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Estudio de integración paisajística para invernaderos. Página 1 Página1 ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJISTA, PARA LA INSTALACIÓN DE INVERNADEROS DE TIPO “PARRAL” NICASIO SÁEZ MARTÍNEZ 74.178.348-J

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ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJISTA, PARA LA INSTALACIÓN

DE INVERNADEROS DE TIPO “PARRAL”

NICASIO SÁEZ MARTÍNEZ 74.178.348-J

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Índice

1-INTRODUCCIÓN. ............................................................................................................ 4

1.1-. ANTECEDENTES. ................................................................................................... 5

1.2-. ALCANCE DEL ESTUDIO......................................................................................... 5

1.3-. CONTENIDO DEL ESTUDIO. ................................................................................... 7

1.4-. DATOS DE PARTIDA. ............................................................................................. 7

1.5-. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN Y SUS ACCIONES DERIVADAS. ......................... 8

2- NORMATIVA, NORMAS Y SU JUSTIFICACIÓN. .............................................................. 9

2.1-. NORMAS QUE AFECTAN EN EL ÁMBITO DE ATUACIÓN. .................................... 10

2.2-. NORMAS DE APLICACIÓN DIRECTA. ................................................................... 10

2.3-. NORMAS DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA. ......................................................... 11

2.4-. ADECUACIÓN AL MODELO TERRITORIAL DEL PLANEAMIENTO VIGENTE. ......... 12

2.5-. JUSTIFICACIÓN DE LA ADECUACIÓN A LA ESTRATEGIA DEL DESARROLLO DEL PLANEAMIENTO VIGENTE........................................................................................... 12

3- JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO Y SU EMPLAZAMIENTO. ........................................... 14

3.1-. JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA Y ELECCIÓN DE LA ESPECIE CULTIVADA. ............. 15

3.2-. JUSTIFICACIÓN TÉCNICA. .................................................................................... 17

3.3-. JUSTIFICACIÓN DE LA UBICACIÓN. ..................................................................... 17

4- FUENTES DE IMPACTO PAISAJÍSTICO Y VISUAL. ......................................................... 18

5- VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA. ..................................................... 20

5.1-.VALORACIÓN DEL IMPACTO PAISAJÍSTICO. ........................................................ 23

5.1.1-. Calidad del paisaje. ...................................................................................... 23

5.1.2-. Fragilidad del paisaje. .................................................................................. 25

5.1.3-. Valoración de la Calidad y Fragilidad Visual. ............................................... 26

5.2-.EFECTO DE LA ACTUACIÓN SOBRE EL PAISAJE. ................................................... 28

5.3-. MEDIDAS Y ACCIONES CORRECTORAS. .............................................................. 28

5.3.1-. Medidas contra el polvo. ............................................................................. 29

5.3.2-. Medidas contra el ruido y las vibraciones. .................................................. 30

5.3.3-. Medidas de protección de la calidad del aire. ............................................ 30

5.3.4-. Medidas específicas para la protección del paisaje. ................................... 30

6- PROGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN. .......................................................................... 32

7- VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN VISUAL. ............................................................... 34

7.1-.DEFINICIÓN DE LAS UNIDADES VISUALES. .......................................................... 35

7.1.1-. Unidad de paisaje. ....................................................................................... 35

7.1.2-. Cuencas Visuales. ........................................................................................ 35

7.2-.DEFINICIÓN DE LOS PUNTOS DE OBSERVACIÓN. ................................................ 36

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8- MAPAS DE VISIBILIDAD. .............................................................................................. 37

8.1-.DOCUMENTACIÓN GRÁFICA. .............................................................................. 38

8.1.2-. Identificación y posición de las imágenes tomadas. ................................... 39

8.2-. ANÁLISIS DE VISIBILIDAD. ................................................................................... 41

9- CONCLUSIONES DE LA VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Y VISUAL. . 43

10- PLANOS. .................................................................................................................... 45

10.1-. RELACIÓN DE PLANOS. ..................................................................................... 46

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1-INTRODUCCIÓN.

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1.1-. ANTECEDENTES.

El presente Estudio de Integración Paisajística, se realiza con el objeto de obtener la Licencia de Obras para la instalación de unos invernaderos de tipo “parral” en una explotación agrícola en el municipio de Pilar de la Horadada, en la provincia de Alicante, concretamente se emplaza la actividad en la Parcela 89 del Polígono nº7, dentro del paraje conocido como “La Raya” de dicho municipio. Los Estudios de Integración Paisajística deben acompañar, según la Ley 5/2014 de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje que regula las competencias atribuidas por la Constitución y el Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, en materia de urbanismo y ordenación del territorio, a:

Los planeamientos urbanísticos de desarrollo contemplados en los apartados b, c, d y f del artículo 38 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat Urbanística Valenciana.

Las solicitudes de licencias urbanísticas dentro de los conjuntos y sus entornos declarados Bienes de Interés Cultural y dentro de los Espacios Naturales Protegidos.

Las solicitudes de Declaración de Interés Comunitario.

Autorizaciones y licencias en suelo no urbanizable no incluidas en los ámbitos anteriores.

Los proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental.

Proyectos de infraestructuras u obras públicas.

Además, según el Art. 196 del Capítulo I de la Ley 5/2014 de Ordenación del Territorio, las edificaciones situadas en suelo no urbanizable, como es nuestro caso, deberán ser acordes con su carácter aislado, y adecuadas al uso, explotación y aprovechamiento al que se vinculan, armonizando con el ambiente rural y su entorno natural. También reza el Art. 197 que la zonificación del suelo no urbanizable podrá prever usos y aprovechamientos destinados construcciones e instalaciones agrícolas…….., que se produzcan en la propia explotación vinculada a la actividad. 1.2-. ALCANCE DEL ESTUDIO.

El paisaje es un elemento del medio natural que representa un recurso más a conservar como valor ambiental. Este estudio de integración paisajística se basa en el análisis de la adecuación de las actividades al territorio receptor y a su vez se fundamenta en el estudio de paisaje que consiste en la descripción de las Unidades de Paisaje del territorio y los Recursos Paisajísticos que las singularizan. Los estudios de paisaje analizarán las actividades y procesos con incidencia en el paisaje para la determinación de los objetivos de calidad paisajística y de las medidas y acciones necesarias para cumplirlos, en los ámbitos de la ordenación territorial y urbanística, cultural, medioambiental, agraria, social, turística y económica, así como en cualquier otra que pueda tener un impacto directo o indirecto sobre el paisaje.

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A estos efectos, aparece el concepto de Cuenca Visual, que se entiende por aquella parte del territorio desde donde es visible la actuación y que se percibe espacialmente como una unidad definida generalmente por la topografía y la distancia. La Cuenca Visual puede contener a su vez una parte de una Unidad de Paisaje, una Unidad completa o varias Unidades de Paisaje. La Unidad de Paisaje se define como el área geográfica con una configuración estructural, funcional o perceptivamente diferenciada, única y singular, que ha ido adquiriendo los caracteres que la definen tras un largo periodo de tiempo. Se identifica por su coherencia interna y sus diferencias con respecto a las unidades contiguas. Los estudios de integración paisajística tienen por objeto predecir y valorar la magnitud y la importancia de los efectos que las nuevas actuaciones, o la remodelación de actuaciones preexistentes pueden llegar a producir en el carácter del paisaje y en su percepción, y determinar estrategias para evitar los impactos o mitigar los posibles efectos negativos. De acuerdo con la citada Ley 5/2014 de Ordenación del Territorio, la descripción de la actuación objeto de Estudio de Integración Paisajística, reflejará los siguientes contenidos:

Antecedentes del plan o proyecto. Beneficios sociales, económicos y medioambientales del proyecto y las consecuencias que se producirían en caso de no realizarse. Conclusiones de posibles procesos de participación realizados.

Descripción del plan o proyecto, que incluirá como mínimo:

o Localización de la actuación y delimitación del área del estudio en planos a escala 1/20.000. Descripción de todos los elementos que componen la actuación y que pueden afectar al paisaje, incluyendo accesos, infraestructuras, etc.

o Identificación de cada una de las fases de la actuación, incluyendo la fase de construcción.

o Plantas, alzados y secciones de la actuación. o Detalles de todos los elementos y estructuras que afectan a su

apariencia externa, así como los materiales, acabados, colores y texturas.

o El texto descriptivo será breve y conciso, limitándose a explicar y a apoyar el material ilustrativo.

Asimismo, la descripción del proyecto y de todos sus elementos, tanto permanentes como temporales, se realizará tanto para la fase de construcción como para la fase de explotación, producción o funcionamiento.

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1.3-. CONTENIDO DEL ESTUDIO.

El contenido del Estudio de Integración Paisajística se adaptará al tipo de proyecto y al paisaje donde se ubica, según se indica en el Anexo II de la Ley 5/2014 de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunidad Valenciana, incluyendo así: Plan de Participación Pública. Descripción y definición del alcance de la actuación. Delimitación del ámbito de estudio y caracterización de las Unidades de Paisaje

y de los Recursos Paisajísticos afectados. Planes y proyectos en trámite o ejecución en el mismo ámbito. Valoración de la Integración Paisajística o justificación del cumplimiento de las

determinaciones contenidas en los instrumentos de paisaje que le sean de aplicación, y en especial del Estudio de Paisaje o Catálogo de Paisaje.

La Valoración de la Integración Visual a partir de un Análisis Visual del ámbito desarrollado conforme el Artículo 36 del Reglamento de Paisaje.

La identificación de los Impactos Paisajísticos y Visuales y la previsión de su importancia y magnitud.

Las medidas de integración y mitigación de impactos y programa de implementación.

1.4-. DATOS DE PARTIDA.

El terreno objeto del presente estudio de integración paisajística, se localiza tal como hemos adelantado, en la Parcela 89 del Polígono nº7, dentro del paraje conocido como “La Raya” del Término Municipal de Pilar de la Horadada.

La situación de dicho emplazamiento, según el Huso UTM30 (ETRS89) es la que

se muestra en los puntos siguientes:

X: 692.406,67m E Y: 4.192.953,88m N

m.s.n.m: 52m

La superficie total implicada, según datos extraídos de Catastro, es de 27.597m2, cerca de las cuales ya se sitúan otros invernaderos similares, pertenecientes a este mismo promotor. La totalidad de la superficie se corresponde con Clase Rústica, y es de Uso Agrario. Las parcelas implicadas tienen la siguiente referencia catastral:

POLIGONO PARCELA REF. CATASTRAL SUPERFICIE (m²)

7 89 03142A007000890000PM 12.792

La actuación prevista consiste en la instalación en dicha parcela de invernaderos del conocido como tipo “parral”, cubiertos con plástico térmico tricapa sobre una estructura de hierro galvanizado, y destinados al cultivos de hortalizas de temporada, y ocupando aproximadamente un 34% del total de la superficie de la

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parcela (4.400m² de los 12.792m²). Dicha superficie, se adaptará a la peculiar morfología de la parcela, intentando así aprovechar el máximo de terreno útil, respetando las distancias que exige la normativa actual vigente del Ayuntamiento de Pilar de la Horadada. El objetivo es poder conseguir un adelanto de la cosecha que le haga aparecer antes en el mercado y le confiera una situación económica más ventajosa, al resguardar al cultivo del frío y de otras posibles inclemencias climatológicas que puedan dañarlo o retrasar su recolección, al tiempo que evita el ataque de la mayoría de plagas.

El acceso principal al invernadero se lleva a cabo a través de las carreteras CV-925 y RM-F25, por estar situadas a una distancia casi idéntica de la parcela donde tendrá lugar la obra. Además éstas llevan directamente a la AP-7 (A. Mediterráneo).

En la actualidad ya existen construcciones similares a la proyectada en las

parcelas cercanas, dedicadas a una actividad análoga desde el punto de vista agronómico. El promotor ha tomado la decisión de ampliar su superficie de invernaderos, por tratarse de una estructura liviana pero suficiente para las exigencias de éstos cultivos; lo que sin duda dará seguridad a su producción, a la vez que una mayor precocidad y calidad de la misma. Todos los invernaderos respetarán la Normativa vigente en cuanto a las distancias a mantener de cara a linderos y caminos. 1.5-. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN Y SUS ACCIONES DERIVADAS.

La actividad agraria al que se refiere el presente documento comprende un terreno, tal y como puede verse en Cartografía y Planos del presente estudio, clasificado como Suelo No Urbanizable Común (NUC). Instalaciones y actividades que se realizan: Invernaderos de tipo “parral”, con estructura metálica sencilla de tubo redondo y cables trenzados, muy liviana, y cubierta de plástico térmico de 800GG. La explotación agraria ya cuenta con el resto de instalaciones auxiliares necesarias para ejercer la actividad, puesto que actualmente ya se cultiva dicha parcela, aunque en la modalidad de aire libre. La parcela por lo tanto dispone de un embalse para el almacenaje de agua de riego, así como de un cabezal de riego compuesto por bombeo, filtración y equipo de inyección de fertilizantes. ENERGÍA. Ya se dispone de instalación eléctrica, que hace funcionar los elementos del cabezal de riego. AGUA. El agua utilizada procede del Trasvase Tajo-Segura, a través de una toma cercana a la parcela. Desde allí se almacena en el embalse presente del que dispone, para su rebombeo posterior al sistema de riego por goteo.

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2- NORMATIVA, NORMAS Y SU JUSTIFICACIÓN.

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2.1-. NORMAS QUE AFECTAN EN EL ÁMBITO DE ATUACIÓN.

Se justifica el cumplimiento de las determinaciones contenidas en los instrumentos de paisaje que le sean de aplicación. La clasificación del suelo urbanizable y no urbanizable en el ámbito de actuación debe acometerse de acuerdo a: R.D. Legislativo 7/2015, que sustituye a la Ley Estatal 6/98, sobre régimen de Suelo y Valoraciones y su modificación del RD 4/2000. Ley 5/2014 de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, que deroga las anteriores Leyes 4/2004 de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, Ley 16/2005 Urbanística de Valencia y Ley 10/2004 del Suelo no Urbanizable, nos señala todo lo que se debe cumplir en cuanto a los criterios de una ocupación racional del suelo, dentro de su Capítulo III, así como lo que se refiere al patrimonio cultural y yacimientos arqueológicos existentes, debiendo cumplir dicha actuación lo recogido en el Art.42 del Capítulo IV de la propia Ley 5/2014, referido en este último caso a la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural. Atendiendo a esta misma Ley 5/2014, la operación a llevar a cabo debe favorecer el desarrollo sostenible y el respeto el medio ambiente, en cuánto a que el modelo de ocupación del suelo evite aquellos espacios de mayor valoración ambiental. Algo similar ocurre en cuanto al patrimonio cultural y los posibles yacimientos arqueológicos que pudieran existir en la zona. 2.2-. NORMAS DE APLICACIÓN DIRECTA.

Conforme al Artículo 196 del Capítulo I de la Ley 5/2014, donde se contienen las “Normas de aplicación directa a las construcciones y edificaciones en el suelo no urbanizable”, que a continuación se relacionan:

a) Las edificaciones situadas en el suelo no urbanizable deberán ser acordes con su carácter aislado y adecuadas al uso, explotación y aprovechamiento al que se vinculan, armonizando con el ambiente rural y su entorno natural, conforme a las reglas que el planeamiento aplicable determine para integrar las nuevas construcciones en las tipologías tradicionales de la zona o más adecuadas a su carácter.

b) Mientras no exista plan que lo autorice, no podrá edificarse con una altura superior a dos plantas medidas en cada punto del terreno natural, sin perjuicio de las demás limitaciones aplicables.

c) No podrán levantarse construcciones en lugares próximos a carreteras, vías pecuarias u otros bienes de dominio público, sino de acuerdo con lo que establezca la legislación específicamente aplicable.

d) Todas las edificaciones y actividades que se autoricen en suelo no urbanizable se ajustarán a la ordenación aprobada y a la normativa que regula la

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prevención del riesgo de incendios forestales y dispondrán de adecuados sistemas de depuración de los vertidos y residuos que generen.

Sin perjuicio de la aplicación de las normas anteriores, deberán además ser tenidos en cuenta los criterios siguientes, para la ordenación del sistema rural dentro de la Comunidad Valenciana, contenidos en el Art. 11 de la Ley 5/2014:

I. Los nuevos desarrollos urbanos y la ordenación de los existentes en los municipios del sistema rural valenciano definido en la Estrategia Territorial de la Comunitat Valencia se adaptarán a sus condiciones históricas de escala, morfología territorial, entorno paisajístico y valor cultural. Se evitarán las nuevas transformaciones que menoscaben el carácter rural de los asentamientos y los valores del espacio donde se enmarcan.

II. La planificación territorial y urbanística:

i. Ordenará para cada ámbito rural los diversos usos que sean propios, compatibles o complementarios de la actividad agraria, estableciendo medidas y acciones para potenciarla y para mejorar el paisaje local.

ii. Contribuirá al mantenimiento del equilibrio territorial de la Comunitat Valenciana, mejorando las condiciones de vida de la población de los municipios del medio rural, procurando la revitalización de los núcleos tradicionales y la reutilización de sus inmuebles.

III. La planificación e implantación de usos y actividades en el medio rural se

ajustará a las siguientes directrices paisajísticas, con el fin de garantizar una adecuada integración en su entorno:

i. Las características tipológicas de las construcciones serán las propias de las zonas rurales.

ii. Con carácter general, se evitarán las construcciones en lugares próximos a carreteras, cauces o vías pecuarias.

iii. Se evitará la colocación y el mantenimiento de anuncios, carteles y vallas publicitarias, excepto los que tengan carácter institucional o indicativo y los que cuenten con expresa autorización demanial y no generen un impacto paisajístico.

2.3-. NORMAS DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA.

Según el Artículo 8 de la Ley 5/2014 de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, la planificación territorial y urbanística, la implantación de usos y los proyectos de infraestructuras, preservarán y potenciarán la calidad de los paisajes y su percepción visual, aplicando los siguientes criterios:

a. Las construcciones se adaptarán al medio en el que se sitúen, sea rural o urbano, teniendo en cuenta los elementos culturales existentes en el ámbito de actuación.

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b. Se respetarán los elementos culturales, la topografía y la vegetación como elementos conformadores del carácter de los paisajes, considerándolos condicionantes y referentes de los proyectos.

c. Todas las actuaciones garantizarán la correcta visualización y acceso al paisaje. 2.4-. ADECUACIÓN AL MODELO TERRITORIAL DEL PLANEAMIENTO VIGENTE.

El modelo territorial existente en la población de Pilar de la Horadada, no se va a ver modificado por la legalización de la actividad agraria descrita, puesto que su repercusión va a ser mínima además de suponer una actividad usual en la zona, destacando la adecuación de este proyecto dentro de las Normas Urbanísticas del citado municipio. La afección que plantea la actuación, no recoge las previsiones en materia de infraestructuras viarias, puesto que no serán afectadas las actuales. Finalmente, adecuándose al planeamiento del término, la actuación contribuye a la puesta en valor y recuperación del paisaje de la comarca puesto que su labor será la promoción de la agricultura y de la protección del medio ambiente. De hecho se protegerá en cierta medida el entorno inmediato, es decir, los cultivos vecinales y masas arbóreas que lo rodean, y que quedan incluidas en el ámbito de actuación. 2.5-. JUSTIFICACIÓN DE LA ADECUACIÓN A LA ESTRATEGIA DEL DESARROLLO DEL

PLANEAMIENTO VIGENTE.

El modelo de desarrollo del término municipal de Pilar de la Horadada, a partir de esta afección puntual, no queda alterado y se genera a partir de los siguientes puntos fundamentales: Esta finca rústica clasificada como NUC según el Excmo. Ayto. de Pilar de la Horadada, está actualmente consolidada y dispone de un cultivo establecido al aire libre, un embalse para almacenar agua y un cabezal de riego con electricidad, y se plantea aquí la instalación de invernaderos de tipo “parral”, que le reporten mayor calidad y precocidad a su cultivo; siendo la superficie a ocupar de unos 19.000m². Los criterios aplicables en la estrategia de desarrollo de éste municipio son los definidos en la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat Valenciana, en concordancia con las propias directrices definitorias de evolución urbana que contiene el planeamiento vigente:

Calidad de vida de los ciudadanos.

Desarrollo sostenible.

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Asimismo, se considera que este proyecto es coherente con el modelo y estrategia territoriales del término municipal, plasmadas en las Directrices Definitorias de la Estrategia de Evolución Urbana y de Ocupación del Territorio, y por tanto no las contradice, y cumple con los preceptos recogidos en la Ley 5/2014 de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje. Únicamente se realizará una instalación con fines agrarios la cual será un invernadero tipo “parral” desmontable con una estructura muy sencilla, dedicado a la protección y buen desarrollo de las hortalizas cultivadas en su interior. Por todo esto la actividad propuesta facilita la buena marcha de la actividad agraria, en particular, y pone en aumento el valor del sector primario, en general. 2.6-. JUSTIFICACIÓN DE LA ADECUACIÓN AL ESTUDIO DEL PAISAJE DEL P.G.O.U. DEL T.M. DE PILAR DE LA HORADADA. Se desconoce si el P.G.O.U. vigente del Término Municipal de Pilar de la Horadada cuenta con un Estudio de Paisaje. El presente estudio de integración paisajística pretende ser suficiente para justificar su adecuación a este. Así se justifica la Integración Paisajística en el presente documento, o bien, se desarrollarán los instrumentos necesarios para que se dé.

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3- JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO Y SU EMPLAZAMIENTO.

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El objetivo de la actuación es la instalación de varias naves de invernadero del conocido como tipo “parral”, que deberán adaptarse a la especial morfología de la parcela del promotor, para así aprovechar al máximo la superficie disponible, respetando siempre las preceptivas distancias a linderos vecinales y/o posibles carreteras. La idea es realizar en su interior, como adelantamos en puntos previos, cultivos de hortalizas para consumo en fresco, pero centrado mayoritariamente en la plantación de pimiento de las variedades Lamuyo o California. La situación del proyecto se dispone en la Parcela 164, del Polígono 6, dentro del Paraje de “Los Hortelanos” en el Municipio de Pilar de la Horadada, perteneciente a la provincia de Alicante; el cual posee unas buenas comunicaciones con las principales viarias de comunicación de la Provincia. Es por estas comunicaciones y por el entorno inmediato que ocupa en la Provincia, que se considera al Pilar de la Horadada como unos de los Municipios más consolidados de la comarca, siendo por tanto un importante agente dentro de la economía y la identidad local, sobre todo en lo referido al ámbito agrario. Así, se puede decir que la actividad agraria que se desea desarrollar contribuye especialmente en el sector primario. Lo anteriormente mencionado, junto con la crisis que lleva desarrollando el sector agrícola desde hace años, y la pertinente escasez hídrica, hace necesario y muy oportuno apoyar el desarrollo de estas actividades con el objetivo de que el sector pueda seguir aportando riqueza a la zona y un futuro laboral estable. 3.1-. JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA Y ELECCIÓN DE LA ESPECIE CULTIVADA.

El pimiento se encuentra en los principales mercados de España durante todo el año, a lo que contribuyen de forma decisiva las producciones bajo invernadero. Entre las especies hortícolas españolas el pimiento ocupa un lugar destacado, no sólo por el montante total de su producción, sino también por su importancia económica y la fortaleza de su comercio. Si la proporción exportada en la primera mitad de los años 80 era el 17% de la producción, en el año 2002 se alcanzó la cifra de 459.630 t, lo que representa el 47% de la producción total nacional, y significa que casi se ha triplicado en sólo 20 años.

El pimiento es un cultivo que ha tenido una evolución muy favorable con la intensificación. A ello le han ayudado los condicionantes generales causantes de la expansión de los invernaderos, como son los avances en la plasticultura y el consiguiente abaratamiento de los plásticos, y también la demanda continua de los consumidores, la cual sólo es posible satisfacer si se modifican las condiciones naturales de las zonas productoras. Además han tenido una fuerte incidencia las características propias del pimiento, una especie que agradece cada uno de los detalles tecnológicos empleados en su cultivo, pero que manifiesta mucha sensibilidad ante determinados patógenos, lo que obliga a cultivarle en ambientes muy controlados. Para entender mejor el grado de competitividad que manifiesta la producción española de pimiento, hay que reflexionar sobre sus ventajas y limitaciones. A favor se señalan:

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1. Las comarcas productoras tienen un clima muy suave que permite obtener la

mayor parte de la cosecha de invernaderos sin calefacción. Esta es una clara ventaja sobre los países competidores centroeuropeos.

2. La gran dotación de invernaderos y la concentración de la producción en el sureste español, junto a la acusada especialización en sus productores, han favorecido economías de escala y todo el equipamiento imprescindible para su comercialización.

3. El calendario de comercialización es muy completo y la de- manda puede satisfacerse los doce meses del año.

4. El mercado interior está muy desarrollado y absorbe gran parte de la producción. A ello se les suma la proximidad a los principales mercados de la Unión Europea, que permite el abastecimiento directo por camión. Entre los inconvenientes pueden mencionarse:

a. La gran dependencia de material vegetal procedente del exterior, con el

consiguiente sobrecoste de las semillas. Además, según se han ido adoptando las variedades mejoradas se ha producido una importante reducción de las variedades autóctonas.

b. Es un cultivo exigente en labores manuales, que encarecen los costes de producción, y reducen las posibilidades españolas de competir con otros países productores del área mediterránea, que tienen menores costes de la mano de obra.

c. La aridez de las zonas pro- ductoras en las que se manifiesta, aún más, el valor del agua para riego, ya que muchas veces escasea tanto en cantidad como en calidad.

d. Uno de los riesgos más evidentes del cultivo son las virosis, que pueden destruir la cosecha en poco tiempo y a las que, como otras especies hortícolas, muchas de Centroeuropa, a la vez que cada día crece más la oferta de otros países del área mediterránea. Todos concurrimos sobre los mismos mercados, y dado que resulta difícil competir con los costes de mano de obra de los nuevos países productores, la estrategia española debe dirigirse esencial- mente a incrementar su nivel tecnológico con el objetivo de obtener mayores niveles en la productividad y mejores calidades.

e. Es un cultivo exigente en labores manuales, que encarecen los costes de producción, y reducen las posibilidades españolas de competir con otros países productores del área mediterránea.

La zona de Pilar de la Horadada es la comarca española con mayores rendimientos productivos por metro cuadrado, donde además existe una extensa y exitosa tradición con este cultivo. El pimiento es el principal producto hortícola en los invernaderos de éste Término Municipal, y una de las opciones más favorables, por la especialización a la que han llegado los agricultores y por la situación actual del mercado para esta especie.

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Desde marzo comienza a comercializarse la producción del Campo de Cartagena y de Pilar de la Horadada, y en abril, aparece el pimiento holandés, tradicionalmente con elevadas calidades. Dadas las exigencias de las grandes cadenas, que piden un suministro continuo, últimamente se cree conveniente ampliar el calendario comercial en Alicante a los meses de invierno, lo que va a exigir mayores inversiones en tecnología y producir con calefacción. 3.2-. JUSTIFICACIÓN TÉCNICA.

El invernadero tipo “parral” elegido para este proyecto es un tipo de invernadero que presenta una serie de ventajas respecto al invernadero básico. Se trata de una primera evolución del invernadero tradicional, encaminada a reducir los riesgos climatológicos y asegurar la cosecha, además de adelantar ligeramente la recolección y mejorar las calidades finales. Su mayor altura y mejor sistema de ventilación, son claves para ello. Este tipo de invernaderos presentan las siguientes ventajas:

o Coste económico moderado (comparado con un invernaderos más sofisticados) o Aporta sombreo al cultivo gradual en función del tipo de malla de sombreo

instalada. o Adecuada ventilación para el desarrollo del cultivo. o Posibilidad de automatización de los sistemas de ventilación cenital y lateral.

3.3-. JUSTIFICACIÓN DE LA UBICACIÓN.

La ubicación dentro de la parcela objeto, abarca toda la extensión cultivable de la misma. Se intentan reducir costes fijos de producción, aumentando al máximo la superficie de producción. Como se ha citado anteriormente, estamos en una zona en la que el cultivo de pimiento es predominante, y en la que se obtienen elevados rendimientos, por lo que es lógico siempre que sea posible, aumentar al máximo la superficie de producción.

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4- FUENTES DE IMPACTO PAISAJÍSTICO Y VISUAL.

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Para analizar estas acciones se suelen considerarlas dos fases siguientes: Fase de Construcción y Fase de Funcionamiento. Las acciones y elementos susceptibles de generar impacto paisajístico durante la fase de ejecución y construcción son fuentes de impacto que tienen una duración corta. Son las siguientes:

o Consumo de recursos en el establecimiento del invernadero. o Apertura de hoyos para la instalación de cimentaciones y perfiles (tubos). o Presencia de maquinaria especializada.

Durante la fase de funcionamiento las acciones que se desarrollarán y son origen de impacto visual se detallan a continuación:

o Instalación permanente. Los posibles impactos en la modificación del paisaje que podrá recibir el medio como consecuencia de estas actuaciones, tanto en la fase de construcción como en la fase de funcionamiento, son los siguientes:

o Pérdida o erosión del suelo, y consecuente transformación del paisaje. o Protección de la vegetación así como su desarrollo. o Influencia sobre la fauna. o Presencia de esta instalación agraria diseñada con un criterio acorde con las

construcciones tradicionales presentes en el entorno inmediato (casetas de pozo, alquerías, casas de campo, almacenes, etc.)

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5- VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA.

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La valoración de un determinado paisaje necesita de la participación de tres fases, las cuales sirven para analizar la zona de actuación. Estos puntos de vista considerados de forma conjunta proporcionan un resultado que da una idea de la caracterización paisajística del terreno que se considera. Estas etapas son la Caracterización del paisaje, la Visibilidad (fragilidad) del paisaje y la Valoración de este. La Caracterización del paisaje trata de describir de forma objetiva el carácter del paisaje (Calidad del Paisaje). Para ello se divide el paisaje en unidades de paisaje y se identifican los elementos que se consideran valiosos de ese paisaje (recursos paisajísticos) La Visibilidad determina la importancia relativa de lo que se ve y se percibe, y es función de la combinación de distintos factores como son los puntos de observación, la distancia, la duración de la vista y el número de observadores potenciales. La Valoración de la Integración Paisajística de una actuación concreta analizará la capacidad o fragilidad de un paisaje para acomodar los cambios producidos por dicha actuación, sin perder su valor o carácter paisajístico. La Valoración del paisaje requiere una primera valoración de la calidad paisajística y después, una segunda valoración de la preferencia visual por parte del público. Definidas las tres etapas de la Valoración de Integración Paisajística hay que decir que el territorio posee unas cualidades intrínsecas residentes en sus elementos naturales o artificiales que son percibidas por el observador a través de sus mecanismos fisiológicos y psicológicos. La Calidad Visual de un paisaje concreto es la belleza del mismo paisaje asociada a esta percepción descrita; es por tanto un concepto que obedece a una respuesta subjetiva, y por tanto de difícil valoración o medición. Pese a ello, existen diversos métodos y estándares aceptados que se utilizan para realizar la valoración de la calidad paisajística de un entorno. En este sentido, la Valoración de la Integración Paisajística tendrá en cuenta los siguientes aspectos de los posibles impactos paisajísticos:

Fuentes potenciales de impacto. Se identificarán las principales causas o fuentes potenciales de producir impactos en el paisaje.

Identificación de los impactos potenciales.

Caracterización y magnitud de cada uno de ellos tanto en la fase de construcción como en su funcionamiento, para diferentes horizontes temporales. Se analizarán, al menos los siguientes factores:

o Escala de la actuación y la extensión física del impacto. o Bondad o efecto beneficioso o adverso del impacto sobre el

valor del paisaje. o Incidencia, identificando los impactos directos sobre elementos

específicos del paisaje y los indirectos que incidan sobre el

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patrón que define el carácter del lugar. o Duración, diferenciando si el impacto va a repercutir sobre el

paisaje a corto, medio, o largo plazo, tanto en la fase de construcción como en la de funcionamiento o vida de la acción propuesta.

o Permanencia, o carácter, reversible o irreversible del impacto sobre el paisaje. Individualidad, indicando el carácter singular o acumulativo con otros del impacto.

Por otra parte, la fragilidad visual se define como la susceptibilidad de un paisaje al cambio cuando se desarrolla un uso sobre él. Expresa, por tanto, el grado de deterioro que el paisaje experimentaría ante la incidencia de determinadas actuaciones. Mientras que la calidad visual de un paisaje es una cualidad intrínseca del territorio, la fragilidad depende, en principio, del tipo de actividad a desarrollar. El espacio visual puede presentar diferente vulnerabilidad según se trate de una actividad u otra, siendo este hecho más importante para las actuaciones sobre el territorio, como sucede en este caso. Para determinar la fragilidad visual se tienen en cuenta factores como la intervisibilidad, el efecto pantalla realizado por la vegetación, la morfología del terreno, y sobre todo la accesibilidad del paisaje y el número de usuarios que pueden acceder a él. La valoración de la integración paisajística conllevará la clasificación de la importancia de los impactos como combinación de la magnitud del impacto y la sensibilidad del paisaje. Estos pueden ser: sustancial, moderado, leve e insignificante. Finalmente, se identificará el potencial de las medidas correctoras. Estas podrán conducir a adoptar una localización diferente, una ordenación diferente, un diseño alternativo o modificaciones del diseño para evitar, prevenir o reducir al mínimo los impactos. En la valoración se hará la predicción de la importancia del impacto al paisaje antes y después de la aplicación de las medidas correctoras.

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5.1-.VALORACIÓN DEL IMPACTO PAISAJÍSTICO.

5.1.1-. Calidad del paisaje.

Para determinar la calidad del paisaje de la zona de actuación se utiliza una metodología basada en el análisis de las categorías estéticas del terreno, concretamente el método utilizado es el propuesto por Bureau of Land Management (BLM) de U.S.A.(1980), que lleva aplicándose largo tiempo en la planificación territorial. Los criterios de valoración de la calidad escénica aplicados por BLM, a zonas previamente divididas en unidades homogéneas según su fisiografía y vegetación, se recogen en la tabla 1. En cada unidad se valoran diversos aspectos como morfología, vegetación, agua, color, vistas escénicas, rareza, modificaciones y actuaciones humanas (acción antrópica/zona antropizada). TABLA 1-. INVENTARIO/EVALUACIÓN DE LA CALIDAD ESCÉNICA. CRITERIOS DE ORDENACIÓN Y PUNTUACIÓN.

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Según la suma total de puntos se determinan tres clases de áreas según su calidad visual:

- CLASE A. Áreas que reúnen características excepcionales, para cada aspecto considerado. (19−33 puntos).

- CLASE B. Áreas que reúnen una mezcla de características excepcionales para algunos aspectos y comunes para otros. (12−18 puntos).

- CLASE C. Áreas con características y rasgos comunes en la región fisiográfica considerada. (0−11 puntos).

Una vez se han determinado los criterios de valoración, y han sido asignados los niveles o clases de calidad visual de un territorio, se da un paso más y se establecen niveles de gestión visual que determinan los diferentes grados de modificación, o cambios permitidos en un territorio concreto. Para ello, previamente, se incorpora información sobre los niveles de sensibilidad individual y las zonas de alcance visual. Los niveles de sensibilidad individual y regional respecto al territorio en estudio son la actitud de los usuarios, valorada en términos de preocupación, respecto a la introducción de cambios en el paisaje, así como la intensidad de uso actual que tiene el ámbito de actuación. La tabla núm. 2 indica los niveles de sensibilidad en función de la actitud de los usuarios y la intensidad de uso del terreno. TABLA 2-. NIVELES DE SENSIBILIDAD.

Las zonas de alcance visual corrigen la calidad visual según la distancia con respecto al observador, estableciendo tres clases de distancia: primer plano y plano medio (PP/PM), plano de fondo (PF), plano poco visible (PV). Las clases de gestión visual se obtienen a través de la siguiente tabla: TABLA 3-. CLASES DE GESTIÓN VISUAL.

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La clase 1 es la más restrictiva en cuanto a posibilidades de gestión y manejo, y la clase 4 la menos restrictiva. La clase 5 que no aparece en la tabla, se reserva para aquellas zonas que requieran restauración o mejora. A continuación se expone la valoración obtenida según estos criterios para la Unidad Paisajística, puesto que es la única que vamos a tratar:

UNIDAD PAISAJÍSTICA

CALIDAD VISUAL C NIVEL DE SENSIBILIDAD B CLASE DE GESTIÓN VISUAL 4

La calidad visual ponderada de la unidad de paisaje analizada se corresponde con la CLASE C, lo que indica que esta unidad paisajística no tiene ninguna singularidad especial con respecto al resto. La sensibilidad a la actuación es baja (B) puesto que su intensidad de uso es baja, y la actitud de los usuarios respecto este paisaje es media−baja, debido a que no es una zona que destaque paisajísticamente con respecto del territorio donde se ubica. La CLASE 4 de gestión visual indica que la zona de actuación es proclive, en términos de paisaje a sufrir determinadas modificaciones derivadas de la gestión del territorio aunque con matices ya que la calidad visual del entorno tiene aspectos singulares a considerar. Además para realizar esta afirmación se necesita integrar el análisis del paisaje desde el punto de vista de la fragilidad de este. Por lo dicho anteriormente, a parte de esta valoración se realiza otra (en el punto 5.1.3) basada en métodos cualitativos donde se valora la calidad y la fragilidad visual valorándose distintos componentes del paisaje.

5.1.2-. Fragilidad del paisaje. Para determinar la fragilidad visual de un entorno, existen una serie de factores que deben ser tenidos en cuenta. Estos se incluyen en tres grandes grupos: factores biofísicos, factores de visualización y factores histórico−culturales. Estos factores definen la fragilidad visual intrínseca del entorno considerado. Para valorar la fragilidad visual de un punto, de forma global, debe ser tenida en cuenta además la accesibilidad de la observación. Los factores que determinan la fragilidad visual intrínseca de un entorno son: Factores Biofísicos. Estos factores se derivan de los elementos característicos de cada punto: pendiente, orientación, vegetación y suelo, etc.

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Vegetación y suelo. Una gran densidad de vegetación, por ejemplo, disminuye la fragilidad, mientras que un contraste cromático entre suelo y vegetación la aumenta. En este sentido las situaciones de mayor fragilidad vienen definidas por manchas monocromáticas como pueden ser pinares o secanos. Pendiente. Las pendientes bajas poseen una mayor capacidad de absorción visual, y por lo tanto menor fragilidad visual. Orientación. La orientación S−W es más frágil debido a que existe un periodo mayor de iluminación de la zona. Factores de visualización. Derivados de la configuración del entorno de cada punto; entran aquí los parámetros de cuenca visual, en tamaño, opacidad y forma, así como la altura del punto respecto de su cuenca visual. Factores histórico‐culturales del territorio. Esta serie de factores tienden a explicar el carácter y las formas de los paisajes en función de los procesos históricos que los ha producido y son, por tanto, determinantes en la compatibilidad de forma y función de las futuras actuaciones con el medio. Los criterios que se siguen para determinar la singularidad paisajística, y consecuentemente su fragilidad son los valores tradicionales, el interés histórico y la unicidad en edificios y parajes. Por otra parte, para determinar la fragilidad visual adquirida de un territorio debe tenerse en cuenta la accesibilidad, entendida como la facilidad de ese territorio para ser visto. La cercanía a carreteras y pueblos aumenta la fragilidad visual de forma importante por el aumento de la presencia potencial de observadores. La fragilidad visual de cada punto del territorio aumenta con la accesibilidad existente desde carreteras y pueblos, es decir, cuanto mayor sea el número de veces que un punto es visto al recorrer una carretera, mayor será su fragilidad visual. Por un lado, la presencia de cultivos de regadío, concretamente cultivos de cítricos e invernaderos, con algunas edificaciones ya existentes, conlleva un contraste cromático importante entre vegetación, suelo, invernaderos y construcciones. Otro factor a tener en cuenta es que se trata de cultivos (cítricos) de hoja perenne, lo que disminuye en parte la variabilidad en el contraste durante el año.

5.1.3-. Valoración de la Calidad y Fragilidad Visual. La valoración se realizó sobre la Unidad de Paisaje definida a través de métodos cualitativos que evalúan el paisaje analizando y describiendo sus componentes, considerando las categorías alto (3), medio (2) y bajo (1). La ponderación y clasificación FINAL (realizando la media aritmética y redondeando a la baja) se realiza de acuerdo a los siguientes rangos de escala:

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Rangos de Escala Valor

Bajo 1-1,2 Bajo-Medio 1,3-1,5 Medio-Bajo 1,6-1,8 Medio 1,9-2,1 Medio-Alto 2,2-2,4 Alto-Medio 2,5-2,7 Alto 2,8-3

Calidad Visual Componente Valorado Descripción Valor

Morfología o Topografía Relieve de topografía regular y plana. Relieve montañoso periférico muy distante del área del Proyecto

1

Presencia de Vegetación Casi inexistente 1

Acción Antrópica Media-alta. Predominio de invernaderos y huertos de cítricos.

2

Variabilidad Cromática Predominio de tonos verdes, cafés y grises. Se incrementa la variabilidad durante la primavera.

1

Marcas Visuales Paisaje homogéneo 2

Incidencia Visual Fondo Escénico

Paisaje panorámico con fondo escénico permanente

1

Singularidad o Rareza La formación vegetal es frecuente en la zona de estudio pero define el carácter del Paisaje

1

Calidad Visual Media (1,3 )

Fragilidad Visual

Componente Valorado Descripción Valor

Pendiente (Rasgos Morfológicos o Topográficos)

Predominio de un nivel topográfico Horizontal con ligeras ondulaciones

2

Tamaño de la Cuenca Visual Visuales a larga distancia (m) 1

Forma de la Cuenca Visual Cuencas visuales redondeadas (vistas a 360º). Escasas irregularidades topográficas que obstaculicen

las vistas.

1

Compacidad Baja. Capacidad de ocultamiento escaso. Paisaje muy expuesto.

1

Unicidad Los elementos paisajísticos son de singularidad moderada para los paisajes de la zona.

2

Valor Tradicional Escaso. No existen usos antrópicos de significativo valor cultural.

2

Accesibilidad Física Media. El área se encuentra cercana a la carretera CV-925 y se accede desde el camino del Iryda 1-B.

1

Fragilidad Visual Media ( 1,4 )

Siguiendo la ponderación y clasificación comentada, tenemos una Calidad Visual Media de nivel bajo−medio (1,3 – 1,5); y una Fragilidad Visual Media de nivel bajo−medio (1,3 – 1,5).

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5.2-.EFECTO DE LA ACTUACIÓN SOBRE EL PAISAJE.

Conforme a la Ley 5/2014, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, una actuación se considera integrada en el paisaje si no afecta negativamente al carácter del lugar y no impide la posibilidad de percibir los recursos paisajísticos. La actividad agraria referida no supone un cambio de la clasificación del suelo contenida en el PGOU de Pilar de la Horadada, tratándose en concreto de suelo (NUC) No Urbanizable Común. Según las Normas Urbanísticas utilizadas en el Plan General de Ordenación Urbana de Excmo. Ayuntamiento de Pilar de la Horadada, aprobado en Junta de Gobierno el 15 de noviembre de 2010, se trata de un suelo del tipo NUC por su carácter agrícola. El punto 2 del artículo 173, dentro del Capítulo I, del Título Noveno del texto refundido del PGOU referido a Suelo NO Urbanizable, en su apartado segundo, nos dice que el NUC es un “Suelo Rústico o No Urbanizable Común”. Esta instalación agraria que pretende consolidarse no tendrá efectos relevantes sobre el paisaje, pudiéndose considerar que está bien integrada en el paisaje del entorno. No altera negativamente la composición del paisaje o sus elementos percibidos desde los puntos de observación principales; y no tiene un contraste significativo en el entorno donde se ubica ni reduce el valor visual del paisaje. En resumen, y conforme a lo anterior, esta actividad cumple con las circunstancias que indican que existe integración con el paisaje. Por otra parte, la integración de la valoración de la calidad y fragilidad visual de la actuación tiene por resultado la definición de un paisaje de calidad visual baja−media y una fragilidad visual también baja−media. Llegando a la una valoración de la integración paisajística:

LEVE 5.3-. MEDIDAS Y ACCIONES CORRECTORAS.

Conforme a los puntos g y posteriores del Anexo II incluido en la Ley 5/2014, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana, cuando el Estudio de Integración Paisajística identifique impactos paisajísticos y visuales se requerirá la aplicación de las medidas correctoras necesarias para evitar, reducir o compensar cualquier efecto negativo sobre el paisaje conforme a lo determinado en el artículo 11.4 de la Ley 4/2004, de 30 de Junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, indicando en su caso, el modo de concretar las medidas correctoras o compensatorias. Incluso puede suspenderse la aprobación del proyecto o plan hasta la prestación de suficiente garantía para el cumplimiento de éstas. En este apartado se indicaran las medidas previstas para reducir, eliminar o compensar los efectos negativos significativos, así como las posibles alternativas existentes a las condiciones inicialmente previstas en la actuación.

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FACTOR PAISAJE

Elementos y Acciones Impactantes

Instalación: Invernadero de cubierta plástica.

Valoración Bajo

Medidas preventivas y/o correctoras

No sobrepasar la altura de las plantaciones colindantes.

Mantenimiento de la vegetación y del buen estado de la instalación para conseguir uniformidad.

Evitar materiales reflectantes o brillantes.

5.3.1-. Medidas contra el polvo. En la explotación agraria el momento en el que podría generar más polvo será en el de la instalación del invernadero, sobretodo en la fase de excavación y cimentación. Aún así, puede afirmarse que dicha generación es puntual, escasa y de breve duración. En el normal desarrollo de la actividad agrícola, se creará una mínima cantidad de polvo en alguna labor agraria necesaria, concretamente en algunas de las aplicaciones fitosanitarias que se realicen desde el exterior de los invernaderos, aunque la inmensa mayoría de labores se realizarán dentro de estos, y cuando se lleven a cabo labores de recolección y carga de los frutos. De todas formas, tanto en el caso de los tratamientos fitosanitarios, como cuando se recolecta el producto, estas acciones se dan con semanas de espaciamiento, ya que se hacen unas pocas veces al año. También en ambos casos, la maquinaria se desplaza a una velocidad muy reducida. Por un lado durante los tratamientos, para que la aplicación sea realmente efectiva y empape bien las hojas de las plantas, y en el caso de la recolección porque el propio agricultor quiere evitar que se genere polvo en suspensión, que pueda quedar impregnado en los frutos. Sea como fuere, y con el fin de minimizar aún más si cabe este efecto, se procurará evitar realizarlas en días en los que las corrientes de aire son fuertes, reduciendo así la propagación al entorno inmediato. Respecto a los viales, no se alterarán y se revisará su buen estado de conservación y limpieza para evitar generación de polvo por parte del tránsito de los vehículos que puedan entrar y salir a la explotación; y también por ello el camino de acceso a la explotación al ser de asfalto o grava, contribuye así a minimizar la producción de polvo, evitando así las posibles molestias a campos colindantes. Pese a todo, cabe destacar que ya existe una explotación agrícola de hortalizas a cielo abierto en esta parcela desde hace años, por lo que con la instalación de estos invernaderos se va a minimizar sobremanera esta posible afección.

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5.3.2-. Medidas contra el ruido y las vibraciones. Como adelantamos en el anterior punto 5.3.1, ya existe en esta parcela una actividad agrícola de plantación de hortalizas a cielo abierto. Con ello queremos evidenciar que la instalación de naves de invernadero, no van a significar un cambio significativo a peor, sino más bien al contrario, al realizarse la mayoría de labores en el interior de los mismos. Por otra parte, no existe maquinaria fija en la instalación, por lo que el ruido y las vibraciones se limitan a la maquinaria agrícola que se utiliza para las labores de cultivo. Al carecer los invernaderos de iluminación interior, las actividades de este tipo que se realicen deberán llevarse a cabo en horarios diurnos, evitando así molestias en el entorno; y por sus características no superarán niveles altos de ruido ni vibración.

5.3.3-. Medidas de protección de la calidad del aire. Se limitan a la búsqueda de mayor eficiencia en el uso de la maquinaria agrícola utilizada en labores de fertilización y tratamientos fitosanitarios principalmente. El principal objetivo en la lucha contra el cambio climático consiste en reducir la concentración de gases de efecto invernadero a la atmósfera, para lo cual debemos evitar la generación de emisiones de carbono mediante un uso más racional de la energía y una mayor utilización de energías limpias y renovables. Para ello debemos utilizar todas las herramientas que estén disponibles a nuestro alcance. Entre ellas se encuentra la compensación de emisiones. La compensación de emisiones de gases de efecto invernadero es un mecanismo destinado a reducir la cantidad de gases de que se emiten a la atmósfera. El funcionamiento de la compensación voluntaria consiste en calcular las emisiones realmente producidas de acuerdo a estándares internacionales, verificarlas por medio de un organismo independiente reconocido (Entidad Operacional Designada) y compensarlas con las medidas de reducción de emisiones, medidas propuestas y avaladas por proyectos internacionalmente reconocidos y bajo el protocolo de Kioto.

5.3.4-. Medidas específicas para la protección del paisaje. Aunque el impacto sobre el paisaje del conjunto que compondrá el complejo agrario será bajo, tal como se ha puesto de manifiesto en el presente apartado, en todo caso, teniendo en cuenta las características visuales y la situación paisajística del entorno, se deben plantear una serie de medidas preventivas y/o correctoras para mitigar los escasos efectos negativos existentes. Esto es:

Diseño de cubiertas de las naves lacadas en color verde, ocre, azul, etc., evitando que sean brillantes. Estas no deben ser limpiadas por que el polvo contribuye a su oscurecimiento. En nuestro caso no existen cubiertas, solo la malla sujetada con perfiles redondos y cables de acero. El color del plástico

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debe ser blanco-translúcido, ya que si se elije otro color más acorde con el paisaje (verde o similar), sería imposible llevar a cabo cultivo alguno en el interior de los invernaderos, al precisar éstos de una cantidad de luz mínima que le permita llevar a cabo la fotosíntesis. Aún así, el plástico blanco en pocos días se volverá grisáceo debido a que se ensuciará de polvo y tierra por la acción del viento, lo cual favorece una mejor integración con el paisaje si observamos los cromatismos del entorno.

No realizar edificaciones que por su excesiva altura den síntomas de desarmonía dentro del paisaje.

Con todo ello, se tiene que la actuación resultante puede asumirse desde el punto de vista del paisaje, ya que si bien un cambio en la configuración espacial de la zona es inevitable, los criterios utilizados para su diseño e implantación son aquellos que minimizan cualquier impacto que sobre el medio pudiera producirse. Por último, se realizará un seguimiento sobre la adecuación y evolución de las medidas de corrección paisajística, comprobando de la misma manera la efectividad de las actuaciones definidas en el estudio específico sobre acondicionamiento paisajístico del proyecto y proponer las modificaciones pertinentes en su caso.

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6- PROGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN.

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El objetivo principal del programa de implementación o vigilancia es detectar las desviaciones ocurridas sobre las previsiones establecidas, que puedan generar efectos negativos sobre el paisaje y sean objeto de las correcciones pertinentes. Para ello se deben efectuar un conjunto de controles, observaciones, mediciones y análisis de los parámetros que permitan conocer los impactos, así como un seguimiento de las previsiones. Este programa tendrá por objeto establecer un sistema que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas protectoras y correctoras contenidos en este Estudio de Integración Paisajística. Dado que tanto la relación actividad−medio como todo análisis predictivo, están sometidos a una incertidumbre, se justifica la necesidad de plantear un programa de seguimiento de las incidencias que vayan surgiendo. El programa de vigilancia ambiental se ha orientado para informar al Órgano Administrativo con competencia sustantiva en la materia, de cuáles son los aspectos del medio y/o proyecto que debe ser objeto de vigilancia (medidas correctoras, impactos visuales, impactos de difícil cuantificación), y ofrecer a dicho órgano un método eficaz, sistemático y lo más sencillo posible. A continuación aparecen descritas cuales son las medidas a adoptar para llevar a cabo un programa de vigilancia ambiental que sirva para preservar el medio ambiente que puede ser afectado por el funcionamiento de la actividad agraria a instalar: En la fase de funcionamiento de la explotación, el programa de vigilancia ambiental constará de los elementos siguientes:

Polvo y partículas en suspensión: se llevará un control para conocer sobre todo el estado del terreno y los viales interiores de la finca.

Control del consumo de recursos hídricos con periodicidad mensual. Comprobación semanal del vallado y del invernadero, para repararlo en caso de

roturas. Control periódico de las emisiones a la atmósfera de los motores de

combustión (maquinaria agrícola), para comprobar su eficiencia y utilidad.

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7- VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN VISUAL.

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7.1-.DEFINICIÓN DE LAS UNIDADES VISUALES.

7.1.1-. Unidad de paisaje.

En el medio que rodea a la actividad descrita se define una Unidad de Paisaje que se caracteriza por presentar mayoritariamente terreno agrícola y campos de cultivo propios de la agricultura intensiva como son los frutales, principalmente los cítricos, pero sobre todo cultivos hortícolas protegidos con invernaderos similares al que aquí presentamos en toda la zona. El conjunto de numerosa tierra cultivable, y la elevada preponderancia del sector agrícola dentro de éste Termino Municipal y otros anexos, proporciona homogeneidad y uniformidad a esta Unidad de Paisaje; la cual confiere al Término Municipal de Pilar de la Horadada un entorno ambiental agrario y rural, típico de lo que se da en conocer como Campo de Cartagena. Esta realidad se puede observar evidente en el reportaje fotográfico que forma parte de este Estudio de Integración Paisajística.

7.1.2-. Cuencas Visuales. No se puede realizar una correcta caracterización del paisaje sin describir el entorno donde se pretende actuar. Las Cuencas Visuales nos muestran los rasgos característicos de este ámbito. Como se ha dicho en el anterior punto 1.2, las Cuencas Visuales pueden contener una parte de una Unidad de Paisaje, una Unidad Completa, o varias Unidades de Paisaje. Las Cuencas Visuales del entorno de la actuación abarcan el campo visual perceptible desde distintos puntos de observación que se comenta más adelante. Desde estas Cuencas se alcanza la delimitación del ámbito, pudiéndose apreciar la uniformidad que aportan las distintas parcelas cultivables de la zona. Asimismo, se aprecia la planicie donde se desarrolla la actuación. En el entorno de esta planicie se aprecia las diversas viviendas de forma dispersa. En el Documento Cartografía y Planos se pueden consultar los planos de la Cuenca Visual mediante la herramienta disponible en el Terrasit, desde varios puntos de observación que se han tomado como más representativos.

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7.2-.DEFINICIÓN DE LOS PUNTOS DE OBSERVACIÓN.

Los Puntos de Observación son los lugares del territorio desde donde se percibe principalmente el paisaje. Se seleccionarán los puntos de vista y secuencias visuales de mayor afluencia pública que incluirán entre otros los siguientes:

Principales vías de comunicación, considerándolas como punto de observación dinámico que definen secuencias de vistas.

Núcleos de población. Áreas recreativas, turísticas y de afluencia masiva principales. Puntos de observación representativos por mostrar la singularidad del paisaje.

Para cada punto de observación, el análisis visual delimitará la cuenca visual o territorio que puede ser observado desde el mismo, marcando las distancias cortas (hasta 200 metros), media (desde 200 hasta 750 m) y larga (más de 750 m) desde el punto de observación. Estas distancias pueden ser modificadas de forma justificada en función del entorno. Asimismo, en la elección de los puntos de observación más representativos se tendrá en cuenta el número de observadores potenciales del paisaje objeto de estudio, diferenciando la proporción de los mismos en relación con las siguientes categorías: residentes, turistas y en itinerario, y la duración estimada de la observación. Los Puntos de Observación pueden ser principales y secundarios, en función del número de observadores potenciales, la distancia y la duración de la visión. Conforme a lo anterior, para el ámbito de actuación se han considerado distintas zonas para definir los puntos de observación (ver punto 8.1 de este documento):

o Caminos rurales de acceso a la zona.

o Carreteras (CV−925, RM-F25, Camino 1A-2-3 del Iryda, otros caminos rurales).

o Distintas zonas habitadas (Viviendas dispersas y núcleos de población de Pilar de la Horadada y Cañada de Práez).

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8- MAPAS DE VISIBILIDAD.

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Respecto el cumplimiento de la documentación que se cita en el

Anexo II de la Ley 5/20144, se completa con esta documentación:

Puntos de observación.

Zonas de máxima visibilidad.

Reportaje fotográfico. 8.1-.DOCUMENTACIÓN GRÁFICA.

A continuación se presenta un conjunto de fotografías tomadas desde distintos puntos de observación, los cuales corresponden a zonas desde donde la actuación es visible en mayor o menor medida, o incluso nula. Desde otros puntos donde la actuación no es visible, debido a la orografía existente (por ejemplo, desde el núcleo de población de Pilar de la Horadada o el de Cañada de Práez), no existe visibilidad del lugar del proyecto, por ello no se aporta ninguna fotografía. Dichas zonas se ha pretendido que sean representativas siendo caminos y zonas ya habitadas con afluencia de observadores. Igualmente se adjunta al presente estudio un plano donde viene marcado en verde el punto de observación desde donde se realizó la fotografía, y la dirección en la que se tomó la misma, indicada mediante una flecha roja. Ver en el apartado 10 de la página 47, el capítulo correspondiente de Planos. (Plano Nº3).

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8.1.2-. Identificación y posición de las imágenes tomadas.

Imagen 1. Tomada desde Punto Nº1.

Imagen 2. Tomada desde Punto Nº2.

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Imagen 3. Tomada desde el Punto Nº3.

Imagen 4. Tomada desde el Punto Nº4.

Zona Proyecto

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8.2-. ANÁLISIS DE VISIBILIDAD.

Para realizar el análisis de visibilidad, se ha estudiado el terreno realizando visitas in situ, apoyados con la cartografía topográfica del emplazamiento. Los puntos de observación se han elegido como los más representativos a la hora de poder ser analizada la integración en el paisaje. Después del estudio, se puede concretar que la visibilidad es prácticamente nula desde algunos de los viales, caminos rurales colindantes y cercanos a la explotación, concretamente nos referimos a los puntos de observación 1, 3 y 4, por encontrarse la zona de implantación literalmente rodeada por instalaciones similares, incluso de mayor envergadura; o bien, en un punto con cierta elevación desde donde la orografía del terreno permite percibir la parcela y su futura instalación. Únicamente hay un punto de observación de los escogidos (2), desde donde se percibe de manera clara la construcción, pero se trata de una posición que se sitúa prácticamente pegada a la misma. Tras analizar el entorno y la visibilidad desde puntos con mayor número de observadores, que son los escogidos para el estudio de la cuenca visual y el reportaje fotográfico (carreteras y caminos con alto tránsito y el núcleo urbano principal), queda claro que la instalación apenas resulta visible desde caminos de tierra y accesos que la circundan, y que únicamente son transitados por agricultores vecinos, con una actividad similar. Tomar fotografías desde alguna de las zonas urbanas de la periferia es inservible, ya que es materialmente imposible visualizarla y en cualquier caso es inviable distinguir ésta nueva estructura ante la cantidad de instalaciones similares que se dan en la zona. Hay que indicar que la observación desde el núcleo urbano principal sólo será por parte de la periferia del mismo, debido a que los propios edificios actúan como barrera visual. Debido también a la orografía (distribución de las curvas de nivel del entorno) e incluso a la masa arbórea, en muchas zonas habitadas y transitadas la instalación no será percibida. Como se ha visto en el análisis de la fragilidad visual, a mayor distancia de núcleos de población y carreteras principales la fragilidad es más reducida. La visibilidad que tendrá la actuación, quedará por tanto muy bien integrada en el entorno, debido a la existencia de gran cantidad de construcciones similares y una numerosa vegetación agrícola, huertos de cítricos e invernaderos mayoritariamente. De hecho, la presencia de construcciones similares apenas distan unos escasos metros de la parcela donde tendrá lugar el proyecto. En las parcelas colindantes, tal como muestran las imágenes que acompañan a este estudio, se da una proliferación de invernaderos de tipología similar a la que nos ocupa, que prácticamente rodean a la parcela implicada.

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De esta forma se puede afirmar que la colocación del invernadero se percibirá a un nivel bajo y bien integrado en el entorno paisajístico. Hay que comentar el hecho de que la zona está antropizada y sometida a un aprovechamiento agrícola, realidad común y presente en gran parte del territorio de la Comunidad Valenciana. Existe una marcada presencia de vegetación evidente y propia del entorno agrícola que impera en la zona. El gran número de campos de cultivo más los elementos instalados (construcciones, toldos, cantera, etc.) mitigarán de forma conjunta el impacto visual de la actuación.

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9- CONCLUSIONES DE LA VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Y VISUAL.

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La actuación se integra dentro de un territorio que, teniendo un bajo grado de calidad, no supone ninguna singularidad paisajística relevante en el entorno donde se ubica, como es el caso. Debido a la situación de la explotación, ésta pasa prácticamente inadvertida por un número de observadores medio−alto, mayormente la zona visible corresponde a la circulación por caminos muy cercanos a la misma. Por lo tanto, la instalación no supone un cambio en la configuración o en la percepción del paisaje afectado, y hay que señalar que se trata de observadores cuya duración de observación es reducida. También hay que destacar que la calidad visual obtenida en la valoración del paisaje es baja−media, y no supone ninguna singularidad. Por tanto la zona es susceptible de sufrir cambios en su fisonomía sin que suponga una gran pérdida en términos de paisaje, teniendo en consideración que existen determinadas áreas que presentan una calidad del paisaje mayor que otras. Finalmente, respecto a los Recursos Paisajísticos existentes en el sector, puede decirse que la actuación no supone un deterioro de los mismos, ni su desaparición, ni impedirá la visibilidad de los mismos. CONCLUSIÓN: Por todo lo expuesto anteriormente se puede concluir diciendo, que los efectos negativos que causará sobre el paisaje la instalación de invernaderos, en la Parcela 89 del Polígono 7 del Término Municipal de Pilar de la Horadada en Alicante, serán muy escasos. De este modo resulta razonable calificarlo como paisajísticamente VIABLE con la activación de las medidas preventivas y protectoras planteadas y la puesta en funcionamiento del programa de vigilancia ambiental.

Fdo.:

Mayo de 2018 INGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA

Luis García Grimáldez Colegiado Nº 1.214 (COITAPA).

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10- PLANOS.

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10.1-. RELACIÓN DE PLANOS.

-. Situación General del Proyecto. -. Situación de los invernaderos sobre el terreno. -. Vista tras la actuación (fotomontaje). -. Situación de los puntos de observación (toma de imágenes).