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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA SESIÓN NÚM. 17/2013, ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO, DEL DIA 12 DE DICIEMBRE DE 2013 En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial “Los Doce Linajes”, a doce de diciembre de dos mil trece, previa convocatoria y orden del día distribuidos con la debida antelación, se reúne el Pleno de la Corporación para celebrar sesión ordinaria en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros: PRESIDENTE ACCTAL: D. LUIS A. REY DE LAS HERAS. 2º TTE. DE ALCALDE : Dª ROSA ROMERO AMAYA. Dª ANA ALEGRE MARTÍNEZ D. JAVIER ANTÓN CACHO Dª MARÍA TERESA VALDENEBRO MATEO D. JESÚS JUAN BÁREZ IGLESIAS Dª RITA ISABEL LÓPEZ LOBERA D. ÁNGEL HERNÁNDEZ MARTÍNEZ Dª LOURDES ANDRÉS CORREDOR Dª ANA MARÍA CALVO SACRISTÁN Dª INÉS ANDRÉS SALINAS Dª MARÍA DEL MAR ANGULO MARTÍNEZ D. ADOLFO SAÍNZ RUIZ D. TOMÁS CABEZÓN CASAS Dª Mª JOSÉ FUENTES MARTÍNEZ D. JOSÉ PEDRO GÓMEZ COBO Dª ROCÍO GALLARDO SANCHO D. ALBERTO JESÚS RODRÍGUEZ LATORRE Dª VALENTINA LISO NÚÑEZ D. JAVIER SANZ TEJERO SRA. INTERVENTORA ACCTAL: Dª BELÉN GALLARDO SAEZ.

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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SORIA

SESIÓN NÚM. 17/2013, ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO

PLENO, DEL DIA 12 DE DICIEMBRE DE 2013

En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial “Los Doce Linajes”, a doce de diciembre de dos mil trece, previa convocatoria y orden del día distribuidos con la debida antelación, se reúne el Pleno de la Corporación para celebrar sesión ordinaria en primera convocatoria, con la asistencia inicial de los siguientes miembros:

PRESIDENTE ACCTAL: D. LUIS A. REY DE LAS HERAS. 2º TTE. DE ALCALDE: Dª ROSA ROMERO AMAYA.

Dª ANA ALEGRE MARTÍNEZ D. JAVIER ANTÓN CACHO Dª MARÍA TERESA VALDENEBRO MATEO D. JESÚS JUAN BÁREZ IGLESIAS Dª RITA ISABEL LÓPEZ LOBERA D. ÁNGEL HERNÁNDEZ MARTÍNEZ Dª LOURDES ANDRÉS CORREDOR Dª ANA MARÍA CALVO SACRISTÁN Dª INÉS ANDRÉS SALINAS Dª MARÍA DEL MAR ANGULO MARTÍNEZ D. ADOLFO SAÍNZ RUIZ D. TOMÁS CABEZÓN CASAS Dª Mª JOSÉ FUENTES MARTÍNEZ D. JOSÉ PEDRO GÓMEZ COBO Dª ROCÍO GALLARDO SANCHO D. ALBERTO JESÚS RODRÍGUEZ LATORRE Dª VALENTINA LISO NÚÑEZ D. JAVIER SANZ TEJERO

SRA. INTERVENTORA ACCTAL: Dª BELÉN GALLARDO SAEZ.

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SECRETARIO GENERAL: D. MARIANO A. ARANDA GRACIA

ASISTENCIA: Dª MERCEDES RUIZ DE MARCO, FUNCIONARIA DE LA SUBESCALA ADMINISTRATIVA.

LA PRESIDENCIA, A LAS 11,08 HORAS, DECLARA ABIERTA LA SESIÓN.

Excusan su asistencia el Ilmo. Sr. Alcalde, D. Carlos Martínez Mínguez, y Dª María del Mar Angulo Martínez

SR. ALCALDE ACCTAL: Buenos días a todos y a todas. Vamos a dar

comienzo a la sesión ordinaria del ayuntamiento Pleno del mes de diciembre. En primer lugar quiero disculpar la ausencia del Alcalde de Soria, que es quien debería estar presidiendo este pleno.

Y que conste también en acta la felicitación o la enhorabuena de todos

los presentes por su reciente paternidad en el día de ayer. Esperemos que con ello consigamos superar los 40.000 habitantes al final de este ejercicio.

También disculpar, por motivos laborales, a Doña Maria del Mar

Angulo. Y, sin más, el señor Gómez Cobo quiere intervenir por cuestión de orden antes de aprobar el acta. SR. GÓMEZ COBO: Sí gracias, gracias, señor Rey. Gracias por permitirme intervenir, que se pueda tratar de una cuestión de orden y más que nada por si cuando fuera el turno de Ruegos y Preguntas pues no estoy presente. Precisamente, mi razón para solicitar la palabra es porque se me autorice a ausentarme de este pleno a las doce y media si es que a esa hora no ha terminado dicho pleno, con la finalidad de asistir a la misa funeral por el fallecimiento de D. Pablo Luis Velilla Alcubilla. La razón de solicitarlo iniciado el pleno y además solicitar del señor Secretario que se haga constar en acta es no sólo porque ha fallecido un compañero, un insigne abogado que ha sido más de 40 años abogado, sino que, además, Pablo Luis Velilla fue concejal de este ayuntamiento, concretamente en la legislatura que fue del año 79 al 83 por el grupo de Coalición Democrática que, si no recuerdo mal, aunque yo era muy jovencito en esa época, estaba compuesto por Alianza Popular, Partido Demócrata Popular y Unión Liberal. Y Pablo Luis Velilla fue miembro de esta Corporación, ha sido un insigne abogado durante más de 40 años, ha formado parte de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Soria, concretamente su última

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intervención como miembro de la Junta de Gobierno fue siendo yo Decano de dicho Colegio, él fue Vicedecano y fue un gran compañero y un gran amigo, y realmente, pues su pérdida me parece que es importante. El hecho de que haya sido miembro de esta Corporación en momentos además muy importantes, muy delicados, muy apasionantes de la historia de la ciudad y de la nación pues creo que merece que hagamos un recuerdo y un homenaje, porque además, compartió también estrados en este Salón de Plenos con algún otro insigne compañero de la abogacía, como fue D. Ricardo de María Diges, que también fue concejal de este Ayuntamiento en más de una legislatura, ya fallecido también hace algunos años, insigne abogado, gran compañero, gran amigo, concejal por el Partido Socialista Obrero Español de esta Casa, y la verdad es que curiosamente se da la circunstancia de lo que es el misterio de la vida, que cuando nos anuncia usted que nuestro Alcalde ha sido papá - me sumo a la felicitación a él y a su mujer-, coincide con el fallecimiento de otra persona que fue un concejal de esta Casa. Pero en fin, la vida es así y yo quiero, me gustaría, que constara en acta pues el reconocimiento a Pablo Luis como a Ricardo que también falleció y a otros concejales que, ya digo, que en situaciones municipales en los que había muchos más grupos, en los que había quizá incluso más tensiones o incluso más variedad de opiniones o de grupos políticos pues a veces repasa uno las actas de la Corporación y lo que comprueba es que había pues un gran compañerismo, un enorme grado de acuerdo y de búsqueda de soluciones comunes, una renuncia importante a los propios intereses de grupo, de partido, económicos, profesionales, de lo que fuera, en definitiva, en defensa de los de los intereses de todos, de los intereses de los vecinos, de renuncia de los propios intereses en favor de los intereses de la ciudad que, en definitiva, era de los intereses de España. Y, por lo tanto, quería hacer esa mención en recuerdo y en homenaje de D. Pablo Luis Velilla, y solicitar que se me permita ausentarme para asistir al funeral. Muchas gracias.

SR. ALCALDE ACCTAL: Gracias señor, Gómez Cobo. Nos sumamos a sus sentidas palabras, y así constará en acta, las condolencias por el fallecimiento de D. Pablo Luis Velilla.

1.-APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE 14 DE NOVIEMBRE DE 2013. Dada cuenta del acta de la sesión ordinaria de 14 de noviembre de la que se ha remitido copia a los miembros de la Corporación a los efectos de su aprobación, al no formularse observación alguna, la Presidencia declara aprobada por unanimidad la referida acta.

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2.-DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES Y DECRETOS DE ALCALDÍA Y DE CONCEJALES DELEGADOS DICTADOS DURANTE EL MES DE NOVIEMBRE DE 2013.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 42 del vigente Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 2568/86 de 28 de noviembre, se da cuenta de las Resoluciones y Decretos de la Alcaldía dictados del 1 al 30 de noviembre de 2013, números 1415 al 1559, ambos inclusive. Asimismo, se da cuenta de las Resoluciones y Decretos de los Concejales Delegados de las siguientes Áreas: Vivienda y Urbanismo, Economía y Hacienda, Servicios Locales y Organización y Calidad de los Servicios, dictados durante el mes de octubre de 2013, que han estado a disposición de los Sres. Concejales con la documentación de los demás asuntos incluidos en el Orden del Día, quedando cumplido en consecuencia el trámite de dación de cuenta.

3.-DICTAMEN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL INFORMATIVA DE ACCIÓN SOCIAL, COOPERACIÓN E IGUALDAD RELATIVO A LA APROBACIÓN DE LAS BASES PARA REGULAR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA AYUDA Y COOPERACIÓN A REGIONES O PAÍSES EN VÍAS DE DESARROLLO. Visto el expediente relativo a la concesión de subvenciones destinadas a la ayuda y cooperación a regiones o países en vías de desarrollo,

Visto el dictamen favorable de la Comisión Municipal Informativa de

Acción Social, Cooperación e Igualdad, emitido en sesión celebrada el 20 de noviembre de 2.013.

Interviene el SR. ALCALDE ACCTAL para explicar el punto del Orden

del Día: SR. ALCALDE ACCTAL: Gracias, señor Secretario. El Consistorio de

Soria convoca esta línea que puede financiar hasta el 80 % de los proyectos presentados en solitario, por segundo año consecutivo, con una dotación de 140.000 €. El pasado año fueron seis las entidades que pudieron desarrollar diferentes proyectos en países como República Dominicana, Bolivia, Haití o Guatemala. Según recogen las propias bases el Ayuntamiento de Soria, de acuerdo con las recomendaciones de Naciones Unidas, considera que el principio de solidaridad entre los pueblos debe tener su traducción práctica y tangible no sólo en las grandes declaraciones programáticas de las distintas Instituciones públicas, en su acepción más amplia del término, sino en el apoyo y

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cooperación reales a los pueblos y comunidades más necesitadas por su escasa o nula industrialización y/o por encontrarse en vías de desarrollo.

Por dicho motivo se aprobó una consignación presupuestaria por importe de 140.000 €, cantidad ésta que se va a destinar a apoyar, vía de subvención, las acciones encaminadas a paliar en lo posible las diferencias existentes en el mundo. La finalidad de estas ayudas es promover la mejora de las condiciones de vida y un desarrollo sostenible de la población de los países, mediante el fomento de actuaciones dirigidas, entre otras, a la atención primaria de la salud, educación básica y formación profesional, infraestructura básica, acción social, empoderamiento de las mujeres, protección del medio ambiente, uso sostenible de los recursos naturales, desarrollo del sector productivo y promoción y defensa de los derechos humanos, que son los objetivos propios y esenciales de la cooperación al desarrollo. Sólo me queda pues desear que al hilo de estas bases sean muchos los proyectos presentados y que se cumplan las finalidades y los objetivos de las mismas. Nada mas y muchas gracias.

El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad, acuerda: Aprobar la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la ayuda y cooperación a regiones o países en vías de desarrollo, de acuerdo con la convocatoria del Excmo. Ayuntamiento de Soria, 2013 con un presupuesto de 140.000 €, con el texto que a continuación se relaciona:

El Excmo. Ayuntamiento de Soria, de acuerdo con las recomendaciones de Naciones Unidas, considera que el principio de solidaridad entre los pueblos debe tener su traducción práctica y tangible no sólo en las grandes declaraciones programáticas de las distintas Instituciones públicas (en su acepción más amplia del término), sino en el apoyo y cooperación reales a los pueblos y comunidades más necesitadas por su escasa o nula industrialización y/o por encontrarse en vías de desarrollo. Por dicho motivo, el Excmo. Ayuntamiento de Soria, en el Presupuesto Corporativo para el año 2013 y en la partida 13 01 323 48900 del estado de gastos, aprobó una consignación presupuestaria por importe de 140.000 €, cantidad ésta que se va a destinar a apoyar, vía de subvención, las acciones encaminadas a paliar en lo posible las diferencias existentes en el mundo, de conformidad a lo estipulado en la siguiente: CONVOCATORIA PARA REGULAR LA CONCESION DE SUBVENCIO NES POR EL AYUNTAMIENTO DE SORIA DESTINADAS A LA AYUDA Y CO OPERACION A REGIONES O PAISES EN VIAS DE DESARROLLO

B A S E S PRIMERA.- Objeto de la convocatoria de ayudas.

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La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a la partida 13 01 323 48900 del presupuesto hasta el crédito máximo de 140.000 € por parte del Excmo. Ayuntamiento de Soria para cooperar al desarrollo de las comunidades y países en vías de desarrollo. Las subvenciones que se otorguen, con la limitación presupuestaria antedicha, se vincularan a Proyectos presentados por las Organizaciones No Gubernamentales (en adelante ONG´s) con fines de cooperación al desarrollo, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases y previa selección, con criterios objetivos, por el órgano competente creado y regulado al efecto.

SEGUNDA.- Proyectos financiables y límites cuantitativos. Se financiarán exclusivamente ayudas para proyectos de desarrollo, con una dotación presupuestaria de 140.000 €. TERCERA.- Entidades solicitantes. Podrán acogerse a esta convocatoria las ONG's para el desarrollo que cumplan los siguientes requisitos:

1º.- Ser entidades sin ánimo de lucro y no dependientes económica o institucionalmente de entidades lucrativas.

2º.- Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación de Castilla y León, con fecha anterior a la publicación de esta convocatoria.

3º.- Disponer de sede permanente en el ámbito territorial del municipio de Soria, con fecha de constitución anterior a la publicación de esta convocatoria y demostrar el desarrollo de actividades de sensibilización y educación para el desarrollo en el municipio de Soria relacionadas con la convocatoria. 4º.- Tener acreditados en sus estatutos como fines propios la realización de actividades de ayuda y cooperación con los países en vías de desarrollo.

5º.- Haber justificado las subvenciones otorgadas en convocatorias anteriores por el Excmo. Ayuntamiento de Soria en materia de cooperación al desarrollo, salvo que se haya autorizado por el órgano competente prórroga en la ejecución y justificación de proyectos anteriores; hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones y no haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

CUARTA.- Requisitos de los proyectos. Los proyectos presentados deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Cada ONG podrá presentar un único proyecto. b) Deberán realizarse a través de un socio local en el país donde se va a desarrollar la

acción objeto de la ayuda y con la participación de la población beneficiaria de la subvención en el diseño, ejecución y evaluación de las actividades. Se entiende por socio local una entidad social, jurídica y funcionalmente distinta de la organización o agencia de desarrollo española que promueva el proyecto.

c) Serán viables económica, social y administrativamente de modo que la continuidad del proyecto quede garantizada cuando finalice la ayuda del exterior.

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d) Será necesaria la participación de la ONG solicitante en la gestión del proyecto mediante la aportación de recursos financieros, humanos y/o materiales.

e) Será necesaria la participación del socio local en la ejecución del proyecto mediante la aportación de recursos financieros, humanos y/o materiales.

f) Los proyectos deberán ajustarse a los requisitos para control de fondos y justificación del gasto recogidos en el Anexo III.

QUINTA.- Criterios de adecuación para proyectos y de priorización.

Finalidad de las ayudas: La finalidad de estas ayudas es promover la mejora

de las condiciones de vida y un desarrollo sostenible de la población de los países, mediante el fomento de actuaciones dirigidas, entre otras, a la atención primaria de la salud, educación básica y formación profesional, infraestructura básica, acción social, empoderamiento de las mujeres, protección del medio ambiente, uso sostenible de los recursos naturales, desarrollo del sector productivo y promoción y defensa de los derechos humanos, que son los objetivos propios y esenciales de la cooperación al desarrollo.

Priorización desde el punto de vista sectorial. Se dará prioridad a los proyectos de cooperación al desarrollo que contemplen los siguientes aspectos:

a) Proyectos de atención primaria de salud, educación básica y formación

profesional. En el ámbito de la salud se priorizarán aquellos programas dirigidos a la atención primaria, la erradicación de las enfermedades endémicas y a la mejora de las condiciones de acceso de la población al agua potable y al saneamiento de aguas y tratamiento de residuos (traída de aguas, alcantarillado, saneamiento...).

En el ámbito de la educación básica serán prioritarios los programas de alfabetización, enseñanza primaria y secundaria, formación profesional y formación de adultos. Además, se dará especial relevancia a los programas de formación de formadores para la alfabetización de las poblaciones, y, en particular, de los adultos. Asimismo, se atribuirá una importancia especial a aquellos proyectos que faciliten la inserción en los diversos sistemas educativos, los que incluyan acciones de sensibilización medioambiental, los destinados a dar a conocer los derechos civiles, políticos, económicos y culturales, y los orientados a la capacitación de líderes. En el ámbito de formación profesional se priorizarán los proyectos que estén acompañados del correspondiente estudio sobre las posibilidades de inserción profesional de los beneficiarios, y aquellos que doten de posibilidades específicas necesarias en el País donde se desarrolle la acción.

b) Proyectos de infraestructura básica (habitabilidad de vivienda, caminos

vecinales, electrificación rural, comunicaciones y transportes, etc.) y, en general, aquellos otros proyectos que se adecuen a las metas y objetivos que las diversas organizaciones internacionales proponen para hacer eficaz el desarrollo.

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c) Proyectos que potencien la transformación de las relaciones de poder

entre hombres y mujeres, fomentando la equidad de género y el empoderamiento de las mujeres.

d) Proyectos de desarrollo del sector productivo y de servicios (industrial,

artesanal, agropecuario, etc.) relacionados con pequeñas y medianas empresas o cooperativas, valorándose la protección del medio ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales.

3. Priorización desde el punto de vista transversal. Se dará prioridad a los proyectos de cooperación al desarrollo que contemplen el enfoque de género, medioambiental y de defensa de los derechos humanos.

4.- Priorización por áreas geográficas y población beneficiaria: Se dará prioridad a los proyectos de cooperación al desarrollo en relación a su Índice de Desarrollo Humano ( IDH ) según valoración de las Naciones Unidas es su último Informe. Considerando esta prioridad geográfica, tendrán preferencia los proyectos dirigidos a los sectores más vulnerables de la población, en particular, aquellos tendentes a la mejora de las condiciones de vida de los menores, juventud, comunidades indígenas, personas con discapacidad, atención a los refugiados y desplazados, a potenciar la plenitud de los derechos de la mujer, a promover y garantizar la defensa de los derechos humanos.

Se consideran igualmente prioritarias aquellas zonas o sectores de población de países de renta nacional media más desfavorecidos y vulnerables con niveles de desigualdad muy importantes.

5.- El proyecto o fase del proyecto para el que se solicita subvención podrá comprender las actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2013. 6.- Finalidades no subvencionables: En ningún caso la concesión de ayudas vendrá determinada por intereses geoestratégicos, quedando totalmente excluida la compra de cualquier tipo de materiales o equipos susceptibles de uso militar.

SEXTA.- Valoración de los proyectos. Para la valoración de los proyectos se aplicará el baremo establecido en el anexo II.

SÉPTIMA.- Compatibilidad de las subvenciones. Las subvenciones concedidas al amparo de ésta convocatoria, podrán financiar un máximo del 80% del coste total del proyecto, siendo compatibles con otras ayudas para la misma finalidad, otorgadas por otras Administraciones o entidades, públicas o privadas, nacionales o internacionales, siempre que el importe de las mismas no supere el coste total del proyecto de inversión. A tal efecto las entidades solicitantes deberán declarar todas las ayudas públicas o privadas, nacionales o internacionales, solicitadas o concedidas para el mismo fin en el

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momento de la solicitud o en cualquier otro momento posterior en que tal circunstancia se produzca.

OCTAVA.- Procedimiento de concesión de subvenciones y ayudas.

1.- Solicitudes y documentación: Los interesados podrán solicitar las ayudas convocadas, debiendo presentar por duplicado (una en formato papel y otra en formato digital) la siguiente documentación:

a) Formulario de solicitud y declaración, según modelos adjuntos. b) Fotocopia compulsada del D.N.I. de la persona solicitante y documento acreditativo

de la representación que ostenta para actuar en nombre de la Entidad. c) Memoria de actividades correspondientes al año 2012 o a la última publicada,

igualmente se deberá indicar organigrama de la ONG, número de socios, medios de financiación y proyectos realizados.

d) Memoria de actividades de sensibilización y educación al desarrollo correspondientes al año 2012-2013.

e) Fotocopia compulsada del número de identificación fiscal de la Entidad. f) Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de que la entidad está

legalmente constituida e inscrita en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León, con indicación de la fecha de inscripción de su sede en Soria.

g) Fotocopia compulsada de sus estatutos. h) Documentación relativa a la parte encargada de ejecutar el proyecto, y a su

experiencia en acciones o programas comunitarios o de desarrollo, acompañando, en su caso, la documentación acreditativa del valor de las contribuciones en especie de los socios locales, así como de la titularidad y régimen de propiedad de los terrenos e inmuebles vinculados al proyecto.

i) Certificado acreditativo de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social, emitido por el organismo correspondiente.

j) Certificado del nº de cuenta y titularidad de la misma, emitido por la entidad financiera correspondiente.

k) Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar al Ayuntamiento de Soria las que se obtengan en el futuro.

Las ONGs que hayan presentado la documentación en convocatorias anteriores, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años, quedan eximidas de presentar los apartados f) y g) y en su lugar presentarán una certificación en la que conste que los estatutos no se han modificado y que continúan inscritas en el Registro Oficial de Agentes de Cooperación al desarrollo de Castilla y León, con indicación de la fecha de inscripción de su sede en Soria.

2.- Plazo de presentación de solicitudes y documentación:

a) Se presentará en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Soria, sito en la Plaza Mayor 7 de Soria o a través de cualquiera de los medios previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero; en el plazo de 30 días naturales a partir del siguiente al

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de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. b) La documentación se presentará ordenada, foliada y en español, separando

debidamente el documento de formulación del proyecto propiamente dicho, de la documentación administrativa y complementaria que se adjunte.

c) Las solicitudes presentadas fuera del plazo fijado, serán inadmisibles mediante resolución motivada del órgano competente para resolver y se notificará a los interesados en la forma prevista vigente.

d) Si la solicitud no se acompañara con la totalidad de la documentación exigida en la presente convocatoria, o su contenido fuera insuficiente, se requerirá a la entidad solicitante, para que en el plazo de 10 días hábiles, complete la documentación o subsane las deficiencias, con apercibimiento de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución conforme al art. 71 de la ley 30/92, de 26 de noviembre, de Procedimiento Administrativo antes mencionada.

e) El órgano gestor del expediente podrá recabar del solicitante, cuanta documentación e información complementaria estime necesarias, para la adecuada valoración y resolución del expediente, estando el solicitante obligado a su presentación.

3.- Instrucción, ordenación y finalización o resolución del procedimiento:

La instrucción y ordenación del procedimiento correrá a cargo del Departamento de Servicios Sociales, en cuanto órgano específico gestor. La evaluación de los Proyectos de la Convocatoria se llevará a cabo por una comisión técnica integrada por técnicos del Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Soria. Esta comisión estará asistida por personal de la consultoría contratada al efecto. En todo caso y, para conseguir una más adecuada y objetiva evaluación de los Proyectos, la comisión técnica podrá recabar la colaboración, informes técnicos y jurídicos de la Corporación.

La comisión técnica, dentro de los dos meses siguientes a la conclusión del plazo de presentación de Proyectos, elevará propuesta valorada de selección, por orden de prioridades, al Organo Colegiado competente. 4.- Resolución del procedimiento: La propuesta de selección de Proyectos elevada por la comisión técnica, será dictaminada por la Comisión Informativa de la Concejalía de Acción Social, Cooperación e Igualdad y elevado el expediente al Pleno del Ayuntamiento de Soria, para su aprobación definitiva. 5.- Notificación de la Resolución a los interesados: Según los Arts. 58 y 59 de la Ley 30/1992 de RJAP y PAC. 6.- Aceptación de la subvención:

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Se comunicará la aceptación de la subvención concedida en el plazo de quince días desde la recepción de la notificación, mediante la firma del documento de aceptación elaborado al efecto por los servicios sociales. Una vez recibido el abono de la subvención se deberá comunicar por escrito al Ayuntamiento la fecha de inicio del proyecto, aportando copia del extracto bancario de la recepción de la subvención en la cuenta bancaria de la ONG, que no deberá exceder del plazo de dos meses desde la fecha del abono de la subvención. La fecha de inicio y/o de recepción de fondos del proyecto será tenida en cuenta para el cómputo de los plazos para la presentación de informes semestrales y finales. 7.- Reformulación de solicitudes: Si la subvención propuesta fuera inferior a la cantidad solicitada, la ONG beneficiaria deberá presentar una reformulación del cuadro financiero del proyecto y de la matriz de planificación si esta se viera afectada en el plazo máximo de un mes desde la comunicación de la subvención concedida 8.- Modificación de la resolución: Cuando sobrevengan circunstancias que alteren las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, éstas podrán dar lugar a la modificación de la resolución, según se establece en la base duodécima, punto C. NOVENA.- Abono de las subvenciones. El abono de las subvenciones se hará en un único desembolso, quedando obligada la entidad subvencionada a presentar informes semestrales (de campo y financieros) sobre el desarrollo del proyecto, y un informe final y justificación de la subvención al terminar el mismo. El abono se efectuará, previa aprobación y notificación de la concesión de subvenciones, por la Junta de Gobierno Local de la Corporación y previa aceptación de la misma por la entidad beneficiaria, mediante la firma del documento de aceptación. DÉCIMA.- Justificación, por duplicado.

1.Informes de seguimiento semestral

El primer informe semestral comprenderá los seis primeros meses de ejecución del proyecto, tenidos en cuenta desde la fecha de inicio del proyecto. Se presentará un solo informe semestral en el caso de proyectos con un año de plazo de ejecución, y tantos informes semestrales como semestres de ejecución haya, en el caso de los proyectos con plazos de ejecución superiores a un año. Los informes semestrales comprenderán información técnica y financiera de la ejecución del proyecto según formulario establecido por los servicios sociales. No se presentarán documentos justificativos del gasto en los informes semestrales. El plazo para la presentación de dichos informes será de dos meses desde la fecha de cumplimiento del correspondiente semestre de ejecución

2.Informe final y justificación de la subvención

En el plazo de tres meses desde la finalización del proyecto, la ONG deberá presentar

todos los documentos solicitados para la justificación del proyecto según las instrucciones de justificación anexas a la presente convocatoria de subvenciones, además de:

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a) Certificación del Secretario o persona que desempeñe tales funciones, acreditativa de los siguientes extremos:

Que se ha registrado en su contabilidad el ingreso correspondiente al importe de la subvención anticipada.

Que las facturas o documentos justificativos corresponden efectivamente a los pagos realizados y derivados de la finalidad para la que fue concedida la subvención, y que no han sido presentados ante otras Administraciones Públicas como justificantes de ayudas concedidas por aquéllas.

Que los fondos recibidos se han destinado a la finalidad para la que se concedió la subvención, al haberse aplicado dichos fondos a los costes previstos para dicho proyecto.

Que se ha realizado el proyecto según lo previsto. Que no se han recibido otras subvenciones o ayudas de organismos

públicos o privados que, junto con la concedida por el Ayuntamiento de Soria, superen el coste total de la actividad.

b) La entidad beneficiaria deberá aportar, como anexo separado, la siguiente documentación:

- Documentación bancaria acreditativa de la recepción de la subvención por la entidad beneficiaria.

- Documentación acreditativa del envío y recepción de los fondos, en su caso, a la contraparte local como entidad colaboradora, en la que deberá figurar claramente los tipos de cambios de conversión aplicados tanto en las monedas intermedias como en la moneda local. - Documentación acreditativa de los intereses o ingresos financieros generados por la subvención concedida, si los hubiera, tanto en euros como en monedas intermedia y local. En el supuesto de no generación de intereses, la entidad beneficiaria deberá aportar un certificado explicitando dicha circunstancia así como las razones de su inexistencia.

c) Se presentarán las facturas o documentos justificativos de gasto originales o compulsados, numeradas en orden correlativo según fecha en que se ha producido el gasto y relacionadas según el siguiente modelo: número de factura o documento, concepto, fecha, proveedor, importe en moneda del país e importe en euros. Se especificarán los tipos de cambio para todas las divisas utilizadas, haciendo siempre referencia al euro. Para un mejor seguimiento de los gastos imputados a cada partida presupuestaria, se realizará una clasificación de facturas o documentos justificativos de gasto según el siguiente modelo: concepto o partida presupuestaria, número de factura o documento (que coincidirá con el del modelo descrito en el párrafo anterior), y su importe en euros.

d) Memoria final, con especificación de las acciones realizadas, los resultados obtenidos, los objetivos alcanzados y los problemas detectados, según modelo de formulario de Informe establecido por el Ayuntamiento.

e) Aquellos documentos emitidos en idioma distinto del español deberán ser correspondientemente traducidos a éste.

f) Certificado de la contraparte local en caso de aportes valorizados a la cofinanciación del proyecto en terrenos, construcciones o personal local o mano de obra no cualificada de los beneficiarios, con indicación del

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importe valorizado y método de cálculo. g) Declaración de responsabilidad según anexo IV. h) Certificado del perceptor acreditativo del importe, procedencia y aplicación

de aquellos fondos que, distintos de la subvención, hayan financiado las actividades objeto de la subvención, incluyendo tanto los fondos propios como otros recursos o subvenciones concedidas.

i) Cuando el importe del gasto subvencionable supere el importe de 30.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obras, o de 12.000 euros en el de suministros de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá aportar tres ofertas de distintos proveedores, entre las que haya realizado su elección, debiendo asimismo aportar una memoria justificativa cuando dicha elección no se realizara a la económicamente más ventajosa.

j) En el supuesto de producirse modificaciones sustanciales del proyecto, deberán ser valoradas y autorizadas por el Ayuntamiento de Soria.

k) Tan sólo excepcionalmente, y previa solicitud y autorización expresa del Ayuntamiento de Soria, se podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del proyecto en las condiciones y con las limitaciones previstas en el art. 29 de la L.G.S (Ley 38/2003).

3. Cuando concurran circunstancias excepcionales que no hagan posible la presentación de los documentos señalados, se presentará certificación expedida por las Oficinas Técnicas de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores, o de otras Entidades Públicas competentes en esta materia, en la que se haga constar que el proyecto ha sido ejecutado ajustándose a las previsiones y objetivos contemplados en el mismo, con expresión desglosada del total de gastos efectuados e imputables a la subvención del Excmo. Ayuntamiento de Soria.

UNDECIMA .- Publicidad de los proyectos. Las ONG's, así como los proyectos por ellas presentados y que resulten beneficiarios de la presente convocatoria de subvenciones, están obligados a reflejar en cuantas actividades de difusión y/o publicación realicen, esta circunstancia, debiendo plasmar la marca y símbolo institucional del Excmo. Ayuntamiento de Soria. DUODECIMA.- Acciones posteriores a la aprobación del proyecto.

A) Eventuales modificaciones en los proyectos.

En caso de que la entidad subvencionada considere necesaria alguna modificación sustancial del proyecto, respecto a lo previsto en el proyecto inicialmente presentado, ésta deberá contar previamente con el consentimiento expreso del Excmo. Ayuntamiento de Soria. Por modificación sustancial de un proyecto se entiende la que afecte a los objetivos del mismo, a la población beneficiaria, a la zona de ejecución, o a variaciones de su programa o de su presupuesto superiores al veinte por ciento (20%) entre partidas o del plazo de ejecución aprobado. Las repercusiones presupuestarias de la modificación no podrán superar en ningún caso la cuantía de la ayuda concedida. Por medio de escrito acreditativo de las circunstancias concurrentes y con certificado expedido por el Secretario de la ONG, Asociación o Entidad, el Excmo. Ayuntamiento de Soria podrá conceder una ampliación del plazo de justificación, que no excederá de tres meses, siempre que se solicite antes de concluir el plazo ordinario y

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que las circunstancias alegadas lo aconsejen, y que con ello no se perjudiquen derechos de terceros.

Las modificaciones no consideradas sustanciales serán aprobadas en Junta de Gobierno Local previo dictamen favorable de la Comisión Informativa de Acción Social, Cooperación e Igualdad. B) Seguimiento de la ejecución del proyecto. La entidad subvencionada deberá remitir informes explicativos y financieros del desarrollo del proyecto con periodicidad semestral, debiéndose presentar los mismos en el plazo de dos meses desde la finalización de cada periodo semestral.

En caso de visita de seguimiento sobre el lugar de la acción, la entidad subvencionada deberá facilitar el acceso al lugar de ejecución y a la información y documentación financiera relativa a su ejecución. C) Condiciones de devolución de los fondos. Cuando las condiciones sobrevenidas en un proyecto impidan la ejecución del mismo, la ONG beneficiaria podrá optar por la devolución voluntaria de los fondos no aplicados, o bien por solicitar la modificación del proyecto. La modificación podrá contemplar el cambio del grupo beneficiario, siempre que el nuevo grupo destinatario mantenga perfiles similares al que dio lugar a la subvención, o bien podrá modificar el proyecto para adaptarlo a la nueva situación, siempre dentro de los criterios de ayuda previstos en la convocatoria. Toda modificación en este sentido, deberá contar con la aprobación previa del Excmo. Ayuntamiento de Soria, tal y como se prevé para cualquier modificación sustancial. DECIMOTERCERA.- Incumplimiento. El incumplimiento de lo estipulado en las presentes bases determinará la inhabilitación de la ONG para poder acceder a nuevas convocatorias de subvenciones en materia de cooperación al desarrollo realizadas por este Excmo. Ayuntamiento de Soria, así como la obligación de proceder a la devolución del importe de la subvención, incluso utilizando la vía de apremio administrativa. En aplicación del artículo 64 de la Ley General de Subvenciones la no aplicación de la subvención, salvo casos de fuerza mayor o previa modificación notificada, inhabilitará a la presentación de una convocatoria, cuando la no aplicación afecte a menos del 15% de los fondos recibidos. Pérdida de tres convocatorias cuando la no aplicación afecte a menos del 50% de los fondos recibidos. Y pérdida de hasta cinco convocatorias, cuando afecte a más del 50% de los fondos recibidos. Una vez transcurridos seis meses desde la finalización del período límite para la justificación de las cantidades recibidas, la ONG quedará inhabilitada para la presentación de la siguiente convocatoria. Una vez transcurridos doce meses sin presentación de la justificación, se procederá a la reclamación del reintegro del total de la subvención concedida o de las partes no justificadas, considerándose no aplicadas las partes no justificadas. El Pleno Corporativo será oído antes de la Resolución de los procedimientos de reintegro y de la Resolución de los expedientes sancionadores.

ANEXO I

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RESUMEN DEL BAREMO PARA VALORACIÓN DE PROYECTOS DE DESARROLLO

A) ONG española: Hasta 15 puntos (Mínimo 8 puntos) - Años de experiencia de la ONG en la realización de proyectos de desarrollo, solidez

de la ONG, capacidad organizativa y de gestión, grado de implicación financiera en el proyecto, trabajos previos con la contraparte o con los beneficiarios y número de proyectos ejecutados anteriormente en la zona o con la OL.

B) Organización Local: hasta 15 ptos. (Mínimo 8 puntos) - Años de experiencia de la OL en la realización de proyectos, trabajo previo con la

ONGD solicitante o con otras ongs españolas, solidez de la OL, capacidad organizativa y de gestión, capacidad para implicar financieramente en la cofinanciación del proyecto a otros actores locales, relación con los beneficiarios del proyecto y otros actores implicados. Estrategias a largo plazo en la zona y convenios de actuación con la ONg española.

C) Proyecto: hasta 70 ptos. (Mínimo 40 ptos)

1. Identificación: hasta 14 puntos. - Adecuación del proyecto a las prioridades establecidas en la convocatoria, a los

problemas del país, de la zona y de los beneficiarios, grado de descripción del contexto del país, la zona y los beneficiarios, descripción de los antecedentes y de la justificación del proyecto, estrategia de intervención a medio largo plazo, e iniciativas complementarias en la zona .

2. Contenido: hasta 14 puntos.

- Calidad de la descripción técnica del proyecto, claridad en el establecimiento del objetivo específico, de los resultados y de los indicadores, metodología de intervención, coherencia interna del proyecto, sistemas de seguimiento y evaluación permanente del proyecto, descripción de los beneficiarios y cuantificación de los mismos.

3. Recursos: Hasta 14 ptos.

- Estructura de la financiación global del proyecto, aportes locales, grado de desglose presupuestario, presentación de facturas pro forma y coherencia del presupuesto.

4. Viabilidad: Hasta 13 puntos.

- Capacidad financiera de los responsables tras la ejecución del proyecto, autosostenibilidad económica del proyecto una vez cesada la ayuda externa, sostenibilidad de los logros alcanzados, transferencia del proyecto y apropiación del proyecto por los beneficiarios. Apoyos e implicación de otros actores locales que fortalezcan la sostenibilidad.

5. Impacto: hasta 15 ptos.

- Sector de población beneficiaria, nº de beneficiarios directos, impacto de género, impacto medioambiental, visión integral de intervención del proyecto.

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ANEXO II INSTRUMENTO DE BEREMACIÓN PROYECTOS DE DES ARROLLO ENTIDAD SOLICITANTE (ONGD) Puntuación máxima: 15

Criterios de valoración Peso Aspectos valorados

Años de Experiencia en proyectos de Desarrollo de la ONGD solicitante y número de proyectos realizados

5

En este ítem se valoran los años de experiencia de la ONGD en la realización de proyectos y el número y tipología de proyectos de desarrollo realizados hasta la fecha.

Capacidad organizativa y de gestión, e implicación financiera en el proyecto. 4

En este ítem se valora la solidez de la ONGD, su estructura organizativa, personal y capacidad de gestión, y su capacidad de implicar fondos propios y privados para la cofinanciación del proyecto.

Presencia y experiencia de la ONGD en la zona de ejecución del proyecto y con el tipo de beneficiarios.

4

En este ítem se valora el hecho de que la ONGD tenga representación permanente en la zona y experiencia previa en la realización de proyectos, trabajos previos con la contraparte o con los beneficiarios o que al menos haya ejecutado algún proyecto anteriormente.

Sede permanente en la provincia de Soria y realización de acciones de sensibilización hacia la opinión pública Soriana.

2

En este ítem se valora el hecho de que la ONGD tenga delegación permanente en la provincia de Soria y haya realizado acciones de sensibilización dirigidas a la opinión pública Soriana, número de éstas, incidencia y fomento de la participación de miembros de la sociedad civil de Soria en las actividades de la entidad.

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ORGANIZACIÓN LOCAL (OL) Puntuación máxima: 15

Criterios de valoración Peso Justificación de la puntuación Años de experiencia en proyectos de Desarrollo de la O.L. y experiencia previa de trabajo con la ONG española y fondos internacionales

5 En este ítem se valoran los años de experiencia de la OL en la realización de proyectos y el número y tipología de proyectos de desarrollo realizados hasta la fecha. También si la OL ha trabajado previamente con la ONGD solicitante, con otras ongs españolas y con financiación externa.

Capacidad organizativa y de gestión, e implicación financiera en el proyecto. 5 En este ítem se valora la solidez de la OL, su estructura organizativa, personal y capacidad de gestión, su implicación financiera en el proyecto y su capacidad para implicar a otros cofinanciadores locales.

Presencia y experiencia de la OL en la zona de ejecución del proyecto. 5 En este ítem se valora que la OL tenga representación en la zona de ejecución del proyecto y/o experiencia en la ejecución de proyectos en la misma, su relación con los beneficiarios del proyecto y otros actores implicados. Estrategias a largo plazo en la zona y convenios de actuación con la ONg española.

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PROYECTO. Puntuación máxima: 70

Criterios de valoración Peso Justificación de la valoración Adecuación del proyecto a las prioridades establecidas en la convocatoria, así como a los problemas del país, de la zona y de los beneficiarios Identificación

5

En este ítem se valora si el proyecto se ajusta a las prioridades establecidas en la convocatoria, el índice de desarrollo del país de ejecución, el grado de vulnerabilidad del sector de población beneficiario, si cubre sus necesidades básicas prioritarias y si el O.G. del proyecto responde a las necesidades y problemas más acuciantes del país y de la población meta.

Grado de descripción del contexto social, económico y político del país, la zona y los beneficiarios, descripción de los antecedentes y de la justificación del proyecto. Identificación

4

En este apartado se valora el grado de descripción de la zona, la descripción del contexto social del país, la zona y los beneficiarios, descripción del contexto cultural, económico y político. Se valora también el grado de descripción y detalle de los antecedentes y justificación del proyecto, si éste responde adecuadamente al problema que pretende solucionar y el trabajo previo que desembocó en la identificación de la iniciativa presentada.

El proyecto forma parte de una estrategia de intervención a medio largo plazo, si existen iniciativas complementarias en la zona y si es susceptible de desarrollar sucesivas fases de intervención. Identificación

4

Se valora si el proyecto va enmarcado en un programa de desarrollo o estrategia de intervención, si existen iniciativas complementarias en la zona con las que pueda crear sinergias y potencialidades y si forma parte de una sucesión de intervenciones con vocación de integralidad.

Calidad de la descripción técnica del proyecto, coherencia y claridad en el establecimiento del objetivo específico, de los resultados y de los indicadores cuantitativos y cualitativos establecidos. Contenido

4

Se valora la coherencia del O.E. con el O.G., su claridad y si es realmente alcanzable, la coherencia de los R.E., los IOV, si están cuantificados y si son fácilmente verificables. En general se valora la lógica interna y la calidad técnica en el desarrollo de la matriz de planificación del proyecto.

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Metodología de intervención, coherencia interna del proyecto, descripción de las actividades y cronograma, plan de ejecución y si su ejecución es susceptible de alcanzar los resultados previstos. Contenido

4

En este item se valora la coherencia interna del proyecto, el plan de intervención y la metodología de ejecución, la claridad en su descripción y su pertinencia, el grado de definición y claridad de las actividades previstas y si son suficientes para alcanzar los resultados, así como la distribución de las mismas en el tiempo.

Sistemas de seguimiento permanente establecidos y evaluación del proyecto. Contenido

2

Se valora la definición del sistema de seguimiento definido y su validez para aportar información actualizada que permita los reajustes y reprogramaciones en la ejecución que sean necesarios para alcanzar los fines previstos.

Descripción de los beneficiarios, cuantificación de los mismos. Contenido

4

Se valora la información aportada sobre los destinatarios de la acción, los criterios de selección establecidos, su cuantificación numérica, tanto de directos como indirectos.

Estructura de la financiación global del proyecto, de la financiación local, aportes locales. Recursos

4

En este ítem se valora el porcentaje de la financiación exterior del proyecto y de los aportes locales, las entidades locales que cofinancian el proyecto, si aportan los beneficiarios, la OL y/o instituciones públicas o privadas locales.

Grado de desglose presupuestario y presentación de facturas proformas. Recursos

5

Se valora el grado de desglose presupuestario de las partidas y subpartidas, si se presentan costes unitarios y cantidades de insumos a financiar por cada financiador y si se presentan facturas pro forma o ofertas de proveedores. También la cuantificación y dedicación al proyecto del personal local y la imputación que se hace de su coste proporcionalmente.

Coherencia del presupuesto. Si las partidas y montos presupuestados son coherentes y necesarios para alcanzar los logros previstos.

5

En este ítem se valora si las partidas y montos presupuestados son coherentes con los logros previstos en el proyecto, si los precios son ajustados al mercado local, si se justifica la necesidad de los recursos

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Recursos

solicitados y la cobertura de los mismos por los diferentes cofinanciadores.

Capacidad financiera de los responsables tras la ejecución del proyecto y autosostenibilidad económica del proyecto una vez cesada la ayuda externa. Viabilidad

4

Se valora el grado de autosostenibilidad económica del proyecto, la capacidad de los actores intervinientes para garantizar su sostenibilidad financiera, los costes de mantenimiento y reposición y la capacidad del proyecto para generar ingresos, en su caso.

Sostenibilidad de los logros alcanzados una vez cesada la ayuda externa, transferencia del proyecto y participación y apropiación del proyecto por los beneficiarios. Viabilidad

5

Se valora la perdurabilidad en el tiempo de los logros alcanzados, su capacidad de mantener y multiplicar sus efectos, el tipo de organización (beneficiarios, Organización local o autoridades locales) a la que van a pertenecer las infraestructuras y los equipos que se adquieran en el marco del proyecto, los mecanismos de transferencia y apropiación de dichos logros por los beneficiarios.

Actitud de las autoridades locales, convenios establecidos, apoyos e implicación de otros actores locales que fortalezcan la sostenibilidad. Viabilidad

4

Se valora a la entidad que va a asumir la responsabilidad del proyecto, si las autoridades locales u otros actores tienen conocimiento del proyecto, lo apoyan, y su implicación técnica y/o financiera en su sostenibilidad, y si los compromisos adquiridos se apoyan en convenios o acuerdos concretos.

Sector de población beneficiaria, nº de beneficiarios directos, adecuación a los factores socioculturales, lucha contra la pobreza. Impacto

4

Se valora el sector de población al que va dirigido, su grado de vulnerabilidad, el alcance de los logros del proyecto, su capacidad para incidir en la erradicación de la pobreza, su adecuación a los factores socioculturales de los beneficiarios y la capacidad para desarrollar efectos globales en la situación de la comunidad meta.

Impacto de género, empoderamiento y participación de la mujer.

5

Se valora si el proyecto presenta una marcada perspectiva de género, incluye actividades dirigidas específicamente al empoderamiento y participación de la mujer y el grado de impacto del proyecto en el

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Impacto mejoramiento de la situación de la mujer y en el fortalecimiento de su rol social y familiar.

Impacto medioambiental Impacto

4

Se valora si el proyecto potencia y promociona la conservación del medio ambiente o simplemente es respetuoso con el mismo, si promueve la gestión sostenible de los recursos y fomenta la sensibilización y capacitación de los beneficiarios en aspectos medioambientales y de respeto a la naturaleza.

Visión integral de intervención del proyecto Impacto

3

Se valora si el proyecto forma parte una intervención integral para la solución de los problemas de las comunidades meta, si actúa en varios sectores de intervención a la vez y promueve el desarrollo integral de los beneficiarios buscando complemetariedades entre sus diferentes componentes.

ABREVIATURAS UTILIZADAS: ONGD Organización no gubernamental de Desarrollo (entidad solicitante) O.L. Organización Local O.G. Objetivo general o global de Desarrollo O.E. Objetivo Específico R.E. Resultado Esperado

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ANEXO III Instrucciones para el control de los fondos y la justificación del gasto

Los proyectos de desarrollo están sujetos, como toda actuación subvencionada por el Ayuntamiento de Soria a la obligación de control de los fondos y de justificación del gasto.

Los GASTOS A JUSTIFICAR serán con cargo a la subvención del Ayuntamiento de Soria + intereses generados por la misma en el periodo, tanto en España como en el país de ejecución.

Los GASTOS DE OTROS COFINANCIADORES bastará con presentar un certificado firmado por el responsable legal de la ONGD subvencionada, donde se indique el coste total del proyecto, y los importes aportados al mismo por cada uno de los cofinanciadores, especificando las partidas en las que se gastaron. Sólo se podrán considerar aportes valorizados en terrenos, construcciones, personal local y mano de obra no cualificada de los beneficiarios, y siempre en el país de ejecución del proyecto y deberán ir respaldados por certificado de la contraparte local con indicación del importe valorizado y método de cálculo.

La ONGD beneficiaria de la subvención, es la única responsable ante el Ayuntamiento de Soria de la justificación de los gastos derivados de la ejecución del proyecto. Para ello deberá recabar de la contraparte local, en su caso, los justificantes de los gastos, así como hacerles llegar las exigencias del Ayuntamiento de Soria en este punto. Durante la ejecución se debe tener presente el presupuesto aprobado. Para introducir cambios sustanciales en el mismo hay que solicitar una modificación. 1.- Control de fondos

Supone el seguimiento de los recursos hasta el momento de su disposición para

efectuar el gasto, para lo cual la entidad beneficiaria deberá aportar, como anexo separado, la documentación recogida en la base DÉCIMA.

2.- Justificación del gasto

Con carácter general, la justificación de los gastos con cargo a la subvención se

acreditará mediante facturas, recibos y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa.

Desde un punto de vista formal, la entidad beneficiaria deberá aportar, en el

plazo de tres meses desde la finalización del proyecto ante los servicios correspondientes al Ayuntamiento de Soria, la documentación exigida en la base DÉCIMA.

3.- Los documentos justificativos del gasto

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Deberán estar facturados a nombre de la ONG, de la Organización Local o del responsable del proyecto.

Los documentos justificativos serán fotocopias compulsadas legibles de los originales previamente diligenciados, es decir anulados, de manera que no se puedan presentar a otra entidad cofinanciadora. En la diligencia se hará constar la convocatoria anual de subvención a la que corresponde el proyecto, el título del mismo y que se imputa esa factura al Ayuntamiento de Soria.

La compulsa se hará, en España, ante notario o ante el Ayuntamiento de Soria. Si los originales permanecieran en el país de ejecución del proyecto, la compulsa se hará ante el consulado o Embajada de España o autoridad reconocida en el país de ejecución. No son válidas las compulsas por parte del representante legal de la entidad subvencionada.

Si los gastos justificados por un documento fueran soportados por distintos cofinanciadores se hará constar en la diligencia el reparto del gasto entre aquellos.

En caso de existir documentos en el que sea imposible hacer constar los datos anteriores por su tamaño, se dispondrá de una relación completa de dichos documentos en la que se hará constar la citada diligencia.

Los originales de las facturas y documentos justificativos correspondientes a la subvención del Ayuntamiento de Soria, quedarán depositados durante cinco años desde la comunicación de la aprobación del informe final en la sede de la ONGD o de la Organización Local en su caso.

En aquellos casos en que los justificantes de los gastos estén redactados en idioma extranjero, deberá incluirse una relación en la que consten traducidos los importes, conceptos de gasto y fechas de cada uno de dichos justificantes.

La fecha de las facturas y justificantes de gasto con cargo a la subvención deberá estar comprendida dentro del plazo de ejecución real del proyecto, ya sea este el inicialmente aprobado o el aprobado como consecuencia de la aprobación de una prorroga del plazo de ejecución solicitada por la ONG subvencionada.

4.- Requisitos específicos de los justificantes del gasto. COSTES DIRECTOS 1.- Adquisición o arrendamientos de Terrenos o Inmuebles

Incluye la adquisición o arrendamiento de terrenos o inmuebles, el acondicionamiento de terrenos y su vallado.

Documento válido en derecho acreditativo de la compra o arrendamiento, en el que conste el precio y la forma de pago, así como el compromiso escrito de destinar el inmueble a la finalidad que sirvió de objeto a la subvención por un periodo mínimo de 15 años. Copia del Contrato de compraventa y/o arrendamiento. Factura o recibo del pago. Copia de la Escritura en el caso de adquisición de inmuebles.

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Si el bien adquirido fuera inscribible en un registro público, deberá constar en

la escritura o documento similar el período de 15 años de afectación del bien al fin concreto para el que se concedió la subvención y el importe de la misma, sin perjuicio de las excepciones contempladas en el apartado 5 del citado art. 31 de la LGS. 2.- Construcción y/o reforma de inmuebles. Incluirá los gastos correspondientes a planos y estudios técnicos, materiales de construcción, mano de obra para construcción, obras de acceso, instalaciones de agua, eléctricas, saneamiento, dirección de obra, licencias de obras, etc.. Deberá aportarse, en su caso, la siguiente documentación: - Certificación del representante de la ONGD en la que conste la realización de las obras y su conformidad con las mismas. - Acreditar el régimen de propiedad del inmueble objeto de las obras. - Certificaciones de obra o facturas expedidas por la empresa constructora que realiza la obra. - Compromiso de afectación del inmueble construido por un periodo de 15 años a los fines para los que se concedió la subvención. 3- Equipos, materiales y suministros y su transporte.

Podrán justificarse con cargo a esta partida también los gastos derivados del envío de los equipos y bienes adquiridos.

Si el importe del gasto subvencionable derivado del suministro de bienes de

equipo superase la cuantía de 12.000 euros, deberá aportarse a la justificación, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, solicitadas por la entidad beneficiaria, en cumplimiento del art. 31.3 de la LGS.

Caso de no haber optado la entidad beneficiaria por la oferta económicamente

más ventajosa, deberá aportarse asimismo una memoria justificativa de dicha circunstancia. Se justificarán con facturas o recibos en los que deberán constar, al menos, los siguientes datos:

- El suministrador. - La fecha en que se realizó el gasto. - El suministro o servicio prestado. - La cuantía del gasto. - El nombre del proyecto al que se imputa el gasto.

Si las adquisiciones se realizan en España: Las facturas reunirán los siguientes requisitos:

- Número de factura. - Datos identificativos del suministrador y NIF.

. - Datos identificativos del comprador (la ONGD o la contraparte local). - Descripción de la operación y su contraprestación total.

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- Deberá reflejarse el IVA correspondiente. Cuando la cuota se repercuta dentro del precio se indicará “IVA incluido”. - Lugar y fecha de emisión. - En la factura constará el "recibí" acreditativo de que se ha efectuado el abono del importe, con firma y sello del receptor.

En el caso de equipos y materiales que se envíen desde España u otros países se acompañará la documentación aduanera que acredite el envío de equipo, y certificación del destinatario que confirme la recepción del mismo. 4. Personal local.

Se incluirán en este tipo de gastos los sueldos e incentivos relacionados con la prestación de servicios de tipo laboral por trabajadores contratados por la ONGD española o la contraparte y que estén vinculados con la ejecución del proyecto y que se encuentre sometido a la legislación del país en cuestión.

No se incluirán los gastos laborales de las personas que realicen la formulación, seguimiento o evaluación del proyecto. Dichos gastos se incluirán en el apartado de costes indirectos.

Para la fijación de los salarios a cobrar por la mano de obra local, se atenderá al índice de renta/habitante, existente en el país beneficiario.

Se incluirá:

- Copia del contrato de trabajo o de arrendamiento de servicios, en su caso. - Copia de las nóminas firmadas por el trabajador o recibos de cobro por la

prestación de servicios. - Documentos justificativos de las retenciones, e ingreso de los seguros e impuestos

correspondientes.

5. Personal expatriado.

Se entenderá como personal expatriado el contratado por la entidad beneficiaria y que esté sometido a la legislación española, que preste sus servicios vinculados al proyecto en el país de ejecución del mismo. No se podrán incluir en este apartado los gastos de personal de la entidad en España.

El envío de personal expatriado, entendiendo por tal aquellos profesionales,

españoles, desplazados a la zona, será debidamente justificado mediante memoria explicativa por la entidad solicitante, en la que se defina con exactitud el perfil profesional y el currículum vitae de cada técnico enviado, precisando el tiempo de permanencia en la zona. En este caso los gastos cofinanciados que se podrán imputar a la subvención del Excmo. Ayuntamiento de Soria, en concepto de sueldo bruto, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social, no podrán exceder de 1.150 € por persona y mes. A este personal expatriado, sólo se le podrá abonar la cuantía que le corresponda, por concepto de viaje desde su localidad de residencia en España, hasta el lugar de destino. No se podrá imputar a la subvención del Excmo. Ayuntamiento de Soria, gasto alguno en concepto de alojamiento y manutención de éste personal.

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Para la justificación de estos gastos, con las limitaciones de cantidades establecidas en las Bases de la convocatoria, se aportará la siguiente documentación: - En el caso de contratos laborales deberá aportarse el mismo, nóminas firmadas por

el trabajador, impresos TC1 y TC2 justificativos del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social, y certificación del responsable de la entidad beneficiaria por el importe de los gastos del personal a imputar al proyecto cuando el trabajador no dedique toda su jornada laboral al mismo.

- En el caso de contratos de arrendamiento de servicios deberá aportarse el mismo, el

alta en la licencia fiscal y la factura de la cantidad devengada por la prestación de los servicios.

No se incluirán los gastos laborales de las personas que realicen la

formulación, seguimiento o evaluación del proyecto. Dichos gastos se incluirán en el apartado de costes indirectos.

No se incluirán los gastos de hospedaje, manutención y transporte en el país de ejecución del personal expatriado. 6. Gastos de Funcionamiento

Se entenderán como gastos de funcionamiento aquellos directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación y ejecución de la misma, que no sean clasificables en otro concepto.

A titulo enunciativo, los gastos de funcionamiento más habituales son, entre

otros:

- Comunicaciones

- Electricidad

- Agua

- Seguridad

- Reparaciones y conservación

- Combustibles

- Gastos de capacitación, talleres, refrigerios, materiales, desplazamientos a la capacitación.

- Material de oficina

- Gastos bancarios de las transferencias de fondos, cheques, etc…(no se incluirán intereses deudores de cuentas)

- Alquileres de bienes muebles

- Seguros 7. Gastos de viaje, estancia y dietas:

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Se incluirán los gastos de desplazamiento derivados de las actividades programadas en el proyecto subvencionado, incluyéndose en los mismos los de desplazamiento, manutención, estancia o las dietas correspondientes, del personal local o los beneficiarios. Del personal expatriado solo serán imputables a la subvención los gastos de transporte desde España hasta el país y la zona de ejecución del proyecto.

Gastos de viaje y estancia - Factura expedida por la agencia de viajes. - Billete acreditativo del viaje realizado. - Factura expedida por el establecimiento hotelero.

Dietas: - Liquidación de dietas (adjuntamos modelo optativo de liquidación de dietas), donde se describa duración del desplazamiento, motivo del mismo y actividades realizadas. A excepción de los gastos de kilometraje con vehículo propio, todos los demás gastos incluidos en la declaración de dietas deben acompañarse de sus correspondientes soportes documentales (facturas y recibos)

No se incluirán los gastos de viaje y dietas relativos a la formulación, seguimiento y evaluación del proyecto, que se computarán como costes indirectos. COSTES INDIRECTOS

Incluye los gastos relativos a formulación, seguimiento y evaluación del proyecto.

De los gastos indirectos asociados a la entidad solicitante se podrán imputar

como gastos indirectos todos los gastos administrativos de la entidad solicitante, derivados exclusiva y directamente de la formulación, análisis, seguimiento y control del proyecto. Estos gastos no podrán exceder del 8% de la subvención solicitada al Excmo. Ayuntamiento de Soria.

Podrán justificarse con cargo a este concepto los gastos de la entidad beneficiaria o contraparte local derivados exclusiva y directamente de la formulación, seguimiento y evaluación del proyecto, tales como gastos de personal, teléfono, luz, amortizaciones de equipos, material de oficina, viajes y desplazamientos, etc. correspondientes al período en que efectivamente se realiza la actividad.

Estos gastos se justificarán mediante certificado expedido por la entidad beneficiaria en el que se indique el importe de los gastos generales de administración destinados a la ejecución del proyecto, según los datos que obren en su contabilidad.

Justificación a aportar en supuestos excepcionales.

Cuando existan en el país de ejecución del proyecto especiales circunstancias

(ejecución en zonas mal comunicadas; especiales características o costumbres del mercado local, inestabilidad económica, social, o política, situaciones de conflicto armado, etc...) se podrá solicitar la justificación de los gastos de bienes, equipos, material y suministros al Ayuntamiento de Soria de acuerdo al siguiente procedimiento:

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a) La entidad beneficiaria de la subvención deberá solicitar por escrito, con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias especiales mencionadas, la autorización para la justificación excepcional de los gastos, debiéndose acreditar que en el proyecto se da alguna de las citadas circunstancias.

b) Una vez valorada la solicitud de la entidad beneficiaria por los servicios municipales, se procederá, en su caso, a su aprobación por el órgano competente

c) En tal supuesto, la justificación de los gastos se realizara del modo siguiente:

- El responsable del proyecto llevara un libro de recibos, de acuerdo al modelo adjunto. - Cada vez que se vaya a realizar un gasto con cargo al proyecto subvencionado se deberá requerir al suministrador del correspondiente material o mercancías para que firme el recibo mencionado anteriormente.

En cualquier caso, esta justificación extraordinaria no será aplicable para los

gastos que vayan a ejecutarse en España MODELO LIQUIDACIÓN DE DIETAS Y GASTOS DE LOCOMOCIÓN . Don........................................................................................................................... con domicilio en....................................................................................................... y documento nacional de identidad número.............................................................. Se ha desplazado los días (1) ................................................................................... Con objeto de.............................................................................................................. Los gastos realizados han sido los siguientes: Dietas: Alojamiento................................días a .........................................euros. Importe............................. Manutención................................días a .........................................euros Importe............................... Locomoción: Medio utilizado (3)..................................................... Importe............................... Vehículo propio (4)...............Kilómetros a..........euro/Kilómetro Importe............................... _________________ Importe Total................... En...........................................a............de......................................de.......................

Recibí

(Firma del receptor) (1) Días y mes. (2) Localidad y País. (3) Avión, tren, barco...

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(4) Marca, matrícula, vehículo. LIBRO DE RECIBOS ; Modelo de Recibo. (0).................................. (1)................................................ He recibido de (2) .......................................................................... la cantidad de (3).........................................................................................para el proyecto denominado (5)......................................................................................................................................................

........................................................de........................................de......................

(Espacio reservado para la firma) Nombre (6).......................................................................................................................... Numero de documento de identificación (7)....................................................................... (0) Número de orden del recibo. (1) Poner la cantidad abonada en números. (2) Poner nombre del responsable del proyecto o persona autorizada por este que compra el material o la mercancía de que se trate. (3) Poner la cantidad abonada en letra. (4) Describir sucintamente el material o mercancía objeto de compra. (5) Indicar titulo del proyecto, convocatoria y año en el que fue aprobado. (6) Poner el nombre de la persona a quien se compra el material o mercancía. (7) Si lo hay.

ANEXO IV

DECLARACIÓN

D. ______________________________________________________, en relación con la justificación de la subvención concedida por el Presidente de la Entidad, DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD que:

PRIMERO.- El programa para el que ha sido concedida la subvención se ha realizado en su totalidad.

SEGUNDO.- De la liquidación de ingresos y gastos de la Entidad que presido se deriva que respecto del programa o actividad realizado, el importe de las subvenciones concedidas de las diversas instituciones no ha superado el importe total de los gastos devengados.

Y para que así conste ante el Excmo. Ayuntamiento de Soria, a los efectos de justificación de la subvención concedida por esta Institución, suscribo la presente,

En _________________ a, ______ de _____________ de 20___

El Presidente de la Entidad

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Sello de la Entidad

ANEXO V

ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN Datos personales

Nombre y apellidos NIF En representación propia o de la entidad CIF Domicilio a efectos de notificación en la calle/ plaza nº/ piso Municipio Provincia Código postal

Expone

Que le ha sido concedida, por Resolución de fecha…………………… una subvención por importe de………………………………. Euros, que tiene por objeto la financiación del proyecto denominado……………………………………………………………………………………………….,en la convocatoria de 2012 para regular la concesión de subvenciones por el Excmo. Ayuntamiento de Soria destinadas a la ayuda y cooperación a regiones o países en vías de desarrollo ( BOP de Soria nº ), por lo cual Acepta

La subvención concedida, así como las condiciones establecidas en la resolución de Concesión, y en las bases de la convocatoria, así como en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento RD 887/2006, de 21 de julio, comprometiéndose a destinar dicho importe a los fines previstos, y reintegrar los fondos no utilizados o que no hubieran sido aplicados a las actividades previstas, según lo dispuesto en la citada resolución. La cuenta corriente para la recepción de los fondos es la siguiente …………………………………………………………………………………………………………… Y para que así conste

En a de de 20……

Fdo.:_________________________________ Autorizo al Excmo. Ayuntamiento de Soria para el tratamiento automatizado de los datos contenidos en la presente aceptación, con arreglo a la L.O. 15/1999 y demás disposiciones que la desarrollan. EXCMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIEN TO DE SORIA.

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4.- PROPOSICIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA RELATIVA A LA INICIATIVA LEGISLATIVA DE LEY PARA DECLARAR A LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN LIBRE DE LA FRACTURA HIDRÁULICA. Vista la proposición del Grupo Municipal Socialista relativa a la iniciativa legislativa de Ley para Declarar a la Comunidad de Castilla y León libre de la fractura hidráulica, cuyo contenido es el siguiente: PROPOSICIÓN DE INICIATIVA LEGISLATIVA DE LEY SOBRE FRACKING

PARA DECLARAR A LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN LIB RE DE LA FRACTURA HIDRÁULICA.

MEMORIA Ante la dimensión territorial que comprenden las solicitudes de permiso de investigación de hidrocarburos y propuesta de explotación mediante fracturación hidráulica en Castilla y León y ante los significativos impactos y riesgos que implica el uso de esta técnica para el medio ambiente y para la salud de las personas, se ha originado un importante rechazo institucional por parte de Diputaciones y Municipios de Castilla y León, Sindicatos y Asociaciones, derivada de una amplia contestación social que hace necesaria una respuesta normativa cautelar por parte de las Comunidades Autónomas y del Estado español. Se ha constatado una laguna legal en relación con el sistema de fractura hidráulica, al no existir en la actualidad ninguna disposición en nuestro ordenamiento jurídico que haga referencia a esta técnica para la explotación de los yacimientos, ni normativa específica de evaluación de impacto ambiental para identificar, prevenir e interpretar los impactos ambientales que producirán este tipo de proyectos, ni sobre evaluación de los efectos del conjunto de proyectos. Este vacío normativo no ha impedido el desarrollo de algunas propuestas utilizando esta técnica conforme al procedimiento previsto con carácter general para la explotación de yacimiento de hidrocarburos. A la vista de los distintos impactos ambientales y riesgos para la salud pública y el debate que se está generando en las Instituciones Europeas y el posicionamiento de algunos Estados miembros en contra de la fractura hidráulica, se estima ineludible la aprobación del oportuno proyecto de ley para declarar prohibido en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León el uso de la técnica de la fractura hidráulica como garantía del principio de precaución. A modo de refuerzo y mayor abundamiento, las Cortes de Aragón aprobaron, el 22 de noviembre de 2012, por unanimidad una Proposición no de Ley que insta al Gobierno de Aragón a declarar la Comunidad Autónoma «territorio libre de fracking», en los mismo términos, Francia se anticipó el julio de 2011 prohibiendo por Ley 835/2011 la fractura hídrica en todo su territorio nacional. En el contexto del ciclo de la vida, la dificultad de valoración de los impactos, riesgos y la dificultad / imposibilidad de restauración al estado anterior sobre:

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- El suelo y el subsuelo (Excesiva ocupación de suelo rural y la sismicidad).

- El agua (concesiones privativas excesivas, contaminación de acuíferos, gestión de residuos contaminantes).

- Atmósfera (Emisiones, explosiones y ruidos).

- Biodiversidad y espacios Red Natura (Especies y hábitat naturales, sinergias).

- Salud humana y medio ambiente (Sustancias químicas) Lleva a ponderar que los beneficios e intereses económicos son estrictamente de reducidos grupos privados, mientras que las cargas y las externalidades negativas que la actividad conlleva serían estrictamente públicas. Por todo ello, la valoración económica de la extracción de los recursos de gas no convencionales, están muy por debajo de su coste social, económico y ambiental para la sociedad y sus ciudadanos, que se manifiesta en una voluntad unánime de fuerte rechazo.

Es preceptivo realizar un trámite de audiencia pública previa, que garantice la participación transparente de todos interesados. El marco normativo que se sirve de cobertura viene determinado por la Constitución Española, que atribuye a la legislación estatal la competencia para determinar la normativa básica para la utilización racional de los recursos naturales, protección del medio ambiente -artículos 149.1.23 y bases de régimen minero y energético - art. 149.1.25. Pero esto, no impide a las Comunidades Autónomas dictar normas de protección adicionales que supongan mejorar o ampliar esa protección, incluso en ausencia de legislación básica o vacío legal. La Sentencia del Tribunal Constitucional n° 64/1982, de 4 de noviembre, permite a las Comunidades Autónomas establecer requisitos y cargas dirigidos a la protección ambiental "... siempre que esas cargas y requisitos no alteren el ordenamiento básico minero, sean razonables, proporcionados al fin propuesto y no quebranten el principio de solidaridad consagrado en los art. 2 y 138 déla Constitución con carácter general, en el 45 con relación específica a la protección del medio ambiente."

RELACIÓN DE INFORMES Y ESTUDIOS SOBRE SU NECESIDAD Y OPORTUNIDAD: Informes para el establecimiento del principio de precaución: • Informe del Parlamento Europeo emitido a petición de la Comisión de Medio

Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaría. Repercusiones de la extracción de gas y petróleo de esquisto en el medio ambiente y la salud humana

• Informe del Tyndall Centre for Climate Research "SHALE GAS: A PROVISIONAL ASSESSMENT OF CLIMATE CHANGE AND ENVIRONMENTAL IMPACTS" (Gas de esquisto: evaluación preliminar de sus impactos ambientales y sobre el cambio climático) de enero de 2011.

• El Tyndall Centre para la investigación del cambio climático (http://www.tvndall.ac.uk/) es una organización del Reino Unido formada por las Universidades de Oxford, Cambridge, Newcastle, Manchester, Sussex, East Anglia y Southampton.

• Artículo científico "METHANE CONTAMINATION OF DRINKING WATER

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ACCOMPANYING GAS-WELL DRILLING AND HYDRAULIC FRACTURING" (Contaminación por metano del agua para consumo humano asociada a la perforación de pozos de gas y la fracturación hidráulica) publicado por la Universidad Duke de Durham (USA)

• Artículo científico de 14 de abril de 2011 publicado en la prestigiosa revista científica PROCEEDINGS OF NATIONAL ACADEMY OF SCIENCES (PNAS).

• Artículo científico METHANE AND THE GREENHOUSE-GAS FOOTPRINT OF NATURAL GAS FROM SHALE FORMATIONS (Metano y huella de gases invernadero de gas natural procedente de formaciones de pizarra) publicado por la Universidad Cornell de Ithaca (USA). Normativa estado miembro unión europea prohibiendo la fractura hidráulica en su territorio.

FRANCIA.- LOI n° 2011-835 du 13 juillet 2011 visant á interdire l'exploration et l'exploitation des mines d'hydrocarbures liquides ou gazeux par fracturation hydraulique et á abroger les permis exclusifs de recherches comportant des projets ayant recours a cette technique. (Journal Offíciel de la République francaise 14 juillet 2011). PROPOSICIÓN DE LEY

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Constitución Española establece, en su art. 23, como derecho fundamental el derecho de sus ciudadanos a participar en los asuntos públicos, bien directamente o por medio de sus representantes.

La Carta Magna garantiza la autonomía municipal, la personalidad jurídica plena, su gobierno y administración a sus respectivos Ayuntamientos. La Comunidad Autónoma de Castilla y León ha recogido dichos principios como fundamentos de nuestro sistema democrático en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León, regulando el ejercicio de la iniciativa legislativa popular y de los Ayuntamientos mediante la aprobación por las Cortes de la Ley 4/2001, de 4 de julio de 2001, reguladora de la iniciativa Legislativa popular y de los Ayuntamientos de Castilla y León.

La ley ha establecido y formalizado el instrumento de participación de los ciudadanos en la vida política de nuestra Comunidad, al permitir canalizar directamente determinadas iniciativas enriqueciendo el sistema democrático, mediante su traslado a las Cortes, como titulares de la potestad legislativa, la responsabilidad de su materialización normativa.

El Título III, regula la iniciativa legislativa de los Ayuntamientos sobre todas las materias en que la Comunidad de Castilla y León tenga competencia Legislativa, salvo las expresamente exceptuadas en su artículo 4.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León actúa dentro del ámbito de las competencias recogidas en el Estatuto de Autonomía en materia de Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda; protección del medio ambiente y de los ecosistemas; sanidad e higiene, promoción, prevención y restauración de la salud; industria, y régimen minero y energético.

La fractura hidráulica como técnica para la extracción de gas, o "fracking' plantea en la actualidad serios interrogantes tanto desde el punto de vista de la salud como desde la

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perspectiva de la protección medioambiental, fundamentalmente por la posibilidad de que con la utilización de esta técnica pueda producirse contaminación en los acuíferos subterráneos dada la inyección de productos tóxicos y contaminantes que resultan necesarios para la utilización de esta técnica.

Los riesgos que puede generar la utilización de esta técnica han sido puestos de manifiesto en recientes estudios elaborados por instituciones independientes y de indudable imparcialidad. En este sentido, en junio de 2011 la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad del Parlamento Europeo publicó un informe en el que se planteaban interrogantes sobre el uso de la fractura hidráulica como técnica de investigación y extracción de gas.

Esta técnica ha sido prohibida en Francia, Irlanda del Norte o Bulgaria por las importantes alertas y riegos que conllevan sus efectos.

Por todo ello, en la actualidad existe una grave y creciente preocupación social por los riesgos que supone la puesta en marcha de la extracción de gas no convencional mediante esta práctica, y se considera por distintos sectores sociales que esta actividad puede tener perjuicios significativos para el medio ambiente y para los acuíferos subterráneos, máxime en ámbitos territoriales con las características geológicas de Castilla y León.

Ante estos acontecimientos la Comunidad Autónoma de Castilla y León adopta la presente medida en orden a prohibir la actividad de extracción de gas no convencional por la técnica de la fracturación hidráulica mientras sigan existiendo las dudas e incógnitas que existen en la actualidad, de conformidad al principio de precaución establecido en el art. 191.2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea como cláusula de salvaguardia.

DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1. Queda prohibido en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León la exploración y explotación de las minas de hidrocarburos líquidos o gaseosos por perforaciones seguidas de fracturación hidráulica o "fracking" de la roca.

Artículo 2. Las Autoridades y funcionarios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León velarán por el respeto y cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley y adoptarán, dentro de sus respectivas competencias, las medidas oportunas para la paralización de las actividades que se realizaran contraviniendo lo dispuesto en la presente ley, así como para la reposición de la situación alterada a su estado originario.

Artículo 3. El empleo de la técnica referida en el artículo 1, al implicar un uso del suelo prohibido en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de esta Ley, tendrá la consideración de infracción urbanística con arreglo a lo previsto en la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León como garantía de protección de la legalidad.

Articulo 4. 1. En un plazo de dos meses a contar desde la promulgación de la presente ley, los

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titulares de permisos exclusivos de investigación de minas de hidrocarburos líquidos o gaseosos, presentarán a la autoridad administrativa que ha expedido los permisos un informe precisando las técnicas empleadas o previstas en el marco de sus actividades de investigación. La Autoridad Administrativa hará público este informe. 2. Si los titulares de los permisos no remiten el informe referido en el plazo prescrito en el punto anterior, o si el informe menciona el recurso efectivo o eventual a perforaciones seguidas de fracturación hidráulica, los permisos exclusivos de investigación quedan derogados. 3. En un plazo de tres meses a contar de la promulgación de la presente ley, la autoridad administrativa publicara en el Boletín Oficial de la Comunidad la lista de los permisos exclusivos de investigación derogados.

4. El hecho de proceder a una perforación seguida de fractura hidráulica de la roca, sin haberla declarado a la autoridad administrativa según los previsto en el artículo 1. será castigado a la pena de un año de prisión y 75.000 € de multa.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA . Lo dispuesto en la presente Ley será de aplicación a los permisos y cualquier otro habilitante de la actividad prohibida en el artículo l, tanto a los ya concedidos como a los que se concedan a partir de su entrada en vigor.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA . Alcance de la derogación normativa. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan o se opongan a lo dispuesto en esta ley.

DISPOSICIÓN FINAL. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

ACUERDO

PRIMERO.- Declarar al Municipio de Soria libre de fractura hidráulica para la extracción de líquidos y gaseosos.

SEGUNDO.- Promover en las Cortes de Castilla y León iniciativa legislativa para declarar a la Comunidad de Castilla y León libre de fractura hidráulica para la extracción de líquidos y gaseosos, nombrando a D. Carlos Martínez Mínguez, Alcalde, representante de este Ayuntamiento en la comisión promotora de la iniciativa.

Interviene el SR. ALCALDE ACCTAL para explicar el punto del

Orden del Día:

SR. ALCALDE ACCTAL: Si les parece, y aunque la proposición es un poco larga, creo que es, en este caso, de recibo para que todo el mundo, no sólo los presentes, no me cabe duda que los concejales conocen perfectamente la proposición, pero para que todos los presentes en la Sala y los que nos estén viendo o nos puedan escuchar y también los medios de

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comunicación tengan un conocimiento íntegro de la propuesta voy a proceder a su lectura (Procede a dar lectura íntegra del contenido de la proposición).

Este sería el texto que proponemos hoy a la Comunidad Autónoma para su aprobación a través de esta iniciativa legislativa a petición del ayuntamiento de Soria, si contara con los votos necesarios. Y el acuerdo que también proponemos en esta sesión plenario consta de dos apartados: El primero una declaración política: “Declarar al Municipio de Soria libre de fractura hidráulica para la extracción de líquidos y gaseosos” y, en el apartado segundo, el segundo acuerdo, “Promover, como no puede ser de otra manera, en las Cortes de Castilla y León iniciativa legislativa para declarar a la Comunidad de Castilla y León libre de fractura hidráulica para la extracción de líquidos y gaseosos, nombrando a D. Carlos Martínez Mínguez, Alcalde, representante de este Ayuntamiento en la comisión promotora de la iniciativa.” Esta es la propuesta o la proposición que traemos hoy al Pleno, que no es exclusiva del ayuntamiento de Soria. Ya hay algunos ayuntamientos de esta provincia que han adoptado un acuerdo similar: Aldealices, Ausejo de la Sierra, Cerbón, Cirujales del Rio, Fuentes de Magaña, La Losilla, Magaña, Oncala, San Pedro Manrique, Valtajeros, Almenar, Cihuela, La Póveda de Soria, Los Rábanos, Salduero, Aldealseñor, Almajano, Deza, Carrascosa de la Sierra y Golmayo. Nos sumamos pues a una iniciativa presentada también y propuesta a través de algunos colectivos en contra de la fractura hidráulica, en contra del Fracking, y a algunos ayuntamientos que también han avanzado en este tema sumándonos pues a estas iniciativas. Y, sin más, como creo que la lectura es lo suficientemente clara, sin mas aclaración al respecto, no sé quien va a querer intervenir, la señora Liso.

En el debate plenario se producen las siguientes intervenciones: SRA. LISO NÚÑEZ: Muchas gracias señor Rey. Por cuestión de orden, nos gustaría primero que nos informase el Secretario si como concejales de este ayuntamiento podemos someter a votación los puntos que vienen propuestos en la proposición legislativa que se presenta. SR. ALCALDE ACCTAL: Sí, es un tema ya debatido también con el Secretario. Lo explico yo, si fuera necesario le daríamos la palabra también a él. La primera parte del acuerdo es una proposición de carácter político, es decir, un acuerdo de carácter político. Quiero dejar muy claro que ese acuerdo de carácter político es una declaración de voluntades de esta

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Corporación que creo que es importante y necesario y que, en todo caso, y que, en todo caso, en el supuesto de que se presentara algún proyecto de esas características habría de estudiarse en el ayuntamiento y someterlo también a la legalidad, a sabiendas también de que hay una declaración política en ese sentido, una declaración de voluntad política en ese sentido. Y la segunda está amparada, como he dicho en el texto, en la normativa autonómica de iniciativa legislativa popular que permite llevar proposiciones de ley a las Cortes de Castilla y León siempre y cuando haya, hablo de memoria, haya más de 30 ayuntamientos de la Comunidad Autónoma que lo propongan o bien más de 10 ayuntamientos con una población superior a 20.000 habitantes. Es decir, la aprobación de esta proposición en el Pleno, implicaría, ya en sí mismo, habiendo mas de 10 ayuntamientos como he relacionado y suponiendo una población cercana a los 40.000 habitantes en la capital, supondría ya que pasaría el trámite legal establecido por la Comunidad Autónoma, lo que no quiere decir, evidentemente, que suponga vinculación para los parlamentarios autonómicos que son quienes tendrán que dar el sí, la aprobación, o la denegación a esta proposición de los ayuntamientos. No sé si mi explicación es suficiente, si no lo fuera damos la palabra al señor Secretario. SRA. LISO NÚÑEZ: Muchas gracias, señor Rey. Nos ha sorprendido enormemente encontrarnos en el Orden del Día de este Pleno este punto, sobre todo cuando este tema del “fracking” ya ha sido suficientemente debatido en este Salón de Plenos. Nosotros ya dejamos clara nuestra posición, que nosotros queríamos una serie de garantías en nuestra actividad, sobre todo velando por los intereses de la población y el entorno. Le quería resumir muy brevemente las actuaciones que se llevaron el año pasado, a partir de junio de 2012, bueno y antes. En mayo del 2012 salieron publicados los permisos para el TESLAS nº 5 y se abrió el plazo de alegaciones. En la Comisión Mixta que estaba formada por el Partido Popular, Partido Socialista y la Mancomunidad de los 150 pueblos en conjunto se redactaron las alegaciones para presentarlas. En junio del 2012 conjuntamente se presentó una moción de los dos grupos políticos que forman este ayuntamiento en la que se pedía, bueno, el primer punto: “El ayuntamiento de Soria manifiesta su rechazo y disconformidad, el ayuntamiento manifiesta su malestar por la fractura hidráulica”. El punto 3: “El ayuntamiento de Soria insta a la Junta de Castilla y León y al Gobierno de España a que se regulen de una forma específica los

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proyectos de investigación, explotación de hidrocarburos no convencionales por fractura hidráulica.” No sé si sabrá usted, señor Rey, que el miércoles 11 de diciembre ha salido la ley 21/2013 que es la Ley de Evaluación Ambiental hace dos días. Esta proposición que usted nos presenta en esta legislatura está firmada el 3 de diciembre, de 77 hojas no querrá que me ponga a leerlas todas. A ustedes, en su proposición, que hice lo que estamos pidiendo ya no solamente que es las garantías que pedíamos aquí en esta moción y se lo vuelvo a leer, Evaluación Ambiental e Impacto Ambiental que es ahora mismo lo que está recogiendo esta ley. Cito: “Esta ley es la de someter a una adecuación y evaluación ambiental todo plan, programa o proyecto que pueda tener efecto significativo sobre el medio ambiente”. O sea, todo lo que pedíamos en esa moción conjunta en este ayuntamiento, ya están realizándose leyes y borradores para intentar, sobre todo, que esta actividad o otro tipo de actividad que no esté ahora mismo regulada nos dé las garantías para la población y el medio ambiente. No entendemos que ustedes, ahora mismo, quieran prohibir este tema, cuando en la moción presentada lo que pedíamos eran garantías. Y las garantías, de momento, para estos estudios, que hablamos de permisos, de estudios, se nos está intentando dar y se están haciendo todo borradores y toda serie de leyes, normativas y todo. Señor Rey, voy a recordarle que los primeros permisos de investigación para el Fracking que se otorgaron se iniciaron de la mano del Ministro de Industria del PSOE, Miguel Sebastián, y ustedes en aquellos momentos no dijeron absolutamente nada. Ah, no, señor Rey, no crea usted que es el único que está preocupado por este problema y esta actividad, estamos todos. También quería recordarle que el Día Internacional contra el Fracking fue el día 19 de octubre. Hubo un pleno el día 21 de octubre con dos puntos, y desde octubre hasta esta fecha ustedes no se han manifestado. El momento para haberse manifestado y haber hecho esa proposición legislativa creo que hubiese sido tanto que ustedes están muy dados a manifestarse y a hacer propagandas y tal, este hubiese sido el momento, pues no, tampoco. Entonces, me hace dudar si ustedes estaban buscando cualquier tema posible para dar un poco de contenido a este Pleno, porque si no es por nuestra intervención este pleno hubiese durado exactamente 20 minutos. Por el momento lo dejo, para luego ya ir a la segunda intervención. Muchas gracias, señor Rey. SR. ALCALDE ACCTAL: Si, gracias, señora Liso. Para contestarle también muy brevemente a lo que ha planteado. El acuerdo que tomamos

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en este ayuntamiento, por unanimidad, el 12 de julio de 2012 decía: “El ayuntamiento de Soria manifiesta su rechazo y disconformidad con los proyectos de investigación- primer punto -de hidrocarburos mediante fractura hidráulica que puedan llevarse a cabo y solicita la denegación o revocación de las licencias, en especial las planteadas dentro del territorio provincial.” Es exactamente lo mismo que estamos pidiendo hoy, que se denieguen a través de un proyecto legislativo en la Comunidad Autónoma, que se denieguen o se revoquen las licencias si no se dan las debidas garantías. ¿Qué ha cambiado desde aquella moción a ahora? Pues ha cambiado el modelo, el procedimiento, el que desde aquel día, desde el 12 de julio de 2012, ha pasado más de un año, han ido avanzando los procesos, en Soria ya hay una propuesta de extracción, hay una propuesta de extracción en Soria, en estudio, la Comunidad Autónoma no se ha posicionado abiertamente en este tema que es quien tiene que posicionarse, hay alguna más en el ámbito de la Comunidad Autónoma, y lo que estamos pidiendo como dice el texto, si la aburro señora Liso, y lo que estamos pidiendo en el texto de la proposición es, precisamente, que la Comunidad Autónoma adopte una posición clara a este respecto. Y la posición clara es una posición de precaución de acuerdo con los criterios de la Comunidad Autónoma. De precaución en el sentido de mientras, y lo dice también la exposición de la memoria planteada, es necesaria una respuesta normativa cautelar por parte de las Comunidades Autónomas y del Estado español. Eso es lo que pedimos, una respuesta normativa cautelar hasta que se hagan los estudios necesarios, las averiguaciones pertinentes y se demuestre o no que, efectivamente, los riesgos que pone encima de la mesa la fractura hidráulica relacionados con el agua, consumo de millones de metros cúbicos de agua, 260 sustancias químicas que se pueden mezclar con el agua, entre un 15 y un 80% del fluido que se inyecta para la fractura vuelve a la superficie como agua de retorno, problemas de almacenamiento de agua en los depósitos o balsas de evaporación, gran cantidad de agua residual después de la extracción, riesgo de pequeños terremotos por la lubricación inyectada en los extractos del terreno, contaminación de suelo y subsuelo, destrucción de suelo fértil, problemas para la naturaleza, flora y fauna, ruidos, impactos visuales. Cada pozo dura un máximo de 6 años y ocupa un kilómetro cuadrado, explotaciones, el riesgo que puede tener para las explotaciones agrícolas, contaminación atmosférica por las emanaciones del gas y residuos químicos volátiles, alto precio medioambiental. El proceso libera gran cantidad de metano con pérdidas de hasta el 10% del metano extraído que se libera a la atmósfera, uno de los gases responsables del calentamiento

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global y del efecto invernadero, el gas se filtra junto al agua y hace inflamable según sale del grifo. Relacionados con los costes, falta de competitividad económica. La única forma de que sea rentable es disponer de muchos pozos y muy juntos, altos costes económicos de la explotación, que no lo hacen competitivo frente al combustible tradicional. Todos estos motivos, señora Liso, creo que hacen que planteemos a la Comunidad Autónoma que no ha tenido una posición como digo clara a este respecto, al margen de normativas ambientales, lo que planteamos es que se denieguen todas las licencias, hasta que esté claro que ninguno de estos riesgos, ninguno, digo ninguno de estos riesgos para el medio ambiente se producen en nuestra Comunidad Autónoma. Ha pasado más de un año desde la moción. La moción no ha servido de nada, la moción planteada hace más de un año aquí en este ayuntamiento y en otros muchos ayuntamientos, de muchos colores políticos o de distintos colores políticos. No ha servido de nada en ese sentido porque se sigue avanzando en los estudios para realizar esta técnica en bastantes territorios y en muchos territorios de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y adoptamos una fórmula que, como digo, han adoptado otros ayuntamientos de esta provincia, algunos de su mismo color político, del Partido Popular, muchos de ellos, la mayoría de los que he leído son de su mismo color político, del Partido Popular, y adoptamos una fórmula que nos permite la normativa autonómica para que la Comunidad Autónoma se posicione. Y se posicione, de momento, parando la posibilidad de conceder licencias en ese sentido hasta que, como digo, se hayan resuelto todas esas incertidumbres que ahora mismo hay encima de la mesa. Y no lo dice el ayuntamiento de Soria ni lo dicen asociaciones ecologistas, ni lo dicen asociaciones creadas expresamente contra la fractura hidráulica en muchos sitios, en muchos territorios, en muchas zonas del territorio nacional también de esta Comunidad Autónoma y también de esta provincia, lo dice la Comunidad Europea, lo dicen países relevantes de la Comunidad Europea desde Inglaterra, Francia, es decir, países de mucho peso no sólo en población, sino también peso económico en esta Comunidad Europea. Así que creo que lo que estamos pidiendo no sólo no es ninguna barbaridad, sino es utilizar una técnica legislativa que nos permite la normativa sino que, además, lo que estamos pidiendo coincide plenamente con la moción que aquí ustedes también aprobaron, en la que pedían, como he dicho, que se parara, que se detuvieran y que se rechazaran las solicitudes de fractura hidráulica.

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No sé cual va a ser su posición en este pleno porque todavía no nos lo ha anunciado pero sería, plantearía un cierto contrasentido con la propia moción que ustedes aprobaron hace algo más de un año en este Salón de Plenos. Nada más y muchas gracias.

Un segundo turno de intervenciones: SRA. LISO NÚÑEZ: Muchas gracias. Todo esto que habla usted al principio de su intervención también, por favor, lea el punto número tres, la parte desde que se manifiesta en contratar también que pone: “En todo caso se insta a la Junta de Castilla y León a que se regule.” Ya le he dicho que ha salido una ley de 75 hojas, que no voy a volverla a leer, pero todo lo que ustedes piden en su primero mientras haga referencia a esta técnica para situación bueno tal, normativa especifica de Evaluación de Impacto Ambiental para identificar, prevenir e interpretar que es lo que piden ustedes en su moción, eso ya estamos en ello ya, ha salido una ley, eso para empezar. Luego no sé que capacidad, yo no soy Licenciada en Derecho pero eso de que el hecho de proceder perforación, tal, tal, fractura hidráulica de la roca sin haberla declarado a la autoridad administrativa según lo previsto en el artículo 1 será castigado a la pena de un año de prisión, en esta ley. Yo creo que las leyes sancionan. ¿Está metido en el Código Penal? ¿Es un articulado nuevo? Bueno, me crea mis dudas, usted creo que sabe más que yo en eso, no, entonces… Luego me habla de la disposición normativa cautelar eso teóricamente ni existe, bueno. Nosotros lo que pedíamos, esa moción conjunta que presentamos era pedir las garantías, una evaluación de impacto ambiental, una evaluación ambiental que lo que se ha sacado es una evaluación ambiental que lleva implícito una evaluación de impacto ambiental de esta serie de actuaciones. Lo más importante. Estamos hablando de permisos de investigación, no de extracción ni de explotación. Usted ha estado hablando de que si el agua, de que los mecanismos, increíble, porque ni los propios técnicos ni científicos se ponen de acuerdo. Mire, Comunidad de Colegios de Asociación de Ingenieros Industriales de Madrid: “La Comisión de energía del COIM propone desarrollar legislación específica para el fracking”. En ningún momento se posiciona en contra. Dice que lo que hay que hacer es unas garantías. Los geólogos, lo mismo de lo mismo. Lo que dicen, lo primero que se habla de desarrollo, de una serie de avances en nuevas búsquedas de

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energía y de combustible, también, es lo que pedimos todos, garantías, garantías diciendo, suponga un riesgo a la población y al entorno y luego usted lo que ha dicho que eso hace un año de esa moción, en un año todo esta avanzando. Usted me ha hablado de que en Francia se había hecho un informe para hacerlo anti-fracking porque lo que estamos hablando es una cosa es votar anti-fracking y otra cosa es tener garantías e ir contra el fracking. Los diputados socialistas franceses en un documento presentado el 6 de junio en la oficina parlamentaria de Evaluación de Oportunidades Científicas y Tecnologías en la cabeza Christian Bataille, mi francés no es muy bueno, con el senador de UPM Jean Claude Lenoir, coautores del texto dicen: “Es la más eficaz y mejor dirigida para extraer los hidrocarburos no convencionales, existen soluciones para hacerlo con un impacto aceptable sobre el medio ambiente si se respetan algunas reglas.” De su mismo color, diputados socialistas franceses, Bruselas, 20 de mayo del 2006: “Bruselas se sube al carro del fracking y anima a no dejar pasar la oportunidad”. Todo el mundo va con garantías y encima es que estamos hablando de estudios de investigación, es que entonces, estudios de investigación ahora mismo si nos plantea si estamos en el siglo XIX ni petróleo, ni gas ni nada. O sea ustedes lo que nos tienen que garantizar son todo lo que estamos pidiendo, o sea que entonces ya le digo. Entonces nuestra votación es abstención sobre todo, ya le digo, porque gente hasta de su mismo grupo, con un documento de 111 hojas o sea es que no las he traído todas porque si no imagínese usted. La posición del Partido Popular en este aspecto va ha ser la abstención. La abstención porque nos parece lo más coherente, lo más coherente porque ustedes traen una proposición legislativa con fecha del 3 de diciembre, una moción que se aprobó en junio del 2012 y una ley que ha salido el 11 de diciembre del 2013. Nosotros, en esta moción conjunta, pedíamos las garantías, garantías que nos están dando, garantías que están estudiando, Bruselas ya dice que de principios del 2014 ha sacado una normativa también especifica. Claro que estamos todos ahí con un miedo a todo lo que sea nuevo, entonces ¿qué pasa? Ahora mismo nosotros estamos potenciando que traigan empresas e industrias a Soria. Si ahora nos traen alguna empresa a Soria que no sabemos que tipo de vertidos no vamos a prohibir no vamos a dejar primero que se estudien, que se investiguen, seria una contradicción nosotros ahora mismo votar a favor de la concesión legislativa que ustedes están planteando, Nada más y muchas gracias.

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SR. ALCALDE ACCTAL: Gracias, señora Liso. Observo que han cambiado ustedes el criterio con respecto a la moción, con informes hasta de la propia Diputación, mociones que se aprueban en la propia Diputación, mociones o acuerdos similares al presente que acuerdan otros ayuntamientos de su propio partido y, lamentablemente, llego a la misma conclusión de siempre, es decir, su posicionamiento en las mociones es valiente o puede llegar a ser valiente. ¿Por qué? Porque ustedes están convencidos de que las mociones no sirven para nada. Ese es el problema, es decir, que hacen ustedes, y nos tienen demasiado acostumbrados, gestos exclusivamente para la galería, Hacen exclusivamente gestos para la galería, y cuando hay que mojarse, es decir, cuando hay que mojarse y que este documento, esta Proposición de Iniciativa Legislativa de la Ley sobre Fracking para declarar a la Comunidad de Castilla y León libre de la fractura hidráulica, cuando hay que mojarse y que aparezcan sus nombres, los nombres de su partido en la aprobación plenaria para remitírselo a la Comunidad Autónoma a ustedes les tiemblan las rodillas, se acobardan y ya no se atreven a presentarlo porque esto es algo más que una moción, esto pide un posicionamiento específico a la Comunidad Autónoma de una manera mucho mas clara y obliga a un pronunciamiento de la Comunidad Autónoma. Las mociones, todos sabemos, a muchos organismos en algunas ocasiones se remiten todas las mociones, que las archivan, no me cabe ninguna duda, que las archivan las administraciones que las reciben, pero no tienen ninguna virtualidad, desde el punto de vista práctico, más allá de la moralidad o la ética de quien la recibe que quiera ponerlas en práctica. Aquí es donde hay que mojarse, señora Liso, aquí es donde hay que mojarse, señores del PP, y hacer una propuesta y atreverse a hacer una propuesta al Partido Popular que preside la Comunidad Autónoma. Y aquí es donde ustedes se rajan. Aquí es donde ustedes, se rajan porque aquí sí tienen que poner ustedes la firma y aquí sí la Comunidad Autónoma tiene que asumir un posicionamiento claro contra lo que ustedes han propuesto. Porque es verdad y nos tienen muy acostumbrados en la Comunidad Autónoma a aprobar mociones en ayuntamientos presididos por su color político y luego votar lo contrario en la propia Comunidad Autónoma cuando, como procuradores, les toca defender lo que en su ayuntamiento han votado a favor. Eso es hipocresía, eso es hipocresía señora Liso, eso es hipocresía. Y lo que estamos pidiendo aquí es que si ustedes fueron valientes hace unos meses proponiendo que, vuelvo a insistir y es verdad que también habla de las debidas garantías y es verdad, que también habla el acuerdo de las debidas garantías pero si ustedes en aquella moción, a ver si la encuentro, en aquella moción que presentaron entonces decían

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expresamente que: “Solicitaban la denegación o revocación de las licencias en especial las planteadas dentro del territorio provincial” hablaban de denegación o revocación. Creo, sinceramente, que lo que están haciendo hoy es cambiar radicalmente de opinión, cambiar radicalmente de opinión y no proponer la denegación o revocación de las licencias con su abstención. Es muy simple, es cambiar de opinión, y cambiar de opinión porque ha cambiado el marco de juego, y este marco de juego si es un posicionamiento de la Comunidad Autónoma y ustedes, insisto, no se atreven. De todo sus argumentarios, al margen de las normativas ambientales recientemente aprobadas que no dan solución expresamente a este tema, expresa y particularmente a este tema señora Liso, no dan solución expresamente, aquí lo que estamos pidiendo es un posicionamiento expreso y exclusivo sobre este tema y sobre este particular, que no es lo que hace la normativa a la que hace referencia. Aparte de eso, señora Liso, lo que hacen ustedes hoy, insisto, es cambiar de opinión sin un argumento esencial. Si usted no hubiera contestado que en este año y pico ha habido pruebas, experimentos, se ha constatado que, efectivamente, este proceso es inocuo, que no genera riesgos ambientales en el agua, en el suelo, en la atmósfera, es decir, si su intervención hubiera ido en esa línea o hubiera ido en la línea de decir que medioambientalmente se puede resolver mediante algunas formulas, con estudios de impacto ambiental, que pongan encima de la mesa las garantías necesarias para evitar estos riesgos, su posición hoy sería coherente. Es decir, ustedes han visto la luz a lo largo de este año y pico. Pero es que no ha variado nada desde entonces a ahora. Es más, en su propia intervención ha dicho, literalmente, que los técnicos no se ponen de acuerdo. Es decir, pues si los técnicos no se ponen de acuerdo, señora Liso, yo creo que lo que tienen que hacer es ponerse de acuerdo. Primero ponerse de acuerdo, y mientras tanto, yo no sé si usted está en disposición de querer asumir en favor de los ciudadanos de Soria, yo no, y el equipo de gobierno desde luego no lo va a hacer, quiere asumir el riesgo de que a pesar de que los técnicos no se ponen de acuerdo podamos permitir que el procedimiento avance y que el procedimiento avance experimentando en el término municipal de Soria. Yo, desde luego y el equipo de gobierno no lo va a hacer, porque como usted muy bien dice los técnicos no se ponen de acuerdo. Y si alguien quiere experimentar, que experimenten en otro sitio, que experimenten en otro sitio. Que ya está bien, que ya está bien. Es decir, esta no es la tierra ni tiene que ser la tierra de los experimentos, tiene que ser la

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tierra de las oportunidades, no de los experimentos, que los experimentos los hagan los investigadores donde los tengan que hacer y cuando tengan resuelto el problema que vengan aquí, que se levante la proposición no de ley y que esto se resuelva. Así que mientras tanto, señora Liso, lo que va a hacer este grupo es votar a favor de la proposición, atreverse a pedirle a la Comunidad Autónoma un posicionamiento en esta materia. No creo que tenga mucha dificultad la Comunidad Autónoma, hemos asistido recientemente estos días a la facilidad que tiene la Comunidad Autónoma para hacer leyes de ordenación territorial incluso mas allá del ámbito constitucional. No creo que tenga mucho problema dentro del marco legal, esta vez si, del marco legal de una proposición propuesta por la propia normativa autonómica, hacernos caso, hacer caso a los ayuntamientos también del Partido Popular que si se han atrevido alcaldes suyos, concejales suyos, que sí se han atrevido a que su nombre figure en una proposición no de ley de la Comunidad Autónoma. Como digo, nosotros sí vamos a pedir a la Comunidad Autónoma que legisle, que legisle expresamente en esta materia, y ya, si me lo permiten, que deje de legislar en materias que no le corresponden. Nada más y muchas gracias.

El Ayuntamiento Pleno, por 11 votos a favor (PSOE) y 8 abstenciones (PP), aprueba la proposición presentada por el Grupo Municipal Socialista, y en consecuencia acuerda:

PRIMERO.- Declarar al Municipio de Soria libre de fractura hidráulica para la extracción de líquidos y gaseosos.

SEGUNDO.- Promover en las Cortes de Castilla y León iniciativa legislativa para declarar a la Comunidad de Castilla y León libre de fractura hidráulica para la extracción de líquidos y gaseosos, nombrando a D. Carlos Martínez Mínguez, Alcalde, representante de este Ayuntamiento en la comisión promotora de la iniciativa.

5.- MOCIONES, RUEGOS Y PREGUNTAS SR. RODRÍGUEZ LATORRE: Gracias, señor Alcalde Accidental. Voy a abusar un poco de usted y voy a ratificarme también en lo que decía mi compañero José Pedro. Le rogamos que haga de mandatario personal para que traslade nuestra enhorabuena, mía personal y la del grupo, al señor Alcalde por su paternidad. Y ahora paso a exponerle más o menos la pregunta que quería en relación con lo anterior.

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Haciendo uso de mi derecho, según el artículo 97 del ROF, el Reglamento de Organización y Funcionamiento de Entidades Locales, sobre todo en los apartados 6 y 7 y abusando de su tiempo ya que el pleno de hoy pues no ha sido muy denso ni muy espeso como otras intervenciones, a lo mejor es que estamos calentando motores para el de la próxima semana de los presupuestos y dado que mi pregunta pues afecta a muchas concejalías pues se la dirijo al señor Alcalde Accidental en este caso, y es la siguiente hilando con lo anterior del debate. Como ha hablado usted sobre las mociones en donde he visto que ha volcado las afirmaciones de que son gestos para la galería, de que las mociones no sirven para nada, incluso de que hay ciertos grupos que tienen una cierta hipocresía, ha manifestado usted y es un calificativo un poco fuera de tono para mi entender señor Luis, pues le voy a decir prácticamente pues que como me ha tocado a mi el seguimiento de las mociones en este pleno desde que empezamos con esta legislatura, pues hay un total de 36 mociones, 18 presentadas por el PP, 16 presentadas por ustedes, 2 por ambos grupos. Lógicamente de las 18 presentadas por nosotros sólo han sido aprobadas 7 por unanimidad, es decir, por los 21 votos. Se nos apoyaron estas 7 mociones, las suyas lógicamente, no hay que comentarlo, pues con su mayoría absoluta han sido aprobadas ya de antemano, como la que acabamos de escuchar. Y eso sí, de las siete pues usted como califica a las mociones, yo creo que el calificativo se lo tendrían que aplicar ustedes a las mociones que son gestos para la galería, que son mociones que no sirven para nada, que son hipócritas, vamos a considerarnos todos en ese calificativo, pues por el hecho de que de las 7 mociones que nosotros hemos aprobado con su apoyo, es decir, con 21 votos a favor, pues le voy a citar algunas: Naves nido y semillero de empresas, moción nuestra también del PERI PECH. Le estoy hablando de todas las que han sido aprobadas. Mociones nuestras aprobadas con mayoría absoluta aquí con 21 votos a favor, moción del semillero de empresas también hilando con las naves nido, moción sobre el convenio de Iberaval para intereses menores de mercado, para los emprendedores y empresarios, sobre todo de la pequeña y alguna mediana empresa, tenemos también el proyecto MIAS, micológico, ya no el general sino incluso el haber desarrollado un proyecto propio nuestro, para nuestros montes, eso quedó también en nada. La moción de los barrios, los barrios de Soria, en donde prácticamente lo que se decía y aprobamos por mayoría pues era redactar un documento específico que fuera para enviarle al planteamiento y poder unificar la clasificación del suelo y su gestión para poder desarrollar unidades de ejecución u obras dentro de los barrios demandado por todos prácticamente los barrios en Soria.

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Teníamos también otra moción sobre la ordenanza de los ascensores, incluso pedíamos y con el apoyo suyo dijimos que se patrocinaría por este ayuntamiento la cesión de suelo público si había que instalar ascensores en casas ya más o menos de cierta edad, si tuvieran que tener ascensores en el exterior. Pues sólo le estoy diciendo que todos los calificativos anteriores huelgan en este caso porque esta visto que con sus proposiciones aprobadas ya de antemano muchas con nuestro apoyo, y las mociones nuestras de las cuales nos aprobaron con el apoyo de todo el pleno 7 están en el cajón de los recuerdos, están durmiendo el sueño de los muertos allí, tanto las suyas, porque muchas suyas, no le voy a comentar las suyas porque las conoce perfectamente, le estoy comentando las nuestras. Entonces mi pregunta era: ¿Cómo están estas mociones? Porque me parece que, según entiendo y es la información que llevo, muchas están sin desarrollar y las que están desarrolladas no han llegado a su término o están en principio en pañales. Y, segundo, hacerle el ruego de que, por lo que menos, que dé un impulso a todo esto porque ya no es que quiera darle o no quiera darle impulso creo que es su obligación de darle impulso. Muchas gracias. SR. ALCALDE ACCTAL: SÍ, muchas gracias. Le contesto a su pregunta-ruego o a su pregunta y a su ruego. Con respecto a la hipocresía, lo referido usted dos o tres veces en su intervención, quiero hacer una aclaración expresa, me he referido a hipocresía cuando se vota una cosa en una institución y la contraria en otra institución. No sé si es el caso de alguno de ustedes como concejal, sospecho que no, me estaba refiriendo a posiciones de su partido y no expresamente a posiciones de concejales del Partido Popular en este ayuntamiento, que sería difícil, salvo muy poquitos casos hay pocas personas que estén en dos instituciones a la vez. Me estaba refiriendo a ese supuesto concreto que sí es de hipocresía, evidentemente. Si este concejal votara una cosa en este ayuntamiento y en la diputación votara la contraria como diputado provincial que soy estaría ejerciendo de una notable hipocresía. A eso me refería expresamente. El que se dé por aludido, evidentemente, será quien ejerza, ese iba a decir filibusterismo político, pero, bueno, no lo voy a decir porque luego, a lo mejor, es objeto de algún otro ruego. Pero me refiero no en concreto a ninguno de ustedes sino a un caso general.

Bien, aclarado eso, voy a aclarar también, que creo que no ha quedado suficientemente claro de mi exposición, que las mociones son importantes desde el momento que nosotros tenemos la representación de esta ciudad, aprobamos y acordamos aquí, en algunos casos declaraciones o

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acuerdos políticos que otras administraciones se tienen que tomar en consideración. A eso me refiero, cuando las referimos a otras administraciones y que, en algunos casos, es muy fácil votarlas a sabiendas de que las otras administraciones no van a hacer caso. En algunos casos o en muchos supuestos no van a hacer caso y es más un gesto a la galería si luego eso no va aparejado con un trabajo de ustedes y de nosotros, exigiendo a esas administraciones mas allá del señor Secretario remitiendo los acuerdos, exigiendo a esas administraciones que se cumplan. A eso me refiero cuando digo que las mociones no sirven de nada y que son gestos para la galería si luego, si luego ustedes y nosotros, no somos capaces de seguir insistiendo y exigiendo los compromisos. En lo que a nosotros respecta, y para su tranquilidad, no le quepa duda de que a las mociones de exigencia a otras administraciones les hacemos seguimiento y seguimos pidiendo a otras administraciones que cumplan con los compromisos acordados en este salón plenario por respeto a la máxima institución del ayuntamiento. Espero que ustedes también lo hagan. Pero uno sí tiene la sensación, no sólo en esta institución sino en otras, que luego esos seguimientos no se hacen. Y que no se hacen cuando el color político de quien se lo pide es el mismo. No le quepa duda de que cuando a nosotros nos toca, incluso cuando nos ha tocado con gobiernos del mismo color político, hemos exigido el cumplimiento de las mociones y de los acuerdos. Otra cosa es que hayamos conseguido tener el resultado esperado. En algunos casos sí, en otros no. Y cerrado este capítulo para clarificar el tema de la importancia de las mociones, que no quiero despreciar en absoluto como cualquier acuerdo de este ayuntamiento, del máximo órgano de este ayuntamiento que es el pleno, entramos en la parte local que esa si es de ineludible cumplimiento para quienes gobernamos y también para ustedes, como coparticipes de este ayuntamiento. Y me ha relatado usted las siete mociones aprobadas que referencian acuerdos tomados al respecto. Pues mire, de las naves nido y del semillero le refiero que recientemente se ha terminado la formación del personal de la Cámara conveniado con este ayuntamiento y del propio personal de este ayuntamiento, que se han desplazado hace una un par de semanas o tres a Valnalón para terminar, completar la formación, con lo cual la apertura del semillero va a ser inmediata. Pero hemos dado cumplimiento, en eso esté tranquilo, a la moción presentada, a las dos mociones, ha hecho referencia dos veces al semillero de empresas, hemos dado cumplimiento a este compromiso porque hemos venido trabajando y lo han hecho también las

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personas responsables con la firma primero del convenio con la Cámara, con el acuerdo con Valnalón, con la formación del personal que va a dirigir y va a gestionar este semillero. Es decir, que puedo decir hoy en este salón plenario que el equipo de gobierno ha estado dando cumplimiento y lo vamos a seguir dando hasta que el semillero esté en marcha que lo va a estar en las próximas semanas o en los próximos días. Con respecto al PERIPECH, hemos tenido una comisión hace muy poquito, hace muy pocos días, no sé si lo conoce, sí lo conoce porque además asistió a la comisión en la que hemos informado las alegaciones dejando una pendiente a expensas, como ya les he explicado, ahora ya no de una decisión de este equipo de gobierno sino de la Comunidad Autónoma, en este caso informe de Patrimonio sobre el PERICH. Es decir, estamos ahora en manos de otra administración. Aunque es verdad que este expediente lleva mucho retraso desde hace unos años, pero también hemos dado cumplimiento a la moción porque hemos estado trabajando en muchas reuniones, también con Patrimonio y a nivel técnico para tratar de que ese informe salga cuanto antes y con esas alegaciones que ya informamos el otro día se pueda aprobar de una manera inminente ese es el objetivo. Y por otro lado, la modificación del Plan General que afecta al casco histórico ya está aprobada por la Comunidad Autónoma a mediados de noviembre, por resolución de consejeros con un seguimiento y con presencia de este mismo concejal en reuniones en Valladolid para darle aprobación o para aprobar este y estos documentos. Con lo cual también hemos dado cumplimiento a la moción. Nos tomamos en serio las mociones. En el tema del MIAS sabe que ha habido un planteamiento distinto este año, que hemos participado como consecuencia de un convenio, esperamos participar también en un programa europeo, es decir, hay una partida presupuestaria pequeñita también para avanzar en ese proyecto, es verdad que ahora de la mano de la Comunidad Autónoma y es verdad que ahora esperando unos fondos que permitan seguir funcionando en la investigación a pesar del cierre del Centro de Investigación Forestal que permitan seguir investigando en esta materia. Pero se ha seguido trabajando de la mano de la propia concejala y de la Comunidad Autónoma. Del convenio con Iberaval, sé que el Alcalde hizo gestiones en su momento de las que quedó claro que no era posible el resultado que se quería, pero me excusarán hasta que cuando él esté presente les dé contestación al mismo.

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Del tema de los ascensores quedamos pendientes de de que ustedes también nos aportaran un documento que ya nos han traído recientemente, hace unos meses y me consta que estén trabajando en él. Hace un par de meses, un par de meses, usted lo sabe, usted lo sabe señora Liso, porque le recordé que el compromiso era suyo, no nuestro en nuestra materia y llevamos menos tiempo desde que ustedes lo aportaron que el que tardaron ustedes en aportar la documentación que se comprometieron a aportar. Pero no quiero entrar en más disquisiciones, no quiero entrar en más disquisiciones, bueno, luego pida la palabra si quiere. No quiero entrar en más disquisiciones en este tema, pero se está trabajando ya en buscar una solución. Es verdad, es verdad que expedientes como el del PERICH, la Plaza de Abastos, el proyecto de la Plaza de Abastos están dificultando que el personal, escaso como siempre, dedicado a esta materia puedan haberle metido más tiempo, dedicado más tiempo para tenerlo aprobado, pero no nos olvidamos tampoco de la moción. Y el tema de los barrios sucede exactamente lo mismo que con los ascensores. Hay un compromiso, hay una técnico trabajando en esta materia que ya tiene unos borradores y unos trabajos pero también un poco atropellados por el tiempo, es decir, es la misma persona que ha estado trabajando estos últimos meses en el Proyecto de Remodelación del Polideportivo de La Juventud y eso ha dificultado que el trabajo esté culminado, me consta que ya está, que ya está avanzado el trabajo, pero no nos ha permitido, no ha permitido que la técnico lo culmine. Es decir, que con esto lo que le quiero dar idea es de que nos tomamos muy en serio las mociones, que tratamos de resolver las mociones en los términos y con el máximo respeto a institución, de eso no le quepa ninguna duda.

A las 12, 09 horas se levanta la sesión. Doy fe.

Vº Bº

EL ALCALDE,