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DOCUMENTOS DE TRABAJO Asambleas Nacionales Extraordinarias del PAN 2000-2013 507 J. Gerardo Ceballos Guzmán Octubre de 2013

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DOCUMENTOS

DE TRABAJO

Asambleas Nacionales Extraordinarias del

PAN 2000-2013

507

J. Gerardo Ceballos Guzmán

Octubre de 2013

Asambleas Nacionales Extraordinarias del PAN 2000 - 2013.

J. Gerardo Ceballos Guzmán*

Octubre de 2013

Fundación Rafael Preciado Hernández A.C.

Documento de Trabajo No. 491

Clasificación temática: Democracia

RESUMEN

El presente documento hace un recuento de las actividades realizadas en las 5 Asambleas Nacionales

Extraordinarias del PAN entre el año 2000 y el 2013, explicando ampliamente las razones y las formas

en que ellas han influido dentro de la vida institucional del mismo. Cada una de las decisiones de

estos eventos han sido tomadas considerando la opinión de la militancia activa que participa en

libertad respondiendo a una convocatoria necesaria ante los cambios que las leyes y la sociedad exigen.

*Correo electrónico: [email protected] / Las opiniones contenidas en este documento

corresponden exclusivamente al autor y no representan necesariamente el punto de vista de la Fundación

Rafael Preciado Hernández A.C.

Índice

I. Introducción ........................................................................................................................ 1

II. Planteamiento y delimitación del problema ....................................................................... 3

III. Justificación ...................................................................................................................... 7

IV. Hipótesis ........................................................................................................................... 9

V. Marco teorico y conceptual ............................................................................................ 10

VI. Conclusiones. ……………………………..……………………………………...……26

VII. Resumen ………………………………………………………………………… ….27

VII. Bibliografía ................................................................................................................... 28

1

I. INTRODUCCIÓN

Desde la primera etapa del desarrollo institucional de Acción Nacional, la organización de

asambleas nacionales de carácter extraordinario han sido fundamentales para el crecimiento del

Partido, en razón de que en ellas se han tomado las decisiones más importantes para el PAN, de

acuerdo al contexto político de cada etapa. En este documento hablaremos del periodo

comprendido entre el año 2000 y el 2013, que abarca desde el momento de la llegada al poder

federal en 2000 y la pérdida del mismo en 2012, en estos casi 13 años el desarrollo de las actividades

partidistas ha tenido que trastocarse desde diversas perspectivas. A partir del año 2000 Acción

Nacional ha desarrollado una firme actividad deliberativa entre sus miembros en el marco de sus

Asambleas Nacionales, las cuales —a partir de la llegada al poder con Vicente Fox en el año 2000—

fueron transformando el rostro del partido para hacerlo cambiar y colocarlo acorde a la realidad que

la vida política exigía, poniendo de manifiesto la participación activa de sus militantes, dándole mayor

poder de decisión a los mismos, cada vez.

De acuerdo con Soledad Loaeza, (1999), Acción Nacional es el partido político en México

más institucionalizado, que cuenta con los órganos deliberativos para procesar la toma de

decisiones que le permitan avanzar en la ruta que marcaron sus fundadores y competir en el terreno

electoral. “Los triunfos de Acción Nacional en las últimas décadas se explican porque,

contrariamente a lo que se esperaría de una partido conservador, ha mostrado una notable

disposición para adaptarse a las transformaciones sociales y a la transición institucional”1.

Alonso Lujambio (2010), particularmente en obras como La democracia indispensable,

1 "Loaeza Tovar, Soledad. Acción Nacional, el apetito y las responsabilidades del triunfo. Ed. Colmex, P. 13.

2

plantean los distintos debates y deliberaciones que se dieron en el seno de asambleas y

convenciones, dejando claro que se trataba de instancia que permitían el intercambio de ideas y la

definición de rumbos para el Partido. Juan José Rodríguez Prats y colaboradores (2001) han

reunido en Documentos y decisiones cruciales en la historia de Acción Nacional, una serie de temas

que reflejan la variedad de discusiones que se dieron en las instancias antes mencionadas y las

consecuencias que tuvieron para el Partido.

Las coincidencias entre los autores mencionados se reflejan al momento de resaltar la

importancia que las Asambleas Nacionales han tenido a los largo de más de 7 décadas en la vida

institucional del Partido y en la vida política del país.

3

II. PLANTEAMIENTO Y DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA

Acción Nacional continúa siendo un partido político poco conocido en su problemática

interna y métodos de organización entre la población en general, aun cuando dentro de todas las

encuestas realizadas el conocimiento de la institución es muy alto por el nombre, no así con la

identificación

de tendencias o ideas políticas, expresada claramente en la siguiente encuesta2 en tres partes

fundamentales, la primera sobre la identificación de partidos de derecha, en segundo lugar de

partidos de izquierda y finalmente con los partidos identificados en el centro:

2 Conocimiento de Partidos Políticos, Grupo Impacto Inteligente 360,

http://www.gii360.com.mx/perch/resources/1361897056encuestagii360conocimientodepartidospolticos.pd

f, revisado el 26 de septiembre de 2013

4

5

Con todo ello se demuestra que la sociedad en su conjunto sabe de la existencia de los partidos

políticos pero no de cuáles son sus características y sus formas de ver la actividad política, incluso

entre comunicadores y especialistas en temas políticos es complicado detallar estas diferencias que

son claves para conocerlos. Es poco sabido el papel que desempeñan los órganos internos de

deliberación o la forma en que se toman decisiones colegiadas. Dada la importancia de Acción

Nacional como una institución de carácter público se considera fundamental el conocimiento por parte

de los miembros y del público en general, la información sobre las decisiones tomadas en cada una

de las Asambleas Nacionales es necesaria para comprender el valor de la discusión dentro de la

institución.

6

Se ha planteado en este trabajo una división clara a partir del año 2000, ya que las diferencias

ante un triunfo electoral en las elecciones de aquel año plantearon nuevas exigencias y una nueva

relación con el gobierno mismo.

La historia del PAN queda trastocada con estos acontecimientos, amén de que a partir del año

2013, la colegialidad de la Asamblea Nacional tomó decisiones que modifican la realidad del Partido

en cada uno de sus ámbitos.

7

III. JUSTIFICACIÓN

Las Asambleas Nacionales del PAN constituyen una parte fundamental de la historia del

Partido y de México, porque en ellas se decide la forma de organización del mismo, se plantean

las decisiones más importantes respecto a su vida política y a la relación que debe existir con el

gobierno federales en turno, se traza la ruta electoral como oposición o como gobierno, aparte

de que se eligen a las personalidades que encauzan los destinos de la institución. No obstante lo

anterior, son eventos poco conocidos en función de las voluntades que, adicionalmente, son mal

entendidas para explicar las actividades y las decisiones de los panistas en un contexto político

adverso. Sus determinaciones deberían de formar parte del consciente colectivo de todos los

panistas pero contrariamente a ello ni dentro ni fuera del PAN se sabe de la relevancia de estos

eventos y de las decisiones tomadas en cada uno de ellos; es de señalarse, en contraste absoluto,

con respecto a los eventos de este tipo realizados por otros partidos políticos en México, en cuyos casos

la información es absolutamente desconocida o incluso oculta.

Para realizar una Asamblea dentro del PRI es necesario integrar a todos los “sectores” que en

número redondos constituyen un listado de más de 23 incisos, integrándose en cada uno de ellos un

sinnúmero de personas de cada uno de los grupos interesados en las decisiones del partido.

En estas reuniones priistas los delegados “electos democráticamente”, a partir de las

asambleas municipales o delegacionales, cuyo número deberá constituir al menos un tercio del total

de delegados de la Asamblea Nacional.

En la elección de estos delegados deberá garantizarse la paridad de género y la inclusión de una

tercera parte de jóvenes. El Partido promoverá la participación de personas con discapacidad, adultos

mayores y migrantes3.; únicamente es pública la información de las fechas y los presidentes

3 Página del PRI http://pri.org.mx/TransformandoaMexico/Documentos/Estatutos2013.pdf revisada el 2 de septiembre

de 2013.

8

nacionales que han participado en las mismas, así como sus IV asambleas nacionales extraordinarias,

encontrándose para su consulta únicamente los resolutivos de la asamblea más reciente.

En el caso del PRD, la figura más cercana es la del Congreso Nacional integrado por un número

que aunque no menor sí más simplificado porque integra a delegados electos en asambleas locales

que en su conjunto formarán el órgano colegiado, todas sus actividades se han de ajustar a un

programa previamente establecido aunque no siempre se conocen los resolutivos completos de las

mismas, ello al parecer más provocado por las divisiones internas que por las de comunicación.4

En sus estatutos, Acción Nacional señala claramente en su artículo 17 que “La autoridad

suprema de Acción Nacional reside en la Asamblea Nacional”. Por ello finalmente hemos de buscar

en su información las líneas de desarrollo institucional surgidas de la autoridad que los estatutos

le otorgan a estos eventos.

4 Página del PRD http://www.prd.org.mx/portal/index.php?option=com_content&view=article&id=1826:convocatoria-

al-xiv-congreso-nacional-del-partido-de-la-revolucion-democratica&catid=58:convocatoriaseventos&Itemid=47 revisada

el 9 de septiembre de 2013.

9

IV. HIPÓTESIS

Las Asambleas Nacionales de Acción Nacional son piezas fundamentales al momento de

definir la ruta o las líneas políticas seguidas por el Partido desde 1939.

Ha sido en las Asambleas Nacionales del Partido donde se han tomado las decisiones más

trascendentales dentro de la vida institucional del Partido.

10

V. MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL

Los institucionalistas históricos, asimismo, analizan contextos macro y formulan hipótesis

sobre los efectos combinados de instituciones y procesos, en vez de examinar una sola institución o

proceso por vez. Si se considera a estos tres rasgos en su conjunto (agendas sustantivas, argumentos

temporales y atención a contextos y configuraciones), se podrá observar que dan cuenta de un

enfoque institucionalista histórico reconocible que realiza contribuciones poderosas a la

comprensión del gobierno, la política y las políticas públicas por parte de nuestra disciplina.5

El concepto de Sendero dependencia implica que una institución en un determinado punto

en el tiempo tiene una influencia o determinación discernible sobre el desempeño de esa misma

institución en el fututo, es decir, el hecho de que las asambleas se conduzcan bajo determinadas

reglas supone un legado institucional evidente en las asambleas que se efectúen en el futuro.

Como “autoridad suprema de Acción Nacional”6, las Asambleas Nacionales se crearon

tras la fundación del Partido en septiembre de 1939. El propio estatuto le confiere facultades precisas

en cualquiera de las dos modalidades, ordinaria y extraordinaria:

En el caso de las Asambleas Extraordinarias los estatutos prevén claramente sus

características en el artículo 19: “la Asamblea Nacional Extraordinaria se celebrará cada vez que

sea convocada por el Comité Ejecutivo Nacional o por el Consejo Nacional. La convocatoria deberá

ser expedida con cuarenta y cinco días naturales de anticipación, por lo menos, a la fecha fijada

para la reunión, con excepción de la que se convoque para que la Asamblea conozca de cualquier

otro asunto trascendental para la vida de Acción Nacional distinto de los reservados a la Asamblea

Nacional Ordinaria, a la Convención, al Consejo o al Comité Ejecutivo Nacionales, en cuyo caso la

convocatoria se expedirá con un mínimo de veinticinco días naturales de anticipación. La convocatoria

5 Pierson y Theda Skocpol, El institucionalismo histórico en la ciencia política contemporánea, Revista Uruguaya de

Ciencia Política - Vol. 17 N’ 1 p. 9.

6 'Estatutos Generales del Partido Acción Nacional, Capítulo Tercero: de las Asambleas, Artículo 17.

11

deberá contener el orden del día y será comunicada en la forma que establece el artículo que precede

7

Amén de las modificaciones que la XVII Asamblea Nacional Extraordinaria, en curso, pueda decidir,

el estatuto del PAN establece en su Artículo 21 lo que: “Corresponde decidir a la Asamblea Nacional

Extraordinaria”

i. La modificación o reforma de estos Estatutos, con base en la proposición que le someta

el Comité Ejecutivo Nacional o el Consejo Nacional, la cual tomará en cuenta las opiniones

recibidas de los miembros activos, así como las aportaciones de los órganos estatales y

municipales en reuniones de consulta convocadas para ese efecto,’

II. La transformación de Acción Nacional o su fusión con otra agrupación. En estos dos

casos se requerirá la aprobación de por lo menos las dos terceras partes de los votos computables,

III. La disolución de Acción Nacional y, en este caso, el nombramiento de los

liquidadores y el destino que haya de darse al patrimonio de la agrupación, en los términos de los

artículos 94 y 95 de estos Estatutos, y

IV. Cualquier o/ro asunto trascendental para la vida de Acción Nacional, distinto a los

reservados a la Asamblea Nacional Ordinaria, a la Convención, al Consejo Nacional o al Comité

Ejecutivo Nacional, previo acuerdo que en tal sentido tomen el Comité o el Consejo Nacionales.

”8

Al igual que las Asambleas Ordinarias, las Extraordinarias se han de integrar como mandata el

artículo 22 de los estatutos que a la letra dice: “La Asamblea Nacional estará integrada por las

delegaciones acreditadas por los Comités Directivos Estatales y por el Comité Ejecutivo

Nacional o la delegación que éste designe. Los miembros de las delegaciones tendrán el carácter

de delegados numerarios con derecho a voz y voto”.

7 Idem Artículo 19

8 Idem Artículo 21

12

“Además de los delegados numerarios, podrán participar en la Asamblea Nacional los miembros

activos del Partido debidamente acreditados, pero sólo tendrán derecho a voz.

Asistirán como observadores las personas no afiliadas que hayan sido invitadas por el Comité

Ejecutivo Nacional o por los Comités Directivos Estatales”.

Para poder participar en dichos eventos se han de considerar una serie de normas y reglas

para con los delegados que según el mismo estatuto y en el artículo 23 explica quienes son los

llamados Delegados Numerarios, con derecho a voz y a voto dentro de la misma, son de cuatro tipos:

a. El Presidente del Comité Directivo Estatal o quien ejerza sus funciones y las personas

que nombre cada Comité Directivo Estatal entre sus integrantes y los miembros activos del Partido

en la entidad. Cada Comité Estatal establecerá bases para la participación de los Comités

Municipales en estos nombramientos.

b. Quienes resulten electos con tal carácter por las Asambleas Municipales, en los términos

que establezca el Reglamento (ahora se ha establecido un sistema de insaculación dentro desde los

municipios);

c. Los miembros del Comité Ejecutivo Nacional o de la Delegación que éste designe,

d. Los miembros del Consejo Nacional.

Las delegaciones estatales han de ser acreditadas con oportunidad, considerando los tiempos

que la convocatoria mandate.9 Presidiendo la asamblea el propio Presidente Nacional y tomando

las funciones de la secretaría de la misma, el o la Secretaria General del Partido, aunque ante la

ausencia del o la misma, la Asamblea designará a un Secretario 10

En el estatuto queda muy claro que las discusiones de la Asamblea han de ser públicas, a

9 Idemi Artículo 24

10 Idem Artículo 25

13

menos de que la propia decida su privacidad. 11

La reglamentación con respecto a la duración, sentido de la votación, requisitos para su

funcionamiento, derechos y obligaciones dentro de la misma se encuentran en los Artículos del 27

al 32, destaca la importancia de las resoluciones de la Asamblea en que sus determinaciones

afectan a presentes, ausentes y disidentes, siendo definitivas y obligatorias. 12

El Artículo 27 mandata que la Asamblea ha de celebrarse en los días y el lugar que ha fijado la

convocatoria; en el 28 se aclara que para poder instalar la misma se requiere la presencia del Comité

Ejecutivo Nacional o de la delegación que éste designe, y por lo menos las dos terceras partes de

delegaciones estatales. Una vez instalada, requerirá la presencia, al menos, de la mencionada

proporción del total de delegaciones para que la Asamblea pueda funcionar y sus decisiones sean

válidas, En el Artículo 29 se explica el método dentro de la Asamblea para el recuento de la votación

de cada una de las delegaciones y la importancia de cada una de ellas en este proceso; dando al

Comité Ejecutivo Nacional el promedio de los votos de las delegaciones presentes en la Asamblea;

En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad”.13

El Artículo 30 explica que: Para determinar el sentido de los votos de cada Delegación y del

Comité Ejecutivo Nacional se considerará el voto de sus integrantes. Si ese voto es unánime o

corresponde a una mayoría superior al noventa por ciento de los delegados presentes, la totalidad

de los votos se computará en ese sentido. Si los delegados que disienten de la mayoría

representan el diez por ciento o más de los miembros presentes, por cada diez por ciento se

computará la décima parte del total de los votos, en el sentido que acuerde esa minoría, los votos

restantes se computarán en el sentido de los votos de la mayoría.

11 Idem Artículo26.

12 deni Artículo 33

13 Idem Articulo 29

14

Los delegados numerarios, según el Artículo 31, expresarán su opinión de viva voz o

mediante cédula al respectivo coordinador de la delegación, o a las personas que éste designe

para tal efecto. La forma de recabar los votos de los delegados será decidida en cada caso por el

coordinador, sobre la base del procedimiento que considere más expedito. Los votos de las

delegaciones se expresarán por lo general de viva voz, a menos que la tercera parte de aquellas

pida que se haga por escrito. En este caso cada coordinador depositará en una urna la cédula

que manifieste el sentido en que la entidad emite sus votos. El secretario de la Asamblea Nacional

leerá en voz alta el sentido de los votos y hará el cómputo correspondiente.

Cada una de las determinaciones de la Asamblea se toma por mayoría absoluta de votos, lo

cual predispone la unidad de los miembros de la institución, dado que cada decisión es la de la mayor

parte de los miembros, sólo en algunos casos en que los estatutos disponen lo contrario siempre

ha de ser de la misma manera, ya sea por medio de cédulas o en “votación económica”.

Conociendo las reglas de operación de las Asambleas caeremos en la cuenta de que estos

espacios se caracterizan por ser crisoles de las opiniones que los integrantes del Partido exponen para

generar consenso en una diversidad de temas, mismos que han definido la ruta que Acción Nacional

ha seguido a lo largo de su historia, modificando su forma de trabajar para adaptarla a la realidad de

cada época.

“A favor del PAN hablaba su pasado. Era la única organización partidista que se había

mantenido consistentemente leal a las instituciones de la democracia liberal desde su fundación.

La defensa del voto y del cambio por la vía electoral era parte integral de su identidad”14, señaló

Soledad Loaeza'', al referirse a su estructuración interna y del papel que ha desempeñado en la vida

política de México.

Es así que la investigadora expuso: “de entre los tres partidos que conforman la oposición

electoral, el Partido Acción Nacional ofrece un indiscutible interés en la medida en que se ajusta a

14 Loaeza Op. Cit., p. 44.

15

los patrones de comportamiento que le brinda el sistema, al mismo tiempo que hasta ahora se presenta

como una de las pocas alternativas establecidas para expresar el descontento contra el régimen dentro

de la vía de la legalidad.

“El PAN es un partido que se ajusta a los patrones de comportamiento formal que le ofrece

el sistema; su funcionalidad dentro del mismo puede examinarse desde varios puntos de vista”15.

Carlos Castillo Peraza planteó la importancia de este tipo de espacios en su discurso en la XL

Convención Nacional de noviembre de 1993, al describir que el Partido es ‘Una organización en

cuya acta de nacimiento están la reflexión en común, el debate sincero y apasionado, la decisión

tomada democráticamente y el rumbo fijado por medio de órganos colectivos”16.

Dado que las Asambleas del Partido se llevan a cabo conforme estatutos en tiempo y forma

(con cierta regularidad) y con una agenda determinada, hay una trayectoria histórica de decisiones

estratégicas que es necesario conocer para de la misma manera comprender plenamente a su vez

la trayectoria institucional de desarrollo del propio Partido. Una decisión o modificación estatutaria

ha de cambiar obligatoriamente a la institución, por ello la dependencia del partido con respecto a las

modificaciones realizadas ha de ir plenamente ligada a la nueva realidad en que se encuentra, en el caso

de las Asambleas Extraordinarias del PAN, cada una de las modificaciones estatutarias ha hecho virar

a la institución hacia un resultado distinto pero discernible que causa un sendero de cambio llevando a

una nueva realidad en la institución. (Institucionalismo Histórico) (Historical of Institutionalism)

(sendero dependencia-path- dependence).

15 Loaeza Op. Cit., p. 54.

16 Castillo Peraza, Carlos. Apuesta por el mañana, Ed. FRPH, p. 71.

16

ASAMBLEAS GENERALES EXTRAORDINARIAS 2000-2013

Hemos de explicar brevemente los acontecimientos y las decisiones más importantes dentro de

las Asambleas Nacionales Extraordinarias comprendidas entre los años 2000 y 2013, considerando

con ello, el paso por el gobierno federal y el regreso a la lucha desde la oposición, en ello

encontraremos una sencilla explicación de la temporalidad, los alcances y la problemática que

enfrentaron en su momento los panistas.

XIII ASAMBLEA NACIONAL EXTRAORDINARIA 8-9 de diciembre de 2001.

Auditorio Josefa Ortiz de Domínguez de la Ciudad de Querétaro Qro.

Dónde??

Tras la obtención del triunfo en las elecciones federales del año 2000 se asoma una nueva

realidad en la vida institucional del PAN, por ello es necesario modificar las formas de hacer política

desde el interior del Partido analizando la relación con el gobierno federal emanado de sus filas con

Vicente Fox a la cabeza del gobierno de la república.

Durante la XIII Asamblea Nacional Extraordinaria, realizada en el Auditorio se modificaron

en mayor y menor medida los artículos 1, 2, 8, 10, 13, 14, 23, 28, 29, 31, 36, 37, 38, 39, 41, 42, 44, 45,

46, 47, 51, 52, 53, 61, 62, 67, 68, 72, 73, 74, 75, 79, 84, 85, 86, 88, 89, 90. 91 y 92, con 9 Artículos

Transitorios.

En esta reforma se refiere en cada momento a la participación e integración de las mujeres a la

vida orgánica y a las estructuras de la actividad partidista insistiendo en la mayor participación de las

mismas en cada órgano del mismo.

La reforma refiere a los derechos y obligaciones de los miembros activos, dando con ello más

claridad a la actividad de la militancia en las estructuras del PAN.

Se considera por primera ocasión a los miembros activos residentes fuera de México,

absolviéndoles de obligaciones y actividades.

17

Se estructura de una manera más clara la aplicación de sanciones a los miembros por

infracciones a las normas partidistas.

Delegaciones de asambleas nacionales:

Se presentan reformas en lo que respecta a la participación en campañas internas, apareciendo

la figura de “centro de votación” en las elección en los estados, misma que tendrá que ver con la

problemática e cada entidad.

Se ratifica al CEN como garante de las decisiones que cada comité tome en sus ámbitos locales.

Se modifica la elección de los candidatos a diputados, dando nuevas facultades a los Comités

para la designación o censura de los mismos.

Se establece la evaluación como sistema de en los procesos de selección de candidatos y en los

procesos internos para la integración de Consejos tanto nacional como estatales.

Se integra en el Consejo Nacional, como miembros ex oficio, al Presidente de la República y a

los gobernadores, si son miembros activos del partido. De la misma manera se integrarán a este órgano

colegiado a los Consejeros que por más de 20 años han formado parte del mismo.

En la reforma se aprobó que a propuesta del Presidente del partido, sea designado el Tesorero

Nacional.

También se modifican una serie de normas sobre la Comisión de Vigilancia del Consejo

Nacional, entre otras la designación y duración de sus miembros y las funciones que han de cumplir y

en qué términos.

Entre las novedades de esta reforma está la integración de el Código de Ética de los Servidores

Públicos panistas.

18

En cada una de las modificaciones se resalta la importancia de la participación y aplicación de

acciones afirmativas en pro de la participación de las mujeres en la vida orgánica y en los puestos de

elección popular por parte de Acción Nacional.

XIV A SAM BLEA NAC ION AL EXT RAORDI NARIA 2 de mayo de 2004

Auditorio Josefa Ortiz de Domínguez de la Ciudad de Querétaro Qro.

Tras la elección de 2003, en que una parte importante de los espacios de elección popular se

pierden el Partido se encuentra en una nueva realidad, un segundo puesto en el Congreso de la Unión

y un importante número de funcionarios públicos emanados de sus filas, con lo cual es necesario hacer

un análisis de la relación que han de guardar éstos con la institución.

Durante la XIV Asamblea Nacional Extraordinaria se realizaron modificaciones a los artículos

10, 11, 13, 14, 37, 39, 44, 45, 46, 47, 49, 50, 54, 61, 62, 63, 67, 77, 80 y 93, con 7 artículos transitorios.

En esta reforma se destaca la exigencia de una aportación monetaria por parte de los

funcionarios públicos panistas; la posibilidad de que los miembros del partido en el extranjero se

puedan, y deban, organizar para formar parte de la estructura de la institución.

El tema que ocupa un gran número de los artículos reformados tiene que ver con

amonestaciones y sanciones vinculatorias que no existían en las anteriores reformas, haciendo una clara

observación en el derecho del militante en todo momento.

Se reforma nuevamente el sistema de selección para el candidato presidencial, dando pie a

diversas etapas en centros de votación, el porcentaje de votación necesario y las condiciones de

participación.

19

En las normas de la integración del Consejo Nacional se integra al Coordinador Nacional de

Alcaldes.

Se reforma el estatuto en lo respecta a la elección o remoción del Presidente Nacional y del

Comité Ejecutivo Nacional dando paso a una elección por las dos terceras partes y por mayoría absoluta

de los votos en cada caso.

Con esta reforma el militante podrá conocer los estados de las cuentas del partido.

Se crean dos comisiones nuevas: La Comisión de Doctrina y la de Conciliación y defensa de

los militantes, coadyuvando en una mayor participación de los miembros en el pensamiento el partido

y en un mayor cuidado de la personalidad del militante.

Se exige al Comité Nacional la integración de una Secretaría de Capacitación,

independientemente de la creación de las demás.

Con estas reformas se le da mayor participación a la militancia desde las estructuras

organizacionales y desde la defensa del mismo, aunque también se le exige más desde el punto e vista

de participación y cooperación para con la institución.

XV ASAMBLEA NACIONAL EXTRAORDINARIA 2 de junio de 2007.

Poliforum de la Ciudad de León, Guanajuato.

Dentro de la XV Asamblea Nacional Extraordinaria se propuso a los panistas la reforma de los

artículos 10, 11, 12, 18, 21, 64, 67, 73, 76, 87 y 94 de los Estatutos generales del Partido, mismos que

fueron aprobados en lo general, pero quedando pendientes en lo particular los artículos 11, 18, 87 y 94,

en las reformas aprobadas destaca que en los derechos del militante se integra el recibir la información,

formación y capacitación necesaria para el cumplimiento de sus deberes como militante, con la

participación de los comités en cada uno de los estados y municipios.

20

Cualquier renuncia de miembros del partido pasará a cada una de las jurisdicciones y no como

anteriormente que tenía que pasar por el Comité Nacional, viendo también las circunstancias en que se

han de encontrar quienes buscan su readmisión al mismo. Así mismo se analiza la revocación de

Consejeros estatales considerando la justificación plena de estos casos.

Como se ve, la reforma no fue de gran calado pero buscó la integración de normas

complementarias que dieran a los militantes una mejor y mayor capacidad de formación, por un lado y

defensa de sus derechos por el otro.

Es de destacar que en este evento se registró la mayor asistencia en la historia de los eventos

nacionales de Acción Nacional con más de 9,000 delegados presentes y careciendo de quórum

únicamente los estados de Campeche, Hidalgo, Sinaloa y Yucatán.

XVI A SAM BLEA NACIONAL EXT RAORDI N A RIA 26 de abril de 2008

Auditorio Nacional de la Ciudad de México.

Durante la XVI Asamblea Nacional Extraordinaria se reformaron los Artículos 8, 9, 10, 12, 14,

34, 37, 38, 39, 41, 42, 43, 47, 63, 64, 67, 72, 86, 87, 90, 92, 93 y 94, con la adición de los Artículos 36

BIS, 36 TER, 43 BIS y 9 artículos transitorios.

El año de 2008, previo a la elección intermedia durante el gobierno de Felipe Calderón, es clave

en la búsqueda de un panorama óptimo para el segundo tramo del segundo gobierno federal de Acción

Nacional, con ello, el partido busca por medio de una serie de modificaciones, dar un paso adelante

integrando normas muy enfocadas al tema lectoral.

Destaca en esta reforma la creación de la Comisión Nacional de Elecciones, con ella se modifica

en buena medida la forma de participación y organización de las elecciones internas dentro de Acción

Nacional, las normas de ella se reproducen en los artículos 36 BIS y TER.

21

Las funciones de esta Comisión serán según el nuevo estatuto:

a) Preparar, organizar y vigilar los procesos de selección de candidatos a cargos de elección

popular;

b) Proponer al Comité Ejecutivo Nacional, en los casos de excepción previstos en este Estatuto,

que ha lugar a la designación de candidatos;

c) Definir el método de elección de entre las opciones previstas en este Estatuto;

d) Emitir la convocatoria a los procesos de selección de candidatos a cargos de elección popular,

e) Establecer y calificar las condiciones de elegibilidad para los efectos de los procesos internos

de selección de candidatos; así como aprobar su registro;

f) Revisar y hacer observaciones a la lista nominal de electores para cada proceso de selección

de candidatos a cargos de elección popular;

g) Hacer el cómputo de resultados, calificar la validez de los procesos de selección interna de

candidatos a cargos de elección popular, y formular la declaratoria de candidato electo.

h) Garantizar el cumplimiento de las reglas de equidad de género previstas en las leyes y en los

presentes Estatutos;

i) Promover la participación de los miembros y simpatizantes del partido en los procesos internos

de selección de candidatos a cargos de elección popular;

j) Diseñar e implementar los planes de capacitación de los funcionarios de los centros de

votación;

k) Dirimir las controversias que se susciten en los procesos de selección de candidatos, así como

resolver las quejas que se interpongan por violaciones a la normativa electoral y del partido.

Y su integración será como lo mandata el inciso B:

La Comisión Nacional de Elecciones se integrará por siete comisionados nacionales electos a

propuesta del Presidente Nacional, por el voto de la mayoría de los miembros presentes en sesión de

Consejo Nacional procurando la participación equilibrada entre los géneros.

La Comisión Nacional de Elecciones se regirá por los principios de certeza, objetividad y de

imparcialidad. Ajustará su actuación a los Estatutos y a las normas que la rijan.

Los comisionados nacionales durarán en su cargo seis años y podrán ser reelectos para un solo

periodo.

22

La Comisión Nacional de Elecciones se renovará parcialmente cada tres años. Las vacantes serán

cubiertas conforme al procedimiento previsto en el primer párrafo de este apartado. El sustituto

concluirá el periodo correspondiente.

En ningún caso, los comisionados nacionales podrán ser postulados como candidatos a algún

cargo de elección popular durante el periodo para el que fueron electos. La renuncia al cargo o la

licencia en ningún caso exceptuarán la observancia de esta prohibición.

Los comisionados nacionales no podrán, durante el período para el que fueron electos, ser

miembros del Comité Ejecutivo Nacional o integrantes de los Comités Directivos estatales o

municipales.

El cargo de comisionado nacional se pierde por la aceptación de un cargo, empleo o comisión

de carácter público o privado, con excepción de actividades de carácter académico, científico o

análogo.

Se le exige al miembro de Acción Nacional para poder formar parte de este órgano:

a) Ser miembro activo del partido con una militancia de por lo menos 10 años al día de la elección;

b) Tener conocimientos en materia político-electoral;

c) Gozar de buena reputación, en especial si se desempeñó como funcionario público y no haber sido

sancionado en los términos de los Estatutos, y

d) No desempeñar cargo de elección popular.

También se explica claramente que en el caso de las Comisiones de Elecciones de los estados

se han de integrar por cinco comisionados con una temporalidad similar a la de la Nacional.

Cada una de estas modificaciones se ha enfocado al ámbito electoral interno, por lo que cada

uno de los demás cambios se salieron a las reformas necesarias estipuladas por los órganos electorales.

Cada uno de los procesos de selección de candidatos en el Partido ha de vincularse a la

Comisión de Elecciones, con ello se centraliza la actividad electoral y se busca que todo conflicto se

dirima ante un solo juez, dando con ello más cohesión al partido en todos los niveles.

23

Es de destacar que en esta reforma se integra una observación en el artículo 43, donde se permite

que sean métodos extraordinarios de selección de candidatos a cargos de elección popular: la elección

abierta y la designación directa, ello para evitar conflictos y garantizar equidad, dice en el apartado b

de dicho artículo que se presentan en los casos que sea necesario:

a. Para cumplir reglas de equidad de género;

b. Por negativa o cancelación de registro acordadas por la autoridad electoral competente;

c. Por alguna causa de inelegibilidad sobrevenida;

d. Por fallecimiento, inhabilitación, incapacidad, renuncia o cualesquiera otro supuesto de falta

absoluta de candidato, ocurrida una vez vencido el plazo establecido para los procesos internos de

selección de candidatos;

e. Por situaciones políticas determinadas en el reglamento;

f. Por hechos de violencia o conflictos graves atribuibles a más de uno de los precandidatos a

cargos de elección popular, o cualquier otra circunstancia que afecte la unidad entre miembros del

Partido, ocurridos en la entidad federativa, municipio, delegación o distrito de que se trate;

g. El porcentaje de votación obtenido por el Partido en la elección inmediata anterior, federal o

local, sea menor al dos por ciento de la votación total emitida;

h. Se acredite que las solicitudes de ingreso de miembros activos y de registro de adherentes se

realizaron en contravención a lo dispuesto en el estatuto (Por indisciplina o compra).

i. En los casos previstos en los Estatutos.

Finalmente se limita la actividad electoral de los dirigentes del partido, ya que para poder

participar en alguna elección es necesario separarse de sus cargos un año antes de la realización

de la elección en cuestión.

24

XVII A SAMBLEA NACIONAL EXTRAORDINARIA. 16 de marzo y 10 de Agosto de 2013.

Arena Ciudad de México, Azcapotzalco, Ciudad de México

Durante la XVII Asamblea Nacional Extraordinaria, primer después de haber entregado la

responsabilidad del gobierno federal a un partido distinto tras 12 años de gobiernos panistas, se

realizaron modificaciones en la mayor parte de los artículos de los estatutos generales del Partido,

salvo en los casos de los Artículos 1 al 7, 29, 30, 36,44, 55, 57, 59, 80 al 96, 119, 120 y 123.

En este caso es la primera ocasión en que se requieren dos sesiones diferentes para concluir con

los trabajos propuestos a la militancia, en el primer encuentro, realizado el 16 de marzo del 2013, se

aprobó la reforma de 17 artículos: 11, b); 12, d) y e); 13, c); 18,a; 19, 4 a); 25, k) y m); 27; 28, 1, a)

y e); 34, 1y 3; 35, 4; 41, 1; 42, 3; 46, e); 49, c); 51, h); 54, 1 a) y 63, 2. Al concluir la reforma a este

artículo el quórum no era el necesario por lo que se tuvieron que suspender los trabajos de la misma

para reanudarse el 10 de agosto.

En esta reforma, la de mayor calado en la historia del Partido, destacan varias modificaciones

de suma importancia con respecto a las facultades de: la Asamblea Nacional, el Consejo Nacional,

los Comités Estatales y la Comisión Permanente, para de la misma manera crear Comisiones

Permanentes a ser electas por los Consejos Estatales, ello, según el Comité Ejecutivo Nacional, a

efecto de evitar concentración de facultades que merme los equilibrios necesarios para el

funcionamiento del Partido17.

La modificación de los atributos más relevante consistió en preservar facultades al CEN y a los

Comités Directivos Estatales para la realización de funciones ejecutivas. Dicho de otra manera,

mantener las funciones que tienen que ver con el quehacer diario del Partido, y en consecuencia,

constituir la Comisión Permanente como un órgano político con atribuciones para resolver sobre la

política del Partido, especialmente la relacionada con la vida política nacional o de la entidad de

17 Proyecto de Reforma de Estatutos, Partido Acción Nacional, jun 2013 p. 3

25

que se trate y cuya integración prevé la presencia de militantes que no necesariamente sean

miembros del Consejo.18

Con esta reforma se modifica el ordenamiento mismo de los estatutos. En cada una de las

modificaciones se ha buscado dar un nuevo sentido, dada la nueva realidad, a cada una de las normas

estatutarias, el PAN busca en este nuevo momento, tras la elección de el año 2012, en que se pierden

múltiples espacios de participación política, recuperar la confianza de la ciudadanía y adaptar su

realidad a la del México tras dos gobiernos emanados de sus filas.

18 Idem.

26

VI. Conclusiones:

Al concluir este trabajo podemos demostrar la importancia que como instancia deliberativa dentro

de Acción Nacional tiene la Asamblea Nacional Extraordinaria, reforzando la definición del PAN

como Instituto Político.

En esta sencilla base de información hemos resumido las modificaciones dentro de la vida

orgánica de Acción Nacional que la colocan en cada momento histórico como una institución

coherente e inserta en la realidad de cada momento histórico.

Las Asambleas Nacionales Extraordinarias del PAN han dado a su historia y su accionar una

continuidad y una altura de miras que lo colocan en una posición de privilegio ante la realidad que

se suscita en el México moderno.

27

VII. Resumen:

EVENTO FECHA OBSERVACIONES

XIII Asamblea

Nacional

Extraordinaria

8-9 de diciembre

de 2001

*Auditorio Josefa Ortiz de Domínguez de la

Ciudad de Querétaro Qro.

Se reforman 40 artículos de los estatutos.

Se modifica el reglamento del Consejo Nacional

para integrar a los consejeros con más de 20 años

de pertenencia al mismo como Vitalicios.

XIV Asamblea

Nacional

Extraordinaria

2 de mayo de

2004

*Auditorio Josefa Ortiz de Domínguez de la

Ciudad de Querétaro Qro.

Se propuso la modificación de 27 artículos de los

Estatutos, siendo de vital importancia la discusión

de los Artículos 10, 12, 14, 37, 38 44 y 92; en el 14

se elimino un párrafo, con respecto a el pago de

cuotas; en el 37 se reabrió la participación de

adherentes en el proceso de selección del

Candidato Presidencial; en el 38 no se aprobó la

modificación a la norma; en el 44 únicamente se

aceptó la inclusión de los titulares de Promoción

Política de la Mujer, Acción Juvenil y el

Coordinador nacional de Alcaldes y final mente se

rechazó una posible modificación al Artículo 92

que buscaba modificar la conformación de las

delegaciones que se habrán de integrar para

sustituir a los Comités Estatales y Municipales.

XV Asamblea

Nacional

Extraordinaria

3 de junio de

2007

*Poliforum León, en León Gto.

Se reforman 7 artículos de los estatutos generales

del Partido.

23 de Agosto de 2007 fue aprobada por el consejo

general del IFE

XVI Asamblea

Nacional

Extraordinaria

26 de abril de

2008

*Auditorio Nacional de la Ciudad de México

XVII Asamblea

Nacional

Extraordinaria

16 de marzo y 10

de Agosto de

2013

*Arena Ciudad de México, Azcapotzalco, Ciudad

de México

Caso extraordinario que se realizó en dos eventos

distintos.

Se realizó una de las reformas más extensas en la

historia del PAN, muchos de sus artículos

cambiaron el orden de numeración, dando una

organización distinta a los mismos.

28

VIII. BIBLIOGRAFÍA

Prontuario de

CEDISPAN, 1989.

La Nación varios números.

Estatutos generales de Acción Nacional, varias ediciones.

Lujambio, Alonso. La Democracia Indispensable, Ed. Equilibrista, México, 2011.

Loaeza Tovar, Soledad. Acción Nacional. El apetito y las responsabilidades del triunfo, Ed.

Colmex, México, 2010.

Castillo Peraza, Carlos. Apuesta por el mañana. Ed. FRPH, México, 2003.

Rodríguez Prats, Juan José. Documentos y decisiones cruciales en la historia de Acción

Nacional, Ed. Tatevari, México, 2009.

29

Documentos de Trabajo es una investigación de análisis de la Fundación Rafael Preciado Hernández, A. C.

a petición del Partido Acción Nacional.

Registro ante el Instituto Nacional de Derechos de Autor en trámite

Fundación Rafael Preciado Hernández, A.C.

Ángel Urraza No. 812, Col. Del Valle, C.P. 03100, México, D. F.