exposición exegética de 1 corintios 11
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La frase “cubrir la cabeza”, en este texto, se usa siempre en sentido físico: cubrir la
cabeza con el velo, la prenda de vestir (vs. 4-7). Cuando Pablo dice que “todo varón
que ora o profetiza… toda mujer que ora o profetiza” (vs. 4 y 5), se está refiriendo
al varón y a la mujer en general. Es decir, el varón, cualquier varón, deshonra su
cabeza [la cual es Cristo] si se cubre con un velo, y la mujer, cualquier mujer,
deshonra su cabeza [la cual es el varón] si NO se cubre con el velo.
Por otro lado, Pablo infiere el contexto (especial pero no exclusivamente) en el cual
la mujer debe cubrirse la cabeza: cuando “ora o profetiza” en la asamblea. Aclarar,
además, que una cosa es orar y otra diferente es profetizar , cualquiera que sea la
acepción de esta última palabra. Algunos exegetas de las “Iglesias de Cristo” no
quieren hacer esta distinción de términos, pues ello implicaría aceptar que la
mujer oraba en la iglesia de Corinto, al margen de que tuviera o no el don de
profetizar (privilegio de orar que ellos niegan a la mujer); y, por otro lado, limitan a
una sola acepción el término “profetizar” (revelar lo por venir); así, como hoy no
hay profetas que revelen nada, (y el velo, según ellos, era para las profetisas)
liquidan el asunto del velo por el camino más corto. ¡Pésima exégesis!
Por nuestra parte, pues, concluimos esta introducción afirmando que el tema central
de 1 Corintios 11:2-15 radica en el hecho de “cubrirse o no cubrirse” con el velo. Y
teniendo en cuenta que esta prenda era el signo físico y visible de la tutela de la
mujer, el tema subyacente de este texto es la autoridad del varón sobre la mujer,
tema presente en otras secciones de esta misma carta (por ejemplo, 1 Corintios
14:34-35).
Desglosamos este artículo en cinco partes: a) Significado estético, ético y legal
del velo; b) Exegesis del texto; c) Implicaciones de la supresión del velo; d)
Observaciones hermenéuticas pertinentes del texto; y e) Qué motivó a las
mujeres cristianas de Corinto para prescindir del velo.
A) SIGNIFICADO ESTÉTICO, ÉTICO Y LEGAL DEL VELO
Significado ético y estético
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Parece ser que la tradición de ocultar la cara de la mujer tras un velo en Oriente
tiene su origen en una ley asiria del año 1200 a.C.[1].. Los primeros datos en la Biblia
respecto al uso del velo lo hallamos en la historia de Isaac. Cuando el hijo de la
promesa se acercaba a la comitiva donde venía Rebeca, y el criado de Abraham le
informó a ésta que se trataba de Isaac, Rebeca “entonces tomó el velo, y se cubrió”
(Génesis 24:65). En los días de Jesús, cuando la mujer judía de Jerusalén salía de
casa, llevaba la cara cubierta con un tocado que comprendía dos velos sobre la
cabeza, una diadema sobre la frente con cintas colgantes hasta la barbilla y una
malla de cordones y nudos; de este modo no se podían reconocer los rasgos de su
cara.[2]. En los círculos más legalistas de la época del Nuevo Testamento, las
mujeres y las hijas doncellas quedaban encerradas en los harenes y sólo podían
mostrarse en público cubiertas con un velo. Y las mujeres más extremistas se
cubrían incluso estando en el hogar. La madre Kimhit, que había tenido siete hijos,
que todos fueron sumos sacerdotes, reconoce: “Jamás vieron mis trenzas las vigas
de mi casa” (TB Yomá 47ª)[3].
Significado legal
En primer lugar, decir que la sumisión de la mujer al hombre, ya sea al padre o al
marido, está implícito en el tipo de familia patriarcal. El padre es “señor” de todo
cuanto depende de él o pertenece al ámbito del hogar en el cual él es el jefe único
e indiscutible (Jueces 11:30-39). De ello se deduce que el estatus de la mujer es
una consecuencia de esta institución social y familiar vigente tanto en el mundo
griego como en el judaísmo en los días del Nuevo Testamento. El cristianismo
simplemente recogió el testigo de esa institución social e hizo la misma exégesis
rabínica tal como leemos en los textos del Nuevo Testamento (1 Corintios 11:8-9;
Efesios 5:22-24; Colosenses 3:18; 1 Pedro 3:1).
En segundo lugar (como veremos más adelante) el uso del velo iba más allá de una
simple y tradicional costumbre de los pueblos de Oriente Medio relacionado con el
pudor. Tras la costumbre del velo había un sometimiento del hombre sobre la mujer,
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Nos tememos que dicho estudio vendría a confirmarnos que el establecimiento de
esta jerarquía no era ajeno a la institución social y familiar de la cual se deriva el
estatus de la mujer. Es decir, el papel institucionalizado de la mujer (de signo
patriarcal) es el que sirvió de reseña teológica para establecer dicha jerarquía, y
como una consecuencia de ello devino la carencia de personalidad jurídica de la
mujer. Y todo este conglomerado legal, social y religioso, en el que se encontraba
la mujer, especialmente en el judaísmo, vino a estar simbolizado en una prenda de
vestir: el VELO.
El cabello “largo” no sustituye al velo
Algunos apologistas, para solventar el problema del velo hoy, han simplificado el
tema que expone Pablo diciendo que el cabello largo (¿cuánto de largo?) sustituye
al velo. Pero esta simplificación, además de salirse de la exégesis del texto,
contradice la conclusión del Apóstol expresada en su pregunta retórica: “”Juzgad
vosotros mismos: ¿Es propio que la mujer ore a Dios sin cubrirse la cabeza?” (v.13),
la cual exige una respuesta negativa: ¡No es propio que ore sin cubrirse!
Si Pablo estuviera enseñando que el cabello largo sustituye al velo, primero, estaría
contradiciéndose a sí mismo toda vez que sus argumentos elaborados (“el varón es
la cabeza de la mujer… el varón no debe cubrirse [la mujer sí]… el varón no procede
de la mujer… la naturaleza misma enseña que…) tienen como propósito demostrar
todo lo contrario: que la mujer tiene que cubrirse con el velo; segundo,
paradójicamente, estaría entonces enseñando que la mujer podía prescindir del velo
porque el cabello largo era un sustituto del mismo. Pero esta conclusión es
incomprensible en el contexto social y religioso de la época del Nuevo Testamento,
donde el velo tenía un significado muy importante, como hemos visto, desde el
punto de vista estético, ético y legal. ¿Cómo, pues, iba a enseñar Pablo que la mujer
podía prescindir del velo porque el cabello ya cumplía esa función? ¡Esta conclusión
entra en conflicto con sus propios argumentos!
El problema que plantea el texto, en la iglesia de Corinto, no consistía en que la
mujer tuviera corto o largo el cabello, o que estuviera rapada. Este no era el
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problema. El problema era que la mujer estaba prescindiendo del velo como prenda
de vestir, que conllevaba todas las implicaciones que exponemos más abajo.
Que esto es así (que la mujer debía cubrirse con el velo) lo confirma el
convencionalismo mismo de aquella época. La ironía de Pablo, al decir que si no
quiere cubrirse con el velo que se rape también la cabeza, llega hasta el límite ético,
pues las únicas mujeres que se rapaban el cabello eran las rameras. El otro motivo
por el cual la mujer debía cubrir su cabeza con el velo era por la sensualidad que el
cabello largo despertaba en el varón (este es, hoy, uno de los distintos argumentos
que esgrimen en el mundo islámico). Y, por supuesto, el argumento más importante
del Apóstol: el velo era una señal de la autoridad que el hombre tenía sobre su
esposa bajo la ley patriarcal (vs 7-10).
De manera que, desde una exégesis descontextualizada, la enseñanza bíblica es
clara y contundente: ¡no es propio que la mujer ore a Dios sin cubrirse la cabeza!
¡Debe cubrirse con un velo!
C) IMPLICACIONES DE LA SUPRESIÓN DEL VELO
Implicaciones éticas y estéticas
La admonición de Pablo a las mujeres cristianas de Corinto, relacionada
concretamente con el velo, pone en evidencia que, al menos algunas féminas,
habían tomado la contundente decisión de prescindir del velo y las consecuencias
fueron inmediatas. Primero, una cuestión de orden estético. Al despojarse la mujer
del velo lesionaba la sensibilidad de las demás mujeres y, sobre todo, de los
familiares, especialmente de los maridos si estaban casadas. Segundo, una
cuestión de orden ético. Al liberarse del velo degradaban el decoro del cual el velo
formaba parte de la indumentaria femenina. En Corinto las únicas mujeres que se
atrevían a salir a la calle sin el preceptuado velo, eran las mujeres de vida licenciosa,
como eran las rameras.
Implicaciones legales
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Pero, sobre todo, la supresión del uso del velo estaba directamente relacionada con
el estatus social y familiar de la mujer. La supresión del velo suponía por sí mismo
una reivindicación de su individualidad. Aunque fuera sólo en el ámbito de los
gestos, la mujer en la iglesia de Corinto se estaba liberando del símbolo externo y
público de aquella clase de sujeción que nada tenía que ver con el espíritu que
abanderaba el mensaje de las Buenas Nuevas de Jesús.
No obstante de estas implicaciones, derivadas del gesto de la supresión del velo
por parte de las cristianas en Corinto, aunque fuera en la esfera de los símbolos,
como era el velo, sus consecuencias estaban fuera de los propósitos de la
predicación del evangelio en aquel siglo. Como también estaba fuera cualquier
reivindicación de quienes estaban en la situación de esclavos. Cuando Pablo
sugiere a los esclavos que, si pueden, “procuren liberarse” (1 Corintios 7:21), lo
hace desde la posibilidad de la legalidad vigente: bien mediante la libertad que el
amo le concediera, o pagando el precio por su libertad. El envío del esclavo
Onésimo a Filemón, por parte de Pablo, muestra, antes que nada, la expectativa
que cualquier ciudadano esperaba en esa situación (Carta de Filemón). Cualquier
otra cosa hubiera estado fuera de la ley. Y si el cambio del estatus de la mujer
estaba fuera del propósito de la predicación del evangelio en aquel siglo, ¿cuánto
más la supresión del velo, por los significados añadidos de orden ético y estético
que dicha prenda conllevaba? Desde un punto de vista pragmático, nadie que
amara el orden y la estabilidad hubiera dirigido una reivindicación de género, como
las mujeres de la iglesia de Corinto protagonizaron conscientes o
inconscientemente. Ahora bien, el velo era un simple convencionalismo, una
costumbre que, si bien simbolizaba una subordinación, no tenía vocación de
perpetuarse. El tiempo, que cambia todas las cosas, cambiaría también esta
costumbre. ¡Y la ha cambiado!
D) OBSERVACIONES HERMENÉUTICAS PERTINENTES
Como hemos visto, la exégesis descontextualizada de este texto es clara: ¡la mujer
debía cubrirse con el velo! Primero, porque la teología de género [según el orden
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social patriarcal], lo exigía; segundo, porque el estatus social tutelado de la mujer
[según el mismo orden patriarcal] lo imponía; y, tercero, porque la costumbre de
aquella época [“la naturaleza”] lo aconsejaba. De hecho, algunos comentaristas
bíblicos lo han defendido como un “mandamiento” de Dios para las mujeres en todo
lugar y en toda época. Y desde una exégesis descontextualizada, ciertamente así
es. [4]
Por coherencia, los exegetas fundamentalistas de la Biblia deberían asumir las
implicaciones de esta exégesis descontextualizada por dos motivos peculiares de
ellos: a) Porque lo que dice el Apóstol al respecto fue dictado por el Espíritu Santo;
b) Por lo tanto, es un mandamiento divino para ser obedecido.
Categorías exegéticas paralelas
Ahora bien, salvo algunos grupos religiosos que abogan por el uso del velo para las
mujeres de la iglesia, siguiendo la exégesis del texto, la gran mayoría de los
cristianos (incluidos los de las Iglesias de Cristo) rehúsan este mandamiento
alegando razones “culturales” o “costumbristas” de aquella época. Lo cual
celebramos. En efecto, creemos que el uso del velo, incluidos los significados ético,
estéticos y legales que conllevaba, NO es una obligación para la mujer del siglo XXI
en las sociedades llamadas “occidentales”. Por tres razones poderosas: a) Nuestra
cultura no corresponde a aquella donde estaba institucionalizado el uso del velo; b)
Las instituciones sociales y religiosas que sustentaban y justificaban la imposición
del velo hoy son obsoletas: y c) La mujer hoy no está sujeta a ninguna tutela del
varón, pues las leyes civiles les otorgan a ambos los mismos derechos y las mismas
responsabilidades.
Pero esto que acabamos de decir nos lleva a considerar el paralelismo existente
entre las razones argumentadas para imponer el uso del velo y las razones
expuestas para la tutela de la mujer y las consecuencias derivadas de esta tutela.
Pablo usa los mismos o parecidos argumentos tanto para demostrar la obligación
del uso del velo como para demostrar que la mujer debe estar sujeta al varón y estar
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en silencio en la iglesia (compárese 1 Corintios 11:6-10; 14:34-35; Efesios 5:22-24
y 1 Timoteo 2:11-14).
Si hacemos caso omiso al mandamiento de usar el velo, razonando que su uso
obedecía a una “costumbre” arcaica, ¿por qué se mantiene en vigor la “costumbre”
de la tutela de la mujer, que se sustenta en los mismos argumentos?
Para ser hermenéuticamente coherente con la exégesis bíblica, es necesario
categorizar los postulados de la Biblia. Tanto la costumbre del uso del velo (y los
contenidos inherentes) como el estatus de la mujer en el Nuevo Testamento están
en la misma categoría exegética: ambos se fundamentan en instituciones arcaicas
que no tenían vocación de perpetuarse. Si una institución es obsoleta (el velo),
también lo es la otra (la tutela de la mujer).
E) ¿QUÉ MOTIVÓ A LAS MUJERES DE CORINTO PARA PRESCINDIR DEL
VELO?
Reconocemos que lo que sigue obedece más a una especulación que a una
exégesis seria del texto. No obstante, creemos que merece la pena hacer las
siguientes consideraciones a la luz del Nuevo Testamento.
La idea de libertad que abanderaba el evangelio
El evangelio abanderó una libertad que sobrepasaba las expectativas de su época.
Independientemente del contexto, la sola palabra “libertad” generaba un entusiasmo
en las personas que vivían subyugadas a cualquier ley impuesta, ya fuera en el
ámbito social, familiar o religioso. Pablo mismo tuvo que reivindicar la “libertad que
tenía en Cristo Jesús” frente a las imposiciones legales religiosas de los judaizantes
(Gálatas 2:4). A los corintios les había enseñado, y posteriormente les había escrito:
“Porque el Señor es el Espíritu; y donde está el Espíritu del Señor, allí hay libertad”
(2 Corintios 3:17). Pablo luchó contra lo que él llamaba el “yugo de la esclavitud” de
la ley judaica; y resueltamente llama a perseverar “en la libertad con la cual Cristo
nos hizo libres” (Gálatas 5:1). Que las gentes tomaron conciencia de este espíritu
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de libertad que infundía el evangelio lo vemos por el mal uso que algunos hicieron
de ella. Pedro tuvo que exhortar a ser “libres, pero no como los que tienen la libertad
como pretexto para hacer lo malo, sino como siervos de Dios” (1 Pedro 2:16). Las
mujeres cristianas de Corinto se vieron embriagadas de ese espíritu de libertad y,
desde él, tomaron iniciativas (¿equivocadas?).
La idea de un nuevo estatus como individuo
Los evangelistas no llamaban al paterfamilias para que creyera y, junto con él, el
resto de la familia como un acto de obediencia al patriarca, sino que llamaba a las
personas de manera individual a que creyeran en el mensaje de la cruz. La
declaración de Jesús: “Porque he venido para poner en disensión al hombre contra
su padre, a la hija contra su madre, y a la nuera contra su suegra” (Mateo 10:35),
debemos leerla a la luz de la experiencia misionera de la iglesia en las primeras
décadas. Las mujeres que creían en el evangelio lo hicieron a título particular
exponiéndose, en muchos casos, a las consecuencias que Jesús apuntó. Pedro
exhortó a estas mujeres que habían creído a que estuvieran “sujetas” a sus esposos
(que no habían creído) y mostraran “una conducta casta y respetuosa” para que
ellos fueran “ganados sin palabras” (1 Pedro 3:1-2). Pero la aceptación del evangelio
fue una decisión personal de la mujer y ello les hizo sentirse personas, individuos,
como nunca antes lo habían experimentado.
Frente a las instituciones sociales de aquel tiempo, Pablo se atrevió a decir: “porque
todos sois hijos de Dios por la fe en Cristo Jesús, pues todos los que habéis sido
bautizados en Cristo, de Cristo estáis revestidos. Ya no hay judío ni griego; no hay
esclavo ni libre; no hay hombre ni mujer, porque todos vosotros sois uno en Cristo
Jesús” (Gálatas 3:26-28). Este concepto va más allá del simple hecho de ser salvo:
la salvación conlleva implícitamente un nuevo estatus en la fraternidad y, como
consecuencia, en el plano social. Pablo enseñaba que los creyentes formaban el
cuerpo de Cristo, “y miembros cada uno en particular” (1 Corintios 12:27). Es más,
como miembros de ese Cuerpo venían a ser individualmente responsables de sus
propios actos, toda vez que también ellas, las mujeres, habrían que comparecer
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claro está, eso sería auténtico, sería legítimo y sería lícito, “pero no todo convenía”,
había establecido el Apóstol. “No había que buscar el propio bien, sino el del otro”
(1 Corintios 10:23-24).
Los “Dichos” de Jesús que circulaban entre las iglesia
Antes que los Evangelios fueran escritos como obras literarias, ya circulaban en
forma de historias (anécdotas) orales fragmentadas. Entre esas historias “acerca de
Jesús” se cree que había una sobre los “Dichos” de Jesús. Entre los Evangelios
sinópticos, Lucas y Mateo incorporan estos “dichos” en sus obras. De hecho, estas
historias orales “acerca de Jesús” fueron el primer material didáctico en la vida de
las jóvenes iglesias, y las enseñanzas de esos “dichos” relacionados con la mujer
eran muy entusiastas especialmente para los oyentes del género femenino.
Jesús habló mucho de la mujer en sus parábolas y muchas historias “acerca de
Jesús” tenían como personaje principal alguna mujer, cosa poco frecuente en las
enseñanzas rabínicas. La síntesis que cualquier oyente o lector podía hacer de esas
historias “acerca de Jesús” era que Jesús había sacado a la mujer del anonimato
al cual las instituciones la habían relegado. La historia de la mujer adúltera y
perdonada (Juan 8:1-1), la historia de la mujer samaritana (Juan 4:3-42), la historia
de María (Juan 12:3-8), la historia de María Magdalena y las otras mujeres que
fueron al sepulcro (Juan 20:11-18), etc. debieron ser historias que hicieron soñar
despiertas a todas la mujeres que las escuchaban o las leían.
Ciertamente, Jesús abrió una ventana por la cual entraba un rayo de luz y de
esperanza hacia otra forma de vida, hacia otra manera de entender y vivir la vida,
especialmente para las mujeres sometidas a un estatus en el que carecían de
personalidad jurídica, un estatus reflejado en la vida social, familiar y eclesial de la
mujer. Y todas estas historias “acerca de Jesús” se constituían por sí mismas en un
caldo de cultivo preparando las mentes y los corazones para el gran salto. Las
mujeres de Corinto conocían esas historias e hicieron de ellas la perla más preciosa
hallada.
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Conclusión
No obstante de la conclusión exegética hecha al principio, “no” creemos que la mujer
del siglo XXI tenga que cubrirse la cabeza con ningún velo ni ninguna otra clase de
prenda como señal de nada. El uso del velo en el texto bíblico que hemos analizado
corresponde a una cultura concreta en un tiempo determinado diferente al que
estamos viviendo. No vivimos bajo la ley patriarcal del matrimonio ni bajo las
instituciones sociales que lo hacían vigente. En las sociedades modernas, hoy, la
mujer no está bajo la tutela del marido; las leyes les otorgan, a ambos, la
corresponsabilidad en todas las facetas de la vida en común, incluida la educación
de los hijos. La costumbre del velo respondía a unos deberes de naturaleza ética,
estética y legal que nada tienen que ver con nuestras costumbres.[5]
¿Qué significa esto?
Que la exégesis bíblica requiere contextualizar el texto. La hermenéutica demanda
dicha contextualización del texto. No sólo de éste, sino de todos cuantos están
relacionados con instituciones sociales, familiares, etc. que tuvieron una vigencia
temporal y formaron un haz de convencionalismos atávicos que no nos compete
hoy.
Aún así, seguimos formulando las interrogantes del principio: ¿Qué propósito había
detrás del gesto de prescindir del velo? ¿Qué intención se escondía tras aquella
ingenuidad? ¿Eran conscientes aquellas cristianas de Corinto de lo que estaban
protagonizando? ¿Fue una actitud deliberada con alguna meta en concreto? ¿Fue
aquello realmente una reivindicación de género, adelantándose en el tiempo?
Sabemos lo que dijo Pablo, pero, ¿hubiera dicho lo mismo Jesús? ¿Y nosotros?
¿Qué decimos nosotros hoy?
[1] “Vestimenta.” Encarta 2001. © 1993-2000 Microsoft Corporation.
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[2] “Jerusalén en tiempos de Jesús”, Joaquín Jeremías, Ediciones Cristiandad,
1980, p.371
[3] “El Mundo del Nuevo Testamento”, Johannes Leipoldt y Walter Grundmann, pág.
192 (Ediciones Cristiandad).
[4] 1ª Epístola a los Corintios, pág. 174-175 – Ernesto Trenchard – Edit. Literatura
Bíblica
[5] Sugerimos al lector que consulte el comentario exegético que Willian Barclay
hace de 1 Corintios 11:2-16
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