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Gaceta Legislativa Año III Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 17 de marzo de 2016 Número 127 C C O O N N T T E E N N I I D DO O Orden del día............................................... p 3. Iniciativas De decreto por el que se autoriza a los municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por con- ducto de sus ayuntamientos, a contratar créditos o empréstitos hasta por los montos que se determinen para cada caso, y para afectar el derecho y los ingre- sos que les correspondan en el Fondo de Aportacio- nes para la Infraestructura Social, como fuente de pago de los mismos, mediante la modificación o ad- hesión, según corresponda, a un fideicomiso de ad- ministración y fuente de pago....................... p 5. Con proyecto de decreto que reforma el artículo 145 y deroga el artículo 146 ambos de la Ley de Ejecución de Sanciones y Reinserción Social para el Estado de Veracruz ................................................... p 7. De decreto que adiciona la fracción VII del artículo 8 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para incorporar la violencia política por razo- nes de género ............................................ p 8. Dictámenes De la Comisión Permanente de Gobernación, por el que se acepta la renuncia para separarse del cargo al subagente municipal propietario de la congrega- ción de 20 de Noviembre, perteneciente al municipio de Sayula de Alemán, y por el que se llama al suplen- te respectivo. ........................................... p 12. De la Comisión Permanente para la Igualdad de Género, por los que se autoriza a suscribir con- venio de colaboración con el Instituto Nacional de las Mujeres, para alcanzar la igualdad de oportuni- dades y de trato en aquellos municipios, a los ayun- tamientos de: Acayucan................................................. p 13. Atlahuilco . .............................................. p 15. Citlaltépetl ............................................... p 17. Tatatila .................................................... p 18. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal: Por el que se autoriza al ayuntamiento de Alvarado, para que disponga de recursos del Fondo de Aporta- ciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2015, y en consecuencia realice conforme a la ley, el pago, a efecto de dar cumplimiento a un laudo emitido en su contra por el Tribunal de lo Con- tencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado de Veracruz.............................................. p 20. Por el que se autoriza al ayuntamiento de Minatitlán, a enajenar diversas unidades vehiculares y, con el producto obtenido, realice el pago conforme a la ley, por concepto de laudo laboral al que ha sido conde- nado el ayuntamiento por parte del Tribunal de Con- ciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave ....................... p 22.

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Gaceta Legislativa

Año III Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 17 de marzo de 2016 Número 127

CCCOOONNNTTTEEENNNIIIDDDOOO

Orden del día............................................... p 3. Iniciativas De decreto por el que se autoriza a los municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por con-ducto de sus ayuntamientos, a contratar créditos o empréstitos hasta por los montos que se determinen para cada caso, y para afectar el derecho y los ingre-sos que les correspondan en el Fondo de Aportacio-nes para la Infraestructura Social, como fuente de pago de los mismos, mediante la modificación o ad-hesión, según corresponda, a un fideicomiso de ad-ministración y fuente de pago ....................... p 5. Con proyecto de decreto que reforma el artículo 145 y deroga el artículo 146 ambos de la Ley de Ejecución de Sanciones y Reinserción Social para el Estado de Veracruz ................................................... p 7. De decreto que adiciona la fracción VII del artículo 8 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para incorporar la violencia política por razo-nes de género ............................................ p 8. Dictámenes De la Comisión Permanente de Gobernación, por el que se acepta la renuncia para separarse del cargo al subagente municipal propietario de la congrega-ción de 20 de Noviembre, perteneciente al municipio de Sayula de Alemán, y por el que se llama al suplen-te respectivo. ........................................... p 12.

De la Comisión Permanente para la Igualdad de Género, por los que se autoriza a suscribir con-venio de colaboración con el Instituto Nacional de las Mujeres, para alcanzar la igualdad de oportuni-dades y de trato en aquellos municipios, a los ayun-tamientos de: Acayucan ................................................. p 13. Atlahuilco . .............................................. p 15. Citlaltépetl ............................................... p 17. Tatatila .................................................... p 18. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal:

Por el que se autoriza al ayuntamiento de Alvarado, para que disponga de recursos del Fondo de Aporta-ciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2015, y en consecuencia realice conforme a la ley, el pago, a efecto de dar cumplimiento a un laudo emitido en su contra por el Tribunal de lo Con-tencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado de Veracruz .............................................. p 20. Por el que se autoriza al ayuntamiento de Minatitlán, a enajenar diversas unidades vehiculares y, con el producto obtenido, realice el pago conforme a la ley, por concepto de laudo laboral al que ha sido conde-nado el ayuntamiento por parte del Tribunal de Con-ciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave ....................... p 22.

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Gaceta Legislativa 2 jueves 17 de marzo de 2016

Por el que se autoriza al ayuntamiento de Santiago Tuxtla, a suscribir convenio de colaboración adminis-trativa en materia de catastro, con la Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección General de Catas-tro y Valuación ............................................... p 23. Por el que se autoriza al ayuntamiento de Tantima, a disponer de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demar-caciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2016 y, en consecuencia, se realice conforme a la ley el pago por concepto de diversos pasivos del ejercicio 2015 .............................................................. p 25. Por los que se autoriza a realizar obras públicas cuyos montos exceden del veinte por ciento de sus partidas presupuestales respectivas a los ayuntamientos de: Alpatláhuac . .................................................. p 26. Calcahualco .................................................... p 27. Por los que se autoriza a enajenar lotes de terreno pertenecientes al fundo legal de esos municipios a los ayuntamientos de: Landero y Coss ............................................... p 29. Papantla. ........................................................ p 31. Por los que se autoriza a suscribir convenio de colabo-ración con la empresa Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V., con el fin de que esos ayuntamientos reciban una aportación mensual por la cantidad que resulte de multiplicar 600 kilowatts/hora por la tarifa 5-A en baja tensión, publicada por la Comisión Fede-ral de Electricidad, el cual tendrá una duración de 15 años a los ayuntamientos de: Mixtla de Altamirano ...................................... p 32. Texhuacan ..................................................... p 34. Zongolica . ..................................................... p 35.

Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad municipal, a favor del gobierno del Estado, con destino a la Secretaría de Educación de Veracruz y a la Comisión Federal de Electricidad, con destino final y uso de escuelas o construcción de una subesta-ción eléctrica a los ayuntamientos de: Perote ............................................................ p 36. Tamalín .......................................................... p 38. Tecolutla. ....................................................... p 39. De la Comisión Permanente de Gobernación, por el que se concede ampliación de licencia hasta el día treinta y uno de diciembre de 2017, al regidor sexto propietario del ayuntamiento de Córdoba, y por el que se llama al suplente respectivo. ................ p 41. Pronunciamientos. ............................... p 43.

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Gaceta Legislativa 3 jueves 17 de marzo de 2016

DIPUTACIÓN PERMANENTE DE LA SEXAGÉSI-

MA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE

CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO

DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE 2013-2016

TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL

PRIMER RECESO

CUARTA SESIÓN ORDINARIA

17 de marzo del 2016

11:00 Horas

ORD E N D E L D Í A

I. Lista de asistencia. II. Lectura y en su caso aprobación del proyecto

del orden del día. III. Lectura y en su caso aprobación del acta de la

sesión anterior. IV. Lectura de correspondencia recibida. V. Iniciativa de decreto por el que se autoriza a los

municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por conducto de sus ayuntamien-tos, a contratar créditos o empréstitos hasta por los montos que se determinen para cada caso, y para afectar el derecho y los ingresos que les correspondan en el Fondo de Aporta-ciones para la Infraestructura Social, como fuente de pago de los mismos, mediante la modificación o adhesión, según corresponda, a un fideicomiso de administración y fuente de pago, presentada por el doctor Javier Duarte de Ochoa, gobernador del Estado.

VI. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma

el artículo 145 y deroga el artículo 146 ambos de la Ley de Ejecución de Sanciones y Reinser-ción Social para el Estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave, presentada por el diputado Eduardo Sánchez Macías, integrante del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de Mé-xico.

VII. Iniciativa de decreto que adiciona la fracción VII del artículo 8 de la Ley de Acceso de las Muje-res a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para incor-porar la violencia política por razones de géne-ro, presentada por la diputada Mónica Robles Barajas, integrante del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México.

VIII. De la Comisión Permanente de Gobernación,

dictamen con proyecto de acuerdo por el que se acepta la renuncia para separarse del cargo al subagente municipal propietario de la con-gregación de 20 de Noviembre, perteneciente al municipio de Sayula de Alemán, y por el que se llama al suplente respectivo.

IX. De la Comisión Permanente para la Igualdad de

Género, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Acayucan, Atlahuilco, Citlaltépetl y Tatatila, a suscribir convenio de colaboración con el Insti-tuto Nacional de las Mujeres, para alcanzar la igualdad de oportunidades y de trato en aque-llos municipios.

X. De la Comisión Permanente de Hacienda Mu-

nicipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Alvara-do, para que disponga de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2015, y en conse-cuencia realice conforme a la ley, el pago, a efecto de dar cumplimiento a un laudo emitido en su contra por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado de Veracruz.

XI. De la Comisión Permanente de Hacienda Mu-

nicipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Mina-titlán, a enajenar diversas unidades vehiculares y, con el producto obtenido, realice el pago conforme a la ley, por concepto de laudo labo-ral al que ha sido condenado el ayuntamiento por parte del Tribunal de Conciliación y Arbitra-je del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

XII. De la Comisión Permanente de Hacienda Mu-

nicipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Santiago Tuxtla, a suscribir convenio de colaboración administrativa en materia de catastro, con la

OORRDDEENN DDEELL DDÍÍAA

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Gaceta Legislativa 4 jueves 17 de marzo de 2016

Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección General de Catastro y Valuación.

XIII. De la Comisión Permanente de Hacienda Mu-

nicipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Tantima, a disponer de recursos del Fondo de Aporta-ciones para el Fortalecimiento de los Munici-pios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2016 y, en conse-cuencia, se realice conforme a la ley el pago por concepto de diversos pasivos del ejercicio 2015.

XIV. De la Comisión Permanente de Hacienda Muni-

cipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Al-patláhuac y Calcahualco, a realizar obras públi-cas cuyos montos exceden del veinte por ciento de sus partidas presupuestales respectivas.

XV. De la Comisión Permanente de Hacienda Mu-

nicipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Landero y Coss y Papantla, a enajenar lotes de terreno pertenecientes al fundo legal de esos municipios.

XVI. De la Comisión Permanente de Hacienda Mu-

nicipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Mixtla de Altamirano, Texhuacan y Zongolica, a suscribir convenio de colaboración con la em-presa Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V., con el fin de que esos ayuntamientos reciban una aportación mensual por la cantidad que resulte de multiplicar 600 kilowatts/hora por la tarifa 5-A en baja tensión, publicada por la Comisión Federal de Electricidad, el cual tendrá una duración de 15 años.

XVII. De la Comisión Permanente de Hacienda Mu-

nicipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de Perote, Tamalín y Tecolutla, a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de propiedad municipal, a favor del gobierno del Estado, con destino a la Secretaría de Educación de Veracruz y a la Comisión Fe-deral de Electricidad, con destino final y uso de escuelas o construcción de una subestación eléctrica.

XVIII. De la Comisión Permanente de Gobernación,

dictamen con proyecto de acuerdo por el que

se concede ampliación de licencia hasta el día treinta y uno de diciembre de 2017, al regidor sexto propietario del ayuntamiento de Córdo-ba, y por el que se llama al suplente respectivo.

XIX. Pronunciamiento que da seguimiento al decre-

to que reforma la fracción III del artículo 32 de la Ley que Regula las Construcciones Públicas y Privadas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentado por el diputado José Jesús Vázquez González, integrante del Grupo Legis-lativo del Partido Verde Ecologista de México.

XX. Pronunciamiento sobre acciones a emprender

contra posibles actos de corrupción en la ad-ministración pública del Estado, a cargo de los diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional.

XXI. Se levanta la sesión y se cita a la próxima ordi-

naria.

*****

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Gaceta Legislativa 5 jueves 17 de marzo de 2016

Xalapa-Enríquez, Veracruz 22 de febrero de 2016

Número de Oficio 047/2016 DIP. OCTAVIA ORTEGA ARTEAGA PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LXIII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE P R E S E N T E Con fundamento en lo dispuesto por el artículos 34 fracción III, de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, envío a Usted solici-tud de Autorización a los Municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que no hayan ejercido totalmente el importe previsto en el artículo Primero, primer párrafo del Decreto 250, publicado en la Gace-ta Oficial del Estado número extraordinario 148 de fecha 14 de abril de 2014, por conducto de sus repre-sentantes, en los términos de la Ley, a contratar crédi-tos o empréstitos con una Institución de Crédito del Sistema Financiero Mexicano, hasta por los montos máximos señalados en el artículo 1° del Decreto preci-tado y para afectar como fuente de pago de las obli-gaciones que deriven de la contratación y disposición de los mismos, el derecho y los ingresos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social que a cada uno corresponda, hasta por el porcentaje y bajo el mecanismo que se señala en multicitado Decreto, para que por su amable conducto se someta a la au-torización de esa Soberanía. Con el fin de que los ciudadanos Diputados de la Sexa-gésima Tercera Legislatura de esa Honorable Soberanía cuenten con elementos que les permitan realizar un análisis objetivo de la solicitud y en su caso aprobación, fundamento la presente Iniciativa en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Que la Ley de Coordinación Fiscal en sus artículos 25 fracción III y 50, preceptúan que el Fondo de Aportacio-nes para la Infraestructura Social podrá afectarse para garantizar obligaciones en caso de incumplimiento, o servir como fuente de pago de dichas obligaciones que contraigan con la Federación, las instituciones de crédito que operen en territorio nacional o con personas físicas o morales de nacionalidad mexicana, siempre que cuen-ten con autorización de las legislaturas locales y se ins-criban a petición de las Entidades Federativas o los Mu-nicipios, según corresponda, ante la Secretaría de Ha-

cienda y Crédito Público, en el Registro de Obligaciones y Empréstitos de Entidades y Municipios, así como en el registro único de obligaciones y empréstitos a que se refiere el quinto párrafo del artículo 9° de la Ley de Coordinación Fiscal. Que esa Soberanía emitió el Decreto número 250 por el que se Autoriza a los Municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para que por conduc-to de funcionarios legalmente facultados para repre-sentarlos, gestionen o contraten uno o varios créditos o empréstitos, con el Banco Nacional de Obras y Ser-vicios Públicos, S.N.C., Institución de Banca de Desa-rrollo, que fue publicado en la Gaceta Oficial Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en el número extraordinario 148, de fecha 14 de abril de 2014. Que el Decreto número 250, en su artículo PRIMERO, estableció condiciones, requisitos y límites del monto máximo establecido por cada uno de los municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, correspon-diente a la asignación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social del ejercicio fiscal de 2014, el cual ha sido aprovechado por diversos municipios. Que además, el tercer párrafo del artículo PRIMERO, del mencionado Decreto establece que los municipios podrán formalizar los créditos o empréstitos que indi-vidualmente decidan contratar con base en dicho Decreto en los ejercicios fiscales 2014, 2015, 2016 y/o 2017 inclusive, pero en cualquier caso deberán pagar-se en su totalidad dentro del período constitucional de la administración municipal que contrate el crédito o empréstito de que se trate (2014-2017); esto es, a más tardar el primer día hábil del mes de noviembre de 2017, en el entendido de que el contrato que al efecto se celebre para formalizar el crédito o emprés-tito que corresponda deberá de precisar que dicho instrumento se mantendrá vigente hasta el día 01 de noviembre de 2017 o mientras existan obligaciones a cargo del Municipio de que se trate a favor de Bano-bras, S.N.C., lo que suceda primero. Que recientemente, con la reforma de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de fecha 26 de mayo de 2015, de manera particular en su artículo 117, fracción VIII, segundo y tercer párrafos, se esta-bleció que los Estados y los Municipios no podrán contraer obligaciones o empréstitos, sino cuando se destinen a inversiones públicas productivas y a su refinanciamiento o reestructura, las cuales deberán realizarse bajo las mejores condiciones del mercado, y deberá ser aprobado en la legislatura local por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes.

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Gaceta Legislativa 6 jueves 17 de marzo de 2016

Que derivado de lo anterior y con la finalidad de que los municipios que aún no han aprovechado las bon-dades del mencionado Decreto, someto a considera-ción de honorable Soberanía el siguiente proyecto de:

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE VERA-

CRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, POR CONDUCTO DE SUS AYUNTAMIENTOS, A CONTRATAR CRÉDITOS O EMPRÉSTITOS HASTA POR LOS MONTOS QUE SE DE-TERMINEN PARA CADA CASO, Y PARA

AFECTAR EL DERECHO Y LOS INGRESOS QUE LES CORRESPONDAN EN EL FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAES-TRUCTURA SOCIAL, COMO FUENTE DE PAGO DE LOS MISMOS, MEDIANTE LA

MODIFICACIÓN O ADHESIÓN, SEGÚN CO-RRESPONDA, A UN FIDEICOMISO DE AD-

MINISTRACIÓN Y FUENTE PAGO. Artículo primero. El presente Decreto es de orden público e interés social, y tiene por objeto autorizar a los municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que no hayan ejercido totalmente el importe previsto en el artículo Primero, primer párrafo del Decreto 250, publicado en la Gaceta Oficial del Esta-do número extraordinario 148 de fecha 14 de abril de 2014, por conducto de sus representantes, en los términos de la Ley, a contratar créditos o empréstitos con una Institución de Crédito del Sistema Financiero Mexicano, hasta por los montos máximos señalados en el artículo PRIMERO del Decreto precitado y para afectar como fuente de pago de las obligaciones que deriven de la contratación y disposición de los mis-mos, el derecho y los ingresos del Fondo de Aporta-ciones para la Infraestructura Social que a cada uno corresponda, hasta por el porcentaje y bajo el meca-nismo que se señala en el multicitado Decreto. El presente Decreto se ha otorgado previo análisis de la capacidad de pago de los municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, del destino que se dará a los financiamientos que se contraten con sus-tento en el mismo y mediante el quorum específico de votación que se requiere, de conformidad con lo establecido por el tercer párrafo de la fracción VIII, del artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En la contratación de los créditos se deberá obser-var que éstos no rebasen los importes previstos en el Acuerdo por el que se da a conocer la distribu-ción de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las

Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, entre los municipios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave (FISMDF), para el ejercicio fiscal 2016, publicado en la Gaceta Oficial Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en el número extraordinario 042 de fecha 29 de enero de 2016. Artículo segundo. Las obligaciones que asuman los municipios de manera individual, en razón de los financiamientos contratados con base en el Decreto número 250 publicado en la Gaceta Oficial del Estado número extraordinario 148 de fecha 14 de abril del año 2014, y en el presente Decreto, serán considerados deuda pública extraordinaria a la prevista en la Ley de Ingresos que corresponda a cada uno de los municipios, siendo necesario ajus-tar, en su caso, los correspondientes Presupuestos de Egresos del ejercicio fiscal 2016, para considerar el pago del servicio de deuda que derive de la con-tratación de los créditos. El ejercicio de los recursos emanados del crédito o de los créditos que se contraten deberá verse reflejado en la cuenta pública del ejercicio fiscal 2016. Artículo tercero. Los municipios que decidan contra-tar créditos o empréstitos, con base en lo que se au-toriza en el presente Decreto, deberán contar con la previa y expresa autorización del Ayuntamiento res-pectivo para contratar cada crédito o empréstito, y para afectar un porcentaje del derecho y los flujos de recursos que individualmente le correspondan del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social para el ejercicio presupuestal 2016.

TRANSITORIOS Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, Ór-gano del Gobierno del Estado. Segundo. Para los efectos del presente Decreto, se derogan todas las disposiciones que se opongan al mismo. Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Estatal, a los dos días del mes de marzo del año dos mil dieci-séis.

DR. JAVIER DUARTE DE OCHOA GOBERNADOR DEL ESTADO

(Rúbrica)

*****

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Gaceta Legislativa 7 jueves 17 de marzo de 2016

DIPUTADA OCTAVIA ORTEGA ARTEAGA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LXIII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE P R E S E N T E. El que suscribe Diputado Eduardo Sánchez Macías, integrante del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México ; con fundamento en lo dis-puesto por los artículos 34 fracción I y 38 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 48 fracción I de la Ley Orgáni-ca del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y 34 fracción I del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, pongo a consideración de esta Honorable asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DE-CRETO QUE REFORMA EL ARTICULO 145 Y DEROGA EL ARTICULO 146 AMBOS DE LA LEY DE EJECUCIÓN DE SANCIONES Y REINSERCIÓN SOCIAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE” con el objeto de que a los ciudadanos le sea expedida la carta de No Antecedentes Penales, con base en la presente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

a) Antes de la implementación del nuevo Sistema Penal, la Dirección de Prevención y Readapta-ción Social del Gobierno del Estado de Vera-cruz, estaba asignada a la Secretaria de Go-bierno. Dicha Dirección contaba con un área denominada Casillero Judicial, cuya función primordial era llevar el registro pormenorizado de todas aquellas personas a quienes se les haya iniciado una causa penal y en consecuen-cia las resoluciones que hayan puesto fin al proceso, las resoluciones de segunda instan-cias y en su caso las resoluciones dentro del juicio de amparo. La citada Dirección era la Instancia encargada de proporcionar la Carta de No Antecedentes Penales a todos aquellos ciudadanos que la requerían.

b) A La mayor parte de los ciudadanos que que-

rían acceder a algún puesto laboral, político o de otros ámbitos, les era solicitada la Carta de No Antecedente Penales. Dicha carta como ya se menciono era proporcionada por la Direc-ción de Prevención y readaptación social, mis-ma que se podía tramitar y recibir en la citada dirección en esta ciudad de Xalapa o en los di-versos penales o centro de readaptación social

que se localizan a lo ancho y largo de nuestro Estado.

c) Hoy en día, para muchos trámites y gestiones

se sigue solicitando la Carta de No Anteceden-tes Penales, y es de risa, nadie sabe a dónde se tramita o ante quien acudir para obtenerla, la Dirección encargada del ramo de la prevención y Reinserción social paso a formar parte de la Secretaria de Seguridad Pública estatal, a nivel federal nos dicen que la PGR proporciona la Carta Registral, que no es lo mismo que la car-ta de Antecedentes en cita, un servidor al tra-tar de realizar el trámite me remitieron al C4, así como a otras instancia que nunca me resol-vieron lo que les solicitaba.

d) Analizando la nueva Ley en la materia, que

ahora se denomina ley de ejecución de san-ciones y reinserción social para el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, encontramos que sólo a las autoridades que los soliciten en ejercicio de sus atribuciones se podrán propor-cionar los datos contenidos en el casillero judi-cial y que Queda prohibido suministrar a parti-culares los datos contenidos en el casillero ju-dicial, aun a aquellos que soliciten datos sobre su persona.

e) Considero que dicha disposición vulnera los

derechos de los ciudadanos al no poder acce-der plenamente a una información y a un do-cumento que solo le interesa a él, porque para obtener la Carta de No Antecedentes Penales, tenemos que solicitarla a través de “autorida-des” y me pregunto ¿Cuáles Autoridades?, porque negarle a los ciudadanos su derecho de petición que consagra la constitución fede-ral en su artículo octavo, lo más conveniente es Reformar esa Ley para que los ciudadanos podamos nuevamente ejercer nuestro legítimo derecho a obtener un documento que se ha vuelto indispensable en nuestra vida laboral, política y en otros ámbitos.

Por lo anteriormente expuesto fundado y motiva-do, un servidor, pone a su disposición la INICIA-TIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE RE-FORMA EL ARTICULO 145 Y DEROGA EL AR-TICULO 146 AMBOS DE LA LEY DE EJECUCIÓN DE SANCIONES Y REINSERCIÓN SOCIAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE” con el objeto de que a los ciudadanos le sea expedida la carta de No Antecedentes Penales.

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Gaceta Legislativa 8 jueves 17 de marzo de 2016

Para que quede especificado de la siguiente mane-ra:

DECRETO:

ÁRTICULO ÚNICO.- Se reforma el Artículo 145 y se deroga el artículo 146, ambos de la Ley de Ejecución de Sanciones y Reinserción Social para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave para quedar como sigue:

CAPÍTULO TERCERO DEL CASILLERO JUDICIAL

ARTÍCULO 144. … ARTÍCULO 145. A solicitud de la persona intere-sada, se otorgara la Carta de No Antecedentes Penales basada en los datos contenidos en el casi-llero judicial. ARTÍCULO 146. Derogado.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Ofi-cial del Estado de Veracruz. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

ATENTAMENTE

Xalapa, Enríquez, Veracruz a 17 de Marzo de 2016

DIP. EDUARDO SÁNCHEZ MACÍAS

(RÚBRICA)

***** Dip. Octavia Ortega Arteaga Presidenta de la Mesa Directiva H. Congreso del Estado de Veracruz Presente La suscrita, Diputada MÓNICA ROBLES BARA-JAS, integrante del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México, de esta LXIII Legisla-tura, con fundamento en los artículos 33 fraccio-nes I y IV, y 34 Fracción I de la Constitución Políti-ca del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave; 18 fracciones I y IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Vera-

cruz de Ignacio de Llave, y en los artículos 8, frac-ción I, 75 y 77 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo, someto a consideración de esta Honorable soberanía Iniciativa de Decreto que adiciona la fracción VII al Artículo 8 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, para incorpo-rar la violencia política por razones de género con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La participación social y política ha sido uno de los derechos históricamente negados a las mujeres, convirtiéndolas en ciudadanas de segundo orden. Gracias a tantas y tantas mujeres que a lo largo de la historia han desafiado el orden patriarcal, po-demos decir que estamos construyendo un nuevo orden político y social que incorpora a las mujeres en igualdad. Hace ya un siglo que las mujeres mexicanas inicia-ron un proceso formal para cuestionar los proce-sos de participación política que las excluían del ejercicio de la ciudadanía. Esto es, la posibilidad de participar y decidir en aquellos procesos de toma de decisiones públicas que tienen repercu-sión en la vida de la comunidad. Han transcurrido 62 años de una larga batalla de aquellas mujeres, como Elvia Carrillo Puerto, Auro-ra Meza Andraca, Aurora Jiménez de Palacios, María Lavalle Urbina, Alicia Arellano Tapiaque, y muchas otras mujeres mexicanas, primeras en ocupar puestos de elección popular y que estaban convencidas de la necesidad de participar en las decisiones políticas y en tomar parte del proceso de formulación de leyes. Hoy día, en nuestro país se ha dado un reconoci-miento formal de idéntica categoría de pares ante la ley, de las mujeres y los hombres. Con la refor-ma constitucional publicada el 10 de febrero de 2014, en el contexto del ‘Pacto por México’, se realizó una amplia transformación en materia polí-tico-electoral para garantizar entre otras cosas, la paridad entre géneros en candidaturas a legislado-res federales y locales. Siguiendo este espíritu reformador, el pasado 8 de julio de 2015 esta Soberanía aprobó la iniciativa de Código Electoral que propuso el Ejecutivo del Estado. Este nuevo Código ha incorporado la pari-dad de género de forma tanto vertical, como hori-

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zontal en los procesos de elección federal, estatal y municipal. Así, la igualdad formal se constituye como un principio jurídico y un pilar fundamental del proceso electoral. Estas reformas a las leyes electorales en México y Veracruz dan cumplimiento a los compromisos internacionales que nuestro país ha adquirido al signar diversos tratados en materia de derechos humanos y derechos de las mujeres. En su recomendación General, Número 23 titulada “Vida Política y pública” de 1997, el Comité de la Convención sobre la Eliminación de todas las for-mas de Discriminación contra las Mujeres (CE-DAW), compromete a los Estados parte a tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la dis-criminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hom-bres, el derecho a: votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elec-ciones públicas; participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas; ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos guberna-mentales. En esta tesitura, la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, emitida el 31 de marzo de 1953 y ratificada por México el 23 de marzo de 1981, establece en su artículo III “Las mujeres tendrán derecho a ocupar cargos públicos y a ejercer todas las funciones públicas establecidas por la legislación nacional, en igualdad de condi-ciones con los hombres, sin discriminación algu-na.” Por su parte, la Asamblea General de Naciones Unidas ha emitido algunas resoluciones sobre la participación de las mujeres en la política, en las que se exhorta a los estados a eliminar reglamen-tos y prácticas que de modo discriminatorio impi-den o limitan la participación de las mujeres en el proceso político, así como a fomentar la participa-ción política de la mujer, acelerar el logro de la igualdad entre hombres y mujeres y, en todas las situaciones, incluidas las situaciones de transición política, a promover y proteger los derechos hu-manos de las mujeres. La mayoría de estos principios han sido incorpora-dos en la legislación nacional y estatal en materia de participación política. No obstante, tenemos

que reconocer y sobre todo visibilizar que aún persisten limitaciones culturales e institucionales a la participación política de las mujeres, que se constituyen en la principal fuente de discrimina-ción. La vida política, masculinizada desde su origen, hace que las reglas institucionales de competencia y participación política no tengan un efecto iguali-tario entre hombres y mujeres, siendo la desigual representación de mujeres en cargos de elección popular su mejor ejemplo. Al día hoy, solo una gobernadora mujer está en funciones en el Estado de Sonora lo que represen-ta el .03% % del total de los Estados. En la Cáma-ra de Senadores y de Diputados la representación de las mujeres corresponde a 33.6% y 42.3% respectivamente. Las diputadas y senadoras en el Congreso de la Unión presiden las comisiones de Asuntos Indígenas, Grupos Vulnerables, Derechos de la Niñez, Igualdad de Género, Medio Ambien-te, Protección Civil, entre otras que están vincula-das con los estereotipos o sesgos atribuidos a las mujeres. En el Congreso del Estado de Veracruz las dipu-tadas representamos tan solo el 26%, pero esta participación es aún mucho menor en las presi-dencias municipales donde solo el 12.7% de los municipios están encabezados por una mujer, y así estamos muy por arriba de la media nacional. No obstante que el debate sobre la paridad está ganando cada vez mayor legitimación en nuestra sociedad, y que existen instrumentos jurídicos a nivel nacional y estatal, que garantizan a las muje-res el acceso en condiciones de igualdad a los cargos de representación, es necesario destacar que en las contiendas políticas, persisten ciertas resistencias masculinas, a veces explícitas y a veces disfrazadas o enmascaradas detrás de otros deba-tes que aparentemente nada tienen que ver con lo estipulado en los diversos ordenamientos legales. Algunos ejemplos de estas resistencias son la opo-sición de las autoridades municipales y/o de diri-gentes de partidos políticos, para aceptar la for-mación en género, pese a que existe la reglamen-tación sobre ello y que hay un presupuesto desti-nado a esta tarea. Otra de las manifestaciones de esta resistencia masculina para dejar el control político es la violencia. A medida que aumenta la incursión de las mujeres en la política, incrementa también el riesgo de que sean víctimas de distintas

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formas de violencia, dado que su presencia pare-ciera un desafío y transgresión para la redistribu-ción del poder, como lo ha destacado Marcela Lagarde. La violencia que enfrentan las mujeres en la esfera política puede enmarcarse en algunos de los tipos previstos en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de violencia: Psicológica, Física, Econó-mica y Sexual; y modalidades Laboral, Comunita-ria, Institucional y Feminicida. Así lo considera también el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en su estudio “Violencia contra las Mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos”, señalando que la violencia contra las mujeres en el ámbito político puede enmarcarse en todos estos tipos y modalidades de violencia, ya sea la violen-cia institucional dentro de sus partidos, la violen-cia económica al desviar o limitar los recursos para sus campañas y capacitación, o bien, la violencia sexual mediante el hostigamiento y el acoso se-xual. Esta violencia, es la principal arma que muchos actores políticos utilizan para disminuir, acosar, intimidar y discriminar a las mujeres que participan como candidatas o como funcionarias. El concepto de violencia política en razón de géne-ro es relativamente reciente, aparece décadas después de que las mujeres comienzan a incursio-nar en la política, no obstante que ya existe como experiencia individual y colectiva hacia mujeres que buscan incorporarse al espacio público; un espacio que tradicional e históricamente ha estado destinado a los hombres. La forma en que se materializa la violencia política se observa en los discursos y representaciones que se hacen sobre las mujeres, y lo inadecuado o “poco propio” de su participación en este ámbito. En las representaciones que sobre las mujeres se transmiten a través de los medios, que perjudican su imagen y que en algunos casos conllevan a acciones que las dañan y afectan en su integridad física y psicológica. Por este motivo, estoy cierta que si bien en nues-tro estado, en esta LXIII Legislatura hemos garan-tizado la paridad en el proceso electoral, existe aún una tarea pendiente, y me refiero precisamen-te a eliminar mediante la ley, todos aquellos actos que puedan representar violencia política contra las mujeres, y que tengan como consecuencia una afectación directa de sus posibilidades para desa-

rrollar un liderazgo político, impidan el cumpli-miento de un cargo y/o induzcan a una acción u omisión, en el cumplimiento de sus funciones, derechos o deberes, mediante actos de presión a través de persecución, hostigamiento o amenazas efectuadas por cualquier medio. Todas las anteriores consideraciones constituyen la razón y el sentido de esta iniciativa. La Violencia Política no se ha tipificado y por lo tanto, ha sido invisibilizada hasta ahora, no se reconoce como forma de violencia, ni los efectos que esta tiene, y mucho menos se realizan las acciones necesarias para prevenirla, atenderla, sancionarla y erradicar-la, motivo por el cual considero que es momento de hacerla presente en nuestra legislación interna, a fin de que, desde el imperio de la ley, se erradi-quen todas aquellas prácticas institucionales, per-sonales o comunitarias que tengan como finalidad limitar o menoscabar el ejercicio de la participa-ción política de las mujeres, utilizando formas diversas de violencia.

Creo pertinente hacerlo en un primer momento en el cuerpo de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, porque es la que tiene por objeto definir y establecer los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres. En un segundo momento será pertinente incorporar este tipo de violencia en el Código Electoral para el Estado de Veracruz, lo que no se hace en este momento, debido a las restricciones previstas en la Constitu-ción (reforma publicada el 10 de febrero de 2014) para hacer modificaciones fundamentales en pe-riodos electorales.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consi-deración de esta Soberanía la presente: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN VI I AL ARTÍCULO 8 DE LA LEY DE ACCE-SO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEL ESTADO DE VERACRUZ

DE IGNACIO DE LA LLAVE, PARA INCOR-PORAR LA VIOLENCIA POLÍTICA POR RA-

ZONES DE GÉNERO.

Artículo único. Se adiciona la fracción VII al Ar-tículo 8 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de violencia para quedar como sigue: Artículo 8.- […]

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I a VI […] VII. Violencia Política. Son las acciones u omisio-nes cometidas por una o varias personas, por si o a través de terceros, que causen daño físico, psi-cológico o sexual, en contra de una mujer o varias mujeres y/o de sus familias, que sean resultado de prejuicios de género, patrones estereotipados de comportamiento o prácticas culturales basadas en conceptos de inferioridad de las mujeres, que ten-gan como finalidad impedir la participación en campañas políticas o restringir el ejercicio de un cargo público, o provocarla a tomar decisiones en contra de su voluntad o de la ley. Constituye violencia política: a) Obligar o instruir a las mujeres, por razones de

género, a realizar u omitir actos diferentes a las funciones públicas establecidas en los or-denamientos jurídicos.

b) Asignar responsabilidades que tengan como

resultado la limitación del ejercicio de la fun-ción políticas o públicas;

c) Proporcionar a las mujeres candidatas o elec-

tas, titulares o suplentes o designadas para una función pública, mediante el engaño o fraude, información falsa, o imprecisa que in-duzca al inadecuado ejercicio de sus funciones políticas p públicas;

d) Evitar por cualquier medio que las mujeres

electas, titulares o suplentes o nombradas para una función pública, asistan a las sesiones or-dinarias o extraordinarias o a cualquier otra actividad que implique la toma de decisiones, impidiendo o suprimiendo el derecho a voz y voto en igualdad de condición que los hom-bres;

e) Proporcionar al Organismo Público Local Elec-

toral datos falsos o información incompleta o errónea de la identidad de la mujer o mujeres candidatas a algún cargo de elección popular, con la finalidad de limitar o impedir su partici-pación.

f) Impedir o restringir a las mujeres, la reincorpo-

ración al cargo público al que fue nombrada electa, posterior al ejercicio de una licencia o permiso justificado;

g) Coartar o impedir el uso de las facultades in-herentes en la Constitución y los ordenamien-tos jurídicos electorales, para proteger sus de-rechos frente a los actos que violenten o res-trinjan el ejercicio de su representación políti-ca.

h) Efectuar cualquier acto de discriminación pre-

visto en la Constitución, o en la Ley para Pre-venir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Veracruz, o en el Artículo 196 del Código Penal para el Estado de Veracruz y que tengan como resultado impedir, negar, anular o me-noscabar el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres electas o en el ejercicio de su representación política.

i) Publicar o revelar información personal, priva-

da o falsa, de las mujeres candidatas, electas, designadas o en el ejercicio de su representa-ción política, con el objetivo de difamar o me-noscabar su dignidad humana, y obtener con estas acciones, la renuncia y/o licencia al cargo electo o en ejercicio.

j) Obligar, intimidar o amenazar a suscribir do-

cumentos, a participar de proyectos o adoptar decisiones en contra de su voluntad o del inte-rés público, aprovechándose de su representa-ción política.

TRANSITORIOS

Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial ór-gano del gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Atentamente

Xalapa de Enríquez, Veracruz, 17 de marzo de 2016

Diputada Mónica Robles Barajas

Presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género

(Rúbrica)

*****

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COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN HONORABLE ASAMBLEA: La Diputación Permanente de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Veracruz, acordó turnar a la Comisión Permanente de Gobernación cuyos miembros suscriben, para estudio y dictamen, el expediente que contiene oficio de la Secretaria Municipal del H. Ayuntamiento de Sayula de Alemán, Veracruz, por medio del cual informan de la renuncia definitiva del Subagente Municipal de la comunidad 20 de Noviembre, perteneciente a este municipio. En atención a lo anterior, con fundamento en lo pre-visto en los artículos 33 fracción IV, 38 de la Constitu-ción Política Local; 18 fracción IV, 38, 39 fracción XVI, 47 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 44, 59, 61 primer párrafo, 62, 65, 75, 78 del Regla-mento para el Gobierno Interior del mismo poder, 61 y 172 fracción III, párrafo IV de la Ley Orgánica de Municipio Libre, esta Comisión Permanente de Go-bernación formula su dictamen de conformidad con los siguientes:

A N T E C E D E N T E S :

1.- Mediante oficio SG-DP/1er./3er./038/2016 de fecha 18 de febrero del 2016, recibido en esta Comi-sión el día 19 del mismo mes y año, signado por las Diputadas Octavia Ortega Arteaga y Ana Cristina Ledezma López, Presidenta y Secretaria del H. Con-greso del Estado respectivamente, remiten el expe-diente que contiene la renuncia definitiva al cargo de Subagente Municipal de la localidad 20 de Noviembre del municipio de Sayula de Alemán, Veracruz, presen-tada por el C. Miguel Sánchez Fernández. 2.- Mediante oficio 007/SECRESAY/2016, de fecha 29 de enero del 2016, signado por la C. Claudia Quiño-nes Garrido, Secretaria del H. Ayuntamiento de Sayula de Alemán, Veracruz de Ignacio de la Llave, remite copia certificada del Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo No. 026BIS/2015, de fecha 27 de Noviembre del 2015, en el que se acordó aceptar la renuncia definitiva del C. Miguel Sánchez Fernández, Subagen-te Municipal de la Congregación de 20 de Noviembre, perteneciente a este municipio y nombrar en su lugar nombrar al suplente C. Jorge Elvira Larios, para que ocupe el cargo respectivo.

3.- En el mismo expediente se anexa oficio número 001/2015 de fecha 29 de Octubre del año 2015, signado por el C. Miguel Sánchez Fernández, Subagente Municipal de la Congregación de 20 de Noviembre, Municipio de Sayula de Alemán, Vera-cruz, por medio del cual presenta su renuncia definiti-va a dicho cargo debido a situaciones personales. 4.- Se anexa al expediente, constancia medica de fecha 30 de Octubre del 2015, expedida por el Dr. Julio Cesar de la Cruz Vázquez, en la cual hace constar que el C. Miguel Sánchez Fernández de 51 años de edad, con diagnóstico de Diabetes tipo 2, hipertensión arterial sistémica e insuficiencia renal crónica, se encuentra en terapia de diálisis peritoneal, por lo que no puede reali-zar actividades diferentes a los del cuidado de su salud. 5.- Corre agregado al expediente en análisis, copia certi-ficada del Acta de Sesión Ordinaria de Cabildo No. 012/2014 donde se toma de protesta de los Agentes y Subagentes Municipales electos para el periodo 2014-2018, siendo elegidos los CC. Miguel Sánchez Fernán-dez y Jorge Elvira Larios, como Subagente Municipal Propietario y Subagente Municipal Suplente, respectiva-mente de la Congregación de 20 de Noviembre, muni-cipio de Sayula de Alemán, Veracruz. En consecuencia esta Comisión Permanente dictami-nadora formula las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S : I.- Que en términos de lo dispuesto por la normativi-dad que se invoca en el párrafo segundo del presente dictamen, esta Comisión Permanente de Goberna-ción, como órgano constituido por el pleno de esta soberanía y que contribuye a que el Congreso Cum-pla sus atribuciones, mediante la elaboración de dic-támenes sobre asuntos que le son turnados, es com-petente para emitir el presente proyecto de Dictamen. II.- Que como se advierte, el tema que nos ocupa, es la renuncia definitiva presentada por el C. Miguel Sánchez Fernández, al cargo de Subagente Municipal Propietario de la Congregación 20 de Noviembre, Municipio de Sayula de Alemán, Veracruz. III.- Que la Ley Orgánica del Municipio Libre señala; que en las renuncias o ausencias de los Agentes y Subagentes Municipales, se estará a lo dispuesto a lo señalado en esta Ley para el caso de los Ediles. En base a lo anterior, los integrantes de esta Comisión Permanente de Gobernación somete a la considera-ción de esta Soberanía, Dictamen con Proyecto de:

DDIICCTTÁÁMMEENNEESS

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A C U E R D O : PRIMERO.- Se acepta la renuncia al C. Miguel Sán-chez Fernández, para separarse del cargo de Subagente Municipal Propietario de la Congregación de 20 de Noviembre, perteneciente al Municipio de Sayula de Alemán, Veracruz de Ignacio de la Llave. SEGUNDO.- En consecuencia de lo anterior, se hace el llamado del C. Jorge Elvira Larios, Subagente Muni-cipal Suplente, para que, previa protesta de Ley ante el Cabildo, asuma el cargo de referencia. TERCERO.- Comuníquese el presente acuerdo al Pre-sidente Municipal del H. Ayuntamiento de Sayula de Alemán, Veracruz de Ignacio de la Llave y a los CC. Miguel Sánchez Fernández y Jorge Elvira Larios, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. CUARTO.- Publíquese este acuerdo en la Gaceta Ofi-cial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXAGÉ-SIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALA-PA, ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN

DIP. CARLOS GABRIEL FUENTES URRUTIA PRESIDENTE (RÚBRICA)

DIP. MARCO ANTONIO DEL ÁNGEL ARROYO

SECRETARIO (RÚBRICA)

DIP. EDUARDO SÁNCHEZ MACÍAS

VOCAL (RÚBRICA)

*****

COMISIÓN PERMANENTE PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO HONORABLE ASAMBLEA: A la Comisión Permanente para la Igualdad de Género de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Veracruz, se turnó en sesión celebrada el día 12 de noviembre de 2015, el oficio número SG-SO/1er./3er./029/2015, me-

diante el cual se remite para su estudio y dictamen, la solicitud formulada por el municipio de Acayucan, Vera-cruz de Ignacio de la Llave, junto con el expediente del caso, para suscribir Convenio de colaboración que en el marco del Programa de Fortalecimiento a la Transversali-dad de la Perspectiva de Género, con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES). La Comisión Permanente para la Igualdad de Género, con fundamento en lo establecido en los artículos 33 fracción XVI, inciso g) de la Constitución Política Lo-cal; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 59, 61 párrafo primero, 62 y 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo; 35 fracción XXII, y 36 fracción VI, de la Ley Orgánica del Municipio Libre, se abocó al análisis, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se tiene a la vista el oficio número 1016/2015, de fecha 23 de octubre de 2015, signado por la Lic. Claudia J. Manuel Anastacio, Secretaria del H. Ayun-tamiento Constitucional de Acayucan, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante el cual solicita autori-zación para que el Presidente municipal, el Ing. Marco A. Martínez Amador y el Síndico único, el C. Dago-berto Marcial Domínguez, suscriban Convenio de colaboración que en el marco del Programa de Forta-lecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, con el Instituto Nacional de las Mujeres (IN-MUJERES), previa autorización del Congreso. 2. Se encuentra en el expediente, original del Acta de sesión extraordinaria de cabildo, sin número, de fecha doce de enero de 2015, donde los ediles aprueban que el Ayuntamiento de Acayucan, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscriba Convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior. Por virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente formula las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

1. Que esta Comisión Permanente para la Igualdad de Género del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es competente para cono-cer y dictaminar la solicitud de autorización reali-zada por el H. Ayuntamiento de Acayucan, con fundamento en lo dispuesto en el párrafo segun-do del proemio del presente dictamen.

2. El Instituto Nacional de las Mujeres, fue creado

por iniciativa de varios partidos políticos y apro-

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bada por mayoría por todas las fracciones parla-mentarias representadas por el Congreso de la Unión, el 12 de enero de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Es mediante esta ley que se crea una instancia para el adelanto de las muje-res mexicanas, como un organismo público des-centralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y au-tonomía técnica y de gestión para el cumplimien-to de sus atribuciones, objetivos y fines.

3. Que con el objeto de promover y fomentar las

condiciones para alcanzar la igualdad de opor-tunidades y de trato entre los géneros; el ejerci-cio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación equitativa en la vida política, cultural, económica y social del país, el Instituto Nacional de las Mujeres, da cabal cumplimiento tanto a las disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como al Decreto del Pre-supuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, el cual asigna al Instituto Nacional de las Mujeres la operación del Pro-grama de Fortalecimiento a las Políticas Munici-pales de Igualdad y Equidad entre Mujeres y Hombres, como una acción afirmativa a favor de la igualdad entre mujeres y hombres con el fin de apoyar a los gobiernos municipales a tra-vés de las Instancias Municipales de las Mujeres, centralizadas o descentralizadas, para que lo-gren la incorporación de la Perspectiva de Gé-nero en las políticas públicas, programas y ac-ciones municipales, así como en la cultura insti-tucional de la Administración Pública Municipal.

4. Los recursos del Programa de Fortalecimiento a

la transversalidad de la Perspectiva de Género, que se autoricen tendrán el carácter de recursos públicos federales, clasificados como subsidios, por lo que deberán aplicarse, comprobarse y ejercerse de acuerdo a los criterios establecidos en la Constitución Política de los Estados Uni-dos Mexicanos, así como toda la normativa fe-deral aplicable; y se ejercerán conforme a lo dispuesto en las Reglas de Operación del Pro-grama y cuenta con requisitos y criterios que los gobiernos municipales deberán cumplir, como lo es suscribir el convenio específico de colabo-ración correspondiente.

5. Que después de haber estudiado y analizado la

solicitud de referencia, así como la documenta-

ción que se anexa a la presente petición, conside-rando que la igualdad de género es un principio fundamental tutelado por nuestra Carta Magna, el objeto del Instituto Nacional de las Mujeres es promover y fomentar las condiciones para alcan-zar la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros, y que los recursos públicos federales, clasificados como subsidios, manejados por los gobiernos municipales deberán aplicarse, com-probarse y ejercerse de acuerdo a los criterios es-tablecidos por toda la normativa federal aplicable. Esta Comisión Permanente para la Igualdad de Género, concluye que el presente dictamen es fa-vorable para autorizar al H. Ayuntamiento de Acayucan, por conducto del Presidente municipal el Ing. Marco A. Martínez Amador y el Síndico único, el C. Dagoberto Marcial Domínguez, sus-criban Convenio de colaboración que en el marco del Programa de Fortalecimiento a la Transversali-dad de la Perspectiva de Género, con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES).

En razón de lo anterior, esta Comisión Permanente para la Igualdad de Género, tiene a bien someter a consideración de esta Soberanía, el presente:

A C U E R D O PRIMERO. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Acayucan, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscri-bir Convenio de colaboración en el marco del Pro-grama de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES). SEGUNDO. Comuníquese el presente Acuerdo al Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Acayucan, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. TERCERO. Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la Sala de Comisiones del Palacio Legislativo del Estado de Veracruz, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los tres días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. Por la Comisión Permanente para la Igualdad de Gé-nero de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado

de Veracruz de Ignacio de la Llave

Dip. Mónica Robles Barajas Presidenta (Rúbrica)

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Dip. Jaqueline García Hernández Secretaria (Rúbrica)

Dip. Gladys Merlín Castro

Vocal (Rúbrica)

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COMISIÓN PERMANENTE PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO HONORABLE ASAMBLEA: A la Comisión Permanente para la Igualdad de Géne-ro de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Veracruz, se turnó en sesión celebrada el día 3 de diciembre de 2015, el oficio número SG-SO/1er./3er./100/2015, mediante el cual se remite para su estudio y dictamen, la solicitud formulada por el municipio de Atlahuilco, Veracruz de Ignacio de la Llave, junto con el expediente del caso, para sus-cribir Convenio específico de colaboración en el mar-co del Programa de Fortalecimiento a la Transversali-dad de la Perspectiva de Género, con el proyecto denominado “Programa para el fomento del enfoque de género en la cultura institucional y para el impulso de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, en el municipio de Atlahuilco”, con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES). La Comisión Permanente para la Igualdad de Género, con fundamento en lo establecido en los artículos 33 fracción XVI, inciso g) de la Constitución Política Lo-cal; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 59, 61 párrafo primero, 62 y 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo; 35 fracción XXII, y 36 fracción VI, de la Ley Orgánica del Municipio Libre, se abocó al análisis, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se tiene a la vista el oficio sin número, de fecha 23 de noviembre de 2015, signado por el C. Pedro Co-lohua Tlaxcala, Presidente Municipal del H. Ayunta-miento Constitucional de Atlahuilco, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante el cual solicita autori-zación para suscribir convenio específico de colabora-ción que en el marco del Fortalecimiento a la Trans-versalidad de la Perspectiva de Género, con el proyec-to denominado “Programa para el fomento del en-foque de género en la cultura institucional y para el impulso de la igualdad sustantiva entre mujeres y

hombres, en el municipio de Atlahuilco”, con el Insti-tuto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), previa autorización del Congreso. 2. Se encuentra en el expediente, original del Acta de cabildo No. 179, de fecha cuatro de septiembre de 2015, donde los ediles aprueban que el Ayuntamien-to de Atlahuilco, Veracruz de Ignacio de la Llave, re-presentado por el Presidente Municipal, el C. Pedro Colohua Tlaxcala, asistido por el síndico municipal, C. Primitivo Xocua Citlahua, el Secretario del H. Ayun-tamiento, el C. Vicente Tlaxcala Tlaxcala y la Directora del Instituto Municipal de la Mujer de Atlahuilco, Veracruz, la C. Ángela Xicalhua Tzanahua, suscriban Convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior. 3. Se anexa al legajo copia del Convenio específico de colaboración que en el marco del Programa de forta-lecimiento a la transversalidad de la perspectiva de género, en lo sucesivo “Convenio”, celebran por una parte, el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJE-RES), representado por su presidenta, la Lic. Lorena Cruz Sánchez y por la otra parte, el Municipio de Atlahuilco, Veracruz de Ignacio de la Llave, represen-tado por su presidente municipal el C. Pedro Colohua Tlaxcala, asistido por el síndico municipal, C. Primitivo Xocua Citlahua, el Secretario del H. Ayuntamiento, el C. Vicente Tlaxcala Tlaxcala y la Directora del Instituto Municipal de la Mujer de Atlahuilco, Veracruz, la C. Ángela Xicalhua Tzanahua “Municipio”, en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la sus-cripción de dicho convenio, determinando sus alcan-ces y limitaciones. Por virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente formula las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S 1. Que esta Comisión Permanente para la Igualdad

de Género del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es competente para cono-cer y dictaminar la solicitud de autorización reali-zada por el H. Ayuntamiento de Atlahuilco, con fundamento en lo dispuesto en el párrafo segun-do del proemio del presente dictamen.

2. El Instituto Nacional de las Mujeres, fue creado

por iniciativa de varios partidos políticos y apro-bada por mayoría por todas las fracciones parla-mentarias representadas por el Congreso de la Unión, el 12 de enero de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Es mediante esta ley que

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Gaceta Legislativa 16 jueves 17 de marzo de 2016

se crea una instancia para el adelanto de las muje-res mexicanas, como un organismo público des-centralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y au-tonomía técnica y de gestión para el cumplimien-to de sus atribuciones, objetivos y fines.

3. Que con el objeto de promover y fomentar las

condiciones para alcanzar la igualdad de oportu-nidades y de trato entre los géneros; el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación equitativa en la vida política, cultu-ral, económica y social del país, el Instituto Nacio-nal de las Mujeres, da cabal cumplimiento tanto a las disposiciones de la Ley General para la Igual-dad entre Mujeres y Hombres, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Vio-lencia, así como al Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, el cual asigna al Instituto Nacional de las Mujeres la operación del Programa de Fortaleci-miento a las Políticas Municipales de Igualdad y Equidad entre Mujeres y Hombres, como una ac-ción afirmativa a favor de la igualdad entre muje-res y hombres con el fin de apoyar a los gobiernos municipales a través de las Instancias Municipales de las Mujeres, centralizadas o descentralizadas, para que logren la incorporación de la Perspectiva de Género en las políticas públicas, programas y acciones municipales, así como en la cultura insti-tucional de la Administración Pública Municipal.

4. Los recursos del Programa de Fortalecimiento a la

transversalidad de la Perspectiva de Género, que se autoricen tendrán el carácter de recursos públi-cos federales, clasificados como subsidios, por lo que deberán aplicarse, comprobarse y ejercerse de acuerdo a los criterios establecidos en la Cons-titución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como toda la normativa federal aplicable; y se ejercerán conforme a lo dispuesto en las Reglas de Operación del Programa y cuenta con requisi-tos y criterios que los gobiernos municipales debe-rán cumplir, como lo es suscribir el convenio es-pecífico de colaboración correspondiente.

5. Que después de haber estudiado y analizado la

solicitud de referencia, así como la documenta-ción que se anexa a la presente petición, conside-rando que la igualdad de género es un principio fundamental tutelado por nuestra Carta Magna, el objeto del Instituto Nacional de las Mujeres es promover y fomentar las condiciones para alcan-zar la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros, y que los recursos públicos federales,

clasificados como subsidios, manejados por los gobiernos municipales deberán aplicarse, com-probarse y ejercerse de acuerdo a los criterios es-tablecidos por toda la normativa federal aplicable. Esta Comisión Permanente para la Igualdad de Gé-nero, concluye que el presente dictamen es favora-ble para autorizar al H. Ayuntamiento de Atlahuil-co, por conducto de los C. Pedro Colohua Tlaxcala – Presidente Municipal, asistido por el C. Primitivo Xo-cua Citlahua – Síndico Único Municipal, Pofesor Vi-cente Tlaxcala Tlaxca – Secretario del Ayuntamiento, Ángela Xicalhua Tzanahua – Directora del Instituto Municipal de la Mujer, suscribir Convenio específico de colaboración en el marco del Programa de Forta-lecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, con el proyecto denominado “Programa para el fomento del enfoque de género en la cultu-ra institucional y para el impulso de la igualdad sus-tantiva entre mujeres y hombres, en el municipio de Atlahuilco”, con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES).

En razón de lo anterior, esta Comisión Permanente para la Igualdad de Género, tiene a bien someter a consideración de esta Soberanía, el presente:

A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Atlahuilco, Veracruz de Ignacio de la Llave, sus-cribir Convenio específico de colaboración en el mar-co del Programa de Fortalecimiento a la Transversali-dad de la Perspectiva de Género, con el proyecto denominado “Programa para el fomento del enfoque de género en la cultura institucional y para el impulso de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, en el municipio de Atlahuilco”, con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES). SEGUNDO. Comuníquese el presente Acuerdo al Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Atlahuilco, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. TERCERO. Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la Sala de Comisiones del Palacio Legislativo del Estado de Veracruz, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los tres días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. Por la Comisión Permanente para la Igualdad de Gé-nero de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado

de Veracruz de Ignacio de la Llave

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Gaceta Legislativa 17 jueves 17 de marzo de 2016

Dip. Mónica Robles Barajas Presidenta (Rúbrica)

Dip. Jaqueline García Hernández

Secretaria (Rúbrica)

Dip. Gladys Merlín Castro

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO HONORABLE ASAMBLEA: A la Comisión Permanente para la Igualdad de Géne-ro de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Veracruz, se turnó en sesión celebrada el día 03 de marzo de 2016, el oficio número SG-DP/1er./3er./055/2016, mediante el cual se remite para su estudio y dictamen, la solicitud formulada por el municipio de Citlaltépetl, Veracruz de Ignacio de la Llave, junto con el expediente del caso, para suscribir los Convenios y contratos necesarios, con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES). La Comisión Permanente para la Igualdad de Género, con fundamento en lo establecido en los artículos 33 fracción XVI, inciso g) de la Constitución Política Local; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 59, 61 párrafo primero, 62 y 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo; 35 frac-ción XXII, y 36 fracción VI, de la Ley Orgánica del Munici-pio Libre, se abocó al análisis, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se tiene a la vista el oficio número 127/2016, de fecha 22 de febrero del año en curso, signado por el Profr. Pascual Flores Castro, Secretario del H. Ayun-tamiento Constitucional de Citlaltépetl, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante el cual solicita autori-zación para que el Presidente municipal, el C. Jesús Isidro Baltazar, en unión con la Síndica única, la C. Cleofas Flores Santiago, suscriban Convenios y con-tratos necesarios con el Instituto Nacional de las Mu-jeres (INMUJERES), previa autorización del Congreso. 2. Se encuentra en el expediente, Acta de sesión ex-traordinaria de cabildo, número 008, de fecha dieci-nueve de enero de 2016, donde los ediles aprueban

que el Ayuntamiento de Citlaltépetl, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscriba Convenios y contratos enunciado en el antecedente inmediato anterior. Por virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente formula las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

1. Que esta Comisión Permanente para la Igualdad de Género del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es competente para cono-cer y dictaminar la solicitud de autorización reali-zada por el H. Ayuntamiento de Citlaltépetl, con fundamento en lo dispuesto en el párrafo segun-do del proemio del presente dictamen.

2. El Instituto Nacional de las Mujeres, fue creado

por iniciativa de varios partidos políticos y apro-bada por mayoría por todas las fracciones parla-mentarias representadas por el Congreso de la Unión, el 12 de enero de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Es mediante esta ley que se crea una instancia para el adelanto de las muje-res mexicanas, como un organismo público des-centralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y au-tonomía técnica y de gestión para el cumplimien-to de sus atribuciones, objetivos y fines.

3. Que con el objeto de promover y fomentar las

condiciones para alcanzar la igualdad de oportu-nidades y de trato entre los géneros; el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación equitativa en la vida política, cultu-ral, económica y social del país, el Instituto Nacio-nal de las Mujeres, da cabal cumplimiento tanto a las disposiciones de la Ley General para la Igual-dad entre Mujeres y Hombres, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Vio-lencia, así como al Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2016, el cual asigna al Instituto Nacional de las Mujeres la operación del Programa de Fortaleci-miento a las Políticas Municipales de Igualdad y Equidad entre Mujeres y Hombres, como una ac-ción afirmativa a favor de la igualdad entre muje-res y hombres con el fin de apoyar a los gobiernos municipales a través de las Instancias Municipales de las Mujeres, centralizadas o descentralizadas, para que logren la incorporación de la Perspectiva de Género en las políticas públicas, programas y acciones municipales, así como en la cultura insti-tucional de la Administración Pública Municipal.

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Gaceta Legislativa 18 jueves 17 de marzo de 2016

4. Los recursos del Programa de Fortalecimiento a la transversalidad de la Perspectiva de Género, que se autoricen tendrán el carácter de recursos públi-cos federales, clasificados como subsidios, por lo que deberán aplicarse, comprobarse y ejercerse de acuerdo a los criterios establecidos en la Cons-titución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como toda la normativa federal aplicable; y se ejercerán conforme a lo dispuesto en las Reglas de Operación del Programa y cuenta con requisi-tos y criterios que los gobiernos municipales debe-rán cumplir, como lo es suscribir el convenio es-pecífico de colaboración correspondiente.

Que después de haber estudiado y analizado la solicitud de referencia, así como la documenta-ción que se anexa a la presente petición, consi-derando que la igualdad de género es un prin-cipio fundamental tutelado por nuestra Carta Magna, el objeto del Instituto Nacional de las Mujeres es promover y fomentar las condicio-nes para alcanzar la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros, y que los recursos públicos federales, clasificados como subsidios, manejados por los gobiernos municipales debe-rán aplicarse, comprobarse y ejercerse de acuerdo a los criterios establecidos por toda la normativa federal aplicable. Esta Comisión Per-manente para la Igualdad de Género, concluye que el presente dictamen es favorable para au-torizar al H. Ayuntamiento de Citlaltépetl, por conducto del Presidente municipal, el C. Jesús Isidro Baltazar, en unión con la Síndica única, la C. Cleofas Flores Santiago, suscriban Convenios y contratos necesarios con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES).

En razón de lo anterior, esta Comisión Permanente para la Igualdad de Género, tiene a bien someter a consideración de esta Soberanía, el presente:

A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Citlaltépetl, Veracruz de Ignacio de la Llave, sus-cribir Convenios y contratos necesarios con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES). SEGUNDO. Comuníquese el presente Acuerdo al Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Citlaltépetl, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. TERCERO. Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.

Dado en la Sala de Comisiones del Palacio Legislativo del Estado de Veracruz, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los cuatro días del mes de mar-zo del año dos mil dieciséis. Por la Comisión Permanente para la Igualdad de Gé-nero de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado

de Veracruz de Ignacio de la Llave

Dip. Mónica Robles Barajas Presidenta (Rúbrica)

Dip. Jaqueline García Hernández

Secretaria (Rúbrica)

Dip. Gladys Merlín Castro

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO HONORABLE ASAMBLEA: A la Comisión Permanente para la Igualdad de Géne-ro, de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado de Veracruz, se turnó en sesión celebrada el día 10 de diciembre de 2015, el oficio número SG-SO/1er./3er./135/2015, mediante el cual se remite para su estudio y dictamen, la solicitud formulada por el municipio de Tatatila, Veracruz de Ignacio de la Llave, junto con el expediente del caso, para suscribir Convenio específico de colaboración que en el marco del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES). La Comisión Permanente para la Igualdad de Género, con fundamento en lo establecido en los artículos 33 fracción XVI, inciso g) de la Constitución Política Lo-cal; 18 fracción XVI inciso g), 38 y 39 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 59, 61 párrafo primero, 62 y 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del mismo; 35 fracción XXII, y 36 fracción VI, de la Ley Orgánica del Municipio Libre, se abocó al análisis, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se tiene a la vista el oficio sin número, de fecha 1 de diciembre de 2015, signado por el C. Ernesto Truji-

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Gaceta Legislativa 19 jueves 17 de marzo de 2016

llo Hernández, Presidente Municipal del H. Ayunta-miento Constitucional de Tatatila, Veracruz de Ig-nacio de la Llave, mediante el cual solicita autoriza-ción para suscribir convenio específico de colabora-ción que en el marco del Fortalecimiento a la Trans-versalidad de la Perspectiva de Género, con el Institu-to Nacional de las Mujeres (INMUJERES), previa auto-rización del Congreso. 2. Se encuentra en el expediente, original del Acta de sesión ordinaria de cabildo, sin número, de fecha cuatro de septiembre de 2015, donde los ediles aprueban por unanimidad de votos que el Ayunta-miento de Tatatila, Veracruz de Ignacio de la Lla-ve, suscriba Convenio enunciado en el antecedente inmediato anterior. 3. Se anexa al legajo copia del Convenio específico de colaboración que en el marco del Programa de forta-lecimiento a la transversalidad de la perspectiva de género, en lo sucesivo “Convenio”, celebran por una parte, el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJE-RES), representado por su presidenta, la Lic. Lorena Cruz Sánchez y por la otra parte, el Municipio de Tatatila, Veracruz de Ignacio de la Llave, repre-sentado por su presidente municipal el C. Ernesto Trujillo Hernández, asistido por el Síndico municipal, el C. Gilberto López Díaz, Secretario del H. Ayunta-miento, el C. Gaspar Pérez Álvarez y la Directora del Instituto municipal de las mujeres tatalisenses, la C. María Fátima Martínez Flores (Municipio), en el que se especifican los beneficios que traerá consigo la sus-cripción de dicho convenio, determinando sus alcan-ces y limitaciones. Por virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente formula las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S 1. Que esta Comisión Permanente para la Igualdad

de Género del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es competente para cono-cer y dictaminar la solicitud de autorización reali-zada por el H. Ayuntamiento de Tatatila, con fundamento en lo dispuesto en el párrafo segun-do del proemio del presente dictamen.

2. El Instituto Nacional de las Mujeres, fue creado

por iniciativa de varios partidos políticos y apro-bada por mayoría por todas las fracciones parla-mentarias representadas por el Congreso de la Unión, el 12 de enero de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Es mediante esta ley que

se crea una instancia para el adelanto de las muje-res mexicanas, como un organismo público des-centralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y au-tonomía técnica y de gestión para el cumplimien-to de sus atribuciones, objetivos y fines.

3. Que con el objeto de promover y fomentar las

condiciones para alcanzar la igualdad de oportu-nidades y de trato entre los géneros; el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación equitativa en la vida política, cultu-ral, económica y social del país, el Instituto Nacio-nal de las Mujeres, da cabal cumplimiento tanto a las disposiciones de la Ley General para la Igual-dad entre Mujeres y Hombres, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Vio-lencia, así como al Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015, el cual asigna al Instituto Nacional de las Mujeres la operación del Programa de Fortaleci-miento a las Políticas Municipales de Igualdad y Equidad entre Mujeres y Hombres, como una ac-ción afirmativa a favor de la igualdad entre muje-res y hombres con el fin de apoyar a los gobiernos municipales a través de las Instancias Municipales de las Mujeres, centralizadas o descentralizadas, para que logren la incorporación de la Perspectiva de Género en las políticas públicas, programas y acciones municipales, así como en la cultura insti-tucional de la Administración Pública Municipal.

4. Los recursos del Programa de Fortalecimiento a la

transversalidad de la Perspectiva de Género, que se autoricen tendrán el carácter de recursos públi-cos federales, clasificados como subsidios, por lo que deberán aplicarse, comprobarse y ejercerse de acuerdo a los criterios establecidos en la Cons-titución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como toda la normativa federal aplicable; y se ejercerán conforme a lo dispuesto en las Reglas de Operación del Programa y cuenta con requisi-tos y criterios que los gobiernos municipales debe-rán cumplir, como lo es suscribir el convenio es-pecífico de colaboración correspondiente.

5. Que después de haber estudiado y analizado la

solicitud de referencia, así como la documentación que se anexa a la presente petición, considerando que la igualdad de género es un principio funda-mental tutelado por nuestra Carta Magna, el obje-to del Instituto Nacional de las Mujeres es promo-ver y fomentar las condiciones para alcanzar la igualdad de oportunidades y de trato entre los gé-neros, y que los recursos públicos federales, clasifi-

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Gaceta Legislativa 20 jueves 17 de marzo de 2016

cados como subsidios, manejados por los gobier-nos municipales deberán aplicarse, comprobarse y ejercerse de acuerdo a los criterios establecidos por toda la normativa federal aplicable. Esta Comisión Permanente para la Igualdad de Género, concluye que el presente dictamen es favorable para autori-zar al H. Ayuntamiento de Tatatila, por conducto del Presidente municipal el C. Ernesto Trujillo Her-nández, asistido por el Síndico municipal, el C. Gil-berto López Díaz, Secretario del H. Ayuntamiento, el C. Gaspar Pérez Álvarez y la Directora del Institu-to municipal de las mujeres tatalisenses, la C. María Fátima Martínez Flores, para suscribir Convenio es-pecífico de colaboración que en el marco del Pro-grama de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES).

En razón de lo anterior, esta Comisión Permanente para la Igualdad de Género, tiene a bien someter a consideración de esta Soberanía, el presente:

A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Tatatila, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir Convenio específico de colaboración en el marco del Programa de Fortalecimiento a la Transversalidad de la Perspectiva de Género, con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES). SEGUNDO. Comuníquese el presente Acuerdo al Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Tatatila, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. TERCERO. Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la Sala de Comisiones del Palacio Legislativo del Estado de Veracruz, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los tres días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. Por la Comisión Permanente para la Igualdad de Gé-nero de la Sexagésima Tercera Legislatura del Estado

de Veracruz de Ignacio de la Llave

Dip. Mónica Robles Barajas Presidenta (Rúbrica)

Dip. Jaqueline García Hernández

Secretaria (Rúbrica)

Dip. Gladys Merlín Castro Vocal

(Rúbrica)

***** COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo del Pleno de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-SO/1er./3er./230/2016 de fecha 14 de enero de 2016, por el cual se remite para su estu-dio y dictamen, junto con el expediente del caso, la solicitud de autorización del H. Ayuntamiento de Alvarado, para erogar recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Muni-cipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2015, para el pago de laudos laborales. En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos: 18, fracción XLVIII, 38, y 39, fracciones XVIII y XXIX, de la Ley Orgánica del Poder Legisla-tivo; 61, primer párrafo y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se pro-cedió a analizar y dictaminar la solicitud de refe-rencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista el oficio número 215/2015 de fecha 30 de diciembre de 2015, signado por el Secretario del Ayuntamiento de Alvara-do, Veracruz de Ignacio de la Llave, por el que remite la copia certificada del acta de Cabildo número 36 ordinaria de fecha 15 de diciembre de 2015, en la cual los ediles aprueban solici-tar al H. Congreso del Estado autorización pa-ra disponer de recursos del FORTAMUNDF, ejercicio 2015 para el pago de un laudo labo-ral.

2. Se halla en el expediente una copia certificada

del acta de Cabildo, correspondiente a la se-sión ordinaria celebrada el quince de diciem-bre de dos mil quince, en la que los ediles aprueban por mayoría que el Ayuntamiento de Alvarado disponga de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2015 para dar cumplimiento a la sentencia derivada de los

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Gaceta Legislativa 21 jueves 17 de marzo de 2016

autos del juicio 083/2010-II radicado en el Tri-bunal de lo Contencioso Administrativo, pro-movido por el C. Adrián Alejandro García González, por la cantidad de $167,217.22 (ciento sesenta y siete mil doscientos diecisiete pesos 22/100 M.N.), previa autorización del H. Congreso del Estado.

3. Se encuentran en el legajo, una copia del jui-

cio 83/2010-II radicado en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo; asimismo, una copia del programa de inversión del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2015, con sello de recibido de fecha 10 de febrero de 2016 de la Dirección de Evaluación Programática y Fi-nanciera del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz.

Por tal motivo, y con base en estos antecedentes, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

I. En términos de lo dispuesto por la normatividad invocada en el párrafo segundo del proemio del pre-sente dictamen, la Comisión Permanente que sus-cribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictá-menes sobre los asuntos que le son turnados, es competente para emitir la presente resolución.

II. Considerando las disposiciones legales en la

materia, como lo establecen los artículos 33 y 37, de la Ley de Coordinación Fiscal de la Fe-deración; 19 y 20, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado que, tanto los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestruc-tura Social Municipal, como los del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que reciban los Ayunta-mientos, se destinarán a obras y acciones que beneficien a la población, dando prioridad a sus obligaciones financieras.

III. Que, de acuerdo con el planteamiento hecho por

el H. Ayuntamiento de Alvarado, este solicita a es-ta Soberanía, con el fin de cubrir prestaciones la-borales a que fue obligado por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado de Veracruz, se le autorice disponer de re-cursos del FORTAMUNDF por la cantidad de

$167,217.22 (ciento sesenta y siete mil doscientos diecisiete pesos 22/100 M.N.).

IV. Por lo que una vez estudiada y analizada la

solicitud de referencia, y tomando en conside-ración la documentación que se anexa, esta Comisión Permanente concluye que es viable autorizar la petición del H. Ayuntamiento de Alvarado.

En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O

Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Alvarado, Veracruz de Ignacio de la Llave, para que disponga de recursos del Fondo de Aporta-ciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Fe-deral, ejercicio 2015, hasta por la cantidad de $167,217.22 (ciento sesenta y siete mil doscientos diecisiete pesos 22/100 M.N.) y, en consecuencia realice conforme a la ley, el pago, a efecto de dar cumplimiento a un laudo emitido en su contra por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Poder Judicial del Estado de Veracruz, derivado del expediente número 083/2010-II, en favor de Adrián Alejandro García González. Segundo. Comuníquese el presente acuerdo al Presi-dente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Alvarado, Veracruz de Ignacio de la Llave, y al Órgano de Fiscalización Superior del Estado para su conoci-miento y efectos procedentes. Tercero. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinticinco días de febrero del año dos mil dieciséis.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

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Gaceta Legislativa 22 jueves 17 de marzo de 2016

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores Vocal

(Rúbrica)

***** COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Diputación Permanente de la Sexa-gésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-DP/1er./3er./068/2016 de fecha 03 de marzo de 2016, al que se le agrega el diverso SG-DP/1er./3er./034/2016 de fecha 18 de febrero de 2016, mediante los cuales se remite, para su estudio y dictamen junto con el expediente del caso, la solicitud hecha por el H. Ayuntamiento de Minatitlán, Vera-cruz de Ignacio de la Llave, para poder enajenar vehículos de propiedad municipal para el pago de laudos laborales. Conforme a lo establecido en los artículos: 113 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso d); 38 y 39, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 61, primer párrafo y 62 del Re-glamento para el Gobierno Interior del Poder Legisla-tivo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S I. Se tiene a la vista el oficio número SM-SC-025-

2016 de fecha 27 de enero de 2016, signado por la Secretaria del Ayuntamiento de Minatitlán, quien por instrucciones del Presidente Municipal, remite la documentación necesaria para el trámite de la solicitud de autorización para enajenar vehículos de propiedad municipal para realizar el pago de laudos laborales.

II. Se halla en el expediente la copia certificada del

acta del Cabildo, correspondiente a la vigésima sexta sesión extraordinaria celebrada el tres de ju-lio de dos mil quince, en la que los ediles aprue-ban en el acuerdo 090/2015 por unanimidad se-ñalar bienes de dominio privado susceptibles de ser embargados y suficientes para cubrir la canti-dad adeudada al actor Anel López González, Juan Pablo Antonio Paniagua, Miguel de Jesús Martí-nez González y Andrei Gabriel González Aquino, equivalente a $3,629,342.00 (tres millones seis-cientos veintinueve mil trescientos cuarenta y dos pesos 00/100 M.N.), salvo error u omisión de tipo

aritmético por concepto de salarios caídos, vaca-ciones, prima vacacional y aguinaldo, debiendo significarse, que por cada día que transcurra, sin que se dé cumplimiento al pago del adeudo, el monto se incrementa a razón de $1,282.00 (mil doscientos ochenta y dos pesos 00/100 M.N.), co-rrespondiente a la suma de un salario diario de cada uno de los trabajadores, en razón de haber-se condenado al pago de los salarios caídos.

III. Se encuentra en el expediente la copia del alcance

al acta de Cabildo de la vigésima sexta sesión ex-traordinaria 2015, respecto del acuerdo número 090/2015 el cual establece que se solicite al Ho-norable Congreso, se permita a ese H. Ayunta-miento enajenar los bienes que se describen, a fin de dar cumplimiento al requerimiento hecho por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje den-tro del expediente laboral número 660/2008-IV.

No. UNIDAD MARCA MODELO NÚMERO DE SERIE PRECIO EN

PESOS

1 CAMIÓN FREIGHTLINER 2001 3ALABUCS21DJ39448 23,865.00

2 CAMIÓN CHEVROLET 2005 3GBP7H1C35M109529 24,494.00

3 CAMIÓN CHEVROLET 2002 3GBP7H1C42M111527 24,494.00

4 CAMIÓN CHEVROLET 2006 3GBP7H1C96M118723 24,494.00

5 CAMIÓN CHEVROLET 2006 3GBP7H1C46M118712 24,494.00

6 CAMIÓN CHEVROLET 2006 3GBP7H1C86M118714 24,494.00

IV. Obran en el legajo los avalúos con fotografías, así

como las copias de las facturas de las unidades donde se acredita la propiedad de los vehículos en favor del Municipio.

V. Se anexa al expediente la copia del juicio

660/2008-IV emitido por el Tribunal de Concilia-ción y Arbitraje del Poder Judicial de Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Por lo anteriormente expuesto y a juicio de la Comisión Permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A CI O N E S

En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía para contribuir al cumplimiento de las atribuciones del Congreso mediante la elabo-ración de dictámenes sobre los asuntos que le son turnados, es competente para emitir la presente resolución.

La presente petición tiene como objetivo la enaje-

nación de vehículos de propiedad municipal para

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Gaceta Legislativa 23 jueves 17 de marzo de 2016

obtener recursos y así, conforme a Ley, realizar el pago del laudo laboral a favor de los actores Anel López González, Juan Pablo Antonio Paniagua, Miguel de Jesús Martínez González y Andrei Ga-briel González Aquino del juicio 660/2008-IV emi-tido por el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Que las unidades que el Ayuntamiento desea

enajenar se encuentran en mal estado mecánico y físico por lo que es necesaria su enajenación, ya que su mantenimiento y almacenamiento generan un gasto excedente al Ayuntamiento y resultan una opción para enfrentar la contin-gencia generada por la sentencia a que fue condenado.

Que, en el expediente del caso se encuentra el

oficio SG-DP/2do./2do./044/2015 de fecha 20 de agosto de 2015, el cuál fue turnado a Comisiones Permanentes Unidas de Hacienda Municipal y de Trabajo y de Previsión Social; sin embargo poste-riormente se generaron dos turnos respecto de la misma solicitud, los cuales se dirigieron únicamen-te a la Comisión Permanente de Hacienda Muni-cipal, por lo que es esta Comisión la que elabora la presente resolución.

Que, a partir del estudio y análisis de la solicitud

de referencia, y tomando en consideración la do-cumentación que se anexa a la petición, se con-cluye que el Ayuntamiento de Minatitlán, Vera-cruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dis-puesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamien-tos, Administración y Enajenación de Bienes Mue-bles del Estado para la autorización de su solici-tud.

En consecuencia, esta Comisión Permanente somete a consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Minatitlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, enajenar las siguientes unidades vehiculares y, con el producto obtenido realice el pago conforme a la Ley, por con-cepto de laudo laboral al que ha sido condenado el Ayuntamiento por parte del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a favor de los CC. Anel López González, Juan Pablo Antonio Paniagua, Miguel de Jesús Martínez González y Andrei Gabriel González Aquino, juicio 660/2008-IV:

No. UNIDAD MARCA MODELO NÚMERO DE SERIE PRECIO EN PESOS

1 CAMIÓN FREIGHTLINER 2001 3ALABUCS21DJ39448 23,865.00

2 CAMIÓN CHEVROLET 2005 3GBP7H1C35M109529 24,494.00

3 CAMIÓN CHEVROLET 2002 3GBP7H1C42M111527 24,494.00

4 CAMIÓN CHEVROLET 2006 3GBP7H1C96M118723 24,494.00

5 CAMIÓN CHEVROLET 2006 3GBP7H1C46M118712 24,494.00

6 CAMIÓN CHEVROLET 2006 3GBP7H1C86M118714 24,494.00

Segundo. El procedimiento de enajenación deberá apegarse a lo estipulado por los artículos 98, 99, 100 y sus fracciones de la Ley de Adquisiciones, Arrenda-mientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado. Tercero. Comuníquese el presente acuerdo al Presi-dente Municipal del Honorable Ayuntamiento de Minatitlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, al titular del Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judi-cial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales a que haya lugar. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Igna-cio de la Llave, a los cuatro días de marzo de dos mil dieciséis.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo del Pleno de la Sexagésima Tercera Legis-latura del Honorable Congreso del Estado, se turnó a esta Comisión Permanente el oficio número SG-SO/1er./3er./134/2015 de fecha 10 de diciembre de 2015 mediante el cual se remite junto con el expe-

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Gaceta Legislativa 24 jueves 17 de marzo de 2016

diente que al caso corresponde, el oficio número PM/078 de fecha 04 de diciembre del año en curso, signado por la C. Presidenta Municipal del H. Ayun-tamiento de Santiago Tuxtla, Veracruz de Ignacio de la Llave mediante el cual solicita autorización para suscribir un convenio de colaboración administrativa en materia de catastro con la Secretaría de Gobierno, asistido por la Dirección General de Catastro y Valua-ción. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 103, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g); 38, y 39, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Legislati-vo; 61, primer párrafo y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S Se encuentra en el expediente la copia certificada

del acta de Cabildo, correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada el seis de febrero de dos mil quince en la que los ediles aprueban por una-nimidad que el Ayuntamiento suscriba un conve-nio de colaboración administrativa en materia de catastro, previa autorización del H. Congreso del Estado.

Se anexa al legajo la copia del proyecto del con-

venio de colaboración administrativa que celebra la Secretaría de Gobierno, asistida por la Dirección General de Catastro y Valuación, y el H. Ayunta-miento de Santiago Tuxtla en el que se especifi-can los derechos y obligaciones de las partes.

Por lo anteriormente expuesto y a juicio de la Comi-sión Permanente que suscribe, se formulan las si-guientes:

C O N S I D E R A C I O N E S En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía para contribuir al cumplimiento de las obligaciones del Congreso mediante la elabo-ración de dictámenes sobre los asuntos que le sean turnados, es competente para emitir la pre-sente resolución.

I. La finalidad del convenio es establecer las bases

para la coordinación de acciones en las funciones

de Catastro que se realicen en la jurisdicción del municipio.

Una vez analizada la solicitud, y tomando en con-

sideración la documentación anexa, se concluye que el Honorable Ayuntamiento de Santiago Tuxtla, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Munici-pio Libre al solicitar a esta Soberanía autorización para poder suscribir el citado convenio de colabo-ración.

En consecuencia, esta Comisión Permanente somete a consideración del Pleno el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Santiago Tuxtla, Veracruz de Ignacio de la Llave, sus-cribir el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia de Catastro con la Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección General de Catastro y Valua-ción. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la Presidenta Municipal Constitucional del Honorable Ayuntamiento de Santiago Tuxtla, Veracruz de Ig-nacio de la Llave, para los efectos legales a que haya lugar. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Igna-cio de la Llave, a los once días de enero de dos mil dieciséis.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa

Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

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Gaceta Legislativa 25 jueves 17 de marzo de 2016

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo del Pleno de la Sexagésima Tercera Legis-latura del Honorable Congreso del Estado, se turnó a esta Comisión Permanente el oficio número SG-DP/1er./3er./009/2016 de fecha 04 de febrero de 2016 mediante el cual se remite para su estudio y dictamen junto con el expediente que al caso corres-ponde, la solicitud de autorización del H. Ayunta-miento de Tantima, Veracruz de Ignacio de la Llave, para erogar recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demar-caciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2016, para el pago de deuda pública. En atención a lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 33, fracción XL, de la Constitución Política Local; 18, fracción XLVII, 38, y 39, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Legis-lativo; 61, primer párrafo y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal emite su dicta-men bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

I. Se tiene a la vista el oficio número 0171/2016 de fecha 28 de enero de 2016, signado por el Presi-dente Municipal del H. Ayuntamiento de Tantima, mediante el cual solicita autorización para el pago de deuda pública con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Muni-cipios y de las Demarcaciones Territoriales del Dis-trito Federal (FORTAMUNDF), ejercicio 2016.

II. Se encuentra en el expediente la copia fiel del

acta de Cabildo, correspondiente a la sesión ex-traordinaria celebrada el día catorce de enero de dos mil dieciséis, en la que los ediles aprobaron por unanimidad el pago de deuda pública (cuen-tas por pagar), por la cantidad de $1,167,497.77 (un millón ciento sesenta y siete mil cuatrocientos noventa y siete pesos 77/100 M.N.) por concepto de proveedores y prestadores de bienes y servicios del ejercicio 2015, con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Muni-cipios y de las Demarcaciones Territoriales del Dis-trito Federal, ejercicio 2016, previa autorización del H. Congreso del Estado.

III. Obran en el legajo copias de las facturas de adeu-

dos a proveedores y prestadores de servicios; asi-mismo, se halla copia certificada de la balanza de

comprobación al 31 de diciembre de 2015 donde se muestra el registro de los diferentes pasivos como obligaciones financieras.

En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la Comisión Permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del pre-sente dictamen, la Comisión Permanente que sus-cribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictá-menes sobre los asuntos que le son turnados, es competente para emitir la presente resolución.

I. Considerando las disposiciones legales en la mate-

ria, como lo establecen los artículos 33 y 37, de la Ley de Coordinación Fiscal de la Federación; 19 y 20, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Esta-do que, tanto los recursos del Fondo de Aporta-ciones para la Infraestructura Social Municipal, como los del Fondo de Aportaciones para el For-talecimiento de los Municipios y de las Demarca-ciones Territoriales del Distrito Federal, que reci-ban los Ayuntamientos, se destinarán a obras y acciones que beneficien a la población, dando prioridad a sus obligaciones financieras, y de acuerdo con el planteamiento presentado en los antecedentes de este dictamen, la solicitud del Ayuntamiento de Tantima es motivada para pagar deuda pública del ejercicio fiscal 2014.

Que, de acuerdo con el planteamiento presentado en

los antecedentes de este dictamen, la solicitud del Ayuntamiento de Tantima es motivada para pagar pa-sivos por concepto de proveedores y acreedores diver-sos, debidamente asentados en la contabilidad muni-cipal, por lo que es viable otorgar la autorización.

III. Una vez estudiada y analizada la solicitud de refe-

rencia, y tomando en consideración la documen-tación que se anexa a la presente petición, se concluye que el Honorable Ayuntamiento de Tan-tima, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Li-bre y la Ley de Coordinación Fiscal, al solicitar a esta Soberanía la autorización de referencia.

En consecuencia, esta Comisión Permanente somete a consideración del Pleno el siguiente dictamen con proyecto de:

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Gaceta Legislativa 26 jueves 17 de marzo de 2016

A C U E R D O

Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Tantima, Veracruz de Ignacio de la Llave, disponer de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortaleci-miento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2016 y, en consecuencia realice conforme a la ley, el pago de $1,167,497.77 (un millón ciento sesenta y siete mil cuatrocientos noventa y siete pesos 77/100 M.N.), por concepto de diversos pasivos del ejercicio 2015. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo al Presi-dente Municipal Constitucional de Tantima, Veracruz de Ignacio de la Llave, y al Órgano de Fiscalización Superior del Estado, para los efectos legales proce-dentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Igna-cio de la Llave, a los veintiséis días de febrero del año dos mil dieciséis.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL

Honorable asamblea: Por acuerdo del Pleno de la Sexagésima Tercera Legis-latura del Honorable Congreso del Estado fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-SO/1er./3er./139/2015 de fecha 10 de diciembre de 2015, mediante el cual se remite junto con el expe-diente del caso, la solicitud formulada por el Ayunta-miento de Alpatláhuac, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder realizar una obra cuyo monto exce-

de el 20% de la partida presupuestal del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarca-ciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2015. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso b), de la Constitución Política local; 35, fracción XXXVI, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso b); 38, y 39, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 61, primer párrafo y 62 del Re-glamento para el Gobierno Interior del Poder Legisla-tivo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista el oficio número PRE_2015_101

de fecha 02 de diciembre de 2015, signado por el Presidente Municipal del Ayuntamiento de Al-patláhuac mediante el cual solicita autorización a esta Soberanía para poder realizar la obra “Reha-bilitación de Avenida Benito Juárez entre Calle Francisco I. Madero y Avenida Iturbide”, cuyo monto rebasa el 20% de la partida presupuestal aprobada del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF), ejercicio 2015, y remite la documentación necesaria para el trámite de la solicitud.

2. Se encuentra en el expediente la copia fiel del

acta de Cabildo correspondiente a la sesión ordi-naria celebrada el día dos de noviembre de dos mil quince, en la que los ediles aprueban por unanimidad solicitar autorización al Congreso del Estado para realizar la obra número 2015300080004 “Rehabilitación de Avenida Be-nito Juárez entre Calle Francisco I. Madero y Ave-nida Iturbide”, la cual excede el 20% de la partida presupuestal del Fondo para la Infraestructura So-cial Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2015.

3. Se encuentra la copia del Acta resoluta del Conse-

jo de Desarrollo Municipal número 002/008/2015, en la que los integrantes del Consejo aprueban por unanimidad la modificación presupuestal a la propuesta de inversión del Fondo para la Infraes-tructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2015.

4. Asimismo, se encuentra la copia certificada, con

sello de recepción de la Dirección de Seguimiento a Planes y Programas de Gobierno, del Órgano de Fiscalización Superior de fecha 06 de noviembre

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Gaceta Legislativa 27 jueves 17 de marzo de 2016

del 2015, del formato del programa de inversión con recursos del FISM-DF 2015.

Con base de estos antecedentes y a juicio de esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

I. En términos de lo dispuesto por la normatividad invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son tur-nados, es competente para emitir la presente re-solución.

II. Que, en términos de lo dispuesto por los artículos

19 y 20, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado, se señala que, tanto los recursos del Fon-do de Infraestructura Social Municipal, como los del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, que reciban los Ayuntamientos, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de su po-blación que se encuentren en condiciones de re-zago social y pobreza extrema, dando prioridad a sus obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguri-dad pública de sus habitantes. Condicionando sus gastos a la consecuencia y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación esta-blece la ley.

III. Dado que, en términos de la Ley Orgánica del

Municipio Libre, según establece el artículo 35, fracción XXXVI, los Ayuntamientos deben solicitar autorización del Congreso para realizar obras que excedan el 20% de la respectiva partida presu-puestal, como es el caso del municipio de Al-patláhuac, en las obras mencionadas.

IV. Por lo que una vez analizada la solicitud de refe-

rencia y tomando en consideración la documenta-ción presentada, el Ayuntamiento de Alpatláhuac cumple con lo previsto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás leyes relativas sobre la materia.

Esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Alpatláhuac, Veracruz de Ignacio de la Llave, a realizar la obra número 2015300080004 “Rehabilitación de Avenida Benito Juárez entre Calle Francisco I. Madero y Avenida Iturbide”, que rebasa el 20% del techo financiero de la partida presupuestal aprobada del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejerci-cio 2015. Segundo. Comuníquese esta determinación al Presi-dente Municipal Constitucional de Alpatláhuac, Vera-cruz de Ignacio de la Llave, y al titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado, para su conocimien-to y efectos legales a que haya lugar. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los once días de enero de dos mil dieci-séis.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL

Honorable asamblea: Por acuerdo del Pleno de la Sexagésima Tercera Legis-latura del Honorable Congreso del Estado, fue turna-do a esta Comisión Permanente el oficio número SG-SO/1er./3er./004/2015 de fecha 05 de noviembre de 2015, mediante el cual se remite junto con el expe-diente que al caso corresponde, el oficio número CALCA/PM/2015.X.21.01 de fecha 21 de octubre del año 2014, signado por el C. Presidente Municipal del

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Gaceta Legislativa 28 jueves 17 de marzo de 2016

H. Ayuntamiento de Calcahualco, Veracruz, median-te el cual solicita autorización para realizar obra públi-ca cuyo monto rebasa el 20% de la partida presu-puestal del Fondo de Aportaciones para el Fortaleci-miento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF), ejer-cicio 2015. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso b), de la Constitución Política local; 35, fracción XXXVI, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso b); 38, y 39, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 61, primer párrafo y 62 del Re-glamento para el Gobierno Interior del Poder Legisla-tivo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se encuentra en el expediente la copia fiel del

acta de Cabildo número 43-E/2015, correspon-diente a la sesión extraordinaria celebrada el vein-tinueve de septiembre de dos mil quince, en la que los ediles aprueban por unanimidad, solicitar autorización al Congreso del Estado para la ejecu-ción de la obra denominada Rehabilitación de Camino con Concreto Hidráulico del Km 0 + 000 al 0 + 5000, con una inversión de $1,663,671.30 (un millón seiscientos sesenta y tres mil seiscientos setenta y un pesos 30/100 M.N.), en la localidad Itzapa de ese municipio, con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2015, cuyo monto excede el 20% de la partida presupuestal asigna-da.

2. Se agrega al legajo la copia certificada del acta de

Cabildo, correspondiente a la sesión extraordina-ria celebrada el veintinueve de agosto de dos mil quince, en la que los ediles aprobaron la modifi-cación a la propuesta de inversión de los recursos del Fondo de Aportaciones

3. Se anexa al expediente, la copia del programa de

inversión del FORTAMUNDF 2015, aprobación de obras y acciones con sello de recepción de la Di-rección de Seguimiento a Planes y Programas de Gobierno, del Órgano de Fiscalización Superior, de fecha 14 de enero de 2016.

Con base en los antecedentes mencionados y a juicio de esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, se formulan las siguientes

C O N S I D E R A C I O N E S

I. En términos de lo dispuesto por la normatividad invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son tur-nados, es competente para emitir la presente re-solución.

II. Que, en términos de lo dispuesto por los artículos

19 y 20, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado, se señala que, tanto los recursos del Fon-do de Infraestructura Social Municipal, como los del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios que reciban los Ayuntamientos, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de su po-blación que se encuentren en condiciones de re-zago social y pobreza extrema, dando prioridad a sus obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguri-dad pública de sus habitantes, condicionando sus gastos a la consecución y cumplimiento de los ob-jetivos que para cada tipo de aportación establece la ley.

III. Dado que, en términos de la Ley Orgánica, según

establece el artículo 35, fracción XXXVI, los Ayun-tamientos deben solicitar autorización del Con-greso para realizar obras que excedan el 20% de la respectiva partida presupuestal, como es el caso del Municipio de Calcahualco, en esta obra en particular.

IV. Por lo que una vez analizada la solicitud de refe-

rencia y tomando en consideración la documenta-ción presentada, el Ayuntamiento de Calcahualco cumple con lo previsto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás leyes relativas sobre la materia.

En consecuencia, esta Comisión Permanente de Ha-cienda Municipal somete a consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Calcahualco, Veracruz de Ignacio de la Llave, a reali-zar la obra denominada Rehabilitación de Camino con Concreto Hidráulico del Km 0 + 000 al 0 + 5000, con

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Gaceta Legislativa 29 jueves 17 de marzo de 2016

una inversión de $1,663,671.30 (un millón seiscientos sesenta y tres mil seiscientos setenta y un pesos 30/100 M.N.), en la localidad Itzapa de ese municipio, en virtud de que el monto de dicha obra rebasa el 20% de la partida presupuestal aprobada del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Muni-cipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Fede-ral (FORTAMUNDF), ejercicio 2015. Segundo. Comuníquese esta determinación al Presi-dente Municipal Constitucional de Calcahualco, Vera-cruz de Ignacio de la Llave y al titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado, para su conocimien-to y efectos legales a que haya lugar. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veintiún días de enero de dos mil dieciséis.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Diputación Permanente de la Sexa-gésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-DP/2do./2do./124/2015 de fecha 18 de septiembre de 2015 mediante el cual se remite para su estudio y dictamen, junto con el expediente que al caso corresponde, la solicitud hecha por el H. Ayuntamiento de Landero y Coss para poder enaje-nar bienes de propiedad municipal. En razón de lo anterior y con fundamento en lo dis-puesto por los artículos: 35, fracción XXXV de la Ley

Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 18, fracción XVI, inciso d), de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 472, 473, 474, 475, 476, 477 y 478 del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz; 38 y 39, fracción XVIII; 61, párrafo primero y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión elabora el presente dictamen bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista el oficio número 129/2015 de

fecha 20 de agosto de 2015 signado por el Presi-dente Municipal mediante el cual solicita autori-zación a esta Soberanía para poder enajenar di-versos lotes de terreno de la parcela denominada “El Posito”, perteneciente al fundo legal del mu-nicipio

2. Se encuentra en el expediente la copia fiel del

acta de Cabildo correspondiente a la sesión cele-brada el veintiuno de septiembre del año dos mil quince en la que los ediles aprobaron por unani-midad, y previa autorización del H. Congreso, lle-var a cabo la enajenación de treinta y un lotes de terreno de la parcela denominada “El Posito”, perteneciente al fundo legal del municipio.

3. Se agregan al legajo los expedientes unitarios de

los posesionarios de los predios, así como la copia del ejemplar número 467 de la Gaceta Oficial de fecha 24 de noviembre de 2015 en la que se pu-blica el acta de la sesión de Cabildo correspon-diente a la sesión celebrada el día 26 de octubre de 2015 en la que se declara que la parcela de-nominada “El Posito” pasa a ser propiedad del municipio de Landero y Coss.

Con base en los antecedentes presentados, la Comi-sión Permanente que suscribe formula las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

I. Que, en términos de lo dispuesto por la normati-vidad invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía para contribuir al cum-plimiento de las atribuciones del Congreso me-diante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le sean turnados, es competente para emitir la presente resolución.

II. Que, la enajenación de los lotes de terreno se

lleva a cabo con la finalidad de beneficiar a la po-

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Gaceta Legislativa 30 jueves 17 de marzo de 2016

blación más vulnerable del municipio que no cuenta con los recursos suficientes para construir su patrimonio.

III. Que, una vez analizada la documentación que

acompaña la solicitud y hechas las valoraciones correspondientes, se concluye que el H. Ayunta-miento de Landero y Coss, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo señalado por la Ley Orgá-nica del Municipio Libre para el Estado.

En consecuencia, esta Comisión somete a considera-ción del Pleno el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O

Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Landero y Coss, Veracruz de Ignacio de la Llave, ena-jenar treinta y un lotes de terreno pertenecientes al fundo legal del municipio, a las personas que a conti-nuación se relacionan: No. NOMBRE DIRECCIÓN SUPERFICIE EN

METROS CUADRADOS

PRECIO EN PESOS

1 IVÁN HERNÁNDEZ JIMÉNEZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

2 JULIO ANTONIO HERNÁNDEZ ORTIZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

3 HÉCTOR GÓMEZ ZAMORA

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

4 GUADALUPE CANO DOMÍNGUEZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

5 SOCORRO RAMÍREZ JIMÉNEZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

6 LEONOR GARCÍA MARTÍNEZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

7 VICENTA DOMÍNGUEZ RAMÍREZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

8 PABLO MORALES MENDOZA

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

9 VÍCTORINO MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

10

PLÁCIDO MARTÍNEZ GARCÍA

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

11 ELIA ROSADO GUTIÉ-RREZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

12 CRISANTA LÓPEZ ROSADO

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

13 PABLO DÍAZ FLORES DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

14 MAURICIO JIMÉNEZ GARCÍA

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

15 ROMÁN RAMÍREZ HERNÁNDEZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

16 MIGUÉL DOMÍNGUEZ ROSADO

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

17 LORENZA GÓMEZ ZAMORA

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

18 CONCEPCIÓN JIMÉNEZ DÍAZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

19 PRIMITIVO MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

20 CARMELA RUIZ FERNÁNDEZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

21 FLORENCIA JIMÉNEZ GARCÍA

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

22 RICARDO ORTIZ MARTÍNEZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

23 ROMUALDO ORTIZ GÓMEZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

24 NIEVES DOMINGA DÍAZ ARGÜELLES

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

25 ROSA ORTIZ GÓMEZ DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

26 GRISELDA DOMÍN-GUEZ SANTIAGO

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

27 JOSÉ DOMÍNGUEZ ROSADO

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

28 JULIA MARTÍNEZ LANDERO

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

29 RAFAEL ORTIZ GÓMEZ DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

30 GUADALUPE ORTIZ MARTÍNEZ

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

31 OMAR GARCÍA MODESTO

DOMICILIO CONOCIDO, PARCELA EL POSITO

80.00 160.00

Segundo. El acto jurídico quedará sujeto a las siguientes condiciones: 1. Otorgarse ante notario público, que elija el adquirente; 2. Este acuerdo deberá insertarse ínte-gramente en cada instrumento notarial; 3. Dicho ins-trumento deberá contener lo establecido por el artículo 478, fracción III, del Código Hacendario Municipal, que dispone: “III. Si en el término de dos años, el adquirente no concluye el proceso de escrituración una vez obteni-do el acuerdo para su enajenación, se procederá a la rescisión administrativa del mismo”. Tercero Comuníquese esta determinación al Presidente Municipal Constitucional de Landero y Coss, Veracruz de Ignacio de la Llave, y a los interesados mediante la tabla de avisos, para su conocimiento y efectos. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los vein-te días de enero de dos mil dieciséis.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

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Gaceta Legislativa 31 jueves 17 de marzo de 2016

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo del Pleno de la Sexagésima Tercera Legisla-tura del H. Congreso del Estado, fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-SO/1er./3er./211/2016 de fecha 07 de enero de 2016 mediante el cual se remite para su estudio y dictamen, junto con el expediente que al caso corresponde, la solicitud hecha por el Ayuntamiento de Papantla para enajenar bienes de propiedad municipal. En razón de lo anterior y con fundamento en lo dispues-to por los artículos: 35, fracción XXXV de la Ley Orgáni-ca del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 18, fracción XVI, inciso d) de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 472, 473, 474, 475, 476, 477 y 478 del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz; 38 y 39, fracción XVIII; 61, párrafo primero, y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión elabora el presente dictamen bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista el oficio número FL/1145/2015 de

fecha 08 de diciembre de 2015 signado por el Presi-dente Municipal y el Secretario del Ayuntamiento mediante el cual solicitan autorización a esta Sobe-ranía para poder enajenar diversos predios pertene-cientes al fundo legal del municipio de Papantla.

2. Se encuentra en el expediente el acuerdo certificado

correspondiente al orden del día del acta de Cabildo de la trigésima sexta sesión ordinaria celebrada el 18 de junio de 2015 en el cual los ediles aprobaron enajenar un total de diecinueve lotes pertenecientes al fundo legal del municipio de Papantla, previa au-torización del H. Congreso del Estado.

3. Se anexan al legajo los expedientes unitarios de

los posesionarios de los predios, así como la copia certificada del acta de la trigésima sexta sesión ordinaria de Cabildo en la que los ediles ratifican, entre otras, que las colonias Unidad y Trabajo, Antonio M. Quirasco, Ampliación Riva Palacio, Maestros Rurales, Luis Salas García, Sector Cerro de Dolores, así como las comunidades Carrizal, Polutla y Ojital Viejo, forman parte del fundo legal del municipio desde la dotación del Gobierno del Estado, registrada en la Secretaría de Gobierno del Estado, sección Gobernación, en los años 1891 y 1906 con el número 12 y 24, respectiva-mente, letra F.

Con base en los antecedentes mencionados y a juicio de la Comisión Permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I. Que en términos de lo dispuesto por la normativi-

dad invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía para contribuir al cum-plimiento de las atribuciones del Congreso me-diante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le sean turnados, es competente para emitir la presente resolución.

II. La enajenación de los lotes de terreno se lleva a

cabo con la finalidad de regularizar su estatus le-gal en beneficio de las personas que actualmente los tienen en posesión, dando certeza jurídica pa-ra realizar cualquier acción administrativa.

III. Una vez analizada la documentación que acom-

paña la solicitud y hechas las valoraciones corres-pondientes, se concluye que el H. Ayuntamiento de Papantla, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo señalado por la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz por lo que es viable autorizar la solicitud de referencia.

Por lo tanto, esta Comisión somete a consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Papantla, Veracruz de Ignacio de la Llave, enajenar diecinueve lotes de terreno pertenecientes al fundo legal de ese municipio, en favor de las personas que a continuación se relacionan: No. NOMBRE DIRECCIÓN SUPERFICIE EN

METROS CUADRADOS

PRECIO DEL PREDIO EN

PESOS

1 LILIANA BERENICE RODRÍGUEZ HERRERA

CALLE 5 DE ABRIL SIN NÚMERO, LOTE 04, MANZANA 03, COLONIA UNIDAD Y TRABAJO, PAPANTLA, VER.

120.00 1,800.00

2 FRANCISCO GARCÍA GONZÁLEZ

CALLE GIRASOL SIN NÚMERO, LOTE 1-A, SECTOR 06, COLONIA UNIDAD Y TRABAJO, PAPANTLA, VER.

93.00 3,057.00

3 HUMBERTO BAUTISTA MONCAYO

CALLE XANATH SIN NÚMERO, SECTOR 05 COLONIA UNIDAD Y TRABAJO, PAPANTLA, VER.

200.00 12,600.00

4 GUSTAVO REYES REYNOSO

CALLE SALVADOR DÍAZ MIRÓN SIN NÚMERO, LOTE 9-B, COLONIA

146.00 7,300.00

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Gaceta Legislativa 32 jueves 17 de marzo de 2016

ANTONIO M. QUIRASCO, PAPANTLA, VER.

5 RITO ROMERO BARRIENTOS

PROLONGACION CALLE DÍAZ MIRÓN SIN NÚME-RO, COLONIA ANTONIO M. QUIRASCO, PA-PANTLA, VER.

119.00 5,712.00

6 ADELAIDA LORENZO GARCÍA

CALLE TOTONACAPAN SIN NÚMERO, LOTE 02, MANZANA 01, COLONIA AMPLIACIÓN RIVA PALACIO, PAPANTLA, VER.

120.00 1,800.00

7 MANUEL CERVANTES VÁZQUEZ

CALLE TAKILSUKUT SIN NÚMERO, LOTE 15, MANZANA 06, COLONIA AMPLIACIÓN RIVA PALACIO NÚMERO 2, PAPANTLA, VER.

120.00 1,800.00

8 MARIA ANTONIETA REYES ZAMORA

CALLE JORGE DE CASTRO CANCIO INTERIOR SIN NÚMERO, COLONIA MAESTROS RURALES, PAPANTLA, VER.

135.00 6,558.00

9 LUIS ÁNGEL ATZIN LÓPEZ

CALLE GRACIANO SÁNCHEZ Y CALLEJÓN SALVADOR D. NARVÁEZ SIN NÚMERO, SECTOR CERRO DE DOLORES

445.00 65,860.00

10 JUAN ARTURO ATZIN LÓPEZ

CALLE GRACIANO SÁNCHEZ ESQUINA CON LA CALLE JÍCARA Y CALLEJÓN SALVADOR D. NARVÁEZ SIN NÚMERO, SECTOR CERRO DE DOLORES, PAPANTLA, VER.

434.00 82,312.00

11 HIPÓLITO RAMÍREZ JUÁREZ

CALLE HERIBERTO JARA CORONA SIN NÚMERO, LOTE 03, MANZANA 28, COLONIA LUIS SALAS GARCÍA, PAPANTLA, VER.

179.00 2,685.00

12 CRUZ ORTIZ VÁZQUEZ AVENIDA TEODORO CANO SIN NÚMERO, LOTE 15, MANZANA 12, COLONIA LUIS SALAS GARCÍA, PAPANTLA, VER.

179.00 2,685.00

13 MARIA ILEANA SALAZAR PÉREZ

CALLE IGNACIO MANUEL ALTAMIRANO ESQUINA CON CALLE FRANCISCO DÍAZ COVARRUBIAS SIN NÚMERO, LOTE 11, MANZANA 07, COLONIA LUIS SALAS GARCÍA, PAPANTLA, VER.

159.00 2,385.00

14 ANGEL EDUARDO HERNÁNDEZ RAMÍREZ

CALLE 1° DE MAYO INTERIOR SIN NÚMERO, MANZANA 20, COMUNI-DAD CARRIZAL, PA-PANTLA, VER.

184.00 3,169.00

15 VALENTE RAMÍREZ MALDONADO

CALLE 1° DE MAYO SIN NÚMERO, MANZANA 20, COMUNIDAD CARRIZAL, PAPANTLA, VER.

145.00 5,800.00

16 RÓMULO RAMÍREZ MALDONADO

CALLE MIGUEL HIDALGO ESQUINA CON CALLE 1° DE MAYO SIN NÚMERO, MANZANA 20-A, COMU-NIDAD CARRIZAL, PA-PANTLA, VER.

184.00 9,200.00

17 EUSEBIO MORGADO OLARTE

CALLE BENITO JUÁREZ SIN NÚMERO ESQUINA CON CALLE FRANCISCO VILLA, COMUNIDAD POLUTLA, PAPANTLA, VER.

750.00 7,500.00

18 VICTOR MORGADO OLARTE

CALLE FRANCISCO VILLA SIN NÚMERO, COMUNI-DAD POLUTLA, PA-PANTLA, VER.

750.00 7,500.00

19 JUAN CARLOS BARRERA ALCAIDE

CALLE VERACRUZ SIN NÚMERO, LOTE 05, MANZANA 10, COMUNI-DAD OJITAL VIEJO, PAPANTLA, VER.

384.12 6,200.00

Tal como se desprende de la fracción II del artículo 477 del Código Hacendario Municipal, se hace excep-ción en el presente por autorizarse la venta de lotes en donde ya está edificada la superficie. Segundo. El acto jurídico quedará sujeto a las siguientes condiciones: 1. Otorgarse ante notario público, que elija el adquirente; 2. Este acuerdo deberá insertarse ínte-gramente en cada instrumento notarial; 3. Dicho ins-trumento deberá contener lo establecido por el artículo 478, fracción III, del Código Hacendario Municipal, que dispone: “III. Si en el término de dos años, el adquirente no concluye el proceso de escrituración una vez obteni-do el acuerdo para su enajenación, se procederá a la rescisión administrativa del mismo”. Tercero. Comuníquese esta determinación al Presi-dente Municipal Constitucional de Papantla, Veracruz de Ignacio de la Llave, y a los interesados mediante la tabla de avisos, para su conocimiento y efectos. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los once días del mes de febrero de dos mil dieciséis.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Diputación Permanente de la Sexagé-sima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, se turnó a esta Comisión Permanente el oficio número SG-DP/1er./3er./007/2016 de fecha 04 de febre-ro de 2016 mediante el cual se remite para su estudio y

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Gaceta Legislativa 33 jueves 17 de marzo de 2016

dictamen junto con el expediente que al caso corres-ponde, el oficio número 31/2016 de fecha 29 de enero del año en curso , signado por la C. Presidenta Municipal del H. Ayuntamiento de Mixtla de Altamirano, Vera-cruz de Ignacio de la Llave, mediante el cual solicita autorización para firmar convenio de colaboración con la persona jurídica denominada “Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V.” mismo que tendrá una vigencia de 15 años; al que se le agrega el diverso SG-SO/2do./2do./010/2015 de fecha 02 de mayo de 2015. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XVIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 61, primer párrafo y 62 del Reglamento para el Go-bierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se encuentra la copia fiel del acta del Cabildo

número 10, correspondiente a la sesión extraordi-naria celebrada el veintiocho de enero de dos mil dieciséis en la que los ediles aprueban por unani-midad solicitar al Honorable Congreso del Estado la autorización para que el Ayuntamiento de Mix-tla de Altamirano realice la firma del convenio de colaboración con la persona jurídica denominada “Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V.”, mis-mo que tendrá una vigencia de 15 años.

2. Se anexa al legajo la copia del proyecto de conve-

nio de colaboración que celebran el H. Ayunta-miento de Mixtla de Altamirano y la empresa Elec-tricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V., en el cual se especifican los derechos y obligaciones de las par-tes.

3. Se tiene a la vista la copia de la escritura pública

número 300,228 de fecha 13 de febrero de 2008, inscrita de manera definitiva en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio bajo el número 377,422 de fecha 20 de febrero de 2008 la cual hace constar la constitución de la empresa Electri-cidad del Golfo, S. de R.L. de C.V. como sociedad.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Perma-nente que suscribe formula las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I. En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del

presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía para contribuir al cumplimiento de las obligaciones del Congreso mediante la elabo-ración de dictámenes sobre los asuntos que le sean turnados, es competente para emitir la pre-sente resolución.

II. La finalidad del convenio es que el municipio de

Mixtla de Altamirano reciba de la empresa Electri-cidad del Golfo, S. de R.L. de C.V., una aportación mensual por la cantidad que resulte de multiplicar 600 kilowatts/hora por la tarifa 5-A en baja ten-sión, publicada por la Comisión Federal de Electri-cidad; lo cual, para efectos prácticos, las partes convienen que el pago de la cantidad resultante se hará cada tres meses, el cual tendrá una dura-ción de 15 años.

III. Una vez analizada la solicitud, y tomando en consi-

deración la documentación anexa, se concluye que el Honorable Ayuntamiento de Mixtla de Altami-rano, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta Soberanía la autorización para poder suscribir el citado convenio de colaboración.

En consecuencia, esta Comisión Permanente somete a consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Mixtla de Altamirano, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir el convenio de colaboración con la empresa Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V., con el fin de que el Ayuntamiento reciba una aportación mensual por la cantidad que resulte de multiplicar 600 kilo-watts/hora por la tarifa 5-A en baja tensión, publicada por la Comisión Federal de Electricidad, el cual tendrá una duración de 15 años. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la Presi-denta Municipal Constitucional del Honorable Ayun-tamiento de Mixtla de Altamirano, Veracruz de Igna-cio de la Llave, para los efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Igna-cio de la Llave, a los dos días de marzo de dos mil dieciséis.

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Gaceta Legislativa 34 jueves 17 de marzo de 2016

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Diputación Permanente de la Sexa-gésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, se turnó a esta Comisión Permanente el oficio número SG-DP/2do./2do./109/2015 de fecha 18 de septiembre de 2015 mediante el cual se remite para su estudio y dictamen junto con el expediente que al caso corresponde, el oficio número 124/CCHH/PRESIDENCIA MPAL/2015 de fecha 27 de agosto de 2015, signado por el C. Presidente Munici-pal del H. Ayuntamiento de Texhuacan, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante el cual solicita autoriza-ción para firmar convenio con la empresa denomina-da “Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V.” para realizar diversas acciones. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XVIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 61, primer párrafo y 62 del Reglamento para el Go-bierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se encuentra la copia fiel del acta del Cabildo

número 038, correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el dieciocho de agosto de dos mil quin-ce en la que los ediles aprueban por mayoría que los CC. Presidente Municipal y Síndico firmen un convenio con la empresa Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V. a fin de que pueda ser reconocida ante la Comisión Reguladoras de Energía y acceda al descuento en el consumo de energía eléctrica

para el alumbrado público, lo que redundará en un importante beneficio para esa municipalidad y con antelación a la autorización del Honorable Congreso del Estado para la suscripción del con-venio en comento.

2. Se anexa al legajo la copia del proyecto de conve-

nio de colaboración que celebran el H. Ayunta-miento de Texhuacan y la empresa Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V., en el cual se especifican los derechos y obligaciones de las partes.

3. Se tiene a la vista la copia de la escritura públi-

ca número 300,228 de fecha 13 de febrero de 2008, inscrita de manera definitiva en el Regis-tro Público de la Propiedad y el Comercio bajo el número 377,422 de fecha 20 de febrero de 2008 la cual hace constar la constitución de la empresa Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V. como sociedad.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Perma-nente que suscribe formula las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I. En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía para contribuir al cumplimiento de las obligaciones del Congreso mediante la elabo-ración de dictámenes sobre los asuntos que le sean turnados, es competente para emitir la pre-sente resolución.

II. La finalidad del convenio es que el municipio de

Texhuacan reciba de la empresa Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V., una aportación mensual por la cantidad que resulte de multiplicar 600 ki-lowatts/hora por la tarifa 5-A en baja tensión, pu-blicada por la Comisión Federal de Electricidad; lo cual, para efectos prácticos, las partes convienen que el pago de la cantidad resultante se hará cada tres meses, el cual tendrá una duración de 15 años.

III. Una vez analizada la solicitud, y tomando en con-

sideración la documentación anexa, se concluye que el Honorable Ayuntamiento de Texhuacan, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta Soberanía la autorización para poder suscribir el citado convenio de colabora-ción.

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Gaceta Legislativa 35 jueves 17 de marzo de 2016

En consecuencia, esta Comisión Permanente some-te a consideración el siguiente dictamen con pro-yecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Texhuacan, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir el convenio de colaboración con la empresa Electrici-dad del Golfo, S. de R.L. de C.V., con el fin de que el Ayuntamiento reciba una aportación mensual por la cantidad que resulte de multiplicar 600 kilowatts/hora por la tarifa 5-A en baja tensión, publicada por la Comisión Federal de Electricidad, el cual tendrá una duración de 15 años. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo al Presi-dente Municipal Constitucional del Honorable Ayun-tamiento de Texhuacan, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Igna-cio de la Llave, a los dos días de marzo de dos mil dieciséis.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Diputación Permanente de la Sexa-gésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, se turnó a esta Comisión Permanente el oficio número SG-DP/1er./3er./028/2016 de fecha 18 de febrero de 2016 mediante el cual se remite para su

estudio y dictamen junto con el expediente que al caso corresponde, el oficio número 005/SRIA/16 de fecha 12 de febrero del año en curso, signado por el C. Secretario del H. Ayuntamiento de Zongolica, Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante el cual se solicita autorización para celebrar convenio de colabo-ración con la persona jurídica denominada “Electrici-dad del Golfo, S. de R.L. de C.V.” para acceder al descuento en el consumo de energía eléctrica de alumbrado público; al que se le agrega el diverso SG-DP/2do./1er./045/2014 de fecha 21 de agosto de 2014. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XVIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 61, primer párrafo y 62 del Reglamento para el Go-bierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se encuentra la copia certificada del acta del Ca-

bildo, correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada el doce de enero de dos mil dieiciséis en la que los ediles aprueban por unanimidad solici-tar al Honorable Congreso del Estado la autoriza-ción para que el Presidente Municipal y el Síndico del H. Ayuntamiento de Zongolica firmen un con-venio de colaboración con la persona jurídica de-nominada “Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V.”, con el fin de acceder al descuento en el consumo de energía eléctrica para el alumbrado público, mismo que tendrá una vigencia de 15 años.

2. Se anexa al legajo la copia del proyecto de conve-

nio de colaboración que celebran el H. Ayunta-miento de Zongolica y la empresa Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V., en el cual se especifican los derechos y obligaciones de las partes.

3. Se tiene a la vista la copia de la escritura públi-

ca número 300,228 de fecha 13 de febrero de 2008, inscrita de manera definitiva en el Regis-tro Público de la Propiedad y el Comercio bajo el número 377,422 de fecha 20 de febrero de 2008 la cual hace constar la constitución de la empresa Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V. como sociedad.

Por lo anteriormente expuesto, la Comisión Perma-nente que suscribe formula las siguientes:

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Gaceta Legislativa 36 jueves 17 de marzo de 2016

C O N S I D E R A C I O N E S I. En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del pre-sente dictamen, la Comisión Permanente que sus-cribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía para contribuir al cumplimiento de las obligaciones del Congreso mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le sean turna-dos, es competente para emitir la presente resolu-ción.

II. La finalidad del convenio es que el municipio de

Zongolica reciba de la empresa Electricidad del Gol-fo, S. de R.L. de C.V., una aportación mensual por la cantidad que resulte de multiplicar 600 kilo-watts/hora por la tarifa 5-A en baja tensión, publi-cada por la Comisión Federal de Electricidad; lo cual, para efectos prácticos, las partes convienen que el pago de la cantidad resultante se hará cada tres me-ses, el cual tendrá una duración de 15 años.

III. Una vez analizada la solicitud, y tomando en con-

sideración la documentación anexa, se concluye que el Honorable Ayuntamiento de Zongolica, Ve-racruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dis-puesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta Soberanía la autorización para po-der suscribir el citado convenio de colaboración.

En consecuencia, esta Comisión Permanente somete a consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Zongolica, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir el convenio de colaboración con la empresa Electricidad del Golfo, S. de R.L. de C.V., con el fin de que el Ayuntamiento reciba una aportación mensual por la cantidad que resulte de multiplicar 600 kilowatts/hora por la tarifa 5-A en baja tensión, publicada por la Comisión Federal de Electricidad, el cual tendrá una duración de 15 años. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo al Presi-dente Municipal Constitucional del Honorable Ayun-tamiento de Zongolica, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado,

en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Igna-cio de la Llave, a los dos días de marzo de dos mil dieciséis.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo del Pleno de la Sexagésima Tercera Legis-latura del H. Congreso del Estado, fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-SO/1er./3er./046/2015 de fecha 12 de noviembre de 2015 mediante el cual se remite para su estudio y dictamen, junto con el expediente que al caso corres-ponde, la solicitud hecha por el Ayuntamiento de Perote para enajenar un lote de terreno pertenecien-te al fundo legal del municipio. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 35, fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso e); 38 y 39, fracción XVIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; artículo 61, párrafo primero, y 62 del Re-glamento para el Gobierno Interior del Poder Legisla-tivo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se tiene a la vista el oficio número 1120 de fecha

24 de octubre de 2015 signado por el Presidente Municipal mediante el que solicita autorización a esta Soberanía para la donación de un predio per-teneciente al fundo legal del municipio, a favor del Jardín de Niños “Ermilo Abreu Gómez”, clave 30DJN1046C.

2. Se encuentra en el expediente la copia certificada

del acta de Cabildo número 65, correspondiente a

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Gaceta Legislativa 37 jueves 17 de marzo de 2016

la sesión extraordinaria celebrada el doce de octubre de dos mil quince en la que los ediles aprobaron por unanimidad de votos que el Ayuntamiento lleve a cabo, previa autorización del H. Congreso, la donación de una fracción de terreno ubicada en la calle 5 de Mayo es-quina con la calle Nicolás Bravo de la localidad de Tenextepec, municipio de Perote, con una superficie total de 3,104.90 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: al norte, 122.71 metros con la calle Benito Juá-rez; al sur, en 130.00 metros colinda con calle 5 de Mayo; al este, en 38.16 metros con la ca-lle José María Morelos; al oeste, en 11.79 me-tros con la calle Nicolás Bravo, a favor del Jar-dín de Niños “Ermilo Abreu Gómez”, clave 30DJN1046C.

3. Se anexan al legajo los siguientes documentos:

a) El oficio de solicitud presentado ante el H. Ayuntamiento por la Directora del jardín de ni-ños; b) La copia del ejemplar número 61 de la Gaceta Oficial de fecha 21 de mayo de 1931 en el que se publica la declaración de expropiación del terreno necesario para el fundo legal de la congregación de Tenextepec, municipio de Pe-rote; c) La constancia de que el terreno no está destinado a ningún servicio público, firmada por el Presidente Municipal; d) El oficio en el que el Director de Catastro Municipal certifica que el predio corresponde al orden del dominio privado; e) El plano del terreno con medidas y colindancias.

Con base en lo anterior y a juicio de la Comisión Per-manente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I. Que, en términos de lo dispuesto por la normati-

vidad invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía para contribuir al cum-plimiento de las atribuciones del Congreso me-diante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le sean turnados, es competente para emitir la presente resolución.

II. Que, la solicitud de donación tiene como objeto

formalizar la situación del inmueble donde se en-cuentra construido el plantel educativo, a fin de dar certeza jurídica sobre la posesión y poder rea-lizar cualquier acción administrativa en beneficio de la población estudiantil del municipio.

III. Que, la donación se otorga en términos del artícu-lo 112 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, considerando que mientras subsista el objeto de la donación, la propiedad será de la Secretaría de Educación de Veracruz; de lo contrario, se conser-vará el bien inmueble en favor del municipio.

IV. Que, una vez analizada la documentación y he-

chas las valoraciones correspondientes, se conclu-ye que es viable autorizar la solicitud de referen-cia.

Por lo tanto, esta Comisión somete a consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento Perote, Veracruz de Ignacio de la Llave, dar en dona-ción condicional, en su caso revocable, una fracción de terreno ubicada en la calle 5 de Mayo esquina con la calle Nicolás Bravo de la localidad de Tenextepec, de ese municipio, con una superficie total de 3,104.90 metros cuadrados, con las siguientes medi-das y colindancias: al norte, 122.71 metros con la calle Benito Juárez; al sur, en 130 metros colinda con calle 5 de Mayo; al este, en 38.16 metros con la calle José María Morelos; al oeste, en 11.79 metros con la calle Nicolás Bravo, a favor del Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Educación de Veracruz, con destino final y para uso exclusivo del Jardín de Niños “Ermilo Abreu Gómez”, clave 30DJN1046C. Segundo. Si no se cumpliera con la finalidad estable-cida o si al lote se le diera un destino distinto al indi-cado en el resolutivo anterior, la autorización de do-nación se entenderá por revocada y sin necesidad de declaración judicial, la propiedad se revertirá al patri-monio de Perote, en términos de lo establecido en el artículo 112 de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Tercero. Comuníquese esta determinación al Presi-dente Municipal Constitucional de Perote, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los cinco días de febrero de dos mil dieciséis.

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Gaceta Legislativa 38 jueves 17 de marzo de 2016

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable Asamblea: Por acuerdo de la Diputación Permanente de la Sexa-gésima Tercera Legislatura del H. Congreso del Esta-do, fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-DP/1er./2do./151/2015 de fecha 24 de marzo de 2015, mediante el cual se remite, para su estudio y dictamen junto con el expediente que al caso corresponde, la solicitud formulada por el H. Ayuntamiento de Tamalín, para poder donar bienes de propiedad municipal. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 35, fracción XXXV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso e), 38, y 39, fracción XVIII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 61, párrafo primero y 62, del Re-glamento para el Gobierno Interior del Poder Legisla-tivo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se tiene a vista el oficio número 127 de fecha 25 de

febrero de 2015, signado por el Presidente Munici-pal del Ayuntamiento de Tamalín, mediante el cual remite la documentación necesaria que al trámite corresponde, para la autorización de donación de una fracción de terreno a favor de la Comisión Fede-ral de Electricidad para la construcción de una subestación eléctrica en ese municipio.

2. Se encuentra la copia certificada del acta de Ca-

bildo número 09, correspondiente a la sesión ex-traordinaria celebrada el día diecinueve de febrero de dos mil quince, en la que los ediles aprueban por unanimidad donar una fracción de terreno de

propiedad municipal para la construcción de una subestación eléctrica, con una superficie total de 1,200.00 metros cuadrados, que se desprende del predio del campo industrial, con las siguientes medidas y colindancias: al norte, en 30.00 metros con propiedad que se reserva el municipio; al sur, en 30.00 metros con camino al basurero munici-pal; al este, en 40.00 metros con propiedad que se reserva el municipio; y al oeste, en 40.00 me-tros con propiedad de la C. Aquilina Barragán Guzmán, previa autorización del H. Congreso del Estado.

3. Se anexan al legajo la copia del contrato de com-

pra venta de la fracción de terreno donde se en-cuentra el campo industrial, protocolizada a través del edicto publicado en la Gaceta Oficial en el ejemplar número 501 de fecha 17 de diciembre de 2015, en la que el Ayuntamiento se adjudica el predio a favor suyo, inscrito en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, bajo el número 59 de fecha 29 de enero de 2016, con lo que se acredita la propiedad de dicha su-perficie a favor del municipio de Tamalín; se halla el plano del terreno con medidas y colindancias; se encuentra en el expediente la constancia por la que el Presidente Municipal informa que el te-rreno no está destinado a ningún servicio público; de igual manera, se anexa la constancia por la que el Departamento de Catastro del municipio certifica que el terreno pertenece al orden del pri-vado.

4. Se observa en el expediente, una copia del oficio

DU010/SUP/O/0/641/2014 de fecha 17 de julio de 2014, signado por el Superintendente de Zona Tampico de la Comisión Federal de Electricidad, mediante el cual solicita al H. Ayuntamiento de Tamalín la donación de una fracción de terreno para la construcción de una subestación eléctrica en ese municipio, lo cual permitirá mejorar la cali-dad y continuidad del servicio de energía eléctrica en el municipio de Tamalín y la región, mejorando el voltaje y disminuyendo la posibilidad de inte-rrupciones del circuito debido al acercamiento de la fuente de suministro.

Por tal motivo, y con base en estos antecedentes, a juicio de la Comisión Permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I. En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del

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Gaceta Legislativa 39 jueves 17 de marzo de 2016

presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son tur-nados, es competente para emitir la presente re-solución.

II. Se toma en consideración que la donación de

dicha fracción de terreno tiene como finalidad la construcción de una subestación eléctrica, la cual tiene como objetivo mejorar la calidad y continui-dad del servicio de energía eléctrica en el munici-pio de Tamalín y la región, mejorando el voltaje y disminuyendo la posibilidad de interrupciones del circuito debido al acercamiento de la fuente de suministro.

III. Se toma en consideración que la solicitud se re-

suelve a la fecha ya que el Ayuntamiento del mu-nicipio mencionado presentó la documentación de manera parcial y por tiempos.

IV. Por lo que una vez realizado el análisis de la do-

cumentación en la presente petición, hechas las apreciaciones y valoraciones correspondientes, se concluye que es viable autorizar la solicitud de re-ferencia.

En virtud de lo anterior, esta Dictaminadora somete a consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Tamalín, Veracruz de Ignacio de la Llave, a donar de forma condicional, en su caso revocable, una fracción de terreno de propiedad municipal, con una superficie total de 1,200.00 metros cuadrados que se desprende del predio que ocupa el campo industrial ubicado en la cabecera municipal, con las siguientes medidas y colindancias: al norte, en 30.00 metros con propiedad que se reserva el municipio; al sur, en 30.00 metros con camino al basurero municipal; al este, en 40.00 metros con propiedad que se reserva el municipio; y al oeste, en 40.00 metros con propiedad de la C. Aquilina Barragán Guzmán, a favor de la Comisión Federal de Electricidad para la construcción de una subestación eléctrica en ese municipio. Segundo. Si no se cumple con la finalidad estableci-da o si al lote donado se le diera un destino distinto al indicado en el resolutivo anterior, la autorización de donación se entenderá revocada y, sin necesidad de declaración judicial, la propiedad se revertirá al patri-

monio del municipio de Tamalín, en términos de lo esta-blecido en el artículo 112 de la Ley Orgánica del Munici-pio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Tercero. Comuníquese esta determinación al Presi-dente Municipal de Tamalín, Veracruz de Ignacio de la Llave y al Superintendente de la Zona Tampico de la Comisión Federal de Electricidad para su conocimien-to y efectos legales que haya lugar. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a primero de marzo del dos mil dieciséis.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo del Pleno de la Sexagésima Tercera Legis-latura del H. Congreso del Estado, fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-SO/1er./3er./046/2015 de fecha 12 de noviembre de 2015, mediante el cual se remite para su estudio y dictamen, junto con el expediente que al caso corres-ponde, la solicitud hecha por el Ayuntamiento de Tecolutla para donar bienes de propiedad municipal. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 35, fracción XXXV de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso e); 38 y 39, fracción XVIII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 61, párrafo primero, y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de refe-rencia, bajo los siguientes:

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Gaceta Legislativa 40 jueves 17 de marzo de 2016

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista el oficio 132/2015 de fecha 23 de octubre de 2015 signado por el Secretario del Ayuntamiento quien por instrucciones del Presi-dente Municipal, remite el acta de Cabildo relativa a la presentación, análisis y en su caso aproba-ción, para donación de los lotes ubicados en la lo-calidad de la Vigueta y la congregación de Boca de Lima, del municipio de Tecolutla, Veracruz.

2. Se encuentra en el expediente la copia fiel del

acta de Cabildo número 044 correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada el veintiuno de oc-tubre de dos mil quince en la que los ediles apro-baron por unanimidad de votos, y previa autoriza-ción del Congreso del Estado, la donación de tres lotes de terreno pertenecientes al fundo legal del municipio, con las siguientes medidas y colindan-cias: 1. Escuela Primaria “Gral. Lázaro Cárdenas del Río”: al noroeste, en 39.50 metros con ca-mino real al ejido La Vigueta; al suroeste, en 43.27 metros con la propiedad del Jardín de Ni-ños “Niños Héroes”; al sureste, en 80.25 metros con la calle José María Morelos y Pavón y al no-roeste, en 76.43 metros con la calle Margarita Maza de Juárez; 2. Jardín de Niños “Niños Hé-roes”: al noreste, en 50.00 metros con la Escuela Primaria “Lázaro Cárdenas del Río”; al suroeste, en 44.30 metros con la Calle sin Nombre; al sur-este, en 50.00 metros con la calle José María Mo-relos y Pavón y al noroeste, en 50.00 metros con la calle Margarita Maza de Juárez; 3. Escuela Pri-maria “Benito Juárez García”: al norte, en 47.75 metros con la calle 20 de Noviembre; al sur, en 44.60 metros con la calle Francisco y Madero; al este, en 55.39 metros con las propiedades de Gaudencio y Esteban González Ramírez e Hilario González Ramírez y al oeste, en 51.08 metros con la calle Benito Juárez, a favor de la Secretaría de Educación de Veracruz, con destino a las escuelas que a continuación se mencionan:

No. NOMBRE DE LA

ESCUELA CLAVE DIRECCIÓN SUPERFICIE EN

METROS CUADRADOS

1 ESCUELA PRIMA-RIA “GRAL. LÁZARO CÁRDE-NAS DEL RÍO”

30DPR0964T

CALLE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN ESQUINA CON CAMINO REAL AL EJIDO LA VIGUETA ESQUINA CON LA CALLE MARGARITA MAZA DE JUÁREZ SIN NÚMERO, LOTE 01, MANZANA 02, COLONIA LA VIGUETA 2000, LOCALI-DAD LA VIGUETA, TECO-LUTLA, VER.

3,413.52

2 JARDÍN DE NIÑOS “NIÑOS HÉROES”

30DJN2338Y CALLE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN ESQUINA CON LA CALLE SIN NOMBRE ESQUINA CON LA CALLE MARGARITA MAZA DE JUÁREZ SIN NÚME-RO, LOTE 02, MANZANA 02,

2,189.06

COLONIA LA VIGUETA 2000, LOCALIDAD LA VIGUETA, TECOLUTLA, VER.

3 ESCUELA PRIMA-RIA “BENITO JUÁREZ GARCÍA”

30EPR2123N CALLE FRANCISCO I. MADERO ESQUINA CON CALLE BENITO JUÁREZ ESQUINA CON CALLE 20 DE NOVIEMBRE, LOTE 01, MANZANA 11, CONGREGA-CIÓN BOCA DE LIMA, TECO-LUTLA, VER.

2,453.91

3. Se anexan al legajo los siguientes documentos: a). Los

oficios de solicitud presentados ante el H. Ayunta-miento por las autoridades educativas competentes; b). Las constancias en las cuales el Presidente Munici-pal informa que los inmuebles enlistados no se en-cuentran destinados a ningún servicio público; c). Las constancias expedidas por el Director del Departa-mento de Catastro Municipal mediante las que certi-fica que los predios mencionados pertenecen al orden del dominio privado; d). Los planos de los terrenos con medidas y colindancias; e). La copia de la Escritu-ra Pública número 17,247 de fecha 15 de octubre de 1999, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio bajo el número 3,193 en fecha 9 de di-ciembre de 1999, la cual ampara la posesión del pre-dio rústico ubicado en la congregación La Vigueta, perteneciente al fundo legal del municipio de Teco-lutla.

Con base en los antecedentes mencionados, la Comi-sión Permanente que suscribe formula las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I. Que, en términos de lo dispuesto por la normati-

vidad invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía para contribuir al cum-plimiento de las atribuciones del Congreso me-diante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le sean turnados, es competente para emitir la presente resolución.

II. Que, la donación tiene como objeto formalizar la

situación de los inmuebles donde se encuentran construidos los planteles educativos, a fin de dar certeza jurídica sobre la posesión y poder realizar cualquier acción administrativa en beneficio de la población estudiantil del municipio.

III. Que, la donación se otorga en términos del artícu-

lo 112 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, considerando que mientras subsista el objeto de la donación, la propiedad será de la Secretaría de Educación de Veracruz; de lo contrario, se conser-varán los bienes inmuebles en favor del municipio de Tecolutla.

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Gaceta Legislativa 41 jueves 17 de marzo de 2016

IV. Que, una vez analizada la documentación que acompaña las peticiones y hechas las valoraciones correspondientes, se concluye que es viable auto-rizar la solicitud de referencia.

Por lo tanto, esta Comisión somete a consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Tecolutla, Veracruz de Ignacio de la Llave, dar en donación condicional, en su caso revocable, un total de tres fracciones de terreno pertenecientes al fundo legal de ese municipio a favor del Gobierno del Esta-do, a través de la Secretaría de Educación de Veracruz, con destino final y para uso exclusivo de las escuelas que a continuación se enumeran: No. NOMBRE DE LA

ESCUELA CLAVE DIRECCIÓN SUPERFICIE

EN METROS CUADRADOS

1 ESCUELA PRIMARIA “GRAL. LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO”

30DPR0964T

CALLE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN ESQUINA CON CAMINO REAL AL EJIDO LA VIGUETA ESQUINA CON LA CALLE MARGARITA MAZA DE JUÁREZ SIN NÚMERO, LOTE 01, MANZANA 02, COLONIA LA VIGUETA 2000, LOCALI-DAD LA VIGUETA, TECO-LUTLA, VER.

3,413.52

2 JARDÍN DE NIÑOS “NIÑOS HÉROES”

30DJN2338Y CALLE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN ESQUINA CON LA CALLE SIN NOMBRE ESQUINA CON LA CALLE MARGARITA MAZA DE JUÁREZ SIN NÚME-RO, LOTE 02, MANZANA 02, COLONIA LA VIGUETA 2000, LOCALIDAD LA VIGUETA, TECOLUTLA, VER.

2,189.06

3 ESCUELA PRIMARIA “BENITO JUÁREZ GARCÍA”

30EPR2123N CALLE FRANCISCO I. MADERO ESQUINA CON CALLE BENITO JUÁREZ ESQUINA CON CALLE 20 DE NOVIEMBRE, LOTE 01, MANZANA 11, CONGREGA-CIÓN BOCA DE LIMA, TECO-LUTLA, VER.

2,453.91

Segundo. Si no se cumpliera con la finalidad establecida o si a los lotes se les diera un destino distinto al indicado en el resolutivo anterior, la autorización de donación se entenderá por revocada y sin necesidad de declaración judicial, la propiedad se revertirá al patrimonio del munici-pio de Tecolutla, en términos de lo establecido en el ar-tículo 112 de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Tercero. Comuníquese esta determinación al Presi-dente Municipal Constitucional de Tecolutla, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado.

Dado en la sala de Comisiones de la Sexagésima Ter-cera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los diez días de febrero de dos mil dieci-séis.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. María del Carmen Pontón Villa

Presidenta (Rúbrica)

Dip. Raúl Zarrabal Ferat

Secretario (Rúbrica)

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores

Vocal (Rúbrica)

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN HONORABLE ASAMBLEA: A los suscritos, Diputados integrantes de la Comisión Permanente de Gobernación de la Sexagésima Terce-ra Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, nos fue turnado por acuerdo de la Diputación Permanente, el oficio que contiene la soli-citud para la ampliación de licencia hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete, presentada por el Regidor Sexto Propietario con licencia del H. Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz. En atención de lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33 fracción XV inciso c) de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 22 párrafo tercero y 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XV inciso c), 38 y 39 fracción XVI de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 59, 61, 62, 65, 75 Y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, la Co-misión Permanente de Gobernación de la Sexagésima Tercera Legislatura de esta Soberanía emite su dicta-men, con base en los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Mediante oficio sin número de fecha 2 de febrero de 2016, signado por el ciudadano Ernesto De Gas-perín Limón, Regidor Sexto Propietario con licencia del H. Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz, y con fundamento en el artículo 25 de la Ley Orgánica del

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Gaceta Legislativa 42 jueves 17 de marzo de 2016

Municipio Libre del Estado, pide a esta Soberanía se le amplié su licencia que actualmente goza, hasta el treinta y uno de diciembre del dos mil diecisiete. 2. Como consecuencia de lo anterior, la Diputación Permanente de la Sexagésima Tercera Legislatura del H. Congreso del Estado en Sesión celebrada el 04 de febrero del 2016, acordó turnar a la Comisión Perma-nente de Gobernación de esta Soberanía, el oficio citado en el antecedente número uno junto con el expediente que al caso corresponde, mismo que nos hicieron llegar con oficio número SG-DP/1er./3er./004/2016 de la misma fecha, a fin de que se emitiera el Dictamen respectivo. 3.- Corre agregado al mismo el oficio, copia de auto-rización de licencia otorgada por esta Soberanía con fecha cinco de noviembre de dos mil quince, para separse del cargo de Regidor Sexto Propietario del Municipio en mención, por un plazo de diez meses, al ciudadano Ernesto De Gasperín Limón, en ese mismo expediente anexo constancia de asignación donde se le acredita como regidor sexto propietario del citado Ayuntamiento con fecha veinte de sep-tiembre del año dos mil trece, como lo comprobó con constancia expedida por el Consejo Municipal Electo-ral numero cuarenta y seis de Córdoba, Veracruz, de igual forma conto con la aprobación de Cabildo en cuanto a su solicitud de licencia.

C O N S I D E R A C I O N E S

I. Que, en términos de la normatividad invocada en el párrafo segundo del presente dictamen, esta Comi-sión Permanente de Gobernación, como órgano cons-tituido por el Pleno del Congreso, y de conformidad con sus atribuciones para la elaboración de Dictáme-nes sobre asuntos que le son turnados, es competen-te para emitir esta resolución. II. Que el asunto que analizamos corresponde a la solicitud de ampliación de la licencia hasta el día trein-ta y uno de diciembre de dos mil diecisiete, para con-tinuar separado al encargo de Regidor Sexto Propieta-rio del H. Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz, pre-sentada por el C. Ernesto De Gasperín Limón. III. Que, en la Gaceta Oficial número extraordinario 006, de fecha tres de enero del año dos mil catorce, el Instituto Electoral Veracruzano, publicó la relación con los nombres de Ediles de los Ayuntamientos del Estado, electos en el proceso electoral municipal 2013, mismos que habrían de fungir para el periodo 2014-2017, en la cual en la página 16 aparecen los nombre de los ciudadanos Ernesto De Gasperín

Limón, como Regidor Sexto Propietario y Mario Ar-turo Palencia Aguilera, como Regidor Sexto Suplen-te, del H. Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz. IV. Que, una vez analizada y valorada la solicitud de ampliación a la licencia que hace el C. Ernesto De Gasperín Limón, Regidor Sexto Propietario con li-cencia del Honorable Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz, para separarse del cargo hasta el día treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete, resulta fun-dado en derecho en los términos del artículo 33 frac-ción XV inciso c) de la Constitución local; 22 párrafo tercero, 25 de la Ley Orgánica del Municipio Libre y 18 fracción XV inciso c) de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, misma que surtirá efecto, una vez que se cumpla la Licencia anteriormente concedida. Por los antecedentes y consideraciones antes expues-tos, la Comisión Permanente de Gobernación, somete el presente Dictamen con Proyecto de:

ACUERDO: Primero. Se concede ampliación de licencia hasta el día treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete, al ciudadano Ernesto De Gasperín Limón para sepa-rarse del cargo de Regidor Sexto Propietario, del H. Ayuntamiento Constitucional de Córdoba, Veracruz. Segundo. En consecuencia, llámese al suplente, Ciu-dadano Mario Arturo Palencia Aguilera para que ocupe, previa protesta de ley, el cargo de Regidor Sexto Propietario del H. Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz. Tercero. Comuníquese el presente acuerdo a los ciudadanos Ernesto De Gasperín Limón y Mario Arturo Palencia Aguilera, así como al H. Ayunta-miento de Córdoba, Veracruz, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Cuarto. Publíquese este acuerdo en la Gaceta Oficial Órgano del Gobierno del Estado. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DE LA SEXAGÉSI-MA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CON-GRESO DEL ESTADO, EN LA CIUDAD DE XALAPA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS DIEZ DÍAS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN

DIP. CARLOS GABRIEL FUENTES URRUTIA PRESIDENTE (RÚBRICA)

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Gaceta Legislativa 43 jueves 17 de marzo de 2016

DIP. MARCO ANTONIO DEL ÁNGEL ARROYO SECRETARIO (RÚBRICA)

DIP. EDUARDO SÁNCHEZ MACÍAS

VOCAL (RÚBRICA)

*****

♦ Que da seguimiento al decreto que reforma la

fracción III del artículo 32 de la Ley que Regula las Construcciones Públicas y Privadas del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, presentado por el diputado José Jesús Vázquez González, integrante del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México.

♦ Sobre acciones a emprender contra posibles actos de corrupción en la administración pública del Es-tado, a cargo de los diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional.

PPRROONNUUNNCCIIAAMMIIEENNTTOOSS

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Gaceta Legislativa 44 jueves 17 de marzo de 2016

DIRECTORIO

Secretaría General del Congreso Secretaría de Servicios Legislativos Lic. Francisco Portilla Bonilla. Lic. Antonio Ramón Rodríguez Vázquez

Gaceta Legislativa del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Coordinadora: Lic. Asela Pérez Vargas

Edición: Gonzalo Peláez Cadena.

Domicilio: Av. Encanto Esq. Lázaro Cárdenas Tel. 01 (228) 8 42 05 00 Col. El Mirador, C.P. 91170 Ext. 3124 Xalapa, Veracruz Sitio web: www.legisver.gob.mx

MENSAJE

La Gaceta Legislativa es un órgano de información interna del Congreso del Estado de Veracruz, con la que se comunicará, en la víspera de las sesiones de la H. LXIII Legislatura, los asuntos que tratarán y debatirán los diputados durante los períodos de sesiones ordinarias, de las sesiones de la Diputación Permanente en los recesos del Congreso. Asimismo, se reportarán los asuntos a debatir en el caso de que se convoque a períodos de sesiones extraordinarias. Por lo tanto, con fundamento en el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, la Gaceta Legislativa, sólo servirá como instrumento de apoyo al Congreso, en el desarrollo de sus trabajos legislativos. Asimismo, la redacción de los documentos publicados es responsabilidad de quien los emite. En la Gaceta Legislativa se incluye el orden del día de las sesiones que incluye iniciativas de ley o decreto, o ante el Congreso de la Unión, así como se citan únicamente los temas de los puntos de acuerdo de la Junta de Coordinación Política y de cualquier otro órgano del Congreso, así como de los pronunciamientos de los grupos legislativos o de los diputados en lo particular. La Gaceta Legislativa informará de los eventos y actividades diversas que se realicen en el Palacio Legislativo, como son las comparecencias ante comisiones de los servidores públicos del Poder Ejecutivo, los programas culturales, conferencias y exposiciones. El contenido de los números que publique la Gaceta Legislativa aparecerán en la página web del Congreso, la cual podrá ser consultada en la dirección de Internet siguiente: www.legisver.gob.mx. Esta página se actualizará en la víspera de las sesio-nes.

Diputación Permanente de la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado

Dip. Octavia Ortega Arteaga

Presidenta

Dip. Cuauhtémoc Pola Estrada Vicepresidente

Dip. Ana Cristina Ledezma López

Secretaria

Vocales Dip. Gladys Merlín Castro

Dip. Gustavo Gudiño Corro Dip. David Velasco Chedraui

Dip. Leandro Rafael García Bringas Dip. Edgar Hugo Fernández Bernal

Dip. Juan Eduardo Robles Castellanos Dip. Jaqueline García Hernández

Junta de Coordinación Política de la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado

Dip. Juan Nicolás Callejas Arroyo Coordinador del Grupo Legislativo del PRI

Presidente

Dip. Joaquín Rosendo Guzmán Avilés Coordinador del Grupo Legislativo del PAN

Dip. Juan Eduardo Robles Castellanos Coordinador del Grupo Legislativo del PVEM

Dip. Jaqueline García Hernández Coordinadora del Grupo Legislativo del PANAL

Dip. Jesús Alberto Velázquez Flores Coordinador del Grupo Legislativo del PRD-MOVIMIENTO

CIUDADANO

Dip. Fidel Robles Guadarrama Partido del Trabajo

Dip. Francisco Garrido Sánchez Partido Alternativa Veracruzana