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FIDEICOMISO

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FIDEICOMISO

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Page 1: Fideicomiso

FIDEICOMISO

Page 2: Fideicomiso

• INGLATERRA

• EDAD MEDIA V-XII

TRUST: OBLIGACION DE EQUIDAD POR LA CUALUNA PERSONA LLAMADA "TRUSTEE", DEBE USARUNA POPIEDAD SOMETIDA A SU CONTROL (QUE ESLLAMADA TRUST PROPERTY) PARA EL BENEFICIODE PERSONAS LLAMADAS "CESTUI QUE TRUST".

E.E.U.U. IMPULSA EL TRUST ALEXTENDER SU APLICACIÓN ENACTIVIDAD BANCARIA EN DONDE ELTRUSTEE (FIDUCIARIO) ES PROFESIÓN YSÍ RECIBE COMPENSACIÓN, ENINGLATERRA NO. FUNDANDO DE ESTAMANERA "TRUST COMPANIES" YBANCOS FIDUCIARIOS ESPECIALIZADOS.

• MÉXICO

FUE INTRODUCIDO POR LA L.I.C. DE

1924

LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO: 1932

EL TESTADOR EN FORMA DE RUEGO UTILIZABA ESTE TIPO DEINSTRUMENTO PARA BENEFICIAR A UNA PERSONA QUE NO POSEÍA LA

CAPACIDAD DE SER SU HEREDERO, EJEMPLO LAS MUJERES; ELTESTADOR DIRIGIA EL RUEGO A UN TERCERO PARA QUE ESTECUMPLIERA CON SU DISPOSICIÓN DE ÚLTIMA VOLUNTAD

EL ROGO FIEDICOMITTO ES EL EQUIVALENTE A LOS BIENES QUE HOY EN DÍA SE LE ENTREGAN EN FIDEICOMISO AL FIDUCIARIO

ESTA LEY FUE LA 1ª. QUE REGULO AL FIDEICOMISO DE FORMA INTEGRAL Y SUSTANTIVA, NO SOLO EN MÉXICO SINO EN TODO EL MUNDO PORQUE EL “UNIFORM TRUST ACT” SE HABRÍA DE PUBLICAR 5 AÑOS

DESPUÉS, 1937

CON LA EXPEDICIÓN DE LA LEY DE BANCOS

DE FIDEICOMISO DE 1926, SE RECONOCE

AL FIDEICOMISO COMO UN MANDATO IRREVOCABLE

• ROMA

• 27 A.C.

Page 3: Fideicomiso

• Fideicomiso (Latín: FIDEICOMMISUM):• FIDEI - CONFIANZA

• COMMISSUS - CONFIADOART. 381 LGTYOP:EN VIRTUD DEL FIDEICOMISO, EL

FIDEICOMITENTE TRANSMITE A UNAINSTITUCION FIDUCIARIA LA PROPIEDADO LA TITULARIDAD DE UNO O MÁS

BIENES O DERECHOS, SEGÚN SEAEL CASO, PARA SER DESTINADOS A

FINES LÍCITOS YDETERMINADOS ENCOMENDANDOLA REALIZACIÓN DE DICHOS FINES A LAPROPIA INSTITUCIÓN FIDUCIARIA

FIDUCIA / CONFIANZA, FÉ

1

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4

LOS BIENES FIDEICOMETIDOSCONSTITUIRÁN UN PATRIMONIO

AUTÓNOMO QUE ESTARÁ

AFECTADO AL FIN DEL FIDEICOMISO.EN RELACIÓN CON DICHOS BIENES, SOLOPODRÁN EJERCITARSE LAS ACCIONES YDERECHOS QUE SE DERIVEN DELFIDEICOMISO O DE SU EJECUCIÓN.

Page 4: Fideicomiso

ACTO

CONSTITUTIVO• Declaración unilateral de la voluntad

• Acto Inter Vivos / Testamento

• Por escrito

• Ajustado a la legislación de transmisión de propiedad y derechos

PATRIMONIO

AUTÓNOMO• Distinto de otros y de quienes intervienen

• Patrimonio AFECTADO a un fin determinado

• Pueden ser objeto de fideicomiso toda clase de bienes y derechos

• Se protege al patrimonio contra cualquier riesgo o posibles acreedores

• Titularidad: cualidad jurídica que determina la entidad del poder de una persona sobre un derecho o

pluralidad de derechos dentro de una relación jurídica.

• La institución fiduciaria tendrá todos los derechos y acciones que se requieran para el cumplimiento del fideicomiso, salvo las normas o limitaciones, que se establezcan en el acto constitutivo

EL FIDUCIARIO ES TITULAR NO PROPIETARIO

Page 5: Fideicomiso

TÍPICO

TRASLATIVO DE USO/DOMINIO

PRINCIPAL/ACCESORIO

FORMAL

TRACTO SUCESIVO

BILATERAL

ONEROSO

CONMUTATIVO

regulado por:LGTYOC, casas de bolsa, instituciones de fianzas, compañías de seguros, bancos, la LMV, La Ley Federal de Instituciones de Fianzas, la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, LIC, CC

REAL

se perfecciona con la entrega de la cosa

Existe por sí mismo/ se constituye para garantizar crédito

Debe ser otorgado siempre por escrito

Las obligaciones de las partes se extienden por un periodo de tiempo determinado en el acto constitutivo

Las partes tienen derechos y obligaciones recíprocos

Contiene provechos y gravámenes

Los prestaciones, provechos y gravámenes son plenamente conocidos por las partes

En el caso del fideicomiso irrevocable en el que intervienen bienes muebles e inmuebles

Page 6: Fideicomiso

El fideicomiso cuyo objeto recaiga en bienes MUEBLES, surtirá efectos contra terceros desde la

fecha en que se cumplan los requisitos siguientes:

• I.- Si se tratare de un crédito no negociable o de un derecho personal: desde que el fideicomiso fuere notificado al deudor.

• II.- Si se tratare de un título nominativo: desde que éste se endose a la institución fiduciaria y se haga constar en los registros del emisor, en su caso.

• III.- Si se tratare de cosa corpórea o de títulos al portador: desde que estén en poder de la instituciónfiduciaria.

Page 7: Fideicomiso

NATURALEZA

JURÍDICA• Acto mercantil

• Negocio unilateral

• Exclusivamente bancario

• Patrimonio afectación que solo brinda derechos

NEGOCIO

FIDUCIARIO• complejo

• Atípico

• Compuesto de 2 negocios típicos de efectos contradictorios:

• REAL

• Exteriorizado

• Efectivamente realizado por las partes

• OCULTO

• Solo tiene eficacia interna entre las partes

El negocio fiduciario es una forma compleja que resulta de la unión de dos negocios de índole y efectos diferentes, colocados en oposición recíproca, consta:

• 1° De un contrato real positivo

• La transferencia de la propiedad o del crédito, que se realiza de modo perfecto o irrevocable

• 2° De un contrato negativo

• La obligación del fiduciario de usar tan solo en una cierta forma el derecho adquirido, para restituirlo después al transferente o a un tercero

• Al negocio fiduciario que los particulares suelen celebrar, se le ha llamado, impropiamente fideicomiso irregular.

Page 8: Fideicomiso

• FIDEICOMITENTE

SI NO ASIGNA UN FIN DETERMINADO, SE LE REVIERTEN LOS BIENES,

SI FUEREN INMUEBLES O DERECHOS REALES, BASTARÁ CON PONER LA ANOTACIÓN “EXITNCIÓN” EN EL ACTO CONSTITUTIVO E INCRIBIRLO EN EL R.P.P

SI PUEDE SER FIDEICOMISARIO

• FIDUCIARIO

• FIDEICOMISARIO

• PERSONA QUE TIENE DERECHO A RECIBIR LOS BENEFICIOS DEL FIDEICOMISO

• PUEDE PEDIR CUENTAS AL FIDUCIARIO

• EXIGIR EL EXACTO CUMPLIMIENTO DE SU FUNCIÓN

• PERSEGUIR LOS BIENES QUE HAYAN SALIDO INDEBIDAMENTE

• PEDIR REMOCIÓN DEL FIDUCIARIO

* Reservarse los derechos que estime pertinentes;

* Designar a uno o varios fideicomisarios;

* Nombrar al comité técnico;

* Modificar los términos del contrato (si se reserva ese derecho);

* Requerir cuentas al fiduciario;

* Trasmitir sus derechos (si se reserva ese derecho), y

* Renovar o terminar el fideicomiso (si se reserva ese derecho).

PERSONA QUE POR DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LA VOLUNTAD CONSTITUYE UN FIDEICOMISODEBE TENER PODER DE DISPOSICION SOBRE LOS BIENES MATERIALES O DERECHOS QUE CONSTITUYAN EL PATRIMONIO FIDEICOMETIDO

* Cumplir con las obligaciones enmateria fiscal que graven al fideicomiso;* Guardar el secreto fiduciario;* Invertir fondos en valores aprobados,

* Acatar las instrucciones y recomendaciones del COMITÉ TÉCNICO.* deberá obrar siempre como buen padre de familia, siendo responsablede las pérdidas o menoscabos que los bienes sufran por su culpa”.

SE ENCOMIENDA LA REALIZACIÓN DE UN FIN

SE LE TRANSMITE LA TITULARIDAD DE LOS BIENES

DEBE SER UN BANCO

SE LE PROHIBE GARANTIZAR LOS RENDIMIENTOS DE LOS BIENES

RENDIR CUENTAS AL FIDEICOMISARIO Y AL FIDEICOMITENTE

SE PUEDE SUSTITUIR POR RENUNCIA U OBRAR CONJUNTAMENTE

SI NO SE DESIGNA EN ACTO CONSTITUTIVO, EL JUEZ COMPETENTE LO HARÁ.

NO PUEDE SER FIDEICOMISARIO EXCEPTO:

RECIBEN EL NOMBRE DE DELEGADOS FIDUCIARIOS

• APRUEBA:

Page 9: Fideicomiso

EXTINCIÓN DEL FIDEICOMISO ART. 392

LGTYOC• Artículo 392.- El fideicomiso se extingue:

• I.- Por la realización del fin para el cual fue constituido;

• II.- Por hacerse éste imposible;

• III.- Por hacerse imposible el cumplimiento de la condición suspensiva de que dependa o no haberse verificado dentro del término señalado al

constituirse el fideicomiso o, en su defecto, dentro del plazo de 20 años siguientes a su constitución;

• IV.- Por haberse cumplido la condición resolutoria a que haya quedado sujeto;

• V. Por convenio escrito entre fideicomitente, fiduciario y fideicomisario;

• VI. Por revocación hecha por el fideicomitente, cuando éste se haya reservado expresamente ese derecho al constituir el fideicomiso;

• VII. En el caso del párrafo final del artículo 386, y

• VIII. En el caso del artículo 392 Bis

Page 10: Fideicomiso

FIDEICOMISOS

PROHIBIDOS

• Artículo 394.- Quedan prohibidos:

• I.- Los fideicomisos secretos;

• II.- Aquellos en los cuales el beneficio se conceda a diversas personas sucesivamente que deban substituirse por muerte de la anterior, salvo el caso de que la substitución se realice en favor de

personas que estén vivas o concebidas ya, a la muerte del fideicomitente; y

• III. Aquéllos cuya duración sea mayor de 50 cincuenta años, cuando se designe como beneficiario a una persona moral que no sea de derecho público o institución de beneficencia. Sin embargo, pueden

constituirse con duración mayor de cincuenta años cuando el fin del fideicomiso sea el mantenimiento de museos de carácter científico o artístico que no tengan fines de lucro.

Page 11: Fideicomiso

APLICACIONES

PRÁCTICAS

La propiedad del bien se transfiere a la fiduciaria pero como ésta no lo compró, y solo lo recibe para desahogar el fin pactado, tampoco es propietaria sino titular, más técnicamente es la propietaria fiduciaria. También como evasión al art. 27 constitucional que limita los extranjeros para adquieran el dominio de tierras y aguas a lo largo de lo que se conoce como la zona prohibida (50 km costas y 100 km fronteras), ya que les ha permitido obtener por vía de la posesión derechos de uso y explotación, durante períodos de 30 años.

TRASLATIVO DE DOMINIO

TESTAMENTARIO

El fideicomitente, que es quien dispone de sus bienes para después de su

muerte, manifiesta su voluntad sucesoria en las cláusulas del fideicomiso, la que

será cumplida por el fiduciario sin necesidad de iniciar diligencias ni de sucesión

legítima ni testamentaria y por lo mismo, a su muerte no se requerirá de la

intervención ni del órgano jurisdiccional, ni de notario público y los bienes del

fideicomiso se trasmiten a la fiduciaria para la realización de un fin lícito y

determinado, que en éste tipo de fideicomiso consiste en hacer con estos bienes

lo que el fideicomitente encomendó se hiciera, a favor de terceros, quienes no

recibirán los beneficios del fideicomiso en tanto que herederos, sino en tanto de

fideicomitentes”.

Page 12: Fideicomiso

En el fideicomiso de administración, el

fideicomitente coloca sus bienes o inversiones en manosde la institución para que ésta, en operaciones deauténtica representación de aquél, ejecute diversosactos, tanto para administrar parte o la totalidad de supatrimonio como para incrementar el valor de susinversiones.

fideicomiso de inversión, es aquel por el que el

fideicomitente destina cierta cantidad en efectivo o en títulos

de crédito a la constitución de un fideicomiso; y, la fiduciaria

se compromete durante el plazo del contrato a invertirlos en

mercado de valores, o en mesas de dinero, de otras bancas,

con objeto de obtener con ellos un máximo rendimiento.

Page 13: Fideicomiso

FIDEICOMISO INMOBILIARIO: EN FRACCIONAMIENTOS URBANOS SE HA USADO PARA TITULAR A LOS ADQUIRIENTES DE LOTES CUANDO HAYAN TERMINADO DE PAGAR.

“El fideicomiso de garantía consiste en la trasmisión de bienes al fiduciario para que este garantice con ello el cumplimiento de las obligaciones de muy diversa naturaleza que asume el fideicomitente, Así, un préstamo, un crédito, una emisión de obligaciones, un usufructo, la administración de bienes, pueden garantizarse mediante la entrega en fideicomiso de ciertos bienes”.

GARANTÍA