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Funcionaria de la DIAN desde 1990.
Docente de la Universidad Javeriana en el Departamento de
Ciencias Económicas y Contables.
Candidata al título de Maestría en Gerencia Tributaria y
Especialista en Derecho Probatorio y Público.
LUCERO TÉLLEZ HERNÁNDEZ
L
Ley 1819 de2016
Reglamentación
Lucero Téllez h/ [email protected]Álvaro Sánchez Uribe/ [email protected]
TEMAS LEY 1819
RENTA PERSONAS NATURALES
(1-19)
Impuesto de Renta Personas Jurídicas
Regímenes Especiales en
Renta
ESAL (140-164)
ZOMAC (235-238)
MONOTRIBUTO (165-172)
Impuestos al consumo PARTE VI
TEMAS
LEY 1819
Contribución parafiscal al combustible (221-223)
Administración
Tributaria (321-337)
Procedimiento Tributario /255-320)
Contribución de
valorización (239-254)
ZOMAC (235-238)
Delitos contra la
Administración
Tributos Territoriales (340-358)
E.S.A.L
ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
LA REFORMA TRIBUTARIA - LEY 1819 DE 2016
ENFOQUE DEL PROYECTO DE REGLAMENTACIÓN
E.S.A.LENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
TEMAS
1. Introducción y generalidades
2. Nueva clasificación de los sujetos
3. Principales conceptos utilizados
4. Implementación de registros y certificaciones
5. Cambios en la disposición sustancial
6. Controles y Actos que constituyen abuso
7. Donaciones
8. Participación del profesional de la Contaduría Publica
9. Conclusiones y recomendaciones
L
E.S.A.LENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Introducción y generalidades
Importancia de las ESAL
Antecedentes
Justificación
A
Las actividades comunitarias y de economía
solidaria – Contribuyen al desarrollo social,
en sectores de interés Estatal, actividades
meritorias Art. 359 E.T.
Informe Comisión de Expertos
Exposición de motivos
Ley 1819 / 2016
Proyecto de reglamentación
Protección a la Formalidad
Transparentar las operaciones
Calificación para la obtención de beneficios
E.S.A.L
ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
LA REFORMA TRIBUTARIA - LEY 1819 DE 2016
ENFOQUE DEL PROYECTO DE REGLAMENTACIÓN
Clasificación de los sujetosL
E.S.A.LENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCROClasificación de los sujetosL
1. Clasificar los sujetos constituye un elemento importante para el cumplimiento de la
nuevas responsabilidades formales y sustanciales de las E.S.A.L
2. En relación con los sujetos la PARTE III de la LEY 1819 de 2016, contiene:
Modifica los artículos 19, 19-2, 19-3, 22 y 23
Adiciona de los artículos 19-4 y 19-5
1919-2
19-
4
22 23
19-
5
Régimen tributario Especial
E.S.A.LENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCROClasificación de los sujetosA
22
23
19
19-
2
19-
4
19-
5
Art. E.T
Contribuyentes del R.T.E
Tratamiento tributario
de las Cajas de Compensación.
Tributación sobre la renta de las
Cooperativas
Otros contribuyentes de renta y
complementario – Propiedades
Horizontales
Entidades no Contribuyentes
y no declarantes
Entidades no contribuyentes
declarantes
Entidades que no son
contribuyentes
Otras Entidades que no son
contribuyentes
Contribuyentes del R.T.E.
Otros contribuyentes del
impuesto sobre la renta
Artículo no existía
Artículo no existía
Reforma Antes
A
B
22 23
Antes: Entidades que no son ContribuyentesAntes: Otras Entidades que no son contribuyentes
Hoy : Entidades no Contribuyentes y no declarantesHoy : Entidades no contribuyentes declarantes I y P
19
Contribuyentes del R.T.E.
19-4
Antes: Contribuyentes del R.T.E.
Hoy : Tributación Cooperativas
19-5
Otros contribuyentes de RENTA
– Propiedades Horizontales –
Mixtas – Comerciales
Tratamiento tributario
de las Cajas de Compensación.
19-2
RTE
RTE
Clasificación de los sujetos
CARACTERIZACIÓN RENTA Y COMPLEMENTARIO
Entidades no contribuyentes
de renta y complementario
Entidades contribuyentes
régimen tributario especial
Contribuyentes por las
Actividades que se resaltan
1
2
3
No declarantes
Declarantes de I y P
Art 22
Art 23
Art 19
Art 19-4
Sujetos a
calificación
Cooperativas
Art 19-2
Art 19-5
Cajas de compensación
Propiedad horizontal
Actividades. Industria y Mercadeo
Comerciales/Mixtas – Ingresos. Áreas Comunes
14
RTE
Nuevas optar por la calificación
Preexistentes - Clasificadas
Admitidas – Calificadas ESAL
Clasificadas por su naturaleza
jurídica / Mandato legal
Clasificación de los sujetos
RENTA Y COMPLEMENTARIO – REGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL
Entidades contribuyentes
de renta que pueden
optar por el R.T.E.
Art 19
Art 19-4
Sujetas a calificación
Cooperativas
Las ligas de consumidores
Las asociaciones, fundaciones y corporaciones
constituidas ESAL
Instituciones de educación superior aprobadas por el– ICFES – E.S.A.L. que sean E.S.A.L.
Hospitales constituidos como P.J - .E.S.A.L
P.J – E.S.A.L, actividades de salud, permiso de Minde Salud y Protección Social , o por las autoridadescompetentes
A
B
15
Clasificación de los sujetos
2016 y anteriores 2017 2018
Asociaciones, fundaciones y corporaciones
Instituciones de educación superior aprobadas
por– ICFES, que sean ESAL
Hospitales constituidos como P.J. – ESAL
P.J. – ESAL que realicen actividades de salud.
Las ligas de consumidores
Preexistente
No requieren calificación
Requieren sol. Permanencia
Nueva
Requieren Calificación
Cooperativas
Las Cooperativas en ningún caso
requieren Calificación – No obstante las
Preexistentes debe solicitar la
Permanencia
30/04/2018 – Sol. Permanencia
16
Clasificación de los sujetos
Tipo de E.S.A – R.T.E Nueva
Creada a partir – 01/01/2017
Preexistente
Creadas a 31/12/2016
X X
X X
Tipo de E.S.A – R.T.E Calificación
Aplica – Nuevas
Permanencia
Aplica –
Preexistentes
Actualización
X X X
X X
Tipo de E.S.A – R.T.E Cancelación Admisión Nueva Calificación
X X
X X
A
B
A
B
A
B
17
Clasificación de los sujetos
Solicitudes, registros y certificaciones
1 Registro WEB y acceso a la comunidad
2 Solicitud de calificación / permanencia / Actualización
3 Memoria económica
4 Empadronamiento y actualización del RUT por parte de la DIAN
5 Publicación de ESAL en la pagina WEB de la DIAN
6 Certificaciones de Profesionales de la Contaduría Pública
7 Registro de contratos ante la DIAN
8 Actualización anual del R.T.E. en RUT y en la declaración tributaria
9 Renuncia al Régimen Tributario Especial
10 Tramite electrónico para la solicitud de exoneración del I.V.A
11 Información exógena a suministrar por las DONACIONES
12 Información exógena a suministrar por parte de las Propiedades Horizontales * no son del R.T.E.
18
OTROS REGISTROS
Actualización del RUT
Registro de contratos
Otros Certificado de
Contador Público
Renuncia al R.T.E
Empadronamiento
Pagina WEB DIAN
Septiembre 30 / 2017
Distribución indirecta de excedente
Memoria económica
Beneficio neto o excedente
Registro WEB
Donaciones
Manifestar ante la DIAN, la
cancelación de la Calificación en
R.T.E
Registro DIAN
Miembros Dirección
Vinculados
P. Horizontal
Solicitud Exención
del I.V.A
19
Solicitudes, registros y certificaciones
Donaciones – E.S.A.L
y Entidades no Contribuyentes
20
Donaciones – E.S.A.L – Entidades no Contribuyentes
21
Art. 19 E.T. E.S.AL. – R.T.E - Calificada
Art. 22 E.T.
Entidades no Contribuyentes y no declarantes
Art. 23 E.T.
Entidades no Contribuyentes declarantes
Art. 125 E.T.
Red nacional de bibliotecas públicas y
Biblioteca Nacional
A
Beneficiarios receptores
de la Donación
22
3. La donación es de uso exclusivo para el donatario
4. La donación como descuento tributario será intransferible – Art . 260 del E.T.
5. Informar las donaciones a la DIAN - Art 631 del E.T,
6. Cumplir las limitantes del los descuentos tributarios Art. 258 y 260 del E.T
7. EL donante debe autoriza la publicación de su identificación y el monto donado al donatario
8. Donaciones a las Bibliotecas - Requisitos del Art 125 del E.T - en el certificado de donación indicar
el tratamiento fiscal como deducción o como descuento tributario.
Calificada en el R.T.E.
Vigilada por entidad estatal competente
Presentar la declaración de renta, por el año inmediatamente anterior al de la donación
Manejar, en depósitos o inversiones en establecimientos financieros autorizados, los
ingresos por donaciones.
Informar en la memoria económica las donaciones
Fecha de la donación
Clase de bien donado y valor,
Manera en que se efectuó la donación y la destinación de la misma.
1. Para las La E.S.A.L beneficiaria de la donación
2. Certificación de la donación / Representante
Legal – Contador público / Revisor Fiscal
REQUISITOS DESCUENTOS :
Donaciones – E.S.A.L – Entidades no Contribuyentes
23
2. La donación es de uso exclusivo para el donatario
3. La donación como descuento tributario será intransferible – Art . 260 del E.T.
4. Informar las donaciones a la DIAN - Art 631 del E.T,
5. Cumplir las limitantes del los descuentos tributarios Art. 258 y 260 del E.T
6. Aprobación del Ministerio de Cultura y la autoridad territorial
7. Certificado de Donación Bibliotecaria que será un título valor a la orden transferible por el donante
9. El monto del incentivo podrá amortizarse en un término de cinco (5) años desde la fecha de la
donación
10.Para los efectos previstos en este artículo podrán acordarse con el respectivo donante, modalidades
de divulgación pública de su participación.
Fecha de la donación
Clase de bien donado y valor,
Manera en que se efectuó la donación y la destinación de la misma.
1. Certificación de la donación / Representante Legal – Contador
público / Revisor Fiscal
REQUISITOS DEDUCCIONES – Red Nacional de Bibliotecas Públicas y de la Biblioteca Nacional :
Donaciones – E.S.A.L – Entidades no Contribuyentes
24
Art. 19 E.T. E.S.AL. – R.T.E - Calificada
Art. 22 E.T. Entidades no Contribuyentes y no declarantes
Art. 23 E.T. Entidades no Contribuyentes declarantes
Art. 125 E.T. Red nacional de bibliotecas públicas y Biblioteca
Nacional
A
1. Descuento Tributario del 25% del valor donado
– Art 257 E.T
Naturaleza jurídica del beneficio para el donante
1. Deducción 100% del valor donado – Art 125 E.T
2. Descuento Tributario del 25% del valor donado
– Art 257 E.T
Art. 258 del E.T. Los descuentos no podrán exceder del 25% del impuesto de RENTA / El exceso, podrá tomarse dentro del periodo gravable
siguiente a aquel en que se efectuó la donación
Donaciones – E.S.A.L – Entidades no Contribuyentes
22
23
19
125
Art. E.T
Contribuyentes del R.T.E
Red nacional de bibliotecas públicas y
Biblioteca Nacional
Entidades no Contribuyentes
y no declarantes
Entidades no contribuyentes
declarantes
Donatario Donante / Beneficiario del Descuento
Tributario / Deducción
A
25
Personas jurídicas obligadas al pago
del impuesto sobre la renta
DESCUENTO TRIBUTARIO
DEDUCCIÓN
Contribuyentes del impuesto sobre
la renta y complementarios
DESCUENTO TRIBUTARIO
Donaciones – E.S.A.L – Entidades no Contribuyentes
Control y clausulas antiabuso
26
Control y clausulas antiabuso
CONTROL E.S.A.L
REGISTROS
DESTINACIÓN INDIRECTA EXCEDENTE
FORTALECIMIENTO – DIAN
CLAUSULAS ANTIABUSO
CANCELACIÓN DEL REGIMEN
27
Clausulas Antievasión
Privilegios y adquisición de bienes y servicios a miembros de cargos directivos y
sus vinculados
Miembros de cargos directivos que participen de resultados económicos de la
entidad
Retribución a los donantes por la donaciones recibidas
El fin de la entidad no obedezca a un interés general mediante la realización de lasactividades meritorias -
28
Control y clausulas antiabuso
Distribución indirecta de excedentes
Pagos cargos directivos y sus vinculados por servicios, arrendamientos, honorarios, comisiones,
intereses, u otro que no correspondan a precios comerciales
Reembolso para el aportante, de aportes iniciales que hacen los fundadores y los aportes a futuro
que hacen personas naturales o jurídicas diferentes a los fundadores
Remuneración a cargos directivos y gerenciales exceda del 30% del gasto total anual de la
entidad, (E.S.A.L - Ingresos brutos anuales superiores a 3.500 UVT)
Cuando la E.S.A.L. se disuelva y liquide, sin adjudicar el remanente conforme a lo establecido en
el artículo 649 Código Civil.
29
Control y clausulas antiabuso
Art Causal
363 Incumplir el régimen tributario 19 al 23-3 y
356 – 364-6
363 Responsabilidad penal
363 Responsabilidad fiscal
356-1 Distribución indirecta de excedentes
356-1 Remuneración indebida cargos directivos
356-3 No actualizar anualmente el R.T.E. y no
presentar la memoria económica
364-1 Clausulas Antiabuso
Art Causal
363 Incumplir el régimen tributario 19-4
19-4 Destino indebido del beneficio neto o excedente
363 No presentar ni pagar declaración de RENTA
364-1 Clausulas Antiabuso
364-5 Incumplir - Registro WEB
Clausulas - Exclusión A B
30
Cambios / Disposición sustancial
31
Cambios / Disposición sustancial
Las asociaciones, fundaciones y corporaciones constituidas como ESAL
Instituciones de educación superior aprobadas por– ICFES, que sean ESAL
Hospitales constituidos como personas jurídicas – ESAL
P.J. – ESAL que realicen actividades de salud.
Las ligas de consumidores
Tarifas:
0%
20%
% General según el
año
Cooperativas2019 (20%) Tomado del Fondo de Educación y/o solidaridad – 2017 10% y 2018
15%, El porcentaje restante que complete el 20% deberá ser destinado de manera
autónoma por las propias cooperativas
32
33
Conclusiones y
recomendaciones
La obtención de los beneficios del R.T.E: Quedan sujetos al cumplimiento de requisitos (Calificación)
que deben ser presentados ante la DIAN, para su decisión, de igual manera se sujeta a la permanencia y laactualización en este régimen.
Participación de la ciudadanía: El legislador permite la participación ciudadana al trasparentar la
información de las E.S.A.L y considera su opinión como elemento que debe evaluar la DIAN al momento de
la calificación y permanencia de la E.S.A.L en el R.T.E
34
Conclusiones y recomendaciones
Clasificación de E.S.A.L: No hay distinción (ubicación, tamaño o volumen de ingresos) para el cumplimento de
requisitos y controles de las E.S.A.L que pueden optar por el R.T.E., lo anterior salvo lo relativo a la memoria
económica E.S.A.L., que tengan mas de 160.000 U.V.T ingresos y gastos por remuneración a cargos directivosa E.S.A.L., que tengan más 3.500 U.V.T ingresos
Incidencia de optar por el R.T.E: Las E.S.A.L., deberán evaluar la importancia, el costo y el riesgo que genera optar
o mantener los beneficios del R.T.E., no obstante a ello el proyecto de reglamentación introduce la novedad, derenunciar al R.T.E. del Impuesto sobre la renta y complementario
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Conclusiones y recomendaciones
Efecto de los controles: Se espera que los controles implementados permitan, que el R.T.E., no se utilice o se
disminuya de manera notaria, el uso indebido del mismo al servicio de la evasión y simulación de operaciones
Se regula y controla con mayor exigencia la destinación de recursos a las inversiones y las asignaciones
permanentes
Se incluyen cláusulas para evitar el abuso tributario, se indican de manera expresa las causales de exclusión del
R.T.E., como la destinación indirecta de excedentes en provecho de los fundadores, aportantes, donantes,representantes legales y administradores, sus cónyuges o compañeros o sus familiares y parientes.
36
Conclusiones y recomendaciones
Reforma Tributaria Ley 1819 12/29/2016 - PARTE XI Zonas Más Afectadas por el Conflicto - ZOMAC
OBJETIVOS
ZOMAC
INCENTIVO TRIBUTARIO
OBRAS POR IMPUESTOS
Sector Privado
Sector Público
Desarrollo Empleo
ZOMAC
INCENTIVO TRIBUTARIO
OBRAS POR IMPUESTOS
1
Las SOCIEDADESque inicien su
actividad económica
en una ZOMAC o se
formalicen
Realizar
INVERSION
Generan
EMPLEO
3
TARIFA RENTA Micro / Pequeñas % de la Tarifa
General
2017 al 2021 0%
2022 al 2024 25%
2025 al 2027 50%
Mediana / Grande
2017 al 2021 50%
2022 al 2027 75%
Tamañ
o
SMLMV$737.
717 - Año
2017
Activos Totales
Micro <501 $ 369.596.217
Pequeña >501<5001 $ 3.689.322.717
Mediana >5001 <15.000 $ 11.065.755.000
Grande >15.000 $ 11.065.755.000
2
Incentivos Tributarios en el Impuesto a la Renta y complementarios
ZOMAC
INCENTIVO TRIBUTARIO
OBRAS POR IMPUESTOS
1 Incentivos tributarios para las SOCIEDADES que inicien su actividad económicaen una ZOMAC
Los Activos Totales, en elmomento de la creación oformalización de la sociedadconstituyen la fuente paraclasificar la misma.
Micro
Pequeña
Mediana
Grande
Decisión del Empresario
Creación documentopúblico o privado. ZOMAC1.1
Registro en la Cámara deComercio1.2
Registro ante la DIAN1.3
Cumplir con Inversión yEmpleo1.4
¨¨No se permite el incentivo para: i) las actividades de minería, ii) Explotación de hidrocarburos y iii) Grandes contribuyentes dedicados a la actividad portuaria.
Incentivos Tributarios en el Impuesto a la Renta y complementarios
2
La INVERSION es uno delos requisitos paraobtener el beneficio deprogresividad en elImpuesto a la Renta yComplementario.Creada Sociedad,clasificada como micro,pequeña, mediada o granempresa, se debe cumplircon la materialización dela Inversión
Realizar INVERSION
Propiedad, planta y equipos
Inventarios
Tamaño de la empresa Micro Pequeña Mediana Grande División /
Económica
Descripción división
económica
Inversión
- SMLMVEmpleo
Inversión
- SMLMVEmpleo
Inversión
- SMLMVEmpleo
Inversión
- SMLMVEmpleo
14Confección de
prendas de vestir36 2 225 4 1.142 19 11.725 108
Generar EMPLEO
La generación de EMPLEO,corresponde al número deempleos directos quemediante contratoslaborales vincule a laSociedad, en desarrollo desu actividad en su domicilioprincipal el cual debeubicarse en un municipioZOMAC, el cual debeconservarse durante lavigencia del beneficio.
3
Directo
Contrato Laboral
Incentivos Tributarios en el Impuesto a la Renta y complementarios
ZOMAC
INCENTIVO TRIBUTARIO
OBRAS POR IMPUESTOS
12
4
65
3Seleccione el municipio
344 municipios Anexo 1 Decreto
1650 de 09 10 2017
Crear o formalizar la
sociedad en la ZOMAC
Definir el tamaño de la
sociedad
Identificar la actividad
económica.
Ubicar Inversión y empleo en el anexo 3 del
Decreto
CONTROLES DIAN
2017 2027
Incentivos Tributarios en el Impuesto a la Renta y complementarios
ZOMAC
INCENTIVO TRIBUTARIO
OBRAS POR IMPUESTOS
6 CONTROLES DIAN
2017 2027
Cambiar domicilio fiscal a un municipio no ZOMAC.
Desarrollar la actividad económica por fuera de las ZOMAC
Incumplan inversión y/o empleo.
Realicen o constituyan actos o negocios considerados abuso en materia fiscal
PERDIDA DEL BENEFICIO
Incentivos Tributarios en el Impuesto a la Renta y complementarios
ZOMAC
INCENTIVO TRIBUTARIO
OBRAS POR IMPUESTOS
La SOCIEDAD debe estar ubicada – Domicilio – Fiscal dentro de la jurisdicción de un municipio ZOMAC
La inversión - activos que sean generadores de renta deben estar integrados en el patrimonio de la SOCIEDAD e instalados en la ZOMAC
Cumplir con el valor de la inversión y contratación de empleo mínimo exigidos
Rendir la información solicitada por la DIAN
No opera la concurrencia de beneficios tributarios.
Tenga en cuenta las cláusulas anti-elusión
DEPARTAMENTO MUNICIPIOS
GUAJIRA 9
MAGDALENA 2
META 20
NARIÑO 23
N. SANTANDER 12
PUTUMAYO 9
QUINDIO 3
RISARALDA 4
SANTANDER 10
CHOCO 18
SUCRE 8
TOLIMA 21
VALLE DEL
CAUCA 15
VAUPÉS 1
VICHADA 1
DEPARTAMENTO MUNICIPIOS
ANTIOQUIA 55
ARAUCA 7
BOLIVAR 16
BOYACA 5
CALDAS 9
CAQUETA 16
CASANARE 14
CAUCA 23
CESAR 15
CHOCO 18
CORDOBA 5
CUNDINAMARCA 12
GUAVIARE 4
HUILA 7
Municipios definidos como Zonas Más Afectadas por el Conflicto -ZOMAC
Reforma Tributaria Ley 1819 12/29/2016, PARTE XI
Fomentar el desarrollo
económico-social y el
empleo Instrumento que genera Beneficios
Micro, pequeñas, medianas y grandes – nuevas empresas
Requisitos inversión y empleo Tarifas RENTA 0% - hasta el 75% El beneficio aplica desde el año
2017 - 2027 Obras por impuestos
TARIFA RENTA Micro / Pequeñas
% Tarifa General
2017 al 2021 0%2022 al 2024 25%2025 al 2027 50%Mediana / Grande 2017 al 2021 50%2022 al 2027 75%
Tamaño SMLMV Activos Totales
Micro <501 $ 369.596.217
Pequeña >500 <5001 $ 3.689.322.717
Mediana>5001 <15.000 $ 11.065.755.000
Grande >15.000 SMLMV $737.717
Criterio Tamaño de las Empresas
Zonas Más Afectadas por el Conflicto - ZOMAC
2017 2027
ZOMAC
INCENTIVO TRIBUTARIO
OBRAS POR IMPUESTOS
OBRAS POR IMPUESTOS
Artículo 238. Obras por Impuestos:Las personas jurídicascontribuyentes delimpuesto sobre la renta ycomplementarios que en elaño o periodo gravableobtengan ingresos brutosiguales o superiores a33.610 UVT
Podrán efectuar el pago hasta del 50% delimpuesto a cargo determinado en lacorrespondiente declaración de renta.
Mediante la destinación de dicho valor a lainversión directa en la ejecución de proyectosviabilizados y prioritarios
De trascendencia social en los diferentesmunicipios ZOMAC
Debidamente aprobados por la ART, previo VoBodel DNP
Obras por Impuestos
PRIVADO COMUNIDAD
‣ Acelera ejecución de
infraestructura
‣Desarrollo económico
regional
‣ Promueve la integración
del país
Be
nef
icio
s
GOBIERNO
‣ Aumenta
competitividad de la
empresa
‣Mejora en imagen
reputacional
‣ Ejecuta su propio
impuesto
‣ Acelera ejecución de
infraestructura
‣Desarrollo económico
regional
‣ Promueve la integración
del país
Obras por Impuestos
Indice de Pobreza Multidimensional (Fuente: DANE 2005)
Indicador de Desempeño Fiscal (Fuente: DNP 2015)
Sistema de Ciudades (Fuente: DNP)
Indice de Incidencia del Conflicto (Fuente: DNP 2002 - 2013)
Municipios PDET (Fuente: Decreto Ley 893 de 2017)
344 Municipios son las ZOMAC
Indicadores para la definición de los municipios
Obras por Impuestos
¿QUIÉNES PUEDEN?
Personas Jurídicas con ingresos brutos => 33.610 UVT
MODALIDADE
S
1. Obras < o = 50% del ImpoRenta
2. Obras > 50% del ImpoRenta
¿QUÉ TIPO DE OBRAS SE PUEDEN REALIZAR?
Alcantarillado Energía Educación Pública
Suministro de
agua potable Infraestructura
vialSalud Pública
Obras por Impuestos
Procedimiento general obras por impuestos
Gobierno publica listado Banco de Proyectos
2Empresa selecciona o postula el Proyecto de su interés
3Gobierno apruebala empresa para ejecución de obra
4 5
Empresa presentacronograma para preparación y ejecución del proyecto
Contratación terceros para planeación, ejecución y entrega de la obra -Constitución de pólizas
7 8Contratación Interventoría a cargo de entidad competente
Obras a financiar se publican anualmente en Banco Único de Proyectos
Se definirá un cupo en el CONFIS para Obras por Impuestos
La empresa debe tener 33.610 UVT de ingresos brutos parapoder hacer Obras por Impuestos. Aprox. $ 1.070 millones
Presentación de inciativas o proyectos estructurados para el Banco
9
Ejecución, seguimiento y entrega de la obra en operación
10
1Empresa constituye fiducia destinada a la obra
6
Interventoría y entidad competente certifica recibo a satisfacción
Los proyectos deben cumplir metodología DNP para:
1. Cubrir necesidades reales en municipios
2. Garantizar participación de autoridades locales y
comunidad
Gracias