estudios y documentos previos marco legal

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ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS MARCO LEGAL El Municipio de Guarne - Antioquia, conforme a la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015, Decreto 019 del 2012, Ley 1882 del 2018 y las demás que las complementen, modifiquen o adicionen, realiza los estudios previos donde se analiza la conveniencia y oportunidad del contrato y su adecuación a los planes de inversión, de adquisición o compras y presupuesto del ente territorial. El artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 establece que los estudios y documentos previos estarán conformados por los documentos que sirvan de soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones de manera que los proponentes puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, así como el de la distribución de riesgos que la entidad propone. Los presentes estudios sustentan económica y técnicamente el proceso de selección para el MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO DE VÍAS RURALES DEL MUNICIPIO DE GUARNE EN EL MARCO DEL PROGRAMA “COLOMBIA RURAL” dando con ello cumplimiento a lo ordenado por el Estatuto General de Contratación. 1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN La calidad de vida de una población esta internamente ligada a la existencia de una infraestructura adecuada que permita realizar las diferentes actividades básicas y también las recreacionales en condiciones de comodidad y seguridad. En este contexto la infraestructura vial juega un papel fundamental porque afecta directamente a todos los ámbitos de la sociedad al permitir la intercomunicación, el comercio y la delimitación de zonas productivas y al minimizar el impacto de los factores climáticos y conformar la estructura vial del Municipio. La Secretaria de Infraestructura del Municipio de Guarne- Antioquia es la responsable de realizar la Construcción, el mantenimiento y la reparación a toda la infraestructura vial de acuerdo a las necesidades. La infraestructura vial se encuentra en un estado de deterioro alto, por lo tanto, la administración actual debe tomar medidas con el fin de reponer y construir obras de ingeniería, que conlleven a dar solución al problema que se avecina. Las cuales requieren ser intervenidas a la menor brevedad posible, para no afectar la seguridad y movilidad vial y peatonal de los habitantes. El Municipio consiente de esta problemática, ha tomado la decisión de iniciar el proceso de cofinanción con la gobernación de Antioquia para la gestión de recursos los cuales servirán para ejecutar un proyecto en el cual se realizarán para el mantenimiento de vías, construcción de placa huellas y la caracterización vial, para tal fin ya se tiene el diagnóstico y los diseños del estado actual de la malla vial y puntos críticos a intervenir con la ejecución de las obras. Es prioritario intervenir las vías del municipio, permitiendo con esto la conformación de espacios adecuados para la movilidad amortiguando lo riesgos que de este se generan; es por ello que se requiere mejorar las condiciones de accesibilidad de las personas a los puntos donde se genera una dinámica transversal e integral, y confluya a generar movimientos de capital de trabajo. Como se ha demostrado en varios estudios, la infraestructura de transporte, y en especial las carreteras son de significativa importancia en el crecimiento y desarrollo de un país. La infraestructura vial y su importancia en la

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ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS MARCO LEGAL El Municipio de Guarne - Antioquia, conforme a la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015, Decreto 019 del 2012, Ley 1882 del 2018 y las demás que las complementen, modifiquen o adicionen, realiza los estudios previos donde se analiza la conveniencia y oportunidad del contrato y su adecuación a los planes de inversión, de adquisición o compras y presupuesto del ente territorial. El artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015 establece que los estudios y documentos previos estarán conformados por los documentos que sirvan de soporte para la elaboración del proyecto de pliego de condiciones de manera que los proponentes puedan valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, así como el de la distribución de riesgos que la entidad propone. Los presentes estudios sustentan económica y técnicamente el proceso de selección para el MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO DE VÍAS RURALES DEL MUNICIPIO DE GUARNE EN EL MARCO DEL PROGRAMA “COLOMBIA RURAL” dando con ello cumplimiento a lo ordenado por el Estatuto General de Contratación.

1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD DE LA CONTRATACIÓN La calidad de vida de una población esta internamente ligada a la existencia de una infraestructura adecuada que permita realizar las diferentes actividades básicas y también las recreacionales en condiciones de comodidad y seguridad. En este contexto la infraestructura vial juega un papel fundamental porque afecta directamente a todos los ámbitos de la sociedad al permitir la intercomunicación, el comercio y la delimitación de zonas productivas y al minimizar el impacto de los factores climáticos y conformar la estructura vial del Municipio. La Secretaria de Infraestructura del Municipio de Guarne- Antioquia es la responsable de realizar la Construcción, el mantenimiento y la reparación a toda la infraestructura vial de acuerdo a las necesidades. La infraestructura vial se encuentra en un estado de deterioro alto, por lo tanto, la administración actual debe tomar medidas con el fin de reponer y construir obras de ingeniería, que conlleven a dar solución al problema que se avecina. Las cuales requieren ser intervenidas a la menor brevedad posible, para no afectar la seguridad y movilidad vial y peatonal de los habitantes. El Municipio consiente de esta problemática, ha tomado la decisión de iniciar el proceso de cofinanción con la gobernación de Antioquia para la gestión de recursos los cuales servirán para ejecutar un proyecto en el cual se realizarán para el mantenimiento de vías, construcción de placa huellas y la caracterización vial, para tal fin ya se tiene el diagnóstico y los diseños del estado actual de la malla vial y puntos críticos a intervenir con la ejecución de las obras. Es prioritario intervenir las vías del municipio, permitiendo con esto la conformación de espacios adecuados para la movilidad amortiguando lo riesgos que de este se generan; es por ello que se requiere mejorar las condiciones de accesibilidad de las personas a los puntos donde se genera una dinámica transversal e integral, y confluya a generar movimientos de capital de trabajo. Como se ha demostrado en varios estudios, la infraestructura de transporte, y en especial las carreteras son de significativa importancia en el crecimiento y desarrollo de un país. La infraestructura vial y su importancia en la

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movilización de carga en Colombia toda vez que el 80% de la carga del país se moviliza por carretera. Los resultados muestran una red vial limitada y de poca capacidad, aún si se compara con otros países latinoamericanos en vía de desarrollo. En cuanto a la movilización de carga, la antigüedad de los vehículos y su poca capacidad de carga hace que los costos de transporte se mantengan altos, afectando la competitividad de los bienes transportados. Actualmente el país está realizando esfuerzos por cerrar la brecha en infraestructura, tanto con recursos públicos, como con la participación del sector privado. El Municipio de Guarne – Antioquia, es una entidad pública, del nivel territorial, cuya misión se desarrolla de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política que reza: “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo”. La Administración Municipal de Guarne con el fin de dar cumplimiento con los diferentes planes, programas y proyectos propuestos, busca a conformidad intervenir el corredor vial de las Flores San Ignacio Cuatro Esquinas - El Porvenir Barro Blanco donde se desarrollará actividades de mejoramiento de la vía por medio de la construcción de placa huella de concreto en un tramo que comprende quinientos veinticinco metros (525 m), la caracterización del corredor vial de cinco mil setecientos setenta metros (5.770 m) y el mantenimiento periódico con afirmado y conformación de la calzada existe que comprende tres mil metros (3.000 m) de vía, por lo que se hace necesario generar acciones que permitan mitigar el atraso del sector, con participación comunitaria y los entes apropiados para dar un buen desarrollo constructivo del proyecto, entre otros. La intervención vial comprende mejoramiento, habilitación, construcción y apertura a las diferentes vías. En este sentido y en asocio con el Instituto Nacional de Vías (INVIAS) con quien el municipio ha suscrito convenio interadministrativo de cofinanciación, se pretende el mejoramiento de las condiciones de accesibilidad y transitabilidad de las vías terciarias del municipio, para lo cual se llevará a cabo la selección de un contratista que adelante la obra respecto de la construcción por el sistema de placa huella de estas actividades; todo esto en cumplimiento de los deberes asignados a la entidad territorial y en cumplimiento de los programas, proyectos y metas previstos en el plan de desarrollo municipal, lo cual redundará en el bienestar de las comunidades beneficiarias de la ejecución física de las obras. 2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR “MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO DE VÍAS RURALES DEL MUNICIPIO DE GUARNE EN EL MARCO DEL PROGRAMA “COLOMBIA RURAL” 2.1 CLASIFICACIÓN DEL BIEN Según el clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas UNSPSC, acogida por nuestra legislación colombiana a partir del Decreto 1082 de 2015, los bienes que se pretenden contratar en el siguiente proceso presenta la siguiente Clasificación:

Código UNSPSC Segmento Familia Clase Producto

72141001

Servicios de edificación, construcción de instalaciones y mantenimiento

Servicios de construcción pesada

Servicios de construcción de autopistas y carreteras

Servicio de construcción de calles y carreteras nuevas

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72141100

Servicios de edificación, construcción de instalaciones y mantenimiento

Servicios de construcción pesada

Servicios de construcción y revestimiento y pavimentación de infraestructura

2.2. CÓDIGO DEL PROCESO CONTRACTUAL EN EL PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES: El presente proceso contractual se encuentra contemplado dentro del plan de compras de la Alcaldía Municipal de Guarne para la presente vigencia fiscal según código PAA 367 -2021. 2.3 ALCANCE DEL OBJETO Las principales actividades u obras a ejecutar son las siguientes: MOVIMIENTO DE TIERRAS Y EXCAVACIONES

Excavaciones varias en material común en seco a mano con profundidad entre cero (0) y dos (2) metros.

Conformación de la calzada existente con equipo mecánico idóneo como lo es motoniveladora, vibro compactador, entre otros.

SUB BASES

Conformación de subbase granular clase C con especificaciones según INVIAS y el equipo idóneo para la conformación como lo es motoniveladora, vibro compactador, entre otros.

PAVIMENTO RIGIDO CONCRETO

Vaciado de concreto clase D (210 Kg/cm2 ó 3.000 PSI) para la realización de la PLACA HUELLA.

Vaciado de concreto clase D (210 Kg/cm2 ó 3.000 PSI) para la realización de las VIGAS RIOSTRAS. ESTRUCTURAS Y DRENAJES

Vaciado de concreto clase D (210 Kg/cm2 ó 3.000 PSI) para la realización de las CUNETAS de la vía.

Vaciado de concreto de resistencia 14 MPa (G) (Ciclópeo).

Conformación de todo el acero de refuerzo con resistencia FY= 4.200 Kg/cm2 (60.000 PSI) para toda la estructura de la placa huella, vigas riostras y cunetas.

a. Principales ITEMS de pago

I. Placa Huella

II. Caracterización vial

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III. Mantenimiento periódico

3. CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS Ver anexo: presupuesto oficial - cantidades de obra y precios unitarios y anexo técnico ESPECIFICACIONES ESENCIALES. Los trabajos objeto del presente proceso deberán ejecutarse de conformidad con el manual y especificaciones para la construcción, o la norma que aplique. En la ocasión en que se requiera, se aplicarán las Especificaciones técnicas Generales de Construcción de EEPP de Medellín vigentes para el año 2021. Los aspectos que éstas no regulen se ejecutarán de acuerdo con lo contemplado en las especificaciones técnicas incluidas en el pliego de condiciones. 4. OBLIGACIONES DE LAS PARTES 4.1 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.

Aportar experiencia y conocimiento en beneficio del cumplimiento oportuno y eficiente del objetivo general y objetivos específicos del presente contrato.

Cumplir cabalmente con el cronograma de acciones y trabajos conjuntos que se diseñe en coordinación con los cooperantes para la ejecución del presente contrato.

Suministrar la información disponible y que se requiera para el proceso de planeación e implementación de cada uno de los objetivos del Contrato.

Dar la orientación técnica a todas las acciones que se implementen en el marco del presente contrato, garantizando coherencia, concertación y articulación en las directrices, orientaciones y lineamientos para operación impartidos.

Hacer seguimiento y supervisar el cumplimiento de las obligaciones pactadas.

Designar los representantes a los comités Directivo y Técnico definidos para la operación del presente contrato.

Disponer y hacer uso eficiente de los recursos humanos, técnicos, materiales y presupuestales para la ejecución de objeto del presente contrato.

Diseñar los mecanismos jurídicos, financieros, y operacionales para la ejecución del presente contrato.

Participar en reuniones convocadas previamente y acordadas que tengan relación con la ejecución del presente contrato.

Respetar el manual de imagen de cada una de las partes, dando los créditos correspondientes al Municipio de Guarne y al contratista, en los espacios comunicacionales, campañas informativas,

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papelería y producción académicas y demás procesos en los que se participe conjuntamente y que tengan relación con del presente contrato.

Las demás que se deriven de la naturaleza del presente contrato que garanticen su oportuna ejecución.

4.2 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS EJECUTOR DE LA OBRA:

El contratista deberá al terminar la jornada de trabajo verificar que todas las obras que se hagan en el día queden totalmente cubiertas, limpias de escombros, sin ningún tipo de demarcación, materiales y herramientas, que puedan ocasionar accidentes en las horas de la noche o fines de semana. El contratista deberá analizar los efectos de estas disposiciones sobre los rendimientos de obra, y los tendrá en cuenta para ser incluidos como costos indirectos del contrato.

Presentar actas parciales mensuales de ejecución de la obra al Municipio de Guarne.

Las obras a realizar serán las viabilizadas en el proyecto presentado (ítems, cantidades, presupuesto y especificaciones técnicas), cualquier variación deberá ser previamente aprobada por la interventoría y el Municipio de Guarne.

Instalar una valla en el lugar de la obra y durante la ejecución con la información y especificaciones que LA INTERVENTORIA le indique.

Presentar previo al inicio de la obra un cronograma de actividades con flujo de caja; en caso de ser necesario modificar el plazo se deberá presentar la reprogramación. El incumplimiento del cronograma sin justa causa o aprobación de la Interventoría generará multas al contratista.

Disponer de las cuadrillas necesarias para el cubrimiento de todos los frentes de trabajo que la obra permita de forma simultánea y desde el comienzo de la obra, con el fin de cumplir con el cronograma establecido y el tiempo de entrega.

Presentar informes mensuales de avance físico, administrativo, financiero y soporte fotográfico en medio digital, los cuales deberá reportar al Municipio de Guarne y a la interventoría, quienes supervisarán dichos informes. Igualmente deberá entregar como anexo a este informe la proyección financiera de la obra teniendo en cuenta lo ejecutado a la fecha de corte y las actividades pendientes.

Invertir los recursos entregados por el MUNICIPIO DE GUARNE- únicamente en el cumplimiento del objeto.

Velar por la afiliación oportuna a las entidades de seguridad social y parafiscales exigidas por la ley del personal vinculado al contrato.

Atender de manera oportuna las observaciones escritas que le presente EL MUNICIPIO DE GUARNE.

Responder oportunamente por las obligaciones laborales que emanen del presente contrato.

Comunicar oportunamente a la interventoría y al MUNICIPIO DE GUARNE - del contrato las circunstancias precontractuales o las que surjan en el desarrollo del contrato que puedan afectar el objeto del mismo, la calidad del servicio o el correcto cumplimiento de sus obligaciones, cualquiera sea la causa u origen, y sugerir a través de aquella, las posibles soluciones.

Presentar un informe ejecutivo de avance de forma semanal.

Informar al MUNICIPIO cualquier cambio que sea necesario o conveniente realizar durante el proceso constructivo.

Informar la necesidad de ejecutar obras extras o adicionales previo a su ejecución para que sean verificadas y viabilizadas por el MUNICIPIO DE GUARNE-, esto deberá contener la respectiva justificación técnica y los análisis de precios unitarios previamente aprobados por la interventoría.

Suscribir las pólizas de Cumplimiento, Pago de Salarios y Prestaciones Sociales, Estabilidad de la Obra y Responsabilidad Civil Extracontractual, establecidas en el contrato.

Constituir y legalizar el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación y entrega del contrato (al contratista).

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Las demás que se requieran de acuerdo con la naturaleza del contrato y según lo establecido en los pliegos de condiciones y los demás documentos del presente proceso de contratación.

Presentar a la interventoría las hojas de vida del recurso humano requerido para la ejecución, en un término no mayor a tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato, con el fin de verificar que se cumpla con lo establecido en el pliego de condiciones. Parágrafo: si durante la ejecución del contrato se requiere el cambio de alguno de los perfiles, deberá remplazarse por otro de igual o mayor calidad previamente aprobado por la interventoría y Entidad Territorial.

El contratista deberá suministrar el personal mínimo requerido, maquinaria y equipo exigidos por la consultoría para el cumplimiento del objeto contractual.

Garantizar la permanencia de los diferentes frentes de trabajo, y el diligenciamiento de la bitácora donde se deberá llevar el registro diario de las actividades realizadas.

Cumplir con los ofrecimientos hechos en la propuesta y atender los requerimientos del interventor del contrato.

Contar con el transporte requerido, utilizar, reparar, conservar y mantener todas las máquinas equipos, herramientas, repuestos y demás elementos necesarios para la ejecución del objeto contractual, así como su almacenamiento y custodia.

Responder por la buena calidad de los materiales, insumos y elementos utilizados en el desarrollo del presente contrato.

Transportar, clasificar, almacenar y utilizar todos los materiales necesarios para la ejecución de las obras objeto del presente contrato.

Responder frente a la Entidad Territorial y frente a terceros por todo daño que cause con ocasión de la ejecución del presente contrato.

Colocar de vallas informativas, en cada uno de los sitios donde se adelante la obra, con base en las especificaciones señaladas en la normatividad vigente, emanada del Ministerio de Transporte.

Cumplir con lo señalado en la ley 99 de 1993 y sus decretos reglamentarios y las normas que las reemplacen, adicionen y complementen relacionadas con el manejo ambiental.

Incluir personal perteneciente a la población beneficiaria de los programas de Prosperidad Social: Familias en Acción, Jóvenes en Acción y/o Estrategia Unidos y mujeres que residan en la zona de influencia de la obra. Para el efecto, EL MUNICIPIO solicitará a Prosperidad Social el listado de personas pertenecientes a dichos programas que residan en la zona de influencia de la obra para su respectivo proceso de selección. EL MUNICIPIO remitirá al Interventor el reporte de los contratos de las personas que cumplen con esta condición, junto con sus respectivas afiliaciones de seguridad social.

Garantizar y cumplir de manera obligatoria los protocolos de Bioseguridad de conformidad con la normatividad vigente.

Cumplir con las normas legales vigentes en especial las Leyes 100 de 1993, 789 de 2002 y artículo 25 de la Ley 1607 de 2012. - Acatar y cumplir el manual de interventoría del Instituto Nacional de Vías – INVIAS.

Coordinar, y gestionar los procesos de ejecución de los proyectos en sus diferentes etapas (Precontractual, contractual y liquidación).

4.3 OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO DE GUARNE:

Entregar cumplidamente los valores pactados de acuerdo con lo contratado.

Ejercer la supervisión técnica, administrativa y financiera del contrato.

Certificar en forma oportuna y por escrito que se está cumpliendo con el objeto contractual, para efecto del pago.

Examinar y aprobar la garantía una vez entregada por el CONTRATISTA.

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Poner a disposición del CONTRATISTA todo lo necesario para prestar asistencia con su propio personal en todo el proceso.

Reportar al CONTRATISTA por escrito y en forma oportuna, las deficiencias y anomalías que detecte en el funcionamiento que componen el objeto de este contrato.

Cumplir con los trámites, permisos, normas legales, técnicas, jurídicas y demás requisitos necesarios para la ejecución total de las actividades.

Disponer y autorizar los sitios destinados para la disposición de materiales provenientes de la ejecución de las obras.

Garantizar la ejecución de las obras conllevando al logro del alcance del proyecto, para ello deberá contemplar mecanismos de acción necesarios que propendan por el cumplimiento dentro del plazo contractual.

Suministrar al contratista la información disponible para el adecuado cumplimiento y desarrollo del objeto contratado.

Supervisar la ejecución del contrato y velar por el debido y cabal cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el contratista.

Coordinar, revisar y elaborar la liquidación del contrato de obra.

Cumplir con lo dispuesto en el Artículo 66 de la Ley 80 de 1993, sobre las Veedurías Ciudadanas. 5. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR. El contrato que se pretende celebrar es de OBRA PÚBLICA, en atención a lo establecido en el numeral 1° del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, y se pagará bajo la modalidad de PRECIOS UNITARIOS NO REAJUSTABLES.: Artículo 32. De los Contratos Estatales. Son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el presente estatuto, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad, así como los que, a título enunciativo, se definen a continuación: 1o. Contrato de Obra: Son contratos de obra los que celebren las entidades estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y, en general, para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago. 6. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN. De acuerdo al tipo de proceso y lo estipulado en esta materia para el Municipio de Guarne, se determina que la modalidad de selección en el presente proceso es la LIICTACIÓN PÚBLICA, lo manifestado, se hace posible por disposición de la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007, artículo segundo, numeral 1, reglamentada por el Decreto 1082 de 2015. El artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 ha establecido que “… la escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las siguientes reglas:

1. Licitación pública. La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo.

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Cuando la entidad estatal así lo determine, la oferta en un proceso de la licitación pública podrá ser presentada total o parcialmente de manera dinámica mediante subasta inversa, en las condiciones que fije el reglamento.

De igual manera, en el Decreto 1082 de 2015: “Por medio del cual se expide el decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional”, términos previstos en el Libro 2: Régimen reglamentario del sector administrativo de planeación nacional, Parte 2: Reglamentaciones, Título 1: Contratación Estatal, Capitulo 1: Sistema de Compras y Contratación Pública, Sección 2: Estructura y documentos del Proceso de Contratación, Subsección 1: Planeación, Artículo 2.2.1.1.2.1.1. y siguientes. Y Capitulo 2: Disposiciones especiales del sistema de compras y contratación pública, Sección 1: Modalidades de Selección, Subsección 1: Licitación Pública, Artículo 2.2.1.2.1.1.1 y siguientes Esta licitación pública se adelantara dentro del marco jurídico establecido por los principios de la Constitución Política de Colombia, el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública Ley 80 del 28 de octubre de 1993, la Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015, y en lo no regulado particularmente, las normas civiles y comerciales, las reglas previstas en estos Pliegos de Condiciones y las resoluciones y documentos que sobre la materia se expidan durante el desarrollo del proceso de contratación. Así mismo, lo establecido en la Ley 1882 de 2018: “Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la contratación pública en Colombia, la Ley de Infraestructura y se dictan otras disposiciones” y el Decreto 342 de 2019: “Por el cual se adiciona la Sección 6 de la Subsección 1 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional.” 7. PRESUPUESTO OFICIAL PRESUPUESTO OFICIAL: CUATROCIENTOS NOVENTA MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL SESENTA Y CUATRO PESOS ($490.270.064) AU INCLUIDO. El presupuesto se estimó con base en los requerimientos técnicos, valores tomados de bases de datos de otras entidades, sondeos de mercado y actualizados por el MUNICIPIO DE GUARNE, para los salarios de los profesionales, se obtuvieron de un estudio de mercado y especialmente con base en el convenio interadministrativo de cofinanciación suscrito entre el Municipio de Guarne y el INVIAS. Para llegar al presupuesto oficial se disponen de valores numéricos resultantes de un proceso de medición (Cantidad), el cual, multiplicado por los valores unitarios de determinada actividad, se obtiene el total para una actividad y la sumatoria de las actividades establece el valor del costo directo. Adicionalmente se fijan las tarifas de acuerdo con los precios promedio del mercado y con base en la experiencia del Municipio con respecto a las tarifas de alquiler de vehículos y transporte en general, así como edición de informes y registros fotográficos, etc. Además, para el análisis estimado del valor de las obras a ejecutar, se tuvo en cuenta la información que posee el MUNICIPIO DE GUARNE-, que se actualiza permanentemente de acuerdo con los precios del mercado, e incluye las variables que conforman cada una de las actividades para la construcción de un proyecto de obra, como son: a) Costo de materiales. b) Equipos y herramientas.

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c) Costos de transporte de materiales. d) Equipos utilizados en el sitio de ejecución de las obras. e) Mano de obra (cuadrilla conformada por oficiales y ayudantes). f) Rendimiento del personal, basados tanto en la experiencia propia del Municipio de Guarne-, como en los datos del mercado, entre otros. g) Costo de materiales. h) Equipos y herramientas. i) Costos de transporte de materiales. j) Equipos utilizados en el sitio de ejecución de las obras. k) Mano de obra (cuadrilla conformada por oficiales y ayudantes). NOTA: Los precios ofertados deberán incluir todos los costos relacionados con legalización, impuestos, administración, variaciones monetarias, prestaciones sociales, , y corresponderá dentro del área comercial del oferente cerciorarse y calcular todas estas variaciones. Las retenciones a las que tiene lugar el presente proceso contractual son las siguientes: Estampilla pro - Cultura 2% Estampilla pro - Hospital 1% Estampilla pro-ancianos 4% Estampilla Pro deporte 2.5% Reteiva servicios grabados Retención Industria Otras actividades Retención en la Fuente Paz y Salvo Municipal

NOTA: DEDUCCIONES Y RETENCIONES Las deducciones y retenciones a realizar al contrato en el momento del pago por concepto de retención en la fuente, impuestos y estampillas son las indicadas en la normatividad para el caso, en el Estatuto Tributario Nacional y el Acuerdo Municipal 024 de 2020, este último publicado en la página web www.guarne-antioquia.gov.co. 7.1. RUBRO PRESUPUESTAL, CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL QUE RESPALDA LA CONTRATACIÓN La Entidad destinó como presupuesto oficial la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL SESENTA Y CUATRO PESOS ($490.270.064), el cual será imputable al rubro 85.217.4311 según certificado de disponibilidad presupuestal N° 443 del 23 de Marzo del 2021 y al rubro 91.213.002.4.3.1.3 según certificado de disponibilidad presupuestal N° 998 del 09 de Agosto del 2021.

FUENTE DE LOS RECURSOS

GASTO DE INVERSIÓN

Sistema General de Participación(SGP)

Recursos Fonpet $110.000.000

Sistema General de Regalías (SGR)

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Presupuesto General de la Nación(PGN) $380.270.064

Recursos propios

Recursos de crédito

GASTO DE FUNCIONAMIENTO

Recursos propios

TOTAL (Deberá sumar el valor total de (los) CDP) $490.270.064

7.2 COMPONENTES DE ADMINISTRACIÓN UTILIDAD – A.I.U –. Para calcular el componente de Administración, Imprevistos y Utilidades – A.I.U- se realizó una discriminación de los posibles gastos de carácter administrativo en los que incurrirá el contratista para la ejecución del contrato, a partir de la estimación de estos gastos, se calculó el porcentaje al que correspondían con respecto al Costo Directo del presupuesto de obra. Se enumeran algunos de los conceptos tenidos en cuenta para el cálculo del porcentaje de Administración, Imprevistos y Utilidad –AIU-. NOTA: Los IMPREVISTOS que se llegaren a causar, se pagarán contra i) causación, ii) cuantificación y iii) soporte por parte del contratista. Para efectos de determinar el AIU fueron tenidos en cuenta los siguientes conceptos:

1 PERSONAL PROFESIONAL

2 INSTALACIONES PROVISIONALES

3 SISTEMAS DE CÓMPUTO Y COMUNICACIÓN

4 PAPELERÍA Y OTROS COSTOS

5 LABORATORIO

6 BANCARIOS

7 GASTOS DE LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO (Pólizas, otros)

8 IMPUESTOS

9 IMPREVISTOS

De acuerdo con lo anterior, el Presupuesto Oficial fue calculado con los componentes de ADMINISTRACIÓN, IMPREVISTOS Y UTILIDAD, aplicados en porcentaje al COSTO DIRECTO. Debe tenerse en cuenta, además, que, si durante la ejecución del contrato se producen sobrecostos originados en un hecho exógeno a las partes, y llegaren a alterar en forma extraordinaria y anormal la ecuación financiera del contrato y que no fuese razonablemente previsible por las partes contratantes al momento de suscribir el mismo, deberá seguirse el respectivo procedimiento ante EL MUNICIPIO DE GUARNE. De otro lado, los costos relacionados con la preparación de la propuesta los debe asumir el proponente. En archivos anexos se presentan los siguientes documentos:

Presupuesto, cantidades, unidades y valores.

Cálculo del AIU.

Análisis de precios unitarios.

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Anexo técnico. 8. FORMA DE PAGO La Entidad pagará el contrato celebrado de la siguiente manera: El municipio hará pagos en actas de avance de obra, previa aprobación de la interventoría de obra y del Supervisor designado por el Municipio. Se elaborará la orden de pago teniendo en cuenta las retenciones de ley. La última acta de pago no será inferior al diez por ciento (10%) por ciento del valor total del contrato y se cancelará una vez el Contratista entregue al Municipio de Guarne, debidamente revisado y aprobado por la interventoría:

a) Una relación completa de los trabajadores, discriminando por cada uno de ellos, el valor cancelado por concepto salario y/o de los servicios prestados.

b) Documento suscrito por cada trabajador, en el que manifieste que el Contratista le canceló sus honorarios, salarios y prestaciones sociales y que se encuentra a paz y salvo por todo concepto con él.

c) Cuando a ello haya lugar, el recibo a satisfacción, por parte de las empresas prestadoras del servicio, de las redes de servicios públicos domiciliarios ejecutadas en desarrollo del contrato.

d) Se debe tener presente que el pago final se realizará una vez que El Municipio de Guarne Antioquia expida un acta de recibo a satisfacción de los trabajos realizados.

El Municipio de Guarne Antioquia, podrá retener total o parcialmente cualquiera de los pagos pendientes a favor del Contratista, hasta donde sea necesario, para protegerse de perdidas debidas a trabajos defectuosos no corregidos, a garantías no cumplidas, al pago de multas, pleitos, acciones legales o perjuicios imputables al Contratista. Cuando el motivo que originó la retención sea subsanado por el Contratista, El Municipio de Guarne Antioquia hará la devolución de los pagos retenidos 9. PLAZO: El tiempo considerado para la ejecución del objeto del presente proceso de selección abreviada, es de DOS (02) MESES, sin superar el 31 de diciembre de 2021, a partir del acta de suscripción del acta de inicio. Para la ejecución se requerirá de la aprobación de las garantías. 10. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El lugar de ejecución del Contrato es el municipio de Guarne, zona rural. Ubicado en el departamento de Antioquia y hasta los lugares en los cuales se requiera. 11. CRITERIOS DE SELECCIÓN PARA LA OFERTA MÁS FAVORABLE Para el proceso de selección de subasta inversa el criterio para seleccionar la oferta más favorable es el precio. La capacidad jurídica, experiencia, la capacidad financiera y la capacidad organizacional serán requisitos habilitantes para participar del proceso de selección y se encuentran contenidos en el RUP, documento necesario para participar de este proceso de selección. No obstante, la entidad podrá solicitar requisitos habilitantes adicionales a los contenidos en el RUP cuando así lo requiera por las características de la naturaleza y objeto del contrato, como en el presente caso. Al respecto las normas: “ARTÍCULO 5o. DE LA SELECCIÓN OBJETIVA. Es objetiva la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de

Page 12: ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS MARCO LEGAL

afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva. En consecuencia, los factores de escogencia y calificación que establezcan las entidades en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, tendrán en cuenta los siguientes criterios: 1. La capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje, con excepción de lo previsto en el numeral 4 del presente artículo. La exigencia de tales condiciones debe ser adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor. La verificación documental de las condiciones antes señaladas será efectuada por las Cámaras de Comercio de conformidad con lo establecido en el artículo 6to de la presente ley, de acuerdo con lo cual se expedirá la respectiva certificación. (…) 2. Sin perjuicio de lo previsto en el numeral 1 del presente artículo, en los pliegos de condiciones para las contrataciones cuyo objeto sea la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y común utilización, las entidades estatales incluirán como único factor de evaluación el menor precio ofrecido.”

“ARTÍCULO 6o. DE LA VERIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE LOS PROPONENTES. Artículo modificado por el artículo 221 del Decreto 19 de 2012. Todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, se inscribirán en el Registro Único de Proponentes del Registro Único Empresarial de la Cámara de Comercio con jurisdicción en su domicilio principal. (…) En dicho registro constará la información relacionada con la experiencia, capacidad jurídica, financiera y de organización del proponente y su clasificación. (…) No obstante, lo anterior, sólo en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del proponente adicionales a los contenidos en el Registro, la entidad podrá hacer tal verificación en forma directa.” 11.1 CAPACIDAD JURÍDICA

a. Tener capacidad jurídica para la presentación de la Propuesta. b. Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato. c. No estar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las leyes de

Colombia, en especial las previstas en la Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y Ley 1474 de 2011 d. No estar reportado en el último Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General

de la República; este requisito deberá acreditarse además para la suscripción del contrato. e. No estar reportado en el último Boletín de Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría

General de la Nación; este requisito deberá acreditarse además para la suscripción del contrato. f. No estar reportado en el Sistema de Registro Nacional de Medidas Correctivas de la Policía Nacional

de Colombia; este requisito deberá acreditarse además para la suscripción del contrato. g. Cumplir con la vigencia de la sociedad al momento de la presentación de la oferta, la cual no podrá ser

inferior al plazo estimado del contrato y un (01) año más. h. No estar en un proceso de liquidación obligatoria, concordato o cualquier otro proceso de concurso de

acreedores según la ley aplicable; dicha afirmación se entenderá prestada con la suscripción de la Carta de presentación de la propuesta.

i. No presentar sanciones que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado. Certificado de la Procuraduría General de la Nación.

Page 13: ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS MARCO LEGAL

11.2 CAPACIDAD FINANCIERA Los indicadores financieros a verificar serán los exigidos de conformidad con el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015, para lo cual mientras las cámaras de comercio adapten la plataforma, para que mencionada información se verifique en el RUP, la información se verificará con los estados financieros del oferente con corte a 31 de diciembre de 2020, así:

INDICADOR ÍNDICE REQUERIDO

Índice de Liquidez Mayor o igual a 1.00

Índice de Endeudamiento Menor o igual a 0.70

Índice de razón de cobertura de intereses Mayor o igual a 1.00

11.3 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL

INDICADOR ÍNDICE REQUERIDO

Rentabilidad sobre el patrimonio Mayor o igual a 0.00

Rentabilidad sobre activos Mayor o igual a 0.00

En el análisis realizado con la muestra representativa constituida por empresas del sector a nivel nacional, se genera una media del 8%, promedio general que maneja el sector y de referencia para la escogencia de los proponentes; cabe resaltar que entre mayor sea el índice, el rendimiento sobre el activo de la empresa proponente es sobresaliente, lo que lleva a un mayor desempeño sobre los Activos Totales de la empresa, disminuyendo el riesgo financiero general en el proponente. El valor colocado para el proceso de contratación es igual o superior a 8%. Los oferentes, sean singulares o conjuntos, deben acreditar Capital de trabajo y patrimonio igual o superior a mil salarios mínimos mensuales legales vigentes. 11.4 CÁLCULO DE LA CAPACIDAD RESIDUAL (CR) DE CONTRATACIÓN: El Proponente debe acreditar una capacidad residual o K de Contratación igual o superior a CUATROCIENTOS NOVENTA MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL SESENTA Y CUATRO PESOS ($490.270.064), que es la Capacidad Residual del Proceso de Contratación. Si la capacidad residual del Proponente es menor a la capacidad residual del proceso de contratación, éste queda automáticamente inhabilitado. El proponente para acreditar su capacidad residual o K de Contratación debe presentar con su Oferta el Anexo 6 completamente diligenciado. El proponente individual y todos los integrantes de las formas s asociativas deberán adjuntar en la propuesta y diligenciar adecuadamente la aplicación en Microsoft Excel dispuestas por Colombia Compra Eficiente cumpliendo con todos los requisitos de la Guía Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública (Vigente a la fecha de cierre del proceso) la cual está disponible en la página web www.colombiacompra.gov.co/es/manuales. 11.4 EXPERIENCIA

Para la verificación de la experiencia, se tomará lo descrito en la Matriz 1 – Experiencia y lo establecido en los Pliegos de Condiciones en el numeral 3.5 del Capitulo III “REQUISITOS HABILITANTES Y SU VERIFICACIÓN”

Page 14: ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS MARCO LEGAL

12. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Concepto Puntaje máximo

Oferta económica 70

Factor de calidad 19

Apoyo a la industria nacional 10

Vinculación de personas con discapacidad 1

Total 100

La Administración Municipal sólo efectuará correcciones aritméticas originadas por:

Todas las operaciones aritméticas a que haya lugar en la propuesta económica.

El ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los precios unitarios contenidos en la propuesta económica, de las operaciones aritméticas a que haya lugar y del valor del IVA, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero del peso.

Para la verificación de los criterios de evaluación de las propuestas, se tomará lo descrito en los Pliegos de Condiciones en el Capítulo IV “CRITERIOS DE EVALUACIÓN, ASIGNACIÓN DE PUNTAJE Y CRITERIOS DE DESEMPATE 13. ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, se entienden como riesgos involucrados en la contratación todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y ejecución del contrato, tienen la potencialidad de alterar el equilibrio económico del contrato, pero que dada su previsibilidad se regulan en el marco de las condiciones inicialmente pactadas en los contratos y se excluyen así del concepto de imprevisibilidad de que trata el artículo 27 de la Ley 80 de 1993. En cumplimiento de lo mandado en el Decreto 1082 de 2015, en el presente proceso se tipifican los riegos que puedan presentarse en el desarrollo del contrato, con el fin de cuantificar la posible afectación de la ecuación financiera del mismo, se señala el sujeto contractual que lo soportará, total o parcialmente y la ocurrencia de la circunstancia prevista en caso de presentarse. Es de precisar que dicha enumeración no es taxativa sino meramente enunciativa, por lo tanto, si se presenta algún riesgo o riesgos no enunciados, éstos deben ser asumidos por el contratista.

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De acuerdo con la distribución anterior, no procederán reclamaciones del contratista, basadas en la ocurrencia de alguno de los riesgos asumidos por él, y, en consecuencia, el Municipio de Guarne no hará ningún reconocimiento, ni ofrecerá garantía alguna, que permita eliminar o mitigar los efectos causados por la ocurrencia de alguno de estos riesgos, salvo que dicho reconocimiento o garantía se encuentren expresamente pactados en el contrato. 14. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS Teniendo en cuenta los riesgos estimados dentro del trámite del presente proceso contractual y buscando minimizar cualquier perjuicio que pudiese afectar al Municipio de Guarne por el incumplimiento de las obligaciones surgidas de la presentación de la propuesta o de la celebración del contrato, se encuentra pertinente exigir garantías señaladas en el Decreto 1082 de 2015, que permita a la Administración Municipal como entidad contratante en caso de presentarse algún o algunos de los siniestros que ampara, trasladar al garante la responsabilidad de resarcir en el porcentaje establecido por los perjuicios establecidos: 14.1. Con ocasión de la presentación de la oferta: Seriedad del ofrecimiento: Se genera como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones derivadas en el ofrecimiento del proponente. Este riesgo será asumido en su totalidad por el contratista y su equivalente será de por lo menos el diez por ciento (10%) del valor total del valor de la oferta estimado para la presente contratación. Deberá tener una vigencia desde el momento de la presentación de la oferta hasta tres (3) meses más. Cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento en los siguientes eventos:

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1. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado. 2. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el termino previsto en los

pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el termino previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prorrogas no excedan un término de tres meses.

3. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.

4. El retiro de la oferta después de vencido el termino fijado para la presentación de las propuestas. 5. La falta de pago de los derechos de publicación en el diario único de contratación previstos como

requisitos de legalización del contrato. 14.2 Con ocasión de suscripción del contrato:

- CUMPLIMIENTO: Por un monto equivalente al 10.0% del valor total del contrato, con una vigencia igual

a plazo del contrato y seis (6) meses más.

- RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: El contratista debe presentar una garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual de las obligaciones derivadas del contrato, a favor de la Entidad Contratante Por una cuantía equivalente al doscientos (200) SMLMV, con una vigencia igual al plazo debiendo constituir esta garantía como asegurado y/o beneficiario al Municipio de GUARNE Antioquia.

- PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES: por un monto equivalente al 20% del valor total del contrato, con una vigencia igual a plazo del contrato y tres (3) años más.

- ESTABILIDAD DE LA OBRA: Para las obras ejecutadas entregadas a satisfacción, correspondientes a las actividades de mejoramiento y de puente construido en vía terciaria mejorada, por un monto igual al 30% del valor del contrato, con una vigencia igual a cinco años contados a partir del recibo de la obra por parte del municipio de Guarne. Y Para las obras ejecutadas entregadas a satisfacción, correspondientes a las actividades de mantenimiento periódico, por un monto igual al 30% del valor del contrato, con una vigencia igual a seis meses contados a partir del recibo de la obra por parte del municipio de Guarne

NOTA: El asegurado/beneficiario en las garantías anteriormente relacionadas deberá ser tanto como el MUNICIPIO y el Instituto Nacional de Vías -INVIAS, identificado con el NIT. 800.215.807-2. 15. SUPERVISIÓN Para ejercer el control y la vigilancia en la etapa contractual y post contractual se ha considerado necesario que la supervisión sea ejercida por un servidor público adscrito a la Secretaría de infraestructura Física del municipio con la formación profesional o técnica idónea para desarrollar la vigilancia técnica administrativa y financiera del contrato, quien deberá cumplir con las funciones de control y vigilancia en la ejecución del contrato y las demás que señala la ley, acorde con el Manual de supervisión adoptado para el Municipio de Guarne y a las especificaciones técnicas, jurídicas y económicas consagradas en el presente estudio, en la propuesta presentada por el contratista y en el contrato suscrito entre las partes. Si el ordenador del gasto considera conveniente cambiar de Supervisor, podrá realizarlo mediante comunicación escrita sin necesitad de suscribir un otrosí al contrato.

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Parágrafo: Teniendo de presente el valor del presente proceso, se aclara que la Interventoría estará a cargo de Instituto Nacional de Vías – INVIAS, de acuerdo a las condiciones descritas en el Convenio Interadministrativo No. 2175 de 2020 suscrito con el Municipio de Guarne. 16. CONTROL SOCIAL - VEEDURÍAS CIUDADANAS El Municipio de Guarne convoca a las Veedurías Ciudadanas establecidas de conformidad con la Ley 850 del 2003, para que desarrollen su actividad de control social durante la etapa pre-contractual, contractual y post-contractual o de liquidación en el presente proceso de selección de contratación directa. 17. INDICACIÓN DE SI LA CONTRATACIÓN RESPECTIVA ESTÁ COBIJADA POR UN ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA EL ESTADO COLOMBIANO De conformidad con lo previsto en el MANUAL EXPLICATIVO DE LOS CAPITULOS DE CONTRATACION PUBLICA DE LOS ACUERDOS COMERCIALES NEGOCIADOS POR COLOMBIA PARA ENTIDADES CONTRANTES, expedido por el Departamento Nacional de Planeación, los presentes procesos de selección se encuentran cobijados por los Tratados de Libre Comercio celebrados por el estado Colombiano con: Chile, México, Suiza y Liechtenstein como miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC); Estados Unidos y Canadá. Con los países de la Comunidad Andina, existe la obligación de trato nacional únicamente para proveedores de servicios. No aplica el Tratado de Libre Comercio celebrado con los países de Triángulo Norte (El Salvador, Guatemala y Honduras) por estar expresamente exceptuado en dicho Tratado “los servicios de construcción” y así mismo, el MUNICIPIO se encuentra exceptuado de las entidades cubiertas por el referido Tratado”.

Guarne, Septiembre de 2021 Elaboró: Daniel Alejandro Arias Cardona, Técnico Secretaría de Infraestructura Revisó: Ana María Ortiz Arbeláez, Secretaria de Infraestructura