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www.anpecastillayleon.es @ANPECyL Permisos, licencias y excedencias 2017-2018 CASTILLA Y LEÓN

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CASTILLA Y LEÓN

1

www.anpecastillayleon.es @ANPECyL

Permisos,licencias y

excedencias2017-2018

CASTILLA Y LEÓN

CASTILLA Y LEÓN

2

Fallecimiento, accidente,enfermedad grave uhospitalización de unfamiliar. (1º ó 2º grado) 1*

Ausenciaporenfermedad2*

1.

2. SINBAJA

CON BAJA(Incapacidadtemporal porcontingenciaNO profesio-nal)

er1 grado: 3 días hábiles en misma loca-lidad y 5 hábiles en distinta. .2º grado: 2 días hábiles en misma loca-lidad y 4 hábiles en distinta. .Distinta localidad se considera la que nose corresponde con la del puesto detrabajo ni con su residencia.

Desde el 1º al 4º día (máximo tres díasconsecutivos a lo largo del curso esco-lar): 100% retribuciones. .A partir del 5º día: 50% retribuciones.

Desde el 1º al 3º día : 50% retribuciones. Del 4º al 20º día: 75% retribuciones.A partir del 21º día: 100% retribuciones.

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Documento que justifique la causa:Certificado médico, libro de familia…Solicitud Director del Centro. .En el caso del permiso por enfermedadgrave de un familiar, podrá disfrutarseen días consecutivos o no consecutivos,a instancia del solicitante, siempre quese mantenga el hecho causante (Crite-rios Dirección General de la FunciónPública).

En el supuesto de ausencia parcial porla asistencia a consulta, prueba o trata-miento médico, dicho periodo se consi-derará como de trabajo efectivo siempreque la ausencia se limite al tiemponecesario y se justifique documental-mente su asistencia y la hora de la cita.Solicitud Director del Centro.

Por enfermedad o accidente laboral,que requiera hospitalización e interven-ción quirúrgica, por quimioterapia oradioterapia o riesgo en el embarazo sepercibirán el 100% retribuciones. .Solicitud Director del Centro.

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Denominación Duración Justificante

Denominación Duración Justificante

Permisos por maternidad y paternidadPERMISOS

Parto único: 16 semanas ininterrumpi-das, más otras 2 si es discapacitado.(Siempre 6 semanas serán posterioresal parto). .Parto múltiple: 16 semanas ininterrum-pidas, más otras 2 por cada hijo a partirdel segundo (6 semanas posteriores alparto). .Adopción: 16 semanas ininterrumpidas.< de 6 años ó > si es discapacitado. .Adopción múltiple: 16 semanas, más2 semanas por cada hijo a partir delsegundo. Periodos ininterrumpidos.Paternidad: 4 semanas ininterrumpidas.Adopción o acogimiento internacio-nal: si es necesario desplazamiento alpaís de origen, permiso de hasta 2meses con retribuciones básicas. .Se podrá disfrutar a tiempo parcial si lanecesidad del servicio lo permite.

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Impreso oficial al Director Provincial.Antes del parto: Certificado médicode estar en las 6 últimas semanas.Después del parto: Certificado médi-co o libro de familia. Resolución judi-cial o administrativa de adopción oacogimiento. .Adopción o acogimiento interna-cional: Solicitud con 15 días hábilesde antelación. .

NOTA: .Orden EDU/423/2014, 21 mayo (Art.18)Parto prematuro y neonato permanecerhospitalizado a continuación del parto:se ampliará el permiso por parto tantosdías como neonato está hospitalizadohasta un máximo de 13 semanas.

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* Durante el disfrute de estos permisos se podrá participar en los cursos de formación que convoque la Administración.* El tiempo transcurrido durante el disfrute de estos permisos se computará como de servicio efectivo a todos los efectos,

garantizándose la plenitud de derechos económicos del funcionaria/o.* Los permisos de maternidad, parto adopción y acogimiento podrán disfrutarse a jornada completa o a tiempo parcial,

cuando las necesidades del servicio lo permitan, y en los términos reglamentados.* S ólo podrá acogerse al permiso a tiempo parcial el personal docente que preste sus servicios a tiempo total.

Permisos de carácter general

Maternidad, parto. Adopción o acogimientoy Paternidad.

1.

CASTILLA Y LEÓN

3

Traslado de domicilio.

Funciones sindicales.

Concurrir a exámenesfinales, pruebasdefinitivas de aptitud,evaluación oficial yparciales liberatorios.

Cumplimiento de undeber inexcusable y asis-tencia a sesiones detribunales o comisiones.3*

Matrimonio.

Asuntos particulares.

Exámenes prenatales otécnicas de preparaciónal parto de la funcionaria.

Lactancia de un hijomenor de doce meses.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

1.

2.

1 día natural, en la misma localidad odistinta. .Se entiende que existe traslado de domi-cilio cuando se produzca dentro de unaprestación de servicios continuada.

A tiempo completo.A tiempo parcial.Tendrán derecho al disfrute los funciona-rios de carrera o interinos con vacante.

El día completo de su celebración.

El tiempo indispensable.Carácter público o personal.

15 días naturales ininterrumpidos.(Incluye el día de la boda y pueden serantes o después, total o parcialmente). .Puede acumularse a las vacaciones, acualquier licencia o permiso. .Las parejas de hecho, también puedensolicitarla.

6 días. Dos lectivos, máximo uno por tri-mestre. Resto no lectivos.

Por el tiempo necesario para su prácti-ca y previa justificación de la necesidadde su realización dentro de la jornada detrabajo.

Lactancia: Una hora diaria de ausenciadel trabajo. Esta hora puede dividirse endos mitades al inicio y al final de lajornada. También puede acogerse a unpermiso retribuido que acumule la jorna-da de lactancia. .Pueden acogerse cualquiera de ellos,padre o madre. .Acumulable con la reducción por guardalegal. No compatible con licencias, exce-dencias. .Si se opta por un permiso acumulable,se debe permanecer en esa situaciónhasta que finalice.

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Solicitud al Director del Centro. Concontrato o factura. .El mismo día de traslado de muebles oenseres. .Justificación mediante la copia del con-trato de compraventa, alquiler de vi-vienda, contratos de suministros, facturaempresa de mudanza u otra pruebadocumental.

Impreso oficial.Justificación sindical y de la Administra-ción.Solicitud Director General.

Certificado de asistencia del tribunal.Solicitud al Director del Centro.

Solicitud al Director del Centro con do-cumento que lo justifique para el permi-so de un día. .Solicitud al Director Provincial con docu-mento que lo justifique para el permisode más de un día. .Concesión discrecional, salvo que eldeber lo imponga una norma.

Solicitud al Director Provincial con 15días hábiles de antelación. Aportar ladocumentación acreditativa del hechoen un plazo de 20 días hábiles desde lacertificación de la misma. Libro de fami-lia.

Solicitud al Director del Centro.

Impreso oficial y libro de familia. .Solicitud al Director del Centro para elpermiso de una hora diaria. .Solicitud al Director Provincial para elpermiso acumulable. .Avisar 15 días de antelación de la fechade reincorporación a jornada ordinaria.En caso de parto múltiple, el tiempo deausencia o de reducción de la jornadadiaria, se multiplicará por el número dehijos nacidos de forma simultánea (Cri-terios Dirección General de la FunciónPública)

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Denominación

Denominación

Duración

Duración

Justificante

Justificante

Permisos para conciliación de vida familiar y laboral

Solicitud al Director Provincial con 15días hábiles de antelación. .Informe favorable del Director del Centro.

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CASTILLA Y LEÓN

4

Reducción de jornada de al menos lamitad de su duración, si ambos progeni-tores trabajan. .Necesario que ambos progenitores tra-bajen. .Como máximo hasta que el menorcumpla 18 años. .Excepcionalmente la reducción de jor-nada se puede acumular en jornadascompletas, en fases críticas de la enfer-medad o cáncer.

Ausencias, reducción de jornada o reor-denación del trabajo por la Dirección delCentro y Dirección Provincial según lostérminos que se establezcan reglamen-tariamente por la Junta de Castilla yLeón.

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Impreso oficial y libro de familia. .Solicitud al Director General con antela-ción mínima de 15 días. Si fuera de ur-gencia, se comunicará inmediatamente.

Se considera falta de asistencia justifi-cada en las condiciones según ServiciosSociales o de Salud. .Orden de protección y en su defecto,informe del Ministerio Fiscal. .Solicitud al Director Provincial.

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Denominación Duración Justificante

Por cuidado de hijomenor afectado porcáncer u otra enfermedadgrave.

Por razón de violencia degénero sobre la mujerfuncionaria.

6.

7.

Por cuidado de unerfamiliar de 1 grado por

razones de enfermedadmuy grave.

Guarda legal:- un menor de 12 años- de persona mayor que requiera especial dedi- cación.- de persona con disca- pacidad que no desem- peñe actividad retribuida.- un familiar hasta 2º grado que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y sin actividad retribuida.

4.

3.

Un mes como máximo. .Reducción de hasta el 50% de la jorna-da laboral con reducción retributiva. .Si hubiera más de un titular con derechopor el mismo hecho causante, el tiempode disfrute se podrá prorratear entreellos sin exceder el mes. .Necesario tener jornada completa. .Incompatible con la realización de cual-quier actividad.

Derecho a la reducción de la jornadade trabajo entre (1/4,1/2) con disminu-ción proporcional de retribuciones. .Incompatible con la realización de cual-quier otra actividad sea o no remuneradadurante el horario de reducción. .Pueden solicitarla: funcionarios de ca-rrera, en prácticas o interino con vacantede jornada completa. .La percepción de pensión por parte delsujeto causante no se considera equi-valente al desempeño de actividad retri-butiva. .Persona mayor: edad superior o igual a65 años sin actividad retributiva. .Persona con discapacidad igual osuperior al 33%. .Excepcionalmente: 1 hora diaria deausencia por guarda legal familiar condisminución física, psíquica o sensorialsuper ior a l 33% según Art .15 g(DECRETO 210/2000) si cumplen requi-sitos.

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Impreso oficial y libro de familia. .Solicitud al Director General con 15días hábiles de antelación. .Avisar con 15 días de antelación a lafecha de incorporación a la jornadaordinaria.

Libro de familia. Solicitud al DirectorProvincial con 15 días hábiles de ante-lación al inicio del trimestre escolar,acreditando la necesidad de atención alfamiliar. .El personal docente interino con vacan-te para jornada completa: puede soli-citarla dentro de los 15 días naturalescontados a partir de la fecha de sunombramiento. .Avisar con 15 días de antelación de lafecha de reincorporación a jornadaordinaria.

Por nacimiento de hijosprematuros o que porotra causa debanpermanecer hospitaliza-dos a continuación delparto.

5. Ausentarse del trabajo hasta un máx.de dos horas con percepción integrade las retribuciones. .Asimismo el funcionario docente con jor-nada a tiempo completo: puede reducirsu jornada de trabajo hasta un máximode 2 horas, con la disminución propor-cional de sus retribuciones. .Permiso en horas NO lectivas.

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Impreso oficial y libro de familia. .Solicitud al Director Provincial, con 15días de antelación. .Avisar con 15 días de antelación de lafecha de incorporación a jornada ordi-naria.

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CASTILLA Y LEÓN

5

El tiempo indispensable. Cuando no sedisponga de consulta fuera de horariolectivo. .Propias o de familiares de segundo gra-do de consanguinidad o afinidad.

Un curso completo (4 prestando servicioy el 5º disfrute del permiso). .Periodo de cinco cursos escolares perci-biendo 85% de retribuciones.

Derecho a ausentarse del puesto detrabajo en los siguientes casos: .1. Cursos que se celebren dentro deltiempo fijo del horario del trabajo o tiem-po flexible entre (7:30, 15:30) .2. Cursos que se celebren en horariodistinto al anterior: .· Misma localidad: 2 horas y media diarias de ausencia del trabajo entre (7:30, 9:00) y ( 14:00,15:30). .· Distinta localidad: 2 horas y media diarias de ausencia del trabajo distribu- idas de manera ininterrumpida entre (7:30, 9:30) y (13:30,15:30). .Cuando la actividad formativa seaobligatoria: el tiempo de asistencia seconsiderará en su totalidad como de tra-bajo.

Tiempo que resulte indispensable a reu-niones de coordinación de su centroeducativo

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Justificante médico tanto de la asisten-cia efectiva, el horario de atención y decitación. .Solicitud al Director del Centro.

Solicitud al Consejero de Educación.

Solicitud al Director del Centro e infor-me favorable del Director Provincial. .

NOTA: .La asistencia a cursos, seminarios,mesas redondas o congresos distintosde los contemplados en este permiso:necesidad de una propuesta motivaday con un límite máximo 40 horas alaño.

Solicitud al Director del Centro.

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Consultas, tratamientosy exploraciones tipomédico, propias ofamiliar 2º grado.

Permiso parcialmenteretribuido.

Permiso para asistenciaa programas de forma-ción organizados por laAdministración deCastilla y León.

Asistencia a reunionesde coordinación delcentro educativo dondese tengan personas condiscapacidad mayor al33% a su cargo (hastael segundo grado deconsanguinidad).

8.

9.

10.

11.

Denominación Duración Justificante

Riesgo durante el emba-razo y la lactancia.

Por asuntos propios, sinretribución.

Licencias por estudios.

1.

2.

3.

No impide el disfrute de las 16 semanasdel permiso por maternidad.

Requisito: dos años de funcionario.La duración acumulada no podrá exce-der de 3 meses cada dos años, ni serinferior a 5 días hábiles.

Se establece en la Orden de convocato-ria específica. .Un curso. Exclusivo funcionarios. .Incompatible con otra actividad, ayudao beca. .Al finalizar presentarán una memoriafinal y certificación académica de losestudios realizados. .Retribuidas.

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Parte médico. Solicitud al Director Pro-vincial.

Impreso oficial y cualquier justificación.Solicitud al Director Provincial en elcentro de destino con antelación mínimade15 días hábiles.

Solicitud al Director Provincial.Documentación requerida en convoca-toria.

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Denominación Duración Justificante

LICENCIAS

CASTILLA Y LEÓN

6

Para la colaboración enProgramas deCooperación y AyudaHumanitaria

Para la participación enProgramas y Proyectosde Ayuda y Cooperaciónal Desarrollo

4.

5.

Duración máxima de 3 meses, pudién-dose ser ampliada hasta 6 meses. .Tendrá derecho a retribuciones.

Duración máxima de 3 meses, pudién-dose ser ampliada hasta 6 meses. .No tendrá derecho a retribuciones. .Se reconoce antigüedad.

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Solicitud dirigida al Director General.

Solicitud dirigida al Director General.

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Denominación Duración Justificante

(1*) Orden EDU/423/2014, 21 mayo (Art9) Todos los permisos computarán desde el mismo día en que se produzca el

hecho causante excepto en los siguientes casos: .

a) hechos acaecidos de manera imprevista una vez iniciada la jornada laboral ordinaria: el cómputo del permiso

comenzará al día siguiente (se computará como trabajo efectivo el día siguiente del hecho). .

b) en los supuestos de accidente o enfermedad grave de un familiar y de matrimonio: comenzará a computar

desde la fecha que se indique en la solicitud, siempre que el día del hecho causante esté comprendido dentro del

período solicitado. .

Cuando pudieran concurrir varios permisos, salvo el permiso por razón de matrimonio, se puede optar por el de

mayor duración, no siendo acumulables entre sí. .

(Art.10.3) Para la apreciación de concurrencia del elemento de gravedad en la enfermedad se tendrá en cuenta los

siguientes criterios: .

- Dolencia o lesión física o psíquica con secuelas permanentes que limiten la actividad habitual con independencia de

su hospitalización. .

- Intervención quirúrgica con independencia de la gravedad o lesión. .

- Hospitalización. .

(2*) Orden EDU/423/2014, 21 mayo. Disposición adicional sexta. Días de ausencia que no den lugar a incapacidad

temporal. Se considera el curso escolar equivalente al año natural. .

Aplicación R.D.Ley 20/2012 de 13 julio. Ausencia por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad

temporal: 3 días consecutivos o 4 alternos por curso escolar. .

(3*) Orden EDU/423/2014, 21 mayo (Art.12) Deber inexcusable de carácter público o personal: la asistencia a

Juzgados o Tribunales de Justicia, comisarias o cualquier otro organismo oficial ; la asistencia a plenos, comisiones

informativas o de gobierno de las Entidades Locales; la asistencia a reuniones o actos en asociaciones cívicas; la

asistencia a las sesiones de un tribunal de selección o comisión de valoración y el cumplimiento de los deberes de los

ciudadanos derivados de una consulta electoral. .

Decreto 59/2013, 5 septiembre: Disposición adicional sexta: los sábados no se consideran hábiles para los permisos

y licencias. Para los permisos se entenderá por distinta localidad aquella que no se corresponda con la del puesto de

trabajo donde preste sus servicios el funcionario ni con la de su residencia. .

- Circular 1/2015, de 14 de enero, de la Dirección General de Recursos Humanos, relativa a las vacaciones, permi-

sos y licencias del personal funcionario docente de las enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en los

centros públicos y servicios de apoyo a los mismos dependientes de la consejería en materia de educación. .

- RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de

Educación, por la que se delegan determinadas competencias en materia de vacaciones, permisos y licencias del

personal laboral adscrito a la citada dirección general en las direcciones provinciales de educación y en la dirección de

los centros docentes públicos no universitarios y servicios de apoyo a los mismos, dependientes de la consejería

competente en materia de educación. .

- Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León. .

- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto

Básico del Empleado Público. .

- Criterios de aplicación de la Dirección General de la Función Pública (Armonización de Permisos y Licencias). .

- Vacaciones: en el caso de funcionarios docentes de carrera, interinos con vacante y funcionarios en prácticas, por

cada curso escolar de servicio activo, el período ordinario de disfrute de vacaciones será en el mes de agosto. Dicho

período de vacaciones se interrumpirá si coincide con una situación de incapacidad temporal, riesgo durante el em-

barazo o lactancia, permiso por maternidad, paternidad, adopción y acumulación de lactancia. En este caso, el disfru-

te se llevará a cabo al finalizar dicha situación. Es imprescindible solicitarlo al Director Provincial.

CASTILLA Y LEÓN

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Por cuidado de familiares(hasta 2º grado) por edad,accidente, enfermedad ydiscapacidad

Por cuidado de hijos.

Voluntaria por prestaciónde servicios en el sectorpúblico.

Voluntaria por interésparticular.

Voluntaria poragrupación familiar.

Víctimas violencia degénero

1.

2.

3.

4.

5.

6.

Hasta tres años. Con reserva del puestode trabajo durante 2 años (luego iguallocalidad) .Familiares hasta 2º grado que no se val-gan por sí mismos y sin actividad retri-buida.

Hasta 3 años por cada hijo desde la fe-cha de nacimiento, adopción o acogi-miento. Reserva del puesto de trabajodurante 2 años (luego igual localidad).

Por el tiempo en que se mantenga la re-lación de servicios original.

Indefinido (mínimo dos años para el re-ingreso).Se requiere haber trabajado 5 años.

Mínimo 2 años y máximo 15 años.Pérdida de destino.Cónyuge funcionario o laboral en otromunicipio.

Reserva del puesto los 6 primeros me-ses. Se puede prorrogar hasta un máxi-mo de 18 meses por períodos de 3 me-ses.

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Solicitud al Director Provincial.

Solicitud al Director Provincial.

De oficio o a instancia de parte.Solicitud al Director Provincial.

Solicitud al Director Provincial.

Solicitud al Director Provincial.

Informe del Ministerio Fiscal.

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Denominación Duración Justificante

EXCEDENCIAS

CASTILLA Y LEÓN

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Plz. Santa Teresa nº14, 3º-3Telf: 920 251 169

05001 ÁVILAE-mail: [email protected]

Pº de Carmelitas, 23, Bajo 3Teléfono: 923 272 012

Fax: 923 281 32837002 SALAMANCA

E-mail: [email protected]

C/. Becerro de Bengoa, 5Pas. Com. La Cerera

Tel. y Fax: 979 740 67234002 PALENCIA

E-mail: [email protected]

C/. San Pablo, 12-C,2.º FTeléfono: 947 206 069

09002 BURGOSE-mail: [email protected]

C/. Velázquez, 14 - 1º CTeléfono: 987 263 243

Fax: 987 263 69724005 LEÓN

E-mail: [email protected]/ Ramón y Cajal, 33 Of. 524400 Ponferrada (LEÓN)

Tel.: 987 097 497E-mail: [email protected]

ANPE ÁVILA ANPE BURGOS ANPE LEÓN ANPE PALENCIA ANPE SALAMANCA

Avda. Acueducto,11, 1.º B

Tel. y Fax: 921 442 10340001 SEGOVIA

E-mail: [email protected]

C/. Ferrari, 1 - 3º Drcha.Teléfono: 983 356 961

Fax: 983 359 78047002 VALLADOLID

E-mail: [email protected]

C/. Puertas de Pró, 12, 1º DTel.: 975 231 242Fax: 975 67 05 53

42002 SORIAE-mail: [email protected]

ANPE SEGOVIA ANPE SORIA

Av. Alfonso IX, 2 - 2º Ofic. 3Tel. y Fax: 980 524 220

49014 ZAMORAE-mail: [email protected]

ANPE ZAMORA

C/. Ferrari, 1 - 3º D.Tel. y Fax: 983 375 697

47002 VALLADOLIDE-mail: [email protected]

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