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Facultad de Ciencias Económicas y de Administración Universidad Católica de Córdoba IMPUESTOS I – Cátedra “B” Guía de Trabajos Prácticos Profesor Titular: Cr. Hugo Pérego de la Torre Profesor Adjunto: Cra. Ma. Ximena Gomez Duran Jefes de Trabajos Prácticos: Cra. Rodriguez Raffo Eleonora Año 2014

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Facultad de Ciencias Económicas y de Administración

Universidad Católica de Córdoba

IMPUESTOS I – Cátedra “B”

Guía de Trabajos Prácticos Profesor Titular: Cr. Hugo Pérego de la Torre Profesor Adjunto: Cra. Ma. Ximena Gomez Duran Jefes de Trabajos Prácticos: Cra. Rodriguez Raffo Eleonora

Año 2014

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IMPUESTOS I (CAT. “B”) - GUIA DE TRABAJOS PRACTICOS

IMPUESTO A LAS GANANCIAS

UNIDAD 2

MARCO TEÓRICO. REQUISITOS PARA LA GRAVABILIDAD DE LA RENTA

Concepto Personas Físicas y Sucesiones Indivisas

Sociedades y Empresas Unipersonales

Rendimientos, Rentas, Enriquecimientos SI SI Susceptibilidad de ser periódico SI NO Permanencia SI NO Habilitación SI NO

EJERCICIO Nº 1 - OBJETO DEL IMPUESTO

Indicar si el resultado de las siguientes operaciones, se encuentra comprendido en el ámbito del IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Fundamentar la respuesta. 1. Un médico cirujano practica una sola intervención quirúrgica en el año, por la cual percibe

honorarios. Respuesta: Es ganancia gravada porque es un beneficio que proviene de una fuente habilitada y permanente y susceptible de ser periódica. [art. 2º- punto 1), Ley].-

2. Una persona física obtiene una ganancia por la venta de una (1) unidad de vivienda de

propiedad horizontal. La misma fue adquirida hace 2 años ya construida. Respuesta: No está alcanzada por el impuesto. No existe permanencia de la fuente -se extingue con la enajenación- y no hay habitualidad. Se trata de una operación gravada por el impuesto a la transferencia de inmuebles (Ley Nº 23.905).-

3. Una S.A. obtiene una ganancia por la venta de un inmueble destinado a inversión.

Respuesta: La operación está gravada por el Impuesto a las Ganancias en virtud del art. 2º - punto 2), Ley.

4. Se efectúa la venta de un vehículo en marzo del 2014, en desuso desde el ejercicio fiscal 2010,

por: a. una sociedad de responsabilidad limitada. b. una persona física.

Respuesta: a. El resultado de la venta se encuentra alcanzado por el Impuesto a las Ganancias [art. 2º-

inciso 2), Ley].- b. El resultado de la venta no está alcanzado por tratarse de un bien mueble que no estuvo

afectado a la actividad al momento de su enajenación. 5. Una persona física vende una obra de arte y obtiene un beneficio por dicha operación.

a. Operaciones como la indicada las realiza en forma habitual. b. Esta operación la realizó en forma ocasional (la persona es coleccionista de estas piezas).

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Respuesta: a. Resultado alcanzado por el tributo ya que realiza la operación en forma habitual, con

habilitación y permanencia de la fuente.- b. No Alcanzado. No cumple con los requisitos del art. 2º- punto 1), Ley.-

6. Una sociedad colectiva realiza la venta de una obra de arte y obtiene una utilidad por dicha

operación.

Respuesta: Resultado gravado por tratarse de un sujeto empresa [art. 2º- punto 2) Ley].- 7. El propietario de un inmueble, que le produce rentas en concepto de alquileres, obtiene una

ganancia por la enajenación del mismo al inquilino que lo ocupa como casa habitación desde 2003. ¿Cuál es el tratamiento impositivo que corresponde otorgar a esa utilidad derivada de la venta, en caso que la operación sea realizada por:

a. Una sociedad anónima? b. Una persona física?

Respuesta: a. Gravada. art. 2º, inciso 2) - Ley.- b. No está alcanzada debido a que no existe permanencia de la fuente (la renta se extingue con

la venta) y no hay habitualidad ganancias [art. 2º, punto 1) Ley]. Esta operación está gravada por el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (Ley 23.905).-

8. Un dentista vende su equipo odontológico en Marzo del 2014.

Respuesta: La utilidad generada está alcanzada por el impuesto, debido a que proviene de la enajenación de un bien mueble amortizable [art. 2º, punto 3) Ley]. Es ganancia gravada a partir de la reforma incorporada en Septiembre del 2013 por la Ley Nº 26.893.-

9. Un contador público vende la oficina donde funcionaba su estudio profesional.

Respuesta: Utilidad no alcanzada por el impuesto [art. 2º- punto 1, Ley]. Gravada por el Impuesto a las Transferencia de Inmuebles (Ley 23.905).-

10. Una persona física incurre en los siguientes gastos bancarios por:

a. La gestión de cobranza de los intereses generados por un depósito a plazo fijo. b. Comisión bancaria por contrato de regalía.

Respuesta: a. Los intereses forman parte de las rentas alcanzadas [art. 2º- punto 1, Ley]; no obstante no

están sujetos a imposición por disposición expresa de la Ley [art. 20º - inciso h)]. Al respecto, la ley establece que los gastos incurridos en la obtención de una renta exenta no resultan deducibles en la liquidación del impuesto (art. 17º, 3º párr.).

b. Las regalías forman parte de las rentas alcanzadas y los gastos incurridos en la obtención de una renta gravada resultan deducibles en la liquidación del impuesto [art. 2º- punto 1), Ley].

11. En una operación de construcción y venta de un inmueble, bajo el régimen de la Ley N° 13.512, se obtiene una determinada utilidad. Operación realizada por:

a. una sucesión indivisa. b. una sociedad anónima.

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Respuesta: a. Gravada por el art. 49º- inciso d), Ley. b. Gravada por el art. 2º- inciso 2), Ley.

12. El propietario de una estación de servicios es indemnizado por el Estado con motivo de la

expropiación del inmueble que ocupaba la explotación. Dicha expropiación ha sido declarada de utilidad pública por ensanche de una avenida sobre la que estaba situado el inmueble.

Respuesta: Renta incluida en el ámbito de aplicación del impuesto. En cuanto al tratamiento impositivo que corresponde otorgar a la indemnización, las Leyes Nros. 21.499 y 21.878 disponen en forma expresa que los rubros que componen las indemnizaciones correspondientes a expropiaciones realizadas por el Estado Nacional, las Provincias o sus Municipios, no estarán sujetos al pago de impuesto o gravamen alguno en el orden nacional.-

EJERCICIO Nº 2 - FUENTE

Determine el Impuesto a las Ganancias que debe pagar el arquitecto Diego López, residente argentino, que presta servicios profesionales en el país y en EE.UU., el cual obtuvo las siguientes rentas netas durante el 2014: - Argentina: $160.000,00 - EE.UU: $55.000,00 En EE.UU. abonó como impuesto a la renta la suma de $10.000,00 SOLUCIÓN DEL EJERCICIO:

Impuesto de Rentas de Fuente Mundial $ GANANCIA NETA RENTA MUNDIAL $ 215.000,00 Imp. a las Ganancias determinado . Art. 90 L {(215000 - 120.000) x 0,35} + 28.500,00 $ 61.750,00

Impuesto de Rentas de Fuente Argentina $ GANANCIA NETA RENTA ARGENTINA $ 160.000,00 Imp. a las Ganancias determinado . Art. 90 L {(160.000 - 120.000) x 0,35} + 28.500,00 $ 42.500,00

Impuesto a las Rentas abonado en EE.UU $ 10.000,00

Incremento del impuesto por el cómputo de ganancias de exterior: (61.750,00 - 42.500,00)

$ 19.250,00

Tope de los dos el menor: Pago a Cuenta (Art. 1 º, 2 párrafo ley) $ 10.000,00 Impuesto determinado s/ Art.90 $ 61.750,00 Pago a Cuenta Impuesto Análogo pagado en el Exterior $ 10.000,00

Impuesto a Abonar: $ 51.750,00

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UNIDAD 3

EJERCICIO Nº 1 – SUCESION INDIVISA Determine las etapas y sujetos que intervienen en los diferentes periodos del juicio sucesorio, identificando quien debe presentar la DDJJ del Impuesto a las Ganancias del periodo fiscal 2014, según los siguientes datos: 1. El Sr. Pit Eduardo, arquitecto, fallece el día 12/03/2014 y obtuvo ganancias gravadas durante

todo el período. 2. Herederos: su esposa y un hijo de 26 años. 3. Se dicta la declaratoria de herederos el 31/08/2014. 4. La partición de bienes se realiza el 01/11/2014.

SOLUCIÓN DEL EJERCICIO:

1º ETAPA: Rentas obtenidas hasta el día del fallecimiento Desde el 01/01 hasta el 12/03/2014 se debe presentar la DDJJ a nombre del Sr. Pit por sus rentas hasta ese día inclusive. 2º ETAPA: Comienzo del Juicio Sucesorio. Rentas obtenidas después del fallecimiento Desde el 12/03/2014 y hasta el 31/08/2014 inclusive (Declaratoria de Herederos), se debe presentar la DDJJ a nombre de la Sucesión Indivisa de Eduardo Pit. 3º ETAPA: Rentas obtenidas después de la Declaratoria de Herederos y hasta la partición de bienes Desde el 01/09/2014 y hasta el 31/10/14, la Sucesión Indivisa del contribuyente opera como “Agente de Información”. Cada heredero, esposa e hijo, es contribuyente del impuesto y en sus DDJJ personales deben incorporar las rentas de la Sucesión según las disposiciones del Código Civil. 4º ETAPA: Rentas obtenidas desde la Partición de Bienes y hasta el 31/12/2014 Desde el 01/11/14 cada heredero debe incorporar en su DDJJ Anual las rentas distribuidas según la Partición de Bienes, al valor impositivo que tenía el causante.

1/01/14 12/03/14 31/08/14 31/10/14 31/12/14PF SI SI A.INFORMACIÓN CADA HEREDERO

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UNIDAD 4 MARCO TEÓRICO. ESQUEMA GENERAL DE LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA PERSONAS FÍSICAS Y SUCESIONES INDIVISAS. 1. GANANCIAS NETAS DE CADA CATEGORÍA y TOTAL DE LAS MISMAS:

Categoría Ganancia Bruta Menos Deducciones Igual Resultado

Segunda (L. 45 al 48; DR. 64 al 67) - (L. 80 al 84 y 86; DR. 124

al 132) = Ganancia Neta de 2° categoría

Primera (L. 41 al 44; DR. 56 al 63) - (L .80 al 85; DR.. 124 al

131 y 147) = Ganancia Neta de 1° categoría

Tercera1 (L. 49 a 78; DR. 68 al 109) - (L. 80 al 84 y 87; DR. 124

al 143) = Ganancia Neta de 3° categoría

Cuarta (L. 79; DR. 110 al 115) - (L. 80 al 82; DR. 124 al 131) = Ganancia Neta de 4°

categoría SUMATORIA DE GANANCIAS NETAS DE CADA CATEGORÍA {1} SUBTOTAL

Menos:

2. DEDUCCIONES GENERALES:

2.1. Con Topes Fijos:

• Seguro de Vida (L. 81 b); DR. 122) $ 996,23 • Gastos de Sepelio (L. 22; DR. 46) $ 996,23 • Personal de casas particulares2 $ 15.552,00 • Intereses por créditos hipotecarios otorgados a partir

del 01/01/2001 (L. 81 a) $ 20.000,00 2.2. Sin Topes:

• Intereses de deudas y actualizaciones (L. 81 a); DR. 120 a 121 y siguientes)3 • Aportes Jubilatorios (L. 81 d)4 • Aportes a Obras Sociales (L. 81 g)

SUBTOTAL = {1} – {2.1.} – {2.2.} [antes del cómputo de Donaciones, Gastos por Cobertura

Médico-Asistencial y Honorarios por asistencia médica a los fines de calcular el tope de estas.].

Menos: 2.3. Con Topes Variables5

• Donaciones (L. 81 c); DR. 123)

1 Sujetos al ajuste por inflación +/- (L. 94 a 98 y DR. 159 a 164) 2 A través del art. 16 de la Ley Nº 26.063 y 26.844 se establece para los dadores de trabajo al personal de casas

particulares (anterior servicio doméstico) la deducción de los importes abonados en el período fiscal en contraprestación por los servicios prestado y los importes abonados para la cancelación de aportes y contribuciones, siendo el tope igual al Monto de la Ganancia Mínima No Imponible correspondiente al período que se liquida. La AFIP mediante RG 2055 (Art. 13) impone como condición mantener y conservar los comprobantes de pago de los conceptos indicados.

3 Tope variable para sujetos del art. 49 salvo Entidades de la ley 21.526 y préstamos comprendidos en el art. 93.c.2 de la LIG, contraídos con personas no residentes que los controlen.

4 Efectuados por el desarrollo de actividades comprendidas en distintas categorías de ganancias. Cuando se efectúen por tareas correspondientes a una sola categoría se consideran deducción especial de esta.

5 Tope: Hasta el 5% de la ganancia indicada en subtotal precedente {1} – {2.1.} – {2.2.}.

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• Cuotas Médico Asistenciales (L. 81 g); DR. 123.1) • Honorarios Servicios de Asistencia Sanitaria, Médica y Paramédica (L. 81 h) y DR. 123.1)6

3. GANANCIA NETA DEL PERÍODO = {1} – {2.1.} – {2.2.} – {2.3.} (al cuadro de JVP)

Menos: 4. QUEBRANTOS DE AÑOS ANTERIORES (L. 19; DR. 31 y 32) 5. RESULTADO NETO DESPUES DE COMPUTO DE QUEBRANTOS = {3} – {4}

Menos: 6. DEDUCCIONES PERSONALES. -Año 2014- (L. 23; DR. 47 a 50.1.)

Concepto Norma Importe ($)

GANANCIA NO IMPONIBLE L. 23 a) y 47 DR 15.552,00

DEDUCCION POR CARGAS DE FAMILIA L. 23 b) Cónyuge b1. 17.280,00 Hijo, hijastro menor de 24 años o incap. p/ trabajo b2. 8.640,00 Otras cargas b3. 6.480,00 Máximo de entradas netas de familiares a cargo 15.552,00 DEDUCCION ESPECIAL (Tope) L. 23 c)

15.552,00 Ganancias comprendidas en el artículo 49 cuando el contribuyente trabaje personalmente en la actividad y ganancias netas incluidas en el artículo 79, incisos d), e), f) y g) Ganancias comprendidas en el artículo 79, incisos a), b) y c) 74.649,60

7. GANANCIA NETA SUJETA A IMPUESTO = {5} – {6} 8. IMPUESTO DETERMINADO (L. Art. 90)

Ganancia Neta Imponible Pagarán

De Más de $ a $ $ Mas el % Sobre Excedente de $

0 10.000 — 9 0 10.000 20.000 900 14 10.000 20.000 30.000 2.300 19 20.000 30.000 60.000 4.200 23 30.000 60.000 90.000 11.100 27 60.000 90.000 120.000 19.200 31 90.000

120.000 en adelante 28.500 35 120.000

Menos:

6 Tope del 40%, previo al 5% indicado en la nota precedente.

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9. CRÉDITOS DE IMPUESTO A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE • Anticipos pagados del impuesto y por el período fiscal que se determina • Otros pagos a cuenta • Retenciones y Percepciones sufridas • Saldo a favor de años anteriores

10. IMPUESTO NETO A INGRESAR (8 - 9)

EJERCICIO Nº 1 - ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN DEL I.G. (PERSONAS FÍSICAS Y SUC. INDIVISAS) Arme el esquema de liquidación y determine el impuesto a las ganancias del ejercicio fiscal 2014 correspondiente al contribuyente (persona física) Manuel Argota, teniendo en cuenta los siguientes datos:

CONCEPTO $ Rentas de 3º categoría 112.000,00 Deducciones de la 4º Categoría 5.500,00 Deducciones de la 1º Categoría 5.600,00 Rentas de 2º categoría 20.000,00 Deducciones de la 2º Categoría 3.200,00 Total de Deducciones Personales 46.224,00 Rentas de 1º categoría 48.000,00 Deducciones de la 3º Categoría 25.500,00 Rentas de 4º categoría 50.000,00 Total de Deducciones Generales 24.512,23

SOLUCIÓN DEL EJERCICIO:

CONCEPTO $

Renta de Segunda Categoría 20.000,00 Deducciones de la 2º Categoría -3.200,00

Rentas Netas de 2º Categoría 16.800,00 Renta de Primera Categoría 48.000,00 Deducciones de la 1º Categoría -5.600,00

Rentas Netas de 1º Categoría 42.400,00 Renta de Tercera Categoría 112.000,00 Deducciones de la 3º Categoría -25.500,00

Rentas Netas de 3º Categoría 86.500,00 Renta de Cuarta Categoría 50.000,00 Deducciones de la 4º Categoría -5.500,00

Rentas Netas de 4º Categoría 44.500,00

Total de Rentas Gravadas 190.200,00 Deducciones Generales -24.512,23

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RESULTADO DEL EJERCICIO 165.687,77 Deducciones Personales -46.224,00

Ganancia Neta Imponible 119.463,77 Impuesto determinado {(119.463,77 - 90.000) x 0,31} + 19.200,00

28.333,77

IMPUESTO A INGRESAR 28.333,77

EJERCICIO Nº 2 - JUSTIFICACIÓN DE LAS VARIACIONES PATRIMONIALES

Determine en cada caso que conceptos corresponde a ganancia gravada, no gravada, ganancia exenta, incremento de justificación de variación patrimonial y disminución de justificación de variación patrimonial. Obs: Puede que corresponda a mas de una opción.

Nº CONCEPTO Gravado No Gravado Exento Incr.

JVP Dism.

JVP

1 Ganancia por la venta de una máquina de chopp de uso personal realizada por una persona física

x x

2 Una persona física cobra intereses de un plazo fijo x x 3 Juan recibe honorarios por su profesión de veterinario x 4 Mariela presta su departamento a una amiga por un año x x 5 Jorge vende el juego de living de su estudio x

6 Una empresa dedicada a la venta de forrajes vende una máquina de escribir que se tenía en desuso. Se obtiene una ganancia por dicha venta.

x

7 Una sucesión indivisa alquila a una empresa una casa x

8 Ernesto cobra una indemnización laboral del rubro antigüedad x x

9 Ignacio vende a una empresa una moto que tenia para uso personal x x

10 El Estado Provincial expropia terrenos a una SRL x

11 Daniela vende un terreno a un particular en 10 cuotas sin intereses. Cuál es el tratamiento de la venta a plazo?

x x

12 Joaquín percibió asignaciones familiares por matrimonio x x SOLUCIÓN DEL EJERCICIO: Gravado: 3, 4, 5, 6, 7, 11 No Gravado: 1, 9, 10, 12. Exento: 2, 8. Incremento Justif. Var. Patrimonial: 1, 2, 8, 9, 12. Disminución Justif. Var. Patrimonial: 4, 11.

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UNIDAD 5

EJERCICIO Nº 1 - ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN

Determinar el Impuesto a las Ganancias del año 2014 del Sr. Luis Romero, que obtuvo durante el 2014 los siguientes ingresos: 1. Tiene una pequeña empresa unipersonal que durante el ejercicio 2014 tuvo una utilidad

impositiva de $ 9.000. 2. Fue despedido en 09/2014 de un empleo que tenía en relación de dependencia desde hacía

varios años, cobrando en concepto de sueldos netos (incluye SAC 2 cuota 2013) de 01/2014 a 09/2014 la suma de $ 72.000 y por todo concepto indemnizatorio la suma de $ 58.800

DATOS COMPLEMENTARIOS: • El Sr. Romero tiene a su cargo a su esposa desde el 2012, que no puede trabajar por problemas

en la columna, también tiene a su cargo una hija de 26 años que estudia y una nieta de 2 años. • Pago por autónomos de 01/2014 a 12/2014 un importe total de $ 4.200, que corresponde a

una categoría menor a la denunciada por él al Fisco. • El impuesto determinado del Sr. Romero del ejercicio 2013 fue de $ 2.000.

Al respecto, se solicita:

a. Determinar el monto del impuesto a las ganancias que deberá ingresar el Sr. Luis Romero para el ejercicio 2014.

b. Determinar la justificación de las variaciones patrimoniales. SOLUCIÓN DEL EJERCICIO: a. Determinación del impuesto a ingresar:

Conceptos Importes Rentas Gravadas Tercera Categoría Resultado impositivo Unipersonal 9.000,00

Resultado Neto 3º Categoría 9.000,00

Cuarta Categoría Sueldos cobrados 72.000,00 Resultado Neto 4º Categoría 72.000,00 SUBTOTAL DE CATEGORIAS 81.000,00 Deducciones Generales Autónomos -4.200,00 Subtotal 76.800,00

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Deducciones Personales Ganancia No Imponible -15.552,00 Ded. Especial 3ª * y 4ª categoría -72.000,00 Cónyuge -17.280,00 Nieta -6.480,00 Total Deducciones Personales -

111.312,00 Ganancia Neta Imponible 0,00 Impuesto determinado 0,00 IMPUESTO A INGRESAR 0,00

* No se considera la deducción especial de 3° Categoría por no cumplir con la condición del Art. 47 DR de ingresar la categoría de autónomo denunciada por el contribuyente

JUSTIFICACIONES VARIACIONES PATRIMONIAL (+)

58.800,00

- Indemnización por despido (exento art. 20 inc. i ) 58.800,00

JUSTIFICACIONES VARIACIONES PATRIMONIALES (-)

2.000,00 - Impuesto a las ganancias ejercicio 2013 2.000,00

EJERCICIO Nº 2 - ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN Determinar el Impuesto a las Ganancias del año 2014 de la Sra. Angélica Torres, con los siguientes ingresos: 1. Posee 5 máquinas de coser que las alquila mensualmente a cada una en $ 1.000. Fueron

adquiridas en el 2004 y se encuentran totalmente amortizadas. Cobró todos los meses de alquiler.

2. Es empleada Municipal y cobró en concepto de haberes brutos $ 200.000 y le descontaron por aportes al SIJP $34.000, la segunda cuota del SAC $ 8.000 la cobro el 05/01/2015.

DATOS COMPLEMENTARIOS: • La Sra. Torres tiene a su cargo a su padre desde el 2010 que cobra una jubilación de $ 2.000

mensuales, y una hija de 16 años que se fue a EEUU de intercambio el 01/05/2014 y regresó 30/11/2014.

• La Sra. Torres tuvo retenciones de ganancias en el ejercicio 2014 por $ 32.000. El impuesto determinado de la Sra. Torres del ejercicio 2013 fue de $ 34.000.

Al respecto, se solicita: a. Determinar el monto del impuesto a las ganancias que deberá ingresar la Sra. Torres para el

ejercicio 2014. b. Determinar la justificación de las variaciones patrimoniales.

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SOLUCIÓN DEL EJERCICIO:

Conceptos Importes Rentas Gravadas Segunda Categoría Alquiler Bienes Muebles (1) 60.000,00

Resultado Neto 2º Categoría 60.000,00 Cuarta Categoría Sueldos Netos cobrados 200.000,00 Aportes SIJP -34.000,00

Resultado Neto 4º Categoría 166.000,00 SUBTOTAL DE CATEGORIAS 226.000,00 Deducciones Generales Subtotal 226.000,00 Deducciones Personales Ganancia No Imponible -15.552,00 Ded. Especial 4ª categoría -74.649,60 Padre * 0,00 Hija ** 0,00 Total Deducciones Personales -90.201,60 Ganancia Neta Imponible 135.798,40 Impuesto determinado {(135.798,60 - 120.000) x 0,35} + 28.500,00

34.029,44

Retenciones Ganancias Sufridas -32.000,00 IMPUESTO A INGRESAR 2.029,44

* No se considera carga de familia por tener ingresos superiores a la ganancia no imponible. ** No se considera carga de familia por no ser residente en el ejercicio 2014.

(1) Ingreso por Alquiler Máquinas de Coser 2014:

5 máquinas x $ 1.000 x 12 meses 60.000,00 JUSTIFICACIONES VARIACIONES PATRIMONIAL (+)

0,00

JUSTIFICACIONES VARIACIONES PATRIMONIALES (-)

34.000,00 - Impuesto a las ganancias ejercicio 2013 34.000,00

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EJERCICIO Nº 3 - ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN

Determinar el Impuesto a las Ganancias para el ejercicio fiscal 2014 de la Sra. María López, actualmente jubilada del Poder Judicial (magistrada), que presenta los siguientes ingresos:

1. Cobró durante todo el año 2014 jubilaciones brutas por un importe de $ 253.500, reteniéndole

en concepto de aportes al sistema único de la seguridad social un total de $ 43.095 por el mismo período.

2. Percibió en concepto de sueldo neto como docente universitaria durante el 2014 la suma de $ 48.000.

3. Con fecha 02/01/2014 efectuó un contrato de alquiler de una casa adquirida el 15/08/2009 en barrio Jardín de la ciudad de Córdoba por $ 170.000, por el término de dos años, obteniendo ingresos por alquiler por la suma de $ 3.500 mensuales, el contrato prevé que el pago se realice por mes adelantado y que el inquilino se haga cargo de los impuestos correspondientes al inmueble, que para el año 2014 ascendieron a $ 4.300. En Abril de 2014 se habilitaron mejoras al inmueble, incorporándole una galería con asador por un valor de $ 40.000, de los cuales la Sra. María López solo se hace cargo de $ 30.000 y el resto corrió por cuenta el inquilino. Desde el año 2009 la Sra. López ejerce la opción de gastos presuntos.

DATOS COMPLEMENTARIOS:

• La contribuyente es soltera, tiene a su cargo a su madre que no posee ingresos propios desde el año 2002.

• Paga un seguro de vida (cubre riesgo de muerte) anualmente por $1.300. • Por la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2013 la Sra. María

López ingresó al fisco la suma $ 1.100. • No efectuó durante el año 2014 el ingreso de los anticipos de Ganancias 2014 que le había

correspondido.

Al respecto, se solicita: a. Determinar el monto del impuesto a las ganancias que deberá ingresar la Sra. María López para

el ejercicio 2014. b. Determinar la justificación de las variaciones patrimoniales.

SOLUCIÓN DEL EJERCICIO:

a. Determinación del impuesto a ingresar

Conceptos Importes

Cuarta Categoría Sueldos docencia 48.000,00

Resultado Neto 4º Categoría 48.000,00 Primera Categoría Alquiler casa 42.000,00 Impuestos a cargo del inquilino 4.300,00 Mejora a cargo del inquilino 4.285,71

Ganancia Bruta de 1° Categoría 50.585,71

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Impuestos -4.300,00 Gastos de mantenimiento presunto -2.529,29 Amortización inmueble -2.278,00 Amortización mejora -662,98

Deducciones de la 1º Categoría -9.770,27

Resultado Neto 1º Categoría 40.815,45

RENTAS NETAS DE LAS CATEGORIAS 88.815,45 Deducciones Generales Seguro de Vida -996,23

GANANCIA NETA DEL EJERCICIO 87.819,22 Deducciones Personales Ganancia No Imponible -15.552,00 Ded. Especial 3ª y 4ª categoría -48.000,00 Madre -6.480,00

Total Deducciones Personales -70.032,00

Ganancia Neta Imponible 17.787,22 Impuesto determinado {(17.787,22 - 10.000,00) x 0,14} + 900,00 1.990,21

IMPUESTO A INGRESAR 1.990,21

b. Justificación de Variaciones Patrimoniales

JUSTIFICACIONES VARIACIONES PATRIMONIAL (+)

212.845,98

- Jubilación de magistrada 209.905,0

0 - Amortización Inmueble 2.278,00 - Amortización Inmueble mejora 662,98

JUSTIFICACIONES VARIACIONES PATRIMONIALES (-)

1.403,77 - Seguro de vida -parte no computable- 303,77

- Impuesto a las ganancias ejercicio 2013 1.100,00

EJERCICIO Nº 4 - ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN Determinar el Impuesto a las Ganancias para el año 2014 del Sr. Walter Sarlanga (Licenciado en Administración de Empresas), que presenta los siguientes datos: 1. Desde el 01/01/2014 es socio (en un 20%) de una sociedad colectiva que cierra ejercicio el

31/12/2014. Las utilidades impositivas de la sociedad correspondiente al ejercicio 2014 ascendieron a la suma de $ 400.000.

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2. Intereses por sumas colocadas a plazo fijo en el Banco de la Nación Argentina durante los meses de Noviembre y Diciembre de 2014 $ 2.700,00 según el siguiente detalle:

Importe Cobrado

Noviembre $ 1.300,00 01/11/2014 Diciembre $ 1.400,00 02/01/2015

3. Percibió $ 45.000 el día 31/03/2014 en concepto de honorarios netos por trabajos profesionales

efectuados a una S.A. El servicio profesional fue prestado durante los meses de Noviembre y Diciembre de 2013 y se le practicó una retención del Impuesto a las Ganancias por $ 11.100.

4. El día 30/07/2014 vendió su automóvil en $ 58.500, habiéndolo adquirido el 01/01/2009 en la

suma de $ 40.500. Se aclara que el automóvil se encontraba afectado el 100% para su uso particular.

5. Percibió durante el año 2014 (retribuciones brutas por el ejercicio de la docencia en relación de

dependencia), la suma de $ 9.800. El sueldo anual complementario 2ª cuota 2014 lo percibió el 05/01/2015 y asciende a $ 392. Le retuvieron durante el 2014 en concepto de aportes a sistema único de la seguridad social la suma de $ 1.665. Además percibió durante este período $ 3.520 correspondiente a asignaciones familiares.

DATOS COMPLEMENTARIOS: • El contribuyente es viudo, tiene dos hijas menores de 24 años a su cargo, sin ingresos propios.

Una de ellas se casó el día 10/09/2014 y la otra estudia en EE.UU. desde el 31/07/2014, inclusive.

• El contribuyente aportó al Régimen Previsional Autónomo por la actividad empresaria $ 7.445 por el año 2014. Por la actividad profesional pagó matrícula profesional al CPCE por $ 950 mensuales.

• Al Sr. Sarlanga se le practicó una intervención quirúrgica de urgencia el 11/11/2014, por la

misma se abonan honorarios profesionales y gastos de internación al Sanatorio Córdoba por $ 9.500. Posee la factura correspondiente y no se encuentra sujeta a reintegro por parte de su obra social.

Al respecto, se solicita: a. Determinar el monto del impuesto a las ganancias que deberá ingresar el Sr. José Sarlanga. b. Determinar la justificación de las variaciones patrimoniales.

SOLUCIÓN DEL EJERCICIO: a. Determinación del impuesto a ingresar

Conceptos Importes Cuarta Categoría: Honorarios Profesionales 45.000,00 Sueldos docencia 9.800,00

Total Rentas Brutas de 4º Categoría 54.800,00 Matrícula Profesional (950x12) -11.400,00

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Aportes al SUSS -1.665,00 Total de deducciones de 4º Categoria -13.065,00

RENTAS NETAS DE 4º CATEGORÍA 41.735,00 Tercera Categoría: Sociedad Colectiva 80.000,00

Total Rentas Brutas de 3º Categoría 80.000,00

Aportes Jubilatorios de Autónomos -7.445,00 Total de deducciones de 3º Categoria -7.445,00

RENTAS NETAS DE 3º CATEGORÍA 72.555,00

Total de Rentas Gravadas 114.290,00 Deducciones Generales Honorarios Médicos y Asistencia Sanitaria (1) -3.800,00

GANANCIA NETA DEL EJERCICIO 110.490,00 Deducciones Personales Ganancia No Imponible -15.552,00 Ded. Especial 3ª y 4ª categoría -15.552,00 Hija casada (hasta Septiembre /2014) -6.480,00 Hija en EEUU (todo el año) -8.640,00

Total Deducciones Personales -46.224,00

Ganancia Neta Imponible 64.266,00 Impuesto determinado {(64.266,00 - 60.000) x 0,27} + 11.100,00 12.251,82 Retenciones -11.100,00

IMPUESTO A INGRESAR 1.151,82

CÁLCULOS AUXILIARES:

(1) Honorarios médicos. El menor de: Tope 1: 5% de $114.290 5.714,50

Tope 2: 40% de $9.500 3.800,00 b. Justificación de Variaciones Patrimoniales JUSTIFICACIONES VARIACIONES PATRIMONIAL (+)

22.820,00

- Intereses PF 1.300,00 - Resultado Venta Auto 18.000,00 - Asignaciones Familiares (exento por la Ley Nº 24.714) 3.520,00

JUSTIFICACIONES VARIACIONES PATRIMONIALES (-)

5.700,00 - Honorarios médicos -parte no computable- 5.700,00

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QUEBRANTOS IMPOSITIVOS - MARCO TEÓRICO

QUEBRANTOS

GANANCIAS Fuente Argentina Fuente Extranjera

Ordinarias Venta de Acciones Derivados * Ordinarias Venta de

Acciones Derivados*

Fuente Argentina

Común SI NO NO NO NO NO Acciones SI SI NO NO NO NO

Derivados SI NO SI NO NO NO

Fuente Extranjera

Común SI NO NO SI NO NO Acciones SI NO NO SI SI NO

Derivados SI NO SI SI NO SI * No cobertura – Especulativos

EJERCICIO Nº 5 - QUEBRANTOS IMPOSITIVOS Un contribuyente individual, dedicado a la actividad comercial y profesional, ha obtenido los siguientes ingresos durante el ejercicio fiscal 2014: a) Participación en los resultados (ganancia) de una sociedad colectiva, de la cual es socio, según

balance cerrado el 31/08/2014 $ 15.000. b) Por el ejercicio de la profesión de abogado, percibió $ 45.000. c) Los resultados devengados por arrendamientos de campos de su propiedad, fueron los

siguientes: Campo A $ 4.000 (beneficio) Campo B $ 56.000 (quebranto)

d) Cobró intereses por préstamos efectuados a particulares por $ 3.500. e) La participación que le correspondió como socio de una sociedad de hecho, en el quebranto del

ejercicio cerrado el 30/06/2014, fue de $ 1.600. Se solicita que determine la ganancia neta del contribuyente. SOLUCIÓN DEL EJERCICIO: 1. Determinación de la ganancia dentro de cada categoría:

CATEGORIA SUBTOTAL TOTAL 1ª Categoría Campo A 4.000,00 Campo B (56.000,00) (52.000,00) 2ª Categoría Intereses 3.500,00 3.500,00 3ª Categoría Sociedad Colectiva 15.000,00 Sociedad de Hecho (1.600,00) 13.400,00

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4ª Categoría Honorarios 45.000,00 45.000,00

2. Compensación entre categorías

CATEGORIA TOTAL

Resultado de 1ª Categoría (52.000,00) Resultado de 2ª Categoría 3.500,00

Subtotal (48.500,00) Resultado de 3ª Categoría 13.400,00

Subtotal (35.100,00) Resultado de 4ª Categoría 45.000,00 Resultado del Ejercicio 9.900,00

El resultado final es ganancia neta correspondiente a la Cuarta Categoría.

UNIDAD 6

EJERCICIO Nº 1 - PRIMERA CATEGORÍA Se solicita calcular el Impuesto a las Ganancias para el ejercicio fiscal 2014 de la Sra. Susana Car, dueña de un campo, el cual alquila mediante un contrato de arrendamiento a la empresa Agrol SRL. El contrato de arrendamiento con Agrol SRL, prevé que la Sra. Susana Car indicará el momento en que Agrol SRL le deberá liquidar las toneladas que le corresponde según contrato, que para el año 2014 fue: la cantidad de 670 Toneladas de Maíz y 320 Toneladas de Soja, de las cuales mando a liquidar:

Grano Toneladas Precio Soja 300 1.890,00 Maíz 550 755,00

DATOS COMPLEMENTARIOS: • La contribuyente no posee otro ingreso que el proveniente de la Aparcería. • La empresa Agrol SRL cierra su balance comercial el 30/06/2014 y no le adeudaba nada en

concepto de alquiler a la Sra. Susana Car. • Se detalla las cotizaciones a tener en cuenta para la liquidación del impuesto:

Grano Fecha Precio Soja 30/06/2014 1.530,00 Soja 31/12/2014 2.000,00 Maíz 30/06/2014 750,00 Maíz 31/12/2014 765,00

• Pagó en concepto de Impuesto Inmobiliario Rural Anual 2014 la suma de $ 30.300. • La Sra. Susana Car tiene una sola hija que nació el 15/05/2014, su marido la incorporó como

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carga de familia en la empresa que trabaja. Al respecto, se solicita: a. Determinar el monto del impuesto a las ganancias que deberá ingresar la Sra. Susana Car para

el ejercicio 2014. SOLUCIÓN DEL EJERCICIO: Determinación del impuesto a ingresar:

Conceptos Importes Rentas Gravadas Primera Categoría Alquileres cobrados (granos liquidados) 982.250,00 Alquileres devengados ( stock de granos ) 131.800,00 Ganancia Bruta de 1º Categoría 1.114.050,00 Impuestos (Inmobiliario rural) -30.300,00

Resultado Neto 1º Categoría 1.083.750,00

Renta Neta de las Categorías 1.083.750,00

RESULTADO DEL EJERCICIO 1.083.750,00 Deducciones Personales Ganancia No Imponible -15.552,00 Hija ($8.640 x 8 meses / 12meses) -5.760,00

Total Deducciones Personales -21.312,00 Ganancia Neta Imponible 1.062.438,00 Impuesto determinado {(1.062.438,00 - 120.000) x 0,35} + 28.500,00

358.353,30

IMPUESTO A INGRESAR 358.353,30

CÁLCULOS AUXILIARES:

Ingreso por Alquiler de granos liquidados 2014: 982.250,00 Soja 300 Ton x $ 1.890 : 567.000,00 Maíz 550 Ton x $ 755 : 415.250,00

Ingreso por Alquiler de granos en Stock al 31/12/2014: 131.800,00 Soja ( 320Ton - 300 Ton) x $ 2.000 : 40.000,00 Maíz (670 Ton - 550 Ton) x $ 765 : 91.800,00

EJERCICIO Nº 2 - PRIMERA CATEGORÍA Determinar el Impuesto a las Ganancias del año 2014 de la Sra. Clara Rex, con los siguientes ingresos y gastos:

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1. Obtuvo ingresos por alquileres de enero a diciembre de dos departamentos y un dúplex que se detallan a continuación:

Inmueble Alquiler mensual Departamento A 1.800,00 Departamento B 2.700,00 Dúplex 3.500,00

2. Durante el 2014 se realizaron cambios de cañerías del baño por un importe de $ 3.600 en el

departamento A, a cargo del propietario. 3. Realizó en 08/2014 una reforma en el Dúplex agregándole un garaje cerrado que consistió en

una inversión de $ 40.000. 4. El departamento B lo administra una inmobiliaria que por todo concepto de gastos y comisión

del 2014 asciende a $ 330 mensual. 5. Por el resto de los inmuebles ha optado por gastos presuntos. 6. Los impuestos inmobiliarios anuales del 2014 de los departamentos A $ 2.400, B $ 3.000 y por

el dúplex $ 3.600. 7. Los datos de los inmuebles para el cálculo de las amortizaciones son:

Inmueble Fecha

Adquisición Valor Origen

Departamento A 01/02/2010 70.000,00 Departamento B 13/04/2010 160.000,00 Dúplex 30/06/2010 150.000,00

DATOS COMPLEMENTARIOS: • La Sra. Rex es soltera y no tiene ninguna persona a cargo. • Paga mensualmente un servicio de medicina pre paga por $ 550, ingresando en el período

fiscal 2014 todos los pagos. SOLUCIÓN DEL EJERCICIO:

Conceptos Importes Primera Categoría Alquiler Departamento A 21.600,00 Alquiler Departamento B 32.400,00 Alquiler Dúplex 42.000,00

Renta Bruta de 1° Categoría 96.000,00 Amortización Dpto A -1.120,00 Amortización Dpto B -2.560,00 Amortización Dúplex -2.010,00 Amortización Mejora -437,16 Impuestos Dpto A -2.400,00 Impuestos Dpto B -3.000,00 Impuestos Dúplex -3.600,00 Gastos Presuntos Dpto A -1.080,00 Gastos Presuntos Dúplex -2.100,00 Gastos Reales Dpto B -3.960,00

Deducciones de la 1º Categoría -22.267,16

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Resultado Neto 1º Categoría 73.732,84

GANANCIA NETA DE LAS CATEGORÍAS 73.732,84

Deducciones Generales Prepaga (1) -3.686,64

RESULTADO DEL EJERCICIO 70.046,20 Deducciones Personales Ganancia No Imponible -15.552,00

Total Deducciones Personales -15.552,00

Ganancia Neta Imponible 54.494,20 Impuesto determinado {(54.494,20 - 30.000) x 0,23} + 4.200,00

9.833,67

IMPUESTO A INGRESAR 9.833,67

CÁLCULOS AUXILIARES:

Inmueble Fecha Adquisición Valor Origen Amort. Ejerc.

Departamento A 01/02/2010 70.000,00 1.120,00 Departamento B 13/04/2010 160.000,00 2.560,00 Dúplex 30/06/2010 150.000,00 2.010,00 Mejora Dúplex 15/08/2014 40.000,00 437,16

Departamento A Amortiz. Del Ejercicio: (V.O x 0,80) x 4t Departamento B Amortiz. Del Ejercicio: (V.O x 0,80) x 4t Dúplex Amortiz. Del Ejercicio: (V.O x 0,67) x 4t Mejora Dúplex Amortiz. Del Ejercicio: V.O. x 2t / 183t

CUADRO DE TRIMESTRES TRANSCURRIDOS: AÑO TRIM. TRANSCURR.

2010 3

2011 4

2012 4

2013 4

2014 2

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VIDA UTIL RESTANTE DUPLEX AL MOMENTO HABILITACIÓN MEJORA 183

(1) Medicina Pre paga

Real (550 x 12) $ 6.600,00 Tope (73.732,84 x 0,05) $ 3.686,64 el menor

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EJERCICIO Nº 3 - PRIMERA CATEGORÍA Se solicita determinar el Impuesto a las Ganancias a ingresar para el ejercicio fiscal 2014 del Sr. José Cuervo, cuyos ingresos provienen del alquiler de los siguientes inmuebles: 1. Una casa ubicada en calle Catamarca 1000 Barrio General Paz adquirida en Octubre 2012 por la

suma de $ 550.000 (el precio incluye $40.000 de interés de financiación). La misma se encuentra alquilada al Sr. Mario López por el período 01/10/2012 a 30/09/2015 quien se compromete a pagar por el primer año $ 3.600 mensual y por el tiempo restante $ 4.800 mensual. El contrato prevé que el inquilino deberá hacerse cargo de los impuestos del inmueble. Al 31/12/2014 el Sr. López adeudaba el alquiler de diciembre.

Impuesto Anual Inmobiliario Provincial:

Año Valuación Fiscal Terreno

Valuación Fiscal Construcción Impuesto

2012 30.000,00 90.000,00 1.700,00 2013 36.000,00 100.000,00 2.100,00 2014 40.000,00 120.000,00 3.400,00

Tasa Anual sobre inmuebles. Municipalidad de Córdoba:

Año Valuación Fiscal Terreno

Valuación Fiscal Construcción Impuesto

2012 43.000,00 110.000,00 2.000,00 2013 50.000,00 160.000,00 3.100,00 2014 56.000,00 183.000,00 3.600,00

2. Posee un local comercial ubicado debajo de un edificio en la calle 9 de Julio al 300, recibido

como anticipo de herencia de su madre el 20/03/2014 por un valor de $400.000. El mismo se alquiló al Sr. Julio Gómez por 3 años a partir del 01/04/2014 cobrando el 1° año $ 18.000 mensual, 2° año $ 22.500 mensual y el 3° año $ 28.125 mensual. Adicionalmente se incorporaron al alquiler bienes muebles que fueron adquiridos en abril del 2014 por un valor total de $ 20.000 con una vida útil de 10 años, cobrando por estos $ 1.200 mensuales por la duración del contrato de alquiler. El impuesto provincial 2014 de $ 3.500 y el Municipal 2014 de $ 4.600 fueron cancelado por el Sr. Cuervo, siendo a cargo del inquilino. El Sr. Gómez realizó gastos de pintura y adecuación del local por un valor de $ 5.000 a su cargo.

3. Con fecha 02/01/2013 efectuó un contrato de aparcería de unas 150 hectáreas ubicadas en la

ciudad de Río Segundo por el cual acordó recibir por el 1° año 180 Toneladas de Soja, por el 2° año 200 Toneladas de Soja y en el 3° año 220 Toneladas de Soja, las cuales se liquidaran al momento que el Sr. Cuervo decida, que para el año 2014 fue lo siguiente: - Con fecha 13/01/2014 se liquidaron las últimas 30 toneladas de soja del año (campaña)

2013. - Con fecha 15/05/2014 se liquidaron 100 toneladas de soja. - Con fecha 30/06/2014 se liquidaron 60 toneladas de soja. - Con fecha 24/08/2014 se liquidaron 40 toneladas de soja.

Las cotizaciones para el cereal fueron las siguientes:

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Fecha Cotización en Toneladas 31/12/2013 $ 1.300,00 13/01/2014 $ 1.208,00 15/05/2014 $ 1.540,50 30/06/2014 $ 1.530,00 24/08/2014 $ 1.923,00 31/12/2014 $ 2.000,00

El impuesto inmobiliario rural ascendió a $16.500 para 2014.

Datos Adicionales: • El Sr. José Cuervo es soltero y no tiene hijos, solo tiene a cargo desde 02/2014 un sobrino de 20

años que estudia medicina. • El contribuyente opto por deducir gastos presuntos. • Durante el año 2014, sufrió retenciones del impuesto a las ganancias por $ 20.000 e ingreso

anticipos a cuenta del impuesto por $ 54.000. SOLUCIÓN DEL EJERCICIO:

Conceptos Importes Primera Categoría Alquileres casa calle Catamarca (1) 57.600,00 Impuesto casa calle Catamarca a cargo del inquilino (2) 7.000,00 Alquileres Local Comercial calle 9 de Julio (4) 162.000,00 Alquiler Bienes Muebles Local Comercial (5) 10.800,00 Impuestos local comercial (6) 8.100,00 Gastos de pintura y adecuación del Local Comercial 5.000,00 Arrendamiento Campo (9) 358.470,00

Ganancia Bruta de 1º Categoría 608.970,00

Impuesto casa calle Catamarca -7.000,00 Amortización casa calle Catamarca (3) -7.650,00 Impuestos Local Comercial -8.100,00 Amortización Local Comercial (7) -6.400,00 Amortización Bienes Muebles Local Comercial (8) -2.000,00 Impuestos inmueble rural -16.500,00 Gastos Presuntos (10) -12.525,00

Total deducciones de 1º Categoría -60.175,00

Resultado Neto 1º Categoría 548.795,00

RESULTADO NETO DE LAS CATEGORÍAS 548.795,00

RESULTADO DEL EJERCICIO 548.795,00 Deducciones Personales Ganancia No Imponible -15.552,00

Total Deducciones Personales -15.552,00

Ganancia Neta Imponible 533.243,00

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Impuesto determinado {(525848,00 - 120.000) x 0,35} + 28.500,00 173.135,05

Anticipos -54.000,00 Retenciones -20.000,00 IMPUESTO A INGRESAR 99.135,05

CÁLCULOS AUXILIARES: (1). Ingreso por Alquiler de Casa calle Catamarca año 2014: Devengado 01/01/2014 al 31/12/2014 57.600,00

(2). Impuestos a cargo Inquilino casa calle Catamarca 7.000,00 Impuesto Provincial 2014 3.400,00 Tasa Inmobiliaria Anual Municipal 2014 3.600,00

(3). Amortización Inmueble calle Catamarca 7.650,00 Valor Impositivo Inmueble: 550.000 - 40.000 : 510.000,00 Valor Fiscal Terreno 2012: 30.000,00 Valor Fiscal Construcción 2012: 90.000,00 Amortización del Ejercicio 2014:(510.000x0,75) x (4t/200t) 7.650,00

(4). Ingreso por Alquiler Local Comercial 9 de Julio Año 2014: Devengado 01/04/2014 al 31/12/2014 162.000,00

(5). Devengado Bienes Muebles 01/04/2014 al 31/12/2014 10.800,00

(6). Impuestos local comercial 8.100,00 Impuesto Provincial 2014 3.500,00 Tasa Inmobiliaria Anual Municipal 2014 4.600,00

(7). Amortización Inmueble Local Comercial 6.400,00 Valor Impositivo Inmueble: 400.000,00 Amortización del Ejercicio 2014:(400.000x0,80) x (4t/200t) 6.400,00

(8). Amortización Bienes Muebles Local Comercial 2.000,00 Valor Impositivo : 20.000,00 Vida Util : 10 años Amortización del Ejercicio 2014:($20.000/10) 2.000,00

(9). Ingreso por Alquiler de granos liquidados 2014: 358.470,00 30 Toneladas ($1.208,00 -1.300,00): -2.760,00 100 Toneladas a $ 1.540,50 154.050,00 60 Toneladas a $ 1.530 91.800,00 40 Toneladas a $ 1.923 115.380,00

(10). Gastos Presunto 5% (Ingresos Inmuebles Urbanos) 12.525,00

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UNIDAD 7

EJERCICIO Nº 1 - SEGUNDA CATEGORÍA Se solicita determinar el Impuesto a las Ganancias y las Justificaciones de Variaciones Patrimoniales del año 2014 del Sr. Antonio Sans, quien poseía una cosechadora adquirida en 2011 por un importe de $ 105.000, la cual mantuvo en su patrimonio hasta enero de 2012, donde la transfirió definitivamente a una empresa agropecuaria, pactando recibir en concepto de regalías, el 10% del total facturado por el término de 4 años, las cuales deben ser abonados al Sr. Sans dentro de los 30 días de cerrado el ejercicio económico de la empresa (fecha de cierre 30/09). La facturación de la empresa por servicio de cosecha para el año 2012 fue de $ 770.000; año 2013 ascendió $ 860.000 y para el año 2014 $1.100.000. DATOS COMPLEMENTARIOS: • Se encuentra pagado un crédito hipotecario de su única casa (donde habita) desde hace dos

años por el que en el 2014 pago en concepto de intereses del crédito la suma de $ 15.000. • Ingreso los anticipos correspondientes a la declaración jurada de ganancias 2014 por un

importe de $ 4.200. El impuesto determinado en la declaración jurada del 2013 ascendió a $ 4.800.

• El importe total de las retenciones de ganancias en el año 2014 fue de $ 2.000. SOLUCIÓN DEL EJERCICIO: A. Determinación del impuesto a ingresar:

Conceptos Importes Segunda Categoría Regalías 110.000,00

Ganancia Bruta de 2° Categoría 110.000,00 Deducción regalías -27.500,00

Deducción de la 2º Categoría -27.500,00 Resultado Neto 2º Categoría 82.500,00

Deducciones Generales Intereses préstamo Hipotecario casa habitación -15.000,00

Total de Deducciones Generales -15.000,00

RESULTADO DEL EJERCICIO 67.500,00

Deducciones Personales Ganancia No Imponible -15.552,00

Total Deducciones Personales -15.552,00

Ganancia Neta Imponible 51.948,00 Impuesto determinado {(51.948,00 - 30000) *0,23} + 4.200,00 9.248,04

Anticipos -4.200,00 Retenciones -2.000,00

IMPUESTO A INGRESAR 3.048,04

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CÁLCULOS AUXILIARES:

Años Facturado por Empresa

Ingreso Anual Regalía

Parte Anual Deducible

Inversión Inicial

Deducciones Acumuladas

Saldo de inversión

2011 105.000,00 2012 770.000,00 77.000,00 -19.250,00 -19.250,00 85.750,00 2013 860.000,00 86.000,00 -21.500,00 -40.750,00 64.250,00 2014 1.100.000,00 110.000,00 -27.500,00 -68.250,00 36.750,00

B. Justificación de Variaciones Patrimoniales:

JUSTIFICACIONES VARIACIONES PATRIMONIAL (+) 27.500,00 - Deducción Regalías 27.500,00 JUSTIFICACIONES VARIACIONES PATRIMONIALES (-) 4.800,00 - Impuesto a las ganancias ejercicio 2013 4.800,00

UNIDAD 8

EJERCICIO Nº 1 - CUARTA CATEGORÍA Determinar la renta neta de Cuarta Categoría y el monto computable en concepto de deducción de Tercera y Cuarta Categoría para el ejercicio 2014 del Sr. Juan Carlos Raspa, de profesión ingeniero, que presenta la siguiente información:

1. Es docente de la Universidad Católica en San Juan y percibió durante el año 2014 los siguientes sueldos:

Sueldos Brutos Univ. Católica 39.000,00 Aportes Jubilatorios Univ. Católica -5.460,00 Obra Social Univ. Católica -1.170,00

Neto Percibido 32.370,00

2. Como profesional independiente cobró la suma de $ 124.500 en concepto de honorarios. 3. El 15/12/2014 fueron asignados y puestos a disposición por la asamblea de Robust S.A. sus

honorarios por su cargo de director, siendo los mismos totalmente computables en el Impuesto a las Ganancias.

4. Un cliente el 03/10/2013 le entregó una computadora en concepto de $ 6.000,00 por honorarios adeudados . El 03/04/2014 el Sr. Raspa vende la misma a un colega en $ 8.500,00.

5. Aportó en el año al Régimen Nacional de Trabajadores Autónomos por su cargo de director de la sociedad anónima la suma de $ 8.000,00.

6. El único gasto vinculado a su profesión informado es que aportó a su Caja Profesional $6.200,00 anuales.

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SOLUCION DEL EJERCICIO: A. Determinación de la Ganancia de Cuarta Categoría:

CONCEPTOS Art.79 inc. a, b y c

Otras rentas 3º y 4º Cat. TOTAL

RENTAS DE LA 4º CATEGORÍA - Sueldos Brutos Univ. Católica 39.000,00 39.000,00 - Honorarios Particulares 124.500,00 124.500,00 - Honorarios Director de S.A. 30.000,00 30.000,00 - Honorarios en especie* 2.500,00 2.500,00 DEDUCIONES DE LA 4º CATEGORÍA - Aportes Jubilatorios Univ. Católica -5.460,00 -5.460,00 - Obra Social Univ. Católica -1.170,00 -1.170,00 - Aportes Caja Profesional -6.200,00 -6.200,00 - Aportes Autónomos -8.000,00 -8.000,00

RENTA NETA 4º CATEGORÍA 32.370,00 142.800,00 175.170,00 *Art. 114 y 115 DR. Rentas indirectas. Al venderse la computadora dentro de los 2 años desde su adquisición, es renta gravada de 4º Categoría.

Precio de Venta 8.500,00 Valor costo computable -6.000,00 Resultado 2.500,00

B. Determinación del monto a computar en concepto de Deducción de Tercera y Cuarta Categoría: Al tener renta del art. 79 inc. a, b y c de la LIG, se analiza la misma, llegándose a la conclusión que el monto real es menor al incremental establecido por ley para este tipo de rentas (Tope de $74.649,60) pero superior al establecido para las otras rentas (Tope $ 15.552,00), por lo que se toma el valor real neto cobrado por este tipo de ganancias. En este caso, corresponderá computar $ 32.370,00.

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