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Page 1: ESTUDIOSYDOCUMENTOSPREVIOS - … · definido en la norma técnica Colombiana NTC5308 ... biodiesel.17 Es la herramienta acordada entre el Proveedor y Colombia Compra Eficiente para

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS

SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE: GASOLINA CORRIENTE, EXTRA Y ACPM PARA LOS

VEHÍCULOS QUE SE ENCUENTRAN AL SERVICIO DE LAS PROCURADURÍAS REGIONALES DEBOLÍVAR, MAGDALENA Y SANTANDER.

ENERO DE 2016

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PROCURADURÍAGENERAL DELANACION

INTRODUCCIÓN

EN DESARROLLO DE LO SEÑALADO EN LA LEY 80 DE 1993, NUMERALES 7 Y 12 MODIFICADOPOR EL ARTÍCULO 87 DE LA LEY 1474 DE 2011, LA LEY 1150 DE 2007 Y EL DECRETO 1082 DE

2015, ARTÍCULO 2.2.1.1.2.1.1., LOS SIGUIENTES SON LOS ESTUDIOS PREVIOS QUE SIRVENDE SOPORTE PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE: GASOLINA CORRIENTE,

EXTRA Y ACPM PARA LOS VEHÍCULOS QUE SE ENCUENTRAN AL SERVICIO DE LASPROCURADURÍAS REGIONALES DE BOLÍVAR, MAGDALENA Y SANTANDER.

1. DEFINICIONES

Las expresiones utilizadas en el presente documento pertenecen en su mayoría al sector de la

construcción y deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos

definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo como lo requiera el contexto en el cual son

utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidos de acuerdo con la

definición contenida en el Decreto 1082 de 2015. Los términos no definidos a continuación deben

entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.

ACUERDO MARCO DE PRECIOS

CATALOGO

CIUDADES DE COBERTURA

COLOMBIA COMPRA EFICIENTE

COMBUSTIBLE

DIESEL

DISTRIBUIDOR MAYORISTA

DISTRIBUIDOR MINORISTA

Los Acuerdos o convenio Marco de Precios son una

herramienta para que el Estado agregue demanda y

centralice decisiones de adquisición de bienes, obras

o servicios.1

Es la ficha que contiene: (a) la lista de bienes o

servicios; (b) las condiciones de su contratación que

están amparadas por un Acuerdo Marco de Precios,

incluyendo el precio o la forma de determinarlo; y (c)

la lista de los contratistas o 1 Numeral 7 del artículo

3 del Decreto Ley 4170 de 2011. 4 de 26

Definiciones Proveedores que hacen parte del

Acuerdo Marco de Precios2

Son las siguientes ciudades en las cuales el

Proveedor suministra Combustibles con Sistema de

Control en EDS y Servicio de Transporte de

Combustibles: (i) Armenia, (i¡) Barranquilla, (iii)

Bucaramanga, (iv) Cali, (v) Cartagena, (vi) Ibagué,

(vii) Manizales, (viii) Medellín, (ix) Montería, (x)

Neiva, (xi) Pereira, (xii) Popayán. (xiii) Santa Marta,

(xiv) Sincelejo, (xv) Tunja, (xvi) Villavicencio y

(xvii)Yopal3Es la Agencia Nacional de Contratación Pública

creada por medio del Decreto Ley 4170 de 2011.4Es la mezcla de hidrocarburos diseñada para la

combustión interna de motores y que puede tener

tres clases para efectos del presente estudio (i)

Gasolina Corriente, (ii) Gasolina Extra (iii) Diesel.5Es el combustible líquido para motores diesel para la

mezcla de ACPM y biocombustible definido en la

norma técnica Colombiana NTC 5308 versión

2014/11/03.6Es la persona jurídica que almacena y distribuye

combustible al por mayor y que está autorizada para

el efecto.7Es la persona natural o jurídica que expende

1 http://www.colomb¡acompra.gov.cx5/s¡tes/default/files/manuales/acuerclos_marco.pdf2 file:///C:/Users/mcfiguer/Downloads/DEPREV_PROCESO_14-1-131424_111001392_12995419%20(2).pdf3 file:///C:/Users/mcfiguer/Downloads/DEPREV_PROCESO_14-1 -131424_111001392_12995419%20(2).pdf4 file:///C:/Users/mcsalcedo/Downloads/DEPREV_PROCESO_13-1 -97495_111001392_7809757.pdf5 file:///C:/Users/mcsalcedo/Downloads/DEPREV_PROCESO_13-1 -97495_111001392_7809757.pdf6 file:///C:/Users/mcsalcedo/Downloads/DEPREV_PROCESO_13-1 -97495_111001392_7809757.pdf7 file:///C:/Users/mcsalcedo/Downloads/DEPREV_PROCESO_13-1 -97495_111001392_7809757.pdf

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DECOMBUSTIBLE

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C

PROCURADURÍAGEMERU.DEUWCIOH

EDS

ENTIDADES COMPRADORAS

GASOLINA CORRIENTE

GASOLINA EXTRA

MARGEN MAYORISTA

MARGEN MINORISTA

OPERACIÓN PRINCIPAL

OPERACIÓN SECUNDARIA

ORDEN DE COMPRA

PROVEEDOR

directamente combustible al consumidor o por medio

de EDS propias o arrendadas, autorizadas para el

efecto.8

Es la estación de servicio, que es el establecimiento

de comercio destinado al almacenamiento y

distribución del combustible a través de equipos fijos

(surtidores) que llenan directamente los tanques de

combustible, los cuales están asociados a una marca

de un Distribuidor Mayorista, autorizada para tal

efecto.9

Son las entidades: a) a las que se refiere el artículo 2

de la Ley 80 de 1993; b) a las que se refieren los

artículos 10, 14, y 24 de la Ley 1150 De 2007; y c)

que por disposición de la Ley deban aplicar la Ley 80

de 1993 y la Ley 1150 de 2007, o las normas que las

aclaren, modifiquen, remplacen o sustituyan.10Para efecto de la contratación PROCURADURÍA

GENERAL DE LA NACIÓN - PGN

Es el combustible líquido derivado del petróleo

definido en la norma técnica Colombiana NTC 5308

versión 2014/11/03.11

Es el combustible líquido derivado del petróleo

definido en la Norma Técnica Colombiana NTC 5308

versión 2004/1103.12

Es la ganancia en pesos por la comercialización de

cada galón vendido por parte del Distribuidor

Mayorista. 13

Es la ganancia en pesos por la comercialización de

cada galón vendido por parte del Distribuidor

Minorista.14Es el grupo de estudios, actividades, negociaciones

adelantadas por Colombia Compra Eficiente para la

celebración del Acuerdo Marco de Precios y el

acuerdo entre Colombia Compra Eficiente y los

Proveedores para para el suministro de Combustible

en las Ciudades de Cobertura. Operación

Secundaria Son las actividades que debe adelantar

la Entidad Compradora para comprar, recibir y pagar

el Combustible amparadas en el Acuerdo Marco de

Precios

Son las actividades que debe adelantar la Entidad

Compradora para comprar, recibir y pagar el

Combustible amparadas en el Acuerdo Marco de

Precios

Es la manifestación de la voluntad de la entidad

compradora de vincularse al acuerdo Marco de

precios, obligarse a sus términos y condiciones y es

el soporte documental de la relación entre el

proveedor y la Entidad Compradora.15Es quien ha sido seleccionado como resultado de la

licitación pública objeto del presente documento y

8 file:///C:/Users/mcsalcedo/Downloads/DEPREV_PROCESO_13-1-97495_111001392_7809757.pdf9 file:///C:/Users/mcsalcedo/Downloads/DEPREV_PROCESO_13-1 -97495_111001392_7809757.pdf10 file:///C:/Users/mcf¡guer/Downloads/PCD_PROCESO_14-1-121519_111001392J1141174%20(2).pdf11 file:///C:/Users/mcsalcedo/Downloads/DEPREV_PROCESO_13-1-97495J11001392_7809757.pdfl2file:///C:/Users/mcfiguer/Downloads/DEPREV_PROCESO_14-1-131424_111001392_12995419%20(2).pdf

13file:///C:/Users/mcfiguer/Downloads/DEPREV_PROCESO_14-1-131424_111001392_12995419%20(2).pdf

14file:///C:/Users/mcf¡guer/Downloads/DEPREV_PROCESO_14-1-131424_111001392_12995419%20(2).pdf15 f¡le:///C:/Users/mcsalcedo/Downloads/DEPREV_PROCESO_13-1-97495_111001392_7809757.pdf

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DECOMBUSTIBLE

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PROCURADURÍAGElEJÍlDEUKICIOt

PGN

SICOM

SISTEMA DE CONTROL

TIENDA VIRTUAL DEL ESTADO

COLOMBIANO

ZONAS

que suscribe el Acuerdo Marco de Precios con

Colombia Compra Eficiente.16Procuradurfa General de la Nación

Es el Sistema de Información de Combustibles

Líquidos de MinMinas, el cual integra a los agentes

de la cadena a nivel nacional en un solo sistema de

información, mediante el cual se organiza, controla y

sistematiza la comercialización, distribución,

transporte y almacenamiento de combustibles

líquidos derivados del petróleo, alcohol carburante y

biodiesel.17Es la herramienta acordada entre el Proveedor y

Colombia Compra Eficiente para controlar el

suministro de Combustible en EDS amparado por el

Acuerdo Marco de Precios. 18Es el aplicativo del SECOP que Colombia Compra

Eficiente ha puesto a disposición de las Entidades

Compradoras y de los Proveedores a través del cual

deben hacerse las transacciones del Acuerdo Marco

de Precios. 19Son las áreas geográficas en las que fueron

divididas las Ciudades de Cobertura para efectos del

Estudio de Mercado, del presente Documento y en

general para efectos de la licitación pública para

seleccionar los Proveedores del Acuerdo Marco de

Precios.20

2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓNPRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN.

De conformidad con el artículo 275 y siguientes de la Constitución Política y el Decreto Ley 262 de

2000, la Procuraduría General de la Nación tiene a su cargo funciones preventivas, de control de

gestión, de conciliación e intervención y disciplinarias dirigidas especialmente a:

1) Promover e impulsar un conjunto de políticas, planes, programas o acciones encaminadas a

evitar la ocurrencia de hechos, actos u omisiones contrarios a la normatividad vigente,

atribuibles a agentes del Estado o a particulares que ejercen funciones públicas.

2) Vigilar el actuar de los servidores públicos y advertir cualquier hecho que pueda ser violatorio

de las normas vigentes.

3) Intervenir en calidad de sujeto procesal en defensa de los derechos y las garantías

fundamentales, ante las jurisdicciones Contencioso Administrativa, Constitucional y ante las

diferentes instancias de las jurisdicciones penal militar, civil, ambiental, agraria, de familia,

laboral, ante el Consejo Superior de la Judicatura y las autoridades administrativas y de

policía.

4) Iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra

los servidores públicos y los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros

del Estado, de conformidad con lo establecido en el Código Único Disciplinario o Ley 734 de2002.

Para el cumplimiento de las funciones de las diferentes áreas misionales y de apoyo a la

gestión y con el fin de atender necesidades indispensables propias de dichas labores, la Entidad

16 file:///C:/Users/mcsalcedo/Downloads/DEPREV_PROCESO_13-1 -97495_111001392_7809757.pdf17 file:///C:/Users/mcfiguer/Downloads/PCD_PROCESO_14-1-121519_111001392J1141174%20(2).pdf18 file:///C:/Users/mcfiguer/Downloads/PCD_PROCESO_14-1 -121519_111001392_11141174%20(2).pdf19 file:///C:/Users/mcfiguer/Downloads/PCD_PROCESO_14-1 -121519_111001392_11141174%20(2).pdf20 file:///C:/Users/mcfiguer/Downloads/PCD_PROCESO_14-1-121519_111001392J1141174%20(2).pdf

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DE

COMBUSTIBLE

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GENERAL DE LA NACIÓN

cuenta con seis (6) vehículos ubicados en las Procuradurías Regionales de: Bolívar, Magdalena y

Santander.

CLASE.MARCA Y TIPO

CAMPERO MITSUBISHI

CAMPERO TOYOTA PRADO VX

CAMIONETA MAZDA BT 50

CAMIONETA TOYOTA PRADO

CAMIPERO CHEVROLET TAHOE

CAMIONETA MAZDA -B22DC7

MOD.

2001

2008

2011

2011

2012

2009

UBICACIÓN

BOLÍVAR

MAGDALENA

MAGDALENA

MAGDALENA

MAGDALENA

SANTANDER

TIPO DE COMBUSTIBLE

CORRIENTE

CORRIENTE

ACPM

CORRIENTE

CORRIENTE

CORRIENTE

Así mismo se tiene en cuenta que se le debe suministrar combustible a los vehículos asignados a los

esquemas de seguridad de la Procuraduría General de la Nación que se ubican en las ciudades en

mención o cuando los mismos se desplazan a ellas. En caso que a alguno de estos vehículos se le

suministre gasolina extra, el respectivo proveedor deberá proceder a su abastecimiento y su valor

formará parte de la facturación que corresponda al respectivo mes en el que se efectuó el

aprovisionamiento.

Para el debido funcionamiento de los vehículos en mención y con el fin de brindar las garantías de

desplazamiento a los funcionarios que lo utilizan regularmente, se requiere del aprovisionamiento de

combustible del tipo que el vehículo requiere, y dado que la misión de la Procuraduría General de la

Nación no es la de suministrar combustible, ni cuenta con la infraestructura tanto física como de

personal que esto requiere, resulta necesario contratar con un tercero dicho suministro.

2.1 RELACIÓN ESTRATÉGICA DEL OBJETO CONTRACTUAL CON LA PLANEACIÓNINSTITUCIONAL

Este proceso se encuentra enmarcado en el Plan Estratégico Institucional "Procurando Orden y

Rectitud" 2013-2016 apuntando a la perspectiva, objetivo y criterio de logro así:

PERSPECTIVA

Procesos Internos

Perspectiva De

Aprendizaje,

Tecnología Y

Conocimiento

OBJETIVO ESTRATÉGICO

[7] Fortalecer La

Capacidad De Respuesta

Institucional

[8] Garantizar Una Atención

Oportuna Y Efectiva Del

Ciudadano

[10] Fortalecer la Gerencia

Interna

CRITERIO DEL LOGRO

[7.2] Fortalecer y optimizar la función

disciplinaria

[7.3] Fortalecer y optimizar la función de

intervención

[7.4] Fortalecer y optimizar la capacidad

investigativa

[8.3] Realizar y participar en eventos de

formación ciudadana en fortalecimiento del

control social

[10.2] Optimización de los procesos y

recursos organizacionales

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DE

COMBUSTIBLE

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GENERAL DE LANACION

Financiera

[13] Optimizar la asignación

de los recursos

presupuéstales

[13.1] Asignar eficientemente los recursos de

acuerdo al Plan Estratégico

El Plan Estratégico Institucional se encuentra disponible para la consulta de los funcionarios y la

ciudadanía en general en el link:

http://www.procuraduria,qov.co/portal/media/file/info qel archivos/3/01 .%20PI_AN%20ESTRATEGICO

%20PGN%202013%202016%20PROCURANDO%20ORDEN%20Y%20RECTITUD.docx. de la página

web de la entidad.

3. OBJETO A CONTRATAR CON SUS ESPECIFICACIONES, AUTORIZACIONES, PERMISOS Y

LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN.

3.1 OBJETO A CONTRATAR

SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE: GASOLINA CORRIENTE Y ACPM PARA LOS VEHÍCULOS QUE

SE ENCUENTRAN AL SERVICIO DE LAS PROCURADURÍAS REGIONALES DE BOLÍVAR,MAGDALENA Y SANTANDER.

3.2 FICHA TÉCNICA

Clasificación UNSPSC

El objeto a contratar se enmarca dentro de los siguientes códigos del Clasificador de Bienes y

Servicios:21

CLASIFICADOR

UNSPSC

15101505

15101506

SEGMENTO

Materiales

combustibles, aditivos

para combustibles,

lubricantes y

anticorrosivos

Materiales

combustibles, aditivos

para combustibles,

lubricantes y

anticorrosivos

FAMILIA

Combustibles

Combustibles

CLASE

Petróleos y

destilados

Petróleos y

destilados

PRODUCTO

Combustible

diesel

Gasolina

3.3 ESPECIFICACIONES, AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS

Revisado el documento de "Estudios y Documentos Previos de la Licitación Pública para Seleccionar

los proveedores de un Acuerdo Marco de Precios para el suministro de Combustible en las Ciudades

de Cobertura" elaborado por la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente - que

soportó el pliego de condiciones de la Licitación Pública AMP-030-2014 y el Acuerdo Marco de

Precios celebrado el 7 de abril de 2015 para tal fin, vigente hasta el 7 de abril de 2017, se observa que

las especificaciones del combustible, sistema de control, entrega y requisitos del suministro de

combustible señaladas en el mismo, se ajustan a las especificaciones técnicas requeridas por la

Procuraduría General de la Nación, razón por la cual la Entidad, para efecto de la orden de compra se

sujeta a las mismas.

De otro lado se tiene que, con ocasión de la evaluación de las ofertas presentadas dentro del proceso

licitatorio y de acuerdo a lo estipulado en el pliego de condiciones (V. Requisitos habilitantes, A.

Capacidad Jurídica), Colombia Compra Eficiente verificó que las EDS ofrecidas estuvieran habilitadas

en el SICOM (Sistema de Información de Combustibles Líquidos del Ministerio de Minas y Energía

que integra a los agentes de la cadena a nivel nacional en un solo sistema de información y organiza,

controla y sistematiza la comercialización, distribución, transporte y almacenamiento de combustibles

Fuente Colombia Compra Eficiente

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DECOMBUSTIBLE

J

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GENERAL DE LANACION

líquidos derivados del petróleo, alcohol carburante y biodiesel.)- No obstante, mediante consulta

efectuada el día 7 de enero de 2016 en la página web https://www.sicom.gov.co y llamada efectuada a

la línea de atención al cliente del Sicom, se tiene que las EDS se encuentran habilitadas.

De conformidad con el Decreto No. 381 de 2012, "Por el cual se modifica la estructura del Ministerio

de Minas y Energía", la Dirección de Hidrocarburos, tiene entre otras, la siguiente función conforme lo

establece el Artículo 15 numeral 17: "Administrar el sistema de información de la cadena de

distribución de combustibles (SICOM) y señalar las obligaciones y reportes de los agentes de la

cadena de distribución de combustibles líquidos, biocombustibles y gas de uso vehicular, en relación

con el mismo", razón por la cual en dicho sistema obra la información de las EDS autorizadas y

presentadas por los adjudicatarios de la Licitación Pública AMP-030-2014, las que, de conformidad

con la verificación jurídica realizada por Colombia Compra Eficiente, se encuentran habilitadas.

3.4 IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR

Acorde con lo establecido por el artículo 2.2.1.2.1.2.9 del Decreto 1082 de 2015, el contrato a celebrar

y resultante del presente proceso será de suministro en la modalidad de ORDEN DE COMPRA.

4. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN, INCLUYENDO LOSFUNDAMENTOS JURÍDICOS

La Ley 1150 de 2007, "Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la

transparencia en la Ley 80 de 1993 y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación

con Recursos Públicos", consagra en el artículo segundo, las siguientes modalidades de selección

para la escogencia de los contratistas: licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y

contratación directa:

"2. (...) Selección abreviada. La Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva

prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de

la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos

simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual.

El Gobierno Nacional reglamentará la materia.

Serán causales de selección abreviada las siguientes:

a) La adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común

utilización por parte de las entidades, que corresponden a aquellos que poseen las mismas

especificaciones técnicas, con independencia de su diseño o de sus características descriptivas, y

comparten patrones de desempeño y calidad objetivamente definidos.

Para la adquisición de estos bienes y servicios las entidades deberán, siempre que el reglamento así

lo señale, hacer uso de procedimientos de subasta inversa o de instrumentos de compra por catálogo

derivados de la celebración de acuerdos marco de precios o de procedimientos de adquisición en

bolsas de productos." (Subrayado fuera de texto).

En virtud de lo consagrado por la Ley 1150 de 2007, artículo 2, parágrafo 5, Tos acuerdos marco de

precios a que se refiere el inciso 2° del literal a) del numeral 2° del presente artículo, permitirán fijar las

condiciones de la oferta para la adquisición o suministro de bienes y servicios de características

técnicas uniformes y de común utilización a las entidades estatales durante un período de tiempo

determinado, en la forma, plazo y condiciones de entrega, calidad y garantía establecidas en el

acuerdo.

La selección de proveedores como consecuencia de la realización de un acuerdo marco de precios, le

dará a las entidades estatales que suscriban el acuerdo, la posibilidad que mediante órdenes de

compra directa, adquieran los bienes y servicios ofrecidos.

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DE

COMBUSTIBLE

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GENERAL DE LAM

En consecuencia, entre cada una de las entidades que formulen órdenes directas de compra y el

respectivo proveedor se formará un contrato en los términos y condiciones previstos en el respectivo

acuerdo (...)"

El Decreto 4170 de 2011, "Por el cual se crea la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia

Compra Eficiente", ente rector, determina que el objetivo de la agencia es "desarrollar e impulsar

políticas públicas y herramientas, orientadas a la organización y articulación, de los partícipes en los

procesos de compras y contratación pública con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y

optimización de los recursos del Estado", así mismo, una de sus funciones, a la luz de lo preceptuado

en el artículo 3 numeral 7, es "Diseñar, organizar y celebrar los acuerdos marco de precios y demás

mecanismos de agregación de demanda de que trata el artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, de

acuerdo con los procedimientos que se establezcan para el efecto".

En virtud de lo anterior, la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente

determinó que "El combustible es un bien de características técnicas uniformes y de común utilización

que las Entidades Compradoras adquieren frecuentemente. El suministro de Combustibles en EDS

con Sistema de Control es un actividad que puede y debe estandarizarse para obtener eficiencias en

el proceso de contratación de Combustible y para que el Estado tenga una mejor posición _J

negociadora'22; para el efecto, adelantó la Licitación Pública No. LP-AMP-030-2014 con el fin deseleccionar a los proveedores del Acuerdo Marco de Precios que tiene por objeto el suministro de

Combustible en las ciudades de cobertura.

Como consecuencia del proceso licitatorio en mención, Colombia Compra Eficiente celebró el 7 de

abril de 2015 el Acuerdo Marco de Precios para el suministro de combustible en las ciudades de

cobertura CCE-224-1-AMP-2015 vigente hasta el 7 de abril de 2017.

El Decreto 1082 de 2015, "Por el cual se expide el decreto único reglamentario del sector

administrativo de Planeación Nacional", establece en el artículo 2.2.1.2.1.2.7 la "Procedencia del

Acuerdo Marco de Precios", que "Las Entidades Estatales de la rama ejecutiva del poder público del

orden nacional, (...) están obligadas a adquirir Bienes y Servicios de Características Técnicas

Uniformes a través de los Acuerdos Marcos de Precios vigentes". Igualmente, señala que los

organismos autónomos, como lo es la Procuraduría General de la Nación, no están obligados pero sí

están facultados para hacerlo.

Con base en la anterior previsión normativa y lo descrito en el Catálogo para Acuerdo Marco de

Precios suscrito por la Agencia Nacional de Contratación para el suministro de combustible, la entidad

procedió a verificar el contenido de dicho acuerdo con la información que registra la Agencia en su ■*%

página web, considerando que el bien requerido por la Procuraduría General de la Nación contenido *0

en el Acuerdo satisface la necesidad identificada en el numeral 2 de este documento, con las

siguientes condiciones generales indicadas en la página web de Colombia Compra Eficiente:

"Al comprar a través de la Tienda Virtual de Estado Colombiano (TVEC) y del Acuerdo Marco de

precios (AMP), las Entidades Estatales pueden:

■ Comprar combustible en 18 ciudades del país: (i) Armenia, (ii) Barranquilla, (iii) Bogotá, (iv)

Bucaramanga, (v) Cali, (vi) Cartagena, (vii) Ibagué, (vii) Manizales, (ix) Medellín, (x)

Montería, (xi) Neiva, (xii) Pereira, (xiii) Popayán, (xiv) Santa Marta, (xv) Sincelejo, (xvi) Tunja,

(xvii) Villavicencio y (xviii)Yopal. (Ver mapa ciudades de cobertura)

■ Comprar combustible: gasolina corriente, ACPM/diésel y extra. No incluye gas.

■ Obtener ahorros hasta el 30 % sobre el valor de los márgenes del precio del combustible

publicado por el ministerio de Minas.

■ Obtener menores costos derivados del desplazamiento del parque automotor en ciudad

gracias a que las EDS están distribuidas en diferentes zonas de la ciudad.

' Controlar cuándo y dónde adquieren combustible los vehículos consultando el sistema de

control que muestra en línea los consumos.

22 Estudios y documentos Previos de la Licitación Pública para Seleccionar los Proveedores de un Acuerdo Marco de Preciospara el suministro de Combustible en las ciudades de cobertura.

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DE

COMBUSTIBLE

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c

c

GENERAL DE LA NACIÓN

■ Las EDS cuentan con surtidores electrónicos; atención al público los siete (7) días de la

semana, veinticuatro (24) horas al día y con personal operativo." (negrilla personal).

Adicionalmente, atendiendo los postulados actuales del Plan Nacional de Desarrollo sobre la

optimización de procedimientos internos y gestión de procesos administrativos, así como las políticas

antitrámites y el principio de economía que rige la contratación estatal, en cuanto a que los procesos

de selección de contratistas deben realizarse con los procedimientos necesarios, con austeridad de

tiempo y agilidad en las gestiones administrativas, se estima que la orden de compra derivada del

Acuerdo vigente resulta ser la opción más favorable a la entidad, garantizando la selección objetiva

del proveedor respectivo, según las condiciones del referido Acuerdo.

5. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE

Teniendo en cuenta la experiencia positiva de la entidad en los años 2014 y 2015, con la celebración

y ejecución de las órdenes de compra derivadas de los Acuerdos Marco de Precios para el suministro

de combustible para la ciudad de Bogotá y de las ciudades de cobertura, se considera que contratar

el suministro de combustible para los vehículos de la Entidad conforme al proceso de contratación que

adelantó la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente para el suministro de

combustible, resulta ser la opción más favorable a la entidad, esto por cuanto además de ocasionar un

menor desgaste administrativo en el proceso de selección, se obtiene un mejor precio y una mayor

cobertura, conforme se establece en el numeral 5.3 de este documento en donde se analizan los tres

(3) criterios que la Entidad como compradora interesada en vincularse al Acuerdo Marco de Precios

debe tener en cuenta23:

1. Ubicación de las EDS de cada uno de los proveedores

2. Recorrido típico para el suministro de combustible de la flota de vehículos de la entidad

3. Precio al cual cada proveedor suministra el combustible.

De igual manera, en el proceso de selección adelantado por la Agencia Nacional de Contratación para

escoger a los proveedores de las órdenes de compra se garantizó la selección objetiva según las

condiciones allí establecidas. En efecto, la Agencia Nacional de Contratación verificó el cumplimiento

de los requisitos habilitantes, para lo cual revisó la capacidad jurídica, financiera, de organización y la

experiencia; adicionalmente, calificó los criterios para evaluar las ofertas conforme a las condiciones

previstas en el pliego de condiciones de la Licitación Pública No. LP-AMP-030-2014.

Conforme al acta de adjudicación de la licitación Pública No. LP-AMP-030-2014 de fecha 25 de marzo

de 2015 y el Acuerdo Marco de Precios para el suministro de Combustible celebrado el 7 de abril de

2015, los siguientes son los proveedores en las ciudades de Cartagena, Santa Marta y Bucaramanga:

1. ORGANIZACIÓN TERPEL S.A.

2. DISTRACOM S.A.

3. DANIEL GARCÍA HERNÁNDEZ

5.1 Verificación responsables fiscales y antecedentes disciplinarios.

Se verificó en las páginas web de la Procuraduría General de la Nación y de la Contraloría General de

la República, los antecedentes tanto de los proveedores como de sus representantes legales, sin que

ninguno de ellos registre sanciones ni inhabilidades vigentes.

5.2 Capacidad financiera

Así mismo, en cuanto a la capacidad financiera, se revisaron en diciembre de 2015 los indicadores de

liquidez, endeudamiento y rentabilidad para el sector con la información obtenida a través de consulta

de la página web de Registro Único Empresarial y Social Cámaras de Comercio y de la información

obtenida del Registro Único de Proponentes aportado por los proveedores, con corte a diciembre 31de 2014.

23f¡le:///C:/Users/mcfiguer/Downloads/DEPREV_PROCESO_14-1-131424_111001392_12995419%20(2).pdf

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DECOMBUSTIBLE

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GENERAL OELAKACION

INDICADORES FINANCIEROS A DICIEMBRE 31 DE 2014

PROVEEDOR

DISTRACOM S.A.

ORGANIZACIÓN TERPEL

DANIEL GARCÍA

HERNÁNDEZ

LIQUIDEZ

2,23

1,24

2,97

ENDEUDAMIENTO

50%

52%

4%

RAZÓN DE

COBERTURA DE

INTERESES

2,89

5

2

RENTABILIDAD

SOBRE EL

PATRIMONIO

19%

17%

8%

RENTABILIDAD

SOBRE EL

ACTIVO

9%

8%

5%

La liquidez de los proveedores se considera aceptable, este índice supone, una solución de holgura

financiera e indica el grado en el cual los derechos de los acreedores a corto plazo se encuentran

cubiertos por activos que se espera que se conviertan en efectivo en un periodo más o menos igual al

del vencimiento de las obligaciones.

El nivel de endeudamiento señala la proporción en la cual participan los acreedores sobre el valor total

de la empresa. El análisis del indicador de endeudamiento muestra un endeudamiento aceptable,

pues, a mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad de que el contratista incumpla sus

obligaciones.

El análisis de Razón de Cobertura de Intereses, es el resultado de la utilidad operacional dividida por

los gastos de intereses. Es fundamental para un proveedor estar al día con sus obligaciones

financieras, particularmente con la obligación de pagar intereses financieros. Una compañía puede

encontrarse en dificultades financieras y operacionales y mantener el giro ordinario de sus negocios

por un buen tiempo en la medida en que sea capaz de pagar sus intereses de deuda.

En cuanto a los indicadores de Rentabilidad, se observa que la rentabilidad es positiva, lo cual indica

que los proveedores están pasando por un buen momento financiero y cuentan con la capacidad

organizacional para cumplir con el objeto contractual.

Por las anteriores consideraciones, y dado que los oferentes cuentan con capital de trabajo suficiente,

encontramos que los indicadores financieros de los proveedores, ofrecen seguridad y confianza

para la entidad y cuentan con la capacidad financiera para cumplir con el objeto contractual.

5.3 Análisis de los criterios establecidos en el Acuerdo Marco de Precios

En virtud de lo establecido en la cláusula 6 literal b del Acuerdo24, la Procuraduría General de laNación, como entidad compradora, para seleccionar el proveedor o proveedores que le suministren el

combustible requerido, debe tener en cuenta los siguientes aspectos para calcular la mejor oferta

económica:

1. Ubicación de las EDS de cada uno de los proveedores

2. Recorrido típico para el suministro de combustible de la flota de vehículos de la entidad

3. Precio al cual cada proveedor suministra el combustible.

Del análisis de los aspectos señalados, se selecciona cada proveedor que tenga la mejor oferta frente

a las necesidades de la entidad, conforme al siguiente análisis:

5.3.1 Ubicación de las EDS y recorrido típico de los vehículos

De acuerdo con lo observado en el acuerdo marco de precios celebrados por Colombia Compra

Eficiente, se incluye como uno de los criterios de selección la cercanía de las EDS a las sedes

principales, por la necesidad de abastecer combustible a los vehículos en corto tiempo, con

24 Cláusula 6 - Operación Secundaria del Acuerdo Marco de Precios el cual describe los pasos que tiene que cumplir la EntidadCompradora interesada en adquirir combustible al amparo de dicho Acuerdo.

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DECOMBUSTIBLE

10

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c

GENERAL DE LANACEON

desplazamientos breves que no generen un mayor consumo y como consecuencia mayor valor del

mismo, evitando así costos innecesarios.

En ese sentido y dado que el recorrido típico de los vehículos adscritos a las Procuradurías regionales

en las cuales están ubicados los vehículos implica parqueo diario en las mismas, es necesario que

cada EDS se encuentre lo más cerca posible a éstas.

BOLÍVAR

La Procuraduría Regional de Bolívar tiene su sede principal en la calle de la Chichería # 38-68, barrió

San Diego (Cartagena) y es allí donde está ubicado el vehículo al servicio de la misma; así mismo, es

desde donde se gestionan los traslados, desplazamientos y transporte de funcionarios.

Revisadas las EDS ofrecidas por los dos (2) adjudicatarios de la Licitación Pública No. LP-AMP-030-

2014, encontramos que las dos (2) estaciones de servicio pertenecientes a la Organización Terpel y a

Distracom S.A., geográficamente se ubican cerca de las instalaciones de la Procuraduría Regional,

por lo que se establece que son favorables para la PGN al no requerirse que el vehículo se desplace

en ninguno de los casos por más de 17 minutos.

Para establecer lo anterior, se elaboró un informe respecto de las estaciones de servicios enunciadas,

con las herramientas que ofrece la web de manera virtual. En el informe anexo (Ver anexo 2), se

evidencia que las EDS más cercanas son:

- Organización Terpel: EDS EL BOSQUE ubicada en la Transversal 21 # 45-36 sector el

bosque a 5,8 km con un tiempo de recorrido de 18 minutos de la sede de la Regional

- Distracom S.A: EDS LA CANDELARIA localizada en la calle 32 # 19-200 Pie de la Popa a 5

km con un tiempo de recorrido de 15 minutos de la sede de la regional.

Visto lo anterior, se tiene que la EDS LA CANDELARIA del proveedor Distracom S.A se encuentra

más cerca a la sede de la Entidad y se tiene el menor tiempo de recorrido entre el lugar de ubicación

de la Procuraduría Regional de Bolívar y en el de la citada EDS.

MAGDALENA

La Procuraduría Regional de Magdalena tiene su sede principal en la calle 15 A No. 3 -25, piso 9

Edificio BCH (Santa Marta) y es allí donde están ubicados los vehículos al servicio de la misma; así

mismo, es desde donde se gestionan los traslados, desplazamientos y transporte de funcionarios.

Revisadas las EDS ofrecidas por los dos (2) adjudicatarios de la Licitación Pública No. LP-AMP-030-

2014, encontramos que las dos (2) estaciones de servicio pertenecientes a la Organización Terpel y a

Distracom S.A., geográficamente se ubican cerca de las instalaciones de la Procuraduría Regional,

por lo que se establece que son favorables para la PGN al no requerirse que los vehículos se

desplace en ninguno de los casos por más de 10 minutos.

Para establecer lo anterior, se elaboró un informe respecto de las estaciones de servicios enunciadas,

con las herramientas que ofrece la web de manera virtual. En el informe anexo (Ver anexo 2), se

evidencia que las EDS más cercanas son:

Organización Terpel: EDS GAXITAIRONA ubicada en la AV DEL RIO # 29-85 a 2,2 km con un

tiempo de recorrido de 9 minutos de la sede de la Regional.

- Distracom S.A: EDS LA MILAGROSA localizada en la calle 30 # 17a-78 a 2,8 km con un

tiempo de recorrido de 10 minutos de la sede de la regional.

Visto lo anterior, se recomienda suscribir la orden con el proveedor Organización Terpel S.A, ya que la

EDS GAXITAIRONA de este proveedor se encuentra mas cerca a la sede de la Entidad y se tiene el

menor tiempo de recorrido entre el lugar de ubicación de la Procuraduría Regional del Magdalena y en

el de la citada EDS.

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DE

COMBUSTIBLE

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GENERAL DE LA NACIÓN

SANTANDER

La Procuraduría Regional de Santander tiene su sede principal en la calle 37 # 12-08 (Bucaramanga)

y es allí donde está ubicado el vehículo al servicio de la misma; así mismo, es desde donde se

gestionan los traslados, desplazamientos y transporte de funcionarios.

Revisadas las EDS ofrecidas por los dos (2) adjudicatarios de la Licitación Pública No. LP-AMP-030-

2014, encontramos que las dos (2) estaciones de servicio pertenecientes a la Organización Terpel y a

Daniel García Hernández, geográficamente se ubican cerca de las instalaciones de la Procuraduría

Regional, por lo que se establece que son favorables para la PGN al no requerirse que el vehículo se

desplace en ninguno de los casos por más de 7 minutos.

Para establecer lo anterior, se elaboró un informe respecto de las estaciones de servicios enunciadas,

con las herramientas que ofrece la web de manera virtual. En el informe anexo (Ver anexo 2), se

evidencia que las EDS más cercanas son:

Organización Terpel: EDS LA ROSITA ubicada en la Avenida la rosita # 20-02 a 1,6 km con

un tiempo de recorrido de 6 minutos de la sede de la Regional.

Daniel García Hernández: EDS localizada en la calle 31 # 21-45 a 1,8 km con un tiempo de

recorrido de 7 minutos de la sede de la regional.

Visto lo anterior, se recomienda suscribir la orden con el proveedor Organización Terpel S.A, ya que la

EDS LA ROSITA de este proveedor se encuentra más cerca a la sede de la Entidad y se tiene el

menor tiempo de recorrido entre el lugar de ubicación de la Procuraduría Regional de Santander y en

el de la citada EDS.

5.3.2 Precio ofrecido - descuento

No obstante lo anterior, se consultaron los precios que los proveedores tienen registrados en la tienda

virtual de Colombia Compra Eficiente, para el mes de diciembre de 2015 y se tienen los siguientes

datos para cada ciudad:

Proveedor

Organización

Terpel

Daniel García

Hernández

Organización

Terpel

DISTRACOM

S.A.

Organización

Terpel

DISTRACOM

S.A.

Ciudad de

Cobertura

Bucaramanga

Bucaramanga

Cartagena

Cartagena

Santa Marta

Santa Marta

Precio del Combustible (ACPM, GASOLINA CORRIENTE Y EXTRA)

Porcentaje (%)

descuento

Ofrecido -

Margen

Mayorista

2,00%

0,00%

2,00%

10,00%

2,00%

10,00%

Valor en pesos

($) del margen

vigente

MinMinas -

Margen

Mayorista

$341,54

$341,54

$ 341,54

$341,54

$341,54

$341,54

Porcentaje (%)

descuento

Ofrecido -

Margen

Minorista

15,53%

8,31%

28,44%

10,00%

35,74%

10,00%

Valor en pesos

($) del margen

vigente

MinMinas -

Margen

Minorista

$ 625,61

$625,61

$ 625,61

$ 625,61

$ 625,61

$ 625,61

Valor total

de

descuento

(Pesos)25

$103,99

$51,99

$ 184,75

$ 96,72

$ 230,42

$ 96,72

Proveedor

seleccionado

Organización

Terpel

Organización

Terpel

Organización

Terpel

Se observa que en todas las ciudades, el descuento por galón ofrecido por el proveedor Organización

Terpel S.A., es mayor en el 200,01%, 191,01% y 238,23% respectivamente, al de los otros

proveedores, por lo que este proveedor tiene una mejor oferta económica en los términos del criterio

"Precio al cual cada proveedor suministra el combustible".

25 El resultado contenido en la columna denominada valor total del descuento en pesos corresponde a la suma del resultado dela multiplicación entre el porcentaje de descuento ofrecido por cada proveedor en el margen mayorista y minorista.

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DECOMBUSTIBLE

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GENERAL DE U NACIÓN

Para el caso del suministro de combustible al vehículo ubicado en la ciudad de Cartagena, se analizó

si se obtiene beneficio económico al aplicar el porcentaje de descuento ofrecido por Distracom S.A.,

proveedor que por ubicación de la EDS y el tiempo de recorrido típico para el suministro de

combustible resultó ser el más favorable para la Entidad, según lo señalado en el numeral 5.3.1.

Atendiendo el promedio mensual de consumo, al vehículo se le suministra 51,78 galones que equivale

aproximadamente a cuatro (4) tanqueadas, correspondiente a 12,94 galones por tanqueada. Al

multiplicar este número de galones por el valor de referencia diciembre-2015 Colombia Compra

Eficiente por galón para la ciudad de Cartagena se obtiene la suma de $98.356,94, es decir,

$393.427,76 mensual para un recorrido aproximada de 1.000 kilómetros; por kilómetro se gasta$393,42.

Para los 0.8 kilómetros de diferencia que existe entre los recorridos de las EDS de Distracom S.A. y la

organización Terpel S.A, al tanquear en la EDS de este proveedor, el valor por cada tanqueada se

aumentaría en $314,73, es decir tendría un costo de $98.671,67; $394.686,68 mensual.

Aplicando los descuentos ofrecidos por cada proveedor, se obtienen los siguientes resultados:

PROVEEDOR

DISTRACOM

S.A.

ORGANIZACIÓN

TERPEL S.A.

VALOR

MENSUAL

$393.427,76

$394.686,68

VALOR DE

DESCUENTO

POR GALÓN

$96,72

$184,75

PROMEDIO

DE

GALONES

POR MES

51,78

51,78

VALOR

TOTAL DE

DESCUENTO

POR MES

$5.008,16

$9.566,35

DIFERENCIA

ENTRE

PROVEEDORES

$4.558,19

En este sentido, la Entidad obtendría un ahorro mensual de $4.558,19 si el suministro de combustible

lo provee la Organización Terpel S.A., a pesar de que la distancia de la EDS EL BOSQUE de este

proveedor es levemente mayor en comparación con la ofrecida por el proveedor Distracom S.A.

En este orden de ideas y analizando los tres criterios establecidos en la cláusula 6 literal b del

Acuerdo26, para el caso particular del vehículo que se ubica en la ciudad de Cartagena, el proveedorOrganización Terpel S.A..es el que le ofrece las mejores condiciones a la Entidad y será con quien se

genere la orden de compra como soporte documental de la relación entre el proveedor y la

Procuraduría General de la Nación como Entidad Compradora para vincularse al acuerdo Marco de

precios.

Aunado a lo anterior, se tiene que el porcentaje de descuento que ofrece el proveedor Organización

Terpel S.A., resulta ser mucho más benéfico para la PGN, ya que éste es mayor al compararlo con el

porcentaje de descuento que obtuvo la Entidad con la ejecución del contrato 179-049-2013 conforme

a la adjudicación de la Selección Abreviada de Menor Cuantía 12-2013 adelantada por la

Procuraduría y que tuvo por objeto SELECCIONAR AL OFERENTE QUE SUMINISTRE EL

COMBUSTIBLE: GASOLINA CORRIENTE O REGULAR, EXTRA O PREMIUM Y ACPM O DIESEL

PARA LOS VEHÍCULOS Y MOTOCICLETAS QUE CONFORMAN EL PARQUE AUTOMOTOR DE LA

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN A NIVEL NACIONAL, tal como se refleja en el siguiente

cuadro:

valor del descuento para combustible obtenido para julio de 2015"

ciudad

BUCARAMANGA

CARTAGENA

SANTA MARTA

Gasolina

corriente

$ 8.008,71

$ 7.972,51

$ 8.112,86

Descuento

%

1,19

1,19

1,17

Valor

descuento

$ 95,30

$ 94,87

$ 94,92

Acpm

$ 7.771,58

$ 7.697,45

$ 7.824,92

Descuento

%

1,25

1,27

1,25

Valor

descuento

$ 97,14

$ 97,76

$ 97,81

26 Cláusula 6 - Operación Secundaria del Acuerdo Marco de Precios el cual describe los pasos que tiene que cumplir la EntidadCompradora interesada en adquirir combustible al amparo de dicho Acuerdo.

27 Mes en el cual finalizó el contrato 179-049-2013.

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DE

COMBUSTIBLE

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GENERAL DE LANACION

Además, los descuentos ofrecidos en el acuerdo marco de precios suscrito por la Agencia Nacional de

Contratación son favorables para la Entidad, ya el precio del galón de gasolina quedaría por debajo

del que regula el Ministerio de Minas y Energía, y en todo caso es menor al que logro la PGN en el

proceso de selección adelantado en el año 2013 e igual a la anterior orden de compra 3568.

Condiciones económicas:

La Procuraduría General de la Nación siempre ha solicitado que los contratistas realicen un descuento

fijo respecto del precio de combustible establecido por el Ministerio de Minas para cada una de las

ciudades, según las disposiciones vigentes. En ese sentido, el Acuerdo Marco garantiza el descuento

del proveedor, además que el mismo puede ser mejorado por los proveedores del Acuerdo, según las

actualizaciones mensuales que éstos notifiquen a Colombia Compra Eficiente, en los términos

señalados en la Cláusula 7. Es de anotar que los descuentos para cada ciudad serán como mínimo el

valor que se muestra en la siguiente tabla, conforme al ofrecimiento realizado por los proveedores

durante la ejecución de la Orden de Compra, no obstante este puede variar favorablemente para la

Entidad como ya se indicó.

Ciudad de

Cobertura

Bucaramanga

Cartagena

Santa Marta

Valor total de

descuento

(Pesos) x galón

a dic 2015

$103,99

$184,75

$230,42

Proveedor

seleccionado

Organización

Terpel

Organización

Terpel

Organización

Terpel

Frente al control sistematizado del suministro, según las condiciones del Acuerdo, el proveedor debe

asumir los costos por daños o reparaciones de los dispositivos empleados para tal fin. El Acuerdo trae

una variación respecto al pago de dispositivos extraviados por parte de la entidad compradora, en

cuanto exige que ésta asuma el valor, que no podrá ser mayor a $25.000. Sin embargo, esta

circunstancia no afecta el desarrollo o costos del contrato, en atención a que es un riesgo bajo que se

presenta en escasas oportunidades, un ejemplo de ello se puede observar en la orden de compra No.

93 de 2014 en cuya ejecución solo se ha perdido un chip y en la anterior orden de compra No 3568 de

2015 no se perdió ninguno.

Respecto a las especificaciones técnicas del combustible, la Agencia Nacional de Contratación por

medio de la Licitación Pública No. AMP-030-2014 seleccionó los proveedores anteriormente

mencionados a los cuales les verificó las ubicaciones de las EDS y las condiciones técnicas del

combustible, los cuales cumplieron los requisitos establecidos por la Entidad en el mencionado

proceso de selección. Vale la pena señalar que las especificaciones técnicas del acuerdo marco son

mejores a las solicitadas por esta Entidad en años anteriores. De la lectura de la cláusula tercera del

acuerdo marco, allí se señala que como mínimo el proveedor debe tener un módulo de administración

en línea y una línea de servicio al cliente todos los días por 24 horas, condiciones con que no cuenta

en la actualidad la Entidad, luego además del mejoramiento económico que se logra a nivel regional

con el suministro de combustible se mejoran las especificaciones técnicas con que contaba la entidad

en años anteriores.

6. VALOR ESTIMADO DE LA ORDEN Y LA JUSTIFICACIÓN DE LA MISMA

Considerando que la orden de compra derivada del Acuerdo Marco de Precios para el suministro de

combustible celebrado por la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente - resulta

ser la opción más favorable a la entidad, garantizando la selección objetiva del respectivo proveedor

según las condiciones de dicho Acuerdo, se tiene como estudio de mercado el efectuado por dicha

Agencia como soporte de la licitación pública que se adelantó para seleccionar los proveedores del

Acuerdo Marco de Precios para el suministro de Combustible en las ciudades de cobertura, dentro de

las cuales se encuentran las ciudades de Cartagena, Santa Marta y Bucaramanga.28

Estudio de mercado publicado en la página web del SECOP.

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DECOMBUSTIBLE

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GENERAL DE LA NACIÓN

En cuanto a los gravámenes locales, de acuerdo con el correo electrónico de fecha 5 de enero de

2016 emitido por el Coordinador del Grupo de Cuentas de la División Financiera, para las regionales

de Bolívar, Magdalena y Santander, el combustible se encuentra gravado de la siguiente manera:

REGIONAL

SANTANDER

BOLÍVAR

MAGDALENA

TIPO

COMBUSTIBLE

CORRIENTE Y

EXTRA

CORRIENTE Y

EXTRA

CORRIENTE Y

EXTRA

ACPM

BASE MÍNIMA DE

LIQUIDACIÓN

Mayor o Igual a 50 UVT

Mayor o Igual a 0.25

S.M.L.V

Mayor o Igual a 27 UVT

TARIFA

ICA

5XMIL

10XMIL

2XMIL

ESTAMPILLA

1% EXCLUIDO

IVA

SOBRETASA

BOMBERIL

6.1 ANÁLISIS DEL VALOR DE LA ORDEN DE COMPRA VINCULADA AL ACUERDO MARCO DEPRECIOS PARA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE CON SISTEMA DE CONTROL EN EDS

UBIICADAS EN LAS CIUDADES DE CARTAGENA, SANTA MARTA Y BUCARAMANGA

La entidad suscribirá la orden de compra para el suministro de combustible en las ciudades de

Cartagena, Santa Marta y Bucaramanga, conforme al Acuerdo Marco de Precios celebrado por la

Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente el 7 de abril de 2015, vigente hasta el

7 de abril de 2017, por los siguientes valores:

CUIDAD

BUCARAMANGA

CARTAGENA

SANTA MARTA

PRESUPUESTO

PARA CADA

REGIONAL

$ 6.983.123

$ 4.608.538

$ 14.614.273

$26.205.934

El plazo de ejecución hasta el 31 de diciembre de 2016 o hasta que se agote el presupuesto, lo que

ocurra primero.

El valor señalado se estima de acuerdo con las necesidades de la entidad y el presupuesto previsto

en el Plan Anual de Adquisiciones atendiendo el siguiente criterio:

Consumos históricos:

La Entidad suscribió el contrato No. 179-049-2013 el 12 de junio de 2013, cuyo objeto es

"SUMINISTRAR DE COMBUSTIBLE: GASOLINA CORRIENTE O REGULAR, EXTRA O PREMIUM

YACPM O DIESEL PARA LOS VEHÍCULOS Y MOTOCICLETAS QUE CONFORMAN EL PARQUE

AUTOMOTOR DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN UBICADOS EN LASCIUDADES DE ARMENIA, BARRANQUILLA, BUCARAMANGA, CALI, CARTAGENA, CUCUTA,

FLORENCIA, IBAGUE, MANIZALES, MONTERÍA, NEIVA, PASTO, PEREIRA, POPAYÁN, SANTAMARTA, TUNJA Y VILLAVICENCIO " y la orden de compra 3568 el 30 de Julio de 2015 derivadas

del Acuerdo Marco de Precios CCE-224-1-AMP-2015.

Para proceder a determinar el valor de la orden de compra, se revisó el consumo mensual de gasolina

corriente y acpm por galones del contrato No. 179-049-2013 (Junio de 2013 a Julio de 2015) y de la

orden de compra 3568 de 2015 (Julio a diciembre de 2015) para las ciudades de Cartagena, Santa

Marta y Bucaramanga. Lo anterior con el fin de obtener el presupuesto para el suministro del

combustible (gasolina corriente y ACPM) para el año 2016. Conforme a los consumos mensuales

obtenidos en los periodos señalados, se establece un promedio mensual para cada regional (ver

anexo 1).

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DE

COMBUSTIBLE

15

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PROCURADURÍAGENERAL DE UNCIÓN

A continuación se procedió a multiplicar el promedio mensual de consumo del combustible por los

precios registrados para el mes de diciembre de 2015, en las condiciones del Acuerdo Marco para

gasolina corriente y ACPM; luego, se multiplicó el valor mensual por el tiempo estimado de ejecución

de la orden de compra (12 meses ), obteniendo la suma total de $ 26.205.934,00.

En el siguiente cuadro se puede observar el valor de cada orden de compra para cada regional:

ciudad

BUCARAMANGA

CARTAGENA

SANTA MARTA

SANTA MARTA*

Promedio

mensual

regional

77,24

51,78

117,29

46,78

Valor de

referencia

diciembre-

2015

Colombia

Compra

Eficiente

$ 7.638,00

$ 7.601,00

$ 7.742,00

$ 7.430,00

Valor del

descuento

ofrecido

por el

proveedor

$ 103,99

$ 184,75

$ 230,42

$ 230,42

Valor final

para la

Entidad

$7.534,01

$7.416,25

$7.511,58

$7.199,58

TOTAL

MENSUAL

$ 581.926,93

$ 384.044,80

$ 881.059,78

$ 336.796,35

TOTAL

PARA

12 MESES

$ 6.983.12

3

$ 4.608.53

8

$ 10.572.71

7

$ 4.041.55

6

valor total

PRESUPUEST

O PARA CADA

REGIONAL

$ 6.983.123

$ 4.608.538

$ 14.614.273

$

26.205.934,00

* LA REGIONAL TIENE UN VEHÍCULO AL CUAL SE LE SUMINISTRA COMBUSTIBLE

DIESEL

Vale la pena aclarar que el valor del descuento podrá variar durante la ejecución de la orden de

compra, acorde con lo establecido en la cláusula 7 del Acuerdo Marco de precios según la cual: "El

precio del Combustible y el precio del transporte publicados en el Catalogo de la Tienda Virtual del

Estado Colombiano no incluyen los costos de los gravámenes adicionales a los incluidos por

MinMinas en la resolución que fija los precios. El proveedor ajustará el valor del descuento teniendo

en cuenta los gravámenes adicionales y facturará el valor correspondiente"

En todo caso, los dineros a cancelar corresponderán a los galones efectivamente suministrados y bajo

los precios del Acuerdo vigente.

No se tiene en cuenta para el análisis del presupuesto de la orden de compra, el valor de la gasolina

extra, por cuanto este combustible se le suministra a los vehículos del esquema de seguridad de la

Entidad, que no se encuentran regularmente en las Procuradurías Regionales mencionadas en el

presente documento.

7. ANÁLISIS DE RIESGOS Y FORMA DE MITIGARLOS

Considerando que la orden de compra derivada del Acuerdo Marco de Precios para el suministro de

combustible celebrado por la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente - resulta

ser la opción más favorable a la entidad, garantizando la selección objetiva del respectivo proveedor

según las condiciones de dicho Acuerdo, se tiene como análisis de riesgos y forma de mitigarlos, los

estipulados en los "Estudios y Documentos Previos de la Licitación Pública para Seleccionar los

Proveedores de un Acuerdo Marco de Precios para el suministro de Combustible en las ciudades de

cobertura" efectuado por la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente.

8. GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD CONTEMPLA EXIGIR EN LA ORDEN DE COMPRA

De conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.1.2.1.2.9 del Decreto 1082 de 2015 "Las Entidades

Estatales no deben exigir las garantías de que trata la sección 3 del capítulo II de las Disposiciones

29 Cláusula 7. Colombia Compra Eficiente publicará mensualmente en el Catálogo de la tienda virtual del estadocolombiano, el precio vigente por galón para el combustible objeto del Acuerdo Marco de Precios.

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DE

COMBUSTIBLE

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c

PROCURADURÍAGENERAL DE LA NACIÓN

Especiales en las órdenes de compra derivadas de los Acuerdos Marco de Precios, a menos que el

Acuerdo Marco de Precios respectivo disponga lo contrario"

Dentro del clausulado del Acuerdo Marco de Precios para el Suministro de Combustible, se indica lo

siguiente en la cláusula 16 denominada "Garantías": "El Proveedor debe presentar una garantía de

cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Acuerdo Marco de Precios, a favor de

Colombia Compra Eficiente, por el valor que resulte de sumar el valor de la garantía en las Ciudades

de Cobertura que les hayan sido adjudicadas en los términos previstos en los pliegos de condiciones."

Teniendo en cuenta el precepto en mención y que el Acuerdo Marco de Precios no determina que los

Proveedores presenten garantía en favor de la Entidades Compradoras, no se exige garantía alguna

para avalar el cumplimiento de las obligaciones surgidas de la orden de compra.

9. INDICACIÓN SI EL CONTRATO ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL

Considerando que la orden de compra derivada del Acuerdo Marco de Precios para el suministro de

combustible celebrado por la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente - resulta

ser la opción más favorable a la entidad, garantizando la selección objetiva del respectivo proveedor

según las condiciones de dicho Acuerdo, se tiene como cobertura por Acuerdos Comerciales, los

estipulados en los "Estudios y Documentos Previos de la Licitación Pública para Seleccionar los

Proveedores de un Acuerdo Marco de Precios para el suministro de Combustible en las ciudades de

cobertura" efectuado por la Agencia Nacional de Contratación - Colombia Compra Eficiente.

10. OTROS ASPECTOS

10.1 PLAN DE ADQUISICIONES Y CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

El valor de las órdenes de compra respectivas está contenido en el Plan de Adquisiciones de la

entidad, según certificado No. 2016-011 expedido el 6 de enero de 2016 por el administrador del plan

y se encuentra amparado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 11116 del 7 de enero

de 2016, expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal de la División Financiera

de la Entidad.

10.2 PLAZO DE EJECUCIÓN

En virtud de lo establecido en la cláusula 14 del acuerdo marco de precios CCE-224-1-AMP-2015

suscrito el 7 de abril de 2015, éste tiene una vigencia hasta el 7 de abril de 2017.

Dado que la entidad se acoge al Acuerdo y a las condiciones de éste, además de que en este caso,

de conformidad con la Ley 819 de 2003, no es posible gestionar recursos para vigencias posteriores, y

siendo necesario contar con el suministro de gasolina desde enero de 2016, el plazo de ejecución de

la orden de compra será hasta el 31 de diciembre de 2016. La entidad podrá prorrogar este plazo,

según el desarrollo del contrato, las necesidades del servicio y la continuidad del Acuerdo Marco.

10.3 LUGAR DE EJECUCIÓN.

Será en las ciudades de Cartagena, Santa Marta y Bucaramanga.

En todo caso, el domicilio contractual es la ciudad de Bogotá D.C.

10.4 FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO

Para efecto de la facturación y forma de pago de la orden de compra derivada del Acuerdo Marco de

Precios para el suministro de Combustible, la Entidad dará a aplicación a lo establecido en la cláusula

10 de dicho Acuerdo.

10.5 SUPERVISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA

No se requiere de interventoría externa: En cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo

83 de la Ley 1474 de 2011, la Entidad considera que no se requiere de interventoría externa debido a

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DE

COMBUSTIBLE

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Page 18: ESTUDIOSYDOCUMENTOSPREVIOS - … · definido en la norma técnica Colombiana NTC5308 ... biodiesel.17 Es la herramienta acordada entre el Proveedor y Colombia Compra Eficiente para

GENERAL DE LA NACIÓN

que se cuenta con personal de planta idóneo y suficiente para realizar el seguimiento técnico,

administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del contrato.

La coordinación general del contrato será ejercida por la Jefatura de la División Administrativa de la

Entidad. Por su parte la supervisión del contrato, se efectuará por funcionarios adscritos al Grupo de

Muebles y Servicios Administrativos con conocimiento y experiencia en actividades relacionadas con

el suministro de combustible y manejo de vehículos.

Por otra parte, los funcionarios deben tener la idoneidad para atender las solicitudes, requerimientos y

la ocurrencia de eventualidades, relacionadas con dicho suministro

Los supervisores llevarán a cabo el seguimiento y control del contrato de conformidad con lo dispuesto

por la Ley 1474 de 2011 y el manual de contratación de la Entidad.

10.6 INDEMNIDAD

En la cláusula 20 del acuerdo marco de precios se incluyó la cláusula de indemnidad que mantiene

libre a las Entidades Compradoras como es el caso de la Procuraduría General de la Nación, de

cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que se deriven de las actuaciones

del proveedor o de las de sus subcontratistas o dependientes.

10.7 LIQUIDACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA

La liquidación de la orden de compra se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en los

artículos 60 de la Ley 80 de 1993 y 11 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 217 del

Decreto Ley 019 de 2012. La liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro de los ocho (8)

meses siguientes a la fecha de terminación del plazo de vigencia establecido en el contrato. En

aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria

que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la

facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo

dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

10.8 CIERRE DEL EXPEDIENTE

Culminadas las obligaciones de la orden de compra, el supervisor deberá presentar un informe de

cumplimiento, con el fin que se lleve a cabo e cierre del expediente.

Bogotá, D.C.

iojí

T

JIMMY ALEJANDRO BOHORQUEZ DÚARTE

Grupo de Muebles y Servicios Administra/vos

Anexo 1: Consumo de combustible (Contrato No. 179-049-2013 y órdenes de compra 3568,3570 y 3581)

Anexo 2: Verificación de distancia

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DE

COMBUSTIBLE

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