fase selectiva de las contrataciones del estado. definiciÓn es un procedimiento especial conformado...
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Fase Selectiva de las Contrataciones
del Estado
Fase Selectiva de las Contrataciones
del Estado
DEFINICIÓN DEFINICIÓN
Es un procedimiento
especial conformado por un conjunto de
actos
FINALIDAD Seleccionar a la
persona natural o jurídica con la
suscribirá el contrato
TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIÓNTIPOS DE PROCESOS DE SELECCIÓN
Se determina dependiendo de:
PROCESO DE SELECCIÓN SEGÚN PROCESO DE SELECCIÓN SEGÚN RELACIÓN DE ITEMSRELACIÓN DE ITEMS
•Bienes, servicios u obras•Vinculadas entre sí
•Viabilidad técnica, económica y administración
• El monto individual de cada ítem no debe de ser menor o igual a 3 UIT
ITEMS, PAQUETES, TRAMOS, LOTES,
ETAPAS
ITEMS, PAQUETES, TRAMOS, LOTES,
ETAPAS
ITEMS
¿CUÁNDO SE CONVOCA POR PAQUETES? ¿CUÁNDO SE CONVOCA POR PAQUETES?
ETAPAS DE LOS PROCESOS DE ETAPAS DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓNSELECCIÓN
ETAPAS DE LOS PROCESOS DE ETAPAS DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓNSELECCIÓN
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA BIENES Y SERVICIOSBIENES Y SERVICIOS
8
Mín. 2 días
ADJUDICACIÓN DE MENOR ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA CUANTÍA
CONSULTORÍA Y EJECUCIÓN DE CONSULTORÍA Y EJECUCIÓN DE OBRASOBRAS
Mín. 6 días
Consultas y observaciones: mínimo 3 díasAbsolución: máximo 3 días
ADJUDICACIONES DIRECTASADJUDICACIONES DIRECTAS
LICITACIÓN PÚBLICA Y CONCURSO PÚBLICOLICITACIÓN PÚBLICA Y CONCURSO PÚBLICO
CONVOCATORIACONVOCATORIA
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Proveedor debe tener RNP vigente conforme al objeto de convocatoria (bienes, servicios, consultor de obras y ejecutor de obras )y no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
REGISTRO DE PARTICIPANTES
Electrónico y gratuito, a partir de comunicado del OSCE
Podrá ser visualizado por usuarios a partir del día siguiente de la presentación de propuestas
Entrega de las Bases previo pago por costo de reproducción
Registro se efectuará antes de la presentación de propuestas, de forma ininterrumpida
REGISTRO DE PARTICIPANTES
Tener en cuenta la Novena Disposición
Complementaria Transitoria del
Reglamento
RÉGIMEN DE NOTIFICACIONES • Todos los actos realizados a través del SEACE, durante
los procesos de selección, incluido los realzados por el OSCE en el ejercicio de sus funciones, se entenderán notificados el mismo día de su publicación.
• La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEAC E.
CONSULTASEl Comité Especial absuelve consultas
(aclaraciones a las Bases) mediante pliego fundamentado.
El pliego debe contener la identificación de cada participante que las formuló, las consultas y la respuesta para cada una de ellas y se publicará en el SEACE en la fecha prevista en el cronograma del proceso.
OBSERVACIONES
El Comité Especial absuelve observaciones mediante pliego fundamentado, acogiéndolas o no. El pliego debe contener las observaciones presentadas y se publicará en el SEACE en la fecha prevista en el cronograma del proceso, debiendo incluir la tasa por elevación de observaciones.
Los observantes podrán solicitar la elevación al OSCE en el plazo de tres (3) días hábiles de absuelta las observaciones
SUPUESTOS DE ELEVACIÓN DE BASESSUPUESTOS DE ELEVACIÓN DE BASES
Efectos de la Elevación de las Bases al OSCE
• El Comité Especial debe suspender el proceso hasta que el OSCE emita pronunciamiento.
• Comunicar a todos los participantes a través del SEACE.
• Remitir todos los documentos que solicite el OSCE. informe Técnico.
INTEGRACIÓN DE BASES
Se produce una vez absueltas, acogidas o resueltas, según el caso, todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado dentro del plazo fijado.
Se produce una vez absueltas, acogidas o resueltas, según el caso, todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado dentro del plazo fijado.
BASES INTEGRADAS= Reglas definitivas del Proceso que obligan a todos los Postores y al Comité Especial. Esto no afecta la competencia del Tribunal de declarar la Nulidad del proceso por deficiencia en las Bases.
BASES INTEGRADAS= Reglas definitivas del Proceso que obligan a todos los Postores y al Comité Especial. Esto no afecta la competencia del Tribunal de declarar la Nulidad del proceso por deficiencia en las Bases.
El Comité Especial no podrá continuar con la tramitación del proceso de selección si no ha publicado las Bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente.
INTEGRACIÓN DE BASESINTEGRACIÓN DE BASES
¿Cuándo se integran las Bases si no presentan consultas y
observaciones?
¿Cuándo se integran las
Bases si presentan consultas y
observaciones? ART. 59º R.
¿Cuándo se integran las Bases
si se solicita la elevación de Bases para
pronunciamiento?
De no haber observaciones: Día siguiente de vencido el plazo para la formulación de observaciones.
De haberse presentado observaciones: Día siguiente de vencido el plazo para solicitar elevación
De solicitarse la elevación: Dos días hábiles siguientes de notificado el Pronunciamiento.
RESPUESTASRESPUESTAS
Todos los documentos referidos a RTM y factores de evaluación se presentan en castellano o acompañados de traducción oficial o certificada, efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado.
Acreditación de representación: Vigencia de poder, con antigüedad no mayor a 30 días y, de ser el caso, carta poder.
Propuesta económica: sólo en original
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
SUBSANACIÓN DE PROPUESTASSUBSANACIÓN DE PROPUESTAS
Subsanación de Propuestas En caso que algún postor haya omitido la presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos, el Comité Especial podrá otorgar un plazo entre uno (1) o dos (2) días para que el postor subsane dicha omisión, siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas.
PROPUESTA VÁLIDAPROPUESTA VÁLIDA
1
2
3
Puntaje mínimo que deben obtener los postores para acceder a la evaluación económica:
• Bienes y Obras: PUNTAJE MÍNIMO 60
• Servicios y consultoría: PUNTAJE MÍNIMO 80
EVALUACIÓN DE PROPUESTASEVALUACIÓN DE PROPUESTAS
CONTENIDO DE LA PROPUESTA CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICAECONÓMICA
1.Documento que contiene la propuesta económica.
SISTEMA SUMA ALZADA: El monto total de la propuesta económica debe ser expresado en dos decimales.
SISTEMA PRECIOS UNITARIOS: El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados en dos decimales. Los preciso unitarios pueden ser expresados con + de 2 decimales.
CALIFICACIÓN DE LA PROPUESTA CALIFICACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICAECONÓMICA
Donde:Pi = Puntaje
oferta económica i
PMPE = Puntaje Máximo por propuesta económica
Oi = Oferta del postor i
Om = Oferta económica menor
i = Propuesta
Pi = Om x PMPE Oi
Puntaje Total de Propuesta (Técnica + Económica)
PTPi = c1PTi + c2PEi
Donde: PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica
COEFICIENTES a) La suma de ambos coeficientes deberá ser igual a la unidad (1.00). b) Los valores que se aplicarán en cada caso deberán estar comprendidos dentro de los márgenes siguientes: b.1) En todos los casos de contrataciones se aplicará las siguientes ponderaciones:
0.60 < c1 < 0.70; y
0.30 < c2 < 0.40
b.2) Sólo en el caso de servicios de consultoría se aplicará las siguientes ponderaciones:
0.70 < c1 < 0.80; y 0.20 < c2 < 0.30
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OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Se realizará en acto público para todos los procesos de
selección. Sin embargo, en ADS y AMC podrá ser realizado en acto privado.
El Comité Especial otorga la Buena Pro, elabora el cuadro comparativo.
Una vez otorgada la Buena Pro, el Comité Especial está en la obligación de permitir el acceso de los postores al Expediente de Contratación, a más tardar dentro del día siguiente de haberse solicitado por escrito.
OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
SOLO PARA EJECUCIÓN DE OBRAS:
SI LA OFERTA EXCEDE EL 100% DEL V.REF:
Máx. 10 días hábiles desde la fecha del calendario, bajo responsabilidad del Titular.
Presupuesto + Aprobación Titular, salvo acepte reducir su oferta económica < V. Ref.
La aceptación es en acto público o por escrito -si es acto privado-.
DECLARACIÓN DE DESIERTODECLARACIÓN DE DESIERTO(Artículo 32º Ley)(Artículo 32º Ley)
Sólo se declarará desierto un proceso cuando no se presente ningún postor o no quede ninguna propuesta válida.
Si una Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa es declarada desierta en una oportunidad, se deberá convocar a una Adjudicación de Menor Cuantía (no electrónica).
DECLARACIÓN DE DESIERTODECLARACIÓN DE DESIERTOLa declaratoria de desierto deberá registrarse
en el SEACE al día siguiente de producida (Art. 78º del Reglamento).
El proceso de Adjudicación de Menor Cuantía derivado de un proceso de selección declarado desierto, debe contar con las mismas formalidades del proceso principal. (Art. 32 de la Ley Nº 29873, Ley que modifica D.L. Nº 1017)-
SOLUCIÓN EN CASO DE EMPATESOLUCIÓN EN CASO DE EMPATE(Artículo 73º Reglamento)(Artículo 73º Reglamento)
CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PROCONSENTIMIENTO DE LA BUENA PROPluralidad de Postores8 días hábiles (LP Y CP)5 días AD y AMC; desde su notificación si no se
ha interpuesto Recurso de Apelación
Un solo postor: El día de su notificación
El Comité Especial remite el Expediente de Contratación al OEC de la entidad