folleto cartera

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CARTER A Edades Son los li mites de los plazos que se fijan para una deuda. Para una entidad financiera su 0 – 30 días 31- 90 días 91 – 180 días 181- 360 días Más de 360 días PROVISIÓN DE CARTERA Se entiende por provisión de cartera al valor que la empresa, según el análisis del comportamiento de su cartera, considera que no es posible recuperar, y por tanto debe provisionar Siempre que una empresa realice ventas a crédito corre el riesgo de que un porcentaje

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FOLLETO

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Page 1: FolleTo CARTERA

CARTERA

Edades Son los li mites de los plazos que se fijan para una deuda. Para una entidad financiera su clasificación por edades seria:

0 – 30 días

31- 90 días

91 – 180 días

181- 360 días

Más de 360 días

PROVISIÓN DE CARTERA

Se entiende por provisión de cartera al valor que la empresa, según el análisis del comportamiento de su cartera, considera que no es posible recuperar, y por tanto debe provisionar

Siempre que una empresa realice ventas a crédito corre el riesgo de que un porcentaje de sus clientes no paguen sus deudas, constituyéndose para la empresa una perdida ya que no será posible recuperar en su totalidad lo vendido a crédito

Page 2: FolleTo CARTERA

La provisión de cartera se hace mediante un débito al gasto por provisión y un crédito a la cuenta provisión del activo.

La provisión de cartera es el reconocimiento de las deudas de difícil cobro, aquellas que se consideran que no será posible recuperarlas, por tanto constituyen un gasto para la empresa, que entrará a disminuir la utilidad de la misma.

PROVISION INDIVIDUAL

la provisión individual se encuentra establecida en el artículo 74 del Decreto 187 de 1975 “Como deducción por concepto de provisión a individual para deudas de dudoso o difícil cobro fijase como cuota razonable hasta un treinta y tres por ciento (33%) anual del valor nominal de cada deuda con más de un año de vencida”, como se puede observar la norma hace mención a la forma individualiza que se debe provisionar la cartera y reconoce hasta el 33% por cada año de vencida, permitiendo aplicar porcentajes menores.

33%

PROVISION GENERAL

Está se encuentra establecida en el artículo 75 ibídem y señala unos porcentajes de provisión de acuerdo al tiempo de vencimiento de la cartera de crédito:

El 5% para cartera con más de tres meses de vencida, sin exceder de seis meses.

El 10% para cartera con más de seis meses de vencida, sin exceder de un año.

El 15% para cartera con más un año de vencida.

5% 10%

15%