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1 EL CONCEPTO MODERNO DE TRABAJADOR Y LOS ORÍGENES DEL MOVIMIENTO OBRERO ESPAÑOL (1830-70) Jesús de Felipe Redondo Departamento de Historia, Universidad de La Laguna Mi objetivo con este trabajo es doble. En primer lugar, me propongo analizar el concepto de “trabajador” con el que se identificaron los operarios que fundaron asociaciones de resistencia laboral, organizaron huelgas de manera sistemática y presentaron públicamente sus demandas en la prensa y ante las instituciones a lo largo de las décadas centrales del siglo XIX (finales del decenio de 1830-finales del de 1860). En segundo lugar, intento ofrecer algunas nuevas claves para explicar cómo y por qué surgió esta identidad. Para ello, me centro en los documentos escritos que dejaron estos obreros, publicados en su mayor parte en la prensa progresista, democrática y obrera, así como en los diversos opúsculos, libros, panfletos y manifiestos redactados por los representantes de las sociedades obreras durante este periodo. 1 Los trabajadores que llevaron a cabo estas acciones laboraban en diversas ramas laborales, incluyendo tanto a los oficios urbanos (tipógrafos, albañiles, zapateros, carpinteros, sastres, toneleros, etc.) como a la industria textil (tejedores manuales y mecánicos, hiladores, estampadores, etc.). La casi totalidad de estos operarios era asalariada, aunque muchos de ellos se hallaban en situaciones diferentes dependiendo de cuestiones como las características propias del trabajo en cada profesión, la cuantía de su retribución salarial, su grado de cualificación profesional e, incluso, la propiedad de determinados medios de producción o su sexo, entre otras. 2 Los trabajos existentes los han clasificado como operarios cualificados. El 1 Los periódicos “obreros” son El Eco de la Clase Obrera (Madrid, 1855-1856), El Obrero (Barcelona, 1864- 1866) y La Asociación (Barcelona, 1866), así como la prensa internacionalista del Sexenio, especialmente La Federación (Barcelona, 1869-73) y La Solidaridad (Madrid, 1870-1871). 2 La heterogeneidad de los operarios que participaron en el movimiento obrero español en PÉREZ LEDESMA, M.: “La formación de la clase obrera. Una creación cultural”, en CRUZ, R. y PÉREZ LEDESMA, M. (eds.): Cultura y movilización en la España contemporánea, Madrid, Alianza, 1997, p. 202. Con respecto a la propiedad de los medios de producción, algunos de los tejedores que formaron parte de la Asociación de Tejedores de Barcelona, fundada en 1840, poseían sus propias máquinas o se las alquilaban a los fabricantes. Véase BARNOSELL, G.: Orígens del sindicalisme catalá, Vich, Eumo, pp. 137-9 y “L’associació de teixidors de Vic (1840-43)”, Ausa, XVII:138 (1997), pp. 303-18.

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Page 1: Felipe Redondo, Jesús de- El Concepto Moderno de Trabajador y Los Orígenes Del Movimiento Obrero (1830-70)

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EL CONCEPTO MODERNO DE TRABAJADOR Y LOS ORÍGENES

DEL MOVIMIENTO OBRERO ESPAÑOL (1830-70)

Jesús de Felipe Redondo Departamento de Historia, Universidad de La Laguna

Mi objetivo con este trabajo es doble. En primer lugar, me propongo analizar el

concepto de “trabajador” con el que se identificaron los operarios que fundaron asociaciones

de resistencia laboral, organizaron huelgas de manera sistemática y presentaron públicamente

sus demandas en la prensa y ante las instituciones a lo largo de las décadas centrales del siglo

XIX (finales del decenio de 1830-finales del de 1860). En segundo lugar, intento ofrecer

algunas nuevas claves para explicar cómo y por qué surgió esta identidad. Para ello, me

centro en los documentos escritos que dejaron estos obreros, publicados en su mayor parte en

la prensa progresista, democrática y obrera, así como en los diversos opúsculos, libros,

panfletos y manifiestos redactados por los representantes de las sociedades obreras durante

este periodo.1

Los trabajadores que llevaron a cabo estas acciones laboraban en diversas ramas

laborales, incluyendo tanto a los oficios urbanos (tipógrafos, albañiles, zapateros, carpinteros,

sastres, toneleros, etc.) como a la industria textil (tejedores manuales y mecánicos, hiladores,

estampadores, etc.). La casi totalidad de estos operarios era asalariada, aunque muchos de

ellos se hallaban en situaciones diferentes dependiendo de cuestiones como las características

propias del trabajo en cada profesión, la cuantía de su retribución salarial, su grado de

cualificación profesional e, incluso, la propiedad de determinados medios de producción o su

sexo, entre otras.2 Los trabajos existentes los han clasificado como operarios cualificados. El

1 Los periódicos “obreros” son El Eco de la Clase Obrera (Madrid, 1855-1856), El Obrero (Barcelona, 1864-1866) y La Asociación (Barcelona, 1866), así como la prensa internacionalista del Sexenio, especialmente La Federación (Barcelona, 1869-73) y La Solidaridad (Madrid, 1870-1871). 2 La heterogeneidad de los operarios que participaron en el movimiento obrero español en PÉREZ LEDESMA, M.: “La formación de la clase obrera. Una creación cultural”, en CRUZ, R. y PÉREZ LEDESMA, M. (eds.): Cultura y movilización en la España contemporánea, Madrid, Alianza, 1997, p. 202. Con respecto a la propiedad de los medios de producción, algunos de los tejedores que formaron parte de la Asociación de Tejedores de Barcelona, fundada en 1840, poseían sus propias máquinas o se las alquilaban a los fabricantes. Véase BARNOSELL, G.: Orígens del sindicalisme catalá, Vich, Eumo, pp. 137-9 y “L’associació de teixidors de Vic (1840-43)”, Ausa, XVII:138 (1997), pp. 303-18.

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escaso y lento desarrollo industrial español hizo que la mano de obra cualificada continuara

desempeñando un papel fundamental en el crecimiento económico del país durante todo el

siglo XIX.3 Por otro lado, en los sectores laborales más industrializados y mecanizados, el

sistema de organización laboral se basó en la concesión de un importante margen de

autonomía y autoridad a los trabajadores, especialmente en lo que respecta a la contratación,

control y retribución de la mano de obra auxiliar. Ello fue lo que permitió a los hiladores

mecanizados de algodón regular el acceso a su oficio y mantener los salarios más elevados de

la industria textil hasta mediados del siglo XIX.4 En general, se ha considerado a estos

operarios como los herederos de ciertas “tradiciones laborales” y “culturas de oficio”

anteriores, mediante las cuales interpretaron y rechazaron algunos de los cambios que los

patronos querían introducir en el proceso productivo.5

Ahora bien, con anterioridad a 1840, estas tradiciones y culturas anteriores no habían

llevado a este conjunto heterogéneo de obreros a identificarse como miembros de un mismo

sujeto histórico de acción colectiva y a luchar por la transformación de las relaciones sociales

y políticas conforme a intereses y objetivos que consideraban comunes. Fue su identificación

como “trabajadores” a partir de dicho año lo que llevó a un conjunto de estos obreros a

interpretar su situación de una misma manera, atribuir sus conflictos laborales a unas mismas

causas y formular unas soluciones comunes para resolver sus dificultades laborales. Mi

objetivo con este trabajo es mostrar de qué manera un análisis del concepto de “trabajador”

empleado por estos operarios puede contribuir a iluminar estos nuevos comportamientos.

Desde la perspectiva de análisis adoptada en este trabajo, el significado con el que se empleó

dicho concepto estuvo íntimamente vinculado con la manera en que estos operarios

concibieron el mundo y actuaron en él. Y, por tanto, el uso del vocablo “trabajador” por estos

3 Para una síntesis reciente del desarrollo económico e industrial español en el siglo XIX véase CARRERAS, A. y TAFUNELL, X.: Historia Económica de la España contemporánea, Barcelona, Crítica, 2004. Sobre estas cuestiones también puede consultarse NADAL, J.: El fracaso de la Revolución Industrial en España, 1814-1913, Barcelona, Ariel, 1975 y CAMPS, E.: La formación del mercado de trabajo industrial en la Cataluña del siglo XIX, Madrid, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 1995. 4 GARCIA BALAÑÀ, A.: La fabricació de la fàbrica. Treball i política a la Catalunya cotonera (1784-1874), Barcelona, Publicacions de l’Abadia de Montserrat-Ajuntament d’Igualada-Centre d’Estudis Comarcals d’Igualada, 2004. 5 Sobre esta cuestión, véase MALUQUER, J.: “Los orígenes del movimiento obrero español, 1834-1874”, en J. M.ª Jover (ed.): Historia de España fundada por Ramón Menéndez Pidal, Madrid, Espasa Calpe, 1981, vol. XXXIV, pp. 771-815; ROMERO, J.: La construcción de la cultura del oficio durante la industrialización. Barcelona, 1814-1860, Barcelona, Icaria-Universitat de Barcelona, 2005; SMITH, A.: “Industria, oficio y género en la industria textil catalana, 1833-1923”, Historia Social, 45 (2003), pp. 79-99 y los trabajos recogidos en SANZ, V. y PIQUERAS, J.A. (eds.): En el nombre del oficio. El trabajador especializado: corporativismo, adaptación y protesta, Madrid, Biblioteca Nueva, 2005.

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operarios contribuyó a constituir significativamente la situación laboral y material en las que

laboraban y vivían, confiriéndole un sentido diferente al que había tenido hasta ese momento.

Como resultado de esta constitución significativa, los operarios que se identificaron como

“trabajadores” se convirtieron en el sujeto colectivo de un movimiento social.6

I. La noción moderna de trabajo

Si los operarios pudieron identificarse como “trabajadores” a partir de la década de

1830 fue por la circunstancia material de realizar una actividad laboral. Ahora bien, el hecho

de trabajar no suponía una novedad en a mediados del siglo XIX. Lo nuevo era el significado

con el que los operarios comenzaron a dotar a la actividad laboral en esos años.

La actividad laboral no ha tenido los mismos significados a lo largo del tiempo.

Durante el Antiguo Régimen, el trabajo manual y “mecánico” fue concebido como una

actividad infame que denigraba socialmente al que la ejercía. Se consideraba que las personas

que practicaban el trabajo manual llevaban a cabo una actividad “servil” que les subordinaba

a la autoridad de un “amo” o “maestro” y les convertía en objeto de control por parte de las

autoridades. Por esta razón, los operarios fueron encuadrados dentro del estado de los

laboratores, uno de los cuerpos en los que se dividía la sociedad del Antiguo Régimen.7

Asimismo, el hecho de realizar un trabajo manual implicaba la identificación del operario

como miembro de un colectivo más amplio, el de la comunidad de oficio, cuya definición,

funcionamiento interno y relaciones con otras comunidades se regían por la concepción

jerárquica y corporativa. Como consecuencia, el hecho de trabajar convertía a los operarios en

miembros de una comunidad de oficio.8

A finales del siglo XVIII apareció una nueva noción de trabajo en tanto que “actividad

productiva”, es decir, generadora de valor y riqueza. Esta nueva noción de trabajo se convirtió

6 Mi análisis se centra en los obreros que se identificaron como “trabajadores”. De ahí que utilice el término entrecomillado “trabajador” para referirme a aquellos operarios que se identificaron como tales. Los términos sin entrecomillar como obrero, operario, trabajador, etc. los empleo en un sentido exclusivamente descriptivo para referirme al conjunto de personas que laboraban en los talleres, sin remitirme a la manera en que se identificaban y constituían como sujetos históricos. 7 SÁNCHEZ LEÓN, P. e IZQUIERDO, J.: “Esclavos, siervos y agremiados: el trabajo industrial, entre la exclusión y el estigma”, en La representación del trabajo y la organización de la sociedad: teoría e historia, Madrid, UGT, 2002, p. 26. 8 Ibidem, pp. 23-34. Véase también DÍEZ, F.: Viles y mecánicos. Trabajo y sociedad en la Valencia preindustrial, Valencia, Edicions Alfons el Magnànim, 1990, pp. 131 y 161-169 y ELORZA, A. (selección de textos, notas y prólogo): “La polémica sobre los oficios viles en la España del siglo XVIII”, Revista de Trabajo, 22 (1968), pp. 69-286. Sobre esta cuestión véase, asimismo, SEWELL, W.H.: Trabajo y revolución en Francia. El lenguaje del movimiento obrero desde el Antiguo Régimen hasta 1848, Madrid, Taurus, 1992, pp. 37-68 y 97-135.

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en el fundamento para las nuevas teorías acerca de la organización de la sociedad en tanto que

“sociedad del trabajo”, como ha analizado Fernando Díez.9 La concepción moderna de la

actividad laboral convirtió a ésta en la actividad esencial tanto para el mantenimiento material

de la sociedad, como para la formación de las personas como individuos económicamente

autónomos y moralmente maduros. El trabajo fue concebido como el “único medio” mediante

el que los individuos podían mejorar su condición, como se afirmaba en el periódico El Vapor

en 1837.10 El trabajo manual fue dignificado desde finales del siglo XVIII, por ejemplo, a

través de disposiciones legales como la Real Cédula de 18 de marzo de 1783 que declaraba

“honestos y honrados” a los oficios mecánicos. No obstante, aunque la noción moderna de

trabajo fue introducida por los reformistas ilustrados, fue con la implantación del régimen

liberal cuando se convirtió en el pilar principal de la organización social.11 Desde las décadas

de 1810 y 1820, los liberales españoles de todas las tendencias defendieron abiertamente el

trabajo como el fundamento del progreso de la nación, es decir, como la actividad “que puede

sacarnos de la miseria que nos apremia, ponernos al nivel de las instituciones que hemos

adoptado, reparar las pérdidas de nuestras ricas colonias, hacernos sociables, tolerantes,

pacíficos, ilustrados, independientes y verdaderamente libres”.12

Además de ser fuente de virtud y progreso económico, la noción moderna de trabajo

implicó que la actividad laboral se convirtiera en el signo fundamental de pertenencia a la

sociedad. Una sociedad que comenzaba a concebirse como una agrupación de individuos

libres e iguales que se unen para garantizar su bienestar y seguridad, como ha señalado Javier

Fernández Sebastián.13 El trabajo desempeñaba un papel esencial dentro de esta visión, pues

era lo que convertía a los individuos en miembros “útiles” para la sociedad, capaces de

generar bienestar y riqueza que debían ser protegidas por la sociedad. De este modo, la 9 DÍEZ, F.: Utilidad, deseo y virtud. La formación de la idea moderna de trabajo, Barcelona, Ediciones Península, 2001, pp. 25-27. 10 “Á los jornaleros”, El Vapor, 175, 20/IV/1837, p. 1. 11 DÍEZ, F.: El trabajo transfigurado. Los discursos del trabajo en la primera mitad del siglo XIX, Valencia, Universitat de València, 2006, p. 77. 12 “El trabajo considerado como manantial de las ciencias, de las artes y de todos los ramos de la industria”, El Censor, XV, 1822, pp. 441-450. Citado en FERNÁNDEZ, M.ªA. y FUENTES, J.F.: voz “Trabajo”, en FERNÁNDEZ SEBASTIÁN, J. y FUENTES, J.F. (dirs.): Diccionario político y social del siglo XIX español, Madrid, Alianza Editorial, 2002, pp. 671-672. Sobre las implicaciones de la noción de trabajo, véase PROCACCI, G.: Gouverner la misère. La question sociale en France, París, Seuil, 1993, pp. 44-51. 13 Acerca de la noción moderna de sociedad basada en la teoría del contrato social que se introdujo y asimiló en España a principios del siglo XIX véase FERNÁNDEZ SEBASTIÁN, J.: voz “Sociedad”, en Diccionario político y social, pp. 658-671 y GARCIA ROVIRA, A.M.ª: “Ilustración, revolución y liberalismo: notas sobre el liberalismo barcelonés en la década de los 30 del siglo XIX”, Estudios de Historia Social, 36-37 (1986), p. 311. Sobre la aparición y las implicaciones de esta concepción de sociedad véase TAYLOR, C.: Imaginarios sociales modernos, Barcelona, Paidós, 2006, pp. 3-22.

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capacidad de trabajar convirtió a los individuos en sujetos dotados de los mismos derechos

“naturales”. Como se afirmó en un periódico progresista en 1835, “todo hombre nace, vive y

muere igual en derechos á todos sus semejantes. […] El trabajo mantiene al hombre. De esto

resulta que cada uno nace, vive y muere con el derecho de disfrutar y poseer el fruto de su

trabajo”.14 Así, el trabajo pasó de considerarse como una actividad socialmente degradante a

ser concebido como uno de los primeros “deberes” y, en la medida en que garantizaba el

“derecho a la vida”, como uno de los principales “derechos” individuales, como afirmó

Gaspar Melchor de Jovellanos a finales del siglo XVIII.15

Durante las décadas centrales del siglo XIX, diversos grupos de operarios comenzaron

a aplicar esta idea moderna de trabajo a su propia situación. En la prensa obrera se hicieron

afirmaciones como la de que el trabajo era la “ley natural del hombre”, ya que era la actividad

creadora de “toda la riqueza, pues no existe nada en el universo que no sea fruto de un

trabajo”, o que el trabajo era “un deber que todo hombre debe cumplir, so pena de perder su

derecho á la vida”.16 Como se verá a continuación, esta concepción del trabajo como un deber

y un derecho individual y como fundamento del progreso y el enriquecimiento de la nación

fue lo que permitió concebir(se) a quienes lo practicaban como miembros de pleno derecho de

la sociedad.

II. Trabajo y ciudadanía

Como consecuencia de la aplicación de esta concepción moderna de trabajo, estos

operarios comenzaron a identificarse como individuos productivos y útiles, y por tanto, como

miembros de la sociedad de ciudadanos libres e iguales. De ahí que el concepto de

“trabajador” apareciera frecuentemente relacionado con los de “ciudadano”, “hombre libre” y

“derechos naturales”. Los operarios que en 1841 querían fundar la Sociedad de Tejedores en

Sallent llamaban a los operarios a afiliarse en tanto que “ciudadanos”.17 El objetivo de

asociaciones de resistencia como la Asociación de Tejedores de Barcelona era el de asegurar

que “los obreros ya no sean tratados como esclavos, sino más bien como ciudadanos iguales a 14 “Legislación de los derechos del hombre y del ciudadano”, El Propagador de la Libertad, 1835, tomo 1º, pp. 42-5. 15 JOVELLANOS, G.M.: Informe dado á la Junta General de Comercio y Moneda sobre el libre ejercicio de las artes, en Obras publicadas e inéditas de Don Gaspar Melchor de Jovellanos, en Biblioteca de Autores Españoles, RAE, Madrid, vol. 50, 1952 [1785], p. 36. 16 Para la primera cita, Gusart, A.: “El Proletariado, II”, El Obrero, 3, 18/IX/1864, p. 208; para la segunda, “Cuestión palpitante. Artículo segundo”, La Solidaridad, 13, 9/IV/1870, p. 1. 17 “Sociedad Protectora de los Tejedores de Algodón del Principado de Cataluña”, El Constitucional, 948, 15/X/1841, p. 3.

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los patronos”.18 En 1864, el periódico cooperativista El Obrero publicó que el operario del

siglo XIX no era “el esclavo ni el siervo de pasadas edades, sino por el contrario, el ciudadano

libre”.19 Los tipógrafos internacionalistas proclamaron en 1871 que el objetivo de la AIT era

el de conquistar “nuestra dignidad como hombres, nuestros derechos como ciudadanos y

nuestros productos como obreros”.20 Asimismo, los grupos políticos que intentaron atraerse a

estos operarios, como el movimiento demócrata, los interpelaron en tanto que “ciudadanos

trabajadores” desde la décadas de 1840 y 1850.21

Esto llevó a los operarios que se concibieron como “trabajadores” a demandar a las

autoridades y los patronos que reconocieran su “dignidad de hombres y ciudadanos”, como se

expuso en El Eco de la Clase Obrera en 1855.22 Asimismo, estos operarios comenzaron a

reivindicar a las autoridades que su principal responsabilidad era defender sus derechos y

libertades en tanto que ciudadanos iguales a otros. Así, cuando en 1841 los tejedores

asociados de Barcelona se dirigían a las autoridades, lo hacían considerando que éstas eran

“conocedoras de los derechos de los ciudadanos”.23 En 1855, los miembros de las

asociaciones obreras de Cataluña solicitaron a las instituciones “que se les consider[ase] como

ciudadanos españoles” para ser admitidos en la Milicia Nacional.24 En 1869, la Sociedad de

Tejedores Manuales de Barcelona recordó al Gobierno que su deber era “poner á salvo los

intereses de los ciudadanos, y ninguno es tan respetable como el pan del pobre trabajador”,

por lo que tomar medidas que garantizaran el derecho al trabajo de los operarios.25

Ahora bien, durante las décadas centrales del siglo XIX los “trabajadores” no pidieron

a las autoridades que intervinieran en el ámbito de las libertades individuales y de las

relaciones privadas que los ciudadanos establecían entre sí. Como afirmaron los representes

de las asociaciones obreras de Cataluña en 1855, “nosotros no tenemos en el Estado mas ni 18 Reglamento de la Asociación de Tejedores de Barcelona, reproducido en Ramón de la Sagra: “De l’industrie cotonnière et des ouvriers en Catalogne”, Journal des Économistes. Revue mensuelle de l’Économie politique, des questions agricoles, manufacturières et commerciales, II, París, 1842, p. 58. 19 “El día 31 del mes pasado celebró la reunion general…”, El Obrero, 21, 22/I/1865, pp. 162-163. 20 Asociación Internacional de Trabajadores. Manifiesto a los obreros del arte de imprimir y ramos anexos de la Región Española…, hoja volante, 7/V/1871. 21 Izco, A. de: “Cartilla del pueblo. Diálogos políticos entre Guindilla y el tío Rebenque”, Guindilla, 16-35, 8/IX-13/XI/1842, pp. 351-352 y Andrés Pérez: “A los hijos del pueblo”, La Voz del Pueblo, 57, 7/XII/1855, p. 1. Sobre la identidad ciudadana y el movimiento demócrata español a mediados del siglo XIX véase PEYROU, F.: La comunidad de ciudadanos. El discurso democrático-republicano en España, 1840-1868, Pisa, Edizioni Plus-Pisa University Press, 2006. 22 “Noticia del banquete celebrado por la clase obrera de esta Corte”, El Eco de la Clase Obrera, 15, 18/XI/1855, p. 228. 23 “Sociedad Protectora de los Tejedores de Algodón del Principado de Cataluña”. 24 Proclama de los operarios “amotinados” de Barcelona reproducida en La Época, 1936, 7/VII/1855, p. 2. 25 “Ciudadano director del periódico…”, La Federación, 9, 26/IX/1869, p. 3.

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menos garantías que los demas ciudadanos”.26 Lo único que demandaron fue que estas

autoridades defendieran y garantizaran todos sus derechos naturales en tanto que ciudadanos,

en particular sus derechos a la vida, la propiedad del fruto de su esfuerzo y la asociación. Así

se proclamó en la Exposición de la clase obrera española á las Cortes, firmada por más de

30.000 operarios, en la que se rechazaron los argumentos que acusaban a las sociedades

obreras de pretender limitar la libre concurrencia:

No pretendemos que ataqueis la libertad del individuo, porque es sagrada é inviolable; ni que

mateis la concurrencia, porque es la vida de las artes; ni que cargueis sobre el Estado la

obligacion de socorrernos, porque conocemos los apuros del Tesoro. Os pedimos únicamente el

libre ejercicio de un derecho: del derecho de ASOCIARNOS.27

A este respecto, para estos obreros la asociación suponía el ejercicio de una libertad

natural de los individuos: “nuestra asociación no necesita la aprobación ni reprobación del

gobierno ni de nadie; con los derechos que nos concede la naturaleza y la ley, tenemos

bastante […]. De consiguiente nuestra asociación es un lazo recíproco y voluntario que no

está sujeta a disolución”.28 El vínculo societario apareció como la solución idónea que los

“trabajadores”, en tanto que individuos libres, podían utilizar para resolver los conflictos

laborales. Porque mediante el ejercicio de su propia libertad los operarios podrían “destruir

esta ley de los amos: Mi despotismo o el hambre”, poniendo límites a la libertad de los

fabricantes.29

III. La redefinición de la comunidad laboral

Esto último lleva a analizar la manera en que estos operarios concibieron sus

relaciones con los patronos. La asunción de la identidad moderna del “trabajador” conllevó

una profunda redefinición de los lazos que vinculaban a los individuos de la comunidad

laboral, que hasta ese momento habían sido determinados por el cuerpo jerárquico del oficio.

26 Molar, J. y Alsina, J.: Observaciones acerca del Proyecto de Ley sobre la industria manufacturera. Dirigidas por los representantes de la clase obrera de Cataluña á la comisión de las Cortes Constituyentes que entienden en dicho proyecto, Madrid, Imprenta a cargo de Compañel, 1855, pp. 8-9. 27 Exposición de la clase obrera española á las Cortes, 1855. Archivo de las Cortes. Legajo 106, expediente nº 3. Capitales en el original. 28 “Sociedad de protección mutua de Barcelona”, Diario de Barcelona, 356, 22/XII/1841, p. 5.224. 29 “Sociedad Protectora de los Tejedores de Algodón del Principado de Cataluña”. El reconocimiento de la libertad de asociación se convirtió en la principal demanda que los operarios organizados dirigieron a las autoridades durante el siglo XIX.

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A partir de entonces, los “trabajadores” afirmaron ser “hombres” dotados de derechos que

debían ser respetados por sus patronos. Como expusieron a las Cortes los comisionados de las

asociaciones obreras de Cataluña en 1855:

Nosotros, […], hijos del trabajo, que emancipa [y] no esclaviza, no abjuramos al entrar en un

taller [de] nuestros derechos de hombres. Entre el que egecuta y el que dirige las operaciones

industriales no vemos diferencia porque todos concurrimos por igual á la creacion de los

productos. Respetamos y debemos respetar á mayordomos y fabricantes; mas porque queremos

que tambien nos respeten. ¿Acaso no tenemos á ello derecho? La reciprocidad es la ley de la

humanidad; y somos hombres. El trabajo es el mejor título á la vida y á la libertad y

trabajamos.30

El hecho de que los “trabajadores” se concibieran como hombres dotados de los

mismos deberes y derechos naturales que los demás hombres trajo dos consecuencias para la

manera en que concibieron sus relaciones con dichos patronos. En primer lugar, estos

operarios aceptaron como algo natural la existencia y el supuesto carácter necesario de los

patronos y capitalistas en el proceso productivo. De hecho, y desde esta perspectiva,

trabajadores y patronos, en tanto que concebidos como agentes igualmente productivos, se

necesitaban mutuamente. Así lo expresaron los dirigentes de la sociedad de tejedores de

Barcelona en 1842, quienes aconsejaron a los tejedores afiliados que debían conseguir la

confianza de los fabricantes y confiar en ellos porque “son comunes los intereses: les somos

necesarios, es verdad, pero su ruina es tambien la nuestra”.31 Estos mismos dirigentes pidieron

a los operarios afiliados que fueran los primeros “en respetar los intereses de todas las cláses”

de la misma manera en que querían que se respetasen los suyos.32 De ahí que, y en segundo

lugar, el objetivo de sus luchas de los “trabajadores” fuera alcanzar la “armonía” con sus

patronos, haciéndoles reconocer y respetar sus derechos en tanto que individuos iguales a

ellos, como se expuso en la mayoría de los manifiestos obreros de este periodo—incluso en el

transcurso de los conflictos más duros.33

30 Molar, J. y Alsina, J.: Observaciones acerca del Proyecto de Ley, p. 9. 31 “Con mucho gusto insertamos la órden…”, El Constitucional, 1.131, 17/IV/1842, pp. 3-4. 32 Ibid. 33 Véase, por ejemplo, Alsina, J.: “Discurso pronunciado el dia 9 de noviembre de 1855…”, El Eco de la Clase Obrera, 18, 9/XII/1855, p. 280 y Molar, J. y Alsina, J.: Observaciones acerca del Proyecto de Ley. Los hiladores de algodón, quienes encabezaron las protestas obreras en Barcelona, demandaron en 1856 que trabajadores y

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A partir de esta concepción de las relaciones laborales se puede entender por qué los

operarios asociados formularon su demanda de constitución de jurados mixtos como medio

para “armonizar los intereses de ambas partes” (patronos y operarios).34 Porque, según ellos,

en los jurados mixtos podrían negociar con sus patronos la solución de sus conflictos en el

marco del respeto a las libertades, derechos e intereses de cada grupo, evitando los

“monopolios de todo tipo” que impedían a obreros y patronos “vivir muy armónicamente”,

como se afirmó en 1864 en el periódico El Obrero.35 En este marco, la negociación colectiva

basada en el respeto a los derechos y libertades de operarios y fabricantes les llevaría

solucionar sus conflictos pacíficamente en aras de la “fraternidad” y el “orden” social, como

se señaló en un periódico progresista barcelonés en 1841.36 Ahora bien, si los “trabajadores”

reivindicaron negociar y llegar a “transacciones favorables” con los patronos, como afirmaron

los trabajadores sevillanos de diversos oficios en 1855, se debió a que percibieron los

intereses de unos y otros como conciliables.37 Ello se explica porque la identidad de

“trabajador” llevó a estos obreros a percibirse como ciudadanos libres e iguales, interesados

en llegar a acuerdos con los patronos que redundarían en el “fomento de la industria española”

y el bienestar general de la sociedad, como señalaron los tejedores asociados de Barcelona en

1842.38

Esta invocación a la conciliación y la armonía no significaba que los “trabajadores”

evitaran el enfrentamiento con sus patronos, sino que permite entender en qué términos

concibieron dichos conflictos. Durante las décadas centrales del siglo XIX, los “trabajadores”

denunciaron a los patronos que negaban su “condición ciudadana”, es decir, sus derechos de

“hombres libres”. Éste fue el significado que adquirió el concepto de “explotación”. Para

dichos operarios, la “explotación” se derivaba del no reconocimiento de sus derechos y

libertades en los centros de trabajo. Según las denuncias de los “trabajadores”, los patronos

que explotaban a un operario le deshumanizaban, pues le trataba como a una “cosa”, un

“recurso económico” más o un “esclavo” que carecía de derechos. De ahí que los operarios se

fabricantes se esforzasen por conseguir la “armonía” de sus intereses (“La clase de hiladores de algodón al público”, La Asociación, 96, 25/VI/1856, p. 3). 34 “Las Sociedades obreras de hiladores, tejedores mecánicos y jornaleros de fábrica…”, La Federación, 3, 15/VIII/1869, p. 2. 35 Gusart, A.: “Tarifa y jurado”, El Obrero, 4, 25/IX/1864, pp. 25-27. 36 “Barcelona 10 de enero”, El Constitucional, 642, 11/I/1841, pp. 2-3. 37 “Manifestación fraternal de la clase obrera de Sevilla á la de Cataluña”, El Eco de la Clase Obrera, 14, 11/XI/1855, p. 215. 38 “Establecimiento fabril de la Sociedad de Tejedores de Algodón de Barcelona y Compañía”, El Constitucional, 1.235, 16/IX/1842, pp. 3-4.

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refirieran habitualmente a su explotación como el hecho de estar “esclavizados por la tiranía

de los fabricantes”, como lo hicieron los directores de la Asociación de Tejedores de

Barcelona a principios de la década de 1840.39 Fue esta situación de negación de sus derechos

lo que llevó a los “trabajadores” a identificar a los patronos egoístas con los términos

habitualmente empleados en la prensa liberal para referirse a los “opresores” de los derechos

individuales, como los de “tiranos” y “señores feudales”.40

En particular, a partir de 1840 los “trabajadores” comenzaron a denunciar la negación

de dos de sus derechos fundamentales en los centros de trabajo: el derecho a la vida y a la

propiedad del producto realizado. En lo que refiere al derecho a la vida, asumieron el

principio liberal de que la vida y la seguridad de la persona era “el primer derecho de toda

criatura”, expuesto en los manifiestos liberales de la década de 1830.41 Cuando los

“trabajadores” aplicaron la noción moderna de que todo hombre debía tener el derecho de

satisfacer sus necesidades vitales mediante su trabajo, empezaron a concebirse a sí mismos

como “hombres dotados de necesidades” naturales que trabajaban para satisfacerlas. Como

indicó un grupo de trabajadores sevillanos en 1855: “El obrero ha conocido al fin que, hombre

como los demas, tiene necesidades materiales y morales que satisfacer, y su salario le ha de

alcanzar para llenarlas”.42 De ahí que el derecho a la vida y el derecho al trabajo estuvieran

íntimamente relacionados en sus reivindicaciones. Así apareció en la declaración de los

tejedores asociados de Sallent en 1856: “creemos tener derecho a vivir; […] estamos en la

convicción de que trabajar es un deber: trabajar queremos pues; y si del trabajo hemos de

vivir, nada más pedimos […] que vivir trabajando”.43 Ello permite entender por qué las

asociaciones obreras consideraron la vida y el salario como las principales “propiedades” de

39 “Sociedad Protectora de los Tejedores de Algodón del Principado de Cataluña”. La denuncia de la consideración de los trabajadores como “cosas” en G.M.: “Pasado, presente y porvenir del trabajo, I”, El Eco de la Clase Obrera, 4, 26/VIII/1855, pp. 58-63. Véase también PÉREZ LEDESMA, M.: “Ricos y pobres; pueblo y oligarquía; explotadores y explotados. Las imágenes dicotómicas en el siglo XIX español”, Revista del Centro de Estudios Constitucionales, 10 (1991), pp. 77-79. 40 La denominación de los patronos como “señores feudales” en “El Centro Federal de las Sociedades de Tejedores á la mano de Cataluña, á sus consocios y al público en general”, La Federación, 1, 1/VIII/1869, pp. 3-4. 41 Para el derecho a la vida véase Moya, F.J.: “Estudios sociales. Derecho”, El Eco del Comercio, 1.546, 14/X/1847, p. 3. Para la seguridad personal véase “Legislación de los derechos del hombre y del ciudadano”. 42 “Manifestación fraternal de la clase obrera de Sevilla á la de Cataluña”. 43 “Exposición de los tejedores de Sallent al gobernador civil de Barcelona”, El Tribuno, 31, 7/I/1856, p. 2. Citada en BENET, J. y MARTÍ, C.: Barcelona a mitjan segle XIX. El moviment obrer durant el Bienni Progressista (1854-1856), Barcelona, Curial, vol. II, p. 348.

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los “trabajadores” que debían ser respetadas por los patronos, como lo hicieron los dirigentes

de la Asociación de Tejedores de Barcelona en 1841.44

En lo que respecta al derecho a la propiedad de lo producido, los “trabajadores”

asumieron la noción moderna de que el trabajo era una “facultad” de todo “hombre libre” que

le permitía “apropiarse” de “los productos de la naturaleza”, generando así “la verdadera

propiedad”. Según ellos, la propiedad “que procedía del trabajo propio debía ser respetada y

defendida por la Ley, lo mismo que la persona y la libertad del individuo”, como subrayó el

intelectual obrero José Mesa y Leompart en 1855.45 La asunción de este derecho como algo

propio llevó a los “trabajadores” a concebir como problemática su situación de pobreza

mientras veían a sus patronos enriquecerse en poco tiempo, como lo hicieron los tejedores

asociados barceloneses en 1840.46 En la medida en que ellos se identificaron como individuos

tanto o más productivos que los patronos, los “trabajadores” denunciaron las desigualdades

económicas existentes entre ellos y los fabricantes. Como señalaron los operarios textiles

barceloneses en 1870: “hoy, como ayer, sucede, que el que mas edifica, el que mas teje, el que

mas cultiva; es el peor alojado, peor vestido, peor alimentado… Ni los mejores ni mas

abundantes frutos del trabajo son para el trabajador… El mas pobre es el que mas trabaja”.47

Según los “trabajadores”, esta situación se debía a que los propietarios “escatimaban”

el jornal del operario, adueñándose de la parte que correspondía a los obreros. De este modo,

reconocían que la ganancia del patrono era lícita, pero siempre y cuando esta ganancia no se

sustentara en la negación del derecho de propiedad de los operarios.48 Por eso denominaron a

los patronos “explotadores” como individuos “egoístas”, “usureros”, “especuladores”,

“avaros” y “codiciosos”, al mismo tiempo que reivindicaron un “reparto más equitativo” del

producto realizado que atendiera al derecho de los operarios a disponer del “producto del

trabajo”.49 Como publicó el El Obrero en 1864:

44 “Manifiesto que el director de la Asociación de Tejedores de Algodón hace á sus representados con motivo de las presentes elecciones”, El Constitucional, 878, 6/VIII/1841, pp. 2-4. 45 Mesa y Leompart, J.: “La ley”, La Voz del Pueblo, 75, 29/XII/1855, p. 1. 46 “Con esta fecha dicen los procuradores síndicos de esta ciudad…”, Diario de Barcelona, 363, 28/XII/1840, pp. 5.334-5.338. 47 “Obreros: La ASOCIACIÓN…”, La Federación, 1, 1/VIII/1869, p. 1. 48 “Manifiesto que el director de la Asociación de Tejedores de Algodón hace á sus representados”. 49 “Noticia del banquete celebrado por la clase obrera de esta Corte”. Para la identificación de los patronos como “egoístas” y “usureros”, véase “Nuestra conducta ante el paro de los jornaleros, hiladores y tejedores mecánicos”, La Federación, 4, 22/VIII/1869, p. 2; como “avaros”, véase “Manifestación de la clase obrera de Granada á la de Cataluña”, El Eco de la Clase Obrera, 16, 25/XI/1855, pp. 248-250, y como “codiciosos”, “La clase de hiladores de algodón al público”, La Asociación, 96, 25/VI/1856, p. 3.

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Se nos dirá que el capital representa el trabajo que otros acumularon a fuerza de asiduidad y

constancia, y que, por lo tanto, no tenemos motivo de queja si éste comparte los beneficios con

el trabajo presente. Si fuera así, si únicamente tuviera una participación equitativa, nada

tendríamos que añadir; pero en la actualidad sucede de muy distinta manera, y he aquí la causa

que más directamente influye en el malestar de las clases proletarias50.

Esto implica una cuestión fundamental: si estos “trabajadores” percibían ciertas

situaciones como experiencias de explotación—como, por ejemplo, el descenso de los

salarios—, era porque estaban aplicando las nociones modernas de libertad, igualdad y

derechos a sus situaciones particulares. Dicho de otra manera, el hecho de emplear las

categorías modernas para concebir su mundo y a sí mismos como “trabajadores”, es decir,

como ciudadanos sujetos de derechos, libres e iguales a otros, fue lo que hizo que estas

situaciones adquirieran el significado de experiencias de explotación que atentaban contra la

“dignidad humana” de los operarios. Como se indicó en El Obrero en 1865, “La unidad en su

naturaleza, la igualdad en aquellas necesidades de que no puede prescindir, la razón, la moral,

y la dignidad humana proclaman de consuno que el hombre no debe ser despreciado,

sojuzgado ni tiranizado por el hombre”.51

Desde la perspectiva de los “trabajadores”, era el “egoísmo” de algunos propietarios lo

que les llevaba a atentar contra sus derechos. Desde la perspectiva de estos operarios, estos

patronos eran hombres que, al explotar al obrero, ignoraban “sus deberes morales y sociales,

por razon de la exuberancia de sus riquezas se sobreponga á todo el mundo”.52 En este

sentido, los dirigentes de la Asociación de Tejedores de Barcelona se quejaron en 1841 de que

era “fácil […] recordar los derechos del fabricante y los deberes del operario; sin presumir

siquiera que también el operario tiene derechos y el fabricantes deberes.53 Por lo que la crítica

a los fabricantes se establecía atendiendo a un criterio eminentemente moral, el de los deberes

que tenía que cumplir todo ciudadano. Por tanto, la crítica de los “trabajadores” a los patronos

se derivaba del comportamiento individual de cada uno de ellos, y no de su posición de las

relaciones de producción. Dicho de otra manera, para ellos la “explotación” no era una

relación sistemática derivada de la implantación de las relaciones capitalistas de producción,

sino el resultado del comportamiento poco solidario de algunos (y sólo algunos) patronos. De

50 Gusart, A.: “El Proletariado, II”. 51 Cabús, P.: “Injustificable desprecio con que se mira al proletario”, El Obrero, 42, 18/VI/1865, pp. 73-76. 52 Ibid. 53 “Manifiesto que el director de la Asociación de Tejedores de Algodón hace á sus representados”.

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ahí que diferenciaran entre los patronos “egoístas”, “inhumanos” y “codiciosos”,54 y los

patronos “más humanos” que se comportaban como verdaderos “liberales” al respetar las

libertades de sus operarios y atender sus quejas.55 Esto fue lo que llevó a los directores de las

asociaciones obreras a proclamar que resultaba esencial “tratar con gran amor y respeto á

aquellos amos, que aprecian á los trabajadores como humanos”, como lo hicieron los

operarios barceloneses que intentaba crear una sociedad de obreros tintoreros en 1843.56

Desde esta perspectiva, por tanto, era la actuación “egoísta” de los malos patronos la

que provocaba la aparición de las desigualdades de riquezas entre los miembros productivos

de la sociedad. Los “trabajadores” explicaron el comportamiento egoísta de dichos patronos

basándose en la idea de que las desigualdades de derechos entre los individuos seguían

existiendo en el nuevo régimen liberal. Lo que, en palabras del tipógrafo Ramón Simó y

Badia en 1855, implicaba el mantenimiento del “privilegio del que es más fuerte”, a pesar de

la declaración de la igualdad de derechos civiles entre los individuos.57 Como afirmaron los

operarios textiles catalanes en una exposición a las Cortes en 1856, “la igualdad ante la ley

está consignada en el código político, y sin embargo la clase obrera cree haber sido

considerada como una excepción de esta regla”.58 Desde este punto de vista, y como afirmó el

internacionalista Enrique Borrel en 1870, la miseria no era la consecuencia de la pervivencia

de la desigualdad jurídica y de la existencia de fabricantes dotados “privilegios”.59 De ahí que

los “trabajadores” reivindicaran el reconocimiento de sus libertades y derechos, es decir, de la

igualdad jurídica, y no la igualdad económica. Así lo expusieron los tejedores de algodón

asociados de Barcelona en 1842: “sépase que los trabajadores […] sólo anhelan la igualdad

ante la ley”.60

54 Entre los múltiples ejemplos que podrían citarse véase “No pasa un solo dia…”, El Eco de la Clase Obrera, 5, 2/IX/1855, pp. 69-71 y “Vamos a dar noticia …”, El Eco de la Clase Obrera, 21, 30/XII/1855, pp. 298-299. 55 Para el carácter “más humano” de los buenos patronos, véase “Con esta fecha dicen los procuradores síndicos”; su talante “liberal”, en Diario de Barcelona, 29, 29/I/1856, p. 842 (reproducido en BENET y MARTÍ, Barcelona a mitjan segle XIX, vol. II, p. 353). 56 “Á la clase de tintoreros de bermejo”, El Constitucional, 1.480, 5/VI/1843, p. 4. 57 Simó y Badia, R.: Memoria sobre el desacuerdo entre dueños de taller y jornaleros, Madrid, 1855. Reproducido en ELORZA, A.: “El pauperismo y las asociaciones obreras en España (1833-1868)”, Estudios de Historia Social, 10-11 (1979), p. 468. 58 Exposición de los trabajadores de las clases de hilados de algodón, de tejedores de telares mecánicos y de peones de estampados, 18/IV/1856. Archivo de las Cortes. Legajo 106, nº 3, p. 7. 59 Borrel, E.:“La miseria”, La Solidaridad, 3, 30/I/1870, pp. 1-2. 60 “Al público”, El Constitucional, 13/VII/1842. Reproducido en OLLÉ, J.M.ª: El moviment obrer a Catalunya, 1840-1843. Textos i Documents, Barcelona, Nova Terra, 1973, pp. 270-272.

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IV. El “trabajador” y la clase

Lo dicho en el apartado anterior se encuentra estrechamente relacionado con la

cuestión de la relación entre la identidad ciudadana de los “trabajadores” y la noción de

“clase”. Desde 1840, los “trabajadores” afirmaron que formaban parte de determinadas

“clases” de la sociedad, como la clase/s obrera/s o trabajadora/s, la clase proletaria, la clase

jornalera, la clase según el oficio (la clase de los tipógrafos, de los zapateros), etc. Pero

incluso en estos casos solían hacer referencia a su condición ciudadana y/o al hecho de

sentirse pertenecientes a una comunidad de “hombres” libres y dotados de los mismos

derechos. Por ejemplo, en 1841 los dirigentes de la Asociación de Tejedores de Barcelona

declararon su firme intención de defender los derechos de los “ciudadanos” que pertenecían a

la “clase proletaria”.61 En este sentido, los miembros de la clase obrera eran, ante todo,

ciudadanos que se diferenciaban de otros por ciertas condiciones accidentales, como su

ocupación (el trabajo manual) o su pobreza. Por esta razón, durante el periodo analizado, el

término “clase” fue empleado, esencialmente, como una categoría descriptiva que englobaba

al conjunto de los ciudadanos productivos y pobres de la nación o el pueblo y que, por el

hecho de trabajar y por su crecido número, merecía la atención de las instituciones de la

sociedad, como señalaron los pelaires asociados de Olot en 1841.62

Ello explica por qué los “trabajadores” no concibieron sus luchas laborales como la

manifestación de una “lucha de clases”, sino como la lucha de unos individuos libres por el

reconocimiento de su condición “natural” en tanto que ciudadanos sujetos de derechos. Así,

en 1855 los representantes de los trabajadores asociados de Cataluña negaron ante una

comisión de las Cortes que quisieran imponer el dominio de su clase sobre las demás clases

de la sociedad, pues, en última instancia, lo que importaba no era su pertenencia a una clase

determinada, sino el hecho de ser tan “hombres” como los otros ciudadanos. Así, ante las

acusaciones que afirmaban que las sociedades obreras pretendían imponer su ley a las demás

clases y al Estado, los representantes obreros señalaron que, aunque la clase obrera se 61 “La comisión de trabajadores…”, Diario de Barcelona, 164, 13/VI/1841, pp. 2.442-2.445. 62 “Sociedad de Protección Mutua de Pelaires de la M.L. Villa de Olot”, El Constitucional, 26/XII/1841. Reproducido en OLLÉ, J.M.ª: El moviment obrer a Catalunya, pp. 252-253. En el periodo analizado, la noción de “pueblo” fue escasamente empleada en las declaraciones públicas de las asociaciones y los periódicos obreros hasta finales de la década de 1860. En las pocas ocasiones en las que fue utilizado, el significado de “pueblo” era sinónimo o se asemejaba bastante al de “sociedad” o de “nación”: “En vano los pueblos, sacudiendo su servidumbre, se daban códigos distintos para mejorar su posición; la luz de las instituciones no penetraba en los talleres de los proletarios, y estos permanecían como ilotas en medio de una sociedad que se creía emancipada” (“Sociedad Protectora de los Tejedores de Algodón del Principado de Cataluña”). En los escritos obreros, el concepto de “pueblo trabajador” fue empleado sobre todo por la prensa internacionalista (especialmente La Solidaridad y La Federación) y republicana (sobre todo el órgano La Igualdad) a partir de 1868.

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convirtiera en “el mayor de los poderes; mas ¿para qué? […] ¿Dejarían los operarios de ser

hombres?”.63

Esto se halla en relación con el hecho de que los “trabajadores” concibieran sus luchas

como orientadas no tanto a mejorar la situación de su clase en exclusiva, sino del conjunto de

la sociedad. Los “trabajadores” se presentaron públicamente como sujetos de “liberales y

patrióticos sentimientos” que querían lograr la paz social e impulsar el desarrollo de la

nación.64 Esto también permite entender por qué estos operarios se enorgullecían de formar

parte de la Milicia Nacional y de haber defendido la “causa de la libertad” contra los carlistas

durante la década de 1830.65 Fue precisamente el hecho de identificarse como defensores de la

“causa de la libertad” contra la “tiranía” lo que les espoleó a estos trabajadores a luchar contra

su esclavitud, como proclamaron los tejedores asociados de Badalona en 1842: “No somos

nosotros los que menos sacrificios hemos prestado a la causa general, a la causa de la libertad,

que para nosotros sería estéril si no nos aprovechamos de sus beneficios para emanciparnos de

los que nos hacen esclavos por medio de un bocado de pan”.66

Por otro lado, la identidad ciudadana de “trabajador” estaba íntimamente relacionada

con algo que ha sido señalado por diversos historiadores: que el término “clase”, cuando no

era empleado como sinónimo de “oficio” u “ocupación”, tuviera unas connotaciones

negativas a mediados del siglo XIX.67 Pues para los “trabajadores” las diferencias de “clase”

implicaban la pervivencia o el establecimiento de divisiones “antinaturales” entre los

individuos iguales que componían la sociedad, y por eso el término “clase” fue

ocasionalmente empleado como sinónimo de “casta”.68 Ello conlleva que cuando los

operarios se identificaron a sí mismos como miembros de una “clase”, estaban denunciando,

implícita o explícitamente, la persistencia de las desigualdades en la comunidad de

ciudadanos iguales.

63 Molar, J. y Alsina, J.: Observaciones acerca del Proyecto de Ley, p. 19. 64 “Manifestación fraternal que la clase obrera de Madrid dirige á la de Cataluña en particular, y á la de toda España en general”, El Eco de la Clase Obrera, 4, 26/VIII/1855, pp. 50-1. 65 Las clases trabajadoras asociadas á los Diputados á Cortes y en particular á los de la antigua Cataluña, Barcelona, Imprenta de Benito Espona, 28/II/1841 y “La asociacion de tejedores de algodon de la villa de Igualada ha elevado á S.A. el Regente del Reino, la siguiente exposición”, El Constitucional, 1.000, 6/XII/1841, pp. 3-4. 66 “Sociedad de Protección Mutua de Tejedores de Algodón de Badalona”, El Constitucional, 20/IX/1842. Reproducido en OLLÉ, J.M.ª: El moviment obrer a Catalunya, pp. 279-280. 67 Véase FUENTES, J.F.: voces “Clase” y “Clase obrera”, en Diccionario político y social, esp. pp. 159 y 167-9 y PÉREZ LEDESMA, M.: “La imagen de la sociedad española a fines del siglo XIX”, en GUEREÑA, J.-L. y TIANA, A. (eds.): Clases populares, cultura, educación. Siglos XIX y XX, Madrid, Casa de Velázquez-UNED, 1989, pp. 99-108. 68 “Confesamos nuestra ceguedad por la asociacion…”, El Eco de la Clase Obrera, 23, 13/I/1856, pp. 322-327.

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V. Trabajador e identidad sexual

Una última, aunque esencial, cuestión vinculada con la aparición de esta identidad de

“trabajador” es la constitución de la misma como una identidad sexuada. En el siglo XIX, el

trabajo fue comprendido como una actividad consustancial al sexo masculino y, por ello, fue

caracterizado con atributos como los de “virilidad” y “hombría” en la prensa obrera y de otro

signo.69 Los operarios que se percibieron como “trabajadores” asumieron una identidad

“sexuada” desde sus orígenes, es decir, basada en la noción moderna de diferencia sexual,

como se ha demostrado en trabajos como los de Joan W. Scott.70 Desde esta perspectiva, las

mujeres eran individuos diferentes a los hombres, pues su naturaleza no era “productiva”, sino

“improductiva”.71 Como es bien sabido, esta identidad sexuada del individuo productivo

implicó que durante estos años el trabajo femenino fuera del hogar se percibiera como una

labor no cualificada y complementaria del trabajo masculino y las actividades domésticas no

se considerasen propiamente como “trabajo”. Mientras tanto, la actividad laboral de los

varones se concibió como el verdadero “trabajo”.72

Todo ello se halla en íntima relación con la identificación de los “trabajadores” en

tanto que “padres de familia”. Los “trabajadores” asumieron la idea moderna de que todo

operario, en tanto que individuo productivo, poseía una naturaleza social que se manifestaba,

en primer lugar, en la unidad familiar, concebida como la asociación más elemental del ser

humano a partir de la que se construían conjuntos más amplios, como la “sociedad” o la

69 Según publicó El Vapor en 1837, los jornaleros debían tenían una “inmensa reputacion de hombría” (“Á los jornaleros”). En 1870, el órgano internacionalista La Solidaridad se refirió a los trabajadores como “todo lo que hay de viril, de activo, de útil sobre la tierra” (“Cuestión palpitante. Artículo segundo”). 70 SCOTT, J. W.: “Sobre el lenguaje, el género y la historia de la clase obrera”, Historia Social, 4 (1989), p. 94 y Gender and the Politics of History. Revised Edition, Nueva York, Columbia University Press, 1999. Para la aparición de la diferenciación sexual moderna véase LAQUEUR, T.: La Construcción del sexo. Cuerpo y género desde los griegos hasta Freud, Madrid, Cátedra-Universitat de València-Instituto de la Mujer, 1994, pp. 257-266. 71 Así aparecen clasificadas en diversos escritos, como V.H.: “Los improductivos de la sociedad actual. II”, La Organización del Trabajo, 4, 11/III/1848, pp. 28-29. 72 Sobre la definición del trabajo en relación con su carácter extradomiciliario y de la noción del trabajo doméstico como “no trabajo” véase MARTÍNEZ VEIGA, U.: Mujer, trabajo y domicilio. Los orígenes de la discriminación, Barcelona, Icaria, 1995, pp. 24-27; BORDERÍAS, C. y CARRASCO, C.: “Las mujeres y el trabajo: aproximaciones históricas, sociológicas y económicas”, en BORDERÍAS, C., CARRASCO, C. y ALEMANY, C. (comps.): Las mujeres y el trabajo: rupturas conceptuales, Barcelona, Icaria-FUHEM, 1994, p. 17, y ARBAIZA VILALLONGA, M.: “Orígenes culturales de la división sexual del trabajo en España”, en GÁLVEZ, L. y SARASÚA, C. (eds.): ¿Privilegios o eficiencia? Mujeres y hombres en los mercados de trabajo, Alicante, Universidad de Alicante, 2004, pp. 189-216. Esta vinculación entre sexo masculino y trabajo también se puso de manifiesto en nuevas ocupaciones laborales como el trabajo ferroviario. Véase BALLESTEROS, E.: “La construcción del empleo ferroviario como una profesión masculina, 1857-1962”, en ¿Privilegios o eficiencia?, pp. 336-340.

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“nación”.73 Así, en El Obrero en 1864 se afirmaba que la familia era “la primera disposicion

social del hombre, que, de gradacion en gradacion, constituye el municipio, la provincia, la

nacion, para confundirse en la humanidad que es el conjunto armónico de su naturaleza”.74

Desde esta perspectiva, el hombre era el individuo encargado de dar “la vida material á la

familia” mediante su trabajo. El “trabajador” fue identificado con la imagen de un operario

varón, adulto y responsable del mantenimiento de los miembros de su familia.75 La mujer,

mientras tanto, fue concebida como la compañera “natural” de dicho “trabajador”, es decir,

como sus “esposa”, “hija” o “madre”, pero no como un individuo productor. Ello permite

entender por qué la retribución salarial de mujeres y niños solía ser muy inferior a la de los

varones adultos.

Esta concepción del “trabajador” en tanto que “padre de familia” se encuentra presente

en la mayoría de las demandas laborales de los operarios asociados. Así, en las décadas

centrales del siglo XIX apareció la reivindicación de un “salario familiar”, esto es, de una

retribución que permitiera al obrero satisfacer las necesidades propias y las de los miembros

de su familia. Los representantes de los tejedores barceloneses se quejaron ante su

ayuntamiento en 1840 porque su jornal les hacía imposible “mantenerse con sus familias”.76

El director de la Asociación de Tejedores de Barcelona denunció en 1841 que un salario bajo

suponía una desgracia para el trabajador, pues “su salud, su juventud, su vida debia

desgastarlas [el trabajador] para dar pan á la familia, y verla pasar sus dias esclavizado”.77 Los

operarios granadinos se preguntaron en 1855: “¿No hemos de poder dar pan á la familia, ni

aun á costa de ímprobos trabajos, siendo nosotros […] la fuente de riqueza que corre desde el

Pirene al Tajo?”, denunciando al mismo tiempo que sus parcos salarios les impedían socorrer

a sus esposas e hijos enfermos.78

Además del salario familiar, a partir de la década de 1860 los “trabajadores”

denunciaron la presencia de las mujeres y los niños en las fábricas como el resultado visible

de la explotación a la que se encontraban sometidos los operarios varones. Desde su punto de 73 Una nación era, en esencia, un “agregado de familias” (“Legislación de los derechos del hombre y del ciudadano”). Numerosos escritos invocaron a la familia como origen y modelo de la sociedad desde las primeras décadas del siglo XIX. Véase FERNÁNDEZ SEBASTIÁN, J.: voz “Sociedad”, p. 669. 74 “Variedades”, El Obrero, 2, 11/IX/1864, p. 14. 75 Ibid. 76 “Con esta fecha dicen los procuradores síndicos”. 77 “Manifiesto que el director de la Asociacion de Tejedores de Algodón hace á sus representados”. 78 Según los trabajadores asociados y la prensa obrera, mientras los fabricantes se enriquecían a costa del trabajo del obrero, éste fijaba sus ojos “en un miserable lecho dentro de una oscura y fétida bohardilla donde enfermos su esposa ó sus hijos, imploran de la Omnipotencia socorro á sus males, por no poder contar con los hombres y ser tan miserable su salario” (“Manifestación de la clase obrera de Granada á la de Cataluña”).

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vista, si las mujeres y los niños trabajaban era porque los “trabajadores” se veían obligados a

“sacarlas” de su espacio natural (es decir, el “hogar”) y a exponerlas a la degradación física y

moral que implicaba para ellas la permanencia en el centro de trabajo. Como se señaló en

1869 en el periódico La Federación, la miseria a la que estaban reducidos los operarios “nos

obliga, para vivir, á vendernos nosotros y nuestros hijos y esposas”.79 De este modo, los

“trabajadores” comenzaron a considerar el trabajo de las mujeres y los niños como un

“problema social” y, para resolverlo, demandaron su exclusión de las fábricas y los talleres o

su contratación en labores subsidiarias del trabajo de los varones, como lo hicieron los

tejedores de Igualada en el decenio de 1860.80

Esta concepción sexuada del “trabajador” explica también por qué los dirigentes de las

sociedades obreras eran varones. Ello no implica que las operarias no participaran en dichas

sociedades y en las acciones colectivas que éstas promovieron, sobre todo en el sector textil.

Pero su representación pública era reservada a los operarios varones, los cuales, en tanto que

“padres de familia”, representaban a sus respectivos núcleos familiares.

Conclusiones

El análisis realizado del concepto de “trabajador” empleado por una parte de los

operarios españoles durante las décadas centrales del siglo XIX ha puesto de manifiesto dos

cuestiones. En primer lugar, que dicho concepto estaba íntimamente relacionado con la

noción de ciudadanía, es decir, con la identidad de individuo productivo, libre y dotado de una

serie de derechos naturales que se une a otros individuos para formar una sociedad en la que

obtenga bienestar y seguridad. Al mismo tiempo, esta noción estaba relacionada con otras dos

categorías modernas: “trabajo” y “diferencia sexual”. Por un lado, fue la concepción de la

actividad laboral como “trabajo” la que llevó a los operarios a identificarse como individuos

productivos, dotados de los mismos derechos que otros individuos y con una serie de

necesidades vitales que debían ser satisfechas mediante su propio trabajo. Por otro, la

constitución sexuada de la identidad del individuo productivo como un individuo varón llevó

a los operarios a concebirse a sí mismos como “padres de familia” y a considerar la

participación de las mujeres y los niños en el trabajo como un “problema social”.

79 “Obreros: La ASOCIACIÓN”. Subrayado en el original. 80 Véase MARTÍNEZ DE PRESNO, J.P.: Moviments socials a Igualada al segle XIX. (Anys 1854-1890), Barcelona, Publicacions de l'Abadia de Montserrat, 1993, pp. 224-ss.

Page 19: Felipe Redondo, Jesús de- El Concepto Moderno de Trabajador y Los Orígenes Del Movimiento Obrero (1830-70)

19

En segundo lugar, y como consecuencia de lo anterior, si estos operarios comenzaron

a concebirse de esta manera fue porque aplicaron las nuevas categorías modernas para

aprehender significativamente las situaciones particulares en las que vivían. Ello fue lo que

les permitió concebir determinadas situaciones particulares como experiencias de

“explotación”, en la medida en que ésta era identificada como una negación de los derechos y

libertades que estos operarios se atribuían en tanto que miembros “útiles” de la sociedad. De

la misma manera, las reivindicaciones que formularon y las acciones que llevaron a cabo estos

obreros para evitar dicha “explotación” fueron la consecuencia de esta constitución

significativa de la realidad.

Como resultado de estas dos cuestiones, y volviendo al principio del presente trabajo,

puede afirmarse que el uso del concepto de “trabajador” no reflejó la aparición de nuevas

realidades sociales, sino que contribuyó decisivamente a la constitución significativa de

dichas realidades al permitir a los operarios dotarlas de un nuevo sentido. De lo que se

desprende que si el “trabajador” fue el sujeto del movimiento obrero español que se articuló

durante las décadas centrales del siglo XIX, puede afirmarse que dicho movimiento no surgió

como consecuencia de las meras transformaciones sociales, sino de la manera en que las

circunstancias materiales (nuevas y antiguas) adquirieron un nuevo significado cuando fueron

percibidas mediante categorías modernas como las de “trabajo”, “ciudadanía”, “derechos”,

“libertad”, “igualdad” y “diferencia sexual”. Dicho de otra manera, la aparición del

movimiento obrero no se deriva de las transformaciones en las relaciones de producción, sino

de la manera en que dichos cambios (y también las permanencias y continuidades)

adquirieron un nuevo significado al ser concebidos a través de las categorías modernas.