eutanasia

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Contenido Eutanasia......................................................3 Eutanasia directa:........................................3 Activa:...................................................3 Pasiva:...................................................3 Eutanasia indirecta:......................................3 Legislación dentro del ecuador e internacional................4 Internacionalmente........................................... 4 ANALISIS PENAL.................................................5 Argumentos a favor.............................................7 Médicos...................................................... 7 Jurídicos.................................................... 7 Argumentos en contra...........................................7 Argumentos en favor de la eutanasia............................9 CASO CLINICO..................................................11

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Eutanasia

ContenidoEutanasia3Eutanasia directa:3Activa:3Pasiva:3Eutanasia indirecta:3Legislacin dentro del ecuador e internacional4Internacionalmente4ANALISIS PENAL5Argumentos a favor7Mdicos7Jurdicos7Argumentos en contra7Argumentos en favor de la eutanasia9CASO CLINICO11

EutanasiaLaeutanasiaes la accin o inaccin hecha para evitar sufrimientos a personas prximas a su muerte, acelerndola ya sea a sabiendas de la persona o sin su aprobacin. Se puede considerar tambin como el hecho de morir sin experimentar dolor.Desde una perspectivaticaestricta, el problema de la eutanasia se nos plantea en funcin de los conceptos defirmezay degenerosidad. Pues la firmeza y la generosidad se mantienen precisamente en los puntos de conexin entre el individuo y la persona. Eutanasia directa: Adelantar la hora de la muerte en caso de una enfermedad incurable. Esta a su vez posee dos formas: Activa: Consiste en provocar la muerte de modo directo. Puede recurrirse a frmacos que en sobredosis generan efectos mortferos. Pasiva: Se omite o se suspende el tratamiento de un proceso nosolgico determinado (por ejemplo una bronconeumona), o la alimentacin por cualquier va, con lo cual se precipita el trmino de la vida. Es una muerte por omisin.De acuerdo conVctor Prez Varela, la eutanasia pasiva puede revestir dos formas: la abstencin teraputica y la suspensin teraputica. En el primer caso no se inicia el tratamiento y en el segundo se suspende el ya iniciado ya que se considera que ms que prolongar el vivir, prolonga el morir.6Debe resaltarse que en este tipo de eutanasia no se abandona en ningn momento al enfermo.

Eutanasia indirecta: es la que se verifica cuando se efectan, con intencin teraputica, procedimientos que pueden producir la muerte como efecto secundario. Por ejemplo, la administracin de analgsicos narcticos para calmar los dolores. Los mismos, como efecto indirecto y no buscado, provocan disminucin del estado de conciencia y posible abreviacin del perodo de sobrevida. Aqu la intencin, sin duda, no es acortar la vida sino aliviar el sufrimiento, y lo otro es una consecuencia previsible pero no perseguida. Entra as en lo que desdeToms de Aquinose llama un problema dedoble efecto.Legislacin dentro del ecuador e internacionalInternacionalmenteEn la legislacin no existe una ley respecto a la eutanasia, nos encontramos con disposiciones aisladas en el mbito nacional y provincial que hacen al tema. NacionalEn el mbito nacional existe una penalizacin de la asistencia al suicidio, contenida en el cdigo penal. Hay respuestas aisladas dentro de las leyes de ejercicio de la medicina a temas puntuales que se relacionan con la suspensin de tratamientos o la negativa a someterse a terapias an cuando aquellas terapias o tratamientos sean indispensables para mantener con vida al enfermo.En el plano internacional destaca el consejo de Europa. Este organismo europeo emiti, a travs de la asamblea parlamentaria, una recomendacin relativa a los derechos de los enfermos y de los moribundos.Esta recomendacin se opone abiertamente a la eutanasia activa, pues seala que el mdico no tiene derecho a acortar intencionalmente el proceso natural de la muerte. Sin embargo los mdicos deben respetar ante todo la voluntad del interesado, en lo que concierne al tratamiento aplicable, para lo cual este debe ser informado sobre su estado.En este caso la prolongacin de la vida no debe ser el fin exclusivo de la prctica mdica, la cual debe dirigirse tambin a aliviar el sufrimiento.Estas y otras consideraciones, como el respeto a la dignidad e integridad de los pacientes, la no obligacin del mdico de actuar contra su conciencia en correlacin con el derecho del paciente de no sufrir intilmente suponen el reconocimiento de determinados derechos fundamentales del paciente y del moribundo y tambin un reconocimiento implcito de la eutanasia pasiva.

ANALISIS PENALEl cdigo penal protege a todo ser humano y su derecho a vivir frente a cualquier persona, independientemente de que esa persona este sana o enferma, sea recin nacido o anciano, til o intil para la sociedad, deficiente etc.Tambin da lo mismo el motivo por el que se le causa la muerte, ya sea por crueldad o por compasin, por motivos ideolgicos o por cualquier otro motivo.El cdigo penal no menciona el termino eutanasia, pero dentro del delito de induccin al suicidio del articulo 143, encontramos el tipo de auxilio al suicidio en su prrafo cuarto, por el cual se abre una puerta a la eutanasia. ARTIC 143.4 El que causare o cooperare activamente con actos necesarios ydirectos a la muerte de otra, por peticin expresa, seria e inequvoca de esta, enel caso de que la vctima sufriera una enfermedad grave que conducira necesariamente a su muerte o que padecimientos permanentes y difciles de soportar ser castigado con la pena inferior en uno o dos grados sealada en los nmeros 2 y 3 de este articulo.Este artculo solo hace referencia al supuesto de eutanasia directa porque exige que sea por peticin expresa seria e inequvoca. Sin esa peticin no estaramos ante el supuesto tipificado en este articulo y se entrara dentro del homicidio. Solo cuando previamente se solicite podremos hablar de eutanasia .Este artculo 143 solo habla de 2 supuestos, es decir, reduce la posibilidad de aplicar este tipo penal a dos supuestos que son:- Enfermedad grave abocada a la muerte.- Enfermedad que produce graves padecimientos difciles de soportar.As, solo en el caso de estar ante alguna de estas dos hiptesis podramos aplicar este artculo, quedando fuera todo lo dems. Dentro de graves padecimientos slo entran los dolores fsicos, sin embargo no es as con los dolores psquicos. De este modo el artculo 143 deja la puerta abierta para los padecimientos psquicos.Ha habido tambin un debate sobre el alcance del trmino eutanasia. El trmino ha sido dividido en eutanasia pasiva y eutanasia activa. En el contexto de la sociedad norteamericana, con el trmino de eutanasia pasiva se ha querido significar el favorecer el proceso de la muerte al remover el equipo de soporte vital o al terminar con los procedimientos mdicos cuando estos son considerados vanos. Con el trmino de eutanasia activa se ha querido significar el provocar inmediatamente la muerte por la aplicacin de un agente letal. Sin embargo, bajo el punto de vista de la tica profesional, se ha objetado que es irrelevante el terminar la vida del enfermo por accin o por omisin de un tratamiento que es considerado vlido y necesario para que este pueda vivir, ya que la muerte es provocada intencionalmente en ambos casos. Para evitar confusiones, la definicin de eutanasia debe ser entendida ms bien como el finalizar deliberadamente la vida de un enfermo que est sufriendo o tiene una enfermedad incurable, independientemente de que sea por accin o por omisin. En el caso de que la eutanasia sea llevada a cabo a travs de una accin, se trata de eutanasia activa. En el caso de que se trate de la privacin de una asistencia mdica todava vlida y debida, se trata de eutanasia omisiva. Por otra parte, no hay que considerar que hay eutanasia en la mal llamada "eutanasia pasiva" al remover sistemas de soporte vital que no son teraputicos y permitir que el enfermo sucumba por la enfermedad o en negarse a recibir un tratamiento mdico que es considerado vano, ni hay eutanasia en la muerte provocada por el "efecto doble" de drogas que son dadas para aliviar el dolor pero pueden acortar la vida. No hay obligacin de recibir o de prolongar un tratamiento que es considerado ineficaz por la profesin mdica. Esta prctica es considerada como tica y legal siempre que la intencin del mdico sea aliviar el dolor y otros sntomas y no provocar la muerte.En la presente reflexin voy a analizar los argumentos en favor de la eutanasia junto con una crtica de los mismos para emitir un juicio tico sobre si existe el derecho a cometer suicidio o de pedir una accin eutansica para enfermos terminales.

Argumentos a favorMdicos Desde siempre, los mdicos han participado en la toma de decisiones sobre el fin de la vida y actualmente es comn suspender o no instaurar tratamientos en determinados casos, aunque ello lleve a la muerte del paciente. Es lo que se conoce comolimitacin del esfuerzo teraputico, limitacin de tratamientos o, simplemente, eutanasia pasiva. sta se lleva a cabo con el conocimiento y anuencia de los familiares del paciente. En medicina, el respeto a la autonoma de la persona y los derechos de los pacientes son cada vez ms ponderados en la toma de decisiones mdicas. En sintona con lo anterior, la introduccin delconsentimiento informadoen la relacin mdico-paciente, y para stas situaciones, la elaboracin de undocumento de voluntades anticipadassera una buena manera de regular las actuaciones mdicas frente a situaciones hipotticas donde la persona pierda total -o parcialmente- su autonoma para decidir, en el momento, sobre las actuaciones mdicas pertinentes a su estado de salud.Jurdicos La sociedad moderna basa su ordenamiento jurdico en la proteccin de los derechos humanos. En este sentido, cada enfermo tiene derecho a decidir, informadamente, sobre los asuntos que pertenecen a una esfera tan privada como su cuerpo; y en virtud de esto, decidir cmo quiere seguir o no seguir viviendo.En la eutanasia se puede escoger el tipo de muerte que se le da al paciente.Argumentos en contraLos argumentos en contra inciden en la inviolabilidad de la vida humana, la defensa de su dignidad independientemente de las condiciones de vida o la voluntad del individuo implicado, y las repercusiones sociales de desconfianza que podra conllevar la eutanasia.

LaAsociacin MdicaMundialconsidera contrarios a la tica y condena tanto el suicidio con ayuda mdica como la eutanasia.En cambio recomienda loscuidados paliativos. "La eutanasia, es decir, el acto deliberado de poner fin a la vida de un paciente, aunque sea por voluntad propia o a peticin de sus familiares, es contraria a la tica. Ello no impide al mdico respetar el deseo del paciente de dejar que el proceso natural de la muerte siga su curso en la fase terminal de su enfermedad."

La postura de lasiglesiascristianas en tanto, a nivel mundial, es mayoritariamente contraria a la eutanasia y al suicidio asistido: es el caso delaIglesia CatlicaRomanay de lasIglesias evanglicasypentecostales.No todos los asuntos morales tienen el mismo peso moral que el aborto y la eutanasia. Por ejemplo, si un catlico discrepara con el Santo Padre sobre la aplicacin de la pena de muerte o en la decisin de hacer la guerra, ste no sera considerado por esta razn indigna de presentarse a recibirla Sagrada Comunin.Aunque la Iglesiaexhorta a las autoridades civiles a buscar la paz, y no la guerra, y a ejercer discrecin y misericordia al castigar a criminales, an sera lcito tomar las armas para repeler a un agresor o recurrir a la pena capital. Puede haber una legtima diversidad de opinin entre catlicos respecto de ir a la guerra y aplicar la pena de muerte, pero no, sin embargo, respecto del aborto y la eutanasia. LasIglesias luteranasymetodistasen cambio, como asimismo la mayora de las afiliadas a laComunin Anglicanase oponen en principio, pero dan espacio para la decisin individual caso a caso. Por otro lado, varias iglesias han optado por no pronunciarse a este respecto y enfatizar el valor de la conciencia individual en cuestiones ticas.El avance de los conocimientos permite hoy da a la ciencia y arte mdicos contar con recursos mdicos cada vez ms eficaces para combatir el dolor y otros sufrimientos de los pacientes y ofrecerles soluciones, como son los cuidados paliativos, cuyo desarrollo se visualiza como conveniente, ya que salvaguardan la dignidad de las personas y mantienen el espritu de la profesin mdica.No hacerse cargo mdica y humanamente de la agona del enfermo, acelerndola o dando trmino intencionado a su vida para eliminar sufrimientos, costos econmicos o responsabilidades polticas y sociales, vulnera el propsito de la profesin. Es posible que una generalizacin de la prctica de la eutanasia termine por afectar principalmente a quienes estn ms necesitados de cuidados como los desvalidos, los ancianos, los enfermos crnicos y los moribundos llegando incluso a daar gravemente los derechos bsicos de las personas.

Argumentos en favor de la eutanasia1. El argumento de la pobre calidad de vida.Aquellos que defienden la eutanasia, argumentan que en algunas circunstancias vivir es peor que morir, ya que el dolor y el sufrimiento causado por una enfermedad terminal pueden hacer la vida tan agonizante y difcil de llevar que la muerte puede parecer un "acto humanitario" y se considera racional que el mdico ayude al suicidio como una forma de morir con dignidad. Para el enfermo terminal, el sufrimiento puede ir ms all del dolor como resultado de las condiciones en que se encuentra y estas hacer la vida insoportable, como por ejemplo: la progresiva prdida de movimiento y actividad, la prdida de libertad asociada con la dependencia de otros, molestias fsicas como nuseas, vmitos o disnea, la incapacidad de tragar o de hablar, el miedo a morir, la incontinencia, la debilidad, la prdida de la dignidad personal, la demencia. La vida pierde toda calidad y significado, de forma que la muerte es preferible.Respuesta crtica:En el argumento de la calidad de la vida se confunde el valor de la calidad de la vida con la calidad que la vida tiene. La vida humana tiene un valor intrnseco en s misma. La buena salud no puede dotar de dignidad a la vida humana, ya que la salud no posee vida en s misma, ms bien participa de la vida. La salud es un bien que se ha de disfrutar y cuidar, pero no es un bien absoluto al que haya que subordinar todo. La salud es para el ser humano y no el ser humano para la salud. La dignidad de la persona no desaparece por la enfermedad. Ms bien, la prdida de dignidad se imputa al enfermo por las reacciones de los profesionales de la salud y de la familia del enfermo a la apariencia externa que este ofrece.2. El argumento del respeto de la autonoma del enfermo.Los defensores de la eutanasia consideran que el respeto por la autonoma de las personas requiere el reconocer su derecho a decidir cmo vivir sus vidas. Esto incluye el proceso de la muerte y la habilidad de elegir el destino propio. De tal forma que se propone el derecho de evitar el sufrimiento intolerable ejerciendo un control sobre la forma de morir. Lo que est en juego es ser libre para tomar responsabilidades sobre la propia vida, parte de la cual la constituye la muerte.

Respuesta crtica:El enfermo terminal se encuentra en una posicin extremadamente vulnerable, de forma que su capacidad de autonoma se halla comprometida, sufriendo de depresin, ansiedad, miedo, rechazo o culpabilidad. El pedir la muerte no tiene por qu reflejar un deseo duradero, voluntario, pasado por la reflexin. En las condiciones en que se encuentra el enfermo terminal o casi terminal es muy difcil tener una conciencia clara para tomar decisiones, y la tendencia es a seguir casi ciegamente las indicaciones y sugerencias del mdico. El enfermo podra desear la muerte por deficiencias en la atencin mdica, como el no poder aliviar el dolor, no por una decisin libre. Adems no es lo mismo cometer suicidio que ayudar a un suicidio. Lo ltimo es una forma de homicidio, aun cuando la razn por la que se haga sea por compasin. Aunque el intento de suicidio se haya descriminalizado, el Estado sigue teniendo inters en prevenir contra el suicidio, incluyendo la penalizacin de aquellos que ayudan a que otro se suicide. Por otra parte, tampoco tenemos derecho a cometer suicidio, simplemente porque la vida no nos pertenece por completo y, por tanto, nuestra autonoma se halla limitada. Nadie puede decir que se ha dado la vida a s mismo. No todas las posibilidades acerca de la vida de uno mismo pueden ser consideradas como derechos que deben ser protegidos.

3. El argumento del principio de beneficenciao tener compasin por el que sufre. El mdico acta bajo el principio de beneficencia para aliviar el dolor y el sufrimiento de pacientes terminales. Bajo esta forma de pensar, la eutanasia es considerada un acto virtuoso. El no abandonar al enfermo ha sido parte del cuidado tradicional ejercido por el mdico. Se juzga que el que el mdico asista al enfermo en su suicidio es una forma de ejercer el principio tico de no abandonarlo. Hoy da, los mdicos son considerados los candidatos lgicos para buscar ayuda en el morir, ya que para muchos enfermos terminales el asistir en la muerte es considerado como una extensin del rol del mdico de aliviar el sufrimiento y como una forma de ejercer su cuidado, consistente con la profesin.Respuesta crtica:La compasin de que hablan aquellos que defienden la eutanasia refleja una visin distorsionada de esta actitud. La verdadera compasin no puede ser eliminar al que sufre, sino buscar el aliviar la causa del sufrimiento. De otra forma, se devaluara la vida de los enfermos. Adems la compasin es una cualidad espiritual que significa "sufrir con", estar presente al que sufre, no se trata de un principio o una razn auto justificante. El elegir el suicidio asistido corta toda posible relacin y los lazos que nos unen a las personas que nos acompaan en los momentos difciles de la cercana de la muerte. Adems procurar la muerte por eutanasia no es competencia de la profesin mdica. Asistir al suicidio no es consistente con el compromiso del mdico a curar y tratar la enfermedad, va en contra de los cdigos tradicionales de tica mdica (promesa hipocrtica, Asociacin Mundial de la Salud). Aceptar esto llevara a una desconfianza de las personas en general hacia los mdicos. El profesional de la salud tambin tiene su autonoma y no debe ser presionado para actuar en contra de los valores profesionales.CASO CLINICO Eluana Englar Era la noche del 18 de enero de 1992, un sbado. Eluana se diriga haca su casa de Lecco (ciudad a orillas del lago de Como, en la Regin de Lombarda) tras disfrutar de unas horas en compaa de algunos amigos. A las cuatro de la madrugada tuvo el violentsimo impacto. Eluana tena entonces slo veinte aos. Sus padres la trasladaron de un hospital a otro durante meses y sus amigos y parientes acudieron a visitarla esperando el momento en que Eluana despertara. Sin embargo, este momento jams ha llegado. Tiempo despus los mdicos emitieron un diagnstico que quit toda esperanza incluso a aquellos padres que hasta entonces no haban querido rendirse: estado vegetativo permanente, sin posibilidad de despertar.La situacin cambi por completo el pasado verano, cuando el Tribunal de Miln declar que interrumpir la alimentacin y la hidratacin de la mujer tcnicamente no constitua una forma de eutanasia. Una decisin que, por supuesto, suscit muchas polmicas y que adems caus la vehemente protesta de las autoridades eclesisticas.La joven italiana esta en coma desde 1992. El ministro de Sanidad, Maurizio Sacconi, quien busca detener la desconexin, dijo que la clnica 'La Quiete' -donde est internada la paciente- no cuenta con las condiciones tcnicas necesarias para acoger a Eluana.

Cuando hay muerte cerebral no existe actividad ninguna, el cerebro no funciona. El paciente tiene que estar conectado a un respirador para que su corazn lata. En cambio, Eluana puede respirar con normalidad y su corazn late sin problemas. Sin embargo, esto no hace que pueda salir de su coma, como ha ocurrido desde 1992, ao en que esta mujer sufri un accidente que la llev al estado vegetativo que la ha acompaado durante estos aos.Un proceso de 15 das

Bibliografa1. GRUPO DE ESTUDIOS DE TICA CLNICA DE LA SOCIEDAD MDICA DE SANTIAGO, Eutanasia y acto mdico, Rev. md. Chilevol.139no.5Santiagomayo2012. Torres. V, Garca. E, Casamayor. Z, Torres. R, Consideraciones sobre la eutanasia como prctica mdica, Rev Cub Med Milv.38n.2Ciudad de la Habanaabr.-jun.20093. SNCHEZ.C, LPEZ. R, Eutanasia y suicidio asistido: conceptos generales situacin legal, MED PAL (MADRID) MEDICINA PALIATIVA Vol. 13: N. 4; 207-215, 2006