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'l'1c1< Cl'-,¡t LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 2228-3791 /2222-7344 Tira je: 41 O Ejemplares 48 Páginas Valor C$ 45.00 Córdobas AÑOCXIX Managua, Miércoles 8 de Julio de 2015 No. 127 SUMARIO Pág. MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Nacionalizado ..................................................................... 5381 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Contador Público Autorizado .............................................. 5381 MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA Acuerdo Ministerial 044-2015 ....................................... 5382 INSTITUTO NICARAGÜENSE DE DEPORTES Resolución ........................................................................ 5384 INSTITUTO DE PROTECCIÓN Y SANIDAD AGROPECUARIA NTON 11 043 - 13 ........................................................... 5385 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio ............................ 5394 EMPRESA NICARAGÜENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SANITARIOS Aviso ................................................................................ 5425 Licitación Selectiva Nº. 044-2015 ..................................... 5426 SECCIÓN JUDICIAL Edictos ............................................................................ 5426 Cartel .............................................................................. 5427 UNIVERSIDADES Títulos Profesionales ........................................................ 5427 5380

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LA GACETA DIARIO OFICIAL

Teléfonos: 2228-3791 /2222-7344

Tira je: 41 O Ejemplares 48 Páginas

Valor C$ 45.00 Córdobas

AÑOCXIX Managua, Miércoles 8 de Julio de 2015 No. 127

SUMARIO Pág.

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

Nacionalizado ..................................................................... 5381

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Contador Público Autorizado .............................................. 5381

MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA

Acuerdo Ministerial Nº 044-2015 ....................................... 5382

INSTITUTO NICARAGÜENSE DE DEPORTES

Resolución ........................................................................ 5384

INSTITUTO DE PROTECCIÓN Y SANIDAD AGROPECUARIA

NTON 11 043 - 13 ........................................................... 5385

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Marcas de Fábrica, Comercio y Servicio ............................ 5394

EMPRESA NICARAGÜENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SANITARIOS

Aviso ................................................................................ 5425

Licitación Selectiva Nº. 044-2015 ..................................... 5426

SECCIÓN JUDICIAL

Edictos ............................................................................ 5426

Cartel .............................................................................. 5427

UNIVERSIDADES

Títulos Profesionales ........................................................ 5427

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08-07-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 127

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

NACIONALIZADO

Reg. 5958 - M. 5754 - Valor C$ 290.00

CERTIFICACION

La suscrita Directora General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, Cmdte. Bgda. María Antonieta Novoa Salinas. - C E R T 1F1 CA: Que en los folios: 300-301, del libro de nacionalizados nicaragüenses No.10 correspondiente al año: 2015, que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería, se encuentra inscrita la Resolución No.3069, donde se acuerda otorgar la nacionalidad nicaragüense en calidad de nacionalizado al ciudadano ENRIQUE ALBERTO FLORES LANZA, originario de la República de Honduras y que en sus partes conducentes establece: La Directora General Comandante de Brigada MariaAntonieta Novoa Salinas de la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua, en uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de Nicaragua, la Ley No. 761, Ley General de Migración y Extranjería, publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nos.125 y 126 del seis y siete de julio del año dos mil once, su Reglamento contenido en el Decreto No. 031-2012 de Casa de Gobierno publicado en la Gaceta Diario Oficial Nos. 184, 185 y 186 del veintisiete y veintiocho de septiembre y primero de octubre del año dos mil doce y conforme al Acuerdo Ministerial No.004-2007 de la Ministra de Gobernación de la República de Nicaragua Doctora Ana Isabel Morales Mazún, el once de enero del año dos mil siete. C O N S 1 D E R A N D O: PRIMERO.- Que el ciudadano ENRIQUE ALBERTO FLORES LANZA, originario de la República de Honduras, mayor de edad, casado, Abogado y Notario Público, con domicilio y residencia en la ciudad de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua; identificado con Cédula de Residencia Permanente No. C 00007986, registro 170620100068, nacido el veinte de mayo de mil novecientos sesenta y uno en el Municipio Distrito Central, Departamento Francisco Morazán, República de Honduras; presentó ante la Dirección General de Migración y Extranjería, la correspondiente solicitud de nacionalidad nicaragüense. SEGUNDO.- Que el ciudadano ENRIQUE ALBERTO FLORES LANZA, ha cumplido con todos los requisitos y formalidades establecidas en las leyes para adquirir la nacionalidad nicaragüense, tomando en cuenta que goza del estatus de Residente Permanente desde el día siete de febrero del año dos mil doce TERCERO.- Que de forma expresa ha manifestado su voluntad de adquirir la nacionalidad nicaragüense, sin necesidad de renunciar a su nacionalidad hondureña por ser centroamericano de origen de conformidad al Artículo 54 de la Ley No. 761 Ley General de Migración y Extranjería y su Reglamento; y sometiéndose a las disposiciones legales establecidas en nuestra legislación vigente, en cuanto a derechos y obligaciones que les corresponden a los nicaragüenses nacionalizados. POR TANTO: De conformidad con los Artículos 17, 2 ly 22 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, Artículos 1, 49, 50, 54 y 62 de la Ley No. 761 "Ley General de Migración y Extranjería" publicada en La Gaceta Diario Oficial números 125 y 126 del 6 y 7 de julio del 2011 y los Artículos 108, 112, 125 y 259 de su Reglamento contenido en el Decreto No. 31-2012 "Casa de Gobierno" publicado en La Gaceta números 184, 185 y 186 del 27 y 28 de septiembre y 01 de octubre del 2012, esta autoridad: RESUELVE: PRIMERO.­Otorgar la nacionalidad nicaragüense en calidad de nacionalizado al ciudadano ENRIQUE ALBERTO FLORES LANZA, originario de la República de Honduras. SEGUNDO.- De acuerdo a lo

5381

anteriormente establecido el ciudadano ENRIQUE ALBERTO FLORES LANZA, gozará de todos los derechos y prerrogativas que las leyes le conceden y estará sometido a las obligaciones correspondientes a los nacionales nicaragüenses, de conformidad a lo que establece la Constitución Política de Nicaragua y la Ley No. 761 Ley General de Migración y Extranjería y su Reglamento. TERCERO.- Regístrese en el libro de nacionalizados que para tal efecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería y líbrese la certificación correspondiente. CUARTO.- La presente Resolución surtirá efecto a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial de la República de Nicaragua. NOTIFIQUESE: Managua, siete de julio del año dos mil quince. (F) Cmdte. Bgda. María Antonieta Novoa Salinas - Directora General de Migración y Extranjería. La Ministra del Poder Ciudadano de Gobernación de la República de Nicaragua, visto la Resolución que antecede y habiéndose cumplido con todos los requisitos legales establecidos en la Ley No.761 "Ley General de Migración y Extranjería", REFRENDA la presente Resolución de Nacionalización. (F) Dra. Ana Isabel Morales Mazún Ministra del Poder Ciudadano de Gobernación. Libro la presente Certificación de la Resolución de Nacionalización No. 3069 en la ciudad de Managua, a los siete días del mes de julio del año dos mil quince. (f) Cmdte. Bgda. María Antonieta Novoa Salinas, Directora General de Migración y Extranjería, Ministerio de Gobernación.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO

Reg. 5845 - M. 67929 - Valor C$ 95.00

Acuerdo C.P.A. No. 194-2015

EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 3 de la Ley para el Ejercicio de Contador Público, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 94 del treinta de abril del año 1959 y los artículos 3, 5, 6, 19, 22, 25, 28 y 29 del Reglamento de la Profesión de Contador Público y su Ejercicio, el Acuerdo Ministerial No. 13-2014 del dieciocho de noviembre del año dos mil catorce, para autorizar el ejercicio de la Profesión de Contador Público, previo cumplimiento de la Ley y pleno goce de sus derechos.

CONSIDERANDO I

Que el Licenciado JOSE RAMON VALDEZ, identificado con cédula de identidad ciudadana número: 161-310860-0005Y, presentó ante esta División de Asesoría Legal solicitud de renovación de autorización para el ejercicio de la profesión de Contador Público, adjuntando para tales efectos la siguiente documentación: Acuerdo Ministerial No. 039-2010 emitido por el Ministerio de Educación, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil diez, mediante el cual se autorizó al solicitante el ejercicio de la profesión de Contador Público por un quinquenio que finalizó el veintiséis de enero del año dos mil quince. Garantía de Contador Público GDC-800468, extendida por el Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros, INISER, a los once días del mes de junio del año dos mil quince y Constancia del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, emitida a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil quince.

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11 Que conforme constancia emitida por el Licenciado José Luis Herrera, en su calidad de Secretario de la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, demuestra ser afiliado activo de ese colegio, inscrito bajo el número perpetuo 651 siendo un depositario de Fe que se ajusta a los preceptos legales, solvencia moral, capacidad académica y práctica profesional correspondiente.

POR TANTO En base a las disposiciones legales establecidas en el presente Acuerdo y habiendo cumplido el solicitante los requisitos de Ley;

ACUERDA PRIMERO: Autorizar al Licenciado JOSE RAMON VALDEZ, para el ejercicio de la Profesión de Contador Público durante un quinquenio que inicia el doce de junio del año dos mil quince y finalizará el día once de junio del año dos mil veinte.

SEGUNDO: Envíese el original de la póliza de fidelidad al Colegio de Contadores Públicos de Nicaragua, para su debida custodia.

TERCERO: El Contador Público autorizado deberá publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta.

CUARTO: Cópiese, notifíquese y archívese.

Dado en la ciudad de Managua, a los doce días del mes de junio del año dos mil quince. (f) MSc. Elsy Lizethe Marenco Corea, Directora de Asesoría Legal.

MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA

Reg. 5904 - M. 68793 - Valor C$ 475.00

ACUERDO MINISTERIAL Nº 044-2015

El MINISTRO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA, en uso de las facultades que le confieren el Artículo 25 de la Ley 290 "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº 102 del día 3 de Junio de 1998; de su Reglamento, Decreto Nº 71-98, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº 205 y 206 de los días 30 y 31 de Octubre del año 1998, reformado por el Decreto Nº 25-2006 de Reformas y Adiciones al Decreto Nº 71-98, Reglamento de la Ley Nº 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº 91y92 de los días 11y12 de Mayo del 2006, en sus Artículos 26, 27 y 28 parte in fine, Ley Nº 612 Ley de Reforma y Adiciones a la Ley Número Doscientos Noventa (Nº. 290),"Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", publicada en La Gaceta, Diario Oficial Número Nº 20, del veintinueve de Enero de 2007; así como la Ley Nº 4 77, "Ley General de Deuda Pública", publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº 236 del 12 de diciembre de 2003, y su Reglamento, el Decreto Nº 2-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº 21 del 30 de enero de 2004.

VISTO

Que en fecha diez de abril del año mil novecientos n~venta y siete se emitió la RESOLUCION 4-97 (XVII CAMITRAN) del Organismo regional del sector Transporte en Centroamérica,

a través del cual los Ministros de Transporte de Centroamérica resuelven en el numeral 3: "Ratificar la asignación anual de US$ 25,000 por país para la SIECA, como soporte de fortalecimiento de la Secretaria Técnica y solicitar a la SIECA presentar un informe anual de ingresos y gastos de COMITRAN".

11 Que el día siete de abril del año dos mil once, la Dirección Superior del Ministerio de Transporte e Infraestructura recibe comunicación de parte del señor Alfredo Vélez, Representante de la Secretaría de Integración Económica (SIECA) en Nicaragua, solicitando la cancelación pendiente de cuota de COMITRAN ante SIECA por la suma de Doscientos ochenta y ocho mil dólares (US$ 288,000.00) correspondiente al periodo 1997 al 2007 y al año 2009.

111 Que el día treinta de enero del año dos mil doce, la Dirección Superior del Ministerio de Transporte e Infraestructura recibe comunicación de parte del señor Alfredo Vélez, Representante de la Secretaría de Integración Económica (SIECA) en Nicaragua, solicitando la cancelación pendiente de cuota de COMITRAN ante SIECA por la suma de Doscientos ochenta y ocho mil dólares (US$ 288,000.00) correspondiente al periodo 1997 al 2007 y al año 2009.

IV Que el día diecinueve de marzo del año dos mil doce, la Directora General de Planificación de esta institución recibe comunicación de parte del señor Alfredo Vélez, Representante de la Secretaría de Integración Económica (SIECA) en Nicaragua, solicitando la revisión del saldo que el Ministerio de Transporte e Infraestructura es en deberle a SIECA en concepto de cuota anual por Veinticinco mil dólares (US$25,000.00) desde el año 1997.

V Que el día diecisiete de junio del año dos mil trece, Ja Dirección Superior del Ministerio de Transporte e Infraestructura recibe comunicación de parte del señor Alfredo Vélez, Representante de la Secretaría de Integración Económica (SIECA) en Nicaragua, solicitando el apoyo para concretar acuerdo de pago para cancelación de saldo por Doscientos ochenta y ocho mil dólares (US$ 288,000.00) en concepto de cuotas no canceladas del periodo 1997 al 2007 y del año 2009 que el Ministerio de Transporte e Infraestructura adeuda al COMITRAN/Secretaria de Integración Económica (SIECA), reconocida en el Acta de Acuerdo de la XXXI Reunión del Consejo de Ministros de Transporte de Centroamérica (COMITRAN) del veinticuatro de noviembre del año dos mil once.

VI Que el día seis de agosto del año dos mil trece, la max1ma autoridad del Ministerio de Transporte e Infraestructura remite comunicación MTI/DM/PFME/CE/DVM/444/08/2013 al señor Alfredo Vélez Representante de la Secretaria de Integración Económica (SIECA) en Nicaragua, mediante la cual se le informa que ya se han realizado los pagos a la Secretaria de Integración Económica (SIECA) correspondiente a los años 2007, 2008, 2009, 2010, 2012 y 2013, y de igual manera expresa que se están realizando las gestiones pertinentes para efectuar el pago correspondiente de la cuota anual del año 2011.

VII Que el día dieciocho de junio del año dos mil catorce, la Dirección Superior del Ministerio de Transporte e Infraestructura recibe comunicación MHCP-DVM-E-056-06-14 de parte de la

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Viceministra Secretaria de Administración y Finanzas Internas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante la cual remite comunicación recibida del Ingeniero Alfredo Vélez, Representante de la Secretaria de Integración Económica (SIECA) en Nicaragua, referente a saldo pendiente que el MTI tiene con COMITRAN/SIECA.

VIII Que el día diecisiete de septiembre del afio dos mil catorce, la Dirección Superior del Ministerio de Transporte e Infraestructura recibe comunicación de parte del Ingeniero Alfredo Vélez, Representante de la Secretaria de Integración Económica (SIECA) en Nicaragua, mediante la cual manifiesta que de conformidad a la reunión sostenida con el Viceministro de la Secretaria de Transporte de este ministerio, convinieron en presentar el procedimiento para reconocimiento de Deuda Pública que fue utilizado por el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIIFIC) en el 2005, adjuntando para ello copia de La Gaceta, Diario Oficial Número 234 del dos de diciembre del dos mil cinco, donde el MIFIC reconoce como Deuda Publica el saldo que tenía pendiente con SIECA y adjunta carta en la que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público acepta la Deuda para su inclusión en el Presupuesto Nacional. Lo anterior sería con el objetivo que el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) valore si se puede usar este mismo procedimiento para pagar a SIECA de parte del COMITRAN por la suma de Doscientos treinta y ocho mil dólares (US$ 238,000.00) por saldo no cancelado de cuotas por membrecía correspondiente a los afios 1997 al 2006.

IX Que el día veinticuatro de septiembre del afio dos mil catorce, la Dirección Superior del Ministerio de Transporte e Infraestructura recibe comunicación de parte del Ingeniero Alfredo Vélez, Representante de la Secretaria de Integración Económica (SIECA) en Nicaragua, mediante la cual solicita que se incluya en presupuesto 2015 un abono sustancial al saldo de Doscientos treinta y ocho mil dólares (US$ 238,000.00) que el Ministerio de Transporte e Infraestructura es en deberle a SIECA.

X Que el día ocho de enero del afio dos mil quince, la máxima autoridad del Ministerio de Transporte e Infraestructura recibe comunicación de parte del Ingeniero Alfredo Vélez, Representante de la Secretaria de Integración Económica (SIECA) en Nicaragua, mediante la cual consulta si ha sido aceptado el procedimiento de inclusión a Deuda Pública del saldo que el Ministerio de Transporte e Infraestructura es en deberle a SIECA.

XI Que el día trece de febrero del año dos mil quince, la máxima autoridad del Ministerio de Transporte e Infraestructura recibe comunicación de parte del Ingeniero Alfredo Vélez, Representante de la Secretaria de Integración Económica (SIECA) en Nicaragua, mediante la cual solicita la concertación de una reunión para abordar la solicitud de inclusión a Deuda Pública del saldo que el Ministerio de Transporte e Infraestructura es en deberle a SIECA por la suma de Doscientos treinta y ocho mil dólares (US$ 238,000.00).

CONSIDERANDO 1

Que el pago de cancelación de saldo del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) a la Secretaria de Integración Económica

(SIECA), reconocida en el acta de Acuerdo de la XXXI COMITRAN del veinticuatro de noviembre del año dos mil once, precedentemente relacionado y por las cantidades indicadas, no fueron pagados por "efectos de problemas ·en la programación de los créditos presupuestarios".

11 Que el Ingeniero Alfredo Vélez, Representante de la Secretaria de Integración Económica (SIECA) en Nicaragua ha continuado haciendo gestiones periódicas ante este Ministerio, con el propósito de que la deuda generada por la falta de pago sea reconocida como Deuda Pública, cuyos montos se desglosan de la siguiente manera: afio 1997 (US$25,000.00), afio 1998 (US$13,000.00 porque se abonó US$ l 2,000.00), afio 1999 (US$25,000.00), afio 2000 (US$25,000.00), afio 2001 (US$25,000.00), afio 2002 (US$25,000.00), afio 2003 (US$25,000.00), afio 2004 (US$25,000.00), afio 2005 (US$25,000.00), afio 2006 (US$25,000.00), para un total de Doscientos treinta y ocho mil dólares (US$238,000.00).

III Que en fecha diez de abril del afios dos mil quince, el titular del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dando respuesta a misiva de este ministerio, expresó en su comunicación de referencia MHCP-DM-E-0367-04-15 que referente a los pagos pendientes que el Ministerio de Transporte e Infraestructura tiene con la Secretaria de Integración Económica Centroamericana, correspondiente a cuotas anuales por membrecía del periodo 1997-2006, cuyo monto asciende a Doscientos treinta y ocho mil dólares (US$238,000.00), esta solicitud podría ser incorporada en una futura Reforma al Presupuesto General de la República, dependiendo de la disponibilidad de los recursos.

IV Que a través de comunicación DGP/FVCH/0390/01/06/2015, el Ing. Fabio Valle Chávez, en su calidad de Director General de Planificacion de esta institución, solicitó la elaboración de Acuerdo Ministerial con el objetivo de tramitar ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público la inclusión en la Deuda Pública, de la existencia de la deuda en concepto de pago correspondiente a las cuotas anuales no canceladas de los año 1997 al 2006 por la suma de Doscientos treinta y ocho mil dólares (US$ 238,000.00).

V Que es objetivo del Gobierno de la Republica de Nicaragua regular su proceso de endeudamiento y asegurar que sus necesidades financieras y obligaciones de pago, se satisfagan en el menor tiempo posible y asegurar la capacidad de pago del país.

POR TANTO

En concordancia a los considerandos supracitados, es necesario reconocer, como en efecto se hace, la existencia de la deuda en concepto de pago correspondiente a las cuotas anuales de los afios 1997 al 2006 por la suma de Doscientos treinta y ocho mil dólares (US$238,000.00) no pagadas oportunamente a la Secretaria de Integración Económica (SIECA).

ACUERDA

PRIMERO: Solicitar la incorporación al Servicio de la Deuda Pública Interna del año 2016, administrada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, obligación pendiente con la

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Secretaria de Integración Económica (SIECA), en concepto de pago correspondiente de las cuotas anuales por membrecía de los años 1997 al 2006 por la suma de Doscientos treinta y ocho mil dólares (US$238,000.00), según los montos que se desglosan en el CONSIDERANDO 11 del presente Acuerdo Ministerial, para que consecuentemente sea debidamente registrada y formalizada administrativamente.

SEGUNDO: Corresponde a la División General Administrativa Financiera y a la División General de Planificación de esta institución, continuar con los trámites ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

TERCERO: El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Cópiese y Notifíquese.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua a las diez y quince minutos de la mañana, del día viernes veintiséis de junio de dos mil quince. (f) Ing. Pablo Fernando Martínez Espinoza, Ministro.

INSTITUTO NICARAGÜENSE DE DEPORTES

Reg. 5918- M. 69037 - Valor C$ 190.00

RESOLUCION DE ADJUDICACION No. 064-2015

LICITACION SELECTIYA No. 017-2015

PROYECTO: "ADQUISICION DE DOS CAMIONES DE DOS TONELADAS PARA TRASLADO DE MATERIALES

IND"

El suscrito Director Ejecutivo del Instituto Nicaragüense de Deportes, Arq. Mar Ion Torres Aragón, en nombre y representación del Instituto Nicaragüense de Deportes (IND) como Director Ejecutivo del Instituto Nicaragüense de Deportes (IND), en uso de las facultades que le confiere la Ley 522, "Ley General de Deporte, mayor de edad, soltero, Arquitecto del domicilio de Managua, cédula de identidad número 401-141157-0009B, actuando Educación Física y Recreación Física, publicada en La Gaceta número 68, del 8 de Abril del 2005 y conforme Acuerdo Presidencial Número 01-2012, publicado en la Gaceta, Diario Oficial No. 23 publicado el 6 de Febrero del año 2012 y cumplimiento de las disposiciones contenida en la Ley 737 "Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público" y Reglamento a la Ley 737, (Decreto 75-2010), publicado en la Gaceta el 15 de Diciembre del año 2010.

CONSIDERANDO

Que en el procedimiento de Licitación Selectiva No. 017-2015 para el Proyecto:" Adquisición de dos camiones de dos toneladas para traslado de materiales IND", se invitaron púbHcamente a diversas empresas elegibles que quisieran presentar ofe'rta.

11

Que el día veintiocho de mayo del año dos mil quince se realizó la Recepción y Apertura de las ofertas de la presente Licitación, a la cual se presentaron los siguientes oferentes: VELOSA y TAIDOK MOTORS.

III

Que de acuerdo al Arto. 47 de la Ley No. 737, Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público, se remitió copia de Dictamen de Recomendación de Adjudicación a las empresas oferentes, recomendado por el Comité de Evaluación.

IV

Que el Comité de Evaluación, conforme a Dictamen de Recomendación de Adjudicación, emitió las recomendaciones para la adjudicación de la Licitación Selectiva No. 017-2015 para el Proyecto: "Adquisición de dos camiones de dos toneladas para traslado de materiales IND", informe que fue recibido por esta Autoridad con fecha veintitrés de junio del año dos mil quince; el que ha sido estudiado y analizado.

V

Que esta Autoridad está plenamente de acuerdo con dichas Recomendaciones, ya que considera la adjudicación de manera total, en base al Artículo 4 7 de la ley 73 7, Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público, al oferente TAIDOK MOTORS, por cumplir con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación, con respecto a los criterios de elegibilidad, tiempo de entrega y por presentar un precio que se encuentran dentro de lo presupuestado.

POR TANTO

Basándose en las consideraciones anteriores y a lo dispuesto en el Arto.48 de la Ley 73 7, Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público.

RESUELVE

PRIMERO: Adjudicar de acuerdo a las recomendaciones del Comité de Evaluación correspondiente a la Licitación Selectiva No. 017-2015 para el Proyecto: "Adquisición de dos camiones de dos toneladas para traslado de materiales IND", al oferente TAIDOK MOTORS, por la cantidad de C$ 825,000.00 (Ochocientos veinticinco mil córdobas netos).

SEGUNDO: Procédase a formalizar el Contrato correspondiente una vez presentada la Garantía de Cumplimiento respectiva.

TERCERO: Comuníquese la presente resolución a cuantos corresponda conocer de la misma y publíquese por una vez en el mismo medio empleado para el aviso de la Licitación.

Dado en la Ciudad de Managua, el día veinticuatro de junio del año dos mil quince.

(f) Arq. Marlon Alberto Torres Aragón, DIRECTOR EJECUTIVO IND.

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08-07-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 127

INSTITUTO DE PROTECCIÓN Y SANIDAD AGROPECUARIA

Reg. 5848 - M. 67989 - Valor C$ 2, 375.00

CERTIFICACIÓN

La infrascrita Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad, CERTIFICA que en el Libro de Actas que lleva dicha Comisión, en los folios que van de la ciento cuarenta (I40) a la ciento cuarenta y cinco (145), se encuentra el Acta No. 001-2015 "Primera Reunión Ordinaria de la Comisión de Normalización Técnica y Calidad (CNNC)", la que en sus partes conducentes, expone: En la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a las nueve de la mañana del miércoles dieciocho de marzo del año dos mil quince, reunidos en la Sala de Conferencias del Despacho del Ministro de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC), por notificación de convocatoria enviada previamente a los Miembros de la Comisión por el Ministro del MIFIC el cinco de marzo del año dos mil quince, de conformidad a lo establecido en el Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad (CNNC), están presentes los Miembros titulares y delegados de la CNNC: Orlando Solórzano Delgadillo, Ministro de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC) y Presidente de la CNNC; Benjamín Dixon, en representación del Ministro Agropecuario (MAG); Yelba López, en representación de la Ministra del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA); Osear Escobar, en representación del Ministro de Transporte e Infraestructura (MTI); Ricardo Orozco, en representación de la Ministra de Salud (MINSA); Manuel Álvarez en representación de la Ministra del Trabajo (MITRAB); Onasis Delgado en representación del Presidente del Instituto Nicaragüense de Energía (INE); Sheyla Gadea en representación del Presidente Ejecutivo del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR); Francisco Javier Vargas, en representación de las Organizaciones Privadas del Sector Agropecuario; Eduardo Fonseca Fábregas, en representación de las Organizaciones Privadas del Sector Comercial; Zacarías Mondragón, en representación de las Organizaciones Privadas del Sector Industrial; María del Carmen Fonseca, en representación de las Organizaciones Privadas del Sector Científico -Técnico. Asimismo, participan en esta Sesión, Noemí Solano Lacayo, en su carácter de Secretaría Ejecutiva de la CNNC y los siguientes invitados especiales: Manuel Gutiérrez, Hugo Ordoñez y Jorge Rodríguez del Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria (IPSA); Rubén Machado del Ministerio Agropecuario; Erwin Ramírez, Guillermo Marín, Karla Brenes, Salvador Guerrero, Si/fida Miranda y Denis Saavedra, del Ministerio de Fomento, Industria y Comercio. El compañero Orlando Solórzano Delgadillo, en calidad de Presidente de la CNNC procede a dar las palabras de bienvenida(. . .) IV. Presentación y aprobación de Normas Nicaragüense. Se presentan para aprobación de la CNNC un total de 23 normas técnicas nicaragüenses, catorce (14) son voluntarias incluyendo la guía para la redacción y presentación de normas y nueve (9) obligatorias, las que fueron aprobadas por unanimidad. Normas Obligatorias aprobadas: (2) NTON 11 043 - /3 Producción sostenible. Palma de aceite. Disposiciones y requisitos. (. .. ). No habiendo otro asuntos que tratar se levanta la sesión y después de leída la presente acta, se aprueba, ratifica y firman el día dieciocho de marzo del dos mil quince. (j) Orlando Solórzano (Legible) - Ministro MIF!C, Presidente de la CNNC (j) Noemí Solano Lacayo (Legible), Secretaria Ejecutiva CNNC ". A solicitud del Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria (IPSA), en una hoja de papel común tamaño carta, se extiende esta

CERTIFICACIÓN, la cual es conforme con el documento original con el que fue cotejada, para su debida publicación en La Gaceta, Diario Oficial de la República, y la firmo, sello y rubrico en la ciudad de Managua a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil quince. (f) NoEMí SOLANO LACAYO, Secretaría Ejecutiva. Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad.

NORMA TÉCNICA OBLIGATORIA NICARAGÜENSE. PRODUCCION SOSTENIBLE. PALMA DE ACEITE. DISPOSICIONES Y REQUISITOS

NTON 11 043 - 13

NORMA TECNICA OBLIGATORIA NICARAGÜENSE

La Norma Técnica Nicaragüense denominada NTON 11 043 -13 NORMA TECNICA OBLIGATORIA NICARAGUE3NSE. PRODUCCION SOSTENIBLE. PALMA DE ACEITE. DISPOSICIONES Y REQUISITOS. Ha sido preparada por el Comité Técnico de Agricultura y en su elaboración participaron las siguientes personas:

Benjamín Dixon Jader Guzmán Neira Moises López Ramón Noguera Jorge Rodríguez Roberto Araquistain Carlos Mejía Urbina Aníbal González Carlos Mejía Jellin Pavón Tijerino Javier Chamorro Javier Hidalgo Karina Mejía Manuel Madriz Steve Rayes Dinis Morales Karl Tinkam Juan José Montoya Osear José Gómez Jorge Salazar Mauricio Zúniga Jeiner Arguedas Montero Ervin Palacio Pedro Lacayo Manuel Serrano

Alvaro Guerra César García Domínguez

Jorge Bosh Fannys Morales Jaime Terán Reyes Mauricio Carcache Vega Francisco Huxdin Díaz

Yasica Sequeira Róger Román Cuadra Róger Ampié Gutiérrez Karla Brenes Sirias

MAG MAG IPSA IPSA IPSA MARENA MARENA MARENA MARENA INTA Pro Nicaragua Pro Nicaragua Pro Nicaragua Pro Nicaragua Gobierno Regional RACCS Gobierno Regional RACCS Consejo Regional RACCS BICU UNA PALCASA PAL CASA Cukra Development Corp. Cukra Development.Corp AGROSA Industrial Aceitera de la RACCS Wapí Industrial Productor Independiente Kukra Hill NICAVISTA NICAVISTA AGRODESARROLLO S.A IICA Productor Independiente del Castillo Empresa Sn José S.A MRL S.A MRL. S.A MIFIC

Esta norma fue aprobada por el Comité Técnico, luego de realizada la revisión de los comentarios surgidos en el proceso de Consulta Pública, en su última sesión de trabajo el día 21 de agosto del 2014.

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l. OBJETO

Establecer disposiciones y directrices técnicas para la siembra, manejo, aprovechamiento y/o experimentación del cultivo de Palma de aceite bajo un sistema de producción sostenible. (Elaeis spp).

2. CAMPO DE APLICACIÓN

Es aplicable a toda persona Natural o Jurídica, Pública o Privada, que se dedique a la siembra, manejo, aprovechamiento y/o experimentación del cultivo de Palma de aceite-f..Elaeis spp).

3. DEFINICIONES

3.1 Agentes de control biológico. Parasitoides, depredadores o agentes patogénicos empleados para el manejo de poblaciones de plagas y enfermedades en el cultivo de la Palma de aceite.

3.2 Agricultura Convencional. Proceso productivo en la agricultura que se caracteriza por un alto uso de insumos químicos y recursos externos y está fundamentada en la adición de insumos externos para el potenciamiento de la producción en un mayor volumen por unidad de áreas sin evaluar costos e impacto ambiental.

3.3Agroquímico. Es todo aquel producto químico de origen industrial que se usa como insumo en la producción agrícola, como son los fertilizantes y plaguicidas.

3.4 Agua Limpia. Agua proveniente de una fuente mejorada sin turbidez; pozos perforados, pozos excavados protegidos, manantial protegido, rio o cosecha de agua de lluvia que puede ser utilizado para consumo humano doméstico y para los animales en la zona rural.

3.5 Agua Residual. Agua que resulta después de haber sido utilizada en el domicilio, actividades agrícolas, ganaderas o agro industriales. Son aguas contaminadas con residuos orgánicos e inorgánicos que deben ser depuradas o tratadas antes de ser devueltas al Sistema o a la Naturaleza.

3.6 Agua Saludable. Agua apta para el consumo humano la cual a sido tratada para hacerla potable.

3.7 Autoridad Competente. Ministerio Agropecuario (MAG) y el Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria (IPSA).

3 .8 Biodegradable. Todo material que tiene la cualidad de ser descompuesto por la actividad biológica, natural o inducida en componentes bioquímicos o químicos más simples.

3.9 Biodiversidad. Es la amplia variedad de seres vivos sobre la tierra y los patrones naturales que lo conforman, variabilidad de Ecosistemas, especies y genes.

3.lOBuenasPrácticasAgrícolas(BPA).Aplicación de un conjunto de prácticas de sanidad que tienen como finalidad reducir a niveles aceptables los riesgos físicos, microbiológicos y químicos en la explotación del cultivo, cosecha y transporte de especies vegetales.

3.11 Certificación. Emisión de una declaración basada en una 'decisión tomada por la Autoridad Competente u organismos de certificación nacionales e internacionales acreditados después de verificar que los procesos y/o productos cumplen con los requisitos técnicos

consignados en las normas correspondientes. Esta certificación oficialmente reconocida, provea seguridad de que los productos y los sistemas de control se ajustan a los requisitos establecidos en regulaciones y normas de producción agroecológica.

3.12 Certificado. Documento otorgado por el Organismo/Agencia/ Empresa de Certificación que da fe de que el proceso y/o producto que ampara ha cumplido en todas sus etapas con los requisitos de las regulaciones de la producción agroecológica.

3.13 Certificado Fitosanitario. Uso de procedimientos fitosanitarios conducentes a la expedición de un Certificado Fitosanitario.

3 .14 Cosecha. Recolección manual o mecánica de los vegetales en campo.

3.15 Control Biológico. Es el uso de depredadores, parasitoides y entomopatógeno, (virus, bacterias y hongos), para mantener la densidad de la plagas a un nivel más bajo del que ocurriera en su ausencia.

3.16 Control Cultural. Es cuando se cambia el ambiente de manejo de cultivo para que sea menos favorable a la reproducción y sobre vivencia de la plaga.

3.17 Control Químico. Es el uso de moléculas sintéticas para el control de plagas.

3.18 Control Botánico. Uso de extractos de plantas

3.19 Depredador. Organismo que captura, mata y se alimenta de otras especies.

3.20 Documento de Competencia. Documento que haga constar que la persona ha sido capacitada para el manejo de un recurso específico y ha obtenido la competencia para ejecutar esa labor.

3.21 Equidad de Género. Distribución equitativa y justa de los derechos, las responsabilidades y los beneficios derivados del acceso y utilización de los bienes obtenidos en los procesos de producción.

3.22 Equidad Generacional. Implica desarrollar capacidades en las y los jóvenes, asignando responsabilidades con base a capacidades y distribuir los beneficios del proceso para favorecer su desarrollo.

3.23 Equipos. Instrumentos necesarios e indispensables para poder ejercer funciones de control de plagas y para la extracción de aceite del fruto.

3.24 Hospedero. Planta en la cual una plaga se alimenta y se reproduce.

3 .25 Insumo. Todo aquel material que es usado en el proceso de producción de vegetales y su trasformación posterior.

3.26 Insumo agrícola. Comprende fertilizantes, plaguicidas, sustancias afines para uso agrícola y semillas.

3.27 Parasitoide. Insecto especializado que usualmente requiere de un solo huésped para completar su ciclo de vida.

3.28 Patógeno. Es un microorganismo capaz de causar una enfermedad o daño a la planta.

3 .29 Peligro. Cualquier propiedad ya sea biológica, química o fisica, que pueda causar un.efecto adverso a la salud del consumidor.

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3.30 Plaga. Cualquier especie, raza o biotipo vegetal o animal o agente patógeno dañino para las plantas o productos vegetales [FAO 1 990; revisado FAO, 1 995; CIPF, 1997]

3.31 Plaguicida. Son todas las sustancias o mezcla de sustancias, destinadas a prevenir, controlar y eliminar cualquier organismo nocivo a la salud humana, animal o vegetal, o de producir alteraciones y/o modificaciones biológicas a las plantas cultivadas, animales domésticos, plantaciones forestales y los componentes del ambiente, Ley 291, Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal.

3.32 Plan de Manejo Agrícola. Instrumento que proporciona la información técnica sobre el manejo del cultivo, conforme la capacidad de carga de los ecosistemas.

3.33 Producción. Todas las operaciones realizadas en la unidad productiva para la obtención, envasado y etiquetado de productos agropecuarios y forestales.

3.34 Producción Intensiva o Convencional. Se caracteriza por el monocultivo haciendo uso intensivo de mecanización y aplicación de agro químicos.

3.35 Producto Químico Autorizado. Son todos aquellos productos químicos, para el cual existe una autorización oficial para el uso en la producción de vegetales

3.36 Productos regulados o controlados. Productos o insumos sujetos a regulación para uso en el cultivo.

3.37 Regencia. Para efectos de esta norma es la actividad de asistencia técnica, control y asesoramiento ejercido por un profesional autorizado por el IPSA, en coordinación con el productor para dar cumplimiento a las disposiciones de la presente norma.

3.38 Regente Agrícola de Palma de Aceite. Profesional o técnico de las ciencias agrícolas titulado y autorizado por el IPSA, que ejerza las funciones establecidas en la presente norma, además en lo dispuesto en la legislación nacional vigente.

3.39 Registro de campo. Es un documento que ofrece evidencia objetiva de las actividades realizadas o resultados logrados.

3.40 Residuos Tóxicos. Son remanentes de productos qmmtcos o biológicos que pueden ocasionar daños a la salud humana si se ingieren en los productos y subproductos de origen vegetal, donde fueron aplicados para el control de manufactura hasta su consumo final.

3.41 Sistema de Producción. Es un sistema que integra los factores de producción para la obtención de bienes o servicios agropecuarios o forestales. Para efectos de esta norma los procesos deben ser estructurados para la protección, conservación, aprovechamiento y recuperación de los recursos naturales y el ambiente.

3.42 Sistemas Sucesionales. Sistema agroforestal con énfasis en la regeneración natural del bosque y el asocio con cultivos anuales y perennes.

3.43 Sistema. Conjunto de acciones y procedimientos necesarios para mantener bajo condiciones controladas los equipos, maquinarias, personas, etc; en relación al cumplimiento de una norma establecida.

3.44 Suelo Frágil. Son aquellos cuya capa fértil es menor a los 20 cm y pierde la cobertura vegetal rápidamente.

3.45 Unidad de Producción. Área donde se desarrolla el cultivo de especies vegetales o animales para la obtención de bienes determinados.

4. DISPOSICIONES GENERALES

4.1 Toda persona Natural o Jurídica, Pública o Privada, que se dedique a la siembra, manejo, aprovechamiento y/o experimentación del cultivo de Palma de aceite (Elaeis spp) debe cumplir con los requisitos y directrices que establece esta norma y otras disposiciones que laAutoridad Competente considere.

4.2 Toda persona Natural o Jurídica, Pública o Privada que se dedique a la siembra, manejo, aprovechamiento y/o experimentación del cultivo de Palma de aceite debe registrarse como Productor en la delegación del MAG correspondiente.

4.3 La Autoridad Competente proporcionará al interesado un formulario de inscripción para su registro en la delegación del MAG correspondiente.

4.4Los Productores de Palma de aceite registrados, deben presentar un Plan de Manejo Agrícola (PMA) para la siembra, manejo, aprovechamiento y/o experimentación del cultivo de Palma de aceite; debe incluir las áreas con plantaciones existentes, nuevas áreas de plantaciones, ampliación de áreas de siembra y/o parcelas experimentales.

4.5 Una vez completado y presentado, la autoridad competente procederá a un proceso de su evaluación. Se emitirá una aprobación o denegación con los comentarios u observaciones correspondientes para su corrección. La autoridad competente tendrá un plazo de treinta días hábiles para su pronunciamiento.

4.6 Las y los productores con su Plan de Manejo Agrícola aprobado, en el mes de enero de cada año, debe actualizar su registro de áreas existentes del cultivo de Palma de aceite ante el MAG.

4. 7 En las Unidades de Producción y parcelas experimentales se debe de implementar el fomento a la producción sostenible cumpliendo con las leyes y normas técnicas vigentes para tal fin. 4.8 Los Productores de Palma de Aceite deben cumplir con las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) en el cultivo de Palma de aceite (Elais spp).

4.9 La Autoridad Competente establece que no se otorgaran la aprobación de Planes de Manejo Agrícola mayores a 5,000 ha, estas podrán ser por Unidad de producción.

4.1 O Las personas Naturales o Jurídicas a las que se les haya otorgado la aprobación de Plan de Manejo Agrícola y no haya cumplido al menos el 70 por ciento de los criterios e indicadores establecidos, no se le otorgará la aprobación de un nuevo Plan de manejo Agrícola.

4.11 Los Productores deben contar con un Regente debidamente autorizado por la Autoridad Competente para el establecimiento, manejo, aprovechamiento y/o experimentación del cultivo de Palma de aceite.

4.12 Los regentes son el informante principal, ante la Autoridad Competente de la implementación y avance del Plan de Manejo Agrícola.

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4.13 Los Productores y Regentes de Palma de aceite están obligados a notificar ante la Autoridad Competente la presencia y peligrosidad de plagas y/o enfermedades en sus plantaciones. Estos deben implementar todas las medidas y prácticas para combatirlas.

4.14 Los propietarios que otorguen bajo cualquier modalidad de cesión de derecho y sub siguientes sus tierras para el establecimiento, manejo y aprovechamiento de Palma de aceite son solidariamente responsables con los productores en el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente norma.

4.15 Para el establecimiento, manejo y aprovechamiento del cultivo de Palma de aceite se deben cumplir con lo establecido en las leyes y normativas correspondientes, enfatizando sobre:

4.15. l Zonas o áreas protegidas y reservas declaradas por Ley.

4.15.2 Áreas perimetrales a las orillas de ríos, lagos, lagunas u otras fuentes de agua.

4.15.3 Áreas con pendientes mayores al 35%.

4.15.4 Perímetros delimitados para zonas pobladas.

4.15.5 El régimen de fronteras.

4.15.6 Pueblos indígenas, comunidades étnicas y afrodescendientes

4.16 Los Productores y Regentes deben mantener actualizados los registros de los Planes de Manejo Agrícola con BPA los que deberá resguardar por un periodo de tres años. Para las parcelas de experimentación los llevará hasta su validación.

4.17 Cuando la siembra de Palma de aceite se establezca en las Regiones Autónomas del Atlántico Norte o Sur, se debe contar con la aprobación de los Consejos Regionales respectivamente.

5. REQUISITOS GENERALES PARA EL REGISTRO DE LAS PLANTACIONES

5.1 Registro de Palma de aceite existentes y/o nuevas.

5.1. l Copia del Permiso Ambiental, emitido por el MARENA o la instancia pertinente. Cuando la Ley y disposiciones administrativas lo requieran

5.1.2 Presentar copia del aval de la Alcaldía municipal o Alcaldías municipales, donde se ubican las plantaciones.

5.1.3 En el caso de áreas ubicadas en las Regiones Autónomas del Atlántico Norte o Sur, presentar autorización del Consejo Regional respectivamente.

5.1.4 Declaratoria objeto de la solicitud, para fines productivos y/o de investigación.

5.1.5 Copia de la cedula de identidad ciudadana o cédula de residencia vigente de la persona propietaria de la plantación.

5.1.6 Las personas Jurídicas deben de presentar los siguientes:

5.1.6.1 Copia de la certificación de inscripción de la sociedad mercantil ante el Registro Público Mercantil de su domicilio.

5.1.6.2 Copia certificada notarialmente del poder General de representación.

5.1.6.3 Copia de cedula de identidad ciudadana o cédula de residencia vigente del representante legal.

5.1.6.4 Copia del documento que demuestre el tipo de tenencia de la tierra

5.1.6.5 Mapa de la ubicación de la plantación a inscribir, con coordenadas de geo referenciación bajo el Sistema UTM. Si las áreas se encuentran fragmentadas deben describirse y geo referenciarse bajo el Sistema UTM.

5.1.6.6 Presentar postulante como regente encargado de la ejecución del Plan de Manejo Agrícola.

5.1.6. 7 En el caso de las plantaciones nuevas, se debe de presentar el permiso de cambio de uso de suelo, emitido por la Autoridad Competente.

5.2 Ampliación de áreas.

5.2.1 Número de inscripción y registro del Plan de Manejo Agrícola.

5.2.2 Se debe de presentar el permiso de cambio de uso de suelo, emitido por la Autoridad Competente.

5.2.3 Presentar copia del aval de la Alcaldía municipal o alcaldías municipales donde se ubicaran las nuevas áreas de plantación.

5.2.4 En el caso de áreas ubicadas en las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur, presentar autorización del Consejo Regional respectivamente.

5.2.5 Copia del documento que demuestre el régimen de tenencia de la tierra.

5.2.6 Mapa de la ubicación de la plantación a inscribir, con coordenadas de georreferenciación bajo el Sistema UTM. Si las áreas se encuentran fragmentadas deben describirse y geo referenciarse bajo el Sistema UTM.

5.3 Áreas experimentales.

5.3. l Número de inscripción y registro del Plan de Manejo Agrícola.

5.3.2 Se debe de presentar el permiso de cambio de uso de suelo, emitido por la Autoridad Competente.

5.3.3 Copia del título que demuestre el régimen de tenencia de la tierra.

5.3.4 Mapa de la ubicación de la plantación a inscribir, con coordenadas de geo referenciación bajo el Sistema UTM. Si las áreas se encuentran fragmentadas deben describirse y geo referenciarse bajo el Sistema UTM.

5.3.5 Cumplir con los requisitos establecidos por la Ley No 280, Ley de Producción y Comercio de Semillas.

6. REQUISITOS PARA MATERIAL DE PROPAGACION

6.1 Para la producción, experimentación, expansión y renovación del cultivo de la Palma se debe contar con material genético de alto potencial de rendimiento, adaptado a las zonas de vida, resistente y tolerante a plagas y enfermedades

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6.2 Cuando se importe material propagativo se debe de cumplir con la norma Importación de Productos y Subproductos de Origen Vegetal y Organismos Vivos de uso Agrícola", en su versión vigente.

6.3 El material propagativo debe ser autorizado y certificado por el departamento de semillas del IPSA, para tal fin este departamento establecerá los requisitos necesarios en cumplimiento con lo establecido por la Ley 280, Ley de Producción y Comercio de Semillas.

6.4 Para prevención de la propagación de enfermedades a fin de mantener el estatus fitosanitario del material a importar, este debe cumplir con los requisitos cuarentenarios y medidas fitosanitarias establecidos en Ley 291, Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal.

7. BUENAS PRACITCAS AGRICOLAS (BPA) PARA EL CULTIVO DE PALMA DE ACEITE

7.I Historial y Manejo de la Plantación de Palma.

7. l. l Se debe establecer e identificar en un mapa o plano de la explotación, un sistema de referencia para cada parcela, sector u otro lugar/emplazamiento utilizado en la plantación.

7. l.2 Debe haber un sistema de registro establecido para cada unidad de producción con el fin de proporcionar un registro de la producción y/o de actividades agronómicas llevadas a cabo en dichos lugares.

7.1.3 Se debe disponer de una evaluación de riesgos inicial que cubra todos los emplazamientos agropecuarios inscritos. La evaluación de riesgos muestra que los emplazamientos registrados son aptos para la producción en lo referente a la inocuidad alimentaria, el medio ambiente y la sanidad animal, si corresponde. Se actualizará conforme se actualice el registro anual de áreas de producción.

7.2 Mantenimiento de Registros.

7 .2.1 Las y los productores debe llevar a cabo al menos una vez al año, una auto-evaluación interna o una inspección interna para asegurarse el cumplimiento con esta norma.

7.2.2 Como producto de esta auto-evaluación interna o una inspección interna, se deben tomar medidas para corregir los incumplimientos detectados u oportunidades de mejora.

7.2.3 Los registros deben estar disponibles durante la inspección externa de la Autoridad Competente, y deben conservarse durante un periodo mínimo de tres años, excepto cuando se requiera un plazo mayor en puntos de control específicos.

7 .3 Salud. Seguridad y Bienestar del Trabajador.

7.3.l Las y los productores deben contar con una evaluación de riesgos por escrito que cubra los riesgos a la salud y seguridad de sus trabajadores y la higiene de la cosecha.

7 .3.2 La plantación debe contar con procedimientos operativos escritos de salud, seguridad e higiene, que aborden los temas identificados en la evaluación de riesgos descrita en el inciso 7.3. l.

7.3.3 Todas y todos los trabajadores deben recibir formación periódica en salud, seguridad e higiene.

7 .3.4 Se deben aplicar sistemáticamente los procedimientos de higiene y seguridad ocupacional dentro de la plantación. 7 .3.5 Se deben mantener registros de las actividades de formación y de los participantes.

7.3.6 El personal que manipula y/o administra medicamentos veterinarios, productos agroquímicos u otras sustancias peligrosas debe contar con los documentos de competencia y/o constancia que lo habilite para realizar la labor de forma segura.

7 .3. 7 Deben existir procedimientos en caso de accidentes y emergencia y deben estar expuestos en un lugar visible y comunicados a todas las personas relacionadas con las actividades de la plantación.

7 .3.8 Todos los riesgos y peligros deben estar claramente identificados con señales de advertencia.

7 .3.9 Se debe contar con recomendaciones de seguridad sobre sustancias peligrosas de tal forma que estén disponibles para el trabajador

7.3.10 Deben haber botiquines de primeros auxilios accesibles a los lugares donde se realizan las labores.

7 .3.11 Debe haber en la plantación un número apropiado de personas (al menos una) con formación en primeros auxilios.

7.3.12 Las y los trabajadores, las visitas y los contratistas deben estar equipados con ropa de protección adecuada en conformidad con las normas legales y/o las instrucciones indicadas en la etiqueta y/o de acuerdo a lo establecido por la Autoridad Competente.

7.3.13 La ropa de protección de aplicación de agroquímicos se debe limpiar después de su uso y se debe guardar de manera que se previene la contaminación de la vestimenta particular.

7 .3.14 Se deben realizar regularmente reuniones de comunicación entre la administración de la finca y los empleados. Hay registros de dichas reuniones.

7 .3 .15 Las y los trabajadores deben tener acceso a una zona limpia donde guardar sus alimentos, a un lugar designado de descanso, y a instalaciones de lavado de manos y agua potable.

7.3.16 En caso de haber viviendas para trabajadores dentro de la finca, estas deben ser habitables, con instalaciones y servicios básicos.

7.4 Contratistas.

7.4. l Cuando las y los productores recurra a contratistas, debe entregar al productor contratante toda la información de ellos que sea relevante para demostrar el cumplimiento de estos requisitos de higiene, salud y seguridad.

7.4.2 El personal subcontratado y las visitas debe estar informado sobre los procedimientos de seguridad e higiene personal antes de ingresar a la plantación y/o instalaciones de la finca.

7 .5 Gestión de Residuos y Agentes Contaminantes. Reciclaje y Reutilización.

7.5.l Se debe identificar los posibles residuos y fuentes de contaminación en todas las áreas de la plantación

7 .5.2 Debe existir un plan documentado de gestión y disposición

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adecuada de estos residuos en la plantación, con el fin de evitar y/o reducir los residuos y contaminantes; esto conforme la legislación vigente.

7 .5.3 Siempre que no haya un riesgo de propagación de enfermedades, pueden convertirse los residuos orgánicos en compost para mejorar el suelo.

7.5.4 Se deben gestionar los residuos conforme a la NTON Norma Técnica para el manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos no peligrosos y la NTON Norma Técnica para el manejo y eliminación de los residuos sólidos peligrosos.

7.6 Medio Ambiente y Conservación.

7 .6.1 Cada productor debe contar con un Plan de Gestión Ambiental que reconozca el impacto de sus actividades en el medio ambiente, el cual debe ser aprobado por MARENA o Gobiernos Regionales conforme la legislación vigente y las categorías de proyectos definidas por la misma Ley.

7 .6.2 El Permiso o Resolución Ambiental de los desarrollos de Palma que se lleven a cabo en las Regiones Autónomas de la Costa Caribe será administrado por el Gobierno Regional respectivo; conforme al articulo 27 de la Ley General del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales.

7 .6.3 Las y los productores deben implementar una Política General Ambiental con una producción agrícola comercialmente sostenible.

7.6.4 Se deben implementar planes para transformar las áreas de Altos Valores de Conservación (por ejemplo, humedales, bosques o franjas de suelos empobrecidos) en áreas de conservación para el desarrollo de la flora y fauna natural.

7 .6.5 Se debe gestionar el recurso forestal conforme a la Ley No 462, Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal, así mismo las Áreas Forestales de Protección Municipal definidas en dicha Ley.

7. 7 Material de Reproducción Vegetal.

7. 7. l El material propagativo debe ser autorizado y certificado por el departamento de semillas del IPSA, para tal fin este departamento establecerá los requisitos necesarios en cumplimiento con lo establecido por la Ley 280, Ley de Producción y Comercio de Semillas.

7. 7 .2 Se debe contar con garantías de calidad o certificados de producción para el material de propagación vegetal comprado.

7. 7 .3 Si el semillero o vivero es del propio productor o productora, debe haber sistemas operativos para el control de la sanidad vegetal de la planta.

7. 7.4 Se debe registrar el tratamiento químico de todo material de reproducción vegetal comprado.

7. 7 .5 Deben registrarse los tratamientos químicos realizados en los viveros/ semilleros propios durante el período de propagación de la planta.

7.8 Gestión del Suelo.

7.8.l Se debe gestionar el recurso suelo conforme a la Norma Técnica Nicaragüense de Uso y Manejo de Suelos.

7.8.2 Se deben utilizar técnicas para mejorar o mantener la estructura del suelo y evitar su compactación.

7 .8.3 Se deben adoptar técnicas de cultivo que reduzcan la posibilidad de erosión del suelo, en pendientes mayores a 35%.

7.8.4 Evitar el uso del fuego, y si se utiliza para eliminación de desechos o para preparar la tierra para siembra/resiembra, se debe utilizar únicamente cuando se cuente con un permiso de la Autoridad Competente y con una evaluación que demuestre que es la opción más efectiva y ecológicamente menos nociva.

7.9 Fertilización.

7.9. l Las aplicaciones de fertilizantes se deben realizar según las necesidades específicas del cultivo y del suelo.

7.9.2 Las recomendaciones para la aplicación de fertilizantes las deben dar personas competentes y calificadas.

7 .9.3 Los registros de todas las aplicaciones de fertilizantes del suelo y foliares deben incluir los siguientes criterios:

7.9.3. l Referencia del lote, parcela o invernadero

7 .9.3.2 Fechas de aplicación

7.9.3.3 Tipos de fertilizantes aplicados

7.9.3.4 Cantidades aplicadas

7.9.3.5 Método de aplicación

7.9.3.6 Información del operador

7 .9.4 Los fertilizantes se almacenan:

7.9.4.1 Separados de otros productos agroquímicos

7.9.4.2 En un lugar cubierto

7.9.4.3 En un lugar limpia

7 .9.4.4 En un lugar seco

7 .9.4.5 En un lugar ventilado

7 .9.4.6 De manera apropiada para reducir el riesgo de contaminación aloscaucesdeagua

7.9.4. 7 Separados de la fruta cosechada

7.9.5 Se debe contar con un inventario o registro actualizado de los fertilizantes

7 .9.6 Los fertilizantes comprados deben venir acompañados de un documento que indique su contenido de nutrientes.

7. l O Gestión Integrada de Plagas.

7. l 0.1 Las y los productores deben adoptar prácticas de producción que puedan reducir la incidencia e intensidad de los ataques de plagas, reduciendo por lo tanto la necesidad de intervención.

7 .10.2 En aquellas situaciones en las que el ataque de plagas afecte negativamente al valor económico del cultivo, las y los productores deben llevar a cabo una intervención con métodos

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selectivos de control de plagas. En lo posible, se debe considerar métodos de intervención no químicos.

7 .10.3 Se deben seguir las recomendaciones anti-resistencia contenidas en la etiqueta u otras recomendaciones, para asegurar la efectividad de los productos agroquímicos disponibles.

7 .11 Productos Agroc;¡uímicos.

7 .11.1 Las y los productores deben mantener una lista actualizada de todos los productos agroquímicos utilizados en su plantación, los cuales deben ser registrados y autorizados para su uso en Nicaragua, según lo disponga la Autoridad Competente, a través de su Departamento de Agroquímicos.

7 .11.2 Se deben utilizar productos agroquímicos apropiados para la plaga o enfermedad objetivo, de acuerdo con lo recomendado en la etiqueta del producto.

7 .11.3 Se deben conservar las facturas de los productos agroquímicos registrados durante tres años.

7 .11.4 El uso y manejo de los productos agroquímicos en las fincas, los deben recomendar personas competentes.

7 .11.5 Se debe llevar registro de todas las aplicaciones de productos agroquímicos y deben incluir los siguientes criterios:

7 .11.5.1 Nombre del cultivo o variedad

7 .11.5.2 Finca, lote, Unidad de Manejo donde se realizó la aplicación

7.11.5.3 Fecha de la aplicación

7 .11.5.4 Nombre comercial del producto y materia activa

7 .11.5.5 Nombre de operarios que participaron en la aplicación

7 .11.5.6 Indicación del nombre de la(s) plaga(s), enfermedad( es) y/o mala(s) hierba(s) tratadas

7.11.5. 7 Nombre del profesional y/o técnico que autoriza realizar la aplicación

7.11.5.8 La cantidad de producto aplicado

7.11.5.9 Identificación de la maquinaria o equipo empleada para la aplicación

7.11.5.1 O Definición de los plazos de seguridad

7 .11.6 Se deben respetar los plazos de seguridad antes de la cosecha conforme a las indicaciones del fabricante.

7 .11. 7 Se debe gestionar el residuo sobrante del tratamiento o los residuos de lavado de los equipos de aplicación, de manera que no se comprometa la inocuidad alimentaria y el medio ambiente.

7 .11.8 Se deben almacenar los productos agroquímicos según la legislación vigente

7.11.9 Se debe rotular la bodega y los insumos dentro de ella.

7 .11.1 O Deben estar disponibles en las bodegas las Hojas de Seguridad (MSDS) de los productos agroquímicos

7 .11.11 Se deben almacenar los productos agroquímicos en un lugar:

7 .11.11.1 De estructura sólida

7 .1 l.11.2 Seguro

7 .11.11.3 Adecuado a las condiciones de temperatura

7 .11.11.4 Resistente al fuego

7 .11.11.5 Bien ventilado

7.11.11.6 Bien iluminado

7 .11.11. 7 Separado de otros enseres no relacionados.

7 .11.11. 8 Las estanterías del almacén no deben ser hechas de madera u otro material absorbente

7 .11.11. 9 Acondicionado para retener vertidos

7 .11.12 Deben existir los medios para medir y mezclar correctamente los productos agroquímicos

7 .11.13 Deben haber medios adecuados para tratar el derrame de un producto

7.11.14 Sólo las o los trabajadores con formación en el manejo de productos agroquímicos tienen las llaves y acceso al almacén

7 .11.15 Se deben almacenar todos los agroquímicos en sus envases originales

7 .11.16 Se deben almacenar separados de los productos agroquímicos usados para otros fines

7 .11.17 No se deben almacenar los líquidos en estantes por encima de los polvos

7 .11.18 Se debe disponer de un inventario actualizado de los productos agroquímicos o de un registro de su utilización

7 .11.19 Todas las y los trabajadores que están en contacto con los productos agroquímicos, deben recibir revisiones médicas periódicas conforme la legislación vigente

7 .11.20 Deben existir procedimientos en la plantación para cumplir y hacer cumplir con los plazos de seguridad

7 .11.21 Los procedimientos para casos de accidentes deben estar ubicadas en las inmediaciones del almacén de productos agroquímicos u otras sustancias químicas

7.11.22 Deben existir equipos y utensilios de emergencia para el tratamiento de una contaminación accidental de las o los operarios

7.11.23 Al mezclar los productos agroquímicos se deben seguir los procedimientos indicados en las instrucciones de la etiqueta

7 .11.24 Se deben gestionar los envases vacíos de productos agroquímicos de manera que se evite su exposición perjudicial a las personas y al medio ambiente; conforme a Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo, respecto al Uso, Manipulación y Aplicación de los Plaguicidas y Otras Sustancias Agroquímicas.

7 .11.25 Para evitar reutilizar envases vacíos de productos

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agroquímicos, estos deben ser perforados inmediatamente, excepto para contener y transportar el mismo producto.

7 .11.26 Usar el mecanismo de triple lavado para la adecuada disposición de los envases vacíos de agroquímicos generados, conforme a la Resolución Ministerial del MARENA No. 002 -2008 en el cual se refiere a las medidas para el control del triple lavado de envases plásticos vacios de plaguicidas.

7 .11.27 Se devuelve el agua de enjuagado de los envases de agroquímicos al tanque de aplicación.

7.11.28 Se deben mantener todos los recipientes vacíos en forma segura hasta que sea posible la eliminación.

7 .11.29 Los productos agroquímicos caducados se deben conservar en lugar seguro y se deben identificar y eliminar a través de los canales autorizados o aprobados por la Autoridad Competente.

7 .12 Equipos.

7.12.1 Todo el equipamiento sensible en cuanto a la inocuidad alimentaria y el medio ambiente (tal como el aplicador de fertilizante, el pulverizador de productos agroquímicos, las balanzas y los controladores de presión) deben mantenerse en óptimas condiciones de funcionamiento y calibración. La frecuencia estará determinada por las recomendaciones técnicas del fabricante y el uso que el equipo reciba.

7.12.2 Certificación en Buenas Prácticas Agrícolas. Las personas naturales o jurídicas que deseen certificarse en Buenas Prácticas Agrícolas con laAutoridad competente deben cumplir los requisitos establecidos en la norma correspondiente y otras disposiciones que la Autoridad Competente estime.

8. REGENTES DE LAS PLANTACIONES DEL CULTIVO DE PALMA DE ACEITE

8.1 Aspectos Generales.

8.1.1 El regente debe estar debidamente inscrito ante el Ministerio Agropecuario y Forestal y debe cumplir y aplicar la legislación y normativas vigentes.

8.1.2 El propietario de la plantación debe facilitar las condiciones básicas para que el regente cumpla con todas y cada unas de las funciones.

8.1.3 El regente debe brindar asesoría técnica para el buen uso y manejo de los insumos agrícolas; así como la disposición final de sus desechos.

8.1.4 Las y los productores deben brindar toda la información técnica para que el regente cumpla con sus funciones, dicha información deberá ser veraz y soportada en caso contrario el establecimiento o representante legal responderá según las sanciones establecidas en la legislación nacional vigente.

8.2 Requisitos para la inscripción como Regente de Palma de aceite.

8.2.1 Toda persona interesada en ejercer la Regencia debe presentar por escrito ante la oficina del IPSA Central o delegación correspondiente todos los documentos siguientes:

8.2.1.1 Completar el Formulario de Solicitud para el Registro de Regentes de Establecimientos.

8.2.1.2 Original y copia de documento que demuestre el grado universitario o técnico en ciencias agronómicas.

8.2.1.3 Copia de la Cédula de Identidad Ciudadana Nicaragüense o cédula de residencia vigente.

Nota. En el caso de profesionales o técnicos graduados en el exterior, deben presentar: títulos debidamente legalizados y certificados por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

8.2.1.4 Currículum vitae actualizado, fotografía reciente y soportes adjuntos.

8.2.1.5 Haber aprobado el curso de formación de Regente de palma de aceite impartido por el IPSA o una institución reconocida por ésta.

8.2.1.6 Pago por inscripción correspondiente según tarifas establecidas, según acuerdo tarifario del IPSA.

8.2.1. 7 Renovar su registro cada año. Adjuntar los certificados de capacitación aprobados y emitidos por la Autoridad competente.

8.2.1.8 Cada cinco años después de haber sido autorizado para ejercer como regente este debe de aprobar un curso de actualización para hacer efectiva su renovación.

8 3 Funciones del Regente.

8.3.1 Las personas dedicadas a la regencia en las áreas de producción y/o experimentación del cultivo de Palma de aceite deben cumplir con las siguientes funciones:

8.3.2 El regente será el enlace entre la autoridad competente y las y los productores, para la aplicación la presente Norma y la legislación nacional vigente.

8.3.3 Supervisar el cumplimiento de todos los requisitos y normas definidas por la legislación vigente, para el establecimiento, manejo, aprovechamiento y/o experimentación del cultivo de Palma de aceite.

8.3.4 Garantizar que las áreas de la plantación y/o experimentación de Palma de aceite se encuentren debidamente inscritos ante la autoridad competente.

8.3.5 Supervisar que todas las actividades de establecimiento, manejo, aprovechamiento y/o experimentación del cultivo de Palma de aceite, se cumpla con el Plan de Manejo Agrícola (PMA) Cumpliendo con todas las Leyes y normativas vigentes.

8.3.6 Asegurar que las y los productores cumplan con las Leyes y normativas vigentes.

8.3. 7 Asegurar que el área de producción y/o experimentación cuente con los respectivos permisos de funcionamiento vigentes.

8.3.8 Asesorar y asistir técnicamente constantemente al personal de la unidad de producción sobre las Buenas Prácticas Agrícolas en el proceso de implementación del Plan de Manejo Agrícola. Establecer un programa de capacitación continua al personal de la unidad de producción sobre el proceso de implementación contenido en el plan de manejo agrícola y de las disposiciones que el IPSA emita.

Nota. El regente debe llevar registro del proceso de asesoría y asistencia técnica realizada por un período de un año. Esta es

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condición y requisito básico para la renovación de su registro de operación como Regente. 8.4 Disposiciones para las o los regentes.

8.4.1 La autorización emitida por el Ministerio Agropecuario y Forestal para la actividad de regente tendrá una vigencia de cinco años, la cual será extendida luego de cumplir con lo dispuesto en la presente norma. Ésta deberá ser renovada treinta días hábiles antes de su vencimiento cumpliendo con la solicitud y el pago por servicio correspondiente.

8.4.2 La autoridad competente suspenderá la autorización a las o los regentes que hayan incurrido en tres faltas consecutivas en período de un año; la suspensión de la autorización licencia será de un año calendario a partir de su notificación

8.4.3 Para efectos de la suspensión de la autorización del regente se consideran faltas las siguientes:

8.4.3.1 Permitir el incumplimiento de las Leyes, Normas y Estándares de certificación nacional y/o internacional vinculante a sus funciones.

8.4.3.2 No tener actualizado las bitácoras de las actas de inspección numeradas consecutivamente con un mínimo de treinta días anterior a la visita de la Autoridad Competente, o Entidad autorizada o reconocida que garantice los objetivos legítimos de esta norma.

8.4.3.3 Negar información técnica a la Autoridad Competente en temas relacionados con el Plan de Manejo Agrícola (PMA) del cultivo de Palma de aceite.

8.4.4 La Autoridad Competente, establecerá un plan de seguimiento para el cumplimiento de la presente norma, que podrá ser realizado de manera directa o a través un de organismo delegado por ella.

8.5 Responsabilidades de los productores de Palma de aceite.

8.5.1 Todo productor con un Plan de producción autorizado por la Autoridad Competente deberá cumplir con los siguientes requisitos:

8.5.2 Contar con el registro como Productor de Palma de aceite, emitida por el Ministerio Agropecuario y forestal.

8.5.3 Debe cumplir con lo establecido en la Ley No. 648, Ley de igualdad de derechos u oportunidades manteniendo la equidad de género y generacional en su Unidad de producción.

8.5.4 Debe cumplir con estándares de Responsabilidad Social Empresarial que incluya el respeto a la actividad social, económica y cultural de las personas naturales o jurídicas circundantes a su Unidad de producción. Con especial énfasis en el respeto a los derechos ancestrales de Pueblos indígenas, comunidades étnicas y afro descendientes en el marco de la Ley 28 y 445 de Nicaragua.

8.5.5 Todo Productor del cultivo de Palma de aceite deberá asegurarse que su regente este debidamente inscrito y con autorización vigente ante la Autoridad Competente y deberá notificarlo ante ésta.

8.5.6 Cuando la o el productor desee realizar cambio del regente deberá solicitarlo en un período no mayor de treinta días hábiles a la autoridad competente.

8.5. 7 Las y los productores deben gestionar ante la autoridad competente la renovación de su registro como productor, cada

cinco años.

8.5.8 Las y los productores deben identificar cuándo y en qué medida hay presencia de plagas y de enemigos naturales de las plagas; y en base a esta información debe determinar las técnicas de gestión de plagas. En caso de identificar la presencia de plagas en el entorno deberá informar a la Autoridad Competente para que tome las acciones pertinentes.

9. DISPOSICIONES FINALES

Los formatos de inscripción y registros según el alcance de esta norma los determinará el MAG e IPSA, en el marco de sus funciones determinadas en la Ley.

10. OBSERVANCIA

La verificación de esta Norma estará a cargo del Ministerio Agropecuario y el Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria (IPSA), en el marco de sus funciones.

11. ENTRADA EN VIGENCIA

La presente Norma Técnica Obligatoria entrará en vigencia sesenta días después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

12. SANCIONES

El incumplimiento a las disposiciones contenidas en la presente Norma será sancionado conforme a lo establecido en la Ley 280, Ley de Producción y Comercio de Semillas; Ley 291 Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal y su Reglamento y la Ley 274 Ley básica para la regulación y control de plaguicidas, sustancias tóxicas. Peligrosas y otras similares. Y las sanciones establecidas en la Ley 462, 585 y 641. De demostrársele un delito este será penado según lo establecido en el Código Penal Nicaragüense.

13 REFERENCIAS

13.1 Asamblea Nacional de Nicaragua. Ley No. 280, Ley de producción y comercio de semillas.

13.2 Asamblea Nacional de Nicaragua. Ley No. 291, Ley básica de sanidad animal y sanidad vegetal.

13.3 Asamblea Nacional de Nicaragua. Ley No. 620, Ley General de Aguas Nacionales.

12.4 Asamblea Nacional de Nicaragua. Ley No. 749, Ley de régimen jurídico de fronteras.

12.5 Asamblea Nacional de Nicaragua. Ley No. 618, Ley general de higiene y seguridad del trabajo.

12.6 RSPO, 2009. Procedimiento de la RSPO para nuevas plantaciones de Palma de aceite.

12. 7 FEDEPALMA Colombia, 2 01 O. Documento de interpretación nacional de los principios y criterios de la Mesa Redonda de Palma de Aceite Sostenible para Colombia.

12.8 Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, 2 008. Resolución ministerial 002-2 008.

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REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

MARCAS DE FÁBRICA, COMERCIO Y SERVICIO

Reg. M2738 - M. 68512 - Valor C$ 775.00

MARIA JOSÉ QUIROZ O BANDO, Apoderado (a) de IMPORT & TRADING COMPANY, S.A. (ITCSA) conocida comercialmente como Versátil de la República de Nicaragua, solicita registro de Emblema:

+ Descripción y Clasificación de Viena: 27050 I y 2603 I 8 Para proteger: Un establecimiento dedicado a la importación, exportación, comercialización y distribución de toda clase de productos de uso y consumo masivo, productos alimenticios en general, productos de librería en general, productos plásticos y sus derivados, productos generales relacionados a la rama de la tecnología y comunicación, productos para la industria de la energía solar y eléctrica, materiales de construcción, materiales ferreteros, materiales y productos ópticos y oftalmológicos, prendas de vestir, calzado y bisutería, perfumería en general, productos farmacéuticos en general, suplementos naturales, productos químicos, muebles de todo tipo de madera, melanina, lamina hojalata u otro, actividades comerciales e industriales agrícolas ganaderas, forestación y pesca, importación, ex'portación'. comercialización y distribución de mercadería en general importación, exportación, comercialización y distribución de tod~ clase de vinos nacionales y extranjeros, asesoría, consultorías, e inversión en empresas industriales, comerciales, mineras, constructoras, agrícolas o de servicios, representación de empresas turísticas y hoteleras nacionales y extranjeras, elaboración de estudios de pre y factibilidad, participación en inversiones de toda clase de negocios (compra-venta, liquidaciones de créditos y títulos valores), importación, exportación, comercialización y ?istribución de maquinarias y equipos para la industria y oficinas, importación, comercialización y distribución de vehículos motos repuestos automotrices, aceites y lubricantes. ' ' Fecha de Primer Uso: doce de mayo, del año dos mil quince Presentada: veinticinco de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002295. Managua, veinticinco de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M2739 - M. I 799696 - Valor C$ 775.00

MAX FRANCISCO LOPEZ LOPEZ, Apoderado (a) de The Coca-Cola Company de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio y Marca de Servicios:

. ~ f~ª

Descripción y Clasificación de Viena: 270501 y 260118 Para proteger: Clase: 32 CERVEZAS; AGUAS MINERALES Y GASEOSAS y; OTRAS BEBIDAS NO-ALCOHÓLICAS; BEBIDAS Y JUGOS DE FRUTAS; SIROPES Y OTRAS PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS.

Clase: 41 EDUCACIÓN; SERVICIOS DE ENTRENAMIENTO· ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS y CULTURALES. Presentada: cuatro de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001972. Managua, diecisiete de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M2740 - M. 1799696 - Valor C$ 775.00

MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) de Millennium Pharmaceuticals, Inc. de Estados Unidos de América solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio: '

Descripción y Clasificación de Viena: 260101 Para proteger: Clase: 5 PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA USO HUMANO PRINCIPALMENTE, PARA EL TRATAMIENTO DE NEOPLASIAS HEMATOLÓGICAS, CÁNCER, TRASTORNOS Y DESORDENES AUTOINMUNES Y TRASTORNOS Y DESORD¡::NES INFLAMATORIOS, PREPARACIONES FARMACEUTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE CÁNCER. Presentada: once de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº2015-002084. Managua, doce de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M2741 - M. 1799696 - Valor C$ 775.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio Dale la vuelta alpina, clase 32 Internacional, Exp. 2011-002681, a favor de THE COCA-COLA COMPANY, de Estados Unidos de América, bajo el No. 2014104599 Folio 18, Tomo 333 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua cuatro de Junio, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. M2742 - M. 1799696 - Valor C$ 775.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio Yoplait Placer, clase 29 Internacional, Exp. 2013-000842, a favor de YOPLAIT MARQUES, de Francia, bajo el No. 2014104691 Folio 1O1, Tomo 333 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua

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seis de Junio, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. M2743 - M. 1799696 - Valor C$ 775.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio GREENLAM LAMINATES, clase 19 Internacional, Exp. 2013-001570, a favor de GREENLAM AME RICA INC., de Estados Unidos de América, bajo el No. 2014105704 Folio 55, Tomo 337 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

~-LAMINA.TE•

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua ocho de Julio, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. M2744 - M. 1799696 - Valor C$ 775.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio AMELIA y Diseño, clases 29 y 30 Internacional, Exp.2013-002213, a favor de ALIMENTOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, de Guatemala, bajo el No. 2014105861 Folio 207, Tomo 337 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

1M~•1 REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua once de Julio, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. M2745 - M. 1799696 - Valor C$ 775.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio Adren ali ne RED FIRE, clase 32 Internacional, Exp. 2013-002377, a favor de South Beach Beverage Company, !ne., de Estados Unidos de América, bajo el No. 2014104 717 Folio 126, Tomo 333 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua nueve de Junio, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. M2746 - M. 1799696 - Valor C$ 775.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio Consistene en un Diseño, clase 30 Internacional, Exp. 2013-004404, a favor de FABRICA DE BEBIDAS GASEOSAS SALVAVIDAS,

SOCIEDAD ANONIMA, de Guatemala, bajo el No. 201410424 7 Folio 185, Tomo 331 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024.

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REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua diecinueve de Mayo, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. M2747 - M. 1799696 -Valor C$ 775.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio PHILLIPS y Diseño, clase 6 Internacional, Exp. 2014-002252, a favor de CERRADURAS Y CANDADOS PHILLIPS, S.A. DE C.V., de México, bajo el No. 2015108035 Folio 246, Tomo 345 de Inscripciones del año 2015, vigente hasta el año 2025.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua veintidos de Enero, del 2015. Registrador.

Reg. M2748 - M. 198930 - Valor C$ 775.00

ANGELICA ARGÜELLO DAMHA, Apoderado (a) de Marcela del Socorro Silva Gonzalez de la República de Nicaragua, solicita registro de Emblema:

credi-Descripción y Clasificación de Viena: 270501 y 241505 Para proteger: Identificar un establecimiento dedicado a créditos, préstamos, servicios y productos financieros, operaciones financieras y monetarias. Fecha de Primer Uso: cuatro de febrero, del año dos mil quince Presentada: diez de febrero, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-000465. Managua, once de febrero, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M2749 - M. 519665 - Valor C$ 775.00

ANGELICA ARGÜELLO DAMHA, Apoderado (a) de Marcela del Socorro Silva Gonzalez de la República de Nicaragua, solicita registro de Marca de Servicios:

credi-Descripción y Clasificación de Viena: 270501 y 241505 Para proteger: Clase: 36 Créditos, préstamos, serv1c1os y productos financieros, operaciones financieras y monetarias. Presentada: diez de febrero, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-000466. Managua, once de febrero, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

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08-07-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 127

Reg. M2750 - M. 5198876 - Valor C$ 775.00

ANGELICA ARGÜELLO DAMHA, Apoderado (a) de MULTINVERSIONES DE NICARAGUA, S.A. de la República de Nicaragua, solicita registro de Emblema:

!ZiJ Descripción y Clasificación de Viena: 260402 y 2601 O I Para proteger: Un establecimiento comercial dedicado a la comercialización, importación, distribución y exportación de productos tales como: pegamento para pvc, cpvc y limpiadores de superficie; PVC, productos de tubos pvc, tuberías pvc, válvulas, accesorios, pegamentos y metales. Venta al por mayor y al detalle de dichos productos y productos y servicios ofrecidos por MULTINVERSIONES DE NICARAGUA, S.A. Fecha de Primer Uso: quince de mayo, del afio dos mil quince Presentada: quince de mayo, del afio dos mil quince. Expediente. Nº 2015-00I655. Managua, dieciocho de mayo, del afio dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M275I - M. 5I98650-Valor C$ 775.00

ANGELICA ARGÜELLO DAMHA, Apoderado (a) de MULTINVERSIONES DE NICARAGUA, S.A. de la República de Nicaragua, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

~ Descripción y Clasificación de Viena: 270501 Para proteger: Clase: I 7 Pegamento para pvc, cpvc y limpiador de superficie; PVC. Presentada: dieciséis de abril, del afio dos mil quince. Expediente. Nº 20 I 5-00 I 3 I 7. Managua, veinte de abril, del afio dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M2752 - M. I874302 - Valor C$ 775.00

De Conformidad con el artículo I 9 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio cbc toma vida, clase 32 Internacional, Exp. 2013-000392, a favor de COMPAÑIA DE JARABES Y BEBIDAS GASEOSAS LA MARIPOSA, SOCIEDAD ANONIMA, de Guatemala, bajo el No. 2014 I 03449 Folio I8I, Tomo 328 de Inscripciones del afio 2014, vigente hasta el afio 2024.

-~ cbc. -+-{:' toma vida

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua nueve de Abril, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. M2753 - M. I874302 - Valor C$ 775.00

De Conformidad con el artículo I 9 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se

inscribió la Marca de Fábrica y Comercio Coca-Cola light Tómate la vida más liviana, clase 32 Internacional, Exp.2013-000472, a favor de THE COCA-COLA COMPANY, de Estados Unidos de América, bajo el No. 20141054I3 Folio 32, Tomo 336 de Inscripciones del afio 20 I 4, vigente hasta el afio 2024.

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C'!e=!z:M REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua uno de Julio, del 20 I4. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. M27S4 - M. I874302 - Valor C$ 775.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio Consistente en un Disefio, clase 5 Internacional, Exp. 2013-002342, a favor de H.J. Heinz Company, de Estados Unidos de América, bajo el No. 2014106058 Folio 147, Tomo 338 de Inscripciones del afio 2014, vigente hasta el afio 2024.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua dieciocho de Julio, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. M2755 - M. 1874302 - Valor C$ 775.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio gati, clase 3 I Internacional, Exp. 2013-003897, a favor de CARGILL INCORPORATED, de Estados Unidos de América, bajo el No. 2014106805 Folio I I O, Tomo 341 de Inscripciones del afio 20 I4, vigente hasta el afio 2024.

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REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua ocho de Septiembre, del 2014. Adriana Díaz Moreno. Registradora Suplente.

Reg. M2756 - M. 9951842 - Valor C$ 775.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPÍN, Apoderado (a) de ALIANZA MAYORISTA, SOCIEDAD ANONIMA. de la República de Guatemala, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Descripción y Clasificación de Viena: 270501 y OlOIOl Para proteger:

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08-07-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 127

Clase: 3 PROTEGER Y DINSTINGUE ESPECIFICAMENTE TOALLAS HÚMEDAS, SHAMPOO, COSMÉTICOS, PERFUMERÍA, JABONES. Presentada: doce de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002106. Managua, quince de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M2757 - M. 68404 - Valor C$ 775.00

De conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y otros signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Servicios INTRUSOS y Diseño, clases 38 y 41 Internacional, Exp. 2014-004436, a favor de Radio y Televisión Nicaragüense, Sociedad Anónima, de República de Nicaragua, bajo el No. 2015109868 Folio 206, Tomo 352 de Inscripciones del año 2015, vigente hasta el año 2025.

~ INTRUSOS

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua diecinueve de Junio, del 2015. Registrador. Secretario.

Reg. M2758 - M. 68404 - Valor C$ 775.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 3 80, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Servicios COMBATE y Diseño, clases 38 y 41 Internacional, Exp. 2014-004438, a favor de Radio y Televisión Nicaragüense, Sociedad Anónima, de República de Nicaragua, bajo el No. 2015109870 Folio 208, Tomo 352 de lnscri ciones del año 2015, vigente hasta el año 2025.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua diecinueve de Junio, del 2015. Registrador. Secretario.

Reg. M2759 - M. 68404 - Valor C$ 775.00

De conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y otros signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Servicios BENDITA y Diseño, clases 38 y 41 Internacional, Exp. 2014-004437, a favor de Radio y Televisión Nicaragüense, Sociedad Anónima, de República de Nicaragua, bajo el No. 2015109869 Folio 207, Tomo 352 de 1 · · d 1 año 2015, vigente hasta el año 2025. 1

g[NDITA

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua diecinueve de Junio, del 2015. Registrador. Secretario.

Reg. M2760 - M. 68405 - Valor C$ 775.00

Emilio Alejandro Piloña Jordan en su Caracter Personal, de la República de Nicaragua, solicita registro de Marca de Servicios:

Descripción y Clasificación de Viena: 030700 Para proteger: Clase : 43 Servicios de restauración. Presentada: nueve de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 20 I 5-002032. Managua, diez de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M2761 - M. 68405 - Valor C$ 775.00

Emilio Alejandro Piloña Jordan en su Caracter Personal, de la República de Nicaragua, solicita registro de Marca de Servicios:

Descripción y Clasificación de Viena: 030700 y 260102 Para proteger: Clase: 43 Servicios de restauración. Presentada: nueve de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002033. Managua, diez de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M2762 - M. 68405 - Valor C$ 775.00

Emilio Alejandro Piloña Jordan en su Caracter Personal, de la República de Nicaragua, solicita registro de Marca de Servicios:

Descripción y Clasificación de Viena: 030700, 260207y2611O1 Para proteger: Clase: 43 Servicios de restauración. Presentada: nueve de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002034. Managua, diez de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M2763 - M. 9629584 - Valor C$ 970.00

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Descripción y Clasificación de Viena: 200513 y 260116

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08-07-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 127

Para proteger: Clase: 9 Ordenadores; dispositivos periféricos de ordenadores; hardware de ordenadores; máquinas de ordenadores para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles portátiles digitales capaces de proveer acceso a la Internet y para el envió, recibo, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener seguimiento o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; MP3 y otros reproductores de audio en formato digital; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductores de video cassettes; grabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductores de cintas digitales de audio; radios, radio transmisores y receptores; mezcladores digitales de audio y video; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes; equipos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmisión de voz, datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de datos; medios magnéticos para datos; chips; discos y cintas con o para grabar programas de ordenadores y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de ordenador; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de ordenadores para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de ordenadores para viajes y turismo; planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transporte e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de ordenadores para la creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recibo, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de ordenadores para uso en grabaciones, organización, transmisión, manipulación y revisión de textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en relación a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles digitales; software de ordenadores que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia vía redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos y

enlaces entre servidores de ordenadores y usuarios conectados a redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para ser usado con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de ordenadores para administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información, y comentarios pregrabados descargables; 1 ibros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de computadoras para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los.productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para verificar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; máquinas para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarma, y sistemas de monitoreo de alarma; sistemas de vigilancia y seguridad para residenciales; detectores de monóxido de carbono y humo; termostatos, monitores, sensores, y sistemas y dispositivos de controles para aire acondicionado, calefacción, y ventilación; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; abridores de puertas de garaje; abridores de cortinas, cortinas de pliegues, cortinas para ventanas, cortinas en forma de persianas; controles de iluminación; unidades de procesamiento central, microprocesadores, semiconductores, chips y juegos de chips de computadora, y circuitos integrados. Presentada: once de febrero, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-000488. Managua, dieciséis de febrero, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. M2764 - M. 9629614 - Valor C$ 970. 00

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08-07-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 127

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

o Descripción y Clasificación de Viena: 260104 Para proteger: Clase: 9 Ordenadores; dispositivos periféricos de ordenadores; hardware de ordenadores; máquinas de ordenadores para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles portátiles digitales capaces de proveer acceso a la Internet y para el envío, recibo, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener seguimiento o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; MP3 y otros reproductores de audio en formato digital; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductores de video cassettes; grabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductores de cintas digitales de audio; radios, radio transmisores y receptores; mezcladores digitales de audio y video; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes; equipos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseflanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmisión de voz, datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de datos; medios magnéticos para datos; chips; discos y cintas con o para grabar programas de ordenadores y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de ordenador; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de ordenadores para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de ordenadores para viajes y turismo; planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografia, destinos, transporte e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de ordenadores para la creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recibo, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de ordenadores para uso en grabaciones, organización, transmisión, manipulación y revisión de textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en relación a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles digitales; software de ordenadores que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia vía redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y

de comunicaciones; software de ordenadores para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos y enlaces entre servidores de ordenadores y usuarios conectados a redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para ser usado con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de ordenadores para administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información, y comentarios pregrabados descargables; libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de computadoras para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para verificar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; máquinas para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarma, y sistemas de monitoreo de alarma; sistemas de vigilancia y seguridad para residenciales; detectores de monóxido de carbono y humo; termostatos, monitores, sensores, y sistemas y dispositivos de controles para aire acondicionado, calefacción, y ventilación; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; abridores de puertas de garaje; abridores de cortinas, cortinas de pliegues, cortinas para ventanas, cortinas en forma de persianas; controles de iluminación; unidades de procesamiento central, microprocesadores, semiconductores, chips y juegos de chips de computadora, y circuitos integrados. Presentada: once de febrero, del afio dos mil quince. Expediente. Nº 2015-000489. Managua, dieciséis de febrero, del afio dos mil quince. Registrador.

Reg. M2765 - M. 9630183 - Valor C$ 970.00

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro

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Page 21: f~~ LA GACETA - Sajurin · 2016. 5. 23. · 08-07-15 LA GACETA -DIARIO OFICIAL 127 MINISTERIO DE GOBERNACIÓN NACIONALIZADO Reg. 5958 - M. 5754 - Valor C$ 290.00 CERTIFICACION La

08-07-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 127

de Marca de Fábrica y Comercio:

Descripción y Clasificación de Viena: 24171 O y 260103 Para proteger: Clase: 9 Ordenadores; dispositivos periféricos de ordenadores; hardware de ordenadores; máquinas de ordenadores para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles portátiles digitales capaces de proveer acceso a la Internet y para el envió, recibo, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener seguimiento o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; MP3 y otros reproductores de audio en formato digital; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductores de video cassettes; grabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductores de cintas digitales de audio; radios, radio transmisores y receptores; mezcladores digitales de audio y video; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes; equipos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmisión de voz datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de' datos; medios magnéticos para datos; chips; discos y cintas con o para grabar programas de ordenadores y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de ordenador; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de ordenadores para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de ordenadores para viajes y turismo; planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transporte e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de ordenadores para la creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recibo, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de ordenadores para uso en grabaciones, organización, transmisión, manipulación y revisión de textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en relación a computadoras, televisores, decodificadores para televisores,

reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles digitales; software de ordenadores que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia vía redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, ~lect~ó.nicas y de comunicaciones; software de ordenadores para 1dent1f1car, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos y enlaces entre servidores de ordenadores y usuarios conectados a redes globales de comunicación y otras redes de computadoras electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadore~ para ser usado con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas· software de ordenadores para administración de informació~ personal; contenidos de audio y audiovisuales, información, y comentarios pregrabados descargables; libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de computadoras para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos Y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para verificar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; máquinas para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores· extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarma, y sistemas de monitoreo de alarma; sistemas de vigilancia y seguridad para residenciales; detectores de monóxido de carbono y humo; termostatos, monitores, sensores, y sistemas y dispositivos de controles para aire acondicionado, calefacción, y ventilación; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; abridores de puertas de garaje; abridores de cortinas, cortinas de pliegues, cortinas para ventanas, cortinas en forma de

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Page 22: f~~ LA GACETA - Sajurin · 2016. 5. 23. · 08-07-15 LA GACETA -DIARIO OFICIAL 127 MINISTERIO DE GOBERNACIÓN NACIONALIZADO Reg. 5958 - M. 5754 - Valor C$ 290.00 CERTIFICACION La

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persianas; controles de iluminación; unidades de procesamiento central, microprocesadores, semiconductores, chips y juegos de chips de computadora, y circuitos integrados. Presentada: trece de febrero, del año dos mil quince. Expediente Nº 2015-000550. Managua, diecisiete de febrero, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. M2766 - M. 9629550 - Valor C$ 970. 00

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro

do Mm• do F;bd" y. Descripción y Clasificación de Viena: 260112 y 290115 Para proteger: Clase: 9 Ordenadores; dispositivos periféricos de ordenadores; hardware de ordenadores; máquinas de ordenadores para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; 1 ibretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles portátiles digitales capaces de proveer acceso a la Internet y para el envío, recibo, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener seguimiento o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; MP3 y otros reproductores de audio en formato digital; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductores de video cassettes; grabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductores de cintas digitales de audio; radios, radio transmisores y receptores; mezcladores digitales de audio y video; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes; equipos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmisión de voz, datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de datos; medios magnéticos para datos; chips; discos y cintas con o para grabar programas de ordenadores y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de ordenador; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de ordenadores para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de ordenadores para viajes y turismo; planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transporte e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e

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información sobre destinos; software de ordenadores para 1 a creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recibo, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de ordenadores para uso en grabaciones, organización, transmisión, manipulación y revisión de textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en relación a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles digitales; software de ordenadores que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia vía redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos y enlaces entre servidores de ordenadores y usuarios conectados a redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para ser usado con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de ordenadores pare administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información, y comentarios pregrabados descargables; libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de computadoras para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software pare sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para verificar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; máquinas para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas

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de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarma, y sistemas de monitoreo de alarma; sistemas de vigilancia y seguridad para residenciales; detectores de monóxido de carbono y humo; termostatos, monitores, sensores, y sistemas y dispositivos de controles para aire acondicionado, calefacción, y ventilación; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; abridores de puertas de garaje; abridores de cortinas, cortinas de pliegues, cortinas para ventanas, cortinas en forma de persianas; controles de iluminación; unidades de procesamiento central, microprocesadores, semiconductores, chips y juegos de chips de computadora, y circuitos integrados. Presentada: once de febrero, del año dos mil quince. Expediente. N° 2015-000487. Managua, dieciséis de febrero, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. M2767 - M. 9629720 - Valor C$ 970. 00

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Descripción y Clasificación de Viena: 2601 I2 Para proteger: Clase: 9 Ordenadores; dispositivos periféricos de ordenadores; hardware de ordenadores; máquinas de ordenadores para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles portátiles digitales capaces de proveer acceso a la Internet y para el envío, recibo, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener seguimiento o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; MP3 y otros reproductores de audio en formato digital; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductores de video cassettes; grabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductores de cintas digitales de audio; radios, radio transmisores y receptores; mezcladores digitales de audio y video; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes; equipos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivo!\ de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmisión de voz, datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de datos; medios magnéticos para datos; chips; discos y cintas con o

para grabar programas de ordenadores y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de ordenador; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de ordenadores para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de ordenadores para viajes y turismo; planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transporte e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de ordenadores para la creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recibo, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de ordenadores para uso en grabaciones, organización, transmisión, manipulación y revisión de textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en relación a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles digitales; software de ordenadores que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia vía redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos y enlaces entre servidores de ordenadores y usuarios conectados a redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para ser usado con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de ordenadores para administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información, y comentarios pregrabados descargables; libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de computadoras para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para verificar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; máquinas para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en

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votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electro( izadores; extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarma, y sistemas de monitoreo de alarma; sistemas de vigilancia y seguridad para residenciales; detectores de monóxido de carbono y humo; termostatos, monitores, sensores, y sistemas y dispositivos de· controles para aire acondicionado, calefacción, y ventilación; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; abridores de puertas de garaje; abridores de cortinas, cortinas de pliegues, cortinas para ventanas, cortinas en forma de persianas; controles de iluminación; unidades de procesamiento central, microprocesadores, semiconductores, chips y juegos de chips de computadora, y circuitos integrados. Presentada: once de febrero, del año dos mil quince. Expediente. N° 2015-000491. Managua, dieciséis de febrero, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. M2768 - M. 9629517 - Valor C$ 970.00

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Descripción y Clasificación de Viena: 260 l 05 y 290115 Para proteger: Clase: 9 Ordenadores; dispositivos periféricos de ordenadores; hardware de ordenadores; maquinas de ordenadores para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles portátiles digitales capaces de proveer acceso a la Internet y para el envío, recibo, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener seguimiento o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; MP3 y otros reproductores de audio en formato digital; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductores de video cassettes; grabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductores de cintas digitales de audio; radios, radio transmisores y receptores; mezcladores digitales de audio y video; amplificadores de audio;

receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes; equipos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmisión de voz, datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de datos; medios magnéticos para datos; chips; discos y cintas con o para grabar programas de ordenadores y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de ordenador; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de ordenadores para sistemas de posicionamiento global (GPS ); software de ordenadores para viajes y turismo; planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transporte e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de ordenadores para la creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recibo, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de ordenadores para uso en grabaciones, organización, transmisión, manipulación y revisión de textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en relación a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles digitales; software de ordenadores que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia vía redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos y enlaces entre servidores de ordenadores y usuarios conectados a redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para ser usado con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de ordenadores para administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información, y comentarios pregrabados descargables; libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de computadoras para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes

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mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para verificar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; máquinas para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicon (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarma, y sistemas de monitoreo de alarma; sistemas de vigilancia y seguridad para residenciales; detectores de monóxido de carbono y humo; termostatos, monitores, sensores, y sistemas y dispositivos de controles para aire acondicionado, calefacción, y ventilación; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; abridores de puertas de garaje; abridores de cortinas, cortinas de pliegues, cortinas para ventanas, cortinas en forma de persianas; controles de iluminación; unidades de procesamiento central, microprocesadores, semiconductores, chips y juegos de chips de computadora, y circuitos integrados. Presentada: once de febrero, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-000486. Managua, dieciséis de febrero, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. M2769 - M. 9629754 - Valor C$ 970. 00

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro do Mm• do Fáhd<> y C.

Descripción y Clasificación de Viena: 260112 Para proteger: Clase: 9 Ordenadores; dispositivos periféricos de ordenadores; hardware de ordenadores; máquinas de ordenadores para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles portátiles digitales capaces de proveer acceso a la Internet y para el env,ió, recibo, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electróryicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario

mantener segu1m1ento o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; MP3 y otros reproductores de audio en formato digital; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductores de video cassettes; grabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductores de cintas digitales de audio; radios, radio transmisores y receptores; mezcladores digitales de audio y video; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes; equipos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmisión de voz, datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de datos; medios magnéticos para datos; chips; discos y cintas con o para grabar programas de ordenadores y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de ordenador; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de ordenadores para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de ordenadores para viajes y turismo; planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transporte e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de ordenadores para la creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recibo, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de ordenadores para uso en grabaciones, organización, transmisión, manipulación y revisión de textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en relación a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles digitales; software de ordenadores que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia vía redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos y enlaces entre servidores de ordenadores y usuarios conectados a redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para ser usado con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de ordenadores para administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información, y comentarios pregrabados descargables; libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de computadoras

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para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para verificar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; máquinas para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarma, y sistemas de monitoreo de alarma; sistemas de vigilancia y seguridad para residenciales; detectores de monóxido de carbono y humo; termostatos, monitores, sensores, y sistemas y dispositivos de controles para aire acondicionado, calefacción, y ventilación; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; abridores de puertas de garaje; abridores de cortinas, cortinas de pliegues, cortinas para ventanas, cortinas en forma de persianas; controles de iluminación; unidades de procesamiento central, microprocesadores, semiconductores, chips y juegos de chips de computadora, y circuitos integrados. Presentada: once de febrero, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-000492. Managua, dieciséis de febrero, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. M2770 - M. 9630264 - Valor C$ 970. 00

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio v Marca de Servicios:

Descripción y Clasificación de Viena: 150113, 2601O1, 260402 y 290112 Para proteger: Clase: 9 Ordenadores; dispositivos periféricos de ordenadores; hardware

de ordenadores; máquinas de ordenadores para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles portátiles digitales capaces de proveer acceso a la Internet y para el envió, recibo, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener seguimiento o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; MP3 y otros reproductores de audio en formato digital; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductores de video cassettes; grabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductores de cintas digitales de audio; radios, radio transmisores y receptores; mezcladores digitales de audio y video; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes; equipos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmisión de voz, datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de datos; medios magnéticos para datos; chips; discos y cintas con o para grabar programas de ordenadores y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de ordenador; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de ordenadores para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de ordenadores para viajes y turismo; planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transporte e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de ordenadores para la creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recepción, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de ordenadores para uso en grabaciones, organización, transmisión, manipulación y revisión de textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en relación a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles digitales; software de ordenadores que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia vía redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos y enlaces entre servidores de ordenadores y usuarios conectados a redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores

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para ser usado con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de ordenadores para administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información, y comentarios pregrabados descargables; 1 ibros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de computadoras para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para verificar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; máquinas para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; software de computadora para pruebas beta, reporte de fallas, e información analítica cualitativa y cuantitativa concerniente al uso y funcionabilidad de aplicaciones de software de computadora; software de computadora para distribución de aplicaciones de software de computadora para pruebas beta; herramientas para desarrollo de software de computadora para aplicaciones de software de computadora para pruebas beta; herramientas para desarrollo de software de computadora para aplicaciones de software de computadora para pruebas beta. Clase: 42 Servicios científicos y tecnológicos e investigación y diseño relacionados a los mismos; servicios de investigación y análisis industrial; programación de computadora; diseño y desarrollo de hardware y software de computadora; diseño, desarrollo y mantenimiento de software de computadora del propietario en el campo de lenguaje natural, vocalización, orador, lenguaje, reconocimiento de voz, y reconocimiento de patrones de voz; renta de aparatos y equipos de hardware y software de computadora; servicios de consultoría de hardware·y spftware de computadora; servicios de apoyo y consultoría para desarrollar sistemas de computadora, bases de datos y aplicaciones; suministro de información en línea de hardware o software de computadora; servicios de creación, diseño y de mantenimiento

de sitios web; servicios de alojamiento de sitios web; servicios de proveedor de servicios de aplicaciones (ASP siglas en inglés) ofreciendo alojamiento de aplicaciones de software de computadora a terceros; servicios de proveedor de servicios de aplicaciones (ASP siglas en inglés) ofreciendo software para creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recepción, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, gráficos, imágenes, audio, video, y contenido multimedia, y publicaciones electrónicas; servicios de proveedor de servicios de aplicaciones (ASP siglas en inglés) ofreciendo software para uso en conexión con software de reconocimiento de voz y aplicaciones de software habilitadas por voz, suministrando software no descargable en línea; suministrando motores de búsqueda para obtener datos vía internet y otras redes electrónicas de comunicaciones; creación de índices de información en línea, sitios y otros recursos disponibles en redes globales de computadora para terceros; servicios de almacenamiento de datos electrónicos; servicios de redes sociales en línea; proporcionando un sitio web de redes sociales; servicios de cartografía y mapeo; servicios de computación en la nube, suministro de software en línea no descargable para uso en suministro de información analítica cualitativa y cuantitativa, pruebas beta, distribución y reporte de fallas concerniente al uso y funcionabilidad de aplicaciones de software para móviles, servicios de consultoría de computadora, especialmente, suministrando información analítica cualitativa y cuantitativa, pruebas beta, distribución y reporte de fallas concerniente al uso y funcionabilidad de aplicaciones de software de computadora; suministro de software en línea no descargable para uso en suministro de información analítica cualitativa y cuantitativa, pruebas beta, distribución y reporte de fallas concerniente al uso y funcionabilidad de aplicaciones de software de computadora; servicios de consultoría de computadora, especialmente, diseño y desarrollo de aplicaciones de software de computadora móviles, servicios de información, consejería y consultoría en relación a todos los servicios antes mencionados. Presentada: diecinueve de febrero, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-000600. Managua, veinticuatro de febrero, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. M2771 - M. 9629827 - Valor C$ 970. 00

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro

de Mm• de Ffük• y Co Descripción y Clasificación de Viena: O 1031 O y 260116 Para proteger: Clase: 9 Ordenadores; dispositivos periféricos de ordenadores; hardware de ordenadores; máquinas de ordenadores para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles portátiles digitales capaces de proveer acceso a la Internet y para el envío, recibo, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la

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recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener seguimiento o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; MP3 y otros reproductores de audio en formato digital; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductores de video cassettes; grabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductores de cintas digitales de audio; radios, radio transmisores y receptores; mezcladores digitales de audio y video; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes; equipos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmisión de voz, datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de datos; medios magnéticos para datos; chips; discos y cintas con o para grabar programas de ordenadores y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de ordenador; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de ordenadores para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de ordenadores para viajes y turismo; planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transporte e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de ordenadores para la creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recibo, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de ordenadores para uso en grabaciones, organización, transmisión, manipulación y revisión de textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en relación a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles digitales; software de ordenadores que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia vía redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos y enlaces entre servidores de ordenadores y usuarios conectados a redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para ser usado con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de ordenadores para administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información, y comentarios pregrabados descargables; libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento

de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de computadoras para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para verificar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; máquinas para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarma, y sistemas de moni toreo de alarma; sistemas de vigilancia y seguridad para residenciales; detectores de monóxido de carbono y humo; termostatos, monitores, sensores, y sistemas y dispositivos de controles para aire acondicionado, calefacción, y ventilación; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; abridores de puertas de garaje; abridores de cortinas, cortinas de pliegues, cortinas para ventanas, cortinas en forma de persianas; controles de iluminación; unidades de procesamiento central, microprocesadores, semiconductores, chips y juegos de chips de computadora, y circuitos integrados. Presentada: once de febrero, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-000493. Managua, dieciséis de febrero, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. M2772 - M. 9629452 - Valor C$ 970. 00

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

o: Descripción y Clasificación de Viena: 260116 y 260307 Para proteger: Clase: 9

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Ordenadores; dispositivos periféricos de ordenadores; hardware de ordenadores; máquinas de ordenadores para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles portátiles digitales capaces de proveer acceso a la Internet y para el envío, recibo, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener seguimiento o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; MP3 y otros reproductores de audio en formato digital; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductores de video cassettes; grabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductores de cintas digitales de audio; radios, radio transmisores y receptores; mezcladores digitales de audio y video; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes; equipos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmisión de voz, datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de datos; medios magnéticos para datos; chips; discos y cintas con o para grabar programas de ordenadores y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de ordenador; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de ordenadores para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de ordenadores para viajes y turismo; planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transporte e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de ordenadores para la creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recibo, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de ordenadores para uso en grabaciones, organización, transmisión, manipulación y revisión de textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en relación a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles digitales; software de ordenadores que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia vía redes globales de comunicación y otras redes de c9mputadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y adminb¡trar datos y enlaces entre servidores de ordenadores y usuarios conectados a redes globales de comunicación y otras redes de computadoras,

electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para ser usado con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de ordenadores para administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información, y comentarios pregrabados descargables; libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de computadoras para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para verificar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; máquinas para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarma, y sistemas de monitoreo de alarma; sistemas de vigilancia y seguridad para residenciales; detectores de monóxido de carbono y humo; termostatos, monitores, sensores, y sistemas y dispositivos de controles para aire acondicionado, calefacción, y ventilación; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; abridores de puertas de garaje; abridores de cortinas, cortinas de pliegues, cortinas para ventanas, cortinas en forma de persianas; controles de iluminación; unidades de procesamiento central, microprocesadores, semiconductores, chips y juegos de chips de computadora, y circuitos integrados. Presentada: once de febrero, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-000485. Managua, dieciséis de febrero, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. M2773 - M. 55418 - Valor C$ 825. 00

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EDUARDO JOSE FLORES MOLINA, Apoderado (a) de MAGNUM DE NICARAGUA, S.A. de la República de Nicaragua, solicita registro de Emblema:

~~¡ ~--~. 'l ..._ ....... ... MAGNUM DE NICARAGUA, S.A.

Descripción y Clasificación de Viena: 270501 y O 10501 Para proteger: Un establecimiento comercial dedicado a: El desarrollo de todo lo relacionado con la prestación de los servicios siguientes: Carga, Consolidación y Gestión de fletes marítimos, aéreos o terrestres desde Nicaragua hacia Estados Unidos de América o hacia cualquier parte del mundo o bien desde los Estados Unidos de América o desde cualquier parte del mundo hacia Nicaragua, así mismo el Servicio de Transporte directamente con sus propios recursos o con recursos ajenos, Servicio de Almacenaje Fiscal y no Fiscal; de igual forma podrá dedicarse a la importación y exportación de equipos y accesorios relacionados con las su área de especialización. La sociedad podrá prestar estos servicios por sí o por terceros contratados para tal efecto. Igualmente para la obtención de sus fines, la sociedad podrá comprar, vender, dar y recibir en arriendo o préstamo, toda clase de bienes ya sean muebles o inmuebles, y para el logro de su objeto podrá importar y exportar insumos y productos terminados hacia y desde la República de Nicaragua, realizando para ello todas aquellas actividades comerciales relacionadas directa o indirectamente con tal objeto. Para la satisfacción de su objeto social, la sociedad también podrá formar parte de otras sociedades, tomar dinero a mutuo para el financiamiento y desarrollo de su empresa, otorgando las garantías reales o personales que fueren necesarias; participar en Asociaciones de toda clase y tomar a su cargo en su oportunidad, Ja representación de casas comerciales nacionales y extranjeras; y en fin, la Sociedad podrá efectuar todos aquellos actos y contratos que en alguna manera se relacionen con el objeto, fueren o se consideren conducentes para el logro de sus fines, consecuentemente y solo a título enunciativo, podrá dedicarse a: 1) Prestar asesorías, consultorías, ejecución de estudios a nivel nacional e internacional; 2) Prestar cualquier modalidad de servicios; 3) Adquirir y comercializar cualquier clase de bienes muebles o inmuebles; 4) Efectuar toda clase de actos, contratos, negocios, operaciones e inversiones industriales y comerciales de cualquier naturaleza, que a juicio de Ja Junta Directiva, promuevan los fines sociales; 5) Adquirir, poseer, retener, disfrutar, gravar, vender o disponer de acciones, bonos o cualquiera otra clase de Títulos Valores; 6) Administrar, operar o manejar propiedades o Empresas de cualquier naturaleza; 7) Establecer y operar toda clase de negocios comerciales, dentro de Jo que se incluye agencias o negocios de importación y exportación. En fin podrá dedicarse, si así lo acuerda la Junta Directiva a todas las actividades comerciales que estime oportuno de conformidad con las leyes de Nicaragua. Fecha de Primer Uso: cinco de mayo, del año dos mil Presentada: veintitrés de Junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002246. Managua, veintitrés de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M2774 - M. 9629665 - Valor C$ 970. 00

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de

APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Descripción y Clasificación de Viena: 26041 O Para proteger: Clase: 9 Computadoras; dispositivos periféricos de computadora; hardware de computadora; máquinas de computadoras para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos digitales portátiles y software relacionados para Jos mismos; dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles capaces de proveer acceso a internet y para envío, recibir, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico, y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para Ja recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario dar seguimiento administrar información personal; aparatos de grabación y reproducción de sonido; MP3 y otros reproductores de audio en formato digital; grabadores digitales de audio; grabadores y reproductores de video digitales; grabadores y reproductores de audio cassettes; grabadores y reproductores de video cassettes; grabadores y reproductores de discos compactos; grabadores y reproductores de discos versátiles digitales; grabadores y reproductores de cintas de audio digitales; radios, radio transmisores, y receptores; mezcladores de audio, video y digitales; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y accesorios; módems; aparatos de comunicaciones para redes; instrumentos y equipos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicaciones para Ja transmisión de voz, datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de datos; medios magnéticos de datos; chips, discos y cintas con contenidos o para grabar programas de computadora y software; máquinas facsímiles; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de computadora; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de computadora para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de computadora para viajes y turismo, planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transportación e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, mapeo personalizado de localizaciones, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de computadora para crear, autoría, distribuir, descargar, transmitir, recibir, reproducir, editar, extraer, codificar, decodificar, desplegar, almacenar y organizar textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video, y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de computadora para uso en grabar,

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organizar, transmitir, manipular y revisar textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en conexión con computadoras, televisores, decodificadores de televisores, reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos digitales portátiles; software de computadora para permitir a los usuarios programar y distribuir textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video, y otros contenidos multimedia vía redes de comunicaciones globales y otras redes de computadora, electrónicas y comunicaciones; software de computadora para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos y enlaces entre servidores de computadoras y usuarios conectados a redes de comunicaciones global es y otras redes de computadora, electrónicas y comunicaciones; software de computadora para uso con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de computadora para administración de información personal; contenido, información y comentario de audio y audiovisual pre­grabado descargables; libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas boletines, periódicos, semanarios, y otras publicaciones; software para administración de bases de datos; software para reconocimiento de caracteres; software para reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de computadora para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para uso con, y vendidos como una unidad con, todos los productos antes mencionados; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para uso con todos los productos antes mencionados; equipo de computadora para uso con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para uso con los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para uso con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados, y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para revisar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; aparatos para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónicas para control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarmas, y sistemas de monitoreo de alarmas; sistemas de vigilancia y seguridad para residenciales; detectores de humo y monóxido de carbono; termostatos, monitores, 'sensores, y controles para aire acondicionado, calefacción, y sistemas y

dispositivos de ventilación; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; abridores de puertas de garaje; abridores de cortinas, cortinas de pliegue, cortinas para ventanas, cortinas en forma de persianas, controles de iluminación. Clase: 10 Aparatos y dispositivos médicos; sensores, monitores y pantallas relacionados con salud, bienestar, ejercicio, y buen estado físico y mental. Clase: 14 Artículos de relojería e instrumentos cronométricos; relojes de pulsera; relojes; mecanismos de relojería; cronógrafos para ser usados como mecanismos de relojería; cronómetros; pulseras para reloj; extensibles de reloj; estuches para relojes de pulsera, relojes, y artículos de relojería e instrumentos cronométricos; partes para relojes de pulsera, relojes y artículos de relojería e instrumentos cronométricos; artículos de joyería. Presentada: once de febrero, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015- 000490. Managua, diecisiete de febrero, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. 2775 - M. 9630019 - Valor C$ 970. 00

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Descripción y Clasificación de Viena: 26041 O Para proteger: Clase: 9 Ordenadores; dispositivos periféricos de ordenadores; hardware de ordenadores; máquinas de ordenadores para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles portátiles digitales capaces de proveer acceso a la Internet y para el envió, recibo, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener seguimiento o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; MP3 y otros reproductores de audio en formato digital; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductores de video cassettes; grabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductores de cintas digitales de audio; radios, radio transmisores y receptores; mezcladores digitales de audio y video; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes; equipos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales

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para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmisión de voz, datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de datos; medios magnéticos para datos; chips; discos y cintas con o para grabar programas de ordenadores y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de ordenador; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de ordenadores para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de ordenadores para viajes y turismo; planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transporte e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de ordenadores para la creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recibo, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de ordenadores para uso en grabaciones, organización, transmisión, manipulación y revisión de textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en relación a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles digitales; software de ordenadores que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia vía redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos y enlaces entre servidores de ordenadores y usuarios conectados a redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para ser usado con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de ordenadores para administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información, y comentarios pregrabados descargables; libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones; software para la administración de bases de datos; software para el reconocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de computadoras para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea; tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios,

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partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para verificar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; máquinas para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarma, y sistemas de monitoreo de alarma; sistemas de vigilancia y seguridad para residenciales; detectores de monóxido de carbono y humo; termostatos, monitores, sensores, y sistemas y dispositivos de controles para aire acondicionado, calefacción, y ventilación; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; abridores de puertas de garaje; abridores de cortinas, cortinas de pliegues, cortinas para ventanas, cortinas en forma de persianas; controles de iluminación; unidades de procesamiento central, microprocesadores, semiconductores, chips y juegos de chips de computadora, y circuitos integrados. Presentada: doce de febrero, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-000539. Managua, diecisiete de febrero, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. 2776 - M. 9630094 - Valor C$ 970. 00

ALVARO JOSÉ CALDERA CARDENAL, Apoderado (a) de APPLE INC de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Descripción y Clasificación de Viena: 260105 Para proteger: Clase: 9 Ordenadores; dispositivos periféricos de ordenadores; hardware de ordenadores; máquinas de ordenadores para juegos; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; asistentes digitales personales; organizadores electrónicos; libretas electrónicas; lectores de libros electrónicos; dispositivos electrónicos portátiles digitales y software para los mismos; dispositivos electrónicos móviles portátiles digitales capaces de proveer acceso a la Internet y para el envío, recibo, y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico y otros datos digitales; unidades portátiles electrónicas para la recepción inalámbrica, almacenamiento y/o transmisión de datos y mensajes, y dispositivos electrónicos que permiten al usuario mantener seguimiento o administrar información personal; aparatos para la grabación y reproducción de sonido; MP3 y

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otros reproductores de audio en formato digital; grabadoras digitales de audio; grabadoras y reproductoras digitales de video; grabadoras y reproductoras de audio cassettes; grabadoras y reproductores de video cassettes; grabadoras y reproductores de discos compactos; grabadoras y reproductores de discos versátiles digitales; grabadoras y reproductores de cintas digitales de audio; radios, radio transmisores y receptores; mezcladores digitales de audio y video; amplificadores de audio; receptores de audio; decodificadores de audio; aparatos de audio para automóviles; audífonos, auriculares; bocinas de audio; micrófonos; componentes de audio y sus accesorios; módems; aparatos de comunicación para redes; equipos e instrumentos electrónicos para comunicaciones; aparatos audiovisuales para la enseñanza; aparatos e instrumentos ópticos; aparatos e instrumentos de telecomunicación; dispositivos de sistemas de posicionamiento global (GPS); teléfonos; dispositivos inalámbricos de comunicación para transmisión de voz, datos o imágenes; cables; aparatos para almacenamiento de datos; medios magnéticos para datos; chips; discos y cintas con o para grabar programas de ordenadores y software; aparatos de fax; cámaras; baterías; televisores; receptores de televisión; monitores de televisión; decodificadores; software de ordenador; juegos de computadora y juegos electrónicos; software de ordenadores para sistemas de posicionamiento global (GPS); software de ordenadores para viajes y turismo; planificación de viajes, navegación, planeación de rutas de viaje, geografía, destinos, transporte e información de tráfico, direcciones para manejar y caminar, localización de mapas personalizado, atlas (guías) de calles, despliegue de mapas electrónicos, e información sobre destinos; software de ordenadores para la creación, autoría, distribución, descarga, transmisión, recibo, reproducción, edición, extracción, codificación, decodificación, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia, publicaciones electrónicas, y juegos electrónicos; software de ordenadores para uso en grabaciones, organización, transmisión, manipulación y revisión de textos, datos, archivos de audio, archivos de video y juegos electrónicos en relación a computadoras, televisores, decodificadores para televisores, reproductores de audio, reproductores de video, reproductores de medios electrónicos, teléfonos, y dispositivos electrónicos portátiles digitales; software de ordenadores que permite a los usuarios la programación y distribución de textos, datos, gráficos, imágenes, audio, video y otros contenidos multimedia vía redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para identificar, localizar, agrupar, distribuir, y administrar datos y enlaces entre servidores de ordenadores y usuarios conectados a redes globales de comunicación y otras redes de computadoras, electrónicas y de comunicaciones; software de ordenadores para ser usado con dispositivos electrónicos digitales móviles portátiles y otros electrónicos de consumo; software para edición electrónica; software para lectores de publicaciones electrónicas; software de ordenadores para administración de información personal; contenidos de audio y audiovisuales, información, y comentarios pregrabados descargables; libros electrónicos descargables, revistas, publicaciones periódicas, boletines, periódicos, semanarios y otras publicaciones; software para la administración de bases de datos; software para el reéooocimiento de caracteres; software para el reconocimiento de voz; software para correo y mensajes electrónicos; software de co'mputadoras para acceder, navegar y hacer búsquedas en bases de datos en línea;

tableros de anuncios electrónicos; software para sincronización de datos; software para el desarrollo de aplicaciones; manuales de usuarios para ser leídos electrónicamente, de una máquina de lectura o una computadora para ser vendidos con los productos antes mencionados como una unidad; conectores eléctricos y electrónicos, acopladores, alambres, cables, cargadores, almacenadores electrónicos, bases, interfaces, y adaptadores para ser usados con los productos antes mencionados; equipo de cómputo para ser usado con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones multimedia para ser usados con todos los productos antes mencionados; aparatos electrónicos con funciones interactivas para ser usados con todos los productos antes mencionados; accesorios, partes, dispositivos adaptados y aparatos de prueba para todos los productos antes mencionados; cubiertas, bolsas y estuches adaptados o moldeados para contener todos los productos antes mencionados; instrumentos de navegación; aparatos para verificar la legitimidad de los sellos postales de correo; cajas registradoras; máquinas para aparatos operados con monedas; máquinas para dictado; máquinas de dobladillos; máquinas para ser usadas en votaciones; etiquetas electrónicas para productos (scanners); máquinas expendedoras de premios; aparatos e instrumentos de pesar; medidores; tableros de anuncios electrónicos; aparatos de medición; aparatos e instrumentos ópticos; placas de silicón (wafers); circuitos integrados; pantallas fluorescentes; aparatos de control remoto; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones eléctricas para el control remoto de operaciones industriales; pararrayos; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para propósitos industriales; aparatos y equipos de salvamento; silbatos de alarma; gafas de sol; dibujos animados; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; calcetines calentados eléctricamente; alarmas, sensores de alarma, y sistemas de monitoreo de alarma; sistemas de vigilancia y seguridad para residenciales; detectores de monóxido de carbono y humo; termostatos, monitores, sensores, y sistemas y dispositivos de controles para aire acondicionado, calefacción, y ventilación; cerraduras y cerrojos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; abridores de puertas de garaje; abridores de cortinas, cortinas de pliegues, cortinas para ventanas, cortinas en forma de persianas; controles de iluminación; unidades de procesamiento central, microprocesadores, semiconductores, chips y juegos de chips de computadora, y circuitos integrados. Presentada: trece de febrero, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-000549. Managua, diecisiete de febrero, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. M 2704 - M. 9951397 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

JUNEX

Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS,

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ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTIN E URITI COS, ANTIARTRITI COS, ANTIFLOG IS TIC OS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS, ANTIHEMORROIDALES, ANTIVARICOSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICAS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTIPROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS DERMATOLOGICOS, CORTICOESTEROIDES, ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICS, HEMATOLOGICOS, ANTIANEMICOS, ANTITROMBOTICOS, ANTI COAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES,ANTIACIDOS,ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTONICOHEMOSTATICOS UTERINOS, ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y L UTEOLITICOS, INMUNOS UPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS, ANTISPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-00190 l. Managua, trés de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2705 - M. 5183445 - Valor C$ 435.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

GOIXE Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITICOS, ANTIARTRITICOS, ANTIFLOGISTICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS, ANTIHEMORROIDALES, ANTIVARICOSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTI PROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS DERMATOL OG le o S, e o RTI COE s TEROID Es' ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOG reos, ANTIANEMICOS, ANTITROMBOTI cos, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTONICOHEMOSTATICOS UTERINOS, ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y LUTEOLITICOS, INMUNOS UPRESORES, IN MUNOACTIVADORE S, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS,

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DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS,ANTISPASMODICS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001900. Managua, trés de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2706 - M. 9951478 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

XASE Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITI COS, ANTIARTRITICOS, ANTIFLOGISTI COS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS,ANTIHEMORROIDALES,ANTIVARICOSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTIPROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS DERMATOLOGI c os' c OR TI c OE s TE RO ID Es' ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOG ICOS, ANTIANEMICOS, ANTITROMBOTICOS, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTONI c o HE MO s TATI c os UT.E RIN os' ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y L UTEOLITICOS, INMUNOSUPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS,

ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS, ANTIESPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001911. Managua, trés de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2707 - M. 9951532 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

LOXAX Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITICOS, ANTIARTRITICOS, ANTIFLOGISTICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMIC05, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS, ANTIHEMO RRO IDALES, ANTIVARI COSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTIPROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS DERMATOLOGICOS, CORTICOESTEROIDES, ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOGICOS, ANTIANEMICOS, ANTITROMBOTICOS, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS

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Y FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTONICOHEMOSTATICOS UTERINOS, ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y L UTEOLITICOS, INMUNOSUPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS, ANTISPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USO SUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001905. Managua, trés de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2708 - M. 9951605 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

VALOXE Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITICOS, ANTIARTRITICOS, ANTIFLOGISTICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS, ANTIHEMORRO IDALES, ANTIVARICOSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTIPROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES,

ANTIPARASITARIOS DERMATOLOGICOS, CORTICOESTEROIDES, ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOGICOS, ANTIANEMICOS, ANTITROMBOTICOS, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTONICOHEMOSTATICOS UTERINOS, ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y L UTEOLITICOS, INMUNOSUPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIAOTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS, ANTISPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001910 Managua, trés de junio, del año dos mil quince Opóngase. Registrador.

Reg. M 2709 - M. 9951621 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

TELIRAX Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITICOS, ANTIARTRITICOS, ANTIFLOGISTICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS

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EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS,ANTIHEMORROIDALES,ANTIVARICOSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTIPROTOZOOS ANTIMA LARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS DERMATO LOG ICO S, C ORTIC OES TEROIDE S, ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOGICOS,ANTIANEMICOS,ANTITROMBOTICOS, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTONIC OHEMO S TAT I C OS UTERINOS, ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y L UTEOLITICOS, INMUNOS UPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGIA, SUEROS Y VACUNAS, ANTIESPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del afio dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001908. Managua, trés de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2710 - M. 9951699 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

LOXAVE Para proteger: Clase: 5

PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITICOS, ANTIARTRITICOS, ANTIFLOGI S TICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA,VASODILATADORES CORONARIOS,ANTIHEMORROIDALES,ANTIVARICOSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTIPROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS D ERMATOLOG reos' CORTI e OE s TE ROIDE s' ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOGICOS,ANTIANEMICOS,ANTITROMBOTICOS, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTONICOHEMO S TATIC OS UTERINOS, ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y L UTEOLITICOS, INMUNOSUPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARA SIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS, ANTIESPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL.

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08-07-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 127

Presentada: dos de junio, del afio dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001904. Managua, trés de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2711 - M. 9951710 -Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

ORAXU Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITICOS, ANTIARTRITICOS, ANTIFLOGISTICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICO, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONAR! OS, ANTIHEMORROIDALES, ANTIVARI COSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTIPROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS DERMATOLOGICOS, CORTICOESTEROIDES, ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOGICOS, ANTIANEMICOS, ANTITROMBOTICOS, ANTIC OAGULANTE S, ANTIHEMORRAGICO S, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTONI C O HEMOS TATI CO S UTERINOS, ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y L UTEOLITICOS, INMUNOSUPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS

HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS, ANTISPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001906. Managua, trés de junio, del afio dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2712 - M. 9951710 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

STOXEC Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITICOS, ANTIARTRITICOS, ANTIFLOGISTICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS, ANTIHEMORROIDALES, ANTIVARICOSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTIPROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS DERMATOLOGIC OS, COR TIC OE S TEROIDE S, ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOGICOS,ANTIANEMICOS,ANTITROMBOTICOS, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES,

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PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTONICOHEMOSTATICOS UTERINOS, ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y LUTEOLITICOS, INMUNOS UPRESORES, INMUNOACTIVADORE S, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGIA, SUEROS Y VACUNAS, ANTIESPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del afio dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001907. Managua, trés de junio, del afio dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2713 - M. 9951753 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

AMA IX Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITICOS, ANTIARTRITICOS, ANTIFLOG ISTICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS,ANTIHEMORROIDALES,ANTIVARICOSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTIPROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASrTARIOS DERMATOL OGIC OS, COR TIC OESTE RO IDE S, ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS,

RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOGICOS,ANTIANEMICOS,ANTITROMBOTICOS, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICO S, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTE ROTONIC OHEMO S TATI C OS UTERINOS, ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y L UTEOLITICOS, INMUNOSUPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS, ANTIESPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del afio dos mil quince. Expediente. N°2015-001898 .Managua, trés de junio, del afio dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2714 - M. 9951770 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPÍN, Apoderado (a) de ACTIVA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviase ACTIVA, S.A. DE C.V. de la República de El Salvador, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

PALAGRIP Para proteger: Clase: 5 PROTEGE Y DISTINGUE UN PRODUCTO FARMACÉUTICO DE USO HUMANO ESPECÍFICAMENTE UN ANTIGRIPAL. Presentada: diez de junio, del afio dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002061. Managua, once de junio, del afio dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2715 - M. 9951796 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPÍN, Apoderado (a) de CORPORACION DE INDUSTRIAS PLASTICAS S.A. de la República de Perú, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

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VINIFAN

Para proteger: Clase: 16 PROTEGE Y DISTINGUE MATERIALES PARA FORRADO DE CUADERNOS Y LIBROS, MATE~IAL PARA ENCUADERNADO, ARTICULOS DE LIBRERIA Y PAPE LE RIA. Presentada: diez de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002062. Managua, once de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2716 - M. 9843829 - Valor C$ 435.00

AMY OBREGON CERRATO,Apoderado (a) de MERCK KGaA. de Alemania, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

SEROSTIM Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS, ESPECIALMENTE: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO DEL SÍNDROME DE DESGASTE POR VIH (VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA HUMANA) Y PÉRDIDA DE PESO. Presentada: cuatro de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001988. Managua, cinco de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2717 - M. 9843500 - Valor C$ 95.00

LUIS ALONSO LOPEZ AZMITIA, Apoderado (a) de LABORATORIOS MENARINI, S.A. de España, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

TAKUDEX Para proteger: Clase: 5 UN PRODUCTO FARMACEUTICO CONSISTENTE EN UN ANALGESICO. Presentada: dieciséis de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002129. Managua, diecisiete de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2718 - M. 68406 - Valor C$ 95.00

Emilio Alejandro Piloña Jordan en su Caracter Personal, de la República de Nicaragua, solicita registro de Marca de Servicios:

QUICK POLLO Para proteger: Clase: 43 Servicios de restauración. Presentada: nueve de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002031. Managua, diez de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2719 - M. 68406 - Valor C$ 95.00

Emilio Alejandro Piloña Jordan en su Caracter Personal, de la República de Nicaragua, solicita registro de Marca de Servicios:

RINCON DEL POLLO Para proteger: Clase: 43 Servicios de restauración. Presentada: nueve de junio, del año dos mil quince. Expediente.

Nº 2015-002030. Managua, diez de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2720 - M. 68406 - Valor C$ 95.00 Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Servicios CINEMAS X-PRESS, clases 41 y 43 Internacional, Exp. 2014-004439, a favor de Diversiones Unidas, Sociedad Anónima (DIUSA), de República de Nicaragua, bajo el No. 2015109871 Folio 209, Tomo 352 de Inscripciones del año 2015, vigente hasta el año 2025. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua veintitrés de Junio, del 2015. Registrador. Secretario.

Reg. M 2721 - M. 68407 - Valor C$ 95.00

MARLON DANIEL MONTENEGRO GAITAN, Apoderado (a) de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L. de Costa Rica, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

CHIRICANA Para proteger: Clase: 29 LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS. Presentada: veintidos de mayo, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001746. Managua, veinticinco de mayo, del año dos mil quince Opóngase. Registrador.

Reg. M 2722 - M. 68407 - Valor C$ 95.00

MARLON DANIEL MONTENEGRO GAITAN, Apoderado (a) de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L. de Costa Rica, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

CHIRICANA Para proteger: Clase: 30 HELADOS COMESTIBLES. Presentada: veintidos de mayo, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001747. Managua, veinticinco de mayo, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2723 - M. 68407 - Valor C$ 95.00

MARLON DANIEL MONTENEGRO GAITAN, Apoderado (a) de KELLOGG COMPANY de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

EGGO Para proteger: Clase: 30 Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz, tapioca, sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y de confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo.

Presentada: dieciocho de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002197. Managua, diecinueve de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2724 - M. 56612 - Valor C$ 95.00

WENDY MARÍA ARGÚELLO CASTILLO, Apoderado (a) de LABORATORIOS PRODUCTOS INDUSTRIALES,

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08-07-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 127

SOCIEDAD ANONIMA de Guatemala, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

PERIVASC Para proteger: Clase: 5 Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Presentada: veintinueve de abril, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001487. Managua, treinta de abril, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2725 - M. 55414 - Valor C$ 95.00

EDUARDO JOSE FLORES MOLINA, Apoderado (a) de MAGNUM DE NICARAGUA, S.A. de la República de Nicaragua, solicita registro de Nombre Comercial:

MAGNUM DE NICARAGUA, S.A

Para proteger: Un establecimiento comercial dedicado a: El desarrollo de todo lo relacionado con la prestación de los servicios siguientes: Carga, Consolidación y Gestión de fletes marítimos, aéreos o terrestres desde Nicaragua hacia Estados Unidos de América o hacia cualquier parte del mundo o bien desde los Estados Unidos de América o desde cualquier parte del mundo hacia Nicaragua, así mismo el Servicio de Transporte directamente con sus propios recursos o con recursos ajenos, Servicio de Almacenaje Fiscal y no Fiscal; de igual forma podrá dedicarse a la importación y exportación de equipos y accesorios relacionados con las su área de especialización. La sociedad podrá prestar estos servicios por sí o por terceros contratados para tal efecto. Igualmente para la obtención de sus fines, la sociedad podrá comprar, vender, dar y recibir en arriendo o préstamo, toda clase de bienes ya sean muebles o inmuebles, y para el logro de su objeto podrá importar y exportar insumos y productos terminados hacia y desde la República de Nicaragua, realizando para ello todas aquellas actividades comerciales relacionadas directa o indirectamente con tal objeto. Para la satisfacción de su objeto social, la sociedad también podrá formar parte de otras sociedades, tomar dinero a mutuo para el financiamiento y desarrollo de su empresa, otorgando las garantías reales o personales que fueren necesarias; participar en Asociaciones de toda clase y tomar a su cargo en su oportunidad, la representación de casas comerciales nacionales y extranjeras; y en fin, la Sociedad podrá efectuar todos aquellos actos y contratos que en alguna manera se relacionen con el objeto, fueren o se consideren conducentes para el logro de sus fines, consecuentemente y solo a título enunciativo, podrá dedicarse a: 1) Prestar asesorías, consultorías, ejecución de estudios a nivel nacional e internacional; 2) Prestar cualquier modalidad de servicios; 3) Adquirir y comercializar cualquier clase de bienes muebles o inmuebles; 4) Efectuar toda clase de actos, contratos, negocios, operaciones e inversiones industriales y comerciales de cualquier naturaleza, que a juicio de la Junta Directiva, promuevan los fines sociales; 5) Adquirif, poseer, retener, disfrutar, gravar, vender o disponer de acciones, bonos o cualquiera otra clase de Títulos Valores; 6) Administrar, operar o manejar propiedades o Empresas de cualquier naturaleza; 7)

Establecer y operar toda clase de negocios comerciales, dentro de lo que se incluye agencias o negocios de importación y exportación. En fin podrá dedicarse, si así lo acuerda la Junta Directiva a todas las actividades comerciales que estime oportuno de conformidad con las leyes de Nicaragua. Fecha de Primer Uso: cinco de mayo, del año dos mil Presentada: veintitrés de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002245. Managua, veintitrés de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2686 - M. 1799699 - Valor C$ 95.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Servicios CINFINI, clase 44 Internacional, Exp. 2014-000719, a favor de NOVARTIS AG, de Suiza, bajo el No. 2014106938 Folio 237, Tomo 341 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua veinticuatro de Septiembre, del 2014. Adriana Díaz Moreno, Registradora Suplente.

Reg. M 2687- M. 1799699 - Valor C$ 95.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 3 80, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio COSMOPOLITAN, clase 25 Internacional, Exp.2014-001556, a favor de Hearst Communications, Inc., de Estados Unidos de América, bajo el No. 2014107439 Folio 201, Tomo 343 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua catorce de Noviembre, del 2014. Registrador.

Reg. M 2688 - M. 1799699 - Valor C$ 95.00

De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio BUCHANAN'S MASTER, clase 33 Internacional, Exp. 2014-001776, a favor de Diageo Brands B.V., de Holanda, bajo el No. 2014107481 Folio 240, Tomo 343 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua diecisiete de Noviembre, del 2014. Registrador.

Reg. M 2689 - M. 1799691 - Valor C$ 95.00

MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) de WESTERN IP MANAGEMENT S.A. de Panamá, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

Para proteger: Clase: 12 MOTOCICLETAS.

SERPENTO PYTHON

Presentada: dos de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001927. Managua, quince de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2690 - M. 1799691 - Valor C$ 95.00

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MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Gestor (a) Oficioso (a) de Laboratorio de Productos Eticos, C.E.I.S.A., de Paraguay, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

NEUMOTROPIO

Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS NEUMOLÓGICOS. Presentada: cinco de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002017. Managua, diecisiete de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2691 - M. 1799691 - Valor C$ 95.00

MAX FRANCISCO LOPEZ LOPEZ, Apoderado (a) de OLEOPRODUCTOS DE HONDURAS, S.A. DE C. V. (OLEPSA) de Honduras, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

PASTAGUETTI Para proteger: Clase: 30 PASTAS, SALSAS Y DEMÁS DERIVADOS DEL TOMATE, CAFÉ, TÉ, CACAO, AZÚCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGÚ, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CON EXCEPCIÓN DE SALSAS PARA ENSALADAS); ESPECIAS; HIELO. Presentada: diez de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº2015-002069. Managua, diecisiete de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2692 - M. 1799691 - Valor C$ 95.00

MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG de Suiza, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

DEVERITY Para proteger: Clase: l QUÍMICOS UTILIZADOS EN LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; PREPARACIONES DE TRATAMIENTO DE SEMILLAS; ABONOS. Clase: 5 PREPARACIÓN PARA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INSECTICIDAS. Presentada: once de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002086. Managua, doce de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2693 - M. 1799691 - Valor C$ 95.00

MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG de Suiza, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

ONVIVIS Para proteger: Clase: l QUÍMICOS UTILIZADOS EN LA AGRICULTURA,

HORTICULTURA Y SILVICULTURA; PREPARACIONES DE TRATAMIENTO DE SEMILLAS; ABONOS. Clase: 5 PREPARACIÓN PARA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INSECTICIDAS. Presentada: once de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002087. Managua, doce de junio, del año dos mil quince Opóngase. Registrador.

Reg. M 2694 - M. 1799691 - Valor C$ 95.00

MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG de Suiza, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

VISIQ Para proteger: Clase: 1 QUÍMICOS UTILIZADOS EN LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; PREPARACIONES DE TRATAMIENTO DE SEMILLAS; ABONOS. Clase; 5 PREPARACIÓN PARA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INSECTICIDAS. Presentada: once de junio, del año dos mil quince. Expediente Nº 2015-002088. Managua, doce de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2695 - M. 1799691 - Valor C$ 95.00

MARIO GUTIERREZ VASCONCELOS, Apoderado (a) de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG de Suiza, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

AS IMPLA Para proteger: Clase: 1 QUÍMICOS UTILIZADOS EN LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; PREPARACIONES DE TRATAMIENTO DE SEMILLAS; ABONOS. Clase: 5 PREPARACIÓN PARA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INSECTICIDAS. Presentada: once de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002085. Managua, doce de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

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Reg. M 2696 - M. 1799691 - Valor C$ 95.00

JULIAN JOSE BENDAÑA ARAGON, Apoderado (a) de DIAGEO NORTH AMERICA, INC. de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

SMIRNOFF-1° CE Para proteger: Clase: 33 BEBIDAS ALCOHÓLICAS (EXCEPTO CERVEZA). Presentada: diecisiete de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-002182. Managua, dieciocho de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2697 - M. 1799691 - Valor C$ 95.00

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De Conformidad con el artículo 19 de la Ley 380, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, se informa: Que en esta fecha se inscribió la Marca de Fábrica y Comercio FLAWLESS RADIANCE, clase 3 Internacional, Exp. 2013-000473, a favor de UNILEVER N.V., de Holanda, bajo el No. 2014103873 Folio 86, Tomo 330 de Inscripciones del año 2014, vigente hasta el año 2024. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Managua seis de Mayo, del 2014, Adriana Díaz Moreno, Registradora Suplente.

Reg. M 2698 - M. 1799691 - Valor C$ 290.00

ANA JEANSSY FORNOS ORTIZ, Gestor (a) Oficioso (a) de Oculus VR, LLC de Estados Unidos de América, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio y Marca de Servicios:

OCULUS Para proteger: Clase: 9 Programas informáticos (software) para juegos de realidad virtual; equipos (hardware) para juegos de realidad virtual; dispositivos periféricos de computadoras; programas informáticos (software) para realidad virtual para habilitar computadoras, consolas de video juegos, consolas de videojuegos manuales, (computadoras) tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles para que proporcionen experiencias de realidad virtual; programas informáticos (software) para juegos electrónicos para dispositivos inalámbricos; programas informáticos (software) para juegos electrónicos para dispositivos electrónicos manuales; programas informáticos (software) para computadoras personales y consolas de videojuegos caseras; programas de computadoras para video juegos y juegos computarizados; programas de videojuegos y juegos computarizados; dispositivos periféricos ponibles para computadoras, (computadoras) tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles, específicamente, monitores configurables en forma de visor; programas informáticos (software) para realidad virtual; programas informáticos (software) para videojuegos; programas para juegos computarizados interactivos multimedia; programas para juegos electrónicos descargables; programas informáticos (software) para juegos computarizados; auriculares para uso con computadoras. Clase: 25 Ropa para hombres, mujeres y niños, específicamente, camisas, camisetas, chaquetas, blusas, chandales, artículos para cubrir la cabeza, sombreros, gorras. Clase: 28 Auriculares y cascos para realidad virtual adaptados para jugar videojuegos; auriculares para realidad virtual para jugar videojuegos conectados a computadoras, consolas de videojuegos, consolas de videojuegos manuales, (computadoras) tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles para habilitar experiencias de realidad virtual; consolas de videojuegos; unidades de control remoto interactivas de videojuegos; dispositivos periféricos ponibles para jugar videojuegos adaptados especialmente para computadoras, consolas de videojuegos, consolas de videojuegos manuales, (computadoras) tabletas, dispositivos móviles y teléfonos móviles; controles para juegos computarizados; consolas de videojuegos. Clase: 35 Servicios de mercadotecnia, publicidad y promoción; suministro de información sobre estudios de mercado; promoción de productos y servicios de terceros a través de redes de computadoras y comunicaciones; facilitación del iriters:ambio y venta de servicios y productos de terceros a través de redes de computadoras y comunicaciones; servicios de tiendas minoristas en línea con auriculares para realidad virtual y contenido y datos de realidad virtual; suministro de mercados en línea para vendedores

de productos y/o servicios; suministro de instalaciones en línea para conectar a vendedores con compradores; establecimiento de redes comerciales. Clase: 38 Suministro de acceso a computadoras, bases de datos electrónicas y en línea; servicios de telecomunicaciones, específicamente, transmisión electrónica de contenido y datos de realidad virtual; suministro de foros en línea para comunicación de temas de interés general; suministro de tableros electrónicos para la transmisión de mensajes entre usuarios en el campo del interés general; servicios de transmisión de voz sobre Protocolo de Internet; servicios de comunicaciones telefónicas. Clase: 41 Servicios de entretenimiento, específicamente, summ1stro de juegos de realidad virtual, entretenimiento interactivo y contenido de realidad virtual; organización de exhibiciones en el campo de las industrias del entretenimiento interactivo, la realidad virtual, la electrónica de consumo y el entretenimiento con videojuegos para fines culturales o educativos; producción de videos y programas informáticos (software); suministro de juegos computarizados para uso en redes por usuarios de redes; suministro de juegos de realidad aumentada en línea; servicios de entretenimiento, específicamente, suministro de videojuegos en línea. Clase: 42 Diseño y desarrollo de equipos (hardware) y programas informáticos (software) para juegos computarizados y equipos (hardware) y programas informáticos (software) para realidad virtual; servicios de programación de computadoras para crear videos y juegos de realidad aumentados; diseño y desarrollo de programas informáticos (software) para juegos computarizados y programas informáticos (software) para videojuegos para uso con computadoras, sistemas de programas de videojuegos y redes de computadoras; desarrollo de equipos (hardware) de computadoras para juegos computarizados; servicios de desarrollo de videojuegos; servicios informáticos, específicamente, creación de comunidades virtuales para que usuarios registrados organicen grupos y eventos, participen en discusiones, obtengan comentarios de otros usuarios y se involucren en redes sociales, comerciales y comunitarias; servicios informáticos, específicamente, servicios de alojamiento de instalaciones electrónicas para terceros para organizar y conducir reuniones, eventos y discusiones interactivas a través de redes de comunicaciones; servicios de proveedor de servicios de aplicación (ASP, por sus siglas en inglés), específicamente, alojamiento de aplicaciones de programas (software) de computadoras de terceros; servicios de proveedor de servicios de aplicación (ASP) con programas informáticos (software) para habilitar o facilitar la carga, descarga, transmisión en flujo continuo, publicación, despliegue, blogueo, enlace, modificación, compartimiento o suministro de medios o información electrónicos a través de redes de comunicaciones; suministro de un servicio de redes en línea que permita a los usuarios transferir datos de identidad personal a y compartir datos de identificación personal con y entre múltiples sitios en línea; suministro de sitios en línea con tecnología que permita a usuarios en línea crear perfiles personales con información para la interconexión en redes sociales y comerciales y transferir y compartir dicha información entre múltiples sitios en línea; suministro de información de índices y bases de datos de información buscables, incluyendo textos, documentos electrónicos, bases de datos, gráficos, imágenes fotográficas e información audiovisual, por medio de computadoras y redes de comunicaciones; suministro de uso temporal de programas de aplicación no descargables para interconexión en redes sociales, creación de una comunidad virtual y transmisión de contenido y datos de realidad virtual; servicios informáticos consistentes en suministrar páginas en línea personalizadas con información definida o especificada por los usuarios, perfiles personales y

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contenido y datos de realidad virtual; servicios informáticos, específicamente, suministro de máquinas de búsqueda para obtener datos en redes globales de computadoras y comunicaciones; suministro de programas informáticos (software) no descargables para comercio electrónico para permitir a los usuarios realizar transacciones comerciales electrónicas a través de redes globales de computadoras y comunicaciones; suministro de sitios en línea que proporcionan a los usuarios la habilidad de cargar, modificar y compartir contenido y datos de realidad virtual. Clase: 45 Servicios de establecimiento de contactos personales, interconexiones en redes sociales y citas basados en Internet; suministro de bases de datos computarizadas en línea en los campos de interconexión en redes sociales, establecimiento de contactos personales y citas. Presentada: uno de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001887. Managua, diecisiete de junio, del año dos mil quince. Registrador.

Reg. M 2699 - M. 9951133 - Valor C$ 435.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

AINAX Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITICOS, ANTIARTRITICOS, ANTIFLOGIS TICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS, ANTIHEMORROIDALES, ANTIVARICOSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTIPROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS DE RMATOLOGICO S, COR TIC OE S TERO IDE S, ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOGICOS,ANTIANEMICOS,ANTITROMBOTICOS, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y PITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS,

ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTON 1 c o HE M os TAT 1 c os UTERINO s' ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y LUTEOLITICOS, INMUNOSUPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARA SIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS, ANTIESPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº2015-001897. Managua, trés de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2700 - M. 9951176 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

ARAN XI Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITICOS, ANTIARTRITICOS, ANTIFLOGISTICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICO, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS, ANTIHEMORRO IDALES, ANTIVARICOSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTI PROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS DE RMATOLOGIC OS, COR TIC OE S TEROIDE S, ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOGICOS,ANTIANEMICOS,ANTITROMBOTICOS, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES,

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DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTONICOHEMOSTATICOS UTERINOS, ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y LUTEOLITICOS, INMUNOSUPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS,OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS, ANTIESPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001899. Managua, trés de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2701 - M. 9951222 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

LORTAX Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITICOS,ANTIARTRITICOS,ANTIFLOGISTICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS, ANTIHEMORRO IDALES, ANTIVARICOSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, su L FA MI DI c os, ANTI Tu BE R c U·L os os, A N T I L E p R o T I c o s ' A N T I p R o T o 'z o o s ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS DERMATO Lo GI c os, c ORTICOE s TEROIDE s, ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS

PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOGICOS,ANTIANEMICOS,ANTITROMBOTICOS, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y PITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTE ROTON I c o HE M os TA TI c os UTERINO s, ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y L UTEOLITICOS, INMUNOSUPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS, ANTIESPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL.

Presentada: dos de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001903. Managua, trés de junio, del afio dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2702 - M. 9451290 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

LARAXTIL Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITI COS, ANTIARTRITI COS, ANTIFLOGISTICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES, ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS, ANTIHEMORROIDALES, ANTIVARI COSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS,

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08-07-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 127

MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTIPROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS DERMATOLOGIC OS, C O RTI COE S TEROIDE S, ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOGICOS,ANTIANEMICOS,ANTITROMBOTICOS, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y FITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTONICOHEMOSTATICOS UTERINOS, ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDADYLUTEOLITICOS, INMUNOSUPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOSHOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS, ANTISPASMODICOS,. UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001902. Managua, trés de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

Reg. M 2703 - M. 9951346 - Valor C$ 95.00

YAMILET MIRANDA DE MALESPIN, Apoderado (a) de MARKATRADE INC. de Barbados, solicita registro de Marca de Fábrica y Comercio:

TIRALAX Para proteger: Clase: 5 PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES, ESPECIALMENTE UN MEDICAMENTO PARA USO OFTALMICO, ANTIPERITICOS, ANALGESICOS, ANESTESICOS, ANTIALERGICOS, ANTIHISTAMINICOS, ANTIDOTOS, DESINTOXICANTES, ANTIALCOHOLICOS, ALCALOIDES; DROGAS CONTRA EL FUMADO, ANTINEOPLASICOS, ANTICANCEROSOS, ANTINEURITICOS, ANTIARTRITICOS, ANTIFLOGISTICOS, ANTIRREUMATICOS, ANTIURICEMICOS, DROGAS BRONCOPULMONARES, ANTITUSIVOS, BALSAMOS EXPECTORANTES, INHALANTES, CARDIOVASCULARES,

ANALEPTICOS, ANTIRRAQUITICOS, ANTIARTERIOESCLEROSICOSHIPOLESTEROLEMICOS, BLOQUEADORES BETA, VASODILATADORES CORONARIOS, ANTIHEMO RROIDALES, ANTIVARI COSOS, ANTIFRAGILIZADORES CAPILARES, GONOCIDAS, GLICOCIDOS, CARDIACOS, ANTIHIPERTENSIVOS, MICARDIOTROPICOS, VASODILATADORES PERIFERICOS Y CEREBRALES, QUIMIOTERAPEUTICOS, ANTIBIOTICOS, ANTIBACTERIALES, ANTIMICOTICOS, SULFAMIDICOS, ANTITUBERCULOSOS, ANTILEPROTICOS, ANTIPROTOZOOS ANTIMALARICOS, ANTIVIRALES, ANTIPARASITARIOS DERMATOLOGICOS, CORTICOESTEROIDES, ANTIPRUFITICOS, TROFODERMICOS, SUSTANCIAS PARA HACER DIAGNOSTICOS, RADIOCOPACOS, RADIOISOTOPOS, SUPLEMENTO DIETETICOS, DESINFECTANTES, DIURETICOS Y ANTIDIURETICOS, HEMATOLOGICOS, ANTIANEMICOS, ANTITROMBOTICOS, ANTICOAGULANTES, ANTIHEMORRAGICOS, PREPARACIONES PARA TRANSFUSIONES, ENZIMAS, INHIBIDORES DE ENZIMAS, HEPATOBILIARES, DESINFECTANTES HEPATOBILIARES, DROGAS Y PITOTERAPEUTICOS, GASTROINTESTINALES, ANTIACIDOS, ANTIDIARREICOS, ANTIHELMINTICOS, EMETICOS Y ANTIEMETICOS, ANTIULCEROSOS, CAMINATIVOS, ANTIFLATULENTOS, DIGESTIVOS, ANTIDISPERSICOS, LAXANTES, PURGANTES, GERIATRICOS, GINECOLOGOS, ANTIDESMENORREICOS, OXITOXICOS, GALACTOGOSOS, UTEROTONI c o HEMO s TATI c os UTERINO s' ANTISEPTICOS, ANTIFLOGISTICOS VAGINALES, DROGAS ANTIFERTILIDAD Y L UTEOLITICOS, INMUNOSUPRESORES, INMUNOACTIVADORES, ANABOLICOS, ANTIASTENICOS, ENERGETICOS, ANTIDIABETICOS, CATABOLICOS, ANTIOBESIDAD, ANOREXICOS, REGULADORES DEL METABOLISMO, NEUROLOGICOS CENTRALES Y PERIFERICOS, PARASIMPATICOMIMETICOS, ANTIEPILECTICOS CONTRA EL MAL DE PARKINSON, SEDATIVOS HIPNOTICOS, NEUROLEPTICOS, ANTIPROLACTINICOS, TRANQUILIZADORES, ANTIDEPRESIVOS, ANTISICOTICOS, TIMOANALEPTICOS, PSICOTONICOS, NEUROTROPICOS HOMEOPATICOS, HORMONAS, OPOTERAPEUTICOS, ESTROGENOS, PROGESTOGENOS, CONTRACEPTIVOS, ANGROGENOS, ANTIHORMONAS, DROGAS PARA LA TERAPIA OTORRINOLARINGOLOGICA, SUEROS Y VACUNAS, ANTISPASMODICOS, UROGENITALES, VITAMINAS Y COENZIMAS, POLIVITAMINAS, EXCIPIENTES PARA DROGAS, PRODUCTOS PARA PROBLEMAS CARDIACOS DE USOSUBLINGUAL. Presentada: dos de junio, del año dos mil quince. Expediente. Nº 2015-001909. Managua, trés de junio, del año dos mil quince. Opóngase. Registrador.

EMPRESA NICARAGÜENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SANITARIOS

Reg. 5916 - M. 68996 - Valor C$ 95.00

NICARAGUA EMPRESA NICARAGÜENSE DE ACUEDUCTOS Y

ALCANTARILLADOS SANITARIOS (ENACAL) Aviso de Licitación

La Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (ENACAL) de conformidad con el artículo 55 de

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08-07-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 127

la Ley 737 "Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público" y artículos 98 y 127 del Reglamento General a la Ley 737, informa que está abierta la convocatoria para:

a) Licitación Selectiva No. 043-2015 "Adquisición de Equipos de Cloración para Atención a Nivel Nacional"

La que se encuentra disponible en el portal único de contratación www.nicaraguacompra.gob.ni, así como, el PBC donde se incluye toda la información necesaria para preparar las ofertas, de tal forma que todo Oferente que tenga interés en participar en el proceso licitatorio pueda concurrir al mismo.

Managua, 08 de julio del 2015

(f) Lic. Natalia Avilés Herrera, Directora de Adquisiciones e Importaciones. ENACAL

Reg. 5906 - M. 56682 - Valor C$ 95.00

NICARAGUA EMPRESA GACETA No 128NICARAGÜENSE DE

ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS SANITARIOS (ENACAL)

CONVOCATORIA A LICITACION SELECTIVA No. 044-2015

La Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (ENACAL) de conformidad con lo indicado en los artículos 98 y 99 del Reglamento General a la Ley 737 "Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público" informa que la convocatoria para la Licitación Selectiva No. 044-2015 "Adquisición de Transformadores Eléctricos", está disponible en el portal único de contratación www.nicaraguacompra.gob. ni y Nota de Aviso en la página Web de ENACAL, de tal forma que todo Oferente que tenga interés en participar en el proceso licitatorio pueda concurrir al mismo.

Managua, 08 de julio de 2015

(j) Lic. Natalia Avilés Herrera, Directora de Adquisiciones e Importaciones ENACAL.

SECCIÓN JUDICIAL

Reg. 5943 - M. 17128 - Valor C$ 285.00

EDICTO

Cítese y emplácese a la señora MARÍA MAGDALENA SIRIAS GUTIÉRREZ por medio de Edictos, por ser esta de domicilio desconocido, que deberán ser publicados en un diario de Circulación Nacional, para que dentro del término legal de cinco días hábiles después de la última publicación, comparezca a esta Judicatura a hacer uso de sus derechos dentro de las presentes diligencias de Divorcio unilateral que ha promovido en su contra el sefior FÉLIX ADONIS OROZCO ARBIZU, bajo apercibimiento de nombrársele Guardador Ad-Litem -si no lo hiciere para que la represente en el presente juicio.

DADO EN EL JUZGADO DECIMO DE DISTRITO DE

FAMILIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN MANAGUA, A LAS DIEZ Y CUARENTA Y TRES MINUTOS DE LA MAÑANA, DEL VEINTIDÓS DE JUNIO DE DOS MIL QUINCE.

(f) Dr. EGBERTO ADÁN RAMOS SOLÍS, Juzgado Decimo de Distrito de Familia de la Circunscripción Managua.

(f) Secretario.

Exp: 1949-0RMS-2015-VM.

ROHUMAGO. 3-1

Reg. 5909 - M. 55714 - Valor C$ 285.00

MARÍA DE LA PAZ RAMOS LAINEZ, solicita se le declare heredera de todos los bienes, derechos y acciones que al morir su esposo el sefior ESTEBAN VIDAURRE CAMPOS conocido socialmente como JOSÉ ESTEBAN VIDAURRE CAMPOS (Q.E.P.D.). Interesados, oponerse en el término legal de ocho días. Managua, a las nueve y cuarenta y siete minutos de la mañana del dieciséis de junio de dos mil quince.

(F) ADRIANA MARIA CRISTINA HUETE LOPEZ. Juzgado Primero Distrito Civil de la Circunscripción Managua, Asunto No 005899-0RM4-2015-CV

(f) Secretaria Judicial CLNEVAZA

Reg. 5910 - M. 4107865 - Valor C$ 285.00

EDICTO

3-1

La sefiora MaríaAntonieta Jiménez Vílchez, solicita ser declarada heredera universal sobre los bienes, derechos y acciones que al morir dejará su padre Jorge Gustavo Jiménez Baltodano conocido como Jorge Tomas Jiménez Baltodano (Q.E.P.D), en especial del bien inmueble urbano ubicado en la colonia Salvadorita Casa E-70 antes conocida como Cristian Pérez, debidamente inscrita bajo el numero 87, 037, asiento 1° folio 98 y 99 Tomo: 1483, sección de derechos reales del Registro Público de este departamento. Quien se creyere con igual o mejor derecho oponerse en el termino legal de ocho días. Dado en el Juzgado Cuarto Distrito Civil de la Circunscripción Managua en la ciudad de Managua, a las diez y treinta y ocho minutos de la mafiana del nueve de junio de dos mil quince.

(F) SILVIA ELENA CHICA LARIOS. Juez Cuarto Distrito Civil de la Circunscripción Managua. (f) Ilegible. IRRADIZA

ASUNTO: 005050-0RM4-2015-CV

3-1

Reg. 5912 - M. 56434 - Valor C$ 435.00

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08-07-15 LA GACETA - DIARIO OFICIAL 127

JUICIO No 00852-0RRJ-2015-CV

EDICTOS

SILVIO GERMAN PREGO BARRIOS Y CLAUDIA ERICKA PREGO BARRIOS, solicitan declararse Herederos Universales de todos los bienes, derechos y acciones que al morir dejara su PADRE el señor JOSE DANIEL PREGO FERNANDEZ, (q.e.p.d). Y en especial de los siguientes bienes Inmuebles: 1) Propiedad inscrita con el No 605, Folios 224/225, Tomo 263, Asiento 8. 2). Propiedad Inscrita bajo el No 2,667, Folios 258/259, Tomo 466, y en el folio 248, Tomo 4 75, Asiento 12. 3) Propiedad Inscrita bajo el No 7 ,915, Folio 99/100, Tomo 187, Asiento 6. 4) Propiedad Inscrita con el No 6,658, Folio 31/32, Tomo 221, Asiento 9. 5). Propiedad Inscrita bajo el No 2, 132, Folio 212/213, Tomo 252, Asiento 21. Todas del libro de propiedades, Columna de Inscripciones de la Sección de Derechos Reales, del Registro Publico e Inmueble de Granada. Se libra el presente edicto para que se publique en un periódico de Circulación Nacional, por tres días consecutivos para que todo el que se crea con igual o mejor derecho se OPONGA, dentro del termino de ocho días contados a partir de la última publicación. Dado en el juzgado Segundo Civil de Distrito de Granada, a los DOS días del mes de junio año dos mil quince.

(F) LIC. IVETTE MARIA TO RUÑO BLANCO, JUEZ SEGUNDO CIVIL DE DISTRITO DE GRANADA. (F) LUZMILDA DEL CARMEN MEJIA PALACIOS. SRIA. JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE DISTRITO GRANADA.

3-1

Reg. 5911 - M. 68449 - Valor C$ 435.00

CARTEL

SILVIA MARIA CARRANZA VILCHEZ. INDIANA CARRANZA VILCHEZ. FRANCISCO JAVIER CARRANZA VILCHEZ. DONALD CARRANZA VILCHEZ. solicitan se les declare herederos de los bienes, derechos y acciones que al morir dejara su recordada madre DORA FRANCA VILCHEZ TERCERO (q.e.p.d) consistente en: Una propiedad urbana ubicada en el sector 3 de Enitel media cuadra al norte, Somoto, Madriz, con una extensión que mide doscientos diecinueve punto cuarenta y tres metros cuadrados dentro de los siguientes linderos: NORTE: Bertilia Nuñez Ríos y Silvia María Carranza Vílchez, fil.!.R.:. Indiana de Fátima Carranza Vílchez y Edda de Jesus Urbina Blandon ESTE; Erika María Lacayo Balladares OESTE: calle de por medio y Iglesia Católica. Inscrita con el número: 5468. Asiento: Primero, folio 132, tomo 85, libro de propiedades sesión de derechos reales del Registro Público De La Propiedad Inmueble Mercantiles Del Departamento de Madriz.

De conformidad con el Arto. 743 Pr. se señala el término de ocho días para deducir oposición de quien se creyere con igual o mejor derecho.

Somoto, Madriz ** 02/Marzo/2015

(f) Doctor: RIGOBERTO CORDOBA MATUTE, JUZGADO DE DISTRITO CIVIL SOMOTO CIRCUNSCRIPCIÓN LAS SEGOVIAS. (F) LIC. CARMEN MASIEL LARIOS S., SECRETARIA

3-1

UNIVERSIDADES

TÍTULOS PROFESIONALES

Reg. TP 5248 - M. 56448 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director del Departamento de Registro Académico de la Universidad "Jean Jacques Rousseau", Certifica que en el Tomo 1, Página 062, Línea 1488, del Libro de Registro de Títulos que esta Oficina Lleva a su Cargo, se Inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDAD JEAN JACQUES ROUSSEAU - UNIJJAR - POR CUANTO:

JOE SUYEN GONZÁLEZ LÓPEZ. Ha Cumplido con todos los Requisitos Académicos del plan de estudio de su carrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes de la facultad de: Ciencias Jurídicas. POR TANTO Le Extiende el Título de: Licenciada en Derecho. Para que goce de los derechos y prerrogativas que las Leyes y Reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los veinte días del mes de junio del año dos mil quince. Rector-Presidente: Msc. Aníbal Lanuza R. Secretaria General: Msc. RuthAlvarado O.

Conforme su original con el que fue debidamente cotejado. Managua, 20 de junio del año 2015. (f) Msc. Félix Pedro Cárcamo Meza. Director, Departamento Registro Académico.

Reg. 176 - M. 40655 - Valor C$ 190.00

CERTIFICACIÓN

La suscrita Directora de la Oficina de Registro y Control Académico de la Universidad de Managua, certifica que bajo el No. 454, Página No. 228, Tomo No. 11, del Libro de Registro de Títulos de Graduados en la Universidad de Managua, que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDAD DE MANAGUA. POR CUANTO:

YURI ELIZABETH CASTRO ANGULO, natural de Managua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos del Plan de Estudio de su Carrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas, para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil catorce. El Rector de la Universidad, Ing. Dora María Meza Cornavaca, El Secretario General, Msc. María Leticia Valle Dávila, El Director de Registro, Margarita Cuadra Ferrey.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los nueve días del mes de agosto del año dos mil catorce. (f) Margarita Cuadra Ferrey, Director de Registro.

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