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Gaceta Legislativa Año I Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 28 de septiembre de 2011 Número 55 C C O O N N T T E E N N I I D DO O Orden del día. ………………………………. p 3. Iniciativas De decreto que adiciona diversos artículos del Código Penal para el Estado Veracruz. ………………... p 5. De decreto que adiciona diversos artículos del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Vera- cruz. …………………………………………….. p 9. De decreto que adiciona el artículo 45 ter de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia. p 12. Dictámenes De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal: Por el que se autoriza al ayuntamiento de Veracruz a suscribir convenio modificatorio del inciso b), de la cláusula primera del convenio de coparticipación con la Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. ………………………………………… p 15. Por el que se autoriza a los ayuntamientos de Boca del Río y Yanga, a suscribir convenio de coordinación con el gobierno del Estado, para la transferencia, aplicación, ejercicio, control y rendición de cuentas de recursos federales del Fondo de Pavimentación y Es- pacios Deportivos para Municipios 2011. ….. p 16. Por el que se autoriza al ayuntamiento de Pueblo Viejo, a contratar empréstito, en la modalidad de anticipo sobre las participaciones que en ingresos federales le corresponda para el ejercicio fiscal 2012. …….. p 18. Por el que se autoriza al ayuntamiento de Chacaltian- guis, a realizar obra pública cuyo monto excede el 20% de la partida presupuestal respectiva. … p 19. Por los que se autoriza a enajenar lotes de terreno del fundo legal a los ayuntamientos de: Miahuatlán. …………………………………. p 20. Cuitláhuac. ………………………………….. p 22. Chiconquiaco. ………………………………. p 23. Por los que se autoriza a disponer de recursos FORTA- MUNDF 2011 y, en consecuencia, conforme a la ley, cumpla obligaciones financieras del municipio a los ayuntamientos de: Agua Dulce. …………………………………... p 25. Comapa. ………………………………………. p 26. Nanchital. ……………………………………... p 27.

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Page 1: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa

Año I Palacio Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 28 de septiembre de 2011 Número 55

CCCOOONNNTTTEEENNNIIIDDDOOO

Orden del día. ………………………………. p 3. Iniciativas De decreto que adiciona diversos artículos del Código Penal para el Estado Veracruz. ………………... p 5. De decreto que adiciona diversos artículos del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Vera-cruz. …………………………………………….. p 9.

De decreto que adiciona el artículo 45 ter de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia. p 12.

Dictámenes

De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal: Por el que se autoriza al ayuntamiento de Veracruz a suscribir convenio modificatorio del inciso b), de la cláusula primera del convenio de coparticipación con la Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. ………………………………………… p 15. Por el que se autoriza a los ayuntamientos de Boca del Río y Yanga, a suscribir convenio de coordinación con el gobierno del Estado, para la transferencia, aplicación, ejercicio, control y rendición de cuentas de recursos federales del Fondo de Pavimentación y Es-pacios Deportivos para Municipios 2011. ….. p 16.

Por el que se autoriza al ayuntamiento de Pueblo Viejo, a contratar empréstito, en la modalidad de anticipo sobre las participaciones que en ingresos federales le corresponda para el ejercicio fiscal 2012. …….. p 18. Por el que se autoriza al ayuntamiento de Chacaltian-guis, a realizar obra pública cuyo monto excede el 20% de la partida presupuestal respectiva. … p 19. Por los que se autoriza a enajenar lotes de terreno del fundo legal a los ayuntamientos de:

Miahuatlán. …………………………………. p 20. Cuitláhuac. ………………………………….. p 22. Chiconquiaco. ………………………………. p 23. Por los que se autoriza a disponer de recursos FORTA-

MUNDF 2011 y, en consecuencia, conforme a la ley, cumpla obligaciones financieras del municipio a los ayuntamientos de:

Agua Dulce. …………………………………... p 25. Comapa. ………………………………………. p 26. Nanchital. ……………………………………... p 27.

Page 2: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011

Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad municipal, a favor del gobierno del Estado, con destino a la Secretaría de Educación y/o del IMSS a los ayuntamientos de: Comapa. ………………………………………. p 29. Huatusco. ……………………………………... p 30. Castillo de Teayo. …………………………….. p 31. Mecatlán. ……………………………………... p 32. De la Comisión Permanente de Desarrollo y For-talecimiento Municipal: Por los que se autoriza a suscribir convenio de colabo-ración con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del gobierno del Estado a los ayuntamientos de: Martínez de la Torre. …….………………….. p 34. Tampico Alto. ……….………………………. p 35. Xalapa. ………………………………………. p 37. Por el que se autoriza al ayuntamiento de Coyutla, a suscribir convenio para formalizar el Programa de Desarrollo Institucional Municipal y sentar las bases para su realización, con el gobierno federal y con el gobierno estatal. ……..………………………. p 38. Por el que se autoriza al ayuntamiento de Martínez de la Torre, a suscribir convenio de colaboración con la Procuraduría Federal del Consumidor, a través de la coordinación general administrativa y el delegado estatal. ………………………………………… p 40.

De la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas, por los que se autori-za a suscribir convenio de coordinación con la Comi-sión Nacional del Agua, a través del Programa PROSSA-

PYS, para la realización de obras públicas a los ayun-tamientos de:

Atzalan. ……………………………………… p 41. Tepatlaxco. ………………………………….. p 43. Tonayán. …………………………………….. p 44. De la Comisión Permanente de Asuntos Indíge-nas, por el que se autoriza a suscribir convenio de coordinación con la Comisión Nacional para el Desa-rrollo de los Pueblos Indígenas en el marco del Pro-grama de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena a los ayuntamientos de Soledad Atzompa y Atlahuilco. ……..……………………………… p 45.

De la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, por los que se autoriza a suscribir el convenio de colaboración con la Secretaría de Desa-rrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz, para incorporarse al Programa de Desregularización de Trámites Básicos Municipales a los ayuntamientos de: Cerro Azul. ……………………………………. p 47. Veracruz. ……………………………………… p 48. Xalapa. ………………………………………… p 50.

Propuesta de convocatoria. ….…….…. p 51.

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Gaceta Legislativa 3 Miércoles 28 de septiembre de 2011

D IPUTACIÓN PERMANENTE DE LA

SEXAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA DEL

HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO L IBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE 2010-2013

PRIMER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL

SEGUNDO RECESO

Quinta Sesión Ordinaria

28 de septiembre de 2011

11:00 Hrs.

O R D E N D E L D Í A I. Lista de asistencia.

II. Lectura y en su caso aprobación del proyec-

to del orden del día.

III. Lectura y en su caso aprobación del acta de la Cuarta Sesión Ordinaria de la Diputación Permanente y del acta del Cuarto Periodo de Sesiones Extraordinarias del Primer Año de Ejercicio Constitucional, celebradas el 14 y 20 de septiembre de 2011.

IV. Lectura de correspondencia recibida.

V. Iniciativas con proyecto de decreto que adi-

ciona diversos artículos del Código Penal pa-ra el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en materia de operacio-nes con recursos de procedencia ilícita; de decreto que adiciona diversos artículos del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y de decreto que adiciona el artículo 45 ter de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave, presentadas por el diputado Jesús Danilo Alvízar Guerrero, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacio-nal.

VI. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictamen con proyecto de acuer-do por el que se autoriza al ayuntamiento de Veracruz a suscribir convenio modificato-rio del inciso b), de la cláusula primera del convenio de coparticipación con la Adminis-tración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. para llevar a cabo una obra pública.

VII. De la Comisión Permanente de Hacienda

Municipal, dictamen con proyecto de acuer-do por el que se autoriza a los ayuntamien-tos de Boca del Río y Yanga, a suscribir con-venio de coordinación con el gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la transferencia, aplica-ción, ejercicio, control y rendición de cuen-tas de recursos federales del Fondo de Pa-vimentación y Espacios Deportivos para Mu-nicipios 2011.

VIII. De la Comisión Permanente de Hacienda

Municipal, dictamen con proyecto de acuer-do por el que se autoriza al ayuntamiento de Pueblo Viejo, a contratar empréstito, en la modalidad de anticipo sobre las participa-ciones que en ingresos federales le corres-ponda para el ejercicio fiscal 2012.

IX. De la Comisión Permanente de Hacienda

Municipal, dictamen con proyecto de acuer-do por el que se autoriza al ayuntamiento de Chacaltianguis, a realizar obra pública cuyo monto excede el 20% de la partida presupuestal respectiva.

X. De la Comisión Permanente de Hacienda

Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayun-tamientos de Miahuatlán, Cuitláhuac y Chi-conquiaco, a enajenar lotes de terreno del fundo legal.

XI. De la Comisión Permanente de Hacienda

Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayun-tamientos de Agua Dulce, Comapa y Nan-chital, a disponer de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las demarcaciones territoria-les del Distrito Federal 2011 y, en conse-cuencia, conforme a la ley, cumpla obliga-ciones financieras del municipio.

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Gaceta Legislativa 4 Miércoles 28 de septiembre de 2011

XII. De la Comisión Permanente de Hacienda Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayun-tamientos de: Comapa, Huatusco, Castillo de Teayo y Mecatlán, a dar en donación condicional, en su caso revocable, fraccio-nes de terreno de propiedad municipal, a favor del gobierno del Estado, con destino a la Secretaría de Educación y/o del IMSS.

XIII. De la Comisión Permanente de Desarrollo y

Fortalecimiento Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de: Martínez de la To-rre, Tampico Alto y Xalapa, a suscribir con-venio de colaboración con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del gobier-no del Estado.

XIV. De la Comisión Permanente de Desarrollo y

Fortalecimiento Municipal, dictámenes con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Coyutla, a suscribir con-venio para formalizar el Programa de Desa-rrollo Institucional Municipal y sentar las ba-ses para su realización, con el gobierno fe-deral y con el gobierno estatal.

XV. De la Comisión Permanente de Desarrollo y

Fortalecimiento Municipal, dictamen con proyecto de acuerdo por el que se autoriza al ayuntamiento de Martínez de la Torre, a suscribir convenio de colaboración con la Procuraduría Federal del Consumidor, a través de la coordinación general adminis-trativa y el delegado estatal.

XVI. De la Comisión Permanente de Medio Am-

biente, Recursos Naturales y Aguas, dictá-menes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayuntamientos de: Atzalan, Tepatlaxco y Tonayán, a suscribir convenio de coordinación con la Comisión Nacional del Agua, a través del Programa PROSSAPYS, para la realización de obras públicas.

XVII. De la Comisión Permanente de Asuntos

Indígenas, dictamen con proyecto de acuer-do por el que se autoriza a los ayuntamien-tos de Soledad Atzompa y Atlahuilco, a sus-cribir convenio de coordinación con la Co-misión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas en el marco del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Produc-ción Indígena.

XVIII. De la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, dictámenes con proyecto de acuerdo por los que se autoriza a los ayun-tamientos de: Cerro Azul, Veracruz y Xala-pa, a suscribir el convenio de colaboración con la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz, para in-corporarse al Programa de Desregularización de Trámites Básicos Municipales.

XIX. Propuesta de convocatoria al Quinto Periodo

de Sesiones Extraordinarias correspondiente al Primer Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Segunda Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

XX. Se levanta la sesión, y se cita a sesión so-

lemne y a la próxima ordinaria.

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Gaceta Legislativa 5 Miércoles 28 de septiembre de 2011

DIP. EDUARDO ANDRADE SANCHEZ. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ. PRESENTE JESÚS DANILO ALVÍZAR GUERRERO, diputado integrante del grupo legislativo del Partido Acción Nacional, en uso de la facultad que me concede la fracción I del artículo 34 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, respetuosamente someto a la consideración de esta Honorable Soberanía, la presen-te INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UN TÍTULO XXIII DENOMINADO DE LAS OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCE-DENCIA ILICITA, CON DOS CAPÍTULOS, Y DIVER-SOS ARTÍCULOS AL CODIGO PENAL PARA EL ES-TADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IG-NACIO DE LA LLAVE, , mediante la siguiente:

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S El lavado de dinero o blanqueo de capitales se remonta a la época de la prohibición de venta de alcohol en los años 20 con Al Capone y Meyer Lanski, en los Estados Unidos; sin embargo, es en la década de 1980 cuando los gobiernos empiezan a plantear cuestionamientos en torno a dónde se encuentran las ganancias obtenidas de hechos ilícitos, en qué se invierte y cómo reditúan esas ganancias. En esta década la DEA, detectó fugas de capitales hacia cuentas bancarias fuera de su territorio por más de 2 mil millones de dólares, debido a la venta de cocaína y marihuana. El fenómeno de lavado de dinero como delito, es de reciente regulación, ya que éste se realiza para encu-brir actividades criminales o ilegales asociadas al nar-cotráfico, el comercio de armamento, los secuestros y las actividades que financian el terrorismo y en lo que respecta a la defraudación fiscal. Se utiliza para ocul-tar ingresos o actividades gravables, en la legislación mexicana este delito es aún más reciente, debido a la constante transformación que se da por la dinámica global de la regularización y protección de los siste-mas financieros. Conforme a la iniciativa presentada ya en el Senado de la República, se eleva a la estimación de esta sobe-ranía, la presente iniciativa que tiene por objeto el de garantizar e incorporar la tipificación y sanción como delito grave a las operaciones con recursos de proce-dencia ilícita en materia de lavado de dinero en el Estado de Veracruz.

Las operaciones con recursos de procedencia ilícita no solo se vinculan a la venta y producción de estupefa-cientes, sino que además considera cualquier acto delictivo como: el robo, el secuestro, las ejecuciones, la venta de piratería, y por supuesto la corrupción. Asimismo, se sabe que muchos lava-dólares utilizan instituciones financieras que tienen una rígida legisla-ción respecto al secreto bancario, para evitar que las autoridades de otras jurisdicciones los detecten, o bien utilizan entidades, institución o negocios finan-cieros cuya oficina matriz se ubica fuera del país en cuestión. La SHCP clasifica por medio de la Unidad de Inteli-gencia Financiera (UIF) tres tipos de operaciones en el lavado de dinero: preocupantes, inusuales y relevan-tes. De 2006 a 2008, la UIF analizó 536 reportes de ope-raciones preocupantes que le enviaron las autoridades financieras; de este total de reportes, 493 fueron remitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) a la UIF; 303 relacionadas con casas de cambio, 152 con banca múltiple, 29 con casas de bolsa, 6 con operadoras de sociedades de inversión, 2 con instituciones de banca de desarrollo y 1 con so-ciedades financieras de objeto múltiple. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) también emitió reportes preocupantes en 14 ocasiones: 9 se relacionaron con centros cambiarios y 5 con transmi-sores de dinero. De la misma forma, la Comisión Na-cional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) alertó a la UIF acerca de una operación de una admi-nistradora de fondos para el retiro. En este periodo se reportaron 131 mil 993 operacio-nes inusuales, de éstas, la CNBV alertó 118 mil 660, entre las que destacan 75 mil 636 relacionadas con la banca múltiple y 27 mil 419 con casas de cambio. Por su parte, el SAT reportó 9 mil 128 operaciones in-usuales, de las que 8 mil 823 fueron realizadas por transmisores de dinero; la Comisión Nacional de Se-guros y Fianzas (CNSF) remitió 3 mil 947 reportes, de los cuales 3 mil 929 correspondieron a instituciones de seguros; y la CONSAR, 258 reportes. En el caso de las operaciones relevantes, en este pe-riodo se remitieron a la UIF 18 millones 234 mil 41 reportes; la CNBV emitió el mayor número de repor-tes al acumular 18 millones 163 mil 282. De esta cifra, 17 millones 304 mil 448 operaciones se efectua-ron en instituciones de banca múltiple; el SAT reportó 52 mil 219 operaciones; la CNSF 16 mil 904 y la CONSAR 1 mil 636.

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Gaceta Legislativa 6 Miércoles 28 de septiembre de 2011

Una manera eficiente del crimen organizado para proceder al lavado de dinero son las remesas, ya que éstas son utilizadas como instrumentos operacionales a través de las tarjetas de débito, de crédito y los giros llamados Money Order. Actualmente la forma más usada para enviar dinero de Estados Unidos a México así como a otras partes del mundo es la transferencia electrónica, ya que es un medio rápido con el cual el beneficiario puede disponer del dinero inmediatamente. Normatividad aplicable, instancias competentes y figuras afines. De la tipificación internacional, el delito pasó al ámbi-to mexicano con la expedición en 1990 del artículo 115 bis del Código Fiscal de la Federación; posterior-mente en mayo de 1996 entró en vigor un Decreto que reformó diversos artículos del Código Penal Fede-ral, del Código Fiscal de la Federación y del Código Federal de Procedimientos Penales; de modo tal que se derogó el artículo 115 bis del Código Fiscal de la Federación y en su lugar se expidió el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, vigente hasta ahora. Es decir, el lavado de dinero dejó de ser un ilícito fiscal y pasó a formar parte de la legislación punitiva mexica-na. En lo que se refiere a las instancias vinculadas a la investigación de delitos financieros y lavado de dine-ro, existen actualmente la siguientes instituciones: la Dirección General de Delitos Financieros y de Opera-ciones con Recursos de Procedencia Ilícita (DGDFORPI) de la Procuraduría Fiscal de la Federación; la Unidad Especializada Contra el Lavado de Dinero (UECLD) y la Unidad Especializada Contra la Delincuencia Organi-zada (UEDO) de la PGR; la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Fiscales y Relacionados con el Sistema Financiero; de la CNBV, y la Unidad de Inteli-gencia Financiera de la SHCP. La normatividad mexicana obliga a diversas institucio-nes bancarias y financieras a notificar a las autorida-des las operaciones que puedan situarse eventual-mente en una hipótesis de lavado de dinero; de acuerdo con la UIF de la SHCP, las entidades federati-vas reportaron operaciones financieras y bancarias inusuales entre mayo de 2004 y diciembre de 2005, en los siguientes montos: El DF con casi 30 mil, Jalisco con poco más de 10 mil, entre 2 mil y 10 mil opera-ciones se llevaron a cabo en Nuevo León y el Estado de México, entre 1000 y 1999 en Sonora, Quintana Roo, Sinaloa, Baja California, Puebla, Tamaulipas,

Michoacán, Guanajuato, Chiapas y Veracruz, y con menos de mil el resto de los estados. Es sustancial identificar que la figura legal del lavado de dinero, al tener una notoria complejidad y estar en constante evolución, hace necesario un tratamiento integral que incluya otras conductas e hipótesis lega-les; por ello, se han considerado otras modalidades jurídicas vinculadas al tema que nos ocupa. Las moda-lidades que se han asociado con las prácticas de lava-do de dinero, son el secreto bancario y la extinción de dominio. Diagnóstico sobre lavado de dinero en México A finales de 2008 fue divulgado el Mutual Evaluation Report, un estudio elaborado por la Financial Action Task Force (FATF-GAFI) y su filial para los países de América Latina, la Financial Action Task Force on Mo-ney Laundering in Suoth America, (GAFISUD), en colaboración con el Fondo Monetario Internacional. En tal documento, luego de describir el contexto en el que se sitúa el fenómeno del lavado de dinero en nuestro país, se hace un diagnóstico del grado de cumplimiento de las diversas recomendaciones que ese organismo ha dirigido previamente a México, al tiempo que efectúa nuevas sugerencias sobre el tema. En dicho reporte, las medidas propuestas a nuestro país se concentran en un cuadro denominado Reco-mendaciones para mejorar las políticas en materia de lavado de dinero y combate al financiamiento del terrorismo. El informe señala la necesidad de modifi-car el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, para incorporar como conducta ilícita la ocultación o el encubrimiento de la verdadera naturaleza, origen, ubicación, disposición, movimiento o propiedad de los recursos de procedencia ilícita, así como la posesión o utilización de bienes en el delito de blanqueo de capi-tales. El informe recomienda: • Reforzar la coordinación entre los actores involucra-dos en la investigación y el enjuiciamiento de la delin-cuencia en México; • Definir más claramente los protocolos de los proce-sos seguidos por cada uno de tales actores; institucio-nalizar prácticas para estrechar la colaboración entre la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP, la Procuraduría General de la República (PGR) y las res-tantes autoridades en la materia; • Realizar investigaciones sobre blanqueo de capitales cometidos a través del sistema financiero;

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Gaceta Legislativa 7 Miércoles 28 de septiembre de 2011

• Fomentar la sensibilización de los fiscales para gene-rar un mayor interés en proseguir las investigaciones penales que involucren al sistema financiero; • Desarrollar programas de capacitación para mejorar la capacidad de fiscales y jueces para perseguir y juz-gar los casos de blanqueo de dinero en el sistema financiero; • Considerar la posibilidad de modificar el Código Penal Federal para que las personas morales sean penalmente responsables de los delitos de blanqueo de capitales, y • Modificar la normatividad penal para eliminar el requisito de obtener una queja formal de la SHCP para desahogar procesos ante los tribunales, cuando en la comisión del ilícito se hayan utilizando los servi-cios de una institución financiera. En la reunión celebrada en Ixtapán de la Sal, Estado de México en fecha 26 de noviembre del año 2010, Los procuradores generales de justicia del país acorda-ron impulsar la homologación de las legislaciones estatales en materia de lavado de dinero y una refor-ma constitucional a la figura del arraigo para que también sea aplicable a ciertos delitos del fuero común. De los diversos acuerdos se desprende el de estable-cer nuevos tipos penales relacionados y homologados para fortalecer el combate al lavado de dinero y para quitar sus bienes a la delincuencia organizada. Lo anterior, al término de la XXIV Asamblea de la Con-ferencia Nacional de Procuración de Justicia. Cabe señalar que en dicho evento se acordó una pro-puesta de homologación para aquéllas entidades que hoy no tienen legislación en la materia, en el caso de Veracruz, no hay avance sobre el presente, por lo que es necesario homologar criterios que fortalezcan los mecanismos para combatir ese fenómeno delictivo. El tipificar este tipo de delito, sin duda, se convierte en un instrumento fundamental para combatir los recursos económicos de la delincuencia y afectar la estructura económica de las organizaciones delictivas. Desde luego, es de considerarse que se debe otorgar a la instancias facultadas para ello, de instrumentos jurídicos necesarios, ante la posibilidad de que se han multiplicado las formas de lavar dinero, por lo que en este caso se dará la facultad a la Procuraduría del Estado, para permitir la detención, el decomiso del dinero a través de la extinción de dominio. Lo que se busca es quitarles sus bienes a quienes se dedican a actividades ilícitas y por ello es importante

que la Procuraduría tenga acceso a fuentes de inteli-gencia para cerrar la brecha a ese delito. Por lo antes expuesto, someto a la consideración de esta Honorable LXII Legislatura del Congreso del Esta-do de Veracruz de Ignacio de la Llave, la siguiente: INIC IATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE

ADICIONA UN TÍ TULO XXI I I DENOMINADO DE LAS

OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA

IL IC ITA , CON DOS CAPÍTULOS , Y DIVERSOS ARTÍ -

CULOS AL CODI GO PENAL PARA EL ESTADO L IBRE

Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA

LLAVE , para quedar como sigue:

TITULO XXIII DE LAS OPERACIONES CON RECURSOS DE PRO-

CEDENCIA ILÍCITA

CAPÍTULO I DEL DELITO DE OPERACIONES CON RECURSOS

DE PROCEDENCIA ILÍCITA

Artículo 374.- Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa al que, por sí o por interpósita persona, realice cualquiera de las siguientes conductas: I. Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio o de éste hacia fuera o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que pro-ceden o representan el producto de una actividad ilícita; u, II. Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bie-nes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita. Para efectos de lo dispuesto en este artículo, se en-tenderá que una persona tiene conocimiento de que los recursos, derechos o bienes proceden o represen-tan el producto de una actividad ilícita cuando: a) Existan los medios para conocer o prever que los recursos, derechos o bienes proceden o representan el producto de una actividad ilícita o de un acto de participación en ella, basado en las circunstancias del bien, de la operación o de los sujetos involucrados y elementos objetivos acreditables en el caso concreto, y no los agota pudiendo hacerlo;

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Gaceta Legislativa 8 Miércoles 28 de septiembre de 2011

b) Realice actos u operaciones a nombre de un terce-ro, sin el consentimiento de este o sin título jurídico que lo justifique, y no se actualice la gestión de nego-cios en términos de la legislación civil aplicable; Para efectos de este capítulo, se entenderá que son producto de una actividad ilícita, los recursos, dere-chos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente, o representan las ganancias deriva-das de la comisión de algún delito y no pueda acredi-tarse su legítima procedencia. Cuando la autoridad competente, en ejercicio de sus facultades de fiscalización, encuentre elementos que permitan presumir la comisión de alguno de los deli-tos referidos en este Capítulo, deberá ejercer respecto de los mismos las facultades de comprobación que le confieren las leyes y denunciar los hechos que proba-blemente puedan constituir dicho ilícito. Artículo 375. Se impondrán de tres a diez años de prisión y de ochocientos a dos mil seiscientos días multa, a quien haga uso de recursos de procedencia lícita para alentar alguna actividad que la ley prevea como tipo penal o ayudar a cualquier persona a eludir las consecuencias jurídicas de su participación en un delito, a través de la realización de cualquiera de las conductas señaladas en las fracciones I y II del artículo 374, siempre que no se incurra en el delito de opera-ciones con recursos de procedencia ilícita. Artículo 376.- Se impondrán de tres a nueve años de prisión y de mil a dos mil quinientos días de multa, al que permita que se intitulen bajo su nombre bienes o derechos adquiridos con recursos, derechos o bienes que procedan o representen el producto de una acti-vidad ilícita, aún cuando no haya tenido conocimiento de ésta última circunstancia. Cuando la persona que realiza los actos jurídicos, con el resultado mencionado en el párrafo anterior, revele a la autoridad competente la identidad de quien haya aportado los recursos o de quien se conduzca como dueño, la pena podrá ser reducida hasta en dos terce-ras partes. Artículo 377.- Se impondrá de cuatro a doce años de prisión y de mil a tres mil días multa, a quien realice cualquiera de las conductas señaladas en las fraccio-nes I y II del artículo 374, sin conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, siempre que de las características de la opera-ción o de las circunstancias de los sujetos involucrados

y elementos objetivos acreditables pueda desprender-se aquella ilicitud del origen de los bienes o recursos. Cuando la persona que realiza los actos jurídicos, con el resultado mencionado en el párrafo anterior, revele a la autoridad competente la identidad de quien haya aportado los recursos o de quien se conduzca como dueño, la pena podrá ser reducida hasta en dos terce-ras partes. Artículo 378.- Se sancionará con prisión de cinco a quince años y de mil a cinco mil días multa a quien fomente, preste ayuda, auxilio o colaboración a otro para la comisión de las conductas previstas en las fracciones I y II del artículo 374, sin perjuicio de los procedimientos y sanciones que correspondan con-forme a la legislación aplicable. Para efectos del párrafo anterior, se presume que fomenta, presta ayuda, auxilio o colaboración para la comisión de las conductas previstas en las fracciones I y II del artículo 374, quien asesore profesional o técnicamente a otro en la comisión de las conductas previstas en el primer párrafo de este artículo. Cuando la autoridad competente, en ejercicio de sus facultades de fiscalización, encuentre actos que pu-dieran estar vinculados con la comisión de alguno de los delitos referidos en este artículo, deberá ejercer respecto de los mismos las facultades de comproba-ción que le confieren las leyes y en caso de descubrir elementos que permitan presumir su comisión deberá proceder a su denuncia. Artículo 379.- Las penas previstas en este Capítulo se aumentarán desde un tercio hasta en una mitad, si la conducta es cometida por servidores públicos encar-gados de prevenir, detectar, denunciar, investigar o juzgar la comisión de delitos o ejecutar las sanciones penales, así como a los ex servidores públicos encar-gados de tales funciones que cometan dicha conduc-ta en los dos años posteriores a su terminación. Además, se les impondrá inhabilitación para desem-peñar empleo, cargo o comisión hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta, la cual co-menzará a partir del cumplimiento de dicha pena. Asimismo, las penas previstas en este Capítulo se aumentaran hasta en una mitad si quien realice cual-quiera de las conductas previstas en los artículos 374, fracciones I y II, 375 y 376, utiliza a personas menores de dieciocho años de edad o personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o que no tienen capacidad para resistirlo.

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Gaceta Legislativa 9 Miércoles 28 de septiembre de 2011

CAPÍTULO II DECOMISO POR VALOR EQUIVALENTE

Artículo 380.- Decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito, o de bienes del inculpado cuyo valor sea equivalente, cuando aquellos se hayan per-dido, consumido o extinguido, no sea posible locali-zarlos, o se trate de bienes que constituyan garantías de créditos preferentes. En los casos que así se establezca, se podrá decretar el aseguramiento de bienes propiedad del o los indi-ciados, así como de aquéllos respecto de los cuales se conduzca como dueño.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que opongan al presente decreto. TERCERO.- En un plazo de sesenta días a partir de la vigencia de la presente iniciativa, se realizaran las adecuaciones necesarias al Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Por lo expuesto solicito a Usted, diputado Presidente sea turnada esta iniciativa a la comisión competente para continuar el proceso legislativo.

A T E N T A M E N T E.

Sufragio efectivo, no reelección. Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a 26

de Septiembre del año 2011.

DIP. JESÚS DANILO ALVÍZAR GUERRERO.

***** DIP. EDUARDO ANDRADE SANCHEZ. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ. PRESENTE. JESÚS DANILO ALVÍZAR GUERRERO, diputado integrante del grupo legislativo del Partido Acción Nacional, en uso de la facultad que me concede la fracción I del artículo 34 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, respetuosamente someto a la consideración de esta Honorable Soberanía, la presen-

te INICIATIVA CON PROYECTO DECRETO QUE ADICIONA DOS CAPÍTULOS, DENOMINADOS REGLAS DEL ASEGURAMIENTO DE BIENES, Y DE LAS TÉCNICAS ESPECIALES DE INVESTIGACIÓN, ASÍ COMO DIVERSOS ARTÍCULOS DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, median-te la siguiente:

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S . De la presente iniciativa debe destacarse, lo importe que significa actualizar el código procedimental sobre el presente tema, ya que el aseguramiento de bienes en el delito de recursos de procedencia ilícita es de suma importancia para su comprobación.

Como lo he señalado en la iniciativa al Código de Penal, que era importe incluir en el sistema penal veracruzano, este tipo de delitos que forman parte del combate a la delincuencia organizada, y es precisa-mente bajo el esquema del lavado de dinero de acti-vidades ilícitas su forma de subsistir, por lo que, el combate no tendrá el éxito necesario sino es median-te acciones tendientes a disminuir las ganancias.

Por esta razón nuestra iniciativa es un complemento importante para el ejercicio de la acción de la justicia y desde luego para la investigación al dotar de facul-tades a los órganos de procuración de justicia del Estado de Veracruz.

Bajo tales condiciones se adiciona un Capítulo II Bis, al título quinto de las disposiciones comunes a la inves-tigación ministerial y a la instrucción, adicionando un artículo 195 Bis, para establecer una disposición preci-sa sobre las reglas del aseguramiento de bienes.

De la misma forma se propone adicionar en este titulo el Capítulo V de las Técnicas Especiales de Investiga-ción.

Para la investigación de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata de personas, delincuencia organizada, enriquecimiento ilícito, el agente del Ministerio Público podrá emplear las técni-cas especiales de investigación.

De las mismas se desprende el de entregas vigiladas, consistentes en la identificación y, en su caso, la inter-cepción en tránsito de bienes o recursos que sean objeto, instrumento o producto del delito, a efecto de retirarlos o sustituirlos total o parcialmente, según sea el caso, para luego permitir, bajo vigilancia, su envío, distribución o transportación dentro del territorio del

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Gaceta Legislativa 10 Miércoles 28 de septiembre de 2011

Estado o de éste hacia otro Estado o a la inversa, con el fin de investigar los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata de personas, delincuencia organizada, enriquecimiento ilícito, así como identificar y, en su caso, detener, con el empleo de los avances tecnológicos necesarios, a las personas u organizaciones involucradas en su comisión. También se propone en este nuevo esquema de inves-tigación de estos delitos, las operaciones encubiertas, en sus diferentes modalidades, que podrían la dispo-sición de los recursos y medios necesarios, bajo el control del agente del Ministerio Público responsable de la investigación y la infiltración de agentes, que serán policías en función de investigación de los deli-tos.

De la misma forma, se propone que el Procurador General de Justicia del Estado o el servidor público en quien delegue esa función, podrán requerir a las au-toridades administrativas y entidades paraestatales de los tres órdenes de gobierno que presten la colabora-ción más eficaz para efectos de la ejecución de las entregas vigiladas u operaciones encubiertas, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Para esto se podrán autorizar a agentes de la policía en funciones de investigación de delitos, tomando en cuenta los fines de la investigación, que podrá actuar bajo identidad supuesta para infiltrarse en la organi-zación delictiva, o adquirir y transportar los objetos, instrumentos o productos del delito, que en su mo-mento, deberá retenerlos y ponerlos a disposición del agente del Ministerio Público. Se considera, que a los agentes infiltrados, servidores públicos y demás personas que intervengan en la preparación y ejecución de las técnicas especiales de investigación a que se refiere este Capítulo se les considerará que actúan en cumplimiento de un deber y, por tanto, no se procederá penalmente en su con-tra, para esto se establecen ciertas condiciones su operación. De lo anterior se concluye que es un esquema nove-doso, el que se tendrá que aplicarse para la investiga-ción de estos tipos de delitos, por lo que, será un trabajo arduo el que tendrá Procuraduría General de Justicia del Estado, para la implementación de esta iniciativa, que sin duda pondrá a Veracruz en la van-guardia del sistema penal en el orden nacional. Por lo antes expuesto, someto a la consideración de esta Honorable LXII Legislatura del Congreso del Esta-do de Veracruz de Ignacio de la Llave, la siguiente:

I N I C I A T I V A C O N P R O Y E C T O D E C R E T O Q U E

A D I C I O N A D O S C A P Í T U L O S , D E N O M I N A D O S

R E G L A S D E L A S E G U R A M I E N T O D E B I E N E S , Y D E

L A S T É C N I C A S E S P E C I A L E S D E I N V E S T I G A C I Ó N ,

A S Í C O M O D I V E R S O S A R T Í C U L O S D E L C Ó D I G O

D E P R O C E D I M I E N T O S P E N A L E S P A R A E L E S T A -

D O D E V E R A C R U Z D E I G N A C I O D E L A L L A V E :

TÍTULO QUINTO DISPOSICIONES COMUNES A LA INVESTIGACIÓN

MINISTERIAL Y A LA INSTRUCCIÓN … CAPÍTULO II BIS REGLAS DEL ASEGURAMIENTO DE BIENES Artículo 195 Bis.- Los instrumentos, objetos o pro-ductos del delito; los bienes del inculpado hasta por dos tantos, el valor equivalente a los primeros, cuan-do aquellos se hayan perdido, consumido o extingui-do, no sea posible localizarlos o constituyan garantías de créditos preferentes, así como los bienes en que existan o constituyan indicios o evidencias o pudieran tener relación con el delito, serán asegurados a fin de que no se alteren, destruyan o desaparezcan. El agen-te Ministerio Público, la policía y los peritos, durante la investigación y en cualquier etapa del proceso pe-nal, deberán seguir las reglas relativas a la cadena de custodia. La administración de los bienes asegurados se realizará de conformidad con la ley de la materia. … CAPÍTULO V DE LAS TÉCNICAS ESPECIALES DE INVESTIGA-CIÓN Artículo 213 Bis.- Para la investigación de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata de personas, delincuencia organizada, enrique-cimiento ilícito, el agente del Ministerio Público podrá emplear las técnicas especiales de investigación si-guientes: I. Entregas vigiladas, consistentes en la identificación y, en su caso, la intercepción en tránsito de bienes o recursos que sean objeto, instrumento o producto del delito, a efecto de retirarlos o sustituirlos total o par-cialmente, según sea el caso, para luego permitir, bajo vigilancia, su envío, distribución o transportación dentro del territorio del Estado o de éste hacia otro Estado o a la inversa, con el fin de investigar los deli-tos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata de personas, delincuencia organizada, enrique-

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Gaceta Legislativa 11 Miércoles 28 de septiembre de 2011

cimiento ilícito, así como identificar y, en su caso, detener, con el empleo de los avances tecnológicos necesarios, a las personas u organizaciones involucra-das en su comisión, y II. Operaciones encubiertas, en sus diferentes modali-dades: a) La disposición de los recursos y medios necesarios, bajo el control del agente del Ministerio Público res-ponsable de la investigación, con objeto de descubrir cualquier actividad vinculada directa o indirectamente con los delitos de operaciones con recursos de proce-dencia ilícita, trata de personas, delincuencia organi-zada, enriquecimiento ilícito, así como la identidad de los probables responsables de este tipo de delitos. b) La infiltración de agentes, que serán policías en función de investigación de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata de personas, delincuencia organizada y enriquecimiento ilícito. Para las entregas vigiladas y operaciones encubiertas, los agentes del Ministerio Público, previa autorización del Procurador General de Justicia del Estado o del servidor público en quien delegue esa función, podrán posponer el aseguramiento de bienes o recur-sos y la detención de probables responsables, con el propósito de identificar a los sujetos responsables de los delitos de operaciones con recursos de proceden-cia ilícita, trata de personas, delincuencia organizada, su forma de operación o ámbito de actuación, siste-mas contables y de administración. Para el empleo de las técnicas especiales de investiga-ción a que se refiere este artículo, se requiere de la autorización previa del Procurador General de Justicia del Estado o del servidor público en quien delegue esa función, y su aplicación se realizará bajo la orden y supervisión del agente del Ministerio Público respon-sable, en los términos de la autorización. Artículo 213 Ter.- El Procurador General de Justicia del Estado o el servidor público en quien delegue esa función, deberán requerir a las autoridades adminis-trativas y entidades paraestatales de los tres órdenes de gobierno que presten la colaboración más eficaz para efectos de la ejecución de las entregas vigiladas u operaciones encubiertas, en el ámbito de sus res-pectivas competencias. Las entidades federativas suscribirán convenios gene-rales de operaciones conjuntas para la ejecución de las técnicas especiales de investigación a que se refie-re este capítulo.

Asimismo, cuando sea indispensable para el éxito de la investigación, los particulares podrán colaborar en la ejecución de las técnicas especiales de investigación a que se refiere este capítulo, siempre que consientan en ello. Artículo 213 Quarter.- El Procurador General de Justicia del Estado o el servidor público en quien dele-gue esa función, podrán autorizar a agentes de la policía en funciones de investigación de delitos, to-mando en cuenta los fines de la investigación, que podrá actuar bajo identidad supuesta para infiltrarse en la organización delictiva, o adquirir y transportar los objetos, instrumentos o productos del delito, que en su momento, deberá retenerlos y ponerlos a dispo-sición del agente del Ministerio Público. La identidad supuesta será otorgada por el tiempo indispensable para cumplir con el objetivo. Los agen-tes infiltrados deberán desenvolverse jurídica y so-cialmente bajo tal identidad. La autorización que obre en la averiguación previa deberá contemplar la identidad supuesta con la que actuará en el caso concreto el agente infiltrado, la verdadera identidad será reservada y deberá conser-varse fuera de las actuaciones con la debida seguri-dad. Los servidores públicos a que se refiere el artículo anterior podrán requerir a las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales competen-tes para que expidan documentos que amparen la identidad supuesta de los agentes infiltrados. Artículo 213 Quinquies.- Los agentes infiltrados, de conformidad con este código y demás disposiciones aplicables, proporcionarán al agente del Ministerio Público responsable de la investigación la informa-ción, documentos, registros, grabaciones y todo aquello que sirva de medio de prueba o indicio sobre los delitos de operaciones con recursos de proceden-cia ilícita, trata de personas, delincuencia organizada y enriquecimiento ilícito. Artículo 213 Sixies.- A los agentes infiltrados, servi-dores públicos y demás personas que intervengan en la preparación y ejecución de las técnicas especiales de investigación a que se refiere este Capítulo se les considerará que actúan en cumplimiento de un deber y, por tanto, no se procederá penalmente en su con-tra, siempre que cumplan los requisitos siguientes: a) Que se haya tratado de una técnica especial autori-zada legalmente;

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Gaceta Legislativa 12 Miércoles 28 de septiembre de 2011

b) Que durante su realización, haya rendido puntual-mente sus informes; c) Que se haya sujetado a los lineamientos de la auto-rización; d) Que la conducta realizada por el agente infiltrado haya sido ineludible y con el exclusivo propósito de preservar su integridad, su cobertura o la propia in-vestigación; e) Que se haya entregado oportunamente todos los recursos, bienes e información obtenidos en la reali-zación de éstas, y f) Que se hayan tomado las medidas necesarias, con-forme a sus posibilidades, para evitar al máximo la producción de daños. Artículo 213 Septies.- Las actividades que lleven a cabo los agentes se sujetarán a lo dispuesto por este código y demás disposiciones aplicables, así como a los términos, limitaciones, modalidades y condiciones que, en cada caso concreto, atendiendo a la naturale-za de la investigación de que se trate y los términos de la autorización correspondiente. Artículo 213 Octies.- Las autorizaciones que emita el Procurador General de Justicia del Estado o el servidor público en quien delegue esa función serán confiden-ciales; su aplicación y ejecución se realizará por con-ducto de los agentes del Ministerio Público y demás servidores públicos que en los mismos se determine, quienes en todo caso deberán guardar estricta reserva de su contenido. Artículo 213 Nonies.- Las entregas vigiladas y opera-ciones encubiertas se deberán realizar bajo la más estricta confidencialidad. Durante el procedimiento penal, todos los documen-tos e información relacionados con las entregas vigi-ladas y operaciones encubiertas, así como los objetos, registros de voz e imágenes, cuentas u objetos que le estén relacionados con éstas son estrictamente reser-vados.

T R A N S I T O R I O S :

ARTÍCULO PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. ARTÍCULO SEGUNDO.- En un plazo de sesenta días a partir de la entrada en vigor de la presente iniciati-

va, se realizaran las reformas necesarias al Reglamen-to de la Ley Orgánica de la Procuraduría de Justicia del Estado. ARTÍCULO TERCERO.- Se derogan las disposiciones y ordenamientos que contravengan lo dispuesto en la presente ley. Por lo expuesto solicito a Usted, sea turnada la pre-sente iniciativa a la Comisión correspondiente para dar continuidad al Proceso Legislativo.

A T E N T A M E N T E. Sufragio efectivo, no reelección.

Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a 26 de Septiembre del año 2011.

DIP. JESÚS DANILO ALVÍZAR GUERRERO.

***** DIP. EDUARDO ANDRADE SANCHEZ. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ. PRESENTE. JESÚS DANILO ALVÍZAR GUERRERO, diputado integrante del grupo legislativo del Partido Acción Nacional, en uso de la facultad que me concede la fracción I del artículo 34 de la Constitución Políti-ca del Estado de Veracruz, respetuosamente so-meto a la consideración de esta Honorable Sobe-ranía, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UN CAPITULO DENOMINADO UNIDAD ESPECIALIZADA DE ANALISIS FINANCIERO E INTELIGENCIA PA-TRIMONIAL, ASI COMO ADICIONA EL ARTÍCU-LO 45 TER A LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCU-RADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, me-diante la siguiente:

E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S . Como lo he señalado en este conjunto de iniciati-vas que he tenido a bien presentar ante esta sobe-ranía, lo oportuno que significa incluir dentro del sistema penal veracruzano el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, por lo que, en este caso corresponde crear la instancia que se encargue del combate a dicho ilícito, por ello, es que presento en este caso la relativa a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado.

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Gaceta Legislativa 13 Miércoles 28 de septiembre de 2011

El principal objetivo de la iniciativa, es dotar a la Pro-curaduría General de Justicia del Estado, de un ente que procese la instrumentación de las investigaciones ministeriales relativas a los delitos derivados del uso de recursos de procedencia ilícita. Para esta circunstancia se propone crear la Unidad Especializada de Análisis Financiero e Inteligencia Patrimonial, con las facultades de generar, analizar y consolidar información fiscal, financiera y patri-monial relacionada con conductas que pudieran estar vinculadas con la comisión de delitos en mate-ria de operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata de personas, delincuencia organizada, enriquecimiento ilícito, dentro del territorio del Estado. Así como con facultades para requerir a las unidades administrativas, órganos desconcentrados, delegacio-nes y entidades de la Administración Pública Estatal, que proporcionen la información y documentación necesaria para el ejercicio de las atribuciones que se le confieren, en los plazos que le establezca, asimismo se le otorgan otras diecinueve atribuciones a dicha Unidad, que fungirá como fiscalía especializada en el combate a estos delitos. Como antecedente, en lo que se refiere a las ins-tancias vinculadas a la investigación de delitos financieros y lavado de dinero, existen actualmen-te la siguientes instituciones: la Dirección General de Delitos Financieros y de Operaciones con Re-cursos de Procedencia Ilícita (DGDFORPI) de la Procuraduría Fiscal de la Federación; la Unidad Especializada Contra el Lavado de Dinero (UECLD) y la Unidad Especializada Contra la Delincuencia Organizada (UEDO) de la PGR; la Fiscalía Especiali-zada para la Atención de Delitos Fiscales y Rela-cionados con el Sistema Financiero; de la CNBV, y la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP. Por lo que, en nuestro Estado corresponde la Uni-dad creada mediante la presente reformar instru-mentar las acciones tendientes a combatir este ilícito. Reconozco que hay resistencia, por tipificar especial-mente el delito de lavado de dinero y los delitos deri-vados del narcomenudeo entre otros, ante la falta de instancias suficientemente sólidas encargadas de su investigación, sin embargo, éstos son flagelos presen-te en nuestra sociedad, que no se puede dejar para después, ya que tarde o temprano las instancias loca-les deberán hacerse cargo de su persecución, por esta razón considero oportuno que se procese la presente

iniciativa, para que nuestra entidad sea una de las primera en prever instancias de esta naturaleza. En los diversos foros y seminarios tanto a nivel nacio-nal como internacional, ha quedado claro que el pro-ducto monetario de la corrupción, es incorporado al sistema financiero a través de diversos esquemas que la dan visos de legalidad, estas operaciones que son utilizadas para lavar el dinero, deben ser combatida por un Órgano del Estado especializado en investiga-ción financiera y que cuente con las atribuciones ne-cesarias para perseguir los delitos específicos del uso de recursos de procedencia ilícita. Los delitos de corrupción y uso de recursos financieros de procedencia ilícita deben visualizarse como las conductas ilícitas, antijurídica que atentan contra la economía nacional y estatal, por ello la imperiosa necesidad de sancionar esta conductas como un es-fuerzo que corresponde a este fenómeno en su inte-gridad. Cabe señalar que será, en el propio reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado, donde se deberá establecer los requisitos del titular de la citada instancia, así como las adecua-ciones necesarias, las cuales se deberán hacer en un plazo de sesenta días contados a partir de la entrada en vigor de la presente iniciativa. De la misma forma se deberá prever la inclusión de un presupuesto especial durante el presente ejercicio fiscal para la operación y funcionamiento de la Uni-dad, para tal efecto el titular de la Procuraduría Gene-ral de Justicia, deberá hacer los ajustes necesarios para el cumplimiento de la presente iniciativa. Por lo antes expuesto, someto a la consideración de esta Honorable LXII Legislatura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, la si-guiente:

I N I C I A T I V A C O N P R O Y E C T O D E D E C R E T O Q U E

A D I C I O N A U N C A P I T U L O D E N O M I N A D O U N I -

D A D E S P E C I A L I Z A D A D E A N A L I S I S F I N A N C I E R O

E I N T E L I G E N C I A P A T R I M O N I A L , A S I C O M O

A D I C I O N A E L A R T Í C U L O 45 T E R A L A L E Y

O R G Á N I C A D E L A P R O C U R A D U R Í A G E N E R A L D E

J U S T I C I A D E L E S T A D O D E V E R A C R U Z D E I G N A -

C I O D E L A L L A V E :

CAPITULO VI TER UNIDAD ESPECIALIZADA DE ANALISIS FINANCIE-

RO E INTELIGENCIA PATRIMONIAL

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Gaceta Legislativa 14 Miércoles 28 de septiembre de 2011

Artículo 45 TER.- Corresponderá a la Unidad Espe-cializada de Análisis Financiero e Inteligencia Patrimonial, las siguientes facultades: I. Generar, analizar y consolidar información fiscal, financiera y patrimonial relacionada con conductas que pudieran estar vinculadas con la comisión de delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata de personas, delincuencia organizada, enriquecimiento ilícito, dentro del territorio del Esta-do; II. Emitir lineamientos para agrupar y jerarquizar, por niveles de riesgo, la información que obtenga; III. Requerir a las unidades administrativas, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública Estatal, que proporcionen la información y documentación necesaria para el ejercicio de las atribuciones que se le confieren, en los plazos que le establezca; con apercibimiento de que, en caso de no cumplimiento al requerimiento podría ser sancionado hasta con la anulación de su nombramiento. IV. Solicitar a las autoridades competentes la reali-zación de auditorías externas, en los casos de sos-pecha de la comisión de delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata de per-sonas, delincuencia organizada, enriquecimiento ilícito; V. Investigar y perseguir con la información fiscal, financiera y patrimonial generada que guarde relación con conductas que pudieran estar vincu-ladas con la comisión de delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata de per-sonas, delincuencia organizada, enriquecimiento ilícito; VI. Recibir denuncias o querellas de hechos que pue-dan constituir delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata de personas, delincuencia organizada, enriquecimiento ilícito; VII. Prestar asistencia técnica a las autoridades com-petentes, en los procesos penales relacionados con los asuntos de su competencia; VIII. Realizar, en el ámbito de su competencia el se-guimiento y control de los procesos originados por las denuncias y querellas que haya formulado la Unidad Especializada de Análisis Financiero e Inteligencia Patrimonial, así como de aquellas en que ésta tenga interés;

IX. Gestionar ante la autoridad competente el de-comiso, abandono o extinción de dominio de los bienes objeto o producto del delito a favor del Es-tado; X. Tramitar y resolver en el ámbito de su competencia los requerimientos de autoridades judiciales, adminis-trativas o ministeriales; XI. Ser el enlace entre las unidades administrati-vas, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades de la Administración Pública Estatal, y las diversas dependencias y entidades de la Admi-nistración Pública Federal y de otras entidades federativas en los asuntos de su competencia, para el intercambio de información; así como ne-gociar, celebrar e implementar acuerdos con esas instancias; XII. Notificar las determinaciones que dicte, los citato-rios, requerimientos, solicitudes de informes y otros actos administrativos, así como los actos relacionados con el ejercicio de sus facultades; XIII. Expedir certificaciones de constancias de los expedientes relativos a los asuntos de su compe-tencia; XIV. Proponer el desarrollo de sistemas de informa-ción necesarios para el desarrollo de sus funciones y de bases estadísticas del fenómeno delictivo en el territorio del Estado; XV. Supervisar, ejecutar y explotar la información con motivo de sus facultades; así como vigilar y fomentar las políticas de seguridad de conformidad con la nor-matividad aplicable;

XVI. Suscribir los documentos y celebrar los actos jurídicos necesarios para el ejercicio de sus funcio-nes; XVII. Realizar consultas a expertos, instituciones académicas y de investigación, relacionadas con el ámbito de su competencia;

XVIII. Participar, así como organizar foros y eventos relacionados con la capacitación en materia de pre-vención operaciones con recursos de procedencia ilícita, trata de personas, delincuencia organizada, enriquecimiento ilícito;

XIX. Emitir recomendaciones de medidas para preve-nir y detectar operaciones con recursos de proceden-

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Gaceta Legislativa 15 Miércoles 28 de septiembre de 2011

cia ilícita, trata de personas, delincuencia organizada, enriquecimiento ilícito, a los sectores públicos o priva-dos, y XX. Participar en el ámbito de su competencia, en la formulación, vigilancia y cumplimiento de los convenios y acuerdos de coordinación con las auto-ridades fiscales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

T R A N S I T O R I O S : ARTÍCULO PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. ARTÍCULO SEGUNDO.- En un plazo de sesenta días a partir de la entrada en vigor de la presente iniciati-va, se realizaran las reformas necesarias al Reglamen-to de la Ley Orgánica de la Procuraduría de Justicia del Estado. ARTÍCULO TERCERO.- En un plazo de setenta días contados a partir de la entrada en vigor de la pre-sente iniciativa, el titular de la Procuraduría General de Justicia en el Estado, deberá nombrar el titular de la Unidad Especializada de Análisis Financiero e Inteligencia Patrimonial, por lo que, a partir de su nombramiento entrará en funciones la citada Uni-dad. ARTÍCULO CUARTO.- El titular de la Procuraduría General del Justicia en el Estado, destinará por única ocasión un presupuesto especial durante el presente ejercicio fiscal para la operación y funcionamiento de la Unidad, para tal efecto deberá hacer los ajustes presupuestarios necesarios para el cumplimiento de la presente iniciativa; debiendo incluir para el siguiente ejercicio fiscal el gasto que corresponda a dicha uni-dad. ARTÍCULO QUINTO.- Se derogan las disposiciones y ordenamientos que contravengan lo dispuesto en la presente ley. Por lo expuesto solicito a Usted, sea turnada la pre-sente iniciativa a la Comisión correspondiente para dar continuidad al Proceso Legislativo.

A T E N T A M E N T E. Sufragio efectivo, no reelección.

Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a 26 de Septiembre del año 2011.

DIP. JESÚS DANILO ALVÍZAR GUERRERO.

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Diputación Permanente de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Con-greso del Estado, fue turnado a esta comisión el oficio número SG-DP/2do./1er./029/2011, de fecha 17 de agosto de 2011, mediante el cual se remite para su estudio y dictamen junto con el expediente del caso, la solicitud formulada por el ayuntamiento de Vera-cruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio modificatorio del inciso B), de la Cláusula Primera del convenio de coparticipación con la Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V., para llevar a cabo la obra de rehabilitación de la carpeta de rodamiento de la avenida Dr. Rafael Cuervo, de esa ciudad. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso g), de la Constitución Política local; 35, fracción XXII, 103, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgáni-ca del Poder Legislativo; y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista el oficio número 001030, de fecha 18 de julio de 2011, signado por la presidente municipal de Veracruz, mediante el cual solicita autorización de esta Soberanía para poder suscribir el convenio referido en el primer párrafo del presente dictamen. 2. Se encuentra certificación del acuerdo de Cabildo contenido en el acta correspondiente a la sesión extra-ordinaria celebrada el 14 de julio del año en curso, en la que los ediles aprueban que el ayuntamiento celebre convenio modificatorio del convenio de coparticipación con la Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V., por el cual se determina realizar la obra de rehabilitación de la carpeta de rodamiento de la avenida Dr. Rafael Cuervo, de esa ciudad, a efecto de modificar el inciso b) de la cláusula primera de dicho convenio, previa autorización del H. Congreso. 3. Se anexa al expediente copia del proyecto de con-venio modificatorio que celebran por una parte el Honorable Ayuntamiento de Veracruz, Veracruz de

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Gaceta Legislativa 16 Miércoles 28 de septiembre de 2011

Ignacio de la Llave, y la Administración Portuaria Inte-gral de Veracruz, S.A. de C.V., en el que se observan los derechos y obligaciones de cada una de las partes. En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

I. Que con fecha 25 de agosto de 2010, y publicado

en la Gaceta Oficial del Estado número 281, del 7 de septiembre del mismo año, esta Soberanía emitió un acuerdo por el que se autoriza al ayun-tamiento de Veracruz celebrar convenio de copar-ticipación con la Administración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V. (APIVER), con el fin de realizar la obra de rehabilitación de la carpeta de rodamiento de la avenido doctor Rafael Cuervo, de ese municipio.

II. Se toma en consideración que la finalidad de este

convenio es precisar las condiciones y límites en que las partes colaborarán para llevar a cabo la re-ferida obra, que beneficiará a los habitantes de este municipio.

III. Que el inciso b) de la cláusula primera original-

mente establece como obligaciones de la API-VER, las de elaborar, revisar y autorizar el pro-yecto ejecutivo de la obra, así como la de apor-tar los recursos para la realización de la obra en cuestión.

IV. Y, para efectos del presente dictamen, el munici-

pio solicita se autorice la modificación de dicho convenio en el inciso referido para precisar que la realización de la obra sea realizada con la partici-pación conjunta del ayuntamiento y la APIVER, y que esta sea únicamente la que aporte los recur-sos para la realización de dicha obra.

V. Por lo que una vez estudiada y analizada la solici-

tud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente peti-ción, se concluye que el honorable ayuntamiento de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta Soberanía la autorización para poder suscribir el citado con-venio.

En tal virtud, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con pro-yecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir convenio modificatorio del inciso B), de la Cláusula Primera del Convenio de Coparticipación con la Ad-ministración Portuaria Integral de Veracruz, S.A. de C.V., para llevar a cabo la obra de rehabilitación de la carpeta de rodamiento de la avenida doctor Rafael Cuervo, de esa ciudad, conforme al proyecto presen-tado ante esta Soberanía. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la presi-dente municipal del honorable ayuntamiento de Ve-racruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efec-tos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil once.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz

Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno

Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Diputación Permanente de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Con-greso del Estado, fue turnado a esta comisión per-manente el oficio número SG-DP/2do./1er./034/2011, de fecha 17 de agosto de 2011, mediante el cual se remiten, para su estudio y dictamen junto con los expedientes que de cada caso, las solicitudes de los ayuntamientos de Boca del Río y Yanga, Veracruz de Ignacio de la Llave, para poder suscribir convenio de coordinación con el Gobierno del Estado, para la aplicación, ejercicio, control y rendición de cuentas de

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Gaceta Legislativa 17 Miércoles 28 de septiembre de 2011

los recursos federales del Fondo de Pavimentación y Espacios Deportivos para Municipios 2011, destinado a la realización de obras. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso g), de la Constitución Política local; 35, fracción XXII, 103, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgáni-ca del Poder Legislativo; y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se encuentran copia fieles o certificadas de las

actas de Cabildo correspondientes a las sesiones de los respectivos ayuntamientos de Boca del Río y Yanga, en las que dichos órganos edilicios aprueban, previa autorización del H. Congreso del Estado, celebrar cada uno convenio de coordina-ción con el Gobierno del Estado para la aplica-ción, ejercicio, control y rendición de cuentas de recursos federales del Fondo de Pavimentación y Espacios Deportivos para Municipios 2011, para la ejecución de obra pública.

2. Se anexa al expediente copia del proyecto de

convenio que celebrarían cada ayuntamiento refe-rido con el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en el que se observan los de-rechos y obligaciones de cada una de las partes.

En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

I. En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son tur-nados, es competente para emitir la presente re-solución.

II. Se toma en consideración que la finalidad de

este convenio es la coordinación para la trans-ferencia, aplicación, ejercicio, control y rendi-ción de cuentas de recursos federales transferi-dos al municipio, destinados exclusivamente pa-

ra realizar obras de pavimentación e infraes-tructura deportiva, que beneficiará a los habi-tantes de este municipio.

III. Una vez estudiada y analizada la solicitud de

referencia, y tomando en consideración la do-cumentación que se anexa a la presente peti-ción, se concluye que los ayuntamientos seña-lados cumplen con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta Soberanía la autorización para poder suscribir el citado convenio.

En tal virtud, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con pro-yecto de:

A C U E R D O

Primero. Se autoriza a los honorables ayuntamientos de Boca del Río y Yanga, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir convenio de coordinación con el Go-bierno del Estado a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, para la transferencia, aplicación, ejerci-cio, control y rendición de cuentas de recursos federa-les del Fondo de Pavimentación y Espacios Deportivos para Municipios, 2011, conforme al proyecto y pro-gramas presentados ante esta Soberanía. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a los pre-sidentes municipales de los honorables ayuntamientos de Boca del Río y Yanga, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil once.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán

Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno Vocal

*****

Page 18: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 18 Miércoles 28 de septiembre de 2011

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Diputación Permanente de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Con-greso del Estado, fue turnado a esta comisión el oficio número SG-DP/2do./1er./077/2011, de fecha 7 de septiembre de 2011, mediante el que se remite, para su estudio y dictamen junto con el expediente del caso, la solicitud formulada por el municipio de Pue-blo Viejo, para poder recibir anticipo de participacio-nes federales con la Secretaría de Finanzas y Planea-ción del Gobierno del Estado. Por lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso c), de la Constitución Política local; 35, fracción, XXXVII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso c); 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62 del Reglamento para el Go-bierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, sobre los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se tiene a la vista el oficio número H-2111, de fecha 25 de agosto del 2011, signado por el presiden-te municipal de Pueblo Viejo, por el que solicita auto-rización de esta Soberanía para poder contratar un préstamo a cuenta de sus participaciones federales. 2. Asimismo, se encuentra en el expediente certifica-ción del acuerdo contenido en el Acta de Cabildo número 20, correspondiente a la sesión extraordinaria celebrada el 24 de agosto del año de 2011, en la que los ediles aprueban por unanimidad la contratación de un préstamo con la Secretaría de Finanzas y Pla-neación del Gobierno del Estado, por un monto de $5,000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.), a cuenta de las participaciones federales que le corresponden para el año 2012, previa autorización del H. Congreso del Estado, con lo cual se pretende cubrir las prestaciones laborales de fin de año como aguinaldo y salarios de los trabajadores municipales. En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes

C O N S I D E R A C I O N E S I. Que algunos ayuntamientos iniciaron sus activi-

dades administrativas en condiciones financieras

desfavorables, saldando pasivos que no han podi-do finiquitar completamente, y que desequilibra-ron sus finanzas al comenzar el presente ejercicio, además de que no se contemplaron previsiones presupuestales para afrontar compromisos finan-cieros para empezar a operar. Esta situación, sin embargo, no exime a las municipalidades para dar cumplimiento a sus obligaciones de gasto corrien-te, sobre todo para cubrir los servicios personales.

II. Que se otorga la autorización, motivo de este

dictamen, para que el municipio haga frente al cumplimiento del pago de aguinaldo y salarios de los trabajadores de fin de año.

III. Que queda sujeta la referida autorización a la

disposición presupuestal de la Secretaría de Finan-zas y Planeación, y mediante la celebración de un contrato de empréstito, para que se otorgue el anticipo solicitado sobre las participaciones fede-rales que le corresponden al municipio, sólo du-rante el ejercicio fiscal del año 2012.

IV. Por lo que una vez estudiada y analizada la solici-

tud de referencia, y tomando en consideración la documentación que se anexa, se concluye que es procedente la solicitud del honorable ayuntamien-to de Pueblo Viejo.

En virtud de lo anterior, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyecto de

A C U E R D O

Primero. Se autoriza contratar empréstito, en la modalidad de anticipo sobre las participaciones que en ingresos federales le correspondan para el ejer-cicio fiscal 2012, al honorable ayuntamiento de Pueblo Viejo, Veracruz de Ignacio de la Llave, por la cantidad de $5,000,000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.), cantidad que le será descon-tada proporcionalmente durante el año 2012, por la Secretaría de Finanzas y Planeación de Gobierno del Estado. Segundo. Que la presente autorización queda sujeta a que la aplicación de los recursos sea con la finalidad de resolver las prestaciones económicas de fin de año con los trabajadores municipales. Tercero. Comuníquese esta determinación al titular de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado, así como al presidente del honorable ayuntamiento de Pueblo Viejo, Veracruz de Ignacio

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Gaceta Legislativa 19 Miércoles 28 de septiembre de 2011

de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los nueve días del mes de sep-tiembre del año dos mil once.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán

Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-SO/2do./1er./396/2011, de fecha 21 de julio de 2011, mediante el cual se remite junto con el expediente del caso, la solicitud formulada por el ayuntamiento de Chacaltianguis, Veracruz, en el que solicita autoriza-ción para poder realizar obra cuyo monto excede el 20% de la partida presupuestal respectiva. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso b), de la Constitución Política local; 35, fracción XXXVI, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso b); 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista el oficio sin número, de fecha siete de abril de 2011, signado por la presidente mu-nicipal de Chacaltianguis, Veracruz de Ignacio de la

Llave, por el que solicita autorización a esta Soberanía para realizar la obra: 2011055530 “Rehabilitación con concreto hidráulico en calles I. Allende, M. Esco-bedo, Leandro Valle, N. Bravo, Av. Juárez, P. Díaz, I. Zaragoza”, con recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, cuyo monto rebasa el 20% de dicha partida. 2. Se encuentra en el expediente copia fiel del Acta resolutiva número 2 del Consejo de Desarrollo Muni-cipal, correspondiente a la sesión celebrada el 15 de abril de 2011, donde el Consejo de Desarrollo aprue-ba realizar la obra número 2011055530 “Rehabilita-ción con concreto hidráulico en calles I. Allende, M. Escobedo, Leandro Valle, N. Bravo, Av. Juárez, P. Díaz, I. Zaragoza”, previa autorización del H. Congre-so del Estado, por un monto de $1,891,467.00 (Un millón ochocientos noventa y un mil cuatrocientos sesenta y siete pesos 00/100 M.N.), con recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, cuyo monto rebasa el 20% de dicha parti-da. En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes y a juicio de esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal, se formulan las siguientes

C O N S I D E R A C I O N E S

I. En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del pre-sente dictamen, la Comisión Permanente que sus-cribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictá-menes sobre los asuntos que le son turnados, es competente para emitir la presente resolución.

II. Que, en términos de lo dispuesto por los artículos

19 y 20, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Estado, se señala que, tanto los recursos del Fon-do de Infraestructura Social Municipal, como los del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios, que reciban los ayuntamientos, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de su po-blación que se encuentren en condiciones de re-zago social y pobreza extrema, dando prioridad a sus obligaciones financieras y a la atención de las necesidades directamente vinculadas a la seguri-dad pública de sus habitantes. Condicionando sus gastos a la consecuencia y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación esta-blece la ley.

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Gaceta Legislativa 20 Miércoles 28 de septiembre de 2011

III. Dado que, en términos de la Ley Orgánica, según establece el artículo 35, fracción XXXVI, los ayun-tamientos deben solicitar autorización del Con-greso para realizar obras que excedan el 20% de la respectiva partida presupuestal, como es el caso del municipio de Chacaltianguis, en estas obras en particular.

IV. Por lo que una vez analizada la solicitud de

referencia y tomando en consideración la do-cumentación presentada, el ayuntamiento de Chacaltianguis cumple con lo previsto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y demás leyes rela-tivas sobre la materia, esta Comisión Permanen-te de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con proyec-to de:

A C U E R D O

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Chacaltianguis, Veracruz de Ignacio de la Llave, realizar la siguiente obra: 2011055530 “Rehabilita-ción con concreto hidráulico en calles I. Allende, M. Escobedo, Leandro Valle, N. Bravo, Av. Juárez, P. Díaz, I. Zaragoza”, por la cantidad de $1,891,467.00 (Un millón ochocientos noventa y un mil cuatrocien-tos sesenta y siete pesos 00/100 M.N.), cuyo monto rebasa el 20% del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, aprobado para el ejercicio 2011.

Segundo. Comuníquese esta determinación al titular del Órgano de Fiscalización Superior del Estado y a la presidente municipal de Chacaltianguis, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar.

Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los seis días del mes de septiem-bre del año dos mil once.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz

Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, fue turnado a esta comisión permanente el oficio número SG-SO/2do./1er./048/2011, de fecha 11 de mayo de 2011, mediante el cual se remite para su atención procedente junto con el expediente del caso, la solicitud del ayun-tamiento de Miahuatlán, de acuerdo con el acta de Cabildo correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el 19 de septiembre de 2008, para poder enajenar a título gratuito diversos lotes del fundo legal. En razón de lo anterior y con fundamento en lo dis-puesto por los artículos: 35, fracción XXXV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Vera-cruz de Ignacio de la Llave; 18, fracción XVI, inciso d), de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 472, 473, 474, 475, 476, 477 y 478, del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz; y 62 del Re-glamento para el Gobierno Interior del Poder Legisla-tivo, esta Comisión elabora el presente dictamen bajo los siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I. Se toma en consideración que la enajenación a

título gratuito de dichos lotes de terreno, es con la finalidad de regularizar su estatus legal en favor de las personas que actualmente los tienen en po-sesión, dando la certeza jurídica para realizar cualquier acción administrativa en beneficio de los habitantes y de la municipalidad.

II. Que la actual administración municipal, mediante

escrito número 048/2011, de fecha 14 de marzo de 2011, signado por la presidente municipal, so-licita a esta Soberanía que se continúen los trámi-tes a fin de obtener la autorización correspon-diente para la donación de los terrenos en cues-tión.

III. Que el departamento de fundo legal de esta Po-

testad legislativa realizó la inspección correspon-diente de los lotes de referencia, a fin de compro-bar física y documentalmente el estado legal de los terrenos y sus posesionarios.

Page 21: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 21 Miércoles 28 de septiembre de 2011

IV. Por lo que una vez realizado el análisis de la documentación presentada en la solicitud, mo-tivo del presente dictamen, hechas las aprecia-ciones y valoraciones correspondientes, se con-cluye que el ayuntamiento de Miahuatlán, Ve-racruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo se-ñalado por la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado.

En virtud de lo anterior, esta dictaminadora somete a vuestra consideración el siguiente proyecto de

A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Miahuatlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, la ena-jenación a título gratuito de los lotes de terreno del fundo legal de la cabecera municipal, mismos que se detallan a continuación:

N° NOMBRE UBICACIÓN SUPERFICIE

EN M2 1 JORGE HERNÁN-

DEZ FRANCO CALLE INDEPENDENCIA NÚME-

RO 45, ZONA CENTRO 115.00

2 NOEMÍ SUÁREZ

SUÁREZ CALLE INDEPENDENCIA ESQUI-

NA CALLE LAS FLORES SIN

NÚMERO, ZONA CENTRO

167.00

3 RAFAELA BARRA-

DAS CASAS CALLE INDEPENDENCIA NÚME-

RO 126, ZONA CENTRO 102.00

4 PABLO JEREMÍAS

MEDINA CASAS CALLE JOSEFA ORTIZ DE

DOMÍNGUEZ NÚMERO 7, ZONA CENTRO

81.00

5 JOSÉ AGUSTÍN

MÉNDEZ VALDÉS PRIVADA 5 DE FEBRERO SIN

NÚMERO, BARRIO SANTIAGO 158.00

6 PABLO LLANOS

ARROYO CALLE MARIANO ABASOLO SIN

NÚMERO, BARRIO SANTA INÉS 254.00

7 MARIO MÉNDEZ

BELLIDO CALLE MIGUEL HIDALGO SIN

NÚMERO, ZONA CENTRO 201.00

8 EVELIA GONZÁ-

LES CASTAÑEDA CALLE INDEPENDENCIA NÚME-

RO 85, ZONA CENTRO 77.00

9 NORBERTO

SUÁREZ BELLIDO CALLE INDEPENDENCIA ESQUI-

NA CALLE 5 DE MAYO SIN

NÚMERO, BARRIO SANTIAGO

145.00

10 PAULA ZARAZAS

TORRES CALLE DE LAS FLORES NÚMERO

24, ZONA CENTRO 142.00

11 SILVIO BARRADAS

CASAS CALLE INDEPENDENCIA NÚME-

RO 128, BARRIO SANTA INÉS 62.00

12 OMAR BARRA-

DAS CASAS CALLE INDEPENDENCIA SIN

NÚMERO, BARRIO SANTA INÉS 111.00

13 LORENZO

MÉNDEZ BELLIDO CARRETERA A NAOLINCO SIN

NÚMERO, COLONIA LA RE-

FORMA

103.00

14 ORTENCIA

HERNÁNDEZ

GARCÍA

PRIVADA MELCHOR OCAMPO

NÚMERO 8, BARRIO SANTIAGO 163.00

15 JOSEFA TERESA

DE JESÚS SUÁREZ

SUÁREZ

CALLE 5 DE MAYO SIN NÚME-

RO, BARRIO SANTIAGO 122.00

16 MANUELA

ZARAZAS TORRES CALLE DE LAS FLORES NÚMERO

26 154.00

17 MARGARITA

ZARAZAS TORRES CALLE DE LAS FLORES NÚMERO

22 230.00

SEGUNDO. El acto jurídico quedará sujeto a las si-guientes condiciones:

1. Otorgarse ante notario público, que elija el adqui-rente. 2. Este acuerdo deberá insertarse íntegramente en cada instrumento notarial.

3. Dicho instrumento deberá contener lo estable-cido por el artículo 478 del Código Hacendario Municipal, que dispone: “Artículo 478.- La enaje-nación a particulares se sujetará a las condiciones siguientes: I. Obligarse a construir y habitar su vivienda, en un plazo de dos años a partir de la fecha de notificada la autorización de enajenación por el Congreso; II. No gravar, ni arrendar o dar en uso, aprovechamiento o en usufructo el bien in-mueble adquirido dentro de los dos años siguien-tes a la fecha de escrituración; se exceptúa de esta disposición el gravamen que se constituya para edificar su casa habitación, siempre que medie autorización expresa del ayuntamiento; y III. Si en el término de dos años, el adquirente no concluye el proceso de escrituración una vez obtenido el acuerdo para su enajenación, se procederá a la rescisión administrativa del mismo.”

TERCERO. Comuníquese esta determinación al presi-dente municipal de Miahuatlán, Veracruz de Ignacio de la Llave y a los interesados, para su conocimiento y efectos. CUARTO. Publíquese el presente acuerdo en la Gace-ta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil on-ce.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz

Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno

Vocal

*****

Page 22: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 22 Miércoles 28 de septiembre de 2011

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado a esta comisión permanente el oficio número SG-SO/2do./1er./227/2011, de fecha 16 de junio de 2011, mediante el cual se remite para su atención procedente junto con el expediente del caso, el escri-to número 76, de fecha 4 de mayo del año en curso, signado por los CC. Secretario del ayuntamiento y presidente municipal de Cuitláhuac, mediante el cual se hace del conocimiento la ratificación de la venta de diversos lotes realizada por la administración munici-pal inmediata anterior, de acuerdo con el acta de Cabildo número 28, correspondiente a la sesión ex-traordinaria de fecha 16 de julio de 2010, con el fin de continuar el trámite de autorización correspon-diente ante esta Soberanía. En razón de lo anterior y con fundamento en lo dis-puesto por los artículos: 35, fracción XXXV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Vera-cruz de Ignacio de la Llave; 18, fracción XVI, inciso d), de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 472, 473, 474, 475, 476, 477 y 478, del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz; y 62 del Re-glamento para el Gobierno Interior del Poder Legisla-tivo, esta Comisión elabora el presente dictamen bajo los siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

I. Se toma en consideración que la venta de dicho

lotes de terreno, es con la finalidad de regularizar su estatus legal en favor de la persona que ac-tualmente lo tiene en posesión, dando la certeza jurídica para realizar cualquier acción administrati-va en beneficio de los habitantes y de la munici-palidad.

II. Que el departamento de fundo legal de esta Po-

testad legislativa realizó la inspección correspon-diente de los lotes de referencia, a fin de compro-bar física y documentalmente el estado legal de los terrenos y sus posesionarios.

III. Por lo que una vez realizado el análisis de la do-

cumentación presentada en la solicitud, motivo del presente dictamen, hechas las apreciaciones y valoraciones correspondientes, se concluye que el ayuntamiento de Cuitláhuac, Veracruz de Ignacio de la Llave, cumple con lo señalado por la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado.

En virtud de lo anterior, esta dictaminadora somete a vuestra consideración el siguiente proyecto de

A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Cuitláhuac, Veracruz de Ignacio de la Llave, dar en venta los lotes de terreno del fundo legal ubica-dos en la congregación de Mata Clara de ese muni-cipio, mismos que se detallan a continuación: NÚM NOMBRE UBICACIÓN SUPERFICIE

M2 PRECIO TOTAL$

1 MARÍA EUGENIA

HERNÁNDEZ

CASTILLO

LOTE 11, MZNA. 02, CALLE VECINAL ESQ. CALLE SIN NOMBRE

SIN NÚMERO

160.00 3,000.00

2 MARÍA DEL

ROCÍO MA-

LAGÓN TORALES

LOTE 05, MZNA. 01, CALLE SIN NOMBRE

SIN NÚMERO

160.00 3,000.00

3 TOBÍAS MONTIEL

AGUILERA LOTE 06, MZNA.

01,CALLE SIN NOM-

BRE SIN NÚMERO

160.00 3,000.00

4 MARÍA FRAN-

CISCA LOYO

MARTÍNEZ

LOTE 14, MZNA. 01, CAMINO VECINAL SIN

NÚMERO

160.00 3,000.00

5 ADOLFO

GUZMÁN

VELÁSQUEZ

LOTE 09, MZNA. 01, CAMINO VECINAL SIN

NÚMERO

160.00 3,000.00

6 MARÍA TRINIDAD

RINCÓN RODRÍ-

GUEZ

LOTE 01, MZNA. 02, CALLE SIN NOMBRE, SIN NÚMERO, ESQ. CALLE SIN NOMBRE

160.00 3,000.00

7 MARIO DE JESÚS

RODRÍGUEZ

CRUZ

LOTE 08, MZNA. 01, CAMINO VECINAL SIN

NÚMERO, ESQ. CALLE

SIN NOMBRE

160.00 3,000.00

8 GREGORIA

CAMARILLO

ALDAZABA

LOTE 07, MZNA. 02, CAMINO VECINAL

160.00 3,000.00

9 MARIO RINCÓN

FERNÁNDEZ LOTE 07, MZNA. 02, CALLE SIN NOMBRE

SIN NÚMERO

160.00 3,000.00

10 IRENE SALGADO

HERNÁNDEZ LOTE 07, MZNA. 01, CALLE SIN NOMBRE

SIN NÚMERO

160.00 3,000.00

11 GERARDO

GONZÁLEZ

AVALOS

LOTE 02, MZNA. 01, CALLE SIN NOMBRE

SIN NÚMERO

160.00 3,000.00

12 JOSÉ HERNÁN-

DEZ PÉREZ LOTE 12, MZNA. 01, CAMINO VECINAL SIN

NÚMERO

160.00 3,000.00

13 LEONARDO

HERNÁNDEZ

RINCÓN

LOTE 10, MZNA. 01, CAMINO VECINAL SIN

NÚMERO

160.00 3,000.00

14 FRANCISCO

MONTALVO

RODRÍGUEZ

LOTE 01, MZNA. 01, CALLE SIN NOMBRE

SIN NÚMERO

160.00 3,000.00

15 MARÍA MAGDA-

LENA GARCÍA

RICO

LOTE 03, MZNA. 02, CALLE SIN NOMBRE

SIN NÚMERO

160.00 3,000.00

16 GUADALUPE

GONZÁLEZ

VELÁZQUEZ

LOTE 13, MZNA. 01, CAMINO VECINAL SIN

NÚMERO

160.00 3,000.00

Page 23: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 23 Miércoles 28 de septiembre de 2011

17 ARACELI AGUI-

LAR MALPICA LOTE 04, MZNA. 01 ,

CALLE SIN NOMBRE

SIN NÚMERO

160.00 3,000.00

18 MARÍA DE

LOURDES

GONZÁLEZ

BERNABÉ

LOTE 10, MZNA. 02, CAMINO VECINAL SIN

NÚMERO

160.00 3,000.00

19 LÁZARO

HERNÁNDEZ

SALAS

LOTE 08, MZNA. 02, CAMINO VECINAL SIN

NÚMERO

160.00 3,000.00

20 MARÍA GUADALUPE

MENESES LÓPEZ

LOTE 09, MZNA. 02, CAMINO VECINAL SIN

NÚMERO

160.00 3,000.00

21 IGNACIO SERENA

JIMÉNEZ LOTE 05, MZNA. 02, CALLE SIN NOMBRE

SIN NÚMERO

160.00 3,000.00

22 PAULA BORBO-

NIO RUIZ LOTE 03, MZNA. 01, CALLE SIN NOMBRE

SIN NÚMERO

160.00 3,000.00

23 ÁNGEL

HERNÁNDEZ

CARRETERO

LOTE 11, MZNA. 01, CAMINO VECINAL SIN

NÚMERO

160.00 3,000.00

24 BERTHA OLIVIA

VELA ACOSTA LOTE 04, MZNA. 02, CALLE SIN NOMBRE

SIN NÚMERO

160.00 3,000.00

SEGUNDO. El acto jurídico quedará sujeto a las si-guientes condiciones:

1. Otorgarse ante notario público, que elija el adqui-rente. 2. Este acuerdo deberá insertarse íntegramente en cada instrumento notarial.

3. Dicho instrumento deberá contener lo estable-cido por el artículo 478 del Código Hacendario Municipal, que dispone: “Artículo 478.- La enaje-nación a particulares se sujetará a las condiciones siguientes: I. Obligarse a construir y habitar su vivienda, en un plazo de dos años a partir de la fecha de notificada la autorización de enajenación por el Congreso; II. No gravar, ni arrendar o dar en uso, aprovechamiento o en usufructo el bien in-mueble adquirido dentro de los dos años siguien-tes a la fecha de escrituración; se exceptúa de esta disposición el gravamen que se constituya para edificar su casa habitación, siempre que medie autorización expresa del ayuntamiento; y III. Si en el término de dos años, el adquirente no concluye el proceso de escrituración una vez obtenido el acuerdo para su enajenación, se procederá a la rescisión administrativa del mismo.”

TERCERO. Comuníquese esta determinación al presi-dente municipal de Cuitláhuac, Veracruz de Ignacio de la Llave y a los interesados, para su conocimiento y efectos.

CUARTO. Publíquese el presente acuerdo en la Gace-ta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los treinta y un días del mes de agosto del dos mil once.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz

Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno

Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, le fue turnado a esta comisión permanente el oficio número SG-SO/2do./1er./048/2011, de fecha 11 de mayo de 2011, mediante el cual se remite para su atención procedente junto con el expediente del caso, la solici-tud del ayuntamiento de Chiconquiaco, de acuerdo con el acta de Cabildo correspondiente a la vigésima quinta sesión ordinaria celebrada el 19 de septiembre de 2008, para poder enajenar a título gratuito diver-sos lotes del fundo legal. En razón de los anterior y con fundamento en lo dis-puesto por los artículos: 35, fracción XXXV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Vera-cruz de Ignacio de la Llave; 18, fracción XVI, inciso d), de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 472, 473, 474, 475, 476, 477 y 478, del Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz; y 62 del Re-glamento para el Gobierno Interior del Poder Legisla-tivo, esta Comisión elabora el presente dictamen bajo los siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I. Se toma en consideración que la enajenación a

título gratuito de dichos lotes de terreno, es con la finalidad de regularizar su estatus legal en favor de las personas que actualmente los tienen en po-sesión, dando la certeza jurídica para realizar

Page 24: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 24 Miércoles 28 de septiembre de 2011

cualquier acción administrativa en beneficio de los habitantes y de la municipalidad.

II. Que la actual administración municipal, mediante

escrito sin fecha, signado por la presidente muni-cipal, solicita a esta Soberanía que se continúen los trámites a fin de obtener la autorización co-rrespondiente para la donación de los terrenos en cuestión.

III. Que el departamento de fundo legal de esta Po-

testad legislativa realizó la inspección correspon-diente de los lotes de referencia, a fin de compro-bar física y documentalmente el estado legal de los terrenos y sus posesionarios.

IV. Por lo que una vez realizado el análisis de la do-

cumentación presentada en la solicitud, motivo del presente dictamen, hechas las apreciaciones y valoraciones correspondientes, se concluye que el ayuntamiento de Chiconquiaco, Veracruz de Ig-nacio de la Llave, cumple con lo señalado por la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado.

En virtud de lo anterior, esta dictaminadora somete a vuestra consideración el siguiente proyecto de

A C U E R D O PRIMERO. Se autoriza al Honorable Ayuntamiento de Chiconquiaco, Veracruz de Ignacio de la Llave, la enajenación a título gratuito de los lotes de terreno del fundo legal de la cabecera municipal, mismos que se detallan a continuación: N° NOMBRE UBICACIÓN SUPERFICIE

EN M2 1 VÍCTOR DEL VALLE

LANDA CALLE ZARAGOZA SIN NÚME-

RO, ZONA CENTRO 78.50

2 DOMINGO RIVERA

MEZA CALLE CLAVIJERO SIN NÚME-

RO, ZONA CENTRO 216.14

3 BALDOMERO

RIVERA MEZA CALLE CLAVIJERO SIN NÚME-

RO, ZONA CENTRO 216.14

4 ISRAEL HERNÁNDEZ

HERNÁNDEZ CALLE JUÁREZ SIN NÚMERO,

ZONA CENTRO 270.00

5 ADRIÁN HERNÁN-

DEZ RAMÍREZ CALLE HIDALGO SIN NÚMERO,

ZONA CENTRO 122.00

6 ALICIA DEL VALLE

LANDA CALLE ZAMORA SIN NÚMERO 512.06

7 VENANCIO

HERNÁNDEZ RAMÍ-

REZ

CALLE HIDALGO SIN NÚMERO, ZONA CENTRO

117.00

8 RAFAEL HERNÁNDEZ

RAMÍREZ CALLE HIDALGO SIN NÚMERO,

ZONA CENTRO 115.00

9 PEDRO DEL VALLE

LANDA CALLE ZAMORA SIN NÚMERO,

ZONA CENTRO 97.47

10 ROBERTO ORTEGA

FUENTES CALLE BUENA VISTA SIN

NÚMERO, ZONA CENTRO 154.00

11 DANIEL AGUILAR PRIVADA IGNACIO ALDAMA 75.00

HERNÁNDEZ SIN NÚMERO, ZONA CENTRO 12 HÉCTOR AGUILAR

HERNÁNDEZ PRIVADA GUADALUPE VICTO-

RIA SIN NÚMERO, ZONA

CENTRO

222.45

13 MIGUEL ÁNGEL

AGUILAR HERNÁN-

DEZ

CALLE MIGUEL HIDALGO SIN

NÚMERO, ZONA CENTRO 99.00

14 MODESTA RAMÍREZ

ÁLVAREZ CALLE MIGUEL HIDALGO

ESQUINA CALLE GUADALUPE

VICTORIA SIN NÚMERO, ZONA CENTRO

205.00

15 LEONILA BONILLA

FLORES CALLE HIDALGO SIN NÚMERO,

ZONA CENTRO 167.80

16 GLORIA PALMEROS

DORANTES CALLE IGNACIO ZARAGOZA

SIN NÚMERO, ZONA CENTRO

71.00

17 GUILLERMO

MÉNDEZ GARCÍA CALLE CLAVIJERO SIN NÚME-

RO, ZONA CENTRO 43.00

18 JULIO RIVERA MEZA CALLE CLAVIJERO SIN NÚME-

RO, ZONA CENTRO 216.00

19 LUISA DORANTES

VEGA CALLE ALDAMA SIN NÚMERO,

ZONA CENTRO 188.00

20 MARTÍN MORALES

MORA CALLE INDEPENDENCIA SIN

NÚMERO, ZONA CENTRO 161.00

21 MODESTO RIVERA

OCHOA CALLE CLAVIJERO SIN NÚME-

RO, ZONA CENTRO 969.00

22 SIMÓN RIVERA

VILLA CALLE CLAVIJERO SIN NÚME-

RO, ZONA CENTRO 486.00

23 ÁNGEL RIVERA

MEZA CALLE CLAVIJERO SIN NÚME-

RO, ZONA CENTRO 812.00

24 TAURINO RIVERA

ZAMORA CALLE CLAVIJERO SIN NÚME-

RO, ZONA CENTRO 984.13

25 VÍCTOR CARDOZA

MORA CALLE ZARAGOZA SIN NÚME-

RO, ZONA CENTRO 158.00

SEGUNDO. El acto jurídico quedará sujeto a las si-guientes condiciones: 1. Otorgarse ante notario público, que elija el adquirente. 2. Este acuerdo deberá insertarse íntegramente en cada instrumento notarial.

3. Dicho instrumento deberá contener lo estable-cido por el artículo 478 del Código Hacendario Municipal, que dispone: “Artículo 478.- La enaje-nación a particulares se sujetará a las condiciones siguientes: I. Obligarse a construir y habitar su vivienda, en un plazo de dos años a partir de la fecha de notificada la autorización de enajenación por el Congreso; II. No gravar, ni arrendar o dar en uso, aprovechamiento o en usufructo el bien in-mueble adquirido dentro de los dos años siguien-tes a la fecha de escrituración; se exceptúa de esta disposición el gravamen que se constituya para edificar su casa habitación, siempre que medie autorización expresa del ayuntamiento; y III. Si en el término de dos años, el adquirente no concluye el proceso de escrituración una vez obtenido el acuerdo para su enajenación, se procederá a la rescisión administrativa del mismo.”

Page 25: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 25 Miércoles 28 de septiembre de 2011

TERCERO. Comuníquese esta determinación al presi-dente municipal de Chiconquiaco, Veracruz de Igna-cio de la Llave y a los interesados, para su conoci-miento y efectos. CUARTO. Publíquese el presente acuerdo en la Gace-ta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, a los ocho días del mes de septiembre del dos mil once.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán

Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, fue turnado a esta comisión permanente el oficio número SG-SO/2do./1er./302/2011, de fecha 30 de junio de 2011, por el que se remite, para su estudio y dicta-men junto con el expediente del caso, la solicitud formulada por el municipio de Agua Dulce, mediante el cual solicita autorización para poder erogar recur-sos del ramo 033 para el pago de pasivos. En atención a lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 18, fracción XLVIII, 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legisla-tivo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal emite su dictamen bajo los si-guientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se encuentra en el expediente copia certificada del acta Cabildo correspondiente a la vigésima séptima sesión extraordinaria celebrada el nueve de junio de 2011; así como copia fiel del acta de

Cabildo correspondiente a la trigésima quinta se-sión extraordinaria celebrada el cinco de septiem-bre del año en curso, en las cuales los ediles aprueban por unanimidad que el ayuntamiento de Agua Dulce cubra diversas obligaciones labora-les hasta por la cantidad de $4,707,421.47 (Cua-tro millones setecientos siete mil cuatrocientos veintiún pesos 47/100 M.N.), con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2011, previa autori-zación del H. Congreso del Estado.

2. Obra en legajo copias de dos convenios estableci-

dos ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Poder Judicial del Estado de Veracruz, por el que el ayuntamiento se obliga a realizar el pago de di-versas prestaciones laborales a los empleados municipales, así como copia del convenio deriva-do del juicio contencioso administrativo número 129/2011-III establecido para el pago de presta-ciones laborales al personal de seguridad pública del municipio de Agua Dulce.

En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

I. En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son tur-nados, es competente para emitir la presente re-solución.

II. Considerando las disposiciones legales en la mate-

ria, como lo establecen los artículos 33 y 37, de la Ley de Coordinación Fiscal de la Federación; 19 y 20, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Esta-do que, tanto los recursos del Fondo de Aporta-ciones para la Infraestructura Social Municipal, como los del Fondo de Aportaciones para el For-talecimiento de los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que reciban los ayuntamientos, se destinarán a obras y acciones que beneficien a la población, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de los derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las necesida-des directamente vinculadas con la seguridad

Page 26: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 26 Miércoles 28 de septiembre de 2011

pública de sus habitantes, y de acuerdo al plan-teamiento presentado en los antecedentes de este dictamen, la solicitud del ayuntamiento de Agua Dulce es motivada para cumplir diversas obliga-ciones financieras, por concepto de prestaciones laborales mediante convenios sancionados por el Tribunal de Conciliación y Arbitraje y un juicio contencioso administrativo, por los que está obli-gado a realizar dichos pagos.

III. Una vez estudiada y analizada la solicitud de refe-

rencia, y tomando en consideración la documen-tación que se anexa a la presente petición, se concluye que es procedente la solicitud del hono-rable ayuntamiento de Agua Dulce, Veracruz de Ignacio de la Llave.

En tal virtud, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con pro-yecto de:

A C U E R D O

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Agua Dulce, Veracruz de Ignacio de la Llave, para que disponga de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FOR-TAMUNDF) 2011 y, en consecuencia, conforme a la ley cumpla obligaciones financieras del municipio, por un monto de hasta $4,707,421.47 (Cuatro millones setecientos siete mil cuatrocientos veintiún pesos 47/100 M.N.), para cubrir diversas prestaciones deri-vadas de dos convenios laborales y un juicio conten-cioso administrativo. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo al presi-dente municipal constitucional de Agua Dulce, Vera-cruz de Ignacio de la Llave, y al Órgano de Fiscaliza-ción Superior del Estado, para los efectos legales pro-cedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los ocho días del mes de sep-tiembre del dos mil once.

Por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz

Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno

Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Diputación Permanente de la Sexagé-sima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, fue turnado a esta comisión el oficio número SG-DP/2do./1er./041/2011, de fecha 17 de agosto de 2011, por el que se remite, para su estudio y dictamen junto con el expediente del caso, la solicitud formulada por el ayuntamiento de Comapa, para poder erogar recursos del ramo 033 para el pago de pasivos. En atención a lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 18, fracción XLVIII, 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legisla-tivo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal emite su dictamen bajo los si-guientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el trece de junio de dos mil once, en la que los ediles aprueban por unanimidad que el ayuntamiento de Comapa realice la amortización de capital e intereses del crédito contraído con Banobras por un monto de $1,768,036.96 (Un millón setecientos sesena y ocho mil treinta y seis pesos 96/100 M.N.), correspondiente al año 2011, con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2011, previa autorización del H. Congre-so del Estado.

2. Obra en legajo contrato de apertura de crédito

simple; último informe del estado que guarda la deuda pública municipal, balanza de comproba-ción al 31 de diciembre de 2010, y tabla de amor-tización reciente.

En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

Page 27: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 27 Miércoles 28 de septiembre de 2011

C O N S I D E R A C I O N E S

I. En términos de lo dispuesto por la normatividad invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son tur-nados, es competente para emitir la presente re-solución.

II. Considerando las disposiciones legales en la mate-

ria, como lo establecen los artículos 33 y 37, de la Ley de Coordinación Fiscal de la Federación; 19 y 20, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Esta-do que, tanto los recursos del Fondo de Aporta-ciones para la Infraestructura Social Municipal, como los del Fondo de Aportaciones para el For-talecimiento de los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que reciban los ayuntamientos, se destinarán a obras y acciones que beneficien a la población, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de los derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las necesida-des directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes, y de acuerdo al plan-teamiento presentado en los antecedentes de este dictamen, la solicitud del ayuntamiento de Coma-pa es motivada para cumplir una obligación fi-nanciera para el pago de la amortización anual del crédito contratado con Banobras.

III. Una vez estudiada y analizada la solicitud de

referencia, y tomando en consideración la docu-mentación que se anexa a la presente petición, se concluye que es procedente la solicitud del hono-rable ayuntamiento de Comapa, Veracruz de Ig-nacio de la Llave.

En tal virtud, esta comisión permanente somete a vuestra consideración el siguiente dictamen con pro-yecto de:

A C U E R D O

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Comapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, para que disponga de recursos del Fondo de Aporta-ciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Fe-deral (FORTAMUNDF) 2011 y, en consecuencia, conforme a la ley, cumpla obligaciones financieras del municipio, para la amortización de capital e

intereses correspondiente al año 2011 del crédito contratado con el Banco Nacional de Obras y Ser-vicios, S.N.C., por un monto de $1,768,036.96 (Un millón setecientos sesenta y ocho mil treinta y seis pesos 96/100 M.N.). Segundo. Notifíquese el presente acuerdo al presi-dente municipal constitucional de Comapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, y al Órgano de Fiscalización Superior del Estado, para los efectos legales proce-dentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los nueve días del mes de sep-tiembre del año dos mil once. Por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz

Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno

Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Diputación Permanente de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Con-greso del Estado, fue turnado a esta comisión el oficio número SG-DP/2do./1er./041/2011, de fecha 17 de agosto de 2011, por el que se remite, para su estudio y dictamen junto con el expediente del caso, la solici-tud formulada por el ayuntamiento de Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, para poder erogar recur-sos del ramo 033 para el pago de pasivos. En atención a lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 18, fracción XLVIII, 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legisla-tivo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal emite su dictamen bajo los si-guientes:

Page 28: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 28 Miércoles 28 de septiembre de 2011

A N T E C E D E N T E S

1. Se encuentra en el expediente copia fiel del acta de Cabildo correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el veinte de julio de dos mil once, en la que los ediles aprueban por unanimidad que el ayuntamiento de Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río realice la amortización de capital e inter-eses del crédito contraído con Banobras por un monto de $2,035,905.10 (Dos millones treinta y cinco mil pesos 10/100 M.N.), correspondiente al año 2011, con recursos del Fondo de Aportacio-nes para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, ejercicio 2011, con el cual se finiquitaría el total de la obligación financiera derivada del contrato de crédito suscrito por el ayuntamiento, previa autorización del H. Congreso del Estado.

2. Obra en legajo contrato de apertura de crédito

simple; informe al 30 de junio del estado que guarda la deuda pública municipal, y tabla de amortización reciente.

En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

I. En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son tur-nados, es competente para emitir la presente re-solución.

II. Considerando las disposiciones legales en la mate-

ria, como lo establecen los artículos 33 y 37, de la Ley de Coordinación Fiscal de la Federación; 19 y 20, de la Ley de Coordinación Fiscal para el Esta-do que, tanto los recursos del Fondo de Aporta-ciones para la Infraestructura Social Municipal, como los del Fondo de Aportaciones para el For-talecimiento de los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que reciban los ayuntamientos, se destinarán a obras y acciones que beneficien a la población, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de los derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las necesida-des directamente vinculadas con la seguridad

pública de sus habitantes, y de acuerdo al plan-teamiento presentado en los antecedentes de este dictamen, la solicitud del ayuntamiento de Nan-chital de Lázaro Cárdenas del Río es motivada pa-ra cumplir la última amortización del crédito con-traído con Banobras en el año 2006.

III. Una vez estudiada y analizada la solicitud de refe-

rencia, y tomando en consideración la documen-tación que se anexa a la presente petición, se concluye que es procedente la solicitud del hono-rable ayuntamiento de Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave.

En tal virtud, esta comisión permanente somete a vues-tra consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, para que disponga de recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF) 2011 y, en conse-cuencia, conforme a la ley, cumpla obligaciones fi-nancieras del municipio, para la amortización última de capital e intereses correspondiente al año 2011 del crédito contratado con el Banco Nacional de Obras y Servicios, S.N.C., por un monto de $1,909,718.39 (Un millón novecientos nueve mil setecientos dieciocho pesos 39/100 M.N.). Segundo. Notifíquese el presente acuerdo al presi-dente municipal constitucional de Nanchital de Lázaro Cárdenas del Río, Veracruz de Ignacio de la Llave, y al Órgano de Fiscalización Superior del Estado, para los efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los treinta días del mes de agos-to del año dos mil once.

Por la Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz

Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán Secretario

Page 29: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 29 Miércoles 28 de septiembre de 2011

Dip. Roberto Pérez Moreno Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Segunda Legislatura del H. Congreso del Estado, fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-SO/2do./1er./235/2011, de fecha 16 de junio de 2011, mediante el cual se remite, para su estudio y dictamen junto con el expediente que al caso corres-ponde, la solicitud que formula el ayuntamiento de Comapa para poder dar en donación un terreno de propiedad municipal. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 35, fracción XXXV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso e), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Po-der Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguien-tes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se encuentra copia certificada del acta de Cabildo

número dos, correspondiente a la sesión ordinaria celebrada el tres de marzo de dos mil once, don-de los ediles aprueban que el ayuntamiento de Comapa otorgue en donación de una fracción de terreno de propiedad municipal con una superfi-cie total de 1,275.00 metros cuadrados, ubicada en la congregación de Xonotla, de ese municipio, en favor del Gobierno del Estado con destino a la Secretaría de Educación para uso exclusivo de la escuela telesecundaria “Leona Vicario”, clave 30DTV1681S, previa autorización del H. Congreso del Estado.

2. Se anexan al legajo los siguientes documentos: a).

Solicitud presentada ante el H. Ayuntamiento por el director y personal docente de la telesecundaria “Leona Vicario”; b). Escritura Pública número 12386, de fecha 11 de noviembre de 2009, inscri-ta en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad, bajo el número 617, de fecha 18 de mayo de 2010, que ampara la propiedad del in-mueble a favor del H. Ayuntamiento de Comapa; b). Constancia suscrita por el director de la unidad

de catastro del municipio de Comapa, por el que se certifica que el predio solicitado para la dona-ción es propiedad municipal del orden del domi-nio privado; y c). Plano del terreno con medidas y colindancias, expedido por la Dirección de Obras y Servicios Públicos del municipio de Comapa.

Por tal motivo, y con base en estos antecedentes, a juicio de la Comisión Permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I. En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son tur-nados, es competente para emitir la presente re-solución.

II. Se toma en consideración que la donación de

dicho terreno es con la finalidad de regularizar el inmueble que actualmente ocupa la escuela tele-secundaria “Leona Vicario” de la congregación de Xonotla.

III. Que la donación se otorga en términos del artícu-

lo 112 de la Ley orgánica del municipio libre, con-siderando que mientras subsista el objeto por el cual fue donado, la propiedad la tendrá la Secre-taría, de lo contrario se conservará el bien inmue-ble en favor del municipio.

IV. Por lo que una vez realizado el análisis de la do-

cumentación en la presente petición, hechas las apreciaciones y valoraciones correspondientes, se concluye que es viable autorizar la solicitud de re-ferencia.

En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Comapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, dar en donación condicional, en su caso revocable, una frac-ción de terreno de propiedad municipal con una su-perficie total de 1,275.00 metros cuadrados, ubicada en la congregación de Xonotla, de ese municipio, en favor del Gobierno del Estado con destino a la Secre-

Page 30: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 30 Miércoles 28 de septiembre de 2011

taría de Educación para uso exclusivo de la escuela telesecundaria “Leona Vicario”, clave 30DTV1681S. Segundo. Si no se cumple con la finalidad establecida o si al lote donado se le diera un destino distinto al indicado en el resolutivo anterior, la autorización de donación se entenderá revocada y sin necesidad de declaración judicial la propiedad se revertirá al patri-monio de dicho municipio, en términos de lo estableci-do en el artículo 112 de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Tercero. Comuníquese esta determinación al presi-dente municipal de Comapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales que haya lugar. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil once.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán

Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno Vocal

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Segunda Legislatura del H. Congreso del Estado, fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-SO/2do./1er./272/2011, de fecha 23 de junio de 2011, mediante el cual se remite, para su estudio y dictamen junto con el expediente que al caso corres-ponde, el escrito número 30, de fecha 15 de febrero del año en curso, signado por el presidente municipal de Huatusco, en el que solicita continuar los trámites para la donación de un terreno de propiedad munici-pal, en favor de la escuela primaria “Juana de Asba-je”, de ese municipio.

En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 35, fracción XXXV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso e), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Po-der Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguien-tes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se encuentra copia del acta de Cabildo, corres-

pondiente a la centésima décima cuarta sesión extraordinaria celebrada el 24 de junio de dos mil nueve, donde los ediles aprueban que el ayunta-miento de Huatusco otorgue en donación de una fracción de terreno de propiedad municipal con una superficie total de 567.30 metros cuadrados, ubicada en la avenida 4 Oriente número 152, en-tre calles 1 y 3, de esa ciudad, en favor de la es-cuela primaria “Juana de Asbaje”, clave E30EPR3074B, previa autorización del H. Congre-so del Estado.

2. Se anexan al legajo los siguientes documentos: a).

Solicitudes presentadas ante el H. Ayuntamiento; b). Escritura Pública número 10911, de fecha 22 de septiembre de 2008, inscrita en forma definiti-va en el Registro Público de la Propiedad, bajo el número 1371, de fecha 23 de octubre de 2008, que ampara la propiedad del inmueble a favor del H. Ayuntamiento de Huatusco; b). Constancia suscrita por el director de la unidad de catastro del municipio de Huatusco, por el que se certifica que el predio solicitado para la donación es pro-piedad municipal del orden del dominio privado; y c). Plano del terreno con medidas y colindancias, expedido por la Dirección de Obras y Servicios Públicos del municipio de Huatusco.

Por tal motivo, y con base en estos antecedentes, a juicio de la Comisión Permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

I. En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son tur-nados, es competente para emitir la presente re-solución.

Page 31: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 31 Miércoles 28 de septiembre de 2011

II. Se toma en consideración que la donación de dicho terreno es con la finalidad de regularizar el inmueble que actualmente ocupa la escuela pri-maria a la comunidad de la cabecera municipal.

III. Que la donación se otorga en términos del artícu-

lo 112 de la Ley orgánica del municipio libre, con-siderando que mientras subsista el objeto por el cual fue donado, la propiedad la tendrá la Secre-taría, de lo contrario se conservará el bien inmue-ble en favor del municipio.

IV. Por lo que una vez realizado el análisis de la do-

cumentación en la presente petición, hechas las apreciaciones y valoraciones correspondientes, se concluye que es viable autorizar la solicitud de re-ferencia.

En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente proyecto de:

A C U E R D O

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Huatusco, Veracruz de Ignacio de la Llave, dar en donación condicional, en su caso revocable, una frac-ción de terreno de propiedad municipal con una su-perficie total de 567.30 metros cuadrados, ubicada en la avenida Cuatro Oriente número 152, entre calles Uno y Tres, de esa ciudad, en favor del Gobierno del Estado con destino a la Secretaría de Educación, para el uso de las instalaciones de la escuela primaria “Juana de Asbaje”, clave E30EPR3074B. Segundo. Si no se cumple con la finalidad estableci-da o si al lote donado se le diera un destino distinto al indicado en el resolutivo anterior, la autorización de donación se entenderá revocada y sin necesidad de declaración judicial la propiedad se revertirá al patri-monio de dicho municipio, en términos de lo estable-cido en el artículo 112 de la Ley Orgánica del Munici-pio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Tercero. Comuníquese esta determinación al presi-dente municipal de Huatusco, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales que haya lugar. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-

do, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil once.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán

Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno Vocal

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Segunda Legislatura del H. Congreso del Estado, fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-SO/2do./1er./011/2011, de fecha 2 de mayo de 2011, mediante el cual se remite, para su estudio y dicta-men junto con el expediente que al caso corresponde, la solicitud formulada por ayuntamiento de Castillo de Teayo, para poder donar un terreno de propiedad municipal. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 35, fracción XXXV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso e), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Po-der Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguien-tes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se encuentra copia fiel del acta de Cabildo

número treinta, correspondiente a la sesión ex-traordinaria celebrada el veintinueve de marzo de dos mil once, donde los ediles aprueban que el ayuntamiento de Castillo de Teayo otorgue en donación de una fracción de terreno de propiedad municipal con una superficie total de 1,938.00 metros cuadrados, ubicada en la calle Anáhuac, entre calle Constitución y plaza de la Pirámide, de esa ciudad, en favor de la escuela primaria “Enrique Rodríguez Cano”, clave E30EPR2115E, previa autorización del H. Con-greso del Estado.

Page 32: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 32 Miércoles 28 de septiembre de 2011

2. Se anexan al legajo los siguientes documentos: a). Solicitudes presentadas ante el H. Ayunta-miento; b). Escritura Pública número 11290, de fecha 20 de septiembre de 2007, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad, bajo el número 3258, de fecha 14 de noviembre de 2007, que ampara la propie-dad del inmueble a favor del H. Ayuntamiento de Castillo de Teayo; b). Constancia suscrita por el director de la unidad de catastro del municipio de Castillo de Teayo, por el que se certifica que el predio solicitado para la dona-ción es propiedad municipal del orden del do-minio privado; y c). Plano del terreno con me-didas y colindancias, expedido por la Dirección de Obras y Servicios Públicos del municipio de Castillo de Teayo.

Por tal motivo, y con base en estos antecedentes, a juicio de la Comisión Permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I. En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son tur-nados, es competente para emitir la presente re-solución.

II. Se toma en consideración que la donación de

dicho terreno es con la finalidad de regularizar el inmueble que actualmente ocupa la escuela pri-maria en esa cabecera municipal.

III. Que la donación se otorga en términos del artícu-

lo 112 de la Ley orgánica del municipio libre, con-siderando que mientras subsista el objeto por el cual fue donado, la propiedad la tendrá la Secre-taría, de lo contrario se conservará el bien inmue-ble en favor del municipio.

IV. Por lo que una vez realizado el análisis de la do-

cumentación en la presente petición, hechas las apreciaciones y valoraciones correspondientes, se concluye que es viable autorizar la solicitud de re-ferencia.

En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Castillo de Teayo, Veracruz de Ignacio de la Llave, dar en donación condicional, en su caso revocable, una fracción de terreno de propiedad municipal con una superficie total de 1,938.00 metros cuadrados, ubicada en la calle Anáhuac, entre calle Constitución y plaza de la Pirámide, de esa ciudad, en favor de la escuela primaria “Enrique Rodríguez Cano”, clave E30EPR2115E. Segundo. Si no se cumple con la finalidad establecida o si al lote donado se le diera un destino distinto al indica-do en el resolutivo anterior, la autorización de donación se entenderá revocada y sin necesidad de declaración judicial la propiedad se revertirá al patrimonio de dicho municipio, en términos de lo establecido en el artículo 112 de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Esta-do de Veracruz de Ignacio de la Llave. Tercero. Comuníquese esta determinación al presi-dente municipal de Castillo de Teayo, Veracruz de Ignacio de la Llave, para su conocimiento y efectos legales que haya lugar. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los doce días del mes de sep-tiembre del año dos mil once.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán

Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno Vocal

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE HACIENDA MUNICIPAL Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Segunda Legislatura, fue turnado a esta Comisión Permanente el oficio número SG-SO/2do./1er./048/2011, de fecha 11 de

Page 33: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 33 Miércoles 28 de septiembre de 2011

mayo de 2011, mediante el que se remite, para su estudio y dictamen junto con el expediente que al caso corresponde, la solicitud formulada por el ayun-tamiento de Mecatlán, para poder donar un terreno en favor del Instituto Mexicano del Seguro Social. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 35, fracción XXXV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso e), 38, y 39, fracción XVI, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 62, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se encuentra copia fiel del acta de Cabildo co-

rrespondiente a la sesión ordinaria número trein-ta, celebrada el nueve de diciembre de 2010, donde los ediles aprueban que el ayuntamiento de Mecatlán otorgue en donación una fracción de terreno con una superficie total de 470.00 me-tros cuadrados, ubicada calle Benito Juárez y Ca-llejón sin número, de la localidad de Cuhuixanath de ese municipio, en favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, para el uso de las instalaciones y funcionamiento de la unidad de medicina rural del programa federal IMSS-OPORTUNIDADES, previa autorización del H. Congreso del Estado.

2. Se anexan al legajo los siguientes documentos: a).

Acuerdo declarativo de propiedad del terreno, de conformidad con el artículo 479 bis del Código Hacendario Municipal para el Estado, inscrito en forma definitiva en el Registro Público de la Pro-piedad, bajo el número 2673, de fecha 3 de di-ciembre de 2010, que ampara la propiedad del inmueble a favor del H. Ayuntamiento de Me-catlán; b). Constancia suscrita por el director de la unidad de catastro del municipio de Mecatlán, por el que se certifica que el predio solicitado para la donación es propiedad municipal del orden del dominio privado; c). Constancia expedida por el presidente municipal donde se manifiesta que el predio en cuestión no está destinado a ningún otro servicio público: d). Plano del terreno con medidas y colindancias, expedido por la Dirección de Obras y Servicios Públicos del municipio de Mecatlán; e). Solicitud dirigida al ayuntamiento por el titular de la jefatura de Servicios Jurídicos del IMSS, delegación Veracruz Norte.

Por tal motivo, y con base en estos antecedentes, a juicio de la Comisión Permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I. En términos de lo dispuesto por la normatividad

invocada en el párrafo segundo del proemio del presente dictamen, la Comisión Permanente que suscribe, como órgano constituido por el Pleno de esta Soberanía que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones, mediante la elaboración de dictámenes sobre los asuntos que le son tur-nados, es competente para emitir la presente re-solución.

II. Se toma en consideración que la donación de

dicho terreno es con la finalidad de regularizar el inmueble que actualmente ocupa la clínica del Seguro Social, establecida dentro del programa federal IMSS-Oportunidades, para beneficio de la población y para una mejor atención de dicho ins-tituto.

III. Que la donación se otorga en términos del artícu-

lo 112 de la Ley orgánica del municipio libre, con-siderando que mientras subsista el objeto por el cual fue donado, la propiedad la tendrá el institu-to, de lo contrario se conservará el bien inmueble en favor del municipio.

IV. Por lo que una vez realizado el análisis de la do-

cumentación en la presente petición, hechas las apreciaciones y valoraciones correspondientes, se concluye que es viable autorizar la solicitud de re-ferencia.

En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Hacienda Municipal somete a vuestra consideración el siguiente proyecto de:

A C U E R D O

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Mecatlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, dar en donación condicional, en su caso revocable, una frac-ción de terreno de propiedad municipal con una su-perficie total de 470.00 metros cuadrados, ubicada calle Benito Juárez y Callejón sin número, de la locali-dad de Cuhuixanath de ese municipio, en favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, para el uso de las instalaciones y funcionamiento de la unidad de medicina rural del programa IMSS-OPORTUNIDADES. Segundo. Si no se cumple con la finalidad estableci-da o si al lote donado se le diera un destino distinto al indicado en el resolutivo anterior, la autorización de donación se entenderá revocada y sin necesidad de declaración judicial la propiedad se revertirá al patri-

Page 34: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 34 Miércoles 28 de septiembre de 2011

monio de dicho municipio, en términos de lo estable-cido en el artículo 112 de la Ley Orgánica del Munici-pio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Tercero. Comuníquese esta determinación al presi-dente municipal de Mecatlán, Veracruz de Ignacio de la Llave, y al titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, para su conocimiento y efectos legales que haya lugar. Cuarto. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los seis días del mes de septiem-bre del año dos mil once.

Comisión Permanente de Hacienda Municipal

Dip. Rocío Guzmán de Paz Presidente

Dip. Rogelio Franco Castán

Secretario

Dip. Roberto Pérez Moreno Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECI-

MIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Munici-pal, nos fue turnado por la Sexagésima Segunda Le-gislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG-SO/2do./1er./352/2011, al que se adjunta el diverso 280/2011 de fecha 18 de mayo del presen-te año, recibido el 23 siguiente, del H. Ayuntamiento de Martínez de la Torre, Ver; mediante el cual solici-ta autorización para poder celebrar convenio de cola-boración con El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Gobierno del Estado. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI, inciso g) y 38 de la Cons-titución Política del Estado Libre y Soberano de Vera-cruz de Ignacio de la Llave; 18 fracción XVI inciso g),

38, 39 fracción IX y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 75 y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 28, 30 y 35 fracción XXIV y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; esta comi-sión procedió a analizar y formular su dictamen, sobre la base de los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista el oficio número diverso 280/2011 de fecha 18 de mayo del presente año, recibido el 23 siguiente, signado por el Presidente Municipal de Martínez de la Torre, Veracruz, median-te el que solicita autorización para suscribir convenio de colaboración con El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Gobierno del Estado a través de su representante legal. 2. A la solicitud de autorización del H. Ayuntamiento de Martínez de la Torre, se acompañó copia certifica-da del acta de sesión extraordinaria de cabildo, con fecha 5 de mayo del presente año, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos por parte de los miembros del cuerpo edilicio para celebrar el con-venio de colaboración con El Sistema para el Desarro-llo Integral de la Familia. 3. Anexo al expediente se encuentra copia del proyec-to de convenio de colaboración que celebran, por una parte, El Sistema para el Desarrollo Integral de la Fa-milia, representada en este acto por su Director Gene-ral, a la que en lo sucesivo se le denominará “DIF Estatal”, por otra parte, el H. Ayuntamiento de Martí-nez de la Torre, Ver., a través de El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, representado por la Presidenta de dicho organismo, al que en lo suce-sivo se le denominará “DIF Municipal”, en el que se especifican los beneficios y alcances que traerá consi-go la suscripción del dicho convenio. En tal virtud y sobre la base de estos antecedentes, a juicio de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, se formulan los siguientes puntos:

C O N S I D E R A N D O S

I. Que esta Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es competente para conocer y dictaminar la solicitud de autorización reali-zada por el H. Ayuntamiento de Martínez de la Torre, Ver., con fundamento en lo dispuesto en el párrafo segundo del proemio del presente escrito.

Page 35: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 35 Miércoles 28 de septiembre de 2011

II. Que en términos de lo estipulado por los artículos 35 fracción XXIV, 36 fracción VI y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el H. Ayuntamiento de Martí-nez de la Torre, está facultado para poder celebrar convenios con personas físicas o morales, previa auto-rización del Congreso del Estado. III. Que con fundamento en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, en el acta de Cabildo citada en el antecedente segundo, se desprende de su lectura la aprobación por unani-midad de votos por parte de los miembros del cuerpo edilicio para celebrar el convenio de cola-boración con El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia. IV. Que según lo establecido en la cláusula primera del Convenio de colaboración, el “DIF Estatal” entre-gará las reglas de operación de los Programas Alimen-tarios: desayunos escolares fríos; atención a menores de 5 años en riesgo no escolarizados, leche para la primaria, desayunos escolares calientes y cocinas co-munitarias; atención alimentaria en casos de desas-tres; y asistencia alimentaria a sujetos vulnerables, al “DIF Municipal” y este se compromete a operar los Programas Alimentarios de acuerdo a los lineamientos establecidos por el “DIF Estatal”. V. Que de la cláusula décima cuarta del convenio de mérito se deduce que el “DIF Estatal” y el “DIF Muni-cipal” han decidido concertar que la vigencia del pre-sente instrumento legal será a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2013. VI. Que una vez que a esta Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal le ha sido tur-nado el expediente que aquí se dictamina, procedió a efectuar los trabajos conducentes al estudio y formu-lación de este asunto turnado por la Presidencia del Congreso. VII. Que una vez estudiada la solicitud de autoriza-ción, y tomando en cuenta la documentación anexa-da a la misma, se somete a la consideración del Pleno de esta Soberanía el presente Dictamen con proyecto de:

A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al H. Ayuntamiento de Martí-nez de la Torre, Veracruz de Ignacio de la Llave, a suscribir Convenio de Colaboración con El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Gobierno del Estado.

SEGUNDO. Comuníquese esta determinación al Presi-dente Municipal del H. Ayuntamiento de Martínez de la Torre, Veracruz de Ignacio de la Llave, y al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Gobierno del Estado, por conducto de su representante, ante la Dirección General de dicho Organismo, para su cono-cimiento y efectos legales procedentes. TERCERO. Publíquese el presente acuerdo en la Ga-ceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la Sala de Comisiones de la LXII Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los 8 días del mes de septiembre del año dos mil once. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento

Municipal

Dip. Germán Yescas Aguilar Presidente

Dip. Genaro Ruiz Arriaga

Secretario

Dip. Víctor Manuel Castelán Crivelli. Vocal

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECI-

MIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Munici-pal, nos fue turnado por la Sexagésima Segunda Le-gislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG-SO/2do./1er./267/2011, al que se adjunta el diverso 0876/2011 de fecha 20 de abril del presen-te año, recibido el 25 siguiente, del H. Ayuntamiento de Tampico Alto, Ver; mediante el cual solicita auto-rización para poder celebrar convenio de colaboración con El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Gobierno del Estado. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI, inciso g) y 38 de la Cons-titución Política del Estado Libre y Soberano de Vera-cruz de Ignacio de la Llave; 18 fracción XVI inciso g), 38, 39 fracción IX y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 75 y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de

Page 36: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 36 Miércoles 28 de septiembre de 2011

Veracruz de Ignacio de la Llave; 28, 30 y 35 fracción XXIV y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; esta comi-sión procedió a analizar y formular su dictamen, sobre la base de los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista el oficio número diverso 0876/2011 de fecha 20 de abril del presente año, recibido el 25 siguiente, signado por el Síndico Muni-cipal en funciones de Presidente y Secretario del Ayuntamiento de Tampico Alto, Veracruz, mediante el que solicitan autorización para suscribir convenio de colaboración con El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Gobierno del Estado a través de su representante legal. 2. A la solicitud de autorización del H. Ayuntamiento de Tampico Alto, se acompañó original del acta de sesión de cabildo, con fecha 18 de abril del presente año, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos por parte de los miembros del cuerpo edilicio para celebrar el convenio de colaboración con El Sis-tema para el Desarrollo Integral de la Familia. 3. Anexo al expediente se encuentra copia del proyec-to de convenio de colaboración que celebran, por una parte, El Sistema para el Desarrollo Integral de la Fa-milia, representada en este acto por su Director Gene-ral, a la que en lo sucesivo se le denominará “DIF Estatal”, por otra parte, el H. Ayuntamiento de Tam-pico Alto, Ver., a través de El Sistema para el Desarro-llo Integral de la Familia, representado por el Presiden-te de dicho organismo, al que en lo sucesivo se le denominará “DIF Municipal”, en el que se especifican los beneficios y alcances que traerá consigo la suscrip-ción del dicho convenio. En tal virtud y sobre la base de estos antecedentes, a juicio de la Comisión Perma-nente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, se formulan los siguientes puntos:

C O N S I D E R A N D O S

I. Que esta Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es competente para conocer y dictaminar la solicitud de autorización reali-zada por el H. Ayuntamiento de Tampico Alto, Ver., con fundamento en lo dispuesto en el párrafo segun-do del proemio del presente escrito. II. Que en términos de lo estipulado por los artículos 35 fracción XXIV, 36 fracción VI y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz

de Ignacio de la Llave, el H. Ayuntamiento de Tampi-co Alto, está facultado para poder celebrar convenios con personas físicas o morales, previa autorización del Congreso del Estado. III. Que con fundamento en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, en el acta de Cabil-do citada en el antecedente segundo, se desprende de su lectura la aprobación por unanimidad de votos por parte de los miembros del cuerpo edilicio para celebrar el convenio de colaboración con El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia. IV. Que según lo establecido en la cláusula primera del Convenio de colaboración, el “DIF Estatal” entre-gará las reglas de operación de los Programas Alimen-tarios: desayunos escolares fríos; atención a menores de 5 años en riesgo no escolarizados, leche para la primaria, desayunos escolares calientes y cocinas co-munitarias; atención alimentaria en casos de desas-tres; y asistencia alimentaria a sujetos vulnerables, al “DIF Municipal” y este se compromete a operar los Programas Alimentarios de acuerdo a los lineamientos establecidos por el “DIF Estatal”. V. Que de la cláusula décima cuarta del convenio de mérito se deduce que el “DIF Estatal” y el “DIF Muni-cipal” han decidido concertar que la vigencia del pre-sente instrumento legal será a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2013. VI. Que una vez que a esta Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal le ha sido tur-nado el expediente que aquí se dictamina, procedió a efectuar los trabajos conducentes al estudio y formu-lación de este asunto turnado por la Presidencia del Congreso. VII. Que una vez estudiada la solicitud de autoriza-ción, y tomando en cuenta la documentación anexa-da a la misma, se somete a la consideración del Pleno de esta Soberanía el presente Dictamen con proyecto de:

A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al H. Ayuntamiento de Tampico Alto, Veracruz de Ignacio de la Llave, a suscribir Con-venio de Colaboración con El Sistema para el Desarro-llo Integral de la Familia de Gobierno del Estado. SEGUNDO. Comuníquese esta determinación al Presi-dente Municipal del H. Ayuntamiento de Tampico Alto, Veracruz de Ignacio de la Llave, y al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Gobierno

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Gaceta Legislativa 37 Miércoles 28 de septiembre de 2011

del Estado, por conducto de su representante, ante la Dirección General de dicho Organismo, para su cono-cimiento y efectos legales procedentes. TERCERO. Publíquese el presente acuerdo en la Ga-ceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la Sala de Comisiones de la LXII Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los 8 días del mes de septiembre del año dos mil on-ce. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento

Municipal

Dip. Germán Yescas Aguilar Presidente

Dip. Genaro Ruiz Arriaga

Secretario

Dip. Víctor Manuel Castelán Crivelli. Vocal

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COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECI-

MIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Munici-pal, nos fue turnado por la Sexagésima Segunda Le-gislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG-DP/2do./1er./030/2011, al que se adjunta el diverso SA/1259/2011 de fecha 1 de agosto del presente año, recibido al día siguiente, del H. Ayun-tamiento de Xalapa de Enríquez, Ver; mediante el cual solicita autorización para poder celebrar convenio de colaboración con El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Gobierno del Estado. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI, inciso g) y 38 de la Cons-titución Política del Estado Libre y Soberano de Vera-cruz de Ignacio de la Llave; 18 fracción XVI inciso g), 38, 39 fracción IX y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 75 y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 28, 30 y 35 fracción XXIV y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; esta comi-

sión procedió a analizar y formular su dictamen, sobre la base de los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se tiene a la vista el oficio número diverso SA/1259/2011 de fecha 1 de agosto del presente año, recibido al día siguiente, signado por el Secretario Municipal de Xalapa, Veracruz, mediante el que solici-ta autorización para suscribir convenio de colabora-ción con El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Gobierno del Estado a través de su repre-sentante legal. 2. A la solicitud de autorización del H. Ayuntamiento de Xalapa, se acompañó oficio certificado relativo al acta de sesión ordinaria de cabildo, con fecha 28 de julio del presente año, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos por parte de los miembros del cuerpo edilicio para celebrar el convenio de cola-boración con El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia. 3. Anexo al expediente se encuentra copia del proyec-to de convenio de colaboración que celebran, por una parte, El Sistema para el Desarrollo Integral de la Fa-milia, representada en este acto por su Director Gene-ral, a la que en lo sucesivo se le denominará “DIF Estatal”, por otra parte, el H. Ayuntamiento de Xala-pa, Ver., representado por la Presidenta Municipal y Síndica, al que en lo sucesivo se le denominará “El Ayuntamiento”, en el que se especifican los bene-ficios y alcances que traerá consigo la suscripción del dicho convenio. En tal virtud y sobre la base de estos antecedentes, a juicio de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, se formulan los siguientes puntos:

C O N S I D E R A N D O S

I. Que esta Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es competente para conocer y dictaminar la solicitud de autorización reali-zada por el H. Ayuntamiento de Xalapa, Ver., con fundamento en lo dispuesto en el párrafo segundo del proemio del presente escrito. II. Que en términos de lo estipulado por los artículos 35 fracción XXIV, 36 fracción VI y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el H. Ayuntamiento de Xalapa, está facultado para poder celebrar convenios con personas físicas o morales, previa autorización del Congreso del Estado.

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Gaceta Legislativa 38 Miércoles 28 de septiembre de 2011

III. Que con fundamento en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, en el oficio certifi-cado relativo al acta de cabildo citada en el antece-dente segundo, se desprende de su lectura la aproba-ción por unanimidad de votos por parte de los miem-bros del cuerpo edilicio para celebrar el convenio de colaboración con El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia. IV. Que según lo establecido en la cláusula primera del Convenio de colaboración, el “DIF Estatal” entre-gará las reglas de operación de los Programas Alimen-tarios: desayunos escolares fríos; atención a menores de 5 años en riesgo no escolarizados, leche para la primaria, desayunos escolares calientes y cocinas co-munitarias; atención alimentaria en casos de desas-tres; y asistencia alimentaria a sujetos vulnerables, al “DIF Municipal” y este se compromete a operar los Programas Alimentarios de acuerdo a los lineamientos establecidos por el “DIF Estatal”. V. Que de la cláusula décima cuarta del convenio de mérito se deduce que el “DIF Estatal” y el “DIF Muni-cipal” han decidido concertar que la vigencia del pre-sente instrumento legal será a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre de 2013. VI. Que una vez que a esta Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal le ha sido tur-nado el expediente que aquí se dictamina, procedió a efectuar los trabajos conducentes al estudio y formu-lación de este asunto turnado por la Presidencia del Congreso. VII. Que una vez estudiada la solicitud de autoriza-ción, y tomando en cuenta la documentación anexa-da a la misma, se somete a la consideración del Pleno de esta Soberanía el presente Dictamen con proyecto de:

A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al H. Ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, a suscribir Convenio de Colaboración con El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Gobierno del Estado. SEGUNDO. Comuníquese esta determinación a la Presidenta Municipal del H. Ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, y al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Gobierno del Esta-do, por conducto de su representante, ante la Direc-ción General de dicho Organismo, para su conoci-miento y efectos legales procedentes.

TERCERO. Publíquese el presente acuerdo en la Ga-ceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la Sala de Comisiones de la LXII Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los 8 días del mes de septiembre del año dos mil on-ce. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento

Municipal

Dip. Germán Yescas Aguilar Presidente

Dip. Genaro Ruiz Arriaga

Secretario

Dip. Víctor Manuel Castelán Crivelli. Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECI-

MIENTO MUNICIPAL

Honorable Asamblea: A esta Comisión Permanente de Desarrollo y Forta-lecimiento Municipal, le fue turnado por la Sexagé-sima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de junio del que cursa, el oficio número SG-SO/2do./1er./296/2011, mediante el que se remite, para su estudio y dictamen, la solicitud formulada por el municipio de Coyutla, junto con el expe-diente del caso, para poder suscribir convenio para formalizar el Programa de Desarrollo Institucional Municipal y sentar las bases de coordinación para su realización, con el Ejecutivo Federal, por conduc-to de la Secretaría de Desarrollo Social, a través de su Delegación Federal en el Estado y con el Ejecuti-vo Estatal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso g) de la Constitución Política Local; 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38 y 39, fracción IX, de la Ley Orgánica del Poder Legislati-vo; y 59, 61, 62 y 65, del Reglamento para el Gobier-no Interior del Poder Legislativo, se procedió a anali-zar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

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Gaceta Legislativa 39 Miércoles 28 de septiembre de 2011

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista el oficio sin número, de fecha 18 de mayo del que cursa, recibido el 26 siguien-te, signado por el Presidente del Ayuntamiento de Coyutla, Veracruz de Ignacio de la Llave, median-te el que solicita autorización para poder suscribir convenio para formalizar el Programa de Desarro-llo Institucional Municipal 2011 y sentar las bases de coordinación para su realización, con el Ejecu-tivo Federal, por conducto de la Secretaría de De-sarrollo Social, a través de su Delegación Federal en el Estado y con el Ejecutivo Estatal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social.

2. Se encuentra en el expediente, copia certificada relativa a la Sesión Ordinaria de Cabildo, celebra-da el 12 de mayo del año en curso, en la que los ediles aprueban por mayoría que el Ayuntamiento suscriba el convenio para formalizar el Programa de Desarrollo Institucional Municipal 2011 y sen-tar las bases de coordinación para su realización, con el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secre-taría de Desarrollo Social, a través de su Delega-ción Federal en el Estado y con el Ejecutivo Esta-tal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, previa autorización del H. Congreso del Estado.

3. Se anexa al legajo copia del proyecto de convenio para formalizar el Programa de Desarrollo Institu-cional Municipal y sentar las bases de su realiza-ción entre el Ejecutivo Federal, el Gobierno del Es-tado y el municipio de Coyutla.

En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la Comisión Permanente que suscribe, se formulan los siguientes:

C O N S I D E R A N D O S I. Se toma en consideración que, según lo estipula-

do en la cláusula primera del convenio de mérito, la finalidad del convenio es la de establecer las bases para la coordinación de acciones entre las partes, para la realización del Programa de Desa-rrollo Institucional Municipal, mismo que está orientado a consolidar capacidades administrati-vas, de planeación y gestión en materia social, efi-cientar el uso de los recursos para el desarrollo institucional municipal, orientar la función ejecuti-va de los alcaldes, aumentar la capacidad de res-puesta de los servidores públicos, crear una cultu-ra entre los servidores públicos de la mejora con-tinua de la gestión pública, mejorar la capacidad operativa del ayuntamiento y contribuir al uso efi-ciente y transparente de los recursos.

II. Que la cláusula séptima del convenio de coordi-nación, establece que “El Estado” y “La Delega-ción” proporcionarán a “El Municipio”, dentro de sus ámbitos de competencia, la asesoría y el apo-yo técnico que le sean solicitados, para que éste pueda realizar adecuadamente el Programa de Desarrollo Institucional Municipal.

En tal virtud, esta Comisión Permanente somete a su consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al honorable Ayuntamiento de Coyutla, Veracruz de Ignacio de la Llave, para que suscriba convenio para formalizar el Programa de Desarrollo Institucional Municipal y sentar las bases de coordinación para su realización, con el Ejecutivo Federal por conducto de la Delegación Federal de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado y con el Ejecutivo Estatal a través de la Secretaría de Desarrollo Social, de acuerdo con el proyecto presentado y lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal. SEGUNDO. Notifíquese el presente acuerdo a los titulares de la Delegación Federal de la Secretaría de Desarrollo Social en el Estado, de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno Estatal, así como al Presidente Municipal del honorable Ayuntamiento de Coyutla, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes. TERCERO. Publíquese el presente acuerdo en la Ga-ceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la Sala de Comisiones de la LXII Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los 8 días del mes de septiembre del año dos mil on-ce. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento

Municipal

Dip. Germán Yescas Aguilar Presidente

Dip. Genaro Ruiz Arriaga

Secretario

Dip. Víctor Manuel Castelán Crivelli. Vocal

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Page 40: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 40 Miércoles 28 de septiembre de 2011

COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO Y FORTALECI-

MIENTO MUNICIPAL Honorable asamblea: A los suscritos, diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Munici-pal, nos fue turnado por la Sexagésima Segunda Le-gislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio número SG-SO/2do./1er./382/2011, al que se adjunta el diverso 284/2011 de fecha 22 de mayo del presen-te año, recibido el 26 siguiente, del H. Ayuntamiento de Martínez de la Torre, Ver; mediante el cual solici-ta autorización para poder celebrar convenio de cola-boración con la Procuraduría Federal del Consumidor, a través de la Coordinación General Administrativa y el Delegado Estatal. Por lo anterior y de conformidad con lo normado por los artículos 33 fracción XVI, inciso g) y 38 de la Cons-titución Política del Estado Libre y Soberano de Vera-cruz de Ignacio de la Llave; 18 fracción XVI inciso g), 38, 39 fracción IX y 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 75 y 78 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 28, 30 y 35 fracción XXIV y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; esta comi-sión procedió a analizar y formular su dictamen, sobre la base de los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se tiene a la vista el oficio número 284/2011 de fecha 22 de mayo del presente año, recibido el 26 siguiente, signado por el Presidente Municipal del Ayuntamiento de Martínez de la Torre, Veracruz, mediante el que solicita autorización para suscribir convenio de colaboración con La Procuraduría Federal del Consumidor, a través de la Coordinación General Administrativa y El Delegado Estatal. 2. A la solicitud de autorización del H. Ayuntamiento de Martínez de la Torre, se acompañó copia certifica-da del acta de sesión extraordinaria de cabildo, con fecha 5 de mayo del presente año, en la cual consta la aprobación por unanimidad de votos por parte de los miembros del cuerpo edilicio para autorizar al Presidente Municipal para que celebre convenio de colaboración con La Procuraduría Federal del Consu-midor. 3. Anexo al expediente se encuentra copia del proyec-to de convenio de colaboración que celebran, por una

parte, La Procuraduría Federal del Consumidor, repre-sentada en este acto por la Coordinadora General de Administración, asistida por el Encargado de Despa-cho de Dicho Organismo, a la que en lo sucesivo se le denominará “La Procuraduría”, por otra parte, el H. Ayuntamiento de Martínez de la Torre, Ver., represen-tado por su Presidente Municipal y Síndico, al que en lo sucesivo se le denominará “El Municipio”, en el que se especifican los beneficios y alcances que traerá consigo la suscripción del dicho convenio. En tal virtud y sobre la base de estos antecedentes, a juicio de la Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, se formulan los siguientes puntos:

C O N S I D E R A N D O S I. Que esta Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, es competente para conocer y dictaminar la solicitud de autoriza-ción realizada por el H. Ayuntamiento de Martínez de la Torre, Ver., con fundamento en lo dispuesto en el párrafo segundo del proemio del presente escrito. II. Que en términos de lo estipulado por los artículos 35 fracción XXIV, 36 fracción VI y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el H. Ayuntamiento de Martí-nez de la Torre, está facultado para poder celebrar convenios con personas físicas o morales, previa auto-rización del Congreso del Estado. III. Que con fundamento en los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, en el acta de Cabildo citada en el antecedente segundo, se desprende de su lectura la aprobación por unani-midad de votos por parte de los miembros del cuerpo edilicio para autorizar al Presidente Muni-cipal y Síndico, para que celebre el convenio de colaboración con La Procuraduría Federal del Con-sumidor. IV. Que según lo establecido en la cláusula primera del Convenio de colaboración, el objeto que tiene dicho instrumento legal es el de establecer las bases para la coordinación y colaboración entre “El Munici-pio” y “La Procuraduría”, a fin de realizar, en el ámbi-to de sus respectivas competencias y áreas de interés común, actividades con el propósito de promover y proteger los derechos del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica de las relaciones entre proveedores y consumidores en el municipio de Martínez de la Torre, Ver.

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Gaceta Legislativa 41 Miércoles 28 de septiembre de 2011

V. Que la cláusula segunda del convenio, estipula que “EL MUNICIPIO” se compromete a: 1) Coadyuvar con “La Procuraduría” proporcionan-

do los recursos financieros que más adelante se indican para la adecuada operación de la repre-sentación de esta última en el Municipio de Martínez de la Torre, Ver., aportando $11,300 (once mil trescientos pesos 00/100 M.N.) mensua-les, que serán destinados al pago del apoyo humano que requiera, de acuerdo a las modali-dades que ella misma establezca. Dicha cantidad será depositada en la cuenta y banco que para tal efecto designe “LA PROCURADURÍA”, a más tar-dar los primeros 5 días de cada mes.

2) Otorgar a “La Procuraduría” un espacio físico

dentro de las instalaciones del Palacio Municipal, mismo que será destinado para la instalación de la representación de ésta en el Municipio de Martí-nez de la Torre, Ver. y que a la terminación del presente convenio deberá ser desocupado en forma inmediata sin requerimiento alguno.

3) Intercambiar información con “La Procuraduría”,

en el ámbito de la competencia de esta última. 4) Colaborar con “La Procuraduría” en las áreas y

actividades que definan las partes de común acuerdo y por escrito.

VI. Que de la cláusula sexta del convenio de mérito se deduce que “El Municipio” y “La Procuraduría” con-vienen que la vigencia del presente convenio será a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciem-bre de 2013. VIII. Que una vez que a esta Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal le ha sido turnado el expediente que aquí se dictamina, procedió a efectuar los trabajos conducentes al estudio y formulación de este asunto turnado por la Presidencia del Congreso. IX. Que una vez estudiada la solicitud de autorización, y tomando en cuenta la documentación anexada a la misma, se somete a la consideración del Pleno de esta Soberanía el presente Dictamen con proyecto de:

A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al H. Ayuntamiento de Martí-nez de la Torre, Veracruz de Ignacio de la Llave, a suscribir Convenio de Colaboración con La Procura-duría Federal del Consumidor a través de la Coordina-ción General Administrativa y el Delegado Estatal.

SEGUNDO. Comuníquese esta determinación al Presi-dente Municipal del H. Ayuntamiento de Martínez de la Torre, Veracruz de Ignacio de la Llave, y a la Procu-raduría Federal del Consumidor por conducto de su representante, ante la Coordinación General de Ad-ministración, para su conocimiento y efectos legales procedentes. TERCERO. Publíquese el presente acuerdo en la Ga-ceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la Sala de Comisiones de la LXII Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los 8 días del mes de septiembre del año dos mil on-ce. Comisión Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento

Municipal

Dip. Germán Yescas Aguilar Presidente

Dip. Genaro Ruiz Arriaga

Secretario

Dip. Víctor Manuel Castelán Crivelli. Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS

NATURALES Y AGUAS.

Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, fue turnado esta Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas el oficio número SG-SO/ 2do./1er./219/2011, de fecha 16 de junio de 2011, mediante el cual se remite para su estudio y dictamen junto con el expediente que al caso corresponde la solicitud formulada por el H. Ayuntamiento de At-zalan, Veracruz y la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) para poder suscribir convenio de coordinación en el presente ejercicio. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política Local; 35 fracción XXIV y 103, fracción VII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI, inciso g) 38 y 39 fracción XV de la Ley Orgánica de Poder Legislativo; y 59, 61, 62 y 65

Page 42: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 42 Miércoles 28 de septiembre de 2011

del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la soli-citud de referencia, a fin de resolver su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se tiene a la vista oficio número 1080 de fecha 06

de mayo de 2011, signado por el C. Amancio Landa García, Presidente Municipal de Atzalan, Ver., en el cual solicita autorización de esta sobe-ranía para poder suscribir convenio de coordina-ción durante este año de ejercicio 2011, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Me-dio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisión Nacional del Agua y por la otra, el Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y el Municipio antes mencionado,

2. En el expediente se encuentra copia del acta de

sesión ordinaria de cabildo número cuarenta y cua-tro, de fecha veinticinco del mes de abril del año en curso en la cual se aprueban por unanimidad las obras “Abastecimiento de Agua Potable de las Localidades de Pahuahueca, Bernabés, Palmar-cillo, Peñas de Almanza, El Edén y Cerro de San Francisco” y “Construcción de Drenaje Sanita-rio en las Colonias Pedernales del Ejido Pompe-ya” previa autorización de este Congreso, por un presupuesto de $15,120,000.00 (QUINCE MILLO-NES CIENTO VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N.) de los cuales $12,096,000.00 serán participación de la CONAGUA a través del Programa para la Construc-ción y Rehabilitación de Sistemas de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales y $3,024,000.00 serán por parte del Ayuntamiento con recursos del Fondo de Infraestructura Social Municipal FISM.

3. Se halla en el legajo proyecto de convenio que

celebra por una parte el H. Ayuntamiento de At-zalan, Veracruz y la Comisión Nacional del Agua, en el que establecen derechos y obligaciones de cada una de las partes además del acta de Conse-jo de Desarrollo Municipal, en el cual citan la pri-mera modificación presupuestal FISM ejercicio 2011.

Expuestos los antecedentes respectivos, a juicio de los integrantes de esta Comisión dictaminadora se for-mulan las siguientes:

CONSIDERACIONES

I. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33 fracción XVI inciso g)

de la Constitución Política Local; 35 fracción XXIV y 103, fracción VII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI, inciso g) 38 y 39 fracción XV de la Ley Orgánica de Poder Legislativo; y 59, 61, 62 y 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Permanente de Medio Am-biente, Recursos Naturales y Aguas de la LXII Legisla-tura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, tiene la facultad para conocer y elaborar el presente dictamen. II. La colaboración administrativa entre el Estado y los Municipios tiene el propósito de impulsar acciones en beneficio del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas, con el objeto de facilitar la creación de obras que mejoren la calidad de nuestro ambiente y evitar el deterioro de este; y III. Por lo que una vez estudiada y analizada la solici-tud de referencia, tomando en consideración la do-cumentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el Ayuntamiento de Atzalan, Veracruz cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Muni-cipio Libre para celebrar el presente convenio. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas somete a consideración de esta asamblea el siguiente:

D I C T A M E N C O N P R O Y E C T O D E A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al H. Ayuntamiento de Atza-lan, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir convenio de coordinación con la Comisión Nacional del Agua, a través del Programa para la Construcción y Rehabilita-ción de Sistemas de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales, para el ejercicio de la obra: “Abaste-cimiento de Agua Potable de las Localidades de Pahuahueca, Bernabés, Palmarcillo, Peñas de Almanza, El Edén y Cerro de San Francisco” y “Construcción de Drenaje Sanitario en las Colo-nias Pedernales del Ejido Pompeya” en el ejercicio del año 2011. SEGUNDO. Comuníquese el presente acuerdo al Presidente Municipal de Atzalan, Veracruz, C. Aman-cio Landa García, para su conocimiento y efectos procedentes. TERCERO. Publíquese en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa- Enríquez, Veracruz, de

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Gaceta Legislativa 43 Miércoles 28 de septiembre de 2011

Ignacio de la Llave, a los veinticuatro días del mes de junio de dos mil once. Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos

Naturales y Aguas.

Dip. Ainara Rementería Coello Presidenta

Dip. Germán Yescas Aguilar

Secretario

Dip. Marco Antonio Estrada Montiel Vocal

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS

NATURALES Y AGUAS.

Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, fue turnado esta Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas el oficio número SG-SO/ 2do./1er./219/2011, de fecha 16 de junio de 2011, mediante el cual se remite para su estudio y dictamen junto con el expediente que al caso corresponde la solicitud formulada por el H. Ayuntamiento de Te-patlaxco, Veracruz y la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) para poder suscribir convenio de coordinación en el presente ejercicio. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política Local; 35 fracción XXIV y 103, fracción VII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI, inciso g) 38 y 39 fracción XV de la Ley Orgánica de Poder Legislativo; y 59, 61, 62 y 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la soli-citud de referencia, a fin de resolver su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista oficio número SEC-0070/2011

de fecha 03 de junio de 2011, signado por el Ing. Roberto Sánchez Hernández, Secretario del H. Ayuntamiento de Tepatlaxco, Ver., en el cual soli-cita autorización de esta soberanía para realizar una obra durante este año de ejercicio 2011, con el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por con-

ducto de la Comisión Nacional del Agua y por la otra, el Ejecutivo del Estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave y el Municipio antes mencionado,

2. En el expediente se tiene a la vista copia del acta de

sesión ordinaria de cabildo de fecha cuatro de abril del año en curso, misma en la que el C. Teofilo Chi-catto García, Presidente Municipal de Tepatlaxco, Ver, informa al cabildo la aprobación que les ha concedido la CONAGUA para que a través del Pro-grama para la Construcción y Rehabilitación de Sis-temas de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales, realicen la obra 2011170201 denominada “Construcción del sistema de Agua Potable por sistema de Bombeo para las comunidades de el Triunfo, Buena Vista y Tercera Manzana Se-gunda Etapa” previa autorización de este H. Con-greso, con un presupuesto de $5,850,000.00 (CIN-CO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PE-SOS 00/100 M.N.) de los cuales $4,680,000.00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) serán participación de la CO-NAGUA y $1,170,000.00 (UN MILLÓN CIENTO SE-TENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) por parte del Ayun-tamiento con recursos propios como lo hace constar el oficio SEC-0086/2011 de fecha 26 de julio del presente, firmado por el Presidente Municipal y Síndico Único.

3. Se halla en el legajo proyecto de convenio que

celebra por una parte el H. Ayuntamiento de Te-patlaxco, Veracruz y la Comisión Nacional del Agua, en el que establecen derechos y obligacio-nes de cada una de las partes además del anexo técnico del anexo de ejecución número II, para la instrumentación del programa para la construc-ción y rehabilitación de sistemas de agua potable y saneamiento en zonas rurales.

Expuestos los antecedentes respectivos, a juicio de los integrantes de esta Comisión dictaminadora se for-mulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

I. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política Local; 35 fracción XXIV y 103, fracción VII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI, inciso g) 38 y 39 fracción XV de la Ley Orgánica de Poder Legislativo; y 59, 61, 62 y 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Permanente de Medio Am-biente, Recursos Naturales y Aguas de la LXII Legisla-tura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio

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Gaceta Legislativa 44 Miércoles 28 de septiembre de 2011

de la Llave, tiene la facultad para conocer y elaborar el presente dictamen. II. La colaboración administrativa entre el Estado y los Municipios tiene el propósito de impulsar acciones en beneficio del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas, con el objeto de facilitar la creación de obras que mejoren la calidad de nuestro ambiente y evitar el deterioro de este; y III. Por lo que una vez estudiada y analizada la solici-tud de referencia, tomando en consideración la do-cumentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el Ayuntamiento de Tepatlaxco, Vera-cruz cumple con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre para celebrar el presente convenio. En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas somete a consideración de esta asamblea el siguiente:

D I C T A M E N C O N P R O Y E C T O D E A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al H. Ayuntamiento de Tepa-tlaxco, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir con-venio de coordinación con la Comisión Nacional del Agua, a través del programa PROSSAPYS, para la realización de la obra: “Construcción del sistema de Agua Potable por sistema de Bombeo para las comunidades de el Triunfo, Buena Vista y Terce-ra Manzana Segunda Etapa” a ejecutarse con re-cursos propios en el ejercicio del año en curso. SEGUNDO. Comuníquese el presente acuerdo al Presidente Municipal de Tepatlaxco, Veracruz, C. Teófilo Chicatto García, para su conocimiento y efec-tos procedentes. TERCERO. Publíquese en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa- Enríquez, Veracruz, de Ignacio de la Llave, a los ocho días del mes de agosto de dos mil once. Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos

Naturales y Aguas.

Dip. Ainara Rementería Coello Presidenta

Dip. Germán Yescas Aguilar

Secretario

Dip. Marco Antonio Estrada Montiel Vocal

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS

NATURALES Y AGUAS.

Honorable asamblea: Por acuerdo de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, fue turnado esta Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas el oficio número SG-SO/ 2do./1er./260/2011, de fecha 23 de junio de 2011, mediante el cual se remite para su estudio y dictamen junto con el expediente que al caso corresponde la solicitud formulada por el H. Ayuntamiento de To-nayán, Veracruz y la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) para poder suscribir convenio de coordinación en el presente ejercicio. En razón de lo anterior y de conformidad con lo esta-blecido por los artículos: 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política Local; 35 fracción XXIV y 103, fracción VII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI, inciso g) 38 y 39 fracción XV de la Ley Orgánica de Poder Legislativo; y 59, 61, 62 y 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la soli-citud de referencia, a fin de resolver su procedencia o improcedencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista oficio de fecha 02 de mayo de

2011, signado por la C. Dra. Cirina Apodaca Qui-ñones, Presidenta Municipal de Tonayán, Ver., en el cual solicita autorización de esta Soberanía para poder suscribir convenio de coordinación durante este año de ejercicio 2011, con el Ejecutivo Fede-ral a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la comisión Nacional del Agua y por la otra, el Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y el Municipio antes mencionado.

2. En el expediente se tiene a la vista copia del acta

de sesión extraordinaria de cabildo de fecha vein-tinueve de marzo del año en curso, en la cual el cabildo autoriza por unanimidad la obra 301870001 denominada “Rehabilitación de Drenaje Sanitario” en la cabecera municipal, (calle Miguel Hidalgo) previa autorización de este H. Congreso, con un presupuesto de

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Gaceta Legislativa 45 Miércoles 28 de septiembre de 2011

$1,524,000.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS VEINTI-CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) de los cuales $1,200,000.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) serán participación de la CONAGUA a través del Programa para la Cons-trucción y Rehabilitación de Sistemas de Agua Po-table y Saneamiento en Zonas Rurales y $324,000.00 (TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) por parte del Ayuntamiento con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal FAFM 2011.

3. Se halla en el legajo proyecto de convenio que

celebra por una parte el H. Ayuntamiento de To-nayán, Veracruz y la Comisión Nacional del Agua, en el que establecen derechos y obligaciones de cada una de las partes además del anexo técnico del anexo de ejecución número II, para la instru-mentación del programa para la construcción y rehabilitación de sistemas de agua potable y sa-neamiento en zonas rurales.

Expuestos los antecedentes respectivos, a juicio de los integrantes de esta Comisión dictaminadora se for-mulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S I. En razón de lo anterior y de conformidad con lo establecido por los artículos: 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política Local; 35 fracción XXIV y 103, fracción VII, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI, inciso g) 38 y 39 fracción XV de la Ley Orgánica de Poder Legislativo; y 59, 61, 62 y 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, esta Comisión Permanente de Medio Am-biente, Recursos Naturales y Aguas de la LXII Legisla-tura del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, tiene la facultad para conocer y elaborar el presente dictamen. II. La colaboración administrativa entre el Estado y los Municipios tiene el propósito de impulsar acciones en beneficio del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas, con el objeto de facilitar la creación de obras que mejoren la calidad de nuestro ambiente y evitar el deterioro de este; y III. Por lo que una vez estudiada y analizada la solicitud de referencia, tomando en consideración la documentación que se anexa a la presente peti-ción, se concluye que el Ayuntamiento de Tonayán, Veracruz cumple con lo dispuesto en la Ley Orgáni-ca del Municipio Libre para celebrar el presente convenio.

En virtud de lo anterior, esta Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Aguas somete a consideración de esta asamblea el siguiente:

D I C T A M E N C O N P R O Y E C T O D E A C U E R D O

PRIMERO. Se autoriza al H. Ayuntamiento de To-nayán, Veracruz de Ignacio de la Llave, suscribir con-venio de coordinación con la Comisión Nacional del Agua a través del PROSSAPYS para la realización de la obra: “Rehabilitación de Drenaje Sanitario” de la Cabecera Municipal en el ejercicio del año 2011. SEGUNDO. Comuníquese el presente acuerdo a la Presidenta Municipal de Tonayán, Veracruz, C. Cirina Apodaca Quiñones, para su conocimiento y efectos procedentes. TERCERO. Publíquese en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Esta-do, en la ciudad de Xalapa- Enríquez, Veracruz, de Ignacio de la Llave, a los ocho días del mes de agosto de dos mil once. Comisión Permanente de Medio Ambiente, Recursos

Naturales y Aguas.

Dip. Ainara Rementería Coello Presidenta

Dip. Germán Yescas Aguilar

Secretario

Dip. Marco Antonio Estrada Montiel Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE ASUNTOS INDÍGENAS Honorable Asamblea: A esta Comisión Permanente de Asuntos Indíge-nas, de la Sexagésima Segunda Legislatura del Hono-rable Congreso del Estado, le fue turnado el oficio SG-DP/2do./1er./068/2011, de fecha 7 de septiembre de 2011, mediante el cual se remite para su estudio y dictamen, las solicitudes junto con el expediente del caso, de los municipios de Atlahuilco y Soledad Atzompa, Veracruz, a efecto de que se le autorice suscribir Convenio de Coordinación con la Comi-

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Gaceta Legislativa 46 Miércoles 28 de septiembre de 2011

sión Nacional Para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), a través de su Delegación en el Estado, en el marco del Programa de Coordina-ción para el Apoyo a la Producción Indígena. De conformidad con lo establecido por los artículos: 33, fracción XVI, inciso g) de la Constitución Política local; y 113, de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18, fracción XVI, inciso g), 38, y 39, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; y 61, 62 y 65 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legis-lativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Que mediante oficio No. SG-DP/2do./1er./068/2011,

de fecha 7 de septiembre de 2011, la Diputación Permanente de la Sexagésima Segunda Legislatura de este H. Congreso, remitió a la Comisión Perma-nente de Asuntos Indígenas, los oficios s/n del 18 de julio y PSAV-011-67, del 1 de agosto, ambos del 2011; signados por los presidentes municipales de los Ayuntamientos de Atlahuilco y Soledad At-zompa; respectivamente; mediante los cuales solici-tan autorización por parte del H. Congreso, para suscribir Convenio de Coordinación con la Co-misión Nacional para el Desarrollo de los Pue-blos Indígenas (CDI), a través de su Delegación en el Estado, en el marco del Programa de Co-ordinación para el Apoyo a la Producción Indí-gena;

2. Que a la referida solicitud se le adjuntaron las

Actas de Sesión Ordinaria de Cabildo, sin número de fecha 18 de julio y 55 Bis del 17 del propio mes, ambas de 2011, respectivamente; debida-mente requisitadas, en las que consta la aproba-ción unánime por parte de sus integrantes, para que el presidente municipal suscriba el Acuerdo anotado en el punto inmediato anterior;

3. Que así mismo, de la lectura de la solicitud y del

acta de Cabildo, así como del modelo de conve-nio contenido en las Reglas de Operación del Pro-grama 2011, publicadas en el D.O.F. del 4 de fe-brero del año en curso; se desprende que el obje-tivo general del Programa, consiste en mejorar los ingresos de la población indígena, incrementando la producción de las actividades económicas, me-diante la instalación de proyectos productivos sus-tentables;

4. Que para la realización de dicho objeto, la Comi-

sión transferirá recursos al Ayuntamiento, el cual

aporta también los propios, cuyos montos, locali-dades, proyectos y número de beneficiarios, se detallarán en el Anexo de Ejecución, del convenio sometido a autorización.

Por tal motivo y sobre la base de los antecedentes que presenta la solicitud anotada, la Comisión Permanente de Asuntos Indígenas emite las si-guientes:

C O N S I D E R A C I O N E S

I. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley Orgánica del Poder Legis-lativo, el cual expresa que la competencia de las Comisiones deriva de su denominación, la que suscribe, lo es para resolver el presente asunto;

II. Que una vez estudiada y analizada la solicitud y la

documentación adjunta, que es la idónea y sufi-ciente para proceder a su autorización, se conclu-ye que el objeto del convenio sometido a autori-zación, es lícito y en beneficio del los pobladores de los municipios solicitantes.

En tal virtud, esta Comisión Permanente de Asuntos Indígenas, somete a su consideración el siguiente dictamen con proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza a los honorables Ayuntamientos de Soledad Atzompa y Atlahuilco, suscribir con-venio de Coordinación con la Comisión Nacional Para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), a través de su Delegación en el Estado, en el marco del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena. Segundo. Comuníquese el presente acuerdo a los ciudadanos presidentes municipales de los honorables Ayuntamientos de Soledad Atzompa y Atlahuilco, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos lega-les a que haya lugar. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de sesiones de la Comisión Permanen-te de Asuntos Indígenas de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de Xalapa de Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de septiembre del año dos mil once.

Page 47: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 47 Miércoles 28 de septiembre de 2011

Comisión Permanente de Asuntos Indígenas

Dip. Moisés Hernández Barrales Presidente

Dip. Guilebaldo García Zenil

Secretario

Dip. Tomás López Landero Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO Honorable asamblea: A los suscritos, Diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, nos fue turna-do por la Diputación Permanente de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio SG-DP/2do./1er./006/2011, de fecha 03 de agosto de 2011, mediante el cual se remite junto con el expediente del caso, para su estudio y dictamen, la solicitud formulada por el H. Ayunta-miento de Cerro Azul, Ver., a través del oficio 287/2011 de fecha 22 de junio del año en curso, signado por los C.C. José Luis Terán Intriago y Marco Antonio Barragán Aguilar, en su calidad de Presidente municipal y Secretario del Ayuntamiento respectiva-mente del referido municipio, mediante el cual solici-tan autorización a este H. Congreso, para suscribir convenio de colaboración con la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz, para incorporarse al programa de Desregu-larización de trámites básicos Municipales “DESTRA-BA”. En razón de lo anterior, de conformidad con lo dis-puesto por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave; 35 fracción XXIV y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g, 38, 39 fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legis-lativo; y 59, 61, 62, 65 del Reglamento para el Go-bierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S 1. Se tiene a la vista el oficio 287/2011 de fecha 22

de junio del año en curso, signado por el Presi-dente Municipal y el Secretario del Ayuntamiento

del municipio de Cerro Azul, mediante el cual so-licitan la autorización a esta Soberanía para poder suscribir el convenio descrito en el proemio del presente dictamen.

2. Se encuentra en el expediente certificación de Acta

de Cabildo número trece correspondiente a la sesión ordinaria del día veinte de abril del año dos mil once, en la que los ediles aprueban que el ayuntamiento de Cerro Azul celebre, previa autorización del H. Congreso del Estado, convenio de colaboración con la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz, para incorporarse al programa de Desregularización de trámites básicos Municipa-les “DESTRABA”.

3. Se halla en el legajo copia del proyecto de conve-

nio que celebrarían por una parte el ayuntamiento de Cerro Azul y, por la otra parte, la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz, en la que se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes.

En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S : I. Que, con fundamento en la normatividad invoca-

da en el párrafo segundo del presente dictamen, la Comisión Permanente de Desarrollo Económi-co, como órgano constituido por el Pleno de esta soberanía, que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones a través del estudio y dic-tamen de los asuntos que le son turnados, es competente para emitir esta resolución.

II. Que, se toma en consideración que conforme a la

Ley de Fomento Económico para el Estado de Ve-racruz de Ignacio de la Llave el desarrollo econó-mico se debe impulsar a través de políticas públi-cas que motiven la inversión y el empleo contribu-yendo a la creación de alianzas estratégicas entre el sector público, privado y social, y que el Ejecuti-vo Estatal aplica la misma por conducto de la Se-cretaría de Desarrollo Económico y Portuario.

III. Que, el objetivo del programa de desregulariza-

ción de trámites básicos municipales impulsado por la Secretaría de Desarrollo Económico y Por-tuario del Estado de Veracruz es el simplificar los trámites en el ámbito estatal y municipal para el establecimiento e inicio de operaciones de empre-sas, con el propósito de que disminuyan los costos

Page 48: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 48 Miércoles 28 de septiembre de 2011

que se imponen a los particulares y se les otorgue mayor seguridad jurídica para llevar a cabo sus ac-tividades productivas, en apego a lo establecido a la Ley de mejora regulatoria para el Estado de Ve-racruz de Ignacio de la Llave.

IV. Que, para el éxito del referido programa se re-

quiere la participación de los dos órdenes de go-bierno en su operación sin que esto ocasiones que se rebasen las esferas de competencia, ya que son los ordenes estatal y municipal quienes establecen las reglas para que las actividades productivas ini-cien operaciones dentro de su territorio.

V. Que, una vez estudiada y analizada la solicitud de

referencia, y tomando en consideración la docu-mentación que se anexa a la presente petición se concluye que el honorable ayuntamiento de Cerro Azul, Veracruz cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta So-beranía la autorización para poder suscribir el ci-tado convenio.

En razón de lo anteriormente expuesto, la Comisión Permanente de Desarrollo Económico somete a la consideración de esta Soberanía, el siguiente dicta-men con proyecto de:

A C U E R D O

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Cerro Azul, Veracruz de Ignacio de la Llave suscribir el convenio de colaboración con la Secretaría de Desa-rrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz, para incorporarse al programa de Desregularización de trámites básicos municipales de acuerdo con el proyecto presentado a esta Soberanía. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo al Presi-dente municipal del honorable ayuntamiento de Ce-rro Azul, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efectos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a los trece días del mes de septiembre del año dos mil once.

Comisión Permanente de Desarrollo Económico

Dip. José Murad Loutfe Hetty Presidente

Dip. Martha Lilia Chávez González Secretario

Dip. Ainara Rementeria Coello

Vocal

***** COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO Honorable asamblea:

A los suscritos, Diputados integrantes de la Comi-sión Permanente de Desarrollo Económico, nos fue turnado por la Diputación Permanente de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio SG-DP/2do./1er./062/2011, de fecha 07 de septiem-bre de 2011, mediante el cual se remite junto con el expediente del caso, para su estudio y dicta-men, la solicitud formulada por el H. Ayunta-miento de Veracruz, Ver., a través del oficio 001156 de fecha 01 de agosto del año en curso, signado por los C.C. Lic. Luz Carolina Gudiño Co-rro y Lic. Alfredo Antonio Arroyo Vazquez, en su calidad de Presidente municipal y Secretario del Ayuntamiento respectivamente del referido muni-cipio, mediante el cual solicitan autorización a este H. Congreso, para suscribir convenio de colabo-ración con la Secretaría de Desarrollo Econó-mico y Portuario del Estado de Veracruz, para incorporarse al programa de Desregularización de trámites básicos Municipales “DESTRABA”. En razón de lo anterior, de conformidad con lo dis-puesto por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave; 35 fracción XXIV y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g, 38, 39 fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legis-lativo; y 59, 61, 62, 65 del Reglamento para el Go-bierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista el oficio 001156 de fecha 01 de

agosto del año en curso, signado por la Presiden-te Municipal y el Secretario del Ayuntamiento del municipio de Veracruz, mediante el cual solicitan la autorización a esta Soberanía para poder sus-cribir el convenio descrito en el proemio del pre-sente dictamen.

Page 49: Gaceta LegislativaGaceta Legislativa 2 Miércoles 28 de septiembre de 2011 Por los que se autoriza a dar en donación condicional, en su caso revocable, fracciones de terreno de pro-piedad

Gaceta Legislativa 49 Miércoles 28 de septiembre de 2011

2. Se encuentra en el expediente certificación de Acta de Cabildo número veinticuatro correspon-diente a la sesión extraordinaria del día quince de abril del año dos mil once, en la que los ediles aprueban que el ayuntamiento de Veracruz cele-bre, previa autorización del H. Congreso del Esta-do, convenio de colaboración con la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz, para incorporarse al programa de Des-regularización de trámites básicos Municipales “DESTRABA”.

3. Se halla en el legajo copia del proyecto de conve-

nio que celebrarían por una parte el ayuntamiento de Veracruz y, por la otra parte, la Secretaría de Desarrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz, en la que se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes.

En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S : I. Que, con fundamento en la normatividad invoca-

da en el párrafo segundo del presente dictamen, la Comisión Permanente de Desarrollo Económi-co, como órgano constituido por el Pleno de esta soberanía, que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones a través del estudio y dic-tamen de los asuntos que le son turnados, es competente para emitir esta resolución.

II. Que, se toma en consideración que conforme a la

Ley de Fomento Económico para el Estado de Ve-racruz de Ignacio de la Llave el desarrollo econó-mico se debe impulsar a través de políticas públi-cas que motiven la inversión y el empleo contribu-yendo a la creación de alianzas estratégicas entre el sector público, privado y social, y que el Ejecuti-vo Estatal aplica la misma por conducto de la Se-cretaría de Desarrollo Económico y Portuario.

III. Que, el objetivo del programa de desregulariza-

ción de trámites básicos municipales impulsado por la Secretaría de Desarrollo Económico y Por-tuario del Estado de Veracruz es el simplificar los trámites en el ámbito estatal y municipal para el establecimiento e inicio de operaciones de empre-sas, con el propósito de que disminuyan los costos que se imponen a los particulares y se les otorgue mayor seguridad jurídica para llevar a cabo sus ac-tividades productivas, en apego a lo establecido a

la Ley de mejora regulatoria para el Estado de Ve-racruz de Ignacio de la Llave.

IV. Que, para el éxito del referido programa se re-

quiere la participación de los dos órdenes de go-bierno en su operación sin que esto ocasione que se rebasen las esferas de competencia, ya que son los ordenes estatal y municipal quienes establecen las reglas para que las actividades productivas ini-cien operaciones dentro de su territorio.

V. Que, una vez estudiada y analizada la solicitud de

referencia, y tomando en consideración la docu-mentación que se anexa a la presente petición se concluye que el honorable ayuntamiento de Vera-cruz, Veracruz cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre al solicitar a esta So-beranía la autorización para poder suscribir el ci-tado convenio.

En razón de lo anteriormente expuesto, la Comisión Permanente de Desarrollo Económico somete a la consideración de esta Soberanía, el siguiente dicta-men con proyecto de:

A C U E R D O Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Veracruz, Veracruz de Ignacio de la Llave suscribir el convenio de colaboración con la Secretaría de Desa-rrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz, para incorporarse al programa de Desregularización de trámites básicos municipales de acuerdo con el proyecto presentado a esta Soberanía. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la presi-dente municipal del honorable ayuntamiento de Ve-racruz, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efec-tos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a los trece días del mes de septiembre del año dos mil once.

Comisión Permanente de Desarrollo Económico

Dip. José Murad Loutfe Hetty Presidente

Dip. Martha Lilia Chávez González

Secretario

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Gaceta Legislativa 50 Miércoles 28 de septiembre de 2011

Dip. Ainara Rementeria Coello Vocal

*****

COMISIÓN PERMANENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO Honorable asamblea: A los suscritos, Diputados integrantes de la Comisión Permanente de Desarrollo Económico, nos fue turna-do por la Diputación Permanente de la Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado, el oficio SG-DP/2do./1er./065/2011, de fecha 07 de septiembre de 2011, mediante el cual se remite junto con el expediente del caso, para su estudio y dictamen, la solicitud formulada por el H. Ayunta-miento de Xalapa, Ver. a través del oficio SA/1257/2011 de fecha 01 de agosto del año en curso, signado por el Lic. Renato Alarcón Guevara, en su calidad de Secretario del Ayuntamiento del referido municipio, mediante el cual solicita autorización a este H. Congreso, para suscribir convenios y acuerdos como organismo intermedio del fondo para la micro, pequeña y mediana empresa (Py-ME) de la Secretaría de Economía, del Gobierno Federal, para la gestión de recursos en beneficio de emprendedores y empresarios xalapeños. En razón de lo anterior, de conformidad con lo dis-puesto por los artículos 33 fracción XVI inciso g) de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Igna-cio de la Llave; 35 fracción XXIV y 103 de la Ley Orgánica del Municipio Libre; 18 fracción XVI inciso g, 38, 39 fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legis-lativo; y 59, 61, 62, 65 del Reglamento para el Go-bierno Interior del Poder Legislativo, se procedió a analizar y dictaminar la solicitud de referencia bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

1. Se tiene a la vista el oficio SA/1257/2011 de fecha 01 de agosto del año en curso, signado por el Se-cretario del Ayuntamiento del municipio de Xala-pa, mediante el cual solicita la autorización a esta Soberanía para poder suscribir acuerdos y conve-nio descritos en el proemio del presente dicta-men.

2. Se encuentra en el expediente certificación de

Acta de Cabildo correspondiente a la sesión ordi-naria del día veintiocho de julio del año dos mil once, en la que los ediles aprueban que el ayun-tamiento de Xalapa celebre, previa autorización

del H. Congreso del Estado, convenios y acuerdos como organismo intermedio del fondo para la mi-cro, pequeña y mediana empresa (PyME) de la Se-cretaría de Economía, del Gobierno Federal, para la gestión de recursos en beneficio de emprende-dores y empresarios xalapeños.

3. Se halla en el legajo copia de los proyectos de

convenios que celebrarían por una parte el H. ayuntamiento de Xalapa y, por la otra parte, la Secretaría de Economía del gobierno federal, en la que se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes.

En tal virtud, sobre la base de estos antecedentes, y a juicio de la comisión permanente que suscribe, se formulan las siguientes:

C O N S I D E R A C I O N E S : I. Que, con fundamento en la normatividad invoca-

da en el párrafo segundo del presente dictamen, la Comisión Permanente de Desarrollo Económi-co, como órgano constituido por el Pleno de esta soberanía, que contribuye a que el Congreso cumpla sus atribuciones a través del estudio y dic-tamen de los asuntos que le son turnados, es competente para emitir esta resolución.

II. Que, conforme a lo que establece los artículos 2°

y 35 fracción XXV, inciso i de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ig-nacio de la Llave, el Ayuntamiento de Xalapa cuenta dentro de sus atribuciones la promoción y organización de la sociedad para la planeación del desarrollo económico del municipio.

III. Que, a través el Fondo PyME, el cual es un recurso

federal con cobertura nacional, el Ayuntamiento de Xalapa impulsará el desarrollo económico en el municipio al promover un programa dirigido a proyectos que permitirá accesar a apoyos de carácter temporal que fomenten la creación, con-solidación y competitividad a micro, pequeñas y medianas empresas, así como a iniciativas de em-prendedores, generando el impulso a la inversión productiva que permitirá generar más y mejores empleos y el desarrollo empresarial local.

IV. Que, de acuerdo al numeral 11 de las reglas de

operación del Fondo PyME 2011 los apoyos de es-te fondo se otorgarán a la población a través de organismos intermedios, señalando como requisi-tos para ser considerado como organismos inter-medios el estar legalmente constituidos y su apo-

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Gaceta Legislativa 51 Miércoles 28 de septiembre de 2011

derado legal deberá contar con facultades de ad-ministración o con el documento donde se acredi-ten facultades para suscribir convenio, requisitos que cumple el Ayuntamiento de Xalapa para soli-citar el registro correspondiente de conformidad a lo previsto en los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexi-canos, 68 y 71 fracción I de la Constitución Políti-ca del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ig-nacio de la Llave y 2°, 36 fracción VI y 37 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

V. Que, una vez estudiada y analizada la solicitud de

referencia, y tomando en consideración la docu-mentación que se anexa a la presente petición, se concluye que el honorable Ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave cumple con lo dispuesto por la Ley Orgánica del Munici-pio Libre al solicitar a esta Soberanía la autoriza-ción para poder suscribir los citados acuerdos y convenios.

En razón de lo anteriormente expuesto, la Comisión Permanente de Desarrollo Económico somete a la consideración de esta Soberanía, el siguiente dicta-men con proyecto de:

A C U E R D O

Primero. Se autoriza al honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave suscribir el convenio de colaboración con la Secretaría de Desa-rrollo Económico y Portuario del Estado de Veracruz, para incorporarse al programa de Desregularización de trámites básicos municipales de acuerdo con el proyecto presentado a esta Soberanía. Segundo. Notifíquese el presente acuerdo a la presi-dente municipal del honorable ayuntamiento de Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave, para los efec-tos legales procedentes. Tercero. Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado. Dado en la sala de comisiones de la Sexagésima Se-gunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a los trece días del mes de septiembre del año dos mil once.

Comisión Permanente de Desarrollo Económico

Dip. José Murad Loutfe Hetty Presidente

Dip. Martha Lilia Chávez González Secretario

Dip. Ainara Rementeria Coello

Vocal ♦♦♦♦ De convocatoria al Quinto Periodo de Sesiones

Extraordinarias correspondiente al Primer Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Segunda Legislatura del honorable Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

PPRROOPPUUEESSTTAA

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Gaceta Legislativa 52 Miércoles 28 de septiembre de 2011

DIRECTORIO

Secretaría General del Congreso Secretaría de Servicios Legislativos Lic. Francisco Javier Loyo Ramos Lic. Ernesto Alarcón Trujillo

Gaceta Legislativa del Congreso del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Coordinador: Lic. Alejandro Contreras Torres

Edición: Gonzalo Peláez Cadena.

Domicilio: Av. Encanto Esq. Lázaro Cárdenas Tel. 01 (228) 8 42 05 00 Col. El Mirador, C.P. 91170 Ext. 3124 Xalapa, Veracruz Sitio web: www.legisver.gob.mx

MENSAJE

La Gaceta Legislativa es un órgano de información interna del Congreso del Estado de Veracruz, con la que se comunicará, en la víspera de las sesiones de la H. LXII Legislatura, los asuntos que tratarán y debatirán los diputados durante los períodos de sesiones ordinarias, de las sesiones de la Diputación Permanente en los recesos del Congreso. Asimismo, se reportarán los asuntos a debatir en el caso de que se convoque a períodos de sesiones extraordinarias. Por lo tanto, con fundamento en el artículo 161 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, la Gaceta Legislativa, sólo servirá como instrumento de apoyo al Congreso, en el desarrollo de sus trabajos legislativos. Asimismo, la redacción de los documentos publicados es responsabilidad de quien los emite. En la Gaceta Legislativa se incluye el orden del día de las sesiones que incluye iniciativas de ley o decreto, o ante el Congreso de la Unión, así como se citan únicamente los temas de los puntos de acuerdo de la Junta de Coordinación Política y de cualquier otro órgano del Congreso, así como de los pronunciamientos de los grupos legislativos o de los diputados en lo particular. La Gaceta Legislativa informará de los eventos y actividades diversas que se realicen en el Palacio Legislativo, como son las comparecencias ante comisiones de los servidores públicos del Poder Ejecutivo, los programas culturales, conferencias y exposiciones. El contenido de los números que publique la Gaceta Legislativa aparecerán en la página web del Congreso, la cual podrá ser consultada en la dirección de Internet siguiente: www.legisver.gob.mx. Esta página se actualizará en la víspera de las sesio-nes.

Diputación Permanente de la Sexagésima Segunda Legislatura

del Congreso del Estado

Dip. Eduardo Andrade Sánchez Presidente

Dip. Brenda Abigail Reyes Aguirre Vicepresidenta

Dip. Martha Lilia Chávez González Secretaria

Vocales

Dip. Carlos Aceves Amezcua Dip. José Enrique Levet Gorozpe

Dip. Anabel Ponce Calderón Dip. Leticia Karime Aguilera Guzmán

Dip. Francisco Javier Lara Arano Dip. Juan Carlos Castro Pérez

Dip. Verónica Carreón Cervantes

Junta de Coordinación Política de la Sexagésima Segunda Legislatura

del Congreso del Estado

Dip. Jorge Alejandro Carvallo Delfín Coordinador del Grupo Legislativo del PRI

Presidente

Dip. Jesús Danilo Alvízar Guerrero Coordinador del Grupo Legislativo del PAN

Dip. Gustavo Moreno Ramos

Coordinador del Grupo Legislativo del PANAL

Dip. Armando Méndez de la Luz Coordinador del Grupo Legislativo del PRD-CONV