expo formacion critica

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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Instituto Universitario de tecnología de los Llanos Informática Nocturno Sección 01 Aspectos Éticos Enmarcados Dentro De La Ley Resorte Facilitadora: Ing. Giovanna Ruiz Participantes: Arambulet Mariana C.I 20.638.860 Bolívar Franklin C.I 19.361.503 Hernández Alfredo C.I 19.068.808 Peña Sara C.I

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Page 1: Expo formacion critica

República Bolivariana de VenezuelaMinisterio del Poder Popular para la Educación

UniversitariaInstituto Universitario de tecnología de los Llanos

Informática Nocturno Sección 01

Aspectos Éticos Enmarcados Dentro

De La Ley Resorte

Facilitadora:Ing. Giovanna

Ruiz

Participantes: Arambulet Mariana C.I 20.638.860 Bolívar Franklin C.I 19.361.503 Hernández Alfredo C.I 19.068.808 Peña Sara C.I 20.118.844

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Page 3: Expo formacion critica

Los Elementos Clasificados: Lenguaje, Salud son:

Tipo

Tipo

Artículo 6. A los efectos de esta Ley se definen los siguientes elementos clasificados:lenguaje, salud, sexo y violencia.

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Los Elementos Clasificados: Sexo Y Violencia son:

Tipo

Tipo

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Artículo 9. Por motivos de salud pública, orden público y respeto a la persona

humana, no se permite en los servicios de radio y televisión, durante ningún horario, la difusión de publicidad sobre:

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Artículo 14. Los prestadores de servicios de

radio y televisión deberán difundir durante el horario todo usuario:

Un mínimo de tres horas diarias de programas culturales y educativos, informativos o de opinión y recreativos dirigidos especialmente a niños, niñas y adolescentes, presentados acordes con su desarrollo integral, con enfoque pedagógico y de la más alta calidad.

Un mínimo de siete horas de programas de producción nacional, de las cuales un mínimo de cuatro horas será de producción nacional independiente. Igualmente, deberán difundir diariamente, durante el horario supervisado, un mínimo de tres horas de programas de producción nacional, de los cuales un mínimo de una hora y media será de producción nacional independiente

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Artículo 16. Los prestadores de servicios de radio y televisión comunitarios de serviciopúblico, sin fines de lucro, deberán difundir entre otros:

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Gracias por su Atención