exposiciÓn de la declaracion pagodel iva y retefuente

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EXPOSICIÓN DE LA DECLARACION PAGODEL IVA Y RETEFUENTE PRESENTADO POR Marcela Becerra

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EXPOSICIÓN DE LA DECLARACION PAGODEL IVA Y RETEFUENTE

PRESENTADO PORMarcela Becerra

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EXPOSICIÓN DE LA DECLARACION PAGODEL IVA Y RETEFUENTE

Colegio el EscorialPresentado a

Katherine torres PáezBogotá D.C

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DECLARACIÓN DEL IVA

• En esta materia, en primer lugar debemos señalar que, conforme con la Ley 1607 de 2012 se estableció una nueva regulación respecto a los periodos gravables del impuestos sobre las ventas -IVA- para los responsables del régimen común, sujetos al cumplimiento de esta obligación formal.

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• Estos comprenden declaraciones bimestrales, cuatrimestrales y anuales, dependiendo del monto de los ingresos brutos del año inmediatamente anterior.

• Por ello, teniendo en cuenta que para determinar el periodo de la declaración y pago del impuesto sobre las ventas, en el caso de los nuevos responsables del impuesto que inicien actividades durante el ejercicio, no se cuenta con el factor del monto de los ingresos brutos del año inmediatamente anterior

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• para determinar el período por el cual se debe comenzar a declarar y pagar el correspondiente impuesto sobre las ventas de las operaciones que han sido realizadas a partir del inicio de actividades, fue necesario establecer los períodos respectivos, para el caso de los nuevos responsables que inicien actividades con posterioridad a la Ley 1607 de 2012.

• En efecto, con el fin de aclarar el procedimiento a seguir para definir el periodo de las

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RETEFUENTE

• la retención en la fuente no es ningún impuesto, sino que es el simple cobro anticipado de un impuesto, que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio.

• La retención en la fuente por ser un pago anticipado de un impuesto, ésta se puede descontar en la respectiva declaración, ya sea de IVA, de Renta o de Ica.

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• La retención en la fuente comprende elementos como el sujeto pasivo, que es la persona a la que se le debe retener, el agente de retención que es la persona obligada a practicar la retención, el concepto de retención que es el hecho económico que se realiza y está sometido a retención, la tarifa que es el porcentaje que se aplica a la base de retención.

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• La retención en la fuente es diferente para cada impuesto.

• Existe la retención en la fuente por renta, la retención en la fuente por Iva o mas conocida como reteiva y la retención en la fuente por Ica, también conocida como reteica

• A veces se suele aplicar de forma generalizada el concepto de retención en la fuente al impuesto de renta, lo cual es equivocado

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• puesto que, como ya se explicó, existe retención en la fuente para cada impuesto, y en el caso del impuesto de renta, el concepto adecuado es retención en la fuente por renta o reterenta.

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Concepto Base Uvt Base pesos Tarifa

Venta de Bienes Raíces 0 100% 1%

Contratos de construcción y urbanización 0 100% 1%

Compra de combustible 0 100% 0.10%

Consultoría en obras públicas 0 100% 2%

Intereses o rendimientos financieros 0 100% 7%

Honorarios y comisiones * 0 100% 10%/11%

Arrendamiento de bienes muebles 0 100% 4%

Contratos de consultoría y administración delegada 0 100% 6%

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Compras (Ver nota)

27 725.000 1,5%

Servicios en general ** 4 107,000 4%/6%Por emolumentos eclesiásticos *** 27 725,000 3,5%/4%Servicios de transporte de carga 4 107,000 1%Servicios de transporte nacional de pasajeros 27 725,000 3.5%

Servicios temporales 4 107,000 1%

Servicios de aseo y vigilancia 4 107,000 2%Arrendamiento de bienes raíces 27 725,000 3.5%Loterías, Rifas, Apuestas y similares 48 1,288,000 20%Servicios de hoteles y restaurantes 4 107,000 3.5%

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Otros ingresos tributarios para declarantes 27 725,000 1.5%

Otros ingresos tributarios para no declarantes (Ver nota) 27 725.000 1.5%

Compra de productos agrícolas sin procesamiento industrial 92 2,469,000 1.5%

Compra de productos agrícolas con procesamiento industrial retenedores 27 725,000 3.5%

Compra de café pergamino o cereza 160 4,295,000 0.5%

Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar 5 134,000 3%

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PAGO DEL IVA

• Los contribuyentes (personas naturales o jurídicas) que en el año anterior obtuvieron ingresos inferiores a 15.000 Uvy, deben declarar anualmente el impuesto a las ventas, pero deben pagar dos anticipos, uno en mayo y otro en septiembre, y el saldo restante en enero del próximo año según lo establece el artículo 600 del estatuto tributario en su numeral 3.

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Así, en el año gravable 2015 se pagará un anticipo en el mes de mayo de 2015 y otro anticipo en el mes de septiembre de 2015; esos anticipos, como su nombre lo indica, corresponde al Iva que se genera o se espera generar durante el 2015, y el saldo que llegare a resultar, se paga en enero del 2016. Cada uno de los anticipos corresponde al 30% del IVA pagado a 31 de diciembre del año anterior.

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Sobre este tema nos ha llegado una consulta que ha resultado ser recurrente y que consideramos oportuna para hacer algunas precisiones importantes:Teniendo que no generan consultas particulares, pero solicito a ustedes apoyo en una situación que tengo en mi empresa.