrosa” Lantana cámara VERBENACEAE

Fotografía 15. “Vinca rosa” Catharanthus roseus APOCYNACEAE

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Inventario Forestal No se realizó el Inventario Forestal, de acuerdo a lo dispuesto en el Acuerdo Ministerial No. 134 y el Acuerdo Ministerial No. 076, debido a que el proyecto se encuentra en fase de operación y en área urbana.

Fauna del área de estudio Avifauna Metodología La caracterización del componente aves, se realizó en dos fases: a) Fase de campo y, b) Fase de Gabinete-análisis de datos-identificación final. El trabajo de campo para el análisis de la avifauna se realizó en el mes de febrero de 2015, mediante observaciones directas en las instalaciones del Hotel Fiesta, basadas en los criterios establecidos en las metodologías de Evaluación Ecológica Rápida (Sayre et al. 2002). El equipo y material requerido para la observación incluye: GPS Garmin 62sc, cámara fotográfica Canon, cuaderno de notas, binoculares Bushell 8x42, y guías de campo para la identificación de aves: Lista de Especies de Aves de Galápagos de la Fundación Charles Darwin (Jiménez-Uzcátegui, G., Wiedenfeld, D. A., Vargas, F. H., Snell, H. L., 2014). Sustento bibliográfico: Para la clasificación taxonómica de las especies y sus nombres comunes en español se utilizó Guía de Aves del Ecuador (Ridgely & Greenfield, 2006) y la Lista de Especies de Aves de Galápagos de la Fundación Charles Darwin (Jiménez-Uzcátegui, G., Wiedenfeld, D. A., Vargas, F. H., Snell, H. L., 2014). En cuanto a la ubicación de especies en peligro de extinción o endémicas, se tomó el criterio de la publicación del Libro Rojo de Aves del Ecuador (Granizo et al., 2002), criterios de la Unión Internacional para Conservación de la Naturaleza (UICN, 2013) y los apéndices del Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Resultados

• Riqueza Tres especies de aves, pertenecientes a 3 familias y 1 orden (Passeriformes), se registraron en la fase de campo. Las especies avistadas se detallan en la siguiente tabla:

Tabla 7. Lista de especies de aves observadas en el Hotel Fiesta

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ORDEN FAMILIA ESPECIE NOMBRE COMÚN

GREMIO TRÓFICO

UICN (VERSIÓN 2014.3)

LIBRO ROJO AVES ECUADOR (2002)

ORIGEN

Passeriformes Emberizidae Geospiza spp Pinzón terrestre Granívoro LC _ Endémico

Parulidae Setophaga petechia aureola

Canario María Insectívoro LC _ Endémico

Tyrannidae Myiarchus magnirostris Papamoscas Insectívoro LC _ Endémico

LC: Preocupación Menor

Fuente: Trabajo de campo.

• Nicho Trófico Dos de las especies identificadas pertenecen al gremio de los insectívoros: Setophaga petechia aureola y Myiarchus magnirostris; mientras que la especie Geospiza spp., generalmente se alimenta de semillas (Jiménez-Uzcátegui, G., Ruiz, D., Snell, H. L., 2011)

• Estado de Conservación Las tres especies de aves registradas se encuentran dentro de la categoría Preocupación Menor (LC), según las categorías del Libro Rojo de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN, 2013). No se registraron especies en los apéndices de la Conservación sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas (CITES) y tampoco en las categorías del Libro Rojo de Aves del Ecuador (Granizo et al., 2002).

• Especies Nativas y Endémicas Las tres especies de aves observadas en las instalaciones del Hotel Fiesta, son consideradas endémicas para Galápagos. (Jiménez-Uzcátegui, G., Ruiz, D., Snell, H. L., 2011)

• Registro Fotográfico de Avifauna

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Fotografía 16. “Canario maría” Setophaga petechia aureola PARULIDAE

Fotografía 17. “Pinzón terrestre” Geozpisa spp EMBERIZIDAE

Fotografía 18. “Papamoscas” Myiarchus magnirostris TYRANNIDAE

Mastofauna Metodología La caracterización del componente mamíferos, se realizó en dos fases: a) Fase de campo y, b) Fase de Gabinete-análisis de datos. El trabajo de campo para el análisis cualitativo de la mastofauna, se basa en conversaciones informales con informantes del área de estudio, los cuales fueron escogidos según los siguientes criterios (Tirira, 1999): a) personas adultas o ancianos que han residido durante toda su vida o gran parte de ella en la zona de estudio; b) campesinos con conocimientos de naturaleza y c) trabajadores de la zona. Esta información fue respaldada con registros bibliográficos del área de estudio. Sustento bibliográfico: Para la clasificación taxonómica de las especies y sus nombres comunes en español se utilizó la guía de campo de los Mamíferos del Ecuador (Tirira, 2007),

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la Lista de especies de Mamíferos Galápagos de la Fundación Charles Darwin (Jiménez-Uzcátegui, G., Snell, H. L., 2014) y la Lista de especies de Vertebrados introducidos Galápagos de la Fundación Charles Darwin (Jiménez-Uzcátegui, G., Zabala, J., Milstead, B., Snell, H. L., 2014). Para el criterio de especies en peligro de extinción o endémicas, se utilizó la publicación del Libro Rojo de los Mamíferos del Ecuador (Tirira, 2011), criterios de la Unión Internacional para Conservación de la Naturaleza (UICN, 2013) y los apéndices del Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Resultados En el área urbana es común la observación de dos especies de roedores introducidos: “ratón doméstico o pulpero” Mus musculus y “rata negra” Rattus rattus. (Obs. Pers.: Blga. Diana Salazar, residente permanente de Galápagos). Las dos especies son omnívoras y se encuentran dentro de la categoría de Preocupación Menor (LC), según el Libro Rojo de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN, 2013). Herpetofauna Metodología La caracterización del componente herpetofauna, se realizó en dos fases: a) Fase de campo y, b) Fase de Gabinete-análisis de datos. Para obtener datos cualitativos sobre la herpetofauna en el área de estudio, se realizaron recorridos de observación directa para para encuentros visuales, en las instalaciones del Hotel Fiesta. La clasificación taxonómica de las especies y sus nombres comunes se verificaron en la Lista de especies de Reptiles Galápagos de la Fundación Charles Darwin (Jiménez-Uzcátegui, G., Snell, H. L., 2014), la Lista de especies de Vertebrados introducidos Galápagos de la Fundación Charles Darwin (Jiménez-Uzcátegui, G., Zabala, J., Milstead, B., Snell, H. L., 2014). En cuanto a la ubicación de especies en peligro de extinción o endémicas, se tomó el criterio de la publicación del Libro Rojo de Aves del Ecuador (Granizo et al., 2002), criterios de la Unión Internacional para Conservación de la Naturaleza (UICN, 2013) y los apéndices del Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Resultados En la fase de campo se registraron dos especies de reptiles: “lagartija” Microlophus spp, perteneciente al orden Squamata de la familia Tropiduridae y “gecko” Phyllodactylus spp, de la familia Gekkonidae. Las 7 especies de lagartijas de lava presentes en Galápagos son endémicas, pertenecientes a un solo género Microlophus. (ECOLAP y MAE, 2007). En las islas hay seis especies de geckos endémicos, principalmente restringidos a la zona árida de Galápagos (Valle, 2004).

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Fotografía 19. “Lagartija” Microlophus spp TROPIDURIDAE

Fotografía 20. “Gecko” Phyllodactylus spp GEKKONIDAE

!

Conclusiones Componente Biótico Flora

• De acuerdo a la información de Zonificación Terrestre de la Dirección del Parque Nacional Galápagos (DPNG), el HOTEL FIESTA, se encuentra en una ZONA URBANA (Plan de Manejo, PNG 2005).

• El HOTEL FIESTA se encuentra en una ZONA ÁRIDA, conforme a la información de Ecosistemas Galápagos de la Dirección del Parque Nacional Galápagos (DPNG).

• En los jardines del Hotel Fiesta se identificaron un total de 15 especies, incluidas en 13 familias y 15 géneros.

• Boraginaceae (n=2) y Euphorbiaceae (n=2) fueron las familias más abundantes con el 13,33% cada una del total de familias identificadas.

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• La mayoría de las especies florísticas identificadas (n=8) en las instalaciones del Hotel

Fiesta, son consideradas como introducidas, lo que representa el 53,33% de la flora inventariada en el estudio. Dos especies se ubican en la categoría endémicas para Galápagos; y, cinco como nativas.

• Según el Libro Rojo de Plantas Endémicas del Ecuador (Valencia, et al., 2000), una especie (Tournefortia pubescens), se encuentra dentro de la categoría Preocupación Menor (LC) y una especie (Scalesia helleri) en la categoría Vulnerable (VU).

• Dos de las especies de flora identificadas en el estudio, se encuentran dentro de la categoría Preocupación Menor (LC) de acuerdo a las categorías del Libro Rojo de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN, 2013), y son las siguientes: Tournefortia pubescens y Laguncularia racemosa. La única especie en la categoría Vulnerable (VU) es Scalesia helleri.

• La mayoría de las especies de flora identificadas en el estudio (n=7), son utilizadas como ornamento, según los criterios de Cerón (2003), lo que representa el 46,67% del total de usos registrados.

Avifauna

• Tres especies de aves, pertenecientes a 3 familias y 1 orden (Passeriformes), fueron registradas durante la fase de campo.

• Dos de las especies identificadas pertenecen al gremio de los insectívoros: Setophaga petechia aureola y Myiarchus magnirostris; mientras que la especie Geospiza spp., generalmente se alimenta de semillas (Jiménez-Uzcátegui, G., Ruiz, D., Snell, H. L., 2011)

• Las tres especies de aves registradas se encuentran dentro de la categoría Preocupación Menor (LC), según las categorías del Libro Rojo de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN, 2013).

• Las tres especies de aves observadas en las instalaciones del Hotel Fiesta, son consideradas endémicas para Galápagos. (Jiménez-Uzcátegui, G., Ruiz, D., Snell, H. L., 2011)

Mastofauna

• En el área urbana es común la observación de dos especies de roedores introducidos: “ratón doméstico o pulpero” Mus musculus y “rata negra” Rattus rattus. (Obs. Pers.: Blga. Diana Salazar, residente permanente de Galápagos).

• Las dos especies registradas son omnívoras y se encuentran dentro de la categoría de Preocupación Menor (LC), según el Libro Rojo de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN, 2013).

Herpetofauna

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((108(

• En la fase de campo se registraron dos especies de reptiles: “lagartija” Microlophus

spp, perteneciente al orden Squamata de la familia Tropiduridae y “gecko” Phyllodactylus spp, de la familia Gekkonidae.

• Las 7 especies de lagartijas de lava presentes en Galápagos son endémicas, pertenecientes a un solo género Microlophus. (ECOLAP y MAE, 2007).

Recomendaciones Componente Biótico Se recomienda que la decoración de los jardines del HOTEL FIESTA, sea de preferencia con plantas nativas y endémicas, lo que brindará hábitats más apropiados para la fauna del sector y contribuirá con la política de beneficio ambiental con las islas Galápagos.

&3.1.3&Aspectos&socioeconómicos&y&culturales&de&la&población&

Aspectos Demográficos Para la descripción del medio socioeconómico los datos fueron tomados del Censo de Población y Vivienda del 2010, publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) y del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del Cantón Santa Cruz. A continuación se presenta el análisis para las diferentes variables. Composición por edad y sexo La población en la isla Santa Cruz es 15 393 personas registradas durante el censo del año 2010. Santa Cruz es la isla con mayor población dentro de las islas Galápagos y representa el 0.11% de la población total de Ecuador, según los datos del Censo de Población y Vivienda del año 2010 (INEC, 2010). La población se encuentra relativamente divida entre hombres (50.88%) y mujeres (49.12%) (INEC, 2010). En cuanto a la composición por edad en la siguiente figura se puede observar que la mayoría de la población tiene de 15 a 64 años.

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Figura 19. Composición por edad de la población en el cantón Santa Cruz

Fuente de datos: (INEC, 2010). Tasa de crecimiento de la población De acuerdo al PDyOT la tasa de crecimiento para el año 2010 fue 3.35%, con una tendencia a crecimiento de la misma. Cabe recalcar que esta tasa de crecimiento poblacional es mayor a las registradas en las otras islas (GADM Santa Cruz). Densidad En la siguiente figura se puede ver a Puerto Ayora dividido por áreas según la densidad poblacional. Los barrios con mayor densidad poblacional son las Orquídeas y Cascada ubicados en la Zona 5 de la figura (GADM Santa Cruz).

De!0!a!14!años! De!15!a!64!años! De!65!años!y!más!Series1! 4220! 10449! 724!

0!

2000!

4000!

6000!

8000!

10000!

12000!Personas*

Composición*por*edad*de*la*población*

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Figura 20. Densidad Poblacional Puerto Ayora

Fuente: (GADM Santa Cruz). Las Ninfas, barrio en el que se encuentra el Hotel Fiesta, tiene una densidad poblacional de 19.71 habitantes por hectárea. Esta densidad es baja en comparación a los demás barrios en Puerto Ayora (GADM Santa Cruz). Migración En el año 2010 emigraron un total de 282 personas de las islas Galápagos. De este total el 74.4% corresponde a población migrante desde Santa Cruz a otros países. El principal destino es Estados Unidos, como en el resto del país, y el principal motivo es por trabajo (GADM Santa Cruz). Características de la población económicamente activa (PEA) La población económicamente activa (PEA) corresponde al 52.28% (2010). Dentro de este porcentaje el 9.8% trabaja en el área de alojamiento y servicios de comida (GADM Santa Cruz).

Alimentación y nutrición En cuanto a la desnutrición se registran los siguientes datos para los niñas y niñas en Santa Cruz: • Desnutrición crónica: 11.83%. • Desnutrición global: 1.76%.

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• Desnutrición aguda: 0.98%. • La desnutrición crónica y global se presenta en un porcentaje ligeramente mayor en las

niñas (GADM Santa Cruz).

Salud La salud es un tema de principal preocupación en Santa Cruz, debido a que no existen suficientes profesionales para cada rama y existe una falta de equipamiento e infraestructura, por lo cual muchas veces la población prefiere migrar al continente para recibir atención médica (GADM Santa Cruz). Los establecimiento de salud en la isla son en su mayoría públicos, siendo el principal centro de salud el Hospital República del Ecuador, el mismo que cuenta con subcentros de salud en Bellavista, Santa Rosa y en el cantón Isabela (GADM Santa Cruz). Las principales enfermedades que se presentan en Santa Cruz son enfermedades de vías respiratorias e intestinales, como parasitosis y enfermedades diarreicas agudas, infecciones de vías aéreas superiores, infección de vías urinarias, biodermitis, otitis, dermatitis, traumas leves y enfermedades relacionadas con la hipertensión arterial y diabetes. Cabe recalcar que un porcentaje de las enfermedades se debe a la mala calidad del agua (GADM Santa Cruz).

Educación El índice de analfabetismo en Santa Cruz es 3.22%, definido por la falta de capacidad de leer y escribir. Este índice es superior en comparación a las principales islas en Galápagos (San Cristóbal e Isabela) (INEC, 2010). Por otro lado, en el siguiente cuadro se puede observar que la mayoría de la población ha alcanzado un nivel de educación primario (26%) y secundario (23%) (INEC, 2010).

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((112(

Figura 21. Nivel de instrucción más alto al que asiste o asistió

Fuente de datos: (INEC, 2010). En Santa Cruz la mayoría de los niños y jóvenes asisten a un establecimiento de enseñanza de tipo fiscal. En la isla se encuentran 15 planteles educativos (3 todos los niveles educativos, 7 educación inicial y básica, 4 nivel básico y bachillerato, 1 educación inicial). Entre los centros educativos más importantes se puede mencionar a los siguientes: • Colegio Miguel Ángel Cazares. • U.E.F. San Francisco de Asís. • U.E. Tomás de Berlanga. • U.E. Loma Linda. • Colegio Don Bosco del Guayas. • Colegio Islas Galápagos (INEC, 2010).

Vivienda En la siguiente tabla se presenta las condiciones y características de las viviendas en Santa Cruz.

Tabla 8. Características Viviendas Santa Cruz

Características Viviendas Santa Cruz

1%! 0%!1%!

26%!

23%!9%!

11%!

2%!

17%!

3%!7%!

Nivel*de*instrucción*más*alto*

Ninguno!

Centro!de!alfabetización/(EBA)!

Preescolar!

Primario!

Secundario!

Educación!básica!

Bachillerato!h!Educación!media!

Ciclo!Postbachillerato!

Superior!

Postgrado!

Se!ignora!

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((113(

Tipo de vivienda

En la figura se puede observar que la mayoría de viviendas (56%) son de tipo casa o villa.

Material del techo o cubierta

La mayoría de las viviendas presentan un techo de hormigón (losa, cemento) (31.85%) y de zinc (37.62%).

Material de paredes exteriores

84.31% de las viviendas presentan paredes exteriores de ladrillo o bloque.

Material del piso En Santa Cruz se pueden observar casas que en su mayoría tienen puso de cerámica, baldosa, vinil, mármol, ladrillo o cemento.

Número de cuartos La mayoría de las viviendas tiene de 1 a tres cuartos. Tenencia de vivienda

La mayoría de viviendas son propias o en arriendo.

Fuente de datos: (INEC, 2010).

Estratificación La estratificación a nivel local se determinó con ayuda del PDyOT para la isla. A continuación se presentan las principales instituciones presentes en Santa Cruz. Cabe recalcar que en el principal ente de regulación es el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Cruz.

Tabla 9. Instituciones presentes en Santa Cruz

Institución Responsabilidad Consejo de Gobierno del Régimen especial de Galápagos

Planificación regional: establecimiento de políticas, coordinación y gestión de acciones con diferentes actores sociales económicos, culturales y ambientales.

Ministerio del ambiente del Ecuador (MAE)

Diseño políticas ambientales y coordinación de las estrategias, proyectos y programas para el cuidado de los ecosistemas y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.

Parque Nacional Galápagos (PNG)

Conservación de la integridad ecológica y la biodiversidad de los ecosistemas en las áreas protegidas de las islas, así como del uso racional de los bienes y servicios que éstos generan para la comunidad.

56%!14%!

23%!

4%!1%!

0%! 0%! 1%! 0%!0%!

0%!0%!

1%!

Casa/Villa!

Departamento!en!casa!o!ediiicio!

Cuarto(s)!en!casa!de!inquilinato!

Mediagua!

Rancho!

Covacha!

Otra!vivienda!particular!

Hotel,!pensión,!residencial!u!hostal!

Cuartel!militar!o!de!policía/bomberos!

Centro!de!rehabilitación!social/Cárcel!

Hospital,!clínica,!etc.!

Convento!o!institución!religiosa!

Otra!vivienda!colectiva!

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((114(

Ministerio de Turismo Actividad turística en el país: regulación, planificación, gestión, promoción, difusión y control.

SENPLADES Administración y coordinación del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.

Fuente de datos: (GADM Santa Cruz). Otras entidades importantes que se pueden mencionar son: COMAGA, Gobiernos Autónomos Descentralizados Rurales, MIES, MAGAP, MSP, MIDUVI, SENAGUA, MEER, MINCOR, BEDE.

Infraestructura física Vías de comunicación En la siguiente figura se puede ver un mapa de las vías en Puerto Ayora. El Hotel Fiesta se encuentra comunicado por un vía terrestre con el resto de la isla, esta vía es de adoquín y se encuentra en buen estado.

Figura 22. Vías terrestres Puerto Ayora

Servicios básicos En la siguiente tabla se resumen los servicios básicos con los que cuenta el cantón Santa Cruz.

Tabla 10. Servicios básicos Santa Cruz

Servicio Básico Descripción Agua El 80.88% de la población obtiene el agua de la red pública,

8.21% del carro repartidor, 6.24% de agua lluvia u otro y 4.21% de pozo. En este caso cabe recalcar que la calidad del agua distribuida por la red no es potable, por el contrario es agua

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entubada con una calidad baja (GADM Santa Cruz). Alcantarillado La mayoría de la población en Santa Cruz (88.89%) desechas

sus aguas residuales en pozos sépticos. Apenas el 3.54% se encuentra conectado a la red pública de alcantarillado. Se encuentra en proyecto la dotación completa de alcantarillado para Puerto Ayora y una planta de tratamiento de aguas residuales (GADM Santa Cruz).

Electricidad 99.13% de la población en la isla se encuentra conectada a la red de empresa eléctrica de servicio público.

Desecho de residuos Relativamente toda la población (98.47%) obtiene el servicio por carro recolector para disponer sus residuos sólidos.

Fuente de datos: (INEC, 2010).

Actividades productivas Como es claro la actividad turística y todos las actividades relacionada a esta (comercio, hoteles, bares, restaurantes) son las principales actividades productivas para la subsistencia de la población en las islas Galápagos (GADM Santa Cruz). Las principales actividades productivas de la población en Santa Cruz son: • Comercio al por mayor y menor (13.33%). • Actividades de alojamiento y servicio de comidas (9.80%). • Actividades de servicios administrativos y de apoyo (7.84%). • Transporte y almacenamiento (7.50%). • Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca (7.29%) (INEC, 2010).

De las personas trabajando, el 40.86% son empelados privados, mientras que el 19.81% trabaja por cuenta propia (INEC, 2010).

Turismo En la siguiente figura se puede ver el crecimiento del turismo en las islas Galápagos:

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((116(

Figura 23. Ingreso visitantes al PNG

En el año 2010 la cantidad de visitantes que ingresaron a las islas Galápagos fueron 173 297, de estos 74 902 visitaron la isla Santa Cruz por tierra. Cabe recalcar que el 44% de los turistas que llegan a la isla Baltra tienen como destino un crucero por lo cual no entran en la isla Santa Cruz.

Transporte En Santa Cruz los medio de transporte disponibles son: • Aéreo: entre islas y al continente. • Barcaza: transporte en el canal de Itabaca. • Taxis y buses: dentro de la isla. • Acuataxis • Bicicletas

4.1.4& Inventario& forestal& y& valoración& económica& por& la& remoción& de& la& cobertura&vegetal& Debido a que en el proyecto no se removerá la cobertura vegetal nativa, no se realizó el Inventario Forestal, de acuerdo a lo dispuesto en el Acuerdo Ministerial No. 134 y el Acuerdo Ministerial No. 076.

4.1.5&Identificación&de&sitios&contaminados&o&fuentes&de&contaminación&

Sitios Contaminados

0!200000!400000!600000!800000!1000000!1200000!1400000!1600000!1800000!

1982! 1990! 2001! 2006! 2010! 2020! 2027! 2030! 2040!

No.*de*turistas*

Año*

Ingreso*de*visitantes*al*PNG*

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((117(

En el área de influencia del Hotel Fiesta se identificó solamente la Laguna de Las Ninfas como sitio contaminado. En la siguiente tabla se presentan los resultados del análisis actual de la calidad de agua de la lagunas de las Ninfas.

Tabla 11. Resumen de resultados del análisis de la calidad del agua de la laguna de las ninfas.

Parámetro Unidad Resultado Conductividad uS/cm 22100 Fosfato mg/L 18 Nitrato mg/L 6.6 DQO mg/L 50 Coliformes Totales

NMP/100 mL 2400

Coliformes Fecales

NMP/100 mL 40

La conductividad es elevada debido a la alta concentración de sales provenientes del agua marina. La concentración de fosfatos y nitratos indica un exceso de nutrientes, probablemente debido a la evacuación de agua servidas en las grietas cercanas a la laguna que se conectan con la misma. Los resultados realizados durante la visita al hotel fiesta a final de mayo de 2015 indican que no se observan problemas de contaminación fecal; sin embargo, y como se describió previamente, en el 2008 se identificó que la laguna excede el límite permisible para este tipo de agua en el parámetro de coliformes fecales, esto puede ser explicado debido a la hora del día en el cual se tomaron las muestras y el punto de muestreo. No obstante, no se puede negar la influencia de las descargas directas e indirectas en la laguna que han afectado la calidad del agua.

Fuentes de Contaminación A continuación se enumeran las fuentes potenciales de contaminación identificadas: • Descarga de aguas residuales. • Generación de desechos sólidos y líquidos. • Tráfico. • Uso de productos químicos.

4.1.6&Identificación,&análisis&y&valoración&de&bienes&y&servicios&ambientales& Como se detalló previamente, el Hotel Fiesta se encuentra actualmente en funcionamiento desde hace más de 40 años, por lo cual no se verá afectado ningún bien o servicio ambiental, a diferencia de actividades en construcción. Además, se debe recalcar que en el área que se encuentra el Hotel Fiesta es un área urbana, la cual se encuentra ocupada por varias construcciones para hogares, hoteles, restaurantes.

4.2(Diagnóstico(Ambiental(

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4.2.1&Metodología& El diagnóstico ambiental del medio físico, biótico y socioeconómico en el área se realizó utilizando una matriz. En la primera columna se colocó el medio en el cual se identificó el problema (medio físico, biótico, socioeconómico) y en la segunda fila se presentó un breve resumen de la problemática. Finalmente, en la columna de gravedad, se calificó la problemática en base a la siguiente guía:

Tabla 12. Guía para calificación de la gravedad de la problemática

Color Gravedad Leve Severo Grave Irremediable

4.2.2&Resultados&

Medio Problemática Gravedad

Medio Físico

El Hotel Fiesta se encuentra sobre las orillas de la Laguna Las Ninfas, lo cual hace que cualquier actividad dentro del hotel pueda tener un impacto sobre la laguna. El impacto potencial más relevante es la contaminación de la laguna con aguas residuales o desechos que no se dispongan adecuadamente.

Por la presencia del hotel existe un tráfico mayor hacia la zona. Esto puede generar contaminación del aire, suelo o agua. Aire por las emisiones atmosféricas y suelo y agua en caso de un derrame accidental por mal mantenimiento de los vehículos.

Medio Biótico

No se han verificado afectaciones a la fauna y flora en los alrededores. Cabe recalcar que el área es una zona intervenida en la cual el Hotel Fiesta no es el único hotel.

Medio socio-económico

cultural

Según los datos del PDyOT no existe un alcantarillado en el área. Se constató que el Hotel Fiesta utiliza un pozo séptico para desecho de las aguas residuales. Sin embargo, se proyecta la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales para el hotel, con lo cual esta condición se vería mejorada.

Un problema grave es la falta de agua potable de calidad en la zona como en el resto de la isla. Esto obliga a que la población destine un presupuesto para compra de botellones para agua de consumo humano, debido a que el agua entubada de la red no puede utilizarse para beber, aseo o en la cocina.

V.(Descripción(del(proyecto(

5.1(Antecedentes(

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El Hotel Fiesta fue construido en los años 70 con el fin de brindar un servicio de alojamiento para el turismo en la isla Santa Cruz. El HOTEL FIESTA es un establecimiento de alojamiento turístico, ubicado en el sector de la Laguna de las Ninfas, calles Moisés Brito y Juan Montalvo, Parroquia Puerto Ayora, cantón Santa Cruz, provincia de Galápagos, lo que permite brindar tranquilidad y accesibilidad a lugares de recreación/turismo dentro de la isla Santa Cruz (se encuentra a 150 metros de varios centros de buceo y a 400 metros de la bahía Tortuga). Su funcionamiento data desde los años 70, ofreciendo hospedaje a turistas nacionales y extranjeros. Su estructura funcional está conformada por el Departamento Administrativo (áreas de Reservas, Recepción y Contabilidad) y el Departamento de Servicios (áreas de Hospedaje, Piscina y Lavandería, Cocina – Salón y Mantenimiento).

Figura 24. Hotel Fiesta

Fuente: (Hotel Fiesta Galápagos). La composición y distribución del hotel se puede observar en la siguiente imagen. El ingreso al hotel se encuentra por la calle Moisés Brito, continuando la entrada se encuentra el área de administración y al lago izquierdo el restaurante. Atravesando el hall de administración y recepción se encuentra el área social y la piscina, y alrededor de esta área se encuentran todas las habitaciones.

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Cuenta con 37 habitaciones nominales pero solo 34 están operativas, todas las habitaciones tienen aire acondicionado, TV satelital, secador de cabello, conexión Wi-Fi, también cuentan con vista a la piscina y al manglar del Lago de las Ninfas. El hotel tiene una capacidad de hospedaje de 87 pasajeros. El diseño y tipo de habitaciones se presenta en la siguiente tabla:

Tabla 13. Habitaciones Hotel Fiesta

Descripción Imagen

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Simple Cama de dos plazas.

Doble Dos camas de plaza y media.

Queen Un cama de tres plazas.

Triple Una cama de tres plazas y dos camas

de una plaza y media.

Cuádruple Una cama de tres plazas y dos camas

de una plaza y media.

* Todas las habitaciones dispone de baño privado, caja fuerte, secador, agua caliente, aire acondicionado, TV con cable, WiFi.

Fuente de datos e imágenes: (Hotel Fiesta Galápagos). Los servicios que ofrece el hotel son: • Limpieza diario. • Servicio de lavandería / planchado.

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• Orientación turística. • Transfer de llegada y salida. • Bar / salón. • Piscina. • Desayuno gratis. • Aire acondicionado. • Restaurante (Hotel Fiesta Galápagos). En el Hotel Fiesta se está construyendo una planta de tratamiento de aguas residuales (PTR). La PTR consiste en una planta compacta y de fácil uso al ser procesos biológicos naturales los que realizan la purificación del agua. En la siguiente imagen se puede observar el esquema de la planta.

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Figura 25. Esquema Planta de Tratamiento de Aguas Residuales

La planta está compuesta de los siguientes componentes: • Pretratamiento: en los primeros tanque se realizar una ecualización del flujo de aguas

residuales que están entrando a la planta de tratamiento de aguas residuales. Mediante aireación se favorece el proceso natural de desnitrificación.

Caduceus Cia.Ltda.

ATB Umwelttechnogien

Blumberg - Engineers

Plano No 2

Implantacion

Planta de tratamineto SBR

Hannes Poehlmann

Esc.: 1: 30 05.01.2015.

3.1

3

SBR Laguna

1.862.73

0.25 0.25

SBR

0.0

5

VK

PRETRATAMIENTO

2.2

Rotoplast

5000 l

masse

d = 2.2 m

h = 1.60

VK

PRETRATAMIENTO

2.2

Rotoplast

5000 l

masse

d = 2.2 m

h = 1.60

2.1

9

2.5

8

masse

d = 2.2 m

h = 2.25 m

masse

d = 2.2 m

h = 2.25 m

BUFFER

Plancha de

ciemientacion

2.75

PretratamientoPretratamiento

SBR

4.3

9

5.5

0.9

0.25

0.2

5

2.2

81.8

8

Salida

Entrada

Entrada

Salida

Corte

Plancha

hormigon armado

5.86

0.9Plancha

0.4

0.2

8

0.1

5

3.06

NNT 0.00

N + 0.12

N - 0.28

Implantacion SBR

Planta y corte

Todos los planos con Copyright ©

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Además, en estos tanques se sedimentan un porcentaje de los residuos sólidos que se encuentran en el agua.

• Buffer: Las aguas residuales son transportadas mediante una bomba de los tanques de pretratamiento al tanque Buffer. En este tanque se realiza una aireación de las aguas residuales mediante un bomba. Esto permite eliminar olores y sedimentar los residuos sólidos que se encuentren aún en el agua.

• SBR: finalmente las aguas residuales son transportadas al tanque SBR (Sequencing Batch Reactor, Reactor Biológico Secuencial). Dentro de este reactor se encuentra un flotador que separa el agua que se encuentra purificada de los residuos sólidos que se acumulan en el fondo.

• UV: Finalmente, se pasa el agua por una lámpara ultravioleta para purificar el agua a

nivel bacteriano.

5.2(Objetivos(y(Justificación( El objetivo general del HOTEL FIESTA es ofrecer a los turistas alojamiento en habitaciones confortables junto a una atención de excelencia.

5.3(Ubicación( En la siguiente figura se puede observar la ubicación del Hotel Fiesta. El ingreso al hotel se encuentra por la calle Moisés Brito. La ruta para ingreso al hotel se realiza por la avenida Baltra, la cual es una de las principales vías de Puerto Ayora.

Figura 26. Ubicación Hotel Fiesta

Como se puede observar en la imagen, cerca al hotel se encuentra dos atracciones turísticas importantes de la isla: la laguna Las Ninfas y el ingreso a Tortuga Bay. También el hotel se encuentra cerca al Hospital República del Ecuador y al embarcadero.

5.4(Costos(y(requisitos(operacionales(

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((125(

Los principales gastos que se realizan en el hotel son para luz, agua, teléfono, internet, alimentos, etc. A continuación se presentan los gastos que se realizan de manera aproximada:

Tabla 14. Gastos Hotel Fiesta

Item Gasto aproximado (USD/mes) Electricidad 1200 Agua 300 Teléfono 180 Además en el hotel se dispone de 9 empleados para cumplir con todos los servicios.

5.5(Procesos(y(Actividades( Las principales actividades en el Hotel Fiesta son:

" Recepción de huéspedes. " Limpieza. " Servicios restaurante.

VI.(Análisis(de(Alternativas( El Hotel Fiesta es una construcción que funciona desde hace muchos años y no se realizarán modificaciones. Actualmente se está construyendo la planta de tratamiento de aguas residuales (PTR) dentro del área perteneciente al hotel. Por esta razón no se realizará un análisis de alternativas, ya que el hotel es un proyecto existente.

VII.( Identificación,( Evaluación( y( Valoración( de( Impactos(Ambientales( La identificación de los impactos consiste en el análisis de todas las actividades que se realizan dentro del proyecto, determinando los efectos negativos y positivos que potencialmente pueden ocurrir durante las mismas. Esta sección del estudio es de gran importancia, porque permite posteriormente diseñar las medidas apropiadas para la mitigación o prevención de los impactos, identificados en esta sección, dentro del Plan de Manejo Ambiental.

7.1(Metodología( Dentro de los efectos, se tomaron en cuenta los efectos tanto sobre el medio físico, biológico como en el socioeconómico de las poblaciones dentro de la zona de influencia del proyecto. Una vez identificados los impactos se realizó la evaluación y valoración de los mismos que consiste en la caracterización cualitativa y cuantitativa de los impactos.

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((126(

Para la evaluación de los impactos ambientales generados por las actividades del proyecto se utilizó como referencia la “Guía Metodológica para la Elaboración de una Evaluación de Impacto Ambiental” (Dellavedova, 2011), siguiendo los siguientes pasos: 1. Definición de los Factores Ambientales que son considerados para la evaluación. Éstos

corresponden a los diferentes componentes del medio ambiente que pueden verse afectados o alterados por las actividades del proyecto.

2. Matriz de Leopold o matriz de causa-efecto. Esta matriz permite describir de manera

cualitativa la interacción entre cada factor ambiental con cada actividad del proyecto. La Matriz de Leopold consiste en una matriz en la cual se colocan en filas los factores ambientes y en columnas las actividades del proyecto, colocando en la celda (+) si la actividad tiene un efecto positivo sobre el factor ambiental o (-) si ocurre lo contrario.

3. Evaluación cuantitativa. Se calculó la importancia del impacto en base a los siguientes

parámetros que caracterizan a dicho impacto (Dellavedova, 2011):

• Intensidad: h Mínimo o bajo: modificación mínima sobre el factor ambiental considerado. h Medio – alto: alteración considerable sobre el factor ambiental, pero puede

recuperarse con medidas. h Muy alto: el impacto provoca una modificación en el medio ambiente y o recursos

naturales con repercusiones irrecuperables o muy difíciles de recuperar.

• Extensión (EX): h Puntual: efecto localizado. h Parcial: efecto apreciable sobre el medio, local. h Extenso: se detecta el efecto de manera generalizada en el entorno, regional.

• Momento (MO): h Latente: el efecto se observa en corto, mediano y largo plazo. h Inmediato: el plazo de tiempo entre el inicio de la acción y el de manifestación de

impacto es nulo.

• Persistencia (PE): h Fugaz: inferior a un año. h Temporal: Entre uno y tres años. h Permanente: alteración indefinida en el tiempo y manifestación del efecto mayor a

cuatro años.

• Reversibilidad (RV): h Reversible: impacto que produce una alteración que puede ser asimilada por el

entorno a corto, mediano o largo plazo, debido a los mecanismos de autodepuración del medio.

h Irreversible: es imposible retornar por medios naturales a la situación anterior.

• Acumulación (AC): h Simple: cuyo efecto se manifiesta sobre un sólo componente ambiental.

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h Acumulativo: cuyo efecto al prolongarse en el tiempo incrementa progresivamente su gravedad.

• Causa - Efecto (EF): h Indirecto: el efecto del impacto tiene un incidencia sobre la relación entre un factor

ambiental con otro. h Directo: el impacto produce un efecto con incidencia inmediata sobre el factor

ambiental.

• Periodicidad (PR): h Discontinuo: se puede observar efectos sobre el factor ambiental en ocasiones

durante la actividad. h Periódico: el efecto del impacto se manifiesta por acción intermitente y continua. h Continuo: el impacto se presenta durante toda la actividad.

Los impactos fueron caracterizados cuantitativamente, según sus características, con la siguiente guía.

Tabla 15. Guía para caracterización cuantitativa de impactos ambientales

POR VARIACIÓN EN CALIDAD Impacto positivo Impacto negativo

+ -

INTENSIDAD (IN) Mínima Media Alta Muy alta

1 2 4 8

EXTENSIÓN (EX) (Área de influencia) Puntual Parcial Extenso

1 2 4

MOMENTO (MO) (Plazo de manifestación) Largo plazo Mediano plazo Inmediato

1 2 4

PERSISTENCIA (PE) (Permanencia del efecto) Fugaz Temporal Permanente

1 2 4

REVERSIBILIDAD (RV) (Por medidas naturales) Reversible en corto plazo Reversible en mediano plazo Irreversible

1 2 4

PERIODICIDAD (PR) (Regularidad de la manifestación) Irregular o discontinuo Periódico Continuo

1 2 4

ACUMULACIÓN (AC) (Incremento progresivo) Simple Acumulativo

1 4

EFECTO (EF) (Relación causa – efecto)

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((128(

Indirecto Directo

1 4

Fuente: (Dellavedova, 2011).

Una vez caracterizados los impactos calculó la importancia de los mismos con ayuda de la siguiente fórmula y se interpretó los resultados según la guía propuesta por la metodología:

I = 3 IN + 2 EX + MO + PE + RV + PR + AC + EF (Dellavedova, 2011)

Interpretación: I < 19: Irrelevante o compatible. 19 ≤ I < 27: Moderado. 27 ≤ I < 35: Severo. I ≥ 35: Crítico (Dellavedova, 2011).

7.2(Actividades(y(Factores(Ambientales(

7.2.1&Actividades& Las actividades que se realizan en el Hotel Fiesta y que se tomaron en cuenta para el análisis son las siguientes: • Servicios de limpieza. • Mantenimiento. • Manejo de residuos sólidos. • Manejo de aguas residuales. • Cocina. • Presencia de visitantes y/o huéspedes.

7.2.2&Factores&Ambientales& Los factores ambientales seleccionados, los cuales se utilizan comúnmente y se utilizaron en este estudio, fueron los siguientes: • Medio físico:

h Calidad del agua. h Calidad del suelo. h Calidad del aire. h Niveles de ruido.

• Medio biótico: h Presencia y diversidad de fauna. h Cobertura vegetal. h Hábitat.

Page 129: galapagos – hotel fiesta

EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((129(

• Paisaje h Calidad del paisaje

• Medio socioeconómico: h Salud de la población. h Conflictos sociales. h Actividades económicas. h Generación de empleo.

7.3(Resultados(

7.3.1&Matriz&de&Leopold& En la siguiente tabla se presenta la Matriz de Leopold para las actividades del Hotel Fiesta. Se identificaron un total 46 impactos generados por las actividades en el medio físico, biótico, paisaje y socioeconómico. De estos impactos, el 83% representan impactos negativos y el 17% impactos positivos. Como se puede observar en la tabla los impactos positivos se concentran en la generación de empleo por casi todas las actividades en el hotel.

Tabla 16. Matriz de Leopold

Matriz(de(Leopold(

Medio( Factores(Ambientales(

Actividades(

Servicios&de&

limpieza&Mantenimiento&

Manejo&de&residuos&sólidos&

Manejos&de&aguas&

residuales&Cocina&

Presencia&de&visitantes&

y/o&huéspedes&

Físico&

Calidad&del&agua& ^& ^& ^& ^& ^& ^&

Calidad&del&suelo& ^& ^& ^& ^& && ^&

Calidad&del&aire& && && && && && ^&

Nivel&de&ruido& && ^& ^& ^& && ^&

Biótico&

Presencia&y&diversidad&de&fauna&

&& ^& ^& ^& ^& ^&

Cobertura&vegetal& && ^& && && && ^&

Hábitat& && ^& ^& ^& ^& ^&

Paisaje& Calidad&del&paisaje& && ^& ^& && && ^&

Socioeconómico&

Salud&de&la&población& && && && && ^& &&

Conflictos&sociales& && ^& ^& +& ^& ^&Actividades&económicas& && && ^& +& ^& +&

Generación&de&empleo& +& +& +& && +& +&

7.3.2&Evaluación&cuantitativa&

Page 130: galapagos – hotel fiesta

EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((130(

En las siguientes tablas se presentan la Matriz para Evaluación Cuantitativa, elaborada para el Hotel Fiesta.

Tabla 17. Matriz Evaluación Cuantitativa (1)

Matriz(de(Leopold(

Medio( Factores(Ambientales(

Actividades(

Servicios&de&limpieza& Mantenimiento& Manejo&de&residuos&sólidos&

(( (( IN&

EX&

MO&

PE&

RV&

PR&

AC&

EF&

IN&

EX&

MO&

PE&

RV&

PR&

AC&

EF&

IN&

EX&

MO&

PE&

RV&

PR&

AC&

EF&

Físico&

Calidad&del&agua& 1& 2& 4& 2& 2& 1& 4& 4& 2& 2& 4& 2& 2& 1& 4& 4& 4& 2& 2& 2& 2& 1& 4& 1&

Calidad&del&suelo& 1& 1& 2& 2& 2& 1& 4& 1& 2& 1& 2& 2& 2& 1& 4& 4& 2& 2& 2& 2& 2& 1& 4& 4&

Calidad&del&aire& && && && && && && && && && && && && && && && && && && && && && && && &&

Nivel&de&ruido& && && && && && && && && 1& 1& 4& 1& 1& 2& 1& 4& 1& 1& 4& 1& 1& 2& 1& 4&

Biótico&

Presencia&y&diversidad&de&fauna&

&& && && && && && && && 2& 2& 2& 2& 2& 4& 4& 1& 2& 2& 2& 2& 2& 1& 4& 1&

Cobertura&vegetal& && && && && && && && && 2& 1& 4& 4& 4& 4& 4& 4& && && && && && && && &&

Hábitat& && && && && && && && && 2& 1& 2& 4& 2& 4& 4& 1& 2& 1& 2& 2& 2& 1& 4& 1&

Paisaje& Calidad&del&paisaje& && && && && && && && && 1& 1& 2& 4& 2& 4& 4& 4& 2& 1& 4& 2& 2& 1& 4& 4&

Socioeconómico&

Salud&de&la&población& && && && && && && && && && && && && && && && && && && && && && && && &&

Conflictos&sociales& && && && && && && && && 1& 1& 2& 1& 1& 1& 1& 1& 3& 1& 4& 1& 1& 1& 4& 1&

Actividades&económicas& && && && && && && && && && && && && && && && && 3& 1& 4& 2& 2& 1& 1& 4&

Generación&de&empleo& 4& 4& 4& 4& 2& 4& 1& 4& 4& 4& 4& 4& 2& 4& 1& 4& 2& 4& 4& 4& 2& 4& 1& 4&

Tabla 18. Matriz Evaluación Cuantitativa (2)

Matriz(de(Leopold(

Medio( Factores(Ambientales(

Actividades(

Manejo&de&aguas&residuales& Cocina& Presencia&de&visitantes&y/o&huéspedes&

(( (( IN&

EX&

MO&

PE&

RV&

PR&

AC&

EF&

IN&

EX&

MO&

PE&

RV&

PR&

AC&

EF&

IN&

EX&

MO&

PE&

RV&

PR&

AC&

EF&

Físico&

Calidad&del&agua& 4& 2& 4& 2& 2& 1& 4& 4& 2& 2& 4& 2& 2& 1& 4& 4& 4& 2& 4& 2& 2& 1& 4& 1&

Calidad&del&suelo& 2& 1& 2& 2& 2& 1& 4& 1& && && && && && && && && 2& 1& 2& 2& 2& 1& 4& 1&

Calidad&del&aire& && && && && && && && && && && && && && && && && 2& 1& 2& 2& 2& 2& 4& 1&

Nivel&de&ruido& 2& 1& 2& 1& 1& 2& 1& 4& && && && && && && && && 2& 1& 4& 2& 1& 4& 1& 1&

Biótico&

Presencia&y&diversidad&de&fauna&

2& 1& 2& 2& 2& 1& 4& 1& 1& 1& 2& 2& 2& 2& 4& 1& 2& 1& 2& 2& 2& 2& 4& 1&

Cobertura&vegetal& && && && && && && && && && && && && && && && && 2& 1& 2& 2& 2& 4& 4& 1&

Hábitat& 4& 1& 2& 2& 2& 1& 4& 4& 2& 1& 2& 2& 2& 2& 4& 1& 2& 1& 2& 2& 2& 4& 4& 1&

Paisaje& Calidad&del&paisaje& && && && && && && && && && && && && && && && && 2& 1& 4& 2& 2& 4& 4& 1&

Socioeconómico&Salud&de&la&población& && && && && && && && && 1& 1& 2& 1& 1& 1& 1& 1& && && && && && && && &&

Conflictos&sociales& 2& 1& 2& 4& 4& 4& 4& 1& 1& 1& 2& 1& 1& 1& 1& 1& 1& 1& 2& 1& 2& 1& 1& 1&

Actividades&económicas& 2& 1& 2& 4& 4& 4& 4& 1& 2& 1& 2& 1& 2& 1& 1& 1& 2& 4& 4& 2& 2& 4& 4& 4&

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((131(

Generación&de&empleo& && && && && && && && && 2& 4& 4& 4& 2& 4& 1& 4& 3& 4& 4& 4& 2& 4& 1& 4&

Análisis Intensidad Los impactos con mayor intensidad son la afectación a la calidad del agua en caso de un mal manejo de los residuos sólidos. Al encontrarse el Hotel Fiesta muy cerca de la Laguna de las Ninfas, la afectación por un manejo inadecuado de los residuos sólidos sería directa y con un impacto alto. De igual manera sucede en el caso de que las aguas residuales en el hotel no sea manejadas adecuadamente, en especial si no son tratadas y se descargan en la laguna. A su vez la presencia de visitantes y/o huéspedes incrementa la generación de residuos sólidos y líquidos, lo cual indirectamente presenta un impacto con intensidad alta si no se manejan los mismos de manera adecuada. Otro impacto con intensidad alta es la afectación al hábitat en caso de un mal manejo de las aguas residuales, esto debido a la cercanía del hotel con la Laguna de las Ninfas. Extensión En cuanto a la extensión de los impactos, la mayoría de impactos tiene una extensión puntual. Únicamente los impactos positivos presentan una extensión amplia: generación de empleo en casi todas las actividades e incremento de las actividades económicas por la presencia de visitantes y/o huéspedes. Momento La mayoría de los impactos (59%) tiene un momento o plazo de manifestación a mediano plazo y el 41% se pueden presentar de manera inmediata. Persistencia La persistencia de los impactos identificada fue: • Fugaz: 20% (impactos negativos). • Temporal: 57% (impactos negativos), 2.2% (impactos positivos). • Permanente: 11% (impactos negativos), 11% (impactos positivos).

Reversibilidad La mayoría de los impactos negativos (63%) presenta una reversibilidad posible a mediano plazo. Solamente se identificó un impacto negativo irreversible que es la afectación a la cobertura vegetal por actividades de mantenimiento. Periodicidad La periodicidad de los impactos son las siguientes:

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((132(

• Irregular o discontinuo: 50% (impactos negativos). • Periódico: 15% (impactos negativos). • Continuo: 17% (impactos negativos), 17% (impactos positivos).

Acumulación La mayoría de los impactos negativos (61%) son acumulativos, mientras que la mayoría de los impactos positivos (11%) tienen una acumulación simple. Efecto Un gran porcentaje de los impactos (52%) presenta un efecto indirecto.

7.3.3&Valoración& La valoración de los impactos se realizó aplicando la fórmula presentada en la Metodología de este capítulo. Los resultados para cada actividad versus cada factor ambiental se puede observar en la siguiente tabla.

Tabla 19. Matriz Valoración de impactos

Matriz(de(Leopold(

Medio( Factores(Ambientales(

Actividades(

Servicios&de&limpieza& Mantenimiento&

Manejo&de&residuos&sólidos&

Manejo&de&aguas&

residuales&Cocina&

Presencia&de&visitantes&y/o&huéspedes&

Físico&

Calidad&del&agua& 24& 27& 28& 33& 27& 30&

Calidad&del&suelo& 17& 23& 25& 20& && 20&

Erosión& && && && && && 21&

Nivel&de&ruido& && 18& 18& 19& && 21&

Biótico&

Presencia&y&diversidad&de&fauna&

&& 25& 22& 20& 18& 21&

Cobertura&vegetal& && 32& && && && 23&

Hábitat& && 25& 20& 29& 21& 23&

Paisaje& Calidad&del&paisaje& && 25& 25& && && 25&

Socioeconómico&

Salud&de&la&población& && && && && 12& &&

Conflictos&sociales& && 12& 23& 27& 12& 13&Actividades&económicas& && && 25& 27& 16& 34&

Generación&de&empleo& 39& 39& 33& && 33& 36&

Rango( Importancia( Color(

<&19& Irrelevante&o&compatible& &≥&19&y&<&27& Moderado&

&≥&27&y&<&35& Severo& &

≥&35& Crítico& &

& Positivo& &

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((133(

La importancia de la mayoría de los impactos identificados (50%) se encuentra dentro del rango de moderado, es decir, que se pueden tomar acciones para prevenir los impactos y en caso de presentarse con medidas adecuadas se puede mitigar el mismo. En el análisis no se identificaron impactos de tipo crítico. El nivel más alto identificado, correspondiente a la categoría de severo, es el impacto generado en la cobertura vegetal por el mantenimiento. Sin embargo, debe tomarse en cuenta que el hotel se encuentra en una zona intervenida, por lo cual la cobertura vegetal es minoritaria en comparación a otras zonas dentro de la isla.

Figura 27. Importancia Impactos Identificados

VIII. Análisis(de(Riesgos( El análisis o evaluación de los riesgos consiste en la identificación de los riesgos naturales y antrópicos que puedan afectar al área de influencia del proyecto como al proyecto mismo. El análisis de riesgos se elaboró en base a fuentes bibliográficas y a la metodología utilizada en otros estudios de impacto ambiental realizados en las islas.

8.1(Riesgos(Naturales( Para la identificación de los riesgos naturales se utilizará la cartografía de Riesgos y Capacidades en el Ecuador (Demorales & D´Ercole, 2001), identificando, con ayuda de los mapas presentados en la cartografía, los riesgos naturales en la zona específica de estudio. El nivel sintético de amenaza de origen natural identificado en Santa Cruz es 5, es decir, relativamente bajo. A continuación se presenta en detalle los valores registrados para los diferentes peligros.

18%!

50%!

15%!

0%!17%!

Importancia*de*Impactos*IdentiPicados*

Irrelevante!o!compatible!

Moderado!

Severo!

Crítico!

Positivo!

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((134(

&

8.1.1&Peligros&sísmico& En la cartografía de Capacidades en el Ecuador se asigna un valor de 2 para el peligro sísmico en la isla Santa Cruz. Este valor corresponde a zonas con un peligro por sismos relativamente bajo (Demorales & D´Ercole, 2001).

8.1.2&Peligro&de&tsunami&o&maremoto& El peligro por tsunami o maremoto en Santa Cruz es muy bajo, con un valor de 0 en la cartografía de Capacidades en el Ecuador (Demorales & D´Ercole, 2001). De acuerdo al Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de Santa Cruz, Puerto Ayora se encuentra en una zona litoral de menor peligro frente a tsunamis (GADM Santa Cruz).

8.1.3&Peligro&volcánico& Según la cartografía de capacidades, Santa Cruz presenta un riesgo volcánico de 1, las áreas que recibieron esta calificación son áreas con peligro volcánico relativamente bajo, zonas que se ubican en los alrededores de volcanes que no tuvieron erupciones históricas (GADM Santa Cruz).

8.1.4&Peligro&de&inundación& Santa Cruz se encuentra dentro del área con calificación 0 para inundaciones. Dentro de esta calificación se encuentran cantones que no fueron inundados desde 1980, es decir, con bajo peligro de inundación (GADM Santa Cruz). De acuerdo al Pan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial de Santa Cruz, Puerto Ayora se encuentra en un área con susceptibilidad media a inundaciones, lo cual se esperaba al ser una zona litoral (GADM Santa Cruz).

8.1.5&Peligro&de&deslizamiento& Santa Cruz presenta un peligro de deslizamiento nulo (Demorales & D´Ercole, 2001).

8.1.6&Peligro&de&sequía&& La isla se encuentra en un zona con peligro de sequía 2, es decir, una zona con el máximo peligro de sequía en las cuales se presenta un déficit hídrico anual superior a 700 mm (Demorales & D´Ercole, 2001). Más allá, en el siguiente mapa se puede observar de manera general los riesgos naturales presentes en la zona en la que se encuentra el Hotel Fiesta.

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((135(

Figura 28. Riesgos Naturales Hotel Fiesta

8.2(Riesgos(ocupacionales,(poblacionales(y(ambientales(

8.2.1&Metodología& En el caso de los riesgos endógenos, en primer lugar se determinaron dichos riesgos y una vez identificados éstos se calificaron los mismos según su probabilidad con ayuda de la siguiente guía.

Tabla 20. Criterios para calificar los riesgos según su probabilidad

Categoría de la amenaza

Descripción Puntaje

Frecuente Cuando puede suceder una vez cada año durante la vida útil del proyecto.

5

Probable Cuando puede suceder una vez cada cinco años. 4 Ocasional Cuando puede suceder una vez cada diez años. 3 Remota Cuando puede suceder una vez cada quince años. 2

Improbable Cuando puede suceder una vez durante la vida útil del proyecto (25 años).

1

Fuente: (Consorcio Integral, 2007).

Posteriormente se analizó la vulnerabilidad del riesgo, es decir, el nivel o grado en el que el elemento expuesto a la amenaza se ve afectado (Consorcio Integral, 2007). La vulnerabilidad se determinó en base a la siguiente guía:

Tabla 21. Criterios para calificar los riesgos según la vulnerabilidad

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((136(

Categoría de las consecuencias

Descripción Puntaje

Insignificantes Genera consecuencias de baja intensidad, puntuales, fugaces y con un efecto recuperable o reversible en corto plazo. No se producen lesiones graves en el personal.

1

Leves Genera consecuencias de mediana intensidad, puntuales, temporales y que se puede recuperar en el mediano plazo. Lesiones leves en las personas.

2

Graves Genera consecuencias de alta intensidad, extensas, temporales y cuyo efecto es mitigable o reversible en el largo plazo. Lesiones graves o incapacidad parcial permanente en las personas.

3

Catastróficas Genera consecuencias de muy alta intensidad, muy extensas, permanentes, cuyo efecto es irrecuperable o irreversible. Genera muerte o incapacidad total o permanente en las personas.

4

Fuente: (Consorcio Integral, 2007).

Finalmente se calculó el riesgo con la siguiente fórmula y se interpretó con la guía presentada a continuación:

Riesgo = Amenaza * Vulnerabilidad

Tabla 22. Criterios para interpretación de riesgos

Categoría de la amenaza Nivel de riesgo (puntaje) Aceptable 1 - 4 Tolerable 5 - 9

Crítico 10 - 20

Fuente: (Consorcio Integral, 2007).

8.2.2&Resultados& Las actividades que se realizan en el Hotel Fiesta son de bajo riesgo; sin embargo, los riesgos existentes pueden presentarse en una frecuencia alta, debido a estos los resultados en el análisis de riesgos son elevados. El 88% de los riesgos identificados corresponden a riesgos críticos, frente a esto es importante recalcar que estos riesgos, en su mayoría, no presentan consecuencias graves y el valor elevado se debe a la frecuencia con la que se puede presentar dichos eventos.

ANÁLISIS(DE(RIESGOS(

Actividad( Riesgo(ocupacional,(poblacional,(ambiental( Tipo(de(riesgo( Probabilidad( Vulnerabilidad( Riesgo(

Recepción( Lesiones&por&esfuerzo&repetitivo& Ocupacional& 5& 2& 10&

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((137(

Lesiones&por&levantamiento&de&peso& Ocupacional& 5& 2& 10&

Dolores&por&postura& Ocupacional& 5& 2& 10&

Servicio(de(limpieza(

Lesiones&por&esfuerzo&repetitivo& Ocupacional& 5& 2& 10&

Exposición&a&productos&químicos&Ocupacional,&poblacional,&ambiental&

4& 3& 12&

Tropiezos&y&caídas& Ocupacional& 5& 2& 10&

Estrés&por&calor& Ocupacional& 4& 2& 8&

Mantenimiento(

Exposición&a&productos&químicos&Ocupacional,&poblacional,&ambiental&

4& 3& 12&

Cortaduras&o&accidentes&durante&la&utilización&de&herramientas&y&máquinas& Ocupacional& 5& 3& 15&

Contacto&productos&químicos&para&piscina&Ocupacional,&poblacional,&ambiental&

4& 3& 12&

Tropiezos&y&caídas& Ocupacional& 5& 2& 10&

Cocina(

Lesiones&por&esfuerzo&repetitivo& Ocupacional& 5& 2& 10&

Tropiezos&y&caídas& Ocupacional& 5& 2& 10&

Cortaduras& Ocupacional& 5& 2& 10&

Quemaduras& Ocupacional& 4& 3& 12&

General( Incendios&y&otras&emergencias&Ocupacional,&poblacional,&ambiental&

2& 3& 6&

Fuente: (Blanco, 2006).

Tipo de riesgo La mayoría de riesgos durante las actividades del Hotel Fiesta son de tipo ocupacional. Los únicos riesgos que pueden presentar efectos sobre el medio ambienta y población es durante el manejo de productos químicos para mantenimiento o limpieza, y en caso de que ocurra un incendio u otras emergencias de mayor magnitud.

Probabilidad La probabilidad en el 63% de los riesgos identificados corresponde a la categoría de frecuente, es decir, que puede suceder por lo menos una vez cada año. Dentro de esta categoría se encuentran riesgos como los de lesiones por esfuerzos repetitivos o tropezones y caídas.

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((138(

El 32% de los riesgos tienen una probabilidad probable, por ejemplo la ocurrencia de quemaduras en la cocina.

Vulnerabilidad El 63% de los riesgos pueden generar lesiones leves en el personal del hotel, únicamente se presentan riesgos con vulnerabilidad grave en caso de quemaduras, incendios o exposición a productos químicos.

IX.(Determinación(del(Área(de(Influencia(o(de(Gestión(

9.1(Metodología( El área de influencia ambiental se va a determinar de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo 3 de la guía para los términos de referencia de los proyectos de categoría IV del Sistema Único de Información Ambiental del Ministerio de Ambiente. En el anexo se define al área de influencia como “la unidad espacial de análisis en la que se relacionan de forma integral los componentes ambientales frente a los componentes que generan impactos ambientales y daños pasivos” (Ministerio del Ambiente , 2013). La zona de influencia se determinó usando las capas temáticas de Galápagos proporcionadas por el programa SIG tierras del MAGAP, imágenes satelitales e imágenes áreas. Las variables que se utilizan para la construcción del AI son (Ministerio del Ambiente , 2013): • Sistemas hidrográficos • Curvas de nivel y cotas altitudinales • Isoyetas, isotermas, isobaras, isopletas • Localización espacial y dimensión de los elementos de presión al entorno natural y social

(facilidades, componentes que modifican el entorno natural) • Localización espacial y dimensionamiento de los centros poblados • Localización espacial y dimensionamiento del territorio de los pueblos y nacionalidades

indígenas • Localización espacial y dimensionamiento de las unidades de cobertura vegetal natural y

sistemas ecológicos • Localización espacial y dimensionamiento de las diferentes formas de uso de suelo.

9.2(Área(de(influencia(o(de(gestión( El área de influencia o de gestión corresponde directamente a la zona ocupada por el Hotel Fiesta. Esta área corresponde directamente al área ocupada por el Hotel Fiesta. Como se mencionó previamente el área ocupada por el hotel es de 3.63 hectáreas. Dentro del área no se identificaron elementos que puedan ser afectados por las actividades del Hotel Fiesta. A continuación se describe cada medio dentro del área de influencia o de gestión.

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((139(

" Medio físico: en este medio no se identificaron elementos diferentes a los del alrededor del área.

" Medio biótico: La mayoría de las especies de flora identificadas son introducidas y son utilizadas como ornamento, y no se identificaron especies de fauna en peligro.

" Medio socioeconímico:

En cuanto al medio socioeconómico, al hotel ingresan únicamente el personal y los huéspedes.

9.3(Área(de(influencia(directa( El AID es considerada como el área sobre la cual se observan impactos ambientales generados directamente por las actividades en la fábrica y cuya magnitud es mayor debido a su cercanía a la fábrica. Como referencia, esta área se determinó el área de influencia en base a una distancia de 200 metros desde cada vértice del área que ocupa el proyecto. A continuación se presenta el mapa elaborado para el área de influencia directa.

Figura 29. Áreas de influencia directa e indirecta Hotel Fiesta

Dentro del área de influencia directa del Hotel Fiesta se encuentra la Laguna Las Ninfas, vegetación natural y asentamiento poblacional.

9.4(Área(de(influencia(indirecta( Esta zona corresponde al área en la cual se presentan los efectos con una magnitud menor, debido a su distancia mayor con respecto a la fábrica, o también los efectos que se observan por las actividades complementarias a la fábrica como es el transporte. Para determinar la AII se utilizó como referencia un área de 400 metros desde cada vértice.

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((140(

En la figura anterior se observa en color turquesa el área de influencia indirecta. Dentro de ella se puede observar un gran porcentaje de vegetación natural y el área correspondiente al muelle de la isla.

9.5(Áreas(sensibles( El área sensible más importante identificada es la Laguna Las Ninfas que se encuentra dentro del área de influencia directa del hotel, es decir, que cualquier impacto generado por el hotel tendrá un efecto directo sobre la laguna. Frente a esto se recomienda la construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales como una prioridad, para evitar la deterioración de la calidad del agua de la laguna.

X.( Identificación( y/o( Determinación( de( Conformidades( y( No(Conformidades( Las conformidades y no conformidades del proyecto se analizaron en base al Marco Legal presentado en el anterior capítulo. En el análisis se aplicaron dos matrices para evaluación cualitativa y cuantitativa.

10.1(Metodología(

10.1.1&Evaluación&Cualitativa& La matriz de análisis cualitativa consiste en presentar el artículo de la ley que se está analizando frente a la condición actual del proyecto, demostrando su conformidad o no conformidad. Para facilitar este análisis se utilizó la siguiente matriz.

Tabla 23. Formato Matriz Evaluación Cualitativa de Conformidades y No Conformidades

Aspecto

Este ítem presenta el elemento o factor al cual hace referencia el artículo de la legislación analizado, por ejemplo seguridad laboral, descarga de agua, etc.

Criterio Auditable Se refiere a la ley, decreto, reglamento u otro al cual se está haciendo referencia.

Referencia En esta sección se cita textualmente el artículo que se analiza.

Verificación de cumplimiento

En este casillero se coloca la calificación correspondiente al cumplimiento o no de la legislación: " C (Conformidad) " NC – (No conformidad menor): para

faltas leves de fácil corrección, bajo costo y de baja magnitud.

" NC + (No conformidad mayor): para faltas graves.

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((141(

Observaciones Observaciones o comentarios del aspecto dentro del proyecto.

10.1.2&Evaluación&Cuantitativa& Después de realizar la evaluación cualitativa de cada criterio auditable, se determinaron los niveles de certidumbre para cada uno con ayuda de la siguiente fórmula:

Nivel de Certidumbre = (W*C) * 10% Donde:

C = Calificación del cumplimiento para cada aspecto ambiental considerado en una escala del 1 al 10. W = Ponderación de importancia del aspecto ambiental considerado.

W = Ii / ∑Ii

I = Calificación de importancia del aspecto ambiental en una escala del 1 al 10.

El análisis de los resultados obtenidos se realiza con la siguiente guía:

Tabla 24. Guía para Valoración Cuantitativa de Conformidades y No Conformidades

Riesgo Nivel de Certidumbre Nivel de No Conformidades

Valoración Obtenida

Crítico Malo Muy Alto 0 – 25 % Severo Regular Alto 26 – 50 %

Moderado Medio Medio 51 – 70 % Compatible Bueno Bajo 71 – 90 %

Bajo Excelente No significativo 91 – 100 %

(

10.2(Resultados(

10.2.1&Evaluación&Cualitativa& En la siguiente tabla se presenta la matriz de análisis cualitativo para determinar las conformidades y no conformidades de la legislación vigente en el país por parte del Hotel Fiesta. En total se analizaron 33 criterios correspondientes a las actividades dentro del Hotel Fiesta, de los cuales el 54,5% corresponde a conformidades y el 45,5% corresponde a no conformidades menores. Es importante recalcar que en el análisis no se identificaron no conformidades mayores.

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((142(

Tabla 25. Matriz Conformidades y No Conformidades (Cualitativa)

Aspecto Criterio auditable

Referencia Verificación de

cumplimiento

Observaciones

Impacto Ambiental

Ley de Gestión Ambiental

Art.19.- Las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio.

NC- El proyecto no se encuentra regularizado al momento; sin embargo, se encuentra en proceso de regularización por lo cual se está realizando este EsIA.

Art.20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo.

NC- El proceso para obtención de la licencia ambiental se ha iniciado.

EsIA y PMA Art. 21.- Los Sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental, evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos. El Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente.

NC- El EsIA y Plan de Manejo Ambiental contempla todos estos componentes, diseñados específicamente para el Hotel Fiesta.

Art. 23.- La evaluación del impacto ambiental comprenderá: a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada; b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución,; y, c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural.

NC- El EsIA y Plan de Manejo Ambiental contempla todos estos componentes.

Aguas residuales

Ley de Prevención y Control de la Contaminación

Ambiental

Art.6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades.

NC- Actualmente se encuentra en fase de diseño la planta de tratamiento de aguas residuales para el Hotel Fiesta.

Suelo Art. 10.- Queda prohibido descargar; sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.

C No se realiza ninguna descarga al suelo.

Aguas residuales

Ley Orgánica de Salud

Art. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamente correspondiente, en ríos, mates, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades agropecuarias.

NC- Actualmente se encuentra en fase de diseño la planta de tratamiento de aguas residuales para el Hotel Fiesta.

Art. 104.- Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos tóxicos que se produzcan por efecto de sus actividades. Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir esta disposición.

NC-

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((143(

Art. 105.- Las personas naturales o jurídicas propietarias de instalaciones o edificaciones, públicas o privadas, ubicadas en las zonas costeras e insulares, utilizarán las redes de alcantarillado para eliminar las aguas servidas y residuales producto de las actividades que desarrollen; y, en los casos que inevitablemente requieran eliminarlos en el mar, deberán tratarlos previamente, debiendo contar para el efecto con estudios de impacto ambiental; así como utilizar emisarios submarinos que cumplan con las normas sanitarias y ambientales correspondientes.

NC- No se dispone de alcantarillado en la zona del Hotel Fiesta; sin embargo, se está realizando el diseño y construcción de una PTR para el hotel.

Ruido Art. 113.- Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y control, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana.

C No se genera un ruido considerable por las actividades en el Hotel Fiesta.

Trabajadores Art. 118.- Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de enfermedades laborales.

C Para cada actividad se ha contratado personal capacitado dentro de esta área.

Art. 119.- Los empleadores tienen la obligación de notificar a las autoridades competentes, los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, sin perjuicio de las acciones que adopten tanto el Ministerio del Trabajo y Empleo como el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

C No se han presentado accidentes de trabajo o enfermedades laborales hasta el momento.

Art. 120.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con el Ministerio del Trabajo y Empleo y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, vigilará y controlará las condiciones de trabajo, de manera que no resulten nocivas o insalubres durante los períodos de embarazo y lactancia de las mujeres trabajadoras. Los empleadores tienen la obligación de cumplir las normas y adecuar las actividades laborales de las mujeres embarazadas y en período de lactancia.

C No se tienen al momento trabajadoras en estado de embarazo o lactancia.

Aguas residuales

Ley Orgánica de Recursos Hídricos,

Usos y Aprovechamiento

del Agua

Art. 80.- Vertidos: prohibiciones y control. Se consideran como vertidos las descargas de aguas residuales que se realicen directa o indirectamente en el dominio hídrico público. Queda prohibido el vertido directo o indirecto de aguas o productos residuales, aguas servidas, sin tratamiento y lixiviados susceptibles de contaminar las aguas del dominio hídrico público. La Autoridad Ambiental Nacional ejercerá el control de vertidos en coordinación con la Autoridad Única del Agua y los Gobiernos Autónomos Descentralizados acreditados en el sistema único de manejo ambiental. Es responsabilidad de los gobiernos autónomos municipales el tratamiento de las aguas servidas y desechos sólidos, para evitar la contaminación de las aguas de conformidad con la ley.

NC- Actualmente se encuentra en fase de diseño la planta de tratamiento de aguas residuales para el Hotel Fiesta.

Organización Ley de Régimen Especial para la

Conservación y el Desarrollo

Sustentable de la Provincia de Galápagos

SEGUNDA: Para el ejercicio de todas las actividades lucrativas, las personas naturales y jurídicas deberán pertenecer, en caso de existir a las correspondientes, asociaciones, cooperativas, cámaras, gremios u otras organizaciones cantonales o provinciales.

NC+

Aguas residuales

Código de la Salud Art. 67.- Se prohíbe descargar residuos de cualquier naturaleza, aguas negras y servidas en acequias, quebradas, arenales, barrancas, ríos, lagos, esteros; proximidades de criaderos naturales o artificiales de animales destinados a la alimentación o consumo humano, y cualquier depósito o corriente de agua que se utilice para el uso público; consumo o uso doméstico, usos agrícolas e industriales, balnearios o abrevaderos de animales, a menos que el Ministerio conceda permiso especial para ellos.

NC- Actualmente se encuentra en fase de diseño la planta de tratamiento de aguas residuales para el Hotel Fiesta.

Sanitarios Art. 71.- En las escuelas, colegios, cuarteles, mercados, hoteles, moteles y otros lugares similares, establecerán los servicios sanitarios necesarios que recomiende el Ministerio de acuerdo con el número de usuarios y áreas utilizables.

C Se disponen los sanitarios necesarios para las actividades.

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((144(

EsIA TULSMA. Libro VI Art. 17.- Realización de un estudio de impacto ambiental.- Para garantizar una adecuada y fundada predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales de la actividad o proyecto propuesto, así como la idoneidad técnica de las medidas de control para la gestión de sus impactos ambientales y riesgos, el estudio de impacto ambiental debe ser realizado por un equipo multidisciplinario que responda técnicamente al alcance y la profundidad del estudio en función de los términos de referencia previamente aprobado. El promotor y/o consultor que presenten los Estudio de Impacto Ambiental a los que hace referencia este Título son responsables por la veracidad y exactitud de sus contenidos.

C

Art. 18.- Revisión, aprobación y licenciamiento ambiental.- El promotor de una actividad o proyecto presentará el estudio de impacto ambiental ante la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr) a fin de iniciar el procedimiento de revisión, aprobación y licenciamiento por parte de la referida autoridad, luego de haber cumplido con los requisitos de participación ciudadana sobre el borrador de dicho estudio de conformidad con lo establecido en el artículo 20, literal b) de este Título. La AAAr a su vez y de conformidad con lo establecido en el título I del presente Título, coordinará la participación de las instituciones cooperantes (AAAc) en el proceso.

C

Participación Social

Art. 20.- Participación ciudadana.- La participación ciudadana en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar las condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases.

C

Análisis Institucional

Art. 21.- Análisis institucional.- Ante de iniciar el proceso de evaluación de impactos ambientales, esto es previo a la elaboración de la ficha ambiental o el borrador de los términos de referencia, según el caso, y en función de la descripción de la actividad o proyecto propuesto, el promotor identificará el marco legal e institucional en el que se inscribe su actividad o proyecto propuesto. El análisis institucional tiene como finalidad la identificación de todas la autoridades ambientales de aplicación que deberán participar en el proceso de evaluación de impactos ambientales, así como la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr) que liderará el proceso. Este análisis formará parte integrante de la ficha ambiental o del borrador de los términos de referencia para el estudio de impacto ambiental a ser presentado ante la AAAr para su revisión y aprobación.

C

EsIA Art. 24.- Realización de un estudio de impacto ambiental.- El estudio de impacto ambiental se realizará bajo responsabilidad del promotor y conforme al artículo 17 de este Título y las regulaciones específicas del correspondiente subsistema de evaluación de impactos ambientales sectorial o seccional acreditado.

C

Art. 58.- Estudios de Impacto Ambiental.- Toda obra, actividad o proyecto nuevo o ampliaciones o modificaciones de los existentes, emprendidos por cualquier persona naturales o jurídica, públicas o privadas, y que pueden potencialmente causar contaminación, deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental, que incluirá un plan de manejo ambiental, de acuerdo a lo establecido en el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). El EIA debería demostrar que la actividad estará en cumplimiento con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas, previa a la construcción y a la puesta en funcionamiento del proyecto o inicio de la actividad.

NC- Se está realizando el proceso para aprobación del EsIA.

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((145(

PMA Art. 59.- Plan de Manejo Ambiental.- El plan de manejo ambiental incluirá entre otros un programa de monitoreo y seguimiento que ejecutará el regulado, el programa establecerá los aspectos ambientales, impactos y parámetros de la organización, a ser monitoreados, la periodicidad de estos monitoreos, la frecuencia con que debe reportarse los resultados a la entidad ambiental de control. El plan de manejo ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán el mismo efecto legal para la actividad que las normas técnicas dictadas bajo el amparo, del presente Libro VI De la Calidad Ambiental.

C El PMA se presenta en este EsIA.

Muestreo Art. 73.- Control de calidad.- Los procedimientos de control de calidad analítica y métodos de análisis empleados en la caracterización de las emisiones, descargas y vertidos, control de los procesos de tratamiento, monitoreo y vigilancia de la calidad del recurso, serán los indicados en las respectivas normas técnicas ecuatorianas o en su defecto estándares aceptados en el ámbito internacional. Los análisis se realizarán en laboratorios acreditados. Las entidades de control utilizarán, de tenerlos, sus laboratorios.

C

EsIA Expost Primera.- Las actividades o proyectos que se encuentren en funcionamiento y que no cuenten con un estudio de impacto ambiental aprobado deberán presentar una auditoría ambiental inicial de cumplimiento con las regulaciones ambientales vigentes ante la entidad ambiental de control. La auditoría ambiental inicial debe incluir un plan de manejo ambiental. La AA inicial o EIA Expost cubre la ausencia de un EIA.

NC- Esté proceso se está realizando actualmente.

Residuos sólidos

Ordenanza para la gestión integral de

desechos y residuos en el

cantón Santa Cruz

Art. 7.- La utilización de los recipientes y fundas autorizadas por el municipio de Santa Cruz son de carácter obligatorio, no se permitirá el uso de otro tipo de recipientes o fundas para el almacenamiento y la recolección de los desechos. Los recipientes deberán tener tapa del mismo color, la capacidad será de acuerdo al número de usuarios que utilicen cada recipiente. La adquisición y el cuidado de los recipientes y fundas, es de absoluta responsabilidad del usuario. El valor de los tachos será recuperado en doce cuotas mensuales a partir de la fecha de entrega.

C

Art. 14.- Los recipientes y fundas deberán ser sacados a la vía pública en los horarios establecidos y difundidos por el Gobierno Municipal de Santa Cruz.

C

Participación Social

Decreto Ejecutivo 1040: Reglamento de Participación

Social

Art. 10.- Momento de la participación social.- La participación social se efectuará de manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación responsable, en coordinación con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la aprobación del estudio de impacto ambiental.

NC- Este proceso se está realizando actualmente.

Seguridad Laboral

Reglamento de Seguridad y Salud

de los Trabajadores y

Mejoramiento del Medio Ambiente

de Trabajo

Art. 11.- Obligaciones de los empleadores.- Son obligaciones generales de los personeros de las entidades y empresas públicas y privadas, las siguientes:

C

EsIA Reglamento Especial de

Turismo en Áreas Naturales

Protegidas

Art. 4.- Toda ejecución de obra o establecimiento de infraestructura de naturaleza turística en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas se someterá a un Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, conforme a las normas de la Ley de Gestión Ambiental vigente, de sus Reglamentos y Plan de Manejo del área, para obtener la correspondiente autorización administrativa del Ministerio del Ambiente.

NC- Se está realizando actualmente.

Áreas protegidas

Art. 11.- Las actividades turísticas en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, en cada una de sus fases deberán desarrollarse en base a los principios ambientales establecidos en los Planes de Manejo de cada área protegida.

C

Participación Social

Acuerdo 066. Instructivo al

Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de

Participación Social

Art. 2.- Participación Social (PPS) se realizará de manera obligatoria en todos los proyectos o actividades que requieran de licencia ambiental tipo II, III y IV.

NC- Se está realizando actualmente.

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((146(

10.2.2&Evaluación&Cuantitativa& En la siguiente matriz se presenta el resultados para el análisis cuantitativo.

Tabla 26. Matriz Conformidades y No Conformidades (Cuantitativa)

Aspecto Criterio auditable

Referencia Calificación de

cumplimiento (C)

Calificación del aspecto ambiental

(I)

Ponderación (W)

Nivel de Certidumbre

(NC)

Impacto Ambiental

Ley de Gestión Ambiental

Art.19.- Las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio.

4 7 0,02 0,99

Art.20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo.

3 7 0,02 0,74

EsIA y PMA

Art. 21.- Los Sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental, evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos. El Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente.

7 9 0,03 2,23

Art. 23.- La evaluación del impacto ambiental comprenderá: a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada; b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución,; y, c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural.

7 9 0,03 2,23

Aguas residuales

Ley de Prevención y Control de la

Contaminación Ambiental

Art.6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la fauna, a la flora y a las propiedades.

6 10 0,04 2,12

Suelo Art. 10.- Queda prohibido descargar; sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, cualquier tipo de contaminantes que puedan alterar la calidad del suelo y afectar a la salud humana, la flora, la fauna, los recursos naturales y otros bienes.

10 10 0,04 3,53

Page 147: galapagos – hotel fiesta

EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((147(

Aguas residuales

Ley Orgánica de Salud

Art. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamente correspondiente, en ríos, mates, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades agropecuarias.

6 10 0,04 2,12

Art. 104.- Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos tóxicos que se produzcan por efecto de sus actividades. Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir esta disposición.

6 10 0,04 2,12

Art. 105.- Las personas naturales o jurídicas propietarias de instalaciones o edificaciones, públicas o privadas, ubicadas en las zonas costeras e insulares, utilizarán las redes de alcantarillado para eliminar las aguas servidas y residuales producto de las actividades que desarrollen; y, en los casos que inevitablemente requieran eliminarlos en el mar, deberán tratarlos previamente, debiendo contar para el efecto con estudios de impacto ambiental; así como utilizar emisarios submarinos que cumplan con las normas sanitarias y ambientales correspondientes.

6 10 0,04 2,12

Ruido Art. 113.- Toda actividad laboral, productiva, industrial, comercial, recreativa y de diversión; así como las viviendas y otras instalaciones y medios de transporte, deben cumplir con lo dispuesto en las respectivas normas y reglamentos sobre prevención y control, a fin de evitar la contaminación por ruido, que afecte a la salud humana.

10 10 0,04 3,53

Trabajadores

Art. 118.- Los empleadores protegerán la salud de sus trabajadores, dotándoles de información suficiente, equipos de protección, vestimenta apropiada, ambientes seguros de trabajo, a fin de prevenir, disminuir o eliminar los riesgos, accidentes y aparición de enfermedades laborales.

10 10 0,04 3,53

Art. 119.- Los empleadores tienen la obligación de notificar a las autoridades competentes, los accidentes de trabajo y enfermedades laborales, sin perjuicio de las acciones que adopten tanto el Ministerio del Trabajo y Empleo como el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

10 8 0,03 2,83

Art. 120.- La autoridad sanitaria nacional, en coordinación con el Ministerio del Trabajo y Empleo y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, vigilará y controlará las condiciones de trabajo, de manera que no resulten nocivas o insalubres durante los períodos de embarazo y lactancia de las mujeres trabajadoras. Los empleadores tienen la obligación de cumplir las normas y adecuar las actividades laborales de las mujeres embarazadas y en período de lactancia.

10 8 0,03 2,83

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((148(

Aguas residuales

Ley Orgánica de Recursos

Hídricos, Usos y Aprovechamient

o del Agua

Art. 80.- Vertidos: prohibiciones y control. Se consideran como vertidos las descargas de aguas residuales que se realicen directa o indirectamente en el dominio hídrico público. Queda prohibido el vertido directo o indirecto de aguas o productos residuales, aguas servidas, sin tratamiento y lixiviados susceptibles de contaminar las aguas del dominio hídrico público. La Autoridad Ambiental Nacional ejercerá el control de vertidos en coordinación con la Autoridad Única del Agua y los Gobiernos Autónomos Descentralizados acreditados en el sistema único de manejo ambiental. Es responsabilidad de los gobiernos autónomos municipales el tratamiento de las aguas servidas y desechos sólidos, para evitar la contaminación de las aguas de conformidad con la ley.

6 10 0,04 2,12

Organización

Ley de Régimen Especial para la Conservación y

el Desarrollo Sustentable de la Provincia de

Galápagos

SEGUNDA: Para el ejercicio de todas las actividades lucrativas, las personas naturales y jurídicas deberán pertenecer, en caso de existir a las correspondientes, asociaciones, cooperativas, cámaras, gremios u otras organizaciones cantonales o provinciales.

0 7 0,02 0,00

Aguas residuales

Código de la Salud

Art. 67.- Se prohíbe descargar residuos de cualquier naturaleza, aguas negras y servidas en acequias, quebradas, arenales, barrancas, ríos, lagos, esteros; proximidades de criaderos naturales o artificiales de animales destinados a la alimentación o consumo humano, y cualquier depósito o corriente de agua que se utilice para el uso público; consumo o uso doméstico, usos agrícolas e industriales, balnearios o abrevaderos de animales, a menos que el Ministerio conceda permiso especial para ellos.

6 10 0,04 2,12

Sanitarios Art. 71.- En las escuelas, colegios, cuarteles, mercados, hoteles, moteles y otros lugares similares, establecerán los servicios sanitarios necesarios que recomiende el Ministerio de acuerdo con el número de usuarios y áreas utilizables.

10 8 0,03 2,83

EsIA TULSMA. Libro VI

Art. 17.- Realización de un estudio de impacto ambiental.- Para garantizar una adecuada y fundada predicción, identificación e interpretación de los impactos ambientales de la actividad o proyecto propuesto, así como la idoneidad técnica de las medidas de control para la gestión de sus impactos ambientales y riesgos, el estudio de impacto ambiental debe ser realizado por un equipo multidisciplinario que responda técnicamente al alcance y la profundidad del estudio en función de los términos de referencia previamente aprobado. El promotor y/o consultor que presenten los Estudio de Impacto Ambiental a los que hace referencia este Título son responsables por la veracidad y exactitud de sus contenidos.

6 7 0,02 1,48

Page 149: galapagos – hotel fiesta

EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((149(

Art. 18.- Revisión, aprobación y licenciamiento ambiental.- El promotor de una actividad o proyecto presentará el estudio de impacto ambiental ante la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr) a fin de iniciar el procedimiento de revisión, aprobación y licenciamiento por parte de la referida autoridad, luego de haber cumplido con los requisitos de participación ciudadana sobre el borrador de dicho estudio de conformidad con lo establecido en el artículo 20, literal b) de este Título. La AAAr a su vez y de conformidad con lo establecido en el título I del presente Título, coordinará la participación de las instituciones cooperantes (AAAc) en el proceso.

6 7 0,02 1,48

Participación Social

Art. 20.- Participación ciudadana.- La participación ciudadana en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar las condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases.

6 8 0,03 1,70

Análisis Institucion

al

Art. 21.- Análisis institucional.- Ante de iniciar el proceso de evaluación de impactos ambientales, esto es previo a la elaboración de la ficha ambiental o el borrador de los términos de referencia, según el caso, y en función de la descripción de la actividad o proyecto propuesto, el promotor identificará el marco legal e institucional en el que se inscribe su actividad o proyecto propuesto. El análisis institucional tiene como finalidad la identificación de todas la autoridades ambientales de aplicación que deberán participar en el proceso de evaluación de impactos ambientales, así como la autoridad ambiental de aplicación responsable (AAAr) que liderará el proceso. Este análisis formará parte integrante de la ficha ambiental o del borrador de los términos de referencia para el estudio de impacto ambiental a ser presentado ante la AAAr para su revisión y aprobación.

6 7 0,02 1,48

EsIA Art. 24.- Realización de un estudio de impacto ambiental.- El estudio de impacto ambiental se realizará bajo responsabilidad del promotor y conforme al artículo 17 de este Título y las regulaciones específicas del correspondiente subsistema de evaluación de impactos ambientales sectorial o seccional acreditado.

6 7 0,02 1,48

Page 150: galapagos – hotel fiesta

EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((150(

Art. 58.- Estudios de Impacto Ambiental.- Toda obra, actividad o proyecto nuevo o ampliaciones o modificaciones de los existentes, emprendidos por cualquier persona naturales o jurídica, públicas o privadas, y que pueden potencialmente causar contaminación, deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental, que incluirá un plan de manejo ambiental, de acuerdo a lo establecido en el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). El EIA debería demostrar que la actividad estará en cumplimiento con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas, previa a la construcción y a la puesta en funcionamiento del proyecto o inicio de la actividad.

6 7 0,02 1,48

PMA Art. 59.- Plan de Manejo Ambiental.- El plan de manejo ambiental incluirá entre otros un programa de monitoreo y seguimiento que ejecutará el regulado, el programa establecerá los aspectos ambientales, impactos y parámetros de la organización, a ser monitoreados, la periodicidad de estos monitoreos, la frecuencia con que debe reportarse los resultados a la entidad ambiental de control. El plan de manejo ambiental y sus actualizaciones aprobadas tendrán el mismo efecto legal para la actividad que las normas técnicas dictadas bajo el amparo, del presente Libro VI De la Calidad Ambiental.

6 9 0,03 1,91

Muestreo Art. 73.- Control de calidad.- Los procedimientos de control de calidad analítica y métodos de análisis empleados en la caracterización de las emisiones, descargas y vertidos, control de los procesos de tratamiento, monitoreo y vigilancia de la calidad del recurso, serán los indicados en las respectivas normas técnicas ecuatorianas o en su defecto estándares aceptados en el ámbito internacional. Los análisis se realizarán en laboratorios acreditados. Las entidades de control utilizarán, de tenerlos, sus laboratorios.

8 8 0,03 2,26

EsIA Expost

Primera.- Las actividades o proyectos que se encuentren en funcionamiento y que no cuenten con un estudio de impacto ambiental aprobado deberán presentar una auditoría ambiental inicial de cumplimiento con las regulaciones ambientales vigentes ante la entidad ambiental de control. La auditoría ambiental inicial debe incluir un plan de manejo ambiental. La AA inicial o EIA Expost cubre la ausencia de un EIA.

7 7 0,02 1,73

Residuos sólidos

Ordenanza para la gestión integral de desechos y

residuos en el cantón Santa

Cruz

Art. 7.- La utilización de los recipientes y fundas autorizadas por el municipio de Santa Cruz son de carácter obligatorio, no se permitirá el uso de otro tipo de recipientes o fundas para el almacenamiento y la recolección de los desechos. Los recipientes deberán tener tapa del mismo color, la capacidad será de acuerdo al número de usuarios que utilicen cada recipiente. La adquisición y el cuidado de los recipientes y fundas, es de absoluta responsabilidad del usuario. El valor de los tachos será recuperado en doce cuotas mensuales a partir de la fecha de entrega.

10 10 0,04 3,53

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((151(

Art. 14.- Los recipientes y fundas deberán ser sacados a la vía pública en los horarios establecidos y difundidos por el Gobierno Municipal de Santa Cruz.

10 10 0,04 3,53

Participación Social

Decreto Ejecutivo 1040: Reglamento de Participación

Social

Art. 10.- Momento de la participación social.- La participación social se efectuará de manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación responsable, en coordinación con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la aprobación del estudio de impacto ambiental.

6 9 0,03 1,91

Seguridad Laboral

Reglamento de Seguridad y Salud de los

Trabajadores y Mejoramiento

del Medio Ambiente de

Trabajo

Art. 11.- Obligaciones de los empleadores.- Son obligaciones generales de los personeros de las entidades y empresas públicas y privadas, las siguientes:

10 9 0,03 3,18

EsIA Reglamento Especial de Turismo en

Áreas Naturales Protegidas

Art. 4.- Toda ejecución de obra o establecimiento de infraestructura de naturaleza turística en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas se someterá a un Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, conforme a las normas de la Ley de Gestión Ambiental vigente, de sus Reglamentos y Plan de Manejo del área, para obtener la correspondiente autorización administrativa del Ministerio del Ambiente.

6 7 0,02 1,48

Áreas protegidas

Art. 11.- Las actividades turísticas en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, en cada una de sus fases deberán desarrollarse en base a los principios ambientales establecidos en los Planes de Manejo de cada área protegida.

7 10 0,04 2,47

Participación Social

Acuerdo 066. Instructivo al

Reglamento de Aplicación de

los Mecanismos de Participación

Social

Art. 2.- Participación Social (PPS) se realizará de manera obligatoria en todos los proyectos o actividades que requieran de licencia ambiental tipo II, III y IV.

6 8 0,03 1,70

TOTAL PONDERACIÓN

283 TOTAL NIVEL DE

CERTIDUMBRE (%)

70,81

El resultado final muestra que el Hotel Fiesta presenta un nivel de certidumbre de 70,81%, es decir, un nivel de no conformidades bajo, un nivel de certidumbre bueno y un riesgo compatible. Las principales no conformidades se presentaron por la falta de regularización ambiental de proyecto; sin embargo, se recalcó que este proceso se está realizando actualmente a través de este estudio de impacto ambiental. Otra no conformidad identificada fue la falta de un manejo y tratamiento adecuado de las aguas residuales. Esta no conformidad es de tipo menor, debido a que actualmente la planta de tratamiento de aguas residuales para el Hotel Fiesta se está diseñando y será implementada en los próximos meses, con lo cual esta no conformidad será levantada. La única no conformidad mayor se identificó, porque el Hotel Fiesta no pertenece a ninguna asociaciones, cooperativas, cámaras, gremios u otras organizaciones cantonales o provinciales.

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XI.(( Plan(de(Manejo(Ambiental( El plan de manejo ambiental es un instrumento necesario en todo proyecto con el fin de prevenir, mitigar y compensar impactos ambientales negativos y potenciar impactos ambientales positivos que se generen por las actividades involucradas durante el proyecto. Los impactos ambientales del proyecto se determinaron previamente, por lo cual el plan toma en consideración esta base para su desarrollo.

11.1(Objetivos(

11.1.1&Objetivo&general& El objetivo general del Plan de Manejo Ambiental es permitir disminuir el impacto ambiental generado por las actividades durante el proyecto, mediante la aplicación de medidas adecuadas de prevención o mitigación.

11.1.2&Objetivos&específicos& • Diseñar medidas adecuadas para prevenir los impactos negativos. • Describir medidas para mitigar los impactos ambientales negativos que se han analizado

y que probablemente ocurrirán durante el proyecto. • Proteger la salud del personal y de la comunidad dentro del área de influencia del

proyecto. • Asegurar la protección de la fauna alrededor del proyecto. • Establecer los responsables de las diferentes medidas. • Desarrollar una matriz lógica en la cual se presenten indicadores y medios de verificación

para asegurar la efectividad del PMA.

11.2(Alcance( El Plan de Manejo Ambiental tendrá la siguiente estructura: " Plan de análisis de riesgos y alternativas de prevención. " Plan de prevención y mitigación de impactos. " Plan de manejo de desechos. " Plan de comunicación, capacitación y educación ambiental. " Plan de relaciones comunitarias. " Plan de contingencias. " Plan de monitoreo y seguimiento. " Plan de abandono y entrega del área. " Plan de restauración, indemnización y compensación.

Dentro de cada programa se presenta una descripción detallada de las medidas que deben aplicarse, especificando el lugar y responsables para cada medida, y al final de cada programa incluye una matriz en la cual se resume los costos, responsabilidades, indicadores, medidas de comprobación, frecuencia y tiempo de ejecución, de tal manera que se utilice esta matriz constantemente y se asegure la efectividad de cada plan.

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Al final del PMA se incluye un presupuesto referencial para la aplicación del mismo con un cronograma valorado.

11.3(Plan(de(análisis(de(riesgos(y(alternativas(de(prevención(

11.3.1&Objetivo& Este plan tiene como objetivo el análisis constante de los riesgos que se presentan durante las actividades del proyecto, de tal manera que puedan prevenirse accidentes potenciales.

11.3.2&Medidas&

Medida 1. Seguimiento de riesgos Se realizará una matriz periódicamente para identificar los riesgos y analizar los mismos. Debido a que las actividades del Hotel Fiesta no se presentan un mayor riesgo, la matriz puede ser realizada anualmente. A continuación se presenta un modelo de matriz que puede ser utilizada. En caso de identificar otras actividades relevantes, deben incluirse en la misma.

ANÁLISIS DE RIESGOS ACTIVIDADES RIESGO TIPO DE

RIESGO OCURRENCIA CONSECUENCIAS OBSERVACIONES

Limpieza habitaciones Cocina Reparaciones periódicas Limpieza piscina Limpieza áreas sociales Transporte de pasajeros Funcionamiento y mantenimiento de PTR

• Actividades: en esta columna se colocarán todas las actividades que se realicen durante

el proyecto. En la tabla se colocaron todas las actividades que se tomaron en cuenta durante el análisis de riesgos de este estudio; sin embargo, si durante la ejecución del proyecto se desarrollan nuevas actividades, éstas deben incluirse en la matriz.

• Riesgos: esta sección corresponde a la identificación del riesgo de manera resumida. Se deben identificar no sólo riesgos laborales, sino también riesgos que puedan ocurrir con la población o en el medio ambiente alrededor. Cabe recalcar que un riesgo se define como la combinación de la probabilidad que se produzca un evento y sus consecuencias negativas (CIIFEN, 2010).

• Tipo de riesgo: los riesgos se clasifican dentro de las categorías: OCUPACIONALES

(riesgos laborales, es decir, que tengan que ver con el personal contratado para el proyecto), POBLACIONAL (riesgo que se presenta y las consecuencias son receptadas por la comunidad) y AMBIENTAL (riesgo que afecta alguno de los recursos naturales dentro del área de influencia del proyecto).

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• Ocurrencia: En esta columna se deben colocar el número de ocasiones en la cuales el riesgo se ha convertido en un evento.

• Consecuencias: en caso de que el riesgo haya ocurrido, en esta columna se debe colocar

las consecuencias del evento. • Observaciones: esta columna es un espacio para cualquier comentario frente a la

ocurrencia del riesgo o la no ocurrencia; por ejemplo, se debe colocar el factor que detonó la ocurrencia del evento o el factor que ayudó a prevenir el mismo.

Medida 2. Alternativas para prevención de riesgos En la siguiente tabla se presentan los riesgos identificados junto a las medidas de prevención que se han diseñado para prevención de éstos.

Actividad&Riesgo&ocupacional,&

poblacional,&ambiental&

Tipo&de&

riesgo&(1)&

Medidas&de&prevención(

Recepción&

Lesiones&por&esfuerzo&repetitivo& O&

• Permitir&al&empleado&hacer&pausas&periódicas.&&&

• Capacitar& al& personal& y& fomentar& prácticas& adecuadas&para&evitar&lesiones&durante&las&actividades.&&

• Proporcionar& uniformes& cómodos& para& las& condiciones&específicas&de&trabajo.&

&• Organizar& adecuadamente& los& turnos& rotativos& para&

evitar&sobrecargar&a&los&empleados.&Esto&no&sólo&mejora&la& salud& y& seguridad& del& trabajador,& sino& también& su&satisfacción&y&la&productividad&del&hotel.&

&• Brindar& mouse& y& teclados& que& sean& ergonómicos,&

recomendados&para&evitar&lesiones.&

Lesiones&por&levantamiento&de&peso& O&

• Capacitaciones& a& los& empleados& acerca& de& técnicas&correctas&para&levantar&pesos.&&

• En& caso& de& pesos& considerables& se& debe& utilizar&carretillas& portaequipaje,& las& cuales& deben& encontrarse&en&buen&estado.&

&

Dolores&por&postura& O&

• Brindar&sillas&cómodas&y&giratorias&para& la&persona&que&se&encuentra&en&recepción,&de&preferencia&aquellas&con&espaldar& cómodo& para& prevención& de& dolores& de&espalda.& Ésta& debe& ser& ajustable& a& la& altura& del&mostrador,& la& altura& ideal& es& cuando& la& mesa& se&encuentra&un&poco&más&baja&q&el&nivel&de&los&codos&del&trabajador.&&&

• La&mesa&debe&permitir&tener&un&espacio&reservado&para&las& piernas,& de& tal& manera& que& el& recepcionista& pueda&

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((155(

encontrarse&cómoda.&&• Los&elementos&en&el&escritorio&deben&encontrarse&a&una&

distancia&óptima&para&evitar&movimientos&forzados.&&• Capacitar& al& personal& sobre& las& posturas& correctas,&

inclusive& de& la& mano& y& el& brazo& cuando& se& utilice& la&computadora.&

Servicio(de(limpieza(

Lesiones&por&esfuerzo&repetitivo& O&

• Para& el& transporte& de& equipos& (aspiradoras)& se& debe&disponer& de& carritos,& los& cuales& deben& estar& en& buen&estado,&ser&ligeros&y&de&fácil&manejo.&&&

• Capacitar& al& personal& sobre& la& manera& adecuada& para&levantar&pesos&y&reducir&el&riesgo&de&lesiones.&

Exposición&a&productos&químicos& O,&P,&A&

• Para& manipular& los& productos,& los& trabajadores& deben&utilizar&siempre&guantes&protectores.&&

• Para& transportar& los& productos& entre& áreas& o&habitaciones&deben&colocarse&los&productos&en&un&cajón&que&permita&su&estabilidad&y&en&caso&de&regarse&que&el&líquido& permanezca& dentro& del& mismo.& Las& botellas&deben&estar&etiquetadas&adecuadamente&mostrando&no&sólo& su& contenido,& sino& también& las& medidas& de&precaución,&medidas& de& acción& en& caso& de& accidentes,&manejo& adecuado& del& producto,& condiciones& de&almacenamiento,&etc.&

&• Se& deben& preferir& siempre& productos& con& la& menor&

cantidad& de& sustancias& peligrosas& y& tóxicas,& y&preferentemente&productos&que&sean&biodegradables.&

&• Almacenar& los& productos& en& lugares& de& acceso&

restringido,& lejos& de& lugares& destinados& para& comida,&con&buena&ventilación&y&señalizados.&

Tropiezos&y&caídas& O&

• Proporcionar& uniformes& que& sean& cómodos& para& las&actividades,&y&zapatos&de&goma&para&evitar&resbalones&y&caídas.&&

• Organizar&la&jornada&laboral&de&manera&adecuada,&de&tal&manera&que&se&eviten&las&actividades&de&prisa.&

&• Capacitar&al&personal&para&que&se&respeten&medidas&de&

seguridad,& previniendo& caídas& o& tropiezos& por& mal&manejo&de&herramientas,&pisos&mojados,&etc.&

Estrés&por&calor& O&

• Instalar&sistemas&de&aire&acondicionado&para&mantener&una& temperatura& adecuada& durante& las& actividades&laborales.&&

• En& caso& de& temperaturas& elevadas& se& deben& realizar&pausas& en& zonas& fresca,& beber& agua& frecuentemente& y&utilizar&ropa&adecuada.&

Mantenimiento( Exposición&a&productos&químicos& O,&P,&A&

• Utilizar&el&equipo&de&protección&personal&recomendado&para&la&manipulación&de&dichos&productos.&&

• Preferir& productos& con& menor& concentración& de&

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((156(

sustancias& peligrosos& y& tóxicas.& En& todos& los& casos&posibles&utilizar&productos&biodegradables.&

&• Almacenar& los& productos& en& un& lugar& con& ventilación,&

señalizado& adecuadamente& y& lejos& del& acceso& de&huéspedes& o& de& lugares& para& almacenamiento& de&comida.&

&• Mantener& los& contenedores& con& las& etiquetas& del&

fabricante& y& respetar& las& medidas& indicadas& en& las&mismas.&

Cortaduras&o&accidentes&durante&la&

utilización&de&herramientas&y&

máquinas&

O&

• Utilizar&guantes&para&el&manejo&de&herramientas.&&

• Las&herramientas&deben&ser&tomadas&con&toda&la&mano&para&mantener&un&mejor&ajuste.&

Contacto&productos&químicos&para&piscina& O,&P,&A&

• Utilizar& guantes& de& goma& y& mascarilla& para& la&manipulación&de&estos&productos.&&

• Los& productos& deben& ser& guardados& en& un& área& con&ventilación,&acceso&restringido&y&señalizados.&

&• El& personal& que& utilice& estos& productos& debe& estar&

capacitado&para&esta&actividad.&

Tropiezos&y&caídas& O&

• Las& escaleras& que& se& utilicen& para& las& actividades& de&mantenimiento& deben& encontrarse& en& buen& estado& y&preferentemente& se& deben& utilizar& con& otra& persona&abajo& manteniéndola& segura& (esto& en& caso& de& alturas&superiores&a&dos&metros).&&

• Se&deben&disponer&de&los&dispositivos&adecuados&para&la&limpieza& de& vidrios,& en& caso& de& ser& necesario& arneses&para&seguridad&del&trabajador.&&

&• Los& pisos& y& escaleras& se& deben& mantener& libres& para&

evitar&tropiezos.&&• En& el& caso& de& la& piscina& se& debe& disponer& de& suelos&

antideslizantes&alrededor&de&la&misma,&los&cuales&deben&mantenerse&en&buen&estado&y&contar&con&un&sistema&de&drenaje& apropiado.& En& caso&de&haber& charcos&de&agua,&éstos&deben&ser&secados&inmediatamente.&

Cocina(

Lesiones&por&esfuerzo&repetitivo& O&

• Debe&disponerse&de&un&ambiente&adecuado&de&trabajo:&ventilación,& distribución& de& equipos& adecuada,&suficiente&espacio,&etc.&&

• Los& sistemas&de& ventilación&así& como& los&de&extracción&de& olores& deben& ser&mantenidos& de&manera& constante&para&garantizar&su&funcionamiento.&

Tropiezos&y&caídas& O&

• Mantener& orden& en& la& cocina,& sin& dejar& objetos& que&obstaculicen&el&paso&del&personal&como&cajas.&&

• En& caso& de& derrames& de& comida,& agua,& aceite,& etc.& ,&éstos&deben&ser&limpiados&inmediatamente.&

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Cortaduras& O&

• Seguir& las& instrucciones&del& fabricante&para&uso& seguro&de&máquinas&y&aparatos&para&cortar.&

&• Guardar&los&cuchillos&en&lugares&apropiados.&&• No& utilizar& los& cuchillos& para& otras& actividades& como&

abrir&latas.&&• Transportar& los& cuchillos& por& el& mango& con& la& punta&

apuntando&hacia&el&suelo&todo&el&tiempo.&

Quemaduras& O&

• Utilizar& manoplas& protectoras& para& transportar& ollas,&bandejas&calientes&y&también&para&levantar&las&tapas.&&

• Realizar& un& mantenimiento& periódico& de& los& hornos.&Debe& respetarse& la& frecuencia& del& mantenimiento&indicada&por&el&fabricante.&

&• Para&el&uso&de&freidoras&se&debe&evitar&que&el&aceite&se&

caliente& en& exceso& y& no& se& debe& llenar& demasiado,&evitando& que& rebose.& Para& el&manejo& de& ésta& se& debe&utilizar& guantes& y& preferentemente& camisetas& manga&larga.&

&• Cerca&de&hornos&u&equipos& se&deben& colocar&etiquetas&

con&las&indicaciones&básicas&para&su&funcionamiento.&&• Se&debe&disponer&de&un&extinguidor&dentro&del&área&de&

la&cocina.&

General( Incendios&y&otras&emergencias& O,&P,&A&

• Productos& con& sustancias& inflamables& deben&almacenarse& en& áreas& adecuadas& para& este& fin:&ventilación,&acceso&restringido,&señalizado,&disponer&de&extintor,&construcción&de&bloque,&cemento,&etc.&&

• Las&campanas&extractoras&de&la&cocina&se&deben&limpiar&con&regularidad.&

&• Los& aparatos& eléctricos& deben& encontrarse& en& buen&

estado& y& se& debe& realizar& un&mantenimiento& periódico&de&los&mismos.&

&• Los&ceniceros&deben&vaciarse&adecuadamente&y&las&velas&

deben& ser& utilizadas& dentro& de& envases& semicerrados.&Las& colillas& deben& disponerse& únicamente& en& los&ceniceros,&esto&debe&ser&informado&a&los&huéspedes.&

&• Las&habitaciones&y&espacios&comunes&deben&disponer&de&

detectores&de&humo&y&pulverizadores&de&agua.&&&• Tanto& extintores& como& señales& de& evacuación& deben&

estar&distribuidas&dentro&del&hotel,&de&acuerdo&a&lo&que&la& ley& estipula.& Las& salidas& deben& estar& señalizadas& e&iluminadas.& Verificar& frecuentemente& la& caducidad& de&los&extintores.&

&• Respetar& las&señales&de&no& fumar&o&encender& fuego&en&

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las&áreas&restringidas.&&• El&personal&debe&encontrarse&capacitado&para&casos&de&

emergencia,& brindando& el& apoyo& adecuado& a& los&huéspedes,& en& especial& a& aquellos& con& alguna&deficiencia.& Realizar& simulacros& para& que& el& personal&conozca&las&medidas&de&acción.&

&• En&caso&de&que&al&ingresar&en&una&habitación&se&perciba&

un&olor&a&gas&no&debe&encenderse&las&luces&y&en&caso&de&que& éstas& se& encuentren& encendidas& no& deben&apagarse.& La& chispa& que& genera& los& contactores& podría&provocar&una&explosión.&

(1) O: Ocupacional, P: poblacional, A: ambiental. Fuente: (Blanco, 2006).

11.3.3&Matriz&de&implementación&

Matriz de Implementación: Plan de Análisis de Riesgos y Alternativas de Prevención Cumplimiento

Medida 1. Seguimiento de riesgos

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro de matrices (digital y físico). � Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Anual. �

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos: Esta medida no involucra costos.

Medida 2. Alternativas para prevención de riesgos

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro de fotográfico. �

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Constante. �

Responsables: • Implementación de medidas: Administrador del HF. • Cumplimiento de medidas: Personal del HF.

� Costos: Esta medida no involucra costos. Costos como el EPP (equipo de protección personal) se considera en otro plan.

HF: Hotel Fiesta.

11.4(Plan(de(Prevención(y(Mitigación(de(Impactos( A continuación se presentan las medidas para protección de los diferentes factores ambientales que se encuentran dentro del área del Hotel Fiesta, así como en su área de influencia.

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Las medidas fueron clasificadas de acuerdo a los factores ambientales que se determinaron en la Evaluación de Impactos Ambientales.

11.4.1&Protección&calidad&del&agua& • Los productos de limpieza que se utilicen deben ser almacenados de manera adecuada

para evitar que éstos alcancen cualquier cuerpo de agua. El área de almacenamiento debe disponer de un suelo impermeable y canales para en caso de derrames contener los mismos.

• Se deben seleccionar en lo posible productos biodegradables. Debe recordarse que las islas Galápagos es un ecosistema especial y actualmente no se cuenta con un tratamiento adecuado de las aguas residuales municipales, por lo cual cualquier producto diluido en el agua muy probablemente alcanzará un ecosistema natural pudiendo afectar no sólo la calidad del agua, sino también la flora y fauna en el mismo. Utilizar productos biodegradables disminuirá este impacto. Más allá, en el futuro cuando la planta de tratamiento de aguas residuales en el Hotel Fiesta se encuentra en funcionamiento, este tipo de agua podrá ser tratada de manera más sencilla.

• El manejo de los residuos sólidos debe ser riguroso. No se puede permitir que los

residuos se encuentren dentro de los tachos específicos, debido a que cualquier residuo sólido muy probablemente puede alcanzar la Laguna de Las Ninfas.

• En caso de identificar fugas se deben tomar acciones inmediatamente. Se recomienda

realizar una inspección periódica del funcionamiento de las tuberías. La ubicación del Hotel Fiesta hace que esto sea fundamental dentro de sus actividades, debido a que por su cercanía a la Laguna de Las Ninfas, cualquier fuga de aguas residuales afectará directamente la calidad del agua en la laguna.

• En la cocina se debe disponer de una trampa de grasas para evitar que el aceite que se

utiliza para preparar los alimentos, se mezcle con las aguas residuales que se dirigen al sistema de alcantarillado o a la planta de tratamiento de aguas residuales, dificultando de manera importante el tratamiento de las aguas.

• Los huéspedes deben ser informados acerca de medidas para prevenir la contaminación

del agua. Por ejemplo se debe recomendar el uso de productos biodegradables y el uso moderado de agua.

• Manejo y mantenimiento adecuado de la planta de tratamiento de aguas residuales, una

vez que esta se encuentre en funcionamiento. Esto asegurará que las aguas residuales sean tratadas de manera adecuada, reduciendo la concentración de los contaminantes a límites admisibles por el medio ambiente (límites permisibles por la legislación ambiental vigente).

11.4.2&Protección&calidad&del&suelo&

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Por lo general la contaminación del agua está relacionada con la del suelo, por lo cual muchas medidas propuestas en la sección anterior se aplican del mismo modo en ésta. • Mantener productos químicos como de limpieza en los recipientes entregados por el

fabricante y sobre superficies planas.

• El mantenimiento o reparación de equipos debe realizarse en un área con suelo impermeable y posteriormente se debe limpiar cualquier residuos en el suelo (aceite). En el caso que el mantenimiento se realice directamente en el lugar en el cual se encuentre el equipo, debe colocarse un plástico en el suelo para contener cualquier derrame, el mismo que debe ser retirado cuando se haya finalizado el mantenimiento.

• En áreas naturales libres de construcción como jardines debe sembrarse vegetación local

para evitar erosión y conservar la calidad del suelo. • Deben respetarse las normas para manejo de los residuos sólidos, como se presentará

más adelante.

11.4.3&Prevención&de&la&erosión&del&suelo& La medida básica para evitar la erosión del suelo que se encuentra básicamente en los jardines del Hotel Fiesta, debido a que las áreas con construcción no presentan este problema, es sembrar vegetación local en dichos suelos. Esta medida no sólo permite conservar la calidad del suelo, sino también es un beneficio para la estética y paisaje en el hotel.

11.4.4&Nivel&de&ruido& El ruido es un problema principalmente por el funcionamiento de maquinaria como bombas de agua.

• En este caso debe respetarse los niveles de presión sonora establecidos en la ley (TULSMA, Libro VI, Anexo 5. Ruido), en la siguiente tabla se presentan dichos niveles:

Tabla 27. Niveles máximos de Ruido Permisibles Según Uso del Suelo

TIPO DE ZONA SEGÚN USO NIVEL DE PRESIÓN SONORA EQUIVALENTE NPS eq [dB(A)]

DE SUELO DE 06H00 A 20H00 DE 20H00 A 06H00 Zona hospitalaria y educativa 45 35

Zona Residencial 50 40

Zona Residencial mixta 55 45 Zona Comercial 60 50

Zona Comercial mixta 65 55

Zona Industrial 70 65 Fuente: (MAE).

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El Hotel Fiesta pertenece a una zona clasificada como Zona Residencial Mixta; por lo tanto, se debe mantener un nivel de ruido máximo de 55 dBA de 06:00 a 20:00, y 45 dBA de 20:00 a 06:00.

• Para disminuir los niveles de presión sonora generados por las máquinas debe

realizarse un mantenimiento riguroso de las mismas. En caso de que se exceda el límite por el propio funcionamiento del equipo, deben instalarse aislantes de ruido para disminuir el mismo. Esto puede realizarse por ejemplo con ayuda de una cerca viva.

• Durante las actividades de mantenimiento y limpieza debe evitarse tener equipos musicales con un volumen elevado, lo cual afecta a las condiciones del ecosistema y por lo general molesta a los huéspedes.

11.4.5& Conservación& de& la& presencia& y& diversidad& de& fauna,& cobertura& vegetal,&hábitat,&calidad&del&paisaje&

• Mantener la vegetación local.

• En caso de que existan áreas libres, sembrar vegetación local. Esto servirá de hábitat para la fauna local.

• Indicar a los huéspedes las medidas que deben respetarse en lo referente a la fauna

con la que puedan encontrarse durante su estadía en el hotel.

• Por ningún motivo debe alimentarse a la fauna en el área del hotel. Esto afecta a la dinámica de los animales.

11.4.6&Prevención&de&la&afectación&a&la&salud&de&la&población&& Por las actividades que se realizan en el Hotel Fiesta es poco probable que se afecte a la salud de la población; sin embargo, a continuación se presentan algunas medidas que deben tomarse para prevenir este riesgo:

• Para el transporte de los huéspedes desde el hotel a cualquier destino, los vehículos deben mantener una velocidad de 30 km/h, mientras se transite en las calles del barrio las Ninfas.

• Los vehículos de transporte deben mantenerse en buen estado.

• Los residuos sólidos y líquidos deben manejarse de manera adecuada, como se presenta en los planes correspondientes.

• Se debe informar a los huéspedes acerca de las medidas que deben ser respetadas

dentro del hotel. En estas medidas debe incluirse no arrojar basura o cualquier desechos en los jardines (esto podría alcanzar la Laguna de Las Ninfas que es utilizada como sitio de recreación por la población), no generar un ruido excesivo, etc.

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• Los equipos deben mantenerse en buen estado, evitando emisiones atmosféricas que pueden afectar la salud de la población dentro del área de influencia.

11.4.7&Prevención&de&conflictos&sociales&y&afectación&a&actividades&económicas& Para evitar conflictos sociales, todo personal dentro del Hotel Fiesta debe respetar las medidas presentadas en este Plan de Manejo Ambiental (PMA) y mantener reuniones periódicas con la población dentro del área de influencia para llevar un registro de molestias y corregir éstas (Plan de Relaciones Comunitarias).

11.4.8&Matriz&de&implementación&

Matriz de Implementación: Plan de Prevención y Mitigación de Impactos Cumplimiento

Medida 1. Protección calidad del agua

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro fotográfico, registro/factura de mantenimientos

planta de tratamiento de aguas residuales (PTR). �

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. • Mantenimiento PTR: según recomiende el fabricante.

Frecuencia: • Constante. • Mantenimiento: según especifica el fabricante.

Responsables: • Personal de HF. • Administrador del HF.

Costos:

It m Precio Unitario (USD) Total (USD)

Adecuación bodega de almacenaje 200.00 200.00

Trampa de grasa (cocina) 200.00 200.00

Folletos huéspedes 0.50 444.00 Mantenimiento PTR 150.00 150.00

Medida 2. Protección calidad del suelo

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro de fotográfico. �

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Constante. �

Responsables: • Implementación de medidas: Administrador del HF. • Cumplimiento de medidas: Personal del HF.

� Costos:

Item Precio Unitario Total (U D)

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(USD) Plástico para mantenimiento.

1.40 7.00

Siembra plantas 20.00 20.00

Medida 3. Prevención de la erosión del suelo

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro de fotográfico. �

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Constante. �

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos: Los costos han sido considerados ya en otras medidas.

Medida 4. Nivel de ruido

Indicadores / Medidas de comprobación: • Factura de mantenimiento. �

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Mantenimiento: según recomiende el fabricante. �

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos:

Item Precio Unitario (USD) Total (USD)

Mantenimiento bomba.

150.00 150.00

Medida 5. Conservación de la presencia y diversidad de fauna, cobertura vegetal,

hábitat y calidad del paisaje

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro de fotográfico. �

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Constante. �

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos: Los costos han sido considerados ya en otras medidas.

Medida 6. Prevención de la afectación a la salud de la

población

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro de fotográfico, registro de mantenimiento. �

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Manejo adecuado, información huéspedes: constante. • Mantenimiento: según recomiende el fabricante.

� Responsables: • Manejo adecuado: Personal del HF. • Mantenimiento: Administrador del HF.

� Costos:

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Los costos han sido considerados ya en otras medidas.

Medida 7. Prevención de conflictos sociales y

afectación a actividades económicas

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro de fotográfico, registro de asistencia a

reuniones. �

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Anual, si se presentan conflictos incrementar la

frecuencia hasta resolver el mismo. �

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos: Esta medida no involucra costos adicionales.

11.5(Plan(de(Manejo(de(Desechos( El plan de manejo de desechos se encuentra dividido en residuos sólidos y líquidos. Cabe recalcar que para la elaboración de este plan de respetará las medidas del Sistema de Gestión Integral de Residuos Sólidos y Reciclaje del Cantón Santa Cruz Galápagos. Actualmente el Hotel Fiesta ya cumple con estas medidas, por lo cual el objetivo de este plan es fomentar un mayor reciclaje mediante un plan organizado de manejo de desechos. Además, se presenta un planta para manejo adecuado de la planta de tratamiento de aguas residuales (PTR), la cual será construida próximamente en el Hotel Fiesta, mediante un sistema innovador en el país.

11.5.1&Manejo&de&residuos&sólidos& El manejo de residuos se debe realizar respetando las siguientes normas internas: • Los residuos deben ser clasificados de acuerdo al siguiente esquema:

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Figura 30. Clasificación de residuos Santa Cruz

Fuente: (GADM Santa Cruz, 2012)

Tacho verde: orgánico (restos de comida, plantas, madera). Tacho azul: reciclable (papel y cartón, restos de plástico, vidrios, pilas usadas, baterías, latas). Tacho gris: no reciclable.

• Se debe fomentar el uso de productos reciclables, disminuyendo la cantidad de

residuos destinados al tacho gris. Por ejemplo se pueden utilizar pilas recargables, jaboneras rellenables (jabón líquido) y bolsas de tela para la ropa sucia (Cortinas, 2012).

• Capacitar al personal respecto a la clasificación y manejo de los residuos sólidos. En el caso de los residuos reciclables es importante que estos estén lo más secos posibles.

• Informar a los huéspedes sobre la clasificación de residuos, destacando la importancia del manejo adecuado de los mismos. Esto puede realizarse a través de folletos y etiquetas en los basureros. A continuación se presentan algunas recomendaciones para los turistas que se pueden incluir en el folleto:

! Cuando seleccione un recorrido turístico, prefiera aquel que ofrezca garantías de

calidad y de respeto al medio ambiente. ! Utilizar los recursos (agua y energía) con moderación, recuerde la escasez de

este recurso en la isla. ! Trate de minimizar la generación de residuos, en caso de generación deposite

éstos de la manera más limpia posible (tachos específicos) (Cortinas, 2012).

• Utilizar hojas recicladas o de mayor facilidad de reciclaje como las hojas de bagazo de caña de azúcar, y utilizar las hojas por las dos caras.

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• Evitar el uso de empaques plásticos. Esto puede realizarse adquiriendo los productos, en cuanto sea posible, al granel y con un mínimo de envases para disminuir la producción de basura (Cortinas, 2012).

• Si es posible se debe realizar un convenido con proveedores para devolver empaques como cajas, tarrinas, botellas que puedan ser reutilizadas por el mismo, evitando generar más residuos.

• Los lugares de almacenamiento temporal de los residuos en el hotel deben estar

señalizados, para acceso sólo de personal autorizado, tener buena ventilación y un piso impermeable. Los recipientes se mantendrán cerrados para evitar cualquier intrusión de animales o que los residuos se rieguen.

11.5.2&Manejo&de&residuos&líquidos&

• Recoger el aceite usado de cocina en una botella cerrada y entregarlo a un gestor (Relugal para tratamiento en el continente, Sr. Luis Lema para producción de biodiésel).

• Controlar periódicamente el consumo de agua por área en el hotel e identificar medidas para disminuir el consumo de este recurso.

• Instalar accesorios para ahorro de agua: presurizadores para duchas y grifos,

inodoros de doble descarga, etc.

Figura 31. Elementos para ahorro de agua

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((167(

11.5.3&Planta&de&tratamiento&de&aguas&residuales& La planta de tratamiento de este hotel es una planta compacta, el sistema se llama SBR consiste en 4 contenedores para la mezcla de las aguas servidas, en total de (20m3). Los primeros dos contenedores son para homogenizar la carga. El tercero es para oxigenar y el cuarto es para clarificar. Después tenemos un elemento higienizador que es una lámpara de UV y el ultimo es un pequeño tanque de control para controlar la calidad del agua de salida. La planta es más técnica, existe un tablero de control que se debe revisar diariamente, para ver que todos los elementos funcionan. La planta tiene una regulación automática, no se debe manejar de forma manual, en el tablero se puede ver las lámparas de control del funcionamiento de las bombas y en general de la planta. Esta planta trabaja con una pequeña cantidad de lodos activos que con el tiempo se acumulan en el tercer y cuarto tanque. Esta cantidad de lodo se debe medir y en cierto nivel de lodo se debe bombear con hidrocleaner. También recomendamos realizar un análisis de aguas servidas cada seis meses o como máximo cada año. Para un control visual el agua saliente puede ser un poco turbia pero no debe tener ningún olor. Cada 14 se debe controlar la salida. Las bombas son diseñadas para 4-5 años de funcionamiento permanente, y se recomienda tener un abomba de reserva en caso de que se presente un daño. En caso de que no haya energía, existe un tubo de emergencia que descarga las aguas clarificadas, directamente al punto de descarga final.

11.5.4&Matriz&de&implementación&

Matriz de Implementación: Plan de Manejo de Desechos Cumplimiento

Medida 1. Manejo de residuos sólidos

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro de fotográfico. � Tiempo de ejecución: • Actualmente ya se cumplen con algunas medidas, las

demás deben ser implementadas inmediatamente. �

Frecuencia: • Constante. �

Responsables: • Personal del HF. �

Costos: Esta medida no involucra costos.

Medida 2. Manejo de residuos líquidos

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro de fotográfico. • Aceite usado: registro de entrega a gestor.

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Constante. �

Responsables: �

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• Implementación de medidas: Administrador del HF. • Cumplimiento de medidas: Personal del HF.

Costos: Esta medida no involucra costos.

Medida 3. Planta de tratamiento de aguas

residuales

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro de fotográfico. • Registros de mantenimiento.

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Mantenimiento: de acuerdo a lo que recomiende el

fabricante. �

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos:

Item Precio Unitario (USD) Total (USD)

Mantenimiento 150.00 300.00

11.6(Plan(de(Comunicación,(Capacitación(y(Educación(Ambiental(

11.6.1&Comunicación& • Reuniones mensuales: todo el personal mantendrá una reunión mensual con el

administrador del Hotel Fiesta. En esta reunión se tratarán entre varios temas el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental. Este espacio constituirá una oportunidad para que el personal presente sus observaciones acerca del desempeño de cada actividad en el Hotel Fiesta, con respecto a impactos en el medio ambiente. El administrador del Hotel Fiesta deberá tomar nota de las observaciones expuestas en las reuniones y posteriormente identificar y aplicar medidas de solución.

• Emergencias: Durante emergencias los trabajadores deberán tomar las medidas

instruidas durante las capacitaciones, mientras un trabajador deberá buscar la ayuda necesaria y comunicar al administrador los acontecimientos.

11.6.2&Capacitación& La capacitación representa una herramienta fundamental para el desarrollo adecuado de las actividades y para mejorar la eficiencia y productividad en el hotel. A continuación se presentan las capacitaciones que deberán llevarse a cabo. El administrador del Hotel Fiesta podrá incluir otros temas en caso de ser necesario. • Estudio y plan de manejo ambiental del Hotel Fiesta. • Seguridad y salud ocupacional.

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• Manejo adecuado de residuos (sólidos y líquidos). • Contingencias. • Primeros auxilios.

11.6.3&Educación&Ambiental& Diferentes capacitaciones deben llevarse a cabo, de tal manera que el personal conozca los impactos que pueden generar sus actividades sobre el medio ambiente alrededor. Los temas a tratarse pueden serlos siguientes entre otros: ^ Impactos y riesgos ambientales del proyecto. ^ Procedimiento en caso de derrame de sustancias peligrosas en agua, suelo o aire. ^ Procedimiento en caso de identificación de fauna dentro del área de trabajo. ^ Dinámica de los animales (con énfasis en las especies cercanas al área). ^ Manejo adecuado de residuos. ^ Buenas prácticas para reducción de consumo de agua, luz, empaques plásticos, etc.

11.6.4&Matriz&de&implementación&

Matriz de Implementación: Plan de Comunicación, Capacitación y Educación Ambiental Cumplimiento

Medida 1. Comunicación

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro asistencia a reuniones. � Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA hay sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Reuniones: mensuales. • Emergencias: en caso de ocurrir alguna eventualidad.

Responsables: • Reuniones mensuales: Administrador del HF. • Emergencias: Todo el personal del HF.

Costos: Esta medida no involucra costos.

Medida 2. Capacitación

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro de asistencia a capacitaciones. �

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: Item Frecuencia

EIA y PMA Una vez Seguridad y salud ocupaciones Semestral Manejo adecuado de residuos Anual Contingencias Semestral

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Primeros auxilios Anual

Responsables: • Organización capacitaciones: Administrador del HF. • Asistencia a capacitaciones: Personal del HF.

� Costos:

Item Precio nitario (USD) Total (USD)

EIA y PMA 250.00 250.00 Seguridad y salud ocupacional 300.00 600.00

Manejo adecuado de residuos

250.00 250.00

Contingencias 450.00 900.00 Primeros auxilios 450.00 450.00

Medida 3. Educación Ambiental

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro de asistencia a capacitaciones. �

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Anual. �

Responsables: • Organización de capacitaciones: Administrador del HF. • Asistencia a capacitaciones: Personal del HF.

� Costos:

Item Precio Unitario (USD) Total (USD)

Educación ambiental 250.00 250.00

11.7(Plan(de(Relaciones(Comunitarias(

11.7.1&Programa&de&información&y&comunicación& Debido a que el área se encuentra intervenida por hoteles, restaurante y viviendas, y el Hotel Fiesta no es un proyecto nuevo, se realizará sólo una primera reunión en la cual se presentará el estudio de impacto ambiental del proyecto y el plan de manejo ambiental. En ésta se recopilará todas las observaciones de las personas de tal manera que se incluya éstas dentro del estudio. Esta primera reunión será durante la participación social del EIA. Más allá, el administrador del HF estará siempre dispuesto a recibir las observaciones y preocupaciones de la comunidad a lo largo de todo el proyecto, y deberá encontrar una solución a estos de manera inmediata.

11.7.2&Programa&de&compensación&e&indemnización&

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Una vez que se reciban reclamos por parte de la población en cuanto a un daño se debe llevar a cabo el siguiente procedimiento: 1. Recibo de daño. 2. Inspección del lugar afectado. En caso de ser una persona se recibirá un informe médico

del centro de salud. 3. Avalúo del daño. 4. Reunión con las personas afectadas. En esta reunión se establecerá el método de

compensación ya sea monetario u obras en caso de daños a infraestructuras. 5. Efectuar la compensación o indemnización. 6. Firma de acta de finalización de medida de compensación.

Cabe recalcar que desde el momento en que se recibe el reclamo hasta el inicio de la acción de compensación no debe pasar más de una semana. Más allá, el acta de finalización debe estar firmada por el administrador del Hotel Fiesta y los afectados, aceptando claramente la indemnización.

11.7.3&Programa&de&contratación&de&mano&de&obra&local& Cabe recalcar que el Hotel Fiesta ya cuenta con su personal, siendo personas locales. Sin embargo, en caso de contratar una persona nueva se debe seguir el siguiente procedimiento: Se considera como una prioridad la contratación de mano de obra local que se encuentre capacitada para las actividades requeridas del proyecto. 1. Identificación del personal: Como primer paso se evaluará el perfil necesario para ocupar

el puesto abierto.

2. Búsqueda de personal: se realizará una convocatoria general mediante los medios más adecuados dentro de la isla, por ejemplo la prensa, para que las personas locales puedan postularse.

3. Contratación de personal: Se analizarán a todos los postulantes, seleccionando principalmente las personas que hayan tenido experiencia en proyectos similares a éste. Los trabajadores contratados deberán recibir todos los beneficios que la ley lo establece.

11.7.4&Programa&de&educación&ambiental& Se deberán brindar diferentes charlas a la población dentro de este programa. En caso de falta de asistencia, la información de las charlas también pueden impartirse mediante folletos. Charlas • Contaminación del agua y sus implicaciones. • Medidas para ahorro de agua. • Contaminantes que afectan a un sistema de alcantarillado (aceites, arena). • Productos biodegradables.

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• Manejo de residuos. • Conservación de los recursos naturales.

11.7.5&Matriz&de&implementación&

Matriz de Implementación: Plan de Relaciones Comunitarias Cumplimiento

Medida 1. Programa de información y comunicación

Indicadores / Medidas de comprobación: • Acta de realización de reuniones con la comunidad. � Tiempo de ejecución: • Socialización EsIA Expost: Previo a la aprobación del

estudio. • Reuniones con comunidad: cuando se presente algún

conflicto o queja por parte de la comunidad.

Frecuencia: • Socialización: una vez. • Reuniones con comunidad: cuando sea necesario.

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos: Esta medida no involucra costos adicionales. El costo de la socialización no se considera en este presupuesto.

Medida 2. Programa de compensación e indemnización

Indicadores / Medidas de comprobación: • Acta de finalización de medida de compensación. �

Tiempo de ejecución: • En el caso que ocurra. �

Frecuencia: • Eventual � Responsables: • Administrador del HF. �

Costos: Este costo depende de la afectación o daño que ocurra, lo cual es eventual y no puede aproximarse.

Medida 3. Programa de contratación de mano de obra

local

Indicadores / Medidas de comprobación: • Contratos. �

Tiempo de ejecución: • Constante. �

Frecuencia: • Eventual. �

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos: Esta medida no involucra costos para su ejecución.

Medida 4. Programa de educación ambiental

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro asistencia a charlas. Registro fotográfico. �

Tiempo de ejecución: • Una vez que el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

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Frecuencia: • Anual. �

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos:

Item Precio Unitario (USD) Total (USD)

Educación ambiental 250.00 250.00

11.8(Plan(de(contingencias( En el análisis de riesgos se identificó tanto riesgos naturales como antropogénicos. En este Plan de Contingencias se consideran los riesgos naturales, debido a que los antropogénicos son considerados en el siguiente plan (Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo). El Hotel Fiesta actualmente cuenta con algunas facilidades para evacuación en caso de contingencias: rutas de evacuación señalizadas, plano de rutas en cada habitación y extintores. A continuación se presentan medidas para los riesgos naturales identificados como sismos. Además, se incluyen medidas para casos de incendios y equipos necesarios para tomar las acciones propuestas en este plan.

11.8.1&Formación&de&brigada&de&contingencias&y&equipamiento& Con el personal del Hotel Fiesta se debe formar una brigada de contingencias, dentro de la cual cada persona conocerá sus responsabilidades y las acciones que debe tomar frente a cada contingencia. Cabe recalcar que el personal debe ser capacitado para la responsabilidad que ocupará dentro de la brigada. A continuación se presenta un esquema de la conformación de la brigada de contingencias:

Figura 32. Esquema Brigada de Contingencias Hotel Fiesta

Jefe Brigada de Contingencias

Administrador Hotel Fiesta

Primeros Auxilios

Personal HF

Evacuación

Personal HF

Registro Contingencia

Personal HF

Comunicador

Recepcionista

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La formación y responsabilidades de la brigada de contingencias se debe realizar como se detalla a continuación: • Jefe de Brigada de Contingencias: Este puesto estará ocupado por el administrador del

Hotel Fiesta. Las responsabilidades del jefe son las siguientes: Antes del evento: # Conformar la brigada de contingencias. Para esto se debe designar a cada persona

dentro de un equipo y debe firmarse un acta en la cual se registren los nombres dentro de cada equipo y se establezcan claramente las responsabilidades de cada uno.

# Organizar capacitaciones y simulacros para entrenamiento de los diferentes equipos.

# Proveer de todo el equipamiento necesario para contrarrestar las diferentes contingencias. El jefe debe revisar periódicamente que el equipamiento se encuentre en sus condiciones ideales, por ejemplo la fecha de caducidad de extintores y medicinas.

# Revisar periódicamente que la alarma para evacuación funcione.

Durante el evento: # Vigilar que cada equipo de la brigada se encuentre completo y en funcionamiento.

En caso de que un equipo requiera apoyo, el administrador debe brindarlo.

# Tranquilizar a los huéspedes para que la evacuación funcione de manera organizada.

# Dependiendo de la gravedad del evento, el jefe de la brigada definirá las acciones a

tomar.

Después del evento: # Revisar y registrar los daños.

# En caso de que un empleado haya sufrido un accidente se debe informar al IESS de

acuerdo a lo que exige la ley.

# Identificar las razones que desataron el evento.

# Tomar acciones para evitar eventos similares en el futuro. • Comunicador: este lugar es uno de los más importantes dentro de la brigada de

contingencias. Se ha recomendado que sea el recepcionista del Hotel Fiesta; sin embargo, si se identifica una persona más ideal puede cambiarse. Las responsabilidades del comunicador son:

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# Cuando reciba la noticia de un evento, debe informar inmediatamente al jefe de la

brigada. Seguido a esto debe encender la alarmar de evacuación.

# De acuerdo a la información que brinde el equipo de registro de contingencia, debe llamar a las autoridades correspondientes para pedir ayudar, por ejemplo en caso de incendios a los bomberos.

# Debe apoyar en la evacuación e información a los huéspedes.

• Equipo Primeros Auxilios: durante el evento este equipo debe tomar el botiquín de

primeros auxilios y ayudar a las personas que se encuentren heridas. En caso de que no se registren heridos deben ayudar al equipo de evacuación a evacuar a las personas con discapacidades.

• Evacuación: este equipo debe ayudar en primer lugar a las personas con discapacidades, ancianos y niños. Mientras ayuda a estas personas debe informar a los demás huéspedes por qué lugar dirigirse, los cuidados que se deben tener y brindar calma.

• Registro contingencia: este equipo está encargado de contener el evento, esto quiere

decir que el personal debe acercarse en medio de lo posible al foco del evento, utilizando claramente el equipo de protección personal para el caso. Deben analizar la situación y tomar acciones en lo posible, de lo contrario se debe informar directamente al comunicador quien estará listo para solicitar asistencia a las autoridades correspondientes.

El equipo mínimo necesario que se debe disponer en el Hotel Fiesta es el siguiente: ! Sistema para detección de incendios. ! Sistema de alarma para evacuación. ! Botiquines de primeros auxilios. ! Equipo de protección personal para contingencias. ! Extintores. ! Kit anti derrames. ! Linternas y pilas. ! Salvavidas.

11.8.2&Acciones&en&Caso&de&Incendios& En caso de ocurrencia de incendios se deben tomar en cuenta las siguientes indicaciones: Antes del incendio: • El personal debe estar debidamente informado y capacitado acerca de cómo actuar en

caso de incendios, la ubicación y uso de extintores, las fuentes de agua más cercanas, y las rutas de evacuación.

• Revisar mensualmente el estado adecuado de los extintores (seguir las instrucciones del fabricante). Todos los extintores deben llevar una placa con la información sobre la clase

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de fuego que puede apagar, las instrucciones de operación y mantenimiento; y fecha de prueba y de vencimiento. Los extintores deben estar ubicados en un sitio de fácil acceso.

• Revisar mensualmente el estado de las conexiones principales y cajas eléctricas en el

hotel. • Ubicar un sistema de alarma para aviso en caso de emergencias.

Durante el incendio:

• El operario u obrero que detecte el incendio deberá reportar rápidamente el incidente, activando alarmas sonoras.

• El personal encargado de apagar el incendio debe utilizar el uniforme para esto y utilizar el extintor más cercano. Se debe tomar en cuenta que:

- Para apagar un incendio de material común, se deben usar extintores o rociar con agua.

- Para apagar incendios de líquidos o gases inflamables, se debe cortar el suministro del producto y sofocar el fuego utilizando arena seca, tierra o extintores de polvo químico seco, espuma o dióxido de carbono.

- Para apagar un incendio eléctrico, se debe cortar el suministro eléctrico y apagar el fuego con extintores del polvo químico seco, dióxido de carbono, BCF, arena seca o tierra.

• Evacuar al personal y pobladores aledaños dependiendo del grado de peligrosidad del incendio.

• Llamar a los bomberos si es necesario. Después del incendio:

• Un encargado debe observar por lo menos 30 minutos después del incendio que no se vuelva a prender fuego.

• Los extintores deben volver a ser llenados.

• Se debe realizar el seguimiento del incendio y presentar un informe de las causas que ocasionaron el incendio, daños materiales y medidas de prevención futuras.

11.8.3&Acciones&en&Caso&de&Tsunamis& En caso de ocurrencia de un tsunami todas las personas serán evacuadas hasta el lugar de encuentro a partir del cual se dirigirán a sitios designados como seguros en la isla. En la siguiente imagen se presenta las vías de evacuación y lugares seguros en la isla. Se puede observar que el sitio más cercano es el Estadio Pampas Coloradas.

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Figura 33. Rutas de Evacuación Santa Cruz

Fuente: (Fundar).

11.8.4&Acciones&en&Caso&de&Sismos& Antes del sismo

• El jefe de la brigada de contingencias debe informar y capacitar a los trabajadores sobre el riesgo de la ocurrencia de sismos en la zona.

• Se requiere designar un sitio seguro de reunión en el caso de sismos y además demarcar la ruta de evacuación más segura hacia ese punto.

• Se debe contar con un botiquín de primeros auxilios, linternas, radio a pilas, pilas y

otras provisiones en un sitio designado por el coordinador. Durante el sismo

• Deben paralizarse las actividades y apagar cualquier equipo en funcionamiento. Se debe mantener la calma y avanzar de forma ordenada.

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• El personal debe dirigirse al punto de encuentro designado siguiendo la ruta de evacuación establecida.

Después del sismo

• Brindar ayuda a los heridos.

• Controlar que no haya derrames o fugas. Si es el caso se debe cuidadosamente controlar éstos.

• Utilizar el radio portátil y escuchar los boletines de emergencia.

• El personal debe mantenerse en las zonas de seguridad el tiempo prudencial, hasta el

cese de las réplicas.

11.8.5&Matriz&de&implementación&

Matriz de Implementación: Plan de Contingencias Cumplimiento

Medida 1. Formación de brigada de contingencias y

equipamiento

Indicadores / Medidas de comprobación: • Acta de formación de brigada. • Registro de capacitaciones. • Facturas de compra/recarga de equipamiento.

Tiempo de ejecución: • Inmediatamente. �

Frecuencia: • Brigada y equipamiento: constante. • Capacitaciones: de acuerdo a lo indicado en el Programa

de Capacitaciones.

Responsables: • Formación de brigada: Administrador del HF. • Responsabilidades de equipos de brigada: Personal del

HF.

Costos: Actualmente el Hotel Fiesta cuenta con todo el equipamiento mencionado, por lo cual sólo se considera el costo de recarga de los extintores.

Item Precio Unitario (USD) Total (USD)

Recarga extintores 25.00 125.00

Medida 2. Acciones en caso de incendios

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro asistencia a capacitaciones. • Registro revisión mensual extintores. • Registro revisión semestral de conexiones principales y

cajas eléctricas. • Informe de incendio (en caso de ocurrir).

Tiempo de ejecución: �

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• En el caso que ocurra. Frecuencia: • Poco probable. � Responsables: • Administrador y personal del HF. �

Costos: Esta medida no involucra costos.

Medida 3. Acciones en caso de tsunamis

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro asistencia capacitación. �

Tiempo de ejecución: • Eventual. �

Frecuencia: • Poco probable. �

Responsables: • Administrador y personal del HF. �

Costos: Esta medida no involucra costos para su ejecución.

Medida 4. Acciones en caso de sismos

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro asistencia a charlas. �

Tiempo de ejecución: • Eventual. �

Frecuencia: • Probable. �

Responsables: • Administrador y personal del HF. �

Costos: Esta medida no involucra costos adicionales.

11.9(Plan(de(Seguridad(y(Salud(en(el(Trabajo( Debido a que el Hotel Fiesta ya se encuentra construido y en funcionamiento, las medidas de seguridad y salud en el trabajo están enfocadas al personal que se encuentra trabajando en diferentes actividades dentro del hotel. A pesar de que los riesgos son menores en comparación a otros proyecto, existen algunas medidas que se deben implementar para evitar especialmente enfermedades a futuro.

11.9.1&Proveer&de&vestimenta&adecuada&y&accesorios&al&personal& Para facilidad se presentan las medidas de acuerdo a cada actividad: Recepción " El lugar de recepción debe ser ergonómico, es decir, que el escritorio y silla deben ser

cómodos para la persona que se encuentre en este puesto. En cuanto el escritorio se deben evitar movimientos bruscos que puedan generar lesiones. Por otro lado, la silla debe ser cómoda, permitir una buena posición y proteger la espalda; puede ser similar a la que se presenta en la siguiente figura.

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Figura 34. Silla Recepción

" La posición de la persona que ocupe este puesto y otras personas que se encuentren

gran parte del día frente a una computadora (administrador) debe ser la siguiente:

Figura 35. Posición correcta frente a una computadora

Fuente: (Gebesa). Además al permanecer muchos horas frente a un escritorio como puede ser el caso del recepcionista se deben practicas algunos ejercicios como se muestra en la siguiente imagen:

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Figura 36. Ejercicios para trabajo en escritorio

Fuente: (Fisio Astur). Para el personal de asistencia en recepción que se encarga de llevar las maletas se le debe entregar una faja lumbar para evitar lesiones en la espalda.

Figura 37. Faja lumbar, protección espalda

Servicio de limpieza El personal de servicio de limpieza al estar expuesto a polvo o agentes químicos contenidos en los productos de limpieza, debe disponer del siguiente equipo de protección personal para asegurar que la calidad de su salud no se vea afectada en el futuro.

Tabla 28. Equipo de protección personal, servicio de limpieza

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Vestimenta Ropa cómoda, sin accesorios sueltos y con bolsillos.

Zapatos Zapatos cómodos con suela antideslizante para evitar accidentes especialmente en pisos mojados.

Mascarilla Se debe proveer de mascarilla para polvo al personal de limpieza, quienes deberán utilizar la misma cuando realicen actividades que generen polvo, por ejemplo barrer.

Guantes Los guantes de látex deben ser utilizados durante la manipulación de cualquier producto químico, por ejemplo el cloro para la limpieza de baños.

Mantenimiento El personal de mantenimiento debe disponer del mismo equipo que el personal de limpieza. Por lo general para el mantenimiento de equipos más complejos se contrata a especialistas, por lo cual no se requiere equipo de protección personal especial; sin embargo, cuando se contrate a dichos especialistas el administrador del Hotel Fiesta debe asegurar que le empresa cumple con normas de calidad y protección de la salud de su personal. Cocina El personal que trabaje en la cocina debe disponer de la indumentaria adecuada para su actividad.

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Figura 38. Vestimenta personal de cocina

&Cuando se entregue la vestimenta y accesorios, el trabajador deberá firmar un acta indicando lo que le ha sido entregado.

11.9.2&Examen&médico&ocupacional& Cada año se debe realizar un examen de salud ocupacional a todo el personal que se encuentre laborando en el Hotel Fiesta. Para determinar los exámenes que deben realizar se debe consultar a un especialista, debido a que el tipo de examen depende de la actividad que cada persona esté realizando durante su trabajo.

11.9.3&Matriz&de&implementación&

Matriz de Implementación: Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo Cumplimiento

Medida 1. Proveer de vestimenta adecuada y accesorios al personal

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro fotográfico. • Actas de recepción de la vestimenta y accesorios.

Tiempo de ejecución: • Inmediatamente. �

Frecuencia: • Cambio de vestimenta y accesorios: anual, dependiendo

de las condiciones de los mismo, caso contrario debe incrementarse la frecuencia.

Responsables: • Proveer vestimenta y accesorios: Administrador del HF. • Uso y cuidado de vestimenta y accesorios: Personal del

HF.

Costos:

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La mayoría de la vestimenta y accesorios que se detallaron en este programa, ya disponen los empleados del Hotel Fiesta. En los costos únicamente se incluye los que no se tienen actualmente.

Item Precio Unitario (USD) Total (USD)

Faja lumbar 35.00 35.00

Medida 2. Examen médico ocupacional

Indicadores / Medidas de comprobación: • Informes médicos. �

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Anual. � Responsables: • Organización: Administrador del HF. • Asistencia a exámenes: Personal del HF.

� Costos:

Item Precio Unitario (USD) Total (USD)

Examen ocupacional 150.00 1350.00

11.10(Plan(de(Acción(

11.10.1&Medidas&

No. 1.1 Aspecto

Impacto Ambiental Criterio Auditable

Ley de Gestión Ambiental Referencia

Art.19.- Las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio.

Medidas 1. Llevar a cabo el proceso de Licenciamiento Ambiental. 2. Respetar el PMA diseñado para el proyecto y controlar el cumplimiento del mismo de manera

rigurosa. 3. Cumplir con la legislación ambiental vigente. 4. Enfatizar y fortalecer las medidas de prevención de impactos ambientales, principalmente lo

referente a la protección de la calidad del agua y tratamiento de aguas residuales.

No. 1.2 Aspecto

Impacto Ambiental Criterio Auditable

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Ley de Gestión Ambiental Referencia

Art.20.- Para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental se deberá contar con la licencia respectiva, otorgada por el Ministerio del ramo.

Medidas 1. Continuar con el proceso de Licenciamiento Ambiental hasta obtener la misma. Cabe recalcar

que para mantener vigente la Licencia se debe cumplir con el PMA y realizar una Auditoría Ambiental cada año o según estime la autoridad.

No. 1.3

Aspecto EsIA y PMA

Criterio Auditable Ley de Gestión Ambiental

Referencia Art. 21.- Los Sistemas de manejo ambiental incluirán estudios de línea base; evaluación del impacto ambiental, evaluación de riesgos; planes de manejo; planes de manejo de riesgo; sistemas de monitoreo; planes de contingencia y mitigación; auditorías ambientales y planes de abandono. Una vez cumplidos estos requisitos y de conformidad con la calificación de los mismos El Ministerio del ramo podrá otorgar o negar la licencia correspondiente.

Medidas 1. El PMA que se presenta en este estudio contempla estos programas; sin embargo, es

importante que todo el personal sea informado y capacitado acerca de dichos programas, asegurando de esta manera la aplicación del Plan de Manejo Ambiental.

No. 1.4

Aspecto EsIA y PMA

Criterio Auditable Ley de Gestión Ambiental

Referencia Art. 23.- La evaluación del impacto ambiental comprenderá: a) La estimación de los efectos causados a la población humana, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua, el paisaje y la estructura y función de los ecosistemas presentes en el área previsiblemente afectada; b) Las condiciones de tranquilidad públicas, tales como: ruido, vibraciones, olores, emisiones luminosas, cambios térmicos y cualquier otro perjuicio ambiental derivado de su ejecución,; y, c) La incidencia que el proyecto, obra o actividad tendrá en los elementos que componen el patrimonio histórico, escénico y cultural.

Medidas 1. Realizar los monitoreos y controles contemplados en este PMA.

No. 2.1

Aspecto Aguas residuales

Criterio Auditable Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental

Referencia Art. 6.- Queda prohibido descargar, sin sujetarse a las correspondientes normas técnicas y regulaciones, a las redes de alcantarillado, o en las quebradas, acequias, ríos, lagos naturales o artificiales, o en las aguas marítimas, así como infiltrar en terrenos, las aguas residuales que contengan contaminantes que sean nocivos a la salud humana, a la flora y a las propiedades.

Medidas 1. Actualmente no se realiza un tratamiento de las aguas residuales. Se debe construir la planta

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de tratamiento de aguas residuales de inmediato.

No. 3.1 Aspecto

Aguas residuales Criterio Auditable

Ley de Orgánica de Salud Referencia

Art. 103.- Se prohíbe a toda persona, natural o jurídica, descargar o depositar aguas servidas y residuales, sin el tratamiento apropiado, conforme lo disponga en el reglamente correspondiente, en ríos, mates, canales, quebradas, lagunas, lagos y otros sitios similares. Se prohíbe también su uso en la cría de animales o actividades agropecuarias.

Medidas 1. La construcción de la planta de tratamiento de aguas residuales es una prioridad. El diseño de

la misma debe contemplar las necesidades a futuro del hotel. 2. El diseño y construcción de la planta debe ser realizado por expertos en el área para

garantizar su efectividad. 3. Los análisis de los monitoreos realizados a la calidad de agua residual como de agua tratada

deben ser archivados. Posteriormente se realizará una comparación entre informes identificando los parámetros sobre los cuales se debe trabajar.

No. 3.2

Aspecto Aguas residuales

Criterio Auditable Ley de Orgánica de Salud

Referencia Art. 104.- Todo establecimiento industrial, comercial o de servicios, tiene la obligación de instalar sistemas de tratamiento de aguas contaminadas y de residuos tóxicos que se produzcan por efecto de sus actividades. Las autoridades de salud, en coordinación con los municipios, serán responsables de hacer cumplir esta disposición.

Medidas 1. A la planta de tratamiento se deben conducir todas las aguas residuales del hotel. 2. Colocar trampas de grasa en la salida de agua de la cocina para evitar un taponamiento y falla

en la planta de tratamiento. La trampa de grasa deberá ser limpiada periódicamente.

No. 3.3 Aspecto

Aguas residuales Criterio Auditable

Ley de Orgánica de Salud Referencia

Art. 105.- Las personas naturales o jurídicas propietarias de instalaciones o edificaciones, públicas o privadas, ubicadas en las zonas costeras e insulares, utilizarán las redes de alcantarillado para eliminar las aguas servidas y residuales producto de las actividades que desarrollen; y, en los casos que inevitablemente requieran eliminarlos en el mar, deberán tratarlos previamente, debiendo contar para el efecto con estudios de impacto ambiental; así como utilizar emisarios submarinos que cumplan con las normas sanitarias y ambientales correspondientes.

Medidas 1. Construir y llevar un funcionamiento efectivo de la planta de tratamiento de aguas residuales.

No. 4

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((187(

Aspecto Aguas residuales

Criterio Auditable Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua

Referencia Art. 80.- Vertidos: prohibiciones y control. Se consideran como vertidos las descargas de aguas residuales que se realicen directa o indirectamente en el dominio hídrico público. Queda prohibido el vertido directo o indirecto de aguas o productos residuales, aguas servidas, sin tratamiento y lixiviados susceptibles de contaminar las aguas del dominio hídrico público. La Autoridad Ambiental Nacional ejercerá el control de vertidos en coordinación con la Autoridad Única del Agua y los Gobiernos Autónomos Descentralizados acreditados en el Sistema Único de Manejo Ambiental. Es responsabilidad de los gobiernos autónomos municipales el tratamiento de las aguas servidas y desechos sólidos, para evitar la contaminación de las aguas de conformidad con la ley.

Medidas 1. Construir la planta de tratamiento de aguas residuales.

No. 6.1

Aspecto Aguas residuales

Criterio Auditable Código de la Salud

Referencia Art. 67.- Se prohíbe descargar residuos de cualquier naturaleza, aguas negras y servidas en acequias, quebradas, arenales, barrancas, ríos, lagos, esteros; proximidades de criaderos naturales o artificiales de animales destinados a la alimentación o consumo humano, y cualquier depósito o corriente de agua que se utilice para el uso público; consumo o uso doméstico, usos agrícolas e industriales, balnearios o abrevaderos de animales, a menos que el Ministerio conceda permiso especial para ellos.

Medidas 1. Realizar el tratamiento de las aguas residuales generadas en la fábrica en una PTR, diseñada

para cumplir con los requisitos técnicos apropiados para las actividades de la fábrica.

No. 7.6 Aspecto

EsIA Criterio Auditable

TULAS Libro VI Referencia

Art. 58.- Estudios de Impacto Ambiental.- Toda obra, actividad o proyecto nuevo o ampliaciones o modificaciones de los existentes, emprendidos por cualquier persona natural o jurídica, públicas o privadas, y que pueden potencialmente causar contaminación, deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental, que incluirá un plan de manejo ambiental, de acuerdo a lo establecido en el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA). El EIA debería demostrar que la actividad estará en cumplimiento con el presente Libro VI De la Calidad Ambiental y sus normas técnicas, previa a la construcción y a la puesta en funcionamiento del proyecto o inicio de la actividad.

Medidas 1. Respetar las normas presentadas en este Plan de Manejo Ambiental. Al estar el proyecto

actualmente en funcionamiento, este estudio corresponde a un Estudio de Impacto Ambiental Expost.

No. 7.9

Aspecto EsIA Expost

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((188(

Criterio Auditable TULAS Libro VI

Referencia Primera.- Las actividades o proyectos que se encuentren en funcionamiento y que no cuenten con un estudio de impacto ambiental aprobado deberán presentar una auditoría ambiental inicial de cumplimiento con las regulaciones ambientales vigentes ante la entidad ambiental de control. La auditoría ambiental inicial debe incluir un plan de manejo ambiental. La AA inicial o EIA Expost cubre la ausencia de un EIA.

Medidas 1. El presente estudio es un Estudio de Impacto Ambiental Expost. Para su validez el promotor

debe completar el proceso hasta la obtención de la Licencia Ambiental.

No. 9 Aspecto

Participación Social Criterio Auditable

Decreto Ejecutivo 1040: Reglamento de Participación Social Art. 10.- Momento de la participación social.- La participación social se efectuará de manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación responsable, en coordinación con el promotor de la actividad o proyecto, de manera previa a la aprobación del estudio de impacto ambiental.

Medidas 1. Se debe llevar a cabo el proceso de Participación Social, de acuerdo a la metodología

indicada por el Ministerio del Ambiente. Finalmente el informe de este proceso deberá ser anexado a este estudio.

No. 11.1 Aspecto

EsIA Criterio Auditable

Reglamento Especial de Turismo en Áreas Naturales Protegidas Art. 4.- Toda ejecución de obra o establecimiento de infraestructura de naturaleza turística en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas se someterá a un Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental, conforme a las normas de la Ley de Gestión Ambiental vigente, de sus Reglamentos y Plan de manejo del área, para obtener la correspondiente autorización administrativa del Ministerio del Ambiente.

Medidas 1. Este Estudio de Impacto Ambiental Expost y Plan de Manejo Ambiental deben ser aprobado

por las autoridades ambientales y después se debe obtener la Licencia Ambiental. Es importante que todo el personal en el Hotel Fiesta sea capacitado acerca del Plan de Manejo Ambiental, para que se asegure su cumplimiento.

No. 12

Aspecto Participación Social Criterio Auditable

Acuerdo 066. Instructivo al Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social Art. 2.- Participación Social (PPS) se realizará de manera obligatoria en todos los proyectos o

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((189(

actividades que requieran de licencia ambiental tipo II, III y IV.

Medidas 1. Este proyecto corresponde a una licencia ambiental IV, por lo cual la participación social es un

paso obligatorio y se realizará con ayuda de un facilitador social.

11.10.2&Matriz&de&implementación&

Matriz de Implementación: Plan de Acción Cumplimiento

Medida 1. Levantamiento de No Conformidades

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro fotográfico. � Tiempo de ejecución: • Inmediatamente. �

Frecuencia: • Constante. �

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos: Esta medida no involucra costos adicionales.

11.11(Plan(de(Monitoreo(y(Seguimiento(

11.11.1&Monitoreo&de&la&calidad&del&agua& El monitoreo de la calidad del agua se realizará de misma manera en la cual se realizó el monitoreo en este Estudio de Impacto Ambiental Expost. A continuación se presentan los detalles: • Lugar de monitoreo: Punto de descarga del agua tratada de la planta de tratamiento de

aguas residuales. En lo posible debe realizarse en el mismo punto en el cual se realizó en este estudio, para lo cual se indicó el punto GPS del punto en el cual se tomó la muestra. El objetivo es poder comparar entre los diferentes análisis cada parámetro e identificar si alguno existe un problema sobre el cual se debe tomar acciones.

• Metodología: ^ Toma de muestras: Anexo 7. Protocolo Toma de Muestras de Agua, tomado de

Plan de Manejo Ambiental de Aire, Suelo y Agua (Caduceus, 2013).

• Parámetros de análisis: h Temperatura. h Conductividad h pH. h Potencial redox.

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((190(

h TDS. h Oxígeno disuelto. h Coliformes totales. h E. Coli. h Nitratos. h Nitritos. h Otros que sean recomendados por el encargado de realizar el monitoreo.

• Los resultados deben analizarse junto a la norma ambiental vigente y en caso de

inconformidades tomar medidas.

11.10.2&Matriz&de&implementación&

Matriz de Implementación: Plan de Monitoreo y Seguimiento Cumplimiento

Medida 1. Monitoreo de la calidad del agua

Indicadores / Medidas de comprobación: • Informes de análisis de agua, emitidos por el laboratorio

acreditado por la OAE. �

Tiempo de ejecución: • Cuando el PMA haya sido aprobado oficialmente. �

Frecuencia: • Inicio de funcionamiento de la PTR: trimestral. • Funcionamiento normal de la PTR: semestral.

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos:

Item Precio Unitario (U D) Total (USD)

Análisis de muestra de agua (Laboratorio acreditado)

400.00 7531.00

11.12(Plan(de(abandono(y(entrega(del(área( El abandono del lugar que ocupa el Hotel Fiesta es muy poco probable, debido a que como se ha visto el hotel lleva muchos años en funcionamiento. Sin embargo, en caso de que esto ocurra se deben tomar en cuenta las siguientes consideraciones: " Antes de derrocar se debe colocar señalización alrededor del área y una malla verde de

plástico para disminuir el impacto visual.

" Previo al derrocamiento se debe avisar a la población dentro del área de influencia. Una semana antes mediante un comunicado y media hora antes mediante una sirena.

" El derrocamiento de la infraestructura se debe realizar de manera ordenada y por profesionales para evitar generar un impacto grave.

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((191(

" Posterior al derrocamiento se deben recoger todos los escombros y ser transportados en

volquetes a un lugar asignado y aprobado por las autoridades locales de competencia. Los volquetes deben mantener cubiertos los baldes con una capa para evitar el desbordamiento de los materiales.

" Una vez que el terreno se haya limpiado, debe cumplir el plan de restauración que se

presenta a continuación.

11.12.1&Matriz&de&implementación&

Matriz de Implementación: Plan de Abandono y Entrega del Área Cumplimiento

Medida 1. Plan de abandono y entrega del área

Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro fotográfico. • Facturas contratación del volquetes, etc. • Acta de entrega del área.

Tiempo de ejecución: • Cuando se decida abandonar el área. �

Frecuencia: • Cuando se decida abandonar el área. �

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos: Los costos van a depender de las circunstancias del momento en que se decida realizar el abandono.

11.13(Plan(de(Restauración,(Indemnización(y(Compensación( La principal medida de restauración del área es la reposición de la cobertura vegetal del área afectada.

• Se requiere reforestar toda el área que se va a abandonar, es decir, el área ocupada por el Hotel Fiesta.

• Los costos de restauración del área deben ser asumidos por el dueño del hotel. • El crecimiento de la vegetación debe ser monitoreado por parte de la autoridad

ambiental competente y del responsable del Hotel Fiesta, hasta asegurar la restauración total del área.

11.13.1&Matriz&de&implementación&

Matriz de Implementación: Plan de Restauración, Indemnización y Compensación Cumplimiento

Medida 1. Plan de Indicadores / Medidas de comprobación: • Registro fotográfico. �

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EsIA(Expost(Hotel(Fiesta(((((((192(

restauración, indemnización y compensación

• Registro monitoreo de vegetación. Tiempo de ejecución: • Cuando se decida abandonar el área. �

Frecuencia: • Cuando se decida abandonar el área. �

Responsables: • Administrador del HF. �

Costos: Los costos van a depender de las circunstancias del momento en que se decida realizar el abandono.

(

11.14(Presupuesto(y(Cronograma( El presupuesto para la implementación de este Plan de Manejo Ambiental es siete mil quinientos treinta y uno dólares ( USD 7 531.00). A continuación se presenta en detalle el presupuesto junto a la Matriz Lógica para su implementación.

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EsIA%Expost%Hotel%Fiesta%%%%%%%193%

Item Unidad Cantidad Precio/unitario/($)

Precio/Total/($) 1./Trimestre 2./Trimestre 3./Trimestre 4./Trimestre

Seguimiento/de/riesgos x Registro*de*matrices*(digital*y*físico).

Administrador*del*HF.

Alternativas/de/prevención/de/riesgos x x x x Registro*fotográfico. Administrador*y*

personal*del*HF.

Adecuación*bodega*de*almacenaje u 1 200,00 200,00 x Registro*fotográfico. Administrador*del*HF.

Trampa*de*grasa*(cocina) u 1 200,00 200,00 x Registro*fotográfico. Administrador*del*HF.

Folletos*huéspedes u 888 0,5 444,00 x x x x Registro*fotográfico.* Administrador*y*personal*del*HF.

Mantenimiento*PTR u 1 150,00 150,00 xFacturas*pago*de*mantenimiento. Administrador*del*HF.

Plástico*para*mantenimiento m 5 1,40 7,00 x

Siembra*de*plantas u 1 20,00 20,00 x

Prevención/de/la/erosión/del/suelo x x x x Registro*fotográfico. Administrador*del*HF.

Nivel/de/ruido Mantenimiento*bomba u 1 150,00 150,00 x Factura. Administrador*del*HF.

Conservación/de/la/presencia/y/diversidad/de/fauna,/cobertura/vegetal,/hábitat/y/calidad/del/paisaje

x x x x Registro*fotográfico. Administrador*del*HF.

Prevención/de/la/afectación/a/la/salud/de/la/población x x x x

Registro*fotográfico,*registro*de*mantenimiento.

Administrador*y*personal*del*HF.

Prevención/de/conflictos/sociales/y/afectación/a/acitivdades/económicas

xRegistro*fotográfico,*registro*de*asistencia*a*reuniones. Administrador*del*HF.

Plan/de/Prevención/y/Mitigación/de/Impactos

Registro*fotográfico.* Administrador*del*HF.

Plan/de/Análisis/de/Riesgos/y/de/

Alternativas/de/Prevención

Protección/calidad/del/agua

Protección/calidad/del/suelo

Los*costos*ya*han*sido*considerados*en*otras*medidas.

Los*costos*ya*han*sido*considerados*en*otras*medidas.

No*involucra*costos.

Los*costos*ya*han*sido*considerados*en*otras*medidas.

No*involucra*costos.

No*involucra*costos.

Presupuesto/y/Matriz/Lógica

Programa Descripción

CronogramaIndicadores/de/cumplimiento/

//Medio/de/verificación Responsable

Costos

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EsIA%Expost%Hotel%Fiesta%%%%%%%194%

Manejo'de'residuos'sólidos x x x x Registro*fotográfico. Personal*del*HF.

Manejo'de'residuos'líquidos x x x xRegistro*fotográfico.*Aceite*usado:*registro*de*entrega*a*gestor.

Administrador*y*personal*del*HF.

Planta'de'tratamiento'de'aguas'residuales Mantenimiento u 2 150,00 300,00 x x Registro*fotográfico.*Factura*de*

mantenimiento.Administrador*del*HF.

Comunicación x x x xRegistro*de*asistencia*a*reuniones. Administrador*del*HF.

EIA*y*PMA u 1 250,00 250,00 x

Seguridad*y*salud*ocupacional

u 2 300,00 600,00 x x

Manejo*adecuado*de*residuos

u 1 250,00 250,00 x

Cotingencias u 2 450,00 900,00 x xPrimeros*auxilios u 1 450,00 450,00 x

Educación'ambiental Educación*ambiental u 1 250,00 250,00 xPrograma'de'información'y'comunicación x Actas*de*reuniones.

Programa'de'compensación'e'indemnización

Acta*de*finalización*de*medida*de*compensación.

Programa'de'contratación'de'mano'de'obra'local x x x x Contratos.

Programa'de'educación'ambiental Educación*ambiental u 1 250,00 250,00 x x Registro*de*asistencia*a*charlas.*

Registro*fotográfico.

Formación'de'brigada'de'contingencias'y'equipamiento

Recarga*de*extintores u 5 25,00 125,00 x

Acta*de*formación*de*brigada.*Registro*de*capacitaciones.*Facturas*de*compra/recarga*de*equipamiento.

Formación*de*brigada:*Administrador*del*HF.*Responsabilidades*de*equipos*de*brigada:*Personal*del*HF.

Acciones'en'caso'de'incendios

Registro*de*asistencia*a*capacitaciones.*Registro*revisión*mensual*de*extintores.*Registro*revisión*semestral*de*conexiones*principales*y*cajas*eléctrica.*Informe*de*incendio*(en*caso*de*ocurrir).

Administrador*y*personal*del*HF.

Acciones'en'caso'de'tsunamis

Registro*de*asistencia*a*capacitaciones.

Administrador*y*personal*del*HF.

Acciones'en'caso'de'sismos Registro*de*asistencia*a*charlas.*Registro*fotográfico.

Administrador*y*personal*del*HF.

Plan'de'Comunicación,'Capacitación'y'Educación'Ambiental

No*involucra*costos.

Plan'de'Manejo'de'Desechos

Plan'de'Contingencias No*involucra*costos

No*involucra*costos

No*involucra*costos

Administrador*del*HF.

Eventual

Eventual

Eventual

Capacitación Registro*de*asistencia*a*capacitaciones.

Organización:*Administrador*del*HF.*Asistencia:*Personal*del*HF.

No*involucra*costos

No*se*puede*identificar*los*costos. Eventual

No*involucra*costos

Plan'de'Relaciones'

Comunitarias

No*involucra*costos.

No*involucra*costos

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EsIA%Expost%Hotel%Fiesta%%%%%%%195%

Proveer&de&vestimenta&adecuada&y&acceorios&al&personal

Faja$lumbar u 1 35,00 35,00 xRegistro$fotográfico.$Actas$de$recepción$de$la$vestimenta$y$accesorios.

Proveer$vestimenta$y$accesorios:$Administrador$del$HF.$Uso$y$cuidado$de$vestimenta$y$accesorios:$Personal$del$HF.

Examen&médico&ocupacional Examen$ocupacional u 9 150,00 1350,00 x Informes$médicos.

Organización:$Administrador$del$HF.$Asistencia:$Personal$del$HF.

Plan&de&Monitoreo&y&Seguimiento

Monitoreo&de&la&calidad&del&agua

Análisis$de$muestra$de$agua$(Laboratorio$acreditado)

u 4 400,00 1600,00 x x x xInformes$de$análisis$de$agua,$emitidos$por$el$laboratorio$acreditado$por$la$OAE.

Administrador$del$HF.

Registro$fotográfico.$Facturas$contratación$volquetes,$etc.$Acta$de$entrega$del$área.

Administrador$del$HF.

Registro$fotográfico.$Registro$monitoreo$de$vegetación. Administrador$del$HF.No$se$puede$determinar$los$costos.

Plan&de&Abandono&y&Entrega&del&Área

Plan&de&Restauración,&indemnización&y&Compensación

No$se$puede$determinar$los$costos.

TOTAL 7531,00

Plan&de&Seguridad&y&Salud&en&el&Trabajo

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XII.%Programa%de%Participación%Social% La participación social es uno de los principales elementos de un estudio de impacto ambiental. Mediante el proceso de participación social se informa a la población y autoridades involucradas acerca del proyecto, los impactos potenciales que se generan por las actividades en el proyecto y el plan de manejo ambiental que se ha diseñado para el desarrollo de las actividades. Este proceso es de gran importancia, porque permite que la población esté informada y pueda compartir sus inquietudes o sugerencias que deberán ser incluidas dentro del estudio. El desarrollo del proceso de participación social de este proyecto se llevará a cabo de acuerdo a los lineamientos que se presentan en el Acuerdo Ministerial No. 066.

12.1%Objetivos%

12.1.1$Objetivo$general$ Llevar a cabo el proceso de participación social del proyecto para informar a la comunidad sobre las actividades que actualmente se realizan en el hotel, sus impactos ambientales y las medidas para prevenir o mitigar éstos.

12.1.2$Objetivos$específicos$ • Informar a la comunidad dentro del área de influencia sobre las actividades que se

desarrollarán dentro del hotel.

• Dar a conocer a la población los impactos ambientales que se presentan y han sido analizados y las medidas que se diseñaron para contrarrestar dichos impactos en el Plan de Manejo Ambiental.

• Recibir los criterios, preocupaciones y observaciones de la comunidad con respecto al

proyecto, de tal manera que éstos puedan ser incluido dentro del estudio y los ejecutores del proyecto tengan conocimiento de éstos.

12.2%Mecanismos%de%Participación% Los mecanismos de participación ciudadana son instrumentos que permiten a la ciudadanía, individual o colectivamente, ejercer su derecho constitucional de participación social y control en la gestión de lo público. Existen diferentes mecanismos para la participación ciudadana y control social entre los que se pueden mencionar los siguientes, contemplados en la legislación:

• Reuniones informativas.

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• Talleres participativos. • Centros de Información Pública. • Presentación o Audiencia Pública. • Página Web. • Foros públicos, mesas de diálogo.

Se ha seleccionado como el mecanismo más adecuado para la participación social del Hotel Fiesta una presentación o audiencia pública junto con centros de información pública; sin embargo, esto se determinará definitivamente por el Facilitador Social. A continuación se presentan los detalles estipulados para la participación social.

12.3%Acta%de%Coordinación%para%Aplicación%de%Mecanismos%de%Participación%Social% Como primer paso se firmará el acta de coordinación para aplicación de los mecanismos de participación social entre el representante legal del Hotel Fiesta, el consultor ambiental encargado y encargados de la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección del Parque Nacional Galápagos. El acta contemplará los siguientes detalles: • Mecanismos de participación social seleccionados. • Fechas en las cuales se llevarán a cabo los mecanismos. • Lugar en el cual se encontrará el centro de información pública y en el cual se llevará a

cabo la audiencia pública. • Medios de convocatoria. • Compromisos. • Firmas.

12.4%Centro%de%información%pública% Se dispondrá de un centro de información pública en la recepción del Hotel Fiesta. En este centro se dispondrá de un borrador de este Estudio de Impacto Ambiental Expost y Plan de Manejo Ambiental para que la población pueda acercarse a leerlo y puede registrar sus observaciones en hojas como la presentada a continuación, que se encontrarán junto al estudio.

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En el centro de información se encontrará siempre una persona a cargo del estudio en el horario de 10:00 – 13:00 a 14:00 – 18:00. El centro se abrirá una semana antes de la audiencia pública y una después de la misma. Más allá, se firmará un acta de apertura y un acta de cierre del centro de información.

12.5%Audiencia%Pública% La audiencia pública se realizará en el restaurante del Hotel Fiesta. Esta se llevará a cabo de la siguiente manera: 1. Firma del acta de ejecución de la audiencia pública. 2. Registro de los participantes. 3. Intervención del ejecutor del proyecto. 4. Presentación del EIA Expost y Plan de Manejo Ambiental por parte del consultor. 5. Foro de discusión. Participación de la comunidad. Registro de las observaciones. 6. Cierre de la audiencia pública.

Para la presentación del estudio se dispondrá de media hora y para el foro de participación de la comunidad una hora.

12.6%Invitación%

Presentación Pública del Borrador del Estudio de Impacto Ambiental Expost y Plan de Manejo Ambiental del Hotel fIESTA

Nombre y apellido: No. De cédula: Institución: Lugar de residencia: Observación: Firma: Nombre y apellido: No. De cédula: Institución: Lugar de residencia: Observación: Firma:

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EsIA%Expost%Hotel%Fiesta%%%%%%%199%

Se realizará una invitación formal a los actores sociales de las instituciones de Puerto Ayora, las mismas que serán entregadas una semana antes de la apertura del centro de información. La convocatoria a la comunidad se realizará mediante carteles en el muelle, supermercado Proinsular, ingreso al Hotel Fiesta.

Glosario%de%Términos% El siguiente glosario de términos se elaboró tomando en cuenta principalmente parámetros de calidad de agua, suelo y aire. Se incluyeron parámetros adicionales a los analizados en este estudio, debido a que pueden ser de ayuda para futuros análisis del Plan de Manejo Ambiental de este proyecto. A Aluminio.- El aluminio corresponde al metal más abundante en la corteza terrestre. Dentro del

agua se pueden encontrar pequeñas cantidades disueltas, bajo la mayoría de condiciones ambientales. Este compuesto no presenta una amenaza por bio-acumulación en plantas o animales (ATSDR, 2008).

Amoníaco.- El amoníaco es un gas incoloro de olor muy penetrante, que se produce tanto de

manera natural como antropogénica. El amoníaco se disuelve fácilmente en el agua y en esta forma se lo conoce como amoníaco líquidos, amoníaco acuoso o solución de amoníaco. En el agua el amoníaco se transforma generalmente en amonio (ATSDR, 2004).

Azufre.- El azufre es un elemento químico no metálico que es nutriente muy importante para

cultivos, animales y personas. Se utiliza comercialmente para la producción de diferentes productos como fertilizantes, químicos, pinturas, productos de caucho, medicinas, etc. (TSI, 2008). Los suelos de regiones marítimas, como este caso, generalmente contienen concentraciones considerables de este elemento (Sanzano).

B Boro.- El boro es un metaloide que presenta diferentes colores según su forma (Lenntech).

El boro es liberado al medio ambiente desde fuentes naturales como océanos, volcanes y vapores geotérmicos (ATSDR, 1995).

C Clorofila a.- La clorofila a es un tipo de clorofila que se encuentra generalmente en

organismos fotosintéticos como plantas y algas verdes y rojas (Chlorophyll a). Es la clorofila más abundante en los organismos fotosintéticos y en mayor parte da el color verde que tienen las plantas (YSI). La clorofila a presenta una absorción de 400-450 y 650-700 en el espectro electromagnético (Chlorophyll a). En el agua superficial la clorofila, en general, está relacionada con células vivas de algas y demás fitoplancton. La clorofila es un indicador indirecto de la calidad del agua, muestra el crecimiento de

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fitoplancton en el agua, que crece gracias a concentraciones altas de nutrientes, principalmente fósforo y nitrógeno (YSI).

Cloruro.- El cloruro es un compuesto que está distribuido ampliamente en la naturaleza como

sal de sodio (NaCL), potasio (KCl) y calcio (CaCl2). El cloruro puede encontrarse en el agua de manera natural o antropogénica (WHO, 2003).

Cobalto.- El cobalto es un elemento que se puede encontrar naturalmente en las rocas, suelo,

agua, plantas y animales. Este elemento es utilizado para producir aleaciones, colorear vidrio, cerámicas y pinturas. También existe el cobalto radioactivo que tiene usos comerciales y en medicina (ATSDR, 2014).

Cobre.- El cobre es un metal no ferroso muy importante, es un compuesto que se presenta de

forma natural en rocas, suelo, agua y aire. Es un elemento esencial para las plantas y animales (ATSDR, 2004).

Coliformes Totales.- Se denomina coliformes totales a un grupo de bacterias que se

encuentran muy relacionadas y que la mayorías son dañinas, éstas viven en el suelo, agua e intestinos a de animales (EPA, 2012).

Color.- El color se define por la Real Academia Española como la “propiedad de la luz

transmitida, reflejada o emitida por un objeto, que depende de su longitud de onda” (Real Academina Española). El color del agua pura es cristalino.

Compuestos Orgánicos Volátiles (COVs).- Los compuestos orgánicos volátiles son

compuestos de carbono, exceptuando el monóxido de carbono, dióxido de carbono, ácido carbónico, carbonatos y carbonato de amonio (EPA), que se evaporan a temperatura ambiente (Vermont Government).

Conductividad.- La conductividad de una sustancia muestra su habilidad o poder de conducir

o transmitir calor, electricidad o sonido. Por ejemplo, el agua pura es un buen conductor de electricidad. En el agua la conductividad incrementa cuando el agua disuelve compuesto iónicos (Lenntech) . La conductividad eléctrica del suelo es una medida que se correlaciona con las propiedades del suelo, afectando la producción de los cultivos, textura del suelo, condiciones de drenaje, concentración de materia orgánica, salinidad, entre otras (Grisso, Alley, Holshouser, & Thomason, 2009).

Cromo.- El cromo es un elemento que se encuentra de forma en rocas, animales, plantas y en

el suelo. Las formas más conocidas del cromo son el cromo (0), cromo (III) y cromo (VI) (ATSDR, 2008).

D DBO5 (Demanda biológica de oxígeno en 5 días).- La demanda biológica de oxígeno es una

medida que muestra la cantidad de oxígeno que ha sido consumida por procesos biológicos en los cuales se desintegra la materia orgánica (EPA).

Dióxido de azufre (SO2).- Consiste en un grupo de gases altamente reactivos. Se forma

naturalmente por actividad volcánica y es un gas residual de la quema de carbón y

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petróleo. El dióxido de azufre contribuye en gran parte a la lluvia ácida (Vermont Government).

Dióxido de nitrógeno (NO2).- El dióxido de nitrógeno es gas tóxico y corrosivo, y un oxidante

altamente reactivo (Vermont Government). DQO (Demanda química de oxígeno).- La demanda química de oxígeno es la cantidad de

oxígeno consumida para degradar la materia inorgánica y orgánica, que es susceptible a oxidarse mediante un oxidante fuerte (WHO, 1996).

E E. Coli (Escherichia coli).- E. coli es una bacteria que se encuentra generalmente en el

intestino del ser humano u de otros animales de sangre caliente. En el caso del agua, E. coli ingresa por contaminación causando graves enfermedades si se consume esta agua (OMS). Este parámetro es utilizado como indicador de seguridad bacteriológica en el agua (CCME).

Estroncio.- El estroncio es un elemento que se encuentra de forma natural en rocas, suelo,

polvo, carbón y petróleo (ATSDR, 2004). En el agua, se encuentra de manera natural en agua de mar junto al calcio y puede formar parte del esqueleto de algunas especies marinas (Universidad de Sonora).

F Fosfato.- En el agua se encuentra de manera natural en solución, en forma de partículas o

detritus, o incluso en los organismos acuáticos (XTEC). Fósforo.- El fósforo es la base de muchos compuesto, siendo los más importantes los fosfatos

(Lenntech). Este compuesto es un nutriente esencial para el crecimiento de todas las formas de vida. En el agua el fósforo se encuentra en agua dulce como marina como partícula o disuelto (NC State University).

H HAP´s (Hidrocarburos aromáticos policíclicos).- Este parámetro representa a un grupo de

más de 100 sustancias químicas diferentes que se forman durante la combustión incompleta del carbón, petróleo y gasolina, y otras sustancias orgánicas. Del mismo modo se puede encontrar en el petróleo crudo y pocos se utilizan para medicamentos, tinturas y pesticidas (ATSDR, 1996).

Humedad.- La humedad del suelo es un parámetro que muestra la cantidad de agua que se

acumula o conserva entre las partículas del suelo (NASA, 1999). M Magnesio.- Es un elemento químico metálico de color blanco plateado y muy ligero. El

magnesio es muy abundante en la naturaleza y puede encontrarse en el agua de mar (Lenntech).

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Manganeso.- El manganeso es un metal esencial para vida animal y no es muy común su

presencia en el agua, cuando se presenta está asociado al hierro (Organización Panamerica de la Salud).

Materia Orgánica.- La materia orgánica comprende todos los organismos vivos en el suelo y

los residuos de organismos que vivían previamente, en varios niveles de descomposición (Department of Primary Industries, Parks, Water and Environment, 2013).

Mercurio.- El mercurio es un metal noble que se presenta como un líquido blanco plateado a

temperatura ambiente. Este elemento es soluble únicamente en soluciones oxidantes (Lenntech).

Molibdeno.- Es un metal gris plateado. Se encuentra de forma natural en el suelo y ciertos

compuestos del molibdeno son utilizados como aditivos lubricantes y en la agricultura para prevenir la carencia de molibdeno en los cultivos (Organización Panamericana de la Salud, 2003).

Monóxido de Carbono (CO).- Este compuesto no presenta olor u color y es un gas emitido de

la combustión de combustibles fósiles (Vermont Government). N Níquel.- El níquel es un elemento que se presenta de forma natural abundantemente. La

mayor parte de este elemento se utiliza para fabricar acero inoxidable. El níquel y sus compuestos no tienen olor ni sabor característico y se presenta en todos los suelos y es liberado por emisiones volcánicas, del mismo modo se encuentra en el suelo de los océanos (ATSDR, 2005).

Nitratos.- Los nitratos es un compuesto inorgánico que se compone de un átomo de nitrógeno

y tres átomos de oxígeno. Este compuesto generalmente no significa un riesgo para la salud a menos de que sea reducido a nitrito (Lenntech).

O OD (Oxígeno disuelto).- Este parámetro se entiende como la cantidad de oxígeno que se

encuentra disuelto en el agua. Existen varios factores que pueden influir en la concentración del oxígeno disuelto en el agua como la temperatura o cantidad de bacterias (Lenntech).

Ozono.- El ozono es un compuesto formado por tres átomos de oxígeno, siendo un gas sin

color u olor (Vermont Government). P pH (Potencial de Hidrógeno.- El pH es el indicador de la acidez de una sustancia y en el

agua es importante, porque determinados procesos químicos solamente pueden suceder a un determinado pH. Cuando el pH es superior a 7 se trata de un agua básica, cuando es 7 neutra y menor a 7 ácida.

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Plomo.- Este compuesto es un metal gris-azulado que se presenta de manera natural en

pequeñas cantidades en la corteza terrestre (ATSDR, 2007). PM2.5.- Los PM son partículas de composición compleja, contienen: amoniaco, sulfatos,

nitratos y carbón, se encuentran suspendidas en el aire (OMS , 2011). PM10.- Los PM son partículas de composición compleja, contienen: amoniaco, sulfatos, nitratos

y carbón, se encuentran suspendidas en el aire (OMS , 2011). PM sedimentable.- Se denomina PM sedimentable a las partículas que por efecto de su

densidad se depositan en las superficies (Ambigest , 2013). Potasio.- El potasio en un metal alcalino que es reactivo, ligero y blando. El potasio como

cloruro de potasio se utiliza principalmente en mezclas fertilizantes, como hidróxido de potasio se utiliza para la producción jabones líquidos y como carbonato de potasio para jabones blandos (Lenntech).

Potencial Redox.- El potencial redox es un parámetro que permite controlar las reacciones de

oxidación y reducción que juegan un papel importante en el comportamiento de varios elementos en el medio ambiente como la removilización y el transporte de metales, especialmente de hierro y manganeso o la transformación de compuestos con importancia biológica (Matia, Rauret, & Rubio , 1991).

S Salinidad.- Salinidad es la medida del contenido de sal en el agua. Las sales son altamente

solubles en agua superficial y subterránea y pueden ser transportadas con el movimiento del agua (Australian Government, 2012). Este parámetro se refiere a la cantidad de sales en el suelo y puede ser estimada comúnmente mediante la conductividad eléctrica (Smart-Fertilizer).

Sodio.- El sodio es un metal suave, reactivo y de bajo punto de fusión, y es el más importante

de los metales alcalinos. También es el segundo elemento más abundante en solución en el agua de mar (Lenntech).

Sulfatos.- Los sulfatos son sales del ácido sulfúrico, combinándose el anión SO42- con

cationes como el calcio (Red Rock Consulting, 2009). Estos compuestos suelen ser sales solubles en agua exceptuando las de Pb, Ba, Sr (XTEC).

T TDS (Sólidos disueltos totales).- Este parámetro se utiliza para describir sales inorgánicas y

pequeñas cantidades de materia orgánica presente en solución en el agua. Los principales elementos presentes son cationes de calcio, magnesio, sodio y potasio, carbonato, carbonato de hidrógeno, y aniones de cloruro, sulfato y nitratos (WHO, 2003).

Temperatura.- La temperatura se define como el intercambio de calor entre dos objetos

(Lenntech).

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TPH´s (hidrocarburos totales de petróleo).- Este parámetro corresponde a una familia de

varios compuesto químicos que se originan del petróleo crudo., es decir, una mezcla de productos químicos compuestos principalmente de hidrógeno y carbono (ATSDR, 1999).

Turbidez.- La turbidez es un parámetro generalmente monitoreado en la calidad del agua,

debido a que es una medida indirecta de la presencia de partículas en suspensión (Lenntech).

U Uranio.- El uranio es una sustancia radioactiva que ocurre en forma natural, se puede

encontrar en las rocas, tierra, aire y el agua en forma de minerales. En el suelo se encuentra en concentraciones típicas de unas pocas partes por millón (ppm) (ATSDR, 1999).

V Vanadio.- Este elemento es un metal de color blanco-grisáceo que se presenta en la

naturaleza generalmente en forma de cristales y puede ser encontrado en rocas, minerales de hierro y depósitos de petróleo crudo. El vanadio se adhiere fuertemente al suelo y a sedimentos (ATSDR, 2009).

Z Zinc.- El zinc es su forma pura se presenta como un metal brillante blanco-azulado, es uno de

los elementos más comunes en la corteza terrestre y se lo puede encontrar en el aire, suelo, agua y está presente en todos los alimentos. En el suelo la mayor parte del zinc permanece adherido a partículas del suelo y no se disuelve en agua (ATSDR, 2005).

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Anexos% Anexo 1.- Certificado de Intersección

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EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALESCERTIFICADO DE INTERSECCIÓN

HOTEL FIESTA

HOTEL FIESTA

CROQUIS DE UBICACIÓN

LEYENDA TEMÁTICABosques protectores

Zonas intangibles

SNAP

Zona Amortiguamiento YasuníPatrimonio Forestal del EstadoSubsistema Autónomo Descentralizado

HOTEL FIESTA

DATUM:Proyección Universal Transversa

de MercatorWGS-84 Zona 17 Sur

ESCALA:1:5000

DIRECCIÓN NACIONAL DE PREVENCIONDE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL

ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓNEl proyecto:

No intersecta con SNAP.No intersecta con Subsistema AutónomoDescentralizado.No está dentro de Zona Amortiguamiento Yasuní.No intersecta con Patrimonio Forestal del Estado.No intersecta con Bosques protectores.No está dentro Zonas intangibles.

INFORMACION SUJETA A VERIFICACIONDE CAMPO.

FUENTE INFORMACIÓN CARTOGRÁFICACARTOGRAFÍA BASE Cartas Topográficas Instituto Geográfico

Militar I.G.M.Escala 1:50.000

CARTOGRAFÍA TEMÁTICA Sistema Nacional de Áreas Protegidas,

Bosques Protectores y Patrimonio Forestal

del Estado. MINISTERIO DEL AMBIENTE

Generado por:S.U.I.A.

Fecha Elaboración:Jue, 26 febrero

2015

500 0 500 1000 m

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Anexo 2.- Aprobación TDR´s

MAE-SUIA-RA-PNG/DIR-2015-01202

SANTA CRUZ, 16 de abril del 2015 Sr/a. ROSSANA HERRERA REPRESENTANTE LEGAL HOTEL FIESTA

De mi consideración:

Mediante trámite MAE-RA-2015-122276, recibido 26 de febrero del 2015, su representada remitió los Términos de Referencia para el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto HOTEL FIESTA, ubicada en GALAPAGOS - SANTA CRUZ - PUERTO AYORA para el análisis y pronunciamiento.

Analizada la información; Director de Gestión Ambiental, comunicó que la documentación presentada cumple con lo establecido en el manual de Categoría IV y normativa ambiental aplicable; por lo que se solicitó remitir información complementaria, atendiendo algunos requerimientos.

En atención a lo indicado, su representada remite las respuestas a las observaciones de los Términos de Referencia para Estudio de Impacto Ambiental y en base del Informe Técnico 066-2015-DGA-CA-PC/DPNG con fecha 13 de abril del 2015, se determina que tanto los Términos de Referencia para Estudio de Impacto Ambiental como la información complementaria cumplen con lo establecido en el manual de categoria IV y normativa ambiental aplicable, por lo que Director de Gestión Ambiental , aprueba los Términos de Referencia para Estudio de Impacto Ambiental del HOTEL FIESTA, ubicado en GALAPAGOS - SANTA CRUZ - PUERTO AYORA.

-------------------------------------------------------------------------- fin del documento ---------------------------------------------------------------------------

Atentamente, Mgs. Amelia Alejandra Ordoñez Muñoz DIRECTORA PARQUE NACIONAL GALÁPAGOS (E)

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Anexo 3.- Permiso para Uso de Suelo

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Anexo 4.- Plano Topográfico

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Anexo 5.- Informe de Análisis de Agua

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Anexo 6.- Mapas Medio Biótico Mapa No. 1.- Zonificación terrestre del área de estudio

Mapa No. 2.- Ecosistemas del área de estudio

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Anexo 7. Protocolo toma de muestras de agua Este protocolo permite obtener muestras válidas, basándose en un procedimiento estandarizado de acuerdo a las normas INEN y OMS, las cuales buscan minimizar al máximo las posibles influencias que pueda haber sobre las muestras de agua obtenidas. %

I.%Preparación%de%materiales%y%equipos%previo%al%muestreo%de%agua:%

1. Calibrar y preparar los equipos de mediciones directas (esto se realiza antes de cada

salida de campo).

2. Asegurar que se dispongan de todos los recipientes para el muestreo de agua de acuerdo al número de muestras y al tipo de análisis que se harán (empacar los recipientes en un cooler).

3. Empacan cuidadosamente los equipos de medición directa (multímetro), GPS, y

cámara fotográfica en sus respectivos estuches.

4. Revisar que todos los materiales y equipos estén listos para el muestreo. Llenar la lista de chequeo a continuación:

$

Lista%de%Chequeo%%para%Muestreo%de%Agua:%

Equipos: (chequear pilas) - Linterna - Multímetro de HACH - GPS - Cámara de fotos (opcional para foto documentar muestras colectadas) Otros: - Medio de transporte confirmado. - Plan de Muestreo (sitios y tipos de muestras a realizarse) - Llenar etiquetas con lápiz (excepto hora) - Frascos/botellas - Lápices - Formulario #1 - Tablero para escribir - Cooler (caja enfriadora) - Ice-packs - Cinta (para sellar botellas) - Toallas para secar - Guantes de nitrilo - Balde (máximo de 20 cm de diámetro) con extensión (de 2 mts) - Manguera (con acople para llave de agua) - Frasco de vidrio para mediciones directas (abertura ancha)

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- Agua destilada - Alcohol $

II.%Procedimiento%para%la%toma%de%muestras%de%agua:%

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1. Tomar la muestra con cuidado. No se debe realizar ninguna otra actividad al mismo tiempo como: comer, beber, fumar, utilizar el celular, etc.

2. Se recomienda el uso de guantes estériles para la toma y manejo de las muestras. En

caso de no usar guantes las manos deben estar limpias y pueden ser enjuagadas con el agua disponible, siempre y cuando no se contamine ni altere la fuente. Precaución: desechar el agua utilizada para lavarse las manos y los recipientes en un lugar aparte, lejos de la fuente de donde se tomarán las muestras de agua.

3. Colectar las muestras de agua directamente de la fuente, en lo posible.

4. Si la muestra de agua y mediciones se toman de una llave de agua, se debe abrir la

llave y dejar correr de uno a dos minutos.

5. Se recomienda que el recipiente en que se colecten las muestras sea nuevo y esté sellado. (En caso de utilizar recipientes que no son nuevos, se debe conocer la procedencia de los mismos y el método de limpieza y esterilización utilizado).

6. El recipiente debe ser abierto, vaciado y lavado en el momento de muestrear. Se debe

lavar cada recipiente tres veces con agua de la fuente y desecharla en un lugar aparte.

7. El recipiente debe ser cerrado bajo el agua, asegurándose de que no queden burbujas

de aire en el interior (voltear el recipiente, boca abajo, para verificar que no se formen burbujas).

8. El recipiente debe ser bien cerrado, o en caso necesario sellado con cinta, para evitar

fugas de agua.

9. El recipiente debe ser claramente etiquetado para evitar confusión de datos. Anotar fecha, hora, lugar, fuente, responsable de la muestra y tipo de muestra, en caso de realizar varios tipos de análisis.

10. Llenar un formulario de campo para cada sitio muestreado, en el cual se registre

información respecto a quien tomó la muestra, sitio de muestreo, fecha, hora, condiciones climáticas, tipos de parámetros a ser analizados, datos de mediciones directas, y observaciones acerca de la muestra. (Se deben archivar los formularios en un registro de los datos obtenidos en el campo).

11. Simultáneamente se debe tomar mediciones directas con el multímetro, en lo posible

introducir las sondas directamente en la fuente de agua. Realizar un mínimo de tres mediciones por cada sitio de muestreo y por cada parámetro (conductividad, oxígeno

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disuelto, pH, potencial redox, sólidos disueltos totales, temperatura). Anotar todos los datos obtenidos en el formulario.

12. Si la fuente de agua no es muy accesible para realizar mediciones directas con las

sondas, se deben tomar muestras de agua con un recipiente abierto. Estas muestras deben ser tomadas siguiendo el mismo procedimiento del punto 4. De igual manera se debe realizar un mínimo de tres mediciones por cada muestra y parámetro.

13. En caso de tomar mediciones directas de una llave se conecta un acople con una

manguera que se introduce al fondo de un recipiente de vidrio y se deja correr el agua durante toda el tiempo de la medición.

14. Registrar el sitio exacto de muestreo marcándolo con un GPS.

15. Registrar fotográficamente todo el proceso de muestreo y de mediciones directas.

16. Guardar las muestras en un ambiente de temperatura controlada entre 4 y 8°C nevera

o cooler.

17. Transportar las muestras al laboratorio para su análisis en el menor tiempo posible. Para parámetros generales, metales pesados, HAPs, TPHs, y aniones, se pueden conservar hasta un máximo de 48 horas. Para parámetros bacteriológicos, DQO, y DBO se deben conservar (bajo refrigeración) hasta un máximo de 24 horas.