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FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DE LA CIUDAD DE MÉXICO LICDA. ARACELI BERENICE HERNÁNDEZ CALDERÓN, DIRECTORA GENERAL DEL FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en los artículos 1 y 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 4, 5 apartado A numeral 1, 8 apartado A, numeral 6 y 10, apartado B numeral 3 y 9 apartado A en todas sus fracciones de la Constitución Política de la Ciudad de México; 73 de la Ley General de Educación; 2, 3 fracción III y XII, 6, 11 fracción II, 14, 44 fracción III, 47, 49, 50, 51, 52, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73 y 74 fracciones I, IV, IX, XI, XX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2, 5, 33, 36 fracción II, 41, 117 y 120 fracción III de la Ley de Educación del Distrito Federal; 2, 3, 6, 7, 13 numeral XI, 34 numeral II, 57, 58, 97, 98 Y 99 fracción XX de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México; 1, 4, 6, 45 de Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México; 4, 32, 33, 34 fracción I, 35, 36, 37, 38, 38 Bis y 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 47, 50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 1, 2 fracción XXVI, 15, 16, 18, 24, 27, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 13, 14, 25, 28 y 29 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 10, 28 y 31 del Reglamento para Someter a la Aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal;Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2020 publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de octubre de 2019; Decreto de sectorización de las entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 25 de marzo de 2019, en donde la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, llevó a cabo la reestructuración de la Administración Pública, con la finalidad de evitar que se realicen actividades duplicadas, quedando el Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México sectorizado a la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación; Contrato del Fideicomiso No. 2152-6 de fecha 21 de junio de 2007; Primer Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso de fecha 21 de diciembre del año 2007; Segundo Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 5 de noviembre de 2008; Tercer Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 27 de octubre de 2010; Cuarto Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso de fecha 01 de julio de 2011; Quinto Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso de fecha 26 de agosto de 2019; numerales 6 y 9 de las Reglas de Operación del Fideicomiso Educación Garantizada publicadas el 30 julio 2014 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; y Acuerdo número SE/12/008/19, tomado en la Décima Segunda Sesión Extraordinaria del Comité Técnico del Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México, celebrada el 26 de diciembre de 2019, así como las demás disposiciones legales aplicables, y CONSIDERANDO I.- Que mediante oficio JGCDMX/049/2019 de fecha 10 de junio del presente año, la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, instruyó a la Licda. Araceli Berenice Hernández Calderón, Directora General del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, para incorporar el Programa “Mi Beca para Empezar”, a fin de que el Fideicomiso sea la

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FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

LICDA. ARACELI BERENICE HERNÁNDEZ CALDERÓN, DIRECTORA GENERAL DEL FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, con fundamento en los artículos 1 y 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 4, 5 apartado A numeral 1, 8 apartado A, numeral 6 y 10, apartado B numeral 3 y 9 apartado A en todas sus fracciones de la Constitución Política de la Ciudad de México; 73 de la Ley General de Educación; 2, 3 fracción III y XII, 6, 11 fracción II, 14, 44 fracción III, 47, 49, 50, 51, 52, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73 y 74 fracciones I, IV, IX, XI, XX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2, 5, 33, 36 fracción II, 41, 117 y 120 fracción III de la Ley de Educación del Distrito Federal; 2, 3, 6, 7, 13 numeral XI, 34 numeral II, 57, 58, 97, 98 Y 99 fracción XX de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México; 1, 4, 6, 45 de Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México; 4, 32, 33, 34 fracción I, 35, 36, 37, 38, 38 Bis y 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 47, 50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 1, 2 fracción XXVI, 15, 16, 18, 24, 27, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 13, 14, 25, 28 y 29 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; 10, 28 y 31 del Reglamento para Someter a la Aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal;Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2020 publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 29 de octubre de 2019; Decreto de sectorización de las entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 25 de marzo de 2019, en donde la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, llevó a cabo la reestructuración de la Administración Pública, con la finalidad de evitar que se realicen actividades duplicadas, quedando el Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México sectorizado a la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación; Contrato del Fideicomiso No. 2152-6 de fecha 21 de junio de 2007; Primer Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso de fecha 21 de diciembre del año 2007; Segundo Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 5 de noviembre de 2008; Tercer Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 27 de octubre de 2010; Cuarto Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso de fecha 01 de julio de 2011; Quinto Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso de fecha 26 de agosto de 2019; numerales 6 y 9 de las Reglas de Operación del Fideicomiso Educación Garantizada publicadas el 30 julio 2014 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; y Acuerdo número SE/12/008/19, tomado en la Décima Segunda Sesión Extraordinaria del Comité Técnico del Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México, celebrada el 26 de diciembre de 2019, así como las demás disposiciones legales aplicables, y

CONSIDERANDO

I.- Que mediante oficio JGCDMX/049/2019 de fecha 10 de junio del presente año, la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, instruyó a la Licda. Araceli Berenice Hernández Calderón, Directora General del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, para incorporar el Programa “Mi Beca para Empezar”, a fin de que el Fideicomiso sea la

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entidad responsable de su ejecución. II.- El 20 de junio del año 2019, el Comité Técnico de esta entidad celebro la Segunda Sesión Ordinaria del 2019, en la cual mediante acuerdo S0/02/013/19, autorizó incorporación del Programa Social denominado Programa de Becas Escolares de la Ciudad de México, “Mi Beca para Empezar”, a los fines de este Fideicomiso. III.- El día 6 de enero de 2020, en la celebración de Día de Reyes: “Vamos a romper mil piñatas en el Zócalo”, la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, anunció que con el fin de apoyar a más niñas y niños de la Ciudad de México; el Programa Social denominado Programa de Becas Escolares de la Ciudad de México, “Mi Beca para Empezar”, se ampliará a nivel preescolar. IV.- Que en cumplimiento a lo ordenado en el Acuerdo número SO/02/014/19, emitido por el Comité Técnico de este Fideicomiso, en su Segunda Sesión Ordinaria 2019 de fecha 20 de junio del 2019, autorizó la firma del Quinto Convenio Modificatorio del Contrato Fideicomiso No. 2152-6, en el cual se modifica el nombre del “Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal”, por el nombre “Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México”, publicando el respectivo anuncio en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 10 de enero de 2020, que instruye en el artículo Tercero Transitorio todas las áreas administrativas y de apoyo de este Fideicomiso, para que a partir de la entrada en vigor de ese Aviso, se sustituya y haga referencia a la Ciudad de México; por lo que tengo a bien emitir el siguiente:

AVISO

AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA SEGUNDA MODIFICACIÓN A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL DENOMINADO PROGRAMA DE BECAS ESCOLARES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, “MI BECA PARA EMPEZAR”, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020

1. Nombre del Programa Social y Dependencia o Entidad Responsable

1.1 Nombre del Programa: Programa de Becas Escolares de la Ciudad de México, Mi Beca para Empezar

1.2 Entidad Responsable: Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México (FIDEGAR)

1.3 Unidades Administrativas involucradas en la operación del programa social y unidades de apoyo técnico operativo: Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México (FIDEGAR); a través de la Dirección Operativa de Programas para la Ciudad; y en coordinación con la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México y demás instituciones que coadyuven en la ejecución del Programa Social 1.4 El Programa de Becas Escolares de la Ciudad de México, “Mi Beca para Empezar”, se ejecuta de manera coordinada entre el Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México (FIDEGAR); a través de la Dirección Operativa de Programas para la Ciudad; y en coordinación con la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México. De conformidad al convenio de colaboración firmado por

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ambas instituciones, dentro de las cuales se encuentra las siguientes responsabilidades y/o actividades:

● Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México (FIDEGAR): Registro y entrega de apoyo económico a través de transferencias monetaria mensual a los beneficiarios. ● Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México:

Vinculación y acceso a los centros educativos, así como actualización de altas y bajas de los beneficiarios y envío de información al Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México.

2. Alineación Programática 2.1 Alineación con el Programa de Gobierno de la Ciudad de México 2019-2024

El Plan de Gobierno para el sexenio define, entre sus ejes programáticos, uno orientado al fomento de la igualdad y los derechos sociales, entre ellos la educación. En ese sentido, en la medida en que el Programa “Mi Beca para Empezar” contribuye a fortalecer el sistema local de becas y a robustecer la función socialmente integradora del Modelo Educativo de la Ciudad, se alinea armoniosamente con lo establecido por el Plan de Gobierno del sexenio. 2.2 Alineación con los grandes derechos sociales universales y legislación Aplicable en la Ciudad de México.

La alineación programática del Programa “Mi Beca para Empezar” se elabora con base en tres instrumentos fundamentales y estratégicos en la estructura política y normativa de nuestra ciudad; esto es, la Constitución de la Ciudad de México; la Ley de Desarrollo Social.

a) Constitución de la Ciudad de México:

Mi beca para Empezar contribuye al cumplimiento y está alineado con el artículo 9 de la CPEUM que plantea:

“1. Las autoridades adoptarán las medidas necesarias para que progresivamente, se erradiquen las desigualdades estructurales y la pobreza, y se promueva el desarrollo sustentable, que permita alcanzar una justa distribución de la riqueza y del ingreso entre personas, familias, grupos sociales y ámbitos territoriales.”

En ese mismo artículo se establece:

“2. Todas las personas tienen derecho a un mínimo vital para

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asegurar una vida digna en los términos de esta Constitución.”

Así, la Constitución tiene un mandato incontrovertible y proactivo de actuación para el Gobierno de la Ciudad de México en cuanto a la necesidad de eliminar las enormes desigualdades que existen en nuestra ciudad y establecer diversos mecanismos que permitan caminar hacia la institucionalización del derecho al mínimo vital para toda la población. Esto constituye una de las grandes conquistas consagradas en la Constitución, la cual, para materializarse, requiere de la articulación de programas universales de garantía de los ingresos familiares, como el que se presenta en este documento. El primer paso que se da en ese sentido en el presente gobierno es Mi beca para Empezar, que, al estar dirigido a niñas y niños inscritos en escuelas públicas prescolares, primarias y secundarias, y en Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar, primaria, secundaria y laboral (CAM), cumple también el objetivo de garantizar los derechos a la niñez de la educación.

De esta forma, el artículo 8 de nuestra Constitución establece el Derecho Universal a la Educación, en los siguientes términos:

“1. En la Ciudad de México todas las personas tienen derecho a la educación en todos los niveles, al conocimiento y al aprendizaje continuo. Tendrán acceso igualitario a recibir formación adecuada a su edad, capacidades y necesidades específicas, así como la garantía de su permanencia, independientemente de su condición económica, étnica, cultural, lingüística, de credo, de género o de discapacidad (…) Atendiendo al principio rector del interés superior de la niñez, las autoridades velarán por el pleno ejercicio del derecho de las niñas y de los niños a recibir educación, garantizando su acceso y respetando su pleno cumplimiento (…) Las autoridades de conformidad con su ámbito de competencia, establecerán acciones afirmativas destinadas a prevenir o compensar situaciones de desventajas o dificultades de grupos vulnerables, con el fin de procurar su permanencia en el sistema educativo.”

En este mismo artículo se plantea que:

“Las autoridades tomarán las medidas tendientes a prevenir y evitar la deserción escolar en todos los niveles. Las leyes locales establecerán apoyos para materiales educativos para estudiantes de educación inicial y básica, así como un apoyo económico para los estudiantes de educación media superior.”

El Gobierno de la Ciudad ha implementado toda una estrategia para la inclusión y permanencia de los menores en la educación, garantizando este derecho, realizando acciones para remover obstáculos y establecer apoyos económicos para los estudiantes. La expresión más clara de lo anterior lo constituye el

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programa “Mi Beca Para Empezar”, que diseña e implementa un sistema de becas para todo el alumnado de escuelas públicas, en los niveles de preescolar, primaria y secundaria, y en los Centros de Atención Múltiple a nivel preescolar, primaria y secundaria.

b) Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal:

Uno de los principios más ambiciosos, integradores y complejos de aplicar de la Ley de Desarrollo Social es el que establece que los programas sociales, en la medida de sus posibilidades, deberán tener un carácter universal. La universalidad supone, sin lugar a duda, el principal dispositivo que garantiza el alcance, la amplitud y la capacidad estratégica de la Política Social para incrementar su impacto y generar una contribución duradera y decisiva al bienestar de la población. En ese sentido, el Programa “Mi Beca para Empezar”, al cubrir al conjunto de estudiantes de las escuelas públicas preescolares, primarias, secundarias y de los CAM de nivel preescolar, primaria y secundaria de la Ciudad de México, define una perspectiva nítidamente universal de política pública. Así, el actual Programa se alinea al mandato legal de promoción de derechos sociales universales, como el de la educación, que establece la mencionada legislación. El programa integra y garantiza los doce principios de la Política Social establecidos en el artículo 4 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (Universalidad, Igualdad, Equidad de Género, Equidad Social, Justicia Distributiva, Diversidad, Integralidad, Territorialidad, Exigibilidad, Participación, Transparencia y Efectividad).

PRINCIPIOS DERECHOS SOCIALES Y

HUMANOS

PROGRAMA “MI BECA

PARA EMPEZAR”

Universalidad

La política de desarrollo social está

destinada para todos los habitantes de

la Ciudad de México y tiene por

propósito el acceso de todos y todas al

ejercicio de los derechos sociales, al

uso y disfrute de los bienes urbanos y

a una creciente calidad de vida para el

conjunto de los habitantes.

El Programa “Mi Beca para

Empezar” cuenta con

ciertos requisitos de

ingreso, ya que está

destinado a una población

en específico, dentro de

esta delimitación de la

población en ningún

momento existe

discriminación de algún tipo.

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Igualdad

Constituye el objetivo principal del

desarrollo social y se expresa en la

mejora continua de la distribución de la

riqueza, el ingreso y la propiedad, en el

acceso al conjunto de los bienes

públicos y al abatimiento de las

grandes diferencias entre personas,

familias, grupos sociales y ámbitos

territoriales.

Se pretende que los

estudiantes de nivel básico

tengan acceso a servicios

de educación de calidad a

través de condiciones de

igualdad y teniendo en

cuenta que se requieren

mecanismos institucionales

que permitan conocer y

atender con pertinencia las

necesidades de las

escuelas públicas de nivel

básico, Contribuir al

fortalecimiento de la

identidad y del

aprovechamiento

académico de las niñas y

los niños de educación

básica, promoviendo la

equidad, la participación y la

integración social.

Equidad de

Genero

La plena igualdad de derechos y

oportunidades entre mujeres y

hombres, la eliminación de toda forma

de desigualdad, exclusión o

subordinación basada en los roles de

género y una nueva relación de

convivencia social entre mujeres y

hombres desprovista de relaciones de

dominación, estigmatización, y

sexismo.

El Programa permite el libre

acceso y disfrute del mismo,

a todos los “alumnos”

inscritos en las escuelas

públicas de la entidad y

residentes en la Ciudad de

México del nivel de

Educación Básica,

Preescolar, Primaria,

Secundaria y Centros de

Atención Múltiple, en ningún

momento se hace alguna

distinción de género.

Equidad

Social

Superación de toda forma de

desigualdad, exclusión o

subordinación social basada en roles

de género, edad, características

físicas, pertenencia étnica, preferencia

sexual, origen nacional, práctica

religiosa o cualquier otra.

El programa permite el libre

acceso y disfrute del mismo

a toda la población objetivo;

en ningún momento se

presenta exclusión social

alguna.

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Justicia

Distributiva

Obligación de la autoridad a aplicar de

manera equitativa los programas

sociales, priorizando las necesidades

de los grupos en condiciones de

pobreza, exclusión y desigualdad

social.

El Programa “Mi Beca para

Empezar” pretende

Contribuir a la eliminación

de los factores, condiciones

o situaciones que generan

desigualdad o inequidad en

el acceso a servicios

educativos e ingresos;

garantizar la igualdad de

oportunidades, el derecho a

la educación y coadyuvar a

erradicar la discriminación

social por razones

socioeconómicas.

Diversidad

Reconocimiento de la condición

pluricultural de la Ciudad de México y

de la extraordinaria diversidad social

que presupone el reto de construir la

igualdad social en el marco de la

diferencia de sexos, cultural, de

edades, de capacidades, de ámbitos

territoriales, de formas de organización

y participación ciudadana, de

preferencias y de necesidades;

El problema público

planteado vulnera el

derecho a la Educación

reconocido universalmente

como parte de los Derechos

Económicos, Sociales y

Culturales (DESCA) y el

derecho a la educación en

cuanto a los estándares de

disponibilidad y

accesibilidad. La Ciudad de

México debe velar porque la

infraestructura física sea

adaptable a las condiciones

y contextos específicos de

las y los alumnos

asegurando su desarrollo

progresivo e integral,

conforme a las capacidades

y habilidades personales.

Integridad

Articulación y complementariedad

entre cada una de las políticas y

programas sociales para el logro de

una planeación y ejecución

multidimensional que atiendan el

conjunto de derechos y necesidades

de los ciudadanos.

El Programa “Mi Beca para

Empezar” se articula con los

otros programas sociales de

la institución que lo opera

para lograr su correcta

aplicación en la sociedad

(Fideicomiso Educación

Garantizada):

-Programa Seguro contra

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Accidentes Personales de

Escolares “Va Seguro”

-Mejor Escuela

-Útiles Escolares Gratuitos

-Uniformes Escolares

Gratuitos

Territorialidad

Planeación y ejecución de la política

social desde un enfoque socio espacial

en el que en el ámbito territorial

confluyen, se articulan y

complementan las diferentes políticas

y programas y donde se incorpora la

gestión del territorio como componente

del desarrollo social y de la articulación

de éste con las políticas de desarrollo

urbano.

Uno de los principios más

ambiciosos, integradores y

complejos de aplicar de la

Ley de Desarrollo Social es

el que establece que los

programas sociales, en la

medida de sus

posibilidades, deberán

tener un carácter universal.

La universalidad supone,

sin lugar a duda, el principal

dispositivo que garantiza el

alcance, la amplitud y la

capacidad estratégica de la

Política Social para

incrementar su impacto y

generar una contribución

duradera y decisiva al

bienestar de la población.

En ese sentido, el Programa

“Mi Beca para Empezar”, al

cubrir al conjunto de

estudiantes de las escuelas

públicas preescolares,

primarias, secundarias y de

los CAM de nivel

preescolar, primaria y

secundaria de la Ciudad de

México, define una

perspectiva nítidamente

universal de política pública.

Así, el actual Programa se

alinea al mandato legal de

promoción de derechos

sociales universales, como

el de la educación, que

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establece la mencionada

legislación.

Exigibilidad

Derecho de los habitantes a que, a

través de un conjunto de normas y

procedimientos, los derechos sociales

sean progresivamente exigibles en el

marco de las diferentes políticas y

programas y de la disposición

presupuestal con que se cuente.

Este principio se encuentra

estipulado en el apartado X.

MECANISMOS DE

EXIGIBILIDAD de las

Reglas de Operación del

Programa “Mi Beca Para

Empezar”.

Como lo menciona la Ley de

Desarrollo Social para el

Distrito Federal (publicada

en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 23 de

mayo de 2000), la

exigibilidad es el derecho de

las y los habitantes que a

través de un conjunto de

normas y procedimientos,

los derechos sociales sean

progresivamente exigibles

en el marco de las

diferentes políticas y

programas del Gobierno de

la Ciudad de México y de la

disponibilidad presupuestal

con que se cuente; por lo

que las y los beneficiarios y

aspirantes a formar parte

del programa pueden hacer

efectivos sus derechos y

exigir el acceso a los

servicios garantizados.

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Participación

Derecho de las personas,

comunidades y organizaciones para

participar en el diseño, seguimiento,

aplicación y evaluación de los

programas sociales, en el ámbito de

los órganos y procedimientos

establecidos para ello.

Para este apartado, la Ley

de Desarrollo Social Para el

Distrito Federal en su

capítulo Octavo, artículos

39, 40 y 41, detalla todos y

cada uno de los métodos

con los que cuenta la

sociedad y con los cuales

podrá participar

activamente en la

planeación, programación,

implementación y

evaluación de los

programas y acciones de

Desarrollo Social. De igual

manera, en las Reglas de

Operación vigentes del

Programa “Mi Beca Para

Empezar”, en el apartado,

XII. FORMAS DE

PARTICIPACIÓN SOCIAL”.

-La participación social se

genera a partir de la

colaboración de las madres,

los padres de familia y/o

tutores en la toma de

decisiones respecto del

apoyo económico otorgado

a los planteles públicos

educativos, así como la

ejecución y comprobación

de los trabajos y recursos

realizados con el mismo y

se sustenta en los principios

de universalidad, igualdad,

equidad de género, entre

otros; que rigen la política

social y su participación con

el Gobierno de la Ciudad de

México.

-Como lo establece el

artículo 42 de la Ley de

Desarrollo Social del Distrito

Federal, la Evaluación

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Externa del programa social

será realizada de manera

exclusiva e independiente

por el Consejo de

Evaluación del Desarrollo

Social de la Ciudad de

México, en caso de

encontrarse considerado en

su Programa Anual de

Evaluaciones Externas.

-La Evaluación Interna de

“Mi Beca para Empezar” se

realizará en apego a lo

establecido en los

Lineamientos para la

Evaluación Interna de los

Programas Sociales,

emitidos por el Consejo de

Evaluación del Desarrollo

Social de la Ciudad de

México y los resultados

serán publicados y

entregados a las instancias

en los plazos señalados en

el artículo 34 de la Ley de

Desarrollo Social para el

Distrito Federal.

Transparencia

La información surgida en todas las

etapas del ciclo de las políticas de

desarrollo social será pública con las

salvedades que establece la

normatividad en materia de acceso a la

información y con pleno respeto a la

privacidad de los datos personales y a

la prohibición del uso político-

partidista, confesional o comercial de

la información

El Programa “Mi Beca para

Empezar”, informa

periódicamente a los

distintos portales de

transparencia y acceso a la

información federales y de

la Ciudad de México las

actividades realizadas,

presupuesto, coberturas,

reportes y toda aquella

información relevante.

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Efectividad

Obligación de la autoridad de ejecutar

los programas sociales de manera

austera, con el menor costo

administrativo, la mayor celeridad, los

mejores resultados e impacto, y con

una actitud republicana de vocación de

servicio, respeto y reconocimiento de

los derechos que profundice el

proceso de construcción de

ciudadanía de todos los habitantes.

La Secretaría de la

Contraloría General de la

Ciudad de México, en el

ámbito de su competencia

verificará que el gasto

guarde congruencia con lo

dispuesto en la Ley de

Austeridad, Transparencia

en Remuneraciones,

Prestaciones y Ejercicio de

Recursos de la Ciudad de

México.

Se proporcionará la

información que sea

solicitada por la Secretaría

de la Contraloría General de

la Ciudad de México y/o los

Órganos Internos de

Control, a fin de que estas

puedan realizar las

funciones de fiscalización,

inspección y verificación del

ejercicio del gasto público.

Las personas Contraloras

Ciudadanas de la Red de

Contralorías Ciudadanas

que coordina y supervisa la

Secretaría de la Contraloría

General de la Ciudad de

México, vigilarán en el

marco de sus derechos y

obligaciones establecidos

en la Ley de Participación

Ciudadana del Distrito

Federal y en los

Lineamientos del programa

de Contraloría Ciudadana,

el cumplimiento de las

presentes reglas de

operación, así como de las

normas y procedimientos

aplicables a la

programación y ejecución

del programa social y el

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ejercicio de los recursos

públicos.

3. Diagnóstico

3.1 Antecedentes

El Programa Social “Mi Beca Para Empezar” es un programa de nueva creación, el cual entró en operación en septiembre de 2019. Por sus alcances, dimensión y cobertura proyectada, se trata de una Política Social inédita a nivel local y nacional. Sin embargo, la política de otorgar becas en la Ciudad tiene varios antecedentes; entre los que se encuentran las transferencias monetarias a estudiantes de preparatoria, que han permitido garantizar el acceso social a los sistemas educativos, siendo esta una estrategia de intervención que cuenta con una gran amplitud de precedentes en la Ciudad. Sin embargo, en lo que respecta a estudiantes de educación especial, primaria y secundaria, los programas instaurados en previas administraciones tenían una cobertura limitada.

Así, se identifica el Programa Becas Escolares para Niñas y Niños en Condiciones de Vulnerabilidad Social (Más Becas, Mejor Educación), que otorga el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México, cuyo comienzo data del mes de marzo del 2001 y que actualmente cubre a 23 mil 715 niñas y niños. En contraste, la cobertura de “Mi Beca para Empezar” se otorgará aproximadamente a 1 millón 250 mil estudiantes.

Otro programa de Becas, como el de Niñas y Niños Talento, funcionó en la Ciudad de México. En este caso, el acceso era restringido, ya que únicamente se entregaba la beca de aproximadamente 300 pesos mensuales a niños y niñas matriculados en escuelas públicas que tuvieran una calificación superior a 9, teniendo una cobertura menor a 100 mil estudiantes en 2019. Este diseño, al estar basado en el aprovechamiento escolar, contribuye a reproducir desigualdades y a reforzar tendencias ya consolidadas entre quienes cuentan con buen desempeño académico, con lo que se agudizan las desventajas de quienes se encuentran en una situación de partida desfavorecida, no obstante que, todas las niñas y todos los niños tienen talento. Es relevante considerar que, como ha sido señalado por la literatura especializada, el rendimiento académico de los niños y niñas tiene una relación directa con las condiciones socioeconómicas del hogar. En ese sentido, “Mi Beca Para Empezar” supone la extensión, ampliación, universalización y democratización de las políticas públicas de becas, de las que han prevalecido hasta ahora.

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“Mi Beca Para Empezar” contribuye a la universalización de las becas para los estudiantes de toda la Ciudad, considerando que en 2019 el Gobierno Federal estableció las Becas para el “Bienestar Benito Juárez”, política que ofrece una transferencia monetaria universal a todos los estudiantes matriculados en escuelas públicas del nivel medio superior. En “Mi Beca Para Empezar” el apoyo económico es individual, universal y se entrega a los padres o los tutores de cada estudiante mediante un vale electrónico en el que se realizarán las transferencias monetarias por niño, a fin de que las familias tengan un recurso estable a lo largo del ciclo escolar.

3.2 Problema Social Atendido por el Programa

El Programa Social “Mi Beca para Empezar” persigue contribuir a la resolución de dos problemas sociales interconectados; la deserción escolar y la precariedad de los ingresos familiares. Se trata, lógicamente, de una contribución limitada, incapaz por sí misma de solventar el conjunto de determinantes de tipo estructural que afectan a la reproducción de tales problemas, cuyas causas y efectos son multifacéticos y ampliamente complejos. No obstante, como se refería, ambos problemas sociales se encuentran claramente imbricados; se ha acreditado, empírica y teóricamente, a nivel nacional y comparado, una correlación positiva y significativa entre el nivel de ingreso del núcleo familiar y su logro educativo. Es por ello por lo que las políticas de becas han operado históricamente, en disímiles épocas y contextos, como instrumentos privilegiados de integración social.

De acuerdo con estadísticas del Banco Mundial, en 2015, en México, sólo 46 de cada 100 niñas y niños que ingresaron a la primaria egresaron de la educación media superior1. Resulta evidente que el problema de la deserción escolar tiene una mayor incidencia en los niveles medio y medio superior. Esto se encuentra ya atendido por la Beca Benito Juárez del Gobierno de México, que ha sido mencionada en los antecedentes. No obstante, el alcance de la política normada por las presentes Reglas de Operación se extiende hasta la secundaria, precisamente el nivel en el que empieza a aflorar el problema de la deserción educativa. Si bien en la primaria resulta minoritario, aunque todavía preocupante, se ha mostrado que contar con un ingreso constante, aunque sea mínimo, permite reducir el estrés, lo que beneficia el ambiente familiar y por tanto el aprovechamiento, cuestión que debe ser atendida desde la primaria. En ese sentido, en comparación con el nivel primario, el problema de la no asistencia de las niñas y de los niños a la escuela secundaria toma una envergadura superior, que posteriormente se amplificará en el estrato medio-superior. Así, en la medida en que Mi Beca Para Empezar propone una estrategia universal de cobertura que incluye y protege a las niñas, niños y adolescentes desde la primaria hasta la secundaria se prevé conseguir efectos positivos en el problema del abandono y aprovechamiento escolar. Así, según cifras de INEGI para el conjunto de la nación:

“En el país, a partir de los datos que proporciona la Encuesta Intercensal 2015, 98 de cada 100 niños de 6 a 11 años asisten a la escuela (97.7%), en tanto que dos de cada 100 niños de este

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grupo (263 041), no van a la escuela. En el grupo de 12 a 17 años se incrementa la no asistencia escolar. En 2015 hay 2.2 millones de adolescentes que no asisten a la escuela, es decir, 16.2% deberían estar cursando la secundaria o el nivel medio superior y no es así2”

Históricamente se ha subrayado la predominancia del problema de la deserción escolar en el nivel medio superior, lo que, según algunos especialistas, para el caso de México, es un enfoque limitado. Así:

“Es necesario, pero insuficiente, el énfasis preponderante en la educación media superior, cuando la SEP intenta resolver el problema del abandono escolar puesto que, al hacerlo, se obvia la considerable cantidad de adolescentes que no concluye la educación básica, entre quienes destacan los que desertan en el de nivel secundaria3””

En ese sentido, las cifras y estadísticas educativas son elocuentes al señalar que, además de la transición crítica al nivel medio superior, otro parteaguas delicado en la vida académica de las niñas, niños y jóvenes mexicanos acaece en la secundaria. De acuerdo con datos oficiales, la eficiencia terminal en la secundaria sufre un grave retroceso, en comparación con el mismo dato aplicado a la primaria. Así, en el país la eficiencia terminal en la primaria es de 98%, mientras que en la secundaria retrocede hasta el 86.2%, con cifras de 2016-2017. 4 Aunque en la Ciudad de México se reportan estadísticas educativas que muestran una elevada cobertura y limitada presencia del abandono escolar en los niveles secundario y primario, el Programa “Mi Beca Para Empezar”, al ser considerado de forma integral con la intervención federal en el nivel medio-superior, apunta a contribuir a la erradicación de cualquier vestigio de abandono temprano de los estudios en la Ciudad. Entre las causas del abandono escolar, INEGI señala lo siguiente en lo relacionado con el nivel medio:

1 http://www.comie.org.mx/congreso/memoriaelectronica/v14/doc/2207.pdf 2 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2018/poblacion2018_Nal.pdf

“Las causas por las que la población no asiste a la escuela son complejas y multifactoriales. La información obtenida del Módulo de Trabajo Infantil 2017, indica que la principal razón por la que los niños de 12 a 14 años abandonan la escuela es por falta de interés, aptitud o requisitos para ingresar a la escuela (48.3%) y por la falta de recursos económicos (14.2 por ciento).”

Vale la pena detenerse en estas cifras. La falta de aptitudes o requisitos para ingresar a la escuela secundaria tiene su origen, en una buena proporción, en las privaciones vividas por los estudiantes durante la educación primaria, por lo que conviene establecer mecanismos que estimulen el aprovechamiento de las niñas

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y los niños de 3 a 12 años, lo que mejorará, a largo plazo y de forma estructural, la permanencia de los menores en el sistema educativo. De esta manera, el apoyo económico se engarza con los demás componentes educativos que se impulsan desde la presente administración: un programa de capacitación en ciencias y matemáticas para profesores de educación básica; un programa de apoyo para mantenimiento menor a las escuelas (Mejor Escuela), el programa PILARES, que incluirá también becas para estudiantes de bachillerato en línea y la creación de la Universidad Rosario Castellanos.

Dado que la literatura especializada señala insistentemente al factor económico como una variable clave y neurálgica para explicar la deserción escolar en cualquiera de sus niveles5, se enaltece la perspectiva asumida por el Programa Mi Beca Para Empezar, en la medida en que busca atajar una de las causas del abandono escolar. Como se señala, el Programa contribuye a construir un sistema universal de becas para todos los estudiantes de las escuelas públicas de la Ciudad de México, en cuanto articula una política pública ampliamente complementaria y sinérgica con la diseñada por la administración federal. Ello supone, para la Ciudad, un gran avance en materia de universalización de los derechos, así como expectativas fundadas de completa erradicación del problema de la deserción en la Capital.

Más allá del abandono escolar, el Programa “Mi Beca Para Empezar” pretende contribuir al fortalecimiento del conjunto del sistema educativo local. El establecimiento de una beca para quienes asisten a la educación básica en escuelas públicas refuerza la centralidad de los servicios educativos públicos como garantes de derechos de ciudadanía y de integración y movilidad social. Lo anterior involucra el efecto colateral de coadyuvar a reivindicar y a reconocer a la escuela pública como institución fundamental y eje vertebrador de cualquier sistema democrático y social. En esa lógica, considerando las limitadas atribuciones que la Ciudad de México tiene en el área de la educación básica, junto con el Programa Mejor Escuela, la presente estrategia supone una e inédita iniciativa de la administración local para contribuir a la universalización del derecho humano a una educación pública, inclusiva y de calidad.

3http://www.redalyc.org/pdf/270/27035790003.pdf4https://www.planeacion.sep.gob.mx/Do

c/estadistica_e_indicadores/principales_cifras/principales_cifras_2

016_2017_bolsillo.pdf 5 http://www.comie.org.mx/congreso/memoriaelectronica/v14/doc/2207.pdf

Así, el impacto de la transferencia en los hogares más pobres puede ser estratégica, al contribuir a la satisfacción de algunas necesidades básicas, como alimentación, transporte o vestido; de igual forma, puede generar una aportación decisiva para arraigar a los estudiantes al sistema educativo e impactar en su aprovechamiento. Ello en la medida en que se atienden a los determinantes materiales y económicos, que sin duda constituyen frenos y obstáculos al desempeño académico y a la integración educativa temprana en la Ciudad de

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México.

El segundo problema social que la iniciativa busca contribuir a mitigar es el referido a la precariedad de los ingresos familiares. Previamente a cualquier consideración, es relevante considerar que, como se subraya, ambos problemas (abandono escolar y precariedad del ingreso familiar) están íntimamente vinculados, en la medida en que hemos visto que la variable económica es un elemento clave para explicar la deserción. En ese sentido, si la variable económica explica parte de la deserción escolar, es necesario identificar y reconocer que son también de tipo económico algunas de las causas que limitan o frenan la calidad y función social de nuestro sistema educativo, en la ciudad y en el conjunto de la nación.

Como se ha hecho referencia en la alineación programática, un eje fundamental del Programa es su contribución a la garantía del derecho al Mínimo Vital consagrado en la Constitución de la Ciudad de México. Su redacción final es el producto de un complejo, polémico y vivo debate entre las y los constituyentes de la Ciudad y responde a una de las tendencias más vanguardistas a nivel internacional en materia de desarrollo social; el reconocimiento, también, del ingreso como derecho básico de ciudadanía y garantía de la libertad. En la medida en que vivimos en sociedades de mercado en las que la amplia mayoría de los productos y servicios básicos para la reproducción de la vida individual y colectiva se proveen a través de esta institución corresponde a los estados sociales y democráticos del Siglo XXI garantizar el acceso a bienes de primera necesidad a través del ingreso. Así, la discusión internacional sobre la renta mínima se ha revitalizado progresivamente a nivel nacional e internacional; su aceptación es creciente entre círculos y sectores cada vez más amplios de académicos, especialistas e, inclusive, empresarios y organizaciones internacionales.

La propuesta del Mínimo Vital o de la Renta Básica parte de varias premisas teóricas fundamentales. En primer lugar, es necesario proteger el ingreso familiar, individual y colectivo, ante la fragilidad y desregulación creciente que afecta al mercado laboral en México y en el mundo. El acceso a un empleo digno y de calidad, otrora llave para alcanzar la condición plena de ciudadanía se encuentra en franco retroceso, producto de la reestructuración internacional de las relaciones laborales, de la pérdida de mecanismos institucionales de negociación del factor trabajo, del avance del poder global del capital y del proceso de automatización. En las sociedades europeas de posguerra- y en menor medida, aunque también, en América Latina- el empleo fue el auténtico pivote sobre el que gravitaba todo el andamiaje de la condición de ciudadano, así como los dispositivos, en ocasiones escasos y limitados, de acceso al bienestar individual y colectivo, como la seguridad social o el consumo.

Como se refiere, la precarización creciente de los mercados de trabajo ha incorporado la agenda de la renta básica a la discusión sobre política social y económica a todos los niveles. En el mismo sentido, los procesos de tecnificación y robotización del empleo ocasionan la consecuencia de que el trabajo

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socialmente necesario será cada vez menor. Es decir, nos encontramos en la encrucijada de una transición de época; entre una sociedad salarial, basada en el empleo como corazón de la actividad económica y pilar de la integración social, a sociedades y economías que cuentan con capacidades crecientes de producir ingentes e inéditos volúmenes de riquezas con cada vez menos trabajo. Ello reactualiza también la discusión pública y académica sobre fiscalidad, redistribución de la riqueza y política social. A partir de lo anterior, el establecimiento de un ingreso periódico, constante y seguro para más de un millón de estudiantes de la Ciudad de México matriculados en escuelas públicas supone un salto decisivo en el horizonte de comenzar a construir los instrumentos y la infraestructura para un ingreso universal. En ese sentido, consideramos que el Programa “Mi Beca Para Empezar” supone una innovación decisiva de Política Social en México, por cuanto abona a la consolidación de la universalidad y abre la ventana para avanzar en la garantía del derecho a la renta básica.

En ese sentido, precisamente uno de los efectos esperados de la introducción de un ingreso universal es el fortalecimiento de la calidad de los mercados de trabajo y el incremento de la masa salarial. Así, al establecerse un mecanismo de garantía de ingreso extra salarial, ajeno a las lógicas y avatares ciclotímicos del mercado, es razonable prever, en términos de incentivos, que los salarios experimentarán algún tipo de recuperación, la cual será, sin dudas, correlativa al alcance, cobertura y monto de las políticas y transferencias implementadas. Además del vector de protección, hay una idea sólida y sugerente sobre la libertad individual y colectiva en sociedades de mercado que atraviesa la propuesta del ingreso universal; nadie debería verse forzado a aceptar condiciones salariales y de trabajo indignas. En ese sentido, podemos pensar también en el alcance contra cíclico de una política de esta naturaleza, en la medida en que permite a las familias sortear y resistir ante escenarios de estancamiento, desaceleración o crisis económica.

Las estadísticas respaldan los anteriores planteamientos. Según datos del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México (Evalúa), estimados con la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares, ENIGH 2016, la mediana del ingreso (50%) en la Ciudad de México fue de $5,482 pesos mensuales por persona6. Si ubicamos los tres deciles más bajos, la mediana del ingreso se ubicaba en ese año entre$1,123 y $2,515 pesos mensuales. En determinados casos, por tanto, el impacto de la transferencia monetaria puede ser ampliamente significativa desde el punto de vista de los ingresos de los hogares más pobres de la Ciudad.

Así, la tabla 1 muestra el impacto esperado, por decil de ingreso, de la transferencia “Mi Beca Para Empezar”, considerada en conjunto con el Programa Útiles Escolares:

Tabla 1. Cobertura del Programa y estimación del impacto en el ingreso per cápita de los hogares beneficiarios, por deciles de ingreso en la Ciudad de México, 2016

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Deciles

% Población

beneficiada

Cambio en la mediana del ingreso en los

hogares

beneficiarios*

I 70% 9%

II 64% 6%

III 58% 4%

IV 49% 3%

V 38% 2%

6 Ingreso ajustado a Cuentas Nacionales, sin considerar el valor estimado de la renta propia.

La anterior tabla muestra dos indicadores de relevancia. En primer lugar, en términos de cobertura, al beneficiar a los estudiantes matriculados en escuelas públicas, se logra un efecto que claramente favorece a los deciles más pobres y a los sectores más vulnerables de la sociedad. De esta forma, con “Mi Beca Para Empezar” se beneficia al 70% de las personas en el decil I, el más pobre de la Ciudad; el porcentaje se reduce conforme avanzan los deciles, pero aun en el decil IV se tiene una cobertura de casi 50%. Ello se relaciona con el hecho de que los deciles más pobres suelen tener un número de hijos promedio mayor en edad de estudiar y que asisten a escuelas públicas.

Asimismo, no sólo en términos de cobertura, sino también en relación con el cambio en ingreso estimado después de la transferencia el impacto es mayor en la medida en que el decil corresponde a los estratos más pobres. Así, en el decil más bajo estaríamos rozando el 9% de cambio en el ingreso por persona, lo cual resulta ampliamente significativo, particularmente si se considera el efecto multiplicador que tiene un incremento de esta naturaleza en los ingresos de los hogares más desfavorecidos y el destino esperado de dicho remanente. Sobre esto último, como se ha señalado, los recursos podrían dirigirse a la adquisición de bienes básicos y primordiales, los cuales pueden tener un impacto estratégico en el aprovechamiento escolar de los estudiantes, tales como alimentación, vestido, materiales o transporte.

Además, como se sugiere, el impacto se amplifica, por cuanto no tiene el mismo efecto, desde el punto de vista del consumo, la demanda y las necesidades insatisfechas, un incremento del 9% en el ingreso por persona de los hogares más pobres que un incremento en el mismo porcentaje en los hogares más ricos o, inclusive, de clase media. Como se sabe, en los hogares con menos ingreso, el balance entre ahorro, inversión y consumo está desequilibrado a favor de este último, lo que auspicia la hipótesis del impacto multiplicador, en términos sociales y económicos, de la medida. Lo anterior muestra, en cuanto a los impactos estimados en términos de cobertura y de ingreso, la presencia de una política

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ampliamente progresiva y redistributiva, lo que, además, se logra quebrando el principio de focalización e integrando el de universalidad, tal y como mandata la Constitución de la Ciudad de México y la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

4. Objetivos 4.1 Objetivo y estrategia general

El objetivo general del Programa Social es mejorar el ingreso de los hogares con hijos inscritos en nivel básico (preescolar, primaria, y secundaria pública), en Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar, primaria, secundaria y laboral, para contribuir a erradicar la deserción escolar, mejorando el aprovechamiento académico y arraigando a los niños y niñas a la educación básica de la Ciudad de México, contribuyendo así a fortalecer el sistema educativo público.

Asimismo, se protegerá la economía familiar mediante la garantía de una transferencia segura, periódica y constante. Al tiempo que se incentiva y promueve una mayor permanencia de las niñas y los niños en el sistema público de educación básica, así como un mejor aprovechamiento de los servicios educativos, se contribuye a proteger un nivel mínimo de consumo y bienestar para las familias, particularmente para las más vulnerables.

En ese sentido, el programa entregará una beca de 300 pesos mensuales a niñas y niños matriculados en escuelas públicas nivel preescolar, 330 pesos mensuales a niñas, niños y adolescentes matriculados en escuelas públicas básicas (nivel primaria y secundaria) y de 400 pesos mensuales para los inscritos en Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar, primaria, secundaria y laboral, de los meses de septiembre a junio. La beca será transferida mensualmente. 4.2 Objetivo y acciones específicas

● Entregar gratuitamente y de forma universal un vale electrónico a los padres, madres o tutores de todas las niñas y niños matriculados en escuelas públicas preescolares la Ciudad de México, en la que se depositarán 300 pesos mensuales de febrero a junio y de septiembre a diciembre del año 2020 (2,700 pesos anuales). ● Entregar gratuitamente y de forma universal un vale electrónico a los padres, madres o tutores de todas las niñas, niños y adolescentes matriculados en escuelas públicas primarias y secundarias de la Ciudad de México, en la que se depositarán 330 pesos mensuales de enero a junio y de septiembre a diciembre del año 2020 (3,300 pesos anuales).

● Entregar gratuitamente y de forma universal un vale electrónico a los padres, madres o tutores de todas las niñas, niños y adolescentes matriculados en Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar, primaria, secundaria y laboral de la Ciudad de México, en la que se entregará 400 pesos mensuales de enero

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a junio y de septiembre a diciembre del año 2020 (4,000 pesos anuales).

● Desincentivar la deserción y el abandono escolar motivado por

causas económicas.

● Fortalecer el ingreso familiar mediante el establecimiento del derecho a una transferencia universal para todas las niñas y todos los niños inscritos en la educación pública básica. ● Establecer un mecanismo de protección social y garantía mínima

del ingreso familiar ante la contracción general de los salarios e inestabilidad crónica del mercado laboral.

● Articular, en conjunto con el Gobierno de México, un Sistema Integral de Becas para la Ciudad de México que promueva y defienda el derecho social a la educación desde la primaria hasta el nivel superior universitario. ● Contribuir a la eliminación de los factores, condiciones o situaciones que generan desigualdad o inequidad en el acceso a servicios educativos e ingresos; garantizar la igualdad de oportunidades, el derecho a la educación y coadyuvar a erradicar la discriminación social por razones socioeconómicas.

● Promover y fortalecer el sistema público de enseñanza básica en la Ciudad de México como institución fundamental de integración social y bienestar.

● Contribuir al fortalecimiento de la identidad y del aprovechamiento académico de las niñas y los niños de educación básica, promoviendo la equidad, la participación y la integración social.

5. Definición de la Población Objetivo y beneficiarias del Programa.

5.1 Población potencial La población potencial del Programa Social se define como el conjunto de la población estudiantil perteneciente al nivel básico de preescolar, primaria, secundaria y Centros de Atención Múltiple de la Ciudad de México. Se identifican aproximadamente 1,250,000 niñas, niños y adolescentes7 matriculados en escuelas preescolares, primarias, secundarias y Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar, primaria, secundaria, y laboral, públicas de la Ciudad de México.

5.2 Población Objetivo

La población objetivo se define como las niñas, niños y adolescentes inscritos en el Ciclo Escolar 2019-2020 y 2020-2021 en el nivel básico de preescolar, primaria, secundaria y Centros de Atención Múltiple de escuelas públicas de la Ciudad de México. De acuerdo con la SEP, el total de alumnos inscritos en nivel preescolar es de 175,489; en el caso de primaria 672,237; 393,301 en secundaria y 8,973

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en Centros de Atención Múltiple en sus cuatro niveles. Como se reitera, se considera que quienes cuentan con un riesgo superior de experimentar mayor intensidad en sus carencias y en los problemas públicos identificados son las niñas, niños y adolescentes que están matriculados en escuelas públicas, por cuanto es el sistema universal y gratuito al que todos, independientemente de su condición socioeconómica, pueden acceder.

5.2 Población Beneficiaria

La población beneficiaria del programa será igual a la población objetivo, aproximadamente 1,250,000 niñas, niños y adolescentes7 matriculados en escuelas preescolares, primarias, secundarias y Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar, primaria, secundaria, y laboral, públicas de la Ciudad de México. Por lo tanto, la cobertura del programa es universal y plena (100%) con respecto a su población objetivo y ampliamente mayoritaria con relación a su población potencial (superior al 80%). Se beneficiará, así, a todos los estudiantes del nivel básico que estudian en las aproximadamente 4,008 escuelas públicas de niveles preescolar, primaria, secundaria y CAM de preescolar, primaria, secundaria y laboral de la Ciudad de México.

Como se muestra en la Tabla 2, tomando únicamente a la población beneficiada en escuelas públicas preescolares, primarias, secundarias y CAMS el tamaño promedio de los hogares beneficiados es mucho mayor que el de los no beneficiados por el programa, siendo esta una de las características que distingue a hogares pobres de los no pobres. El tamaño promedio del hogar es más elevado entre los pobres, por lo que la estrategia tiende a beneficiar a los hogares que más lo necesitan.

Tabla 2. Tamaño de los hogares beneficiados y beneficiarios por hogar en la Ciudad de México, 2016

Hogares según si reciben

beneficio

Tamaño de

hogar

Beneficiarios x

hogar

No beneficiarios 2.76 0.00

Beneficiarios 4.64 1.45

Total 3.23 0.36

Fuente: Estimaciones Evalúa CDMX, con base en la ENIGH, 2016

En ese sentido, se proyecta y estima otro efecto claramente progresivo en el hecho de que son los hogares más grandes y, por tanto, los que cuentan con mayores necesidades y carencias, los que serán en mayor medida beneficiados por la Política Pública. Lo anterior se observa también analizando el impacto financiero en los hogares.

La Tabla 3 muestra una estimación del beneficio promedio a otorgar a los hogares de la Ciudad de México, que será de 465 pesos, y aumentará en aquellas familias

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que cuenten con un mayor número de hijos en edad escolar. Lo anterior enfatiza la idea de que se trata de una estrategia progresiva, por cuanto beneficiará a quienes tienen más hijos y, también por ello, necesidades.

Tabla 3. Promedio de beneficiarios por hogar y monto promedio de transferencia por hogar, Ciudad de México, 2016

Promedio beneficiarios por hogar Transferencia

promedio por hogar

Beneficiarios primaria

promedio

0.92 $294.43

Beneficiarios secundaria

promedio

0.53 $171.48

Total 1.45 $465.91

Fuente: Estimaciones Evalúa CDMX, con base en la ENIGH, 2016

Como se señala en la alineación programática, la política contribuye al derecho social a la educación y al derecho constitucional al mínimo vital. Ambos, interconectados, suponen reconocer la responsabilidad del estado en la promoción, tutela y garantía de los derechos humanos y del bienestar del conjunto de la población. Al mismo tiempo, el programa rompe con las políticas de focalización, que han mostrado, según la literatura, sus limitaciones en las últimas décadas para promover la integración social, reducir la pobreza y mitigar las desigualdades. Así, algunos problemas de la focalización han sido destacados:

Cuando es territorial, la focalización a zonas de muy bajo desarrollo social tiene la desventaja de que puede generar conflicto vecinal, sobre todo en zonas limítrofes; pero lo más grave es que quedan excluidas las personas pobres que viven en zonas con nivel medio o alto de desarrollo social.

Cuando la focalización se basa en un criterio de nivel socioeconómico, ocurre que, dado que la pobreza es una condición dinámica, se tiene que establecer un mecanismo de “verificación de quién es y quién no es pobre”. Es decir, se debe estar comprobando con regularidad quien ha salido o bien ha caído en la pobreza.

Siempre hay errores de focalización muy elevados con ambos criterios; la articulación de estrategias universales contribuye a mitigarlos.

En ese sentido, la literatura especializada en el tema de las diferencias entre programas focalizados y universales destaca que cada día se vuelve evidente que los defensores de la focalización no toman en cuenta “el costo de no llegar”; es decir, el costo de los errores de exclusión, basando sus conclusiones exclusivamente en los errores de inclusión. Los daños pueden ser irreversibles e irreparables y afectan las finanzas públicas (gastos futuros en salud por malnutrición) y el potencial de crecimiento económico (bajo rendimiento laboral). En el caso que nos ocupa se buscaría promover la permanencia y mejor desempeño de estudiantes en escuelas públicas.

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En América Latina generalmente son los gobiernos nacionales los que otorgan apoyos basados en transferencias, excepto en Río de Janeiro, donde se da un complemento al programa Bolsa Familia y, hasta este año, la Ciudad de México. Con el programa “Mi Beca Para Empezar”, nuestra ciudad continuaría con su vocación de otorgar un programa de esta relevancia, además de que sería la primera Ciudad en América Latina en ofrecer una política tan amplia, ambiciosa e innovadora para la infancia.

6. Metas Físicas

6.1 Meta de la población objetivo. En el ejercicio fiscal 2020 se otorgarán apoyos económicos a través de la entrega de un vale electrónico en el cual se realizarán transferencias monetarias mensuales de enero a junio y de septiembre a diciembre del año 2020, por un monto de $330 pesos por niña o niño inscrito en escuelas públicas de primaria y secundaria de la Ciudad de México. En el caso de los beneficiarios de preescolar se realizarán transferencias monetarias mensuales de febrero a junio y de septiembre a diciembre del año 2020, por un monto de $300 pesos por niña o niño inscrito.

También, se otorgarán apoyos económicos a través de la entrega de un vale electrónico en la cual se realizarán transferencias monetarias mensuales de enero a junio y de septiembre a diciembre del año 2020, por un monto de 400 pesos por alumno inscrito en los Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar, primaria, secundaria y laboral de la Ciudad de México.

En total se apoyará a aproximadamente hasta 1’250,000 (Un millón doscientos cincuenta mil) alumnas y alumnos inscritos en escuelas públicas de educación preescolar, primaria, secundaria y en los CAM de nivel preescolar, primaria, secundaria y laboral, de la Ciudad de México. En este estimado se considera a los estudiantes que cambien de escuelas privadas a públicas de los niveles de preescolar, primaria y secundaria de Educación Básica o de traslado de escuelas públicas foráneas a la Ciudad de México. La transferencia electrónica de los apoyos para los niveles primaria, secundaria y CAM primaria, secundaria y laboral se realizará durante los siguientes meses: enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2020. La transferencia electrónica de los apoyos en el caso de preescolar se realizará durante los siguientes meses: febrero, marzo, abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2020.

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CONS

ETAPA

2020

ACCIÓN DI

C

2

0

1

9

EN

E

FE

B

MA

R

AB

R

MAY JUN

1

1

Publicación de las Reglas de

Operación

X

2 Difusión y divulgación X X X X X X

3 Publicación de la Convocatoria X

4 Registro electrónico a “Mi Beca para

Empezar” Preescolar

X X X X X

Registro electrónico a “Mi Beca para

Empezar” Primaria y Secundaria

X X X

5

Validación de inscripción con

apoyo de la Autoridad Educativa

Federal

X

6 2

Entrega de vale electrónico a

nuevo ingreso y/o extemporánea

(preescolar)

X X X X X

Entrega de vale electrónico a

nuevo ingreso y/o extemporánea

(primaria y secundaria)

X X X

7 Activación de vale electrónico a nuevo

ingreso y/o extemporánea

(preescolar)

X X X X X

Activación de vale electrónico a nuevo

ingreso y/o extemporánea

(primaria y secundaria)

X X X

8 Publicación del Padrón de

Beneficiarios

X

9

3

Campaña de Medios

Digitales (de

permanencia)

X X X X X X X

10 Transferencia

monetaria(primaria/secundaria)

X X X X X X

Transferencia monetaria (preescolar) X X X X X

11

4

Evaluación del Programa Social La Evaluación del Programa Social se realiza al término de la ejecución del programa según lineamientos emitidos por el Consejo de Evaluación de Desarrollo Social.

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CONS ETAPA 2020

ACCIÓN JU

L

AG

O

SE

P

OC

T

NO

V

DI C

1

1

Publicación de las Reglas de

Operación

X

2 Difusión y divulgación X X X X X X

3 Publicación de la Convocatoria X

4 Registro electrónico a “Mi Beca para

Empezar”

X X X X X

5

Validación de inscripción con

apoyo de la Autoridad Educativa Federal

X X

6 2

Entrega de vale electrónico a

nuevo ingreso y/o extemporánea

X X X X

7 Activación de vale electrónico a nuevo

ingreso y/o extemporánea

X X X X

8 Campaña de Medios

Digitales (de

permanencia)

X X X X X X

9 3 Transferencia monetaria X X X X

10

4

Evaluación del Programa Social La Evaluación del Programa Social se realiza al término de la ejecución del programa según lineamientos emitidos por el Consejo de Evaluación de Desarrollo Social.

Tabla 4. Cronograma de aplicación del Programa

7. Programación Presupuestal

7.1 Monto total del presupuesto autorizado.

El presupuesto autorizado es de 4,410,600,000 (CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIEZ MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS) correspondiente al Capítulo 4000 “Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas”, destinado a la entrega de apoyos económicos mensuales por alumno inscrito en el Ciclo Escolar 2019-2020 y 2020-2021 en escuelas preescolares, primarias y secundarias públicas, y Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar, primaria, secundaria y laboral, de la Ciudad de México, durante el ejercicio fiscal 2020. Costo Unitario por Beneficiario

Cada beneficiario del Programa de Becas Escolares de la Ciudad de México, “Mi Beca Para Empezar” recibirá en su vale electrónico el monto de: $300.00 (TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) mensuales por alumno inscrito

en escuelas públicas preescolares de la Ciudad de México.

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$330.00 (TRESCIENTOS TREINTA PESOS 00/100 M.N.) mensuales por alumno

inscrito en escuelas públicas primarias y secundarias de la Ciudad de México.

$400.00 (CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) mensuales por alumno inscrito en los Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar, primaria, secundaria y laboral, de la Ciudad de México.

El Costo Indirecto Presupuestal: Para la operación del programa, se destinarán recursos para el pago de servicios financieros que se generen con motivo de la entrega de la transferencia monetaria a la población beneficiaria del programa.

8. Requisitos y Procedimientos de Acceso

8.1 Difusión

Formas de difusión del programa:

a) Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

b) Portal de internet del Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de

México (FIDEGAR)

https://www.fideicomisoed.cdmx.gob.mx.

c) Portal de internet de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e

Innovación https://www.seciti.cdmx.gob.mx.

d) Portal de internet del Gobierno de la Ciudad de México https://www.cdmx.gob.mx.

e) Publicación en dos periódicos de mayor de circulación de la Ciudad de México.

El Programa de Becas Escolares de la Ciudad de México, “Mi Beca Para Empezar” se difundirá adicionalmente, entre la Comunidad Escolar- profesores, padres y madres de familia y estudiantes- conforme a lo acordado con la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México y personal del FIDEGAR, a través de carteles y/o medios impresos que se instalarán en las escuelas públicas. Además, se organizarán sesiones informativas para que el personal que asigne el gobierno de la Ciudad den a conocer el nuevo programa en las escuelas públicas. En cualquier caso, FIDEGAR garantizará que exista información accesible, clara y de calidad en las escuelas públicas a disposición de los potenciales interesados, así como personas encargadas de difundir el programa. Para solicitar información sobre el trámite de inscripción a Programa de Becas Escolares de la Ciudad de México, “Mi Beca para Empezar”, se podrá acudir al Módulo de Atención Ciudadana, ubicado en la planta baja de las instalaciones del FIDEGAR, calle Bucareli 134, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc C.P. 06040, Ciudad de México, en un horario de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 horas y viernes de 9:00 a 15:00 horas o llamar al número 11021750.

8.2 Requisitos de acceso

Para ser beneficiario el único requisito de acceso al programa es ser alumno(a) inscrito(a) en escuela pública de preescolar, primaria o secundaria, o de los Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar, primaria, secundaria y laboral,

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en la Ciudad de México. La forma de acceder al Programa para los niveles primaria, secundaria y CAM (primaria, secundaria y laboral) será mediante registro en el portal de internet, a partir del 01 de marzo del presente. Para los beneficiarios del nivel preescolar, durante el mes de enero se publicará la convocatoria en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO), en la página del Fideicomiso Educación Garantizada y al menos 2 periódicos de mayor circulación de la Ciudad de México.

8.3 Procedimientos de acceso

Para acceder al programa social en el ejercicio fiscal 2020: -Para los alumnos inscritos en nivel preescolar el registro inició el día 20 de febrero del presente

-Para el caso de los alumnos inscritos en nivel primaria, secundaria y CAM primaria, secundaria y laboral que ya cuentan con un vale electrónico podrán realizar su registro a partir del día 04 de marzo del presente. Los estudiantes que cuentan con un vale electrónico activado y validado por FIDEGAR:

1. Se registraran en línea en la página oficial del Programa “Mi Beca Para Empezar” en el siguiente link: https://www.mibecaparaempezar.cdmx.gob.mx; en el apartado de inscripción. 2. Una vez realizado el registro en línea, se puede imprimir una constancia de registro que se extiende a través del Portal Web del Programa “Mi Beca Para Empezar”.

Para los estudiantes que no cuentan con un vale electrónico activado y validado por FIDEGAR: Podrán registrarse en línea en la página oficial del Programa “Mi Beca Para Empezar” en el siguiente link: https://www.mibecaparaempezar.cdmx.gob.mx; en el apartado de inscripción, una vez concluido su registro se podrá imprimir una solicitud de reposición, la cual deberá presentar en el lugar establecido por la misma con la siguiente documentación en original (para cotejo) y en copia:

1. Documentación oficial comprobatoria en la que conste que la o el menor de edad se encuentre inscrito en una escuela pública de nivel preescolar o Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar. Para este ejercicio fiscal deberá proporcionar, credencial o constancia de estudios del Ciclo Escolar 2019-2020. Por motivo de la contingencia Sanitaria por COVID-19 para los estudiantes que no cuenten con el vale electrónico, también podrán presentar la boleta digital del

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ciclo 2019-2020 como documento oficial. 2. Clave Única de Registro de Población (CURP) actualizado. 3. Identificación oficial del padre, madre o tutor vigente (INE y/o Constancia Digital

DE Identificación ante emergencia por COVID-19 de INE, licencia de conducir, cédula profesional, pasaporte, y/o constancia de trámite respecto de la solicitud de reconocimiento de condición de refugiado). Durante el tiempo que se esté frente a la contingencia sanitaria o cuando exista caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose éstos, como acontecimientos que provengan de la naturaleza; de hechos del hombre; o de actos de la autoridad, que no se hayan podido prever, o aún y cuando se previeron fue imposible detener su acontecimiento, provocando la imposibilidad material o jurídica para cualquier persona, el cumplimiento de las obligaciones o requisitos previstos en las presentes Reglas de Operación; la autoridad adoptará las medidas necesarias, hasta en tanto desaparezcan dichos acontecimientos o sea posible la realización de las obligaciones o requisitos.

La Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, a través de un convenio de colaboración, validó el padrón de beneficiarios que le fue entregado por FIDEGAR, verificó que el alumno o alumna se encuentra inscrito en una escuela pública de nivel preescolar, primaria y/o secundaria de la Ciudad de México, o de los CAM de preescolar, primaria, secundaria y laboral. Para recibir el estímulo económico deberá realizar la confirmación de los datos necesarios y la generación del nip de su vale en la página de internet https://www.mibecaparaempezar.cdmx.gob.mx

No existen pagos retroactivos por lo que los apoyos económicos se depositarán a partir del siguiente mes de la fecha de inscripción.

En el caso de que se presente una situación coyuntural de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los procedimientos de acceso al Programa Social pueden variar, en cuyo caso, el Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México (FIDEGAR) emitirá los lineamientos específicos para tal coyuntura, en colaboración con la Autoridad Educativa Federal de la Ciudad de México, los cuales serán en apego a los lineamientos emitidos por la autoridad declarante de dichos estados.

Una vez que las personas solicitantes sean incorporadas al Programa “Mi Beca Para Empezar” formarán parte de un padrón de personas beneficiarias que conforme a lo establecido por la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo reservados sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente, los cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religiosos o comerciales ni para ningún otro fin distinto a las presentes reglas de operación.

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En ningún caso las y los servidores públicos procederán de manera diferente a lo establecido en las presentes reglas de operación.

FIDEGAR establecerá mecanismos transparentes, claros, expeditos y de calidad para canalizar y dar respuesta a quienes por alguna razón prevista en las presentes Reglas de Operación soliciten el apoyo y no sean incorporados al programa.

8.4 Requisitos de permanencia, causales de baja o suspensión temporal

Requisitos de permanencia:

Continuar inscrito como alumno(a) en una Institución Pública de preescolar, primaria o secundaria, o de los Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar, primaria, secundaria y laboral, de Educación Básica ubicada en la Ciudad de México; previa validación por parte de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México.

Procede la baja al programa en los siguientes casos:

Por baja del beneficiario del plantel educativo público de la Ciudad de México, previa validación por parte de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México.

Falsedad en la documentación del expediente o cualquier tipo de simulación para la obtención del beneficio económico.

FIDEGAR establecerá mecanismos ágiles, expeditos, oportunos y eficientes para la entrega-recepción del vale electrónico.

9. Criterios de selección de la población beneficiaria. No es aplicable este rubro derivado a que el programa becas escolares de la ciudad de México “Mi Beca Para Empezar”, se entrega de manera universal a la población objetivo, sin contar con criterios de priorización en población.

10. PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN

10.1 Operación

Las actividades, acciones y gestiones que se realizan a efecto de entrega de apoyo económico a los beneficiarios será el siguiente: 1.- Difusión y divulgación del programa. 2.- Publicación de la Convocatoria para nivel preescolar. 3.- Registro en línea para nivel preescolar (A partir del 20 de enero) primaria, secundaria, CAM (primaria, secundaria y laboral) A partir del 02 de marzo. 4.- Entrega de vale electrónico para quienes no cuentan con el mismo. 5.- Validación de inscripción con apoyo de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México. 6.-Transferencia monetaria (mensual, los primeros diez días del mes). De ser necesario en el transcurso del mes se realizarán hasta 2 dispersiones.

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7.- Publicación de Padrón de Beneficiarios.

La ejecución de las actividades será de manera coordinada entre el Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México, a través de la Dirección Operativa de Programas para la Ciudad, y la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México, conforme al siguiente cronograma.

Cronograma de actividades

Autoridad responsable Actividad Tiempo estimado

Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México en coordinación con Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México

Difusión y divulgación del programa.

10 meses (enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre)

Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México en coordinación con Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México

Publicación de la Convocatoria

para nivel preescolar.

1 mes (Enero)

Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México

Registro en línea para nivel

preescolar

5 meses (enero, febrero, marzo, abril y mayo)

Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México

Registro en línea para nivel primaria secundaria y CAM

(primaria, secundaria y laboral)

3 meses (marzo, abril y mayo)

Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México

Entrega de vale electrónico para

nivel preescolar

5 meses (enero, febrero, marzo, abril y mayo)

Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México

Entrega de vale electrónico para nivel primaria secundaria y CAM (primaria, secundaria y laboral)

3 meses (marzo, abril y mayo)

Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México en coordinación con Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México

Validación de inscripción con apoyo de la Autoridad Educativa Federal

3 meses (marzo, septiembre, Y noviembre)

Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México

Transferencia monetaria mensual

10 meses (enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre)

Para el caso de preescolar solo serán 9 meses (febrero, marzo, abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre)

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Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México

Publicación de Padrón de Beneficiarios en página web del Programa Social

1 mes (marzo)

Tabla 5. Cronograma de actividades del Programa “Mi Beca Para Empezar” Los datos personales recabados durante el registro e inscripción serán protegidos, incorporados y tratados conforme a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

En cumplimiento al artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, toda la promoción y difusión del Programa, así como los formatos y papelería oficial que se entregue a las y los beneficiarios deberá contener la siguiente leyenda:

"Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todas y todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente".

Todos los formatos y trámites a realizar en el Programa serán gratuitos.

Durante los procesos electorales, en particular, en las campañas electorales no se suspenderá el programa social, sin embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos electorales, los beneficios del programa social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral. La ejecución de este programa social se ajustará al objeto y reglas de operación establecidas, evitando su utilización con fines electorales distintos al desarrollo social, en el marco de los procesos electorales, para evitar en todo momento, su vinculación con algún partido político, coalición o candidatura particular.

10.2 Supervisión y Control

El Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México, a través de la Dirección Operativa de Programas para la Ciudad realizará la supervisión de la operatividad del programa a través del personal que este determine, y mediante los sistemas de información correspondientes, supervisión que servirá para el

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análisis del desempeño, eficiencia y efectividad en la aplicación del programa. El Órgano Interno de Control de la dependencia a cargo de instrumentar la política social en la Ciudad de México tendrá a su cargo la supervisión y control de todos los programas sociales que operen en la Ciudad de México, a través de los mecanismos e instrumentos que para tal fin establezca.

11. Procedimiento de queja e inconformidad ciudadana.

Queja ante FIDEGAR

En caso de queja respecto de los trámites y/o servicios del Programa, el interesado(a) podrá acudir a la Dirección de Asuntos Jurídicos del Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México, ubicada en la calle Bucareli N°134, piso 9, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06040, Ciudad de México, en un horario de lunes a jueves de 10:00 horas a 14:00 horas y de 16:00 horas a 18:00 horas y viernes de 10:00 horas a 14:00 horas, en donde deberá presentar por escrito su queja, señalando los presuntos hechos que la constituyen, nombre completo del interesado(a), matrícula, institución, plantel, dirección, teléfono y su correo electrónico, en caso de ser menor de edad se deberán incluir los datos del padre, madre o tutor, así como adjuntar los documentos relacionados con los hechos en los que funda la queja, y demás información señalada en los procedimientos para la Resolución de Quejas ante el Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México.

El término para presentar la queja será de quince días hábiles, contados a partir del día en que se haya generado el hecho que la motivó.

De presentar alguna carencia u omisión el escrito inicial, se prevendrá a la parte quejosa para que en el término de cinco días hábiles subsane esa falta u omisión. De no presentarse personalmente la/el quejoso(a), tutor o representante legal a ratificar su escrito de queja, ésta se declarará nula.

La Dirección de Asuntos Jurídicos del FIDEGAR solicitará, al área donde se hayan originado los hechos motivo de queja, rinda un informe detallado del asunto, adjuntando las pruebas que sustenten su dicho, en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la recepción del oficio de requerimiento; lo anterior a fin de que dentro del término de cuarenta y cinco días hábiles contados a partir de la recepción del escrito de queja, la Dirección de Asuntos Jurídicos, emita el dictamen que resulte procedente para dar atención a la queja, y de ser necesario, brinde la orientación correspondiente, salvo dilaciones en el procedimiento que justifique y motive el atraso en la emisión del dictamen mencionado.

En el presente procedimiento está prohibida cualquier forma de discriminación sea por acción u omisión, por razones de origen étnico o racial, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias o identidad sexual o de género, estado civil, apariencia exterior o cualquier otra análoga y demás establecidas en el artículo 5 de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal. Por lo anterior, se

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ofrecerán las facilidades necesarias en el procedimiento de queja a la población indígena, personas con alguna discapacidad y a la población LGBTTTIQ, la violación a esta disposición será sancionada conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, COPRED, para su investigación. En todo lo no previsto en las presentes Reglas de Operación respecto de las quejas presentadas ante el Fideicomiso se aplicarán el procedimiento para la Resolución de Quejas previsto en la normatividad aplicable del Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México a través del área correspondiente.

FIDEGAR establecerá mecanismos transparentes, claros, expeditos y de calidad para canalizar y dar respuesta a quienes formulen apelación por haber sido dados de baja definitiva o temporal o por haber sido suspendidos.

Queja ante la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México

Procede la queja ciudadana, en contra de los actos de las personas servidoras públicas que, en el ejercicio de sus funciones, incurran en faltas administrativas, artículos 49 y 51 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. La interposición de la queja se podrá presentar ante la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, ubicada en avenida Tlaxcoaque N° 8, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06090, en la Ciudad de México, o en su página oficial http://www.contraloria.cdmx.gob.mx Si así lo amerita la queja, se dará inicio a un procedimiento administrativo disciplinario, el cual puede concluir sancionando al servidor(a) público(a) que incurrió en la responsabilidad.

Denuncia de delitos electorales

El mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica INETEL (01800 433 2000).

12. Mecanismos de Exigibilidad

Como lo menciona la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de mayo de 2000), la exigibilidad es el derecho de las y los habitantes que a través de un conjunto de normas y procedimientos, los derechos sociales sean progresivamente exigibles en el marco de las diferentes políticas y programas del Gobierno de la Ciudad de México y de la disponibilidad presupuestal con que se cuente; por lo que las y los beneficiarios y aspirantes a formar parte del programa pueden hacer efectivos sus derechos y exigir el acceso a los servicios garantizados.

El Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México tendrá a la vista del público los requisitos, derechos, obligaciones, procedimientos y plazos para que las personas beneficiarias puedan acceder al disfrute de los beneficios de este programa social en los siguientes domicilios:

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Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México

Calle Bucareli N° 134, piso 6, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06040, en la Ciudad de México.

Página oficial de internet

https://www.mibecaparaempezar.cdmx.gob.mx

Cualquier padre, madre o tutor que cumpla con los requisitos de ingreso al Programa podrá exigir el cumplimiento de sus derechos, conforme al siguiente marco jurídico: - Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

- Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

- Reglas de Operación del Programa ― “Mi Beca para Empezar” 2020

- Convocatoria del Programa ― “Mi Beca para Empezar” 2020.

Los casos en los que podrá exigir los derechos por incumplimiento o por violación de estos, son los siguientes:

Cuando el solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho (garantizado por un programa social) y exija a la autoridad administrativa ser beneficiario de este.

Cuando el solicitante exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de manera integral en tiempo y forma, como lo establece el programa. Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación a un programa por restricción presupuestal, y éstas exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.

La Secretaría de la Contraloría General del Gobierno de la Ciudad de México es el órgano competente para conocer las denuncias de violación e incumplimiento de derechos en materia de desarrollo social.

Para las madres, padres o tutores de los alumnos interesados(as) en que sean considerados para recibir el apoyo económico que brinde el programa y que no se hubiera registrado hasta el momento, puede solicitar asesoría para el registro ante el programa y el FIDEGAR pondrá a su disposición la información necesaria y brindará todo el apoyo que se requiera en la Dirección Operativa de Programas para la Ciudad ubicada en calle Bucareli, N° 134, piso 3, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06040, en la Ciudad de México con un horario de atención de lunes a jueves de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas y viernes de 9:00 a 15:00 horas.

Los requisitos de acceso y permanencia serán colocados a la vista del público durante el periodo que establezca la convocatoria respectiva, en las oficinas del Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México, ubicadas en calle

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Bucareli 134, colonia Centro, alcaldía Cuauhtémoc C.P. 06040, Ciudad de México.

El Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México, a través de la Dirección Operativa de Programas para la Ciudad atenderá las solicitudes de exigibilidad que formule la ciudadanía, dando respuesta por escrito sobre la atención de su queja.

Todos los procedimientos serán ágiles y efectivos para que pueda exigirse a la autoridad responsable el cumplimiento del servicio o prestación.

Las personas beneficiarias de los programas sociales tendrán los siguientes derechos y obligaciones:

Recibir una atención oportuna, de calidad, no discriminatoria y apegada al respeto, promoción, protección y garantía de sus derechos;

12.1 En cualquier momento podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos normativos aplicables;

12.2 Acceder a la información de los programas sociales, reglas de operación, vigencia del programa social, cambios y ajustes; de conformidad con lo previsto por las Leyes de Transparencia y de Protección de Datos Personales;

12.3 A interponer quejas, inconformidades, reclamos, denuncias y/o sugerencias, las cuales deberán ser registradas y atendidas en apego a la normatividad aplicable;

12.4 En ninguna circunstancia le será condicionado la permanencia o adhesión a cualquier programa social, siempre que cumpla con los requisitos para su inclusión y permanencia a los programas sociales;

12.5 A solicitar de manera directa, el acceso a los programas sociales.

13. Mecanismos de Evaluación e Indicadores

13.1 Evaluación. Como lo establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, la Evaluación Externa del programa social será realizada de manera exclusiva e independiente por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México (EVALUA CDMX), en caso de encontrarse considerado en su Programa Anual de Evaluaciones Externas.

La Evaluación Interna del Programa “Mi Beca Para Empezar” se realizará en apego a lo establecido en los Lineamientos para la Evaluación Interna de los Programas Sociales, emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México. Los resultados serán publicados y entregados a las instancias en los plazos que establece el artículo 42 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

La unidad técnico-operativa responsable de llevar a cabo la Evaluación Interna de “Mi Beca Para Empezar” es la Subdirección de Evaluación de Programas de este Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México.

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Para el cumplimiento de los objetivos de la evaluación interna se utilizara

información estadística que se generara , por un lado, a través de la investigación documental o de gabinete y, por el otro lado, mediante información de campo proporcionada por los sujetos de derecho y operadores del Programa.

Lo anterior se da mediante el análisis de a) referencias académicas, estadísticas y documentales especializadas en temas educativos de la Secretaría de Educación Pública, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política del Desarrollo Social y del Instituto Nacional de Estadística y Geografía; y b) análisis de la información interna proporcionada por el Área responsable del Programa: padrones de derechohabientes, avance programático y cobertura de dispersiones, así como la encuesta de satisfacción de los sujetos de derecho del programa, misma que se realiza mediante muestreo.

13.2 Indicadores de gestión y resultados

El Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México, formuló la Matriz de Indicadores bajo los principios de la Metodología de Marco Lógico, la cual señala que los indicadores constituyen un sistema de señales que reportan acciones adecuadas al cuerpo directivo, desde el momento de su planeación, hasta el momento de su operación y ejecución mediante el monitoreo y la evaluación.

El Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México desarrollará una Encuesta de Percepción en los planteles públicos beneficiados de “Mi Beca Para Empezar”, instrumentos de evaluación cuantitativa que permitirá conocer el impacto del programa social.

Tal como lo indica la Metodología de Marco Lógico (MML), se deben integrar los indicadores de cumplimiento de metas asociadas a los objetivos, es decir, indicadores que permitan la evaluación del cumplimiento de los objetivos, su desempeño e impacto en la población beneficiaria.

Tabla 6. Matriz de indicadores del Programa “Mi Beca Para Empezar”

NIVEL DE OBJETIVO

OBJETIVO NOMBRE DEL INDICADOR

FÓRMULA DE CÁLCULO

TIPO DE INDICADOR

UNIDAD DE MEDIDA

FRECUENCIA DE MEDICIÓN

DESAGREGACIÓN

MEDIOS DE VERIFICACIÓN

UNIDAD RESPONSABLE

SUPUESTOS

METAS

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FIN

Contribuir a disminuir la deserción escolar a nivel básico en la Ciudad de México.

Índice de la Deserción escolar en la Ciudad de México en el nivel básico

(Deserción escolar en el periodo anterior)(Deserción escolar en el periodo actual)*100

Eficacia % Anual Sexo, grupo etario, Alcaldías

Información Censal del INEGI

Dirección Operativa de Programas para la Ciudad

Contribuir a Reducir el Índice de Deserción Escolar a Nivel Básico

PROPÓSITO

Fortalecer los ingresos familiares, mediante la Cobertura Universal del Programa de la Población Objetivo para contribuir a disminuir el Rezago Educativo a Nivel de Educación Básica en la Ciudad de México

Población beneficiada con el Programa respecto a la población inscrita en el nivel básico (preescolar, primaria y secundaria) y especial (CAM) de las escuelas públicas de la Ciudad de México

(Ingreso por apoyo económico/el gasto familiar destinado a la asistencia de niñas, niños y/o adolescentes a la Educación Básica* 100

Eficiencia % Anual Sexo, grupo etario, Alcaldías

Autoridad Educativa de la Ciudad de México

Dirección Operativa de Programas para la Ciudad

100%

COMPONENTES

Conocer el porcentaje de estímulos otorgad os por el Programa respecto a la población establecida como meta en el ciclo escolar.

Porcentaje de estudiantes beneficiarios activos del Programa en el ciclo escolar estudiando respecto a la población objetivo.

((Total de alumnos beneficiarios activos en el Programa en el ciclo escolar t)/(número de alumnos establecidos como meta por el programa en el ciclo escolar t))*100

Eficacia % Anual Sexo, grupo etario, Alcaldías

Reportes trimestrales y anuales del área a cargo del Programa

Subdirección de Evaluación de Programas y la Dirección Operativa de Programas para la Ciudad

100%

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ACTIVIDADES

A1. Conocer la Difusión del Programa Social a través de la red social Facebook, Twitter y Página Web

Tasa de cambio en el número de visitas trimestrales a la redes sociales y Página Web del programa

((Número de visitas al programa en Facebook, Twitter y Página Web del trimestre t)(Número de visitas al programa en Facebook, Twitter, Página Web del trimestre t1)/(Número de visitas al programa en Facebook, Twitter y Pagina Web del Programa del trimestre t 1))*100

Eficacia % Trimestral y Anual.

Sexo, grupo etario, Alcaldías

Reportes trimestrales y anuales de la Coordinación de comunicación, Información y difusión.

Coordinación de Comunicación, Información y Difusión y Subdirección de Evaluación de Programas

A.2. Respuesta ágil a las solicitudes presentadas

Porcentaje de solicitudes de incorporación al programa respondidas en tiempo y forma

(Número de solicitudes de incorporación al programa respondidas en tiempo y forma/ Número total de solicitudes recibidas al programa) * 100

Eficacia % Trimestral Anual

Sexo, grupo etario, Alcaldías

Graficas reportes Mensuales y Trimestrales

Dirección Operativa de programas parta la Ciudad

100%

ACTIVIDADES

A.3. Conocer la eficacia respecto de la entrega del apoyo económico (transferencia monetaria) en tiempo y forma a las y los beneficiarios del Programa Social

Porcentaje de dispersión en tiempo y forma de la población beneficiada del Programa Social

(Número de vale electrónico dispersadas en tiempo y forma/ Total de beneficiarios )*100

Eficacia % Trimestral Sexo, grupo etario, Alcaldías

Bases de Datos Reporte mensual, trimestral y anuales

Dirección Operativa de programas parta la Ciudad

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A4. Impacto respecto a la satisfacción del Programa en los beneficiarios

Porcentaje estimado de beneficiarios satisfechos y muy satisfechos con el Programa

((Número estimado de beneficiarios satisfechos y muy satisfechos con el Programa en el ciclo escolar t)/(Total de beneficiarios encuestados del Programa en el ciclo escolar t))*100

Calidad % Anual Sexo, grupo etario, Alcaldías

Reportes Trimestral y Anual del Área a cargo del Programa y Resultados de la Encuesta de Satisfacción de Beneficiarios del Programa

Las Instituciones Educativas que Colaboran con el Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México para Facilitar el Acceso al Personal del Ente para la Aplicación de las Encuestas o Sondeos para la Evaluación del Programa

A5. Conocer la Eficacia en la atención del trámite de incidencias del Programa

Porcentaje de Beneficiarios satisfechos con la atención de incidencias del Programa

((Beneficiarios satisfechos o muy satisfechos con la atención de alguna incidencia)/(total de beneficiarios encuestados en el periodo))*100

Eficacia % Anual Sexo, grupo etario, Alcaldías

Gráficas reportes Mensuales, Trimestrales y Anual

Dirección Operativa de programas parta la Ciudad y Coordinación de Comunicación, Información y Difusión

ACTIVIDADES

A6. Grado de

Porcentaje de beneficiarios satisfechos o muy satisfechos con el método de pago del programa.

(Número de beneficiarios encuestados satisfechos y muy satisfechos con el método de pago en el periodo t)/(total de beneficiarios encuestados en el periodo t)*100

Calidad % Anual Sexo, grupo etario, Alcaldías

Encuesta de Satisfacción y Percepción

Dirección Operativa de programas parta la Ciudad y la Subdirección de Evaluación de programas

satisfacción con el método de pago del programa

La Subdirección de Evaluación de Programas perteneciente a la Dirección General del Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México será el área responsable de reportar los avances trimestrales de la Matriz de Indicadores de forma acumulada al Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México, de acuerdo con la periodicidad y características de los indicadores diseñados por el FIDEGAR y la información de los responsables de la operación del programa.

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14. Formas de participación social

El programa “Mi Beca Para Empezar” forma parte de la Política Social que el Gobierno de la Ciudad de México implementa a través del Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México para garantizar el ejercicio pleno de los derechos económicos, sociales y culturales de las y los habitantes de la Ciudad de México.

La Dirección Operativa de Programas para la Ciudad a través de los promotores del programa social, realizará jornadas de información en las Escuelas Públicas para garantizar la plena difusión en las 16 alcaldías de la Ciudad de México, acerca de las fechas, horarios y lugares de entrega, y los días y horarios de atención. La participación en el proceso se cuadra como se muestra a continuación:

Tabla 7. Formas de participación social del Programa

PARTICIPANT

E ETAPA EN LA QUE

PARTICIPA FORMA DE

PARTICIPACIÓN

MODALIDAD

Estudiante Registro Individual Información y Consulta

Madre, padre o tutor

Registro Individual Información y Consulta

Estudiante Evaluación del programa

Individual Sugerencias de Mejora

Madre, padre o tutor

Evaluación del programa

Individual Sugerencias de Mejora

15. Articulación con otros programas y acciones sociales

El Programa “Mi Beca Para Empezar” se vincula con los Programas de Útiles Escolares Gratuitos, Alimentos Escolares y Uniformes Escolares Gratuitos; los cuales abonan en la promoción de los derechos de las niñas y niños de la Ciudad de México. Desde el diseño y en la fase de implementación, se busca la generación de complementariedades y sinergias entre los programas, en cuanto a su contribución a los derechos sociales de la infancia.

Tabla 8. Programas complementarios

Programa o Acción Social con el que se articulan

Dependencia o entidad responsable

Acciones en las que colaboran

Etapas del programa comprometidas

Alimentos Escolares

DIF Vinculación de beneficiarios menores de Edad

Selección de los beneficiarios

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Mejor Escuela FIDEGAR Mejoramiento de la infraestructura física de los inmuebles de escuelas públicas de Educación Básica

Operación

Útiles Escolares Gratuitos

FIDEGAR Vinculación de beneficiarios menores de edad

Operación

Uniformes Escolares Gratuitos

FIDEGAR Vinculación de

beneficiarios

menores de edad

Operación

Va Segur@ FIDEGAR Cobertura a través de una aseguradora los servicios de aseguramiento y atención médica urgente, así como una cobertura de gastos médicos en caso de que las y los asegurados(as) sufran un accidente

Selección de los beneficiarios

Además de lo anterior, resulta muy relevante señalar que el Programa “Mi Beca Para Empezar” se articula con la Beca Educativa a nivel federal Benito Juárez. Así, ésta última cubrirá a todos los estudiantes del nivel medio superior de la Ciudad, bajo un esquema también universal e inclusivo. Por su parte, “Mi Beca Para Empezar” protege a los estudiantes del nivel básico, preescolar, primaria, secundaria y Centros de Atención Múltiple de nivel preescolar, primaria, secundaria y laboral. Así, consideradas ambas políticas en conjunto, suponen la construcción de un sistema integral e inédito de becas para la Ciudad de México, en el que, desde la primaria hasta la educación superior, todos los estudiantes, en cada ciclo escolar, serán apoyados. La sinergia resulta manifiesta.

16. Mecanismos de Fiscalización

La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, conforme a sus atribuciones, vigilará el cumplimiento de las presentes Reglas de Operación.

Esta Modificación a las Reglas de Operación fue aprobada mediante acuerdo COPLADE/SE/I/04/2020, en la Primera Sesión Extraordinaria 2020 del Comité de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México (COPLADE) celebrada el

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pasado 14 de enero de 2020. Como parte del informe trimestral remitido a la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, se enviarán los avances en la operación del programa social, los alumnos beneficiados, el monto de los recursos otorgados, la distribución, según sea el caso, por alcaldía y colonia.

La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia verificará que el gasto guarde congruencia con lo dispuesto en la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México.

Se proporcionará la información que sea solicitada por la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México y/o los órganos internos de control, a fin de que estas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección y verificación del ejercicio del gasto público.

Las personas que integran la Red de Contraloría Ciudadana que coordina y supervisa la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, vigilarán en el marco de sus derechos y obligaciones establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal y en los Lineamientos del programa de Contraloría Ciudadana, el cumplimiento de las presentes reglas de operación, así como de las normas y procedimientos aplicables a la programación y ejecución del programa social y el ejercicio de los recursos públicos.

17. Mecanismos de Rendición de Cuentas

De acuerdo con las Obligaciones de Transparencia en materia de Programas Sociales, de Ayudas, Subsidios, Estímulos y Apoyos establecidos en el artículo 122 fracción II de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la siguiente información se mantendrá impresa para consulta directa, se difundirá y mantendrá actualizada en formatos y bases abiertas en la Plataforma Nacional de Transparencia, así como en la página de internet: www.fideicomisoed.cdmx.gob.mx

La actualización anual de los criterios de planeación y ejecución del programa, que especifican las metas y objetivos y el presupuesto público destinado para ello; en tanto que la siguiente información del programa social será actualizada trimestralmente: a) Área, b) Denominación del Programa; c) Periodo de vigencia; d) Diseño, objetivos y alcances; e) Metas físicas; f) Población beneficiada estimada; g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal; h) Requisitos y procedimientos de acceso; i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana; j) Mecanismos de exigibilidad; k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones; l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo; m) Formas de participación social; n) Articulación con otros programas sociales, o) Vínculo a las reglas de operación o Documentos equivalentes; p) Vínculo a la convocatoria respectiva; q) informes periódicos y los

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resultados de las evaluaciones realizadas; r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre del alumno beneficiado, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada uno de ellos, su distribución por unidad territorial, edad y sexo y el resultado de la evaluación del ejercicio y operación del programa.

De acuerdo con el artículo 124 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México se asegurará la transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad en el uso y otorgamiento de apoyos económicos provenientes de los recursos públicos, materia de las presentes reglas de operación que deberán guiarse por los principios de transparencia y rendición de cuentas.

18. Criterios para la integración y unificación del Padrón universal

de personas beneficiarias o derechohabientes

El Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México que tiene a su cargo el Programa de Becas Escolares de la Ciudad de México, “Mi Beca para Empezar”, publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el padrón de beneficiarios correspondiente en los plazos señalados en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, indicando nombre del beneficiario, edad, sexo, apoyo otorgado, unidad territorial y demarcación territorial. Considerando que dicho padrón estará ordenado alfabéticamente e incorporado en el "Formato para la Integración de Padrones de Beneficiarios de Programas Sociales de la Ciudad de México", que, para tal fin, el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social de la Ciudad de México diseña en donde, adicional a las variables de identificación: "nombre, edad, sexo, unidad territorial y alcaldía", se precisará el número total de beneficiarios y si se cuenta con indicadores de desempeño de alguna índole, tal como lo establece el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

A efecto de construir en la Ciudad de México un padrón unificado y organizado por cada uno de los programas de las Dependencias de la Administración Pública Local, en el mismo periodo el Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México y que tiene a cargo el programa social “Mi Beca Para Empezar” entregará el respectivo padrón de beneficiarios en archivo electrónico e impreso a la Comisión de Vigilancia y Evaluación de Políticas y Programas Sociales del Congreso de la Ciudad México, así como la versión electrónica de los mismos a la Secretaria de Inclusión y Bienestar Social de la Ciudad de México a efecto de incorporarlos al Sistema de Información del Desarrollo Social (SIDESO) e iniciar el proceso de integración del padrón unificado de beneficiarios de la Ciudad de México, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del Artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

El Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México, que tiene a su cargo “Mi Beca Para Empezar”, cuando le sea solicitado, otorgará a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México, toda la información necesaria que permita cumplir con el programa de verificación de padrones de beneficiarios de programas sociales, diseñado por el Consejo de Evaluación del Desarrollo

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Social de la Ciudad de México e implementado por la primera. Ello con la intención de presentar los resultados del mismo órgano Legislativo de la Ciudad de México, salvaguardando siempre conforme a la Ley, los datos personales que en él se contengan.

En el sitio de internet: www.fideicomisoed.cdmx.gob.mx y en el de la Plataforma Nacional de Transparencia se publicará el formato y bases abiertas, la actualización de los avances de la integración de los padrones de beneficiarios de cada número de los programas sociales que opera el Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México, el cual estará conformado de manera homogénea y contendrá las variables: nombre, edad, sexo, distribución por unidad territorial, alcaldía, beneficio o apoyo otorgado y monto del mismo, de acuerdo a lo establecido en la fracción II inciso r) del artículo 122 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será sancionado en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos de la Ciudad de México.

Una vez emitidos los Lineamientos para la integración del padrón universal, se dará estricto cumplimiento a los mismos.

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TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Aviso entrará en vigor al día de su publicación del enlace electrónico donde puede ser consultada la primera modificación a las Reglas de Operación del Programa Social denominado Programa de Becas Escolares de la Ciudad de México, “Mi Beca para Empezar”, para el ejercicio fiscal 2020 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; derivado de la publicación del enlace electrónico donde se pueden consultar las reglas de operación 2020

SEGUNDO. Cualquier situación no contemplada en estas Reglas de Operación, será resuelta por la Dirección General del Fideicomiso Educación Garantizada de la Ciudad de México, mediante el procedimiento administrativo correspondiente y a petición de parte.

TERCERO. Ningún servidor(a) público(a) o área alguna podrán establecer requisitos o trámites adicionales a los establecidos en las presentes Reglas de Operación.

En la Ciudad de México al 30° día del mes de

Junio de2020.

LICDA. ARACELI BERENICE HERNÁNDEZ CALDERÓN

DIRECTORA GENERAL DEL FIDEICOMISO

EDUCACIÓN GARANTIZADA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO