formas de financiamiento

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FORMAS DE FINANCIAMIENTO Investigamos varias Formas de Financiamiento que los propios colegios publicos pueden utilizar: 1) Donaciones de Personas físicas o juridicas que regalen dinero o la Cooperativa Estudiantil para que pueda comprar los equipos que necesiten para el Taller. 2) Ley de Cooperativas ARTICULO 14.-Para fomentar, dentro de sus respectivas jurisdicciones y por los medios que estimen convenientes, el establecimiento y desarrollo de las cooperativas, las municipalidades quedan facultadas para convertirse en asociadas de aquellas, auxiliarlas con subvenciones y donarles terrenos o locales o cualesquiera otras facilidades que éstas puedan requerir, previa autorización del IFAM. Es decir; Se realiza un convenio con las Municipalidades, para una Alianza en donde las Cooperativas Estudiantiles obtienen los desechos solidos, y la Municipalidad los utiliza para fabricar artículos industrializados que utilicen esos desechos solidos como materia prima. 3) Ley de Impuesto General sobre las Ventas Ley Nº 6826 de 8 de noviembre de 1982 (Publicada en Alcance 33-A a La Gaceta Nº 216 de 10 de noviembre de 1982) Las donaciones debidamente comprobadas que hayan sido entregadas, durante el período tributario respectivo, al Estado, a sus instituciones autónomas y semi-autónomas, a las corporaciones municipales, a las universidades estatales, a las Juntas de Protección Social, a las Juntas de Educación, a las instituciones docentes del Estado, a la Cruz Roja Costarricense y a otras instituciones, como asociaciones o fundaciones para obras de bien social, científicas o culturales, así como las donaciones realizadas en favor de la Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio, de las asociaciones civiles y deportivas declaradas de utilidad pública por el Poder Ejecutivo al amparo del artículo 32 de la Ley de Asociaciones, o de los comités nombrados oficialmente por la Dirección General de Deportes, en las zonas definidas como rurales según el Reglamento de esta Ley, durante el período tributario respectivo.

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FORMAS DE FINANCIAMIENTO

Investigamos varias Formas de Financiamiento que los propios colegios

publicos pueden utilizar:

1) Donaciones de Personas físicas o juridicas que regalen dinero o la

Cooperativa Estudiantil para que pueda comprar los equipos que necesiten

para el Taller.

2) Ley de Cooperativas

ARTICULO 14.-Para fomentar, dentro de sus respectivas jurisdicciones y por

los medios que estimen convenientes, el establecimiento y desarrollo de las

cooperativas, las municipalidades quedan facultadas para convertirse en

asociadas de aquellas, auxiliarlas con subvenciones y donarles terrenos o

locales o cualesquiera otras facilidades que éstas puedan requerir, previa

autorización del IFAM.

Es decir; Se realiza un convenio con las Municipalidades, para una Alianza en

donde las Cooperativas Estudiantiles obtienen los desechos solidos, y la

Municipalidad los utiliza para fabricar artículos industrializados que utilicen esos

desechos solidos como materia prima.

3) Ley de Impuesto General sobre las Ventas

Ley Nº 6826 de 8 de noviembre de 1982

(Publicada en Alcance 33-A a La Gaceta Nº 216 de 10 de noviembre de 1982)

Las donaciones debidamente comprobadas que hayan sido entregadas,

durante el período tributario respectivo, al Estado, a sus instituciones

autónomas y semi-autónomas, a las corporaciones municipales, a las

universidades estatales, a las Juntas de Protección Social, a las Juntas de

Educación, a las instituciones docentes del Estado, a la Cruz Roja Costarricense

y a otras instituciones, como asociaciones o fundaciones para obras de bien

social, científicas o culturales, así como las donaciones realizadas en favor de

la Junta Directiva del Parque Recreativo Nacional Playas de Manuel Antonio, de

las asociaciones civiles y deportivas declaradas de utilidad pública por el Poder

Ejecutivo al amparo del artículo 32 de la Ley de Asociaciones, o de los comités

nombrados oficialmente por la Dirección General de Deportes, en las zonas

definidas como rurales según el Reglamento de esta Ley, durante el período

tributario respectivo.

Es Decir: Convencer a la Junta de Educación del Colegio Publico para financiar

los gastos iniciales de la “Cooperativa de Recoleccion de Desechos Solidos”,

porque generara recursos adicionales para el Colegio sin que ellos tengan que

aportar mas dinero del que ya aportan u organizar actividades de recaudacion

de fondos.

MINISTERIO DE EDUCACION

El Ministerio de Educacion permite la existencia de "Cooperativas Estudiantiles"

que se dediquen a actividades que se consideren "una necesidad para el

colegio", y podría admitir la existencia de una "Cooperativa Estudiantil de

Recoleccion de Desechos Solidos", en caso que se considere que ( 1 ) El

Ciclismo es un Deporte, (2) es necesaria para la institucion; algo que es

perfectamente justificable en un Liceo Rural en donde los estudiantes muchas

veces desertan de los estudios porque lo lejos que queda su casa del centro

educativo.

Las Bicicletas vienen a resolver este problema, - porque permiten

desplazamientos mas rapidos y por mayores distancias -; por lo que la

existencia de una cooperativa estudiantil como la que describo arriba

perfectamente se justifica.

4) Cooperativa Ciclista Unicamente

En el caso de que no se pueda crear una "cooperativa estudiantil de fabricacion

de bicicletas", todavia queda la posibilidad de crear una "Cooperativa

Estudiantil de Transporte en Bicicleta", financiada por los propios estudiantes

mediante actividades de recaudacion de fondos y ayuda de los padres de

familia.