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SUMARIO NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003 AÑO XXI - Nº 8427 Pág. 248427 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DE LOS DERECHOS DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD Y DEL CENTENARIO DEL NACIMIENTO DE JORGE BASADRE GROHMANN" R E P U B LIC A D E L P E R U DIARIO OFICIAL Director: HUGO COYA HONORES http://www.editoraperu.com.pe RELACIONES EXTERIORES R.S. Nº 172-2003-RE.- Imponen sanciones disciplinarias a di- versos funcionarios del Servicio Diplomático de la República 248438 R.M. Nº 0637-2003-RE.- Instruyen a Inspectoría General ar- chivar caso en que se declaró improcedencia de la apertura de proceso disciplinario a Embajadores 248439 SALUD R.M. Nº 828-2003-SA/DM.- Autorizan viaje de funcionario a Japón para participar en reunión de evaluación de decisiones a adoptar respecto a la contaminación de 200 toneladas de harina de pescado provenientes de Perú 248439 Fe de Erratas R.M. Nº 796-2003-SA/DM 248439 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. Nº 550-2003-MTC/03.- Prohíben instalación de determi- nadas estaciones radioeléctricas en Zonas de Protección Prima- ria y Secundaria de las Estaciones de Comprobación Técnica pertenecientes al Sistema Nacional de Gestión del Espectro Radioeléctrico 248440 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Res. Adm. Nº 086-2003-CE-PJ.- Disponen reincorporación de Juez Titular Especializado en lo Penal en el Distrito Judicial del Callao 248441 Res. Adm. Nº 087-2003-CE-PJ.- Designan integrante de la Ofi- cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial 248441 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 0295-2003-P-CSJLI/PJ.- Establecen inicio de efectividad de medida cautelar de abstención en el cargo, recaí- da en magistrado por su actuación como Juez del 23º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima 248442 Fe de Erratas Res. Adm. Nº 0278-2003-P-CSJL/PJ 248442 ORGANISMOS AUTÓNOMOS ONPE R.J. Nº 161-2003-J/ONPE.- Aprueban Reglamento de Organi- zación y Funciones de ONPE 248443 MINISTERIO PÚBLICO Res. Nº 1113-2003-MP-FN.- Nombran a magistrada en el des- pacho de la Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Jus- ticia de Jacobo de Hunter 248453 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA Ley Nº 28030.- Ley que modifica el artículo 63º del Decreto Legislativo Nº 809, Ley General de Aduanas 248429 Ley Nº 28031.- Ley que modifica el artículo 128º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley General de Minería 248429 Ley Nº 28032.- Ley de eliminación de barreras burocráticas en favor de la competitividad de los agentes económicos 248430 Ley Nº 28033.- Ley que modifica la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo 248430 Fe de Erratas Leyes Nºs. 27027, 27028 y 27029 248431 PODER EJECUTIVO MINCETUR R.M. Nº 275-2003-MINCETUR/DM.- Designan Presidente e integrantes de la Junta de Administración de la Autoridad Autóno- ma del Proyecto Playa Hermosa - Tumbes 248431 DEFENSA R.M. Nº 1096-DE/EP/DP-SDAPE 1C/.- Autorizan viaje de per- sonal militar para recibir tratamiento médico altamente especia- lizado en EE.UU. 248431 R.M. Nº 1126-DE/MGP.- Autorizan viaje de personal de la Marina a EE.UU. para participar en el Curso de Comandante de Lanchas Patrulleras, Ley y Operaciones Militares Disciplinadas 248432 RR.MM. Nºs. 1130, 1131 y 1132-DE/EP.- Declaran en situa- ción de urgencia la adquisición de prendas militares, artículos y material de comunicaciones así como de diversos insumos y re- puestos 248432 R.M. Nº 1134-DE/EP/DP-SDAPE 1C/.- Modifican resolución que autorizó viaje de personal militar para recibir tratamiento médico altamente especializado en EE.UU. 248435 R.M. Nº 1135-DE/EP.- Transfieren área de terreno a favor del Organismo Especial del Fondo de Vivienda Militar del Ejérci- to, ubicado en el distrito de Pachacámac, provincia de Lima 248435 ECONOMÍA Y FINANZAS D.S. Nº 101-2003-EF.- Autorizan transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2003 destina- das al IPD, PCM, Consejo Nacional de Descentralización y otras instancias descentralizadas 248436 R.M. Nº 365-2003-EF/10.- Autorizan viaje del Viceministro de Economía a EE.UU. para realizar gestiones ante organismos eco- nómicos internacionales 248437 R.M. Nº 367-2003-EF/10.- Autorizan viaje de representante de PROINVERSIÓN a México para participar en reunión del Grupo de Negociación sobre Inversión (GNIN-ALCA) 248437

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S U M A R I O

NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003 AÑO XXI - Nº 8427 Pág. 248427

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

"AÑO DE LOS DERECHOS DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD Y DELCENTENARIO DEL NACIMIENTO DE JORGE BASADRE GROHMANN"

REPUB L ICA DEL PERU

DIARIO OFICIAL

Director: HUGO COYA HONORES http://www.editoraperu.com.pe

RELACIONES EXTERIORES

R.S. Nº 172-2003-RE.- Imponen sanciones disciplinarias a di-versos funcionarios del Servicio Diplomático de la República

248438R.M. Nº 0637-2003-RE.- Instruyen a Inspectoría General ar-chivar caso en que se declaró improcedencia de la apertura deproceso disciplinario a Embajadores 248439

SALUD

R.M. Nº 828-2003-SA/DM.- Autorizan viaje de funcionario aJapón para participar en reunión de evaluación de decisiones aadoptar respecto a la contaminación de 200 toneladas de harinade pescado provenientes de Perú 248439Fe de Erratas R.M. Nº 796-2003-SA/DM 248439

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

R.M. Nº 550-2003-MTC/03.- Prohíben instalación de determi-nadas estaciones radioeléctricas en Zonas de Protección Prima-ria y Secundaria de las Estaciones de Comprobación Técnicapertenecientes al Sistema Nacional de Gestión del EspectroRadioeléctrico 248440

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL

Res. Adm. Nº 086-2003-CE-PJ.- Disponen reincorporación deJuez Titular Especializado en lo Penal en el Distrito Judicial delCallao 248441Res. Adm. Nº 087-2003-CE-PJ.- Designan integrante de la Ofi-cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial248441

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Res. Adm. Nº 0295-2003-P-CSJLI/PJ.- Establecen inicio deefectividad de medida cautelar de abstención en el cargo, recaí-da en magistrado por su actuación como Juez del 23º JuzgadoEspecializado en lo Civil de Lima 248442Fe de Erratas Res. Adm. Nº 0278-2003-P-CSJL/PJ248442

ORGANISMOS AUTÓNOMOS

ONPE

R.J. Nº 161-2003-J/ONPE.- Aprueban Reglamento de Organi-zación y Funciones de ONPE 248443

MINISTERIO PÚBLICO

Res. Nº 1113-2003-MP-FN.- Nombran a magistrada en el des-pacho de la Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Jus-ticia de Jacobo de Hunter 248453

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Ley Nº 28030.- Ley que modifica el artículo 63º del DecretoLegislativo Nº 809, Ley General de Aduanas 248429Ley Nº 28031.- Ley que modifica el artículo 128º del Texto Úni-co Ordenado de la Ley General de Minería 248429Ley Nº 28032.- Ley de eliminación de barreras burocráticasen favor de la competitividad de los agentes económicos

248430Ley Nº 28033.- Ley que modifica la Ley del Impuesto General alas Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo 248430Fe de Erratas Leyes Nºs. 27027, 27028 y 27029 248431

PODER EJECUTIVO

MINCETUR

R.M. Nº 275-2003-MINCETUR/DM.- Designan Presidente eintegrantes de la Junta de Administración de la Autoridad Autóno-ma del Proyecto Playa Hermosa - Tumbes 248431

DEFENSA

R.M. Nº 1096-DE/EP/DP-SDAPE 1C/.- Autorizan viaje de per-sonal militar para recibir tratamiento médico altamente especia-lizado en EE.UU. 248431R.M. Nº 1126-DE/MGP.- Autorizan viaje de personal de laMarina a EE.UU. para participar en el Curso de Comandante deLanchas Patrulleras, Ley y Operaciones Militares Disciplinadas

248432RR.MM. Nºs. 1130, 1131 y 1132-DE/EP.- Declaran en situa-ción de urgencia la adquisición de prendas militares, artículos ymaterial de comunicaciones así como de diversos insumos y re-puestos 248432R.M. Nº 1134-DE/EP/DP-SDAPE 1C/.- Modifican resoluciónque autorizó viaje de personal militar para recibir tratamientomédico altamente especializado en EE.UU. 248435R.M. Nº 1135-DE/EP.- Transfieren área de terreno a favor delOrganismo Especial del Fondo de Vivienda Militar del Ejérci-to, ubicado en el distrito de Pachacámac, provincia de Lima

248435

ECONOMÍA Y FINANZAS

D.S. Nº 101-2003-EF.- Autorizan transferencia de partidas en elpresupuesto del Sector Público para el año fiscal 2003 destina-das al IPD, PCM, Consejo Nacional de Descentralización y otrasinstancias descentralizadas 248436R.M. Nº 365-2003-EF/10.- Autorizan viaje del Viceministro deEconomía a EE.UU. para realizar gestiones ante organismos eco-nómicos internacionales 248437R.M. Nº 367-2003-EF/10.- Autorizan viaje de representantede PROINVERSIÓN a México para participar en reunión delGrupo de Negociación sobre Inversión (GNIN-ALCA)

248437

Pág. 248428 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

Res. Nº 1114-2003-MP-FN.- Reincorporan a magistrado en elcargo de Fiscal Provincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixtade Camaná 248453Res. Nº 1115-2003-MP-FN.- Crean Plaza de Fiscal Adjunto Pro-vincial en el Distrito Judicial de Puno 248453Res. Nº 1119-2003-MP-FN.- Nombran fiscal provisional en eldespacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de San Martín

248453

S B S

Res. SBS Nº 1074-03.- Dejan sin efecto la Res. Nº 275-2003 porla cual se autorizó al Banco de Comercio trasladar de lugar ofi-cina especial ubicada en la provincia de Arequipa 248454Res. SBS Nº 1075-2003.- Otorgan facultades a conductores paraque en representación de estudio de abogados lleven a cabocontinuación y culminación de proceso de liquidación del Ban-co República en Liquidación 248454

UNIVERSIDADES

Res. Nº 315-03-R.- Instauran proceso administrativo disciplina-rio a profesores adscritos a la Facultad de Ingeniería Eléctrica yElectrónica de la Universidad Nacional del Callao 248455Res. Nº 0841.- Declaran nulidad de adjudicación directa selecti-va referida al suministro e instalación de equipo electrónico

248455

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

CONASEV

Res. Nº 051-2003-EF/94.45.- Disponen exclusión de accionesrepresentativas del capital social de Financiera Daewoo S.A. delRegistro Público del Mercado de Valores 248456

PROINVERSIÓN

Res. Nº 020-2003.- Designan personal directivo 248457

OSINERG

Res. Nº 108-2003-OS/CD.- Incluyen como referencia legal delnumeral 5.1 de la Escala de Multas y Sanciones de Hidrocar-buros el artículo 8º del Reglamento para la Comercialización deGas Licuado de Petróleo 248457

OSITRAN

Res. Nº 007-2003-CD/OSITRAN.- Aprueban Reglamento delAporte por Regulación 248458

SUNARP

Res. Nº 013-2003-SUNARP/SA.- Aceptan renuncia de Vocal delTribunal Registral 248460Res. Nº 336-2003-SUNARP/SN.- Autorizan contratar serviciosde mensajería para la Sede Principal mediante proceso de adju-dicación de menor cuantía 248460

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA

Res. Nº 206-2003-GRA.- Designan Director Regional de Co-mercio Exterior y Turismo 248461Res. Nº 213-2003-GRA.- Designan Director Regional de Agri-cultura 248462

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

Res. Nº 312-2003-GR-HVCA/PR.- Incluyen construcción decentro educativo y proyectos de preinversión en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2003 dela Unidad Ejecutora: 002 248462

R.D. Nº 000883.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones para el Ejercicio Fiscal 2003 de la Unidad EjecutoraEducación Huancavelica 248463

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO

Ordenanza Nº 008-CR/GRL.- Modifican el artículo 25º delReglamento Interno del Consejo Regional, referido a la remunera-ción del Presidente y Vicepresidente Regional 248463Ordenanza Nº 009-CR/GRL.- Aprueban Programa Especial deRegularización y Saneamiento de las deudas del Sector Agrarioy Pesquero en la Región Loreto 248464Ordenanza Nº 010-CR/GRL.- Autorizan a Presidencia del Go-bierno Regional a suscribir convenios para siembra y cultivo deTilapia a nivel experimental 248464Ordenanza Nº 012-CR/GRL.- Constituyen Consejo Regionalde Semillas de Cultivos Agrícolas y Forestales 248465Ordenanza Nº 013-CR/GRL.- Constituyen Comité Regionalde Promoción de Parques Industriales de la Región Loreto

248465

GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES

Ordenanza Nºs. 005 y 006-2003/GOBIERNO REGIONAL-CRP-P.- Aprueban modificaciones del Organigrama Estructuraly del Reglamento de Organización y Funciones del GobiernoRegional 248466

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

D.A. Nº 145.- Aprueban Reglamento del Procedimiento y Bene-ficios para la Formalización del Comercio Informal en Campos,Locales y Mercados Feriales en la Zona Oeste del Cercado deLima 248468

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO

RR. Adms. Nº 0721, 0722 y 0724-2003-A/MDC.- Inician pro-ceso administrativo disciplinario a ex funcionarios de la munici-palidad 248469

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS

R.A. Nº 0426-2003.- Modifican el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones de la municipalidad del año 2003248471

MUNICIPALIDAD DE LURÍN

Acuerdo Nº 066-2003/ML.- Declaran en situación de urgenciala adquisición de productos para el Programa Distrital del Vasode Leche 248472

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

Ordenanza Nº 047-MDSMP.- Exoneran de los derechos depago por concepto de grupo sanguíneo a los discapacitados deldistrito 248472Ordenanza Nº 048-MDSMP.- Exoneran porcentaje del total depagos por derechos de licencia provisional, autorización tempo-ral de funcionamiento y/o licencia definitiva a las personas condiscapacidad 248473

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA

D.A. Nº 004-2003-MDLP/ALC.- Disponen el embande-ramiento general, limpieza y pintado de inmuebles del distrito

248474

Pág. 248429NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

LEY Nº 28030

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

La Comisión Permanente del Congreso de laRepública

ha dado la Ley siguiente:

LA COMISIÓN PERMANENTEDEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 63ºDEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 809,

LEY GENERAL DE ADUANAS

Ar tículo 1º.- Agrega un segundo párrafo al artícu-lo 63º del Decreto Legislativo Nº 809, Ley General deAduanas

Agrégase un segundo párrafo al artículo 63º del De-creto Legislativo Nº 809, Ley General de Aduanas, deacuerdo al texto siguiente:

"(...)Las personas naturales o jurídicas que soliciten laImportación Temporal y que califiquen como buenoscontribuyentes, podrán respaldar sus obligaciones enla forma y modo, que a propuesta de SUNAT, se esta-blezca mediante Resolución Ministerial de Economíay Finanzas."

Ar tículo 2º.- DerogatoriaDeróganse o déjanse sin efecto, según corresponda,

las normas que se opongan a la presente Ley.

Ar tículo 3º.- VigenciaLa presente Ley entrará en vigencia al día siguiente

de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Comuníquese al señor Presidente de la República parasu promulgación.

En Lima, a los veintisiete días del mes de junio dedos mil tres.

CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGOPrimer Vicepresidente del Congresode la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONALDE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecio-cho días del mes de julio del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

BEATRIZ MERINO LUCEROPresidenta del Consejo de Ministros

13718

LEY Nº 28031

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

La Comisión Permanente del Congresode la República

ha dado la Ley siguiente:

LA COMISIÓN PERMANENTEDEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 128ºDEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE LA

LEY GENERAL DE MINERÍA

Ar tículo 1º.- ModificatoriaModifícase el artículo 128º del Decreto Supremo

Nº 014-92-EM, Texto Único Ordenado de la Ley Generalde Minería, en los términos siguientes:

"Artículo 128º.- Si se presentaran simultáneamente solici-tudes con coordenadas UTM que determinen la existenciade superposición sobre un área determinada, se remataráel área entre los peticionarios. La Oficina de ConcesionesMineras señalará en el mismo acto, el día y hora del rema-te, que no podrá ser antes de diez días ni después de trein-ta de la fecha de presentación de las solicitudes.Las funciones de la Oficina de Concesiones Mineraspara los efectos de este artículo podrán ser delega-das para cada caso y en forma expresa por el Jefe delInstituto Nacional de Concesiones y Catastro Mineroa las oficinas descentralizadas de esta institución.El precio base del remate será de 3% de la UIT porconcesiones de hasta 100 hectáreas. En áreas mayo-res, el precio base aumentará en 0.2% de UIT, porcada cien hectáreas adicionales o fracción. Es obli-gatorio el depósito, en efectivo o en cheque de geren-cia, del 10% de la base del remate, a la orden delInstituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero,con no menos de 24 horas de anticipación.Con la presencia de los interesados que concurran, ala hora señalada, el Director General de la Oficina deConcesiones Mineras abrirá el acto de remate, recibién-dose en sobre cerrado la oferta de cada postor y elequivalente al 20% de su oferta en efectivo o chequede gerencia como garantía de seriedad de la oferta.Una vez abiertos los sobres y leídas las ofertas, seadjudicará el área a quien haga la oferta más alta.De todo lo actuado se sentará acta que suscribirán elDirector General de la Oficina de Concesiones Mineras,el adjudicatario y los interesados que deseen hacerlo.El adjudicatario deberá consignar en la cuenta del Insti-tuto Nacional de Concesiones y Catastro Minero el montode su oferta menos la garantía de seriedad de ofertadentro del plazo de dos días útiles siguientes, bajo aper-cibimiento de perder el depósito del 10% del precio basedel remate, así como su depósito de seriedad de ofertay de tenerse por abandonado el petitorio, sin perjuiciode adjudicarse el área al postor que haya hecho la si-guiente oferta más alta. En esta última eventualidad, eladjudicatario sustituto deberá pagar el precio que hu-biera ofertado dentro de los cinco días útiles de notifica-do. Esta regla se aplicará sucesivamente.Los depósitos efectuados serán devueltos a los posto-res que no hubiesen logrado la adjudicación, luegode que se haya realizado la consignación respectiva.Si no se presentan postores, se declarará desierto elremate y se remitirán los expedientes debidamenteacumulados a la Jefatura del Instituto Nacional de Con-cesiones y Catastro Minero para que se proceda apublicar el área como denunciable."

Ar tículo 2º.- DerogatoriaDeróganse todas aquellas normas que se opongan a

la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República parasu promulgación.

En Lima, a los veintisiete días del mes de junio dedos mil tres.

Pág. 248430 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGOPrimer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONALDE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecio-cho días del mes de julio del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

BEATRIZ MERINO LUCEROPresidenta del Consejo de Ministros

13719

LEY Nº 28032

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

La Comisión Permanente del Congresode la República

ha dado la Ley siguiente:

LA COMISIÓN PERMANENTEDEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY DE ELIMINACIÓN DE BARRERASBUROCRÁTICAS EN FAVOR DE LA

COMPETITIVIDAD DE LOSAGENTES ECONÓMICOS

Ar tículo 1º.- Objeto de la LeyDeclárase de interés nacional la eliminación de las

barreras burocráticas impuestas por cualquier nivel deGobierno que afecten indebidamente la competitividadde los agentes económicos.

Ar tículo 2º.- Modifica artículo 48º de la Ley Nº 27444Modifícase el segundo párrafo e incorpórase como

tercer y cuarto párrafos del artículo 48º de la Ley Nº 27444,los siguientes textos:

"Artículo 48º.- Cumplimiento de las normas del pre-sente capítulo

(...)

Sin embargo, cuando en un asunto de competencia dela Comisión de Acceso al Mercado la barrera burocrá-tico ha sido establecida por un decreto supremo o unaresolución ministerial, dicha Comisión se pronunciará através de un informe que elevará a la Presidencia delConsejo de Ministros para ser puesto en conocimientodel Consejo de Ministros, el cual deberá necesariamen-te resolver lo planteado en el plazo de 30 (treinta) días.Dicho plazo se computará desde la recepción del Infor-me por la Presidencia del Consejo de Ministros. Del mis-mo modo, cuando la barrera burocrática se encuentreestablecida en una Ordenanza Municipal o una normaregional de carácter general, la Comisión elevará el in-forme respectivo al Concejo Municipal o al Consejo Re-gional, según corresponda, para que resuelva legalmenteen el plazo de 30 (treinta) días. Dicho plazo se computa-rá desde la recepción del informe por la autoridad muni-cipal o regional correspondiente.Si al vencimiento del plazo antes establecido el Con-sejo de Ministros, el Concejo Municipal o el ConsejoRegional no emiten pronunciamiento, se entenderáque la denuncia interpuesta es fundada. En caso deque la autoridad continúe exigiendo la barrera buro-

crática identificada, el interesado podrá interponer laacción de cumplimiento correspondiente.Si el Consejo de Ministros, el Concejo Municipal o elConsejo Regional resuelven expresamente mantener labarrera burocrática, el Indecopi interpondrá demanda deacción popular. En caso de tratarse de barreras susten-tadas en Ordenanzas Municipales o normas regionalesde carácter general, la Comisión remitirá lo actuado a laDefensoría del Pueblo, organismo que procederá a in-terponer la demanda de inconstitucionalidad correspon-diente, de acuerdo con sus funciones previstas en elinciso 2) del artículo 9º de la Ley Nº 26520.

(...)"

Ar tículo 3º.- Incorpora párrafo al artículo 26BIS delDecreto Ley Nº 25868

Incorpórase un último párrafo al artículo 26BIS delDecreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funcionesdel Indecopi, de acuerdo al siguiente texto:

"Artículo 26BIS.- Competencia de la Comisión deAcceso al Mercado

(...)

La Comisión de Acceso al Mercado se encuentra fa-cultada para delegar el ejercicio de sus funciones alas dependencias que, en virtud a convenios suscri-tos por el Directorio del Indecopi, vengan desempe-ñando o desempeñen en el futuro labores de repre-sentación de la Institución.Dicha delegación sólo alcanzará a los actos, reglamen-tos o disposiciones emanadas de los órganos de laAdministración Pública dependientes del GobiernoRegional o Local de la respectiva jurisdicción."

Ar tículo 4º.- Norma derogatoriaDeróganse o déjanse sin efecto, según corresponda,

las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Ar tículo 5º.- Vigencia de la LeyLa presente Ley entrará en vigencia el día siguiente

de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Comuníquese al señor Presidente de la República parasu promulgación.

En Lima, a los veintisiete días del mes de junio dedos mil tres.

CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGOPrimer Vicepresidente del Congresode la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONALDE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecio-cho días del mes de julio del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

BEATRIZ MERINO LUCEROPresidenta del Consejo de Ministros

13720

LEY Nº 28033

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Comisión Permanente del Congresode la República

ha dado la Ley siguiente:

LA COMISIÓN PERMANENTE DELCONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

Pág. 248431NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

LEY QUE MODIFICA LA LEY DELIMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS

E IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO

Ar tículo 1º.- Incremento temporal de la tasa del IGVHasta el 31 de diciembre de 2004, la tasa del Impues-

to General a las Ventas a que se refiere el artículo 17º delTexto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General alas Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobadopor Decreto Supremo Nº 055-99-EF y modificatorias, seráde 17%.

Ar tículo 2º.- Aplicación de la LeyLa presente Ley, entrará en vigencia el primer día del

mes siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano.

Comuníquese al señor Presidente de la República parasu promulgación.

En Lima, a los quince días del mes de julio de dos miltres.

CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la República

HILDEBRANDO TAPIA SAMANIEGOTercer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONALDE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecio-cho días del mes de julio del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

BEATRIZ MERINO LUCEROPresidenta del Consejo de Ministros

13721

FE DE ERRATAS

LEYES Nºs. 27027, 27028 y 27029

Fe de Erratas de las Leyes Nºs. 27027, 27028 y 27029,publicadas en nuestra edición del 18 de julio de 2003, enlas páginas 248350, 248353 y 248356.

DICE:

LEY Nº 27027

DEBE DECIR:

LEY Nº 28027

DICE:

LEY Nº 27028

DEBE DECIR:

LEY Nº 28028

DICE:

LEY Nº 27029

DEBE DECIR:

LEY Nº 28029

13708

PODER EJECUTIVO

MINCETUR

Designan Presidente e integrantes de laJunta de Administración de la AutoridadAutónoma del Proyecto Playa Hermosa -Tumbes

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 275-2003-MINCETUR/DM

Lima, 18 de julio de 2003

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27782, Ley del Proyecto Playa Hermo-sa - Tumbes, crea la Autoridad Autónoma de la Zona delProyecto Playa Hermosa - Tumbes, como ente encarga-do de la ejecución de las disposiciones contenidas en elPlan Maestro de Desarrollo de la Zona del Proyecto;

Que, la Autoridad Autónoma de Playa Hermosa, es unorganismo público adscrito al Ministerio de Comercio Ex-terior y Turismo, con personería jurídica de derecho públi-co interno y con autonomía administrativa, funcional, téc-nica, económica y financiera, que iniciará sus funcionesuna vez que se constituya su Junta de Administración;

Que, la Junta de Administración es el órgano supremo dedirección y control de la Autoridad Autónoma Playa Hermosa,y estará conformada por siete miembros - tres representan-tes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, un repre-sentante de la Municipalidad Provincial de Tumbes, un repre-sentante del Gobierno Regional de Tumbes, un representantede la Cámara de Comercio y Producción de Tumbes y, unrepresentante de los Colegios Profesionales de Tumbes;

Que, en este sentido, resulta necesario designar a losrepresentantes del Ministerio de Comercio Exterior y Tu-rismo, ante la Junta de Administración de la AutoridadAutónoma de Playa Hermosa - Tumbes, a fin que estaúltima asuma sus funciones;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27782,Ley del Proyecto Playa Hermosa - Tumbes, el DecretoSupremo Nº 001-2003-MINCETUR, Reglamento de la Leydel Proyecto Playa Hermosa - Tumbes, la Ley Nº 27790,Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Co-mercio Exterior y Turismo, y la Ley Nº 27594, Ley queregula la participación del Poder Ejecutivo en el nombra-miento y designación de funcionarios públicos;

RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, como Presiden-te de la Junta de Administración de la Autoridad Autónoma delProyecto de Playa Hermosa - Tumbes, al señor Alfredo EnriqueSalazar Maurer, Director Nacional de Desarrollo Turístico.

Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, en representa-ción del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, ante laJunta de Administración de la Autoridad Autónoma del Pro-yecto de Playa Hermosa - Tumbes, a las siguientes personas:

- Señor John Schuler Rauch.- Señor Jaime Enrique Loret de Mola de Lavalle.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL DIEZ CANSECO TERRYMinistro de Comercio Exterior y Turismo

13669

DEFENSA

Autorizan viaje de personal militar pararecibir tratamiento médico altamenteespecializado en EE.UU.

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1096-DE/EP/DP-SDAPE 1C/

Lima, 2 de julio de 2003

Vistos el Of. Nº 0151 DISALE M-3-D/15.07.01 de24.Jun.03;

Pág. 248432 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

CONSIDERANDO:

Que, por RCGE Nº 3123 CP-JAPE 1C/ de 11.Dic.98,se resolvió pasar a la Situación de Retiro con fecha30.Nov.98, al Alfz. Cab. (I) TOCRE DÍAZ Johnny Richard,por la causal de "Incapacidad Psicofísica" - Inapto, ocurri-do en Acto de Servicio;

Que, mediante H/R Nº 04 DISALE M-3/15.07.01 de6.Mar.03, el señor General de Ejército Comandante Ge-neral del Ejército, aprueba la evacuación del Alfz. Cab.(I) TOCRE DÍAZ Johnny Richard, a los Estados Unidosde América, acompañado de un familiar, con la finalidadde recibir tratamiento médico altamente especializado enel Johns Hopkins Hospital Baltimore Maryland - USA;

Que, el D.S. Nº 005-87 DE/SG de 4.Dic.87, D.S.Nº 034-DE/SG de 21.Jun.01, D.S. Nº 065-DE/CCFFAAde 17.Set.93, R.M. Nº 0879-DE/SG de 23.Jun.90 y R.M.Nº 1062-DE/CCFFAA de 1.Dic.94, regulan los conceptosque se abonan por evacuación, hospitalización y trata-miento en el extranjero, del personal militar en situaciónde retiro por la causal de "Incapacidad Psicofísica" poruna dolencia contraída en acto del servicio;

De conformidad con la Ley Nº 27619; y, estando a lorecomendado por el señor General de Ejército Coman-dante General del Ejército;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje a los Estados Unidosde América del Alfz. Cab. (I) TOCRE DÍAZ Johnny Ri-chard, con acompañante, con la finalidad de recibir trata-miento médico altamente especializado en el JohnsHopkins Hospital Baltimore Maryland - USA, por un pe-ríodo de treinta (30) días a partir del 21 de julio del 2003.

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército delPerú, efectuará los pagos que correspondan al viaje, deacuerdo a los conceptos siguientes:

- PRESUPUESTO SSANEPASAJESLima-Maryland-Lima689.00 x 2 (evacuado y acompañante)

GASTOS DE EQUIPAJE (50% costo pasaje)US$ 344.50 x 2 (Evacuado y acompañante)

IMPUESTO CORPACUS$ 28.00 x 2 (evacuado y acompañante)

- PRESUPUESTO DIPERRemuneración Mensual por servicio exterior de la

RepúblicaUS$ 70.767 x 30 días

Artículo 3º.- Los gastos de tratamiento médico, me-dicinas y hospitalización serán sufragados con presupues-to de la Dirección de Salud del Ejército - DISALE.

Artículo 4º.- El Comandante General del Ejército, que-da facultado para variar la fecha de inicio y término delnombramiento, sin exceder del plazo total establecido.

Artículo 5º.- No tendrá derecho a solicitar liberacióno exoneración de impuestos aduaneros de ninguna claseo denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHMEMinistro de Defensa

13565

Autorizan viaje de personal de la Marinaa EE.UU. para participar en el Curso deComandante de Lanchas Patrulleras, Leyy Operaciones Militares Disciplinadas

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1126-DE/MGP

Lima, 10 de julio de 2003

Visto el Oficio N.100-1123 del Director de Instrucción,de fecha 24 junio 2003 y el Oficio G.100-0420 del Coman-dante General Acc. de la Marina, de fecha 4 julio 2003;

CONSIDERANDO:

Que, es conveniente para los intereses institucionalesnombrar en Misión de Estudios en el Extranjero al Capitán

de Corbeta Daniel David BARAYBAR Méndez y al TenientePrimero David Renán AVANZINI Boero, a fin que participenen el Curso de Comandante de Lanchas Patrulleras, Ley yOperaciones Militares Disciplinadas en la Escuela Naval deEntrenamiento e Instrucción Técnica de Lanchas Patrulle-ras en el Stennis Space Center (NAVSCIATSS), en la ciu-dad de Mississippi - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, allevarse a cabo del 15 julio al 19 setiembre 2003, por cuantolos conocimientos y experiencias a adquirirse redundaránen beneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito decompetencia de la Marina de Guerra del Perú;

Que, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002, regula la autorización de viajesal exterior de los servidores y funcionarios públicos; y,

Estando a lo recomendado por el Comandante Gene-ral de la Marina;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Nombrar en Misión de Estudios en el Ex-tranjero al Capitán de Corbeta Daniel David BARAYBARMéndez, CIP. 01807808 y al Teniente Primero David Re-nán AVANZINI Boero, CIP. 00922158, a fin que participenen el Curso de Comandante de Lanchas Patrulleras, Ley yOperaciones Militares Disciplinadas en la Escuela Navalde Entrenamiento e Instrucción Técnica de LanchasPatrulleras en el Stennis Space Center (NAVSCIATSS),en la ciudad de Mississippi - ESTADOS UNIDOS DE AMÉ-RICA, a llevarse a cabo del 15 julio al 19 setiembre 2003

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina deGuerra del Perú, por intermedio de la Dirección Generalde Capitanías y Guardacostas, efectuará los pagos quecorrespondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes:Lima - Mississippi (EE.UU.) - LimaCUENTA CON APOYO DE TRANSPORTE

Viáticos:US$ 220.00 x 13 días x 1 Oficial SuperiorUS$ 220.00 x 13 días x 1 Oficial Subalterno

Impuesto de Aeropuerto:US$ 28.00 x 2 Personas (PERÚ)

Artículo 3º.- El Comandante General de la Marina,queda facultado para variar la fecha de inicio y/o términodel nombramiento, sin exceder el plazo total establecido.

Artículo 4º.- El citado Personal Superior, deberá cum-plir con lo señalado en los Artículos 6º y 10º del DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio 2002.

Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho aexoneración ni liberación de impuestos aduaneros de nin-guna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHMEMinistro de Defensa

13566

Declaran en situación de urgencia laadquisición de prendas militares, artícu-los y material de comunicaciones asícomo de diversos insumos y repuestos

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1130-DE/EP

Lima, 11 de julio de 2003

Visto, la gestión que efectúa el Servicio de Intenden-cia del Ejército para la adquisición de chompas y pasa-montañas, a fin de atender las necesidades del personaldel Instituto Ejército que vienen participando en las ope-raciones de Control interno del País por la declaraciónde Estado de Emergencia.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro-bado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, de 12febrero 2001, en su inciso c), señala que están exone-rados de los Procesos de Licitación Pública, ConcursoPúblico o Adjudicación Directa, según sea el caso, las

Pág. 248433NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

Artículo 2º.- Exonerar al Ejército del Perú - Serviciode Intendencia del Proceso de Selección de Adjudica-ción Directa Pública, por Situación de Urgencia, para laadquisición, de las prendas militares, señalados en elartículo precedente, por un valor referencial de doscien-tos noventa y nueve mil novecientos noventa y ocho con00/100, (S/. 299,998.00) Nuevos Soles, con cargo a laFuente de Financiamiento Recursos Ordinarios el AñoFiscal 2003 de la Unidad Ejecutora Nº 003 del Pliego 026.

Artículo 3º.- Autorizar al Ejército del Perú - Serviciode Intendencia a adquirir los bienes señalados en el artí-culo 1º de la presente Resolución, mediante el procesode Adjudicación de Menor Cuantía.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presenteResolución en el Diario Oficial El Peruano, así como laremisión de una copia de la misma y del Informe Técni-co-Legal que la sustentan a la Contraloría General de laRepública, dentro del plazo de los diez (10) días calenda-rio siguientes a la fecha de su aprobación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHMEMinistro de Defensa

13567

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1131-DE/EP

Lima, 11 de julio de 2003

Visto, la gestión que efectúa el Servicio de Comunica-ciones del Ejército para la adquisición de accesorios, in-sumos y material para la reconstrucción de baterías paraequipos de radio HF, VHF TADIRAN, así como 100 megá-fonos y baterías alcalinas, a fin de atender las necesida-des del personal del Instituto Ejército que vienen partici-pando en las operaciones de Control interno del País porla declaración de Estado de Emergencia.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro-bado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, de 12febrero 2001, en su inciso c), señala que están exone-rados de los Procesos de Licitación Pública, ConcursoPúblico o Adjudicación Directa, según sea el caso, lasadquisiciones y contrataciones que se realicen en "Situa-ción de Emergencia o de Urgencia";

Que, los incisos a) y c) del artículo 20º del dispositivolegal antes mencionado, establece que estas exoneracio-nes se aprobarán mediante Resolución del Titular del Plie-go, requiriendo obligatoriamente un Informe Técnico - Le-gal previo; y el artículo 21º considera situación de urgen-cia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible dedeterminado bien o servicio compromete en forma directae inminente la continuidad de los servicios esenciales ode las operaciones productivas que la Entidad tiene a sucargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisicióno contratación de los bienes, servicios u obras sólo por eltiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para lle-var a cabo el proceso de selección que corresponda;

Que, los artículos 105º y 116º del Reglamento de lacitada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de 12 febrero 2001, indica que de producirse los su-puestos señalados en el artículo 19º del Texto Único Or-denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, las contrataciones y adquisiciones se efectúanmediante el Proceso de Selección de Adjudicación deMenor Cuantía y que la autoridad competente para apro-bar la exoneración determinará; en cada caso, la Depen-dencia u Órgano que se encargará de realizar la adquisi-ción o contratación exonerada, de acuerdo al monto invo-lucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticación;

Que, por Decreto Supremo Nº 055-2003-PCM, del 27mayo 2003 se declaró el Estado de Emergencia en todo elterritorio nacional por un plazo de 30 días; disponiéndosemediante Resolución Suprema Nº 181-2003-DE de 27mayo 2003, que las Fuerzas Armadas asuman el controlinterno durante el estado de emergencia, en los departa-mentos de Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Lima,Ica, Arequipa, Moquegua, Tacna, Huánuco, Junín, Puno yen la Provincia Constitucional del Callao;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2003-PCMde 25 junio 2003 se da por concluido el estado de emer-

adquisiciones y contrataciones que se realicen en "Situa-ción de Emergencia o de Urgencia";

Que, los incisos a) y c) del artículo 20º del dispositivolegal antes mencionado, establece que estas exoneracio-nes se aprobarán mediante Resolución del Titular del Plie-go, requiriendo obligatoriamente un Informe Técnico - Le-gal previo; y el artículo 21º considera situación de urgen-cia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible dedeterminado bien o servicio compromete en forma directae inminente la continuidad de los servicios esenciales ode las operaciones productivas que la Entidad tiene a sucargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisicióno contratación de los bienes, servicios u obras sólo por eltiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para lle-var a cabo el proceso de selección que corresponda;

Que, los artículos 105º y 116º del Reglamento de lacitada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de 12 febrero 2001, indica que de producirse los su-puestos señalados en el artículo 19º del Texto Único Or-denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, las contrataciones y adquisiciones se efectúanmediante el Proceso de Selección de Adjudicación deMenor Cuantía y que la autoridad competente para apro-bar la exoneración determinará; en cada caso, la Depen-dencia u Órgano que se encargará de realizar la adquisi-ción o contratación exonerada, de acuerdo al monto invo-lucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticación;

Que, por Decreto Supremo Nº 055-2003-PCM, del 27mayo 2003 se declaró el Estado de Emergencia en todo elterritorio nacional por un plazo de 30 días; disponiéndosemediante Resolución Suprema Nº 181-2003-DE de 27mayo 2003, que las Fuerzas Armadas asuman el controlinterno durante el estado de emergencia, en los departa-mentos de Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Lima,Ica, Arequipa, Moquegua, Tacna, Huánuco, Junín, Puno yen la Provincia Constitucional del Callao;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2003-PCMde 25 junio 2003 se da por concluido el estado de emer-gencia en el territorio nacional, declarado por el D.S. Nº055-2003-PCM, con excepción de los departamentos deJunín, Ayacucho y Apurímac; y en la provincia de laConvención del departamento de Cusco, encargándoseel control interno a las Fuerzas Armadas por ResoluciónSuprema Nº 202-2003-DE/SG de 25 junio 2003;

Que, los bienes a adquirirse por el Servicio de Intenden-cia se encuentran debidamente financiados, conforme flu-ye de la Resolución Jefatural Nº 3502-2003 RO/OE/9B de13 junio 2003 se autoriza abonar la suma de doscientosnoventa y nueve mil novecientos noventa y ocho con 00/100, (S/. 299,998.00) Nuevos Soles a favor del Servicio deIntendencia del Ejército por motivo del pago de operacio-nes de Estado de Emergencia; cuya fuente de financiamientoes con cargo al Presupuesto de Recursos Ordinarios, asig-nado al Ministerio de Defensa - Ejército del Perú;

Que, mediante el Informe Técnico Nº 001- 2003-SINTE/DPTO ADQ del 17 junio 2003, el Servicio de Intendenciadel Ejército, informa que las Unidades comprometidas enlas operaciones de control del orden interno del país, requie-ren el abastecimiento inmediato de chompas y pasamonta-ñas, siendo necesario que se declare en situación de ur-gencia la adquisición de dichos artículos y que se exoneredel proceso de Adjudiciación Directa Pública;

Que, del Informe Legal Nº 001-2003/DAL-SD OPNSLOG/21.34 de 19 junio 2003, se comprueba que la solici-tud de su exoneración por Situación de Urgencia, se en-cuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso c)del artículo 19, e inciso a) y c) del artículo 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de 12 febrero 2001, concordante con el nu-meral 1) del artículo 108º del Reglamento de la precitadanorma aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCMde 12 de febrero 2001, modificado por Decreto SupremoNº 079-2001-PCM de 2 de julio 2002; y,

Estando a lo propuesto por la Dirección Logística del Ejér-cito, lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica del Ejércitoy a lo acordado con el Comandante General del Ejército;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar en Situación de Urgencia, laadquisición de chompas y pasamontañas, para el Servi-cio de Intendencia del Ejército, por el plazo de cuarenta ycinco (45) días calendario, computados a partir de la pu-blicación de la presente Resolución.

Pág. 248434 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

gencia en el territorio nacional, declarado por el D.S. Nº055-2003-PCM, con excepción de los departamentos deJunín, Ayacucho y Apurímac; y en la provincia de laConvención del departamento de Cusco, encargándoseel control interno a las Fuerzas Armadas por ResoluciónSuprema Nº 202-2003-DE/SG de 25 junio 2003;

Que, los bienes a adquirirse por el Servicio de Comu-nicaciones se encuentran debidamente financiados, con-forme fluye de la Resolución Jefatural Nº 3501-2003 RO/OE/9B de 13 junio 2003 se autoriza abonar la suma dequinientos noventa y nueve mil novecientos veinte con00/100, (S/. 599,920.00) Nuevos Soles a favor del Servi-cio de Comunicaciones del Ejército por motivo del pagode operaciones de Estado de Emergencia; cuya fuentede financiamiento es con cargo al Presupuesto de Re-cursos Ordinarios, asignado al Ministerio de Defensa -Ejército del Perú;

Que, mediante el Informe Técnico Nº 001- 2003-SCO-ME/ABASTO del 17 junio 2003, el Servicio de Comunica-ciones del Ejército, informa que las Unidades comprometi-das en las operaciones de control del orden interno delpaís, requieren el abastecimiento inmediato de acceso-rios, insumos y material de consumo para la reconstruc-ción de 640 baterías TNC-7725, la adquisición de 214 ba-terías níquel cadmio TNC-2188, para los equipos de radioHF y VHF TADIRAN y 335 baterías de litio, como tambiénla adquisición de 100 megáfonos con 2,825 baterías alca-linas, siendo necesario que se declare en situación de ur-gencia la adquisición de dichos artículos y que se exoneredel proceso de Licitación Pública Nacional;

Que, del Informe Legal Nº 001-2003/DAL-SD OPNSLOG/21.34 de 19 junio 2003, se comprueba que la solici-tud de su exoneración por Situación de Urgencia, se en-cuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso c)del artículo 19º, e inciso a) y c) del artículo 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de 12 febrero 2001, concordante con el nu-meral 1) del artículo 108º del Reglamento de la precitadanorma aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCMde 12 de febrero 2001, modificado por Decreto SupremoNº 079-2001-PCM de 2 de julio 2002; y,

Estando a lo propuesto por la Dirección Logística delEjército, lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídicadel Ejército y a lo acordado con el Comandante Generaldel Ejército;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar en Situación de Urgencia, laadquisición de accesorios, insumos y material de consu-mo para la reconstrucción de 640 baterías TNC-7725, de214 baterías níquel cadmio TNC-2188, para los equiposde radio HF y VHF TADIRAN y 335 baterías de litio, tam-bién, la adquisición de 100 megáfonos con 2,825 bate-rías alcalinas, para el Servicio de Comunicaciones delEjército, por el plazo de cuarenta y cinco (45) días calen-dario, computados a partir de la publicación de la pre-sente Resolución.

Artículo 2º.- Exonerar al Ejército del Perú - Serviciode Comunicaciones del Proceso de Selección de Licita-ción Pública, por Situación de Urgencia, para la adquisi-ción, de los artículos y material de Comunicaciones, se-ñalados en el artículo precedente, por un valor referen-cial de quinientos noventa y nueve mil novecientos veintecon 00/100, (S/. 599,920.00) Nuevos Soles, con cargo ala Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios el AñoFiscal 2003 de la Unidad Ejecutora Nº 003 del Pliego 026.

Artículo 3º.- Autorizar al Ejército del Perú - Serviciode Comunicaciones a adquirir los bienes señalados en elartículo 1º de la presente Resolución, mediante el proce-so de Adjudicación de Menor Cuantía.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presenteResolución en el Diario Oficial El Peruano, así como laremisión de una copia de la misma y del Informe Técni-co-Legal que la sustentan a la Contraloría General de laRepública, dentro del plazo de los diez (10) días calenda-rio siguientes a la fecha de su aprobación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHMEMinistro de Defensa

13568

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1132-DE/EP

Lima, 11 de julio de 2003

Visto, la gestión que efectúa el Servicio de Materialde Guerra del Ejército para la adquisición de llantas, in-sumos para baterías especiales y comerciales, repues-tos para el mantenimiento del primer, segundo y tercerescalón para vehículos, munición antidisturbios y grana-das lacrimógenas a fin de atender las necesidades delpersonal del Instituto Ejército que vienen participando enlas operaciones de Control interno del País por la decla-ración de Estado de Emergencia.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro-bado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, de 12febrero 2001, en su inciso c), señala que están exone-rados de los Procesos de Licitación Pública, ConcursoPúblico o Adjudicación Directa, según sea el caso, lasadquisiciones y contrataciones que se realicen en "Situa-ción de Emergencia o de Urgencia";

Que, los incisos a) y c) del artículo 20º del dispositivolegal antes mencionado, establece que estas exoneracio-nes se aprobarán mediante Resolución del Titular del Plie-go, requiriendo obligatoriamente un Informe Técnico - Le-gal previo; y el artículo 21º considera situación de urgen-cia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible dedeterminado bien o servicio compromete en forma directae inminente la continuidad de los servicios esenciales ode las operaciones productivas que la Entidad tiene a sucargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisicióno contratación de los bienes, servicios u obras sólo por eltiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para lle-var a cabo el proceso de selección que corresponda;

Que, los artículos 105º y 116º del Reglamento de lacitada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de 12 febrero 2001, indica que de producirse los su-puestos señalados en el artículo 19º del Texto Único Or-denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, las contrataciones y adquisiciones se efectúanmediante el Proceso de Selección de Adjudicación deMenor Cuantía y que la autoridad competente para apro-bar la exoneración determinará; en cada caso, la Depen-dencia u Órgano que se encargará de realizar la adquisi-ción o contratación exonerada, de acuerdo al monto invo-lucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticación;

Que, por Decreto Supremo Nº 055-2003-PCM, del 27mayo 2003 se declaró el Estado de Emergencia en todo elterritorio nacional por un plazo de 30 días; disponiéndosemediante Resolución Suprema Nº 181-2003-DE de 27mayo 2003, que las Fuerzas Armadas asuman el controlinterno durante el estado de emergencia, en los departa-mentos de Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Lima,Ica, Arequipa, Moquegua, Tacna, Huánuco, Junín, Puno yen la Provincia Constitucional del Callao;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2003-PCMde 25 junio 2003 se da por concluido el estado de emer-gencia en el territorio nacional, declarado por el D.S. Nº055-2003-PCM, con excepción de los departamentos deJunín, Ayacucho y Apurímac; y en la provincia de laConvención del departamento de Cusco, encargándoseel control interno a las Fuerzas Armadas por ResoluciónSuprema Nº 202-2003-DE/SG de 13 junio 2003;

Que, los bienes a adquirirse por el Servicio de Mate-rial de Guerra se encuentran debidamente financiados,conforme fluye de la Resolución Jefatural Nº 3503-2003RO/OE/9B de 13 junio 2003 se autoriza abonar la sumade seiscientos treinta mil con 00/100, (S/. 630,000.00)Nuevos Soles a favor del Servicio de Material de Guerradel Ejército por motivo del pago de operaciones de Esta-do de Emergencia; cuya fuente de financiamiento es concargo al Presupuesto de Recursos Ordinarios, asignadoal Ministerio de Defensa - Ejército del Perú;

Que, mediante el Informe Técnico Nº 002-2003-SMGE/DPTO ABASTO del 3 junio del 2003, el Servicio de Mate-rial de Guerra del Ejército informa que las Unidades com-prometidas en las operaciones de control del orden inter-no del país, requieren con carácter de urgente 59 llantas,insumos para 125 baterías especiales, 245 baterías co-merciales, repuestos para el mantenimiento de primer,segundo y tercer escalón para vehículos; así como la

Pág. 248435NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

adquisición de munición antidisturbios y granadas lacri-mógenas, siendo necesario que se declare en situaciónde urgencia la adquisición de dichos artículos y que seexonere del proceso de Licitación Publica Nacional;

Que, del Informe Legal Nº 001-2003/DAL-SD OPNSLOG/21.34 de 19 junio 2003, se comprueba que la solici-tud de su exoneración por Situación de Urgencia, se en-cuentra enmarcada dentro de los alcances del inciso c)del artículo 19, e inciso a) y c) del artículo 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de 12 febrero 2001, concordante con el nu-meral 1) del artículo 108º del Reglamento de la precitadanorma aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCMde 12 de febrero 2001, modificado por Decreto SupremoNº 079-2001-PCM de 2 de julio 2002; y,

Estando a lo propuesto por la Dirección Logística delEjército, lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídicadel Ejército y a lo acordado con el Comandante Generaldel Ejército;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar en Situación de Urgencia, laadquisición de 59 llantas, insumos para 125 baterías es-peciales, 245 baterías comerciales, repuestos para elmantenimiento de primer, segundo y tercer escalón paravehículos; así como la adquisición de munición antidis-turbios y granadas lacrimógenas, para el Servicio deMaterial de Guerra del Ejército, por el plazo de cuarentay cinco (45) días calendario, computados a partir de lapublicación de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Exonerar al Ejército del Perú - Serviciode Material de Guerra del Proceso de Selección de Lici-tación Pública Nacional, por Situación de Urgencia, parala adquisición, de los artículos, insumos y repuestos,señalados en el artículo precedente, por un valor refe-rencial de seiscientos treinta mil con 00/100, (S/.630,000.00) Nuevos Soles, con cargo a la Fuente deFinanciamiento Recursos Ordinarios el Año Fiscal 2003de la Unidad Ejecutora Nº 003 del Pliego 026.

Artículo 3º.- Autorizar al Ejército del Perú - Serviciode Material de Guerra a adquirir los bienes señalados enel artículo 1º de la presente Resolución, mediante el pro-ceso de Adjudicación de Menor Cuantía.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presenteResolución en el Diario Oficial El Peruano, así como laremisión de una copia de la misma y del Informe Técni-co-Legal que la sustentan a la Contraloría General de laRepública, dentro del plazo de los diez (10) días calenda-rio siguientes a la fecha de su aprobación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHMEMinistro de Defensa

13569

Modifican resolución que autorizó via-je de personal militar para recibirtratamiento médico altamente especia-lizado en EE.UU.

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1134-DE/EP/DP-SDAPE 1C/

Lima, 11 de julio de 2003

Que mediante Resolución Ministerial Nº 1096 DE/EP/DP-SDAPE 1C/ de 2 de julio del 2003, se resolvió autori-zar al Alfz. Cab. (I) TOCRE DÍAZ Johnny Richard paraque viaje con acompañante familiar a los Estados Uni-dos de América, con la finalidad de recibir tratamientomédico altamente especializado en el Johns HopkinsHospital Baltimore Maryland USA, por un período de trein-ta (30) días a partir del 21 de julio del 2003;

CONSIDERANDO:

Que, en el Artículo 2º de la precitada Resolución Mi-nisterial no se ha hecho mención al importe real que lecorresponde percibir al mencionado Oficial inválido en

situación de retiro, por concepto de la remuneración men-sual de servicio exterior de la República, monto que as-ciende a la cantidad de US$ 154.00 x 30 días (total$ 4,620.00) y no la suma de US$ 70.767 x 30 días($ 2,123.00) que es, como figura en la antedicha Resolu-ción Ministerial, por lo que es pertinente su modificación;

Que, el Artículo 201.1 de la Ley Nº 27444 "Ley deProcedimiento Administrativo General", establece que loserrores material u aritmético en los actos administrativos,pueden ser modificados de oficio; y,

Estando a lo propuesto por el señor General de Ejér-cito Comandante General del Ejército;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificar en parte el Artículo 2º dela R.M. Nº 1096 DE/EP/DP-SDAPE 1C/ de 2 de julio del2003, en cuanto se refiere a la Remuneración por Servi-cio Exterior de la República, debiendo quedar redactadoen la forma siguiente:

"Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército delPerú, efectuará los pagos que correspondan al viaje, deacuerdo a los conceptos siguientes:

- PRESUPUESTO DIPERERemuneración mensual por Servicio Exterior de la Repú-blica

US$ 154.00 x 30 días".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHMEMinistro de Defensa

13570

Transfieren área de terreno a favor delOrganismo Especial del Fondo deVivienda Militar del Ejército, ubicadoen el distrito de Pachacámac, provin-cia de Lima

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1135-DE/EP

Lima, 11 de julio de 2003

Visto los antecedentes relacionados con la gestión queefectúa la Dirección Logística del Ejército-Servicio de In-geniería del Ejército y el Organismo Especial del Fondode Vivienda Militar del Ejército (ORES-FOVIME), para latransferencia a título oneroso de un área de 23.92 Has.,ubicada en el predio denominado "Campo de Instrucciónde Conductores de Manchay", en los distritos de Ciene-guilla y Pachacámac, provincia y departamento de Lima.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 514 74 - VI-5700 del 17 octubre del 1974, se Afectó en Uso a favordel Ministerio de Guerra, hoy Defensa - Ejército del Perú,el terreno de 187.016 Has, ubicado en la zona denomina-da "Manchay", frente a la Av. La Molina, jurisdicción deldistrito de Pachacámac, provincia y departamento deLima, para ser destinado a "Campo de Instrucción deConductores" de Manchay;

Que, a fin de satisfacer las necesidades de Viviendapropia del Personal Militar aportantes al ORES-FOVIME,el señor Comandante General del Ejército, con Hoja deRecomendación Nº 007 SDBIENE-FOVIME/D del 09 mayo2003, ha aprobado la transferencia a favor del ORES-FO-VIME, de parte del Inmueble antes mencionado, que tieneun área de 23.92 Has, la misma que se independizará dela mayor extensión, que permita formalizar la transferen-cia, para ser destinado al cumplimiento de sus fines;

Que, según obra en el Margesí de Bienes del Ejército,el terreno materia de transferencia de 23.92 Has, estávalorizado en la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOSSETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'674,400.00), cuyo precio serácancelado por el ORES-FOVIME al momento de la sus-cripción de la Escritura Pública de transferencia;

Pág. 248436 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

Que, la Ley Nº 24686, modificado por el Art. 2º del De-creto Legislativo Nº 732, que adiciona el inciso "i" al Art. 3ºde la citada Ley, concordante con el Artículo 7º del DecretoSupremo Nº 032-DE/SG del 13 Jun 2001, modificado por elDecreto Supremo Nº 003-DE/SG del 25 abril 2002, facultala transferencia a título oneroso de los bienes raíces Afec-tados en Uso u otros, de los Institutos Armados al Fondo deVivienda Militar respectivo, por su valor vigente que figuraen el Margesí de Bienes de cada Instituto Militar respectivo,por su valor vigente que figura en el Margesí de Bienes decada Instituto Militar y con la Resolución que se expida seperfeccionará la traslación de dominio; y,

Estando a lo recomendado por el Servicio de Ingenie-ría del Ejército, con la opinión favorable de la DirecciónLogística del Ejército, a lo dictaminado por la Oficina deAsuntos Jurídicos del Ejército y a lo propuesto por laComandancia General del Ejército;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Transferir a favor del Organismo Especialdel Fondo de Vivienda Militar del Ejército (ORES-FOVIME),un área de 23.92 Has., que forma parte del predio de mayorextensión denominado "Campo de Instrucción de Conduc-tores de Manchay", ubicado frente a la Av. La Molina, juris-dicción del distrito de Pachacámac, provincia y departamentode Lima, valorizado en UN MILLÓN SEISCIENTOS SETEN-TA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 NUE-VOS SOLES (S/. 1'674,400.00), cuyo precio será cancela-do por el ORES-FOVIME al momento de la suscripción dela Escritura Pública de transferencia.

Artículo 2º.- Autorizar al Jefe del Servicio de Inge-niería del Ejército, para que en nombre y representacióndel Ministerio de Defensa-Ejército del Perú, suscriba conel Organismo Especial del Fondo de Vivienda Militar delEjército (ORES-FOVIME), la Minuta y Escritura Públicade transferencia del terreno indicado en el artículo pre-cedente y gestionar su independización ante la OficinaRegistral de Lima y Callao.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHMEMinistro de Defensa

13571

ECONOMÍA Y FINANZAS

Autorizan transferencia de partidas enel presupuesto del Sector Público parael año fiscal 2003 destinadas al IPD,PCM, Consejo Nacional de Descentrali-zación y otras instancias descentrali-zadas

DECRETO SUPREMONº 101-2003-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2003-PCMse oficializa la realización del Campeonato Sudamerica-no de Fútbol Copa América año 2004 y del CampeonatoMundial de Fútbol Sub-17 año 2005, por lo que resultanecesario otorgarle recursos al Instituto Peruano del De-porte en el rubro de inversiones;

Que, la Presidencia del Consejo de Ministros requie-re recursos destinados a cubrir la contrapartida nacionalde la Donación del Banco Mundial para la creación delCentro de Planeamiento Estratégico, así como para fi-nanciar los gastos operativos de la Mesa de Concerta-ción para la Lucha contra la Pobreza;

Que, de conformidad con lo normado en el artículo 65ºde la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les, las competencias y funciones referidas al gobierno re-gional en la provincia de Lima son transferidas a la Munici-palidad Metropolitana de Lima, para lo cual es necesarioque dicha entidad cuente con recursos para la ejecución deproyectos de inversión de carácter regional bajo su ámbitogeográfico así como para complementar el financiamiento

de sus actividades, por lo cual es necesario otorgar recur-sos al Consejo Nacional de Descentralización para ser trans-feridos a la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, asimismo, existen pliegos presupuestarios querequieren de recursos adicionales para continuar con suoperatividad, asunción de deudas, así como para el cum-plimiento de sus acciones básicas, entre ellos, la Comi-sión Nacional de la Juventud, el Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones, la Contraloría General de la Re-pública y el Consejo Nacional de Descentralización;

Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Eco-nomía y Finanzas cuenta con recursos que pueden serdestinados a financiar los gastos mencionados en losconsiderandos precedentes;

Que, es necesario autorizar una transferencia de par-tidas, con cargo a la Reserva de Contingencia del Minis-terio de Economía y Finanzas, a favor de los pliegos com-prendidos en los considerandos precedentes y que nocuentan con disponibilidad presupuestal suficiente paradar cobertura a los gastos antes señalados;

De conformidad con lo establecido por el Artículo 15ºde la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria delEstado;

DECRETA:

Artículo 1º.- Autorízase una Transferencia de Parti-das en el Presupuesto del Sector Público para el añofiscal 2003, hasta por la suma de DIECISIETE MILLO-NES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL Y 00/100NUEVOS SOLES (S/. 17 234 000,00) de acuerdo al si-guiente detalle:

DE LA:

SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCIÓN 03 : Administración y PlaneamientoPROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario,

Financiero y ContableACTIVIDAD 00010 : Administración del Proceso

Presupuestario del Sector Público

FUENTE DEFINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios

CATEGORÍA DEL GASTO5. GASTO CORRIENTE

0 Reserva de Contingencia 17 234 000,00===========

TOTAL 17 234 000,00===========

A LA:

FUENTE DEFINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios

SECCIÓN PRIMERAGOBIERNO CENTRAL 8 934 000,00

SECCIÓN SEGUNDAINSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 8 300 000,00

=========== TOTAL 17 234 000,00

===========

Los Pliegos y Grupos Genéricos de Gasto habilitadosen la Sección Primera y Sección Segunda del presenteartículo, son detallados en los Anexos Nºs. 1 y 2 de lapresente norma.

Artículo 2º.- Los Titulares de Pliego aprueban me-diante Resolución la desagregación de los recursos ha-bilitados, dentro de los cinco (5) días de la vigencia delpresente dispositivo legal. Copia de la Resolución se re-mite dentro de los cinco (5) días hábiles de aprobada alos Organismos señalados en el Artículo 4º de la LeyNº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público parael Año Fiscal 2003.

Artículo 3º.- La Oficina de Presupuesto o la que hagasus veces de los Pliegos comprendidos en el presentedispositivo, solicitarán a la Dirección Nacional del Presu-puesto Público de ser necesario, las codificaciones quese requieran para la adecuada aplicación de esta norma.

Pág. 248437NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

Artículo 4º.- La Oficina de Presupuesto o la que hagasus veces en el Pliego instruye a la(s) Unidad(es)Ejecutora(s) bajo su ámbito para que elabore(n) las co-rrespondientes “Notas de Modificación Presupuestaria”que se requieran, como consecuencia de lo dispuestopor la presente norma.

Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será re-frendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecio-cho días del mes de julio del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

JAVIER SILVA RUETEMinistro de Economía y Finanzas

PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO 2003TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS - PLIEGOS HABILITADOSRECURSOS ORDINARIOS ANEXO Nº 01(EN NUEVOS SOLES)

BIENES OTROS OTROSPLIEGOS Y GASTOS INVERSIÓN GASTOS DE TOTAL

SERVICIOS CORRIENTES CAPITAL

SECCIÓN PRIMERA: GOBIERNO CENTRAL

001 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS 1 425 000 9 000 1 434 000019 CONTRALORÍA GENERAL 4 000 000 4 000 000036 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES 3 500 000 3 500 000

SUBTOTAL 5 425 000 0 0 3 509 000 8 934 000

PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO 2003TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS - PLIEGOS HABILITADOSRECURSOS ORDINARIOS ANEXO Nº 02(EN NUEVOS SOLES)

BIENES OTROS OTROSPLIEGOS Y GASTOS INVERSIÓN GASTOS DE TOTAL

SERVICIOS CORRIENTES CAPITAL

SECCIÓN SEGUNDA: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS

013 CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN 4 000 000 300 000 2 500 000 6 800 000014 COMISIÓN NACIONAL DE LA JUVENTUD 1 000 000 1 000 000342 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE 500 000 500 000

SUBTOTAL 5 000 000 300 000 500 000 2 500 000 8 300 000

TOTAL 10 425 000 300 000 500 000 6 009 000 17 234 000

13722

Autorizan viaje del Viceministro de Eco-nomía a EE.UU. para realizar gestionesante organismos económicos inter-nacionales

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 365-2003-EF/10

Lima, 17 de julio de 2003

CONSIDERANDO:

Que, el señor FERNANDO ZAVALA LOMBARDI, Vi-ceministro de Economía del Ministerio de Economía yFinanzas, viajará a la ciudad de Washington, D.C., Esta-dos Unidos de América, del 20 al 22 de julio de 2003,para realizar gestiones con el Fondo Monetario Interna-cional, Banco Interamericano de Desarrollo (BID), BancoMundial y Tesoro Americano;

Que, en tal sentido y siendo de interés para la institu-ción, es necesario autorizar el viaje del citado funciona-rio, debiendo este Ministerio asumir, con cargo a su pre-supuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos ytarifa CORPAC;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619,el literal a) y c) del artículo 18º de la Ley Nº 27879 y elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor FERNANDOZAVALA LOMBARDI, Viceministro de Economía del Mi-nisterio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Was-hington, D.C., Estados Unidos de América, del 20 al 22de julio de 2003, para los fines expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimientode la presente Resolución, serán con cargo al Presu-

puesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administración Ge-neral del Pliego del Ministerio de Economía y Finanzas,de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes : US$ 1 214,26Viáticos : US$ 880,00Tarifa CORPAC : US$ 28,00

Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial noda derecho a exoneración de impuestos o de derechosaduaneros, de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER SILVA RUETEMinistro de Economía y Finanzas

13643

Autorizan viaje de representante dePROINVERSIÓN a México para partici-par en reunión del Grupo de Negocia-ción sobre Inversión (GNIN-ALCA)

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 367-2003-EF/10

Lima, 18 de julio de 2003

Visto el Oficio Nº 333/2003/DE-SG/PROINVERSIÓNde 11 de julio de 2003;

CONSIDERANDO:

Que, entre los días 21 y 25 de julio de 2003, en la ciudad dePuebla, Estados Unidos Mexicanos, se desarrollará la XXIVReunión del Grupo de Negociación sobre Inversión (GNIN-ALCA), realizándose de manera previa una reunión de coordi-nación a nivel de las delegaciones de la Comunidad Andina;

Pág. 248438 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

Que, es conveniente designar a un funcionario para queen representación de PROINVERSIÓN, participe en la cita-da reunión donde se tratarán temas relevantes sobre la ne-gociación del Capítulo de Inversiones del ALCA y que co-rresponde a la Agencia de Promoción de la Inversión -PROIN-VERSIÓN-, formular, proponer y ejecutar la política nacionalde tratamiento a la inversión privada, así como coordinar ynegociar los convenios internacionales de inversión;

Que, en tal sentido es necesario autorizar el citadoviaje cuyo gasto será con cargo al Presupuesto de laUnidad Ejecutora 007, Agencia de Promoción de la In-versión, del Pliego 009 del Ministerio de Economía y Fi-nanzas, correspondiente al ejercicio 2003;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619,el literal a) y c) del artículo 18º de la Ley Nº 27879 y elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Alberto

Herrera Perret, representante de la Agencia de Promoción dela Inversión - PROINVERSIÓN, a la ciudad de Puebla, EstadosUnidos Mexicanos, del 20 al 26 de julio de 2003, para los finesexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimientodel presente dispositivo legal serán con cargo al Presu-puesto correspondiente al ejercicio 2003 de la UnidadEjecutora 007, Agencia de Promoción de la Inversión -PROINVERSIÓN-, del Pliego 009 del Ministerio de Eco-nomía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes : US$ 654,10Viáticos : US$ 1 540,00Tarifa CORPAC : US$ 28,00

Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial nootorga derecho a exoneración o liberación de impuestosde aduana de cualquier clase o denominación a favor delfuncionario cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER SILVA RUETEMinistro de Economía y Finanzas

13714

RELACIONES EXTERIORES

Imponen sanciones disciplinarias a di-versos funcionarios del Servicio Diplo-mático de la República

RESOLUCIÓN SUPREMANº 172-2003-RE

Lima, 17 de julio de 2003

Vista la Resolución Ministerial Nº 1021-2002-RE, de fe-cha 1 de octubre de 2002, modificada por las ResolucionesMinisteriales Nºs. 1090-2002-RE de 21 de octubre de 2002,1208-2002-RE de fecha 15 de noviembre de 2002 y 112-2003-RE de 8 de febrero de 2003, que convoca a un Conse-jo de Investigación Ad Hoc para investigar, estudiar y reco-mendar las medidas que pudieran corresponder a la partici-pación de los Embajadores Roberto Villarán Koechlin, Jai-me Stiglich Bérninzon y Alejandro León Pazos; Alfonso Ri-vero Monsalve, Hugo Palma Valderrama y Arturo MontoyaStuva, en el cese de 117 funcionarios diplomáticos dispues-to por la Resolución Ministerial Nº 453-1992-RE.

Visto el informe presentado el 19 de febrero de 2003por el Consejo de Investigación Ad Hoc;

CONSIDERANDO:Que, el 27 de noviembre de 1992, se publicó en el Dia-

rio Oficial El Peruano, el Decreto Ley Nº 25889 que decla-ró en estado de "reorganización" al Servicio Diplomáticopor un lapso de 30 días, a partir del 28 de noviembre de1992, y facultó al Ministerio de Relaciones Exteriores paradeclarar en excedencia al personal del Servicio Diplomáti-co y para disponer su inmediato pase al retiro;

Que, el 29 de diciembre de 1992, prorrogando indebi-damente mediante una fe de erratas la vigencia de la LeyNº 25889, se emitió la Resolución Suprema Nº 453-92-REque, en el marco de una pretendida "reorganización" delServicio "cesó" a 117 miembros del Servicio Diplomáticoen situación de actividad;

Que la inconstitucionalidad e ilegalidad de la citada Resolu-ción Suprema ha sido establecida, en vía judicial, por numero-

sas resoluciones de la Corte Suprema de Justicia, así comopor sentencias del Tribunal de Garantías Constitucionales;

Que, concluido el régimen autoritario de Alberto Fujimori, laCancillería empezó a trabajar por su propia reinstitucionaliza-ción y, en ese marco, se estableció primero una Comisión deÉtica Institucional y luego una Comisión Especial de Alto Nivel,que realizaron un conjunto de investigaciones con el propósitode descubrir la verdad de lo ocurrido como base para la recon-ciliación y para tomar las acciones legales a que hubiere lugar;

Que, a fin de determinar la eventual existencia de res-ponsabilidad civil, administrativa o penal en la conductade los funcionarios identificados se conformaron, confor-me a las disposiciones legales vigentes, tres Consejos deInvestigación Ad Hoc encargados de investigar, estudiar y,en su caso, recomendar al Ministro de Relaciones Exterio-res las sanciones que pudieran corresponder;

Que con fecha 9 de enero del 2003 el Consejo de Inves-tigación abrió proceso de determinación de responsabilidadesa los embajadores Roberto Villarán Koechlin, Jaime StiglichBérninzon, Alejandro León Pazos, Alfonso Rivero Monsalve,Hugo Palma Valderrama y Arturo Montoya Stuva;

Que, durante el proceso administrativo se ha acredita-do que los Embajadores Jaime Stiglich Bérninzon y Ale-jandro León Pazos tuvieron una activa participación en ladecisión del cese ilegal y arbitrario de 117 funcionariosdiplomáticos, siendo los responsables principales de esteacto inconstitucional el doctor Óscar De la Puente Rayga-da, ex Ministro de Relaciones Exteriores, y el ingenieroAlberto Fujimori Fujimori, ex Presidente de la República;

Que, en el caso del Embajador Alejandro León Pazosconcurre el factor agravante del incumplimiento de sus de-beres de función, pues al momento de la aprobación delD.L. Nº 25889, el mismo que facultó al Ministerio de Relacio-nes Exteriores para "declarar en excedencia al personal delServicio Diplomático y disponer su inmediato pase a retiro",desempeñaba el cargo de Director General de Administra-ción, asumiendo por esta última circunstancia las responsa-bilidades legales y administrativas propias del cargo;

Que, ha quedado también acreditado a lo largo del proce-so administrativo que el Embajador Jaime Stiglich Bérninzonparticipó directamente en el cese, prestándose a una partici-pación activa en los actos que condujeron a la aprobación dela inconstitucional e ilegal Resolución Suprema Nº 453-92-RE, concurriendo en su caso, también, factores agravantes aldesempeñar, a partir del 9 de diciembre de 1992, el cargo deEncargado de la Dirección General de Administración, conretención del cargo de Director del Gabinete del Ministro;

Que, la colaboración intencional de los citados funcio-narios en el arbitrario e ilegal cese no sólo atentó contra lacarrera y trayectoria profesional, dignidad, honor y reputa-ción de los funcionarios cesados, sino que supuso ade-más un grave daño a la política exterior del país y a lainstitución diplomática al permitir la indebida separacióndel servicio de una cuarta parte de sus miembros;

Que, de lo actuado en el proceso administrativo no sederivan elementos de juicio ni indicios razonables de laparticipación directa del Embajador Arturo Montoya Stu-va en las decisiones que condujeron al cese, corres-pondiéndole sólo la responsabilidad derivada del incum-plimiento de sus deberes de función como Director dePersonal del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, en los casos de los Embajadores Hugo Palma Valderra-ma y Alfonso Rivero Monsalve, conforme lo actuado en el pro-ceso administrativo, no se ha demostrado la existencia de ele-mentos de juicio, pruebas, ni indicios suficientes para acreditarsu responsabilidad en la elaboración de las listas y de los su-puestos criterios que se utilizaron para el cese, no existiendoen sus casos incumplimiento del deber de función por no haberdesempeñado, en ese momento, cargos de responsabilidadpolítica o administrativa en la Cancillería, ya que se encontra-ban ejerciendo funciones en el exterior;

Que, el artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley deBases de la Carrera Administrativa, establece que "los servido-res públicos son responsables civil, penal y administrativamen-te por el cumplimiento de las normas legales y administrativas,en el ejercicio del Servicio Público, sin perjuicio de las sancio-nes de carácter disciplinario por las faltas que cometan";

Que, el artículo 150º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de Ley de Bases de la Carrera Admi-nistrativa, señala que se considera falta disciplinaria toda"acción u omisión, voluntaria o no, que contravenga las obli-gaciones, prohibiciones y demás normatividad específicasobre los deberes de los servidores y funcionarios";

Que, atendiendo al artículo 84º de la Ley Nº 11377, Es-tatuto y Escalafón del Servicio Civil, que establece a la letra"Una falta considérase tanto más grave cuanto más eleva-da es la categoría del empleado que la comete";

Pág. 248439NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

Que, en aplicación supletoria de lo dispuesto en elartículo 170º del Decreto Supremo Nº 005-30-PCM, esprerrogativa del titular determinar el tipo de sanción quedeba aplicarse al funcionario investigado;

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 30º del Capí-tulo VIII, Sanciones Disciplinarias, del Decreto LegislativoNº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, elmismo que establece como sanciones posibles de aplicarla destitución, la suspensión y la amonestación;

Teniendo en cuenta que el Decreto Legislativo Nº 894no ha sido reglamentado y que en consecuencia al noposeer norma que indique el tiempo de duración de lasanción de suspensión, debe recurrirse de manera sub-sidiaria a la ley general aplicable, en este caso el Decre-to Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Admi-nistrativa, que en su Art. 26º establece para la suspen-sión un máximo de 30 días de sanción administrativa;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Imponer a los funcionarios del ServicioDiplomático de la República que a continuación se deta-llan, las siguientes sanciones disciplinarias:

Embajador Alejandro León Pazos, suspensión por 30días como sanción disciplinaria.

Embajador Jaime Stiglich Bérninzon, suspensión por30 días como sanción disciplinaria.

Artículo 2º.- Imponer la sanción de amonestaciónescrita al Embajador Arturo Montoya Stuva.

Artículo 3º.- Notificar la presente resolución a la Di-rección General de Desarrollo de Recursos Humanos parala correspondiente anotación en las respectivas fojas deservicios y demás fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República

ALLAN WAGNER TIZÓNMinistro de Relaciones Exteriores

13717

Instruyen a Inspectoría General archi-var caso en que se declaró improceden-cia de la apertura de proceso disciplina-rio a Embajadores

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0637-2003-RE

Lima, 17 de julio de 2003

Vista, la Resolución Ministerial Nº 1021-2002-RE defecha 1 de octubre de 2002, modificada por la Resolu-ción Ministerial Nº 1090-2002-RE de fecha 21 de octubrede 2002, que convoca a un Consejo de Investigación AdHoc para investigar, estudiar y recomendar las medidasque pudieran corresponder en el caso de supuestasresponsabilidades en los procesos electorales realizadosdurante la década 1990-2000;

Visto, el informe final presentado por el referido Con-sejo de Investigación Ad Hoc de fecha 10 de enero de2003;

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo de Investigación Ad Hoc es el órganodel Servicio Diplomático de la República, que es convoca-do por el Ministro de Relaciones Exteriores, cuando setiene evidencias o se presume que algún miembro delServicio Diplomático sea presuntamente merecedor desanción por incumplimiento de deberes y obligaciones aque se refiere el artículo 21º del Decreto Legislativo Nº894, Ley del Servicio Diplomático de la República;

Que, mediante el Informe Final del Consejo de Inves-tigación, de fecha 25 de febrero de 2003, éste declaró laimprocedencia de la apertura del proceso administrativodisciplinario a los Embajadores Eduardo Ponce Vivanco,Jorge Valdez Carrillo y Alfonso Rivero Monsalve, susten-

tando esta decisión en el Art. 166º de la Ley de Bases dela Carrera Administrativa;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Tomar nota de la decisión del Consejode Investigación.

Artículo 2º.- Instruir a la Inspectoría General para queproceda al archivo del caso, conforme lo establecido enla ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALLAN WAGNER TIZÓNMinistro de Relaciones Exteriores

13716

SALUD

Autorizan viaje de funcionario a Japónpara participar en reunión de evalua-ción de decisiones a adoptar respecto ala contaminación de 200 toneladas deharina de pescado provenientes de Perú

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 828-2003-SA/DM

Lima, 17 de julio del 2003

Visto el Oficio Nº 4877-2003-DG-DIGESA, cursado porel Director General de la Dirección General de SaludAmbiental;

CONSIDERANDO:

Que, en el documento del visto el Director General dela Dirección General de Salud Ambiental, comunica queha sido invitado a participar en la Reunión que se llevaráa cabo en la ciudad de Tokyo - Japón, programada del 19al 26 de julio del 2003, con la finalidad de evaluar lasdecisiones a adoptar respecto a la contaminación de 200toneladas de harina de pescado provenientes del Perú;

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27619,Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM yArtículo 8º, literal l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Minis-terio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Director Generalde la Dirección General de Salud Ambiental, ingenieroLUIS LEONIDAS CHÁVEZ PAIS, a la ciudad de Tokyo -Japón, del 19 al 26 de julio del 2003, para los fines ex-puestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción Ministerial.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimientode la presente Resolución Ministerial, se ejecutarán se-gún el siguiente detalle:

Pasaje US$ 2,071.92Viáticos US$ 2,080.00Tarifa CORPAC US$ 28.00

Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial nolibera ni exonera del pago de impuestos o derechos adua-neros, cualquiera fuera su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRAMinistro de Salud

13633

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 796-2003-SA/DM

Mediante Oficio Nº 1252-2003 SG/MINSA, el Minis-terio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la

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Resolución Ministerial Nº 796-2003-SA/DM, publicada ennuestra edición del día 12 de julio de 2003, en la página248048.

En el Artículo 2º.-

DICE:

Doscientos treinta y nueve (239)

DEBE DECIR:

Seiscientos cincuenta y siete (657)

13559

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

Prohíben instalación de determinadasestaciones radioeléctricas en Zonas deProtección Primaria y Secundaria de lasEstaciones de Comprobación Técnicapertenecientes al Sistema Nacional deGestión del Espectro Radioeléctrico

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 550-2003-MTC/03

Lima, 15 de julio de 2003

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Transportes y Comunicacionestiene entre sus funciones otorgar concesiones, autoriza-ciones, permisos y licencias para prestar servicios de te-lecomunicaciones y controlar su correcta utilización, ad-ministrar el uso del espectro radioeléctrico, organizar elsistema de control, monitoreo e investigación del espectroradioeléctrico, y tiene a su cargo la comprobación técnicade las emisiones radioeléctricas, según lo previsto en elTexto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones;

Que, por Resolución Ministerial Nº 231-2000-MTC/15.03 del 16 de mayo del 2000, modificada por Resolu-ción Ministerial Nº 480-2000-MTC/15.03 del 15 de diciem-bre de 2000, se establecieron restr icciones en elotorgamiento de concesiones, autorizaciones, permisosy licencias de los servicios de telecomunicaciones parainstalar estaciones radioeléctricas en áreas próximas alas Estaciones de Comprobación Técnica pertenecien-tes al Sistema de Gestión y Control del Espectro Radio-eléctrico a nivel nacional, en un radio de 500 metros de-finido como zona de guarda eléctrica;

Que, con motivo de la inauguración del Sistema deGestión y Control del Espectro Radioeléctrico a nivel na-cional celebrada el 10 de marzo de 2003, se acordó elcambio de su denominación a Sistema Nacional de Ges-tión del Espectro Radioeléctrico;

Que, de acuerdo a los estudios técnicos realizadospor la Dirección General de Control y Supervisión deTelecomunicaciones se ha determinado la necesidad deestablecer zonas de Protección Primaria y Secundariade las Estaciones de Comprobación Técnica pertenecien-tes al Sistema Nacional de Gestión del EspectroRadioeléctrico, a fin de evitar que las estructuras físicasy las radiaciones electromagnéticas indeseables queprovengan de las estaciones de los servicios detelecomunicaciones, afecten la confiabilidad y precisiónde las mediciones que se realizan a través de las referi-das Estaciones de Comprobación, fijándose restriccio-nes dentro de tales zonas;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, aprobadopor Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, establece quela Dirección General de Control y Supervisión de Teleco-municaciones tiene como objetivo fortalecer los mecanis-mos de control y supervisión en la prestación de los ser-vicios y actividades de telecomunicaciones, especificandoentre sus funciones administrar y mantener operativa lainfraestructura de control del espectro, correspondiéndo-

le por tanto determinar la ubicación y condiciones deoperación de las Estaciones de Comprobación Técnicaque integran el Sistema Nacional de Gestión del Espec-tro Radioeléctrico;

Que, a fin de establecer zonas de protección de lasEstaciones de Comprobación Técnica, es preciso expedirel acto administrativo correspondiente, sustituyendo laResolución Ministerial Nº 231-2000-MTC/15.03, modificadapor la Resolución Ministerial Nº 480-2000-MTC/15.03;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de laLey de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Su-premo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aproba-do por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC y sus modificato-rias y el Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, aprobadopor Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Para efectos de la presente norma, seconsideran las siguientes definiciones:

1. Zona de Protección Primaria.- Zona que se extiendedesde la base del mástil o torre de soporte de la antena dela Estación de Comprobación Técnica perteneciente alSistema Nacional de Gestión del Espectro Radioeléctrico,hasta un radio de 500 metros alrededor de la misma.

2. Zona de Protección Secundaria.- Zona que se ex-tiende desde la base del mástil o torre de soporte de an-tena de la Estación de Comprobación Técnica pertene-ciente al Sistema Nacional de Gestión del EspectroRadioeléctrico, hasta un radio de 1,500 metros alrededorde la misma.

Artículo 2º.- Prohibir la instalación de estacionesradioeléctricas para la prestación de servicios de teleco-municaciones en la Zona de Protección Primaria a quese refiere el artículo 1º.

Artículo 3º.- Prohibir la instalación de estacionesradioeléctricas del servicio de radiodifusión sonora y portelevisión, dentro del radio de los 500 metros y 1500metros de la Zona de Protección Secundaria a que serefiere el artículo 1º.

Excepcionalmente y previa evaluación técnica favorablede la Dirección General de Control y Supervisión de Teleco-municaciones, dentro de dicho radio se podrán instalar es-taciones radioeléctricas distintas de las estaciones del ser-vicio de radiodifusión que operen con potencias ERP nomayores de 1 Kw. y cuyas antenas no alcancen los 30 me-tros de altura con respecto al nivel del terreno.

Artículo 4º.- La Dirección General de Control ySupervisión de Telecomunicaciones notificará a los titu-lares de concesiones o autorizaciones de servicios detelecomunicaciones cuyas estaciones radioeléctricas seencuentren dentro de los alcances del artículo 2º y 3º ycausen interferencias con las Estaciones de Comproba-ción Técnica, para que dentro del plazo máximo de tres(3) meses adopten las medidas técnicas necesarias parala eliminación de tales interferencias, período durante elcual la estación radioeléctrica dejará de operar.

Transcurrido el plazo antes señalado y de comprobar-se que la estación radioeléctrica continúa produciendointerferencias a las Estaciones de Comprobación Técni-ca, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a tra-vés del órgano competente, dispondrá su traslado demanera que no siga causando interferencias a las Esta-ciones de Control y procurando en lo posible no afectarla zona de servicio o el área de concesión autorizada.

El plazo otorgado al titular para el traslado de la esta-ción es de seis (6) meses, contados a partir de la respec-tiva notificación. En caso de incumplimiento, se procede-rá de acuerdo a lo establecido en la Ley de Telecomuni-caciones y su Reglamento General.

Artículo 5º.- Aprobar la ubicación de las Estacionesde Comprobación Técnica del Sistema Nacional de Ges-tión del Espectro Radioeléctrico que se detallan en elAnexo que forma parte de la presente Resolución.

Por Resolución de la Dirección General de Control ySupervisión de Telecomunicaciones se determinará la ubi-cación y altura de las nuevas Estaciones de ComprobaciónTécnica a ser instaladas como parte del Sistema Nacionalde Gestión del Espectro Radioeléctrico y la modificaciónen la ubicación de dichas estaciones. Para tal efecto, laacotada Dirección General, observará las restricciones quese establecen en virtud de la presente norma, a fin de no

Pág. 248441NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

afectar los derechos de los titulares de concesiones o au-torizaciones de servicios telecomunicaciones.

Artículo 6º.- Facúltese a la Dirección General de Con-trol y Supervisión de Telecomunicaciones a expedir lasnormas complementarias que resulten necesarias para elcumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 7º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe-rial Nº 231-2000-MTC/15.03 y su modificatoria la Reso-lución Ministerial Nº 480-2000-MTC/15.03.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZMinistro de Transportes y Comunicaciones

13608

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO

DEL PODER JUDICIAL

Disponen reincorporación de Juez Ti-tular Especializado en lo Penal en elDistrito Judicial del Callao

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 086-2003-CE-PJ

Lima, 11 de julio del 2003

VISTA:

La solicitud de reincorporación presentada por el se-ñor Julio Agustín Milla Aguilar, al cargo de Juez PenalTitular del Poder Judicial; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Ley Nº 25446, publicado en el Dia-rio Oficial El Peruano con fecha 24 de abril de 1992, sedispuso el cese del señor Julio Agustín Milla Aguilar delcargo de Juez Titular del 36º Juzgado Penal del DistritoJudicial de Lima;

Que, con fecha 5 de marzo del 2001 la Sala de Dere-cho Público de la Corte Superior de Justicia de Lima fallóconfirmando la sentencia del Primer Juzgado Corporati-vo Transitorio Especializado en Derecho Público, de fe-cha 22 de setiembre del 2000, que declaró infundada laexcepción de caducidad, y fundada la demanda inter-puesta por don Julio Agustín Milla Aguilar, y en conse-cuencia inaplicable para el demandante el artículo dosdel Decreto Ley Nº 25454 y el artículo tres del DecretoLey Nº 25446; ordenándose su reincorporación en el car-go de Juez Titular del Distrito Judicial de Lima, dejándo-se sin efecto la cancelación del título correspondiente;

Que, asimismo, mediante Oficio Nº 2319-1997-63ºJECL-RJVM, la Juez del 63º Juzgado Especializadoen lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, remi-te a este Órgano de Gobierno copia certificada de la sen-tencia expedida por la Sala de Derecho Público de lamencionada Corte Superior, a efectos de que se procedaa su cumplimiento;

Que, en virtud de la aludida sentencia, con fecha 17 demarzo último, el señor Julio Agustín Milla Aguilar solicita sureincorporación en el cargo de Juez Penal Titular del PoderJudicial; requiriendo a este Consejo Ejecutivo que por razo-nes de vínculo matrimonial con la señora María del CarmenPaloma Altabás Kajatt, quien actualmente se desempeñacomo Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lima,dicha reincorporación se materialice en el Distrito Judicialdel Callao; presentando como pruebas su partida de matri-monio y fotocopia certificada del Título de nombramiento deVocal Superior de Lima de su esposa;

Que, mediante Oficio Nº 4252-2003-P-CSJCL/PJ, seinforma que en la Corte Superior de Justicia del Callao exis-ten plazas vacantes de Juez Especializado en lo Penal;

Que, en tal sentido, de conformidad con lo dispuesto porla sentencia de la Sala de Derecho Público de la Corte Su-perior de Justicia de Lima, su fecha 5 de marzo del 2001,

corresponde reincorporar al señor Julio Agustín Milla Agui-lar en el cargo de Juez Penal Titular del Poder Judicial, paralo cual y a fin de evitar la incompatibilidad comunicada porel propio recurrente, dicha reincorporación deberá ejecutar-se en la Corte Superior de Justicia del Callao;

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso desus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, con loexpuesto en el Informe del señor Consejero BenjamínOrdóñez Valverde, quien concuerda con la presente re-solución, por unanimidad;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud formu-lada por el señor Julio Agustín Milla Aguilar, y en consecuen-cia disponer su reincorporación en el cargo de Juez TitularEspecializado en lo Penal en el Distrito Judicial del Callao.

Artículo Segundo.- Oficiar al Consejo Nacional de laMagistratura para que deje sin efecto la convocatoria aConcurso Público de una de las Plazas de Juez Especiali-zado Penal del Distrito Judicial del Callao, a que se refie-re la Convocatoria Nº 001-2003-CNM, publicada en elDiario Oficial El Peruano el 2 de marzo del 2003.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a laPresidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Repúbli-ca, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina deControl de la Magistratura del Poder Judicial, a las Presi-dencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima y delCallao, a la Gerencia General del Poder Judicial y al intere-sado, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

HUGO SIVINA HURTADO

WALTER VÁSQUEZ VEJARANO

JORGE B. CALDERÓN CASTILLO

CARLOS E. ALVA ANGULO

BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE

13661

Designan integrante de la Oficina deControl de la Magistratura del PoderJudicial

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 087-2003-CE-PJ

Lima, 11 de julio del 2003

VISTO:

El Oficio Nº 192-2003-J-OCMA/PJ, cursado por el Jefede la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Ju-dicial; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial median-te Resolución Administrativa Nº 023-2002-CE-PJ, publica-da en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzo del 2002,designó, entre otros, al señor Abrahan Percy Torres Ga-marra, como integrante de la Oficina de Control de laMagistratura del Poder Judicial, en su calidad de VocalProvisional de la Corte Superior de Justicia de Lima;

Que, el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratu-ra del Poder Judicial propone a este Órgano de Gobiernola designación del señor Abrahan Percy Torres Gamarraen su calidad de Vocal Titular de la Corte Superior deJusticia de Junín, por la necesidad de seguir contandocon su apoyo en la mencionada Oficina de Control;

Que, al haber sido nombrado Vocal Titular de la CorteSuperior de Justicia de Junín el señor Abrahan PercyTorres Gamarra, por Resolución del Consejo Nacional dela Magistratura Nº 278-2003-CNM, publicada en el DiarioOficial El Peruano el 07 de julio del presente año; y es-tando a los motivos que expone el Jefe de la Oficina de

Pág. 248442 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

Control de la Magistratura del Poder Judicial, es del casoacceder a la petición que se formula;

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de susatribuciones, de conformidad con lo previsto en el artículo103 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del PoderJudicial, en sesión ordinaria de la fecha, por mayoría;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar al señor Abrahan PercyTorres Gamarra, Vocal Titular de la Corte Superior de Justi-cia de Junín, como integrante de la Oficina de Control de laMagistratura del Poder Judicial, quien vencido el plazo aque se refiere el artículo 103 del Texto Único Ordenado dela Ley Orgánica del Poder Judicial, o terminado el encargo,retornará a su función jurisdiccional de origen.

Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolucióna la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judi-cial, Corte Superior de Justicia de Junín, Gerencia Ge-neral del Poder Judicial y al interesado, para su conoci-miento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

HUGO SIVINA HURTADO

WALTER VÁSQUEZ VEJARANO

JORGE B. CALDERÓN CASTILLO

CARLOS E. ALVA ANGULO

El voto del señor Consejero Benjamín Ordóñez Valver-de, es como sigue:

VOTO SINGULAR DEL CONSEJEROBENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE

Ref.: Oficio Nº 192-2003-J-OCMA/PJ cursado porel Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura.

VISTA la solicitud de fecha 08/07/03 presentada porel Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, Dr.Francisco Távara Córdova, proponiendo a este Órganode Gobierno la designación del Dr. Abrahan Percy TorresGamarra en su calidad de Vocal Titular de la Corte Supe-rior de Justicia de Junín, por la necesidad de seguir con-tando con su apoyo en la mencionada Oficina de Control;y, CONSIDERANDO que, esta Consejería se ha pronun-ciado en peticiones similares en sentido negativo sus-tentado en la obligación que tienen los magistrados re-cientemente nombrados por concurso público de ejercersus funciones en la plaza designada por el Consejo Na-cional de la Magistratura para que el pueblo donde va aimpartir justicia conozca por lo menos su rostro; mi VOTOes por que se desestime por ahora la solicitud del Jefe dela OCMA y a la vez se disponga que el flamante Vocal,Dr. Abrahan Percy Torres Gamarra, se constituya en laciudad de Huancayo y asuma sus funciones de magistra-do e imparta justicia como lo demanda el pueblo, conprontitud, honestidad y verdadero sentido de justicia.

Lima, 11 de julio del 2003

BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDEConsejero

13662

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

Establecen inicio de efectividad demedida cautelar de abstención en elcargo, recaída en magistrado por suactuación como Juez del 23º JuzgadoEspecializado en lo Civil de Lima

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 0295-2003-P-CSJLI/PJ

Lima, 17 de julio del 2003

VISTO:

El Oficio Nº 208-03-J-OCMA/PJ de fecha dieciséis dejulio del presente año;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución expedida por la Jefaturade la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Ju-dicial con fecha catorce de julio del año en curso se dis-puso en el punto tercero Imponer al Magistrado JorgeAníbal Ramírez Velasco, en su actuación como Juez delVigésimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil deLima, la Medida Cautelar de Abstención en el cargo, mien-tras dure la tramitación de la Investigación corres-pondiente.

Que, la mencionada Resolución resulta de obligatoriocumplimiento desde el momento de su notificación, estoes, quince de julio del presente año, motivo por el cualresulta necesario proceder a la expedición del pronuncia-miento administrativo pertinente indicándose la efectivi-dad de la misma.

Que, estando a lo expuesto y en mérito a las faculta-des previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artí-culo 90º del Texto Único de la Ley Orgánica del PoderJudicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER, a partir del 15 dejulio del 2003, la efectividad de la Medida Cautelar deAbstención en el cargo, recaída en la persona del doc-tor Jorge Aníbal Ramírez Velasco, decretada por laOficina de Control de la Magistratura del Poder Judi-cial, por su actuación como Juez del Vigésimo TercerJuzgado Especializado en lo Civil de Lima, mien-tras dure la tramitación de la investigación correspon-diente.

Artículo Segundo.- PONER la presente resoluciónen conocimiento de la Presidencia de la Corte Supremade Justicia de la República, de la Presidencia del Conse-jo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia Generaldel Poder Judicial, de la Supervisión de Personal, de laOficina de Control de la Magistratura y del Magistradopara los fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLAPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

13660

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 0278-2003-P-CSJL/PJ

Mediante Oficio Nº 1790-2003-RA-P-CSJL(RBO), laCorte Superior de Justicia de Lima solicita se publiqueFe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 0278-2003-P-CSJL/PJ publicada en nuestra edición del 11 dejulio de 2003, en la página 247964.

DICE:

Artículo Décimo Quinto.- DISPONER la permanenciade la doctora JUANA IRENE ORTIZ GALVAN, como Juez...

DEBE DECIR:

Artículo Décimo Quinto.- DISPONER la permanenciade la doctora JULIA IRENE ORTIZ GALVAN, como Juez...

13659

Pág. 248443NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

ORGANISMOS AUTÓNOMOS

ONPE

Aprueban Reglamento de Organizacióny Funciones de ONPE

OFICINA NACIONAL DEPROCESOS ELECTORALES

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 161-2003-J/ONPE

Lima, 17 de julio de 2003

VISTO; el Informe Nº 136-2003-GP/ONPE, de fecha14 de julio del 2003, de la Gerencia de Planeamiento, enel que eleva a Jefatura Nacional la propuesta de modifi-cación del Reglamento de Organización y Funciones,aprobado con Resolución Jefatural Nº 190-2002-J/ONPE;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley Nº 26487, Ley Orgá-nica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales -ONPE, es función esencial del citado organismo velarpor la obtención de la fiel y libre expresión de la voluntadpopular manifestada a través de los procesos electora-les, de referéndum y otros tipos de consulta popular a sucargo;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 190-2002-J/ONPE, de fecha 10 de julio del 2002, se aprobó el Regla-mento de Organización y Funciones de la Oficina Nacio-nal de Procesos Electorales - ONPE;

Que, mediante documento de vistos, la Gerencia dePlaneamiento presenta la propuesta para la modificacióndel Reglamento de Organización y Funciones, la cual sebasa en un reajuste de la estructura orgánica y precisiónde las funciones de las unidades orgánicas, a fin de ase-gurar el logro de metas y objetivos de la Institución;

Que, en esta dinámica de perfeccionamiento de laestructura y funciones de ONPE, es conveniente modifi-car y aprobar el nuevo Reglamento de Organización yFunciones de la Oficina Nacional de Procesos Electora-les;

De conformidad con las facultades establecidas en elartículo 13º de la Ley Orgánica de la Oficina Nacional deProcesos Electorales, Ley Nº 26487 y, en uso de las atri-buciones concedidas por la misma Ley;

Con el visado de las Gerencias de Planeamiento y deAsesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organizacióny Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electo-rales - ONPE, que consta de sesenta y siete artículos,una disposición transitoria y dos disposiciones finales,que como Anexo forma parte integrante de la presenteResolución.

Artículo 2º.- Deróguense la Resolución Jefatural Nº190-2002-J/ONPE y la Resolución Jefatural Nº 103-2003-J/ONPE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO TUESTA SOLDEVILLAJefe

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONESDE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS

ELECTORALES

ÍNDICE

TÍTULO I Disposiciones Generales

Capítulo I Contenido y AlcanceCapítulo II Naturaleza y FinalidadCapítulo III FuncionesCapítulo IV Estructura Orgánica

TÍTULO II Funciones de los Órganos Permanen-tes

Capítulo I Alta DirecciónCapítulo II Órgano de ControlCapítulo III Órganos de AsesoramientoCapítulo IV Órganos de ApoyoCapítulo V Órganos de Línea

TÍTULO III Funciones de los Órganos Tempora-les

Capítulo I Comité de Gerencia de Procesos Elec-torales

Capítulo II Oficinas Descentralizadas de ProcesosElectorales

TÍTULO IV Régimen Económico

TÍTULO V Régimen Laboral

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

DISPOSICIONES FINALES

ORGANIGRAMA

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONESDE LA OFICINA NACIONAL DE PROCESOS

ELECTORALES

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

CONTENIDO Y ALCANCE

Artículo 1º.- El presente Reglamento establece la na-turaleza, funciones, estructura y relaciones de los Órga-nos Permanentes y Temporales de la Oficina Nacional deProcesos Electorales.

Artículo 2º.- Las normas contenidas en el presenteReglamento son de aplicación y cumplimiento obligatoriode todos los Órganos Permanentes y Temporales de laOficina Nacional de Procesos Electorales.

CAPÍTULO II

NATURALEZA Y FINALIDAD

Artículo 3º.- La Oficina Nacional de Procesos Electo-rales es un organismo autónomo que forma parte de laestructura del Estado, cuenta con personería jurídica dederecho público interno y goza de atribuciones en mate-ria técnica, administrativa, económica y financiera.

Artículo 4º.- La Oficina Nacional de Procesos Electo-rales es la autoridad máxima en la organización y ejecu-ción de todos los procesos electorales, de referéndum yde otros tipos de consultas populares, señaladas por ley.

Artículo 5º.- La Oficina Nacional de Procesos Electo-rales tiene como finalidad esencial, velar por la obten-ción de la fiel y libre expresión de la voluntad popular,manifestada a través de los procesos electorales, de re-feréndum y de otros tipos de consultas populares.

CAPÍTULO III

FUNCIONES

Artículo 6º.- La Oficina Nacional de Procesos Electo-rales tiene las siguientes funciones:

a) Organizar todos los procesos electorales, de refe-réndum y otros tipos de consultas populares.

b) Diseñar la cédula de sufragio, actas electorales,formatos y cualquier otro material en general, de maneraque se asegure el respeto de la voluntad del ciudadanoen la realización de los procesos a su cargo.

c) Planificar, preparar y ejecutar todas las accionesnecesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo,en cumplimiento estricto de la normatividad vigente.

Pág. 248444 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

d) Establecer el número, ubicación y organización delas Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales,de acuerdo a las circunscripciones que determine el Ju-rado Nacional de Elecciones.

e) Preparar y distribuir a las Oficinas Descentraliza-das de Procesos Electorales el material necesario parael desarrollo de los procesos electorales.

f) Coordinar con el Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil la recepción y actualización del pa-drón electoral, de acuerdo a ley.

g) Recibir del Jurado Nacional de Elecciones los pa-drones electorales debidamente autorizados.

h) Recibir la solicitud de inscripción de organizacio-nes políticas, candidatos u opciones en procesos deámbito nacional y remitir las solicitudes al Jurado Nacio-nal de Elecciones a efectos de expedición de credencia-les, informando respecto del cumplimiento de los requisi-tos formales exigidos.

i) Diseñar y ejecutar un programa de capacitaciónoperativa, dirigida a los miembros de mesa y ciudadaníaen general, durante la ejecución de los procesos electo-rales.

j) Establecer los mecanismos que permitan a los per-soneros de las organizaciones políticas y de los organis-mos de observación hacer el seguimiento de todas lasactividades durante los procesos a su cargo.

k) Dictar las instrucciones y disposiciones necesariaspara el mantenimiento del orden y la protección de la li-bertad personal durante los comicios.

l) Coordinar con las Fuerzas Armadas y Policiales parael mantenimiento del orden y la protección de la libertadpersonal durante los comicios.

m) Garantizar al ciudadano el derecho al ejercicio delsufragio.

n) Divulgar por todos los medios de publicidad quejuzgue necesarios, los fines, procedimientos y formas delacto de la elección y de los procesos a su cargo.

o) Brindar, desde el inicio del escrutinio, permanenteinformación sobre el cómputo en las mesas de sufragio yOficinas Descentralizadas de Procesos Electorales.

p) Obtener los resultados de los procesos electoralesa su cargo y remitirlos a los Jurados Electorales Espe-ciales.

q) Dictar las resoluciones y la reglamentación nece-saria para su funcionamiento.

r) Revisar, aprobar y controlar los gastos que efec-túen las Oficinas Descentralizadas a su cargo, de acuer-do con los respectivos presupuestos.

s) Producir información especializada y sistemática;así como investigaciones aplicadas y organizar progra-mas de especialización académica en materia electoral.

t) Evaluar las propuestas de ayuda técnica de los or-ganismos extranjeros y concertar y dirigir la ejecución delos proyectos acordados en los temas de su competen-cia.

u) Brindar asesoría y asistencia técnica en materiade su competencia, conforme a las normas legales vi-gentes y según disponibilidad.

v) Ejercer las demás atribuciones relacionadas consu competencia.

CAPÍTULO IV

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Artículo 7º.- La Estructura Orgánica de la Oficina Na-cional de Procesos Electorales está conformada por Ór-ganos Permanentes y Órganos Temporales de acuerdoal detalle siguiente:

A. Órganos Permanentes

Órgano de la Alta Dirección

Jefatura Nacional

Órgano de Control

Gerencia de Control Institucional

Órganos de Asesoramiento

Gerencia de Asesoría JurídicaSubgerencia de Asesoría Jurídica

Gerencia de PlaneamientoSubgerencia de Planeamiento InstitucionalSubgerencia de Planeamiento Electoral

Órganos de Apoyo

Secretaría General

Gerencia de Administración y FinanzasSubgerencia de Recursos HumanosSubgerencia de LogísticaSubgerencia de Finanzas

Gerencia de InformáticaSubgerencia de Plataforma TecnológicaSubgerencia de Proyectos InformáticosSubgerencia de Operaciones

Gerencia de Formación y Capacitación ElectoralSubgerencia de Formación CiudadanaSubgerencia de Capacitación Electoral

Gerencia de Organización y Programación de Proce-sos Electorales

Subgerencia de Programación de Procesos Electo-ralesSubgerencia de Organización de Procesos Electo-rales

Centro de Investigación Electoral

Órganos de Línea

Gerencia de Gestión ElectoralSubgerencia de Gestión Electoral

Gerencia de Información y Educación ElectoralSubgerencia de Información y Educación Electoral

B. Órganos Temporales

Comité de Gerencia de Procesos Electorales

Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales

TÍTULO II

FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS PERMANENTES

CAPÍTULO I

ALTA DIRECCIÓN

Artículo 8º.- La Alta Dirección de la Oficina Nacionalde Procesos Electorales está conformada por la JefaturaNacional.

JEFATURA NACIONAL

Artículo 9º.- La Jefatura Nacional es la máxima auto-ridad de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Tie-ne domicilio legal en la capital de la República y compe-tencia nacional. Es responsable de normar, dirigir, con-ducir y evaluar la organización y el funcionamiento de laOficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE y velarpor el cumplimiento de los objetivos y metas instituciona-les. Se encarga de crear o desactivar órganos de la Ins-titución, nombrar o destituir personal, en concordanciacon la normatividad vigente. El Jefe de la Oficina Nacio-nal de Procesos Electorales tiene como funciones y atri-buciones las siguientes:

a) Ejercer la titularidad del pliego presupuestal.b) Ejercer la representación legal de la Oficina Nacio-

nal de Procesos Electorales en todos sus actos.c) Establecer los lineamientos de política institucional

y conducir el proceso de planeamiento estratégico insti-tucional.

d) Planificar, coordinar, ejecutar y dirigir todas las ac-ciones necesarias para la gestión institucional y el desa-rrollo de los procesos electorales, de referéndum y otrasconsultas populares a su cargo, en cumplimiento estrictode la normatividad vigente.

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e) Conducir la difusión de los fines, procedimientos yformas del acto de la elección y de los procesos a sucargo.

f) Aprobar el diseño de la cédula de sufragio, actaselectorales, formatos y cualquier otro material electoral.

g) Aprobar los planes de capacitación y educaciónelectoral dirigidos al personal de la Oficina Nacional deProcesos Electorales, los miembros de mesa y ciudada-nía en general, durante los procesos electorales.

h) Aprobar los mecanismos que permitan a los perso-neros de las organizaciones políticas y representantesde los organismos de observación el mejor desempeñode sus funciones.

i) Dictar las instrucciones y disposiciones necesariaspara el mantenimiento del orden y la protección de la li-bertad personal durante los comicios.

j) Cautelar que se garantice al ciudadano el derechoal sufragio.

k) Asegurar la obtención oportuna de los resultadosde los procesos electorales a su cargo y remitirlos a losJurados Electorales Especiales.

l) Efectuar coordinaciones de carácter institucional conel Presidente y con el Pleno del Jurado Nacional de Elec-ciones y el Jefe del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil.

m) Aprobar el presupuesto ordinario y el presupuestoelectoral de la Institución.

n) Presentar al Poder Ejecutivo, por intermedio delPresidente del Jurado Nacional de Elecciones, el presu-puesto de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.

o) Asistir a la sustentación del presupuesto del Siste-ma Electoral a la Comisión de Presupuesto del Congresode la República.

p) Aprobar los documentos de gestión institucional,los planes, programas y proyectos que así lo requieran,supervisando su cumplimiento.

q) Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contra-taciones y sus modificaciones.

r) Visar el Plan Anual de Control.s) Expedir las resoluciones y aprobar las directivas,

procedimientos y reglamentos necesarios para el funcio-namiento de la entidad.

t) Crear o desactivar los órganos de la estructura ins-titucional para el adecuado cumplimiento de las funcio-nes, según las leyes y la normatividad vigentes.

u) Suscribir convenios con organismos públicos o pri-vados nacionales en asuntos de competencia de la Ofici-na Nacional de Procesos Electorales.

v) Suscribir convenios de cooperación técnica inter-nacional bilaterales o multilaterales, en asuntos de com-petencia de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.

w) Designar, cesar, aceptar las renuncias y aplicar lasmedidas disciplinarias al personal de la Oficina Nacionalde Procesos Electorales y aprobar la contratación delpersonal a tiempo indeterminado.

x) Delegar las facultades administrativas y/o legalesque sean procedentes, conforme a las leyes y disposi-ciones vigentes.

y) Adoptar y/o disponer la implementación de las re-comendaciones que emita la Gerencia de Control Institu-cional, la Contraloría General de la República y las So-ciedades de Auditoría.

z) Ejercer las demás atribuciones que sean de su com-petencia.

CAPÍTULO II

ÓRGANO DE CONTROL

Artículo 10º.- La Gerencia de Control Institucional esel Órgano de Control de la Oficina Nacional de ProcesosElectorales.

Artículo 11º.- La Gerencia de Control Institucional esel órgano que depende jerárquicamente de la JefaturaNacional y funcionalmente de la Contraloría General dela República. Está a cargo de un funcionario con nivel deGerente encargado de programar, ejecutar y evaluar lasactividades que le son inherentes de conformidad conlas normas del Sistema Nacional de Control.

Artículo 12º.- La Gerencia de Control Institucional tie-ne las siguientes funciones:

a) Formular el Plan Anual de Control de acuerdo conlos lineamientos de política y directivas emitidas por laContraloría General de la República.

b) Ejecutar oportunamente las acciones de controlposterior y las actividades de control previstas y no pre-vistas en el Plan Anual de Control, de acuerdo a las nor-mas del Sistema Nacional de Control.

c) Remitir al Titular de la Institución y simultáneamen-te a la Contraloría General de la República los resultadosde las acciones de control posterior y actividades de con-trol, indicando las recomendaciones pertinentes.

d) Cautelar el cumplimiento del Código de Ética delAuditor Gubernamental y directivas emanadas de la Con-traloría General de la República.

e) Ejecutar el seguimiento de la implementación delas recomendaciones formuladas como resultado de lasacciones de control efectuadas en la entidad por la pro-pia Gerencia de Control Institucional, la Contraloría Ge-neral de la República y por las Sociedades de Auditoría.

f) Evaluar el Plan Anual de Control y comunicar losresultados a la Jefatura Nacional y a la Contraloría Ge-neral de la República.

g) Difundir la doctrina de control gubernamental entreel personal de la Institución.

h) Brindar asesoramiento a la Jefatura Nacional, sincarácter vinculante.

i) Cumplir con los encargos y requerimientos de laContraloría General de la República.

j) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbi-to de acción, que le sean encomendadas por la JefaturaNacional.

CAPÍTULO III

ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

Artículo 13º.- Son órganos de asesoramiento la Ge-rencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Planeamien-to.

GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA

Artículo 14º.- La Gerencia de Asesoría Jurídica esun órgano dependiente de la Jefatura Nacional, está acargo de un funcionario de confianza con nivel de Geren-te encargado de brindar asesoramiento jurídico y legal ala Institución.

Artículo 15º.- La Gerencia de Asesoría Jurídica estáconformada por la Subgerencia de Asesoría Jurídica.

Artículo 16º.- La Gerencia de Asesoría Jurídica tienelas siguientes funciones:

a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponerel presupuesto de la Gerencia para ser incorporado alPlan Operativo Institucional y evaluar su ejecución deacuerdo a la normatividad vigente.

b) Asesorar a la Jefatura Nacional y a las demás uni-dades orgánicas de la Institución en asuntos de carácterjurídico y legal.

c) Emitir opinión sobre asuntos de carácter jurídicoen materia electoral, constitucional, administrativa y otrasmaterias que se le consulten.

d) Recopilar y sistematizar la normatividad en vigen-cia, en particular la referida a las funciones y competen-cias de la Institución y mantener al día el acervo jurídicodocumentario de la misma.

e) Proponer las normas conducentes a perfeccionarla aplicación de la normatividad, en el marco de compe-tencias de la Institución.

f) Coordinar con el Procurador Público de la OficinaNacional de Procesos Electorales los asuntos relaciona-dos con la defensa, ejercicio de los derechos e interesesjudiciales de la Institución.

g) Elaborar, a propuesta de las unidades orgánicas,los convenios y contratos, así como visar todos los con-venios y contratos que vinculen a la Institución.

h) Revisar, analizar y visar las resoluciones expedi-das por las diferentes unidades orgánicas de la Institu-ción.

i) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec-tos a ser financiados con recursos de la CooperaciónTécnica Internacional, en el ámbito de su competencia.

j) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los for-matos establecidos, los procedimientos técnicos y/o ad-ministrativos en materia de su competencia.

k) Implementar las normas técnicas de control inter-no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli-ca, que sean de su competencia.

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l) Recibir, tramitar y absolver, dentro de sus compe-tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen-ten a la Institución.

m) Realizar otras actividades, relacionadas a su ám-bito de acción, que le sean encomendadas por la Jefatu-ra Nacional.

Artículo 17º.- La Subgerencia de Asesoría Jurídicaestá a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente,cuya función es emitir opinión legal sobre aspectos rela-cionados al derecho electoral, administrativo y otras ma-terias jurídicas.

GERENCIA DE PLANEAMIENTO

Artículo 18º.- La Gerencia de Planeamiento es unórgano dependiente de la Jefatura Nacional, está a car-go de un funcionario de confianza con nivel de Gerente yse encarga de coordinar y conducir los procesos de pla-nificación, presupuesto, estadística y racionalización; asícomo de dirigir, orientar y programar la cooperación téc-nica internacional, de conformidad con las normas queregulan su accionar.

Artículo 19º.- La Gerencia de Planeamiento está con-formada por la Subgerencia de Planeamiento Institucio-nal y la Subgerencia de Planeamiento Electoral.

Artículo 20º.- La Gerencia de Planeamiento tiene lassiguientes funciones:

a) Proponer a la Jefatura Nacional los lineamientosde política institucional.

b) Formular el Plan Anual de Actividades y proponerel presupuesto de la Gerencia para ser incorporado alPlan Operativo Institucional y evaluar su ejecución deacuerdo a la normatividad vigente.

c) Formular, proponer, supervisar y evaluar los planesinstitucionales, de corto y mediano plazo, en coordina-ción con las unidades orgánicas de la Institución.

d) Formular, proponer, supervisar y evaluar el PlanGeneral de Elecciones, consolidando las propuestas delas unidades orgánicas de la Institución.

e) Formular directivas y procedimientos que orientenlas acciones de planificación, presupuesto, racionaliza-ción, estadística y cooperación internacional.

f) Formular, programar, proponer, controlar y evaluarel presupuesto institucional y los presupuestos electora-les.

g) Consolidar y remitir la información del proceso pre-supuestario del pliego, a los organismos públicos corres-pondientes.

h) Coordinar, supervisar y evaluar las actividades, pro-gramas y proyectos de cooperación técnica internacionalde la Institución y gestionar los recursos para su ejecu-ción.

i) Formular y actualizar los instrumentos de gestiónestablecidos por el Sistema Nacional de Racionalización.

j) Sistematizar la información estadística institucionaly electoral; así como entregar la información requeridapor el Sistema Nacional de Estadística.

k) Organizar y mantener actualizado el Registro deConvenios y Proyectos Institucionales, así como emitirinforme cuando su celebración implique disposición derecursos de la Institución.

l) Elaborar y proponer los procedimientos para la eje-cución del sorteo de miembros de mesa, la asignaciónde número a organizaciones políticas, candidatos u otrasopciones, la ubicación en cédula y el sorteo de la franjaelectoral.

m) Revisar, sistematizar, integrar y visar los procedi-mientos electorales formulados por las unidades orgáni-cas de la Institución, para su aprobación por JefaturaNacional.

n) Determinar el número necesario de mesas de su-fragio para cada proceso, con base en la información pro-porcionada por la Gerencia de Informática.

o) Proponer y consolidar la ubicación de los localesde votación con base en la información proporcionadapor la Gerencia de Organización y Programación de Pro-cesos Electorales.

p) Elaborar, actualizar y sistematizar la informacióngeográfica nacional para los procesos electorales.

q) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los pro-yectos a ser financiados con recursos de la Coopera-ción Técnica Internacional, en el ámbito de su compe-tencia.

r) Implementar las normas técnicas de control inter-no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli-ca, que sean de su competencia.

s) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe-tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen-ten a la Institución.

t) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbi-to de acción, que le sean encomendadas por la JefaturaNacional.

Artículo 21º.- La Subgerencia de Planeamiento Insti-tucional está a cargo de un funcionario con nivel de Sub-gerente encargado de la formulación, supervisión y eva-luación de los planes estratégicos, planes operativos,proyectos y presupuesto institucional; así como de lasacciones de racionalización, cooperación técnica inter-nacional y de la sistematización de la información esta-dística institucional.

Artículo 22º.- La Subgerencia de Planeamiento Elec-toral está a cargo de un funcionario con nivel de Subge-rente encargado de la formulación, supervisión y evalua-ción del Plan General de Elecciones y del cronogramaelectoral, así como de la formulación de los lineamientospara la elaboración del presupuesto electoral y la siste-matización de la información geográfica electoral e infor-mación estadística electoral.

CAPÍTULO IV

ÓRGANOS DE APOYO

Artículo 23º. Son órganos de apoyo la SecretaríaGeneral, la Gerencia de Administración y Finanzas, laGerencia de Informática, la Gerencia de Formación yCapacitación Electoral, la Gerencia de Organización yProgramación de Procesos Electorales y el Centro deInvestigación Electoral.

SECRETARÍA GENERAL

Artículo 24º.- La Secretaría General es un órganodependiente de la Jefatura Nacional, está a cargo de unfuncionario de confianza con nivel de Gerente; encarga-do de dirigir, organizar y supervisar la administración delSistema Único de Trámite Documentario y de Archivo;así como de coordinar las acciones para garantizar laseguridad ciudadana durante los procesos electorales.

Artículo 25º.- La Secretaría General tiene las siguien-tes funciones:

a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponerel presupuesto de la Secretaría General para ser incor-porado al Plan Operativo Institucional y evaluar su ejecu-ción de acuerdo a la normatividad vigente.

b) Planificar, organizar, dirigir, controlar y supervisarla administración del Sistema Único de Trámite Documen-tario.

c) Planificar, organizar, dirigir, controlar y supervisarla administración del Sistema de Archivo Institucional.

d) Planificar, coordinar, ejecutar y supervisar las ac-ciones de defensa nacional y defensa civil, en el ámbitoinstitucional, en concordancia con las orientaciones téc-nico-normativas emitidas por los Sistemas de DefensaNacional y Civil.

e) Coordinar con las Fuerzas Armadas y Policiales yproponer a la Jefatura Nacional las medidas adecuadaspara el mantenimiento del orden y la protección de la li-bertad personal durante los procesos electorales.

f) Formular y actualizar los formatos y anexos que in-tegran el Kit electoral para la inscripción de organizacio-nes políticas, candidatos u otras opciones para partici-par en procesos electorales e iniciativas de participacióny control ciudadanos.

g) Vender los formatos para la inscripción de organi-zaciones políticas, candidatos u otras opciones para par-ticipar en procesos electorales e iniciativas de participa-ción y control ciudadanos; y, de ser el caso, expedir reso-lución, en primera instancia administrativa, a fin de resol-ver quejas sobre la referida inscripción.

h) Orientar a los promotores de las organizacionespolíticas y/o de iniciativas de participación y control ciu-dadanos para la adquisición y utilización de los formatoscorrespondientes.

i) Revisar y verificar el cumplimiento de los requisitosexigidos por la Constitución y las leyes vigentes para la

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inscripción de las organizaciones políticas y el ejerciciode iniciativas de participación y control ciudadanos.

j) Remitir al Jurado Nacional de Elecciones la infor-mación sobre las personas que brindan servicios a laOficina Nacional de Procesos Electorales, durante losprocesos electorales, para que se les otorgue la dispen-sa al sufragio.

k) Expedir las constancias de sufragio y asistencia alcargo de miembro de mesa.

l) Elaborar, actualizar y aprobar normas administrati-vas para regular los procedimientos de los Sistemas deTrámite Documentario y Archivo.

m) Certificar la copia de las resoluciones emitidas porla Jefatura Nacional y las gerencias para su correspon-diente notificación a los administrados.

n) Archivar y custodiar los originales de las resolucio-nes jefaturales y gerenciales, así como de las directivasgenerales, específicas y gerenciales; y distribuir copiascertificadas de las mismas, cuando corresponda.

o) Apoyar las coordinaciones intergerenciales, a soli-citud de Jefatura Nacional, y hacer seguimiento al cum-plimiento de las disposiciones impartidas.

p) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec-tos a ser financiados con recursos de la CooperaciónTécnica Internacional, en el ámbito de su competencia.

q) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los for-matos establecidos, los procedimientos técnicos y/o ad-ministrativos en materia de su competencia.

r) Implementar las normas técnicas de control inter-no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli-ca, que sean de su competencia.

s) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe-tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen-ten a la Institución.

t) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbi-to de acción, que le sean encomendadas por la JefaturaNacional.

GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

Artículo 26º.- La Gerencia de Administración y Finan-zas es un órgano dependiente de la Jefatura Nacional,está cargo de un funcionario de confianza con nivel deGerente, se encarga de administrar los recursos huma-nos, materiales y financieros, cumpliendo con las dispo-siciones técnicas y legales que corresponden a los siste-mas administrativos.

Artículo 27º.- La Gerencia de Administración y Finan-zas está conformada por la Subgerencia de RecursosHumanos, la Subgerencia de Logística y la Subgerenciade Finanzas.

Artículo 28º.- La Gerencia de Administración y Finan-zas tiene las siguientes funciones:

a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponerel presupuesto de la Gerencia para ser incorporado alPlan Operativo Institucional y evaluar su ejecución deacuerdo a la normatividad vigente.

b) Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar lasacciones propias de los procesos técnicos de los siste-mas administrativos desarrollados por las Subgerenciasde Recursos Humanos, Logística y Finanzas.

c) Aprobar los lineamientos para la administración delos recursos humanos, materiales y financieros de la Ins-titución.

d) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los for-matos establecidos, las normas administrativas para re-gular los procedimientos para la administración de losrecursos humanos, financieros y materiales.

e) Proponer y conducir el Plan Anual de Capacitaciónpara el personal de la Institución.

f) Dirigir, coordinar y supervisar la ejecución de lasacciones administrativas de personal.

g) Formular y proponer a la Jefatura Nacional el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones, así como susmodificatorias.

h) Programar, coordinar, ejecutar y controlar el abas-tecimiento de bienes y prestación de servicios que re-quieran las unidades orgánicas de la Institución, en con-cordancia con el Plan Anual de Adquisiciones y Contra-taciones.

i) Formular y aplicar normas para verificar la existen-cia, estado y condiciones de utilización de los bienespatrimoniales de la Institución.

j) Organizar, ejecutar y supervisar las acciones decustodia y protección de los bienes del activo fijo; asícomo el mantenimiento y control patrimonial conforme alas normas legales vigentes.

k) Ejecutar, supervisar y evaluar las acciones nece-sarias para garantizar la seguridad de la infraestructurainstitucional.

l) Coordinar y ejecutar el despliegue y repliegue delos bienes patrimoniales y aquéllos alquilados en perio-do electoral.

m) Programar, coordinar, ejecutar y controlar los pro-cesos de contabilidad y tesorería de conformidad con lasnormas vigentes.

n) Ejecutar el presupuesto institucional y electoral portoda fuente de financiamiento, proporcionando la infor-mación adecuada en forma oportuna, de conformidad conlas normas vigentes.

o) Elaborar el Informe de gestión económico-financierade la Institución por toda fuente de financiamiento.

p) Ordenar, revisar y consolidar la información finan-ciera de la cooperación técnica internacional, así comoelaborar los reportes financieros, según los requerimien-tos de las fuentes de cooperación.

q) Recibir, revisar y contabilizar las rendiciones decuentas que remitan las Oficinas Descentralizadas deProcesos Electorales, de acuerdo a la programación pre-supuestal.

r) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec-tos a ser financiados con recursos de la CooperaciónTécnica Internacional, en el ámbito de su competencia.

s) Implementar las normas técnicas de control inter-no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli-ca, que sean de su competencia.

t) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe-tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen-ten a la Institución.

u) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbi-to de acción, que le sean encomendadas por la JefaturaNacional.

Artículo 29º.- La Subgerencia de Recursos Huma-nos está a cargo de un funcionario con nivel de Subge-rente, encargado de la dirección, conducción y ejecuciónde las acciones del sistema de personal.

Artículo 30º.- La Subgerencia de Logística está a car-go de un funcionario con nivel de Subgerente encargadode la dirección, conducción y ejecución de las accionesdel sistema de abastecimiento y seguridad de los bienese instalaciones de la Institución; así como del seguimien-to y compromiso de los gastos y otros en el ámbito de sucompetencia.

Artículo 31º.- La Subgerencia de Finanzas está a car-go de un funcionario con nivel de Subgerente encargadode la dirección, conducción, control previo y ejecución delas acciones de los sistemas de contabilidad, tesorería yejecución presupuestal del gasto.

GERENCIA DE INFORMÁTICA

Artículo 32º.- La Gerencia de Informática es un órga-no dependiente de la Jefatura Nacional, está a cargo deun funcionario con nivel de Gerente, encargado de plani-ficar, organizar, conducir e implementar las políticas yacciones en el campo de los sistemas y tecnologías dela información de la Institución.

Artículo 33º.- La Gerencia de Informática está con-formada por la Subgerencia de Plataforma Tecnológica,la Subgerencia de Proyectos Informáticos y la Subgeren-cia de Operaciones.

Artículo 34º.- La Gerencia de Informática tiene lassiguientes funciones:

a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponerel presupuesto de la Gerencia para ser incorporado alPlan Operativo Institucional y evaluar su ejecución deacuerdo a la normatividad vigente.

b) Dirigir, coordinar y supervisar el desarrollo y la im-plementación de los sistemas de información buscandouniformizar los programas, métodos de procesos y códi-gos a utilizar por la Institución.

c) Determinar las necesidades y requerimientos in-formáticos en base a la política institucional estable-cida.

d) Asesorar, capacitar y orientar para la utilización delos programas informáticos; así como cautelar la instala-

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ción de programas con licencia y realizar revisiones pe-riódicas.

e) Velar por el funcionamiento y mantenimiento de lossistemas implementados.

f) Administrar el soporte técnico informático de la Ins-titución y brindar el mantenimiento preventivo y oportunode los equipos.

g) Procesar los requerimientos informáticos de lasgerencias usuarias, elaborar conjuntamente los perfilesy dirigir la ejecución de los nuevos proyectos informáti-cos.

h) Promover la aplicación de tecnologías apropiadasdel mercado nacional e internacional, a fin de aplicarlasen las actividades de la Institución.

i) Definir, implementar y supervisar las medidas deseguridad del almacenamiento y actualización de la in-formación contenida en la red de la Institución y demásservicios informáticos y de comunicación.

j) Brindar los servicios informáticos y el soporte co-rrespondiente a todas las unidades orgánicas de la Insti-tución.

k) Elaborar el perfil, evaluar y seleccionar a los res-ponsables de los Centros de Cómputo para las OficinasDescentralizadas de Procesos Electorales.

l) Garantizar los servicios informáticos y el soportecorrespondiente en cada Oficina Descentralizada de Pro-cesos Electorales.

m) Coordinar con el Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil, para la entrega oportuna de los pa-drones electorales.

n) Recibir del Jurado Nacional de Elecciones los pa-drones electorales debidamente autorizados.

o) Organizar la logística informática de la Instituciónpara el procesamiento de los resultados durante los pro-cesos electorales.

p) Consolidar la información para generar la Base deDatos de omisos al sufragio y al cargo de miembro demesa y remitirla a la Gerencia de Gestión Electoral.

q) Informar a la Gerencia de Gestión Electoral sobrela actualización del pago de omisos.

r) Evaluar, proponer e implementar las nuevas tecno-logías informáticas al servicio de los procesos electora-les.

s) Conducir el proceso de impresión del Acta Padrón.t) Proporcionar pautas técnicas y de seguridad para

la producción del Acta Padrón.u) Implementar las normas técnicas informáticas, apro-

badas por el Instituto Nacional de Estadística e Informá-tica, que sean de su competencia.

v) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec-tos a ser financiados con recursos de la CooperaciónTécnica Internacional, en el ámbito de su competencia.

w) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a losformatos establecidos, los procedimientos técnicos y/oadministrativos en materia de su competencia.

x) Implementar las normas técnicas de control inter-no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli-ca, que sean de su competencia.

y) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe-tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen-ten a la Institución.

z) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbi-to de acción, que le sean encomendadas por la JefaturaNacional.

Artículo 35º.- La Subgerencia de Plataforma Tecno-lógica está a cargo de un funcionario con nivel de Subge-rente, encargado de diseñar, crear, administrar y contro-lar las bases de datos de la Institución; el soporte y man-tenimiento de los equipos y el servicio de telecomunica-ciones; así como la implementación e integración de nue-vas tecnologías, en el ámbito de su competencia.

Artículo 36º.- La Subgerencia de Proyectos Informá-ticos está a cargo de un funcionario con nivel de Subge-rente, encargado de brindar solución tecnológica a losrequerimientos de desarrollo y adquisición de sistemasde información, proporcionar soporte y mantenimiento alos mismos; así como la implementación e integración denuevas tecnologías, en el ámbito de su competencia.

Artículo 37º.- La Subgerencia de Operaciones está acargo de un funcionario con nivel de Subgerente, encar-gado de la organización y métodos de los procesos enmateria informática; y de la organización de la logísticapara el procesamiento automático de resultados durantelos procesos electorales; así como de planificar, dirigir,

ejecutar y supervisar las labores de impresión del ActaPadrón.

GERENCIA DE FORMACIÓN YCAPACITACIÓN ELECTORAL

Artículo 38º.- La Gerencia de Formación y Capacita-ción Electoral es un órgano dependiente de la JefaturaNacional, está a cargo de un funcionario de confianzacon nivel de Gerente, encargado de conducir las accio-nes de educación electoral de los ciudadanos y la capa-citación electoral a los miembros de mesa; así como alos trabajadores y personal contratado de las OficinasDescentralizadas de Procesos Electorales, durante laorganización y ejecución de los procesos electorales.

Artículo 39º.- La Gerencia de Formación y Capacita-ción Electoral está conformada por la Subgerencia deCapacitación Electoral y la Subgerencia de FormaciónCiudadana.

Artículo 40º.- La Gerencia de Formación y Capacita-ción Electoral tiene las siguientes funciones:

a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponerel presupuesto de la Gerencia para ser incorporado alPlan Operativo Institucional y evaluar su ejecución deacuerdo a la normatividad vigente.

b) Formular y evaluar los planes y programas de edu-cación y capacitación electoral orientados a los ciudada-nos, miembros de mesa, trabajadores y personal contra-tado de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Elec-torales; así como supervisar la aplicación de contenidosy metodologías.

c) Diseñar y elaborar, en concordancia con el PlanGeneral de Elecciones, el material de educación y capa-citación electoral, coordinando sus contenidos con lasgerencias correspondientes.

d) Formular el contenido de los programas de educa-ción electoral a ser difundidos en medios masivos decomunicación.

e) Brindar asesoría y apoyo técnico en materia de sucompetencia.

f) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec-tos a ser financiados con recursos de la CooperaciónTécnica Internacional, en el ámbito de su competencia.

g) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los for-matos establecidos, los procedimientos técnicos y/o ad-ministrativos en materia de su competencia.

h) Implementar las normas técnicas de control inter-no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli-ca, que sean de su competencia.

i) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe-tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen-ten a la Institución.

j) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbi-to de acción, que le sean encomendadas por la JefaturaNacional.

Artículo 41º.- La Subgerencia de Capacitación Elec-toral está a cargo de un funcionario con nivel de Subge-rente, encargado de formular, supervisar y evaluar losplanes y programas de capacitación electoral dirigidos alos miembros de mesa, trabajadores y personal contrata-do de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electo-rales.

Artículo 42º.- La Subgerencia de Formación Ciuda-dana está a cargo de un funcionario con nivel de Subge-rente, encargado de formular, supervisar y evaluar losplanes y programas de educación electoral dirigidos a laciudadanía en general en lo concerniente a sus derechosy deberes en los procesos electorales.

GERENCIA DE ORGANIZACIÓN YPROGRAMACIÓN DE PROCESOS

ELECTORALES

Artículo 43º.- La Gerencia de Organización y Progra-mación de Procesos Electorales es un órgano dependien-te de la Jefatura Nacional, está a cargo de un funcionariode confianza con nivel de Gerente, encargado de dirigir,coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento ade-cuado de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Elec-torales; así como de preparar las condiciones previas einformación necesaria para su instalación.

Artículo 44º.- La Gerencia de Organización y Progra-mación de Procesos Electorales está conformada por la

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Subgerencia de Programación de Procesos Electoralesy la Subgerencia de Organización de Procesos Electora-les.

Artículo 45º.- La Gerencia de Organización y Progra-mación de Procesos Electorales tiene las siguientes fun-ciones:

a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponerel presupuesto de la Gerencia para ser incorporado alPlan Operativo Institucional y evaluar su ejecución deacuerdo a la normatividad vigente.

b) Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar el funciona-miento de las Oficinas Descentralizadas de ProcesosElectorales.

c) Supervisar y controlar en las Oficinas Descentrali-zadas de Procesos Electorales, que el ingreso de la in-formación de las listas de organizaciones políticas ins-critas y/o de candidatos hábiles, se efectúe de acuerdo alas resoluciones emitidas por los Jurados ElectoralesEspeciales.

d) Verificar las listas de organizaciones políticas ins-critas y/o candidatos hábiles y remitir, con las respecti-vas resoluciones, a la Gerencia de Gestión Electoral parala producción de material electoral.

e) Recopilar y validar la información sobre las condi-ciones materiales, geográficas y características socio-culturales de las diferentes regiones y remitirla a la Ge-rencia de Planeamiento.

f) Consolidar, a través de un sistema informático uotras fuentes de registro, la información referida a losprocesos y jornada electorales.

g) Constituir el soporte técnico para brindar informa-ción y asesoría a las Oficinas Descentralizadas de Pro-cesos Electorales.

h) Formular, proponer, supervisar y evaluar el planoperativo y presupuesto de las Oficinas Descentraliza-das de Procesos Electorales, para su consolidación en elPlan General de Elecciones.

i) Elaborar el manual de procedimientos, directivas einstructivos, en el ámbito de su competencia, requeridospara el funcionamiento de las Oficinas Descentralizadasde Procesos Electorales, sobre la base de los lineamien-tos de la Gerencia de Planeamiento.

j) Elaborar las especificaciones técnicas de los loca-les sede de las Oficinas Descentralizadas de ProcesosElectorales, de acuerdo a los requerimientos de las ge-rencias, y supervisar su adecuada implementación.

k) Supervisar la evaluación y selección de las perso-nas que brindan servicios en las Oficinas Descentraliza-das de Procesos Electorales.

l) Coordinar y supervisar las acciones relativas al sor-teo de los miembros de mesa en las Oficinas Descentra-lizadas de Procesos Electorales.

m) Supervisar el cumplimiento de las metas de losplanes y programas de capacitación y educación electo-ral en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electo-rales.

n) Supervisar y evaluar las relaciones que establecenlas Oficinas Descentralizadas de Procesos Electoralescon otras instituciones, para el adecuado desarrollo delproceso electoral.

o) Coordinar con la Secretaría General y la Gerenciade Administración y Finanzas las medidas de seguridad,en el marco de sus competencias, durante los procesoselectorales y supervisar su implementación en las Ofici-nas Descentralizadas de Procesos Electorales.

p) Aprobar y supervisar la ejecución de los planes dedespliegue y repliegue del material electoral propuestospor las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electora-les para el traslado desde sus sedes hasta los locales devotación, de acuerdo a los lineamientos y procedimien-tos de la Gerencia de Gestión Electoral.

q) Consolidar la información de las personas que brin-dan servicios a la Oficina Nacional de Procesos Electo-rales, que deberían ser dispensadas, remitirla al JuradoNacional de Elecciones, a través de la Secretaría Gene-ral, y distribuir los correspondientes hologramas.

r) Supervisar en las Oficinas Descentralizadas de Pro-cesos Electorales, el ingreso de información sobre omi-sos al sufragio y al cargo de miembro de mesa, para losfines de ley.

s) Consolidar la información de excusas y justificacio-nes al cargo de miembro de mesa, enviada por las Ofici-nas Descentralizadas de Procesos Electorales, y remitira la Gerencia de Informática, para los fines de ley.

t) Supervisar la obtención de los resultados electora-les a cargo de las Oficinas Descentralizadas de Proce-sos Electorales.

u) Organizar y conservar el acervo documentario pro-veniente de las Oficinas Descentralizadas de ProcesosElectorales de acuerdo a los procedimientos formuladospor la Secretaría General.

v) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec-tos a ser financiados con recursos de la CooperaciónTécnica Internacional, en el ámbito de su competencia.

w) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a losformatos establecidos, los procedimientos técnicos y/oadministrativos en materia de su competencia.

x) Implementar las normas técnicas de control inter-no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli-ca, que sean de su competencia.

y) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe-tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen-ten a la Institución.

z) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbito deacción, que le sean encomendadas por la Jefatura Nacional.

Artículo 46º.- La Subgerencia de Programación de Pro-cesos Electorales está a cargo de un funcionario con nivelde Subgerente, encargado de formular el plan y presupues-to de la Gerencia y de las Oficinas Descentralizadas deProcesos Electorales, supervisar, controlar y evaluar su eje-cución; así como de formular y evaluar la aplicación delmanual de procedimientos para el funcionamiento de lasOficinas Descentralizadas de Procesos Electorales.

Artículo 47º.- La Subgerencia de Organización de Pro-cesos Electorales está a cargo de un funcionario con nivelde Subgerente, encargado de dirigir, coordinar y brindarsoporte y asesoría técnica a las Oficinas Descentraliza-das de Procesos Electorales; así como de conducir y co-ordinar la ejecución de las acciones previas y necesariaspara el eficaz desarrollo de los procesos electorales.

CENTRO DE INVESTIGACIÓN ELECTORAL

Artículo 48º.- El Centro de Investigación Electoral esun órgano dependiente de la Jefatura Nacional, está acargo de un funcionario con nivel de Gerente, encargadode desarrollar proyectos de investigación, estudios y ac-tividades académicas en materia electoral.

Artículo 49º.- El Centro de Investigación Electoral tie-ne las siguientes funciones:

a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponerel presupuesto del Centro de Investigación Electoral paraser incorporado al Plan Operativo Institucional y evaluarsu ejecución de acuerdo a la normatividad vigente.

b) Proponer y realizar estudios e investigaciones apli-cadas en materia electoral.

c) Implementar, dirigir y mantener actualizado el Cen-tro de Documentación de la Oficina Nacional de Proce-sos Electorales.

d) Dirigir la edición y publicación de sus investigacio-nes y estudios en materia electoral.

e) Promover y coordinar el desarrollo de actividades yeventos académicos de interés institucional y proponerlos contenidos para el desarrollo de los mismos.

f) Diseñar, organizar y coordinar los programas deespecialización académica en materia electoral, orienta-dos a formar y especializar a profesionales y público engeneral en la planificación, organización y ejecución deprocesos electorales, promoviendo el desarrollo de in-vestigaciones y estudios sobre la materia.

g) Atender los requerimientos de estudios e informa-ción electoral, del público usuario, a través del Centro deDocumentación.

h) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec-tos a ser financiados con recursos de la CooperaciónTécnica Internacional, en el ámbito de su competencia.

i) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los for-matos establecidos, los procedimientos técnicos y/o ad-ministrativos en materia de su competencia.

j) Implementar las normas técnicas de control inter-no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli-ca, que sean de su competencia.

k) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe-tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen-ten a la Institución.

l) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbi-to de acción, que le sean encomendadas por la JefaturaNacional.

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CAPÍTULO V

ÓRGANOS DE LÍNEA

Artículo 50º.- Son órganos de línea de la Oficina Nacio-nal de Procesos Electorales, la Gerencia de Gestión Elec-toral y la Gerencia de Información y Educación Electoral.

GERENCIA DE GESTIÓN ELECTORAL

Artículo 51º.- La Gerencia de Gestión Electoral es unórgano dependiente de la Jefatura Nacional, está a car-go de un funcionario de confianza con nivel de Gerente,encargado de conducir supervisar y evaluar las opera-ciones de los procesos electorales de producción, en-samblaje, despliegue y repliegue del material electoral anivel nacional; así como del acopio del material y archivode la documentación electoral generada en cada proce-so.

Artículo 52º.- La Gerencia de Gestión Electoral estáconformada por la Subgerencia de Gestión Electoral.

Artículo 53º.- La Gerencia de Gestión Electoral tienelas siguientes funciones:

a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponerel presupuesto de la Gerencia para ser incorporado alPlan Operativo Institucional y evaluar su ejecución deacuerdo a la normatividad vigente.

b) Formular y proponer el Plan General de produc-ción, ensamblaje, despliegue y repliegue del material elec-toral, de capacitación, educación y simulacro; así comolos planes de contingencia, en concordancia con el PlanGeneral de Elecciones.

c) Formular y proponer los lineamientos y procedimien-tos para efectuar el despliegue y repliegue del materialelectoral en las Oficinas Descentralizadas de ProcesosElectorales.

d) Efectuar el control de calidad de todo el materialelectoral, antes y durante la producción, ensamblaje ydespacho del mismo.

e) Ejecutar, supervisar y controlar las operaciones dedespliegue y repliegue del material electoral, en provin-cias hasta las Oficinas Descentralizadas de ProcesosElectorales y en Lima Metropolitana y Callao, hasta loslocales de votación.

f) Realizar la diagramación del material electoral y delmaterial de simulacro, requeridos para el desarrollo delos procesos electorales.

g) Realizar el control de calidad de la información pro-porcionada por la Gerencia de Organización y Progra-mación de Procesos Electorales, sobre las listas de or-ganizaciones políticas inscritas y/o candidatos hábiles uopciones, para la producción del material electoral.

h) Administrar y actualizar la Base de Datos de orga-nizaciones políticas, candidatos u otras opciones paracada proceso electoral.

i) Coordinar, ejecutar y supervisar el proceso de laimpresión, ensamblaje y despacho del material electoral,de capacitación, educación y simulacro.

j) Administrar y conservar el Archivo Electoral de acuer-do a los procedimientos formulados por la SecretaríaGeneral; así como brindar servicios de información a lasinstituciones públicas, privadas y ciudadanía en general.

k) Administrar la base de datos de omisos al sufragioy al cargo de miembro de mesa y brindar servicio de in-formación a la ciudadanía.

l) Solicitar, de acuerdo a ley, al Jurado Nacional deElecciones la relación de exceptuados al cargo de miem-bro de mesa y la relación de dispensados al sufragio.

m) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los pro-yectos a ser financiados con recursos de la CooperaciónTécnica Internacional, en el ámbito de su competencia.

n) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los for-matos establecidos, los procedimientos técnicos y/o ad-ministrativos en materia de su competencia.

o) Implementar las normas técnicas de control inter-no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli-ca, que sean de su competencia.

p) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe-tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen-ten a la Institución.

q) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbi-to de acción, que le sean encomendadas por la JefaturaNacional.

Artículo 54º.- La Subgerencia de Gestión Electoralestá a cargo de un funcionario con nivel de Subgerenteencargado de coordinar y supervisar el desarrollo de lasactividades de producción, ensamblaje, despliegue, re-pliegue y archivo del material electoral.

GERENCIA DE INFORMACIÓN YEDUCACIÓN ELECTORAL

Artículo 55º.- La Gerencia de Información y Educa-ción Electoral es un órgano dependiente de la JefaturaNacional, está a cargo de un funcionario de confianzacon nivel de Gerente, encargado de conducir las accio-nes de orientación al elector, comunicación, información,difusión y motivación; así como de las relaciones públi-cas encaminadas a proyectar la identidad corporativa dela Institución.

Artículo 56º.- La Gerencia de Información y Educa-ción Electoral está conformada por la Subgerencia deInformación y Educación Electoral.

Artículo 57º.- La Gerencia de Información y Educa-ción Electoral tiene las siguientes funciones:

a) Formular el Plan Anual de Actividades y proponerel presupuesto de la Gerencia para ser incorporado alPlan Operativo Institucional y evaluar su ejecución deacuerdo a la normatividad vigente.

b) Formular, proponer, dirigir, supervisar y evaluar lapolítica y el plan de comunicaciones de la Oficina Nacio-nal de Procesos Electorales.

c) Elaborar y producir la publicidad con fines de infor-mación y motivación al elector.

d) Conducir y supervisar las actividades de imagen yprotocolo institucional.

e) Dirigir y conducir las relaciones públicas de la Ins-titución.

f) Elaborar y proponer el diseño gráfico del materialelectoral y remitirlo a la Gerencia de Gestión Electoral.

g) Ejecutar las acciones de comunicación interna yexterna de la Institución.

h) Elaborar la propuesta del diseño de los formatos ysignos distintivos a ser utilizados por la Institución.

i) Proponer, administrar y actualizar el contenido ydefinir el diseño de la página web institucional, en coordi-nación con las otras unidades orgánicas.

j) Proponer el diseño y organización del sistema dedifusión de la información y resultados electorales.

k) Asesorar a las Oficinas Descentralizadas de Pro-cesos Electorales, a través de la Gerencia de Organiza-ción y Programación de Procesos Electorales, en lo refe-rente a las actividades de información al público, durantelos procesos electorales.

l) Brindar información, desde el inicio del escrutinioelectoral, sobre el cómputo en las mesas de votación.

m) Organizar los eventos de sorteos de ubicación delas organizaciones políticas en la cédula de sufragio, enla franja electoral y asignación de número de las organi-zaciones políticas locales y otros establecidos en las le-yes vigentes.

n) Coordinar y supervisar la publicación de los resul-tados del sorteo de miembros de mesa y facilitar su co-municación a los ciudadanos que hayan sido designadospara cumplir esta función.

o) Actualizar la información que la Oficina Nacionalde Procesos Electorales proporciona, a través del Portaldel Estado Peruano a la ciudadanía.

p) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los proyec-tos a ser financiados con recursos de la CooperaciónTécnica Internacional, en el ámbito de su competencia.

q) Elaborar, actualizar y aprobar, de acuerdo a los for-matos establecidos, los procedimientos técnicos y/o ad-ministrativos en materia de su competencia.

r) Implementar las normas técnicas de control inter-no, aprobadas por la Contraloría General de la Repúbli-ca, que sean de su competencia.

s) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe-tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen-ten a la Institución.

t) Realizar otras actividades, relacionadas a su ámbi-to de acción, que le sean encomendadas por la JefaturaNacional.

Artículo 58º.- La Subgerencia de Información y Educa-ción Electoral está a cargo de un funcionario con nivel deSubgerente, encargado de coordinar, desarrollar y supervi-sar las acciones de comunicación interna y externa, infor-

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mación y difusión destinadas a proyectar la imagen institu-cional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.

TÍTULO III

FUNCIONES DE LOS ÓRGANOSTEMPORALES

Artículo 59º.- Son Órganos Temporales de la OficinaNacional de Procesos Electorales, el Comité de Geren-cia de Procesos Electorales y las Oficinas Descentrali-zadas de Procesos Electorales, los cuales tendrán vigen-cia durante cada proceso electoral.

CAPÍTULO I

COMITÉ DE GERENCIA DE PROCESOSELECTORALES

Artículo 60º.- El Comité de Gerencia de Procesos Elec-torales tendrá vigencia durante cada proceso electoral, es-tará presidido por el Jefe de la Oficina Nacional de Proce-sos Electorales y conformado por el Gerente de Informa-ción y Educación Electoral, el Gerente de Gestión Electoralu otro funcionario convocado por el Jefe Nacional.

Artículo 61º.- La función del Comité de Gerencia deProcesos Electorales es coordinar con las unidades or-gánicas de la Institución, las acciones operativas parallevar a cabo los procesos electorales, de referéndum yotras consultas populares.

CAPÍTULO II

OFICINAS DESCENTRALIZADAS DEPROCESOS ELECTORALES

Artículo 62º.- Las Oficinas Descentralizadas de Pro-cesos Electorales se conforman para cada proceso elec-toral de acuerdo a las circunscripciones electorales quese determinen.

Artículo 63º.- Las Oficinas Descentralizadas de Proce-sos Electorales, reportarán a la Gerencia de Organizacióny Programación de Procesos Electorales y tendrán dentrode su respectiva circunscripción las siguientes funciones:

a) Elaborar y proponer el Plan de Actividades de la Ofi-cina Descentralizada de Procesos Electorales, en concor-dancia con el Plan Operativo formulado por la Gerencia deOrganización y Programación de Procesos Electorales.

b) Ejecutar las acciones necesarias para el desarrollode los procesos electorales, de referéndum y otras con-sultas populares, de acuerdo a las directivas de la Ofici-na Nacional de Procesos Electorales y la normatividadelectoral vigente.

c) Ejecutar las actividades de capacitación y educa-ción electoral, en el ámbito de su jurisdicción.

d) Formular, proponer y ejecutar los planes del des-pliegue del material electoral desde las Oficinas Descen-tralizadas de Procesos Electorales hasta los locales devotación y del repliegue del mismo, desde la OficinasDescentralizadas de Procesos Electorales, de acuerdo alos lineamientos de la Gerencia de Gestión Electoral.

e) Recibir y distribuir las actas y demás material ne-cesario para el desarrollo del proceso electoral.

f) Recibir e ingresar los datos suministrados por losJurados Electorales Especiales, sobre las listas de orga-nizaciones políticas y candidatos hábiles u opciones ins-critas para cada proceso electoral y remitir con las res-pectivas resoluciones a la Gerencia de Organización yProgramación de Procesos Electorales.

g) Seleccionar a los ciudadanos que participarán enel sorteo de miembros de mesa, así como realizar el sor-teo y designar, conforme a ley, a los miembros de mesa yentregar sus credenciales.

h) Ingresar y remitir a la Gerencia de Organización yProgramación de Procesos Electorales, la información so-bre excusas y justificaciones al cargo de miembro de mesa.

i) Determinar los locales de votación y distribución delas mesas, conforme a ley.

j) Instalar las cámaras secretas y verificar la seguri-dad de los ambientes en los locales de votación.

k) Difundir, mediante los medios de comunicación adecua-dos en cada localidad, las publicaciones relacionadas con lasdiversas etapas del acto electoral, de acuerdo a los lineamien-tos emitidos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales.

l) Asegurar la ejecución de las instrucciones y disposi-ciones necesarias para el mantenimiento del orden y la pro-tección de la libertad personal durante el acto electoral.

m) Garantizar al ciudadano el derecho al ejercicio desufragio.

n) Brindar, desde el inicio del escrutinio, permanenteinformación sobre el cómputo de votos.

o) Obtener los resultados de los procesos electoralesy remitirlos a los Jurados Electorales Especiales y a laGerencia de Información y Educación Electoral de la Ofi-cina Nacional de Procesos Electorales.

p) Ingresar y remitir a la Gerencia de Informática, lainformación sobre omisos al sufragio y al cargo de miem-bro de mesa.

q) Dar cumplimiento a las resoluciones, directivas yprocedimientos emitidos por la Oficina Nacional de Pro-cesos Electorales.

r) Administrar y ejecutar los fondos que se le asigne.s) Presentar, bajo responsabilidad, antes de su cese,

las rendiciones de cuenta y la ejecución del presupuesto,por toda fuente de financiamiento, a la Gerencia de Ad-ministración y Finanzas.

t) Proponer a la Gerencia de Organización y Progra-mación de Procesos Electorales la contratación del per-sonal necesario para el cumplimiento de sus funciones,de acuerdo al presupuesto asignado.

u) Recibir, tramitar y resolver, dentro de sus compe-tencias, las quejas, consultas y petitorios que se presen-ten a la Institución.

v) Ejercer las demás atribuciones relacionadas consu competencia.

TÍTULO IVRÉGIMEN ECONÓMICO

Artículo 64º.- Los recursos de la Oficina Nacional deProcesos Electorales son:

a) Las asignaciones que se le confieren mediante laLey de Presupuesto de la República.

b) Los aportes, asignaciones, legados, donaciones,transferencias, subvenciones y cualquier otro acto de li-beralidad en dinero o especies que le otorguen personasnaturales o jurídicas nacionales o extranjeras, incluyen-do las que provengan de la cooperación internacional.

c) Los recursos propios que genera en virtud de lasacciones de su competencia, conforme a las normaspertinentes.

TÍTULO V

RÉGIMEN LABORAL

Artículo 65º.- Los trabajadores de la Oficina Nacio-nal de Procesos Electorales estarán sujetos al régimende la actividad privada, según el Decreto Supremo Nº 003-97/PCM, Texto Único Ordenado del Decreto LegislativoNº 728 y demás normas modificatorias y conexas.

Artículo 66º.- La remuneración del Jefe de la OficinaNacional de Procesos Electorales se rige por lo prescritoen el artículo 11º de la Ley Orgánica de la Oficina Nacio-nal de Procesos Electorales Nº 26487.

Artículo 67º.- Las remuneraciones y bonificacionesde los funcionarios y servidores de la Oficina Nacionalde Procesos Electorales, sean éstos permanentes o tem-porales, serán establecidos por el Jefe Nacional de acuer-do a la normatividad vigente.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Única.- Los Manuales de Organización y Funcionesde los órganos de la Oficina Nacional de Procesos Elec-torales precisarán con mayor detalle y amplitud los es-quemas de su organización y funciones, sin exceder lasnormas generales señaladas en este Reglamento.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Deróguense las resoluciones o disposicio-nes que se opongan al presente Reglamento de Organi-zación y Funciones.

Segunda.- La modificación del Reglamento que seaprueba necesitará la justificación y fundamentación ne-cesaria por los órganos que la propongan, para su apro-bación por el Jefe Nacional.

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ORGANIGRAMA

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES

JEFATURA NACIONAL

GERENCIA DE CONTROL

INSTITUCIONAL

GERENCIA DE ASESORIA JURÍDICA

SECRETARÍA GENERAL

GERENCIA DE

GESTIÓN ELECTORAL

GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y

FINANZAS

GERENCIA DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN

ELECTORAL

GERENCIA DE PLANEAMIENTO

GERENCIA DE INFORMÁTICA

GERENCIA DE INFORMACIÓN Y

EDUCACIÓN ELECTORAL

CENTRO DE INVESTIGACIÓN

ELECTORAL

GERENCIA DE ORGANIZACIÓN Y PROGRAMACIÓN DE PROCESOS ELECTORALES

ODPE

ODPE

ODPE

COMITÉ DE GERENCIA DE PROCESOS ELECTORALES

13609

Pág. 248453NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

MINISTERIO PÚBLICO

Nombran a magistrada en el despacho dela Fiscalía Provincial Mixta del MóduloBásico de Justicia de Jacobo de Hunter

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 1113-2003-MP-FN

Lima, 18 de julio de 2003

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispues-to por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, LeyOrgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramientode la doctora Carmen Rosa Portugal Vivanco, como Fis-cal Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixtade Camaná, Distrito Judicial de Arequipa, materia de laResolución Nº 529-2003-MP-FN, de fecha 10 de abril del2003.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombra-miento del doctor Marcelo Jaime Talavera Alcocer, comoFiscal Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixtadel Módulo Básico de Justicia de Jacobo de Hunter, Dis-trito Judicial de Arequipa, materia de la Resolución Nº395-2002-MP-FN, de fecha 7 de marzo del 2002, sin per-juicio de las acciones legales que pudiesen ser pertinen-tes por las quejas que se encuentran en trámite.

Artículo Tercero.- Nombrar a la doctora Carmen RosaPortugal Vivanco, como Fiscal Provincial Provisional delDistrito Judicial de Arequipa, en el Despacho de la Fisca-lía Provincial Mixta del Módulo Básico de Justicia de Ja-cobo de Hunter.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presenteResolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judi-cial de Arequipa, Gerencia Central de Personal, Geren-cia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

13665

Reincorporan a magistrado en el cargode Fiscal Provincial Titular de la Fisca-lía Provincial Mixta de Camaná

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 1114-2003-MP-FN

Lima, 18 de julio del 2003

VISTO:

El Oficio Nº 1511-2003-MP-FSD, de fecha 27 de mayodel 2003, cursado por el Fiscal Superior Decano del Dis-trito Judicial de Arequipa, dando cuenta de la carta defecha 16 de mayo del 2003, presentada por el doctorAndrés Alberto Gamero Márquez, solicitando su reincor-poración al Ministerio Público, en el cargo de Fiscal Pro-vincial Titular de la Fiscalía Provincial Mixta de Camaná,Distrito Judicial de Arequipa, adjuntando la documenta-ción que sustenta su pedido.

CONSIDERANDO:

Que, por Sentencia de fecha 24 de marzo del 2003, laPrimera Sala del Tribunal Constitucional, declara funda-da la Acción de Amparo interpuesta por el doctor AndrésAlberto Gamero Márquez y otros, ordenando su reincor-poración en el cargo de Fiscal Provincial Titular de la Fis-calía Provincial Mixta de Camaná, Distrito Judicial deArequipa, agregándose al cómputo de sus años de servi-

cio, el tiempo no laborado por razón del cese, sólo paraefectos pensionables;

Estando a lo dispuesto por el artículo 64º del DecretoLegislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Reincorporar al doctor Andrés Al-berto Gamero Márquez, en el cargo de Fiscal ProvincialTitular de la Fiscalía Provincial Mixta de Camaná, Distri-to Judicial de Arequipa.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la pre-sente Resolución al Presidente del Consejo Nacionalde la Magistratura, Fiscal Superior Decano del Distri-to Judicial de Arequipa, Gerencia Central de Perso-nal, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscalmencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

13666

Crean Plaza de Fiscal Adjunto Provin-cial en el Distrito Judicial de Puno

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 1115-2003-MP-FN

Lima, 18 de julio de 2003

VISTO Y CONSIDERANDO:

El Oficio Nº 1309-2003-MP-FSD-DJ-Puno, de fecha15 de julio del 2003, cursado por el Fiscal Superior Deca-no del Distrito Judicial de Puno, remitiendo CuadrosEstadísticos de la carga laboral de las Fiscalías Provin-ciales del Distrito Judicial de Puno, apreciándose que laFiscalía Provincial Mixta de Chucuito, presenta una ele-vada carga laboral, lo que hace necesario tomar las me-didas pertinentes, a efectos de coadyuvar con la celeri-dad procesal;

Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del DecretoLegislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Crear una plaza de Fiscal AdjuntoProvincial en el Distrito Judicial de Puno, en el Despachode la Fiscalía Provincial Mixta de Chucuito.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la pre-sente Resolución al Fiscal Superior Decano del DistritoJudicial de Puno, Gerencia General del Ministerio Públi-co y Gerencia de Registro de Fiscales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

13667

Nombran fiscal provisional en el despa-cho de la Segunda Fiscalía ProvincialPenal de San Martín

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 1119-2003-MP-FN

Lima, 18 de julio del 2003

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal AdjuntoProvincial en el Distrito Judicial de San Martín, en el Des-pacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de SanMartín, lo que hace necesario cubrirla provisionalmente;

Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del DecretoLegislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

Pág. 248454 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Elia CarolRetiz Pereyra, como Fiscal Adjunta Provincial Provisio-nal del Distrito Judicial de San Martín, en el Despacho dela Segunda Fiscalía Provincial Penal de San Martín.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen-te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judi-cial de San Martín, Gerencia Central de Personal, Geren-cia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación

13668

S B S

Dejan sin efecto la Res. Nº 275-2003por la cual se autorizó al Banco de Co-mercio trasladar de lugar oficina es-pecial ubicada en la provincia deArequipa

RESOLUCIÓN SBS Nº 1074-03

Lima, 14 de julio del 2003

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA

VISTA:

La solicitud presentada por el Banco de Comercio,para que se deje sin efecto la Resolución SBS Nº 275-2003, mediante la cual la Superintendencia autorizó eltraslado de la oficina especial que funciona en las instala-ciones de la Municipalidad Provincial de Arequipa, ubi-cada en Portal Municipal Nº 110, Cercado, provincia ydepartamento de Arequipa, hacia la calle El Filtro Nº 511de la misma localidad y dentro de las instalaciones de lacitada Municipalidad; y,

CONSIDERANDO:

Que, el traslado de la citada oficina especial no sepodrá realizar en vista que la Municipalidad Provincial deArequipa ha suspendido el traslado de la Oficina de Ad-ministración Tributaria, en donde funciona la citada ofici-na especial;

Que, el Banco de Comercio ha cumplido con presen-tar la documentación pertinente que justifica lo solicita-do; y,

Estando a lo informado por el Departamento de Eva-luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº090-2003-DESF "A"; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30ºde la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden-cia de Banca y Seguros, Circular Nº B-1996-97; y, en vir-tud de las facultades delegadas mediante la ResoluciónSBS Nº 003-98;

RESUELVE:

Artículo Único.- Dejar sin efecto la ResoluciónNº 275-2003 de fecha 6 de marzo del 2003, mediante lacual se autorizó al Banco de Comercio el traslado de laoficina especial que funciona en las instalaciones de laMunicipalidad Provincial de Arequipa, ubicada en Por-tal Municipal Nº 110, Cercado, provincia y departamen-to de Arequipa, hacia la calle El Filtro Nº 511 de la mis-ma localidad y dentro de las instalaciones de la citadaMunicipalidad.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPARSuperintendente Adjunto de Banca

13549

Otorgan facultades a conductores paraque en representación de estudio deabogados lleven a cabo continuacióny culminación de proceso de liquida-ción del Banco República en Liquida-ción

RESOLUCIÓN SBS Nº 1075-2003

Lima, 14 de julio de 2003

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 961-2003 del 27 de ju-nio de 2003, esta Superintendencia de Banca y Segurosaprobó los Lineamientos Generales y los Términos deReferencia del Proceso de Selección por invitación de lapersona jurídica a la que se encargará la continuidad yculminación del proceso liquidatorio del Banco República;en vista que el plazo y prórroga del contrato de locaciónde servicios suscritos con el Centro de Servicios y Ela-boración de Proyectos de Inversión de la UniversidadNacional Mayor de San Marcos, UNMSM-CESEPI, ven-ció el 12 de abril del presente año;

Que, en acto administrativo realizado el día 9 de juliode 2003, con participación del Notario Público, Dr. JoséBarreto Boggiano, el Comité de Evaluación, órgano en-cargado de la conducción del referido Proceso de Selec-ción, declaró ganador al Estudio Alzamora AbogadosSociedad Civil de Responsabilidad Limitada, en razón dehaber obtenido el mayor puntaje total en la evaluación detodas las propuestas presentadas; de conformidad a loscriterios de evaluación aprobados por la Resolución SBSNº 961-2003;

Que, el citado Estudio Alzamora Abogados ha desig-nado como conductores del proceso en mención, al se-ñor Francisco de la Villa Hillman y al señor Gerardo Car-los Reinhold Freiberg Puente;

Que, resulta necesario otorgar las facultades necesa-rias a dicha persona jurídica ganadora a efectos de quepueda desarrollar debidamente el encargo que recibe;

Contando con los vistos de las SuperintendenciasAdjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica;

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sis-tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Encomendar a partir de la fechade suscripción del Contrato de Locación de Servicios, ala persona jurídica ganadora del Proceso de Selección,Estudio Alzamora Abogados Sociedad Civil de Respon-sabilidad Limitada, el que para estos efectos ha designadoal señor Francisco de la Villa Hillman, con DNI Nº08242912 y al señor Gerardo Carlos Reinhold FreibergPuente, con DNI Nº 07788002, como conductores paraque en su representación lleven a cabo la continuación yculminación del proceso de liquidación del Banco Re-pública en Liquidación, con las atribuciones contenidaspor la Resolución SBS Nº 455-99 del 25 de mayo de 1999y sus modificatorias, así como las facultades de podergeneral y especial contenidas en los artículos 74º y 75ºdel Código Procesal Civil, concordantes con el artículo368º de la Ley General, quienes asumirán la representa-ción y administración de la mencionada empresa en li-quidación, sin que sea necesario el otorgamiento de po-der por Escritura Pública ni por acta ante juez u otra au-toridad.

Artículo Segundo.- Dar por concluida la designacióndel Centro de Servicios y Elaboración de Proyectos deInversión de la Universidad Nacional Mayor de San Mar-cos, UNMSM-CESEPI, como empresa liquidadora delBanco República en Liquidación, en la fecha en que seefectúe la transferencia del cargo encomendado segúnartículo anterior. Asimismo, en esa misma fecha se revo-can todos los poderes otorgados a UNMSM-CESEPI parael ejercicio del encargo asignado.

Artículo Tercero.- Encargar al señor Guillermo Fran-cisco Villa Ortega, Superintendente Adjunto de Adminis-

Pág. 248455NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

tración General, la suscripción del Contrato de Locaciónde Servicios con el Estudio Alzamora Abogados Socie-dad Civil de Responsabilidad Limitada.

Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbasea los Registros Públicos para su correspondiente inscrip-ción.

JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓNSuperintendente de Banca y Seguros

13612

UNIVERSIDADES

Instauran proceso administrativo disci-plinario a profesores adscritos a la Fa-cultad de Ingeniería Eléctrica yElectrónica de la Universidad Nacionaldel Callao

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 315-03-R

Callao, 22 de mayo de 2003

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDADNACIONAL DEL CALLAO

Visto el Oficio Nº 012-2003-TH/UNAC recepcionadoel 18 de febrero del 2003, por cuyo intermedio el Presi-dente del Tribunal de Honor de la Universidad Nacionaldel Callao adjunta el Informe Nº 005-2003-TH-UNAC delcitado Tribunal, sobre la procedencia de instaurar Proce-so Administrativo Disciplinario a los profesores: Ing. JUANHERBER GRADOS GAMARRA y Abog. MAURO BER-NARDO SÁNCHEZ CABRERA, ambos de la Facultad deIngeniería Eléctrica y Electrónica;

CONSIDERANDO:

Que, por Oficio Nº 008-CI-FIEE de fecha 20 de febre-ro de 2002 la Comisión Investigadora nombrada por Re-solución Nº 083-2001-CF-FIEE, envía el informe de sulabor al Decano de la Facultad de Ingeniería Eléctrica yElectrónica en ciento ochenta y dos folios (182) que in-cluyen una (1) fotografía, un (1) vídeo y seis (6) testi-monios debidamente firmados en el cual, los miembrosde la citada Comisión señalan que en cumplimiento deesta Resolución, han procedido a realizar las investiga-ciones correspondientes, habiéndose encontrado unaserie de hechos y denuncias que establecen la presuntaconducta indebida de los profesores: Ing. JUAN HER-BER GRADOS GAMARRA y Abog. MAURO BERNAR-DO SÁNCHEZ CABRERA;

Que, el Informe antes citado acopia documentos enlos que se advierten diversas denuncias presentadaspor estudiantes, declaraciones personales, en las quese hace referencia a las presuntas conductas inapro-piadas de los docentes: Ing. JUAN HERBER GRADOSGAMARRA y Abog. MAURO BERNARDO SÁNCHEZCABRERA, las cuales se expresan en cobros indebi-dos, inasistencias e incumplimiento de obligacionesacadémicas, denuncias de agresión física y comporta-miento indebido;

Que corrido el trámite de este expediente para su es-tudio y calificación, el Tribunal de Honor, mediante Infor-me Nº 005-2003-TH/UNAC, recepcionado el 18 de febre-ro del 2003, recomienda instaurar proceso administrativodisciplinario a los profesores: Ing. JUAN HERBER GRA-DOS GAMARRA y Abog. MAURO BERNARDO SÁN-CHEZ CABRERA, ambos de la Facultad de IngenieríaEléctrica y Electrónica, quienes habrían incurrido en di-versas infracciones legales al incumplir sus deberes deprofesores universitarios, establecidos en el Inc. b), d),del Art. 51º de la Ley Universitaria y los Incs. b), e), f), h)del Art. 293º del Estatuto de la Universidad Nacional delCallao, encontrándose dichas infracciones establecidascomo faltas de carácter administrativo disciplinario tipifi-cadas en los Incs. d), h) y j) del Art. 28º del Decreto Le-gislativo Nº 276;

Que, asimismo el Tribunal de Honor señala que resul-ta pertinente investigar lo antes glosado, dentro de unproceso administrativo disciplinario, conforme lo disponeel Art. 287º del Estatuto de esta casa superior de estu-dios a fin de dilucidar la responsabilidad a que hubieralugar, recomendando sobre la procedencia de instaurarproceso administrativo disciplinario a los mencionadosdocentes por las consideraciones expuestas;

Que, el Art. 150º del Reglamento de la Ley de Basesde la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supre-mo Nº 005-90-PCM establece que se considera falta dis-ciplinaria a toda acción u omisión, voluntaria o no, quecontravenga las obligaciones, prohibiciones y demás nor-matividad específica sobre los deberes de servidores yfuncionarios, establecidos en el Art. 28º y otros de la Leyy el presente Reglamento; asimismo, el Art. 163º esta-blece que el servidor público que incurra el falta de ca-rácter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal decese temporal o destitución, será sometido a procesoadministrativo disciplinario que no excederá de treinta (30)días hábiles improrrogables;

Estando a lo glosado; a la documentación sustentato-ria en autos; y, en uso de las atribuciones que le confierelos Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad con-cordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733;

RESUELVE:

1º. INSTAURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DIS-CIPLINARIO, a los profesores: Ing. JUAN HERBER GRA-DOS GAMARRA y Abog. MAURO BERNARDO SÁN-CHEZ CABRERA, adscritos a la Facultad de IngenieríaEléctrica y Electrónica, por las consideraciones expues-tas en la presente Resolución, proceso que será condu-cido por el Tribunal de Honor de la Universidad Nacionaldel Callao.

2º. DISPONER que los citados profesores procesa-dos tienen derecho a su defensa, presentando al Tribunalde Honor de nuestra Universidad, el descargo y pruebasque crean conveniente, dentro del término de cinco (5)días hábiles contados a partir del día siguiente de la no-tificación de la presente resolución, concordante con loseñalado en los Arts. 168º y 169º del Reglamento de laLey de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado porDecreto Supremo Nº 005-90-PCM.

3º. TRANSCRIBIR, la presente Resolución a las de-pendencias académico-administrativas de la Universidad,ADUNAC, e interesados, para conocimientos y fines con-siguientes.

Regístrese, comuníquese y archívese.

ALBERTO ARROYO VIALERector

13560

Declaran nulidad de adjudicación direc-ta selectiva referida al suministro einstalación de equipo electrónico

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA

RESOLUCIÓN RECTORALNº 0841

Lima, 17 de julio de 2003

VISTO, el recurso de apelación interpuesto por laempresa postor EPLI S.A.C. de fecha 4 de julio del 2003,contra el acto administrativo de Otorgamiento de la Bue-na Pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 014-2003-OCI/UNI, de "Suministro e instalación de transformadorde 600 KVA", y el Informe del Comité Especial Perma-nente encargado de llevar a cabo el proceso, de fecha 11de julio del 2003;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Rectoral Nº 0297 de fecha2 de abril del 2003, se designó a los miembros del Comi-té Especial Permanente encargados de conducir losprocesos de Adjudicaciones Directas Selectivas de la

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Oficina Central de Infraestructura de la Universidad Na-cional de Ingeniería;

Que, efectuada la convocatoria al Proceso de Selec-ción para la Adjudicación Directa Selectiva Nº 014-2003-OCI/UNI, de "Suministro e instalación de transformadorde 600 KVA", y llevado a cabo la Presentación y Aperturade Propuestas en la fecha programada, el Comité Espe-cial Permanente evaluando las propuestas económicasde las empresas que superaban el puntaje mínimo luegode evaluadas las propuestas técnicas, otorgó la BuenaPro en mesa, a la empresa postor GRUPO HEMISFERIOS.A.C, conforme consta en el Acta de Comité Especialde fecha 26 de junio del 2003;

Que, con fecha 4 de julio del 2003 el postor EPLIS.A.C., interpuso recurso de apelación contra el Otorga-miento de la Buena Pro, solicitando la descalificación delos postores "Grupo Hemisferio S.A.C." y "OLC Ingenie-ros E.I.R.L.", por haber incumplido con las Especifica-ciones Técnicas establecidas en las Bases, y por tantose le otorgue la adjudicación del concurso, al ocupar elprimer lugar inmediato;

Que, el apelante fundamenta su impugnación, enbase a apreciaciones subjetivas, por cuanto refiere, conrespecto a la empresa ganadora GRUPO HEMISFERIOS.A.C., no cumpliría con la entrega del bien, debido aque su objeto social difiere de la fabricación y suminis-tro de transformadores, contraviniendo el numeral 4.4de las Bases, que indica que el ganador de la buena proserá el único responsable para cumplir con la entregadel bien, no pudiendo transferir esa responsabilidad aterceros; numeral que no es pertinente al presente caso,y en consecuencia no existe contravención alguna. Asi-mismo, con respecto a la propuesta de la empresa "OLCIngenieros E.I.R.L." la objeta a fin de que sea desesti-mada, debido a que en el aspecto montaje del transfor-mador, obtuvo 0 puntos, al no presentar sustento técni-co; objeción que fuera rechazada por la aludida empre-sa, al absolver el traslado de la apelación, manifestando,que en su propuesta presentada si se adjuntó el sus-tento técnico, y que el Comité Especial omitió calificarel rubro, expresando su disconformidad con el puntajeobtenido;

Que, mediante Informe de fecha 11 de julio del 2003,el Comité Especial Permanente encargado de conducirel Proceso de Selección para la Adjudicación DirectaSelectiva Nº 014-2003-OCI/UNI, luego de evaluado eldesarrollo del proceso de selección, advierte que se haproducido defectos y/o vicios en la calificación de las pro-puestas, en consecuencia se ha prescindido de las nor-mas esenciales del procedimiento o de la forma prescritapor la normatividad aplicable, lo cual amerita declarar deoficio la nulidad la adjudicación, retrotrayéndose el esta-do del proceso al momento de la calificación de propues-tas;

Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que elTitular del Pliego o la máxima autoridad administrativade la Entidad, según corresponda, podrá declarar de ofi-cio la nulidad del proceso de selección por alguna de lascausales establecidas en el artículo 57º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, sólo hasta antes de la celebración del contrato, sinperjuicio de la que sea declarada en la resolución recaí-da sobre los recursos impugnativos;

Que, de acuerdo al artículo 57º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, son nuloslos actos administrativos cuando hayan sido dictados porórgano incompetente, contravengan normas legales, con-tengan un imposible jurídico, o prescindan de las normasesenciales del procedimiento o de la forma prescrita porla normatividad aplicable, debiendo expresar en la reso-lución que se expida la etapa a la que se retrotraerá elproceso;

Que, el Comité Especial constituye un organismo co-legiado y autónomo en sus decisiones con responsabili-dad solidaria de sus miembros en todas aquellas actua-ciones relacionadas con el proceso de selección que tie-nen a su cargo conforme lo establece el artículo 24º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones delEstado, por lo que resulta procedente el acuerdo adopta-do por el Comité Especial, a que se contrae el InformeEspecial del 11 de julio del 2003;

Estando a lo opinado por la Oficina Central de Aseso-ría Legal mediante Oficio Nº 957-OCAL de fecha 15 dejulio del 2003, y en uso de las atribuciones conferidas porel artículo 33º, Inc. b), de la Ley Universitaria Nº 23733,concordante con el artículo 52º, Inc. c) del Estatuto de laUniversidad Nacional de Ingeniería;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DECLARAR INFUNDADO el recurso deapelación interpuesto por el postor EPLI S.A.C. de fecha4 de julio del 2003 por los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- DECLARAR de Oficio la NULIDAD de laAdjudicación Directa Selectiva Nº 014-2003-OCI/UNI, porlos fundamentos expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución, debiendo retrotraer el estado delproceso a la etapa de la evaluación de las propuestastécnicas.

Artículo 3º.- El Comité Especial Permanente deberáproceder a la evaluación de las propuestas técnicas delos postores, al proceso de Adjudicación Directa Selec-tiva Nº 014-2003-OCI/UNI, poniendo mayor celo en eldesempeño de las mismas.

Artículo 4º.- Disponer que la presente ResoluciónRectoral sea publicada en el Diario Oficial El Peruano,dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición.

Artículo 5º.- Disponer que la Secretaría General notifi-que la presente Resolución a los interesados.

Regístrese, comuníquese y archívese.

ROBERTO MORALES MORALESRector

13611

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

CONASEV

Disponen exclusión de acciones repre-sentativas del capital social deFinanciera Daewoo S.A. del RegistroPúblico del Mercado de Valores

COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DEEMPRESAS Y VALORES

RESOLUCIÓN GERENCIALNº 051-2003-EF/94.45

Lima, 7 de julio de 2003

VISTOS:

El Expediente Nº 2003013665, así como el InformeInterno Nº 0-2003-EF/94.45.2 de fecha 7 de julio de 2003,de la Gerencia de Mercados y Emisores;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución CONASEV Nº 136-96-EF/94.10 del 2 de abril de 1996, se dispuso la inscripción delas acciones representativas del capital social de Finan-ciera Daewoo S.A. en el Registro Público de Valores eIntermediarios de CONASEV, hoy Registro Público delMercado de Valores;

Que, por escrito remitido a la Bolsa de Valores de Limael 30 de mayo de 2003, los señores Jin Man Cheong yEdith Palomares Arteaga, en su calidad de liquidadoresde Financiera Daewoo S.A., solicitan el deslistado de lasacciones representativas del capital social de dicha em-presa del Registro de Valores de la Bolsa de Valores deLima y la exclusión de las mismas del Registro Públicodel Mercado de Valores de CONASEV, para lo cual exhi-ben copia certificada de la Junta General de Accionistasde Financiera Daewoo S.A. de fecha 21 de abril del 2003,en la que se acuerda aprobar la disolución de la socie-dad y su posterior inicio de liquidación; asimismo adjun-tan copia simple de la Resolución SBS Nº 796-2003 del

Pág. 248457NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

28 de mayo de 2003, en la cual se resuelve autorizar ladisolución voluntaria y posterior inicio del proceso liqui-datorio de Financiera Daewoo S.A.;

Que, el artículo 37º, inciso c) del Texto Único Ordena-do de la Ley del Mercado de Valores establece como cau-sal para la exclusión de un valor del Registro Público delMercado de Valores, la disolución del emisor. Esta nor-ma es concordante con lo dispuesto en el artículo 27º,inciso c) del Reglamento de Inscripción y Exclusión deValores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de Bolsa deValores de Lima, aprobado por Resolución CONASEVNº 125-98-EF/94.10 y modificado mediante ResoluciónCONASEV Nº 092-2000-EF/94.10;

Que, asimismo el artículo 38º del referido Texto ÚnicoOrdenado, en concordancia con el artículo 34º del Re-glamento de Oferta Pública de Adquisición y de Comprade Valores por Exclusión, aprobado mediante ResoluciónCONASEV Nº 630-97/94.10, modificado por ResoluciónCONASEV Nº 088-2000-EF/94.10, establece que la ex-clusión de un valor del Registro Público del Mercado deValores genera la obligación de efectuar una Oferta Pú-blica de Compra;

Que, no obstante lo señalado en el considerando an-terior, la exclusión del Registro Público del Mercado deValores de Lima de las acciones representativas del ca-pital social de Financiera Daewoo S.A., se encuentradentro de la causal de excepción a la realización de unaOferta Pública de Compra por exclusión contemplada enel inciso b) del artículo 38º del citado Reglamento de Ofer-ta Pública de Adquisición y de Compra de Valores porExclusión; y,

Estando a lo dispuesto por el artículo 48º del Regla-mento del Registro Público de Mercado de Valores, apro-bado por la Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10 yel acuerdo del Directorio de esta Comisión Nacional defecha 18 de diciembre de 2000, que faculta a la Gerenciade Mercados y Emisores a disponer la exclusión de valo-res mobiliarios del Registro Público de Mercado de Valo-res;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado delas acciones representativas del capital social de Finan-ciera Daewoo S.A. del Registro de Valores de la Bolsa deValores de Lima.

Artículo 2º.- Disponer la exclusión de las accionesrepresentativas del capital social de Financiera DaewooS.A. del Registro Público del Mercado de Valores de laCONASEV.

Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a Fi-nanciera Daewoo S.A., a la Bolsa de Valores de Lima y aCAVALI ICLV.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO CRUZADO COCAGerente de Mercados y Emisores

13480

PROINVERSIÓN

Designan personal directivo

AGENCIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN

RESOLUCIÓN DEL DIRECTOREJECUTIVO Nº 020-2003

Lima, 6 de julio de 2003

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 2º del Reglamento de Organización yFunciones de PROINVERSIÓN aprobado por DecretoSupremo Nº 028-2002-PCM, en su inciso 4) establece lafacultad del Consejo Directivo de aprobar la estructura yorganización interna de la institución, así como asignarsus funciones y competencias;

Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de fe-cha 13 de mayo de 2002, se aprobó el Manual de Estruc-tura y Responsabilidades de PROINVERSIÓN y por

acuerdo del referido consejo de fecha 23 de octubre de2002, se delegó en el Director Ejecutivo las facultadespara realizar los cambios que estime conveniente en di-cho manual, así como las designaciones que resultennecesarias;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 095-2003-EF defecha 3 de julio de 2003, se modificó la denominación dela Agencia de Promoción de la Inversión por Agencia dePromoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN,así como, el Reglamento de Organización y Funciones,aprobándose la nueva estructura orgánica de la institu-ción;

Que, es necesario efectuar las designaciones del per-sonal directivo a cargo de los diferentes órganos de laentidad conforme al nuevo Reglamento de Organizacióny Funciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar al siguiente personal directivode PROINVERSIÓN:

1.1. Al señor Ítalo Bizerra Osorio, como SecretarioGeneral.

1.2. Al señor Miguel Sánchez-Moreno Cisneros, comoJefe de la Oficina Legal.

1.3. A la señora Rosario Soto Tam, Gerente, comoJefe (e) de la Oficina de Administración y Finanzas.

1.4. Al señor Luis Hirota Tanaka, como Jefe de la Ofi-cina de Operaciones.

1.5 A la señora Rosario Soto Tam, Gerente, como Jefede la Oficina de Organización, Métodos y Sistemas.

1.6. Al señor Percy Velarde Zapater, Gerente, comoJefe de la Dirección de Promoción y Apoyo al Inversio-nista Privado.

1.7. A la señora Amparo Lozano Tello, Gerente, comoJefe de la Dirección de Promoción de la Inversión Priva-da por Iniciativa Estatal.

1.8. Al señor Francisco Guerra García Cueva, Geren-te, como Jefe de la Dirección de Asuntos Sociales y Co-munitarios.

Artículo 2º.- Las designaciones antes señaladas serealizan con efectividad al 5 de julio de 2003, fecha deentrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 095-2003-EF.

LUIS GUIULFO Z.Director Ejecutivo

13558

OSINERG

Incluyen como referencia legal del nume-ral 5.1 de la Escala de Multas y Sancio-nes de Hidrocarburos el artículo 8º delReglamento para la Comercialización deGas Licuado de Petróleo

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVOORGANISMO SUPERVISOR DE LA

INVERSIÓN EN ENERGÍAOSINERG Nº 108-2003-OS/CD

Lima, 11 de julio de 2003

VISTO:

El Informe Legal Nº 244-2003-GFH-L de fecha 20 dejunio del 2003, emitido por la Asesoría Legal de la Ge-rencia de Fiscalización en Hidrocarburos;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Consejo DirectivoNº 028-2003-OS/CD se aprobó la nueva Escala de Mul-tas y Sanciones de OSINERG, a través de la cual se or-denó y sistematizó el universo de hechos u omisionesbajo el ámbito de supervisión y fiscalización institucio-nal, que configuren infracciones administrativas debida-mente tipificadas como tales;

Pág. 248458 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

Que, en el numeral 5.1 de la Escala de Multas y San-ciones de Hidrocarburos, se estableció la multa aplicableen el caso de incumplir con las existencias media y/o exis-tencias mínima absoluta, así como la referencia legal;

Que, en dicho numeral se omitió consignar como re-ferencia legal el artículo 8º del Reglamento para la Co-mercialización de Gas Licuado de Petróleo, aprobado porDecreto Supremo Nº 01-94-EM, no obstante que tal artí-culo tipifica la infracción administrativa descrita en el nu-meral 5.1 de la Escala de Multas y Sanciones de Hidro-carburos, para el caso de comercialización de GLP;

Que, tomando en consideración el objetivo descritoen la Escala de Multas y Sanciones aprobada por Resolu-ción de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD y a fin dellevar a cabo en una forma idónea las funciones Fiscali-zadora y Sancionadora de la Institución en el área des-crita, corresponde incluir como parte de la referencia le-gal del numeral 5.1 de la mencionada Escala, el artículo8º del Reglamento para la Comercialización de Gas Li-cuado de Petróleo, aprobado por Decreto Supremo Nº01-94-EM;

Que, dada la urgencia de adoptar medidas para unaefectiva supervisión y fiscalización en el sector Hidrocar-buros, las cuales se encuentran a cargo de nuestra Insti-tución, se requiere perentoriamente dictar las disposicio-nes necesarias para llevar a cabo la misma;

Que, conforme lo dispuesto en el último párrafo delartículo 25º del Reglamento General de OSINERG, seexceptúan de la prepublicación los reglamentos conside-rados de urgencia; expresándose las razones que funda-menta dicha excepción;

De conformidad con el inciso n) del artículo 52º delReglamento General de OSINERG, aprobado por Decre-to Supremo Nº 054-2001-PCM; y,

Con la opinión favorable de la Gerencia Legal y de laGerencia General;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Incluir como referencia legal del nume-ral 5.1 de la Escala de Multas y Sanciones de Hidrocar-buros, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº028-2003-OS/CD, el artículo 8º del Reglamento para laComercialización de Gas Licuado de Petróleo, aprobadopor Decreto Supremo Nº 01-94-EM.

En consecuencia, a partir de la fecha el referido nu-meral 5.1 quedará redactado de la siguiente manera:

5.1 Incumplir con las - Arts. 43º, 44º y 46º del 0.4 UIT por cada 100 barrilesExistencias Media y/o Reglamento aprobado por o fracción de producto noExistencias Mínima D.S. Nº 045-2001-EM. almacenado, en ningún casoAbsoluta - Art. 8º del Reglamento será menor a 5 UIT.

aprobado por D.S. Nº01-94-EM.

Artículo 2º.- Exceptuar de la prepublicación la pre-sente norma, por las razones y consideraciones expues-tas en la parte considerativa de la presente Resolución.

ALFREDO DAMMERT LIRAPresidente del Consejo Directivo

13644

OSITRAN

Aprueban Reglamento del Aporte porRegulación

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓNEN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE

DE USO PÚBLICO

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVONº 007-2003-CD/OSITRAN

Lima, 25 de junio de 2003

VISTA:

La Nota Nº 051-03-GAF-OSITRAN, el proyecto deReglamento de Aporte por Regulación de OSITRAN y loinformado por el Presidente de Consejo Directivo; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la Ley Nº 26917, Ley de Supervi-sión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transpor-te de Uso Público, el Organismo Supervisor de la Inver-sión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSI-TRAN) ha sido creado para regular el comportamientode los mercados en los que actúan las Entidades Presta-doras y supervisar el cumplimiento de los Contratos deConcesión;

Que, el literal a) del artículo 3.2º de la citada Ley es-tablece que las Entidades Prestadoras son aquellas em-presas o grupos de empresas, públicas o privadas, querealizan actividades de explotación de infraestructura detransporte de uso público;

Que, el artículo 14º de la mencionada Ley disponeque constituye recurso propio de OSITRAN el aporte porregulación aplicable a las Entidades Prestadoras;

Que, el Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM, Regla-mento General del Organismo Supervisor de la Inver-sión Privada en Infraestructura de Transporte de UsoPúblico - OSITRAN, establece en su artículo 59º queconstituyen recursos propios de OSITRAN el aportepor regulación que deberán pagar las empresas bajosu competencia;

Que, el artículo 10º de la Ley Nº 27332, Ley Marco delos Organismos Reguladores de la Inversión Privada delos Servicios Públicos; establece que los OrganismosReguladores recaudarán de las empresas y entidadesbajo su ámbito, un aporte por regulación, el cual no po-drá exceder del 1% (uno por ciento) del valor de la factura-ción anual, deducido el Impuesto General a las Ventas yel Impuesto de Promoción Municipal, de las empresasbajo su ámbito; y, que dicho aporte será fijado anualmente,en cada caso, mediante Decreto Supremo aprobado porel Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente delConsejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finan-zas;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº001-98-CD/OSITRAN, se estableció el monto del aportepor regulación a cargo de las Entidades Prestadoras en1% del total de la facturación anual, deducido el Impues-to General a las Ventas y se dictaron las disposicionesreferidas al cumplimiento de dicho aporte; como lo fue elpago a cuenta del monto que en definitiva les correspon-dería abonar por concepto del aporte por regulación, cuo-tas mensuales equivalentes al 1% del promedio de ingre-sos facturados en los doce últimos meses, deducido elImpuesto General a las Ventas;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº003-99-CD/OSITRAN se precisó el alcance de la ante-rior resolución y se dispuso un procedimiento especialpara el cálculo de las cuotas mensuales correspondien-tes al pago a cuenta, para el caso de las EntidadesPrestadoras que no contaban con un tiempo suficientedesde el inicio de sus operaciones y se estableció queel pago a cuenta a que se refiere el considerando an-terior se efectuase dentro de los primeros cinco (5) díashábiles del mes al que corresponde el pago a cuenta,lo cual constituye un pago adelantado de dichas cuo-tas;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº008-99-CD/OSITRAN se deja sin efecto a partir del 1 deenero del 2000, las Resoluciones de Consejo Directivonúmeros 001-98-CD/OSITRAN y 003-99-CD/OSITRAN,salvo en lo referente al formato aprobado y se estableceel procedimiento para el pago del aporte por regulación acargo de las Entidades Prestadoras; el mismo que esta-bleció que se abonará directamente al OSITRAN concarácter de pago a cuenta del monto que en definitiva lescorresponderá abonar por concepto del aporte anual porregulación, cuotas mensuales equivalentes al 1% de susingresos facturados en el mes respectivo, deducido elImpuesto General a las Ventas y que dichas cuotas de-berán ser pagadas dentro de los primeros cinco (5) díashábiles del mes siguiente al que corresponde el pago acuenta; también se establece que la liquidación final delaporte anual se hará antes del 31 de marzo del año si-guiente al del ejercicio económico correspondiente, de-biéndose abonar directamente al OSITRAN, la cuota deregularización a que hubiese lugar;

Que, mediante Resolución de Consejo DirectivoNº 013-2000-CD/OSITRAN se modificaron los artículos2º, 3º y 4º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 008-99-CD/OSITRAN;

Pág. 248459NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº030-2001-CD/OSITRAN se sustituye los artículos 2º y 3ºde la Resolución de Consejo Directivo Nº 008-99-CD/OSI-TRAN, modificada por la Resolución de Consejo Directi-vo Nº 013-2000-CD/OSITRAN;

Que, de conformidad con lo dispuesto en la nota devista, lo informado por el Presidente del Consejo Directi-vo y con la finalidad de optimizar y unificar las mencio-nadas resoluciones en un solo cuerpo normativo, resultanecesario expedir una nueva disposición normativa quecontenga el régimen aplicable al aporte por regulación acargo de las Entidades Prestadoras y dejar sin efectotodas las resoluciones del Consejo Directivo menciona-das;

Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en susesión del 25 de junio de 2003;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento del Aporte porRegulación de OSITRAN que se anexa a la presenteResolución, el mismo que consta de trece (13) artículos.

Artículo 2º.- Dejar sin efecto a partir del 1 de agostode 2003, las Resoluciones de Consejo Directivo núme-ros 008-99-CD/OSITRAN, 013-2000-CD-OSITRAN y 030-2001-CD/OSITRAN y el Acuerdo Nº 144-54-01-CD-OSI-TRAN del 17 de enero de 2001, que aprobó la Directivapara el control de la recaudación del aporte por regula-ción.

Artículo 3º.- Autorizar al Presidente del ConsejoDirectivo efectuar la publicación en el Diario Oficial ElPeruano de la presente Resolución y del Reglamento delAporte por Regulación de OSITRAN

Artículo 4º.- El Reglamento aprobado por la presen-te Resolución se aplicará a partir del 1 de agosto de 2003.

Comuníquese, publíquese y archívese.

ALEJANDRO CHANG CHIANGPresidente

REGLAMENTO DEL APORTE PORREGULACIÓN DE OSITRAN

Artículo 1º.- ObjetoEl presente Reglamento tiene por objeto establecer

las disposiciones complementarias aplicables al Aportepor Regulación de OSITRAN a que se refiere el artículo14º de la Ley Nº 26917, Ley de Supervisión de la Inver-sión Privada en Infraestructura de Transporte de UsoPúblico y el artículo 10º de la Ley Nº 27332, Ley Marcode los Organismos Reguladores de la Inversión Privadade los Servicios Públicos.

Artículo 2º.- AlcanceLas disposiciones contenidas en el presente

Reglamento están referidas a la obligación de las Entida-des Prestadoras públicas o privadas bajo el ámbito decompetencia de OSITRAN de efectuar el pago del Apor-te por regulación referido en el artículo precedente.

Artículo 3º.- FinalidadLa finalidad del presente reglamento es establecer la

oportunidad, forma y modo en que las Entidades Presta-doras deben efectuar el pago del Aporte por Regulacióna OSITRAN de tal forma que se garantice una adecuaday óptima Recaudación.

Artículo 4º.- Obligación de pago del aporte porregulación

Las Entidades Prestadoras están obligadas a efec-tuar mensualmente el pago del Aporte por Regulación aque se refiere el artículo 10º de la Ley Nº 27332 aplican-do el porcentaje fijado anualmente sobre la totalidad desus ingresos facturados, deducido el Impuesto General alas Ventas.

Artículo 5º.- Plazo de pagoEl plazo para efectuar el pago del Aporte por Regu-

lación será hasta el día en que la respectiva EntidadPrestadora debe efectuar el pago mensual del ImpuestoGeneral a las Ventas de conformidad con el cronogra-ma de pagos dictado por la Autoridad AdministrativaTributaria.

Artículo 6º.- Acreditación del pago y documenta-ción a presentar

Las Entidades Prestadoras deberán acreditar el pagodel Aporte por Regulación en un plazo máximo que nodeberá exceder a los tres (3) días siguientes al día enque la respectiva Entidad Prestadora debe efectuar elpago del Impuesto General a las Ventas de conformidadcon el cronograma de pagos dictado por la AutoridadAdministrativa Tributaria y para ello deberá adjuntar lossiguientes documentos:

a) Declaración Jurada "Aporte por Regulación" deacuerdo al formato aprobado por la Administración deOSITRAN.

b) Copia simple de la Constancia de la Presentaciónde la Declaración Jurada Mensual de determinación ypago de impuesto mensual -PDT-IGV-Renta Mensual-, seaen la forma de Programa de Declaración Telemática - PDTo el documento que lo remplace, que se presentan antela Autoridad Administrativa Tributaria.

c) Copia del comprobante del depósito en algunas delas cuentas bancarias indicadas por OSITRAN o el che-que respectivo. En caso de acreditarse el pago mediantecheque, éste deberá efectuarse dentro del plazo a quese refiere el artículo 5º del presente Reglamento.

El incumplimiento de esta obligación será sanciona-do de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento deInfracciones, Sanciones de OSITRAN.

Artículo 7º.- Pago extemporáneo y moraVencido el plazo de pago sin que se haya cumplido

con la obligación de efectuar el pago total del aporte, laEntidad Prestadora se encontrará en mora sin necesidadde un requerimiento previo, y por lo tanto, estará obliga-da al pago del interés moratorio correspondiente, en laforma dispuesta en el artículo 33º del Código Tributario.

El incumplimiento de esta obligación será sanciona-do de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento deInfracciones y Sanciones de OSITRAN.

Artículo 8º.- Pago en excesoEn caso de haberse efectuado pago en exceso, la

Entidad Prestadora podrá aplicarlo en el o los pagosmensuales siguientes, debiendo presentar la documenta-ción rectificatoria y/o sustentatoria.

Artículo 9º.- Acotación de la SuperintendenciaNacional Tributaria

Cuando se produzca alguna acotación de la SUNATpor concepto de pago del Impuesto General a las Ventas- originado por el concepto de ingresos y, ésta haya que-dado consentida y/o ejecutoriada, la Entidad Prestadoradebe regularizar el pago del Aporte por Regulación, enun período no mayor de 3 (tres) días presentando la do-cumentación indicada en el artículo 6º de la presenteReglamento.

El incumplimiento de esta obligación será sanciona-do de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento deInfracciones y Sanciones de OSITRAN.

Artículo 10º.- Auditoría Externa a cargo de lasEntidades Prestadoras

Las Entidades Prestadoras deberán requerir a susauditores externos que emitan un pronunciamiento so-bre el pago adecuado del Aporte por Regulación, el mis-mo que deberá ser entregado conjuntamente con susestados financieros auditados.

El incumplimiento de esta obligación será sanciona-do de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento deInfracciones y Sanciones de OSITRAN.

Artículo 11º.- Auditorías a cargo de OSITRANOSITRAN podrá establecer auditorías con la finalidad

de verificar el cumplimiento de esta obligación por partede las Entidades Prestadoras.

Artículo 12º.- Acotación de oficioEn caso de comprobarse que la Entidad Prestadora

no ha cumplido con la obligación de efectuar el pago delAporte por Regulación en la cantidad en que debió efec-tuarse, ésta tendrá un plazo máximo de 10 días para cum-plir con el requerimiento más los intereses moratorios quecorresponda.

Pág. 248460 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

El incumplimiento de esta obligación será sanciona-do de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento deInfracciones y Sanciones de OSITRAN.

Artículo 13º.- Cobranza CoactivaDe conformidad con el Artículo 60º del D.S. Nº 010-

2001-PCM, OSITRAN podrá efectuar la cobranza coacti-va de la tasa de regulación, de conformidad con las nor-mas legales pertinentes, sin perjuicio de las sancionesque pudieran corresponder.

13547

SUNARP

Aceptan renuncia de Vocal del Tribu-nal Registral

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTEADJUNTO DE LA SUPERINTENDENCIA

NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOSNº 013-2003-SUNARP/SA

Lima, 8 de julio de 2003

VISTO el documento de fecha 04 de julio del presenteaño, mediante el cual el abogado Víctor Raúl MosqueiraNeira presenta su renuncia al cargo de Vocal del TribunalRegistral, solicitando se le exonere del plazo de ley parahacer efectiva la misma;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Nº 0105-2000-ORLL/JEF de fe-cha 11 de julio de 2002, se nombró al abogado VíctorRaúl Mosqueira Neira en el cargo de Vocal del TribunalRegistral del Norte al haber resultado ganador del con-curso público Nº 001-2000-ORLL, convocado por la exOficina Registral La Libertad, hoy Zona Registral Nº V;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS,se aprobó el Estatuto de la SUNARP, en cuyo artículo28º se establece que el Tribunal Registral es el Órganode Segunda Instancia Administrativa Registral con compe-tencia nacional, conformado por Salas descentralizadase itinerantes, que resuelve en última instancia adminis-trativa los recursos de apelación interpuestos contra lasdecisiones de los Registradores Públicos;

Que, conforme a dicho dispositivo, se unificaron losTribunales del Norte, Centro y Sur, constituyéndose elTribunal Registral de la SUNARP;

Que, posteriormente, mediante Resolución Nº 002-2002-SUNARP/SA de fecha 19 de agosto de 2002, sedispuso la conformación de las Salas del Tribunal Re-gistral para el período comprendido entre el 1º de se-tiembre de 2002 y el 31 de diciembre de 2002; asimis-mo, mediante Resolución Nº 004-2002-SUNARP/SA defecha 31-12-2002 se conformaron las salas del TribunalRegistral para el año 2003, siendo en ambos casos in-tegrante de la Cuarta Sala del Tribunal Registral con sedeen la ciudad de Trujillo, el abogado Víctor Raúl Mosquei-ra Neira;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo12º inciso d) del Reglamento de Organización y Funcio-nes de la SUNARP aprobado por Resolución SupremaNº 139-2002-JUS, corresponde al Superintendente Ad-junto nombrar con arreglo a ley a los integrantes del Tri-bunal Registral, consecuentemente también le competeaceptar la renuncia de los Vocales del Tribunal Registral;

Que, el artículo 18º del Texto Único Ordenado delDecreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad yCompetitividad Laboral, aprobado por Decreto SupremoNº 003-97-TR, establece que en los casos de renunciavoluntaria del trabajador, éste debe presentarla al em-pleador con una anticipación de 30 días, quien podráexonerarlo de dicho plazo;

Que, en el presente caso, el abogado Víctor Raúl Mos-queira Neira ha formulado renuncia al cargo de Vocal delTribunal Registral por haber sido nombrado Vocal de laCorte Superior de Justicia de Huaura, solicitando se leexonere del plazo antes indicado y que se haga efectivasu renuncia a partir del día 9 de los corrientes, con lo quesu vínculo laboral se extinguirá para todos sus efectos eldía 8 de julio del presente mes;

Que, aún cuando esta Superintendencia lamenta larenuncia de un servidor que se ha destacado por su ver-sación jurídica y su corrección, debe apoyarse toda deci-sión orientada a que el personal de la institución realicesus aspiraciones profesionales, más aún tratándose deaportar a una institución tan importante como el PoderJudicial;

Que, por lo expuesto y considerando la opiniónfavorable del Presidente del Tribunal Registral, esteDespacho considera atendible el pedido de exonera-ción de plazo formulado por el abogado Víctor RaúlMosqueira Neira;

De conformidad con lo expuesto y lo establecido en elartículo 12º incisos d) y m) del Reglamento de Organiza-ción y Funciones de la SUNARP aprobado por Resolu-ción Suprema Nº 139-2002-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia del abogado VíctorRaúl Mosqueira Neira, al cargo de Vocal del Tribunal Regis-tral de la SUNARP, dándosele las gracias por los impor-tante servicios prestados.

Artículo 2º.- La aceptación de la renuncia se haráefectiva desde el día 9 de julio del 2003.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

A. RONALD CÁRDENAS KRENZSuperintendente Adjunto

13545

Autorizan contratar servicios de mensa-jería para la Sede Principal mediante pro-ceso de adjudicación de menor cuantía

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTENACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

Nº 336-2003-SUNARP/SN

Lima, 10 de julio de 2003

Visto, el Oficio Nº 720-2003-SUNARP/GAF, del Ge-rente de Administración y Finanzas de la Superinten-dencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP -Sede Principal, solicitando la aprobación de la exonera-ción por situación de urgencia del servicio de mensajeríapara dicha dependencia; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley Nº 26366, Ley delSistema Nacional de los Registros Públicos, la SUNARP,es un organismo descentralizado autónomo del SectorJusticia y ente rector del Sistema Nacional de los Regis-tros Públicos, con patrimonio propio y autonomía funcio-nal, jurídico registral, técnica, económica, financiera yadministrativa; con domicilio y Sede Principal en la ciu-dad de Lima;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso c) delartículo 19º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estánexonerados de los procesos de selección el ConcursoPúblico o Adjudicación Directa, según sea el caso, lascontrataciones de servicios que se realicen en situaciónde urgencia declarada conforme a Ley;

Que, para tales efectos, de conformidad con el artícu-lo 21º del TUO, se considera situación de urgencia cuan-do la ausencia extraordinaria e imprevisible de determina-do bien o servicio compromete en forma directa e inmi-nente la continuidad de los servicios esenciales o de ope-raciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Estopresupone la existencia de un servicio que venía siendorealizado por la entidad, y que súbitamente se paralizaante la ocurrencia de hechos no previstos;

Que, mediante Resolución Nº 226-2003-SUNARP-SN,se declaró en situación de urgencia la contratación delservicio de mensajería para la Sede Principal de laSUNARP, por el período comprendido del 22 de mayo al30 de junio del 2003, en tanto se realizará el procedi-miento de selección correspondiente;

Pág. 248461NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

Que, en ese sentido, con fecha 18 de junio del 2003,el postor PROSERVICE GROUP S.A., obtuvo la BuenaPro en la Adjudicación Directa Selectiva Nº 006-2003-SUNARP (primera convocatoria) para la "Contratación delServicio de Mensajería";

Que, sin embargo, mediante Resolución Nº 328-2003-SUNARP/SN, de fecha 7 de julio del 2003, se declaró,entre otros, la nulidad de oficio del otorgamiento de laBuena Pro al postor PROSERVICE GROUP S.A., en laAdjudicación Directa Selectiva Nº 006-2003-SUNARP"Contratación del Servicio de Mensajería", descalificán-dolo, y por su efecto se declaró desierto el citado proce-dimiento de selección;

Que, según lo estipulado en el literal a) del numeral 2del artículo 32º del TUO, la declaración de desierto a quese refiere el considerando precedente conlleva a que elComité Especial efectúe una segunda convocatoria, encuyo caso, si quedará una única oferta se le otorgará laBuena Pro y si no quedará oferta alguna se declararádesierta y se procede a una Adjudicación Directa deMenor Cuantía;

Que, por otro lado, cabe mencionar que con motivode la declaración de urgencia aprobada mediante Resolu-ción Nº 226-2003-SUNARP-SN, se convocó a un Procedi-miento de Adjudicación de Menor Cuantía para la contrata-ción del servicio de mensajería por el período comprendi-do del 22 de mayo al 30 de junio del 2003;

Que, de lo indicado anteriormente, se verifica laexistencia de dos elementos que permiten configurar lasituación de urgencia, a saber: la interrupción de un ser-vicio que viene siendo prestado; y, la presencia de unhecho imprevisible y extraordinario que origina tal interrup-ción;

Que, tal como se advierte, pese a que la entidad llevóa cabo el procedimiento de selección hasta el otorga-miento de la Buena Pro, el riesgo de no contar con elservicio de mensajería es consecuencia de hechos extra-ordinarios e imprevistos, habida cuenta que la declara-ción de nulidad de oficio de la citada adjudicación, porsus fundamentos, era un evento desconocido e inespera-do para la Sede Principal de la SUNARP; razón por lacual se ha originado el peligro que el mencionado servi-cio, del cual depende la normal operatividad y gestiónadministrativa de dicha Sede se vean interrumpidas; porlo que resulta procedente su contratación, del modo másexpeditivo posible y de acuerdo a la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado;

Que, el Informe Técnico Nº 037-2003-SUNARP-GAF/ADM, del Administrador de Logística de la Gerencia deAdministración y Finanzas de la Sede Principal, señalaque es necesario ampliar la situación de urgencia en ra-zón que la ausencia del servicio de mensajería compro-mete en forma directa e inminente la continuidad de losservicios esenciales que brinda la SUNARP; del mismomodo, el referido Informe señala que es necesario apro-bar dicha urgencia por dos (2) meses considerando unvalor referencial total ascendente a S/. 12,000.00 (DoceMil y 00/100 soles);

Que, en ese contexto, es de resaltar lo preceptuadoen el numeral 2 del artículo 108º del Reglamento del TUO,cuando prescribe que la situación de urgencia debe en-tenderse como una medida temporal ante un hecho deexcepción que determina una acción rápida a fin de ad-quirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia,sin perjuicio que se realice el proceso de selección co-rrespondiente para las adquisiciones y contratacionesrespectivas;

Que, el requerimiento del servicio de mensajería du-rante el año fiscal 2003, para la Sede Central de laSUNARP, según lo señalado en el Plan Anual de Adqui-siciones y Contrataciones aprobado mediante Resoluciónde Gerencia General Nº 002-2003-SUNARP/GG, ascien-de a un valor referencial total de S/. 74,000.00 (setenti-cuatro mil y 00/100 nuevos soles);

Que mediante Informe Nº 130-2003-SUNARP-GL-LAS, la Gerencia Legal de la SUNARP, opina por laprocedencia de la exoneración de acuerdo a lo señaladopor el inciso c) del artículo 19º del TUO, toda vez que secumple con los requisitos para la aplicación de la causalde exoneración por situación de urgencia;

Que, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de laSUNARP, mediante Oficio Nº 303-2003-SUNARP-GPD,informa que en el presupuesto de la Sede Principal de laSUNARP, aprobado para el ejercicio fiscal 2003, existen

recursos presupuestales disponibles para la atención delgasto planteado;

Estando a lo dispuesto por el Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,su Reglamento y el Estatuto de la SUNARP, aprobadopor Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Declarar en situación de urgenciala contratación del servicio de mensajería para la SedePrincipal de la SUNARP, por el período comprendido del10 de julio al 10 de setiembre del 2003.

Artículo Segundo.- El valor referencial total del ser-vicio de mensajería a contratar asciende a S/. 12,000.00(doce mil y 00/100 Nuevos Soles); fuente de financia-miento: Recursos Directamente Recaudados.

Artículo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Adminis-tración y Finanzas de la Sede Principal de la SUNARP acontratar los servicios mencionados en el Artículo Pri-mero de la presente resolución, mediante el proceso deAdjudicación de Menor Cuantía, conforme lo dispone elartículo 105º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado.

Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia Generalde la SUNARP haga de conocimiento de la ContraloríaGeneral de la República, la presente resolución y los in-formes que la sustentan, dentro del plazo de diez díascalendario a su aprobación según lo dispone el artículo20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GAMARRA UGAZSuperintendente Nacional de losRegistros Públicos

13546

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL

DE AREQUIPA

Designan Director Regional de Comer-cio Exterior y Turismo

PRESIDENCIA DEL GOBIERNOREGIONAL DE AREQUIPA

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALNº 206-2003-GRA

VISTO:

El informe final fechado el diez de julio del dos miltres por la Comisión Regional del Concurso encargadadel Proceso de Selección del Director Regional de Comer-cio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Arequi-pa; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Duodécima Disposición Transitoria, Comple-mentaria y Final de la Ley Nº 27867 modificada por laLey Nº 27902, dispone que la selección de los DirectoresRegionales Sectoriales está a cargo de los GobiernosRegionales;

Que, por Resolución Presidencial Nº 012-CND-P-2003modificada por Resolución Presidencial Nº 025-CND-P-2003, se aprueba la Directiva Nº 001-CND-P-2003, queestablece los Lineamientos Generales para el ConcursoPúblico de Selección de los Directores Regionales Sec-toriales, determinando entre otros aspectos, lo relacio-nado al Cronograma que regula cada una de las etapasdel evento, sobre la base de la coordinación entre losGobiernos Regionales y el Gobierno Nacional;

Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 091-2003-GR y en estricta sujeción al marco legal precitado, el

Pág. 248462 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

Gobierno Regional de Arequipa aprobó la Convocatoriaa Concurso Público de Selección de Directores Regiona-les Sectoriales, publicada en el Diario Oficial El Peruanoel 27 de abril del presente año;

Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 141-2003-GR, se constituyó la Comisión Regional de Concurso paraseleccionar al Director Regional de Comercio Exterior yTurismo;

Que, mediante el informe de vistos, la Comisión Re-gional de Concurso establece que el proceso de selec-ción se ha desarrollado regularmente, con sujeción alCronograma previamente establecido y que habiendotranscurrido el plazo que señala el artículo 5º de la Reso-lución Presidencial Nº 066-CND-P-2003, no se ha admi-tido recurso impugnatorio alguno;

Que, precitado informe establece que el ingeniero VÍC-TOR ANTONIO MEDINA MONAR, es el participante queha alcanzado el mayor puntaje en el proceso de evalua-ción, por lo que al constituirse como el Ganador del Con-curso Público, debe procederse a su Designación comoDirector Regional de la Dirección Regional de ComercioExterior y Turismo, de conformidad con los párrafos ter-cero y cuarto del numeral 5.3.4, de la Directiva Nº 001-CND-P-2003;

De conformidad con las Leyes Nºs. 27783, 27867,27879, 27902, Resoluciones Nºs. 012-CND-P-2003 y 025-CND-P-2003, y en uso de las facultades conferidas porla Ley;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DESIGNAR a partir de la fecha, al inge-niero industrial VÍCTOR ANTONIO MEDINA MONARcomo Director Regional de la Dirección Regional de Co-mercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional de Are-quipa, por haber obtenido el primer puesto y ser declara-do ganador del Concurso Público de Selección.

Artículo 2º.- Notificar la presente resolución con arre-glo a ley, a la Presidencia del Consejo de Ministros, Mi-nisterio de Comercio Exterior y Turismo, Presidencia delConsejo Nacional de Descentralización, instancias com-petentes del Gobierno Regional de Arequipa; y

Artículo 3º.- El egreso que se origine será aplicadocon cargo a la Unidad Ejecutora 003, del Pliego 443 -Gobierno Regional de Arequipa, del Presupuesto delSector Público para el Ejercicio Fiscal 2003.

Dada en la Sede Central del Gobierno Regional deArequipa, a los catorce días del mes de julio del dos miltres.

Regístrese y comuníquese.

DANIEL ERNESTO VERA BALLÓNPresidente

13706

Designan Director Regional deAgricultura

PRESIDENCIA DEL GOBIERNOREGIONAL DE AREQUIPA

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALNº 213-2003-GRA

VISTOS:

La Resolución Nº 204-2003-GRA del once de julio delpresente año; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902,establece la forma y el modo en que debe procedersepara designar a los Directores Regionales Sectoriales enlos Gobiernos Regionales;

Que, por la resolución de vistos y en mérito al informefinal de la Comisión Regional de Concurso para selec-cionar al Director Regional de Agricultura, se designó alingeniero Manuel Walter Díaz Valdivia en la citada Direc-ción;

Que, en tal razón, a efectos de otorgar de mayor via-bilidad a la Resolución Ejecutiva Regional Nº 204-2003-GRA, debe complementarse la misma dando por con-cluidas las actividades del Director Regional actualmenteen funciones;

Con las facultades que otorga la Ley Nº 27867, sumodificatoria Ley Nº 27902, así como la Directiva Nº 001-CND-P-2003;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- MODIFÍQUESE la Resolución Eje-cutiva Regional Nº 204-2003-GRA, la misma que en laparte resolutiva quedará redactada de la siguiente ma-nera:

Artículo 1º.- DAR por concluida la designación del in-geniero Percy Edilberto Acosta Monroy como Director dela Dirección Regional Agraria, a partir de la fecha de ex-pedición de la presente resolución, dándole las graciaspor los servicios prestados al Estado.

Artículo 2º.- DESIGNAR a partir de la fecha al inge-niero MANUEL WALTER DÍAZ VALDIVIA como DirectorRegional de Agricultura del Gobierno Regional de Are-quipa.

Artículo 3º.- Poner en conocimiento la presente Re-solución Ejecutiva Regional a la Presidencia del Consejode Ministros, del Ministro de Agricultura y del Presidentedel Consejo Nacional de Descentralización, así como delGerente General Regional del Gobierno Regional de Are-quipa.

Regístrese, comuníquese y archívese.

Dada en Arequipa, a los diecisiete días del mes dejulio del dos mil tres.

DANIEL ERNESTO VERA BALLÓNPresidente

13701

GOBIERNO REGIONAL

DE HUANCAVELICA

Incluyen construcción de centroeducativo y proyectos de preinversiónen el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones para el Ejercicio Fiscal2003 de la Unidad Ejecutora: 002

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALNº 312-2003-GR-HVCA/PR

Huancavelica, 14 de julio de 2003

VISTO: Proveído Nº 2053-2003/GOB.REG-HVCA/GRA, Oficio Nº 195-2003-GOB.REG-HVCA/GSRT-CH-G,sobre inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones para elEjercicio Fiscal del 2003, correspondiente a la UnidadEjecutora: 002 Gerencia Subregional de Tayacaja-Chur-campa; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 151-2003-GOB.REG-HVCA/PR de fecha 11 de abril del añoen curso, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones parael Ejercicio Presupuestal del 2003 de la Unidad Ejecuto-ra: 002 Gerencia Subregional de Tayacaja-Churcampa;

Que, el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece los procesos no contenidos en el PlanAnual deberán ser aprobados por el Titular del Pliego o lamáxima autoridad administrativa de la Entidad, segúncorresponda para su inclusión en el mismo. En conse-cuencia, la Gerencia Subregional Tayacaja-Churcampa,ha elaborado las actividades respectivas de las adquisi-ciones y contrataciones no incluidas en el Plan Anualaprobado con el Acto Resolutivo aludido en el conside-rando precedente, correspondiente a la ejecución de la

Pág. 248463NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

Obra: Construcción Centro Educativo Nº 30987 - La Mer-ced de Ccasir y Proyectos de Preinversión; por consi-guiente, es indispensable emitir el presente Acto Resolu-tivo con fines de previsión legal;

Estando a lo informado; y,Con la visación de la Gerencia General Regional,

Gerencia Regional de Infraestructura, Oficinas Regiona-les de Asesoría Jurídica y Administración;

En uso de las atribuciones conferidas por la Constitu-ción Política del Estado, Ley Nº 27783: Ley de Bases dela Descentralización, Ley Nº 27867: Ley Orgánica de losGobiernos Regionales y Ley Nº 27902: Modificatoria dela Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- INCLUIR en el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones para el Ejercicio Presupuestaldel 2003 de la Unidad Ejecutora: 002 Gerencia Subregio-nal de Tayacaja - Churcampa, aprobado con la Resolu-ción Ejecutiva Regional Nº 131-2003-GR-HVCA/PR, lasactividades de los procesos de Adquisición y Contrata-ción de Bienes y Servicios correspondiente a la ejecu-ción de la obra: Construcción Centro Educativo Nº 30987- La Merced de Ccasir y Proyectos de Preinversión, queforma parte de la presente Resolución.

Artículo 2º.- DISPONER a la Gerencia Subregionalde Tayacaja - Churcampa, efectuar la notificación con lapresente Resolución al CONSUCODE y la publicaciónconforme a Ley.

Regístrese, comuníquese y archívese.

SALVADOR C. ESPINOZA HUAROCCPresidente

13610

Aprueban Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones para el Ejercicio Fis-cal 2003 de la Unidad Ejecutora Edu-cación Huancavelica

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONALNº 000883

Huancavelica, 7 de abril de 2003

Visto el Informe Nº 009-AA-DGA-DREH-2003 de fe-cha 22 de febrero, del Área de Abastecimiento de la Ofi-cina de Administración de la Dirección Regional de Educa-ción de Huancavelica, mediante el cual remito para suaprobación el Plan de Adquisiciones y Contratacionespara el Ejercicio Fiscal 203 de la Unidad Ejecutora 300-Educación-Huancavelica.

CONSIDERANDO:

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteel Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su artículo 7ºdispone que cada entidad debe elaborar un Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones, el que se debe pre-ver los bienes y servicios que se requerirán durante elejercicio presupuestal y el monto del presupuesto reque-rido;

Que, los artículos 5º, 6º y 7º del Reglamento de la Leyacotada aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM disponen que el Plan Anual contendrá, por lomenos las Licitaciones Públicas, Adjudicaciones Direc-tas y Adjudicaciones Directas de Menor Cuantía, que serealizarán en el año fiscal 2003;

Que, en consecuencia es necesario aprobar el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones de la UnidadEjecutora 300 Educación Huancavelica, del Pliego 447del Gobierno Regional de Huancavelica, en función a losobjetivos y metas trazados para el año fiscal 2003;

Estando visado por el Jefe del Área de Abastecimien-to, Director de Gestión Administrativa, Gestión Institucio-nal y Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Edu-cación de Huancavelica; y,

De conformidad con la Ley Nº 27879 Ley de Presu-puesto del Sector Público para el año fiscal 2003, Ley Nº26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ysu Reglamento, asimismo por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM su Reglamento aprobado por el Decreto Su-premo Nº 013-2001 PCM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2003 de la Uni-dad Ejecutora 300 Educación Huancavelica, Pliego 447del Gobierno Regional Huancavelica, el mismo que enanexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- La Dirección de Administración quedaEncargada de remitir un ejemplar del Plan Anual a quese refiere la presente Resolución al Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCO-DE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y MicroEmpresa, PROMPYME.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ABEL GONZALES CASTRODirector Regional de Educación

13580

GOBIERNO REGIONAL

DE LORETO

Modifican el artículo 25º del Reglamen-to Interno del Consejo Regional, referi-do a la remuneración del Presidente yVicepresidente Regional

ORDENANZA REGIONALNº 008-CR/GRL

Iquitos, 14 de junio del 2003

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNOREGIONAL DE LORETO

POR CUANTO:

Se ha recibido el Texto de la Ordenanza Regional queModifica el Artículo 25º del Reglamento Interno del Con-sejo Regional de Loreto, en cuanto a Remuneracionesdel Presidente y Vicepresidente Regional, aprobado porel Consejo Regional de Loreto en Sesión Ordinaria defecha 14 de junio del 2003, con el texto siguiente:

ORDENANZA

Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo 25º delReglamento Interno del Consejo Regional de Loreto enlos siguientes términos:

Artículo 25º.- Remuneración del Presidente y Vicepre-sidente Regional.

El Presidente Regional percibe una remuneraciónmensual ascendente a veinte mil novecientos veinticincoy 00/100 nuevos soles (S/. 20,925.00) y el Vicepresiden-te Regional percibe una remuneración mensual ascenden-te a dieciséis mil doscientos setenta y cinco 00/100 nue-vos soles (S/. 16,275.00).

Artículo Segundo.- El nivel remunerativo fijado en elartículo anterior rige a partir del 1 de julio del 2003.

Artículo Tercero.- Encárguese a la Secretaría delConsejo Regional la publicación de la presente Ordenanzay su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Re-gional.

POR TANTO:

De conformidad con el Artículo 38º de la Ley Orgáni-ca de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por laLey Nº 27902, concordante con el inciso o) del Artículo

Pág. 248464 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

12º del Reglamento de Organización y Funciones delGobierno Regional de Loreto.

Promúlguese y publíquese.

ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUIPresidente

13551

Aprueban Programa Especial de Regula-rización y Saneamiento de las deudasdel Sector Agrario y Pesquero en laRegión Loreto

PROGRAMA ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN YSANEAMIENTO DE DEUDAS DEL SECTOR

AGRARIO Y PESQUERO EN LAREGIÓN LORETO

ORDENANZA REGIONALNº 009-CR/GRL

Iquitos, 14 de junio del 2003

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONALDE LORETO

POR CUANTO:

Se ha recibido el Texto de la Ordenanza Regional quenorma el Programa Especial de Regularización y Sanea-miento de Deudas del Sector Agrario y Pesquero en laRegión Loreto, aprobado por el Consejo Regional de Lo-reto en Sesión Ordinaria de fecha 14 de junio del 2003,con el texto siguiente:

ORDENANZA

Artículo Primero.- Apruébese el Programa Especialde Regularización y Saneamiento de las Deudas paralas personas naturales y jurídicas que desarrollen activida-des agrícolas de cultivos y/o crianzas, así como activida-des pesqueras, beneficiados con préstamos otorgadoscon recursos del Canon Petrolero.

Artículo Segundo.- Pueden acogerse a lo dispuestoen la presente Ordenanza las personas naturales y jurí-dicas, que adeuden por préstamos otorgados con recur-sos del Canon Petrolero.

Artículo Tercero.- Están consideradas en los alcan-ces de este Programa, las deudas producto de los prés-tamos otorgados con fondos del Canon Petrolero a tra-vés de las siguientes entidades:

a) Consejo Transitorio de Administración Regional deLoreto (CTAR).

b) Banco Agrario en Liquidación.c) Ministerio de Agricultura, a través de sus diversas

modalidades.d) Ex FONDEAGRO.e) BANMAT - Programa de Micro Créditos agrarios y

pesqueros.

Artículo Cuarto.- La consolidación de la deuda seráúnicamente la sumatoria del capital principal y el interésnominal, sin capitalizar, según lo pactado en cada con-trato, deducidos los pagos parciales efectuados, quedan-do extinguidos todo tipo de interés moratorio, cargos yreajustes.

Artículo Quinto.- El pago de la deuda consolidadase podrá efectuar:

a) Al contado en efectivo, en cuyo caso la deuda sereduce en un 60%.

b) En forma fraccionada, con una cuota inicial de10% y el saldo en cuotas bimensuales, en un plazomáximo de 36 meses, a una tasa de interés de 1%mensual.

c) En especies (semillas, reproductores, alevinos, plan-tones). Las semillas deberán ser de productos alimenti-cios, los reproductores serán únicamente de ganado va-cuno, bovino, caprino y porcino; los alevinos serán deespecies comestibles y los plantones de recursos fores-tales maderables o cultivos permanentes que determineel Gobierno Regional.

Mediante Reglamento se establecerá el procedimien-to para el pago y la valorización con especies.

d) Con canje a través del trabajo en reforestación delos propios deudores o por quien ellos acrediten sin queello constituya una relación laboral con el Gobierno Re-gional.

En el Reglamento se establecerá el procedimiento parael pago con trabajo.

Las alternativas c) y d) sólo se aplicarán hasta unmonto de deuda equivalente a S/. 5,000.00.

Artículo Sexto.- No serán sujetos de nuevos crédi-tos, las personas naturales o jurídicas con saldo deudorno acogidos a las facilidades otorgadas en la presenteOrdenanza.

Artículo Séptimo.- La pérdida de beneficio ocurre porel incumplimiento de tres (3) cuotas durante un año ca-lendario o cuando se incumple el compromiso de pagoen especies o aporte de mano de obra.

Artículo Octavo.- Para acogerse a cualquiera de lasmodalidades de pago considerados en el Artículo 5º dela presente Ordenanza, los interesados presentarán unasolicitud en la Gerencia Regional de Recaudación delGobierno Regional de Loreto.

Artículo Noveno.- El plazo para acogerse a la pre-sente Ordenanza vence el 30 de setiembre del 2003.

Artículo Décimo.- Mediante Decreto Regional apro-bado y suscrito por el Presidente Regional se Reglamen-tará la presente Ordenanza Regional en un plazo no mayorde 15 días.

Artículo Undécimo.- La presente Ordenanza Regio-nal entrará en vigencia al día siguiente de su promulga-ción.

POR TANTO:

De conformidad con el Artículo 38º de la Ley Orgáni-ca de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por laLey Nº 27902, concordante con el inciso o) del Artículo12º del Reglamento de Organización y Funciones delGobierno Regional de Loreto.

Promúlguese y publíquese.

ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUIPresidente

13552

Autorizan a Presidencia del GobiernoRegional a suscribir convenios parasiembra y cultivo de Tilapia a nivelexperimental

ORDENANZA REGIONALNº 010-CR/GRL

Iquitos, 14 de junio del 2003

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONALDE LORETO

POR CUANTO:

Se ha recibido el Texto de la Ordenanza Regional quenorma el Procedimiento para la Acuicultura de la Tilapiaen la Región Loreto, aprobado por el Consejo Regionalde Loreto en Sesión Ordinaria de fecha 14 de junio del2003, con el texto siguiente:

Pág. 248465NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

ORDENANZA:

Artículo Primero.- La siembra y cultivo de la Tilapiaen la Región Loreto podrá ser realizada en ambientescontrolados, previa autorización de la Dirección Regionalde la Producción del Plan de Manejo respectivo.

Artículo Segundo.- Autorícese a la Presidencia delGobierno Regional a suscribir convenios para la siembray cultivo de Tilapia, a nivel experimental, con entidadespúblicas y/o privadas.

Artículo Tercero.- Encárguese a la Secretaría delConsejo Regional la publicación de la presente Ordenan-za y su inclusión en el portal electrónico del GobiernoRegional.

POR TANTO:

De conformidad con el Artículo 38º de la Ley Orgáni-ca de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por laLey Nº 27902, concordante con el inciso o) del Artículo12º del Reglamento de Organización y Funciones delGobierno Regional de Loreto.

Promúlguese y publíquese.

ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUIPresidente

13553

Constituyen Consejo Regional de Semi-llas de Cultivos Agrícolas y Forestales

ORDENANZA REGIONALNº 012-CR/GRL

Iquitos, 14 de junio del 2003

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNOREGIONAL DE LORETO

POR CUANTO:

Se ha recibido el Texto de la Ordenanza Regional quenorma la Constitución del Consejo Regional de Semillasde Cultivos Agrícolas y Forestales, aprobado por el Con-sejo Regional de Loreto en Sesión Ordinaria de fecha 14de junio del 2003, con el texto siguiente:

ORDENANZA:

Artículo Primero.- Constitúyase el Consejo Regionalde Semillas de Cultivos Agrícolas y Forestales, la mismaque tiene por objeto unir el esfuerzo que realizan las ins-tituciones públicas y privadas, para promover las activi-dades de obtención, producción, abastecimiento y utili-zación de semillas de buena calidad en beneficio del Agro- Regional

Artículo Segundo.- Son funciones del Consejo Re-gional de Semillas las siguientes:

a. Elaborar un plan de fomento, producción, promo-ción y comercialización de Semillas de los principalescultivos regionales y especies forestales, medicinales yfrutales a nivel Regional.

b. Propiciar la identificación de plantas Madres se-milleras de las especies nativas amazónicas para queformen parte del Patrimonio Genético Regional las quese pondrán bajo la custodia de las comunidades Nati-vas, Campesinas y Ribereñas, quienes conservarán insitu y usufructuarán en su beneficio la multiplicacióndel material.

c. Propiciar la caracterización fito química y molecu-lar así como la multiplicación y la certificación de las se-millas o plantones obtenidos del Patrimonio GenéticoRegional.

d. Opinar sobre asuntos referidos a Políticas, Planes,Programas y Acciones relativas a la Investigación, Pro-ducción, Certificación y Comercialización de semilla anivel Regional.

e. Otras funciones que se requieran para el logro delobjetivo de la Comisión.

Artículo Tercero.- El Consejo Regional de Semillasestará integrado por:

1. El Gerente Regional de Desarrollo Económico delGobierno Regional de Loreto o el representante que de-signe, quien lo Presidirá.

2. Un Representante de la Dirección Regional de Agri-cultura quien actuará como secretario.

3. El Jefe Regional del Servicio Nacional de SanidadAgraria - SENASA.

4. El Director Regional del INIA5. Un Representante del IIAP6. Un Representante de la UNAP7. Un representante de los productores de semilla.

Los miembros de Consejo deberán ser preferentemen-te profesionales calificados con experiencia en el manejode recursos Amazónicos, agricultura tropical en el áreade semillas y germoplasma.

Artículo Cuarto.- La Gerencia de Desarrollo Econó-mico dentro de 45 días siguientes a la publicación de lapresente Ordenanza elaborará el Reglamento del Con-sejo Regional de Semillas.

POR TANTO:

De conformidad con el Artículo 38º de la Ley Orgáni-ca de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por laLey Nº 27902, concordante con el inciso o) del Artículo12º del Reglamento de Organización y Funciones delGobierno Regional de Loreto.

Promúlguese y publíquese.

ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUIPresidente

13554

Constituyen Comité Regional de Promo-ción de Parques Industriales de la Re-gión Loreto

ORDENANZA REGIONALNº 013-CR/GRL

Iquitos, 14 de junio del 2003

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONALDE LORETO

POR CUANTO:

Se ha recibido el Texto de la Ordenanza Regionalque norma el Procedimiento de Creación del ComitéRegional de Promoción de Parques Industriales, apro-bado por el Consejo Regional de Loreto en Sesión Or-dinaria de fecha 14 de junio del 2003, con el texto si-guiente:

ORDENANZA

Artículo Primero.- Constitúyase el Comité Regionalde Promoción de Parques Industriales de la Región Lo-reto, constituido por un representante del Gobierno Re-gional, quien lo presidirá; un representante de cada Mu-nicipio Provincial, dos representantes de la Cámara deComercio, Industria y Turismo de Loreto; un representantede las PYMES; y, un representante de los municipios Dis-tritales en los que se proyecten desarrollar parques in-dustriales.

Artículo Segundo.- Autorizar a la Presidencia delGobierno Regional, la suscripción de los convenios, conentidades públicas o privadas, encaminados a realizarlos estudios y proyectos necesarios.

Pág. 248466 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

Artículo Tercero.- La Presidencia del Gobierno Re-gional, en un plazo de 60 días, promulgará la regla-mentación de la presente Ordenanza.

POR TANTO:

De conformidad con el Artículo 38º de la Ley Orgáni-ca de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por laLey Nº 27902, concordante con el inciso o) del Artículo12º del Reglamento de Organización y Funciones delGobierno Regional de Loreto.

Promúlguese y publíquese.

ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUIPresidente

13555

GOBIERNO REGIONAL

DE TUMBES

Aprueban modificaciones del Organi-grama Estructural y del Reglamento deOrganización y Funciones del Gobier-no Regional

ORDENANZA REGIONALNº 005-2003/GOBIERNO REGIONAL-CR-P

EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONALSIGUIENTE:

CONSIDERANDO:

Que, por mandato constitucional, Ley de ReformaConstitucional Nº 27680, se dispone crear los GobiernosRegionales, los que se crean en virtud a lo dispuesto porla Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,modificada por la Ley Nº 27902, que establece en su Art.38º que el Consejo Regional como órgano normativo deGobierno Regional, tiene la atribución de aprobar la Or-ganización del Gobierno Regional a través de Ordenan-zas Regionales;

Que, según Ordenanza Regional Nº 003-2003-GR-Tumbes, de fecha 2 de abril 2003, se aprueba el Organi-grama Estructural del Gobierno Regional Tumbes, a efectode dar inicio a las funciones y atribuciones que establecela ley;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 144-2003-REGIÓN TUMBES, del 4 de junio 2003, se planteóla modificación del Organigrama Estructural del Gobier-no Regional Tumbes, que se refiere en el considerandoprecedente; suprimiéndose, cambiándose de denomina-ción e incorporando órganos estructurales; con la finali-dad de brindar un mejor ordenamiento y funcionalidad alGobierno Regional;

Por lo que en ejercicio de las atribuciones conferidaspor el Art. 37º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánicadel Gobierno Regional y en atención a lo aprobado por elConsejo Regional de Tumbes;

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

Artículo Primero.- APROBAR, la modificación del Or-ganigrama Estructural del Gobierno Regional de Tumbes,aprobado el 2 de abril 2003, en lo que se refiere a losiguiente:

SUPRIMIR

- Oficina Regional de Asesoría Técnica- Oficina Regional de Informática y Estadística

- Oficina Regional de Estudios e Investigaciones- Oficina de Contabilidad y Tesorería- Subgerencia de Obras, Supervisión y Liquidación

CAMBIO DE DENOMINACIÓN

GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓ-MICO

- Subgerencia de Alianzas Estratégicas del SectorPrivado por Subgerencia de Producción

- Subgerencia de Alianzas Estratégicas del SectorPúblico por Subgerencia de Turismo, Comercio yServicios.

GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL

- Subgerencia de Desarrollo Humano por Subgeren-cia de Promoción del Desarrollo Humano.

OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN

- Oficina de Logística por Oficina de Abastecimien-tos

OFICINA REGIONAL DE CONTROL INTERNO POROFICINA REGIONAL DE AUDITORÍA INTERNA

INCORPORAR

GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO,PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITO-RIAL

- Subgerencia de Desarrollo Institucional- Subgerencia de Promoción e Inversiones

GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA

- Subgerencia de Obras- Subgerencia de Supervisión, Liquidación y Transfe-

rencia de Obras

OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN

- Oficina de Contabilidad- Oficina de Tesorería- Oficina de Soporte Informático

ARCHIVO REGIONAL (Órgano Desconcentrado)

El mismo que obra como anexo y es parte integral dela presente Ordenanza Regional.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaría delConsejo Regional, la publicación de la presente Orde-nanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, dispo-niéndose su inclusión en el portal electrónico del Gobier-no Regional.

Comuníquese a la señora Presidenta del Gobierno Re-gional de Tumbes para su promulgación.

En Tumbes a los cinco días del mes de junio del dosmil tres.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional deTumbes a los cinco días del mes de junio del dos miltres.

ROSA IRIS MEDINA FEIJÓOPresidente Regional

Pág. 248467NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

13590

DIRECCIONES SECTORIALES REGIONALES

EMPRESAS REGIONALES

PROYECTOS REGIONALES

ARCHIVO REGIONAL

|

Gerencia General Regional

VICEPRESIDENCIA

CONSEJO REGIONAL

PRESIDENCIA REGIONAL

Oficina Regional de Asesoría Jurídica

GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO

GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL

GERENCIA REG. DE RECURSOS NAT. Y GEST.

DEL MEDIO AMB.

GERENCIA REGIONAL DEINFRAESTRUCTURA

Subgerenciade Obras

Subgerencia de Supervisión, Liquidación y Transferencias de

Obras

Subgerencia de Estudios Subgerencia de Producción

Subgerencia deTurismo, Comercio

y Servicios

Subgerencia de Promoción del Desar.

Humano

Subgerencia de Asuntos Sociales

Subgerencia de Recursos Naturales

Subgerencia de Medio Ambiente y Defensa Civil

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES

Consejo de Coordinación Regional

Secretaría del Consejo Regional

Procuraduría Pública Regional

Oficina Regional de Auditoría Interna

Oficina de Comunicaciones

Gerencia Regional de Planeamiento Ppto. y

Acondc. Territ.

Secretaría General Regional

Oficina de Contabilidad

Oficina de Soporte Informático

Subgerencia deDesarrollo Institucional

Oficina de Tesorería

Oficina de Abastecimiento

Oficina Regional de AdministraciónOficina de Recursos

Humanos

Subgerencia de Acondicionamiento Territ.

Subgerencia de Programación e

Inversiones

Subgerencia de Planeamiento Estratégico

Subgerencia de Presupuesto

Oficina de Coop. Técnica y Coord. Fondo Binac.

Pág. 248468 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

ORDENANZA REGIONALNº 006-2003/GOBIERNO REGIONAL-CR-P

EL CONSEJO REGIONAL DE TUMBES

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONALSIGUIENTE:

CONSIDERANDO:

Que, por mandato constitucional, Ley de ReformaConstitucional Nº 27680, se dispone crear los GobiernosRegionales, los que se crean en virtud a lo dispuesto porla Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,modificada por la Ley Nº 27902, que establece en su Art.38º que el Consejo Regional como órgano normativo deGobierno Regional, tiene la atribución de aprobar la Or-ganización del Gobierno Regional a través de OrdenanzasRegionales;

Que, por Ordenanza Regional Nº 003-2003-GR-Tum-bes, de fecha 2 de abril 2003, se aprueba el Organigra-ma Estructural del Gobierno Regional Tumbes, modificadopor la Ordenanza Regional Nº 005-2003-GR-TUMBES,de fecha 5 de junio 2003, con la finalidad de brindar unmejor ordenamiento y funcionalidad al Gobierno Regio-nal;

Que, las modificaciones introducidas al OrganigramaEstructural del Gobierno Regional Tumbes, ha conllevadoque el Reglamento de Organización y Funciones (ROF),del Gobierno Regional Tumbes, aprobado por OrdenanzaRegional Nº 004-2003-GR-TUMBES, de fecha 19 de mayo2003, varíe en parte su contenido, siendo necesario lamodificación del documento de gestión para el normal fun-cionamiento y cumplimiento de las políticas regionales einstitucionales del Gobierno Regional Tumbes;

Que, tal como lo establece la Ley Nº 27867 - LeyOrgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria LeyNº 27902, en su Art. 15º inciso a) es atribución del Con-sejo Regional aprobar, modificar o derogar normas queregulen o reglamenten asuntos y materias de competen-cia y funciones del Gobierno Regional Tumbes;

Estando al mérito de lo expuesto y en ejercicio delas atribuciones conferidas por el Art. 37º inciso a) dela Ley Nº 27867, Ley Orgánica del Gobierno Regionaly en atención a lo aprobado por el Consejo Regionalde Tumbes;

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

Artículo Primero.- APROBAR, la modificación delReglamento de Organización y Funciones (ROF), delGobierno Regional Tumbes, el mismo que consta de diez(10) Títulos, nueve (9) Capítulos y setenta y cinco (75)Artículos y un (1) Anexo, el mismo que es parte integralde la presente Ordenanza Regional.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaría delConsejo Regional, la publicación de la presente Ordenan-za Regional en el Diario Oficial El Peruano, disponiéndo-se su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Re-gional Tumbes.

Comuníquese a la señora Presidenta del GobiernoRegional de Tumbes para su promulgación.

En Tumbes a los seis días del mes de junio del dosmil tres.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional deTumbes a los seis días del mes de junio del dos miltres.

ROSA IRIS MEDINA FEIJÓOPresidente Regional

13591

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA

Aprueban Reglamento del Procedimien-to y Beneficios para la Formalizacióndel Comercio Informal en Campos, Lo-cales y Mercados Feriales en la ZonaOeste del Cercado de Lima

DECRETO DE ALCALDÍANº 145

Lima, 15 de julio de 2003

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política delPerú, modificado por la Ley Nº 27680, entre otras esta-blece que las Municipalidades son agentes de desarrollode sus pueblos y como Órganos de Gobierno Local tie-nen autonomía política, económica y administrativa enlos asuntos de su competencia;

Que, de conformidad a lo establecido en la Ley Orgá-nica de Municipalidades Nº 27972 Art. 73º Incs. 4.1, 4.2,4.3, y Arts. 86º y 161º Inc. 2.3, es función de la municipa-lidad promover el desarrollo económico local fomentan-do la inversión privada en proyectos de interés local,promoviendo la generación de empleo y el desarrollo dela micro y pequeña empresa urbana, creando mayoresmercados generando polos de desarrollo económico ymejores oportunidades de trabajo;

Que, asimismo en sus Arts. VI y X del Título Prelimi-nar y Art. 79º Inc. 1.2 de la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº 27972, establece entre otros, que es funciónde la municipalidad la organización del espacio físico yuso del suelo planificando el desarrollo de suscircunscripciones, aprobando planes y promoviendo pro-yectos que contribuyan al desarrollo económico local,emitiendo normas orientadas a crear las condicionesnecesarias para el desarrollo integral, propiciando lasmejores condiciones de vida de su población.

Que, el artículo 147º de la Ordenanza Nº 062 - "Regla-mento de la Administración del Centro Histórico de Lima",indica textualmente que: "Los agrupamientos de comer-ciantes ubicados en vías públicas que voluntariamentese acojan a los proyectos de reubicación que la Munici-palidad Metropolitana de Lima desarrolle, quedan tem-poralmente exonerados de los pagos correspondientes asus nuevas ubicaciones, pudiendo también acogerse alas exoneraciones tributarias especiales y transitorias quela Municipalidad pueda gestionar para ellos";

Que, mediante Ordenanza Nº 201 - "Plan MaestroCentro Histórico de Lima" se declaró de preferente yprioritario interés local el área de tratamiento de la ZonaOeste del Cercado de Lima, priorizándose la ejecuciónde programas de renovación urbana, que deben com-prender proyectos de desarrollo comercial productivo, yde vivienda con fines de reconversión de los usos delsuelo, revalorización de las actividades comerciales,generación de empleo, y vivienda, reduciendo la concen-tración comercial del Centro Histórico, alentando sudescentralización y la constitución de nuevos ejes co-merciales alternativos;

Que, la revalorización de las actividades comercia-les pasa necesariamente por la Formalización del Co-mercio Informal, siendo imprescindible orientar la ges-tión de la Municipalidad en este sentido, promoviendoasimismo la participación y la concertación del sectorpúblico y privado;

Que, mediante la Ordenanza Nº 513 - "Procedimientoy Beneficios para la Formalización del comercio informalen Campos, Locales y Mercados Feriales en la ZonaOeste del Cercado de Lima", se establecen los lineamien-

Pág. 248469NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

tos para incorporar a los comerciantes informales a laformalización, definiendo los incentivos y beneficios queotorga la Municipalidad a fin de culminar con la Forma-lización;

Que, la Formalización implica el acceso a nuevosmercados, prosperidad económica y mejoras en la cali-dad de vida para los comerciantes, substancialmente ensu ámbito personal y laboral, elevando su autoestima yaprobación social. Para la sociedad en general, la forma-lización contribuye a la generación de empleos sujetos amejores condiciones y derechos laborales, la revaloriza-ción del suelo, mejoramiento del entorno urbano, dismi-nución del contrabando y las adulteraciones, definiciónadecuada de las áreas comerciales urbanas, seguridadentre otros y, con relación al comercio formal, la formali-zación implica la generación de reglas claras de compe-tencia comercial y la revalorización del entorno comer-cial que ocupan, entre otros beneficios adicionales;

Estando a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades, se aprobó el siguiente;

DECRETO:

Artículo Primero.- Apruébase el Reglamento del Pro-cedimiento y Beneficios para la Formalización del Co-mercio Informal en Campos, Locales y Mercados Feria-les en la Zona Oeste del Cercado de Lima, que compren-de 5 Capítulos, 25 Artículos y 4 Disposiciones Comple-mentarias.

Artículo Segundo.- Encárguese a la Dirección Mu-nicipal de Comercialización y Defensa al Consumidorla implementación y ejecución del presente Reglamentoen coordinación con las áreas intervinientes en esteproceso.

Artículo Tercero.- La Dirección Municipal de Desa-rrollo Urbano, simplificará y agilizará los procedimientosadministrativos correspondientes a los trámites que ge-neren el Proceso de Formalización.

Artículo Cuarto.- La Dirección Municipal Adminis-trativa, proporcionará los recursos necesarios para elcumplimiento del presente Decreto.

Artículo Quinto.- El Reglamento que por el presen-te Decreto se aprueba entrará en vigencia a partir deldía siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

LUIS CASTAÑEDA LOSSIOAlcalde de Lima

13564

MUNICIPALIDAD DE

CARABAYLLO

Inician proceso administrativo discipli-nario a ex funcionarios de la municipa-lidad

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 0721-2003-A/MDC

Carabayllo, 16 de julio del 2003

VISTOS:

El Informe Legal Nº 178-2003-DAJ/MDC, la Nota deAlcaldía Nº 061-2003-A/MDC y el Informe Nº 001-2003-CEPAD-R. A. Nº 0557-2003-A/MDC, y;

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son Órganos de GobiernoLocal, con personería jurídica de Derecho Público y tie-nen autonomía política, económica y administrativa enlos asuntos de su competencia, de conformidad con loestablecido en el Art. 194º de la Constitución Política del

Perú, modificado por Ley Nº 27680; y concordante con lodispuesto en la parte pertinente de la Ley Orgánica deMunicipalidades;

Que, el Director Municipal y los Directores de servi-cios son funcionarios de confianza; y los funcionarios yservidores de las Municipalidades, son servidores pú-blicos sujetos exclusivamente al régimen laboral de laactividad pública y tienen los mismos deberes y dere-chos de los de Gobierno Central de la categoríacorrespondiente, tal como se dispone en la Ley Orgáni-ca de Municipalidades;

Que, de acuerdo a lo establecido en el segundo pá-rrafo del artículo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa, donde se indica, "Para el proceso de fun-cionarios se constituirá una Comisión Especial integradapor tres (3) miembros acorde con la jerarquía del proce-sado. Esta Comisión tendrá las mismas facultades y ob-servará similar procedimiento que la Comisión Perma-nente de Procesos Administrativos Disciplinarios";

Que, según el Informe Legal Nº 178-2003-DAJ/MDC,con Resolución de Alcaldía Nº 492-2002 de fecha 30 dediciembre del 2002, se designó entre otros, a los ex fun-cionarios señores EUSEBIO ZENÓN ROMERO CALLE -ex Director Municipal, señor ALBERTO MERCEDESMANCHEGO - Funcionario Saliente, señor CÉSAR LEÓNPOLO - Funcionario Saliente; encargados del Procesode Transferencia y Entrega de Cargo; conforme a lo esta-blecido en el Artículo 4.3 de la Ley Nº 26997 - Ley de lasComisiones de Transferencia de la Administración Muni-cipal; el plazo máximo para la Ejecución del Proceso deTransferencia vence un día antes de la juramentación delcargo del nuevo Concejo electo. Es el caso que, en lafecha en que se instaló el nuevo Gobierno Edil electo, losmiembros designados por la Administración saliente, nocumplieron con efectuar formal ni informalmente LATRANSFERENCIA Y LA ENTREGA DEL CARGO; incu-rriendo en Falta Grave Administrativa establecida en elartículo 239º inc. 9 de la Ley Nº 27444 - Ley del ProcesoAdministrativo General, concordante con el Decreto Le-gislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administra-tiva;

Que, en Sesión de fecha 20 de junio de 2003, la Comi-sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinariosluego de analizar, debatir y deliberar respecto a todo loactuado, considera que atendiendo a lo expuesto y a lasimputaciones señaladas en los informes respectivos, sepronuncia POR UNANIMIDAD a que se instaure ProcesoAdministrativo Disciplinario, en contra de los ex Funcio-narios señor EUSEBIO ZENÓN ROMERO CALLE - exDirector Municipal, señor ALBERTO MERCEDES MAN-CHEGO - Funcionario Saliente, señor CÉSAR LEÓNPOLO- Funcionario Saliente; recomendando que se emi-ta la correspondiente Resolución de Alcaldía instauran-do el Proceso Administrativo Disciplinario, autorizando ala Comisión Especial de Procesos Administrativos Disci-plinarios la prosecución del mismo;

Estando a lo expuesto en el Informe Legal Nº 178-2003-DAJ/MDC, la Nota de Alcaldía Nº 061-2003-A/MDCy el Informe Nº 001-2003-CEPAD-R. A. Nº 0557-2003-MDC; en uso de las facultades y atribuciones conferidaspor la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO ADMI-NISTRATIVO DISCIPLINARIO en contra de los ex Fun-cionarios señores EUSEBIO ZENÓN ROMERO CALLE -ex Director Municipal, señor ALBERTO MERCEDESMANCHEGO - Funcionario Saliente, señor CÉSAR LEÓNPOLO - Funcionario Saliente, por los hechos expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Comisión Es-pecial de Procesos Administrativos Disciplinarios el ini-cio del Proceso Administrativo Disciplinario, el mismo quedeberá concluir dentro del plazo previsto en la Ley deBases de la Carrera Administrativa y su Reglamento;debiendo cumplir con cautelar los Principios del DebidoProceso y del Derecho a la Defensa que la ConstituciónPolítica del Estado y la Ley reservan para estos casos.

Artículo Tercero.- NOTIFICAR oportunamente el con-tenido de la presente Resolución de Alcaldía a cada uno

Pág. 248470 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

de los ex Funcionarios comprendidos en el presente Pro-ceso, así como a cada uno de los miembros de la Comi-sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios.

Regístrese, comuníquese y archívese.

MIGUEL A. RÍOS ZARZOSAAlcalde

13574

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 0722-2003-A/MDC

Carabayllo, 16 de julio del 2003

VISTOS:

El Informe Legal Nº 193-2003-DAJ/MDC, la Nota deAlcaldía Nº 069-2003-A/MDC y el Informe Nº 001-2003-CEPAD-R.A. Nº 0559-2003-A/MDC, y;

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son Órganos de GobiernoLocal, con personería jurídica de Derecho Público y tie-nen autonomía política, económica y administrativa enlos asuntos de su competencia, de conformidad con loestablecido en el Art. 194º de la Constitución Política delPerú, modificado por Ley Nº 27680; y concordante con lodispuesto en la parte pertinente de la Ley Orgánica deMunicipalidades;

Que, el Director Municipal y los Directores de servi-cios son funcionarios de confianza; y los funcionarios yservidores de las Municipalidades, son servidores públi-cos sujetos exclusivamente al régimen laboral de la acti-vidad pública y tienen los mismos deberes y derechos delos de Gobierno Central de la categoría correspondiente,tal como se dispone en la Ley Orgánica de Municipalida-des;

Que, de acuerdo a lo establecido en el segundo pá-rrafo del Artículo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa, donde se indica, "Para el proceso de fun-cionarios se constituirá una Comisión Especial integradapor tres (3) miembros acorde con la jerarquía del proce-sado. Esta Comisión tendrá las mismas facultades y ob-servará similar procedimiento que la Comisión Perma-nente de Procesos Administrativos Disciplinarios";

Que, según el Informe Legal Nº 193-2003-DAJ/MDC,Informe Jurídico Nº 041-2003-DAJ-MDC, se determinaque en el Proceso de Aceptación de Donación deMateriales de Construcción realizada por la EmpresaFirth Industries Perú S.A.; se presume la Comisión deFalta Grave Administrativa de los ex Funcionarios quehan intervenido en el procedimiento de la Recepción,Conservación y Cautela de Materiales de ConstrucciónDonados por la citada Empresa, actuando con negligen-cia grave y manifiesta al no cautelar la existencia de losbienes donados, al señor EUSEBIO ZENÓN ROMEROCALLE- ex Director Municipal, señor CÉSAR VLADIMIRLEÓN POLO - ex Director de Administración y Finan-zas; señor EDUARDO MARTÍN HORNA MARILUZ - exJefe de la Unidad de Logística, señor JUAN LEÓN MON-ZÓN - ex Jefe de Almacén; a quienes les alcanza laresponsabilidad administrativa, incurriendo en Falta Gra-ve Administrativa establecida en la Ley Nº 27444 - Leydel Procedimiento Administrativo General, concordantecon el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de laCarrera Administrativa;

Que, en Sesión de fecha 23 de junio de 2003, la Comi-sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinariosluego de analizar, debatir y deliberar respecto a todo loactuado, considera que atendiendo a lo expuesto y a lasimputaciones señaladas en los informes respectivos, sepronuncia POR UNANIMIDAD a que se instaure ProcesoAdministrativo Disciplinario, en contra de los ex Funcio-narios señor EUSEBIO ZENÓN ROMERO CALLE - exDirector Municipal, señor CÉSAR VLADIMIR LEÓN POLO- ex Director de Administración y Finanzas; señor EDUAR-DO MARTÍN HORNA MARILUZ - ex Jefe de la Unidad de

Logística, señor JUAN LEÓN MONZÓN - ex Jefe de Al-macén; recomendando que se emita la correspondienteResolución de Alcaldía instaurando el Proceso Adminis-trativo Disciplinario, autorizando a la Comisión Especialde Procesos Administrativos Disciplinarios la prosecucióndel mismo.

Estando a lo expuesto en el Informe Legal Nº 193-2003-DAJ/MDC, la Nota de Alcaldía Nº 069-2003-A/MDCy el Informe Nº 001-2003-CEPAD-R.A. Nº 0559-2003-A/MDC; en uso de las facultades y atribuciones conferidaspor la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO ADMI-NISTRATIVO DISCIPLINARIO en contra de los ex Fun-cionarios señor EUSEBIO ZENÓN ROMERO CALLE -ex Director Municipal, señor CÉSAR VLADIMIR LEÓNPOLO - ex Director de Administración y Finanzas; señorEDUARDO MARTÍN HORNA MARILUZ - ex Jefe de laUnidad de Logística, señor JUAN LEÓN MONZÓN - exJefe de Almacén; por los hechos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Comisión Es-pecial de Procesos Administrativos Disciplinarios el ini-cio del Proceso Administrativo Disciplinario, el mismoque deberá concluir dentro del plazo previsto en la Leyde Bases de la Carrera Administrativa y su Reglamen-to; debiendo cumplir con cautelar los Principios delDebido Proceso y del Derecho a la Defensa que laConstitución Política del Estado y la Ley reservan paraestos casos.

Artículo Tercero.- NOTIFICAR oportunamente el con-tenido de la presente Resolución de Alcaldía a cada unode los ex Funcionarios comprendidos en el presente Pro-ceso, así como a cada uno de los miembros de la Comi-sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios.

Regístrese, comuníquese y archívese.

MIGUEL A. RÍOS ZARZOSAAlcalde

13575

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 0724-2003-A/MDC

Carabayllo, 16 de julio del 2003

VISTOS:

El Informe Legal Nº 179-2003-DAJ/MDC, la Nota deAlcaldía Nº 062-2003-A/MDC y el Informe Nº 001-2003-CEPAD-R.A. Nº 0560-2003-A/MDC, y;

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son Órganos de GobiernoLocal, con personería jurídica de Derecho Público y tie-nen autonomía política, económica y administrativa enlos asuntos de su competencia, de conformidad con loestablecido en el Art. 194º de la Constitución Política delPerú, modificado por Ley Nº 27680; y concordante con lodispuesto en la parte pertinente de la Ley Orgánica deMunicipalidades;

Que, el Director Municipal y los Directores de servi-cios son funcionarios de confianza; y los funcionarios yservidores de las Municipalidades, son servidores pú-blicos sujetos exclusivamente al régimen laboral de laactividad pública y tienen los mismos deberes y dere-chos de los de Gobierno Central de la categoríacorrespondiente, tal como se dispone en la Ley Orgáni-ca de Municipalidades;

Que, de acuerdo a lo establecido en el segundo pá-rrafo del artículo 165º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa, donde se indica, "Para el proceso de fun-cionarios se constituirá una Comisión Especial integradapor tres (3) miembros acorde con la jerarquía del proce-sado. Esta Comisión tendrá las mismas facultades y ob-

Pág. 248471NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

servará similar procedimiento que la Comisión Perma-nente de Procesos Administrativos Disciplinarios";

Que, según el Informe Legal Nº 179-2003-DAJ/MDC,el personal encargado de revisar los libros de la Unidadde los Registros Civiles, según Informes Nº 001-2003-MDC, Nº 002-2003-DRR.CC- DSC-MDC y Nº 017-2003-DSC/MD, reportan el hallazgo de diversas partidas denacimiento y de matrimonio adulteradas, cercenadas,mutiladas y/o extraviadas; también se menciona quemuchos de estos documentos fueron suplantados, so-brepegados y cambiados por partidas de nacimiento omatrimonios fraguadas; lo cual afecta la identidad delos ciudadanos que inscribieron sus actos en forma vá-lida, atribuyendo de esta manera a favor de tercerosestados civiles que no le corresponden. El Funcionarioa cargo de la Unidad de los Registros Civiles de la épo-ca era el señor MIGUEL ÁNGEL CASTAÑEDA NAVA-RRETE, Funcionario de Confianza, siendo el inmediatosuperior por orden de línea el señor MARCO ANTONIOREVES GARAY - ex Director de Servicios Corporativos,así como también el señor EUSEBIO ZENÓN ROME-RO CALLE - ex Director Municipal; a quienes les alcan-za la responsabilidad administrativa por inercia y faltade control, incurriendo en Falta Grave Administrativaestablecida en la Ley Nº 27444 - Ley del ProcedimientoAdministrativo General, concordante con el Decreto Le-gislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Adminis-trativa;

Que, en Sesión de fecha 24 de junio de 2003, la Comi-sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinariosluego de analizar, debatir y deliberar respecto a todo loactuado, considera que atendiendo a lo expuesto y a lasimputaciones señaladas en los informes respectivos, sepronuncia POR UNANIMIDAD a que se instaure ProcesoAdministrativo Disciplinario, en contra de los ex Funcio-narios, señor MIGUEL ÁNGEL CASTAÑEDA NAVARRE-TE - ex Jefe de la Unidad de los Registros Civiles, señorMARCO ANTONIO REVES GARAY - ex Director de Ser-vicios Corporativos, señor EUSEBIO ZENÓN ROMEROCALLE - ex Director Municipal; recomendando que seemita la correspondiente Resolución de Alcaldía instau-rando el Proceso Administrativo Disciplinario, autorizan-do a la Comisión Especial de Procesos AdministrativosDisciplinarios la prosecución del mismo;

Estando a lo expuesto en el Informe Legal Nº 179-2003-DAJ/MDC, la Nota de Alcaldía Nº 062-2003-A/MDCy el Informe Nº 001-2003-CEPAD-R.A. Nº 0560-2003-A/MDC; en uso de las facultades y atribuciones conferidaspor la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO ADMI-NISTRATIVO DISCIPLINARIO en contra de los ex Fun-cionarios señor MIGUEL ÁNGEL CASTAÑEDA NAVA-RRETE - ex Jefe de la Unidad de los Registros Civiles,señor MARCO ANTONIO REVES GARAY - ex Directorde Servicios Corporativos, señor EUSEBIO ZENÓN RO-MERO CALLE ex Director Municipal; por los hechos ex-puestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Comisión Es-pecial de Procesos Administrativos Disciplinarios el ini-cio del Proceso Administrativo Disciplinario, el mismoque deberá concluir dentro del plazo previsto en la Leyde Bases de la Carrera Administrativa y su Reglamen-to; debiendo cumplir con cautelar los Principios delDebido Proceso y del Derecho a la Defensa que laConstitución Política del Estado y la Ley reservan paraestos casos.

Artículo Tercero.- NOTIFICAR oportunamente el con-tenido de la presente Resolución de Alcaldía a cada unode los ex Funcionarios comprendidos en el presente Pro-ceso, así como a cada uno de los miembros de la Comi-sión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios.

Regístrese, comuníquese y archívese.

MIGUEL A. RÍOS ZARZOSAAlcalde

13576

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS

Modifican el Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones de la municipali-dad del año 2003

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 0426-2003

Los Olivos, 2 de julio del 2003

VISTOS: Los Informes Nº 123-2003-MDLO/DA/ULSGde la Unidad de Logística y Servicios Generales de fecha25 de junio del 2003, Informe Nº 58-2003-MDLO/DA dela Oficina de Administración del 26 de junio del 2003,Informe Nº 74-2003-MDLO/OPPRE de la Oficina de Pla-nificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística defecha 25 de junio del 2003 e Informe Nº 345-2003-MDLO/OAL de la Oficina de Asesoría Legal del 25 de junio del2003; y demás documentos que conforman el presenteexpediente;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 003-2003 de fecha 13de enero del 2003, fue aprobado el Plan Anual de Adqui-siciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital deLos Olivos en cumplimiento del Art. 7º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM;

Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones,según los grupos consolidados de bienes y servicios,propuesto para el año 2003, se encuentra ajustado a laasignación presupuestal conforme al Presupuesto Institu-cional de Apertura de la Municipalidad Distrital de LosOlivos para el ejercicio del año 2003, aprobado con Acuer-do de Concejo Nº 127 de fecha 15 de setiembre del 2002;

Que, el artículo 7º del Reglamento de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones aprobado con Decreto Su-premo Nº 013-2001-PCM establece que el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones podrá ser modificado deconformidad con la asignación presupuestal o en casode reprogramación de metas propuestas;

Que, el artículo 8º del mismo Reglamento dispone quelas Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudica-ciones Directas no contenidas en el Plan Anual deberánser incluidas por el Titular del Pliego o la máxima autori-dad administrativa de la Entidad, según corresponda, parasu inclusión en el mismo, lo cual deberá informarse alCONSUCODE dentro de los diez (10) días hábiles siguien-tes a dicha Resolución; a su vez, las inclusiones y exclu-siones de los procesos de selección serán comunicadasa la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microem-presa - PROMPYME dentro del mismo plazo, dando cuen-ta al CONSUCODE;

Estando en ejercicio de las atribuciones conferidaspor el artículo 20º, inciso 6 de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972 y al Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- EXCLUIR del Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones los procesos de bienes yservicios de la Municipalidad Distrital de Los Olivos co-rrespondiente al año 2003, siguientes:

1. Adquisición de computadoras e impresoras.2. Adquisición de piezas para repotenciación de los

equipos de cómputo y adquisición de data show.

Artículo Segundo.- INCLUIR en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones del año 2003 de la Muni-cipalidad Distrital de Los Olivos, los procesos de selec-ción siguientes:

1. Adquisición de equipo Handys y Seguridad Elec-trónica.

2. Adquisición de materiales para la construcción deambientes (sala de imágenes del "Hospital de la Madre").

Pág. 248472 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

3. Contratación de un consultor para la elaboracióndel expediente técnico Construcción de ambientes (sa-las de imagen) del "Hospital de la Madre".

4. Adquisición de equipos para el servicio de lavado yengrase de la flota vehicular de la Municipalidad Distritalde Los Olivos.

5. Adquisición de servidores para la Unidad de Infor-mática.

6. Adquisición de equipos de cómputo firewall y router.7. Adquisición del equipo informático cluster.8. Adquisición de computadoras, Adquisición de im-

presoras láser.9. Adquisición de licencia de software.10. Contratación de un consultor para la elaboración

del proyecto Palacio de la Juventud.

Artículo Tercero.- MODIFICAR el Valor Referencialde los procesos de bienes y servicios de la Municipali-dad Distrital de Los Olivos en los siguientes Procesos:

1. Equipamiento del Hospital de la Madre.2. Adquisición de camionetas de seguridad ciudadana.

Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Ad-ministración y la Unidad de Logística y Servicios Gene-rales cumplan con publicar lo dispuesto en la presenteResolución y remitirla conjuntamente con sus anexos alCONSUCODE, PROMPYME y Contraloría General de laRepública.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

FELIPE B. CASTILLO ALFAROAlcalde

13657

MUNICIPALIDAD DE LURÍN

Declaran en situación de urgencia laadquisición de productos para elPrograma Distrital del Vaso de Leche

ACUERDO DE CONCEJONº 066-2003/ML

Lurín, 4 de julio de 2003

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LURÍN

POR CUANTO:

Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fe-cha 4 de julio de 2003, bajo la presencia del señorAlcalde, José Luis Ayllón Miní, y con la asistencia delos señores Regidores: Sr. José Arakaki Nakamine,Sr. Rafael Romero Dreyfus, Sra. Elsa Andrade Vilca,Sra. Leonor Casimiro Reyes, Sr. Jorge Laviña Pérezy Sr. Carlos Cuadros Solís; se trató sobre declara-ción de Situación de Urgencia para la adquisición deproductos para el Programa Distrital del Vaso de Le-che; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Unidad de Abastecimiento, a través del Infor-me Nº 127-2003-UAMB-DAG/ML comunica que, habien-do sido declarada desierta la Licitación Pública Nº 01-2003 - Primera Convocatoria sobre la adquisición de pro-ductos para el Programa del Vaso de Leche; por lo quesolicita se declare la prórroga de la Situación de Urgen-cia para la Adquisición de Productos del Programa Vasode Leche, por el período de 60 días a partir del 10 dejulio, de conformidad con el artículo 21º del D.S. 012-2001-PCM - TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado y su reglamento aprobado con D.S.Nº 013-2001-PCM;

Que, el Informe Nº 25-2003-DA/MDL de la Oficina deAdministración General corrobora lo expresado por laUnidad de Abastecimiento, refiriendo que la declaraciónde Situación de Urgencia, permitirá realizar la adquisi-

ción de menor cuantía mientras dure el proceso de Lici-tación Pública;

Que, mediante Informe Nº 223-2003-OAJ/ML la Ofici-na de Asesoría Legal precisa que, estando a lascircunstancias expuestas en los informes que anteceden,deviene procedente declarar la Situación de Urgencia parala adquisición de productos para el Programa Distrital delVaso de Leche, así contemplado en los artículos 19º y25º del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, siendo aplicable también en este caso los alcan-ces de los artículos 105º, 115º y 116º del Reglamentoaprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, medida legal a to-marse mientras dure el proceso de Licitación Pública parala adquisición de los productos; pudiendo procederse aun proceso de Adjudicación de Menor Cuantía previoAcuerdo de Concejo;

De conformidad con los Arts. 9º y 41º de la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Arts. 19º, Inc.c), 20º y 21º del Texto Único de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM; así como Arts. 105º, 115º y 116º del Regla-mento aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM; con el VotoUnánime de los señores Regidores, y con la dispensa dela lectura y aprobación del acta;

SE ACUERDA:

Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Ur-gencia la adquisición de productos para el Programa Dis-trital del Vaso de Leche, por la causal invocada en la par-te considerativa de esta disposición, por un período dehasta 60 días calendario contados a partir del 10 de juliodel 2003.

Artículo Segundo.- EXONERAR del proceso de se-lección respectivo, la adquisición de productos para elPrograma Distrital del Vaso de Leche, procediéndose ala Adjudicación de Menor Cuantía, conforme al siguientedetalle:

a) Descripción del producto a adquirir: Hasta 402,440unidades de leche fresca pasteurizada en envase tiposachet's.

Valor referencial: S/. 160,184.80 (CIENTO SESENTAMIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO Y 80/100 NUEVOSSOLES).

Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Con-traloría General de la República el presente Acuerdo con-forme lo dispone el Art. 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM -Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS AYLLÓN MINÍAlcalde

13584

MUNICIPALIDAD DE

SAN MARTÍN DE PORRES

Exoneran de los derechos de pago porconcepto de grupo sanguíneo a los dis-capacitados del distrito

ORDENANZA Nº 047-MDSMP

San Martín de Porres, 19 de junio del 2003

EL ALCALDE DISTRITAL DE SANMARTÍN DE PORRES

POR CUANTO:

El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en Se-sión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de junio del 2003,el pedido de la Regidora Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, sobre

Pág. 248473NORMAS LEGALESLima, sábado 19 de julio de 2003

exoneración del derecho de pago por concepto de GrupoSanguíneo, a los recurrentes que evidencian discapaci-dad y que residan en el distrito de San Martín de Porres;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el pedido presentado por la RegidoraHilda Ferrer Ramírez, que solicita que el Concejo exone-re del derecho de pago por concepto del grupo sanguí-neo a los discapacitados del distrito, durante el mes dejulio del 2003;

Que, las Municipalidades son órganos de GobiernoLocal, que gozan de autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia, lo cualestá amparado en el Art. 191º de la Constitución Políticadel Perú concordante con el Art. II de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972;

Que, de acuerdo al Art. 9º inciso 9) de la Ley Orgáni-ca de Municipalidades Nº 27972, son atribuciones delConcejo Municipal exonerar de los derechos cobradospor las Municipalidades por servicios prestados a losvecinos de la circunscripción;

Que, a mérito del Artículo 40º párrafo segundo delaludido cuerpo de leyes se establece que mediante Or-denanzas se exoneran de los derechos cobrados pornuestra Edil Institución por servicios prestados a losmoradores del distrito;

Que, contemplando las limitaciones económicas porlas que pasan los discapacitados del distrito, en aras dealiviar las obligaciones que a diario deben enfrentar ycumpliendo con el deber cívico de formalizar a los diver-sos sectores de la población en este caso específico, afin que los discapacitados del distrito puedan obtener suCertificación de Discapacidad en el Registro de CONA-DIS;

Estando a lo señalado de conformidad con las faculta-des otorgadas por la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, por Unanimidad y con dispensa del trámite delectura y aprobación; se aprobó la siguiente:

ORDENANZA

Artículo Primero.- EXONERAR de los derechos depago por concepto de Grupo Sanguíneo a los discapaci-tados del distrito.

Artículo Segundo.- CONCÉDASE por única vez demanera excepcional se exonere del derecho de pago porconcepto de Grupo Sanguíneo a los recurrentes que evi-dencien discapacidad y que residan en el distrito de SanMartín de Porres.

Artículo Tercero.- CONCÉDASE un plazo preventivode (31) treintiún días calendario, para materializar la pre-sente Ordenanza, la misma que entrará en vigencia el 1de julio del 2003 y vencerá indefectiblemente el 31 dejulio del 2003.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.

LUCIO CAMPOS HUAYTAAlcalde

13459

Exoneran porcentaje del total de pagospor derechos de licencia provisional,autorización temporal de funcio-namiento y/o licencia definitiva a laspersonas con discapacidad

ORDENANZA Nº 048-MDSMP

San Martín de Porres, 19 de junio del 2003

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍNDE PORRES

POR CUANTO:

El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en Se-sión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de junio del 2003,el pedido de la Regidora Hilda Ofelia Ferrer Ramírez,sobre exoneración en un 50% del total de pago por Dere-cho de Licencia provisional, Autorización Temporal deFuncionamiento y/o Licencia Definitiva a las personas condiscapacidad formalmente declarada y que soliciten lasreferidas Licencias y Autorizaciones;

CONSIDERANDO:

Que, apreciando las múltiples solicitudes suscri-tas por personas con discapacidad, vecinos del dis-trito y teniendo en cuenta los diversos obstáculos quela vida nos depara, los mismos que inciden con ma-yor frecuencia sobre ellos, debiendo las personas condiscapacidad, hacer un doble esfuerzo para superara la adversidad y siendo una manera efectiva de con-frontar a la vida, este sector de nuestra población enmuchos casos emprende pequeños comercios e in-dustrias así como también ejercen profesiones inde-pendientes, motivos suficientes para que la ComunaSanmartinense apruebe el presente instrumento, dan-do la exoneración motivo de autos, a fin de aliviar enalgo la situación económica por la que atraviesa elaludido sector;

Que, debe quedar expresamente establecido, que paraser beneficiario de la aludida exoneración, el recurrentebeneficiario deberá acreditar su condición de persona condiscapacidad con el respectivo Certificado de Disca-pacidad emitido por el CONADIS;

Que, mediante el presente instrumento se recoge lainiciativa con la que se brinda la posibilidad de exoneraren un 50% del total de pago por Derecho de LicenciaProvisional, Autorización Temporal de Funcionamiento y/Licencia Definitiva, a los vecinos del distrito que acredi-tan formalmente su condición de persona con discapaci-dad;

Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía po-lítica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia;

Que, a mérito del Artículo 83º inciso 3.6 de la LeyNº 27972 - Orgánica de Municipalidades, se estableceque es función municipal otorgar licencias para la aper-tura de establecimientos comerciales, industriales yprofesionales;

Que, el Art. 84º inciso 2.4 de la Ley Nº 27972 - Orgáni-ca de Municipalidades señala taxativamente que las Mu-nicipalidades, en materia de programas sociales, de de-fensa y promoción de derechos, ejercen la función deorganizar, administrar y ejecutar los programas localesde asistencia, protección y apoyo a las personas con dis-capacidad;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con-feridas con la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipali-dades, concordante con la Ley Nº 27444 del Procedimien-to Administrativo General, el Concejo Municipal por UNA-NIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aproba-ción del acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA

Artículo Primero.- EXONERAR en un 50% del totalde pagos por derecho de Licencia Provisional, Autoriza-ción Temporal de Funcionamiento y/o Licencia Definitivaa las personas con discapacidad que lo soliciten, siendorequisito indispensable para ser acreedor del referidobeneficio, acreditar su condición específica, con el res-pectivo Certificado de Discapacidad emitido por CONA-DIS.

Artículo Segundo.- Encargar a las Direcciones deAdministración Tributaria y Promoción de Desarrollo Lo-cal, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.

LUCIO CAMPOS HUAYTAAlcalde

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Pág. 248474 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de julio de 2003

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA

Disponen el embanderamiento general,limpieza y pintado de inmuebles deldistrito

DECRETO DE ALCALDÍANº 004-2003-MDLP/ALC

La Punta, 14 de julio de 2003

VISTOS

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE LA PUNTA

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo señala el Artículo 194º de la Consti-tución Política del Perú, las Municipalidades Provincialesy Distritales son Órganos de Gobierno Local con autono-mía política, económica y administrativa, en asuntos desu competencia;

Que, el Artículo II del Título Preliminar de la LeyNº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece:"Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política,económica y administrativa en asuntos de su competen-cia";

Que, el Art. 82º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades, establece que corresponde a las Muni-cipalidades, en materia de educación, cultura, deportesy recreación, impulsar una cultura cívica de respeto ypromover la consolidación de una cultura de ciudadaníademocrática;

Que, en el marco de las actividades conmemorativasdel Aniversario de la Independencia Nacional, resultanecesario que la población de este distrito exprese supatriotismo y conciencia cívica, así como su respeto alos valores nacionales, con el fin que la comunidad pun-teña reafirme su compromiso con el desarrollo y progre-so de nuestro país;

Que, en tal sentido resulta necesario dictar normaspara el Embanderamiento general obligatorio desde ellunes 21 de julio hasta el 31 de julio del presente año, enla jurisdicción del distrito de La Punta.

En concordancia a las atribuciones conferidas en elInc. 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972,de la Ley Orgánica de Municipalidades y con cargo a darcuenta al Concejo Municipal;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- Disponer el embanderamientogeneral y obligatorio de las viviendas, instituciones y es-tablecimientos comerciales en la jurisdicción del distritode La Punta, con motivo de las celebraciones de las Fies-tas Patrias, desde el 21 de julio hasta el 31 de julio delpresente año.

Artículo Segundo.- Disponer la limpieza y pintadode fachadas de las viviendas y locales públicos y priva-dos del distrito.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal,a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Geren-cia de Servicios Públicos Locales el cumplimiento delpresente Decreto.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese y cúmplase.

WILFREDO DUHARTE GADEAAlcalde

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REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DEPROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA

Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, OrganismosAutónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que,para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener encuenta lo siguiente:

1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sinjustificar.

2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a lafecha de ser publicados.

3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico:[email protected].

LA DIRECCIÓN

DIARIO OFICIAL

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