ficha programa

3
GUIÓN:…………………………………………………………………………………………………… FECHA: 20 DE JUNIO DEL 2015 MOD. 1: ………………………………………………………………………………………………… MOD. 2: ………………………………………………………………………………………………… MOD. 3: ………………………………………………………………………………………………… MOD. 1: Muy buenos días tengan todos ustedes, les damos la bienvenida a este pequeño espacio en su programa ……………………………………………………………………..……………………………….. MOD 2: muy buenos días, siendo las…….. Horas de Hoy 20 De junio estarán junto a ustedes sus amigas Irma Arambulo Dueñas, Yeni Quispe Corrales y Susy Mercado Choque, alumnas de la UAC- Puerto Maldonado de la facultad de derecho y estaremos a cargo de este pequeño bloque informativo-jurídico MOD 3: Efectivamente, reiterando mi cordial saludo a todos nuestros televidentes. El día de hoy compartiremos junto a ustedes un pequeño tema legal informativo de mucha importancia, sobre todo para nuestra región que lleva por título EL MATRIMONIO MOD 1: Por supuesto, se hablara también sobre los deberes y derechos que nacen a raíz del matrimonio y del régimen patrimonial que lo rige. MOD. 3: Para ello previamente les traemos un video educativo, dirigido por la Dra Rosa María Palacios, donde nos dará a conocer previamente ¿qué es el matrimonio? y ¿cuáles son los requisitos para contraer matrimonio? VIDEO…. 6.30 min MOD 2: Bien, como se habrán podido dar percatar, nos presenta de manera elocuente a la institución del MATRIMONIO. MOD. 3: Por supuesto, Hay que tener en cuenta también que el matrimonio como estado genera derecho y obligaciones entre los esposos, nuestro código actual tiene una concepción igualitaria entre los conyugues, por lo que las decisiones derechos y deberes, involucran por igual a marido y mujer. MOD 1: pero ¿CUÁLES SON LOS DEBERES QUE GENERA LA INSTITUCIÓN DEL MATRIMONIOS? MOD 3: Los deberes que se imponen ambos son los siguientes: PRIMERO alimentar y educar a los hijos, si uno de los esposos solo se dedica a cuidado de los hijos la obligación alimentaria recaerá sobre el otro.

Upload: irma-mercedes-arambulo-duenas

Post on 04-Sep-2015

212 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

.

TRANSCRIPT

GUIN:FECHA: 20 DE JUNIO DEL 2015MOD. 1: MOD. 2: MOD. 3:

MOD. 1: Muy buenos das tengan todos ustedes, les damos la bienvenida a este pequeo espacio en su programa .... MOD 2: muy buenos das, siendo las.. Horas de Hoy 20 De junio estarn junto a ustedes sus amigas Irma Arambulo Dueas, Yeni Quispe Corrales y Susy Mercado Choque, alumnas de la UAC- Puerto Maldonado de la facultad de derecho y estaremos a cargo de este pequeo bloque informativo-jurdicoMOD 3: Efectivamente, reiterando mi cordial saludo a todos nuestros televidentes. El da de hoy compartiremos junto a ustedes un pequeo tema legal informativo de mucha importancia, sobre todo para nuestra regin que lleva por ttulo EL MATRIMONIOMOD 1: Por supuesto, se hablara tambin sobre los deberes y derechos que nacen a raz del matrimonio y del rgimen patrimonial que lo rige.MOD. 3: Para ello previamente les traemos un video educativo, dirigido por la Dra Rosa Mara Palacios, donde nos dar a conocer previamente qu es el matrimonio? y cules son los requisitos para contraer matrimonio?VIDEO. 6.30 minMOD 2: Bien, como se habrn podido dar percatar, nos presenta de manera elocuente a la institucin del MATRIMONIO.MOD. 3: Por supuesto, Hay que tener en cuenta tambin que el matrimonio como estado genera derecho y obligaciones entre los esposos, nuestro cdigo actual tiene una concepcin igualitaria entre los conyugues, por lo que las decisiones derechos y deberes, involucran por igual a marido y mujer. MOD 1: pero CULES SON LOS DEBERES QUE GENERA LA INSTITUCIN DEL MATRIMONIOS? MOD 3: Los deberes que se imponen ambos son los siguientes: PRIMERO alimentar y educar a los hijos, si uno de los esposos solo se dedica a cuidado de los hijos la obligacin alimentaria recaer sobre el otro.MOD 3: SEGUNDO, estn obligados a guardarse mutua fidelidad y asistencia. TERCERO, estn obligados a hacer vida en comn, esta obligacin puede ser suspendida por el juez cuando se ponga en riesgo la vida salud o el honor de la actividad econmica de la que depende la familiaMOD 2: CUARTO, estn obligados a gobernar el hogar de forma igualitaria y fijar y mudar el domicilio conyugal. QUINTO, pueden representar de forma conjunta la sociedad conyugal cuando la ley as lo exija. Los cnyuges no pueden contratar entre si salvo para darse poder el uno al otro. Para la administracin de la vida diaria del hogar, cualquiera de los esposos puede representar indistintamente a la sociedad conyugal. Si uno de los conyugues es declarado interdicto, desaparece o abandona el hogar, el otro asume la representacinMOD 3: Y por ltimo, los conyugues son libres para escoger su trabajo, con asentimiento expreso o tcito del otro. Si se negara el asentimiento, puede concederlo el juez, si es que existe algn beneficio para la familiaMOD 1: interesante, adems que en el matrimonio existen dos claros regmenes patrimoniales: la sociedad de gananciales y la separacin de patrimonios. MOD 2: claro que si, un dato interesante es que antes de contraer matrimonio, los contrayentes pueden elegir el rgimen patrimonial al que se quieren acoger. Si desean establecer un rgimen de separacin de patrimonios, debern otorgar escritura pblica. Si la escritura pblica no existe, se presume que regir el rgimen de sociedades gananciales. Adems que tambin es posible cambiar de rgimen patrimonial Durante el matrimonioMOD 1: hablamos mucho de sociedad de gananciales, ms aun pregunto Qu es una sociedad de gananciales?MOD 3: La sociedad de gananciales est constituida por el conjunto de bienes de propiedad de los conyugues, as como las cargas que la sociedad responde. En este rgimen existen bienes propios y bienes sociales MOD 1: Cules son los bienes propios de cada conyugue?MOD 2: PRIMERO, todos los que aporta al inicio del rgimen de sociedades gananciales, por ejemplo; un inmueble adquirido antes del matrimonio, seguir siendo de propiedad exclusiva del conyugue que lo aporta.MOD 3: SEGUNDO los que adquiera durante el rgimen de gananciales, siempre que la causa de la adquisicin se generara antes del inicio del rgimen, ejemplo: un inmueble adquirido despus del matrimonio por la ejecucin de una herencia ser de propiedad exclusiva del conyugue que lo hereda.MOD 2: TERCERO, son bienes propios los regalos. CUARTO, las indemnizaciones personales. QUINTO, los derechos de autor o inventorMOD 3: SEXTO, libros, instrumentos y tiles para el ejercicio de su profesin u oficio. STIMO, las acciones distribuidas por revaluacin de patrimonio, siempre que las acciones que den origen sean de bien propio. Octavo, la renta vitalicia a ttulo gratuito y NOVENO, los vestidos, objetos de uso personal, diplomas, condecoraciones, correspondencia y recuerdos de familiaMOD 1 por tal motivo debo entender que son bienes sociales, todos los no comprendidos en el listado anterior, es decir todos los que se adquieren durante la vigencia del matrimonio, incluyendo los que se adquieran por trabajo industria y profesin as como los frutos de los bienes propios.MOD 2: claro que s, Cabe recordar que cualquiera sea el rgimen al que se acojan ambos conyugues tienen la obligacin de aportar a la sociedad en cualquiera de sus posibilidades.MOD 1: Es interesante lo que se puede aprender en este pequeo espacio.MOD 3: Por supuesto que s y esperando que les haya sido de mucha ayuda a toda nuestra plana televidente con nosotras ser hasta otra oportunidad.MOD 2: Eso es todo en cuanto a este pequeo bloque jurdico MOD 3: Aprovechando tambin este espacio para saludar a todos los padres maternitanos, esperemos que lo pasen muy bien en compaa de sus seres queridos y con la bendicin del seor, Hasta pronto!