fundamentos legales de la capacitacion

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Marco Legal de la Capacitación Fundamentos Legales Generales Contenido / Tema Artículos relacionados de la L.F.T. Establecimiento del derecho a la capacitación. Art. 3 Objetivos de la capacitación. Art. 153 A, 153 F Obligaciones de la empresa. Art. 25-VIII, 391-VII, 132-XV, 132-XVIII, 153-O, 153-E, 153-K, 153-N, 153-Q, 153-V, 180-IV Derechos y obligaciones de los trabajadores. Art. 153-A, 153-H, 153-I, 153-T, 153-V, 153-U Procedimiento de la capacitación. Art. 153-B, 153-D, 153-E, 153-G Órganos / Organismos Laborales Contenido / Tema Artículos relacionados de la L.F.T. Servicio nacional del empleo, capacitación y adiestramiento. Art. 523, 526, 537, 538, 539 Consejo consultivo nacional y competencia federal. Art. 539-A, 527 Consejos consultivos estatales y regionales. Art. 539-B Colaboración de entidades federativas. Art. 527-A, 529, 539-C Comités nacionales de capacitación. Art. 153-L, 153-K Comisiones mixtas de capacitación y adiestramiento. Art. 153-I, 153-J, 153-C, 153-P Instrumentos de Aplicación Laboral Contenido / Tema Artículos relacionados de la L.F.T. Contratos colectivos, contratos Art. 25, 391, 153-M,

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fundamentos legales de la capacitacion

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MODELO GUIA FUNDAMENTOS LEGALES DE LA CAPACITACION

Marco Legal de la Capacitacin

Fundamentos Legales Generales

Contenido / TemaArtculos relacionados de la L.F.T.

Establecimiento del derecho a la capacitacin.Art. 3

Objetivos de la capacitacin.Art. 153 A, 153 F

Obligaciones de la empresa.Art. 25-VIII, 391-VII, 132-XV, 132-XVIII, 153-O, 153-E, 153-K, 153-N, 153-Q, 153-V, 180-IV

Derechos y obligaciones de los trabajadores.Art. 153-A, 153-H, 153-I, 153-T, 153-V, 153-U

Procedimiento de la capacitacin.Art. 153-B, 153-D, 153-E, 153-G

rganos / Organismos Laborales

Contenido / TemaArtculos relacionados de la L.F.T.

Servicio nacional del empleo, capacitacin y adiestramiento.Art. 523, 526, 537, 538, 539

Consejo consultivo nacional y competencia federal.Art. 539-A, 527

Consejos consultivos estatales y regionales.Art. 539-B

Colaboracin de entidades federativas.Art. 527-A, 529, 539-C

Comits nacionales de capacitacin.Art. 153-L, 153-K

Comisiones mixtas de capacitacin y adiestramiento.Art. 153-I, 153-J, 153-C, 153-P

Instrumentos de Aplicacin Laboral

Contenido / TemaArtculos relacionados de la L.F.T.

Contratos colectivos, contratos ley.Art. 25, 391, 153-M, 412

Planes y programas de capacitacin.Art. 153-N, 153-O, 153-Q, 153-R

Capacitacin y vacantes de trabajo.Art. 159

Exmenes de capacitacin y certificados.Art. 153, 153-U, 153-V, 153-W

Conciliacin.Art. 153-X

Sanciones.Art. 153-S, 878, 876, 992, 994

Ley Federal del Trabajo Art. 153

Art.Contenido

153-ATodo trabajador tiene derecho a que su patrn le proporcione capacitacin y adiestramiento en su trabajo.

Que le permita elevar su nivel de vida y productividad, conforme a los programas y planes formulados de comn acuerdo por el patrn y el sindicato o sus trabajadores, aprobados por la S.T.P.S.

153-BLa empresa podr convenir con los trabajadores el lugar en donde se lleve a cabo la capacitacin, si los instructores son internos o externos, las instituciones, organismos o escuelas especializadas que la lleven a cabo.

153-ELa imparticin de la capacitacin deber de ser dentro de las horas de la jornada de trabajo, salvo cuando se atienda a la naturaleza de los servicios por convenio de patrn y trabajador, o cuando el trabajador desee capacitarse en una actividad distinta a la de la ocupacin que desempee.

153-FObjeto de la capacitacin y adiestramiento.

Actualizar y perfeccionar conocimientos y habilidades del trabajador para su actividad, as como proporcionarle informacin sobre la nueva tecnologa.

Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creacin.

Prevenir riesgos de trabajo.

Incrementar la productividad.

En general, mejorar las aptitudes del trabajador.

153-HLos trabajadores estn obligados a:

Asistir puntualmente a los cursos.

Atender a las indicaciones de las personas que impartan la capacitacin o adiestramiento y cumplir con los programas respectivos.

Presentar exmenes de evaluacin de conocimientos y de aptitud que sean requeridos.

153-IConstituir en cada empresa Comisiones Mixtas de Capacitacin y Adiestramiento, con igual nmero de representantes de trabajadores y patrones.

Estas vigilaran la instrumentacin, operacin y procedimientos de capacitacin y adiestramiento, sugiriendo medidas para perfeccionarlos.

153-JLas autoridades laborales cuidarn la integracin y funcionamiento de las comisiones mixtas de C. y A.

153-QLos planes y programas de capacitacin y adiestramiento debern cumplir con los siguientes requisitos:

Referirse a perodos no mayores de 4 aos.

Comprender todos los puestos y niveles existentes en la empresa.

Precisar las etapas durante las cuales se impartir capacitacin y adiestramiento al total de los trabajadores de un mismo puesto o categora.

Especificar el nombre y nmero de registro en la S.T.P.S. de las entidades instructoras.

Aquellos otros que se establezcan por la S.T.PS. y se publiquen en el diario oficial de la federacin.

153-MEn contratos colectivos incluir clusulas relativas a la obligacin patronal de la capacitacin y adiestramiento.

153-NDentro de los 15 das siguientes a la celebracin, revisin o prorroga del contrato colectivo de trabajo, los patrones debern presentar ante la S.T.P.S. para su aprobacin los planes y programas de C. y A. que se hayan acordado o las modificaciones convenidas de los mismos.

153-OLas empresas en que no rija el contrato colectivo de trabajo, debern someter a aprobacin de la S.T.P.S. dentro de los primeros 60 das de los aos impares, los planes y programas de C. y A., igualmente informar respecto a la constitucin y bases generales a que se sujetarn las Comisiones Mixtas de Capacitacin y Adiestramiento.

153-VLa constancia de habilidades laborales, documento expedido por el capacitador, con el cual el trabajador acredita haber llevado a aprobado un curso de capacitacin.

Las empresas estn obligadas a enviar a la S.T.P.S. para su registro y control, listas de constancias que se hayan expedido a los trabajadores.

Formatos que requiere la S.T.P.S.

CdigoNombre

Formato DC 1Informe sobre la constitucin de la Comisin Mixta de Capacitacin y Adiestramiento.

Formato DC 2 Presentacin del plan y programas de Capacitacin y Adiestramiento.

Formato DC 2BSolicitud de registro de sistema general de Capacitacin y Adiestramiento. ( Aplica solo para cmaras y asociaciones ).

Formato DC 3 Constancia de habilidades laborales.

Formato DC 4 Lista de constancias de habilidades laborales.

Formato DC 5 Solicitud de registro de agente capacitador externo.

( nicamente para personas fsicas que se dedican a la capacitacin y adiestramiento ).

QUE SANCION PUEDE APLICARSE A LAS PERSONAS QUE NO CUMPLAN CON LA OBLIGACIN DE CAPACITARSE

La Ley Federal del Trabajo establece lo siguiente:

Art. 153-H Los trabajadores a quienes se imparta capacitacin o adiestramiento estn obligados a:

I. Asistir puntualmente a los cursos, sesiones de grupo y dems actividades que formen parte del proceso de capacitacin o adiestramiento.

II. Atender las indicaciones de las personas que impartan la capacitacin o adiestramiento y cumplir con los programas respectivos.

III. Presentar los exmenes de evaluacin de conocimientos y de aptitud que sean requeridos.

De no ser cumplida tal obligacin obligacin, se dar lugar a la sancin correspondiente.

Por otra parte, el artculo 153-U de la propia ley seala:

Cuando implantado un programa de capacitacin, un trabajador se niegue a recibir sta por considerar que tiene los conocimientos necesarios para el desempeo de su puesto y del inmediatamente superior, deber acreditar documentalmente dicha capacidad o presentar y aprobar, ante la entidad instructora, el examen de suficiencia que seale la Secretara del Trabajo y Previsin Social.

En este ltimo caso, se extender a dicho trabajador la correspondiente constancia de habilidades laborales .

El artculo en s es muy claro y puede mostrarse a los trabajadores renuentes para convencerlos a participar en las actividades de capacitacin y adiestramiento.

La individualizacin de la sancin que corresponda a una persona determinada que no haya cumplido con la obligacin de capacitarse, atender a lo que para ello disponga el Contrato Colectivo, as como el Reglamento Interior de Trabajo.

El artculo 153-M seala que en los Contratos Colectivos deben incluirse clusulas relativas a la obligacin patronal de capacitar y adiestrar, as como los procedimientos conforme a los cuales lo llevar a cabo.

Ejemplo de clusulas del Reglamento Interior de Trabajo referentes a la capacitacin:

La capacitacin y adiestramiento que proporcione la empresa deber tener por objeto:

a) Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades del trabajador en su actividad, as como proporcionarle informacin sobre la aplicacin de nueva tecnologa en ella.

b) Preparar al trabajador para ocupar una vacante o puesto de nueva creacin.

c) Prevenir los riesgos de trabajo.

d) Incrementar la productividad.

e) Incrementar la calidad.

f) En general, mejorar las aptitudes del trabajador.

En la empresa se constituir y se mantendr en funcionamiento una Comisin Mixta de Capacitacin y Adiestramiento, integrada por igual nmero de representantes de los trabajadores y de la empresa, la cual vigilar la instrumentacin, operacin y mejora continua del sistema, as como de los procedimientos que se implanten para la capacitacin y adiestramiento del personal.

Atendiendo a la naturaleza de los servicios que presta la empresa, patrn y trabajadores convienen en que la capacitacin y adiestramiento podr impartirse durante las horas de la jornada o fuera de ella y dentro o fuera de la empresa, segn se favorezca el mayor aprovechamiento de los mismos.

De acuerdo con lo establecido en el artculo 153-H de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores a quienes se imparta capacitacin o adiestramiento estn obligados a:

I. Asistir puntualmente a los cursos, sesiones de grupo y dems actividades que formen parte del proceso de capacitacin o adiestramiento.

II. Atender a las indicaciones de las personas que impartan la capacitacin o adiestramiento y cumplir con los programas respectivos.

III. Presentar los exmenes de evaluacin de conocimientos y de aptitud que sean requeridos.

Cuando implantado un programa de capacitacin, un trabajador se niegue a recibirla por considerar que tiene los conocimientos necesarios para el desempeo de su puesto y del inmediatamente superior, de acuerdo con lo que dispone el artculo 153-U de la Ley Federal del Trabajo, deber acreditar documentalmente dicha capacidad, as como presentar y aprobar ante la entidad instructora el examen de suficiencia que seale la Secretara del Trabajo y Previsin Social. Si el trabajador aprobare los exmenes mencionados, le sern expedidas las constancias de habilidad correspondientes.

El Incumplimiento de las obligaciones que en materia de capacitacin o adiestramiento tiene el personal, darn lugar a sanciones que irn desde reconvenciones hasta suspensin en el trabajo sin goce de salario, de acuerdo a lo establecido en la fraccin X del artculo 423 de la Ley Federal del Trabajo.

Es posible que ms importante que las sanciones que se puedan imponer al trabajador por no cumplir sus obligaciones en materia de capacitacin y adiestramiento, es la prdida de oportunidades que le sobrevendr por perder promociones y aumentos de salario.Logstica General de un Proceso de Capacitacin

a) Definicin y apego al Marco Estratgico.

b) Realizacin de inventario de competencias / talentos.

c) Integracin de la Comisin Mixta de C. y A.

d) Realizacin de Deteccin de Necesidades de C. y A.

e) * Alta de la Comisin Mixta de C. y A. ante la S.T.P.S.

f) Elaboracin de plan y programas de C. y A.

g) Elaboracin de presupuestos operativos.

h) Cotizaciones, ajuste de presupuestos y seleccin de instructores.

i) Registro de plan y programas ente la S.T.P.S.

j) Implementacin del plan y programas de C. y D.

k) Control y evaluacin de los programas de C. y D.

l) Determinacin de desviaciones de los resultados esperados en C. y A.

m) Implantacin de acciones correctivas y preventivas de C. y A.

* Esta etapa se puede hacer al mismo tiempo que el inciso i), es decir, cuando registremos los planes y programas en la S.T.P.S.

Check List evento de C. y A.

Logstica y verificacin de:

Horarios, lugar del evento, baos ( limpieza y ubicacin ), cafeteria, horarios de recesos, servicio de coffe break,, listas de asistencia, estacionamiento.

En sala de capacitacin:

Acomodo y ergonoma de mobiliario, conexiones (ubicacin y funcionamiento), iluminacin, ventilacin, clima artificial, equipo audiovisual, extensiones.MaterialesEquiposPapeleraHerramientas

Original de manual.

Copias manual participante

Acetatos.

Copias de ejercicios

Videos.

Revistas.

Audio cassetes.

Cd de la presenta-cin.

Lista de asistencia. Computadora con CD.

Caon proyector.

Proyector de acetatos.

Rotafolio.

Pizarrn.

Grabadora.

Videograbadora.

Televisin grande.

Sistema de audio.

Aire acondicionado.

Copiadora. Marcadores.

Hojas blancas.

Lpices.

Hojas de rotafolio.

Plumas.

Sealador lasser.

Colores.

Engrapadora.

Sacapuntas. Extensin elctrica.

Regulador de corriente.

Lnea de telfono.

Enchufe triple (tierra).

Cable conexin VHS TV