expediente 1-robo agravado-homicidio calificado

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EXPEDIENTE N° 1 CARPETA FISCAL 501-2010-1213 IMPUTADO: LEONCIO CALLATA MOLINA DELITO: ROBO AGRAVADO-HOMICIDIO CALIFICADO AGRAVIADO: FAUSTO JARECCA MAMANI Y POLLO REAL AREQUIPA 2011 DENUNCIA: Ampli!i"# $% i#&%'(i)!i*#%' p+%limi#+%' p+ %'!l+%!imi%#(* $% R* A)+&$* !*# ' ,'%! %#(% m %+(% $% F '(* J+%!! Mm#i ./0 %# %l i#(%+i*+ $%l i#m %,l% $% l Cll% Pi%+*l N 111-A C%+!$* &3!(im $ $% H*mi!i$i* p*+ %'(+#) lmi%#(* 4 R*,* )+&$* *! ++i$* %l $3 2/ $% m+5* $%l 20106 I. DESCRIPCION DE LOS HECHOS L%*#!i* Cll( M*li# .78 9*' *,+%+* $% !*#'(+ !!i"# !i&il: l '* mpli!i"# $% ' $%!l+!i"# $%!i$% !*#;%'+ '%+ %l (*+ $%l $%li(* )+&$* 4 <*mi!i$i* !li=!$* %# !*#(+ $% L%*#!i* Cll( M*li# ./ 9*' 6 L*' <%!<*' *! ++i$*' %# %l l*!l %# +%m*$%l!i"# '*# !*m* 'i) $3 ? %&%' l' 1@> 0 <*+' 'l% $% ' !%#(+* $% (+,?* $%'%#&*l&3 !*m* lm!%#%+* &*l&i%#$* l' 18> 0 <*+' p %'(* % (*$*' l*' (+,?$*+%' i#!l i$*' ' ' <%+m#*' 4 <,3# 'li$* $%? !#$$* p+i#!ipl !%++$*6 Y % l %+ !*#'i$%+$* # (+, !*#=#5 (%#i ll&%' 4 %#(+* !%++#$* $% # %&* %l !#$$* $% l p %+ p+i#!ipl 4 +%i#)+%'#$* p*+ *(+ p %+( !*#% 6 E'p%+* %# %l '%) #$* <'( % %l '%9*+ J+%!! %'( &i%+ $%'!#'#$* '% p '* # !mi'%( (+,?* 4 # !<*mp ! %ll* l(* 4 ,?* l p+im%+ pi'* !*)i" # pl* $ p+* im$m%#(% 0 !m6 Al p%#'+ % %'(, p+*; #$m%#(% $*+mi$* l* )*lp%* %# l %'pl$ !*m* %l '%9*+ J+%!! '% p+" l% &*l&i" $+ %

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ROBO AGRAVADOHOMICIDIO CALIFICADO

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EXPEDIENTE N 1CARPETA FISCAL501-2010-1213

IMPUTADO:LEONCIO CALLATA MOLINA DELITO: ROBO AGRAVADO-HOMICIDIO CALIFICADOAGRAVIADO: FAUSTO JARECCA MAMANI Y POLLO REALAREQUIPA 2011

DENUNCIA:Ampliacin de investigaciones preliminares para esclarecimiento de Robo Agravado con subsecuente muerte de Fausto Jarecca Mamani (60) en el interior del inmueble de la Calle Pierola N 111-A Cercado, vctima de delito de Homicidio por estrangulamiento y Robo agravado, ocurrido el da 26 de marzo del 2010.

I. DESCRIPCION DE LOS HECHOSLeoncio Callata Molina (38 aos), obrero de construccin civil; al solicitar la ampliacin de su declaracin decide confesar ser el autor del delito de robo agravado y homicidio calificado en contra de Leoncio Callata Molina (60 aos). Los hechos ocurridos en el local en remodelacin son como siguen: el da jueves a las 17:40 horas sale de su centro de trabajo, donde se desenvolva como almacenero, volviendo a las 18:40 horas puesto que ya todos los trabajadores, incluidos sus hermanos, ya haban salido dejando el candado principal cerrado. Ya que l era considerado un trabajador de confianza tenia llaves y entro cerrando de nuevo el candado de la puerta principal y reingresando por otra puerta conexa. Espero en el segundo piso hasta que el seor Jarecca estuviera descansando se puso una camiseta de trabajo y una chompa cuello alto y bajo al primer piso cogi un palo de aproximadamente 90 cm. Al pensar que estaba profundamente dormido lo golpeo en la espalda, como el seor Jarecca se par le volvi a dar en la cabeza donde le comenz a salir sangre, empezaron a pelear Leoncio Callata se quit su chompa y luego golpeo de nuevo a Jarecca con otro palo de madera dos a tres veces, pero continuaron peleando hasta que Jarecca cay en una zanja donde Leoncio Callata lo ahorca con un cable elctrico y para asegurar su muerte lo golpea con un ladrillo en la cabeza y viendo que no se mova ms se dirigi al mezanine en donde haba una habitacin entre el primer y el segundo piso donde con la ayuda de una cizalla corto los candados para sacar el dinero que haba en las cajas. Leoncio Callata afirma que antes de golpearlo por segunda vez con la madera Jarecca lo haba reconocido. Luego en la pileta se quit el polo y subi casi desnudo hasta su almacn donde se puso un pantaln, unos zapatos que no eran suyos, un polo y casaca suyas, y cogi un maletn donde guardo el pantaln ensangrentado olvidando el polo y la chompa. Sali del lugar, coge un taxi para dirigirse al puente Santa Rosa donde bota el maletn; luego se dirigi a su casa a eso de las 02:00 horas siendo su hermano Benito quien le abri la puerta.Indico que de la caja de caudales que cuidaba Jarecca el extrajo ocho mil setecientos soles; que originalmente el motivo de su delito fue apoyar a su madre que se encontraba mal de salud, pero asustado por las investigaciones huyo a la Paz donde gasto el dinero. Las llaves principales las posea, segn l, porque Jarecca se las haba proporcionado. Acepto haber cometido el delito completamente solo liberando a otros de responsabilidades, entre estos a sus hermanos Nstor y Hernn, a Vidal Bedregal y al seor Pickman (quien estaba requisitoriado) pues lo haba involucrado a este ltimo en el delito inicialmente.Leoncio Callata Molina afirma que mientras permaneci en el centro de reclusorio no fue coaccionado por nadie, de ninguna manera, antes de brindar sus declaraciones. Por ultimo pidi disculpas a las familias de Jarecca, a la del seor Pickman y a su propia familia. II. DESCRIPCION MEDICO LEGAL PROTOCOLO DE NECROPSIACONCLUSIONES:Se realiza la necropsia de ley al cadver de sexo masculino de un adulto identificado como fausto Jarecca Mamani de 60 aos de edad a solicitud de la Primera Fiscala Provincial Penal Corporativa de Arequipa segn oficio N 05-2010-1FPPC-MP-AR. Al examen externo presenta signos de violencia fsica con lesiones contusas y excoriativas en predominio de regin ceflica y lazo constrictor ajustado en cuello, las lesiones en la cabeza son heridas contusas y contusas cortantes, as como excoriativas en regin facial y bveda craneana que no producen fracturas. En cuello lazo formado por cable de luz. En dorso equimosis figuradas que parecen dejar impresin de pisadas hemorragias petequiales por hipoxia en cara anterior de trax. Equimosis y heridas con prdida de sustancia en miembros superiores; equimosis y excoriaciones en miembros inferiores. Al examen interno intenso edema cerebral con enclavamiento de amgdalas cerebelosas en cuello lesiones escasas; pulmones con edema escaso; abdomen con congestin multivisceral.Se concluye que la causa de muerte es por una insuficiencia respiratoria aguda que produjo edema cerebral, provocado por asfixia mecnica por estrangulacin con lazo con una muerte rodeada de circunstancias violentas. Se remiten muestras para estudio toxicolgico e histopatolgico.CAUSA DE LA MUERTE: INSUFICIENCIA RESPIRATORIA AGUDA EDEMA CEREBRAL CON ENCLAVAMIENTO ASFIXIA MECANICA POR ESTRANGULACIONAGENTES CAUSANTES:Lazo constrictor

SERVICIO DE TOXICOLOGIA FORENSEEXAMEN QUIMICO TOXICOLOGICO: Realizado al cadver de Fausto Jarecca Mamani, especficamente en las muestras de cerebro, hgado y estomago; se examinaron las siguientes sustancias: plaguicidas rgano clorados, plaguicidas rgano fosforados, plaguicidas carbamicos, salicilatos, sulfamidados, alcaloides, psicofrmacos, barbitricos, fenotiacinicos, cannabinoides, anfetaminas, benzodiacepinas. Se concluy que la muestra analizada no presenta ninguna de las sustancias anteriormente mencionadas.

LABORATORIO DE TOXICOLOGADOSAJE ETILICO: a travs de mtodo SHEFFTEL MODIFICADO aplicada a la muestra de sangre de Fausto Jarecca Mamani.DETERMINACION DE ALCOHOLEMIA: Negativo

SERVICIO DE ANATOMIA PATOLOGICATIPO DE EXAMEN: histopatolgico Realizado a Fausto Jarecca MamaniLuego de la descripcin macroscpica (fragmentos del pulmn) y de la descripcin microscpica (pulmn); se da el siguiente diagnostico microscpico: 1. Congestin y hemorragia pulmonar.2. reas de atelectasia y enfisema en pulmones. EXAMEN CLINICO FORENSE Realizados por el Departamento de Investigacin Criminal de Arequipa; para determinar lesiones recientes, data de las mismas y otros de inters criminalstico; los resultados fueron los siguientes: Hernan Callata Molina (22)Fecha: 27 de marzo del 2010Lesiones recientes: No se objetan.Conclusiones: No presenta lesiones recientes. Nestor Callata Molina (25)Fecha: 27 de marzo del 2010Lesiones recientes: No se objetan.Observaciones: Dos trazos lineales de color azul uno de 2.3 cm. Y 1.5 cm. En regin tabaquera anatmica de mano izquierda.Conclusiones: No presenta lesiones recientes. Vidal Bedregal Pilco (33 aos)Fecha: 27 de marzo del 2010Lesiones recientes: - Excoriacin de 2 cm. En dorso de mano izquierda.- Excoriacin de 1 cm. En codo izquierdo.Conclusiones:Presenta lesiones recientes por roce, lesiones antiguas por accidente de trnsito. Erick Chuctaya Paccaya (22 aos)Fecha: 27 de marzo del 2010Lesiones recientes: Excoriacin de 6 cm. De trazo discontinuo en cara posterior tercio proximal de antebrazo derecho.Conclusiones: Presenta lesin reciente por roce con objeto de borde agudo. Juan Miguel Pickman Teran (23 aos)Lesiones recientes:- Excoriacin de 1.4 cm. Con costra en dorso de mano derecha nivel de lado radial, data de ocho das aproximadamente.- 3 excoriaciones, una de 1 x 0.5 cm. Y dos de 0.7 x 0.5 cm. Con costra en cara anterior tercio medio de pierna izquierda, data aproximadamente de ocho das. Conclusiones:Presenta lesiones recientes por roce que son compatibles cronolgicamente con la fecha del incidente.

D.P. DE BIOLOGA FORENSEEn la inspeccin criminalstica en Biologa Forense realizado en el interior del inmueble de dos niveles en restauracin (ex Pollo Real) ubicado en la Calle Pierola N 111-A Cercado a la prueba de Luminol en los ambientes con los reactivos de Blue Star y Luminol 16 B esparcidos con un atomizador en los lugares donde se movilizaron los homicidas del victimado Fausto Jarecca Mamani, reacciono positivo para fluorescencia de color blanco azulado. Esta reaccin positiva nos conduce a ubicar la presencia de manchas sanguneas de haber sido dejados al estar en contacto con dichas superficies; como la escalera telescpica ubicado en el primer nivel, pared de concreto piso y varios objetos en el segundo y tercer piso con las caractersticas y ubicacin descritas.

III. DESCRIPCION JURIDICA CODIGO PENAL Artculo 189. Robo agravadoLa pena ser no menor de doce ni mayor de veinte aos si el robo es cometido:1. En inmueble habitado.2. Durante la noche o en lugar desolado.3. A mano armada.4. Con el concurso de dos o ms personas.5. En cualquier medio de locomocin de transporte pblico o privado de pasajeros o de carga, terminales terrestres, ferroviarios, lacustres y fluviales, puertos, aeropuertos, restaurantes y afines, establecimientos de hospedaje y lugares de alojamiento, reas naturales protegidas, fuentes de agua minero-medicinales con fines tursticos, bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural de la Nacin y museos.6. Fingiendo ser autoridad o servidor pblico o trabajador del sector privado o mostrando mandamiento falso de autoridad.7. En agravio de menores de edad, personas con discapacidad, mujeres en estado de gravidez o adulto mayor.8. Sobre vehculo automotor, sus autopartes o accesorios.La pena ser no menor de veinte ni mayor de treinta aos si el robo es cometido:1. Cuando se cause lesiones a la integridad fsica o mental de la vctima.2. Con abuso de la incapacidad fsica o mental de la vctima o mediante el empleo de drogas, insumos qumicos o frmacos contra la vctima. 3. Colocando a la vctima o a su familia en grave situacin econmica.4. Sobre bienes de valor cientfico o que integren el patrimonio cultural de la Nacin.

CDIGO PENAL Artculo 108.- Homicidio calificado-asesinatoSer reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince aos el que mate a otro concurriendo cualquiera de las circunstancias siguientes:1. Por ferocidad, por lucro o por placer;2. Para facilitar u ocultar otro delito; 3. Con gran crueldad o alevosa; 4. Por fuego, explosin, veneno o por cualquier otro medio capaz de poner en peligro la vida o salud de otras personas.

IV. SENTENCIAAl no contar con la sentencia final de la presente carpeta fiscal, puedo concluir de la siguiente manera:

Segn los resultados de los exmenes clnicos forenses es posible que Nestor Callata Molina, Vidal Bedregal Pilco (quien posee antecedentes judiciales por delito de Homicidio Culposo), Erick Chuctaya Piccaya y Juan Miguel Pickman Teran hayan tenido una presunta participacin en la realizacin del delito de Homicidio calificado y Robo agravado pues presentan lesiones recientes de excoriaciones y otros; pero por falta de informacin brindada a mi persona no podra determinar cul fue el delito exacto cometido.

Leoncio Callata Molina cometi el delito de homicidio calificado tipificado en el art. 188 del Cdigo Penal puesto que mato a Fausto Jarecca Mamani para facilitar otro delito, el robo del dinero de la caja de caudales. Este ltimo se califica de robo agravado ya que caus lesiones a la integridad fsica de Fausto Jarecca Mamani que lo condujo a la muerte. Por tratarse de un concurso ideal de delitos (varias disposiciones son aplicables al mismo hecho) se le condena a pena privativa de libertad de 35 aos, puesto que es la pena ms alta.