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LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 228-3791 / 222-7344 Tiraje:1000 Ejemplares 32 Páginas Valor C$ 35.00 Córdobas AÑO CIX No.230 Managua, lunes 28 de noviembre de 2005, 05:00 pm 7405 SUMARIO Pág. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Decreto No. 91-2005........................................................7406 Política Nacional para la Gestión Integral de Sustancias y Residuos Peligrosos. Acuerdo Presidencial No. 435-2005.................................7410 Nombramiento. Acuerdo Presidencial No. 436-2005.................................7410 Otorgamiento. Acuerdo Presidencial No. 437-2005.................................7410 Organizar. Acuerdo Presidencial No. 438-2005.................................7410 Nombramiento. Acuerdo Presidencial No. 439-2005.................................7411 Cancelación de Nombramientos. Modificación No. 3 al Programa de Adquisiciones del año 2005.....................................................................7411 MINISTERIO DE GOBERNACION Estatutos Asociación Movimiento Comunal Nicaragüense (MCN)......................................................7412 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Resolución No. 065..........................................................7417 MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES Contadores Públicos Autorizados..................................7418 MINISTERIO AGROPECUARIO Y FORESTAL Registro Sanitario...........................................................7419 MINISTERIO DE LA FAMILIA Programa Anual de Contrataciones 2005.........................7420 EMPRESA NICARAGUENSE DE ELECTRICIDAD Licitación por Registro No. 08-GSA-2005. Suministro de dos plantas electrógenas (prime) para trabajos en paralelo, de 396 kw cada una (modalidad llave en mano)...............................7421 EMPRESA PORTUARIA NACIONAL Aviso de Adjudicación Licitación EPN-010-2005. Adquisición de equipos para sistemas de gobierno remolcador alianza Administración Portuaria Bluefields-El Bluff......................7421 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Cédula de Notificación........................................................7421 ESTADOS FINANCIEROS Banco Central de Nicaragua................................................7422 COOPERATIVA DE SERVICIOS AGROPECUARIOS MAYALES, R.L. (COOPSERUM, R.L.) Aviso de Licitación Pública No. 002-2005. Compra-venta de maquinaria agrícola.............................................................7423 ALCALDIAS Alcaldía Municipal de Masaya Aviso de Licitación Restringida No. LR-02-2005B. Adquisición de un tractor, para remolque de equipo de transporte de desechos sólidos................................................................7424 Alcaldía Municipal de Cárdenas Ordenanza................................................................................7424 Alcaldía Municipal El Rama Ordenanza Municipal..........................................................7424 UNIVERSIDADES Títulos Profesionales..........................................................7428 SECCION JUDICIAL Títulos Supletorios.............................................................7436 Guardadores Ad-Litem........................................................7436

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LA GACETADIARIO OFICIAL

Teléfonos: 228-3791 / 222-7344Tiraje:1000 Ejemplares32 Páginas Valor C$ 35.00

Córdobas

AÑO CIX No.230Managua, lunes 28 de noviembre de 2005, 05:00 pm

7405

SUMARIOPág.

PRESIDENCIA DE LAREPUBLICA DE NICARAGUA

Decreto No. 91-2005........................................................7406Política Nacional para la Gestión Integral de Sustancias yResiduos Peligrosos.Acuerdo Presidencial No. 435-2005.................................7410Nombramiento.Acuerdo Presidencial No. 436-2005.................................7410Otorgamiento.Acuerdo Presidencial No. 437-2005.................................7410Organizar.Acuerdo Presidencial No. 438-2005.................................7410Nombramiento.Acuerdo Presidencial No. 439-2005.................................7411Cancelación de Nombramientos.Modificación No. 3 al Programa de Adquisicionesdel año 2005.....................................................................7411

MINISTERIO DE GOBERNACION

Estatutos Asociación Movimiento ComunalNicaragüense (MCN)......................................................7412

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Resolución No. 065..........................................................7417

MINISTERIO DE EDUCACION,CULTURA Y DEPORTES

Contadores Públicos Autorizados..................................7418

MINISTERIO AGROPECUARIO Y FORESTAL

Registro Sanitario...........................................................7419

MINISTERIO DE LA FAMILIA

Programa Anual de Contrataciones 2005.........................7420

EMPRESA NICARAGUENSE DE ELECTRICIDAD

Licitación por Registro No. 08-GSA-2005. Suministro de dosplantas electrógenas (prime) para trabajos en paralelo, de 396kw cada una (modalidad llave en mano)...............................7421

EMPRESA PORTUARIA NACIONAL

Aviso de Adjudicación Licitación EPN-010-2005. Adquisiciónde equipos para sistemas de gobierno remolcador alianzaAdministración Portuaria Bluefields-El Bluff......................7421

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

Cédula de Notificación........................................................7421

ESTADOS FINANCIEROS

Banco Central de Nicaragua................................................7422

COOPERATIVA DE SERVICIOS AGROPECUARIOSMAYALES, R.L. (COOPSERUM, R.L.)

Aviso de Licitación Pública No. 002-2005. Compra-venta demaquinaria agrícola.............................................................7423

ALCALDIASAlcaldía Municipal de MasayaAviso de Licitación Restringida No. LR-02-2005B. Adquisiciónde un tractor, para remolque de equipo de transporte dedesechos sólidos................................................................7424Alcaldía Municipal de CárdenasOrdenanza................................................................................7424Alcaldía Municipal El RamaOrdenanza Municipal..........................................................7424

UNIVERSIDADES

Títulos Profesionales..........................................................7428

SECCION JUDICIAL

Títulos Supletorios.............................................................7436Guardadores Ad-Litem........................................................7436

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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PRESIDENCIA DE LAREPUBLICA DE NICARAGUA

DECRETO No.91-2005

El Presidente de la República de Nicaragua

CONSIDERANDO

IQue la Constitución Política establece que los nicaragüenses tienenderecho a habitar en un ambiente saludable y es obligación del Estadola preservación, conservación, y rescate del medio ambiente y losrecursos naturales, preservación del ambiente y la conservación, desarrolloy explotación racional de los recursos naturales corresponden al Estado,éste podrá celebrar contratos de explotación racional de estos recursos,cuando el interés nacional lo requiera.

IIQue la Política y Plan Ambiental de Nicaragua, plantea como objetivocontribuir al bienestar y desarrollo integral del ser humano, aprovechandode manera sostenible los recursos naturales, a través de una gestiónambiental que armonice el desarrollo económico y social.

IIIQue Nicaragua, ha firmado diferentes compromisos internacionales pararegular y controlar el uso, manejo y disposición final de las sustanciasquímicas y sus residuos, tales como el Convenio de Basilea sobre losMovimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y suEliminación Final, el Acuerdo Centroamericano sobre el MovimientoTransfronterizo de Desechos Peligrosos y su Eliminación, el Conveniode Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP), elConvenio de Viena para la Protección de la capa de Ozono.

IVQue es necesario establecer lineamientos que garanticen el equilibrioentre el uso de las sustancias químicas en el campo agropecuario, laproducción de alimentos, la industria, el comercio y el hogar, y la gestiónadecuada de estas sustancias y sus residuos, con el propósito de alcanzarun nivel aceptable de protección a la salud humana y al ambiente, paralograr una mejor calidad de vida y mayor bienestar económico y social.

VQue al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales de acuerdocon la Ley 290 y su Reglamento le corresponde formular normas y dirigirla ejecución de políticas nacionales con relación a la calidad ambiental.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADOEl siguiente

DECRETODE POLÍTICA NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL

DE SUSTANCIAS Y RESIDUOS PELIGROSOS

Arto.1 El presente Decreto tiene por objeto establecer la PolíticaNacional para la Gestión Integral de Sustancias y Residuos Peligrosos,su marco de referencia, los principios y lineamientos que orientarán losplanes, programas, estrategias y acciones de la administración pública,de la sociedad civil y de la población nicaragüense en general, así comoconstituir el sistema para lograr una gestión eficiente de las sustancias

y residuos peligrosos, durante las diferentes etapas de su ciclo de vida, conel fin de proteger la salud humana y el ambiente, mejorar la calidad de viday proporcionar la oportunidad de un desarrollo sustentable.

Arto.2 El ámbito y alcance de la política, comprende:

1. Las sustancias, los productos, los residuos y desechos que poseen almenos una de las siguientes características: corrosividad, reactividad,explosividad, toxicidad, ecotoxicidad, inflamabilidad, bioacumulación,biomagnificación y persistencia.

2. Los plaguicidas químicos, los contaminantes orgánicos persistentes(COP) sujetos al Convenio de Estocolmo y otras sustancias y residuospeligrosos.

3. La gestión en todas las etapas del ciclo de vida de las sustancias y losresiduos peligrosos, desde la producción, importación, exportación,transporte, comercialización, distribución, uso, almacenamiento, reuso,reciclaje, procesos de tratamiento y eliminación o disposición final yrestauración de sitios contaminados.

Arto.3 En este Decreto los siguientes términos tendrán el significado queaquí se les asigna:

1. Contaminantes Orgánicos Persistentes: Son sustancias químicas tóxicas,persistentes, transportables a largas distancias y bioacumulables en losorganismos, causando diversos efectos negativos en la salud humana y enel ambiente. Son mezclas y compuestos químicos a base de carbono queincluyen compuestos industriales como los PCBs, plaguicidas como elDDT y residuos no deseados como las dioxinas y furanos. Los COP sonprincipalmente productos y subproductos de la actividad industrial, deatención relativamente reciente.

2. Desecho peligroso: Es una sustancia u objeto a cuya eliminación seprocede, y además tiene el potencial de causar un riesgo inaceptable a lasalud y el ambiente y va a depender de su composición, forma física ypropiedades químicas y físicas.

3. Plaguicida químico: Es la sustancia o mezcla de sustancias de origensintético destinada a combatir cualquier tipo de plaga.

4. Residuo peligroso: Es toda sustancia, desecho o material en cualquierestado físico, u objeto que resulta de un proceso de producción,transformación, utilización o consumo del cual su productor o poseedor sedesprenda o tenga la obligación de desprenderse y contengan cantidadessignificativas de sustancias que pueden presentar peligro para la vida y saludde los organismos vivos cuando se liberan al ambiente o si se manipulanincorrectamente debido a su magnitud o modalidad de sus característicascorrosivas, tóxicas, reactivas, explosivas, inflamables, irritantes o decualquier otra característica que representen un peligro para la saludhumana, la calidad de vida, los recursos naturales o el equilibrio ecológico.

5. Sociedad Civil: Son las organizaciones no gubernamentales, el sectorindustria, el sector comercio, el sector servicio, las asociaciones de trabajadores,académicas o cualquier otra forma de agrupación organizada que representea un sector de la sociedad.

6. Sustancia peligrosa: Es la sustancia pura o en mezcla (producto) de origensintético, en cualquier estado físico que posea al menos una de las siguientescaracterísticas: corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad,ecotoxicidad, inflamabilidad, bioacumulación, biomagnificación ypersistencia.

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Arto.4 Son objetivos específicos de la presente política los siguientes:

1. Determinar los principios y lineamientos para una gestión eficientede las sustancias y residuos peligrosos, a lo largo de su ciclo de vida, quegarantice un nivel elevado de protección a la salud humana y el ambiente,tanto para la generación actual como para las futuras.

2. Promover el desarrollo y fortalecimiento de un modelo de sistema degestión de sustancias y residuos peligrosos, a través de un enfoqueparticipativo y de coordinación intrainstitucional, interinstitucional eintersectorial.

3. Apoyar y propiciar iniciativas de innovación tecnológica y producciónmás limpia, para prevenir y reducir los riesgos que las sustancias yresiduos peligrosos presentan a la salud humana y el ambiente, a lo largode todo su ciclo de vida.

4. Promover el desarrollo de programas dirigidos a crear y fortalecer unnivel de conciencia a todos los niveles sociales y en el ámbito educativosobre la problemática para la salud humana y ambiental causada por eluso, manejo y disposición final de sustancias y residuos peligrosos.5. Apoyar y propiciar la participación de la población en las accionesdirigidas a lograr una gestión ambientalmente adecuada de las sustanciasy residuos peligrosos, en igualdad de condiciones para mujeres yhombres.

6. Impulsar el fortalecimiento de la capacidad institucional de gestión desustancias y residuos peligrosos a nivel central, regional y municipal, enespecial sobre la vigilancia y control, en todos los sectores involucradosen cada etapa del ciclo de vida de estos agentes contaminantes.

7. Promover y fortalecer el sistema de información y documentaciónnacional sobre sustancias y residuos peligrosos.

8. Garantizar la divulgación y el acceso público a toda información sobrelos daños a la salud y el ambiente causado por sustancias y residuospeligrosos y/o a toda información necesaria para evaluar los riesgos.

9. Garantizar el cumplimiento de las obligaciones que se derivan delConvenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes yde otros convenios internacionales de seguridad química sobre sustanciasy residuos peligrosos.

10. Promover la investigación y capacitación sobre la gestión integral desustancias y residuos peligrosos.

11. Promover la participación de todos los sectores en procesos yprogramas para evaluar alternativas orientadas a la solución de losproblemas ambientales que se derivan del uso y manejo de sustancias yresiduos peligrosos.

12. Fomentar el desarrollo de programas y proyectos de cooperacióntécnica y financiera, que permita desarrollar el plan de acción de lapolítica nacional para la gestión integral de sustancias y residuospeligrosos.

13. Impulsar el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas,adolescentes y mujeres embarazadas a ser protegidos contra la exposicióna sustancias y residuos peligrosos.

Arto.5 La Política Nacional para la Gestión Integral de Sustancias yResiduos Peligrosos se fundamenta en diez principios interdependientesy estrechamente vinculados en su aplicación que son los siguientes:

1. De PREVENCIÓN es anticipar, evitar, controlar, vigilar y atenderoportunamente las condiciones, situaciones y acciones que deterioren lasalud humana y el ambiente, que al mismo tiempo comprometen la calidadde vida de la población nicaragüense actual y la del futuro. La aplicación deeste principio en la gestión de las sustancias y residuos peligrosos se realizapor medio del uso de procesos, prácticas, materiales, productos, servicios,o energía que eviten o reduzcan la utilización y/o generación de sustanciasy residuos peligrosos, y sobre todo que reduzcan en general los riesgos ala salud humana y el ambiente.

2. De PRECAUCIÓN significa tomar acciones al identificar la existenciade amenazas de dañar seriamente o irreversiblemente al ambiente y la saludhumana. La falta de evidencia o respaldo científico, sobre el riesgo potencialinherente de las sustancias y residuos peligrosos en la salud humana y elambiente, no debe ser excusa para posponer medidas y prevenir ladegradación ambiental, en detrimento de la salud humana y la calidad de vidade los habitantes. El principio de precaución se aplica a la hora de tomardecisiones para proteger el ambiente y la salud humana bajo condiciones deincertidumbre, sin esperar a reunir pruebas de daño, ya que estas, la mayoríade las veces, sólo se tienen cuando se ha causado daño irreparable,infringiendo altos costos a los individuos y la sociedad.

3. De PARTICIPACIÓN es reconocer la importancia del involucramientode los habitantes directamente afectados en la gestión de las sustancias yresiduos peligrosos, que permita incidir en el proceso de toma de decisionessobre la gestión de los mismos. A nivel nacional, cada habitante debe teneracceso a la información y educación formal, proporcionadas por lasautoridades públicas y privadas, relacionadas con el ambiente, las sustanciasy residuos peligrosos y las actividades relacionadas con éstos en suscomunidades.

4. De EQUILIBRIO DINÁMICO es poner la debida atención a losprocesos de transformación, evolución y adaptación del ecosistema, almismo tiempo reconocer la necesidad de establecer un balance entre lascondiciones ambientales, socioculturales y económicas que conduzcan a undesarrollo sustentable de la nación.

5. De EQUIDAD SOCIAL es la igualdad de derechos que tienen loshabitantes a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, una condiciónsine qua non para el crecimiento y desarrollo humano y previene losconflictos socio-ambientales. Prevaleciendo de esta manera el interés socialen lo relativo a la protección ambiental, en la búsqueda del bienestar de todoslos nicaragüenses.

6. De RESPONSABILIDAD COMPARTIDA Y DIFERENCIADA esreconocer que durante la gestión de las sustancias y residuos peligrosos laresponsabilidad no es exclusivamente del Estado, sino que también lasorganizaciones de la sociedad civil y los ciudadanos en general tienenresponsabilidad en la gestión durante el ciclo de vida y las diferentes etapasde transformación de las sustancias y residuos peligrosos. Sin embargo, elnivel de responsabilidad es diferenciada de acuerdo al mandato y funciónespecífica, y a los beneficios y riesgos enfrentados durante el proceso. Laresponsabilidad descrita en esta forma recae en los productores, formuladores,importadores, transportistas, comercializadores, distribuidores,almacenadores, usuarios, recicladores, los que realizan el tratamiento,eliminación final y cualquier otra persona natural o jurídica que intervengaen cualquiera de las etapas de transformación a lo largo del ciclo de vida delas sustancias y residuos peligrosos. Para ello, las instituciones del Estadodeben ejercer esfuerzos de vigilancia y control en forma coordinada.

7. De RESPONSABILIDAD ECONÓMICA DE LA GESTIÓN posibilitala internalización de los costos de gestión de sustancias y residuospeligrosos. Las personas naturales y jurídicas deben pagar los costos de lagestión y de la reparación de los daños causados a la salud y el ambiente.

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8. De RESPONSABILIDAD EN EL CICLO DE VIDA significa que elproductor o generador de sustancias y residuos peligrosos es responsablede su manejo, desde su generación hasta su disposición final, lo queimplica que el generador se asegure del adecuado manejo a lo largo delciclo de vida de las sustancias y residuos peligrosos.

9. De AUTOSUFICIENCIA Y PROXIMIDAD se refiere a que, en lamedida de lo posible, se solucione el problema de los residuos peligrososgenerados, preferentemente en las áreas más próximas posibles al lugaren el que se producen. El país debe procurar contar con la infraestructuramínima necesaria para la gestión integral de los residuos peligrososgenerados en el territorio, exportándose los residuos peligrosos que nopuedan ser tratados ni eliminados localmente y no permitiéndose laimportación de residuos peligrosos.

10. De ENFOQUE DE ECOSISTEMA significa que las interaccionesentre los componentes del ambiente biofísico (aire, agua, suelo y biota),y las actividades humanas (sistemas social, cultural y económico) sonprocesos inseparables y dinámicos, incorporándose las necesidadesesenciales de la sociedad actual y las futuras, construyendo una perspectivaestratégica a largo plazo que se caracterice por ser anticipatoria,preventiva, precautoria y sustentable.

Arto.6 Los lineamientos de política constituyen el marco de referenciadel Estado y de la sociedad civil para ejecutar esta Política Nacional parala Gestión Integral de Sustancias y Residuos Peligrosos. Los lineamientosde política se determinan en cuatro áreas que incluyen los aspectosinstitucionales, legales, gestión de riesgos y participación y educación.

Arto.7 Como lineamientos INSTITUCIONALES se establecen lossiguientes:

1. Implementar un sistema de gestión de sustancias y residuos peligrososeficiente a lo largo de su ciclo de vida, con la participación de lasautoridades involucradas de conformidad con sus competencias y derepresentantes de la sociedad civil.

2. Fortalecer las instituciones y desarrollar la infraestructura y losmecanismos a nivel nacional que le permitan al Estado y a la sociedadcivil una gestión eficiente de las sustancias y residuos peligrosos a lo largode su ciclo de vida y todas las etapas en el proceso de transformación.

3. Fortalecer la capacidad de laboratorios para analizar sustancias yresiduos peligrosos, particularmente Hexaclorobenceno (HCB), BifenilosPoliclorados (PCBs), Dioxinas y Furanos y promover la acreditación delos mismos.

4. Promover la inversión en infraestructura necesaria para la gestióneficiente de residuos peligrosos en cada etapa de su ciclo de vida.

5. Solicitar asistencia en los foros internacionales para implementarprogramas de fortalecimiento y desarrollo de capacidades institucionalespara ejercer una gestión eficiente de las sustancias y residuos peligrosos.

6. Garantizar el cumplimiento de las obligaciones nacionales adquiridasen el marco del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes OrgánicosPersistentes y otros acuerdos y convenios internacionales de seguridadquímica relacionados con la gestión eficiente de sustancias y residuospeligrosos.

7. Impulsar la preparación e implementación de planes de gestión deriesgos de sustancias y residuos peligrosos a nivel central, regional ymunicipal, así como a nivel de cada sector que intervenga en cualquieretapa del ciclo de vida de sustancias y residuos peligrosos.

8. Crear e implementar indicadores ambientales para monitorear y darseguimiento a los avances en la gestión eficiente de sustancias y residuospeligrosos.

9. Fortalecer el Sistema Nacional de Información y Documentación deSustancias y Residuos Peligrosos que recopile la información de todas lasinstituciones gubernamentales y la sociedad civil y que dicha informaciónsea tomada en cuenta en la gestión del riesgo de sustancias y residuospeligrosos. Incorpora este sistema al Sistema Nacional de InformaciónAmbiental (SINIA).

Arto.8 Como lineamientos LEGALES se establecen los siguientes:

1. Actualizar y complementar el marco legal nacional con el objeto defacilitar el proceso de implementar la gestión eficiente de las sustancias yresiduos peligrosos a lo largo de su ciclo de vida y todas las etapas en suproceso de transformación y superar las dificultades de competencias,duplicidad de funciones y facilitar la coordinación interinstitucional.

2. Crear incentivos para promover la instalación de empresas especializadasen el manejo y disposición final de sustancias y residuos peligrosos, asícomo incentivos a los sectores que realicen una gestión eficiente desustancias y residuos peligrosos.

3. Internalizar los costos de la gestión y definir sanciones por incumplimientoen el manejo de las sustancias y residuos peligrosos, que permita fortalecera las instancias del Estado y la sociedad civil en la vigilancia y control decada etapa del ciclo de vida de las sustancias y residuos peligrosos.

Arto.9 Como lineamientos de GESTION DE RIESGOS se establecen lossiguientes:

1. Fortalecer la capacidad institucional para realizar la evaluación de riesgospara la salud y el ambiente.

2. Implementar un sistema armonizado de clasificación y etiquetado desustancias y residuos peligrosos, con el fin de comunicar eficazmente a losusuarios acerca de los riesgos de los mismos.

3. Fortalecer y actualizar de manera continua los sistemas de vigilancia ycontrol a nivel central, regional y municipal de las sustancias y residuospeligrosos durante todo su ciclo de vida.

4. Establecer y fortalecer las medidas de seguridad necesarias para laprevención del tráfico ilícito de las sustancias y residuos peligrosos.

5. Fortalecer las capacidades y destrezas para prevenir, mitigar y responderoportunamente a los problemas relacionados con las sustancias y residuospeligrosos de las diferentes comunidades, incluyendo a los trabajadores,agricultores, campesinos y otros usuarios, priorizando en tal sentido a lossectores de la población más vulnerables.

6. Desarrollar un sistema de prevención, mitigación y respuesta a emergenciasy accidentes, en todos los sectores que participan en el manejo, de cualquieretapa del ciclo de vida, de sustancias y residuos peligrosos, coordinado conel SINAPRED.

7. Establecer y promover planes y programas de reducción del uso ysustitución gradual de plaguicidas químicos y desarrollar programasdemostrativos para la difusión de los beneficios de aplicar las prácticasutilizadas por estos programas, con el fin de reducir la dependencia deplaguicidas químicos en la agricultura y salud pública y evitar los riesgosa la salud humana y el ambiente.

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8. Impulsar planes de reducción y eliminación del uso de sustanciaspeligrosas en los procesos de transformación de bienes y servicios, através de la aplicación de procesos de producción, reconversión ytecnologías que no demanden el uso intensivo de materiales y energía.Priorizando la sustitución de las sustancias químicas sintéticas y laeliminación gradual de las sustancias peligrosas, persistentes ybioacumulables.

9. Implementar planes y programas orientados a la reducción de riesgos,en base al principio de la responsabilidad de gestión y restaurar los daños,que recae principalmente sobre el causante directo de los efectosadversos, que puedan derivarse del uso, manejo y disposición final desustancias y residuos peligrosos.

10. Garantizar que las personas que manejan sustancias y residuospeligrosos, en cualquier etapa del ciclo de vida, estén informadas sobrelos riesgos y efectos del uso, manejo y disposición final de estos agentes.

Arto.10 Como lineamientos de PARTICIPACIÓN Y EDUCACIÓN,se establecen los siguientes:

1. Fortalecer los mecanismos de participación y consulta de los usuariosy los habitantes que enfrentan los riesgos que presentan las sustanciasy residuos peligrosos para la toma de decisiones.

2. Promover el desarrollo y/o fortalecimiento de programas y proyectosde educación ambiental, a todos los niveles de la educación formal, noformal e informal y a todos los sectores sociales y económicos,relacionados con los riesgos de las sustancias y residuos peligrosos y lagestión eficiente de los mismos.

3. Promover la creación o fortalecimiento de centros de información,capacitación, investigación y evaluación de procesos y tecnologías quereduzcan y/o eliminen el uso de sustancias y residuos peligrosos, ademásde su reciclado, tratamiento, disposición final en pequeña escala yremediación de sitos o ecosistemas contaminados.

4. Promover el desarrollo de actividades tendientes a recopilar, generary procesar información científica y técnica sobre las sustancias yresiduos peligrosos, necesaria para evaluar los riesgos y orientar laformulación y/o actualización de políticas y la toma de decisiones parala gestión eficiente de las sustancias y residuos peligrosos.

5. Dotar de los recursos necesarios a las instancias del Estado y lasociedad civil involucradas en la producción y actualización deconocimientos relacionados a la protección de la salud humana y elambiente, prevención y reducción de riesgos y daños generados por lassustancias y residuos peligrosos a lo largo del ciclo de vida.

6. Establecer redes interinstitucionales, a nivel nacional e internacional,para el intercambio de información sobre la seguridad química y lasalternativas de sustitución de sustancias por otras menos o no peligrosas.

7. Diseñar y actualizar los mecanismos e instrumentos que faciliten elacceso y disponibilidad de información para la población, sobre losriesgos que presentan a la salud humana y/o al ambiente las sustanciasy residuos peligrosos, así como las medidas de seguridad durante sumanejo, alternativas de sustitución y reducción. Al mismo tiempo,facilitar los programas sobre el derecho de las comunidades alconocimiento correspondiente.

Arto.11 El Sistema de Gestión de Sustancias y Residuos Peligrosos,(SGSRP), esta conformado por las siguientes instituciones conresponsabilidades en materia de sustancias y residuos peligrosos:

1. Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA),2. Ministerio de Salud (MINSA),3. Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR),4. Ministerio de Trasporte e Infraestructura (MTI),5. Ministerio de Educación Cultura y Deportes (MECD),6. Ministerio de Fomento Industria y Comercio (MIFIC),7. Ministerio del Trabajo (MITRAB),8. Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP),9. Ministerio de Gobernación,10. Instituto Nicaragüense de Energía (INE),11. Asociación de Municipios de Nicaragua (AMUNIC),12. Asociación de Municipios de la Costa Atlántica (AMURACAN),13. Instituto de Fomento Municipal (INIFOM),14. Sector Industria,15. Organismos No Gubernamentales16. Representante de las Universidades17. Secretaría de Recursos Naturales (SERENA) del Gobierno Regional.

Arto.12 Para operativizar el SGSRP, se crea la Comisión Nacional deCoordinación (CNC), como instancia de coordinación y seguimiento de laimplementación de la presente Política y el Plan de Acción, conformada porun representante de las siguientes instituciones:

1. Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA), quienla coordinará,2. Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR),3. Ministerio de Salud (MINSA),4. Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP),5. Ministerio del Trabajo (MITRAB),6. Ministerio de Trasporte e Infraestructura (MTI),y con la siguiente estructura: Un coordinador y un Secretariado. Estáorganización se podrá establecer a nivel regional y municipal.

Arto.13 La Comisión tendrá las funciones:

1. Desarrollar la gestión general de las actividades de la política y su plande acción.

2. Conducir y evaluar el cumplimiento de la política.

3. Coordinar y gestionar que las instituciones con competencia incluyan ensus planes operativos anuales las actividades establecidas en la política ysu plan de acción.

4. Promover el consenso sobre desacuerdos y diferencias en el cumplimientode los objetivos de la política.

5. Elaborar su propio reglamento interno y organizacional.

Arto.14 La CNC conformará Grupos de Trabajo Técnico (GTT), quienestendrán a su cargo la ejecución de proyectos, programas y actividadesespecíficas en el contexto de la Política Nacional y su Plan de Acción y seránintegrados por las instancias correspondientes de acuerdo a sus competenciasy a las especialidades técnicas del tema específico a tratar.

Arto.15 El Secretariado, podrá ser rotativo y tendrá la obligación delevantar las actas de las reuniones e intercambiar información con losdistintos GTT.

Arto.16 Se establece El Plan de Acción Nacional para la Gestión deSustancias y Residuos Peligrosos ANEXO I, que forma parte integral deeste Decreto. las instituciones de Estado con responsabilidad deberánincorporar en sus planes institucionales las actividades establecidas.

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Arto.17 Dado el carácter dinámico de la gestión de sustancias yresiduos peligrosos, se podrá evaluar y adaptar la política cada cincoaños, y el Plan cada dos años. La actualización dependerá de losresultados obtenidos, del dinamismo de las gestiones de todos losparticipantes involucrados y del éxito en la implementación de lasacciones.

Arto.18 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicaciónen La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiuno denoviembre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER,Presidente de la República de Nicaragua.- ARTURO HARDING,Ministro del Ambiente y de los Recursos Naturales.

___________________

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 435-2005

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Arto. 1 Nombrar al Señor Milton Arcia, Representante porCANIMET, Miembro del Consejo Directivo del InstitutoNicaragüense de Turismo (INTUR).

Arto. 2 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de estafecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el diecisiete denoviembre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER,Presidente de la República de Nicaragua.

___________________ACUERDO PRESIDENCIAL No. 436-2005

El Presidente de la República de Nicaragua

CONSIDERANDOI

Que la Excelentísima Señora Hinger Hirvela López, EmbajadoraExtraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Finlandia, seha distinguido por su destacada labor en pro del fortalecimientode las relaciones políticas y de Cooperación entre Nicaragua yFinlandia a través de la realización de visitas de alto nivel entreambos países, siendo la última visita de la Presidenta de laRepública de Finlandia, Su Excelencia Tarja Halonen a Nicaragua,ocasión en la cual se logró el Apoyo Presupuestario de Finlandiapara la Ejecución de la Estrategia Reforzada de CrecimientoEconómico y Reducción de la Pobreza en nuestro país.

IIQue en el ejercicio de sus funciones, realizó un acertado liderazgo,brindando su decidido respaldo en los tres sectores meta deFinlandia como son el Desarrollo Rural, Servicios de Salud y laDescentralización Administrativa Municipal, cabe mencionarque para Finlandia, Nicaragua es uno de los ocho paísesprioritarios de Cooperación y el único en América Latina, porello, se hace merecedora al especial reconocimiento de la Nación.En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA

Arto. 1 Otorgar la “Orden José de Marcoleta”, en el Grado de GranCruz, a la Excelentísima Señora Hinger Hirvela López, EmbajadoraExtraordinaria y Plenipotenciaria de la República de Finlandia.

Arto. 2 Comunicar este Acuerdo a la Excelentísima Señora HingerHirvela López.

Arto. 3 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha.Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el dieciocho denoviembre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER,Presidente de la República de Nicaragua.

___________________

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 437-2005

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Arto. 1 Organizar la Delegación de Nicaragua que participará en la“XI Conferencia de las Partes de la Convención Marco de lasNaciones Unidas sobre Cambio Climático” y otras reuniones enel contexto de la misma, a celebrarse en Montreal, Canadá, del 28 denoviembre al 9 de diciembre del año en curso, la que está integradade la siguiente forma: JEFE DE DELEGACIÓN: Licenciado JoséSantos Mendoza, Secretario General del Ministerio del Ambiente yde los Recursos Naturales (MARENA). DELEGADOS: LicenciadaMarina Stadthagen, Directora de la Oficina Nacional de CambioClimático y Desarrollo Limpio del Ministerio del Ambiente y de losRecursos Naturales (MARENA), con rango de Embajadora enMisión Especia l y Doctor Freddy Picado, Encargado deVulnerabilidad y Adaptación de la Oficina Nacional de CambioClimático y Desarrollo Limpio del Ministerio del Ambiente y de losRecursos Naturales (MARENA).

Arto. 2 La transcripción de este Acuerdo servirá a los nombradosde suficiente credencial para acreditar sus representaciones.

Arto. 3 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de estafecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiuno denoviembre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER,Presidente de la República de Nicaragua.

_________________

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 438-2005

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Arto. 1 Nombrar al Coronel de Infantería Fredd Alberto LozanoGuerrero, Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aéreo de laEmbajada de la República de Nicaragua en la República de Honduras.

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Arto. 2 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiuno de noviembre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER,Presidente de la República de Nicaragua.

__________________

ACUERDO PRESIDENCIAL No. 439-2005

El Presidente de la República de Nicaragua

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Arto. 1 Cancelar los nombramientos del Señor Alfredo Cuadra García, en los siguientes cargos:Miembro Propietario del Consejo Nicaragüense de Ciencia y Tecnología (CONICYT), en representación de la Cámara de Comercio deNicaragua.

Miembro Propietario del Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras.

Miembro Propietario del Consejo Directivo de la Superintendencia de Pensiones, en representación del Sector Privado.

Miembro de la Comisión Nacional Consultiva sobre el Sistema de Seguridad Social, representante del sector empresarial.

Miembro de la Comisión Nacional de Convivencia y Seguridad Ciudadana, en representación del Consejo Superior de la Empresa Privada(COSEP).

Arto. 2 El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiuno de noviembre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER,Presidente de la República de Nicaragua.

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Reg. No. 15791 - M. 1654209 - Valor C$ 130.00

SECRETARIA TECNICA

MODIFICACION Nº 3 AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES DEL AÑO 2005

La Secretaria Técnica de la Presidencia (SETEC) de conformidad con el artículo Nº 8 de la Ley 323 “ Ley de Contrataciones del Estado” y artículos 12y 13 del Decreto Nº 21-2000 “Reglamento General de la Ley de Contrataciones del Estado” da a conocer a todas las personas naturales y jurídicas inscritasen el registro Central de Proveedores de la Dirección General de Contrataciones del Estado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Modificaciónal Programa de Adquisiciones de fecha 28 de enero de 2005 consistente en:

Item Cantidad Unidad Clasificados Fuente de Monto Procedimiento PeriodoDescripción Medida Fondos Estimado Adquisición Estimado

InicioEquipos de Computación 3 Unidad B Y S A. Local/Pyt BID US$ 7,500.00 Cotización IV Sem.Periféricos de computación Varios Unidad B Y S A. Local/Pyt BID US$850.00 Cotización IV Sem.Switch/ Red Comunic. 1 Unidad B Y S Presupuesto US$3,500.00 Cotización IV Sem.Impresoras 2 Unidad B Y S Presupuesto US$5,000.00 Cotización IV Sem.Equipos de Computación 3 Unidad B Y S Presupuesto US$7,500.00 Cotización IV Sem.Equipos varios Varios Unidad B Y S Presupuesto US$6,000.00 Cotización IV Sem.

Managua a los 14 días del mes de Noviembre del 2005, Ingeniero Luis A. Villalta Morales,Director Administrativo Financiero.

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MINISTERIO DE GOBERNACION

ESTATUTOS ASOCIACION MOVIMIENTO COMUNALNICARAGUENSE (MCN)

Reg. No. 14819 – M. 4455057 - Valor C$ 1,275.00

CERTIFICADO PARA PUBLICARREFORMA DE ESTATUTOS

El suscrito Director del Departamento de Registro y Control deAsociaciones del Ministerio de Gobernación, de la República deNicaragua. CERTIFICA. Que la entidad denominada “ASOCIACIONMOVIMIENTO COMUNAL NICARAGUENSE (MCN)”, fue inscritabajo el número perpetuo veintitrés (23), del folio número ciento noventay nueve al folio número doscientos doce (199-212), Tomo I, LibroSegundo (2º), ha solicitado ante el Departamento de Registro y Controlde Asociaciones del Ministerio de Gobernación, la inscripción de laSegunda Reforma Total a sus estatutos, los que han sido inscritos en elTomo IV, Libro octavo (8º), bajo los folios número cinco mil seiscientossesenta y cinco al folio número cinco mil seiscientos setenta y nueve(5665-5679), a los tres días del mes de noviembre del año dos mil cinco.Este documento es exclusivo para publicar segunda Reforma Total delos estatutos de la entidad denominada “ASOCIACIONMOVIMIENTO COMUNAL NICARAGUENSE” (MCN) en el DiarioOficial, La Gaceta, los que fueron autorizados y firmados por el DoctorEloy F. Isaba A, con fecha tres de noviembre del año dos mil cinco. Dadoen la ciudad de Managua, a los tres días del mes de noviembre del añodos mil cinco. Eloy F. Isaba A., Director.

REFORMA DE ESTATUTOS No. “2”. Solicitud presentada por elSeñor OLIVER BARRIOS DIAZ en su carácter de COORDINADORde la entidad “ASOCIACION MOVIMIENTO COMUNALNICARAGUENSE” (MCN) el día veinte de abril del año dos mil cinco,en donde solicita la inscripción de la Segunda Reforma Total a losestatutos de la entidad denominada “ASOCIACION MOVIMIENTOCOMUNAL NICARAGUENSE” (MCN) que fue inscrita bajo elnúmero perpetuo veintitrés (23), del folio número ciento noventa ynueve al folio número doscientos doce (199-212), Tomo I, LibroSegundo (2º), que llevó este Registro, el veintiséis de julio del año un milnovecientos noventa y cinco. Dando cumplimiento a dicha solicitud, elDepartamento de Registro y Control de Asociaciones. RESUELVEUNICO: Autorícese a inscríbase el día tres de noviembre del año dos milcinco, la Segunda Reforma Total de la entidad denominada:“ASOCIACION MOVIMIENTO COMUNAL NICARAGUENSE”(MCN). Este documento es exclusivo para publicar la Segunda ReformaTotal de los estatutos de la entidad denominada “ASOCIACIONMOVIMIENTO COMUNAL NICARAGUENSE” (MCN), en elDiario Oficial, La Gaceta, los que fueron autorizados y firmados por elDoctor Eloy F. Isaba A., Con fecha tres de noviembre del año ods milcinco. Dada en la ciudad de Managua, a los tres días del mes de noviembredel año dos mil cinco. Eloy F. Isabá A., Director. EL DEPARTAMENTODE REGISTRO Y CONTROL DE ASOCIACIONES DELMINISTERIO DE GOBERNACIÓN En uso de las atribucionesconferidas en la Ley Nº. 147 denominada “LEY GENERAL SOBREPERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO”, publicada enLa Gaceta, Diario Oficial, No.102, publicada en La Gaceta, DiarioOficial, de fecha 29 de Mayo de 1992. POR CUANTO. I: A la entidaddenominada “ASOCIACION MOVIMIENTO COMUNALNICARAGUENSE (MCN)”, le fue otorgada Personalidad Jurídicasegún Decreto No. 695, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 31,con fecha del catorce de febrero de mil novecientos noventa y cuatro, yle fueron aprobados sus Estatutos por el señor Luís Arguello Vivas,

Director en funciones del Departamento de Registro y Control deAsociaciones del Ministerio de la Gobernación, publicada en La Gaceta,Diario Oficial No. 146, con fecha del cinco de agosto de mil novecientosnoventa y ocho. La entidad fue inscrita en el Ministerio de Gobernación,bajo el Número Perpetuo Veintitrés (23), del folio número ciento noventay nueve al folio número doscientos doce (199-212), Tomo: I, Libro:Segundo (2°) del día veintiséis de julio de mil novecientos noventa y cinco.II. En Asamblea General Ordinaria, la “ASOCIACION MOVIMIENTOCOMUNAL NICARAGUENSE (MCN)”, reformó sus Estatutos segúnconsta en su libro de Actas, y ha solicitado la aprobación de dicha reformaa este Ministerio. POR TANTO: De conformidad con lo relacionado, enlos artículos 14 y 17, de la Ley No. 147 “LEY GENERAL SOBREPERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO.” ACUERDA:ÚNICO: Se autoriza la Publicación de la Segunda Reforma Total a losEstatutos de la entidad denominada “ASOCIACION MOVIMIENTOCOMUNAL NICARAGUENSE (MCN)”, que íntegra y literalmente diceasí:

CERTIFICACIÓN: El Suscrito Abogado y Notario Público, de la Repúblicade Nicaragua, con domicilio y oficina en esta ciudad y debidamenteautorizado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia para cartulardurante el quinquenio que expira el día cinco de febrero del año dos mil ocho,CERTIFICO, que he tenido a la vista el Libro de Actas de la AsociaciónMOVIMIENTO COMUNAL NICARAGUENSE (MCN), y que en supáginas números ciento veintiuno a la ciento cuarenta y cinco (121/145),se encuentra el acta que íntegra y literalmente dice: “ACTA NÚMEROTREINTA Y DOS (32).- ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIADE ASOCIADOS DE LA ASOCIACIÓN “MOVIMIENTO COMUNALNICARAGUENSE (MCN). En la ciudad de Managua, a las nueve de lamañana del día veintiséis de febrero del año dos mil cinco, reunidos en elAuditorio “Javier Gorostiaga”, los miembros de la Asamblea Nacional deLíderes de la Asociación “MOVIMIENTO COMUNALNICARAGUENSE (MCN), por del Departamento de Managua: cuarentay cinco (45): DAVID ANTONIO NARVÁEZ BLANCO, MARÍAANTONIETA TÉLLEZ CHACÓN, AUGUSTO SÁNCHEZ, ANAKARINA ORTIZ MARTÍNEZ, MILTON VANEGAS RODRÍGUEZ,CLAUDIA ISABEL SANTAMARÍA, YELBA ESTRADA, DENISHEBERT, FREDDY ANTONIO HERNÁNDEZ, BAYARDO JOSÉCARDOZA SAÉNZ, SILVIA ELENA ALMANZA SEQUEIRA,CARLOS ALONSO ORTIZ GUTIÉRREZ, FÉLIX DÍAZ LUNA,FRANCISCO JAVIER ZÚÑIGA ALVARADO, PABLO EMILIOBARRETO PÉREZ, MARIO ORDÓÑEZ HERRERA, EMELINA DELROSARIO VELÁSQUEZ TÉLLEZ, MANUEL DE JESÚS VELÁSQUEZREYES, JOSÉ DANIEL HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, ALBAMERCEDES MONTES REYES, JESÚS R. LÓPEZ MENDOZA, ISIDROANTONIO CHÉVEZ GARCÍA, CARLOS GÓMEZ, ORLANDO DEJESÚS ORTEGA MEDINA, MARVIN OSEJO NICARAGUA,EMELDA LÓPEZ ROMERO, VÍCTOR AYALA BERMÚDEZ, JOSÉMIGUEL ALVARADO TORRES, FLOR DE MARÍA MEJÍA URBINA,JOSÉ TOMÁS MEDRANO GONZÁLEZ, MARCIA CAROLINAVASCONSELOS A., MARÍA ANTONIETA REYES CASTILLO,ROSARIO DE FÁTIMA RIVAS JIMÉNEZ, ARNULFO MEZAVELÁSQUEZ, NICASIO RENÉ DÁVILA, DANILO DE JESÚSMAIRENA, HILARIO RAMÓN OBANDO SALAZAR, MARÍAANTONIA SÁNCHEZ, PETRONILA DEL CARMEN NICARAGUA,ADRIÁN OLIVER PINEDA P., FRANCISCO PÉREZ FONSECA,ESPERANZA SALINAS PADILLA, MILTON MORALES MASÍS,JACKELIN FONSECA OLIVARES, GILBERTO ENRIQUEBARBERENA. Por el Departamento de Chontales: Doce (12): BRUNILDAHURTADO U.,SALVADOR REQUENES MORALES, ANA LEYDYSTAISIWIE, NAPOLEÓN UGARTE CRUZ, ISABEL AMADOR DÍAZ,JOSÉ ANTONIO AMADOR HUETE, DORA MARÍA CHACÓN C.,ROSA MARÍA LOÁISIGA, ELSA MARÍA MATAMOROS,ROSALINA ROBLES, JOSÉ MIGUEL GALEANO, SANDRA MARIA

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ESPINOZA IRÍAS. Por la RAAS: tres (3): ARIEL RODRÍGUEZCOULSON, PATRICIA HANSACK, ÁNGELA OGLIVIE. Por elDepartamento de Rivas: Doce (12): FÉLIX ANTONIO RUIZ M.,CRISTEL SANDOVAL ORTIZ, LORENZO ANTONIO CAMPOS,CARLOS ALBERTO ACEVEDO, ANA JULIA SOTO, NANCYCRISTINA ALVARADO, JOSÉ FRANCISCO ESPINOZA B.,RAQUEL AYDALINA GUZMÁN, RAYMI ARIAS BELLO, ELIGIOFRANCISCO JÁCAMO, ARYELIS PATRICIA GUTIÉRREZ,JANIA DE LOS ÁNGELES LÓPEZ. Por el Departamento de Carazo:Dieciocho (18): MARÍA ISABEL MENA CORTEZ, MARÍA ELENAABURTO MARTÍNEZ, LUISA GONZÁLEZ ABURTO, TANIAXILONEM SÁNCHEZ GALÁN, ANA GRACIELA AGUILERA,MANUEL DE JESÚS GUEVARA GUEVARA, HIBER ALBERTOCANO LÓPEZ, JOSÉ MARÍA DÁVILA, JOSEFA GARCÍA,EDUARDO GARCÍA, JAIME LEONEL BERMÚDEZ OBREGÓN,MARÍA DE LOS ÁNGELES NICARAGUA H., TRISEL JAHOSCANARVÁEZ BUCARDO, PEDRO JOSÉ CRUZ ALEMÁN, ROSAAMALIA CASTELLÓN GALLEGOS, RENÉ ANTONIO SELVARAMOS, MARÍA TERESA NARVÁEZ, MARÍA VICTORIANARVÁEZ MENDIETA. Por el Departamento de Granada: Dieciocho(18): PETRONA DEL SOCORRO SALINAS, FERNANDOALBERTO GÓMEZ MORALES, FRANCISCO JAVIER CALDERAGUTIÉRREZ, RÓGER ANTONIO VALDEZ GÓMEZ, ANÍBALALEJANDRO MORALES BARBERENA, PABLO JOSÉ ACUÑAURBINA, ANA ROSA MORALES SEQUEIRA, KARLA SEQUEIRAFLETES, JUAN FRANCISCO CHÁVEZ BALTODANO, WILLIAMMARTÍN PEÑA ÁLVAREZ, JULIO CRUZ MOJICA, LEONELANTONIO CRUZ LÓPEZ, MARCELINA ABIGAIL MARTÍNEZCHÁVEZ, ELIZABETH DEL SOCORRO MARÍN URBINA,SERGIO OBANDO ARIAS, VILMA DEL ROSARIO CANDA,JOSEFA ISABEL ACEVEDO PÉREZ, ISAURA JOSÉ JIRÓN PÉREZ.Por el departamento de Masaya: Veintitrés (23): ALEJANDRO JOSÉMUÑOZ NAVARRO, OSWALDO TALENO MORALES, ROSAIDALIA PALACIOS TORREZ, BRÍGIDA J. RODRÍGUEZGAITÁN, BRICEYDA YOHANA TRAÑA, MARLON DE LOSSANTOS PUTOY LÓPEZ, BARTOLO ANTONIO PAVÓNSÁNCHEZ, ENRIQUE JOSÉ JARQUÍN, ERWIN SEBASTIÁNLÓPEZ MARTÍNEZ, RICARDO JOSÉ SÁNCHEZ VILCHEZ,SUSANA MONTOYA, JULIO CÉSAR PICADO, RODOLFOLÓPEZ VARGAS, PABLO ANTONIO CALERO, ESPERANZALÓPEZ ÁLVAREZ, FRANCISCO I. MORAGA CARBALLO,FRANCISCO DÍAZ G., HÉCTOR LUIS SÁNCHEZ, JUSTO RUFINOGUTIÉRREZ L., RUPERTO MOTA, RICARDO VARGASLOÁISIGA, AZUCENA CERRATO CASTILLO, ARACELY SIVA.Por el Departamento de León: Treinta (30): NOEL ANTONIOROCHA , FRANCISCO SILVA RICCO, NUBIA LAGUNA, JOSÉADRIÁN SUAZO, LUZ MARINA ARRIETA, MARÍA LÓPEZ,IGNACIO PERALTA, RENÉ PÉREZ FLORES, YANINE ÁLVAREZ,TERESA GUARDADO, EUGENIO MANZANAREZ, MAURALISSET ÁLVAREZ ORTIZ, MARÍA RENÉ ABURTO MARTÍNEZ,KAREN JOSÉ HERNÁNDEZ, OSCAR LENÍN SUAZO NARVÁEZ,JULIO C. TORRES, JOSÉ ROQUE, RÓGER MONTOYA, ERWINGJOSÉ QUIROZ, TERESA MONTES, ROBERTO VALDIVIACASTELLÓN, MARÍA ISABEL SANDOVAL, BENITO ROCHAMARTÍNEZ, CARLOS CANALES, ISABEL MORENO JIRÓN,CARLOS TORRES HIDALGO, INÉS DOLMUZ, MARIO PÉREZ,CARLOS ALBERTO TORRES MARTÍNEZ, ANASTASIOSÁNCHEZ. Por el Departamento de Nueva Segovia: Quince (15):BLANCA MARINA BLANDÓN HERRERA, MARÍA TERESABERMÚDEZ ARTOLA, JOSÉ ETANISLAO PÉREZ VALLE, FÉLIXPEDRO MARADIAGA, RUBÉN FLORENTINO RAMIREZRIVERA, DORIS MARIA MALDONADO PASTRÁN, ANA JANINCHAMORRO LÓPEZ, FRANCISCO JAVIER GÓMEZ PASTRÁN,EDUARDO MORÁN VARGAS, MARIBEL DE JESÚS FIGUEROA

GUTIÉRREZ, NOEMÍ M0NTENEGRO ARDÓN, ÁNGELANICOLASA GUEVARA, ROMERIO MARTÍNEZ CASTILLO,FRANCISCO MARTÍNEZ GONZÁLEZ, LUIS GÓMEZ RIVERA. Porel Departamento de Madriz: Veintitrés (23): ÁNGELA ROSA TORREZQUINTERO, GREGORIO RAMÍREZ RODRÍGUEZ, RIGOBERTOMALDONADO, CAROLINA FONSECA VANEGAS, HÉCTORORLANDO RODEZNO RODEZNO, DANIA MARTÍNEZMONDRAGÓN, FREDDY O. FLORES VALLADARES, ILEANAGARCÍA CÓRDOBA, MAYRA MONTENEGRO CRUZ, BISMARALFARO JOYA, SOCORRO CÁCERES VÍLCHEZ, MARCELINOCASTELLÓN RÍOS, JULIO RAMOS VILLAREYNA, MANUELGUTIÉRREZ MIRANDA, GREGORIO GARCÍA Z., SANTOSRUFINO BAUTISTA VANEGAS, PEDRO RAFAEL MORALESVÁSQUEZ, DAMAR DEL SOCORRO ESPINOZA GONZÁLEZ,AGUSTÍN MERLO RAMÍREZ, RÓGER RAMÍREZ JIMÉNEZ,ROSIBEL MONTOYA VALLECILLO, RÓGER ERNESTO TORRES,EVELIO OBANDO GARCÍA. Por el Departamento de Estelí: Veintitrés(23). JULIO SALGADO RAMÍREZ, LORENZO VÁSQUEZ CAMAZ,YELBA LEONARDA PÉREZ SALINAS, CRISTÓBAL PONCEVILDELL, CEFERINA FUENTES CENTENO, ETHELVINA BRIONESGUTIÉRREZ, MARTHA PÉREZ CHAVARRÍA, SANTOS OLIVASESPINAL, FRANCISCO ORDÓÑEZ CALDERÓN, JOCSAN E.MORENO TINOCO, MANUEL ANTONIO VILDELL BERMÚDEZ,YARLENY EMIBELL OBREGÓN B., SAMUEL ZAVALA,ENCARNACIÓN GARCÍA, JUAN RAMÓN GÁMEZ RODRÍGUEZ,MIGDONIO SALDIVAR CASCO, DANIEL SANTOS VINDELLPONCE, JAQUELINE IRANIA ALTAMIRANO, MODESTA ROSACANALES, JOSEFA HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, KEYLINGNINOSKA PÉREZ BLANDÓN, MARLON JOSÉ MARTÍNEZ H.,SANTOS CASTILLO C. Por el Departamento de Matagalpa: Veinticinco(25): RAMONA MÁXIMA URBINA MEJÍA, HERVIN ANTONIOJARQUÍN ZÚNIGA, SERGIO RAFAEL SÁENZ LÓPEZ, MARÍAAUXILIADORA ROMERO CRUZ, ZOILA HERNÁNDEZ RUIZ,MAURICIO MEDINA LANZAS, JANET DE LOS ÁNGELESCASTILLO, CARLOS MANUEL RUIZ CASTILLO, MARA TERÁN,GLORIA DEL CARMEN MARTÍNEZ GARCÍA, JULIO CÉSAROLIVAS CRUZ, JULIO ADÁN CHAVARRÍA CASTILLO, REYNERIOHUETE MARTÍNEZ, REYNA VELÁSQUEZ RÍOS, CIRIACO ORTIZRAMOS, DOUGLAS ANTONIO MORÁN, LESBIA REYESRUGAMA, JOSÉ LUIS MARTÍNEZ, GUILLERMINA GARCÍACENTENO, REYNA ISABEL GONZÁLEZ, JOSÉ LUIS JARQUÍNURBINA, EYLING YAHAIRA MARTÍNEZ, ARNULFA ROMEROCRUZ, MARLON SCARLETT RUIZ , ISIDRO DE LA CRUZ JIRÓNHURTADO. Por el Departamento de Boaco: Once (11): YELBA FLORESMEJÍA, JOHANA LIRA SAAVEDRA, HILDA SEQUEIRASAAVEDRA, XIOMARA BLANDÓN CANTILLANO, OSCARVARGAS MONCADA, PATRICIA ALONSO LÓPEZ, MIRNA AMPIÉTOLEDO, BERTHA MARÍA PALACIOS BLANDÓN, MANUELFELICIANO OBANDO TINOCO, JOSÉ ALBERTO ALANIZMÉNDEZ, MAYRA GUADALUPE BUITRAGO TRUJILLO. Por elDepartamento de Chinandega: Veintisiete (27): CECILIA MARÍAGARACHE MARÍN, JUAN TERCERO, MARTIZA DÁVILA R.,FLORAMINA SUAZO, VÍCTOR OSORIO B., NORMA QUIÑÓNEZ,ITZAMIRIAM TERCERO, NÉSTOR A. RIVAS MADRIZ, JUANRUIZ ALMENDAREZ, VERÓNICA MERCEDES AVELARESPAREDES, CRISTÓBAL DE JESÚS PARRALES MONTANO, HASSELNÚÑEZ MEDINA, ELMON ADOLFO VANEGAS, JUSTO ELÍASCARIAS HERNÁNDEZ, EDITSIA REYES, LUIS VANEGAS,ANGELINA VELÁSQUEZ, XIOMARA PUPIRO, MARTHA LÓPEZM., FRANCISCO RODRÍGUEZ CÁRDENAS, RODOLFO MUÑOZSORIANO, REYNERIO AGUILERA, SANDRO BRICEÑO, MARÍAANTONIA OSORIO, ALONSO A. SANTELIZ, ISABEL PAREDES,DORA FRANCISCA LÓPEZ LÓPEZ. F�Por el Departamento deJinotega: Trece (13): DANIEL DE JESÚS MORENO, KAREN LEÓN,

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BISMARK TREMINIO, TERESA MARTÍNEZ, ALBA ZELEDÓN,ENRIQUE HERNÁNDEZ, ÁNGELA HERNÁNDEZ, HERIBERTOÚBEDA, JESÚS TINOCO PINEDA, MARÍA DE LOS ÁNGELESLANZAS P., DAVID CASTRO RODRÍGUEZ, JUAN CARLOSZELAYA GUTIÉRREZ, JUSTO PASTOR RUIZ. Por la sede Nacional:Dos(2). ENRIQUE PICADO ÁLVAREZ, DOUGLAS JOSÉ PÉREZBERMÚDEZ. Con el fin de celebrar esta Sesión Extraordinaria paar lacual han recibido la correspondiente convocatoria de conformidad a lodispuesto en los Estatutos de la Asociación, con pleno conocimiento dela Agenda a tratar. Preside la sesión el Señor DOUGLAS JOSÉ PÉREZBERMÚDEZ, en su carácter de Vice Coordinador de la Asociación ycomprobado el quórum legal requerido y sometiendo el único punto deAgenda. Después de amplia discusión por unanimidad de votos seacuerda aprobar: ÚNICO: REFORMA TOTAL DE LOS ESTATUTOSDEL MOVIMIENTO COMUNAL NICARAGUENSE. Los cuales seleerán así:” MOVIMIENTO COMUNAL NICARAGÜENSEESTATUTOS . CAPITULO I.- PREÁMBULO. La Asamblea Nacionalde Líderes, reunida en El Crucero, el día trece de Septiembre del año dosmil tres, considerando: 1. La historia de lucha del pueblo nicaragüensesintetizada en la gesta de Sandino y la Revolución Popular Sandinista,que encarnó sus principios y anhelos por la Justicia Social, la Libertady la Soberanía Nacional; 2. Que bajo esos principios y valores surgió elMovimiento Comunal Nicaragüense, como organización popular concapacidad de lucha y movilización, generando a su vez los cambiosnecesarios para lograr sus objetivos y metas; 3.Que las condicionespolíticas en las que surgió el MCN, han variado sustancialmente,prevaleciendo hoy día un sistema unipolar y de globalización económica,política, militar y cultural, como expresión de un modelo injusto yexcluyente; 4.Que ese modelo lesiona los derechos humanos de losnicaragüenses en lo económico, social, cultural, étnico y ambiental,afectando más directamente a las mujeres y a la niñez; 5. Que ante esarealidad hemos llevado a cabo un proceso participativo de cambiosorganizacionales y conceptuales, expresado hoy día en nuestra “VisiónEstratégica”, para disponernos mejor a la lucha por la justicia social yla igualdad desde nuestras comunidades. Por lo expresado anteriormente,los miembros de la Asamblea Nacional de Líderes, RESUELVEN:Reformar totalmente los Estatutos aprobados en el año mil novecientosnoventa y dos y reformados parcialmente en el año mil novecientosnoventa y ocho, publicados en la Gaceta, Diario Oficial, No. 55, el 18de Marzo del año dos mil tres. CAPITULO II. DEFINICIONESFUNDAMENTALES Y OBJETIVOS. Arto. 1. El Movimiento ComunalNicaragüense es una organización popular, comunitaria, territorial ysectorial, de carácter civil, no partidaria, sin fines de lucro y de coberturanacional, integrada por pobladores y pobladoras en las Comunidades.Arto. 2. Es una sola organización en el país. Sus instancias en todos susniveles, gozan según su ámbito y jurisdicción, de competencias,responsabilidades y roles, según su carácter. Entre estas no existeautonomía. Todas en su conjunto constituyen una sola organizaciónnacional, y se rigen por los presentes Estatutos y su Reglamento. Arto.3. Las Comunidades y el Municipio son el espacio fundamental delquehacer social del Movimiento Comunal Nicaragüense. Arto. 4. SuVisión: Comunidad Empoderada. Un Movimiento amplio de pobladorasy pobladores empoderados en su Comunidad, con una elevada concienciasocial en la defensa y promoción de sus derechos económicos, políticos,sociales, culturales, étnicos y ambientales, con enfoque de género ygeneracional, en todo el territorio nacional. Arto. 5. Su Misión: ComunidadOrganizada y Movilizada.Promover una cultura de lucha popular de lospobladores y pobladoras por la defensa de sus derechos humanos,materializados en condiciones de vida digna, mediante su organizacióny movilización desde la comunidad.Arto. 6. Los Principios y Valores.El MCN se rige bajo los siguientes Principios y Valores: La solidaridad,la equidad e igualdad de género y generacional, la transparencia, laautonomía, el respeto a la diversidad y la promoción del pluralismo, laintegración y participación decisiva de las mujeres, la niñez, adolescencia

y juventud en la defensa de sus derechos. Arto. 7. Principios Organizacionales.Son principios organizacionales, la dirección colectiva y la responsabilidadindividual, la educación y formación de la membresía, la investigación,planificación, evaluación y sistematización participativa. Arto. 8. LaAutonomía. El Movimiento Comunal Nicaragüense es una organizaciónautónoma. Promueve y desarrolla su propia capacidad de contraerobligaciones, decide su agenda y planes de trabajo, elige a sus miembros encargos directivos con igualdad y equidad de género y generacional, decidesu estrategia o planes de consecución de recursos que hagan posible susobjetivos. No recibe lineamientos de instituciones estatales, partidarias,económicas, sociales o religiosas. Arto. 9. Objetivos. 1. Promover unacultura de lucha popular de pobladores y pobladoras mediante sumovilización y participación por la defensa de sus derechos humanos, enel ámbito territorial y sectorial, a partir de sus dinámicas, necesidadesfundamentales y formas de organización. 2.Promover e incidir para que lospobladores y pobladoras participen en la formulación de políticas públicas,que tengan que ver con sus derechos, en los espacios que sean necesarios.3. Promover la igualdad y equidad de género y generacional en las acciones,proyectos y planes de trabajo y luchar por la eliminación de toda forma deviolencia hacia la Niñez y la Mujer. 4. Promover el interés superior de laniñez, en todo el quehacer comunitario e institucional. 5. Promoverrelaciones de trabajo con entidades estatales, Organismos NoGubernamentales y entidades internacionales que compartan nuestra Visión,Misión, Principios y Planes de trabajo. 6. Promover y participar enAlianzas, Redes, Consejos, Coordinaciones u otro tipo de iniciativas oespacios de carácter social en donde se junten voluntades, esfuerzos yrecursos para la obtención de objetivos en beneficio de la comunidad. 7.Desarrollar conocimientos, capacidades técnicas y habilidades en lamembresía para el aseguramiento eficaz y eficiente de su quehacer popular,comunitario e institucional. 8. Promover la autosostenibilidad económicay el desarrollo de capacidades materiales y técnicas que nos permitafortalecer o consolidar la autonomía y el cumplimiento de los planes yestrategias de trabajo. 9. Promover el respeto y defensa de los derechosmultiétnicos y pluriculturales, desde un enfoque y práctica de integraciónnacional. CAPITULO III .-DE LA MEMBRESÍA, DEBERES YDERECHOS.Arto. 10. Los Miembros. Son miembros del MovimientoComunal Nicaragüense, los pobladores y pobladoras, niñas, niños,adolescentes, jóvenes, mujeres y hombres, que voluntariamente promueveniniciativas de participación, movilización, organización social y popular enla comunidad en correspondencia a su Visión Estratégica. Arto. 11. De losDerechos y Deberes de los Miembros.Derechos: 1. Participar de losprocesos de democratización y fortalecimiento institucional del MCN. 2.Elegir y ser electos en cargos decisivos y ejecutivos en las distintasinstancias y espacios en todos los ámbitos, fomentando la igualdad yequidad de género y generacional, en correspondencia con lo expresado enel numeral 1 de los deberes. 3. Participar en procesos de formación ycapacitación conforme a planes o programas definidos en las distintasinstancias. 4. Ser informados de manera periódica y oportuna en surespectiva instancia, acerca del estado de la organización en el aspectoorganizativo, económico y jurídico. 5. Ser designado para representar alMovimiento Comunal Nicaragüense en su correspondiente ámbito, eninstancias multi-sectoriales promovidas por el Estado, la Sociedad Civil, losSectores Populares e Instituciones Internacionales, y en aquellos espaciosnacionales o regionales de los que somos miembros. 6. Expresar de formalibre y sin restricciones sus criterios, observaciones y aportes acerca decualquier tema de interés para el MCN y la Comunidad, así como serescuchado en las instancias correspondientes.- 7.Proponer la entrega dereconocimientos y distinciones oficiales en su respectiva instancia, enmomentos, fechas y situaciones especiales. 8. Recibir apoyo legal ysolidario del MCN en situaciones en las que se le acuse o culpe de situacionesirregulares e ilícitas, que tengan que ver con la defensa de los derechos delos pobladores y pobladoras o del Patrimonio Institucional, en el marco denuestros objetivos y principios. Deberes: 1. Conocer, apropiarse yconstituirse en un Promotor y defensor de la Visión, Misión, Principios y

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Objetivos del Movimiento Comunal Nicaragüense. 2. Promover laorganización de los pobladores y pobladoras de la Comunidad en lamodalidad o formas que éstos determinen, conforme a sus necesidadesy realidades, promoviendo la igualdad y equidad de género y generacional.3. Participar en los procesos de fortalecimiento de las distintas instanciasy espacios del MCN y en la movilización popular, que conlleven elaseguramiento de los objetivos y planes de trabajo aprobados. 4.Asegurar que el Patrimonio y los recursos económicos y materiales, seresguarden, conserven y utilicen para los fines que se adquirieron. 5.Promover permanentemente los símbolos institucionales.- 6. Cumpliry hacer cumplir los Estatutos, el Reglamento y Normativas del MCN.Arto. 12. De la Pérdida de la Membresía.Se deja de ser Miembro por:a. Retiro Voluntario. b. Fallecimiento. c.Uso indebido o lucrativo de losbienes y recursos, contraviniendo lo establecido en el Arto. 11, numeral4 de los deberes. d. Por pérdida de sus derechos ciudadanos mediantesentencia firme, exceptuando lo establecido en el Arto. 11, numeral 4 delos deberes. e. Difamar, calumniar o denigrar la imagen del MCN. f.Violación flagrante a los Estatutos, Reglamento y Normativas.CAPITULO IV. ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL DELMOVIMIENTO COMUNAL NICARAGÜENSE. Arto. 13. De laorganización general del MCN. Son instancias del MCN en todos losámbitos, las siguientes: a. Los Consejos Populares en las comunidades.b.Los Consejos Populares, Municipales y Distritales. c.Los ConsejosIntermunicipales. d. El Consejo Nacional. e. El Equipo CoordinadorNacional. f. La Asamblea Comunitaria Nacional. g. Los Foros Nacionalespor temáticas específicas. h. Los Foros Municipales/Distritales portemáticas específicas. Definición, carácter y funcionamiento: a) ElConsejo Popular en las Comunidades: Principal instancia decisiva delMCN en las comunidades urbanas y rurales. El Movimiento ComunalNicaragüense promueve la organización de sus miembros en lascomunidades en los Consejos Populares, velando que exista igualdad yequidad de género y generacional entre sus integrantes. Promueve lamovilización y participación organizada de sus pobladores y pobladorasconforme a sus intereses, necesidades y realidades.Adoptará la forma deorganización, contenidos de trabajo y funcionamiento conforme surealidad. Elegirá de su seno una o un Coordinador del Consejo, un/aSecretario/a y las funciones que estime necesario, por períodos de dosaños, desde una práctica de decisiones colectivas. b) Del ConcejoPopular en el Municipio y/o Distrito: Instancia principal del MCN parala toma de decisiones en el Distrito y Municipio. Es integrado porRepresentantes de los Consejos Populares de Comunidades urbanas yrurales. El número de sus miembros dependerá del nivel de desarrollo quehaya en el Municipio y/o Distrito. Deberá garantizar igualdad y equidadde género y generacional entre sus miembros. Elige un/una Coordinador/a y un/una Secretario/a, del Consejo Nacional, y los cargos necesarios,por períodos de dos años. Conforma comisiones o equipos de trabajo,para asegurar el cumplimiento de los planes de trabajo. Cuenta con Poderde Representación legal en su Municipio o Distrito, otorgado por elConsejo Nacional. Tiene las siguientes facultades: 1.Elaborar y decidirsus planes y contenidos de trabajo, en base al Plan Estratégico, la Visióny Misión del MCN. 2. Aprobar los Informes acerca de la Gestión Socialy Organizativa, los Informes Económicos y del Patrimonio Institucionalen el Municipio o Distrito. 3.Aprobar planes de trabajo, proyectos oiniciativas para la consecución de recursos económicos y materiales queviabilicen el cumplimiento de los objetivos en el Municipio o Distrito.4. Proponer la entrega de las distinciones oficiales del MCNa miembrosdestacados, personalidades naturales o jurídicas en el Municipio oDistrito. 5. Organizar Comisiones de Trabajo, definir y elegir los cargosnecesarios en el Municipio o Distrito para el aseguramiento de losobjetivos y planes. 6.Establecer alianzas y coordinaciones con sectoressociales o gremios, en beneficio de las pobladoras y pobladores. c) DelConsejo Inter-Municipal: Instancia de coordinación y toma de decisionesen el ámbito departamental. Es integrado por los miembros de laAsamblea Comunitaria Nacional en el Departamento. Elegirá un/una

Coordinador/a y un/a Secretario/a, del Consejo Intermunicipal y las funcionesnecesarias en el Departamento. Su organización, funcionamiento y contenidode trabajo es definido y aprobado conforme a la realidad y necesidad en elDepartamento. d) Del Consejo Nacional: Instancia ejecutiva y decisivaentre Asamblea y Asamblea. Es integrado por miembros de la AsambleaComunitaria Nacional que hayan estado al menos 5 años en unaresponsabilidad. Su composición es territorial, sectorial y nacional. Loconforman 40 (Cuarenta) Miembros propietarios/as y 40 (cuarenta)suplentes. Se reúne ordinariamente cada tres meses y extraordinariamentecuando el Equipo Coordinador, o sus Miembros lo consideren necesario.Será electo por un período de 4 (cuatro) años. Criterios para su integración:1. Equidad de género y generacional. 2. Experiencia en el quehacercomunitario y capacidad de aporte. 3.. Estar participando durante cincoaños continuos. 4.Promover una dirección colectiva y la toma de decisionespor consenso. Tiene las siguientes facultades: 1. Aprobar las Estrategias,Planes de Trabajo y la Agenda para períodos de un año, en base al PlanEstratégico aprobado por la Asamblea Comunitaria Nacional y la realidaddel país.— 2. Aprobar la Estrategia Económica, Presupuesto de ingresosy egresos, Informes Financieros y del Patrimonio Institucional, en períodosde un año. 3.Definir y aprobar los espacios nacionales e internacionales enlos que debamos participar, designando a sus delegados. 4.Presentar a laAsamblea Comunitaria Nacional, en su reunión ordinaria, el Informe deGestión Social y Organizativa, Gestión Económica y la situación delPatrimonio Institucional, debidamente auditados, para su aprobación orechazo. 5. Aprobar la entrega de las distinciones o reconocimientosoficiales que otorga el MCN. 6. Otorgar Poder de Representación Legal alos Consejos Municipales y Distritales. 7. Aprobar el Reglamento de losEstatutos. 8. Organizar entre sus Miembros, comisiones de trabajopermanentes, temporales o especiales, para el impulso de temas específicosque apunten al cumplimiento de los planes y estrategias. 9. Convocar a laAsamblea Comunitaria Nacional en forma ordinaria y extraordinaria. 10.Elegir entre sus miembros un /a Coordinador/a y un/a Secretario/a y unEquipo Coordinador, de 9 miembros incluyendo los cargosanteriores.11.Reformar parcialmente los Estatutos. 12. Presentar a laAsamblea Comunitaria Nacional iniciativa de Reforma total de los Estatutos.e) El Equipo Coordinador: Instancia ejecutiva y de operativización de lasdecisiones del Consejo Nacional. Es integrado por nueve (9) miembros ysus suplentes, electos dentro de los miembros del Consejo Nacional.Durarán en sus funciones cuatro (4) años. Debe asegurar equidad de géneroy generacional. Tiene los siguientes cargos: Un Coordinador o Coordinadora.Un Secretario o Secretaria. Siete Miembros. Facultades Colectivas: 1.Ejecutarlas resoluciones, planes y programas aprobados por el Consejo Nacional,procurando dirección colectiva. 2.Velar por una administración eficiente ytransparente de los recursos financieros, materiales y del patrimonio delMCN en el país. 3. Procurar apoyo para el desarrollo de los planes yprogramas del MCN en el ámbito territorial y sectorial. 4. Velar por unadecuado funcionamiento de las distintas instancias del MCN y de lascomisiones designadas por el Consejo Nacional, con el fin de que seconcreticen los planes y programas en todo el país. 5. Nombrar y/o designarlos cargos técnicos y administrativos del personal de la sede nacional. 6.Divulgar las posiciones y resoluciones oficiales sobre temas y situacionesde carácter local o nacional que afecten o beneficien a la población en general.Facultades Específicas: Del Coordinador/a Nacional: 1. Representarlegalmente al MCN ante las diferentes instancias públicas o privadas,nacionales e internacionales. 2. Otorgar Poderes Especiales a Representantesde los Consejos Municipales y Distritales y/o miembros del ConsejoNacional. 3. Otorgar Poderes Generales Judiciales cuando se requieren paravelar por los intereses y derechos del MCN. 4.Tener las facultades deun Apoderado General de Administración, para el giro ordinario yfuncionamiento del MCN. 5.Otras facultades o funciones asignadas por elConsejo Nacional. Del Secretario/a: 1. Enlace de comunicación e informaciónde las resoluciones y acuerdos a las diferentes instancias del MCN. 2.Asegurar la convocatoria de los miembros en los espacios del MCN. 3.Asegurar y resguardar las Actas de la Asamblea Comunitaria Nacional, del

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Consejo Nacional, del Equipo Coordinador y los Foros Nacionales, ycualquier otro documento de importancia institucional del MCN.4.Recabar las firmas de los miembros a través de Libro facultado paratal fin y garantizar el resguardo de los mismos. 5. Extender copias deActas y Certificaciones. 6.Otras facultades o funciones asignadas porel Consejo Nacional. De los miembros: 1. Participar permanentementede las reuniones del Equipo Coordinador. 2. En caso de ausencia delCoordinador(a) y/o Secretario(a), cualquiera de ellos podrá asumir lasresponsabilidades que se le asignen. 3. Basado en las determinacionesdel Consejo Nacional, se les asignará responsabilidades en lo concernientea educación y formación de la membresía, movilización, organización,economía y finanzas, relaciones internacionales, o cualquier otra funciónsegún necesidades y realidades. f) De la Asamblea ComunitariaNacional: Máxima instancia para la toma de decisiones en el MCN. Esintegrada por 300 (trescientos) miembros, hombres y mujeres,representativos de territorios y ejes temáticos promovidos en el país;entre los cuales están miembros con responsabilidades nacionales y porlos firmantes del Acta Constitutiva, con equidad de género y generacional.Todos con voz y voto. Se reúne ordinariamente cada dos años yextraordinariamente cuando el Consejo Nacional lo estime necesario. Susmiembros serán electos por un período de cuatro años. Facultades: 1.Aprobar el plan estratégico y estrategias del Movimiento ComunalNicaragüense. 2. Aprobar o rechazar el Informe de gestión social yorganizativo y el informe económico-financiero en sus reunionesordinarias o cuando el caso lo requiera. 3. Elegir al Consejo Nacional,integrado por 40 (cuarenta) miembros, propietarios y suplentes,asegurando equidad de genero y generacional, con representatividadterritorial, sectorial y nacional. 4. Designar al Consejo Nacional laelección del Equipo Coordinador, comisiones de trabajo y los mecanismosque sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos y planes delMCN. 5. Reformar en forma total los Estatutos. 6. Elegir la Comisiónde Ética a nivel nacional. La Comisión de Ética: Facultades: Velar porel buen uso del Patrimonio en todas las instancias y la estrictaobservancia de los Estatutos y su Reglamento. Es independiente delConsejo Nacional. g) De los Foros Nacionales por temáticas específicas:Espacios decisivos en ejes o temas específicos: salud, educación, niñez,género, juventud, etc. Son integrados por miembros que desarrollan opromueven el eje o temática específica en los municipios, distritos,departamentos, regiones autónomas y nacional. Su objetivo principal espromover la defensa del tema específico, motivando la participación ymovilización social de los pobladores y pobladoras, desde la visión,misión y objetivos del MCN. Su composición, cantidad, organización,funcionamiento y agenda de trabajo, lo decidirá el mismo, mediantenormativa especial. Tiene las siguientes Facultades: 1. Aprobar políticas,estrategias, planes de trabajo y la agenda del eje o temática específica,en base al plan estratégico del MCN, su visión y misión. 2. Organizarcomisiones de trabajo, permanentes o temporales, para el impulso detareas, propuestas de incidencia relacionadas al tema. 3. Conocer acercade la estrategia de autosostenibilidad y situación del patrimonioinstitucional. 4. Proponer la entrega de reconocimientos y distincionesoficiales a miembros destacados de temáticas específicas. 5.Definircomisiones de trabajo para el cumplimiento y aseguramiento de losplanes, por períodos no mayor a dos años. h) De los Foros Territorialespor Temáticas Específicas en el Ámbito Municipal y Distrital: Espaciosdecisivos en este ámbito, en temas específicos. Su objetivo principal espromover la participación y movilización de pobladores y pobladoras,en el eje específico. Es integrado por miembros, que promueven el ejeo tema específico en las comunidades, municipio o distrito. Sucomposición, cantidad, organización, funcionamiento y agenda detrabajo, lo decidirá el mismo, conforme a las realidades y necesidades delmunicipio o distrito. Tiene las siguientes Facultades: 1. Aprobar planesde trabajo y la agenda para el eje o tema específico, en base a nuestra visióny misión y la realidad del municipio o distrito. 2.Organizar entre susmiembros comisiones de trabajo, para el impulso de tareas, de propuestas

y actividades de incidencia relacionadas al tema. 3.Conocer acerca de lasituación económica y del patrimonio institucional en el municipio odistrito. 4. Proponer la entrega de reconocimientos y distinciones oficiales,a miembros, destacados en el tema o eje específico. Arto. 14. Revocabilidadde los Cargos: Son causales para dejar el cargo: 1. Abandono de lasresponsabilidades asumidas o designadas sin causa justificada, por unperíodo consecutivo de dos meses. 2. Uso indebido o lucrativo de los bienesy recursos del MCN. 3. Pérdida de sus derechos ciudadanos por sentenciafirme. 4.Violación flagrante de los Estatutos, Reglamento y Normativas.Arto.15. De la conformación de Unidades Técnicas: Las instancias del MCN, deacuerdo a las necesidades y posibilidades, pueden organizar equiposespecializados de apoyo técnico y administrativo para el aseguramiento delos objetivos y planes en su respectivo ámbito de acción. Pueden participarde los procesos y los debates, con voz, pero sin voto. Arto. 16. De lasElecciones a Cargos Públicos en el Ámbito Nacional, Departamental,Municipal y Centroamericano: Todo miembro, con responsabilidad encualquier instancia que participe en los procesos electorales con opción aocupar un cargo de elección popular, está obligado a cumplir con lodispuesto en el Reglamento del presente Estatuto. De igual manera loestarán los que ocupasen cargos de dirección en partidos políticos.CAPITULO V.- IDENTIDAD DEL MOVIMIENTO COMUNALNICARAGÜENSE.Arto 17. Su Símbolo: La Hormiga, que simboliza lucha,solidaridad, laboriosidad, prevención y organización. Su contorno es colornegro, su cuerpo es color café, su gorra color amarillo canario. Arto. 18. SuLogotipo:El Arco Iris y la Flor de Sacuanjoche. El Arco Iris con sus coloresconvencionales, representa el carácter amplio, plural y diverso del MCN.La Flor de Sacuanjoche color blanco, representa nuestro carácter nacional.En gráfica la Flor de Sacuanjoche se ubica al centro del Arco Iris, y más abajo,el nombre “Movimiento Comunal Nicaragüense” escrita con letra arial y encolor negro. Arto. 19. Su Bandera: Es un rectángulo de tela color amarillocanario, que simboliza prevención, con contorno color verde musgo quesimboliza esperanza en la vida y la naturaleza, con el logotipo en el centro.Arto. 20. Su Sello: El Movimiento Comunal Nicaragüense contará con unsello único para las instancias municipales, distritales, departamentales ynacional. Su forma es circular, en la parte superior dirá “MovimientoComunal Nicaragüense” y abajo la nominación de la instancia respectiva(Consejo Nacional, Regional, Municipal), según corresponda y al centroel símbolo: La Hormiga. Arto. 21. Su Aniversario. Se establece el 9 deSeptiembre como fecha oficial del nacimiento del Movimiento ComunalNicaragüense (1978). Arto. 22. Distinciones del Movimiento ComunalNicaragüense. Constituyen distinciones oficiales, las siguientes: a) Orden“Servidor de la Comunidad”: Máxima Distinción. b) Medalla “Forjador dela Comunidad”. c) Pergamino “Miembro de Honor.”Estas Distinciones sonotorgadas de acuerdo a reglamento especial. CAPITULO VI. DELPATRIMONIO Y EL FINANCIAMIENTO. Arto. 23. El Patrimonio. SonPatrimonio del Movimiento Comunal Nicaragüense todos los bienesmuebles e inmuebles sobre los que ha constituido y declarado dominio,posesión u otra forma de derecho real en cualquier parte del país y fuera deél; lo serán también los bienes consumibles, fungibles y no fungiblesobtenidos por la vía de proyectos, donaciones y por generación propia,cuyo destino es el uso particular del Movimiento Comunal Nicaragüensecomo institución. Arto. 24. Administración del Patrimonio. Las instanciaslocales, municipales, departamentales y nacional en su ámbito de jurisdiccióny competencia, serán las encargadas de la administración del Patrimonio delMCN. La disposición del Patrimonio del MCN se hará atendiendo a lasnormas legales vigentes, a los Estatutos y al Reglamento de los mismos.Arto. 25. El Financiamiento. El Movimiento Comunal Nicaragüenserealizará gestiones económicas para la generación de recursos económicos,financieros y materiales que le permita viabilizar y ejecutar sus planes yobjetivos, tanto en el ámbito local como nacional en el marco de las leyesestablecidas en el país. CAPITULO VII. PRESUPUESTO, INFORMES,BALANCES Y LIBROS. Arto. 26. Los Informes de Gestión Social yBalances Económicos: Los informes de gestión social, organizativa,económica y financiera, se realizarán de acuerdo a tiempos anuales yfiscales. Serán realizados y elaborados por los órganos correspondientes del

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Movimiento Comunal Nicaragüense. Arto. 27. Los Libros Contables:Los libros contables serán llevados en concordancia a lo prescrito en laley. Arto. 28. Libro de Asociados y Libro de Actas: Las instancias delMovimiento Comunal Nicaragüense están obligadas a llevar su Libro deActas de reuniones debidamente foliados, así como el Libro de Asociadosdel Movimiento Comunal Nicaragüense. CAPITULO VIIIDISPOSICIONES FINALES . Arto. 29. El Domicilio: El MovimientoComunal Nicaragüense cuenta con una sede nacional en Managua y conrepresentaciones en todo el país, de acuerdo a la organización políticay administrativa vigente. Arto. 30. Interpretación: La interpretación delos Estatutos y Reglamento, así como los casos o situaciones noprevistas en los mismos, serán resueltos por el Consejo Nacional. Arto.31. La Reforma Estatutaria: La Asamblea Comunitaria Nacional estáfacultada para reformar totalmente los Estatutos con el voto calificadodel setenta por ciento (70%) de sus miembros. La iniciativa de reformacorresponde al Consejo Nacional. Arto. 32. Disolución: El MovimientoComunal Nicaragüense podrá ser disuelto únicamente por: a) Pérdidade su personalidad jurídica, de acuerdo a la ley. b) Decisión expresa del70% de todos sus miembros asociados. Arto. 33. El Reglamento: EstosEstatutos contarán con su respectivo Reglamento, el cual será aprobadopor el Consejo Nacional, en los primeros tres meses, posterior a laaprobación de los presentes Estatutos por parte del Ministerio deGobernación y su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Arto. 34.Derogación: Los presentes Estatutos, derogan cualquier disposición,norma o resolución que se le oponga. Arto. 35. Entrada en Vigor: Lospresente Estatutos entran en vigor a partir de su aprobación por laAsamblea Nacional de Líderes, su ratificación por parte del Ministeriode Gobernación y su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Nohabiendo más que tratar y después de leer íntegramente esta Acta, lospresentes la encontramos conforme, la aprobamos y ratificamos entodas y cada una de sus partes sin hacerle modificación y hacemosconstar que la certificación de la presente Acta servirá de documentoacreditante de la calidad de los comparecientes y para lograr los objetivosque autoriza la presente Asamblea General Extraordinaria de laAsociación. No habiendo otro asunto que tratar, firmamos la presenteActa y se da por concluida. (f) ILEGIBLE. –(f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE.–(f) JARQUIN.- (f)ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f)R.A.-(f) ILEGIBLE.f)ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE.- (f) ILEGIBLE. (f) REYNAVELÁSQUEZ.- f) ILEGIBLE. (f) E. MARTÍNEZ.. (f)ILEGIBLE.(f)ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE.(f)ILEGIBLE.(f) ARACELY SILVA.(f) GMG.(f) ILEGIBLE.(f)ILEGIBLE.-ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.(f) R. GONZÁLEZ.- (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE.(f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.(f) J. RODRÍGUEZ. (f) RAR.(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) R. RIVAS. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ANA KARINA ORTIZ.- (f) ILEGIBLE.(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) CRISTÓBAL P.N. (f) ILEGIBLE.(f) ILEGIBLE. (f) M. MORALES.- (f) XIOMARA C. BLANDÓN. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ROSA IDALIA PALACIOS.- (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ELIZABETH DEL SOCORRO MARÍN.(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) EVELIO OBANDO GARCÍA. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.

(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) MALDONADO.- (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.- (f) MONTOYA. (f) ILEGIBLE.(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ANA JULIAVADO. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) CSO. (f) ILEGIBLE. (f) AURALILA S. (f) ILEGIBLE. (f) MANZANAREZ. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE.(f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ROBERTOVALDIVIA C. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) MAURA LIZETHÁLVAREZ. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) D.MALDONADO. (f) JOSEFA GARCÍA. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) JULIO RAMÓN V. (f)ILEGIBLE. (f) RAQUEL. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)JOSÉ ROQUE B. (f) MARÍA NICARAGUA.(f)TRILCE NARVÁEZ. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f) ILEGIBLE. (f)ILEGIBLE. Es conforme con su original con el cual fue debidamente cotejadoy para los fines de Ley, extiendo la presente Certificación en la ciudad deManagua, a las once de la mañana del día cuatro de Marzo del año dos mil cinco.Firma Lic. JACINTO OBREGÓN SÁNCHEZ, ABOGADO Y NOTARIODE LA REPUBLICA DE NICARAGUA. Publíquese en La Gaceta, DiarioOficial. Dado en la ciudad de Managua, a los tres días del mes de noviembre delaño dos mil cinco. Dr. ELOY F. ISABA A., Director.

MINISTERIO DE HACIENDAY CREDITO PUBLICO

Reg. No. 15452 – M. 1653945 – Valor C$ 130.00

RESOLUCION No. 065

EL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICODE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

Que la Dirección General de Servicios Aduaneros, con fecha 28 de Abril delcorriente año, emitió dictamen No. 016-2005, mediante el que recomiendase autorice la cancelación de operaciones de la extensión del DepósitoPúblico No. 6133, ubicado en los Talleres Casa Pellas, Acahualinca.Conforme solicitud efectuada por el Lic. Guillermo Potoy, ContralorGeneral de F. ALF. PELLAS, S. A., Contralor General de la referidaempresa.

POR TANTO

De conformidad con lo dispuesto en Código Aduanero UniformeCentroamericano (CAUCA) y su Reglamento, y Ley que establece elautodespacho para la importación, exportación y otros regímenes.

RESUELVE

PRIMERO: Autorizar la cancelación de operaciones de la extensión delDepósito Público No. 6133, ubicado en los Talleres Casa Pellas Acahualinca.

SEGUNDO: Comuníquese y publíquese en La Gaceta, Diario Oficial porcuenta del interesado.

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MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, Managua,República de Nicaragua a los once días del mes de Mayo del año dos milcinco.- CESAR SUAZO ROBLETO, Secretario General.

MINISTERIO DE EDUCACION,CULTURA Y DEPORTES

Reg. No. 15241 - M. 1653778 - Valor C$ 130.00

Acuerdo Ministerial No. 280-2005

EL MINISTERIO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTESDE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 3 de la Ley para elEjercicio de Contador Público, publicada en La Gaceta, Diario OficialNo. 94 del treinta de abril de 1959 y artículos 3, 5, 6, 19, 22, 25, 28 y29 del Reglamento de la Profesión de Contador Público y su ejercicio,y el Acuerdo Ministerial No. 273-200 del veintitrés de octubre del añodos mil cinco, para AUTORIZAR el ejercicio de la profesión deCONTADOR PUBLICO, previo cumplimiento de Ley y pleno gocede sus derechos.

CONSIDERANDOI

Que de conformidad a la Constancia otorgada por el Colegio deContadores Públicos, extendida a los veinticuatro días del mes de octubredel año dos mil cinco, Garantía Fiscal de Contador Público No. GDC-393 emitida a los trece días del mes de octubre del año dos mil cinco porel Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros (INISER), AcuerdoC.P.A. No. 0134-2000 emitido por el Ministerio de Educación con fechatrece de octubre del año dos mil, autorizando el ejercicio de la profesiónde Contador Público por un quinquenio que finalizó el día diez de octubredel año dos mil cinco, pago de minuta de depósito No. 26321826 delBanco de la Producción (BANPRO), del día once de octubre del año dosmil cinco y la solicitud de renovación de su Autorización para el ejerciciode la Profesión de Contador Público que fuera presentada con fechacatorce de octubre del año dos mil cinco, ante la Dirección de AsesoríaLegal, por el Licenciado CONSTANTINO RAUL VELASQUEZ,Cédula de Identidad Número 081-170145-0003L, para ejercer la Profesiónde Contador Público de la República de Nicaragua.

IIQue en su calidad de miembro activo del Colegio de Contadores Públicosel mismo se encuentra debidamente inscrito bajo el número perpetuo 605siendo un depositario de FE que se ajusta a los preceptos legales,solvencia moral, capacidad académica y práctica profesionalcorrespondiente, de acuerdo a constancia extendida a los veinticuatrodías del mes de octubre del año dos mil cinco, por el Licenciado Federicode Jesús Marenco Mora, en calidad de Secretario del Colegio deContadores Públicos de Nicaragua.

POR TANTO

En base a las disposiciones legales antes establecidas en el presenteacuerdo y por cumplidos los requisitos de ley por el LicenciadoCONSTANTINO RAUL VELASQUEZ.

ACUERDA

PRIMERO: Renovar la autorización para el ejercicio de la Profesión deContador Público al Licenciado CONSTANTINO RAUL

VELASQUEZ, para que la ejerza en un quinquenio que inicia el día ochode noviembre del año dos mil cinco y finalizará el día siete de noviembre delaño dos mil diez.

SEGUNDO: Envíese el original de la Póliza de Fidelidad al Colegio deContadores Públicos de Nicaragua, para su debida custodia.

TERCERO: El Licenciado CONSTANTINO RAUL VELASQUEZ,tiene que publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta.

CUARTO: Cópiese, notifíquese y archívese.

Dado en la ciudad de Managua, a los ocho días del mes de noviembre delaño dos mil cinco. Sergio Mario Blandón Lanzas, Vice Ministro.

____________________

Reg. No. 14826 - M. 1653583 - Valor C$ 130.00

Acuerdo MinisterialNo. 222-2005

EL MINISTRO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTESDE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 3 de la Ley para el Ejerciciode Contador Público, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 94 deltreinta de abril de 1959 y artículos 3, 5, 6, 19, 22, 25, 28 y 29 del Reglamentode la Profesión de Contador Público y su ejercicio, para AUTORIZAR elejercicio de la profesión de CONTADOR PUBLICO, previo cumplimientode Ley y pleno goce de sus derechos.

CONSIDERANDOI

Que de conformidad a la Constancia otorgada por el Colegio de ContadoresPúblicos, extendida a los siete días del mes de junio del año dos mil cinco,Garantía Fiscal de Contador Público No. GDC-364 emitida a los treinta díasdel mes de agosto del año dos mil cinco por el Instituto Nicaragüense deSeguros y Reaseguros (INISER), Acuerdo C.P.A., No. 0086-2000 emitidopor el Ministerio de Educación con fecha catorce de julio del año dos mil,autorizando el ejercicio de la profesión de Contador Público por unquinquenio que finalizó el día doce de junio del año dos mil cinco, pago deminuta de depósito No. 25592034 del Banco de la Producción BANPRO,del día treinta de agosto del año dos mil cinco y la solicitud de Renovaciónde su Autorización para el ejercicio de la Profesión de Contador Público quefuera presentada con fecha uno de septiembre del año dos mil cinco ante laDirección de Asesoría Legal, por la Licenciada: SONIA DEL SOCORROESCOBAR PALACIO, Cédula de Identidad Número 001-130145-0014X,para ejercer la Profesión de Contador Público de la República de Nicaragua.

IIQue en su calidad de miembro activo del Colegio de Contadores Públicosla misma se encuentra debidamente inscrita bajo el número perpetuo 1098siendo un depositario de FE que se ajusta a los preceptos legales, solvenciamoral, capacidad académica y práctica profesional correspondiente, deacuerdo a constancia extendida a los siete días del mes de junio del año dosmil cinco, por el Licenciado Federico de Jesús Marenco Mora, en su calidadde Secretario del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua.

POR TANTO

En base a las disposiciones legales antes establecidas en el presente acuerdoy por cumplidos los requisitos de ley por la Licenciada SONIA DELSOCORRO ESCOBAR PALACIO.

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ACUERDA

PRIMERO: Renovar la autorización para el ejercicio de la Profesión deContador Público a la Licenciada SONIA DEL SOCORRO ESCOBARPALACIO, para que la ejerza en un QUINQUENIO que inicia el díaseis de septiembre del año dos mil cinco y finalizará el día cincode septiembre del año dos mil diez.

SEGUNDO: Envíese el original de la Póliza de Fidelidad al Colegio deContadores Públicos de Nicaragua, para su debida custodia.

TERCERO: La Licenciada SONIA DEL SOCORRO ESCOBARPALACIO, tiene que publicar el presente Acuerdo en el Diario OficialLa Gaceta.

CUARTO: Cópiese, notifíquese y archívese.

Dado en la ciudad de Managua, a los seis días del mes de septiembre delaño dos mil cinco. Miguel Angel García, Ministro.

————————————

Reg. No. 14895 - M. 1653652 - Valor C$ 130.00

Acuerdo MinisterialNo. 262-2005

EL MINISTRO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTESDE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 3 de la Ley para elEjercicio de Contador Público, publicada en La Gaceta, Diario OficialNo. 94 del treinta de abril de 1959 y artículos 3, 5, 6, 19, 22, 25, 28 y29 del Reglamento de la Profesión de Contador Público y su ejercicio,para AUTORIZAR el ejercicio de la profesión de CONTADORPUBLICO, previo cumplimiento de Ley y pleno goce de sus derechos.

CONSIDERANDOI

Que de conformidad a la presentación de su Título de Licenciado enContaduría Pública y Finanzas, extendido por la Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua (UNAN), el día diecinueve diciembre del añodos mil tres, Registrado bajo el número: 709, Página 355, Tomo VII, dellibro respectivo del diecinueve de diciembre del año dos mil tres;Ejemplar de la Gaceta, Diario Oficial No. 21 del día treinta de enero delaño dos mil cuatro, donde publica su título, en las páginas No. 473/474,Constancia otorgada por el Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua,extendida a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil cinco,Garantía Fiscal de Contador Público No. GDC-372, emitida a losdieciséis días del mes de septiembre del año dos mil cinco por el InstitutoNicaragüense de Seguros y Reaseguros (INISER), pago de minuta dedepósito No. 26233668 del Banco de la Producción (BANPRO), del díaseis de octubre del año dos mil cinco y la solicitud que fuera presentadacon fecha diez de octubre del año dos mil cinco ante la Dirección deAsesoría Legal, por el Licenciado GUSTAVO ADOLFO ALVARADOCANALES, Cédula de Identidad Número 001-110472-0002D, paraejercer la Profesión de Contador Público de la República de Nicaragua.

IIQue en su calidad de miembro activo del Colegio de Contadores Públicosel mismo se encuentra debidamente inscrito bajo el número perpetuo1718 siendo un depositario de FE que se ajusta a los preceptos legales,solvencia moral, capacidad académica y práctica profesional

correspondiente, de acuerdo a constancia extendida a los veintinueve díasdel mes de julio del año dos mil cinco, por el Licenciado Federico de JesúsMarenco Mora, en su calidad de Secretario del Colegio de ContadoresPúblicos de Nicaragua.

POR TANTO

En base a las disposiciones legales antes establecidas en el presente acuerdoy por cumplidos los requisitos de ley por el Licenciado GUSTAVOADOLFO ALVARADO CANALES

ACUERDA

PRIMERO: Autorizar el ejercicio de la profesión de Contador Público alLicenciado GUSTAVO ADOLFO ALVARADO CANALES, para que laejerza en un QUINQUENIO que inicia el veinticuatro de octubre delaño dos mil cinco y finalizará el veintitrés de octubre del año dos mildiez.

SEGUNDO: Envíese el original de la Póliza de Fidelidad al Colegio deContadores Públicos de Nicaragua, para su debida custodia.

TERCERO: El Licenciado GUSTAVO ADOLFO ALVARADOCANALES, tiene que publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial LaGaceta.

CUARTO: Cópiese, notifíquese y archívese.

Dado en la ciudad de Managua, a los veinticuatro días del mes de octubredel año dos mil cinco. Miguel Angel García, Ministro.

MINISTERIO AGROPECUARIO Y FORESTAL

REGISTRO SANITARIO

Reg. No. 14817 – M. 1653509 – Valor C$ 85.00

No. 162/2005

El Ministerio Agropecuario y Forestal, a través del Departamentode Registros de la Dirección de la Dirección de ServiciosAgrosanitarios (DISAG-DGPSA-MAGFOR) y en Disposicionesde la ley 274 “Ley Básica para la Regulación y Control dePlaguicidas, Sustancias Tóxicas, Peligrosas y Otras Similares”y su Reglamento; hace del conocimiento público, que la Empresa:FORAGRO S.A., a través de su Representante: ING. RODOLFOCASTELLON. Ha sol ic i tado Regis t ro para e l Producto:COADYUVANTE. Principio Activo: SULFATO DE AMONIO,Nombre Comercial: AMS SUPREME 34 SC; Origen: EstadosUnidos. Por lo tanto, habiendo presentado todos los requisitosnecesarios para tal fin, le autoriza la publicación de dicha solicituden cualquier medio escrito de circulación nacional, sin perjuicio desu posterior publicación en La Gaceta Diario Oficial. Managua, 12de octubre del 2005. Ing. Rolando García, Jefe Depto. Registros. Dr.Rigoberto Quintanilla, Director.

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MINISTERIO DE LA FAMILIA

Reg. No. 15792 - M. 1654244 - Valor C$ 130.00

PROGRAMA ANUAL DE CONTRATACIONES 2005

El Ministerio de la Familia (MIFAMILIA) en cumplimiento del Articulo 8 Ley 323 “Ley de Contrataciones del Estado y sus Reformas” y los artos.10 al 13 de su Reglamento General N° 21, comunica de modificación al Plan Anual de Adquisiciones publicado el 13 de Septiembre de 2005 en La GacetaDiario Oficial número 178 , el cual se leerá así:

Descripcion Clasificador Fuente de Procedimiento Precio Precio PeríodoFinanciamiento Ordinario de Estimado en Estimado en Estimado

Contratacion Cordoba Dolares

Mantenimiento y Rep. de Servicio Fondo Social Compra por C$ 30,000.00 U$ 1791.20 III-IV TrimestreMaquinarias y equipos Suplementario CotizaciónCursos de Capacitacion Servicio Fondo Social Compra por C$ 300,000.00 U$ 17,912.00 II, III y IV

Suplementario Cotización TrimestreProductos elaborados en papel Servicio Fondo Social Compra por C$ 10,000.00 U$ 597.06 III Trimestreo carton Suplementario CotizaciónMantenimiento y Rep. De Servicio Fondo Social Compra por C$ 575,000.00 U$ 34,332.00 II III y IVMedios de Transporte Suplementario Cotización TrimestreImprenta, Publicaciones y Servicio Fondo Social Compra por C$ 145,000.00 U$ 8,658.00 II, III y IV TrimestreReproducciones Suplementario CotizaciónPublicidad y Propaganda Servicio Fondo Social Compra por C$ 623,600.00 U$ 37,234.00 II, III y IV Trimestre

Suplementario CotizaciónAlimentos Servicio Fondo Social Compra por C$ 300,000.00 U$17,912.00 II, III y IV Trimestre

Suplementario CotizaciónRefrescos Servicio Fondo Social Compra por C$ 230,000.00 U$13,733.00 II, III y IV Trimestre

Suplementario CotizaciónAdquisición de Vestuario Bienes Fondo Social Licitación C$ 315,000.00 U$ 18,835.00 III Trimestre

Suplementario RestringidaPapel de escritorio y cartón Bienes Fondo Social Compra por C$ 99,000.00 U$ 5,910.00 II, III Trimestre

Suplementario CotizaciónProductos de Artes Gráficas Bienes Fondo Social Compra por C$ 75,000.00 U$ 4,478.01 II, III Trimestre

Suplementario CotizaciónLibros revistas y periódicos Bienes Fondo Social Compra por C$ 195,000.00 U$ 11,642.83 II, III Trimestre

Suplementario CotizaciónCalzado y Artículos de Cuero Bienes Fondo Social Licitación C$ 150,000.00 U$ 8,956.00 III Trimestre

Suplementario RestringidaLlantas y Neumaticos Bienes Fondo Social Compra por C$ 165,000.00 U$ 9,852.00 II y III Trimestre

Suplementario CotizaciónUtiles de oficina Bienes Fondo Social Compra por C$ 75,000.00 U$ 4,478.01 II y III Trimestre

Suplementario CotizaciónUtiles Educacionales y Bienes Fondo Social Compra por C$ 225,000.00 U$ 13,434.00 II, III y IV TrimestreCulturales Suplementario CotizaciónMaquinaria y Equipo de Bienes Fondo Social Licitación por C$ 1,000.000.00 U$ 59,706.83 III TrimestreTransporte, Tracción Suplementario RegistroEquipo para computadoras Bienes Fondo Social Compra por C$ 23,380.00 U$ 1,395.94 II Trimestre

Suplementario CotizaciónAuditoría Operativa Servicio Fondo BCIE Licitación Pública C$ 391,542,37 U$ 22,968,00 IV TrimestreFinanciera InternacionalEvaluación del Componente Servicio Fondo BCIE Licitación C$ 494,371,70 U$ 29,000,00 IV Trimestrede Formación Ocupacional Restringida

IVANIA TORUÑO PADILLA, MINISTRA.

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EMPRESA NICARAGUENSE DE ELECTRICIDAD

Reg. No. 15793 - M. 1654219 - Valor C$ 170.00

CONVOCATORIALICITACION POR REGISTRO No. 08-GSA-2005

“SUMINISTRO DE DOS PLANTAS ELECTROGENAS(PRIME) PARA TRABAJO EN PARALELO, DE 396 KW CADA

UNA.” (MODALIDAD LLAVE EN MANO)

1) La Empresa Nicaragüense de Electricidad, convoca a participar de laLICITACION POR REGISTRO No. GSA-08-2005, a las empresasestablecidas e interesadas en presentar oferta, económica y técnica parala contratación de “Suministro de dos plantas electrógenas (prime)para trabajar en paralelo, de 396 Kw. cada una.”(modalidad llaveen mano).2) El punto de entrega será en el sitio de operación de la planta,considerándose el sitio la Agencia de Rosita. Este servicio será financiadocon fondos propios de la ENEL.3) Las consultas y aclaraciones se atenderán, hasta el día 12 de Diciembredel 2005, por escrito dirigidas al comité de licitación por registro No.GSA-08-2005, oficina Jefe Administrativo de los Sistemas Aislados deENEL, pista Juan Pablo II, intersección Avenida Bolívar, Managua,Nicaragua. Teléfono No. 2782631 y fax. 278-7469.4) El pliego de bases y condiciones de la licitación podrá adquirirse enlas instalaciones de Sistemas Aislados, Oficina del Jefe Administrativode los Sistemas Aislados de ENEL a partir del 30 de Noviembre al 05de Diciembre del 2005 inclusive en horario de 9:00 AM - 4:00 PM.5) La recepción y la apertura de ofertas será en el auditorio de ENEL alas 03:00 PM del día Viernes 16 de Diciembre del 2005. Las ofertasdeberán estar acompañadas de una garantía de mantenimiento del 2% delvalor total de la oferta.6) El pliego de bases y condiciones tendrá un costo de C$ 300.00

Managua, Miércoles 23 de Noviembre del año Dos Mil Cinco. Ing.FRANK J. KELLY, Presidente Ejecutivo.

2-1

EMPRESA PORTUARIA NACIONAL

2005: Año del Acceso al Mar Caribe

Reg. No. 15794 - M. 1654252 - Valor C$ 85.00

AVISO DE ADJUDICACION

La Empresa Portuaria Nacional (EPN), en cumplimiento a los artículosNo. 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y No. 84 de su ReglamentoGeneral, comunica a los oferentes participantes de la LICITACIONEPN-010-2005 “ADQUISICION DE EQUIPOS PARA SISTEMADE GOBIERNO REMOLCADOR ALIANZA ADMINISTRACIONPORTUARIA BLUEFIELDS-EL BLUFF”, que conforme a laRESOLUCION No. PE-AFN-539-11-2005 con fecha Miércoles 23 deNoviembre del 2005, emitida por la Presidencia Ejecutiva de EPN, semodifica la razón social del oferente adjudicado estipulado en Resoluciónde adjudicación No. PE-326-10-2005 del Jueves 13 de Octubre del 2005,siendo lo correcto NICARAGUA SERVICIOS SOCIEDADANONIMA (SERNISA).

UNIDAD DE ADQUISICIONES, EMPRESA PORTUARIANACIONAL.

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

Reg. No. 14828 – M. 1653563 – Valor C$ 260.00

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

El suscrito JOSÉ MANUEL CRUZ, Oficial Notificador de laContraloría General de la República, por medio de esta cédula austed, SEÑORA YADIRA GUTIÉRREZ BARRERA, en su calidad deEX TÉCNICA FINANCIERA DEL PROYECTO PROTIERRA DE LAALCALDÍA MUNICIPAL DE LEÓN, DEPARTAMENTO DE LEÓN,le notifica RESOLUCIÓN que integra y literalmente dice:

“RIA-397-05

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.- CONSEJOSUPERIOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.-MANAGUA, DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.- LASDOS Y TREINTA Y CINCO MINUTOS DE LA TARDE.-

Vista la Resolución Administrativa emitida por este Órgano Superior deControl en fecha nueve de enero del año dos mil uno, a las cuatro y treintaminutos de la tarde derivada del Informe de Auditoría Especial de fechaveintisiete de noviembre del año dos mil, relacionado con la AuditoríaEspecial practicada en la ALCALDÍA MUNICIPAL DE LEÓN,DEPARTAMENTO DE LEÓN, respecto de los hallazgos determinadospor la Auditoría Interna de esa Municipalidad, contenidos en su Informede Auditoría del veintisiete de julio del dos mil, remitido por el DoctorRIGOBERTO SAMPSON GRANERA, Ex Alcalde Municipal de León,en el que se señalan irregularidades en las áreas de Ingresos y Egresos,durante el período comprendido de enero a mayo del dos mil.- Que en suResuelve SEGUNDO establece Responsabilidad Administrativa a cargode los señores RIGOBERTO SAMPSON GRANERA Y AGUSTÍNMOREIRA DOÑA, Ex Alcaldes respectivamente de la Municipalidad deLeón, por incumplir los artos. 6, 163, 105 y 156 numerales 1) y 4) de la LeyOrgánica de la Contraloría General de la República, por haber autorizadola emisión de cheques sin verificar el control previo al desembolso yautorizar minutas de retiro de la Cuenta de Ahorro No. 453951-21-1 de laSucursal BANEXPO de la ciudad de León, sin contar con la respectivadocumentación de soporte; debiendo, en consecuencia, sujetarse a lassanciones administrativas y causales de irregularidad contempladas en losnumerales 5), 20), 32), 39) y 43), del arto. 171 de la misma Ley Orgánica.Asimismo en su Resuelve TERCERO determinó ResponsabilidadAdministrativa a cargo del Licenciado ALFREDO JOSÉ ROBLETORUIZ, Ex Coordinador Técnico del Proyecto PROTIERRA de la Alcaldíade León, Departamento de León por incumplir las Normas Técnicas deControl Interno para el Sector Público y los artos. 163, 105 y 165 numerales1), 3) y 4) de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, porhaber autorizado la emisión de cheques, sin verificar el control previo aldesembolso y autorizar minutas de retiro de la Cuenta de Ahorro No.453951-21-1 de la sucursal BANEXPO de la ciudad de León, sin queexistiera la respectiva documentación soporte; debiendo, en consecuencia,sujetarse a las sanciones administrativas y causales de irregularidadcontemplados en los numerales 5), 20), 32), 38), 39) y 43) del arto. 171 dela misma Ley Orgánica. De igual manera en su ResuelveR� CUARTOestablece Responsabilidad Administrativa a cargo de la señora YADIRAGUTIÉRREZ BARRERA, Ex Técnica Financiera del ProyectoPROTIERRA de la Alcaldía de León, Departamento de León por incumplirlas Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público y el Arto.157 numerales 1), 2), 3), 4) y 11), de la Ley Orgánica de la ContraloríaGeneral de la República, por lo que estará sujeta a las sanciones administrativasy causales de irregularidad contempladas en los numerales 5), 32), 38), 39)y 43) del arto. 171 de la misma Ley Orgánica. También en su Resuelve

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QUINTO establece Responsabilidad Administrativa a cargo de laseñora JOHANA DEL CARMEN ROA MIRANDA, Auxiliar deContabilidad de Proyectos de la Alcaldía Municipal de la ciudad de León,por incumplir las Normas Técnicas de Control Interno para el SectorPúblico y el arto. 160 de la Ley Orgánica de la Contraloría General dela República, por no contar con los soportes de las transaccionesregistradas; debiendo, en consecuencia, sujetarse a las sancionesadministrativas y causales de irregularidad contempladas en los numerales5), 32), 38), 39) y 43) del arto. 171 de la misma Ley Orgánica. Al respectola Ley Orgánica de la Contraloría General de la República establece enel Capítulo II del Título VI Sanciones Administrativas “Artículo 171.-Sanción por incorrección. Sin perjuicio de las responsabilidades civil ypenal a que hubiere lugar, serán condenados a multa no menor de unmonto equivalente a un mes de salario, ni mayor de un monto equivalentea seis meses de salario mensual, pudiendo ser además destituidos de suscargos, los funcionarios o empleados del Sector Público que se encuentrenen uno o más de los siguientes casos (...)”.Que asimismo el artículo 172de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República estableceque con relación a las sanciones administrativas de destitución o multa,o ambas conjuntamente se impondrán por el Consejo Superior de laContraloría General de la República cuando el correspondiente Ministrode Estado o la autoridad nominadora de la entidad u organismo de quedepende el servidor respectivo hayan dejado de hacerlo en el término de30 días contados desde la notificación de la respectiva resolución, ohayan incurrido, ellos mismos, en los casos que dan lugar a laresponsabilidad administrativa. Por lo que, siendo el caso de imponerlas respectivas Sanciones Administrativas y Disciplinarias por haberdejado de hacerlo las máximas autoridades, los suscritos Miembros delConsejo Superior de la Contraloría General de la República, amparadosen los artos. 172 y 13 inciso 10) de la Ley Orgánica de la ContraloríaGeneral de la República, en uso de sus facultades y en sede administrativa;ACUERDAN: PRIMERO: Sancionar con dos (2) meses de salario a losSeñores (as): RIGOBERTO SAMPSON GRANERA, Ex Alcalde;AGUSTÍN MOREIRA DOÑA Ex Alcalde, ALFREDO JOSÉROBLETO RUIZ, Ex Coordinador Técnico del Proyecto PROTIERRA,YADIRA GUTIÉRREZ BARRERA, Ex Técnica Financiera del ProyectoPROTIERRA y JOHANA DEL CARMEN ROA MIRANDA, Auxiliarde Contabilidad de Proyectos, todos de la Alcaldía Municipal de LeónDepartamento de León. SEGUNDO: Que de conformidad a lo queestablece el arto. 175 de la Ley Orgánica de la Contraloría General dela República, la recaudación de las multas corresponde efectuarla a lapropia Entidad u Organismo en este caso, la Alcaldía Municipal de laciudad de León, Departamento de León. Por tal razón, envíese copiacertificada de la presente Resolución al Responsable Financiero de dichaMunicipalidad para su debida recaudación, quien deberá informar de losresultados del cobro a este Órgano Superior de Control en un términono mayor de treinta (30) días contados a partir de la respectivanotificación.-

Esta Resolución fue votada y aprobada por unanimidad de votos enSesión Ordinaria Número Cuatrocientos Treinta y Dos (432), de lasnueve de la mañana del día seis de octubre del año dos mil cinco, por lossuscritos Miembros del Consejo Superior de la Contraloría General dela República.- Cópiese y Notifíquese.-

Firmas Ilegibles: Doctor José Pasos Marciacq, Presidente delConsejo Superior; Doctor Guillermo Argüello Poessy, Vice - Presidentedel Consejo Superior; Licenciado Luis Ángel Montenegro Espinoza,Miembro Propietario del Consejo Superior; Doctor Lino HernándezTrigueros, Miembro Propietario del Consejo Superior; LicenciadoFulvio Enrique Palma Mora, Miembro Propietario del ConsejoSuperior”. Hay un sello.

Es conforme, y para los efectos de Ley, a usted notifico en Managua, a lasonce y veinticinco minutos de la mañana del día nueve de noviembre delaño dos mil cinco. NOTIFICADO. OFICIAL NOTIFICADOR KMRS/JMC/VA . Cc: Expediente.

ESTADOS FINANCIEROS

BANCO CENTRAL DE NICARAGUA

Reg. No. 14897 - M. 1653656 - Valor C$ 215.00

ESTADO DE RESULTADOSPERIODO DEL 01 DE ENERO AL 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2005

I. INGRESOS FINANCIEROS C$ 270.127.507,52

Intereses y Descuentos Devengados 270.127.507,52

II. EGRESOS FINANCIEROS 966.825.221,71

Gastos Financieros 966.825.221,71

UTILIDAD (PERDIDA) FINANCIERA (696.697.714,19)

III. INGRESOS DE OPERACION 35.529.883,37

Ingresos de Operación 35.529.883,37

IV. EGRESOS DE OPERACION 280.331.374,18

Gastos de Operaciones 280.331.374,18

UTILIDAD (PERDIDA) DE OPERACION (244.801.490,81)

V. OTROS INGRESOS 478.213.912,51

VI. OTROS EGRESOS 3.589.683,26

UTILIDAD (PERDIDA) NETA DEL PERIODO C$(466.874.975,75)

Javier Gutiérrez, Gerente de Contabilidad.

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ESTADO DE SITUACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2005

A C T I V O S P A S I V O S

I-1 ACTIVOS CON NO RESIDENTES C$14.049.339.072,11 II-1 PASIVOS CON NO RESIDENTES C$ 35.749.788.824,07

ACTIVOS DE RESERVA 10.845.556.727,91 PASIVOS DE RESERVA 6.767.421.133,71

PARTICIPACION EN ORGANISMOS INT’LS. 3.191.256.830,66 PASIVOS EXTERNOS A MEDIANOY LARGO PLAZO 12.951.267.478,74

OTROS ACTIVOS CON NO RESIDENTES 12.525.513,54OBLIGACIONES CON ORGANISMOSINT’LS. 3.613.505.410,67

OTROS PASIVOS CON NO RESIDENTES 12.417.594.800,95I-2 ACTIVOS CON RESIDENTES 44.143.531.003,78

II-2 PASIVOS CON RESIDENTES 23.351.174.845,51INVERSIONES EN TITULOS Y VALORES 33.295.224.863,11

PASIVOS MONETARIOS 6.645.210.740,74CREDITOS A RESIDENTES 739.779.446,10

PASIVOS CUASIMONETARIOS 5.149.989.050,97ACTIVOS FIJOS 131.812.333,03

OBLIGACIONES EN TITULOS YVALORES EMITIDOS 10.269.596.095,09

OTROS ACTIVOS CON RESIDENTES 9.976.714.361,54DEPOSITOS BAJO DISPOSICIONESESPECIALES 136.388.183,87

FONDOS Y CREDITOS DEL GOBIERNO CENTRAL 161.807.208,47

OTROS PASIVOS CON RESIDENTES 988.183.566,37

TOTAL PASIVOS 59.100.963.669,58

III-1 CAPITAL Y RESERVA (441.218.617,94)

CAPITAL 10.571.428,58APORTE FMI 262.075.273,21RESERVA LEGAL 21.142.857,16REVALUACION DE LA RESERVAMONETARIA (735.008.176,89)

IV-1 UTILIDAD (PERDIDA) DEL PERIODO (466.874.975,75)

TOTAL ACTIVOS C$ 58.192.870.075,89 TOTAL PASIVOS Y CAPITAL C$ 58.192.870.075,89

CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS

CUENTAS PATRIMONIALES Y TERCEROS 10.312.580.141,68 CUENTAS PATRIMONIALES Y TERCEROS 16.569.354.179,42CUENTAS POR CONTRA ESPECIALES 34.221,56 CUENTAS CONTINGENTES ESPECIALES 34.221,56CUENTAS POR CONTRA DEUDORAS 16.569.354.179,42 CUENTAS POR CONTRA ACREEDORAS 10.312.580.141,68

C$ 26.881.968.542,66 C$ 26.881.968.542,66

Javier Gutiérrez, Gerente de Contabilidad

COOPERATIVA DE SERVICIOS AGROPECUARIOSMAYALES, R.L. (COOPSERUM, R.L.)

Reg. No. 15748 - M. 1654139 - Valor C$ 170.00

PROYECTO SOSTENIBILIDAD PRODUCTIVA YCOMERCIALIZACION DE LECHE FLUIDA CLASE"A" DE LA

ZONA SECA DE JUIGALPA, CUAPA Y COMALAPA

AVISO DE LICITACION PÚBLICA Nº 002- 2,005

1. La Cooperativa de Servicios Agropecuarios Mayales R.L. EntidadAdministradora ante el IDR, Chontales, a cargo de realizar la contrataciónmediante el procedimiento de Licitación Pública, invita a todas lasEmpresas Distribuidoras de Maquinarias Agrícolas, inscritas en elRegistro Central de Proveedores del Estado del Ministerio de Hacienday Crédito Publico de la Republica de Nicaragua, interesadas en presentarofertas para la COMPRA-VENTA DE MAQUINARIA AGRÍCOLA;POR VEINTE Y SEIS (26) EQUIPOS: CATORCE (14) PICADORASDE PASTO-ENSILADORAS; CON DIFERENTESCAPACIDADES Y DOCE (12) MOLINO DE MARTILLO-PICADORAS; CON DIFERENTES CAPACIDADES, que se

entregarán en un plazo no mayor de quince días hábiles al proyecto“Sostenibilidad Productiva y Comercialización de Lecha FluidaClase “A” de la Zona Seca de Juigalpa, Cuapa y Comalapa”, dichascompras serán cofinanciadas por el gobierno de Nicaragua en un 50%, através del Programa de Reactivación Productiva Rural (PRPR), queejecuta el IDR, con fondos provenientes del convenio de préstamo BIDNº 1110/ SF- NI, aprobado el 19 de Noviembre del año 2002 y el otro50% con fondos de los Beneficiarios del Proyecto de los Municipiosde Juigalpa, Cuapa y Comalapa.2. El Objeto de esta Contratación, es la compra de Bienes (MaquinariaAgrícola), hasta por Veintiséis (26) Equipos, Bajo el componente Nº II-Infraestructura de Apoyo a la Competitividad Clase “A” del proyecto:Sostenibilidad Productiva y Comercialización de Leche Fluida Clase“A” de la Zona Seca de Juigalpa , Cuapa y Comalapa: distribuidas dela siguiente manera:· Instalaciones de la Cooperativa Mayales, Municipio de Juigalpa: Veintiséisunidades (26).3. Los oferentes elegibles podrán obtener el Pliego de Bases y Condicionescompleto en idioma español, de la presente Licitación en las oficinas delproyecto en mención. Ubicadas en la sede de la Cooperativa de ServiciosAgropecuarios “Mayales” los días 1,2, y 5 de Diciembre del año 2005 delas Nueve (9) ante meridiano, a las cuatro (4) post meridiano. Para obtenerel Pliego de Bases y Condiciones de la presente Licitación los oferentes

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interesados deben hacer un pago en efectivo no reembolsable de C$200.00 (Doscientos Córdobas Netos), y depositarlos en la cuenta deAhorro ‡10020804712433 ubicada en el Banco de la Producción yretirar el documento en la oficina del proyecto, previa presentación dela minuta de Deposito a nombre IDR- PRPR- Beneficiarios- Proyecto,luego se les entregará un recibo membretado del proyecto en mención,en concepto de compra del Pliego de Bases y Condiciones de la presenteLicitación.4. La oferta deberá entregarse en idioma español y con sus precios enmoneda nacional con garantía de mantenimiento de precios no menor de60 días, en la oficina del proyecto, ubicada en la sede de Cooperativa“Mayales” R.L. a más tardar a las Diez (10) horas antemeridiano del díaLunes Veintitrés (23) del mes de Enero del año 2006. Con el Agr. JoséAntonio Mena Morales, Administrador del Proyecto. Las ofertasentregadas después de la hora estipulada no serán aceptadas.5. Las Consultas y Aclaraciones deberán ser dirigidas al LicenciadoHéctor de Jesús Molina Pérez, Director Técnico del Proyecto altelefax 512- 1840, correo electrónico [email protected]. hasta el día 13 de Enero del 2005.Atentamente, Agr. Wilmer Fernández Vargas, Representante de laEntidad Administradora del Proyecto.

2-2ALCALDIAS

Reg. No. 15703 - M. 1654162 - Valor C$ 170.00

Alcaldía Municipal de Masaya

CONVOCATORIA PARA LICITACION DE BIENESAVISO DE LICITACION RESTRINGIDA NO. LR-02-2005B

ADQUISICION DE UN TRACTOR, PARA REMOLQUE DEEQUIPO DE TRANSPORTE DE DESECHOS SÓLIDOS DEL

MUNIPIO DE MASAYALa Unidad de Adquisiciones de la Alcaldía de Masaya, a cargo de realizarla adquisición mediante el procedimiento de Licitación Restringida,según Resolución No. UA181105 del Alcalde Municipal, invita a laspersonas naturales o jurídicas autorizadas en nuestro País para ejercerla actividad comercial e inscritos en el Registro Central de Proveedoresdel Ministerio de Hacienda y Crédito Público, interesadas en presentarofertas selladas para la adquisición de un tractor para remolque de equipode transporte de desechos sólidos en este municipio.1. Esta adquisición es financiada con fondos provenientes de lasTransferencias Municipales.2. El bien objeto de esta licitación, tractor de remolque, deberá serentregado en la Alcaldía Municipal de Masaya, en un plazo nunca mayora cinco días después de la notificación de adjudicación.3. Los Oferentes elegibles podrán obtener en idioma español el Pliegode Bases y Condiciones de la Licitación en la Unidad de Adquisicionesde la Alcaldía de Masaya, ubicada en la Avenida San Jerónimo, Teléfono522-4317, el día veintinueve de noviembre del año 2005 de las 8:30 a.m.a las 5:00 p.m. El precio del PBC es de C$100 (cien córdobas), mismosque serán pagados en efectivo en Caja General de la Alcaldía.4. Las ofertas deberán entregarse en idioma español y con sus preciosen córdobas, moneda nacional, en la Unidad de Adquisiciones de laAlcaldía de Masaya, en la misma dirección, el día diecinueve de diciembredel año 2005, a más tardar a las 9:00 a.m. Las ofertas entregadas despuésde la hora estipulada no serán aceptadas.5. La apertura de las ofertas se realizará inmediatamente después devencido el plazo para la entrega, a las 9:00 a.m. del día diecinueve dediciembre del año 2005, en la Unidad de Adquisiciones de la Alcaldía deMasaya. LIC. ELIETH MURILLO JARQUIN, COORDINADORADE ADQUISICIONES ALCALDÍA MUNICIPAL DE MASAYA.

2-2

ALCALDIA MUNICIPAL DE CARDENAS

Reg. No. 14894 – M. 1653611 – Valor C$ 165.00

ORDENANZA

El Alcalde Municipal de este Municipio de Cárdenas, Rivas hace saber asus habitantes, que en uso de sus facultades que le otorga el artículo númeroochenta y seis del reglamento a la Ley de Municipios (Decreto No. 52-97)ha dictado la siguiente ordenanza: “El concejo Municipal de Cárdenas, porcuanto existen múltiples y reiteradas quejas de la población por motivo queuna cantidad considerable de animales deambulan a diario por las callesdando problemas higiénicos y sanitarios ha dictado la siguiente ordenanza:Se ordena a los dueños de animales vagos (toda especie de animales)encerrarlos o amarrarlos para evitar éstos deambulen por las calles. Todocon fundamento en el inciso 5 del artículo 28 de las reformas e incorporacionesa la Ley No. 40 Ley de Municipios “Cárdenas 31 de mayo del dos mil cinco”.Esta ordenanza entrará en vigencia una vez publicada en el Diario La Gaceta.

Dado en el Municipio de Cárdenas, Rivas a los 31 días del mes de octubredel año dos mil cinco. A continuación firmamos todos los miembros delconcejo municipal de Cárdenas:

Lic. Alvaro Antonio Martínez Ruiz, Alcalde Municipal de Cárdenas.Marcial Obando Domínguez, Concejal Propietario. Bayardo Cruz Mairena,Concejal Propietario. Mario García Fajardo, Concejal Propietario. ClaudiaPatricia Flores Martínez, Secretaria del Concejo Municipal, Cárdenas.

_______________________

ALCALDIA MUNICIPAL EL RAMAREGION AUTONOMA DEL ATLÁNTICO SUR

Telef. 5170013- 5170021

Reg. No. 15196 – M-1653734- Valor C$ 935.00

El Alcalde del Municipio de Ciudad el Rama hace saber a los ciudadanos,que el Consejo Municipal en uso de sus facultades ha dictado la siguienteOrdenanza IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DEADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAS QUE REGIRAN EN ELMUNICIPIO DE EL RAMA.

ORDENANZA MUNICIPAL

Reunido el Consejo Municipal de Ciudad Rama en la sala de Sesionesde la Alcaldía de Wapy a las 09:00 horas de la mañana del día 07 deSeptiembre del año 2005, para aprobar la propuesta de reorganizaciónde la Administración Tributaria Municipal, Registro Municipal deContribuyente, tasas por la prestación de servicios Públicos Municipales.

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que la aplicación de las políticas tributarias favorecerá eldesarrollo del municipio y aplicación justa de los Impuestos, Tasas yContribuciones Especiales a nuestro Contribuyentes.

SEGUNDO: Que es necesario considerar los costos por los serviciospara la aplicación de las tasas y mejorar la prestación de los mismos.

POR TANTOEn uso de las facultades que le confiere la Ley 40 ( Ley de Municipios)y sus Reformas ( Ley 261) y el Plan de Arbitrios Municipal Vigente(Decreto 455).

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CAPITULO I

Del Objetivo, Estructura y Funciones del Sistema de AdministraciónTributaria.

Arto. 1: Se implementará el Sistema de Administración Tributariaque tiene como Objetivo aplicar eficazmente el sistema Tributariomunicipal con equidad y eficiencia, logrando la confianza pública ensu actuación y promoviendo el cumplimiento espontáneo de lasobligaciones tributarias (pago voluntario), para contribuir al bienestarde la Comunidad.

Arto. 2: Para el cumplimiento de este objetivo se integrará a laestructura organizativa de la Alcaldía de el Rama, el Departamentode Administración Tributaria el que estará bajo la Dirección Financierasiendo su estructura organizacional la Siguiente:

Concejo Municipal

Alcalde/Vice-Alcalde

Gerente Administrativa

Administración Tributaria

Atención al Contribuyente

Registro de Fierro

Dirección de Catastro

Colectores

Arto. 3: Este Departamento tendrá las Siguientes funciones.

1. Establecer los potenciales Tributarios de la Municipalidad sobrela base de Estadísticas internas y Externas del Municipio.2. Definir metas en la recaudación de los diferentes Impuestos Tasasy Contribuciones especiales con la aprobación del Concejo y elAlcalde.3. Dirigir la recaudación conforme lo planeado.4. Actualizar de manera Constante el Registro del contribuyente,garantizando la implementación de los procedimientos establecidosa través del Sisrec.5. Diseñar y controlar el procedimiento de la clasificación de losnegocios para la fijación de matricula e impuestos específicos6. Diseñar y Controlar los procedimientos para la apertura y cierreo cambio de actividades de negocio.7. Desarrollar e implementar metodología para el calculo de lasdiferentes tasas basadas en los costos reales en el caso de tasa porservicios por recolección de Basura, Cementerio, Mercado8. Evaluar los reclamos evaluados por los Contribuyentes ydictaminarlos basando el análisis del caso por el Registro Municipaldel Contribuyente, Gestión de Cobro y Fiscalización.9. Realizar Auditorias Fiscales a los Contribuyentes.10. Diseñar instructivos que orienten a la población en losprocedimientos de pago de Impuestos y Tasas Municipales.11. Proponer Estrategias para la recaudación de Tasas por Serviciosy aprovechamientos, impuestos y contribuciones Especiales queincrementan los Ingresos Municipales de Forma Sustancial.12. Proponer al señor Alcalde el Inicio de Cobros Judiciales aContribuyentes Morosos con Accesoria Legal.13. Formular el Presupuestos de Ingreso Corrientes de laMunicipalidad.14. Elaborar el análisis de antigüedad de saldo y cuentas por cobrarpor cada Contribuyente.

15. Elaborar informe periódico analizando informe periódicos yproblemas específicos de los tributos Municipales ProponiendoActividades para superarlos.16. Desarrollar Campaña de Concientización a la población paraincrementar el pago de Impuestos y Tasas.

CAPITULO II.De la Creación del Registro del Contribuyente.

Arto. 4: Crease el Registro Municipal del Contribuyente el que tienecomo objetivo proporcionar al area Financiera de la Municipalidad lainformación necesaria para facilitar la determinación de los Tributos, através de un Registro Completo y actualizado de los contribuyentes.

Arto. 5: Las Funciones del Registro Municipal del Contribuyente son:

1. Registrar los datos relativos a los contribuyentes para cada uno de losImpuestos Municipales y Tasas.2. Efectuar el procedimiento de Clasificación de los negocios para lafijación de las matriculas e impuestos específicos.3. Efectuar los procedimientos para la apertura, cierre o cambio deactividad de los negocios.4.Registrar los cargos y abonos a la cuenta corriente de cada contribuyente.5. Registrar la mora Correspondiente para proceder a elaborar reportespara la unidad de Gestión.6. Atender a la población que solicite solvencias municipales.7. Revisar, ordenar, actualizar y controlar el archivo tributario de loscontribuyentes.8. Analizar casos de reclamos de Contribuyentes.

Arto. 6: Para realizar el proceso de Registro de Contribuyentes seutilizara el Software SISREC, como sistema automatizado para elprocesamiento y análisis de la información de los contribuyentes.

Arto. 7: Están autorizados para el FORMATO DE ACCESO DELSISREC los funcionarios detallados a continuación.

1. Gerente Administrativo Financiera tendrá acceso a los siguientesformatos:

a) Inventarios de Boletas.b) Listado de Ingresos.

2. La Responsable del Departamento de Administración Tributariatendrá acceso a los formatos siguientes.

a) Todos los Formatos.

3. La Responsable del Registro de contribuyente tendrá acceso a losFormatos Siguientes:

a) Todos los Formatos

4. El Auditor Fiscal Tendrá acceso a los formatos siguientes.

a) Revisión de Datos Verificados.

5. Gestión de Cobro tendrá acceso a los siguientes formatos:

a) Registro de Nuevo de Contribuyente.b) Reporte de Tributos.

6. El Cajero tendrá acceso a los siguientes formatos.a) Ingresos.

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El personal que tenga acceso a los FORMATOS Sisrec estarán bajola supervisión del Responsable del Contribuyente.

Arto. 8: El Registro Municipal de Contribuyentes asigna un CódigoÚnico a los contribuyentes denominado Numero Municipal, estecódigo es asignado al momento del ingreso y permanecerá igualmientras dure la relación Alcaldía – Contribuyente, el NumeroMunicipal para las PERSONAS NATURALES será el su NUMERODE CEDULA, para las PERSONAS JURÍDICAS será el Numerode RUC.

CAPITULO III.DE LAS POLÍTICAS DE RECAUDACIÓN.

ARTO. 9: Todo Contribuyente que este en mora con la Alcaldía porel pago de Cualquier tipo de Impuesto, Tasa, o Contribución Especialpodrá realizar arreglos de pagos hasta un plazo de doce meses los queserán autorizados por:

a) Cantidades hasta diez mil Córdobas al Responsable delDepartamento de Administración Tributaria.b) De Diez mil un Córdobas hasta Veinte mil Córdobas al GerenteMunicipal.c) Cantidades mayores de Veinte mil al Alcalde Municipal.

Arto. 10: Todo Contribuyente tendrá Derecho a una rebaja del 50%de la Multa, Siempre y cuando lo solicite por escrito y sea aprobadopor el Alcalde Municipal.

Arto. 11: No serán Exonerados del Pago de Multa y Recargos todosaquellos contribuyentes cuyas deudas pase a se cobrados por laAsesoria Legal de la Alcaldía, sea por la vía Extrajudicial o Judicial.

Arto. 12: Con el Propósito de reconocer la disciplina tributaria delos contribuyentes se establera una política de reconocimientos.Entregando certificados a los CONTRIBUYENTES ESTRELLASsiendo estos los que no se han retrasado en sus pagos en los últimostres años.

Arto. 13: Con el objetivo de incentivar el pago de los impuestos decontribuyentes se establecerá una campaña de promoción, con la rifade artículos entre aquellos contribuyentes que se pongan al día consus impuestos.

Arto. 14: Se aplicara extensiones al periodo de impuestos y tasasmunicipales, sin recargos ni multas, de acuerdo a la siguiente tabla.

IMPUESTOS

TIPO DE IMPUESTO VENCIMIENTO DIAS DE EXTENSIÓNImpuesto de matricula 30 de Enero 30 díasImpuesto Municipal de Ingreso 15 días siguiente del

mes declarado 15 díasImpuesto de Bienes Inmuebles 30 de Marzo primer

50%30 de Junio 90 díassegundo 50% 90 días

Impuesto de Rodamiento 30 de Agosto 30 días

TASAS

TIPO DE TASA VENCIMIENTO DIAS DE EXTENSIÓNCementerios 31 de marzo 30 díasRamplas 28 de Febrero 30 díasRótulos 31 de Enero 30 díasReserva de Aparcamiento 31 de Febrero 30 díasFierros 28 de Febrero 30 díasPermiso de operación Conforme vencimiento 30 días

Arto. 15: Para los efectos de aplicación de cuotas fijas a los negocios yprestaciones de servicios es establecer los siguientes rangos paraingresos mensuales por categorías.

Categoría Ingresos TasasDesde Hasta Cuota Matrícula

A 950,001.00 1,000,000.00 17,500.00 35,000.00B 900,001.00 950,000.00 16,625.00 33,250.00C 851,001.00 900,000.00 15,750.00 31,500.00D 800,001.00 850,000.00 14,875.00 29,750.00E 750,001.00 800,000.00 14,000.00 28,000.00F 700,001.00 750,000.00 13,125.00 26,250.00G 651,001.00 700,000.00 12,250.00 24,500.00H 600,001.00 650,000.00 11,375.00 22,750.00I 500,001.00 600,000.00 10,500.00 21,000.00J 450,001.00 500,000.00 8,750.00 17,500.00K 400,001.00 450,000.00 7,875.00 15,750.00L 350,001.00 400,000.00 7,000.00 14,000.00M 300,001.00 350,000.00 6,130.00 12,260.00N 250,001.00 300,000.00 5,250.00 10,500.00Ñ 200,001.00 250,000.00 4,380.00 8,760.00O 150,001.00 200,000.00 3,500.00 7,000.00P 100,001.00 150,000.00 2,630.00 5,260.00Q 95,001.00 100,000.00 1,750.00 3,500.00R 90,001.00 95,000.00 1,660.00 3,320.00S 85,001.00 90,000.00 1,580.00 3,160.00T 80,001.00 85,000.00 1,490.00 2,980.00U 75,001.00 80,000.00 1,400.00 2,800.00V 70,001.00 75,000.00 1,310.00 2,620.00W 65,001.00 70,000.00 1,230.00 2,460.00X 60,001.00 65,000.00 1,140.00 2,280.00Y 55,001.00 60,000.00 1,050.00 2,100.00Z 50,001.00 55,000.00 960.00 1,920.00AB 45,001.00 50,000.00 880.00 1,760.00AC 40,001.00 45,000.00 790.00 1,508.00AD 35,001.00 40,000.00 700.00 1,400.00AE 30,001.00 35,000.00 620.00 1,240.00AF 28,001.00 30,000.00 530.00 1,060.00AG 24,001.00 28,000.00 490.00 890.00AH 20,001.00 24,000.00 420.00 840.00AI 18,001.00 20,000.00 350.00 700.00AJ 15,001.00 18,000.00 320.00 640.00AK 12,001.00 15,000.00 260.00 520.00AL 10,001.00 12,000.00 210.00 420.00AM 8,001.00 10,000.00 180.00 360.00AN 5,001.00 8,000.00 140.00 280.00AÑ 4,401.00 5,000.00 80.00 160.00AO 1,000.00 4,400.00 70.00 140.00AP 501.00 1,000.00 50.00 100.00AQ 100.00 500.00 25.00 50.00

Arto. 16: Para los efectos del Auto avaluó de parte de los propietariosde Bienes Inmuebles localizados en la jurisdicción Municipal, seestablecen los siguientes Valores Unitarios de Terrenos Urbanos 1

(V.U.T.U) para las zonas mencionadas, así:

ZONAS DE VALOR VALOR /M²001 35.00002 30.00003 25.00004 20.00

Arto. 17: Para el auto avaluo de terrenos rurales y aplicando laterminología establecida por el Catastro Fiscal para relacionar losvalores de la tierra rural con los usos actuales de la misma, el ConsejoMunicipal establece los siguientes Valores Unitarios de TerrenosRurales (V.U.T.R)

Se ha determinado que el Municipio de Rama no cuenta con Huertas, porlo que se han clasificado los terrenos en P1, P2, P3, P4 ( Potrero 1, 2,3, y 4), siendo sus valores lo siguiente.:

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CLASIFICACION VALOR DE VALOR DE VALOR DEDE TERRENO MERCADOHa MERCADOMz APLICADO

POR C$/MzP 1 5,500.00 5,500.00 10.00P 2 4,350.00 4,350.00 8.00P 3 3,800.00 3,800.00 7.00P 4 2,700.00 2,700.00 6.00

1. Estos valores entrarán en vigencia para el año 2005-2006.

El bajo valor de los terrenos rurales en el Municipio de Rama,ha sido dado por los siguientes razonamientos:

· Suelos con rango de ácido a muy ácidos, no permiten unadiversificación de cultivos· Suelos frágiles al efecto de la erosión· Las pocas vías de acceso, hacen que su medio de comunicación seaacuático, incrementando los costos de producción.· Gran parte del área Municipal esta contemplada como áreas dereservas y anillo de contención del avance de la frontera agrícola.

Se establece que de acuerdo a las compras y ventas que se realicenen el Municipio de propiedades rurales y que superen los costosestablecidas por estas tablas, se aplicara el impuesto de acuerdo a suvalor de real de compra o venta.

Arto. 18: Tasas por servicio y aprovechamiento

a) Ocupación de Calles, Aceras o terrenos, tramos y espacios delmercado para fines Comerciales.

Se cobrará una tasa mensual de acuerdo a la siguiente tabla:

Código Descripción Cuota Mensual001 De 1m² hasta 3 m². C$ 30.00002 De 4m² hasta 8 m². C$ 60.00003 De 8² hasta 12m². C$ 120.00004 Mas de 12 m². C$ 180.00

b) Rótulos

Se cobrará una tasa anual por rótulo de acuerdo a la siguiente tabla:

Código Descripción Cuota Anual01 Menores de 1m² 40.0002 De 1m² hasta 2m² luminosos 80.0003 De 2.1m² hasta 5m² 400.0004 Acrílicos Luminosos 400.0005 De 5.1m² hasta 8m² 600.0006 Rótulos de Carretera mayor de 8m² 1,200.0007 Rótulos de Carretera de Grandes

Estructuras. 1,800.00

c) Fierros.

Descripción Tarifa BaseC$ Valor por SemovienteMatrícula de Fierro 50.00 5.00Carta de Venta 19.00Papelería 7.00Guía de Ganado 15.00 5.00 por animalPermiso de Fierro 50.00Permiso de Destace 100.00Traslado de Fierro 100.00Certificado de Fierro 100.00

d) Tasas Comerciales a Vehículos Ambulantes

Se cobrará cuotas fijas sobre los ingresos de todas las camionetas querealicen actividades comerciales, cada vez que entren al Municipio deEl Rama. El cobro será el siguiente:

Camionetas C$ 25.00Camiones C$ 60.00

e) Tasa por Aprovechamiento de Piso

Se aprueba una taza por aprovechamiento de piso a todos los camionesde carga y rastras que ingresen al Municipio:

Camiones de Carga de 8 Toneladas C$ 250.00Rastras C$ 300.00

f) Gravamen de Piso a vehículos importados

Se aprueba un gravamen de piso a todos los vehículos que ingresen alpaís a través de la Empresa Portuaria Nacional.

Categoría Valor

Vehículo Liviano C$ 200Vehículo semipesado 8 Toneladas C$ 250Vehículo Pesado 16 Toneladas C$ 350

g) Se aprueba el cobro por tasa servicio de lotes en cementerio por lacantidad de C$ 50.00 cada vez que se solicite un lote nuevo y se cobrarála cantidad de C$ 40.00 anualmente para mantenimiento.

h) Se cobrará el 1% del costo de la obra a toda persona natural o jurídicaque se proponga a edificar o realizar mejoras para fines comerciales.

i) Se cobrará C$ 200.00 por el derecho de línea a toda persona naturalo jurídica que se proponga a edificar o realizar mejoras con fines devivienda o negocio.

j) Se cobrará C$ 25.00 el metro lineal, para toda persona natural o jurídicaque solicite permiso para acondicionamiento de cunetas o aceras conrampas para acceso de vehículo (garaje)

k) Se cobrará C$ 25.00 el M2 a toda persona natural o jurídica que solicitereservas para aparcamiento en la vía pública.

l) Se cobrará C$ 5.00 por metro lineal por día por la ocupación de calleso aceras con materiales o maquinaria de construcción, la cual se les dará24 horas para que muevan y dejen limpio las calles o aceras sino semultara.

m) Se cobrará C$ 300.00 anual por postes instalados en la vía públicao terrenos municipales para transmitir información o energía por mediode líneas alámbricas.

n) Se cobrará C$ 20.00 por M3 de material extraído de terrenos ejidaleso municipales, sean estos: madera, arena, piedrín, material selecto,piedra bolón.

Aprobada por; Roger Araica Canales, Alcalde Municipal.- DamarisQuijano, Secretaria del Consejo.

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UNIVERSIDADES

TITULOS PROFESIONALES

Reg. No. 15132 - M. 969666 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0256, Partida No. 8811, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

LEA MARIA CHAVEZ MENDIETA, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15133 - M. 969269 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0257, Partida No. 8812, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

LEANA JOSE ASTORGA ESPINOZA, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

Reg. No. 15134 - M. 969965 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0257,Partida No. 8813, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

LISSETTE JOSE CARDOZA MORAN, natural de León, Departamentode León, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebas establecidas enlas disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende el Título deLicenciada en Administración de Empresas para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15135 - M. 971209 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0257,Partida No. 8814, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

LUBIS RAQUEL ZAPATA ESTRADA, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————Reg. No. 15136 - M. 866096 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0258,Partida No. 8815, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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MARIA INES RUIZ LOPEZ, natural de Masaya, Departamento deMasaya, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebas establecidasen las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende el Título deLicenciada en Administración de Empresas para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15137 - M. 968500 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No.0258, Partida No. 8816, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

MARIA LUCILA VEGA PALACIOS, natural de Masaya, Departamentode Masaya, República de Nicaragua, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiendeel Título de Licenciada en Administración de Empresas para que gocede los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————Reg. No. 15138 - M. 971512 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0258, Partida No. 8817, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

MARINA DEL CARMEN CALERO MORGAN, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15139 - M. 969893 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0259,Partida No. 8818, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

MARJORIE DE LOS ANGELES CHAMORRO GONZALEZ, naturalde Jinotega, Departamento de Jinotega, República de Nicaragua, ha cumplidocon todos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15140 - M. 971517 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0259,Partida No. 8819, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

MARJOURIE ZENEYDA QUIJANO ZELEDON, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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28-11-05 230

Reg. No. 15141 - M. 866022 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0259, Partida No. 8820, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

MARTHA DEL CARMEN HURTADO REYES, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15142 - M. 866020 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No.0260, Partida No. 8822, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

MARTHA MARIA DIAZ URBINA, natural de Managua, Departamentode Managua, República de Nicaragua, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiendeel Título de Licenciada en Administración de Empresas para que gocede los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15143 - M. 969667 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del

Folio No. 0261, Partida No. 8824, Tomo No. V, del Libro de Registro deTítulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficinalleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

MICHAELLE SOLEDAD MATUS ROA, natural de Jinotepe,Departamento de Carazo, República de Nicaragua, ha cumplido con todoslos requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende elTítulo de Licenciada en Administración de Empresas para que goce delos derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15144 - M. 866199 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No.0260,Partida No. 8823, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

MAYLING ARGENTINA VALLE FONSECA, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15145 - M. 854474 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0261,Partida No. 8825, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

MOISES CALIZ INGRAM, natural de Puerto Cabezas, Departamento deR.A.A.N, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebas establecidas en

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las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende el Título deLicenciado en Administración de Empresas para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15146 - M. 866131 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0261, Partida No. 8826, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

NAYIRI MERCEDES CASTILO PINEDA, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————Reg. No. 15147 - M. 971371 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0262, Partida No. 8827, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

NINOSKA DEL CARMEN OBREGON FUERTES, natural deManagua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, hacumplido con todos los requisitos académicos del Plan de Estudio de suCarrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Administración deEmpresas para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyesy reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la

Universidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel AngelRuiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo BornemannMartínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15148 - M. 969512 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0262,Partida No. 8828, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

OLGA TATIANA CUADRA MORENO, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15149 - M. 970924 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0262,Partida No. 8829, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

ORLANDO JOSE ROMERO SANCHEZ, natural de Nagarote,Departamento de León, República de Nicaragua, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende elTítulo de Licenciado en Administración de Empresas para que goce delos derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

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Reg. No. 15150 - M. 1040352 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0263, Partida No. 8831, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

SILVIO JAVIER ZAMBRANA LOGO, natural de Granada,Departamento de Granada, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciado en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15151 - M. 1052165 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0263, Partida No. 8832, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: 7432LAUNIVERSIDAD CENTROAMERICANA. POR CUANTO:

SOFANA BALTODANO BARREDA, natural de Diriamba,Departamento de Carazo, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15152 - M. 866126 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del

Folio No. 0264, Partida No. 8833, Tomo No. V, del Libro de Registro deTítulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficinalleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

THELMA SCARLETTE VIVAS CASTELLON, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15153 - M. 866206 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0264,Partida No. 8834, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

WENDY ARACELY CACERES, natural de Managua, Departamento deManagua, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebas establecidas enlas disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende el Título deLicenciada en Administración de Empresas para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15154 - M. 971378 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0264,Partida No. 8835, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

WENDY MARIA RUIZ PEREZ, natural de Managua, Departamento deManagua, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebas establecidas enlas disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende el Título de

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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Licenciada en Administración de Empresas para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

________________________

Reg. No. 15155 - M. 866035 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0265, Partida No. 8836, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

XOCHIL ADRIANA BALTODANO ROBLETO, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15156 - M. 866070 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0265, Partida No. 8837, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

YESSENIA PATRICIA FERNANDEZ CUAREZMA, natural deManagua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, hacumplido con todos los requisitos académicos del Plan de Estudio de suCarrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Administración deEmpresas para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyesy reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la

Universidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel AngelRuiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo BornemannMartínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15157 - M. 866028– Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0273,Partida No. 8862, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

ARIANA JERITXA GONZALEZ LAZO, natural de San Pedro de Lóvago,Departamento de Chontales, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15158 - M. 866248 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0274,Partida No. 8864, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

HELEN TATIANA GAITAN LARGAESPADA, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

Page 30: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - # 230 de 28 ... 230.pdf · el fin de proteger la salud humana y el ambiente, mejorar la calidad de vida y proporcionar la oportunidad de un

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Reg. No. 15159 - M. 866011 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0268, Partida No. 8845, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

MARIA BETSABE CABELLERO QUIÑONES, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15160 - M. 971590 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0268, Partida No. 8846, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

MICHELE DE LA CONCEPCION BARQUERO VEGA, natural deManagua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, hacumplido con todos los requisitos académicos del Plan de Estudio de suCarrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Administración deEmpresas, para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyesy reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

—————————

Reg. No. 15161 - M. 971503 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del

Folio No. 0282, Partida No. 8889, Tomo No. V, del Libro de Registro deTítulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficinalleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

YESSY DE LA CRUZ GALAN GONZALEZ, natural de Jinotepe,Departamento de Carazo, República de Nicaragua, ha cumplido con todoslos requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende elTítulo de Licenciada en Administración Agropecuaria, para que gocede los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

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Reg. No. 15162 - M. 866114 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0275,Partida No. 8868, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

ANA MARIA HURTADO CUADRA, natural de Managua, Departamentode Managua, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebas establecidas enlas disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende el Título deLicenciada en Administración de Empresas, para que goce de losderechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

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Reg. No. 15163 - M. 866238 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0269,Partida No. 8848, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

BERTHA JAZMIN GRANADOS CHONG, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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extiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

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Reg. No. 15164 - M. 971559 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0217, Partida No. 8692, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

BLANCA ALICIA CASTELLON LOPEZ, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los quince díasdel mes de agosto del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel RuizVicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo BornemannMartínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, quince de agosto del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

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Reg. No. 15165 - M. 866185 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0276, Partida No. 8869, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

CLAUDIA ALEJANDRA DAVILA NAVAS, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la

Universidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel AngelRuiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo BornemannMartínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

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Reg. No. 15166 - M. 971560 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0217,Partida No. 8694, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

CONCEPCION BEATRIZ GUEVARA BRAVO, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los quince díasdel mes de agosto del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad, MayraLuz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz Vicario S.J.-El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, quince de agosto del 2005.-Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

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Reg. No. 15167 - M. 866247 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y Control Académicode la Universidad Centroamericana, certifica que bajo del Folio No. 0276,Partida No. 8870, Tomo No. V, del Libro de Registro de Títulos degraduados en la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

EVERLYN ALEXANDRA BONILLA MARTINEZ, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de la Universidad,Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, Miguel Angel Ruiz VicarioS.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubre del2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

Page 32: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - # 230 de 28 ... 230.pdf · el fin de proteger la salud humana y el ambiente, mejorar la calidad de vida y proporcionar la oportunidad de un

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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28-11-05 230

Reg. No. 151685 - M. 969660 – Valor C$ 85.00

CERTIFICACION

La o (él) suscrita (o) Directora de Oficina de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica que bajo delFolio No. 0269, Partida No. 8849, Tomo No. V, del Libro de Registrode Títulos de graduados en la Universidad Centroamericana, que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

FABIOLA ISABEL CANTILLANO GUTIERREZ, natural de Masaya,Departamento de Masaya, República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veintiochodías del mes de octubre del año dos mil cinco.- El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz.- El Secretario General, MiguelAngel Ruiz Vicario S.J.- El Decano de la Facultad, Guillermo AdolfoBornemann Martínez.

Es conforme. Managua, República de Nicaragua, veintiocho de octubredel 2005.- Yolanda Céspedes Rugama, Directora.

SECCION JUDICIAL

TITULOS SUPLETORIOS

Reg. No. 15203 – M. 1618566 – Valor C$ 255.00

ISMAEL TORUÑO AMADOR, solicita Título Supletorio propiedadubicada Santa Clara, Jurisdicción San Fernando, cien manzanasextensión, linderos, Norte: Eulalio Rodríguez, Ramón Marín; Sur:Callejón de por medio Abraham Vilchez; Este: Rafael Vilchez yAbraham Vilchez; Oeste: Zacarías Acuña, Reynaldo RodríguezMoncada, Abraham Vilchez. Opónganse. Juzgado Civil de Distrito.Ocotal, veinticuatro de marzo del año dos mil cuatro. EsperanzaBarahona O., Secretaria. 3-2

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Reg. No. 15204 – M. 1618566 – Valor C$ 255.00

REYNALDO SALGADO RIVERA, solicita Título Supletorio deuna casa y solar ubicado en el Bo. Santa Ana, del Aserrío de PantaleónZelaya, seis cuadras al norte y media cuadra al este, el cual mide docevaras y media de frente, por veinte y cinco varas de fondo. Linderos:Norte: Francisco Merlo; Sur: Antonio Zeledón; Este: Juan VarelaGarcía; Oeste: Reyna Moncada Maradiaga. La casa mide cinco varasde frente por ocho varas de fondo. Opóngase. Juzgado Local Unico,Ocotal quince de junio del año dos mil cinco. Maritza B. Fajardo Ruiz,Secretaria. 3-2

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Reg. No. 15205 – M. 1618566 – Valor C$ 255.00

JASMINA DEL CARMEN LOPEZ, solicita Título Supletorio de unterreno con casa ubicado en el Bo. Santa Ana del Aserrío PantaleónZelaya una cuadra al norte, el que mide: Catorce metros de frente porveinte y cinco metros de fondo (14 mts x 25 mts) con un área totalde trescientos cincuenta metros cuadrados (350 mts). Linderos:

Norte: Jayro Pineda; Sur: Solar valdío; Este: Ramón Iglesias; Oeste:Betty González. Opóngase. Juzgado Local Unico, Ocotal veinte de juliodel año dos mil cinco. Maritza B. Fajardo Ruiz, Secretaria.

3-2GUARDADORES AD-LITEM

Reg. No. 15199 – M. 1653725 – Valor C$ 135.00

Cítese y Emplázase a la Señora ETHEL DEL ROSARIO GARCIA DIAZ,para que en el término de cinco días, después de publicados estos edictosen un diario de circulación nacional, comparezca a este Despacho Judiciala contestar la demanda de Divorcio Unilateral que ha promovido en su contrael señor NAZARETH ADONIS COLLADO LOPEZ, bajo apercibimientode nombrarle Guardador Ad-Litem, si no comparece. Juzgado Local Unico.Camoapa, diez de noviembre del año dos mil cinco. Lic. Mayra G., ChaverryRojas, Juez Local Unido de Camoapa. (f) Secretaria.

3-1________________

Reg. No. 14892 – M. 1653669 – Valor C$ 255.00

De la anterior demanda ordinaria con acción de PRESCRIPCIONEXTRAORDINARIA, interpuesta por el señor JOSE ERVIN ESPINOZA,en el carácter con que actúa en contra de los SUCEROS DEL SEÑORORLANDO ESPINOZA VILLAVICENCIO, quienes son de domiciliodesconocido, al tenor del Arto. 868 PR, siendo que la demandada es dedomicilio desconocido, tramítese el nombramiento de Guardador Ad-Litem, para estos últimos en juicio sumario y una vez rendida la prueba conintervención de la Procuraduría Civil de Justicia, para que se apersonen enjuicio. Dado en el Juzgado Primero Civil de Distrito de Managua, a los tresdías del mes de noviembre del dos mil cinco. Adriana María Cristina HueteLópez, Juez Primero Civil de Distrito de Managua. J. Acuña O., Srio.

3-1——————

Reg. No. 15197 – M. 1653723 – Valor C$ 85.00

Emplácese al señor JUAN JOSE QUEZADA PERALTA, para que al sextodía de publicado este edicto, comparezca a estar a derecho en la presentedemanda judicial, que con acción de Nulidad Absoluta de Contrato yCancelación de Asiento Registral, ha interpuesto en su contra la ComunidadIndígena de Sébaco representada por el Licenciado Rigoberto Mairena Ruizen su carácter de Apoderado General Judicial, previniéndole que de nocomparecer se procederá a nombrarle un Guardador para que lo representeen este juicio. Expediente Número 652-0415-05 CV. Se extiende el presenteedicto por estar así ordenado en auto de fecha cinco de noviembre del dosmil cinco, las diez de la mañana. Dado en Matagalpa a las cuatro de la tardedel ocho de noviembre del año dos mil cinco. Martha L. Loáisiga Cruz, JuezSegundo de Distrito Civil de Matagalpa.

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Reg. No. 15198 – M. 1653723 – Valor C$ 85.00

Emplácese al señor RIGOBERTO PRADO LACAYO, para que al sextodía de publicado este edicto, comparezca a estar a derecho en la presentedemanda judicial, que con acción de Nulidad de Contrato de Hipoteca yCancelación de Asiento Registral, ha interpuesto en su contra la ComunidadIndígena de Sébaco representada por el Licenciado Rigoberto Mairena Ruizen su carácter de Apoderado General Judicial, previniéndole que de nocomparecer se procederá a nombrarle un Guardador para que lo representeen este juicio. Expediente Número 919, Cons. 05. Se extiende el presenteedicto por estar así ordenado en auto de fecha tres de noviembre del dos milcinco a las dos y cuarenta minutos de la tarde. Dado en Matagalpa a las cuatrode la tarde del ocho de noviembre del año dos mil cinco. Martha L. LoáisigaCruz, Juez Segundo de Distrito Civil de Matagalpa.

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