evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

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0 Evaluación y Perspectivas del Sistema Tributarió Bólivianó Análisis de la Política Tributaria 1987 - 2012 FRIEDRICH EBERT STIFTUNG - INSTITUO LATINOAMERICANO DE INVESTIGACIONES SOCIALES Mayo de 2013 Por: Omar Al Yabhat Yujra Santos

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Análisis de la política tributaria, desde la reforma hasta nuestros días

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Page 1: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

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Evaluació n y Perspectivas del Sistema Tributarió Bólivianó Análisis de la Política Tributaria 1987 - 2012

FRIEDRICH EBERT STIFTUNG - INSTITUO LATINOAMERICANO DE

INVESTIGACIONES SOCIALES

Mayo de 2013

Por: Omar Al Yabhat Yujra Santos

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CONTENIDO

1. Introducción .................................................................................................................... 1

2. Consideraciones previas de la política y el sistema tributario ........................................ 2

3. Los impuestos a nivel internacional ................................................................................ 5

4. Una mirada al comportamiento de los impuestos en Bolivia: desde la Reforma hasta

nuestros días ........................................................................................................................... 8

a) Normativa tributaria ........................................................................................................ 8

b) El esquema tributario: estructura................................................................................... 10

c) Comportamiento de la Recaudación Tributaria ............................................................ 13

5. Política tributaria actual y perspectivas ......................................................................... 23

6. Conclusiones y propuestas de política .......................................................................... 25

7. Bibliografía.................................................................................................................... 28

ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1. Bolivia: Recaudación Tributaria, 1986 – 2012 ................................................... 13

Gráfico 2. Bolivia: Variación de la Recaudación Tributaria, 1987 – 2012 .......................... 14

Gráfico 3. Bolivia: Participación de los principales impuestos, 1987 – 2012 ...................... 16

Gráfico 4. Bolivia: Recaudación Tributaria Mercado Interno por Departamento, 1987 –

2012 ...................................................................................................................................... 17

Gráfico 5. Bolivia: Recaudación Tributaria Aduanera por Departamento, 2005 – 2012 ..... 17

Gráfico 6. Evolución del Número de Identificación Tributaria, Régimen General por Tipo

de Personería Jurídica, 1990 – 2011 ..................................................................................... 19

Gráfico 7. Bolivia: Presión Tributaria, 1986 – 2012 ............................................................ 20

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1. Bolivia: Recaudación Tributaria por Tipo de Impuesto, 1987 – 2012 ................... 15

Tabla 2. Presión Tributaria por Tipo de Impuesto, 1987 – 2012.......................................... 21

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EVALUACIÓN Y PERSPECTIVAS DEL SISTEMA TRIBUTARIO BOLIVIANO

1. Introducción

Un sistema tributario, generalmente, es entendido como el conjunto de principios, normas e

instituciones que regulan la interrelación entre el Estado, representado por el Gobierno, y la

población, a través de la aplicación de los impuestos dentro de un determinado país, por

tanto es entendido como un contrato social entre Estado y ciudadanos.

A lo anterior se puede incluir la percepción de la población, en el sentido de cómo este

conjunto de normas e instituciones mediante las cuales se recaudan ingresos públicos,

redistribuyen estos recursos a la sociedad para satisfacer sus necesidades.

En Bolivia el sistema tributario ha sufrido cambios durante el tiempo de vida que tiene el

país, quizás cobró mayor relevancia con la crisis de los años 80 y la posterior

implementación de la Ley 843 de Reforma Tributaria.

Dicha reforma permitió ordenar la que era hasta entonces una compleja administración

tributaria, donde existía gran cantidad de tributos y en términos de recaudación presentaba

una reducida e incluso disminuida presión tributaria.

Los objetivos de la reforma tributaria de 1986 consistían básicamente en dos premisas,

Cossio (2001), por un lado crear una base tributaria amplia y una estructura de tributos que

sean fácilmente administrados.

De acuerdo a la evidencia empírica, si bien dicha reforma coadyuvó a contrarrestar los

efectos de la crisis, a partir de una estructura tributaria simple y una ampliación del

universo contribuyente, en alguna medida; aquella política fiscal llevada adelante desde

mediados de los 80’s, no pudo cumplir el objetivo fundamental de incrementar las

recaudaciones de manera sustancial, ni mostrar una redistribución de los ingresos.

Según cifras oficiales, en los últimos años se muestra un importante incremento en la

presión tributaria, producto de mayores recaudaciones de impuestos, entre los más

destacados el Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Directo de los Hidrocarburos

(IDH) y el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE).

Es en este marco que la finalidad del presente documento es indagar acerca la evolución de

los impuestos, la recaudación tributaria, su estructura, así como el marco normativo en el

que se desenvuelve el sistema tributario boliviano, a manera de analizar y por ende evaluar

el comportamiento de la política tributaria de los últimos años y finalmente plantear

algunos lineamientos a manera de mostrar lo que vendría en esta materia para los siguientes

años.

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2. Consideraciones previas de la política y el sistema tributario

a) Concepciones básicas

El impuesto de la palabra de origen latino impositus, resulta ser esa parte de la riqueza que

el Estado establece y exige a los contribuyentes, cuyo objetivo es recaudar fondos a partir

de políticas que se traduce en sistema para poder emplearlos en los gastos públicos. Visto

de otra manera, son los instrumentos mas adecuados para la generación de ingresos del

Estado, punto de vista reconocido por diversos autores como Schumpeter (1918), Musgrave

(1959), Brennan y Buchanan (1980), Levi (1988), entre otros, que confirman lo importante

que es entender como un país escoge y determina su sistema y estructura tributaria.

En este sentido, la política tributaria como rama de la política fiscal, comparte su naturaleza

de política instrumental, además conforme Otálora (2009) comprende el estudio de la

distribución de la carga tributaria y los efectos de los tributos sobre el proceso económico.

Lafuente (2008), menciona que pueden considerarse como su cometido cuatro categorías de

problemas relacionados con: a) estructura formal y funcional del sistema impositivo, b)

distribución social, sectorial y espacial de la carga impositiva, c) los efectos de los tributos,

como parámetros, sobre el comportamiento de los agentes económicos, y d) la utilización

de dichos efectos como herramientas dinámicas de acción del Estado sobre el régimen

económico.

El diseño y la implementación de una política tributaria es tema complejo de negociación

en el que intervienen diferentes actores sociales, políticos y económicos; razón por la cual

se presentan costos políticos y sociales. Trata de alcanzar varios objetivos en muchos casos

contrapuestos, que repercuten en distintas variables macroeconómicas y en diferentes

sectores de la sociedad.

A partir de este enfoque y la delimitación del gasto público se puede establecer la carga

tributaria que se impondrá en el sistema económico, la cual dependerá de los tributos que

serán utilizados en el diseño del sistema tributario, que a su vez deberá permitir la

generación de recursos genuinos y necesarios que financien el gasto público, incluida la

inversión social.

Par el diseño del sistema tributario se debe considerar además de los costos políticos y

sociales a los administrativos que son utilizados por el Estado en el cobro de los impuestos

y en hacer cumplir las normas referidas al sistema tributario.

De igual manera los hacedores de política deben contemplar para el diseño quiénes, cómo y

cuánto van a transferir del sistema económico al Estado para financiar el gasto público.

Adicionalmente en la estructura técnico-formal del tributo se debe considerar el hecho

generador, la materia imponible, la base imponible, la alícuota y otros elementos que

conforman el tributo.

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Los objetivos básicos que se busca al diseñar un sistema tributario, principalmente en

países en vías de desarrollo, son: a) incrementar la recaudación y b) lograr la simplicidad

del mismo. Típicamente, los principios de la tributación señalan que deben ser concebidos

con una visión de simplicidad, suficiencia, equidad y neutralidad.

La simplicidad está referida tanto al número de impuestos que debe tener el sistema

impositivo como en la forma de calcular los mismos y la sencillez en la recaudación. Esto

permitirá mayor transparencia en la administración, pocas posibilidades de fraude fiscal y

costos operativos más bajos tanto para la administración como para los contribuyentes.

Para Pita (1993) et al., la suficiencia en un sistema tributario consiste en que debe

proporcionar los recursos necesarios para financiar el gasto público. A su vez este principio

debería se capaz de proveer recursos adicionales que permitan crear fondos de reserva,

cuando la situación económica así lo permita, a efecto de poder enfrentar fluctuaciones

cíclicas o épocas de crisis.

De acuerdo con Otálora (2009), la equidad está relacionada con la percepción de las

personas de contar con un sistema justo, entendida a su vez desde dos ángulos: horizontal y

vertical. La primera se refiere a que contribuyentes con una capacidad de pago similar

deben pagar la misma cantidad de impuestos; en el segundo caso, los contribuyentes con

mayor capacidad de pago deben tributar más que los que tienen menor capacidad de pago.

Por su parte, la neutralidad dentro el ámbito tributario se entiende por que los impuestos no

causen distorsión en las decisiones de los agentes económicos, esto quiere decir no

interferencia en la asignación de recursos. Implica la utilización de alícuotas más bajas y

una base más amplia.

b) Indicadores de un buen Sistema Tributario: presión tributaria y elasticidades

Si bien algunos autores como los señalados muestran que un sistema tributario “bueno”

debe cumplir con algunos indicadores con ciertos requisitos, según Gómez, Santiere y

Rossignolo (2002), no existe un sistema impositivo óptimo único, la construcción del

mismo dependerá de las particularidades de cada país, tales como el nivel de desarrollo

económico, funcionamiento de las instituciones, el grado de apertura económica, autonomía

fiscal, etc.

Es deseable para un sistema óptimo, que cumpla con el principio de equidad y minimice las

distorsiones en la economía, denominadas pérdidas de eficiencia en la economía. Otro

elemento deseable es que sea simple y fácil de controlar para el fisco, y simple y fácil de

cumplir para el contribuyente; a su vez debe ser estable en el tiempo a fin de que

productores, consumidores e inversores puedan planificar con cierta certeza sus decisiones

económicas intertemporales. El grado de complejidad del sistema tributario y su

inestabilidad, incrementan los costos de cumplimiento.

En cuanto a la progresividad o regresividad del sistema tributario, es deseable que el

sistema sea progresivo, donde la presión fiscal para las personas de ingresos bajos sea baja.

La disyuntiva de cuan progresivo debe ser el sistema, no es muy fácil de resolver. A medida

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que el sistema sea más progresivo, será altamente distorsivo, creando una elevada carga

excedente.

Según Musgrave (1992) los diferentes objetivos no están necesariamente de acuerdo, y

cuando entran en conflicto, se precisa llegar a una transacción, trade off, entre ellos.

Desde el punto de vista paretiano, al diseñar el sistema tributario óptimo se debe tener en

cuenta que nadie puede estar mejor, sin que otra persona este peor. Para elegir qué

estructura tributaria elegir es necesario utilizar la función social de bienestar. Un sistema

progresivo conducirá a que las personas con menores recursos estén mejor que los sectores

de altos ingresos. Aquí también la disyuntiva de cuán progresivo debe ser el sistema

depende del juicio de valor, el cual difiere entre las personas.

Desde el punto de vista utilitarista, la función de bienestar social elige aquella que

maximiza la suma de las utilidades individuales, lo cual se produce cuando la pérdida

marginal de utilidad por peso recaudado es igual para todos los individuos. Para esta forma

de pensamiento el mejor impuesto debería ser progresivo, estableciéndose de manera tal

que la perdida de la utilidad marginal por recaudar un peso debería ser igual para todos los

individuos. Por ejemplo, si la utilidad marginal del individuo 1 es mayor a la del individuo

2, entonces el individuo 1 deberá pagar más impuestos hasta que la pérdida de la utilidad de

ambos sea igual. El problema con este enfoque es que la igualación de la perdida de

utilidad se puede producir en un punto donde las tasas de impuestos sean tan altas que

desaliente el trabajo y la inversión, generando un elevado nivel de carga excedente y gran

perdida en la recaudación.

Siguiendo a John Rawls (1971), la elección de una estructura tributaria debe estar en

función a la maximización de la utilidad de aquellos sectores más pobres. La sociedad sólo

debería perseguir el objetivo de maximizar la utilidad de los sectores de menores recursos y

la política tributaria debe dirigirse a maximizar el bienestar de estos sectores. Sin embargo

esta postura puede no generar una disminución de la desigualdad. Por ejemplo, si una

medida genera que el sector de menores ingresos este un 3% mejor, pero al mismo tiempo,

el sector de mayores ingresos este un 5% mejor, cumplirá con el criterio de Rawls, pese a

que en términos relativos la situación del sector de menores ingresos no cambie, sí habrá

cambiado en términos absolutos.

En suma, para analizar la eficiencia y efectividad de un sistema tributario, además de los

anteriores, es necesario utilizar diferentes herramientas de diagnóstico y análisis, entre ellas

tenemos la presión o carga tributaria, la elasticidad, la boyanza y flexibilidad.1

Para el caso de la presión tributaria, mide el esfuerzo tributario y por definición es la

relación entre las recaudaciones en términos nominales y el PIB a precios corrientes. De

acuerdo con Otálora (2009), en su resultado influyen el nivel de las alícuotas, evasión

impositiva, prácticas de elusión y eficiencia de la administración tributaria.

1 Según Tanzi (1983) para diagnosticar si un Sistema Tributario es bueno y eficaz, existen las siguientes

pruebas cualitativas: Índice de concentración, de dispersión, erosión, desfase de recaudación, especificad,

objetividad, cumplimiento, costos de la recaudación; en Delgadillo (1996). 2 Dentro de estas creación de un nuevo impuesto, incremento de las alícuotas, ampliación de la base

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La presión tributaria no depende de la tasa de crecimiento ni de la inflación, los factores

que determinan que se incremente o disminuya están relacionados con la eficiencia y

efectividad de la administración tributaria y a las medidas de política económica que sean

adoptadas, especialmente las de política tributaria2.

De acuerdo con Abad (2007) todos los países que les va bien trabajan con una presión

tributaria en el rango de 30 a 40 por ciento del PIB y hasta 50 como en Suecia, empero esto

también dependerá de las condiciones y realidades de cada país. En este sentido, para

determinar si la presión tributaria es buena o mala, Loayza (2002) menciona que según

Partho Shome, se debe comparar la presión tributaria emergente del IVA, considerando que

este impuesto tiene una aplicación casi universal bajo básicamente los mismos conceptos,

desde luego, tomando en cuenta que cada país tiene distinta alícuota de este impuesto y

diversas exenciones, por lo que menciona los países en desarrollo deberían tener una

presión tributaria por IVA, de alrededor de la mitad de su alícuota promedio vigente.

La elasticidad tributaria o capacidad de reacción, muestra la relación existente entre la

variación porcentual de los ingresos tributarios (excluyendo los cambios discrecionales en

la base imponible y la alícuota) y la variación del PIB. De esta manera muestra la variación

porcentual de las recaudaciones, debida solamente al desempeño del producto y a la

capacidad endógena del sistema tributario para adaptarse automáticamente a este.3

Cossio (2001) señala que un sistema impositivo debe ser capaz de recaudar lo suficiente

para financiar los gastos del Estado, a su vez debe ser un sistema lo suficientemente elástico

para que al crecer la economía crezcan de igual manera o en mayor proporción sus

recaudaciones. Es de esperar que la recaudación fiscal este relacionada con el

comportamiento de la producción nacional; es decir, cuando la producción se expande,

también lo hace la recaudación tributaria y viceversa, desde luego lo que se busca es que el

crecimiento de las recaudaciones estén por encima del crecimiento de la economía.

Según Girouard y Andre (2005) para los países de la OCDE la elasticidad estimada se

encuentra en 1,3; para los países de la zona euro 1,5 y para los nuevos países de la Unión

Europea 1,1. Para Martner (2004) la elasticidad superior a uno parece normal en países en

que la tasa tributaria es baja.

3. Los impuestos a nivel internacional

En los países en desarrollo establecer un sistema tributario justo y eficiente no es simple.

Según lo que señala Tanzi (2001), en estos países lo ideal sería recaudar los ingresos

esenciales sin excesivo endeudamiento público y sin desalentar la actividad económica; sin

embargo, resulta complejo toda vez que la mayor parte de los trabajadores de estos países

están empleados en la agricultura y en sectores informales, además resulta difícil una

2 Dentro de estas creación de un nuevo impuesto, incremento de las alícuotas, ampliación de la base

imponible, modificación de las exenciones. 3 La elasticidad tributaria que incluye los cambios discrecionales en la estructura del tributo (base imponible,

alícuota y otros) se conoce con el nombre de boyanza.

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administración tributaria eficiente sin contar con personal profesional capacitado y

operaciones informatizadas y cuando la capacidad de los contribuyentes para llevar sus

cuentas es limitada.

También resulta complicado porque la desigualdad que existe en los ingresos dentro los

países en desarrollo. Si bien, idealmente, los más ricos deberían tener mayor carga

tributaria que los pobres, con frecuencia el poder político y económico de los

contribuyentes ricos impide las reformas fiscales que incrementarían su carga fiscal. Esto

explicaría por qué muchos países en vías de desarrollo no han explotado plenamente los

impuestos sobre las rentas de las personas físicas, los impuestos sobre la propiedad y por

qué sus impuestos rara vez logran una progresividad satisfactoria.

Por tanto, concluye que en los países en desarrollo, la política tributaria se basa con

frecuencia en el arte de lo posible y no tanto en el logro de los fines óptimos.

En América Latina y el Caribe, según Otálora (2009) et al., después del Consenso de

Washington, donde uno de los puntos planteaba una reforma tributaria de amplia base

combinada con tasas marginales moderadas, surgieron otras propuestas contrarias al

neoliberalismo como el Consenso de la CEPAL, Consenso de Santiago (1998), de la

Tercera Vía de Stiglitz (2001), Consenso de la Habana y el de Lula (2003). En todas ellas

se planteaban listas de medidas de política económica orientadas a lograr un desarrollo

sustentable, equitativo y democrático.

Los países latinoamericanos, desde mediados de los años ochenta efectuaron reformas

tributarias y arancelarias de gran importancia, muchas de estas han estado complementadas

por modernización de las administraciones tributarias; en la mayor parte de estos países las

reformas han sido exitosas.

Si bien existen diferencias en las situaciones de cada uno de ellos, el esfuerzo realizado dio

como resultado un incremento aún modesto de la presión tributaria. Otálora (2009),

también señala que las diferencias entre los niveles de ingreso, la estructura productiva, la

inserción comercial y otros aspectos existentes en los países latinoamericanos hacen que se

presente una heterogeneidad respecto a los niveles y a la estructura de los ingresos

públicos.

El principal objetivo de dichas reformas fue incrementar la recaudación, debido

principalmente a que en años anteriores existió un incremento del gasto publico y una caída

de los ingresos tributarios, lo que ocasiona un incremento del déficit fiscal que en muchos

casos no pudo ser financiado con el endeudamiento externo ni interno, sino a través de la

emisión monetaria, lo que como es de conocimiento publico genero tasas de inflación

elevadas.

Por su parte, la CEPAL (2013) en el documento Panorama Fiscal, señala que en la última

década, y sobre todo a partir de 2002, la mayoría de los países de América Latina

experimentó un marcado crecimiento de la carga tributaria como porcentaje del PIB e

importantes cambios estructurales como la consolidación del IVA, una significativa mejora

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de la participación de los impuestos directos y el declive de los gravámenes sobre el

comercio internacional.

Según el Organismo Internacional en el repunte incidieron, con diferencias de un país a

otro:

a) Un contexto internacional caracterizado por la aceleración de las tasas de

crecimiento económico mundial;

b) El sostenido aumento del precio internacional de los productos básicos y los

minerales entre 2002 y 2009, que incrementó los ingresos fiscales en los países de la

región especializados en la explotación y comercialización de recursos naturales4;

c) Un contexto macroeconómico favorable, con una reducción sustancial del déficit de

las cuentas publicas y el nivel de endeudamiento de los países;

d) Políticas sociales que, además de haber aumentado el empleo formal en varios

países, redujeron los niveles de desigualdad y dieron lugar a un incremento del

consumo privado y de los impuestos que gravan bienes y servicios;

e) La introducción de nuevos tributos sobre las transacciones financieras que

ampliaron la gama de instrumentos de política tributaria;

f) La rebaja y eliminación de numerosas exenciones, deducciones y beneficios

tributarios que fueron concedidos en décadas pasadas con el fin de atraer

inversiones extranjeras y que no siempre lograron producir los frutos que se

esperaban de dichas inversiones, a esto se suma el establecimiento de impuestos

mínimos que elevaron el grado de cumplimiento del impuestos sobre la renta.

g) Los avances en la administración del IVA y el impuesto sobre la renta, que se

tradujeron en un rápido incremento de la recaudación tributaria vinculada a dichos

impuestos, acompañado –como consecuencia de este factor y de los anteriores- de

un aumento en la elasticidad tributaria (ex post) de los países de América Latina,

así lo señalan Cornia, Gomez Sabaini y Martorano (2011).

En ese contexto, entre 2000 y 2011, los ingresos fiscales totales de América Latina

aumentaron del 19,6% al 23,6% del PIB y del 24,5% al 28,3% en el Caribe, mientras que la

carga tributaria (excluidos los aportes de la seguridad social) aumento del 12,7% al 15,7%

en América Latina y del 19,3% al 23,0% del PIB en el Caribe.

Desde mediados de los años noventa, y especialmente en la última década, se verifica la

existencia de una nueva etapa en la tributación latinoamericana. El nivel de la recaudación

tributaria como porcentaje del PIB ha mostrado una tendencia creciente tanto en el

promedio regional como en la gran mayoría de los países de América Latina y del Caribe.

Entre 2000 y 2011, la carga tributaria media de los países de América Latina, incluidos los

aportes a la seguridad social administrada por el Estado, pasó del 15,4% al 19,1% del PIB.

Si se excluyen los aportes a la seguridad social, se constata que la carga tributaria de

América Latina se incremento del 12,7% al 15,7% del PIB en el mismo periodo, mientras

que en el Caribe aumento del 19,3% al 23% del PIB5. En el caso de los países de la

4 Una parte de estos ingresos fiscales es de carácter tributario.

5 La exclusión de los aportes a la seguridad social se realiza tomando en cuenta la diversidad de formas

(públicas y privada) en que dichos aportes se organizan en la región.

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Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) esta situación se revirtió

por cuanto disminuyeron de 35,2% en 2000 a 33,8% en 2011, excluyendo la seguridad

social pasaron de 26,3% en 2000 a 24,7% en 2011.

Países como Chile, Ecuador, y Bolivia presentan niveles de cargas tributarias superiores al

promedio regional y agregan a sus ingresos fiscales recursos no tributarios originados en la

explotación de hidrocarburos o minerales.

En aquellos países donde se explotan recursos naturales no renovables aumentó la

participación de los Estados en las rentas económicas y el aporte fiscal relativo de los

sectores exportadores de recursos (minerales e hidrocarburos), durante el último periodo de

auge entre 2003-2010, en contraste con el desempeño del periodo precedente entre 1990 y

2003. Entre 1999-2001 y 2009-2011, como proporción del PIB, los ingresos obtenidos de la

explotación de productos primarios aumentó 7,2 puntos porcentuales del PIB en el Ecuador,

7,0 en Trinidad y Tobago, 4,5 en Bolivia, 3,0 en Argentina, 2,9 en Chile, 2,2 en Colombia y

1,4 puntos porcentuales en México y en el Perú.

Se continuó fortaleciendo el IVA recaudado como proporción del PIB, pasando de 5,1% al

6,7% en el periodo 2000-2011, de la misma forma en el Caribe se incrementó de 5,4% al

7,1%, mientras que en países de la OCDE este crecimiento apenas fue de 6,8 a 6,9 en el

periodo 2000-2010. Por su parte, el impuesto a la renta habría aumentado del equivalente al

3,2% del PIB en 2000 a 4,9% en 2011, en el Caribe de 6,3% a 7,7% y en los países de la

OCDE esta situación se revirtió de 12,5% en 2000 a 11,3% en 2010.

4. Una mirada al comportamiento de los impuestos en Bolivia: desde la Reforma hasta nuestros días

a) Normativa tributaria La normativa tributaria que se aplica en el país data de hace mas de dos décadas, la cual fue

siendo modificada a través de los años, principalmente los últimos 7 años, en función a las

características de la política de Gobierno, como se mostrará mas adelante.

El Sistema Tributario Boliviano vigente, está basado fundamentalmente por un marco

normativo cuyas principales Leyes son la 2492, 843 y 1990; a esto hay que añadir que con

la nueva visión de país, plasmada en la Constitución Política del Estado, en los ultimo años

se promulgaron Leyes como la 031, 154 y otras especificas.

La Ley N° 843 de 20 de mayo de 1986 de la Reforma Tributaria6 (Texto Ordenado

vigente), modificada mediante Ley N° 1606 en el año 1995, ordenada en 2004 y

actualizada en 2005, establece el sistema tributario vigente, dicho de otra manera, implanta

6 Para implantar la Reforma Tributaria se creó temporalmente, a inicios de 1987, el Ministerio de

Recaudaciones Tributarias, encargado de la instrumentación, puesta en marcha y funcionamiento del cobro de

todos los tributos y aduaneros de la Nación, haciendo depender de dicho Ministerio a la Subsecretaria de

Recaudación Tributaria, a las Direcciones Generales de la Renta Interna y Aduaneras y demás dependencias

del Ministerio de Finanzas vinculadas al ingreso fiscal; en Cabezas (1988).

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la estructura impositiva para todas las actividades económicas en el país, creando a su vez

impuestos, bases imponibles, hechos generadores y alícuotas.

Cabezas (1988), señala que las características y objetivos de la Reforma se resumen en: a)

tasas impositivas razonables, b) ampliación del universo de contribuyentes, c) sencillez

administrativa, d) gravámenes a las manifestaciones riqueza y consumos (patrimonios,

bienes físicos y compras) y e) facilitación del conocimiento de los contribuyentes al

eliminar cientos de impuestos con rentas distintas.

Por su parte, la Ley N° 2492 de 02 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano (CTB),

actualizado a diciembre de 2005, establece los principios jurídicos de tributación,

instituciones, procedimientos y obligaciones de los contribuyentes en materia

administrativa y judicial.

La Ley N° 1990 de 28 de julio de 1999, General de Aduanas, norma los regímenes

aduaneros aplicables a las mercancías, las operaciones aduaneras, los delitos y

contravenciones aduaneras y tributarias, y los procedimientos para su juzgamiento en todas

las actividades vinculadas directa o indirectamente con el comercio exterior, sean

realizados por entidades estatales o privadas.

Aunque esta normativa fue aprobada en décadas pasadas, durante los últimos años se

promulgaron diferentes normas que vienen a describir la visión del actual Estado, acorde al

llamado nuevo modelo Económico, Social, Comunitario y Productivo, cuyo enfoque es la

redistribución del ingreso, en una suerte de combinación con el marco normativo vigente,

empero que viene de una visión de país distinta a la actual.

En primera instancia, la Constitución Política del Estado (CPE), promulgada el 7 de febrero

de 2009, establece principios de Política Fiscal como la capacidad económica, igualdad,

progresividad, proporcionalidad, transparencia, universalidad, control, sencillez

administrativa y capacidad recaudatoria, sobre los cuales se rige la administración

económica y financiera del Estado boliviano.

Bajo ese marco la Ley N° 031 de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y

Descentralización “Andrés Ibáñez”, establece el ámbito de los ingresos con los cuales se

financian las Entidades Territoriales Autónomas (Gobiernos Autónomos Departamentales y

Municipales), la cual se complementa con la Ley N° 154 de 14 de julio de 2011, donde se

clasifican y definen los impuestos que son de dominio del Gobierno Nacional,

Departamental y Municipal.

En el ámbito nacional, el nivel central del Estado tiene la competencia privativa de la

creación de impuestos nacionales, tasas y contribuciones especiales de dominio tributario a

nivel central del Estado.7 (Artículo 298 numeral 19, CPE).

7 La estructura institucional del sistema tributario tiene en la cúspide de la pirámide al Ministerio de

Economía y Finanzas Publicas, donde se encuentra el Viceministerio de Política Tributaria, quien ejerce a

nombre del Estado como Autoridad Fiscal, es además el que vigila el cumplimiento de la legislación y normas

tributarias nacionales y de los diferentes niveles territoriales. Por su parte, la Administración Tributaria,

Page 12: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

10

De la misma manera, a nivel Departamental, son competencias exclusivas de los Gobiernos

Autónomos Departamentales, en su jurisdicción la creación y administración de impuestos,

cuyos hechos imponibles no sean análogos a los impuestos nacionales; asimismo, la

creación y administración de tasas y contribuciones especiales de carácter departamental

(Artículo 300 numerales 22 y 23, CPE).

A nivel Municipal, los Gobiernos Autónomos Municipales en su jurisdicción tienen la

facultad de crear y administrar impuestos de carácter comunal, que no sean análogos a los

impuestos nacionales o departamentales, además, tienen la competencia de creación y

administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones de carácter

municipal. (Artículo 302, numerales 19 y 20, CPE).

b) El esquema tributario: estructura

Cuando en mayo de 1986 se promulgó la Ley de Reforma Tributaria que derogó todo el

régimen tributario vigente e implantó un esquema simplificado, según Cabezas (1988) se

basó en los siguientes impuestos: Impuesto al Valor Agregado, Régimen Complementario

al Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a las Transacciones, Impuesto a la Renta Presunta

de las Empresas, Impuesto a los Consumos Específicos, Impuesto a la Renta Presunta de

Propietarios de Bienes y el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (incorporado con

posterioridad).

En forma transitoria, y con el fin de ampliar la base tributaria de contribuyentes, se aprobó

un impuesto denominado “Regularización Impositiva” que significó recuperar los

impuestos no pagados, a través de un impuesto patrimonial que regularizaba todas las

obligaciones tributarias hasta el 31 de diciembre de 1985.8

La estructura impositiva vigente en el país (Cuadro 1) contempla entre los impuestos

indirectos al Impuesto al Valor Agregado – IVA, Impuesto al Consumo Especifico - ICE y

el Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados – IEHD.

En tanto que los tributos directos incluyen al Impuesto sobe las Utilidades de las Empresas

– IUE, Impuesto Directo a los Hidrocarburos - IDH, Impuesto a las Transacciones – IT,

Impuesto a las Transacciones Financieras – ITF, Régimen Complementario al Impuesto al

Valor Agregado – RC-IVA, Impuesto al Juego e Impuesto a la Participación en Juegos –

IJ/IPJ, Impuesto a las Salidas al Aéreas al Exterior – ISAE, y el reciente Impuesto a la

Venta de Moneda Extranjera – IVME.

siguiente eslabón en la cadena institucional tributaria, esta compuesta por el Servicio de Impuestos Nacionales

y Aduana Nacional, quienes están encargadas de la recaudación tributaria de los impuestos del ámbito interno

y aquellos sujetos al comercio exterior, respectivamente. Adicionalmente se encuentra la Autoridad General

de Impugnación Tributaria, encargada de resolver controversias entre el sujeto pasivo y la administración

tributaria. 8 Este era un impuesto del 3% sobre el patrimonio neto de las firmas y de las personas, lo que permitía a los

contribuyentes sanear su situación con el fisco respecto sus obligaciones vencidas hasta esa fecha. Castro y

Espejo (1994).

Page 13: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

11

Se mantienen los Regímenes Especiales como el Régimen Tributario Simplificado para

comerciantes minoristas, artesanos y vivanderos, también esta el Sistema Tributario

Integrado para los transportistas urbanos de pasajeros y carga, y finalmente el Sistema

Tributario Unificado para los productores campesinos. En lo referente al comercio exterior

y recaudación aduanera, se encuentra el Gravamen Arancelario – GA, cuyas alícuotas

oscilan entre 10% y 0%, según el tipo de producto.

Cuadro 1. Bolivia: Estructura del Sistema Tributario Vigente9

Fuente: Servicio de Impuestos Nacionales – Aduana Nacional

9 La legislación anterior a mayo de 1986 se basaba en: Impuesto a la Renta de las Personas, Impuesto a la

Renta de las Empresas, Impuesto a las Ventas (de aplicación hasta etapas mayoristas, en forma agregada

IVA), Impuesto a los Consumos Específicos y cientos de impuestos destinados. Cabezas (1988) et al.

TIPO DE

IMPUESTOSSIGLA DENOMINACION DOMINIO ALICUOTA ACLARACIONES

IVA Impuesto al Valor Agregado. Nacional 13%

IVA Tasa Cero para primeras ventas de minerales y metales en su

primera fase de comercialización (Ley N° 186 de 17 /11/2011).

Tasa específica: Bs/Lit ( De 0,30% a 9,84%)

Tasa porcentual: % / Valor (De 0% a 10%)

IEHDImpuesto Especial a los

Hidrocarburos y sus Derivados.Nacional Tasa específica: Bs/Lt

Tasa Específica por lotro o unidad de medidad, que será actualizada

anualmente por el SIN

Alícuota Adicional IUE Financiero del 12,5 % adicional al IUE, sobre la

rentabilidad de las entidades financieras que superen un coeficiente

de rentabilidad del 13% respecto del Patrimonio Neto.

Alícuota Adicional IUE Minero del 12,5 % adicional al IUE, sobre las

utilidades extraordinarias originadas por las condiciones favorables

de los precios de los minerales y metales. Esta alícuota no alcanza a

las cooperativas mineras legalmente establecidas en el país.

IDHImpuesto Directo a los

HidrocarburosNacional

32% Sobre el 100% de la producción en boca

de pozo.Ley 3058, mayo 2005

IT Impuesto a las Transacciones. Nacional 3% Ley N° 843 (Texto Ordenado vigente)

ITFImpuesto a las Transacciones

FinancierasNacional 0.15% Considerar la Ley N° 2446 de 21/07/2006

RC – IVARégimen Complementario al

Impuesto al Valor Agregado.Nacional 13% Ley N° 843 (Texto Ordenado vigente)

IJ Impuesto al Juego Nacional 30% y 10%

La Ley N° 060 de 25/11/2010, dispone que la alícuota corresponde al

30% para los juegos de azar y sorteos, y el 10% para el caso de

promociones empresariales.

IPJImpuesto a la participación en

JuegosNacional 15% Ley N° 060 de 25/11/2010

ISAEImpuesto a las Salidas Aereas al

Exterior.Nacional Bs. 231

Este monto es actualizado a partir del 1 de enero de cada año por el

Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).

RTS

Régimen Tributario Simplificado

(Pequeños comerciantes,

Artesanos y Vivanderos).

Nacional Cuota fija por categoría Desde Bs. 47 hasta Bs.200, pago bimestral

STI

Sistema Tributario Integrado

(Transporte urbano de pasajeros

y carga).

Nacional Cuota fija por categoría Desde Bs. 100 hasta Bs.400, pago trimestral.

RAU

Régimen Agropecuario Unificado

(Pequeñas propiedades

agrícolas)

Nacional Cuota fija por hectárea Establecida en el Decreto Supremo N° 24463 de 27/12/1996.

COMERCIO

EXTERIORGA Gravamen Arancelario Nacional 10%, 5% y 0% Ley N° 1990 de 28/07/1999

DEPARTAMENTAL ITGB*

Impuesto a las Sucesiones y las

Transmisiones Gratuitas de

Bienes.

Departamental 1%, 10% y 20%

La Ley N° 843, en su Artículo 102 determina las siguientes alícuotas:

1% Ascendiente, descendiente y Cónyuge

10% Hermanos y sus descendientes

20% Otros colaterales, legaroios y donarios gratuitos

IMT

Impuesto Municipal a las

Transferencias de Inmuebles y

Vehículos Automotores

Municipal 3%

IPBI

Impuesto a la Propiedad de

Bienes Inmuebles (Urbanos y

Rurales).

Municipal Según escalaEn función al monto de valuación del bien inmueble, la alícuota varía

de 0.35% a 1.5%. Adicionalmente una cuota fija en función a escala.

IPVA Impuesto a la Propiedad de

Vehículos Automotores.Municipal Según escala

En función al monto de valuación del vehículo automotor, la alícuota

varía de 1.5% a 5%. Adicionalmente una cuota fija en función a

escala.

Tasas Tasas Municipales. MunicipalDe acuerdo a los servicios inherentes al

estado.

Patentes Patentes Municipales. MunicipalDe acuerdo a la actividad económica

realizada.

MUNICIPALES

Las alícuotas especificas se detallan en la Ley N° 066 del 15/12/ 2010.

REGIMENES

ESPECIALES

ICEImpuesto a los Consumos

Específicos.Nacional

INDIRECTOS

DIRECTOS

IUE Impuesto sobre las Utilidades de

las Empresas.Nacional 25%

Page 14: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

12

En el nivel departamental se encuentra el Impuesto a las Sucesiones y las Transmisiones

Gratuitas de Bienes. A nivel Municipal se establecen el Impuesto Municipal a las

Transferencias de Inmuebles y Vehículos Automotores – IMT, Impuesto a la Propiedad de

Bienes Inmuebles – IPBI urbanos y rurales, Impuesto a la Propiedad de Vehículos

Automotores – IPVA, y las Tasas y Patentes Municipales.

En los últimos años, en el ámbito nacional, se crearon los siguientes impuestos:

Impuestos al Juego y a la Participación en Juegos - IJ/IPJ

Mediante la Ley N° 060 de 2010 se crea tributos de carácter nacional para los juegos de

lotería y de azar.

El Impuesto al Juego (IJ) que tiene por objeto gravar en todo el territorio nacional, la

realización de juegos de azar y sorteos, así como las promociones empresariales. La

alícuota corresponde al 30% para los juegos de azar y sorteos y el 10 % para el caso de

promociones empresariales. Se excluye de este impuesto a los juegos de lotería y juegos de

azar y sorteos para obtener recursos que estén destinados a su integridad a objetivos de

beneficencia o asistencia.

El Impuesto a la Participación en Juegos (IPJ), tiene por objeto gravar la participación en

juegos de azar y sorteos, el sujeto pasivo de este impuesto son las personas naturales que

participan en juegos de azar, siendo su alícuota el 15%.

Impuesto a la Venta de Moneda Extranjera - IVME

Mediante Ley N° 291 de 2012, se crea este impuesto, cuyo propósito es gravar los ingresos

generados por las operaciones de cambio de divisas, cuyos sujetos pasivos son Entidades

Financieras Bancarias y no Bancarias y Casas de Cambio.

Esto debido a que las operaciones de cambio y arbitraje de moneda extranjera realizadas

por el sistema financiero proporcionaron significativos ingresos para este sector en los

últimos años, tan sólo en la gestión 2012 los bancos recibieron Bs794,4 millones por este

concepto, monto que representó el 62,3% del Resultado Neto de Gestión del Sistema

Bancario. Estas operaciones, que por su naturaleza no son parte sustantiva de la actividad

de intermediación financiera, registraron un crecimiento anual promedio de 26,5% desde la

gestión 2000. Según el MEFP, por esta razón se planteó la creación del IVME, para

permitir al Estado participar de las ganancias extraordinarias obtenidas por las entidades

financieras, producto de las operaciones de compra-venta de moneda extranjera.

El IVME tiene una alícuota de 0.7% que se aplica sobre la base imponible, constituida por

el total de ingreso de cada operación de venta de moneda extranjera. En el caso de las Casas

de Cambio, esta alícuota se aplica sobre el 50% de la base imponible. Es un impuesto de

carácter transitorio por un periodo de 36 meses.

Page 15: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

13

Por su parte, considerando las operaciones que realiza el Banco Central de Bolivia con los

diferentes actores de la economía, sus operaciones y las operaciones entre los sujetos

pasivos de dicho impuesto se encuentran exentas del IVME.

c) Comportamiento de la Recaudación Tributaria

Como se puede advertir en el gráfico 1, según cifras oficiales, la recaudación tributaria en

Bolivia creció 423 veces desde la implementación de la Ley 843, es decir se expandió de

Bs117 millones en 1986 hasta llegar a Bs49.673 millones en la gestión 201210

.

Este crecimiento se observa con mayor intensidad en el periodo 2005 – 2012, por cuanto

con la Ley 3058 el Impuesto Directo a los Hidrocarburos cobra notoriedad. En efecto, la

recaudación de este impuesto crece de Bs2.328 millones en 2005 hasta Bs12.111 millones

en la pasada gestión, debido principalmente al incremento de volúmenes comercializados

de gas natural en los mercados de Brasil, Argentina y también al mercado interno, y al buen

comportamiento de los precios internacionales del barril de petróleo.

a. Tasa de crecimiento

En términos de variación, en el gráfico 2 se muestra que si bien entre 1988 y 1990 el

promedio de crecimiento alcanzaba 26,6%, y en la década de los 90s promediaba 20,5%,

los niveles de recaudación, como variación absoluta, no superaron los Bs1.200 millones, en

tanto que en la primera década del siglo XXI, la media de crecimiento estuvo en el orden

del 15,5% y los montos de recaudación superaron los Bs5.000 millones, especialmente en

las gestiones 2006 y 2008; hay que señalar que este crecimiento dinámico empezó en el

2004, cuando por primera vez se superaron los Bs2.500 millones de recaudación adicional.

Gráfico 1. Bolivia: Recaudación Tributaria, 1986 – 2012

(En Millones de Bolivianos)

Fuente: Servicio de Impuestos Nacionales – Aduana Nacional

(p) preliminar

10

Cifra preliminar a febrero de 2013.

Page 16: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

14

En el inicio de esta segunda década la tasa de crecimiento (2011-2012) promedia 27% y

durante la gestión 2011 sobrepasó los Bs10.509 millones, producto del desempeño

favorable continuo de la dinámica económica que generó un aumento de las transacciones

de mercado interno, así como un incremento en el ingreso nacional que permitió financiar

mayores importaciones, un contexto de precios internacionales favorables y mayores

volúmenes de producción de gas natural, además de la eficiencia tributaria de las entidades

recaudadoras.

Gráfico 2. Bolivia: Variación de la Recaudación Tributaria, 1987 – 2012

(En Millones de Bolivianos y Porcentajes)

Fuente: Servicio de Impuestos Nacionales – Aduana Nacional

(p) preliminar

b. Incidencia Tributaria

En cuanto a la incidencia, de un promedio anual de crecimiento de 36% entre 1987 y 2012,

el IVA contribuyó con el 14%, seguido del GA con 3,7%, el IT con 3%, IDH 2,3%, el IUE

contribuyó con 2,3%, el ICE con 2,1%, el RC-IVA con 1,3%, el IEHD 1,1%, ITF 0,2% y

los Regímenes Especiales con apenas 0,1%.

En el periodo del actual Gobierno las recaudaciones tuvieron un crecimiento promedio de

18,3%, del cual los impuestos que mostraron mayor incidencia en ese crecimiento son: el

IVA con el 5,8%, seguido del IDH con 5,7%, el IUE con 3,7% y GA con el 0,9%, el resto

contribuyó con el 2,15% restante. Durante el 2012 el crecimiento obtenido fue de 20%, de

los cuales 10,8% son explicados por el IVA, IUE e IT, es decir que el 54% de ese

crecimiento es explicado por estos tres impuestos; en tanto que el IDH explica 7,5% del

crecimiento (37,5% del total).

Del crecimiento registrado en la pasada gestión, el 17,9% (89,5% del crecimiento total) es

explicado por las recaudaciones en mercado interno, mientras que el restante 2,1% se

explica por la recaudación aduanera (GA, IVA, ICE e IEHD importaciones).

Page 17: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

15

c. Composición Tributaria

En el periodo analizado, 1987-2012, el IVA ha tenido una participación promedio de

40,6%, el IT 11,1%, GA 10,3%, IUE 9,8%, IDH 6,8%, ICE 6,4%, IEHD 5,6%, RC-IVA

2,9%, el ITF 0,6%, Regímenes Especiales apenas 0,2% entre los principales. En relación al

Producto Interno Bruto el IVA tiene una participación del 6,1%, el IDH 5,3%, el IUE 1,9%,

IT 1,7%, GA 1,3%, IEHD 1%, ICE 0,9%, 0,4% el RC-IVA, 0,1% el ITF y los Regímenes

Especiales sólo 0,02% del PIB.

Sin embargo, realizando un análisis de la evolución de la composición tributaria, como lo

muestra el gráfico 3, se puede evidenciar en el caso del IVA tanto de mercado interno como

de importaciones, primero, un ascenso hasta 1994 llegando a su máximo nivel con 51%, a

partir de esa gestión comienza a perder “representatividad”, disminuyendo en 2012 al 33%

del total de la recaudación tributaria. Las causas principales de esta diminución es la

entrada en escena o la introducción de nuevos impuestos como el IUE y el IEHD a partir de

1995 y con el IDH en 2005.

Por su parte el IT en 1987 representaba el 4% del total recaudado, llegando a su máxima

ponderación en 1995, año a partir del cual disminuye su ponderación hasta situarse en 7%

durante la gestión 2012. De igual manera el IUE, el cual aparece en 1995 y empieza a

cobrar mayor notoriedad, en los últimos años al alcanzar el 19% del global recaudado, la

actividad hidrocarburífera y un mayor dinamismo de la minería repercutieron de forma

positiva en este impuesto.

Tabla 1. Bolivia: Recaudación Tributaria por Tipo de Impuesto, 1987 – 2012

(En Millones de Bolivianos)

Fuente: Servicio de Impuestos Nacionales – Aduana Nacional

(p) preliminar

En relación al ICE, su comportamiento en el periodo analizado empezó con una

participación cercana al 4%, teniendo como pico en 1998 aproximadamente 10%; sin

embargo, durante los últimos años volvió a su nivel del 4%.

FUENTE DE INGRESO 1987 1990 1995 2000 2005 2010 2012(p)IVA 186.9 551.1 2,054.2 2,927.4 5,191.3 10,150.5 16,305.0

IT 23.3 172.7 726.7 1,004.9 1,704.0 2,253.1 3,258.0

IUE 0.0 0.0 65.0 995.2 2,167.1 6,005.4 9,400.0

ICE 23.8 117.6 370.1 659.9 726.1 1,466.5 2,027.0

RC-IVA 24.3 67.5 169.2 213.7 213.3 262.2 279.0

IEHD 0.0 0.0 9.6 1,387.4 1,878.3 1,586.4 2,448.0

IDH 0.0 0.0 0.0 0.0 2,328.1 6,744.3 12,111.0

OTROS 164.0 159.5 388.1 55.0 221.0 492.1 946.4

REG. ESPECIALES 3.0 4.3 4.1 6.7 9.5 26.2 36.0

GA 204.2 204.0 450.3 639.9 802.8 1,544.7 2,485.0

ITF 0.0 0.0 0.0 0.0 632.6 347.1 378.0

TOTAL 629.6 1,276.7 4,237.4 7,890.1 15,874.3 30,878.6 49,673.4

Page 18: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

16

Gráfico 3. Bolivia: Participación de los principales impuestos, 1987 – 2012 (En Porcentajes)

Fuente: Servicio de Impuestos Nacionales – Aduana Nacional

(p) preliminar

Un caso que llama la atención es la evolución del GA que en 1987 participaba en la

recaudación total con 32%, llegando a disminuir de manera constante hasta situarse en 2012

en el orden del 5%; desde 1987 la dependencia del impuesto a las importaciones fue

disminuyendo, puesto que los impuestos al consumo interno, a las rentas de las sociedades

y personas aumentaron en importancia11

. Asimismo, el IDH que se implementó con la Ley

de Hidrocarburos, cobro importancia, debido al repunte de la actividad hidrocarburífera,

principalmente por la venta de gas natural, pasando a representar del 15% en 2005 a 24%

en 2012.

Dejando de lado la participación del IDH, se observa que la participación de los impuestos

en 2012 tiene el siguiente detalle: IVA 43%, IUE 25%, IT 9%, IEHD 7%, GA 7%, ICE 5%

y los restantes impuestos 4%.

d. Recaudación tributaria por Departamento

Desde 1987, se identifican claramente que los departamentos que aportan más a la

recaudación de mercado interno son los del eje troncal, desde luego con algunos matices,

por cuanto si bien luego de la Reforma Tributaria, La Paz aportaba el 58% del total, Santa

Cruz 20% y Cochabamba 13%; por su parte Oruro aportaba el 3%, Chuquisaca 2%, Tarija

2%, Potosí 1%, Beni 1% y Pando 0,04%.

11

Según la Aduana Nacional, en MEFP (2008), Bolivia a raíz de los Acuerdos de Integración Comercial ha

desgravado en promedio un 67% de la recaudación aduanera total en los últimos cuatro años; razón por la

cual las recaudaciones del GA no se incrementan en la misma medida que las importaciones.

Page 19: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

17

Gráfico 4. Bolivia: Recaudación Tributaria Mercado Interno por Departamento, 1987 – 2012 (En porcentajes)

Fuente: Unidad de Análisis de Políticas Sociales y Económicas con información del Servicio de Impuestos Nacionales

Nota: No incluye la Gerencia Sectorial de Hidrocarburos (GSH), IEHD, ni las recaudaciones sin dependencia que corresponde al Programa

Transitorio.

La participación de Santa Cruz en la recaudación tributaria durante el año 2000 se

incrementó al 50%, producto principalmente del dinamismo de la agroindustria, dejando en

segundo lugar al Departamento de La Paz con el 35%, Cochabamba 9%, y el restante 6%

dividido en los otros departamentos.

En 2011, el Departamento de La Paz retoma el liderazgo con 48% de aporte, Santa Cruz

27%, Cochabamba 10%; sin embargo, surge una mayor participación de Potosí con el 9%,

debido al pago de impuestos de las empresas mineras, principalmente de la empresa minera

San Cristóbal.

Gráfico 5. Bolivia: Recaudación Tributaria Aduanera por Departamento, 2005 – 201212

(En porcentajes)

Fuente: Viceministerio de Política Tributaria con información del Servicio de Impuestos Nacionales

La recaudación tributaria aduanera en general tiene las mismas características de la

recaudación interna, por cuanto se concentra también en el eje troncal; sin embargo, en este

tipo de recaudación prevalece la presencia del Departamento de Santa Cruz. En 2005, el

41% de las recaudaciones provenían principalmente del Departamento de Santa Cruz,

seguido de La Paz con 26%, Cochabamba 11%, Oruro 9%, Tarija 9%, Potosí 3% y

Chuquisaca 1%. En 2012 la estructura de participación tiene pequeñas variaciones: Santa

12

La información consultada por Departamento contempla únicamente el periodo 2005 – 2012.

Page 20: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

18

Cruz aporta el 45%, La Paz 28%, Oruro 9%, Cochabamba 8%, Tarija 7%, Potosí 2% y

Chuquisaca 1%.

e. Recaudación por Actividad Económica

Las actividades económicas que más han aportado durante estos años para la consecución

de mayores ingresos son el comercio que por ejemplo en 2012 representa el 7% (Bs3.468

millones de recaudación), los tributos aduaneros en efectivo representaron Bs10.569

millones, bebidas el 5% (Bs2.264 millones), minerales metálicos y no metálicos con 3%

(Bs1.724 millones), petróleo crudo y gas natural 3% (Bs1.626 millones) adicionalmente por

IDH se tiene Bs12.111 millones, servicios a las empresas 3% (Bs1.470 millones),

Comunicaciones 3% (Bs1.288 millones), Servicios Financieros 2% (Bs1.066 millones), a

esto hay que sumar el ITF que representa Bs378 millones; asimismo, la actividad de

productos de refinación del petróleo aporta cerca del 0,3% (Bs150 millones) sube su

participación si se considera dentro de ésta al IEHD que asciende alrededor de Bs2.427

millones.

Por su parte, la actividad del Transporte y Almacenamiento aportó 2% (Bs856 millones),

Electricidad, Gas y Agua 2% (Bs804 millones), Servicios de la Administración Pública 2%

(Bs759 millones), Construcción y Obras Públicas 2% (Bs753 millones), Servicios

Comunales, Sociales y Personales 1% (Bs737 millones), productos de minerales no

metálicos 1% (Bs463 millones), substancias y productos químicos 1% (Bs323 millones),

restaurantes y hoteles 0,5% (Bs235 millones), papel y productos de papel 0,4% (Bs192

millones).

Las actividades que aportan alrededor del 0,3% son productos alimenticios diversos (Bs168

millones), productos agrícolas industriales (Bs165 millones), productos metálicos,

maquinaria y equipo (Bs144 millones), productos de molinería y panadería (Bs140

millones), tabaco elaborado (Bs127 millones).

Aquellas actividades que aportan alrededor de 0,2% son silvicultura, caza y pesca (Bs100

millones), productos pecuarios (Bs98 millones), textiles, prendas de vestir y productos de

cuero (Bs64 millones), azúcar y confitería (Bs59 millones), productos agrícolas no

industriales (Bs54 millones), productos lácteos (Bs53 millones), madera y productos de

madera (Bs42 millones), productos manufacturados diversos (Bs25 millones).

Finalmente entre las actividades que menos aportan se encuentran productos básicos de

metales 0,04% (Bs18 millones), carnes frescas elaboradas 0,03% (Bs16 millones) y el

Programa Transitorio con un aporte de Bs1 millón.

f. Padrón de Contribuyentes y nuevas Empresas

Mediante Decreto Supremo Nº 27149 de 2003 (artículo 25), se crea el Número de

Identificación Tributaria (NIT) sobre la base del otorgamiento de una clave única de

identificación tributaria para sustituir al Registro Único de Contribuyentes (RUC). A partir

de enero de 2005 el NIT entra en vigencia.

Desde 1990 el padrón contribuyente se duplicó. En efecto, en 1990 el padrón sumaba

157.561 contribuyentes, en 2012 el número de contribuyentes alcanzó 343.941. De estos

Page 21: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

19

totales, en 1990 el 91% de los contribuyentes correspondían a personas naturales y el

restante 9% correspondían a personas jurídicas, mientras en 2011 el 65% corresponden a

empresas (54% empresas unipersonales y 11% personas jurídicas), en tanto que las

personas naturales disminuyeron a 35% del total del padrón de contribuyentes.

Gráfico 6. Evolución del Número de Identificación Tributaria, Régimen General por Tipo de

Personería Jurídica, 1990 – 2011 (En Número de Contribuyentes)

Fuente: Unidad de Análisis de Políticas Sociales y Económicas con información del Servicio de Impuestos Nacionales

Por otro lado en 2011, el 32% de los contribuyentes se encuentran en el Departamento de

La Paz, 24% en Santa Cruz, 16% en Cochabamba, 8% en Potosí, en tanto que Tarija, Oruro

y Chuquisaca participan a razón del 5%, Beni con el 4% y Pando con el 1%. En el periodo

de análisis se observa que los Departamentos donde crecieron de manera significativa el

numero de contribuyentes son Potosí que en 1990 representaba 3% del total, en 2011 subió

a 8%, Beni de 2% a 4% y Pando a 1%. También llama la atención la disminución de la

ponderación de La Paz de 42% a 32% y el crecimiento de Santa Cruz de 22% a 24%, esto

significa que el oriente es donde se estarían creando más empresas.

Una particularidad se presenta al analizar la composición del número de contribuyentes por

tipo de régimen tributario, por cuanto el régimen general en 2011 ocupa el 85% del

universo contribuyente (grandes contribuyentes 1%13

y el resto 84%) y el otro 15% lo

ocupan los contribuyentes del régimen simplificado; sin embargo, en términos de aporte

contributivo el 99,8% proviene del régimen general (79,1% de los grandes contribuyentes y

20,7% del resto del régimen general), en tanto que únicamente el 0,2% de la recaudación

proviene de los regímenes simplificados.

El incremento en el padrón de contribuyentes viene en paralelo al crecimiento del número

de empresas, es decir la creación de nuevas empresas. Según la Fundación para el

Desarrollo Empresarial (FUNDEMPRESA) en 2005 existían 19.778 empresas en el registro

de comercio, mientras que en 2012 este número se triplico a 68.232 empresas. Según el

Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, entre 2006 y 2012 se crearon 48.545 nuevas

empresas.

13

La mayor parte de los grandes contribuyentes se encuentran en Santa Cruz, le siguen La Paz y

Cochabamba.

Page 22: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

20

g. Presión y Elasticidad Tributaria

La mejora de las recaudaciones a nivel nacional también se corrobora con la presión

tributaria. En 1987 el porcentaje del total de los impuestos recaudados respecto al PIB, de

acuerdo a datos oficiales ascendía al 7%, de los cuales el GA contribuía con el 2,3%,

mientras que el IVA representaba el 2,1% y otros con el 1,8% del PIB, este ultimo ítem

incluía los impuestos a la Renta Presunta de Empresas (IRPE), a Renta Presunta de

Propietarios de Bienes (IRPPB)14

, el Impuesto a la Propiedad Rural (IPR)15

.

Antes del establecimiento de la Reforma Tributaria (Ley 843), la presión tributaria

alcanzaba niveles bajos (aproximadamente el 2%, 2,6% y 1,5% del PIB, en 1984, 1985 y

1986, respectivamente) mostrando su recuperación a partir del año 1987 cuando se hace

efectivo el cobro de impuestos implementados a través de dicha Ley. La situación que se

vivía antes de la Reforma como lo señala Cabezas (1988), de manera acertada, era que

durante muchos años la administración tributaria boliviana estuvo condicionada, entre otras

consideraciones por: la injusta y numerosa legislación que agobiaba a los contribuyentes16

.

Gráfico 7. Bolivia: Presión Tributaria, 1986 – 2012

(En Porcentajes del PIB)

Fuente: Servicio de Impuestos Nacionales – Aduana Nacional y Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

(p) preliminar

Además, como señala Müller (1988), el comportamiento del PIB desde 1970 hasta 1987

donde presentó tasas decrecientes a partir del año 1974, convirtiéndose en negativas

alrededor de 1979 y 1980 manteniendo esa tendencia hasta 1986, tuvo un impacto fuerte no

solamente en lo que hace al ingreso disponible de la población sino también que repercutió

14

Según Ley N° 1606 del 22 de diciembre de 1994 el IRPPB es sustituido por el Impuesto a la Propiedad de

Bienes Inmuebles y de Vehículos Automotores, pasando a ser exclusivo de los Gobiernos Municipales a partir

de la promulgación de la Ley de Participación Popular. 15

El Decreto Supremo N° 24463, de 27 de diciembre de 1996, establece un Régimen Agropecuario Unificado

(RAU) para la liquidación y pago anual simplificado de los impuestos IVA, IT, IUE y RC-IVA. 16

La baja propensión a tributar se debió también por la corrupción burocrática y la inexistencia de tecnología

al alcance de la administración o, por lo menos, falta de percepción de su existencia.

Page 23: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

21

en el nivel de desempleo. Añade en el mismo documento que la caída de la presión

tributaria se debió, fundamentalmente, al deterioro de la economía, al declinamiento del

sector externo y al proceso hiperinflacionario.

Además con base en ingresos tan magros, como destaca Pereira (1992), el Estado no podía

asumir los retos crecientes que posee la inversión pública, pues de hecho las recaudaciones

se agotaban con el pago del gasto corriente –casi en su totalidad en salarios– y los pagos de

la deuda externa.

Como se mencionó el incremento de las recaudaciones, principalmente en los últimos años,

contribuyeron a que la presión tributaria muestre también un acrecentamiento. En efecto en

2012, la relación de impuestos recaudados y PIB ascendió a 26,7%; excluyendo la

participación del IDH también se puede evidenciar un crecimiento de la presión tributaria

hasta 20,2% del PIB, que indica que en el mediano plazo tiende a converger a la presión

tributaria global. Del total en 2012, el IVA representa el 8,8% del PIB, el IDH 6,5%, IUE

5,1%, IT 1,8%, GA 1,3%, IEHD 1,3%, ICE 1,1%, ITF 0,2%, RC-IVA 0,1%, los Regímenes

Especiales sólo 0,2% y otros 0,5%.

Si bien se pueden conseguir mayores recaudaciones siempre y cuando: a) se amplíe la base

tributaria, b) se apliquen mayores tasas impositivas, iii) se reduzca la evasión y iv) una

combinación de las anteriores, en el caso boliviano se atribuye a un esfuerzo fiscal y un

incremento en la conciencia tributaria (ya sea por sanciones mas duras o porque el

contribuyente percibe mejoras sobre el uso y destino de sus impuestos).

Tabla 2. Presión Tributaria por Tipo de Impuesto, 1987 – 2012

(En Porcentajes del PIB)

Fuente: Servicio de Impuestos Nacionales – Aduana Nacional y Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

(p) preliminar

También se debe al crecimiento sostenido de la economía boliviana a partir del segundo

lustro del siglo XXI, entre 2005 y 2010 el producto se expandió a una tasa promedio de

4,6%, incluso se mantuvo a flote durante la gestión 2009 con un crecimiento de 3,4%, toda

vez que ese año la economía mundial y la mayor parte de las economías tuvieron tasas

negativas; asimismo, entre 2011 y 2012 el crecimiento promedia 5,2% con una proyección

de 5,5 para la presente gestión.

A su vez la tasa de desempleo se redujo considerablemente, según el Centro de Estudios

para el Desarrollo Laboral y Agrario (CEDLA) en 2005 la tasa de desempleo urbana

FUENTE DE INGRESO 1987 1990 1995 2000 2005 2010 2012(p)IVA 2.1% 3.6% 6.4% 5.6% 6.7% 7.4% 8.8%

IT 0.3% 1.1% 2.3% 1.9% 2.2% 1.6% 1.8%

IUE 0.2% 1.9% 2.8% 4.4% 5.1%

ICE 0.3% 0.8% 1.1% 1.3% 0.9% 1.1% 1.1%

RC-IVA 0.3% 0.4% 0.5% 0.4% 0.3% 0.2% 0.1%

IEHD 0.0% 2.7% 2.4% 1.2% 1.3%

IDH 3.0% 4.9% 6.5%

OTROS 1.8% 1.0% 1.2% 0.1% 0.3% 0.4% 0.5%

REG. ESPECIALES 0.03% 0.03% 0.01% 0.01% 0.01% 0.02% 0.02%

GA 2.3% 1.3% 1.4% 1.2% 1.0% 1.1% 1.3%

ITF 0.8% 0.3% 0.2%

TOTAL 7.0% 8.3% 13.1% 15.2% 20.6% 22.4% 26.7%

Page 24: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

22

alcanzaba el 12,1% en tanto que en 2011 este indicador había caído a 7,9%. De igual

manera el cálculo de la Unidad de Análisis de Políticas Sociales y Económicas (UDAPE)

indica que el desempleo disminuyó de 8,2% a 3,8% en el mismo periodo, situación que

permite afirmar, aunque no de manera taxativa, que ha influido de manera positiva en el

incremento de la presión tributaria.

Con relación a la elasticidad, para determinar cómo responde el sistema tributario a

incrementos en el PIB, se debe calcular la elasticidad del sistema en general, lo cual

muestra cómo cambian las recaudaciones respecto a cambios en el PIB.

En el análisis realizado por Cossio (2001) para el periodo 1988 – 2000, encuentra como

resultados que el IVA tiene una elasticidad de 1,83 y la boyanza del impuesto es mayor a su

elasticidad (2,58) lo cual explica especialmente por la elevación de la alícuota del 10 al

13% en 1992. Para el caso del IT la tasa de elasticidad es 1,41 y su boyanza se encuentra

entre los mas altos (4,27), lo que demuestra que ese impuesto es sostenible en el tiempo; el

coeficiente de elasticidad del ICE también es elevado, 1,55 consistente con su estructura y

su boyanza 2,64; el RC-IVA presenta una elasticidad de 0,10 y boyanza de 0,73 que

significa que sus recaudaciones se han incrementado en menor proporción que el PIB.

Por su parte los coeficientes de los Regímenes Tributarios Simplificado e Integrado, son

menores a 1, -1,97 y -8,62 respectivamente, lo que muestra que además de no ser

sostenibles en el tiempo, porque a medida que el PIB incrementa estos regímenes reducen

su crecimiento y además generan mayores posibilidades a la evasión tributaria.

Para corroborar lo señalado y bajo un análisis econométrico basado en el método de Vector

Corrector de Errores (VEC) el MEFP (2008) obtuvo para el periodo 1990 – 2008, que el

IVA tiene una elasticidad de 1,47, el IT 1,28, el ICE 1,33, el IUE 1,29 y el GA 1,04, lo que

demuestra la sostenibilidad de la recaudación de esos impuestos por cuanto los aumentos

son más que proporcionales.

Otros indicadores de la gestión tributaria, como la productividad del IVA como indicador

para medir la eficiencia17

, dan cuenta de un incremento permanente desde la gestión 1987,

lo cual muestra una mejora relativa del desempeño. En efecto de 20,9% en 1987 a 67,4% en

2012, incluyendo el cambio de alícuota de 1992, también el IT se encuentra entre los más

productivos.18

En esta línea los indicadores de evasión muestran una disminución

significativa tanto en el IVA como en el IT; sin embargo, de acuerdo con la Dirección

General de Estudios Tributarios la evasión del RC-IVA y el IUE hasta el 2008, habían

alcanzado cerca del 97% y superior al 50%, respectivamente; en el primer caso, denota la

creación del mercado secundario de facturas (falsas o clonadas) y en el segundo caso

debido al manejo de doble contabilidad de algunas empresas, lo que ha llevado al Servicio

17

Entendida como un incremento en las recaudaciones tributarias producto de una mejora en la

administración tributaria. 18

Para el cálculo se tomó en cuenta a Otálora (2009), que señala que la productividad es entendida como la

recaudación del impuesto sobre el PIB, dividido a su vez entre la alícuota del impuesto; otros autores añaden

al divisor la base imponible teórica.

Page 25: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

23

de Impuestos Nacionales a realizar fiscalizaciones integrales de las empresas, no solo a los

Estados Financieros sino también a los procesos productivos.

En términos de equidad19

, también existe un incremento de 7,6% en 1987 a 51,4% en 2012,

descontando IDH el incremento llega hasta 27%, esto porque impuestos como IUE están

cobrando mayor importancia en la estructura tributaria boliviana; aun así el sistema

tributario muestra un grado importante de inequidad.20

Por su parte el indicador de estabilidad financiera21

que refleja el grado de solidez de la

situación fiscal respecto a los ingresos tributarios, muestra resultados negativos entre 1987

y 2005 en un promedio de -41%; sin embargo, desde el 2006 la situación se revierte y se

muestran signos positivos, si bien en 2006 se alcanza 19%, durante los siguientes años se

estabiliza en un promedio de 8% anual.

El coeficiente de exposición, indicador de que muestra el grado de exposición de una

economía ante una crisis externa, según el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

(2009), en un análisis realizado para el periodo 1995 al primer trimestre de 2009, sostiene

que el sistema tributario estaría en posición institucional capaz de hacer frente a crisis

externas, toda vez que el coeficiente habría disminuido de 56,5% en 1995 a 30,5% en 2009.

Estos indicadores favorables se deben principalmente al perfeccionamiento de su base

imponible, incluyendo sectores que antes no eran sujetos pasivos de tributar, incremento del

control de la recaudación y su fiscalización, entre otros.

5. Política tributaria actual y perspectivas

La reforma tributaria implementada desde mediados de los años 80, de acuerdo con Cossío

y Delgadillo (1994), fue diseñada básicamente con criterios de eficiencia administrativa y

económica, antes que con propósitos redistributivos del ingreso o la mejora social.

En la actualidad, la política fiscal tiene como fundamento principal al denominado modelo

económico, social, comunitario y productivo, además de los principios establecidos en la

Constitución Política del Estado, como la capacidad económica, igualdad, progresividad,

proporcionalidad, transparencia, universalidad, control, sencillez administrativa y

capacidad recaudatoria, enfocado principalmente con la redistribución de los ingresos

generados.

De acuerdo al marco normativo vigente (Decreto Supremo N°29894), según las

competencias establecidas, el Viceministerio de Política Tributaria (VPT), dependiente del

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas tiene como objetivos: diseñar e implementar

19

Relación del total de impuestos directos sobre la recaudación total. Un sistema equitativo es aquel donde el

indicador tienda a uno. 20

Estos datos se contrastan con el análisis de progresividad del sistema tributario sobre la curva de Lorenz y

los índices de Gini, Theil y Atkinson; en MEFP (2008). 21

Relación del balance fiscal respecto a la recaudación tributaria total. A medida que este indicador aumenta

el resultado de las finanzas públicas se hace menos dependiente a las recaudaciones tributarias.

Page 26: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

24

medidas de política tributaria, aduanera y arancelaria con el fin de garantizar un adecuado

nivel de ingresos para el Estado, acorde al conjunto de cambios estructurales orientados

hacia la consolidación del nuevo modelo económico.

En este contexto, la política tributaria se ha enfocado principalmente en: a) la ampliación

del universo contribuyente (base tributaria) en función a la sensación de riesgo y

fiscalización, y b) mejorar la eficiencia administrativa a través de la implementación de

medidas de lucha contra la evasión fiscal, el contrabando y la mora tributaria.

En el Anexo I, se observa un detalle de las principales políticas llevadas adelante desde la

gestión 2006, entre ellas se puede destacar, de manera resumida, las siguientes:

Decreto Supremo N° 28988 de diciembre de 2006 que incorpora al sector del

transporte interdepartamental de pasajeros y carga al Régimen General de

Tributación.

La Ley N°3446 de julio de 2006 que crea el Impuesto a las Transacciones

Financieras, grava las operaciones financieras en moneda extranjera y coadyuva al

proceso de bolivianización de la economía.

Con la Ley N°3787 de noviembre de 2007, crea la alícuota adicional al Impuesto

sobre las Utilidades de las Empresas para el sector minero aplicable en periodos de

altas cotizaciones internacionales.

El Decreto Supremo N°125 de mayo de 2009, incrementa el arancel aduanero de

importación a 35% para textiles, con el objetivo de proteger a la industria nacional y

que posteriormente con el Decreto Supremo N°1272 de junio de 2012 fue

modificado a 40%.

Con la Ley N°060 de noviembre de 2010, se regula la actividad de juegos y se crean

los Impuestos al Juego y a la participación en Juegos.

La Ley N°066 de diciembre de 2010, pone en vigencia la alícuota porcentual en el

Impuesto a los Consumos Específicos sobre determinados productos, cuya

recaudación se dirige exclusivamente a proyectos e infraestructura deportiva.

La Ley N°211 de diciembre de 2011, establece la alícuota adicional al IUE para el

sector financiero y redujo el limite a la compensación de perdidas en la

determinación del IUE a tres años.

Con la Ley N°037 de agosto de 2010 se endurecen las sanciones contra el ilícito del

contrabando.

La Ley N°100 de abril de 2011, de Desarrollo y Seguridad Fronteriza, establece

incentivos a favor del denunciante mediante la entrega del 20% de la mercancía

comisada y 40% si se tratase de una comunidad o pueblo denunciante.

En la gestión 2012, mediante Ley N°291 de septiembre de 2012, se crea el Impuesto

a la Venta de Moneda Extranjera.

Mediante la Ley N°317 de diciembre de 2012 se establece la adopción de

mecanismos coercitivos contra la defraudación y evasión impositiva, así como la

agilización del comercio exterior.

Otros como el Programa de regularización de vehículos indocumentados y la

aplicación de políticas antinflacionarias, como el arancel cero a ciertos productos

Page 27: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

25

importados que tuvieron incidencia en la variación de precios, importación

gubernamental directa de bienes de capital para fomento de la industria, entre otras.

Del análisis realizado de la evolución y las políticas llevadas adelante, se puede prever que

la política fiscal, y por tanto tributaria, aduanera y arancelaria, para los siguientes años,

continuarán enfocándose en la ampliación de la base tributaria y la eficiencia en la

recaudación por parte de la administración tributaria, a objeto de profundizar el

denominado modelo económico plural, para mantener el crecimiento, obtener mayores

niveles de recaudación tributaria y continuar con las políticas redistributivas.

6. Conclusiones y propuestas de política

a) Conclusiones Generales

En términos generales los indicadores de gestión tributaria, además del incremento de la

recaudación tributaria, muestran un sistema fortalecido y con perspectivas estables en el

mediano plazo.

Al igual que en varios países de la región la recaudación del IVA en las ultimas décadas se

ha fortalecido, desde la Reforma su incidencia en el crecimiento de la recaudación total es

la mayor, aunque su participación en dicha recaudación ha disminuido para dar paso a los

impuestos directos principalmente el IUE y el IDH que han cobrado notoria importancia; la

participación del GA y el RC-IVA perdieron importancia relativa en el global de la

recaudación.

El nivel de recaudación más alto se concentra en los Departamentos del eje troncal, aunque

la participación de La Paz fue reducida por un incremento de la dinámica de Santa Cruz, y

el incremento de ponderación de Potosí.

La actividad económica que más aporta al total de recaudaciones en mercado interno es el

de petróleo crudo y gas natural, seguido de comercio, productos de refinación de petróleo,

bebidas, minerales metálicos y no metálicos, servicios financieros, servicios a las empresas,

comunicaciones, transporte y almacenamiento, y el resto.

Desde la década de los 90s el padrón de contribuyentes se ha duplicado. En 2011 el 65% de

los contribuyentes corresponden a empresas (unipersonales o jurídicas). La mayor parte de

los que pagan sus impuestos se encuentran en el eje troncal del país, con predominancia en

el Departamento de La Paz, aunque como en la recaudación La Paz perdió ponderación, en

tanto que Santa Cruz, Potosí, Beni y Pando incrementaron sus niveles de participación en

términos de número contribuyentes. El incremento del padrón se debe también al

incremento del número de empresas registradas en FUDEMPRESA.

Del total del universo contribuyente, el 85% pertenece al Régimen General (1% GRACO y

84% el resto del régimen general), el restante 15% corresponde al Régimen Simplificado.

En términos de aporte contributivo el 99,8% proviene del Régimen General (79,1% de los

grandes contribuyentes y 20,7% del resto del régimen general), en tanto que únicamente el

0,2% de la recaudación proviene de los regímenes simplificados.

Page 28: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

26

Bolivia se encuentra con una de las presiones tributarias más altas de América Latina y el

Caribe, debido al incremento de las recaudaciones, incluso excluyendo la participación del

IDH. Los principales impuestos tienen una elasticidad mayor a uno lo que hace al sistema

tributario y por ende a la recaudación sostenible en el tiempo. Otros indicadores también

muestran una buena performance del sistema tributario en los últimos años.

Existe buena distribución de las fuentes de financiamiento, de tal forma que algunas

vulnerabilidades se compensan con la fortaleza de otros indicadores. Por ejemplo, la

importante participación del IDH se contrasta con el índice de productividad del IVA, la

dependencia al impuesto a la importación es mínima y la presión tributaria se encuentra

entre las más altas de la región.

Estos resultados obedecen a políticas tributarias, aduaneras y arancelarias que han resultado

ser eficaces en cuanto a la ampliación del universo contribuyente, desde el punto de vista de

generar una nueva cultura y conciencia tributaria y la eficiencia administrativa con medidas

de lucha contra la evasión fiscal.

b) Recomendaciones

Si bien existen buenas señales de tener un sistema tributario sostenible, se ha comprobado

que el sistema todavía es inequitativo, por la fuerte presencia de impuestos indirectos y la

dependencia al consumo interno; la mayor parte de las recaudaciones se concentran en

pequeños grupos de contribuyentes y los regímenes especiales, prácticamente, no tienen

ningún aporte dentro del sistema; existen impuestos que empezaron como transitorios pero

que aun continúan vigentes; la estructura tributaria todavía no ha sido capaz de captar los

ingresos generados del sector informal; asimismo, las medidas de política tributaria como

modificaciones a la Ley 843 y al Código Tributario se realizan de manera parcial y dentro

las leyes financiales.

En este contexto, aunque no existe una declaración abierta por parte del Gobierno para

realizar una Reforma Tributaria en el futuro inmediato, que según la literatura,

generalmente se da en periodos de crisis fiscal, su posibilidad, cualquiera sea el momento

debiera contemplar los siguientes aspectos:

La inclusión de impuestos más progresivos, pensando en la introducción de

impuestos a la renta de las personas, para lo cual habría que trabajar mucho más en

la conciencia tributaria.

Eliminación de los regímenes especiales, toda vez que son fuente de elusión y

evasión fiscal, pero además presentan incentivos a la informalidad.

Evitar la incorporación de impuestos regresivos y ciegos como el IT e ITF, que

fueron incorporados como transitorios, pero que se mantienen todavía como parte

de la estructura tributaria.

Se debe fomentar el desarrollo de un modelo de gestión del Servicio de Impuestos

Nacionales y de la Aduana Nacional, más fluida en términos de la organización de

los procesos para obtener bienes y servicios, el cual debe incluir medidas para

Page 29: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

27

ayudar al contribuyente a cumplir con sus deberes sin sentirse discriminado ni

acosado.

El sistema tributario no debería contemplar únicamente, como impuesto a los

ingresos, al IUE, también se debe incluir un impuesto al ingreso de las personas

físicas o naturales. Es importante aquí considerar una modificación sustancial al

RC-IVA y adecuarlo para que sea más progresivo, deduciendo los gastos de

mantención básica familiar y los costos financieros de créditos personales y de

vivienda. Para su universalización, todos los ciudadanos lo declararían pero no

necesariamente todos los pagarían, algunos sectores tendrían alícuota cero para que

no paguen.

Fusionar el IVA con el IT a manera de subir la alícuota del IVA, buscando un

mecanismo de diferimiento en el pago del impuesto para bienes de capital a manera

de incentivar las inversiones.

Generar un ICE para los altos consumos de combustible o a los vehículos de lujo

(impuesto verde).

Cuidar la programación, emisión y redención de Notas de Crédito Fiscal, que son

destinadas sobre todo para la subvención de hidrocarburos.

Además en el ámbito fiscal, considerando otros temas que sin duda implicarán de manera

directa o indirecta al sistema tributario en el corto, mediano y largo plazo se debe tomar en

cuenta lo siguiente:

Los ciclos del contexto internacional, para lo cual se debiera crear un fondo de

desarrollo, si bien la Ley de Autonomías contempla la creación de un fondo con

recursos del IDH, la Asamblea Legislativa Plurinacional y el Órgano Ejecutivo

deben tomar la firme decisión de aprobarla. Además se debe considerar la creación

de Fondos Concursables con los recursos adicionales que se generan en el país y

que lastimosamente resultan ser ociosos, por cuanto año a año se acumulan en las

cuentas bancarias de las Entidades Territoriales Autónomas y las Universidades

Públicas.22

Conforme la misma Ley de Autonomías, se establece que seis meses después de

conocer los datos oficiales del últimos Censo Nacional de Población y Vivienda

Pacto fiscal, el Órgano Ejecutivo debe presentar una propuesta de redistribución de

los ingresos – Pacto Fiscal, el cual deberá considerar las competencias de las

subnacionales (Gobernaciones y Municipios) para las políticas de gasto, y también

las competencias para la creación de nuevos impuestos en sus respectivas

jurisdicciones, lo que implicará la búsqueda de “innovaciones” en la estructura

tributaria.23

22

Diversos estudios como Martner (2008), et al., muestran que en América Latina las políticas han sido pro-

cíclicas en el pasado, con existencia de asimetrías, a su vez muestran una tendencia de políticas contra-

cíclicas en la fase de escasez y pro-cíclicas en la fase de bonanza, lo que genera un sesgo de endeudamiento. 23

Según la CEPAL (2013), diversos tipos de evidencia empírica apuntan a la existencia de relaciones de

reciprocidad entre los contribuyentes y el Estado, lo que se refleja concretamente en la voluntad expresada por

la mayoría de los hogares de pagar mas impuestos en la medida en que mejore la calidad de los servicios

públicos de salud, educación y seguridad, con menos corrupción y mas control de la evasión, situación que

hace notar que existe espacio para avanzar con estrategias de política fiscal (pactos fiscales implícitos o

Page 30: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

28

En este entendido, siguiendo a Martner (2008), dicha propuesta debiera contemplar

cuatro principios: a) una combinación de responsabilidad fiscal con estabilidad

macroeconómica, b) elevar la calidad del gasto público, c) promover la equidad, d)

dotar de mayor transparencia a la acción fiscal y favorecer el desarrollo de la

institucionalidad democrática.

Para la consecución de los objetivos del bicentenario del país, de cara al 2025, serán

necesarios mayores recursos, principalmente por la fuerte inversión pública en

proyectos estratégicos para la industrialización del país; si bien es muy probable que

esos proyectos sean ejecutados con recursos provenientes de créditos es cierto

también que las contrapartes, la inversión social y otros proyectos productivos

necesitaran de mayores recursos provenientes de la recaudación tributaria.

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Economía, Nº 27, Fondo Monetario Internacional, Washington, marzo 2001.

GÓMEZ, J.C., SANTIERE, J.J. y ROSSIGNOLO, D.A. (2002), La equidad distributiva y

el sistema tributario: un análisis para el caso argentino, Serie Gestión Pública, ILPES,

CEPAL, Nº 20.

Page 33: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

31

Anexo I Resumen de la Política Tributaria del Actual Gobierno, 2006 - 2012

Gestión Política Aplicada

2006

Incorporación de todas las personas naturales que realizan servicios de transporte

interdepartamental de pasajeros y carga al Régimen General de Tributación, en el marco del D.S.

Nº 28522. Con esta medida se logró que todos los propietarios de vehículos de transporte

interdepartamental e internacional de pasajeros y carga, facturen y paguen los impuestos

correspondientes dentro del Régimen Tributario referido.

2006

Complementariamente, en el marco de la política de ampliación de la base del universo de

contribuyentes, se negoció con la Confederación Sindical de Chóferes de Bolivia para que este

sector por sus características particulares y a través de sus sindicatos, cumplan con la obligación

del pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) de manera sencilla.

2006

Elaboración de la Ley N° 3446 de 21 de julio de 2006, Continuación del Impuesto a las

Transacciones Financieras (ITF), Decreto Supremo N° 28815 de 26 de julio de 2006 y

Resolución Ministerial N° 371 de 9 de agosto de 2006. Asimismo, a efecto de precisar y aclarar

la aplicación del ITF, se aprobó la Resolución Ministerial Nº 556 de 20 de noviembre de 2006.

Este impuesto tendrá una vigencia de 3 años.

2006

Esta medida ha contribuido a incentivar el uso del boliviano en remplazo de las monedas

extranjeras principalmente el dólar estadounidense, se ha modificado la estructura del ahorro y

orientado el uso de instrumentos financieros de ahorro e inversión en moneda nacional; también

la aplicación del ITF ha contribuido a generar información de operaciones financieras con fines

de fiscalización y ampliar su alcance al sector informal.

2006

Se elaboró el proyecto de la Ley Nº 3467 de 12 de septiembre de 2006 que modifica el Artículo

157 del Código Tributario Boliviano con el fin de utilizar adecuadamente la figura del

arrepentimiento eficaz; esta medida establece incentivos y desincentivos a la importación de

vehículos automotores a través de la aplicación del Impuesto sobre Consumo Específico (ICE).

Con esta disposición se pretende establecer un instrumento permanente de lucha contra el

contrabando de vehículos, que incentive la importación de vehículos nuevos

y desincentive el ingreso de vehículos antiguos, también incentiva el cambio de la matriz

energética, penalizando la importación de vehículos a diesel, además permite la regularización

del parque automotor con el pago de los tributos aduaneros omitidos y como efecto secundario, el

pago de impuestos municipales.

2006

Se elaboró el Reglamento de la mencionada Ley, el que fue aprobado mediante Decreto Supremo

Nº 28963 de 6 de diciembre de 2006, que operativiza esta Ley, otorgando facultades a las

instituciones involucradas, facilitando la regularización de los vehículos, previo cumplimiento de

las condiciones técnicas y medioambientales y de las formalidades aduaneras establecidas en la

Ley General de Aduanas.

2006

Elaboración del Proyecto de Norma para la vigencia del Impuesto a la Hoja de Coca (IHC) el que

se aplicaría en todo el territorio nacional a la salida de los centros de producción en su estado

natural. La implementación de este impuesto permitirá incorporar al sistema tributario a los

productores de la hoja de coca y se proyecta recaudar Bs.78 millones anuales.

2006

Participación en el análisis tributario para la elaboración de los contratos petroleros que se

suscribieron entre Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y las empresas

petroleras. Este viceministerio ha contribuido a establecer y concordar el Régimen Tributario

Boliviano en los contratos.

2006

Elaboración de la Resolución Multiministerial 003/06, conjuntamente los Ministerios de

Producción y Microempresa y Planificación para el Desarrollo, referida a la importación de

vehículos a través de zonas francas industriales, constituyéndose en un instrumento que coadyuva

a disminuir el contrabando de vehículos automotores.

2006

Se elaboró la Resolución Ministerial Nº 0819 que puso en vigencia el Arancel Aduanero de

Bolivia 2006, la misma que además de aprobar la actualización de la Nomenclatura, e incorporar

los niveles del GA (arancel nación más favorecida), introdujo información adicional relacionada

a requisitos de importación, a objeto de brindar transparencia y facilitación a los operadores

comerciales.

2006 Suscripción de Convenios de Gestión por Resultados con el SIN y la ANB en el marco de la Ley

Page 34: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

32

Gestión Política Aplicada de Servicio de Impuestos Nacionales Nº 2166, Ley General de Aduanas Nº 1990 y Decretos

Supremos reglamentarios de ambas Leyes, para el cumplimiento y mejoramiento de las metas de

recaudación de impuestos internos, de importación y objetivos institucionales, para la gestión

2006.

2006

Coordinación con el Ministerio de Minería y Metalurgia en el análisis para la revisión del

régimen tributario minero. Como efecto de la misma, se ha fijado una posición sobre las

modificaciones del Impuesto Complementario Minero (ICM), cuyo Proyecto de Ley se ha

enviado para su análisis y tratamiento al Honorable Congreso Nacional.

2006

Elaboración de Resoluciones Supremas para el cobro del Impuesto a la Propiedad de Bienes

Inmuebles y Vehículos Automotores y dictámenes técnicos sobre tasas y patentes en respuesta a

los requerimientos de los municipios.

2006 En coordinación con la Aduana Nacional de Bolivia se ha participado en la elaboración del Plan

de Acción Integral de Lucha contra el contrabando.

2006

Como Titular por Bolivia del Grupo Ad Hoc sobre Política Arancelaria de la CAN, se elaboraron

propuestas sobre alternativas relacionadas a la estructura y modalidades del Arancel Externo

Común, y lineamientos para el manejo de la Política Arancelaria Andina (proceso en negociación

en el marco del perfeccionamiento de la integración subregional andina).

2006

Análisis y observaciones a los siguientes Proyectos de Ley: Proyecto de Ley N° 102/2006 – Zona

Económica Especial, Exportadora y turística del Trópico de Cochabamba; Proyecto de Ley N°

174/2006-2007 – Zona de Tratamiento Preferencial Impositivo para el Departamento de

Chuquisaca y Proyecto de Ley N° 397/2006-2007 – ampliación de la Ley de Promoción

Económica de El Alto, para el Departamento de La Paz.

2007 Ley N°3467 y Decreto Reglamentario N°28963 para disminuir el contrabando de vehículos.

2007 Revisión y actualización de los textos ordenados de la Ley N°843, Ley N°2492, Ley N°1990 y

sus Decretos Reglamentarios.

2008 Decreto Supremo N°29681 de 20/08/2008 regula el ingreso y salida de divisas del territorio

nacional.

2008

Bajo el auspicio el CONALTID se redacto el anteproyecto de Ley en Contra de la Legitimación

de Ganancias Ilícitas, el cual otorgara mayor agilidad en las investigaciones y permitirá, al

Órgano Judicial, sancionar cometan el delito de lavado de dinero.

2008

Incorporación en la Ley Financial de las siguientes medidas:

Establecimiento de la exención de tributos por importación de mercancías donadas de

gobiernos extranjeros a instituciones publicas.

Restitución de la obligación del pago del impuesto a las utilidades de las empresas a los

agentes económicos que operan en zonas francas.

Modificación del artículo 181 del Código Tributario Boliviano, elevando el monto para

contravenciones aduaneras a 200 mil UFVs.

2008 Realización de compras estatales a través de licitación publica en territorio nacional aduanero.

2008 Ampliación de la vigencia del ITF por 3 años.

2008 Creación de la Empresa Publicas Depósitos Aduaneros Bolivianos (DAB)

2008 Elaboración de un nuevo reglamento a la Ley de Promoción Económica de El Alto, delimitando

el alcance de las exenciones tributarias.

2008 Ampliación de Regalías Mineras y Alícuota Adicional del Impuesto a las Utilidades de las

Empresas (AA-IUE) creada por Ley N°3787 (D.S.29577).

2008 Eliminación de la doble deducción por parte de las empresas mineras al momento de determinar

la base imponible del IUE (D.S. 29475)

2008 Modificaciones en las alícuotas del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y Derivados (IEHD)

sobre precio de los carburantes.

2008 Facilitación en los procesos de importación del diesel y diferimiento del GA.

2008 Determinación de tributos y otras cargas fiscales deducibles a objeto de establecer la utilidad neta

imponible para el pago del IUE (D.S.29512)

2008 Elaboración del Reglamento de otorgación de incentivos tributarios para la industrialización del

gas natural.

2008 Restricción de la importación de vehículos antiguos a través de la modificación al Reglamento

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33

Gestión Política Aplicada para la importación de vehículos automotores, en función a su antigüedad y consumo de diesel oil

y Gas Licuado de Petróleo (D.S. 29836).

2008 Gravamen 0%para la importación de alimentos básicos que se encontraban con presiones

inflacionarias (D.S.29460).

2008 Medida de incentivo a la exportación de alimentos a través de la restricción a la devolución del

GA a los exportadores.

2008

Elaboración del nuevo reglamento para la devolución de impuestos mediante CEDEIM’s a los

exportadores mismo que facilitará su administración por parte de la Administración Tributaria

minimizando los niveles de evasión.

2008 Creación de un impuesto especial a la hoja de coca que será grabado por la primera

comercialización del producto.

2008 Elaboración de proyecto de Ley que regulara el régimen de arrendamiento financiero, el cual

contempla como elemento importante, el tratamiento tributario.

2009

Implementación de una alícuota adicional de 12,5% para el Impuesto a las Utilidades de

Empresas (IUE), en el régimen regulatorio e impositivo minero, proporcionando un tratamiento

tributario que considera la capacidad contributiva de los sujetos pasivos de este sector.

2009 Establecimiento de una Gravamen Arancelario de 35% a la importación de textiles y ropa de tipo

sintético como parte de las medidas orientadas a la protección de la industria nacional.

2009 Administración de los depósitos aduaneros por parte de la Empresa Publica Nacional Estratégica

de Depósitos Aduaneros de Bolivia (DAB) a partir de junio e 2009.

2009

Complementación de la norma sobre prohibición de ingreso de vehículos automotores con

antigüedad mayor a 5 años, y establecimiento de una escala de factores de depreciación que

desincentivan la importación de vehículos usados, y adjudicación de vehículos importados a

entidades publicas.

2009

Ampliación de la vigencia del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), que contribuyen

al proceso de bolivianización al excluir de la obligación operaciones en moneda nacional, además

de ampliar la cobertura a depósitos a plazo fijo.

2009

Diferimiento arancelario a 0% hasta abril de 2010 para la importación de productos alimenticios,

regulación de exportación de productos previa verificación de abastecimiento del mercado

interno y exención de pago de tributos de importación para donaciones de fertilizantes dirigidos a

Insumos Bolivia, como parte de la política anti inflacionaria.

2009 Facilitación de disposición de las donaciones de mercancías a entidades publicas, evitando su

deterioro y costo de almacenaje aduanero.

2009

Recaudación desde julio de 2009 de impuestos aportados por futbolistas de la liga profesional de

futbol boliviano por concepto de RC-IVA a dependientes e IVA independientes, ambos con una

alícuota de 13%, IT 3%, e IUE 12,5% anual.

2009

Aprobación de una norma que fomenta el retorno de bolivianos residentes en el exterior, a través

de la exención de hasta $us50.000 para la internación de maquinaria, equipo y herramientas

utilizadas en su actividad en el exterior, y hasta $us35.000 a no residentes.

2009

Establecimiento a partir de 2010 del pago de IVA e IT de las actividades de entretenimiento,

juegos de azar, numéricos, de lotería, apuestas y otros similares, dispuesto en el PGE 2010, hasta

que su regulación y definición sean aprobados por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

2009 Actualización de las tasas vigentes del Impuesto al Consumo Especifico en función de la

variación de la Unidad de Fomento a la Vivienda, aplicada desde enero de 2010.

2010

Establecimiento de la Ley N° 031 Marco de Autonomías y Descentralización, que establece un

marco legal bajo el cual las entidades territoriales autónomas podrán generar sus recursos

económicos, a través de la imposición de tributos para el financiamiento de sus funciones y

competencias.

2010

Promulgación de la Ley N° 037 de Lucha contra el Contrabando, que genero el incremento en la

sensación de riesgo por parte de comerciantes, que derivo posteriormente en un aumento de la

recaudación aduanera.

2010

D.S. N° 0653 gravamen arancelario de electrodomésticos de consumo masivo y equipos de

computación, esta medida busca aminorar la presión de un incremento en los precios de estos

productos en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y reducir la alícuota del GA de 10% a 5%,

Page 36: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

34

Gestión Política Aplicada pero principalmente pretende mantener y ampliar su accesibilidad por parte de la población,

considerando que este tipo de productos son de consumo masivo.

2010

D.S. N° 0708, esta norma permite la participación de los sectores sociales en la trasparencia y la

correcta aplicación de la normativa aduanera además, establece mecanismos simplificados de

importación que amplia el despacho de mínima cuantía de $us1.000 a $us5.000 beneficiando al

sector microempresario.

2010

D.S. N° 0670, con esta medida se dispuso la adjudicación a titulo oneroso de 3.991 pares de

zapatillas deportivas y a titulo gratuito 3.901 pares de zapatillas deportivas, para su entrega a

jóvenes deportistas como un aliciente al deporte.

2010 Resolución Ministerial N° 185, el principal impacto que reportó esta norma, fue la

implementación de un mecanismo dinámico para la entrega de mercancías a entidades públicas.

2010

Elaboración y promulgación del D.S. N° 0470, cuyo objetivo principal es reglamentar las zonas

francas. En el marco de los lineamientos productivos el Plan Nacional de Desarrollo se prioriza

las actividades productivas industriales a través de:

Un pago por derecho de concesión sobre los ingresos brutos de la empresa concesionaria.

La restricción en el ingreso de mercancías sujetas a autorizaciones previas y certificaciones

a zonas francas comerciales.

La obligatoriedad por parte de los usuarios de tener un espacio físico dentro de las zonas

francas.

Establecimiento de un tarifario por los servicios que presta la empresa concesionaria.

2010

D.S. N°0572, referido a la restricción del ingreso de mercancías sujetas a autorizaciones y

certificaciones previas que generó un reordenamiento hacia los recintos aduaneros administrados

por la Empresa Publica estratégica DAB en un 50%, obligando a concesionarios de zonas francas

a desarrollar políticas de carácter productivo industrial enmarcadas en los lineamientos de la

“Bolivia Productiva” del Plan Nacional de Desarrollo.

2010

Ampliación de la base tributaria, D.S. N° 430, este decreto establece la obligatoriedad de emitir

facturas por juegos lotéricos y numéricos. Esta medida ha permitido al Servicio de Impuestos

Nacionales (SIN) efectuar controles tributarios y fiscalizaciones sobre el cumplimiento de la

emisión de la factura o nota fiscal por parte de operadores que prestan servicios de

entretenimiento a través de juegos lotéricos y/o numéricos y declaran los ingresos provenientes

de esa actividad en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto a las Transacciones (IT) e

Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE).

2010

Ley N° 060 de Juegos de Lotería y de Azar, la implementación de la Ley y el decreto

reglamentario en la próxima gestión 2011 permitirá regular la actividad del juego en sus distintas

modalidades y generara recaudaciones por aproximadamente Bs196 millones al año, los cuales

serán distribuidos entre el nivel central del Estado y los gobiernos departamentales y municipales.

2010

Ley N° 066, esta ley introduce modificaciones a las alícuotas aplicables a los productos gravados

por el ICE, estableciendo una alícuota porcentual adicional a las alícuotas especificas aplicables a

las bebidas alcohólicas, se incrementa la alícuota porcentual a los cigarrillos rubios y establece

una alícuota específica a las bebidas energizantes y cerveza. Esta medida busca generar recursos

para el incentivo del deporte.

2010

Formulación, propuesta y evaluación de Convenios Anuales de Compromisos con el Servicio de

Impuestos Nacionales (SIN) y la Aduana Nacional (AN), incrementándose las metas de

recaudación de las administraciones tributarias a partir de la estimación de indicadores de

eficiencia recaudatoria.

2010

Se firmaron Convenios con el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Aduana Nacional (AN),

Registro Único para la Administración Municipal (RUAT), Depósitos Aduaneros Bolivianos

(DAB), Administración de Servicios Portuarios de Bolivia (ASP-B), estableciendo metas de

eficiencia administrativa y de gestión.

Page 37: Evaluación y perspectivas del sistema tributario 1987 2012

35

Gestión Política Aplicada

2011

Aprobación de la Ley N°100 de 4 de abril de 2011, que tiene por finalidad proteger el territorio

nacional en zonas de frontera, evitar el saqueo de recursos naturales, promover el desarrollo de

actividades económicas licitas e implementar medidas y acciones, entre otros, de lucha contra el

trafico ilegal del mercancías (contrabando). Norma que según el MEFP, en 2011 resulto en la

realización de 5.727 operativos exitosos a cargo del COA, duplicándose respecto a los 2.833

operativos de 2010, con una recaudación aproximada de Bs158 millones en 2011.

2011

Promulgación de la Ley N°154 de 14 de julio de 2011 de Clasificación y Definición de impuestos

y de regulación para la creación y/o modificación de impuestos de dominio de los Gobiernos

Autónomos Departamentales y Municipales, con el fin de delimitar las atribuciones tributarias.

2011

Gestión de la Ley N°175 que faculta al Banco Central de Bolivia a adquirir oro destinado a las

reservas internacionales, incorporando en el precio , la tasa efectiva del IVA y estableciendo la

exención del IT.

2011

Promulgación de la Ley N°186 de Régimen de Tasa Cero (0) en el IVA para la venta de

minerales y metales en su primera fase de comercialización, realizadas por cooperativas mineras,

incluidos los productores primarios que produzcan en forma artesanal y este sujetos a contrato

con el Estado.

2011

Aprobación de la Ley N°211 de 23 de diciembre de 2011, que dispone de la monetización de

mercancías por ilícito de contrabando, así como la adjudicación a instituciones publicas, a titulo

gratuito, de mercancías con sentencia ejecutoriada o resolución firme.

2011

Reglamentación de la Ley N°060 de 25 de noviembre de 2010, de Juegos de Lotería y Azar, a

través de los Decretos: D.S. N° 781 de 2 de febrero de 2011 que establece la creación de la

Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego y reglamenta el régimen de sanciones y

D.S. N° 782 de similar fecha a la anterior norma, que reglamenta la aplicación del Impuesto al

Juego y el Impuesto a la Participación en Juegos.

2011

Promulgación del D.S. N° 784 que establece modificaciones al Reglamento a la Ley General de

Aduanas orientadas a facilitar y simplificar los procedimientos aduaneros y establecer

mecanismos que permitan a la Aduana Nacional disponer en forma oportuna de las mercancías

que se encuentran en abandono y en decomiso definitivo.

2011

Emisión del Decreto Supremo N° 943, cuyo objetivo es incentivar a las importaciones de

semillas y maquinaria agrícola, con el diferimiento del gravamen arancelario a cero por ciento

por un lapso de cinco años.

2011

Endurecimiento de sanciones por contrabando, establecimiento de alícuotas especificas del ICE

para bebidas energizantes y alícuotas porcentuales para bebidas alcohólicas y la ampliación de las

alícuotas del ICE para la cerveza y los cigarrillos rubios.

2011

Implementación del Modelo de Administración del Sistema Impositivo (MASI) que incorpora

nuevas herramientas tecnológicas como la Oficina Virtual, el Portal Tributario Newton y la

modernización del registro de contribuyentes a través del Padrón Biométrico Digital (PBD),

nuevo sistema de facturación, el SIN instaló plataformas móviles para crear cultura tributaria y

efectuó 13.885 fiscalizaciones; la AN intensifico el control en zonas fronterizas con 5.727

operativos exitosos, 102% mas que en 2010, además implementó el Servicio de Enlace Aduanero

y registro de empadronamiento de importadores.

2012

Las recaudaciones tributarias superaron los Bs. 49 mil millones, 19% más que el 2011. En el

periodo 2006 a 2012, se alcanzó una recaudación acumulada de Bs. 227.308,9 millones, superior

en 243% a lo registrado durante el periodo 1999 a 2005, los resultados obtenidos son

principalmente atribuidos a la mayor actividad económica y a las medidas tributarias, aduaneras y

arancelarias aplicadas.

2012

Los Gobiernos Municipales de La Paz, Santa Cruz y Tarija crearon sus propios impuestos (Ley

154). Se evaluó la implementación de la ley N° 154 de 14 de Julio de 2011, de Clasificación y

Definición de Impuestos y Regulación Tributaria para la creación y/o modificación de impuestos

de dominio de los Gobiernos Autónomos. Como resultado de la aplicación de esta ley en la

gestión 2012 los Gobiernos Autónomos Municipales de La Paz, Santa Cruz y Tarija desarrollaron

sus propios ingresos.

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36

Gestión Política Aplicada

2012

Promoción e incentivo a la producción nacional mediante incremento de aranceles para algunas

mercancías (D.S. N° 1272). Con el objetivo de incentivar a la producción nacional de prendaria

nueva, se incorporó un nivel de GA del 40% en remplazo del 35% anterior, además de gravar con

un 30% la manufactura de madera importada (Muebles). Esta medida se implemento mediante el

Decreto Supremo 1272, del 27 de junio de 2012.

2012

Se reglamento el procedimiento para la disposición de mercancías comisadas por ilícito de

contrabando (D.S. 1134). Mediante el Decreto Supremo N° 1134 de 8 de febrero de 2012, se

reglamento el procedimiento para la disposición de mercancías comisadas por ilícito de

contrabando (tanto contravención como delito), disponiendo su monetización inmediata mediante

el remate, el cual se realiza por internet. Por otra parte, agotadas las instancias de apelación, se

dispone que el MEFP autorice la adjudicación de las mismas a favor de instituciones públicas.

2012

Promoción y Facilitación de la disposición de mercancías consignadas a entidades públicas (D.S.

1227). Con la finalidad de coadyuvar y dar apoyo oportuno al sector salud, se canalizo la

importación de ambulancias que utilizan diesel oil como combustible, siempre y cuando sea en

calidad de donación, consignadas a entidades públicas. Medida realizada mediante el Decreto

Supremo N° 1227, de 9 de mayo de 2012.

2012

Se otorgaron exenciones aduaneras a importación de mercancías donadas. A Objeto de disponer

oportunamente de las mercancías donadas a entidades del sector público, se exencionaron los

tributos aduaneros a la importación principalmente de: envíos de material médico y

medicamentos, material educativo, equipamiento para las universidades y camiones perforadores

de pozos de agua, emitiéndose los siguientes Decretos Supremos: 1138, 1197, 1224, 1270, 1309,

1334, 1360, 1395 y 1419.

2012

Socialización de la política aduanera, arancelaria y de lucha contra el contrabando. Se socializo a

la sociedad en general y, en particular, a los sectores involucrados con las guías y documentos

imprescindibles de la normativa aduanera y arancelaria tales como: Arancel Aduanero de

Importaciones de Bolivia 2012; Procedimiento para acogerse al Manejo Doméstico; Como las

instituciones públicas pueden solicitar vehículos; y Como pueden realizarse solicitudes de

mercancías a través de la página web de la Aduana.

2012

Publicación del Boletín de Ingresos Tributarios. La Adopción de políticas tributarias acertadas se

ven reflejadas en los ingresos tributarios del país, situación que es importante dar a conocer al

pueblo boliviano en general, en este sentido, en abril del 2012, con el fin de transparentar la

gestión fiscal y tributaria, se publico el segundo boletín de ingresos tributarios, mismo que

contiene información estadística tributaria y aduanera, cifras de recaudación que sin lugar a duda

reflejan la dinámica económica interna y los efectos de la aplicación de la política fiscal y

tributaria desde la gestión 2006.

2012

Publicación del Arancel Aduanero de Importaciones Bolivia 2012. Durante la gestión 2012, el

VPT, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 25870, procedió a la publicación

del Arancel Aduanero de Importaciones de Bolivia 2012, documento que incluye las

modificaciones establecidas mediante D.S. 93 de 2 de agosto de 2012; asimismo incluye las

preferencias arancelaria que Bolivia otorgó en la Gestión 2012 en cumplimiento a los

compromisos asumidos en los Acuerdos Comerciales y de Integración.

2012

Se llevaron adelante capacitaciones a las entidades territoriales. En el marco de la Ley N° 154, se

llevaron a cabo la difusión y capacitación sobre normativa tributaria municipal, esto en 8 eventos

a nivel nacional, capacitando a más de 50 municipios.

2012

A través de la Disposición Adicional Novena de la Ley N°291 de 2012, se crea el Impuesto a la

Venta de Moneda Extranjera (IVME), que se aplicará con carácter transitorio durante treinta y

seis (36) meses, a la venta de moneda extranjera, siendo sujetos pasivos las entidades financieras

bancarias y no bancarias, y las casas de cambio. La base imponible del impuesto está constituida

por el importe de la venta de moneda extranjera. La alícuota del impuesto es del cero punto

setenta por ciento (0.70%) que se aplicará sobre la base imponible. Fuente: Extraído de las Memorias Fiscales del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas 2006 – 2012.