exposición exegética de 1 corintios 11

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  • 8/17/2019 Exposición Exegética de 1 Corintios 11

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    La frase “cubrir  la cabeza”, en este texto, se usa siempre en sentido físico: cubrir la

    cabeza con el velo, la prenda de vestir (vs. 4-7). Cuando Pablo dice que “todo varón

    que ora o profetiza…  toda mujer que ora o profetiza” (vs. 4 y 5), se está refiriendo

    al varón y a la mujer en general. Es decir, el varón, cualquier varón, deshonra su

    cabeza [la cual es Cristo] si se cubre con un velo, y la mujer, cualquier mujer,

    deshonra su cabeza [la cual es el varón] si NO se cubre con el velo.

    Por otro lado, Pablo infiere el contexto (especial pero no exclusivamente) en el cual

    la mujer debe cubrirse la cabeza: cuando “ora o profetiza” en la asamblea. Aclarar,

    además, que una cosa es orar  y otra diferente es profetizar , cualquiera que sea la

    acepción de esta última palabra. Algunos exegetas de las “Iglesias de Cristo” no

    quieren hacer esta distinción de términos, pues ello implicaría aceptar que la

    mujer oraba  en la iglesia de Corinto, al margen de que tuviera o no el don de

    profetizar (privilegio de orar que ellos niegan a la mujer); y, por otro lado, limitan a

    una sola acepción el término “profetizar” (revelar lo por venir); así, como hoy no

    hay  profetas  que revelen nada, (y el velo, según ellos, era para las  profetisas)

    liquidan el asunto del velo por el camino más corto. ¡Pésima exégesis!

    Por nuestra parte, pues, concluimos esta introducción afirmando que el tema central

    de 1 Corintios 11:2-15 radica en el hecho de “cubrirse o no cubrirse” con el velo. Y

    teniendo en cuenta que esta prenda era el signo físico y visible de la tutela de la

    mujer, el tema subyacente de este texto es la autoridad  del varón sobre la mujer,

    tema presente en otras secciones de esta misma carta (por ejemplo, 1 Corintios

    14:34-35).

    Desglosamos este artículo en cinco partes: a) Significado estético, ético y legal

    del velo; b) Exegesis del texto; c) Implicaciones de la supresión del velo; d)

    Observaciones hermenéuticas pertinentes del texto; y e) Qué motivó a las

    mujeres cristianas de Corinto para prescindir del velo. 

    A) SIGNIFICADO ESTÉTICO, ÉTICO Y LEGAL DEL VELO 

    Significado ético y estético 

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    Parece ser que la tradición de ocultar la cara de la mujer tras un velo en Oriente

    tiene su origen en una ley asiria del año 1200 a.C.[1].. Los primeros datos en la Biblia

    respecto al uso del velo lo hallamos en la historia de Isaac. Cuando el hijo de la

    promesa se acercaba a la comitiva donde venía Rebeca, y el criado de Abraham le

    informó a ésta que se trataba de Isaac, Rebeca “entonces tomó el velo, y se cubrió”

    (Génesis 24:65). En los días de Jesús, cuando la mujer judía de Jerusalén salía de

    casa, llevaba la cara cubierta con un tocado que comprendía dos velos sobre la

    cabeza, una diadema sobre la frente con cintas colgantes hasta la barbilla y una

    malla de cordones y nudos; de este modo no se podían reconocer los rasgos de su

    cara.[2].  En los círculos más legalistas de la época del Nuevo Testamento, las

    mujeres y las hijas doncellas quedaban encerradas en los harenes y sólo podían

    mostrarse en público cubiertas con un velo. Y las mujeres más extremistas se

    cubrían incluso estando en el hogar. La madre Kimhit, que había tenido siete hijos,

    que todos fueron sumos sacerdotes, reconoce: “Jamás vieron mis trenzas las vigas

    de mi casa” (TB Yomá 47ª)[3]. 

    Significado legal 

    En primer lugar, decir que la sumisión de la mujer al hombre, ya sea al padre o al

    marido, está implícito en el tipo de familia patriarcal. El padre es “señor” de todo

    cuanto depende de él o pertenece al ámbito del hogar en el cual él es el jefe único

    e indiscutible (Jueces 11:30-39). De ello se deduce que el estatus de la mujer es

    una consecuencia de esta institución social y familiar vigente tanto en el mundo

    griego como en el judaísmo en los días del Nuevo Testamento. El cristianismo

    simplemente recogió el testigo de esa institución social e hizo la misma exégesis

    rabínica tal como leemos en los textos del Nuevo Testamento (1 Corintios 11:8-9;

    Efesios 5:22-24; Colosenses 3:18; 1 Pedro 3:1).

    En segundo lugar (como veremos más adelante) el uso del velo iba más allá de una

    simple y tradicional costumbre de los pueblos de Oriente Medio relacionado con el

    pudor. Tras la costumbre del velo había un sometimiento del hombre sobre la mujer,

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    Nos tememos que dicho estudio vendría a confirmarnos que el establecimiento de

    esta jerarquía no era ajeno a la institución social y familiar de la cual se deriva el

    estatus de la mujer. Es decir, el papel institucionalizado de la mujer (de signo

    patriarcal) es el que sirvió de reseña teológica para establecer dicha jerarquía, y

    como una consecuencia de ello devino la carencia de personalidad jurídica de la

    mujer. Y todo este conglomerado legal, social y religioso, en el que se encontraba

    la mujer, especialmente en el judaísmo, vino a estar simbolizado en una prenda de

    vestir: el VELO.

    El cabello “largo” no sustituye al velo 

     Algunos apologistas, para solventar el problema del velo hoy, han simplificado el

    tema que expone Pablo diciendo que el cabello largo (¿cuánto de largo?) sustituye

    al velo. Pero esta simplificación, además de salirse de la exégesis del texto,

    contradice la conclusión del Apóstol expresada en su pregunta retórica: “”Juzgad

    vosotros mismos: ¿Es propio que la mujer ore a Dios sin cubrirse la cabeza?” (v.13),

    la cual exige una respuesta negativa: ¡No es propio que ore sin cubrirse!

    Si Pablo estuviera enseñando que el cabello largo sustituye al velo, primero, estaría

    contradiciéndose a sí mismo toda vez que sus argumentos elaborados (“el varón es

    la cabeza de la mujer… el varón no debe cubrirse [la mujer sí]… el varón no procede 

    de la mujer… la naturaleza misma enseña que…) tienen como propósito demostrar

    todo lo contrario: que la mujer tiene que cubrirse con el velo; segundo,

    paradójicamente, estaría entonces enseñando que la mujer podía prescindir del velo

    porque el cabello largo era un sustituto  del mismo. Pero esta conclusión es

    incomprensible en el contexto social y religioso de la época del Nuevo Testamento,

    donde el velo tenía un significado muy importante, como hemos visto, desde el

    punto de vista estético, ético y legal. ¿Cómo, pues, iba a enseñar Pablo que la mujer

    podía prescindir del velo porque el cabello ya cumplía esa función? ¡Esta conclusión

    entra en conflicto con sus propios argumentos!

    El problema que plantea el texto, en la iglesia de Corinto, no consistía en que la

    mujer tuviera corto o largo el cabello, o que estuviera rapada. Este no era el

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    problema. El problema era que la mujer estaba prescindiendo del velo como prenda

    de vestir, que conllevaba todas las implicaciones que exponemos más abajo.

    Que esto es así (que la mujer debía cubrirse con el velo) lo confirma el

    convencionalismo mismo de aquella época. La ironía de Pablo, al decir que si no

    quiere cubrirse con el velo que se rape también la cabeza, llega hasta el límite ético,

    pues las únicas mujeres que se rapaban el cabello eran las rameras. El otro motivo

    por el cual la mujer debía cubrir su cabeza con el velo era por la sensualidad que el

    cabello largo despertaba en el varón (este es, hoy, uno de los distintos argumentos

    que esgrimen en el mundo islámico). Y, por supuesto, el argumento más importante

    del Apóstol: el velo era una señal de la autoridad que el hombre tenía sobre su

    esposa bajo la ley patriarcal (vs 7-10).

    De manera que, desde una exégesis descontextualizada, la enseñanza bíblica es

    clara y contundente: ¡no es propio que la mujer ore a Dios sin cubrirse la cabeza!

    ¡Debe cubrirse con un velo!

    C) IMPLICACIONES DE LA SUPRESIÓN DEL VELO 

    Implicaciones éticas y estéticas 

    La admonición de Pablo a las mujeres cristianas de Corinto, relacionada

    concretamente con el velo, pone en evidencia que, al menos algunas féminas,

    habían tomado la contundente decisión de prescindir del velo y las consecuencias

    fueron inmediatas. Primero, una cuestión de orden estético. Al despojarse la mujer

    del velo lesionaba la sensibilidad de las demás mujeres y, sobre todo, de los

    familiares, especialmente de los maridos si estaban casadas. Segundo, una

    cuestión de orden ético. Al liberarse del velo degradaban el decoro del cual el velo

    formaba parte de la indumentaria femenina. En Corinto las únicas mujeres que se

    atrevían a salir a la calle sin el preceptuado velo, eran las mujeres de vida licenciosa,

    como eran las rameras.

    Implicaciones legales 

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    Pero, sobre todo, la supresión del uso del velo estaba directamente relacionada con

    el estatus social y familiar de la mujer. La supresión del velo suponía por sí mismo

    una reivindicación de su individualidad. Aunque fuera sólo en el ámbito de los

    gestos, la mujer en la iglesia de Corinto se estaba liberando del símbolo externo y

    público de aquella clase de sujeción que nada tenía que ver con el espíritu que

    abanderaba el mensaje de las Buenas Nuevas de Jesús.

    No obstante de estas implicaciones, derivadas del gesto de la supresión del velo

    por parte de las cristianas en Corinto, aunque fuera en la esfera de los símbolos,

    como era el velo, sus consecuencias estaban fuera de los propósitos de la

    predicación del evangelio en aquel siglo. Como también estaba fuera cualquier

    reivindicación de quienes estaban en la situación de esclavos. Cuando Pablo

    sugiere a los esclavos que, si pueden, “procuren liberarse” (1 Corintios 7:21), lo

    hace desde la posibilidad de la legalidad vigente: bien mediante la libertad que el

    amo le concediera, o pagando el precio por su libertad. El envío del esclavo

    Onésimo a Filemón, por parte de Pablo, muestra, antes que nada, la expectativa

    que cualquier ciudadano esperaba en esa situación (Carta de Filemón). Cualquier

    otra cosa hubiera estado fuera de la ley. Y si el cambio del estatus de la mujer

    estaba fuera del propósito de la predicación del evangelio en aquel siglo, ¿cuánto

    más la supresión del velo, por los significados añadidos de orden ético y estético

    que dicha prenda conllevaba? Desde un punto de vista pragmático, nadie que

    amara el orden y la estabilidad hubiera dirigido una reivindicación de género, como

    las mujeres de la iglesia de Corinto protagonizaron conscientes o

    inconscientemente. Ahora bien, el velo era un simple convencionalismo, una

    costumbre que, si bien simbolizaba una subordinación, no tenía vocación de

    perpetuarse. El tiempo, que cambia todas las cosas, cambiaría también esta

    costumbre. ¡Y la ha cambiado!

    D) OBSERVACIONES HERMENÉUTICAS PERTINENTES 

    Como hemos visto, la exégesis descontextualizada de este texto es clara: ¡la mujer

    debía cubrirse con el velo! Primero, porque la teología de género [según el orden

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    social patriarcal], lo exigía; segundo, porque el estatus social tutelado de la mujer

    [según el mismo orden patriarcal] lo imponía; y, tercero, porque la costumbre de

    aquella época [“la naturaleza”] lo aconsejaba.  De hecho, algunos comentaristas

    bíblicos lo han defendido como un “mandamiento” de Dios para las mujeres en todo

    lugar y en toda época. Y desde una exégesis descontextualizada, ciertamente así

    es. [4] 

    Por coherencia, los exegetas fundamentalistas de la Biblia deberían asumir las

    implicaciones de esta exégesis descontextualizada por dos motivos peculiares de

    ellos: a) Porque lo que dice el Apóstol al respecto fue dictado por el Espíritu Santo;

    b) Por lo tanto, es un mandamiento divino para ser obedecido.

    Categorías exegéticas paralelas 

     Ahora bien, salvo algunos grupos religiosos que abogan por el uso del velo para las

    mujeres de la iglesia, siguiendo la exégesis del texto, la gran mayoría de los

    cristianos (incluidos los de las Iglesias de Cristo) rehúsan este mandamiento

    alegando razones “culturales” o “costumbristas”  de aquella época. Lo cual

    celebramos. En efecto, creemos que el uso del velo, incluidos los significados ético,

    estéticos y legales que conllevaba, NO es una obligación para la mujer del siglo XXI

    en las sociedades llamadas “occidentales”. Por tres razones poderosas: a) Nuestra

    cultura no corresponde a aquella donde estaba institucionalizado el uso del velo; b)

    Las instituciones sociales y religiosas que sustentaban y justificaban la imposición

    del velo hoy son obsoletas: y c) La mujer hoy no está sujeta a ninguna tutela del

    varón, pues las leyes civiles les otorgan a ambos los mismos derechos y las mismas

    responsabilidades.

    Pero esto que acabamos de decir nos lleva a considerar el paralelismo existente

    entre las razones argumentadas para imponer el uso del velo y las razones

    expuestas para la tutela de la mujer y las consecuencias derivadas de esta tutela.

    Pablo usa los mismos o parecidos argumentos tanto para demostrar la obligación

    del uso del velo como para demostrar que la mujer debe estar sujeta al varón y estar

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    en silencio en la iglesia (compárese 1 Corintios 11:6-10; 14:34-35; Efesios 5:22-24

    y 1 Timoteo 2:11-14).

    Si hacemos caso omiso al mandamiento de usar el velo, razonando que su uso

    obedecía a una “costumbre” arcaica, ¿por qué se mantiene en vigor la “costumbre”

    de la tutela de la mujer, que se sustenta en los mismos argumentos?

    Para ser hermenéuticamente coherente con la exégesis bíblica, es necesario

    categorizar los postulados de la Biblia. Tanto la costumbre del uso del velo (y los

    contenidos inherentes) como el estatus de la mujer en el Nuevo Testamento están

    en la misma categoría exegética: ambos se fundamentan en instituciones arcaicas

    que no tenían vocación de perpetuarse. Si una institución es obsoleta (el velo),

    también lo es la otra (la tutela de la mujer).

    E) ¿QUÉ MOTIVÓ A LAS MUJERES DE CORINTO PARA PRESCINDIR DEL

    VELO? 

    Reconocemos que lo que sigue obedece más a una especulación que a una

    exégesis seria del texto. No obstante, creemos que merece la pena hacer las

    siguientes consideraciones a la luz del Nuevo Testamento.

    La idea de libertad que abanderaba el evangelio 

    El evangelio abanderó una libertad que sobrepasaba las expectativas de su época.

    Independientemente del contexto, la sola palabra “libertad” generaba un entusiasmo

    en las personas que vivían subyugadas a cualquier ley impuesta, ya fuera en el

    ámbito social, familiar o religioso. Pablo mismo tuvo que reivindicar la “libertad que

    tenía en Cristo Jesús” frente a las imposiciones legales religiosas de los judaizantes

    (Gálatas 2:4). A los corintios les había enseñado, y posteriormente les había escrito:

    “Porque el Señor es el Espíritu; y donde está el Espíritu del Señor, allí hay libertad”

    (2 Corintios 3:17). Pablo luchó contra lo que él llamaba el “yugo de la esclavitud” de

    la ley judaica; y resueltamente llama a perseverar “en la libertad con la cual Cristo

    nos hizo libres” (Gálatas 5:1). Que las gentes tomaron conciencia de este espíritu

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    de libertad que infundía el evangelio lo vemos por el mal uso que algunos hicieron

    de ella. Pedro tuvo que exhortar a ser “libres, pero no como los que tienen la libertad

    como pretexto para hacer lo malo, sino como siervos de Dios” (1 Pedro 2:16). Las

    mujeres cristianas de Corinto se vieron embriagadas de ese espíritu de libertad y,

    desde él, tomaron iniciativas (¿equivocadas?).

    La idea de un nuevo estatus como individuo 

    Los evangelistas no llamaban al  paterfamilias para que creyera y, junto con él, el

    resto de la familia como un acto de obediencia al patriarca, sino que llamaba a las

    personas de manera individual a que creyeran en el mensaje de la cruz. La

    declaración de Jesús: “Porque he venido para poner en disensión al hombre contra

    su padre, a la hija contra su madre, y a la nuera contra su suegra” (Mateo 10:35),

    debemos leerla a la luz de la experiencia misionera de la iglesia en las primeras

    décadas. Las mujeres que creían en el evangelio lo hicieron a título particular

    exponiéndose, en muchos casos, a las consecuencias que Jesús apuntó. Pedro

    exhortó a estas mujeres que habían creído a que estuvieran “sujetas” a sus esposos

    (que no habían creído) y mostraran “una conducta casta y respetuosa” para que

    ellos fueran “ganados sin palabras” (1 Pedro 3:1-2). Pero la aceptación del evangelio

    fue una decisión personal de la mujer y ello les hizo sentirse personas, individuos,

    como nunca antes lo habían experimentado.

    Frente a las instituciones sociales de aquel tiempo, Pablo se atrevió a decir: “porque

    todos sois hijos de Dios por la fe en Cristo Jesús,  pues todos los que habéis sido

    bautizados en Cristo, de Cristo estáis revestidos.  Ya no hay judío ni griego; no hay

    esclavo ni libre; no hay hombre ni mujer, porque todos vosotros sois uno en Cristo

    Jesús” (Gálatas 3:26-28). Este concepto va más allá del simple hecho de ser salvo:

    la salvación conlleva implícitamente un nuevo estatus en la fraternidad y, como

    consecuencia, en el plano social. Pablo enseñaba que los creyentes formaban el

    cuerpo de Cristo, “y miembros cada uno en particular” (1 Corintios 12:27). Es más,

    como miembros de ese Cuerpo venían a ser individualmente responsables de sus

    propios actos, toda vez que también ellas, las mujeres, habrían que comparecer

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    claro está, eso sería auténtico, sería legítimo y sería lícito, “pero no todo convenía”,

    había establecido el Apóstol. “No había que buscar el propio bien, sino el del otro”

    (1 Corintios 10:23-24).

    Los “Dichos” de Jesús que circulaban entre las iglesia 

     Antes que los Evangelios fueran escritos como obras literarias, ya circulaban en

    forma de historias (anécdotas) orales fragmentadas. Entre esas historias “acerca de

    Jesús” se cree que había una sobre los “Dichos” de Jesús. Entre los Evangelios

    sinópticos, Lucas y Mateo incorporan estos “dichos” en sus obras. De hecho, estas

    historias orales “acerca de Jesús” fueron el primer material didáctico en la vida de

    las jóvenes iglesias, y las enseñanzas de esos “dichos” relacionados con la mujer

    eran muy entusiastas especialmente para los oyentes del género femenino.

    Jesús habló mucho de la mujer en sus parábolas y muchas historias “acerca de

    Jesús” tenían como personaje principal alguna mujer, cosa poco frecuente en las

    enseñanzas rabínicas. La síntesis que cualquier oyente o lector podía hacer de esas

    historias “acerca de Jesús” era  que Jesús había sacado a la mujer del anonimato

    al cual las instituciones la habían relegado. La historia de la mujer adúltera y

    perdonada (Juan 8:1-1), la historia de la mujer samaritana (Juan 4:3-42), la historia

    de María (Juan 12:3-8), la historia de María Magdalena y las otras mujeres que

    fueron al sepulcro (Juan 20:11-18), etc. debieron ser historias que hicieron soñar

    despiertas a todas la mujeres que las escuchaban o las leían.

    Ciertamente, Jesús abrió una ventana por la cual entraba un rayo de luz y de

    esperanza hacia otra forma de vida, hacia otra manera de entender y vivir la vida,

    especialmente para las mujeres sometidas a un estatus en el que carecían de

    personalidad jurídica, un estatus reflejado en la vida social, familiar y eclesial de la

    mujer. Y todas estas historias “acerca de Jesús” se constituían por sí mismas en un

    caldo de cultivo preparando las mentes y los corazones para el gran salto. Las

    mujeres de Corinto conocían esas historias e hicieron de ellas la perla más preciosa

    hallada.

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    Conclusión 

    No obstante de la conclusión exegética hecha al principio, “no” creemos que la mujer

    del siglo XXI tenga que cubrirse la cabeza con ningún velo ni ninguna otra clase de

    prenda como señal de nada. El uso del velo en el texto bíblico que hemos analizado

    corresponde a una cultura concreta en un tiempo determinado diferente al que

    estamos viviendo. No vivimos bajo la ley patriarcal del matrimonio ni bajo las

    instituciones sociales que lo hacían vigente. En las sociedades modernas, hoy, la

    mujer no está bajo la tutela del marido; las leyes les otorgan, a ambos, la

    corresponsabilidad en todas las facetas de la vida en común, incluida la educación

    de los hijos. La costumbre del velo respondía a unos deberes de naturaleza ética,

    estética y legal que nada tienen que ver con nuestras costumbres.[5] 

    ¿Qué significa esto? 

    Que la exégesis bíblica requiere contextualizar el texto. La hermenéutica demanda

    dicha contextualización del texto. No sólo de éste, sino de todos cuantos están

    relacionados con instituciones sociales, familiares, etc. que tuvieron una vigencia

    temporal y formaron un haz de convencionalismos atávicos que no nos compete

    hoy.

     Aún así, seguimos formulando las interrogantes del principio: ¿Qué propósito había

    detrás del gesto de prescindir del velo? ¿Qué intención se escondía tras aquella

    ingenuidad? ¿Eran conscientes aquellas cristianas de Corinto de lo que estaban

    protagonizando? ¿Fue una actitud deliberada con alguna meta en concreto? ¿Fue

    aquello realmente una reivindicación de género, adelantándose en el tiempo?

    Sabemos lo que dijo Pablo, pero, ¿hubiera dicho lo mismo Jesús? ¿Y nosotros?

    ¿Qué decimos nosotros hoy?

    [1] “Vestimenta.” Encarta 2001. © 1993-2000 Microsoft Corporation.

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    [2]  “Jerusalén en tiempos de Jesús”, Joaquín Jeremías, Ediciones Cristiandad,

    1980, p.371

    [3] “El Mundo del Nuevo Testamento”, Johannes Leipoldt y Walter Grundmann, pág.

    192 (Ediciones Cristiandad).

    [4] 1ª Epístola a los Corintios, pág. 174-175 – Ernesto Trenchard – Edit. Literatura

    Bíblica

    [5] Sugerimos al lector que consulte el comentario exegético que Willian Barclay

    hace de 1 Corintios 11:2-16

    http://restauromania.wordpress.com/2009/05/22/“senal -de-autoridad”-el-velo/ 

    http://restauromania.wordpress.com/wp-admin/#_ftnref2http://restauromania.wordpress.com/wp-admin/#_ftnref2http://restauromania.wordpress.com/wp-admin/#_ftnref3http://restauromania.wordpress.com/wp-admin/#_ftnref3http://restauromania.wordpress.com/wp-admin/#_ftnref4http://restauromania.wordpress.com/wp-admin/#_ftnref4http://restauromania.wordpress.com/wp-admin/#_ftnref5http://restauromania.wordpress.com/wp-admin/#_ftnref5http://restauromania.wordpress.com/2009/05/22/%E2%80%9Csenal-de-autoridad%E2%80%9D-el-velo/http://restauromania.wordpress.com/2009/05/22/%E2%80%9Csenal-de-autoridad%E2%80%9D-el-velo/http://restauromania.wordpress.com/2009/05/22/%E2%80%9Csenal-de-autoridad%E2%80%9D-el-velo/http://restauromania.wordpress.com/2009/05/22/%E2%80%9Csenal-de-autoridad%E2%80%9D-el-velo/http://restauromania.wordpress.com/2009/05/22/%E2%80%9Csenal-de-autoridad%E2%80%9D-el-velo/http://restauromania.wordpress.com/2009/05/22/%E2%80%9Csenal-de-autoridad%E2%80%9D-el-velo/http://restauromania.wordpress.com/wp-admin/#_ftnref5http://restauromania.wordpress.com/wp-admin/#_ftnref4http://restauromania.wordpress.com/wp-admin/#_ftnref3http://restauromania.wordpress.com/wp-admin/#_ftnref2