exposiciÓn de motivos - alcaldía de iribarrenalcaldiadeiribarren.com.ve/archivos/ordenanzas/4143...
TRANSCRIPT
1
AÑO LVIII Barquisimeto, 03 de Diciembre de 2013 EXTRAORDINARIA Nº 4143
DEPOSITO LEGAL: 76-04-12
TRANSCRIPCIÓN LITERAL DEL ARTÍCULO 6º DE
LA ORDENANZA SOBRE GACETA MUNICIPAL
ARTÌCULO 6º SE TENDRÁN COMO PUBLICADO Y EN VIGENCIA
LAS ORDENANZAS Y DEMAS INSTRUMENTOS
JURIDICOS MUNICIPALES QUE APAREZCAN EN LA
GACETA MUNICIPAL, SALVO DISPOSICIÒN
CONTRARIA Y EN CONSECUENCIA, LAS
AUTORIDADES PUBLICAS Y LOS PARTICULARES
QUEDAN OBLIGADOS A SU CUMPLIMIENTO Y
OBSERVANCIA.
SUMARIO
2
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
ESTADO LARA
J U S T I CI A
MUNICIPIO IRIBARREN
CONCEJO MUNICIPAL
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La formulación de este Proyecto de
Ordenanza de Presupuesto Anual de
Ingresos y Gastos para el año 2014, que se
somete a consideración ante el Ilustre
Concejo del Municipio Iribarren, se
fundamentó en el Plan Operativo Anual, en
la participación activa y directa de los
Consejos Locales de Planificación Pública,
de conformidad con lo previsto en el Plan
Estadal de Desarrollo, en el Plan de
Desarrollo Regional y en las Líneas
Generales del Plan de Desarrollo Económico
y Social de la Nación (2007-2014), también
denominado “Proyecto Nacional Simón
Bolívar” o Primer Plan Socialista, orientado
a satisfacer las necesidades prioritarias
presentadas por los ciudadanos y ciudadanas,
comunidades organizadas y los consejos
comunales a través de la ejecución de
programas y proyectos que contribuyen en la
transformación económica, social y cultural
del Municipio.
La intención de esta gestión es aportar el
mejor esfuerzo para la construcción de una
nación, fundamentada en una organización
social, donde imperen los valores y
principios más avanzados en las corrientes
humanistas del Socialismo y se logre el
desarrollo de una fuerza colectiva que
fortalezca la independencia, la libertad y el
poder originario del individuo. Esta gestión
parte de la comprensión sobre la necesidad
de gobernar con, por y para el pueblo, como
máximo ideal del modelo democrático
compuesto de seres humanos con rostros
propios y diversas realidades, quienes
colectivamente sueñan, trabajan, estudian y
se esfuerzan por lograr condiciones de vida
cada día más dignas.
En este sentido, las estrategias
presupuestarias consideradas en este
proyecto expresan de manera equilibrada, los
objetivos, planes y políticas enfocados a
contribuir con el bienestar humano, a través
de la puesta en marcha de nuevas acciones,
así como fortalecer y profundizar las que
exitosamente se han puesto en práctica, a fin
de continuar generando bienestar social y
crecimiento económico.
En lo correspondiente al
funcionamiento institucional, se mantendrá
la política de racionalización del gasto y
optimización de recursos, en atención al
Decreto N° 6.649, publicado en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela No. 39.146 de fecha 25 de Marzo
de 2009, mediante el cual se dictó la
eliminación del gasto suntuario o superfluo
en el Sector Público Nacional.
Esta gestión municipal seguirá
sembrando la democracia soberana y
socialista. El recurso humano es uno de los
factores más importante en toda
organización, por eso la Alcaldía del
3
Municipio Iribarren, a través de la Oficina de
Recursos Humanos está vigilante para que
exista una interacción que viabilice cambios
positivos en la conducta y actitudes de los
trabajadores, para que se estimulen y
optimicen su actividad laboral. En la
formulación del Presupuesto para el
Ejercicio Fiscal 2014, esta Oficina tomó
consideraciones Políticas dirigidas a
mejorar las condiciones socio-económicas de
nuestros trabajadores (empleados, obreros y
contratados).
Uno de los pilares fundamentales de
esta gestión está referido a las asignaciones
destinadas al sector social que se ejecutan
por parte del Instituto Municipal de
Desarrollo Social (IMDES) referidos a
programas de carácter humanista, mediante
la asistencia integral dirigida a atender las
necesidades de los adultos mayores, hombres
y mujeres de bajos recursos, en especial
contribuir con el bienestar de las personas
con discapacidad física, por medio de
acciones que contribuyan a brindar: salud
preventiva, alimentación, higiene, prendas
de vestir, insumos y ayudas económicas en
términos de favorecer la población
económicamente más vulnerable.
Con el objeto de fomentar la
inversión social en busca de la construcción
de una democracia soberana y socialista, la
Fundación del Niño Municipal tiene previsto
ofrecer asistencia social a niños, niñas y
adolescentes a través de intervenciones
quirúrgicas, consultas médicas, donaciones,
operativos de vacunación, actividades
recreativas y culturales, entre otros; para
contribuir con el desarrollo integral de los
niños y niñas y adolescentes del Municipio,
en especial brindarles oportunidades para
que disfruten y ejerzan progresivamente
todos los derechos contemplados en la
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela y demás Leyes que se establezcan
a favor de ello, igualmente la Fundación
Municipal “Mundo de los Niños”
(FUMDANIÑOS), cuyo objetivo principal
es contribuir a la formación y la recreación
de lo niños y niñas mediante la divulgación
del arte, la cultura local, nacional y a los
valores fundamentales de la sociedad,
posibilitando el acceso a la recreación, el
deporte, el conocimiento y el arte como
estrategia que permite estimular un adecuado
desarrollo humano y así mismo el disfrute
familiar en nuestras instalaciones con
grandes aventuras.
Otra línea importante de acción
estará representada por las actividades de
promoción turística de la Ciudad que se
desarrollarán desde la Corporación de
Turismo de Barquisimeto (CORTUBAR),
como parte del rescate de la ciudad en su
categoría de ciudad musical de Venezuela; a
través de esta política, el gobierno municipal
pretende posicionar a Barquisimeto como
una ciudad con atractivo turístico,
destacando los valores religiosos, culturales,
artísticos, históricos, artesanales y
tradicionales, así como la conservación y
valoración del patrimonio del Municipio
Iribarren.
También se continuará desarrollando
el realce de los momentos más importantes
de la ciudad como son: la celebración de la
visita de la Divina Pastora, los Carnavales, la
Feria Internacional, así como otros eventos
de promoción de nuestro potencial en
materia religiosa, cultural, industrial,
comercial y agropecuaria, como una
oportunidad para destacar la presencia de
Barquisimeto a nivel nacional e
internacional. Finalmente en esta área de
actuación se aprovecharán las festividades
navideñas para la exaltación de los lugares
de interés turístico con la decoración
4
navideña y la realización de actividades
alusivas a esta festividad.
Dentro de la inversión se plantea
fortalecer los programas relacionados con el
desarrollo de proyectos socio-productivos
ejecutados por la Fundación Municipal de la
Economía Social (FUMDES), que consiste
en apoyar las iniciativas de producción y
comercialización de alimentos dirigidos a
mejorar las condiciones de alimentación de
los sectores populares, otorgar microcréditos
solidarios a beneficio de las comunidades y
parroquias, impulsar la producción y
comercialización de cultivos de café, dentro
del marco de las políticas nacionales, con la
finalidad de favorecer los sectores populares
con condiciones propicias para este rubro;
así como promover la comercialización de
productos elaborados por cooperativas y
microempresas comunitarias a nivel
municipal, regional, nacional e internacional,
propiciando el desarrollo endógeno del
Municipio, impulsando y potenciando un
nuevo modelo sustentable de organización y
producción dentro de los principios de
justicia social y participación ciudadana
acorde al modelo de país que contempla la
Constitución.
Igualmente se desarrollarán
proyectos de inversión dentro del Instituto
Municipal de Aseo Urbano y Domiciliario
(IMAUBAR), la Empresa Municipal de
Infraestructura y Conservación del Ambiente
(EMICA), y la Autoridad Metropolitana de
Transporte y Tránsito (AMTT), en beneficio
de comunidades pertenecientes a las
parroquias: Juan de Villegas, Santa Rosa,
Tamaca, Unión, Catedral, Concepción, El
Cují, Juárez, Buena Vista y Agüedo Felipe
Alvarado, mediante la realización de
Programas de mantenimiento y limpiezas de
plazas, parques, zonas públicas, alcantarillas,
quebradas, calles, avenidas, así como
conservaciones, reparaciones o construcción
de drenajes y aceras, engranzonamiento,
demarcación de vías, señalización,
colocación de semáforos y brocales; todo
ello con el propósito de atender los
compromisos en materia de saneamiento
ambiental, vialidad, recuperación de
espacios públicos, consolidándose de esta
manera los mecanismos institucionales de
participación ciudadana para dar respuesta a
todas aquellas necesidades que surjan de las
negociaciones del presupuesto participativo
y las visitas casa por casa.
Como uno de los grandes pilares de
esta gestión para este ejercicio se tiene
previsto desarrollar proyectos de alta
envergadura en el área de construcción y
mantenimiento vial a través del
financiamiento del Consejo Federal de
Gobierno mediante el Fondo de
Compensación Interterritorial el cual será
ejecutado por la Empresa Municipal de
Infraestructura y Conservación del Ambiente
en materia de vialidad.
Con respecto a la problemática
habitacional se pretende continuar
ejecutando programas de mejoramiento de
viviendas en los sectores de mayor pobreza a
través del suministro de materiales para la
construcción a las familias que no cuentan
con recursos económicos dignificando de
esta manera su calidad de vida; igualmente
se continuará con las donaciones de tanques
necesarios para el almacenamiento del agua
potable a fin atenuar esta necesidad de la
población en cuanto a la escasez de este
preciado líquido. Por otra parte se tiene
previsto la ejecución de obras y
rehabilitación de la estructura urbana a
objeto de embellecer los espacios públicos,
la construcción de techado de canchas
deportivas en las diferentes parroquias del
Municipio Iribarren, con la intención de
5
promover las actividades deportivas,
recreativas y competitivas, todo ello a través
del Instituto Municipal de la Vivienda
(IMVI).
Cabe destacar que los planes,
políticas, programas y proyectos estarán
orientados a fortalecer el desarrollo humano,
social, cultural y económico, prevaleciendo
la atención de las necesidades y prioridades
que demandan las comunidades organizadas
para la construcción y consolidación de la
democracia protagónica.
Objetivos y Prioridades Estratégicas para
el Municipio Iribarren.
Los objetivos y prioridades para el
Municipio Iribarren durante el Ejercicio
Fiscal 2014, están orientadas a desarrollar
medidas y acciones que mejoren la
condición de vida en cuanto a salud, empleo,
educación, vivienda, vialidad, seguridad y
productividad, entre ellas:
Fortalecimiento del liderazgo Municipal
en el área social, a través de la
implementación de programas propios y
de la intermediación ante organismo
nacionales.
Promover una mayor vinculación de la
Municipalidad con organismos públicos,
para la ejecución de obras, planes y
programas generadores de empleo.
Promover la incorporación efectiva de la
Municipalidad en el proceso de definición
de las medidas para combatir la
inseguridad, que promueven los
organismos nacionales.
Fortalecimiento de los programas de
educación y saneamiento ambiental, de
acuerdo con las competencias
municipales.
Fortalecimiento integral del sector
cultural, a través de una mayor
integración de sus actores y una mejor
planificación de la actividad cultural.
Promover la masificación y adecuación
del deporte y de las actividades
recreativas, a través de la incorporación
efectiva de las comunidades, atención
integral del atleta y la construcción y
recuperación de la infraestructura
deportiva y recreativa.
Mejoramiento de la calidad y cobertura
de los servicios públicos en las áreas
urbanas y rurales, a través de la
adecuación tecnológica, de inversiones y
manejo gerencial, con una participación
efectiva de las comunidades.
Promover una ocupación equilibrada del
territorio a través de la justa distribución
de los espacios y del aprovechamiento de
los mismos con miras a desarrollar planes
habitacionales.
Retomar el liderazgo técnico y
administrativo de la Alcaldía en la gestión
del sistema de transporte público, a fin de
que se garantice la productividad,
eficacia, calidad y solidaridad.
Promover la incorporación efectiva de la
Alcaldía en la gestión del servicio de agua
potable, a través de la distribución del
vital líquido a las comunidades que no
poseen el mismo por tuberías.
Definición de políticas municipales que
orienten los planes de mejoramiento de la
infraestructura vial y el manejo del tráfico
vehicular en las principales ciudades del
municipio.
Profundizar los mecanismos de
participación ciudadana establecidos en el
marco legal vigente, creando procesos de
difusión que involucren efectivamente al
ciudadano en la gestión municipal.
En este sentido y con miras a lograr el
cumplimiento de los objetivos planteados
6
finalmente se concibe a la Gestión Municipal
como la instancia de gobierno que coordina
y ejecuta programas para el bienestar y
seguridad social a fin de lograr la
optimización del bienestar moral de los
iribarrenses y a su vez de sus visitantes, por
consiguiente contribuir de esta manera que
este Municipio logre posicionarse como una
ciudad de referencia positiva en el país por
ofrecer más seguridad integral a sus
habitantes.
I. POLÍTICA PRESUPUESTARIA
Comprometidos con la democracia
revolucionaria bajo un escenario de desafío y
deber político asumido por el Gobierno
Nacional liderizado por el Presidente
Nicolás Maduro Moros, quien lleva a cabo el
legado del Comandante Supremo Hugo
Rafael Chávez Frías, de avanzar y
profundizar el desarrollo del Proyecto
Socialista del Siglo XXI, se presenta el
Proyecto de Ordenanza de Presupuesto de
Ingresos y Gastos para el Ejercicio Fiscal
2014, con miras a que el mismo se
constituya en un instrumento de política
fiscal tendiente a consolidar y coadyuvar en
la concreción de las Líneas Generales de
Desarrollo Económico y Social de la Nación
enmarcadas en el Plan Nacional de
Desarrollo Económico Simón Bolívar, el
cual está fundamentado en las siguientes
directrices:
I. Nueva Ética Socialista.
II. La Suprema Felicidad Social.
III. Democracia Protagónica Revolucionaria.
IV. Modelo Productivo Socialista.
V. Nueva Geopolítica Nacional.
VI. Venezuela: Potencia Energética
Mundial.
VII. Nueva Geopolítica Internacional.
Las Políticas Presupuestarias
pretenden concretar las Líneas de Acción
referentes a la Humanización del Municipio,
Desarrollo Económico, Transporte, Vialidad
y Servicios Públicos, mediante el
fortalecimiento, consolidación,
mejoramiento de los espacios públicos y la
infraestructura de servicios del Municipio,
con énfasis en vialidad recuperando
importantes arterias viales tanto en el casco
central como en zonas de barrios y
consolidando los servicios públicos
principalmente con el suministro de agua en
las zonas con mayor densidad poblacional en
los que habitan familias de bajos y medianos
recursos y las cuales se han venido
insertando progresivamente y de manera
organizada, en las diferentes acciones de
atención del Ejecutivo Municipal entre ellas:
Desarrollo Económico:
Contribuir a crear las condiciones
propicias para que aumenten los niveles de
actividad económica y de inversión de
recursos en el Municipio, para alcanzar
progresivamente el mayor y mejor uso de
sus potencialidades con las que se cuenta.
Desarrollo Social:
- Promoción y fortalecimiento de las
empresas comunitarias.
- Fomento de la recreación y el deporte.
- Promoción y revalorización cultural del
Municipio.
- Prevención y atención primaria en salud.
- Protección a la infancia y la adolescencia.
- Trabajo y proyección Municipal de la
mujer.
- Valoricemos a nuestros abuelos.
- Incorporación y participación de los
discapacitados.
Humanización del Municipio:
7
Rescatar y revalorizar los espacios
públicos urbanos en función del
reforzamiento del sentido de integración e
identidad de la población con la ciudad y del
pleno disfrute de su derecho a la recreación y
el esparcimiento.
Participación Ciudadana:
Incorporación de la Participación
Ciudadana en todas las fases e instancias
de la gestión, considerada como
instrumento básico para la formulación de
planes y políticas Municipales.
Transformación Institucional:
Rediseño y adecuación de los procesos y
sistemas administrativos de la Alcaldía
para incrementar su capacidad de
respuesta organizacional.
Transporte, Vialidad y Servicios
Públicos:
Optimización de los servicios como son:
transporte público, distribución de agua
potable, luz eléctrica, aseo urbano,
cloacas, drenajes, alcantarillados y
seguridad pública.
Dado que la soberanía reside en el
pueblo, la gestión de la Alcaldesa Amalia
Sáez constantemente busca elevar la calidad
de vida de los ciudadanos y ciudadanas del
Municipio Iribarren, dándole a éstos una
participación protagónica; fortaleciendo la
relación pueblo-gobierno, como la solución
total a sus problemas al integrar las
comunidades en el proceso de elaboración
del presupuesto de inversión municipal,
principalmente por medio de los
presupuestos participativos, el contacto
directo con la realidad, las visitas casa por
casa, entre otras.
De allí el propósito fundamental de
convertir al Municipio Iribarren en el
modelo de la Revolución Bolivariana, como
lo refiere el plan, nuestros ciudadanos y
ciudadanas puedan disfrutar de una
estructura social incluyente, un nuevo
modelo social, productivo, humanista y
endógeno, donde todos vivamos en similares
condiciones para que a través de este
compromiso de gestión construyamos “La
Suprema Felicidad Social” que planteaba
nuestro Libertador.
II. POLÌTICA PRESUPUESTARIA DEL
GASTO
Es de gran importancia mencionar que
para el presupuesto del año 2014, prevalecen
los criterios de racionalización del gasto,
mediante una justa distribución de los
recursos, el estricto apego a los principios de
legalidad, eficiencia, solvencia,
transparencia y cumplimiento de las
normativas legales vigente en materia de
administración financiera y presupuestaria
del sector público, a tal fin la distribución de
los recursos se presentan de la siguiente
manera:
Política De Gastos Por Partida:
401. GASTOS DE PERSONAL: Con una
asignación de CUATROCIENTOS
TREINTA MILLONES SESENTA Y
NUEVE MIL SETECIENTOS TRES
BOLÍVARES CON SESENTA Y TRES
CÉNTIMOS ** (Bs. 430.069.703,63) cifra
que representa aproximadamente el 31,96%
del Presupuesto de Gastos estimado para el
Ejercicio Fiscal 2014, esta Alcaldía del
Municipio Iribarren tiene previsto ejecutar
las siguientes políticas para el beneficio del
8
personal, empleados, obreros y contratados
a fin de contribuir con el bienestar
económico de nuestros trabajadores:
Ajuste en los sueldos del Personal
Empleado en un 20%.
Ajuste en la Prima de
Profesionalización, en cada rango.
A. Técnico Medio de Bs.220, 00 a
Bs 400,00.
B. Técnico Superior Universitario de
Bs.500, 00 a Bs.700, 00.
C. Profesional Universitario de Bs.
570,00 a Bs.850, 00.
D. Especialista y Magister de Bs.
610,00 a Bs. 1.000,00.
Ajuste de cargos al Personal que
presentó titulo profesional.
Previsión presupuestaria para ajustar
el monto del Ticket Alimentación, de
acuerdo al aumento del la Unidad
Tributaria.
Previsión presupuestaria para la
cancelación de pagos por diferentes
clausulas convencionales al personal,
empleado y obrero, tales como:
1. 100 Días de vacaciones
Empleados.
2. 40 Días de Bono Vacacional
Empleados.
3. 115 Días de Aguinaldos
Empleados.
4. Homologación del Tabulador del
Personal Empleado, Obrero y Jubilados.
5. 100 Días de Vacaciones Obreros.
6. 30 Días Bono Vacacional
Obreros.
7. 105 Días Aguinaldos Obreros.
8. Previsión Presupuestaria para la
cancelación de la deuda al Instituto
Venezolano de los
Seguros Sociales, a Empleados y
Obreros, desde el año 1998 por Bs
8.000.000,00.
9. Previsión Presupuestaria del 20%
al Personal Contratado, a partir del 01 de
Enero 2014.
402. MATERIALES, SUMINISTROS Y
MERCANCIAS: Con una asignación de
ONCE MILLONES NOVECIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL CIEN
BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.
11.955.100,00) cifra que representa
aproximadamente, el 0,89% del Presupuesto
de Gastos para el Ejercicio Fiscal 2014,
restringiendo el gasto al mínimo necesario,
de acuerdo a las recomendaciones que el
Ejecutivo viene desarrollando a través de la
promoción del reciclaje a todos los niveles,
dando un buen uso a los materiales y
suministros imputables a esta partida.
403. SERVICIOS NO PERSONALES: Para
este Ejercicio Fiscal 2014, se han estimado
en NOVENTA Y SIETE MILLONES
TRESCIENTOS NUEVE MIL
CUATROCIENTOS DIECINUEVE
BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.
97.309.419,00) cifra que alcanza un
estimado del 7,23% del Presupuesto de
Gastos. Con ello, se continúa garantizando
primordialmente los servicios que se
revierten en beneficio de las comunidades
tales como el suministro de agua por
camiones cisternas, servicios de radio y
televisión como mecanismos que permiten la
participación y promoción ciudadana y de la
Gestión Municipal.
Así mismo el Servicio de Asistencia
Médica Integral (SAMI), en beneficio de los
trabajadores activos y pasivos de la Instancia
Municipal; igualmente se prevé la
actualización de los sistemas automatizados
adaptados a la Alcaldía para agilizar los
procesos administrativos y de recaudación
tributaria lo que se traduce en una mejor
atención a los administrados y usuarios.
9
404. ACTIVOS REALES: Con la asignación
de DOS MILLONES CUATROCIENTOS
OCHENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES
SIN CÉNTIMOS (Bs. 2.485.000,00), lo que
representa aproximadamente el 0,18% del
Presupuesto de Ingresos y Gastos para el
Ejercicio Fiscal 2014, destinado mayormente
a consolidar la transformación institucional
emprendida por el Ejecutivo Municipal, con
la repotenciación de los ascensores y aires
acondicionados de las instalaciones
Municipales, a fin de prolongar su vida útil,
además de la innovación en tecnología y
mobiliario, contribuyendo de esta manera a
la armonía en el área de trabajo de los
funcionarios, fortaleciendo los espacios en
las instancias Municipales para la atención al
público de manera oportuna e idónea.
407. TRANSFERENCIAS Y
DONACIONES: Con la asignación
SETECIENTOS SESENTA Y SIETE
MILLONES CUATROCIENTOS TRES
MIL DOSCIENTOS DOCE BOLÍVARES
CON CATORCE CÉNTIMOS (Bs.
767.403.212,14) cifra que representa un
estimado del 57,03% del total del
Presupuesto previsto para el Ejercicio Fiscal
2014, los cuales serán destinados a las
Transferencias para los Gastos de Inversión
y Funcionamiento de los Entes
Descentralizados de la Alcaldía para la
ejecución de obras de infraestructuras,
reconstrucción, mantenimiento en materia de
saneamiento ambiental, vialidad y
recuperación de espacios públicos, todo ello
en beneficio de las comunidades de las
distintas parroquias que conforman el
Municipio Iribarren, asimismo brindar
asistencia médica, social y económico, a la
colectividad.
Esta partida contempla además, la seguridad
social de los Pensionados y Jubilados de la
Alcaldía, aportes a instituciones de
protección social, instituciones benéficas
públicas y privados sin fines de lucro, entre
otras.
408. OTROS GASTOS: Con la Asignación
de QUINCE MIL BOLÍVARES SIN
CÉNTIMOS (Bs. 15.000.00), cifra que
representa un estimado del 0.001% para
prever el pago de indemnizaciones.
411. DISMINUCIÓN DE PÁSIVOS: Con la
Asignación de ONCE MILLONES
CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL
SETECIENTOS CUARENTA Y DOS
BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.
11.421.742,00) cifra que representa al
alrededor del 0,85% del total del
Presupuesto de Gastos para el Ejercicio
Fiscal 2014, el Ejecutivo a través de la
Dirección de Recursos Humanos pretende
honrar pasivos laborales adquiridos en
ejercicios anteriores. Igualmente la
cancelación de compromisos pendientes a
los proveedores que suministran los Bienes y
Servicios.
498. RECTIFICACIONES AL
PRESUPUESTO: Con una asignación de
VEINTICINCO MILLONES DE
BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs.
25.000.000,00) cifra que representa un
estimado de 1,86% del total del Presupuesto
de Gastos para el Ejercicio Fiscal 2014, para
atender los gastos imprevistos que se
presente en el transcurso del ejercicio para
aumentar los créditos presupuestarios que
resultaren insuficientes.
De esta forma el Ejercicio Fiscal 2014
persigue fortalecer las líneas y estrategias
emanadas por el Presidente Nicolás Maduro
Moros, enmarcadas bajo el socialismo del
siglo XXI, que permitirán una acción
efectiva del Gobierno local articulada con el
10
Plan de Desarrollo Económico y Social de la
Nación hacia la consolidación del poder
popular y la participación en la Gestión
Municipal, la cual busca la atención total a
los problemas que presentan las
comunidades.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
ESTADO LARA
J U S T I CI A
MUNICIPIO IRIBARREN
EL CONCEJO DEL MUNICIPIO
IRIBARREN en uso de sus atribuciones
legales SANCIONA, siguiente:
ORDENANZA DE PRESUPUESTO
ANUAL DE INGRESOS Y GASTOS
MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2014
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
ARTICULO 1º. Apruébese la estimación de
Ingresos Públicos Municipales para el
Ejercicio Fiscal 2014, en la cantidad de UN
MILLARDO TRESCIENTOS CUARENTA
Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO
SETENTA Y SEIS BOLÍVARES CON
SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS * (Bs.
1.345.659.176,77) por rubros de Ingresos de
acuerdo con la distribución incorporada en el
Título II “Presupuesto de Ingresos” de la
presente Ordenanza.
ARTICULO 2º. Acuérdense los créditos
presupuestarios para el Ejercicio Fiscal
2014, en la cantidad de UN MILLARDO
TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO
MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA
Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y
SEIS BOLÍVARES CON SETENTA Y
SIETE CÉNTIMOS * (Bs.
1.345.659.176,77) asignados a los diferentes
sectores, programas, actividades o proyectos,
partidas, sub-partidas, y las controladas y
asignadas a los créditos de Seguridad Social
y Gastos no Clasificados Sectorialmente, de
conformidad con el Título III “Presupuesto
de Gastos” de esta Ordenanza.
ARTICULO 3º. Los créditos
presupuestarios asignados a los programas (o
categorías equivalentes), proyectos o
partidas, que hayan sido eliminados por
decisión del Concejo Municipal, no podrán
ser restablecidos mediante el uso de la
partida Rectificaciones al Presupuesto. A
estos efectos, el Concejo Municipal, dentro
de los diez (10) días hábiles siguientes a la
publicación de esta Ordenanza, participará
las correspondientes eliminaciones a la
Contraloría Municipal.
ARTICULO 4º. Cada año, el Alcalde o
Alcaldesa presentará al Concejo Municipal
para su aprobación, el Proyecto de
Ordenanza de Presupuesto Anual de
Ingresos y Gastos del Municipio, elaborado
en concordancia con los planes locales y
dentro de las líneas generales del Plan de
Desarrollo Económico y Social de la Nación.
11
ARTICULO 5º. La Distribución
Institucional del Presupuesto de Gastos, será
aprobada por cada órgano o ente del Poder
Público del Municipio Iribarren, a través del
acto respectivo, esta Distribución consiste en
el detalle de los créditos presupuestarios
acordados a las diferentes categorías
presupuestarias en el nivel de las
actividades, por partidas, genéricas,
específicas y sub.-específicas y solo tendrá
carácter informativo para fines
administrativos, de control interno de los
programas de gastos de la Alcaldía y de sus
entes descentralizados.
ARTICULO 6º. Los Recursos y Egresos
acordados en la presente Ordenanza de
Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del
Municipio, para el Ejercicio Fiscal del 2014,
se desagregan de acuerdo al Clasificador
Presupuestario del 2013, emanado de la
Oficina Nacional de Presupuesto
(ONAPRE).
ARTICULO 7º. El Alcalde o Alcaldesa, el
Presidente o Presidenta del Concejo
Municipal, el Contralor o Contralora
Municipal y las máximas autoridades de las
unidades Administrativas de la Alcaldía y de
los Organismos Desconcentrados o Entes
Descentralizados, serán los ordenadores de
compromisos y pagos en cuanto al
presupuesto de cada uno de los entes u
organismo que dirigen. Dichas facultades se
ejercerán y podrán delegarse en funcionarios
de alto nivel adscritos a ellos, en los
términos establecidos en la Ley Orgánica de
la Administración Pública, en cuanto sea
aplicable, haciendo constar el monto limite y
los conceptos de gasto objeto de la
delegación.
ARTICULO 8º. Antes del cierre del
segundo trimestre de cada año, el Alcalde o
Alcaldesa fijará los lineamientos generales
para la formulación del Proyecto de
Ordenanza de Presupuesto Anual de
Ingresos y Gastos Municipales, a tal efecto
la Oficina de Presupuesto deberá:
1. Elaborar un cronograma con las
principales tareas a cumplir, indicando las
acciones, lineamientos que deberán
ejecutar los ordenadores de compromisos
y pagos.
2. Solicitar a los ordenadores de
compromisos y pagos la información
sobre las categorías presupuestarias,
partidas y metas y cualquier otra
información necesaria que conformarán
los anteproyectos de presupuesto.
3. Preparar la versión inicial del
anteproyecto, consistente en los
lineamientos previamente establecidos
que se someterá a la consideración del
Alcalde o Alcaldesa.
ARTICULO 9º. A los efectos de cumplir
con la fecha de presentación del Proyecto de
Ordenanza de Presupuesto anual de Ingresos
y Gastos del Municipio junto con el Plan
Operativo Anual al Concejo Municipal, los
Directores o la máxima autoridad de los
órganos y entes que integran el Poder
Público del Municipio Iribarren, elaborarán
el Proyecto de Presupuesto y Plan Operativo
Anual para el Ejercicio Fiscal 2014 y lo
someterán a la consideración del Alcalde o
Alcaldesa para su revisión y ajuste por
intermedio de la Oficina de Planificación y
Presupuesto de acuerdo al cronograma
establecido por esta Oficina.
En caso de incumplimiento del plazo
señalado en el cronograma, la Oficina de
Planificación y Presupuesto, está elaborará
de oficio los respectivos proyectos,
12
considerando el presupuesto del año en curso
y la información referida en el Capítulo II,
de la Ejecución Presupuestaria, Artículo 12
relativas a la ejecución física y ejecución
presupuestaria de la Unidad ejecutora,
Organismo o Ente.
ARTICULO 10. De acuerdo a la Ley
Orgánica del Poder Público Municipal y su
incidencia en la autonomía orgánica y
funcional de las ramas del Poder Público
Municipal, toda referencia contenida en esta
Ordenanza atinente a autorizaciones,
trámites entre otros, del Alcalde o Alcaldesa
o de alguna estructura de la rama ejecutiva
municipal, se entenderá, referida al
Contralor o Contralora Municipal y a la
estructura de la Contraloría Municipal y al
Concejo Municipal y a su estructura, según
sea el caso.
CAPITULO II
DE LA EJECUCION
PRESUPUESTARIA
ARTICULO 11. Los Órganos, Entes y
Unidades Ejecutoras de los créditos
presupuestarios asignados en la presente
Ordenanza dispondrán de los primeros
quince (15) días continuos de iniciado el
ejercicio presupuestario, para remitir a la
Oficina de Planificación y Presupuesto, la
programación de la ejecución física y
financiera de los recursos asignados, de
acuerdo a las instrucciones y procedimientos
técnicos suministrados por ésta. Dicha
programación se utilizará para fines de
control interno y de coordinación de los
pagos con el flujo de ingresos.
ARTICULO 12. Los Órganos, Entes y
Unidades Ejecutoras, dentro de los diez (10)
siguientes al término de cada trimestre,
deberán remitir los resultados de la ejecución
física y ejecución presupuestaria, a la
Oficina de Planificación y Presupuesto,
conforme al instructivo elaborado para tal
fin. Los resultados de la ejecución financiera
deberán remitirse a la Dirección de
Administración y Finanzas en el mismo
lapso con copia a la Oficina de Planificación
y Presupuesto.
La Dirección de Administración y Finanzas
analizará las mencionadas ejecuciones, las
cuales una vez consolidadas, se remitirán
trimestralmente al Alcalde o Alcaldesa para
ser enviada al Concejo Municipal y a la
Contraloría Municipal dentro de los treinta
(30) días siguientes al vencimiento del
período del cual se trate.
Igualmente deberá remitir copia a la Oficina
de Planificación y Presupuesto, a fin de
adecuar el ritmo de la Ejecución del
Presupuesto, evaluar los resultados,
comprobar el cumplimiento de los objetivos
y metas establecidos en el Plan Operativo
Anual de la Alcaldía y proponer
oportunamente los correctivos que se
estimen necesarios.
ARTICULO 13. Las Unidades ejecutoras
responsables, que no den cumplimiento al
envío de la información en el plazo
establecido, no se le tramitarán recursos
adicionales, ni modificaciones entre partidas
hasta tanto se efectúe la entrega de la
ejecución pendiente.
ARTICULO 14. Si durante la ejecución del
Presupuesto, se evidenciare una reducción en
los ingresos previstos para el ejercicio, en
relación a las estimaciones contenidas en la
Ordenanza de Presupuesto Anual de
Ingresos y Gastos, el Alcalde o Alcaldesa
ordenará los ajustes necesarios en los
respectivos créditos presupuestarios
acordados en la Ordenanza de Presupuesto
13
Anual de Ingresos y Gastos 2014, oídas las
opiniones de la Oficina de Planificación y
Presupuesto, Dirección de Administración y
Finanzas y Dirección de Tesorería
Municipal. La decisión será publicada en la
Gaceta Municipal.
PARAGRAFO UNICO: Igualmente, el
Alcalde o Alcaldesa, podrá solicitar al
Concejo y a la Contraloría Municipal, un
plan de ajustes en sus presupuestos de
gastos, proporcional a la reducción de
ingresos experimentada. Las decisiones a
este respecto, deberán publicarse en Gaceta
Municipal.
CAPITULO III
DE LAS MODIFICACIONES
PRESUPUESTARIAS
ARTICULO 15. Las Modificaciones
Presupuestarias que sean necesarias efectuar
durante la ejecución del Presupuesto de
Gastos, se regirán de acuerdo a las siguientes
normas:
1. De conformidad con lo establecido en el
Artículo 247 de la Ley Orgánica del
Poder Público Municipal; el Concejo
Municipal, a solicitud del Alcalde o
Alcaldesa, podrá aprobar créditos
adicionales al Presupuesto de Gastos para
cubrir gastos necesarios no previstos en la
Ordenanza de Presupuesto o Créditos
Presupuestarios insuficientes. Los
adicionales podrán ser financiados con:
a. Recursos que provengan de un mayor
rendimiento de los ingresos
calculados en la ordenanza de
presupuesto o estimaciones de los
mismos que garanticen que el Tesoro
Municipal contará con dichos
recursos.
b. Economías en los gastos que se
hayan logrado o se estimen en el
ingreso del ejercicio.
c. Existencia del Tesoro no
comprometida y debidamente
certificada por el Tesorero o Tesorera
Municipal.
d. Aportes especiales acordados por los
Gobiernos Nacional y Estadal; y
Otras fuentes de financiamiento que apruebe
el Concejo Municipal de conformidad con
las leyes.
Los Créditos Adicionales que hayan de
financiarse con economías en los gastos,
deberán ser expresamente determinados y se
acordarán las respectivas insubsistencias o
anulaciones de créditos presupuestarios. Se
entenderán por insubsistencias las
anulaciones totales o parciales de créditos
presupuestarios de programas, sub.-
programas, proyectos y partidas, que reflejen
economías en los gastos.
2. Los traspasos de créditos presupuestarios
entre partidas de una misma
denominación o de diferentes
denominaciones pertenecientes a un
programa, subprogramas o proyectos, o a
diferentes programas, subprogramas o
proyectos correspondientes a uno o varios
sectores se realizarán de acuerdo a la
siguiente escala:
a. Cuando el monto sea mayor del treinta
y cinco por ciento (35%), de los
respectivos créditos originales de la
partida cedente, requerirán
autorización del Concejo Municipal.
14
b. Si no excede del treinta y cinco por
ciento (35%) de la asignación original
de la partida cedente, serán autorizados
por el Alcalde o Alcaldesa.
c. Si no excede del veinte por ciento
(20%) de la asignación original de la
partida cedente, serán autorizados por
la Oficina de Planificación y
Presupuesto.
3. Los créditos presupuestarios asignados a
la partida 404 (Activos Reales), solo
podrán ser modificados mediante
traspasos, durante la ejecución
presupuestaria, para ser orientadas a la
misma partida 404. Así mismo cuando
signifique un aumento de los créditos
presupuestarios de dicha partida serán
aprobados por Concejo Municipal, el
Alcalde o Alcaldesa o la Oficina de
Planificación y Presupuesto de acuerdo a
las escalas establecidas en el Numeral 2,
literales a, b y c del presente artículo.
4. Los créditos presupuestarios asignados a
la partida Rectificaciones al Presupuesto
498010100 serán autorizadas por el
Alcalde o Alcaldesa, para atender gastos
imprevistos que se presenten en el
transcurso del ejercicio para aumentar los
créditos presupuestarios que resultaren
insuficientes durante la ejecución del
Presupuesto de Gastos. Salvo casos de
emergencia, los recursos de este crédito
no podrán destinarse a crear nuevos
créditos ni cubrir gastos cuyas
asignaciones hayan sido disminuidas por
los mecanismos formales de
modificaciones presupuestarias.
5. En los traspasos de créditos
presupuestarios asignados a un programa,
subprograma o proyecto o a diferentes
programas, subprogramas o proyectos,
correspondientes a uno o varios sectores
destinados a la ejecución de programas
y/o proyectos de Inversión podrán ser
tramitados por el Alcalde o Alcaldesa a
través del Concejo Municipal, y podrán
llevar la certificación aprobación del
proyecto por el Consejo Local de
Planificación Pública del Municipio
Iribarren, cuando se trate de
modificaciones que originen variaciones
en las metas originalmente previstas en
las diferentes categorías presupuestarias.
Los traspasos de créditos presupuestarios
entre partidas de una misma denominación o
de diferentes denominaciones pertenecientes
a un programa, subprograma o proyecto
correspondiente a uno o varios sectores de la
Contraloría y el Concejo Municipal, los
realizará su unidad de presupuesto hasta un
20% de la partida cedente, si excede de este
porcentaje será aprobada por el Contralor
Municipal y el Presidente del Concejo
respectivamente.
ARTICULO 16. El trámite necesario a los
efectos de cualquier modificación en los
créditos presupuestarios aprobados en esta
Ordenanza, o aquellos aprobados por el
Alcalde o Alcaldesa, Concejo Municipal o
Contraloría Municipal se iniciará en la
unidad ejecutora. En los casos que
corresponda, deberá constar la conformidad
de las unidades que ceden recursos
financieros. La Oficina de Planificación y
Presupuesto o su equivalente en el Concejo
Municipal y Contraloría Municipal
coordinará la preparación de la información
que deberá ser presentada a la instancia de
aprobación correspondiente.
En el caso de las modificaciones
presupuestarias que requieran la cesión de
recursos perteneciente a la categoría
15
presupuestaria 401 “Gastos de Personal”, de
una o más unidades pertenecientes a la
Estructura Organizativa de la Alcaldía, se
requerirá sólo la autorización de la Oficina
de Recursos Humanos y se tomará como
base de cálculo para establecer el porcentaje
de autorización dispuesto en el Artículo 15,
Numeral 2 de ésta Ordenanza, el monto total
de la categoría presupuestaria 401 “Gastos
de Personal”.
ARTICULO 17. A los fines de alcanzar una
mayor operatividad del trámite de
modificaciones presupuestarias, aquellos
casos en que se amerite la cesión de
recursos, de unas o más unidades
pertenecientes a la Estructura Organizativa
de la Alcaldía, podrán ser autorizadas por el
Alcalde o Alcaldesa, con la posterior
notificación a la unidad cedente, sobre la
disminución efectuada.
Las referencias al Alcalde o Alcaldesa y a la
estructura de la Alcaldía contenidas en este
artículo, deberán entenderse referidas al
Concejo Municipal y a la Contraloría
Municipal y a sus estructuras en cuanto sea
aplicable; en virtud de la autonomía orgánica
funcional y administrativa prevista en el
ordenamiento jurídico para estos órganos, en
lo relativo a la ejecución de sus
presupuestos.
CAPITULO IV
DE LA CONTABILIDAD
PRESUPUESTARIA
ARTICULO 18. De acuerdo a lo
establecido en el artículo 242 de la Ley
Orgánica del Poder Público Municipal, el
límite legal para la ejecución de un gasto,
será el saldo disponible de los créditos
presupuestarios asignados a la partida,
dentro del respectivo programa, proyecto o
categoría presupuestaria equivalente.
ARTICULO 19. Los gastos causados y no
pagados al treinta y uno (31) de diciembre se
pagarán durante el año siguiente, con cargo a
las disponibilidades en caja y banco
existentes a la fecha de cierre del Ejercicio
Fiscal.
Los gastos comprometidos y no causados al
treinta y uno (31) de diciembre se imputarán
automáticamente al ejercicio siguiente,
afectando los mismos a los créditos
disponibles para el ejercicio en curso.
Los compromisos originados en sentencia
firme con autoridad de cosa juzgada o
reconocidos administrativamente de
conformidad con el marco legal vigente, así
como los derivados de los reintegros que
deban efectuarse por concepto de tributos
recaudados en exceso, se pagarán con cargo
al crédito presupuestario de las partidas
correspondientes.
CAPITULO V
ADMINISTRACION DE PERSONAL
ARTICULO 20. La relación de cargos y sus
respectivos sueldos básicos, estructura
organizativa y tabulador de cargos,
correspondiente a la Alcaldía, podrá ser
modificada por el Alcalde o Alcaldesa,
durante la Ejecución del Presupuesto
correspondiente al Ejercicio Fiscal 2014,
conforme con lo establecido en el
ordenamiento jurídico aplicable.
ARTICULO 21. El crédito Presupuestario
previsto en la partida específica 401-
04-07-00, "Bonificación a Empleados", del
Sector 01, Programa 12, Actividad 00
"Servicio Municipal de Administración
Tributaria", será utilizado para atender, de
16
ser procedente, el pago de obvenciones
fiscales derivadas de los reparos fiscales
realizados a los contribuyentes,
contempladas en las Ordenanzas
Municipales. Mientras se mantengan estas
obvenciones.
ARTICULO 22. En concordancia con lo
dispuesto en el Artículo 242 de la Ley
Orgánica del Poder Público Municipal,
relativo al límite máximo a las
autorizaciones disponibles para gastar, se
establece la siguiente limitación a los
traspasos para incrementar la disponibilidad
de la partida especifica 401-00-00-00,
"Gastos de Personal", en las específicas 401-
01-01-00, " Sueldos Básicos Personal Fijo a
Tiempo Completo", 401-01-29-00 "Dietas" y
401-01-10-00 "Salarios a Obreros en Puestos
Permanentes". Para incrementar estas
específicas, se procederá de la forma
siguiente:
1. Cuando el valor de la modificación sea
inferior a CUATROCIENTAS
UNIDADES TRIBUTARIAS (400 UT.),
podrá ser autorizado por la Oficina de
Planificación y Presupuesto.
2. Cuando el valor de la modificación sea
superior a CUATROCIENTAS
UNIDADES TRIBUTARIAS (400 UT.),
hasta OCHOCIENTAS UNIDADES
TRIBUTARIAS (800 UT.), se requerirá
la aprobación del Alcalde o Alcaldesa.
3. Para modificaciones cuyo monto sea
superior a OCHOCIENTAS UNIDADES
TRIBUTARIAS (800 UT.), será
requerida la aprobación del Concejo
Municipal, previo informe de la Oficina
de Planificación y Presupuesto.
CAPITULO VI
REGIMEN PRESUPUESTARIO
DE LOS ENTES DESCENTRALIZADOS
ARTICULO 23. Los Entes
descentralizados del Municipio previstos en
el Título I, de la Ley Orgánica de la
Administración Financiera del Sector
Público, que tengan asignados recursos
presupuestarios en la presente Ordenanza,
para poder gozar de ellos, están obligados
cumplir con lo dispuesto en el Artículo 11 de
estas Disposiciones. Igualmente remitir a la
Oficina de Planificación y Presupuesto el
Informe de cierre del Ejercicio Fiscal,
debidamente aprobado por su Directorio o
Junta Directiva y avalado por la unidad de
Auditoría Interna o la que la sustituya, en un
plazo no mayor de 90 días continuos al
cierre del Ejercicio Fiscal.
PARAGRAFO UNICO: La Oficina de
Planificación y Presupuesto remitirá a la
Dirección de Administración y Finanzas la
Programación Financiera, una vez fijados los
montos de las cuotas partes correspondientes
a los créditos presupuestarios asignados en la
presente Ordenanza, con copia a la
Dirección de Tesorería Municipal.
ARTICULO 24. Los Entes descentralizados
del Municipio, dentro de los diez (10) días
siguientes al término de cada trimestre,
deberán remitir los resultados de la ejecución
física y ejecución presupuestaria, de acuerdo
al Artículo 12 de esta Ordenanza, a la
Oficina de Planificación y Presupuesto,
conforme al instructivo elaborado para tal
fin. Por su parte, los resultados de la
ejecución financiera deberán remitirse a la
Dirección de Administración y Finanzas en
el mismo lapso.
PARAGRAFO UNICO: La entrega de
cuota parte correspondiente a los recursos
asignados en la presente Ordenanza, se
17
realizará previa presentación, ante la Oficina
de Planificación y Presupuesto y la
Dirección de Administración y Finanzas, de
los informes de ejecución física y financiera
de sus respectivos programas así como la
rendición de cuenta de los recursos
entregados.
Los Entes descentralizados del Municipio,
que no den cumplimiento al envío de la
información en el plazo establecido, no se le
tramitarán recursos adicionales, ni
modificaciones entre partidas hasta tanto se
efectúe la entrega de la ejecución pendiente.
ARTICULO 25. Las Modificaciones
Presupuestarias que sea necesario efectuar
durante la ejecución del Presupuesto de
Gastos para los Entes Descentralizados en
relación a traspasos de créditos
presupuestarios entre partidas de una misma
denominación o de diferentes
denominaciones se regirán de acuerdo a las
siguientes escalas:
1. Si excede del veinte por ciento (20%) de
la asignación original de la partida
cedente, serán autorizados mediante
resolución por la Junta Directiva o
Directorio.
2. Si excede del treinta y cinco por ciento
(35%) de la asignación original de la
partida cedente, se remitirán la solicitud
al Concejo Municipal a través de la
Oficina de Planificación y Presupuesto
del ejecutivo Municipal.
En los traspasos de créditos presupuestarios
asignados a un programa, subprograma o
proyecto o a diferentes programas,
subprogramas o proyectos, correspondientes
a uno o varios sectores destinados a la
ejecución de programas y/o proyectos de
Inversión podrán ser tramitados por el
Alcalde o Alcaldesa a través del Concejo
Municipal, previa certificación aprobación
del proyecto por el Consejo Local de
Planificación Pública del Municipio
Iribarren, cuando se trate de modificaciones
que originen variaciones en las metas
originalmente previstas en las diferentes
categorías presupuestarias.
Los créditos presupuestarios acordados en la
Ordenanza de Presupuesto anual, destinados
a cubrir gastos de inversión con el objeto de
dar cumplimiento a los artículos 231 y 242
de la Ley Orgánica del Poder Público
Municipal, solo podrán ser modificadas
mediante traspasos durante la ejecución del
Presupuesto para ser orientados hacia otros
gastos de inversión o de formación de capital
con el fin de mantener el porcentaje de la
Ley.
CAPITULO VII
DE LA AUTONOMÍA FUNCIONAL
DE LAS OTRAS RAMAS DEL PODER
PÚBLICO MUNICIPAL
ARTICULO 26. Debido a la autonomía
orgánica, funcional y administrativa de la
Contraloría Municipal, esta administrará y
ejecutará los créditos presupuestarios
asignados al Programa denominado “Control
de Gestión Municipal”. Estos recursos se
transferirán en forma de cuotas partes acorde
a la programación financiera presentada,
cumpliendo así con lo previsto en el Artículo
44 de la Ley Orgánica de la Contraloría
General de la República y del Sistema
Nacional de Control Fiscal.
ARTICULO 27. De acuerdo a la autonomía
que se desprende de los artículos 175 de la
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, los artículos 75 y numeral 8 del
artículo 96 de la Ley Orgánica del Poder
18
Público Municipal, el Concejo Municipal
administrará y ejecutará los créditos
presupuestarios asignados al Programa
denominado “Dirección y Coordinación de
los Servicios Auxiliares del Concejo
Municipal” estos recursos se transferirán en
forma de cuotas partes acorde a la
programación financiera presentada por el
Concejo Municipal.
CAPITULO VIII
DISPOSICIONES FINALES
ARTICULO 28. Se faculta al Alcalde o
Alcaldesa para aprobar los traspasos de
créditos entre partidas genéricas, específicas
y sub.- específicas de una misma partida
dentro del programa cuyas unidades
ejecutoras estén adscritas a la Alcaldía.
ARTICULO 29. Los créditos
presupuestarios acordados en la Ordenanza
de Presupuesto anual, destinados a cubrir
gastos de inversión con el objeto de dar
cumplimiento a los artículos 242 y 245 de la
Ley Orgánica del Poder Público Municipal,
solo podrán ser modificadas mediante
traspasos durante la ejecución del
Presupuesto para ser orientados hacia otros
gastos de inversión o de formación de capital
con el fin de mantener el porcentaje
establecido en el Artículo 231 de la Ley
Orgánica del Poder Público Municipal. El
mismo tratamiento deberá aplicarse a los
recursos liberados por declaración de
insubsistencia.
ARTICULO 30. Sobre la base del principio
de colaboración de poderes para la
realización de los fines del Estado, previsto
en el artículo 136 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, el
Concejo y la Contraloría Municipal
celebraran convenio con la Alcaldía a los
fines de regular que rubros, partidas o
servicios seguirán siendo administradas por
la Alcaldía y su estructura administrativa,
hasta tanto se realice la transferencia total de
recursos que posibiliten el ejercicio pleno de
su autonomía.
ARTICULO 31. Publíquese en Gaceta
Municipal.
Dada, firmada, refrendada y sellada en el
Salón donde celebra sus sesiones el Concejo
del municipio Iribarren en Barquisimeto a
los veintiocho días del mes de noviembre de
dos mil trece.
CONC. CÉSAR GAVIDIA
Presidente del Concejo
REFRENDADO:
MIRLA CHÁVEZ DE SALAS
Secretaria del Concejo Municipal
19
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
ESTADO LARA
MUNICIPIO IRIBARREN
BARQUISIMETO, 03 DE
DICIEMBRE DE 2013
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
NELSON B. VERDE GRATEROL
ALCALDE (E)
(FDO.)
REPÚBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
ESTADO LARA
CONCEJO DEL MUNICIPIO
IRIBARREN
PRESIDENTE
CÉSAR GAVIDIA
CONCEJALES:
VICTOR ESCALONA
ESTHER CAMACHO
MARBELLA URANGA
SORANDY CORDERO
JOSE MANUEL AULAR
CARMEN CASTRO
JOSE LUIS CRESPO
DIGNA SUÁREZ
GABRIEL GUERRERO
EDILBERTO ROJAS
JOSE ORASMA
SECRETARIA DEL CONCEJO
MIRLA CHAVEZ
SINDICO PROCURADOR
20
MUNICIPAL
ABG. RAUL MENDOZA
MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LOS RECURSOS PARAEL AÑO 2014
PRESUPUESTO DE INGRESOS AÑO 2014.
La justificación de los ingresos para el año 2014, poseen su fundamentación en la
observación y análisis del comportamiento recaudatorio de los diferentes tributos municipales
durante el año corriente, derivándose al respecto las siguientes conclusiones:
a.- Durante los meses de enero y febrero se logró alcanzar la meta prevista, así mismo, durante
los tres primeros meses del año se mantuvo una rebaja del 20% en el impuesto sobre inmuebles
urbanos y en el impuesto de vehículos por pronto pago, estas razones tan importantes reflejan una
conducta atípica sobre los montos recaudados.
b.- En los demás meses del año con sus altos y sus bajas se cumplieron las metas previstas de los
meses abril, mayo, junio, julio, haciendo un gran esfuerzo el equipo del Servicio Municipal de
Administración Tributaria y las estrategias implementadas para tal fin.
A nivel nacional el Producto Interno Bruto (PIB) en el primer trimestre hubo un
crecimiento de 0,5%, y el segundo trimestre continua con una tendencia ascendente con 2,6%, lo
cual es sumamente importante porque esto significa generación de empleo y que cada punto de
crecimiento significa unas 70 mil personas empleadas”, esta tendencia de la economía nacional
representa un alza de 1,6 por ciento en comparación al primer semestre del año 2012, con este
resultado favorable obtenido en el periodo abril-junio se consolida el proceso de expansión del
aparato productivo nacional iniciado en el cuarto trimestre de 2010, en el marco de un entorno
internacional muy volátil caracterizado por la aceleración de la crisis global, centrada en los
endeudamientos de las economías más desarrolladas. En referencia al sector manufacturero,
recalcó que en el segundo trimestre del 2013 dicho tramo obtuvo un crecimiento importante,
equivalente a 5.7%. “A medida que crezca la industria manufacturera, eso contribuye a la
generación de empleo y el incremento del consumo de los particulares”.
Al analizar el PIB bajo el enfoque de actividades económicas, el crecimiento puntual del
segundo trimestre del año se explica por los desempeños favorables evidenciados en el informe
del BCV, donde revela también que las actividades económicas del sector no petrolero crecieron
2,3%, mientras que el petrolero fue de 1,3%. este último asociado a la extracción y refinación de
crudo. La política presupuestaria con precios petroleros estimados a 50 ($) dólares por barril en el
último año ha logrado que los excedentes del crudo se destinen a financiar la inversión social y
productiva, impulsando el crecimiento económico nacional.
El Ministro del Poder Popular de Planificación y Finanzas, Jorge Giordani, recordó que
las proyecciones económicas nacionales no deben ser realizadas en términos de los precios del
21
petróleo, dado que estos son volátiles. El ministro en las entrevistas concedidas en los diferentes
medios audiovisuales y escritos hizo referencia a la brusca variación de los precios del crudo
ocurrida en 2008, cuando pasaron de 140 ($) dólares el barril a 30 ($) dólares, esto en menos de 6
meses, igualmente hizo énfasis en que el presupuesto debe desvincularse de ese ingreso petrolero,
debe basarse en los ingresos, el valor de la producción de bienes y servicios que se produzcan y
que se paguen impuestos. Así mismo expresó durante su presentación del Proyecto de Ley de
Presupuesto Nacional para el ejercicio fiscal 2014 se calcula con un precio del petróleo a 55 ($)
dólares por barril.
El titular de la cartera de Planificación y Finanzas dijo que “esta proporción consolida a
los ingresos fiscales no petroleros como la principal fuente de financiamiento del Presupuesto
Nacional”. Asimismo, Por su parte, Nélson Merentes redujo a la mitad la meta de crecimiento
para 2013 fijada a principios de año, que era de 6%. Aseguró que “si la economía sigue así,
podemos asegurar que Venezuela tendrá un crecimiento de 3 o más en 2013″ siendo el peso de
este sector en el PIB, de 20,6%. y un tipo de cambio de 6,3 bolívares por dólar.
En el ámbito municipal se deben tomar medidas necesarias que coadyuven al rendimiento
máximo de los recursos, tanto desde el punto de vista de la estructura administrativa.
Observando la estructura organizacional, en este momento, se debe ordenar dándole prioridad
a sus funciones y competencias. Internamente la máxima autoridad y sus directores deben
volcar sus ojos hacía la cadena productiva de la alcaldía e invertir en ésta para lograr avanzar
en la productividad de las metas de recaudación.
Servir de enlace con el Ejecutivo Nacional para reactivar las Zonas Industriales establecidas
en la jurisdicción.
Replantear a nivel de la Presidencia de la República la deuda tributaria mil millonaria que
posee ENELBAR C. A. hasta el 2010.
Orientar nuestras inspecciones fiscales hacia los sectores comunicaciones, construcción y
servicios.
Las políticas tributarias para incrementar la recaudación municipal para el año 2014, se
basarán en los siguientes objetivos estratégicos:
1.- Descentralizar por parroquias la Oficina de Atención al Contribuyente y al Inversionista
(O.A.C.I).
3.- Actualizar el Registro de Contribuyentes.
4.- Ejecutar operativos conjuntos con el Servicio Nacional Integrado de Administración
Aduanera Tributaria (SENIAT).
5.- Aumentar las auditorias fiscales en los diferentes sectores económicos en crecimiento.
6.- Incrementar el número de fiscales de empresas.
22
7.- Mejorar la participación ciudadana en la implementación de los operativos de fiscalización de
los deberes formales, a través, de las estructuras organizadas del Poder Popular.
ASPECTOS GENERALES
Para el ejercicio económico financiero del año 2014 se estima un total de Ingresos Propios
equivalente al monto de NOVECIENTOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.
905.811.496,00), con un incremento general por rubros con respecto al presupuesto del año 2.013
en un 40%.
Los ingresos por concepto de Impuestos Indirectos estimados para el año 2014 ascienden
a la cantidad de OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS
OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.
835.408.940,00), que incluye los seis (06) impuestos Municipales y el ramo correspondiente a la
Deuda Morosa.
Con respecto al grupo de Ingresos no Tributarios para el año 2014, el monto a recaudar
asciende a la cantidad de TREINTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y
SIETE MIL QUINIENTOS TREINTA BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.
38.667.530,00), dentro de los cuales se encuentran los rubros de Mensuras y Deslindes, Permisos
Municipales, Mercados, Cementerios, Certificados y Solvencias y Otros Tipos de Tasas donde se
espera un incremento debido al desarrollo en el sector inmobiliario y sus operaciones
comerciales.
Se estima por concepto de Ingresos por Venta de Bienes y Servicios de la Administración
Municipal alcance a recaudar la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y
CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y DOS BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.
1.864.142,00), dado por las ventas de Gacetas Municipales y otros formularios.
Con respecto a los ingresos provenientes por concepto de Ingresos de Propiedad para el
año 2014, se prevé la cantidad de DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.
18.600,00), cuyo monto significa un aumento del 40%, estimado con respecto al año 2013,
producidos por el alquiler de tierras y terrenos del Municipio.
En cuanto al ramo de Diversos Ingresos se estima un monto equivalente a la cantidad de
VEINTISIETE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO DIECISIETE BOLÍVARES
CON CERO CENTIMOS (Bs. 27.095.117,00), generados por los rubros de Multas y Recargos e
Intereses Moratorios.
23
Con respecto a Otros Ingresos Ordinarios se planifica recaudar la cantidad de UN
MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO
BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 1.692.174,00).
Con relación a los Recursos Propios de Capital se estima la cantidad de UN MILLON
SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES BOLÍVARES CON
CERO CENTIMOS (Bs. 1.064.993,00).
A continuación se resume el monto de los ingresos estimados para el año 2014, así como
el Incremento del año 2013-2014 de cada grupo de ingresos con respecto a la totalidad de los
recursos propios:
INGRESOS Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO
AÑO 2014
(MILES DE BOLÍVARES)
RECURSOS MONTO
INCREMENTO
2013-2014 (%)
INGRESOS PROPIOS 905.811.496,00 40%
IMPUESTOS INDIRECTOS 835.408.940,00 40%
INGRESOS NO
TRIBUTARIOS 38.667.530,00
40%
INGRESOS POR VTA. DE
BIENES 1.864.142,00
40%
INGRESOS PROPIEDAD 18.600,00 40%
DIVERSOS INGRESOS 27.095.117,00 40%
OTROS INGRESOS
ORDINARIOS 1.692.174,00
40%
RECURSOS PROPIOS DE
CAPITAL 1.064.993,00
40%
1.- IMPUESTOS INDIRECTOS
1.1. INMUEBLES URBANOS: El impuesto inmobiliario se incrementa en un 40% con
respecto al monto estimado para el año 2014, aplicándose las siguientes estrategias para el
logro de la meta planificada:
Implementar operativos en consenso y con la participación del ciudadano.
Celebrar convenios de cobros con los condominios, consejos comunales, otorgándoles un
porcentaje (%) por lo recaudado, siempre y cuando se invierta en el mantenimiento de los
inmuebles propios.
Efectuar alianzas estratégicas con una aseguradora de inmuebles, ejecutando el programa
“Asegura tu inmueble”… al día con tus impuestos municipales.
24
Implementar las inspecciones fiscales en forma Multi-impositivas (fiscales auditores-
fiscales deberes formales).
Sancionar la Ordenanza sobre plusvalía de propiedades inmuebles causada por cambios
de uso o de intensidad en el aprovechamiento, con que se vean favorecidos con los planes
de ordenamiento urbanístico.
Sancionar la Ordenanza de contribuciones especiales por mejoras (Art.179,3 CRBV).
Sancionar la Ordenanza sobre impuestos prediales (Art. 179,3 CRBV).
Sancionar la Ordenanza sobre transacciones inmobiliarias (Art. 180 LOPPM).
Exigir contratos de arrendamiento a los contribuyentes visitados, a través del
cumplimiento del plan operativo anual, para cruzar información con catastro y así
incrementar el ingreso por este impuesto.
Cobrar a domicilio con tarjeta de débito (punto de ventas), realizando alianzas
estratégicas con entidades financieras.
1.2. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS: En este tributo se estima un
incremento de un 40% para el presupuesto del año 2014, considerando las siguientes
estrategias:
Fiscalizar las industrias y comercios involucrados en el crecimiento económico que se
espera en el Municipio Iribarren para el próximo año 2014 tales como: fabricación de
cementos, cal y yeso y todos los materiales relacionados con la construcción, sector
alimentario, estacionamientos, calzados, vestidos; licores.
- Sector financiero, telecomunicaciones y servicios.
- Edición de periódicos y revistas.
-Empresas dedicadas a la construcción, reparación y mantenimiento de autopistas
y carreteras.
- Casas de empeño, agentes y corredores de seguros y reaseguros, bolsas de
valores, empresas de asesoramiento, oficinas de compra y venta de bienes inmuebles,
oficinas y empresas urbanizadoras, empresas dedicadas a la ventas de lotes en los
cementerios y residencias.
- Servicios de publicidad, agencias de información y noticias.
- Tipografías.
Verificar el padrón de contribuyentes, en cuanto al cumplimiento o no del deber formal
de declarar los anticipos y declaraciones definitivas correspondientes al año 2014, esta
acción genera:
Operativos de visitas, citaciones y fiscalizaciones según el caso.
Emitir multas de oficio en los casos que se detecte el incumplimiento del deber
formal.
1.3. PATENTE DE VEHÍCULOS: Este rubro registra una variación presupuestaria
positiva para el año 2013, y se espera mantener esta tendencia para el año 2014, tomando en
consideración las siguientes estrategias:
Firmar convenio con la Policía Municipal y Tránsito Terrestre, para exigir mediante
operativos de campo los impuestos por concepto de vehículos.
Realizar contacto con instituciones y corporaciones para colocar puntos estratégicos
para el pago del impuesto sobre Patente de Vehículo (SENIAT, UCLA, UNEXPO,
25
IUTIRLA, UPEL, Fermín Toro, Universidad Yacambú, Tecnológico Antonio José de
Sucre, MAKRO, Las Trinitarias, Babilón, Metrópolis, Mercabar, entre otras).
Implementar el programa auxilio vial “Al día con el Municipio”.
Efectuar convenio con las Notarías, para exigir al momento de firmar la Compra-Venta,
la solvencia por impuesto de vehículo de acuerdo a su domicilio.
Efectuar convenio con ADAMCO, para exigir al momento de la Compra-Venta, se
realice la cancelación del impuesto de vehículo, dando a consignación la planilla del
pago de vehículo.
Efectuar convenio con las empresas de Seguros y Reaseguros, para exigir en el
momento de adquisición de la Póliza la Solvencia Municipal del Impuesto de Vehículo.
1.4. PROPAGANDA COMERCIAL: En este rubro se prevé realizar:
Operativos con la Dirección de Planificación y Control Urbano (DPCU), y la unidad
de Cobranzas Morosas del SEMAT, para el año 2014, con el objeto de cubrir las
metas presupuestadas.
Realizar Trabajos de campo en el municipio, a través de los Fiscales de Empresas con
el fin de verificar o exigir el cumplimiento de la obligación tributaria en materia
publicitaria.
1.5. ESPECTACULOS PÚBLICOS: Se espera en este rubro un incremento del 40% para
el año 2014, aplicando las siguientes estrategias:
Se plantea realizar una alianza estratégica con el Servicio Nacional Integrado de
Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), con el fin de realizar inspecciones
a las empresas patrocinantes y productoras de espectáculos públicos.
Minimizar las exenciones y exoneraciones en materia de espectáculos públicos, con
el objeto de aumentar el monto a recaudar en este rubro impositivo municipal.
1.6. APUESTAS LÍCITAS: En este impuesto se plantea recaudar setecientos noventa y
siete mil quinientos cincuenta y seis Bolívares con cero céntimos (Bs. 797.556,00),
para lograr esta meta se realizará un trabajo informático, con el objetivo de conectarlo al
Servidor de la propuesta de juegos ON_LINE y efectuar operativos con los bingos y
salas de juegos.
1.7. DEUDA MOROSA: En este rubro se estima un incremento para el año 2014,
considerando la realización de convenios con abogados externos de probada solvencia
moral y técnica para que haga efectivo el cobro de los adeudos pendientes. También se
diseñará una política entre la Dirección de Hacienda y Sindicatura Municipal, con el fin
de obtener mayores ingresos por este concepto.
2.- INGRESOS POR TASAS
2.1. PERMISOS MUNICIPALES: En este rubro se estima un aumento para el
presupuesto del año 2014, originado por el incremento de la unidad tributaria (U.T).
26
2.2. CERTIFICACIONES Y SOLVENCIAS: En este rubro se plantea un incremento
acorde con el incremento de la unidad tributaria (U.T), para el año 2014.
2.3. MENSURAS Y DESLINDES: Se prevé en este rubro un incremento acorde con el
crecimiento de la unidad tributaria (U.T) para el año 2014.
2.4. MERCADOS: Se estima en este rubro un incremento considerable para el presupuesto
del año 2014, originado por el incremento de la unidad tributaria (U.T).
2.5. CEMENTERIOS: En este rubro se prevé un ajuste acorde con el incremento de la
unidad tributaria (U.T), para el año 2014.
2.6. OTROS TIPOS DE TASAS: En dicho rubro se prevé un incremento para el 2014,
directamente proporcional al aumento de la unidad tributaria (U.T).
3. INGRESOS POR VENTA DE BIENES Y SERVICIOS.
3.1. VENTA DE GACETAS MUNICIPALES Y FORMULARIOS: Ingresos son
producto de las ventas de Formularios y Gacetas Municipales de interés público, por
lo que se espera recaudar para el 2014, la cantidad de Un Millón ochocientos sesenta y
cuatro mil ciento cuarenta y dos Bolívares con cero Céntimos (Bs.1.864.142,00).
4. INGRESOS PROPIEDAD.
4.1. INTERESES POR DEPOSITOS A LA VISTA: Ingresos derivados de los intereses
que generen los depósitos a la vista realizados en instituciones financieras.
4.2. INTERESES POR DEPOSITOS A PLAZO FIJO: Ingresos provenientes de los
intereses que generen los depósitos a plazo fijo efectuados en instituciones
financieras, no se estimaran ingresos por esta partida.
4.3. ALQUILERES DE TIERRAS Y TERRENOS: Ingresos causados por el alquiler a
terceros de tierras y terrenos propiedad de las instituciones públicas, se presupuesta
para el próximo ejercicio fiscal 2014, la cantidad de dieciocho mil seiscientos
Bolívares con Cero Céntimos (Bs. 18.600,00).
5. DIVERSOS INGRESOS:
5.1 RECARGOS E INTERESES POR DEMORA: los ingresos por concepto de
recargos e intereses por demora conforme lo establece el nuevo Clasificador
Presupuestario de Recursos, por consiguiente se prevé la cantidad de veintisiete
Millones noventa y cinco Mil ciento diecisiete Bolívares con cero céntimos (Bs.
27.095.117,00), considerando las variaciones positivas entre lo programado y lo
recaudado en el presente año 2013.
27
5.2. MULTAS Y RECARGOS: Ingresos originados por multa y recargo, se prevé para el
próximo año 2014 la cantidad de siete Millones doscientos cuatro Mil doscientos
setenta y siete Bolívares con cero céntimos (Bs. 7.204.277,00).
6. OTROS INGRESOS ORDINARIOS:
6.1. OTROS INGRESOS ORDINARIOS: Por este rubro se imputan los ingresos que no
estén incluidos en otros ramos, presupuestándose la cantidad de un millón seiscientos
noventa y dos mil ciento setenta y cuatro Bolívares con cero céntimos (Bs.
1.692.174,00).
7. RECURSOS PROPIOS DE CAPITAL:
7.1 VENTA Y/O DESINCORPORACIÓN DE TIERRAS Y TERRENOS: Recursos
producto de la venta de tierras y terrenos propiedad de la institución, se estima la
cantidad de un millón sesenta y cuatro Mil novecientos noventa y tres Bolívares con
cero céntimos (Bs. 1.064.993,00).
28
PLAN TRIBUTO 2014
DIRECCION DE HACIENDA
PROYECCION ESTIMADA DEL PRESUPUESTO DE LOS
INGRESOS POR RUBROS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2014
Pos.Finan. Des. Cuenta Mayor Presupuesto 2013 Presupuesto 2014 VARIACION
%
3.01.02.05.00 Inmuebles Urbanos 16.729.713,00 23.421.598,00
6.691.885,00 40,00%
3.01.02.07.00 Patente Industrial 536.436.263,00 750.996.528,00
214.560.265,00 40,00%
3.01.02.08.00 Patente de Vehículos 2.659.505,00 3.723.307,00
1.063.802,00 40,00%
3.01.02.09.00 Propaganda Comercial 6.512.133,00 9.116.986,00
2.604.853,00 40,00%
3.01.02.10.00 Espectáculos Público 3.443.366,00 4.820.712,00
1.377.346,00 40,00%
3.01.02.11.00 Apuestas Lícitas 569.683,00 797.556,00
227.873,00 40,00%
3.01.02.12.00 Deuda Morosa 30.380.181,00 42.532.253,00
12.152.072,00 40,00%
3.01.02.00.00 Impuestos Indirectos
596.730.844,00 835.408.940,00
238.678.096,00 40,00%
3.01.03.48.00 Permisos Municipales 2.418.034,00 3.385.248,00
967.214,00 40,00%
3.01.03.49.00 Certif. y Solvencias 9.545.847,00 13.364.186,00
3.818.339,00 40,00%
3.01.03.53.00 Mensuras y Deslindes 3.254.159,00 4.555.823,00
1.301.664,00 40,00%
3.01.03.56.00 Mercados 1.286.454,00 1.801.036,00
514.582,00 40,00%
3.01.03.57.00 Cementerios 132.686,00 480.000,00
347.314,00 261,76%
3.01.03.99.00 Otros Tipos de Tasas 10.772.312,00 15.081.237,00
4.308.925,00 40,00%
3.01.03.00.00 Ingresos no Tributarios
27.409.492,00 38.667.530,00
11.258.038,00 41,07%
3.01.04.01.00 Sobre la Plusvalia Inmobiliaria
- 0,00
- 0,00%
29
3.01.04.02.00 Contribuciones por Mejoras
- 0,00
- 0,00%
3.01.04.00.00 Ingresos por Contrib. Especiales
- 0,00
- 0,00%
3.01.09.01.01
Ing. Ventas de Gacetas
Municipales 1.331.530,00 1.864.142,00
532.612,00 40,00%
3.01.09.00.00 Ing. Ventas de Bienes y Servic.
1.331.530,00 1.864.142,00
532.612,00 40,00%
3.01.10.04.01 Intereses Deposit. A la Vista
100.000,00 0,00
(100.000,00)
-
100,00%
3.01.10.04.02 Intereses por Deposit. Plazo Fijo
100.000,00 0,00
(100.000,00) 0,00%
3.01.10.08.01
Alquileres de Edificios y
Locales
-
3.01.10.08.02 Alquileres de Tierras y Terrenos 13.286,00 18.600,00
5.314,00 40,00%
3.01.10.00.00 Ingresos a la Propiedad
213.286,00 18.600,00
(194.686,00) -91,28%
3.01.11.01.00 Intereses Moratorios 13.482.993,00 18.876.190,00
5.393.197,00 40,00%
3.01.11.05.00 Recargos e Intereses Moratorios 724.750,00 1.014.650,00
289.900,00 40,00%
3.01.11.08.00 Multa y Recargo 5.145.912,00 7.204.277,00
2.058.365,00 40,00%
3.01.11.00.00 Diversos Ingresos
19.353.655,00 27.095.117,00
7.741.462,00 40,00%
3.01.99.01.00 Otros Ingresos Ordinarios 1.208.696,00 1.692.174,00
483.478,00 40,00%
3.01.99.00.00 Otros Ingresos Ordinarios
1.208.696,00 1.692.174,00
483.478,00 40,00%
3.05.03.01.01 Situado Estadal 6.249.448,00 0,00 0,00%
3.05.03.01.02 Situado Municipal 239.042.693,00 347.363.154,00 0,00%
3.05.08.02.00
Fondo de Compensación
Interterritorial Municipal 62.152.979,00 0,00 0,00%
3.05.00.00.00 Transferencias y Donaciones
307.445.120,00 347.363.154,00
- 0,00%
3.06.01.01.00
Venta y/o desincorp. De Tierras
y Terrenos 760.709,00 1.064.993,00
304.284,00 40,00%
3.06.01.02.00
Ventas y/o desincorp.de Edif. Y
Instal. 0,00%
3.06.00.00.00 Recursos Propios de Capital
760.709,00 1.064.993,00
304.284,00 40,00%
30
3.11.06.02.00
Disminucion de Fondos en
Anticipos
- 0,00%
3.11.06.00.00
Dism. Fond. En Avance, Anticip
y Fideic.
- 0,00
- 0,00%
3.00.00.00.00 Total Ingresos Ordinarios
954.453.332,00 1.253.174.650,00
258.803.284,00 27,12%
PLAN DE INVERSIÓN DE LOS ENTES DESCENTRALIZADOS PRESUPUESTO AÑO 2014
ENTE MONTO Bs.
CONSEJO MUNICIPAL DE DERECHOS DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE
350.000,00
FUNDACIÓN DEL NIÑO MUNICIPAL 7.140.000,00
AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE Y TRÁNSITO 24.489.505,13
EMPRESA MUNICIPAL DE INFRAESTRUCTURA Y CONSERVACIÓN
DEL AMBIENTE
202.119.148,77
INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA 103.778.394,65
INSTITUTO MUNICIPAL DE ASEO URBANO Y DOMICILIARIO 18.753.857,00
FUNDACIÓN MUNICIPAL DE ECONOMÍA SOCIAL 900.000,00
INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO SOCIAL 22.500.469,00
CONCEJO MUNICIPAL (DIRECCIÓN Y COORDIINACIÓN DE LOS
SERVICIOS)
GASTOS DE INVERSIÓN SITUADO
74.782,741,00
1.413.370,00
CONTRALORÍA MUNICIPAL 37.922.048,00
31
32
33
34