Ética económica y social

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Ética económica y social – Christian Arnsperger/ Philippe Van Parijs Justicia social: distribución equitativa de derechos y deberes de la sociedad (justicia en instituciones sociales) Utilitarismo: Heredero de la ilustración del siglo XVIII, fue fundado por Jeremy Benthan (1789), bautizado y popularizado por John Stuart Mill (1861) y sistematizado por Henry Sidgwick (1874). Propugna el abandono de toda idea de derecho natural, así como de toda metafísica abarcante. Ninguna autoridad suprema puede decretar lo que es justo o bueno para la sociedad puesto que solo importaba los estados de placer o sufrimiento vividos por los seres humanos. Una sociedad justa es una sociedad feliz. Debemos buscar antes que nada la máxima felicidad para el mayor número de personas. Frente a la posibilidad de elegir entre 2 opciones, se evalua las consecuencias de estas sobre el bienestar y se debe elegir la que produce el bienestar agregado más elevado. Utilidad es definida como el indicador de satisfacción de las preferencias de una persona. - Utilitarismo Clásico: bienestar colectivo = suma del bienestar de los individuos que conforman la colectividad. - Utilitarismo Medio: bienestar colectivo = nivel medio del bienestar de esos mismos individuos. - Criterio de Pareto: Si A es pareto-óptima, no existe otra opción que le sea unánimemente preferida. Esto fue la base de la nueva economía del bienestar. - Dimensión Distributiva: se considera q la distribución de rentas u otros bienes que maximiza la suma de las utilidades es tal que las utilidades marginales de todos los individuos son iguales . Lo cual se puede alcanzar cuando no es posible aumentar la utilidad de un individuo sin reducir la de otro. Sin embargo, más igualdad no significara, necesariamente, menos riqueza El libertarismo:

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Page 1: Ética económica y social

Ética económica y social – Christian Arnsperger/ Philippe Van Parijs

Justicia social: distribución equitativa de derechos y deberes de la sociedad (justicia en instituciones sociales)

Utilitarismo:

Heredero de la ilustración del siglo XVIII, fue fundado por Jeremy Benthan (1789), bautizado y popularizado por John Stuart Mill (1861) y sistematizado por Henry Sidgwick (1874). Propugna el abandono de toda idea de derecho natural, así como de toda metafísica abarcante. Ninguna autoridad suprema puede decretar lo que es justo o bueno para la sociedad puesto que solo importaba los estados de placer o sufrimiento vividos por los seres humanos.

Una sociedad justa es una sociedad feliz. Debemos buscar antes que nada la máxima felicidad para el mayor número de personas. Frente a la posibilidad de elegir entre 2 opciones, se evalua las consecuencias de estas sobre el bienestar y se debe elegir la que produce el bienestar agregado más elevado. Utilidad es definida como el indicador de satisfacción de las preferencias de una persona.- Utilitarismo Clásico: bienestar colectivo = suma del bienestar de los individuos que conforman la colectividad.- Utilitarismo Medio: bienestar colectivo = nivel medio del bienestar de esos mismos individuos.- Criterio de Pareto: Si A es pareto-óptima, no existe otra opción que le sea unánimemente preferida. Esto fue la base de la nueva economía del bienestar.- Dimensión Distributiva: se considera q la distribución de rentas u otros bienes que maximiza la suma de las utilidades es tal que las utilidades marginales de todos los individuos son iguales. Lo cual se puede alcanzar cuando no es posible aumentar la utilidad de un individuo sin reducir la de otro. Sin embargo, más igualdad no significara, necesariamente, menos riqueza

El libertarismo:

Aunque extrae una parte de su inspiración del pensamiento liberal clásico, no se constituye en una alternativa del utilitarismo sino hasta los años 70, bajo el impulso de filosofos y economistas como Jhon Hospers (1971), Murray Rothbard (1973), David Friedman (1973), Robert Nozick (1974) y Hillel Steiner (1994).

Una sociedad justa es una sociedad libre. El punto de partida de este pensamiento es la dignidad que le permite libertad de elección a cada persona. Respecto a la concepción de justicia, la evaluación libertaria de las instituciones consiste en saber si éstas respetan y protegen los derechos fundamentales de los individuos: el derecho de cada persona a la propiedad sobre sí mismos, sobre las cosas que ha creado y sobre las que se ha convertido en propietario legitimo. Lo cual deja de lado la importancia de si dichas instituciones perjudican el bienestar de algunos o todos en la sociedad.

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El enfoque libertario puede calificarse como histórico, retrospectivo o procedimental, ya que para evaluar si una situación es justa o no es necesario volver al pasado y examinar si es producto de un procedimiento correcto o de un desarrollo histórico justo con pleno respeto de los derechos.

Respecto a la igualdad, los libertarios rechazan la idea de que la justicia implique una igualdad más valiosa que la igualdad de los derechos. Todas las variantes del libertarismo son teóricamente compatibles con enormes desigualdades de renta y riqueza.

El Marxismo:

El marxismo analítico fue constituido bajo el impulso del “Grupo de Setiembre”, fundado por Gerald A. Cohen (profesor de filosofía política en Oxford y autor de La teoría de la historia de Karl Marx, 1979) y por Jon Elster (profesor de ciencias políticas en Chicago y después en Columbia, autor de Making sense of Marx, 1985)

El núcleo de esta corriente1 está formado por la conjunción de 2 teorías: El materialismo dialectico y El materialismo histórico. Constituye un ingrediente central del pensamiento contemporáneo, ya que no solo pretende explicar o predecir lo que es, ha sido y será, sino que también pretende decir lo que debe ser.

Se cree además que el socialismo, predicado por Marx, es mejor que el capitalismo, debido a que la planificación centralizada de la inversión y de la producción que la propiedad pública del capital hace posible, debería poder organizar la economía con menos despilfarro y de manera menos caótica que un régimen capitalista que confiere a capitalistas preocupados únicamente por su interés personal, el poder de decidir qué se produce y en qué momento se invierte.

Respecto a la justicia del socialismo, se tiene una concepción radicalmente igualitaria sobre ella, dado que se trata de abolir la explotación del hombre por el hombre, característica de toda sociedad de clases y en particular del capitalismo. Bajo esta perspectiva, el socialismo no es necesariamente más eficiente que el capitalismo, sino que es más justo. Por esto, en la sociedad socialista (ideal), son los trabajadores quienes poseen los medios de producción, decidiendo ellos mismos que parte del producto se debe distribuir entre los trabajadores y los no trabajadores.

Respecto al intercambio, suponiendo que se pueda cuantificar las contribuciones y las ventajas, un principio de intercambio igual implicaría que las ventajas que cada uno obtiene de la cooperación social deben ser exactamente iguales a su contribución. Dado que el criterio escogido para medir la contribución es el trabajo socialmente necesario efectuado; es evidente que sólo los trabajadores aportan una contribución estrictamente positiva y los no trabajadores se estarían beneficiando de un intercambio desigual desde el momento que reciben una parte del producto neto.

El igualitarismo liberal de John Rawls:

1 Se refiere a la corriente del Marximo

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Surge con la Teoria de la Justicia de John Ralws (publicado en Cambridge, Massachusetts en 1971), quien nunca dejó de ocupar una posición central en la encrucijada de debates sustanciales, ya sea con las tradiciones utilitarista, libertaria y marxista; con las tentativas de proporcionar una base ética coherente al feminismo, al ecologismo y a los movimientos de solidaridad con el tercer mundo o con las perspectivas más metaéticas de la ética de la comunicion de Karl Otto y J. Habermas (1994).

Se propone formular las exigencias de la justicia en términos de bienes primarios (bienes naturales: salud, talento; bienes sociales: libertades, oportunidades de acceso a posiciones sociales, ventajas socioeconómicas como riqueza, poderes, autorrespeto y el ocio.), que son los medios requeridos para forjarse una concepción de la vida buena y perseguir su realización.

En tal sentido, una sociedad justa es aquella cuyas instituciones reparten los bienes primarios sociales de manera equitativa entre sus miembros, teniendo en cuenta el hecho de que éstos difieren unos de otros en términos de sus bienes primarios naturales.

Los 3 principios de la justicia de Rawls:

- Principio de la igual libertad: mediante el cual toda persona tiene un derecho igual al conjunto más extenso de libertades fundamentales iguales que sea compatible con un conjunto similar de libertades para todos.

- Principio de la diferencia: según el cual, las desigualdades deben contribuir al máximo beneficio de los miembros menos aventajados de la sociedad.

- Principio de la igualdad equitativa de las oportunidades: donde menciona que las desigualdades deben estar ligadas a posiciones y funciones a las que todos tienen el mismo acceso, con los talentos dados.

Según Rawls, el principio de igualdad equitativa de las oportunidades, no requiere que se garantice a todas las categorías de los ciudadanos la misma probabilidad de acceso a las diversas posiciones sociales; solo pide que las personas que tengan los mismos talentos tengan la misma posibilidad de acceso a estas posiciones. Se trata entonces de repartir igualitariamente las oportunidades, y no las probabilidades ya que las concepciones de la vida buena no están repartidas de manera homogénea entre las diferentes categorías sociales (hombres y mujeres por ejemplo) y en diferentes grupos étnicos.

Por esto las instituciones deben obrar a través de una limitación de las desigualdades de riqueza, una prohibición del sexismo, del racismo y del nepotismo, y por encima de todo a través de una enseñanza eficiente, obligatoria y gratuita para darles a 2 personas, idénticas en talento, las mismas posibilidades de acceso a las posiciones sociales que cada uno de ellos elija.

Comparación grafica de los 4 enfoques:

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En el grafico siguiente, se representa en el eje horizontal la tasa media de imposición de rentas, t. sobre el eje vertical, se representa a la vez el PNB per cápita y la redistribución per capita, que se supone toma la forma de servicios (sanidad, enseñanza, etc) y de rentas monetarias concedidos a todos. La tasa t mide la relación entre la renta minima (sentido amplio) y la renta total, y constituye un indicador del grado de igualdad.

Las 2 curvas muestran cómo evoluciona la riqueza producida y la recaudación fiscal en función de la tasa media de imposición escogida por el estado. Se plantea la hipótesis de que para tasas de imposición relativamente débiles, el PNB per cápita crece, por ejemplo, debido a que el efecto de desincentivación ligado a la sangría fiscal es suplantado por un efecto positivo ligado, por ejemplo, a la mejora del estado de salud o de la formación de la población. Sin embargo a partir de cierta tasa, el efecto de desmotivación empieza a dominar y el PNB per cápita disminuye. Este alcanza su nivel mínimo cuando el Estado tasa al 100% la renta de los ahorros y de las empresas.

La segunda curva (curva de Laffer), representa la variación de la distribución per cápita. Este esquema permite obtener una versión muy simplificada de cada una de las cuatro teorías presentadas anteriormente:

1. El punto U corresponde al óptimo utilitarista: la tasa media de imposición que maximiza la riqueza per cápita es la que maximizará la suma de utilidades.

2. Para el libertarismo la tasa de imposición optima es nula (punto L), debido a que según esta corriente “el primero en llegar, se sirve primero”.

3. Para el Marxismo el punto óptimo seria M, donde se da la intersección más igualitaria de la curva de Laffer y la línea de necesidades básicas.

4. Interpretando el principio de diferencia ralwsiano, se seleccionara el punto R, donde se da la maximización de las expectativas de rentas más bajas.