exposición saludyseguridadtrabajo essch 03jul2012

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  • Direccin General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo

    Presentacin General del Reglamento de la

    Ley N 29783 sobre Seguridad y Salud en el Trabajo

  • La Importancia de la Seguridad y Salud en el Trabajo

    La Seguridad y Salud en el Trabajo es un derecho fundamental del ser humano porque busca proteger la integridad fsica, mental y social del trabajador, a travs de la prevencin, eliminacin, minimizacin y/o control los riesgos laborales, as como tambin el de proteger el medio ambiente y la propiedad, cuyos beneficios recaen directamente en los trabajadores y sus familias, en los empleadores y en el propio estado.

    2

  • La Importancia de la Seguridad y Salud en el Trabajo

    La seguridad y salud en el trabajo tiene el propsito de crear las condiciones para que el trabajador pueda desarrollar su labor eficientemente y sin riesgos, evitando sucesos y daos que puedan afectar su salud e integridad, el patrimonio de la entidad y medio ambiente, y propiciando as la elevacin de la calidad de vida del trabajador y su familia y la estabilidad social.

    3

  • GESTION DE

    SEGURIDAD Y

    SALUD EN EL TRABAJO

    Estado

    Empleadores

    Organizaciones sindicales

    Trabajadores

    Ttulo Preliminar y Objetivos de la Ley y su Reglamento

  • Sectores de servicios

    Sector Pblico

    TODOS LOS SECTORES

    ECONMICOS

    Trabajadores

    Independientes

    AMBITO DE APLICACIN mbito de Aplicacin

  • TITULO I : DISPOSICIONES GENERALES

    TITULO II: POLITICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    TITULO III: DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    TITULO IV: SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    TITULO V: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EMPLEADORES Y TRABAJADORES

    TITULO VI: NOTIFICACION DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES.

    TITULO VII: DE LA SUPERVISION, FISCALIZACION Y SANCION DE LAS ACTIVIDADES SECTORIALES

    DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL

    DISPOSICION COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS

    ESQUEMA DEL CONTENIDO DEL D.S. N 005-2012-TR, REGLAMENTO DE LA LEY N 29783

  • Poltica Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

    ESTADO

    Poltica Nacional de Seguridad y Salud en el

    Trabajo

    Empleadores

    Trabajadores

  • SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

    Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Poltica Nacional

    de SST

    CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    Representante del MTPE

    Programas Regionales

    de SST

    CONSEJO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

    TRABAJO

    Representante de la direccin regional de

    MTPE

  • De 20 a ms trabajadores

    Comit de seguridad y salud

    en el trabajo

    conformado por representante de

    organizaciones sindicales en caso

    exista

    - Deben elaborar un reglamento interno de SST

    -Libro de Actas

    BENEFICIOS:

    -Licencia con goce de haber para realizar labores de SST,

    -Proteccin contra despido incausado.

    Duracin: hasta seis meses antes y despus del termino de su funcin.

    Menor de 20 trabajadores

    Supervisor de seguridad y salud

    en el trabajo

    elegido por los trabajadores

    - Libro de notas tipo actas.

    OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR: - Realizar mnimo 4 capacitaciones al ao en temas relacionados a SST, - Adjuntar al contrato de trabajo la descripcin de las recomendaciones de SST

    Conformacin del Comit de SST

  • Entidades encargadas de la SST

    10

    Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo

    Ministerio de Salud

    Otras entidades Ministerio de Construccin y

    Vivienda

    Ministerio de Energa y Minas

    a) Los dos entes supra sectoriales de la seguridad y salud en el trabajo de acuerdo a la Ley N 29783 Art. N 16 son: MTPE y MINSA.

    b) INDECI se encarga de la seguridad ante desastres naturales, planes de contingencia y respuesta a emergencia, regulado por la Ley N 28551.

    c) Los Gobiernos Regionales y locales ven dentro de sus competencias los programas sectoriales con respecto a la SST.

  • Normas Nacionales e Internacionales

  • NORMAS NACIONALES

    NORMAS INTERNACIONALES

    NORMAS: REGLAS DE CONDUCTA QUE SE USAN

    PARA IMPLEMENTAR EL

    SGSST:

    NORMAS, DISPOSICIONES DE LA PROPIA ORGANIZACIN

    1.1 Normas

    R E

    s

    12

  • CONSTITUCIN POLTICA DEL ESTADO

    LEYES

    EN EL SGSST,

    EL EMPLEADOR

    DEBE TENER

    EN CUENTA: DECRETOS SUPREMOS

    RESOLUCIONES MINISTERIALES Y DIRECTORALES

    ORDENANZAS DE GOBIERNOS REGIONALES Y MUNICIPALES ENTRE OTROS

    1.2 Requisitos Legales y Otros

    R E

    s

    13

  • Normas Internacionales vinculadas a la SST

    14

    Decisin 584 Inst. Andino (Art. N 2 )

    Tiene por objeto promover y regular las acciones que se deben desarrollar en los centro de trabajo de los pases

    miembros para disminuir o eliminar los daos a la salud de los trabajadores, mediante la aplicacin de medidas de

    control.

    ILO OSH 2001 (Dentro de los objetivos 1.1)

    Estas directrices deberan contribuir a proteger a los trabajadores contra los peligros y a eliminar las lesiones,

    enfermedades, dolencias, incidentes y muertes relacionadas con el trabajo.

    OHSAS 18001:2007

    (Objeto y aplicacin)

    Este estndar de la serie de evaluacin de la SST especifica los requisitos para un SGSST, destinados a permitir que una

    organizacin controle sus riesgos para la SST y mejore su desempeo de la seguridad y salud en el trabajo.

  • Normas Nacionales vinculadas a la SST

    15

    Constitucin Poltica del Per 1993

    (Arts. N 2 y 7)

    Toda persona tiene derecho a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psquica y fsica.

    Todos tienen derecho a la proteccin de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad as como el deber de

    contribuir a su promocin y defensa.

    Ley N 29783 (Ttulo preliminar-

    Principio de prevencin)

    D.S N 005-2012-TR, SU REGLAMENTO

    El empleador garantiza en el centro de trabajo, el establecimiento de los medios y condiciones que protejan la

    vida, la salud y el bienestar de los trabajadores.

  • Sistema de Gestin de Seguridad y Salud en el

    Trabajo

  • CORRECCIN Y DESEMPEO

    SUSTITUCION PROGRESIVA DE PROCEDIMIENTOS TECNICAS, POR AQUELLOS QUE PRODUZCAN MENOR O NINGUN RIESGO PARA EL TRABAJADOR

    2.1 Sistema de Gestin de SST

  • INSTRUMENTOS Y DIRECTRICES

    INTERNACIONALES Y LA LEGISLACIN

    VIGENTE

    EL EMPLEADOR

    DEBE ADOPTAR UN

    ENFOQUE

    DE CONFORMIDAD

    2.2 Sistema de Gestin de SST

    R E

    s

    18

  • ESPECFICA

    EXPONE POR ESCRITO LA

    POLTICA QUE DEBE SER:

    APROPIADA A LA NATURALEZA EL EMPLEADOR, EN CONSULTA

    CON LOS TRABAJADORES Y

    SUS REPRESENTANTES

    CONCISA Y CLARA

    FIRMADA POR EL EMPLEADOR

    DIFUNDIDA Y ACCESIBLE

    ACTUALIZADA Y A DISPOSICIN DE LAS PARTES INTERESADAS

    2.3 Poltica de SST

    R E

    s

    19

  • EL EMPLEADOR DEBE IMPLEMENTAR EL

    SGSST

    CONSIDERANDO: -Tipo de Empresa -Nivel de exposicin a peligros y riesgos - Cantidad de trabajadores expuestos

    2.4 Sistema de Gestin de SST

    R E

    s

    20

  • a) Cumplir como mnimo, las

    disposiciones de las leyes y reglamentos

    nacionales, los acuerdos convencionales

    y otras derivadas de la prctica preventiva.

    b) Mejorar el desempeo laboral en forma segura.

    LA

    PLANIFICACIN

    PERMITE A LA

    EMPRESA

    c) Mantener los procesos productivos

    o de servicios de manera que sean seguros y saludables.

    2.5 Planificacin

    R E

    s

    21

  • SIRVEN DE BASE

    PARA PLANIFICAR EL

    SGSST Y/O

    REALIZAR LA

    MEJORA CONTINUA.

    LA EVALUACIN

    APLICA A TODOS

    LOS TRABAJADORES

    Y A LAS

    ORGANIZACIONES SINDICALES.

    PARA ESTABLECER UN SGSST SE

    DEBE:

    LOS RESULTADOS

    REALIZAR UNA EVALUACIN

    INICIAL O ESTUDIO DE LNEA BASE DEL

    SISTEMA EXISTENTE DE LA ORGANIZACIN

    Consiste en comparar los requisitos del sistema existente, con los requisitos de la ley

    de SST, y otros dispositivos pertinentes

    R E

    s

    2.5.1 Estudio de Lnea Base

    22

  • LA LNEA BASE

    PROPORCIONA

    INFORMACIN

    PARA:

    - CONSIDERAR TODOS LOS RIESGOS A LOS QUE LA

    ORGANIZACIN SE ENFRENTA.

    - FORMULAR PLANES.

    - IMPLEMENTAR Y PRIORIZAR

    MEJORAS EN EL SGSST.

    EN EL PROCESO SE PUEDE HACER USO DE

    LISTAS DE VERIFICACIN, ENTREVISTAS,

    INSPECCIONES, MEDICIN DIRECTA,

    RESULTADO DE AUDITORAS, ETC.

    R E

    s

    23

    2.5.1 Estudio de Lnea Base OHSAS 18001

  • 24

    FSICOS

    EL

    EMPLEADOR

    PREV

    CONTROLES

    DE LA

    EXPOSICIN

    A LOS AGENTES:

    QUMICOS

    BIOLGICOS

    ERGONMICOS

    PSICOSOCIALES

    2.5.2 Identificacin de Peligros y Evaluacin de Riesgos - IPER

    R E

    s

  • a) ELIMINACIN DE LOS

    PELIGROS Y RIESGOS DESDE EL ORIGEN

    b) SUSTITUCIN DE LA FUENTE QUE GENERA EL PELIGRO

    c) APLICACIN DE CONTROLES DE INGENIERA

    LAS MEDIDAS

    DE

    PREVENCIN

    Y

    PROTECCIN

    DENTRO DEL

    SGSST, SE

    APLICAN EN

    EL SIGUIENTE

    ORDEN DE PRIORIDAD

    2.5.2 Identificacin de Peligros y Evaluacin de Riesgos - IPER

    d) APLICACIN DE CONTROLES ADMINISTRATIVOS

    e) DOTACIN DE EQUIPOS DE PROTECCIN PERSONAL

    R E

    s

    25

  • A) APROBAR LOS DOCUMENTOS. B) REVISAR Y ACTUALIZAR LOS DOCUMENTOS. C) ASEGURARSE QUE SE IDENTIFICAN LOS CAMBIOS Y EL ESTADO DE REVISIN ACTUAL DE LOS DOCUMENTOS. D) ASEGURARSE QUE LAS VERSIONES PERTINENTES DE LOS DOCUMENTOS ESTN DISPONIBLES EN LOS PUNTOS DE USO. E) ASEGURARSE DE QUE PERMANECEN LEGIBLES Y FCILMENTE IDENTIFICABLES. F) ASEGURARSE QUE SE IDENTIFICAN LOS DOCUMENTOS DE ORIGEN EXTERNO QUE LA ORGANIZACIN HA DETERMINADO QUE SON NECESARIOS PARA LA PLANIFICACIN Y OPERACIN DEL SGSST Y SE CONTROLA SU DISTRIBUCIN; Y G) PREVENIR EL USO NO INTENCIONADO DE DOCUMENTOS OBSOLETOS Y APLICARLES UNA IDENTIFICACIN ADECUADA EN EL CASO DE QUE SE CONSERVEN POR CUALQUIER RAZN.

    LA ORGANIZACION DEBE ESTABLECER, IMPLEMENTAR Y MANTENER UNO

    O VARIOS PROCEDIMIENTOS

    PARA:

    2.6 Hacer: Documentacin y Control OHSAS 18001

    R E

    s

    26

  • REALIZA :

    -EL DISEO DE LOS PUESTOS Y AMBIENTES DE

    TRABAJO.

    -LA SELECCIN DE EQUIPOS Y MTODOS DE

    TRABAJO.

    -LA ATENUACIN DEL TRABAJO MONTONO Y

    REPETITIVO.

    - LA ELIMINACIN DE LAS SITUACIONES Y

    AGENTES PELIGROSOS.

    - LA SUSTITUCIN DE SITUACIONES PELIGROSAS,

    POR OTRAS QUE ENTRAEN MENOR PELIGRO.

    - EL MANTENIMIENTO DE POLTICAS DE

    PROTECCIN COLECTIVA E INDIVIDUAL.

    EL EMPLEADOR

    2.6.1 Control Operacional

    R

    PROCEDIMIENTOS

    Y ESTNDARES DE TRABAJO

    E

    s

    27

  • EN LAS EVALUACIONES DEL PLAN INTEGRAL DE PREVENCIN DE

    RIESGOS, SE TIENE EN CUENTA LOS FACTORES DE RIESGO QUE

    PUEDAN INCIDIR EN LAS FUNCIONES DE PROCREACIN DE LOS

    TRABAJADORES; EN PARTICULAR, POR LA EXPOSICIN A LOS

    AGENTES FSICOS, QUMICOS, BIOLGICOS, ERGONMICOS Y

    PSICOSOCIALES, CON EL FIN DE ADOPTAR LAS MEDIDAS

    PREVENTIVAS NECESARIAS.

    2.6.2 Control Operacional

    R E

    s

    28

  • EL EMPLEADOR

    2.6.3 Preparacin y Respuesta a Emergencias

    ES EL RESPONSABLE DE

    LA MEJORA CONTINUA DE LOS

    PROCESOS, LA GESTIN DEL

    CAMBIO, LA PREPARACIN Y

    RESPUESTA A SITUACIONES DE

    EMERGENCIA.

    R E

    s

    29

  • LA MEDICIN Y EVALUACIN PERIDICA DEL DESEMPEO

    CON RESPECTO A LOS ESTNDARES.

    EL RECONOCIMIENTO

    POR EL BUEN DESEMPEO.

    EL EMPLEADOR

    DEBE CONSIDERAR:

    2.7 Verificar: Seguimiento y Medicin del Desempeo

    R E

    s

    30

  • LAS CAUSAS INMEDIATAS (ACTOS Y CONDICIONES SUBESTNDARES).

    LAS CAUSAS BSICAS (FACTORES PERSONALES Y FACTORES DEL TRABAJO).

    LA INVESTIGACIN

    DE LOS

    ACCIDENTES,

    ENFERMEDADES E

    INCIDENTES

    RELACIONADOS

    CON EL TRABAJO Y

    SUS EFECTOS EN

    LA SST, PERMITE DETERMINAR: *

    CUALQUIER DIFERENCIA DEL SGSST, PARA

    LA PLANIFICACIN DE LA ACCIN CORRECTIVA PERTINENTE.

    2.7.1 Investigacin de Accidentes

    R E

    s

    31

  • PERMITE:

    EL OBJETO

    DE LA SUPERVISIN

    2.7.2 No Conformidad, Accin Correctiva y Accin Preventiva

    IDENTIFICAR LAS FALLAS O DEFICIENCIAS EN EL SGSST.

    ADOPTAR LAS MEDIDAS

    PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS

    ASOCIADAS AL TRABAJO.

    * * *

    R E

    s

    32

  • REALIZA AUDITORAS PERIDICAS A FIN DE COMPROBAR SI

    EL SGSST HA SIDO APLICADO, ES ADECUADO Y EFICAZ.

    LA AUDITORA SE REALIZA POR AUDITORES

    INDEPENDIENTES.

    EL EMPLEADOR *

    EN LA CONSULTA SOBRE LA SELECCIN

    DEL AUDITOR Y EN TODAS LAS FASES DE

    LA AUDITORA, INCLUIDO EL ANLISIS DE

    LOS RESULTADOS DE LA MISMA, SE

    REQUIERE LA PARTICIPACIN DE LOS

    TRABAJADORES Y DE SUS REPRESENTANTES.

    2.8 Verificar: Auditora Interna

    R E

    s

    33

  • -QUE LA

    ESTRATEGIA

    GLOBAL DEL

    SGSST LOGRE

    LOS FINES

    PREVISTOS.

    - DE SER EL

    CASO, CAMBIOS

    EN LA POLTICA Y

    EN LOS

    OBJETIVOS DEL

    SGSST

    * *

    LAS

    INVESTIGACIONES

    Y LAS

    AUDITORAS

    DEBEN PERMITIR

    AL EMPLEADOR * *

    2.8 Auditora Interna

    RESULTADOS

    DEBEN SER

    COMUNICADOS AL

    CSST, A LOS

    TRABAJADORES Y

    A SUS

    ORGANIZACIONES SINDICALES

    R E

    s

    34

  • Los objetivos de la SST de la empresa.

    Los resultados de las actividades de IPER.

    LA DIRECCIN

    DE LA EMPRESA

    DEBE REVISAR

    Y TOMAR

    ACCIONES DE

    LOS ASPECTOS

    MS

    RELEVANTES

    DEL SGSST,

    RELACIONADOS CON:

    Los resultados de la supervisin y medicin de la eficiencia.

    La investigacin de accidentes, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo.

    Los resultados y recomendaciones de las auditoras y

    evaluaciones realizadas por la direccin de la empresa.

    2.9 Actuar: Revisin por la Direccin

    Las recomendaciones del CSST, o del supervisor de SST

    y por cualquier miembro de la empresa en pro de mejoras.

    Los cambios en las normas legales.

    Los resultados de las inspecciones de trabajo y sus

    respectivas medidas de recomendacin, advertencia y requerimiento.

    Los acuerdos convencionales y actas de trabajo.

    R E

    35

  • Derechos y Obligaciones de los

    Empleadores

  • Garantizar que las elecciones de los representantes de los trabajadores se realicen a travs de las organizaciones sindicales.

    Garantizar el real y efectivo trabajo del Comit Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, asignando los recursos necesarios.

    Por incumplimientos de deber de prevencin genera la obligacin de pagar indemnizacin a las victimas o sus derechohabientes. Escenario del trabajo : Durante la ejecucin de una labor bajo su autoridad o en el desplazamiento a la misma, an fuera del lugar y horas de trabajo;

    3.1 Derechos y obligaciones de los empleadores

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES

    En el enfoque de genero y proteccin de las trabajadoras, se considera que al estar en estado de gestacin tienen derecho a ser transferidas a otro puesto que no implique riesgo para su salud integral, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categora;

    Las empresas especiales de servicios o cooperativas de trabajadores que desarrollen obras o servicios en el centro de trabajo o con ocasin del trabajo correspondiente del principal, en caso de incumplimiento, la empresa principal es la responsable solidaria frente a los daos e indemnizaciones que pudiera generarse

    3.1 Derechos y obligaciones de los empleadores

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES

    Los resultados de los exmenes mdicos al ser confidenciales no pueden ser utilizados para ejercer discriminacin alguna sobre los trabajadores en ninguna circunstancia o momento, el incumplimiento del deber de confidencialidad por parte de los empleadores es pasible de acciones administrativas y judiciales.

    Garantizar que los trabajadores hayan sido consultados antes de que se ejecuten cambios en las operaciones, los procesos y en la organizacin del trabajo que pudieran tener repercusiones en la seguridad y salud de los trabajadores.

    Informar a los trabajadores a ttulo grupal, de las razones para los exmenes de salud ocupacional e investigaciones en relacin con los riesgos para la seguridad y salud en los puestos de trabajo y a ttulo personal, sobre los resultados de los informes mdicos previos a la asignacin de un puesto de trabajo y los relativos a la evaluacin de la salud,

    3.1 Derechos y obligaciones de los empleadores

  • ENTREGAR A CADA TRABAJADOR EL RISST *

    REALIZAR NO MENOS DE CUATRO CAPACITACIONES AL AO EN SST *

    LAS EMPRESAS

    CON VEINTE O

    MS

    TRABAJADORES

    ELABORAN SU RISST

    ADJUNTAR AL CONTRATO DE TRABAJO, LA

    DESCRIPCIN DE LAS RECOMENDACIONES DE SST *

    BRINDAR FACILIDADES ECONMICAS Y

    LICENCIAS CON GOCE DE HABER PARA LA PARTICIPACIN *

    ELABORAR UN MAPA DE RIESGOS CON LA

    PARTICIPACIN DE LA ORGANIZACIN SINDICAL,

    REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES,

    DELEGADOS Y EL CSST, EL CUAL DEBE EXHIBIRSE EN UN LUGAR VISIBLE. *

    4.1 Requisitos Mnimos

    EL

    EMPLEADOR DEBE

    R E

    s

    40

    3.2 Requisitos Mnimos

  • EL EMPLEADOR GARANTIZA, EN EL

    CENTRO DE TRABAJO, EL

    ESTABLECIMIENTO DE LOS MEDIOS Y

    CONDICIONES QUE PROTEJAN LA VIDA,

    LA SALUD Y EL BIENESTAR DE LOS

    TRABAJADORES, Y DE AQUELLOS QUE,

    NO TENIENDO VINCULO LABORAL,

    PRESTAN SERVICIOS O SE ENCUENTRAN

    DENTRO DEL AMBITO DEL CENTRO DE LABORES.

    EL DEBER DE PREVENCIN DEL

    EMPLEADOR

    3.2 Requisitos Mnimos

    R E

    s

    41

  • 3.3 Identificacin de Peligros y Evaluacin de Riesgos - IPER

    EL EMPLEADOR:

    GARANTIZA LA

    PROTECCIN DE

    LOS

    TRABAJADORES

    QUE, POR SU

    SITUACIN DE

    DISCAPACIDAD,

    SEAN

    ESPECIALMENTE

    SENSIBLES A

    LOS RIESGOS

    DERIVADOS DEL TRABAJO.

    R E

    s

    42

  • ES RESPONSABLE DEL SGSST

    ASUME EL LIDERAZGO Y COMPROMISO DE LAS

    ACTIVIDADES EN SST, RESPALDA LAS

    ACTIVIDADES DE SST Y DEBE PROVEER Y

    MANTENER UN AMBIENTE DE TRABAJO SEGURO Y SALUDABLE

    DELEGA LAS FUNCIONES Y LA AUTORIDAD NECESARIA AL PERSONAL

    ENCARGADO DEL DESARROLLO, APLICACIN Y RESULTADOS DEL SGSST, QUIEN

    RINDE CUENTAS AL EMPLEADOR, ELLO NO LO EXIME DE SU DEBER DE PREVENCIN Y, DE SER EL CASO, DE RESARCIMIENTO.

    EL EMPLEADOR

    3.4 Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad

    ORGANIZA UN SERVICIO DE SST PROPIO O COMN A VARIOS

    EMPLEADORES, CUYA FINALIDAD ES ESENCIALMENTE PREVENTIVA

    R E

    s

    43

  • TIENE LA OBLIGACIN DE

    PRACTICAR EXMENES MDICOS

    ANTES, DURANTE Y AL TRMINO DE

    LA RELACIN LABORAL A LOS

    TRABAJADORES, ACORDES CON

    LOS RIESGOS A LOS QUE ESTN

    EXPUESTOS EN SUS LABORES.

    EL EMPLEADOR

    3.4 Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad

    R E

    s

    44

  • EL EMPLEADOR INFORMA AL MTPE LOS ACCIDENTES MORTALES.

    LOS INCIDENTES PELIGROSOS.

    CUALQUIER OTRO TIPO DE SITUACIN QUE ALTERE O PONGA EN RIESGO

    LA VIDA, INTEGRIDAD FSICA Y PSICOLGICA DEL TRABAJADOR SUSCITADO EN EL MBITO LABORAL.

    3.6 Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad

    R E

    s

    45

    EL CENTRO MEDICO ASISTENCIAL QUE ATIENDAN AL TRABAJADOR POR PRIMERA VEZ SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO Y

    ENFERMEDADES PROFESIONALES REGISTRADAS O LAS QUE SE AJUSTEN

    A LA DEFINICIN LEGAL DE ESTAS EST OBLIGADO A INFORMAR AL MTPE.

    3.4 Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad

  • DEFINE LOS REQUISITOS DE COMPETENCIAS PARA CADA PUESTO DE TRABAJO.

    ADOPTA DISPOSICIONES PARA QUE TODO TRABAJADOR DE LA ORGANIZACIN EST CAPACITADO.

    EL EMPLEADOR

    *

    ESTABLECE PROGRAMAS DE CAPACITACIN Y ENTRENAMIENTO.

    GARANTIZA LA OPORTUNA Y APROPIADA CAPACITACIN Y ENTRENAMIENTO AL

    MOMENTO DE LA CONTRATACIN, DURANTE EL DESEMPEO DE LA LABOR Y

    CUANDO SE PRODUZCAN CAMBIOS EN LA FUNCIN O PUESTO DE TRABAJO O EN LA TECNOLOGA.

    CONSIDERA LAS COMPETENCIAS PERSONALES, PROFESIONALES Y DE GNERO DE LOS TRABAJADORES AL MOMENTO DE ASIGNAR LAS LABORES.

    CONTROLA Y REGISTRA QUE SOLO LOS TRABAJADORES, ADECUADA Y

    SUFICIENTEMENTE CAPACITADOS Y PROTEGIDOS, ACCEDAN A LOS AMBIENTES O ZONAS DE RIESGO GRAVE Y ESPECFICO.

    3.5 Entrenamiento, Competencia y Toma de Conciencia

    QUE DISEE, FABRIQUE, IMPORTE, SUMINISTRE O CEDA MQUINAS, EQUIPOS,

    SUSTANCIAS, PRODUCTOS O TILES DE TRABAJO, DISPONE LO NECESARIO PARA

    QUE:

    SE PROPORCIONE INFORMACIN Y CAPACITACIN SOBRE LA INSTALACIN

    ADECUADA, UTILIZACIN Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LAS MAQUINARIAS Y

    EQUIPOS, ASIMISMO PARA EL USO APROPIADO DE LOS MATERIALES PELIGROSOS.

    R E

    s

    46

  • A) A TTULO GRUPAL, LAS RAZONES DE LOS

    EXMENES OCUPACIONALES E

    INVESTIGACIONES EN RELACIN CON LOS

    RIESGOS PARA LA SEGURIDAD Y SALUD EN

    LOS PUESTOS DE TRABAJO.

    B) A TTULO PERSONAL, SOBRE LOS

    RESULTADOS DE LOS INFORMES MDICOS

    QUE SON CONFIDENCIALES, CUYO

    INCUMPLIMIENTO A LA CONFIDENCIALIDAD

    POR PARTE DE LOS EMPLEADORES ES

    PASIBLE DE ACCIONES ADMINISTRATIVAS Y

    JUDICIALES A QUE D LUGAR.

    EL EMPLEADOR

    3.6 Comunicacin, Participacin y Consulta

    R

    PROCEDIMIENTO

    E

    s

    47

  • - IMPLEMENTA LOS REGISTROS Y

    DOCUMENTACIN DEL SGSST (FSICOS O

    ELECTRNICOS).

    -DEBEN ESTAR ACTUALIZADOS Y A DISPOSICIN

    DE LOS TRABAJADORES Y DE LA AUTORIDAD

    COMPETENTE, RESPETANDO EL DERECHO A LA

    CONFIDENCIALIDAD.

    - EN EL REGLAMENTO SE ESTABLECEN LOS

    REGISTROS OBLIGATORIOS A CARGO DEL

    EMPLEADOR.

    - LOS REGISTROS RELATIVOS A ENFERMEDADES

    OCUPACIONALES SE CONSERVAN POR UN

    PERIODO DE VEINTE AOS.

    EL EMPLEADOR

    3.7 Documentacin y Control

    R E

    s

    48

  • -ADOPTA EL ENFOQUE DE GNERO PARA LA

    DETERMINACIN DE LA EVALUACIN INICIAL Y EL

    PROCESO DE IDENTIFICACIN DE PELIGROS Y

    EVALUACIN DE RIESGOS ANUAL.

    - IMPLEMENTA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA EVITAR

    LA EXPOSICIN DE LAS TRABAJADORAS EN PERODO

    DE EMBARAZO O LACTANCIA A LABORES PELIGROSAS.

    EL EMPLEADOR

    3.8 Control Operacional

    LAS TRABAJADORAS EN ESTADO DE GESTACIN TIENEN

    DERECHO A SER TRANSFERIDAS A OTRO PUESTO QUE

    NO IMPLIQUE RIESGO PARA SU SALUD INTEGRAL, SIN

    MENOSCABO DE SUS DERECHOS REMUNERATIVOS Y DE

    CATEGORA.

    R E

    s

    49

  • -NO EMPLEA MENORES Y ADOLESCENTES PARA LA

    REALIZACIN DE ACTIVIDADES INSALUBRES O

    PELIGROSAS.

    -DEBE REALIZAR UNA EVALUACIN DE LOS

    PUESTOS DE TRABAJO QUE VAN A DESEMPEAR

    LOS ADOLESCENTES, CON EL OBJETO DE

    ADOPTAR LAS MEDIDAS PREVENTIVAS

    NECESARIAS.

    -PRACTICA EXMENES MDICOS ANTES, DURANTE

    Y AL TRMINO DE LA RELACIN LABORAL A LOS

    ADOLESCENTES TRABAJADORES.

    EL EMPLEADOR

    3.8 Control Operacional

    R E

    s

    50

  • Derechos y Obligaciones de los

    Trabajadores

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

    Tiene derecho a comunicarse libremente con los inspectores de trabajo, esto puede producirse an sin la presencia del empleador.

    La transferencia de un trabajador motivada por razones de seguridad y salud en el trabajo, esta debe producirse sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categora

    4.1 Derechos de los Trabajadores

  • ELIGEN A SUS REPRESENTANTES

    ANTE EL CSST O A SUS SUPERVISORES EN SST

    En los centros de trabajo en donde existen organizaciones sindicales,

    la organizacin ms representativa convoca a las elecciones del

    comit paritario, en su defecto, es la empresa la responsable de la convocatoria.

    LOS TRABAJADORES

    4.2 Recursos, Funciones, Responsabilidad y Autoridad

    El CSST, el supervisor y todos los que participen en el SGSST cuentan

    con la autoridad que requieran para llevar a cabo adecuadamente sus

    funciones. Asimismo, se les otorga distintivos que permitan a los trabajadores identificarlos.

    R E

    s

    53

  • LOS TRABAJADORES Y

    SUS REPRESENTANTES

    4.3 Obligaciones de los trabajadores

    R E

    s

    54

    Tienen la obligacin de revisar los programas de capacitacin y entrenamiento, y formular las

    recomendaciones al empleador

    Deben responder e informar con veracidad a las instancias pblicas que se lo requieran, caso contrario es considerado falta grave, sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente.

  • Inspeccin de Trabajo en Seguridad y Salud

    en el Trabajo

  • Incluir en las visitas de inspeccin a los trabajadores, sus representantes, los peritos y los tcnicos, los representantes de los comits paritarios o los designados oficialmente

    Aconsejar y recomendar la adopcin de medidas para promover el mejor cumplimiento sobre las normas de seguridad y salud en el trabajo, requerir al inspeccionado que dentro de un plazo determinado cumpla con realizar las modificaciones requeridas

    iniciar el procedimiento sancionador mediante la extensin de actas de infraccin o por infraccin por incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo

    5.1 Facultades de los Inspectores de Trabajo

  • 5.1 Esquema bsico de procedimiento

    inspectivo de acuerdo a la Ley N 28806

    Se emite acta de infraccin

    No subsana observaciones

    Archivo de expediente

    Subsana observaciones

    Acto de comparecencia

    Constancia de actuaciones inspectivas

    Visita inspectiva

    Inspeccin u orientacin

    Multa Inicio del

    procedimiento sancionador

    Sub direccin de inspecciones

    Orden

  • En el caso de que los inspectores comprueben que la inobservancia de la normatividad sobre prevencin de riegos laborales implica un grave e inminente riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores pueden ordenar de conformidad con la legislacin de inspecciones la inmediata paralizacin o la prohibicin de los trabajos o tareas, dichas ordenes son inmediatamente ejecutadas, independientemente del pago de las remuneraciones e indemnizaciones a favor de los trabajadores afectados.

    5.4 Paralizacin o prohibicin de trabajos por riesgo grave o inminente