etapas comercio internacional

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1. EL CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL 2. o Factor central de toda transacción comercial, constituyéndose en el punto de partida del comercio internacional e instrumento jurídico de la actividad económica mundial. o Es la figura típica del comercio Internacional bajo cuyas normas se desenvuelven la importación y la exportación, y constituye el acuerdo de voluntades con fines lucrativos, entre partes cuyos centros operativos se encuentran en países distintos, sobre una mercancía lícita que debe pasar por Aduanas. EL CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL 3. o En la negociación y perfeccionamiento de la compra venta internacional resulta importante identificar el canal de comercialización, vale decir si es con operadores directos u operadores indirectos o intermediarios, constituidos por personas naturales o jurídicas que actúan por cuenta propia o por un tercero y bajo riesgos propios o por cuenta del tercero. o Son Operadores Directos: o El exportador (vendedor) o El Importador (comprador) OPERADORES DE LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL 4. o Son Operadores Indirectos: o Aquellos operadores intermediarios que facilitan el acceso a un determinado mercado del exterior y que

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1. EL CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL

2.

o Factor central de toda transacción comercial, constituyéndose

en el punto de partida del comercio internacional e instrumento

jurídico de la actividad económica mundial.

o Es la figura típica del comercio Internacional bajo cuyas normas

se desenvuelven la importación y la exportación, y constituye

el acuerdo de voluntades con fines lucrativos, entre partes

cuyos centros operativos se encuentran en países distintos,

sobre una mercancía lícita que debe pasar por Aduanas.

EL CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL

3.

o En la negociación y perfeccionamiento de la compra venta

internacional resulta importante identificar el canal de

comercialización, vale decir si es con operadores directos u

operadores indirectos o intermediarios, constituidos por

personas naturales o jurídicas que actúan por cuenta propia o

por un tercero y bajo riesgos propios o por cuenta del tercero.

o Son Operadores Directos:

o El exportador (vendedor)

o El Importador (comprador)

OPERADORES DE LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL

4.

o Son Operadores Indirectos:

o Aquellos operadores intermediarios que facilitan el acceso a un

determinado mercado del exterior y que puede asegurar

mejores condiciones de eficacia, durabilidad, rentabilidad,

presencia del producto y de la marca en dicho mercado, actúan

en virtud de un contrato de intermediación comercial en

representación de otro. Estos pueden ser:

o Broker

o Comisionista

o Agente Comercial

o Sucursal

5.

o FASES OPERATIVAS

o La información y la confianza constituyen los pilares del marco

negociador, siendo la concertación y la implementación del

contrato de compra venta internacional la culminación del

proceso de negociación, cuyas fases operativas son

básicamente:

o a) La iniciación

o b) La negociación

o c) El perfeccionamiento

o d) La implementación

PROCESO DE NEGOCIACIÓN EN LA COMPRA VENTA

INTERNACIONAL

6.

o ETAPAS DEL PROCESO DE NEGOCIACIÓN

o OFERTA : Primer contacto y recolección de información.

o REUNIONES OFICIOSAS : Percepción, cooperación, conflicto.

o FORMULACION DE ESTRATEGIAS: Establecer limites de

negociación en cada termino.

o NEGOCIAR CARA A CARA: El contrato en cada uno de los

términos.

o EJECUCION: Idioma, recapitulación.

o ADMINISTRACION

PAUTAS PARA LAS NEGOCIACIONES

7. 06/05/09 NEGOCIACION COMERCIAL MARCA NOMBRE ENVASE

FINANCIAMIENTO INCOTERMS GARANTÍAS CARTAS DE CREDITO

OMPI ISO REPRESENTACIÓN AGENCIAMIENTO DISTRIBUCIÓN JOINT

VENTURES PRODUCTO CONTRATO DE TRANSPORTE PRECIO

CONTRATO COUNTERTRADE COMPRAVENTA CONTRATO DE

SEGURO E M B A L A J E ADMINISTRACION CONTRACTUAL + =

CONVENCIONES ELEMENTOS JURIDICOS DE UNA OPERACIÓN

COMERCIAL INTERNACIONAL

8.

o Con el propósito de establecer reglas comunes para la

compraventa internacional, la Organización de las Naciones

Unidas (ONU) propuso una reglamentación general y simple, a

fin de que pueda ser aplicada independientemente de

cualquier legislación nacional, que son las reglas de la

CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS

CONTRATOS DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE

MERCANCÍAS, adoptada en Viena el 11 de abril de 1980.

o La Convención esta referida a mercancías, es decir a la Compra

venta Internacional de bienes entre partes que tengan sus

establecimientos en estados diferentes, sin tener en cuenta la

nacionalidad de las partes, pero sí el carácter comercial del

contrato.

o La Convención consta de 101 artículos divididos en partes ,

Capítulos y secciones.

CONVENCIÓN DE VIENA DE 1980

9.

o Ámbito de aplicación: La convención se aplica a los contratos

de compra venta de mercancías entre partes que tengan sus

establecimientos o centros de operaciones en Estados

diferentes o que se encuentren en países distintos.

o Interpretación: El principio que debe guiar la interpretación de

la Convención es su carácter internacional y la necesidad de

promover la uniformidad de su aplicación y de asegurar la

observancia de la buena fe en el comercio internacional.

o Forma del contrato.- La convención consagra la regla general

de que el contrato de compra venta internacional no está

sujeto a ningún requisito formal.

PRINCIPALES REGLAS DE LA CONVENCIÓN DE VIENA DE 1980

10.

o Perfeccionamiento del contrato: La Convención en su Parte II –

Formación del Contrato, artículos 14 al 24, regula lo

concerniente a la oferta, la revocación de la oferta por el

oferente, la aceptación, el retiro de la aceptación por el

destinatario y el perfeccionamiento del contrato.

o Obligaciones del vendedor: Entregar mercaderías, transmitir su

propiedad, entregar los documentos relacionados con ellas en

las condiciones pactadas en el contrato o establecidas en la

convención.

o Obligaciones del comprador: Pagar el precio y recibir las

mercaderías en las condiciones pactadas en el contrato o

establecidas en la Convención.

11.

o Transmisión del riesgo: En los contratos de compra venta

internacional (Compra venta a distancia) se debe establecer en

qué momento el vendedor transmite al comprador el riesgo

sobre las mercancías objeto del contrato. Resulta fundamental

el punto de entrega de la mercancía, pues el riesgo por

perdidas y daños se traspasa en el mismo momento en que se

transfieren las mercancías.

o Caso fortuito y fuerza mayor: La Convención en su art. 79

establece el principio de culpabilidad en el incumplimiento de

las obligaciones como causal de responsabilidad. De modo que

una parte no es responsables si prueba que el incumplimiento

es ajeno a su voluntad, pero tiene la obligación de notificar a la

otra parte la existencia del impedimento .

12.

o Efectos de la resolución del contrato: Ambas partes quedan

liberadas de las obligaciones emergentes del contrato, salvo la

indemnización de daños y perjuicios que pueda ser debida. El

comprador de estar obligado restituirá el precio abonando

también los intereses a partir de la fecha en que se haya

efectuado el pago. El vendedor de estar obligado restituirá las

mercancías, debiendo pagar al comprador el importe de todos

los beneficios que haya obtenido de dichas mercancías.

o Conservación de las mercancías: La Convención consagra la

regla de que cualquiera que sea el derecho que tengan las

partes con motivo de la actuación de la otra, ambas partes

tienen siempre la obligación de adoptar todas las medidas que

sean razonables para la conservación de las mercancías objeto

del contrato.

13. Propuesta de modificación A la cotización (contraoferta)

(comprador) Aceptación RESPUESTA PARCIAL DE ACEPTACIÓN

2DA. CONTRAOFERTA (VENDEDOR) OBLIGACIONES DEL VENDEDOR

NACIMIENTO DEL CONTRATO Entrega de mercancía Transferencia

de propiedad Entrega de documentos OBLIGACIONES DEL

COMPRADOR Pagar precio Recepcionar mercancía EJECUCIÓN DEL

CONTRATO SOLICITUD DE COTIZACIÓN (COMPRADOR) ESQUEMA

DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL Cotización oferta inicial

(VENDEDOR)

14. TERMINOS DE UN CONTRATO DE COMPRAVENTA

INTERNACIONAL

o Identificación de los contratantes

o Del objeto del contrato

o Del precio y condiciones de venta

o De las condiciones de pago

o De los plazos y condiciones de entrega

o Del medio de transporte y seguro

o De las garantías

o De las responsabilidades

o De la resolución del contrato

o Del arbitraje y la legislación aplicable

o De las alteraciones

o De la vigencia del contrato

o De la jurisdicción y poderes de los representantes

o Signatarios firmantes sometidos a legislaciones nacionales e

internacionales.

15. LOS CONTRATOS ATIPICOS

o El contrato de Leasing

o Es conocido también como arrendamiento financiero, locación

financiera o arrendamiento con opción a compra

o Elementos:

o Dador: la persona que da el financiamiento.

o Tomador: el sujeto beneficiario del financiamiento y usuario del

bien por adquirir.

o El contrato de Factoring

o Es una sociedad financiera cuya función social consiste en

comprar deudas comerciales a la vista o exigibles a corto

plazo, negociarlas y prestar un conjunto de servicios

comerciales y financieros a su clientela vendedora de bienes o

servicios, con arreglo a un contrato previo establecido para

cierta duración que vincula al factor con su cliente.

16.

o Sujetos del Contrato:

o Factor: La sociedad Factoring.

o El cliente: El titular de los créditos transferidos al factor.

o Contrato de Underwriting

o Es una operación por la cual un banco o una sociedad

financiera otorga pre financiamiento a la sociedad emisora

sobre la suma que representa el total o parte de los valores a

emitir: acciones o debentures, pagando un precio menor al

valor nominal de cada documento, los cuales colocará

posteriormente por un precio mayor.

o Sujetos, objeto y forma del contrato:

o Sujetos: La entidad que da el pre financiamiento, adquiere los

títulos valores a emitir con la finalidad de colocarlos

posteriormente.

17.

o La sociedad anónima que recibe el pre financiamiento,

contrayendo la obligación de emitir los valores objeto del

contrato.

o Objeto: El pre financiamiento que se otorga y los títulos que se

emiten.

o Forma: Es libre por regla general .

o Contrato de Franquicia

o Contrato mediante el cual un comerciante, denominado

franquiciante, permite a otro, denominado franquiciado, la

comercialización de un producto o un servicio que constituye la

actividad propia de su empresa, debiéndose seguir las mismas

pautas que se observan en la empresa franquiciante en cuanto

a calidad, presentación del producto o servicio su publicidad,

etc. De modo que el consumidor estará recibiendo un bien, por

medio del franquiciado, como si se lo estuviera proveyendo el

franquiciante.

18.

o Contrato de “Joint Ventures”

o Es aquel por el cual el conjunto de sujetos de derecho –

nacionales o internacionales- realizan aportes de las mas

diversas especies, que no implicarán la pérdida de la identidad

e individualidad como persona jurídica o empresa, para la

realización de un negocio común, pudiendo ser este desde la

creación de bienes hasta la prestación de servicios, que se

desarrollará dentro de un lapso limitado, con la finalidad de

obtención de beneficios económicos.

o Es parecido al contrato de participación.

o Contrato de Concesion Comercial

o Este contrato existe cuando un comerciante concesionario,

pone su empresa de distribución o de venta en su caso, al

servicio de otro comerciante o industrial llamado concedente,

para asegurar exclusivamente en un territorio determinado,

durante un período limitado y bajo la vigilancia (dirección) del

concedente, la distribución de sus productos, de los que se le

ha sido concedido el monopolio de reventa