funciones sri

2
 Funciones, atribuciones y obligaciones Ley Nº 41, art. 2 1 1. Ejecut ar la políti ca tribut aria apro bada por el Pres idente de la Repú blica; 2. Efectuar la determinación, recaud ación y cont rol de los tributos inte rnos del Est ado y de aquellos cuya administración no est e!presamente asi"nada por #ey a otra autoridad; $. Prepar ar estudi os respe cto de reformas a la le"isla ción tributaria; %. &onoce r y resol'er las peticiones, reclamos, recursos y absol'er las consultas que se propon"an, de conformidad con la #ey; (. Emiti r y anular título s de crdi to, notas de c rdito y ó rdenes de cobro; ). *mponer sanciones de co nformi dad con la #ey; +. Establ ecer y mant ener el sist ema estad ístico tr ibutar io nacion al; . Efectuar la cesión a título oneroso, de la cartera de títulos de cr dito en forma total o parcial, pre'ia autori-ación del irectorio y c on sujeción a la #ey; /. 0olic itar a los c ontri buyente s o a quien los r eprese nte cual quier ti po de documentación o información 'inculada con la determinación de sus obli"aciones tributarias o de terceros, así como para la 'erificación de actos de determinación tributaria, conforme con la #ey; y, 1.#as dems que le asi"nen las leyes.#os recursos que aportan los ciudadanos en forma de tributos financian las obras y proyectos administrados por el "obierno, ase"urando en la i"ualdad, la equidad y la redistribución de la rique-a.

Upload: tatiana-pogo-ramos

Post on 05-Nov-2015

214 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Funciones, atribuciones y obligaciones

Ley N 41, art. 211. Ejecutar la poltica tributaria aprobada por el Presidente de la Repblica;2. Efectuar la determinacin, recaudacin y control de los tributos internos del Estado y de aquellos cuya administracin no est expresamente asignada por Ley a otra autoridad;3. Preparar estudios respecto de reformas a la legislacin tributaria;4. Conocer y resolver las peticiones, reclamos, recursos y absolver las consultas que se propongan, de conformidad con la Ley;5. Emitir y anular ttulos de crdito, notas de crdito y rdenes de cobro;6. Imponer sanciones de conformidad con la Ley;7. Establecer y mantener el sistema estadstico tributario nacional;8. Efectuar la cesin a ttulo oneroso, de la cartera de ttulos de crdito en forma total o parcial, previa autorizacin del Directorio y con sujecin a la Ley;9. Solicitar a los contribuyentes o a quien los represente cualquier tipo de documentacin o informacin vinculada con la determinacin de sus obligaciones tributarias o de terceros, as como para la verificacin de actos de determinacin tributaria, conforme con la Ley; y,10. Las dems que le asignen las leyes.Los recursos que aportan los ciudadanos en forma de tributos financian las obras y proyectos administrados por el gobierno, asegurando en la igualdad, la equidad y la redistribucin de la riqueza.