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1 INTRODUCCIÓN El congreso de la República de Colombia es una importante corporación representativa del pueblo, y mas claramente de los partidos y movimientos políticos que le dieron su aval; Sin embargo, en su condición como representantes del pueblo, los miembros del Congreso deben tomar sus decisiones siguiendo las directrices de la justicia y el bien común, pues de lo contrario estas les hará responsable ante la sociedad y sus electores en cuanto al desempeño de las obligaciones propias de su investidura. Según la Carta Política de 1991, corresponde a la Rama legislativa del poder público, en persona del Congreso: la función constituyente, la función legislativa y el control político al gobierno y la administración nacional. Siendo la segunda de interés en el desarrollo de esta investigación, pues como rama legislativa esta corporación tiene a su cargo la labor de hacer las leyes, es decir, expedir normas generales, impersonales y coercibles que regulen la vida en sociedad de los habitantes del territorio nacional. Es por esto, que el Congreso de la República es conocido como la institución encargada de discernir, contender y solucionar los problemas nacionales, labor que implica estar atento a responder a los fenómenos sociales que repercuten en el marco normativo, el cual debe ser congruente con la realidad nacional. Así mismo, asume el reto de transformar su institución en un auténtico eje de la democracia, reto que parte de un proceso constante e integral de modernización y fortalecimiento legislativo, donde el Senado y la Cámara de Representantes, trabajan conjuntamente para elaborar un Plan de Modernización Legislativa que permita perfeccionar el producto legislativo y construir mecanismos que involucren a la sociedad en la toma de las decisiones públicas. En consecuencia, se aprobó recientemente la ley 1147 de 2007 por la cual se adiciona la ley 5ª de 1992 y se crean la Comisión Especial de Modernización y las Unidades Coordinadoras de Asistencia Técnica Legislativa y Atención Ciudadana del Congreso de la República; La Unidad Coordinadora de Asistencia Técnica Legislativa UATL, es una nueva dependencia que tiene como objetivo principal, brindar apoyo jurídico y asesoría técnica a las Comisiones Constitucionales y Bancadas del Congreso. Dentro de sus objetivos secundarios se enumeran:

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INTRODUCCIÓN

El congreso de la República de Colombia es una importante corporación representativa del pueblo, y mas claramente de los partidos y movimientos políticos que le dieron su aval; Sin embargo, en su condición como representantes del pueblo, los miembros del Congreso deben tomar sus decisiones siguiendo las directrices de la justicia y el bien común, pues de lo contrario estas les hará responsable ante la sociedad y sus electores en cuanto al desempeño de las obligaciones propias de su investidura. Según la Carta Política de 1991, corresponde a la Rama legislativa del poder público, en persona del Congreso: la función constituyente, la función legislativa y el control político al gobierno y la administración nacional. Siendo la segunda de interés en el desarrollo de esta investigación, pues como rama legislativa esta corporación tiene a su cargo la labor de hacer las leyes, es decir, expedir normas generales, impersonales y coercibles que regulen la vida en sociedad de los habitantes del territorio nacional. Es por esto, que el Congreso de la República es conocido como la institución encargada de discernir, contender y solucionar los problemas nacionales, labor que implica estar atento a responder a los fenómenos sociales que repercuten en el marco normativo, el cual debe ser congruente con la realidad nacional. Así mismo, asume el reto de transformar su institución en un auténtico eje de la democracia, reto que parte de un proceso constante e integral de modernización y fortalecimiento legislativo, donde el Senado y la Cámara de Representantes, trabajan conjuntamente para elaborar un Plan de Modernización Legislativa que permita perfeccionar el producto legislativo y construir mecanismos que involucren a la sociedad en la toma de las decisiones públicas. En consecuencia, se aprobó recientemente la ley 1147 de 2007 por la cual se adiciona la ley 5ª de 1992 y se crean la Comisión Especial de Modernización y las Unidades Coordinadoras de Asistencia Técnica Legislativa y Atención Ciudadana del Congreso de la República; La Unidad Coordinadora de Asistencia Técnica Legislativa UATL, es una nueva dependencia que tiene como objetivo principal, brindar apoyo jurídico y asesoría técnica a las Comisiones Constitucionales y Bancadas del Congreso. Dentro de sus objetivos secundarios se enumeran:

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1. Mejorar la calidad del ordenamiento jurídico colombiano; 2. Fortalecer los proyectos de ley presentados en el Congreso con el insumo

oportuno de la sociedad civil; 3. Crear e institucionalizar la función de apoyo técnico legislativo en el

Congreso de la República; 4. Establecer un vínculo constante entre el Congreso y la comunidad

intelectual colombiana, para contar con el talento y conocimiento adecuados en el análisis y redacción de las iniciativas de ley que lo requieran.

5. Establecer, con las distintas universidades del país, un Programa de Pasantías Legislativas para desarrollar estudios jurídicos a solicitud del Congreso, dándole a los estudiantes universitarios la oportunidad de participar en el proceso legislativo y de contribuir al desarrollo de las políticas públicas de su país.

Y sus funciones principales son:

1. Procurar la lata calidad de los proyectos de ley, de acto Legislativo y de la discusión legislativa por medio de investigaciones técnicas y objetivas.

2. Apoyar por medio de asesorías técnicas y objetivas la calidad de los proyectos de ley, de acto legislativo y de la discusión legislativa.

3. Fortalecer las iniciativas legislativas presentadas en el Congreso con la participación oportuna de la sociedad.

4. Establecer un vínculo constante con la comunidad académica para facilitar de los temas legislativos, por medio de la suscripción de convenios de cooperación.

5. Adelantar el programa de judicatura y pasantías legislativas para la Unidad con las distintas universidades nacionales y extranjeras.

6. Las demás que le asigne la Comisión Conforme a esto, La bancada del partido Social de la U. solicitó a la Unidad Coordinadora de Asistencia Técnica Legislativa realizar un estudio de antecedentes sobre “la obligatoriedad del bilingüismo en Colombia”, el cual resume su justificación en lo siguiente: Las exigencia que se obtienen actualmente en un mundo globalizado de contar con un capital humano bilingüe que sea competente en dos idiomas, hace que la implementación del bilingüismo en primaria y secundaria en Colombia, sea de carácter obligatorio, entendido el termino bilingüismo como aquel donde los estudiantes desarrollan todas sus habilidades (escribir, hablar, escuchar y leer) en las dos lenguas (la nativa y la segunda) y para todos los dominios de estudio.

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La Doctora Silvia Valencia Giraldo señala en su escrito El Bilingüismo y los Cambios En Políticas y Prácticas en la Educación Pública en Colombia: Un Estudio de Caso que “Los efectos de la globalización se han sentido en el país con más fuerza desde la década de 1980; a partir de 1990 especialmente, ha habido un incremento mayor en el valor del inglés como bien de consumo y en el aprendizaje del inglés como requisito necesario para acceder a oportunidades laborales, económicas, y sociales”. Además, el Consejo Británico en el diagnóstico realizado en el 2006, con respecto al nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del distrito de Cartagena de Indias, determinó que, después de un mínimo de 6 años de estudio, el nivel de inglés de los estudiantes está, en forma desmedida, por debajo de lo que se pretende. Actualmente el Ministerio de Educación Nacional, a través del Programa Nacional de Bilingüismo, promueve políticas educativas para favorecer el aprendizaje de lenguas extranjeras, como es el caso del idioma inglés. La política Nacional de bilingüismo se fundamenta en la adopción del Marco Común Europeo para su desarrollo, al manejar el concepto de bilingüismo como “los diferentes grados de dominio con los que un individuo logra comunicarse en más de una lengua y cultura. Estos diversos grados dependen del contexto en el cual se desenvuelve cada persona; Así pues, según el uso que se haga de otras lenguas distintas a la materna, éstas adquieren el carácter de segunda lengua o de lengua extranjera.”1 El término “bilingüismo” utilizado por el Ministerio de Educación Nacional es insuficiente en cuanto a las necesidades emergentes de la globalización y la respuesta eficaz del país ante las nuevas circunstancias que plantea este fenómeno en los diferentes planos del desarrollo tanto del país como de sus habitantes. En conclusión, la elaboración de un Estudio de Antecedes sobre la obligatoriedad del Bilingüismo en Colombia es necesaria para demostrar al Congreso de la República las grandes falencias que la población colombiana enfrenta en cuanto a este tema y en consecuencia promover las acciones pertinentes en el legislativo.

1 MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL REPÚBLICA DE COLOMBIA. Serie Guías Nº 22 Estándares Básicos de Competencias en Lenguas Extranjeras: Inglés., 2006

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1. DESCRIPCIÓN DE LA ENTIDAD DONDE SE REALIZA LA PRÁCTICA ADMINISTRATIVA.

La rama legislativa del poder público es representada por el Congreso de la República, el cual es integrado por el Senado de la República y la Cámara de Representantes (sistema bicameral), según la Constitución Política de Colombia de 1991, en su artículo114, le “corresponde al Congreso de la República reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración” El Senado está compuesto por cien miembros elegidos popularmente, y habrá un número adicional de senadores elegidos por las comunidades indígenas y la Cámara de Representantes está compuesta por dos representantes de cada departamento y del Distrito Capital de Bogotá. En lo referente a las Comisiones, la Constitución Política de Colombia, en el artículo 142 establece “Cada Cámara elegirá, para el respectivo período Constitucional, Comisiones permanentes que tramitarán en primer debate los proyectos de acto legislativo o ley.” y en la Ley 5ta de 1995 (Reglamento del Congreso) en el artículo 53 se estipula que “Durante el período constitucional funcionarán, en cada una de las Cámaras, la Comisiones Constitucionales Permanentes, las Comisiones Legales, las Comisiones Especiales y las Comisiones Accidentales. El Congreso de la República de Colombia tiene una gran responsabilidad frente a la democracia colombiana, ya que constitucionalmente le corresponde la función de legislar y de ésta función depende relevantemente el Estado de Derecho, la justicia y la buena convivencia ciudadana en el país. Conciente de ello el Congreso de la República solicitó apoyo a la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) a fin de desarrollar un Plan de Modernización Legislativa que le permitiera a la institución comenzar un proceso de transformación integral y continua. Es por esta razón que USAID, a través de ARD Colombia, apoyó la elaboración de dicho Plan que tiene por objetivo fundamental convertir al Congreso en una institución moderna y con capacidad para ser el centro de la toma de decisiones en la democracia colombiana.

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Para dar continuidad a este Plan de Modernización del Congreso de la República, aprobó recientemente la ley 1147 de 2007 por la cual se adiciona la ley 5ª de 1992 y se crean la Comisión Especial de Modernización y las Unidades Coordinadoras de Asistencia Técnica Legislativa y Atención Ciudadana del Congreso de la República. La Ley 1147 de 2007, establece en el artículo No 2 que “La comisión de Modernización del Congreso de la República es una comisión especial. Está integrada por cuatro Senadores de la República y cuatro Representantes a la Cámara, elegidos por plenaria de la respectiva Cámara Legislativa, dentro de los 15 días siguientes a la iniciación del cuatrienio constitucional, para un período de (4) años.” La Unidad Coordinadora de Asistencia Técnica Legislativa UATL, es una nueva dependencia que tiene como objetivo principal, brindar apoyo jurídico y asesoría técnica a las Comisiones Constitucionales y Bancadas del Congreso. El propósito de la unidad, es ofrecer servicios de investigación jurídica y asesoría técnica legislativa de la más alta calidad a las comisiones y bancadas del Congreso, y a la vez procura aumentar la participación de la ciudadanía en el proceso de elaboración de la normatividad y en la toma de decisiones de política pública. Los objetivos de la Unidad son: 1. Mejorar la calidad del ordenamiento jurídico colombiano; 2. Fortalecer los proyectos de ley presentados en el Congreso con el insumo oportuno de la sociedad civil; 3. Crear e institucionalizar la función de apoyo técnico legislativo en el Congreso de la República; 4. Establecer un vínculo constante entre el Congreso y la comunidad intelectual colombiana, para contar con el talento y conocimiento adecuados en el análisis y redacción de las iniciativas de ley que lo requieran. 5. Establecer, con las distintas universidades del país, un Programa de Pasantías Legislativas para desarrollar estudios jurídicos a solicitud del Congreso, dándole a los estudiantes universitarios la oportunidad de participar en el proceso legislativo y de contribuir al desarrollo de las políticas públicas de su país.

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1.1. Estructura Organizacional 1. Comisión de Modernización del Congreso La Comisión de Modernización es un órgano multipartidista que está integrado en forma conjunta por el Senado y la Cámara de Representantes. Su función principal es guiar el proceso de modernización del parlamento y en relación a la Unidad de Asistencia Técnica Legislativa le corresponde aprobar su Plan de Trabajo y las solicitudes que le serán remitidas para su estudio. 2. Coordinador de la UATL El Coordinador de la Unidad tiene como tarea fundamental velar por el buen desarrollo y calidad de los trabajos de investigación que sean solicitados; Para ello debe coordinar la labor de los mentores, los pasantes legislativos y los consultores manteniendo una relación constante con las comisiones del Congreso y sus secretarios, las bancadas, y demás órganos de la institución parlamentaria. El Coordinador, además de dar seguimiento a los trabajos, tiene a su cargo la elaboración del cronograma de actividades a realizar, lo que supedita los resultados de la coordinación a su iniciativa, organización y destrezas. Así mismo, tiene a su cargo la elaboración de los informes pertinentes para la Comisión de Modernización Legislativa, la Mesa Directiva y otras organizaciones partícipes según corresponda. 3. Consejo Técnico. El Consejo Técnico de la Unidad de Asistencia Técnica Legislativa tiene por función velar por la calidad de los estudios de antecedentes y las investigaciones que realicen los pasantes legislativos, así como también de los proyectos de ley que desarrollen los expertos colombianos. Es por esta razón, que los consejos técnicos deben evaluar, corregir y aprobar toda solicitud que ingrese a la coordinación, ya que cumplen un papel de filtro en los procesos investigativos, que garantiza el mejoro de estos. El Consejo es presidido de manera rotativa por sus miembros, entre los cuáles se incluyen:

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• Mentores • Secretarios Generales de ambas cámaras o sus representantes • Representantes de la Sección de Leyes • Representante de la Biblioteca del Congreso • Secretarios invitados de las comisiones del Congreso • Coordinador de la OATL • Subdirector ARD Colombia • Otros invitados especiales 4. Mentores Los mentores de la Unidad de Asistencia Técnica Legislativa son profesionales calificados, con fuertes credenciales académicas, conocimientos legislativos y de gran experiencia laboral y docente en el ámbito universitario, que guardan una estrecha relación con los pasantes responsables de las diferentes investigaciones, lo que les convierte, no sólo en los maestros de una nueva generación de asesores legislativos, sino también en un ejemplo profesional a seguir por su capacidad y experiencia. El trabajo que llevan a cabo los mentores es de suma importancia, pues ellos guían y asesoran las investigaciones o estudios de antecedentes, proyectos u otro tipo de estudios técnicos que desarrollan los pasantes legislativos. Por otra parte, en determinadas ocasiones participan, paralelo a los mentores permanentes, mentores honorarios que colaboran en forma voluntaria y desde sus oficinas. 5. Pasantes Legislativos Los pasantes legislativos de la Unidad serán jóvenes universitarios sobresalientes, de séptimo a décimo semestre de carrera universitaria o recién egresados, los cuales trabajaran en la Oficina de Asistencia Técnica Legislativa de forma voluntaria o como parte de su práctica académica por un período mínimo ya sea de seis meses, cinco días a la semana y cuatro horas diarias o tiempo completo por nueve meses, según se trate de pasantías o judicatura respectivamente. No obstante, el período podrá extenderse por dos períodos más de acuerdo a los requerimientos del trabajo y a solicitud del Consejo Técnico. La tarea fundamental de los pasantes universitarios será la elaboración de estudios de antecedentes, informes y análisis legislativos, según lo soliciten las comisiones y las bancadas del Congreso de la República. Así mismo, recibirán

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otras asignaciones tales como proyectos especiales de investigación, publicaciones, seminarios y talleres, entre otros, cada uno de estos, bajo la supervisión de un mentor que les indicará el camino a seguir durante la investigación. El formar parte del equipo UATL constituye para los pasantes Universitarios una experiencia y proceso de retroalimentación, ya que les permite tener una mayor experiencia laboral y a la vez que tienen la oportunidad de incorporar su insumo profesional en una actividad de trascendencia nacional. 1.2. Procedimiento La comisión o bancada legislativa que requiera asistencia técnica debe llenar una solicitud en la que indique el tema sobre el que requiere apoyo, los alcances del mismo, sus preocupaciones y sus objetivos. La solicitud debe dirigirse a la Comisión de Modernización que la aprobará si el tema es de importancia o trascendencia nacional y si para su tratamiento se requiere un alto conocimiento técnico. Una vez que la solicitud es aprobada por la Comisión es trasladada a la Oficina de Asistencia Técnica para que se asigne el estudio a un mentor y un pasante legislativo. Culminada la investigación, el estudio debe ser presentado ante el Consejo Técnico quien en definitiva revisará su calidad antes de que este pueda ser entregado al solicitante. Con el estudio de antecedentes como insumo técnico, el solicitante podrá decidir si es necesario continuar con la segunda parte del proceso que se refiere a la elaboración de una iniciativa de ley. Ante un resultado favorable, se le presentarán al solicitante una lista de los expertos que podrían desarrollar su proyecto de ley, frente a los cuales el solicitante podrá manifestar sus preferencias u oposiciones. Una vez contratado, el experto procederá a elaborar la iniciativa de ley, siempre en comunicación constante con la comisión o bancada legislativa solicitante, para asegurarse de que el proyecto de ley contenga todos los aspectos requeridos. Terminada la iniciativa legislativa ésta debe presentarse al Consejo Técnico, que nuevamente funcionará como un filtro de calidad. El Consejo debe aprobar el proyecto y revisar los aspectos de técnica legislativa antes de que se le presente al solicitante. Durante el desarrollo de los trabajos, y especialmente a partir de su entrega, empieza a correr un período de confidencialidad 30 días hábiles, en el cual no pueden ser revelados los resultados del estudio ni pueden ser entregados

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a otra persona que no sea al solicitante, esto con el fin de que éste tenga la oportunidad de decidir si presenta o no el proyecto de ley al Congreso. En este momento termina la participación de la Unidad, limitándose a guardar la reserva de los 30 días, vencido los cuales entregará una copia del trabajo realizado a la Biblioteca del Congreso y a la Comisión de Modernización.

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2. OBJETIVOS DE LA PRÁCTICA ADMINISTRATIVA

2.1. Objetivo General El objetivo principal de la práctica es: elaborar un estudio de antecedentes sobre la “obligatoriedad del bilingüismo en primaria y secundaría” que sirva de base jurídica y técnica para que los Congresistas de la bancada del partido Social de la U puedan tomar una decisión acertada sobre la elaboración de un anteproyecto de ley sobre el tema. 2.2. Objetivos Específicos Los objetivos específicos son: • Identificar y analizar el marco normativo colombiano sobre educación y bilingüismo. • Reconocer y analizar los planes, programas y proyectos establecidos por el ejecutivo sobre bilingüismo. • Averiguar sobre los estudios e investigaciones realizadas sobre la viabilidad o necesidad de la implementación del bilingüismo. 2.3. Resultados Esperados 2.3.1. Resultado General Entrega de un estudio de antecedentes acerca de la Obligatoriedad del Bilingüismo en Colombia, en la secundaría y en la primaria”, que sea útil a el Congreso de la República, a la “ESAP” y la “UATL”.

Primer Informe: Entrega de diagnóstico de la Fase I y II del la metodología.

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• Delimitación y alcances del tema general “Obligatoriedad del Bilingüismo en primaria y secundaria”.

• Identificación de los temas que harán parte del Estudio de Antecedentes. • Resumen de los archivos recopilados pertinentes a la elaboración de cada tema

que harán parte del estudio de antecedentes. Segundo Informe: Entrega de resultados obtenidos.

• Elaboración de temas esquemáticamente. • Elaboración de conclusiones y recomendaciones obre el tema.

Informe Final: Entrega de todo el estudio realizado. . • Elaboración total del estudio de antecedentes.

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3. MARCO DE REFERENCIA

El estudio de antecedentes contiene, un marco conceptual, marco geográfico, marco normativo. 3.1. Marco Conceptual El bilingüismo tiene diferentes connotaciones, ya que, depende de variables que se interconectan a nivel geográfico, histórico, lingüístico, sociológico, político, psicológico, y pedagógico (situación geográfica e histórica de la comunidad lingüística, políticas aplicadas, identidad cultural de sus miembros, modelos de enseñanza, nivel de competencia, necesidades educativas, etc.), y de la discrepancia del concepto entre diferentes autores. Para Bloomfield “el hablante bilingüe es aquel que tiene un control nativo de dos o más lenguas”, para otros autores el término tiene otra relación, Macnamara: considera que “la persona bilingüe es aquella que sea capaz de desarrollar alguna competencia (hablar, leer, entender, escribir) de una segunda lengua”, Romaine dice que “el bilingüismo no es un fenómeno unitario y que depende de una variedad de factores sociales que se tienen que tomar en cuenta para estimar las habilidades de los hablantes bilingües”, según Mackey define “el bilingüismo como el uso alternante de dos o más lenguas por parte del mismo individuo” y Noam Chomsky (1965) lo define como una teoría que se ocupa de "un hablante u oyente ideal, en una comunidad lingüística homogénea, que conoce su lengua a la perfección". Weinreich el año de 1953, distinguía tres tipos de bilingüismo: Bilingüismo coordinado: las palabras equivalentes en dos lenguas se refieren a conceptos diferentes o tienen significados ligeramente diferentes; Bilingüismo compuesto: las dos formas tienen un significado idéntico; Bilingüismo subordinado: una lengua es la dominante y las palabras de la lengua no dominante se interpretan a través de las palabras de la lengua dominante. Se realiza también una distinción en el bilingüismo, según dos perspectivas, una individual y otra social; el primero se refiere al sujeto bilingüe, es aquel que puede comunicarse en más de una lengua, su nivel de conocimiento puede ser activo (a nivel oral y escrito) o pasivo (a nivel de la comprensión oral y de la lectura). También puede ser definida como alguien que es capaz de expresarse

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perfectamente en dos idiomas, pero el concepto de bilingüismo enmarca al individuo que puede comunicarse (con errores de los dos idiomas) en dos lenguas. Los hablantes bilingües competentes, han adquirido y mantenido al menos una lengua durante la infancia, la primera lengua (conocidas también como lengua materna), el dominio de las dos lenguas es innato, pues no necesita de un aprendizaje convencional. Pueden encontrarse niños que hayan tenido dos lenguas maternas en su infancia. La segunda perspectiva del bilingüismo se refiere a una sociedad bilingüe, donde en aquella existe más de un idioma como lengua nativa, bilingüismo que se expresa de dos formas, como diglosia, cuando hay dos (o más) idiomas en una región y uno de ellos es más prestigioso que el otro y como equilingüismo, cuando ambos idiomas son usados en todas circunstancias y la mayoría de los hablantes son bilingües.

3.2. Marco Geográfico El nivel de influencia de la práctica es a nivel nacional, en el sector de educación, ya que de ser viable la realización de un proyecto de ley sobre la “obligatoriedad del bilingüismo en primaria y secundaria”, fundamentado en el estudio de antecedentes realizado en la práctica administrativa, el legislador realizaría una ley para toda la nación. 3.3. Marco Normativo El estudio por ser un tema que corresponde al sector de la educación, se enmarca inicialmente en la Constitución Política, luego la ley 115 de 1994 que reglamenta el contexto general de la educación, la ley 47 de 1993 “Por la cual se dictan normas especiales para la organización y el funcionamiento del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina”, el Decreto No. 3870 de 2006 “Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el área de idiomas y se establecen las condiciones mínimas de calidad.” En cuanto a la jurisprudencia se tendrá en cuenta la Sentencia No C-053/99, donde el Magistrado Ponente fue el Doctor. Eduardo Cifuentes Muñoz, que trata sobre la protección cultural del Archipielago de San Andrés, en cuanto a la educación bilingüe y su lengua oficial.

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Esta será inicialmente la normatividad marco, el resto de resoluciones, decretos, jurisprudencia, se irán buscando en el desarrollo de la práctica, ya que el análisis y búsqueda de este tipo de información hace parte de la práctica administrativa. 3.4. Marco Histórico Hablar de bilingüismo en Colombia, comprende dos connotaciones, la primera es el bilingüismo a partir de la consolidación de lenguas nativas (de diferentes culturas indígenas y raciales) y la enseñanza del castellano como idioma oficial, y la segunda la implementación de políticas públicas educacionales que pretenden enseñar el inglés como segunda lengua, en estudiantes de primaria y secundaria. Hace una década aproximadamente la implementación del bilingüismo se ha acentuado en las culturas indígenas, donde se ha realizado según el caso, la construcción de un alfabeto en su lengua y se ha enseñado el castellano como segunda lengua. Para San Andrés y providencia, fue creada la ley 47 de 1993, con el objetivo de “dotar al Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina de un estatuto especial que le permita su desarrollo dentro del marco fijado por la Constitución, en atención a sus condiciones geográficas, culturales, sociales y económica.”2, en esta ley se estableció en cuanto a la enseñanza, en su articulo 43, que está debe ser impartida en el archipiélago de una forma bilingüe, castellano e inglés. El Gobierno Nacional, a través de su Ministerio de Educación está desarrollando actualmente el Programa de Bilingüismo 2004-2019, que ha contratado con la Universidad de los Andes un estudio con el fin de identificar y determinar cuáles son las condiciones óptimas para reconocer la educación bilingüe, bien sea como colegio bilingüe o como colegio con inglés intensivo, en las instituciones del sector privado de educación Preescolar, Básica y Media que aseguran ofrecerla.

2 Ley 47 de 1993. Artículo No 1

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4. METODOLOGÍA

El Desarrollo de un Estudio de Antecedentes posee cinco fases básicas:

1. Preparatoria. 2. Recopilación de información 3. Estudio y análisis 4. Ordenamiento y clasificación 5. Síntesis

4.1. Fase Preparatoria

En está fase se debe realizar los siguientes pasos: 4.1.1. Delimitar el tema

El tema está delimitado, ya que el estudio solicitado se enfoca a la educación bilingüe en secundaria y primaria.

4.1.2. Delimitar los alcances. El estudio debe ser encaminado a servir de base, para que el Partido Social de la U pueda decidir acerca de la viabilidad de realizar un proyecto de ley respecto al tema.

4.1.3. Establecer los temas a tratar sobre Obligatoriedad del Bilingüismo en Colombia:

- Normatividad Colombiana sobre el tema. - Jurisprudencia Colombiana sobre el tema. - Planes y Programas desarrollados por el ejecutivo sobre el tema. - Investigaciones serias realizadas. - Normatividad Extranjera sobre el tema - Planes y Programas adelantados en países con un sistema educativo similar al colombiano.

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4.2. Fase de Recopilación

Se recopilará toda la normatividad existente del tema, los planes y programas adelantados por el Ministerio de Educación, la normatividad extranjera hallada y los planes y programas que hayan realizado otros gobiernos. Para tal fin se visitaran las diferentes páginas de Internet, que permitan extraer la información, se asistirá a la Luis Ángel Arango entre otras bibliotecas, se realizara un indagación sobre las investigaciones realizadas en Colombia y se visitará el Ministerio de Educación. 4.3. Fase de ordenamiento y clasificación En esta fase se debe clasificar el material de acuerdo a su naturaleza y contenido y luego se ordena en carpetas, de la siguiente forma:

1. Clasificar el material: La documentación obtenida debe clasificarse de acuerdo a su naturaleza y contenido.

2. Ordenar el material: Organizar físicamente la documentación recopilada.

4.4. Fase de estudio y análisis

Una vez recopilada la información necesaria se procederá a realizar un análisis de los documentos, se procede a:

1. Lectura activa: Se debe realizar la lectura de cada ley, proyecto, informe, dictamen, estudio o libro que se recopiló, con el fin de encontrar y señalar las ideas principales que sean de interés para la compresión del tema en estudio.

2. Subrayar: Después de la lectura del documento, es necesario encontrar las

ideas principales del texto para subrayarlas y destacarlas, facilitando el estudio rápido por terceras personas. De estas forma, el experto o el legislador podrán dirigir la mirada únicamente a las partes que están resaltas, que son las más importantes.

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3. Hacer resúmenes: Después de leer el documente y conocer las ideas principales, se realiza u resumen sobre el contenido general de la información y los aspectos más relevantes.

Luego se procede a realizar el estudio de antecedentes, según los temas seleccionados. 4.5. Fase final Se elabora cada capitulo del estudio previa delimitación, basado en la información recopilada y luego se revisa redacción.

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5. NORMATIVIDAD

5.1. Normatividad Relevante

1. El bilingüismo dentro de un sistema educativo implementado para la competencia laboral.

2. Bilingüismo a nivel étnico de las comunidades indígenas y grupos raizales

5.1.1. El bilingüismo dentro de un sistema educativo implementado para la competencia laboral

Cuadro No 1. Normatividad relevante. NORMA ARTICULO RELEVANTE CONSTITUCIÓN POLÍTICA COLOMBIANA

Art. 10: “El castellano es el idioma oficial de Colombia...” Art. 68 “Los particulares podrán fundar establecimientos educativos. La ley establecerá las condiciones para su creación y gestión. La comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación. La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica. La Ley garantiza la profesionalización y dignificación de la actividad docente. Los padres de familia tendrán derecho de escoger el tipo de educación para sus hijos menores. En los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa."

Ley 115 de 1994 “Por la cual se expide la ley general de educación”

Art.1: La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes.

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La presente Ley señala las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y de la sociedad. Se fundamenta en los principios de la Constitución Política sobre el derecho a la educación que tiene toda persona, en las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra y en su carácter de servicio público. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, define y desarrolla la organización y la prestación de la educación formal en sus niveles preescolar, básica (primaria y secundaria) y media, no formal* e informal, dirigida a niños y jóvenes en edad escolar, a adultos, a campesinos, a grupos étnicos, a personas con limitaciones físicas, sensoriales y psíquicas, con capacidades excepcionales, y a personas que requieran rehabilitación social. Art. 5o. Fines de la Educación. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines: 1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos. 2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad. 3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación. 4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.

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5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber. 6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad. 7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones. 8. La creación y fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el Caribe. 9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país. 10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y la defensa del patrimonio cultural de la Nación. 11. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social. 12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre, y 13. La promoción en la persona y en la sociedad

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de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo. Art.14: En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatorio en los niveles de la educación preescolar, básica y media, cumplir con: a) El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, será materializada en la creación de una asignatura de Urbanidad y Cívica, la cual deberá ser impartida en la educación preescolar, básica y media, de conformidad con el artículo 41 de la Constitución Política. b) El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la práctica de la educación física, la recreación y el deporte formativo, para lo cual el Gobierno promoverá y estimulará su difusión y desarrollo; c) La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los recursos naturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Constitución Política; d) La Educación para la Justicia, la Paz, la Democracia, la Solidaridad, la Confraternidad, la Urbanidad, el Cooperativismo y en general la formación de los valores humanos, y e) La educación sexual, impartida en cada caso de acuerdo con las necesidades psíquicas, físicas y afectivas de los educandos según su edad. PARÁGRAFO 1o. El estudio de estos temas y la formación en tales valores, salvo los numerales a) y b), no exige asignatura específica. Esta formación debe incorporarse al currículo y desarrollarse a través de todo el plan de estudios. PARÁGRAFO 2o. Los programas a que hace referencia el literal b) del presente artículo serán presentados por los establecimientos educativos estatales a las Secretarías de Educación del respectivo municipio o ante el organismo que haga sus veces, para su financiación con cargo a la participación en los ingresos corrientes de la

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Nación, destinados por la ley para tales áreas de inversión social. Art. 21:”Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de primaria. Los cinco (5) primeros grados de la educación básica que constituyen el ciclo de primaria, tendrán como objetivos específicos los siguientes: a) La formación de los valores fundamentales para la convivencia en una sociedad democrática, participativa y pluralista; b) El fomento del deseo de saber, de la iniciativa personal frente al conocimiento y frente a la realidad social, así como del espíritu crítico; c) El desarrollo de las habilidades comunicativas básicas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente en lengua castellana y también en la lengua materna, en el caso de los grupos étnicos con tradición lingüística propia, así como el fomento de la afición por la lectura; d) El desarrollo de la capacidad para apreciar y utilizar la lengua como medio de expresión estética; e) El desarrollo de los conocimientos matemáticos necesarios para manejar y utilizar operaciones simples de cálculo y procedimientos lógicos elementales en diferentes situaciones, así como la capacidad para solucionar problemas que impliquen estos conocimientos; f) La comprensión básica del medio físico, social y cultural en el nivel local, nacional y universal, de acuerdo con el desarrollo intelectual correspondiente a la edad; g) La asimilación de conceptos científicos en las áreas de conocimiento que sean objeto de estudio, de acuerdo con el desarrollo intelectual y la edad; h) La valoración de la higiene y la salud del propio cuerpo y la formación para la protección de la naturaleza y el ambiente; i) El conocimiento y ejercitación del propio cuerpo, mediante la práctica de la educación física, la recreación y los deportes adecuados a su edad y conducentes a un desarrollo físico y

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armónico; j) La formación para la participación y organización infantil y la utilización adecuada del tiempo libre; k) El desarrollo de valores civiles, éticos y morales, de organización social y de convivencia humana; l) La formación artística mediante la expresión corporal, la representación, la música, la plástica y la literatura; m) La adquisición de elementos de conversación y de lectura al menos en una lengua extranjera; n) La iniciación en el conocimiento de la Constitución Política, y ñ) La adquisición de habilidades para desempeñarse con autonomía en la sociedad.” Art. 22:” Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de secundaria. Los cuatro (4) grados subsiguientes de la educación básica que constituyen el ciclo de secundaria, tendrán como objetivos específicos los siguientes: a) El desarrollo de la capacidad para comprender textos y expresar correctamente mensajes complejos, oral y escritos en lengua castellana, así como para entender, mediante un estudio sistemático, los diferentes elementos constitutivos de lengua; b) La valoración y utilización de la lengua castellana como medio de expresión literaria y el estudio de la creación literaria en el país y en el mundo; c) El desarrollo de las capacidades para el razonamiento lógico, mediante el dominio de los sistemas numéricos, geométricos, métricos, lógicos, analíticos, de conjuntos de operaciones y relaciones, así como para su utilización en la interpretación y solución de los problemas de la ciencia, de la tecnología y los de la vida cotidiana; d) El avance en el conocimiento científico de los fenómenos físicos, químicos y biológicos, mediante la comprensión de las leyes, el planteamiento de problemas y la observación experimental;

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e) El desarrollo de actitudes favorables al conocimiento, valoración y conservación de la naturaleza y el ambiente; f) La comprensión de la dimensión práctica de los conocimientos teóricos, así como la dimensión teórica del conocimiento práctico y la capacidad para utilizarla en la solución de problemas; g) La iniciación en los campos más avanzados de la tecnología moderna y el entrenamiento en disciplinas, procesos y técnicas que le permitan el ejercicio de una función socialmente útil; h) El estudio científico de la historia nacional y mundial dirigido a comprender el desarrollo de la sociedad, y el estudio de las ciencias sociales, con miras al análisis de las condiciones actuales de la realidad social; i) El estudio científico del universo, de la tierra, de su estructura física, de su división y organización política, del desarrollo económico de los países y de las diversas manifestaciones culturales de los pueblos; j) La formación en el ejercicio de los deberes y derechos, el conocimiento de la Constitución Política y de las relaciones internacionales; k) La apreciación artística, la comprensión estética la creatividad, la familiarización con los diferentes medios de expresión artística y el conocimiento, valorización y respeto por los bienes artísticos y culturales; l) La comprensión y capacidad de expresarse en una lengua extranjera; m) La valorización de la salud y de los hábitos relacionados con ella; n) La utilización con sentido crítico de los distintos contenidos y formas de información y la búsqueda de nuevos conocimientos con su propio esfuerzo, y ñ) La educación física y la práctica de la recreación y los deportes, la participación y organización juvenil y la utilización adecuada del tiempo libre.”

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Art. 23: Áreas Obligatorias y Fundamentales. Para el logro de los objetivos de la educación básica se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con el currículo y el Proyecto Educativo Institucional. Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del plan de estudios, son los siguientes: 1. Ciencias naturales y educación ambiental. 2. Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia. 3. Educación artística y cultural. 4. Educación ética y en valores humanos. 5. Educación física, recreación y deportes. 6. Educación religiosa. 7. Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros. 8. Matemáticas. 9. Tecnología e informática Art. 57:”Lengua materna. En sus respectivos territorios, la enseñanza de los grupos étnicos con tradición lingüística, propia será bilingüe, tomando como fundamento escolar la lengua materna del respectivo grupo…”

Decreto No. 3870 de 2006 Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el área de idiomas y se establecen las condiciones mínimas de calidad.

Art. 2: “ADOPCIÓN DE LA REFERENCIA INTERNACIONAL: Adoptase el “Marco común europeo de referencia para las lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación” como el sistema de referencia para los procesos de aprendizaje, enseñanza y evaluación adelantados en Colombia. Las instituciones prestadoras del servicio educativo que ofrezcan programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el área de idiomas, deberán referenciar sus programas con los niveles definidos en el referido marco común”.

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Decreto del Presidente de la República Álvaro Uribe Vélez.

Art. 3: “NIVELES DE DOMINIO El Ministerio de Educación Nacional publicará periódicamente la lista de exámenes estandarizados que permiten certificar el nivel de dominio lingüístico.” Art. 4: “CONDICIONES BÁSICAS DE CALIDAD: Para obtener el registro del programa las instituciones prestadoras del servicio educativo deberán demostrar el cumplimiento de las siguientes condiciones básicas de calidad: 1. Denominación del programa: La institución prestadora del servicio educativo deberá especificar la denominación del programa, la cual deberá corresponder al contenido curricular. 2. Descripción de las competencias que el educando debe adquirir una vez finalizado el programa de acuerdo con las contempladas en el Marco común europeo de referencia para las lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación 3. Plan de estudios: Es la fundamentación teórica, práctica y metodológica del programa; los principios y propósitos que orientan la formación, la estructura y organización de los contenidos curriculares. Deberá contener: 3.1. Duración 3.2. Objetivos 3.3. Identificación de los contenidos básicos de formación 3.4. Distribución del tiempo 3.5. Estrategia metodológica 3.6. Número de estudiantes por programa 3.7. Criterios de evaluación de los estudiantes 3.8. Jornada 4. Infraestructura: Comprende las características y ubicación del inmueble donde se desarrollará el programa. La institución deberá tener una planta física adecuada, teniendo en cuenta: el número de estudiantes, las metodologías, las modalidades de formación, las estrategias pedagógicas, las actividades docentes, administrativas y de proyección social. 5. Organización administrativa: Corresponde a las estructuras organizativas, sistemas confiables de información, mecanismos de gestión que permitan ejecutar procesos de

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planeación, administración, evaluación, seguimiento de los currículos y los diferentes servicios y recursos. 6. Recursos específicos para desarrollar el programa: 6.1 Número de aulas previstas 6.2. Laboratorios y equipos 6.3. Recursos bibliográficos 6.4. Ayudas educativas. 6.5. Medios electrónicos 7. Personal docente específico para el desarrollo del programa: Número de docentes, dedicación prevista y niveles de formación 8. Personal administrativo para el desarrollo del programa. 9. Reglamento de estudiantes y docentes 10. Mecanismos de financiación: La institución deberá demostrar la disponibilidad de recursos financieros que garanticen el adecuado funcionamiento del programa y la viabilidad del cumplimiento de las condiciones mínimas de calidad que incluye el sistema de costos educativos y tarifas. Art. 5: “Para ofrecer un programa de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el área de idiomas, se requiere contar con el respectivo registro. El registro es el reconocimiento que mediante acto administrativo hace la Secretaría de Educación de la entidad territorial certificada de las condiciones básicas de calidad para el adecuado funcionamiento de los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el área de idiomas. Corresponde a cada Secretaría incluir en el Sistema de Información de la educación para el trabajo y el desarrollo humano los programas registrados. El registro de los programas tiene una vigencia de cinco (5) años, contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo que lo otorga. Su renovación se debe solicitar ante la respectiva Secretaría de Educación con una antelación de seis (6) meses a su vencimiento, para lo cual deberá cumplir con las condiciones

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básicas de calidad”. Art. 7: “PROGRAMAS OFRECIDOS POR ORGANISMOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL: Los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el área de idiomas que actualmente están desarrollando los Organismos de Cooperación Internacional dentro Continuación del Decreto “Por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano en el área de idiomas y se establecen las condiciones mínimas de calidad del marco de convenios bilaterales de cooperación técnica o cultural, no requerirán registro alguno. El Organismo de Cooperación Internacional deberá informar a la Secretaría de Educación para que se incluyan en el Sistema de Información de la educación para el trabajo y el desarrollo humano.”

Acuerdo 253 de 2006 "Por el cual se Institucionaliza el Programa Bogotá Bilingüe y se dictan otras disposiciones"

Art. 1: Objeto. Institucionalícese el proyecto "Bogotá Bilingüe", de tal forma que la ciudad logre ciudadanos capaces de comunicarse en el idioma inglés con estándares internacionalmente comparables, a fin de contribuir a que Bogotá y el país se inserten en la economía global y en los procesos de comunicación universal y de apertura cultural. Art. 2: Objetivos del Proyecto. Se establecen como objetivos generales los siguientes: a. Lograr una ciudad competitiva y atractiva para el turismo y la inversión internacional. b. Liderar una estrategia concertada entre los sectores público y privado para alcanzar niveles de dominio del idioma inglés en los niveles educativo, empresarial, de comunicaciones y urbano - institucional. c. Garantizar la competencia comunicativa bilingüe de los estudiantes y docentes de la ciudad, en todos sus niveles. Art. 3: Criterios. El proyecto deberá orientarse por los siguientes criterios básicos: a. Equidad: Generar a través de la herramienta

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del idioma inglés, oportunidades para acceder al conocimiento en condiciones de equidad. b. Articulación: La información y conocimiento en un entorno globalizado es una ventaja competitiva; por esta razón el dominio del idioma inglés deberá integrar el desarrollo económico, educativo y social, mediante las estrategias y planes que se realicen para tal efecto. c. Prospección y Visión Estratégica: Diseñar para un horizonte de mediano y largo plazo, y en él se precisarán los planes, programas, proyectos y acciones específicas para su desarrollo. d. Contextualización: El proyecto se desarrollará en concordancia con la Política Nacional de Bilingüismo y se articulará con los proyectos regionales que tengan que ver con ésta, teniendo en cuenta además las tendencias internacionales que surgen del proceso de globalización. e. Territorialización: Brindará criterios para su aplicación incluyendo las áreas urbanas y rurales del Distrito Capital. f. Seguimiento y Evaluación Permanente: Tendrá indicadores y herramientas que permitan evaluar su ejecución, eficiencia e impactos. Art. 4: Sectores Estratégicos. El proyecto "Bogotá Bilingüe" contará con sectores estratégicos o ámbitos de acción que se articularán entre sí para cumplir el propósito del proyecto. *Educativo: En sus distintos niveles y ámbitos, desde preescolar, básica primaria y secundaria hasta educación superior. *Empresarial: Se tendrán en cuenta los sectores turístico y de servicios de alto valor agregado, y diferentes empresas industriales y comerciales para las cuales represente una ventaja competitiva el tener negocios internacionales. *Urbano e Institucional: En la Ciudad - Región, como un espacio de aprendizaje educativo y cultural, se concibe la señalización urbana y rural, el transporte, los museos abiertos, los parques, y demás escenarios públicos como sitios en los cuales se puede realizar un intercambio bilingüe.

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*Medios de Comunicación: Se les convocará para que apoyen todo el proceso con campañas de sensibilización, divulgación y publicidad del proyecto. Art. 5: Líneas de Acción. Para el logro de los objetivos previstos en el presente acuerdo, el Alcalde Mayor conformará un comité interinstitucional y fijará los plazos para su implementación, mediante un plan de acción, y con la participación de entidades distritales, gremios, organizaciones, instituciones educativas reconocidas legalmente y la sociedad civil. Dicho plan se desarrollará a corto, mediano y largo plazo, para el efecto se podrá: a. Establecer acciones conjuntas públicas y privadas que fomenten la práctica y generación de bienes y servicios bilingües, en la gestión e internacionalización del sector productivo de la Capital. b. Promover acuerdos de trabajo conjunto sobre el uso y la utilización de la comunicación bilingüe en espacios urbanos, en servicios públicos y en el sector de comunicaciones. c. Contribuir con iniciativas propias o en alianzas conjuntas que incidan en el entorno bilingüe de Bogotá y su región circundante. d. Desarrollar estudios e investigaciones que fortalezcan el fomento del bilingüismo en la ciudad. e. Brindar la capacitación necesaria a los docentes vinculados a la Secretaría de Educación en idioma inglés, de conformidad con los proyectos que se realicen con fundamento en este programa y modificación, para las exigencias para su vinculación hacia el futuro. f. Estructurar un plan específico de capacitación permanente de los profesores del área de idiomas y demás docentes vinculados a la Secretaría de Educación hasta lograr un ambiente bilingüe. g. Estructurar e implementar un ambiente bilingüe en los colegios de propiedad del Distrito Capital. h. Establecer sistemas que permitan la enseñanza gratuita del inglés para las personas

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de los estratos 1 y 2. PARÁGRAFO 1. Para la implementación de los literales e, f, g y h, la Administración diseñará, elaborará, implementará y desarrollará los proyectos que de acuerdo con los estudios y necesidades requiera para el logro de los objetivos de este programa. PARÁGRAFO 2. La Administración Distrital reglamentará lo relacionado con la organización y funciones del Comité Interinstitucional, así como los mecanismos de convocatoria, selección y designación. Art. 6: Marco de Referencia. Para la realización del proyecto "Bogotá Bilingüe", se adoptará un marco de referencia de reconocimiento internacional sobre el dominio del idioma inglés, a fin de que la ciudad sea competente en el ámbito internacional para formular y desarrollar políticas de gestión del capital humano, conducentes a promover la certificación de competencias bilingües al interior de las empresas e instituciones. Art. 7: Responsables. La ejecución del proyecto "Bogotá Bilingüe" se hará bajo el liderazgo de la Alcaldía Mayor de Bogotá y con el apoyo y participación de las entidades distritales y el sector privado. Art. 8: Promoción de Campañas. La Administración Distrital adelantará de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, campañas publicitarias y pedagógicas en la ciudad, con el fin de que la ciudadanía se haga participe de los programas y proyectos que la Administración adelante en virtud de este acuerdo. Art. 9: Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

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5.1.2. Comunidades indígenas y grupos raizales Cuadro No 2. Normatividad de Comunidades indígenas y grupos raizales. NORMA ARTICULO RELEVANTE CONSTITUCIÓN POLÍTICA COLOMBIANA

Art. 7: El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana. Art. 10: “El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe.”

Ley 115 de 1994 “Por la cual se expide la ley general de educación”

CAPÍTULO III. EDUCACIÓN PARA GRUPOS ÉTNICOS Art. 55: Definición de etnoeducación. Se entiende por educación para grupos étnicos la que se ofrece a grupos o comunidades que integran la nacionalidad y que poseen una cultura, una lengua, unas tradiciones y unos fueros propios y autóctonos. Esta educación debe estar ligada al ambiente, al proceso productivo, al proceso social y cultural, con el debido respeto de sus creencias y tradiciones. PARÁGRAFO. En funcionamiento las entidades territoriales indígenas se asimilarán a los municipios para efectos de la prestación del servicio público educativo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 60 de 1993 y de conformidad con lo que disponga la ley de ordenamiento territorial. Art. 56: Principios y fines. La educación en los grupos étnicos estará orientada por los principios y fines generales de la educación establecidos en la presente ley y tendrá en cuenta además los

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criterios de integralidad, interculturalidad, diversidad lingüística, participación comunitaria, flexibilidad y progresividad. Tendrá como finalidad afianzar los procesos de identidad, conocimiento, socialización, protección y uso adecuado de la naturaleza, sistemas y prácticas comunitarias de organización, uso de las lenguas vernáculas, formación docente e investigación en todos los ámbitos de la cultura. Art. 57: Lengua Materna. En sus respectivos territorios, la enseñanza de los grupos étnicos con tradición lingüística, propia será bilingüe, tomando como fundamento escolar la lengua materna del respectivo grupo, sin detrimento de lo dispuesto en el literal c) del artículo 21 de la presente ley. Art. 58: Formación de Educadores para Grupos Étnicos. El Estado promoverá y fomentará la formación de educadores en el dominio de las culturas y lenguas de los grupos étnicos, así como programas sociales de difusión de las mismas. Art. 59: Asesorías Especializadas. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Educación Nacional y en concertación con los grupos étnicos prestará asesoría especializada en el desarrollo curricular, en la elaboración de textos y materiales educativos y en la ejecución de programas de investigación y capacitación etnolingüística. Art. 60: Intervención de Organismos Internacionales. No podrá haber injerencia de organismos internacionales, públicos o privados en la educación de los grupos étnicos, sin la aprobación del Ministerio de Educación Nacional y sin el consentimiento de las comunidades interesadas. Art. 61: Organizaciones Educativas Existentes. Las organizaciones de los grupos étnicos que al momento de entrar en vigencia esta Ley se

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encuentren desarrollando programas o proyectos educativos, podrán continuar dicha labor directamente o mediante convenio con el gobierno respectivo, en todo caso ajustados a los planes educativos regionales y locales. Art. 62: Selección de Educadores. Las autoridades competentes, en concertación con los grupos étnicos, seleccionarán a los educadores que laboren en sus territorios, preferiblemente, entre los miembros de las comunidades en ellas radicados. Dichos educadores deberán acreditar formación en etnoeducación, poseer conocimientos básicos del respectivo grupo étnico, en especial de su lengua materna, además del castellano. La vinculación, administración y formación de docentes para los grupos étnicos se efectuará de conformidad con el estatuto docente y con las normas especiales vigentes aplicables a tales grupos. El Ministerio de Educación Nacional, conjuntamente con las entidades territoriales y en concertación con las autoridades y organizaciones de los grupos étnicos establecerá programas especiales para la formación y profesionalización de etnoeducadores o adecuará los ya existentes, para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta ley y en la Ley 60 de 1993. Art. 63: Celebración de Contratos. Cuando fuere necesaria la celebración de contratos para la prestación del servicio educativo para las comunidades de los grupos étnicos, dichos contratos se ajustarán a los procesos, principios y fines de la etnoeducación y su ejecución se hará en concertación con las autoridades de las entidades territoriales indígenas y de los grupos étnicos.

Ley 47 de 1993 Por la cual se dictan normas especiales para la

Art. 43 “EDUCACION. La enseñanza que se imparta en el territorio del Departamento Archipiélago deberá ser bilingüe, castellano e

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organización y el funcionamiento del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

inglés con respeto hacia las tradicionales expresiones lingüísticas de los nativos del Archipiélago.”

Decreto No 804 de 1995 Presidencial

Art. 1: La educación para grupos étnicos hace parte del servicio público educativo y se sustenta en un compromiso de elaboración colectiva, donde los distintos miembros de la comunidad en general, intercambian saberes y vivencias con miras a mantener, recrear y desarrollar un proyecto global de vida de acuerdo con su cultura, su lengua, sus tradiciones y sus fueros propios y autóctonos. Art.3: En las entidades territoriales donde existan asentamientos de comunidades indígenas, negras y/o raizales, se deberá incluir en los respectivos planes de desarrollo educativo, propuestas de etnoeducación para atender esta población, teniendo en cuenta la distribución de competencias prevista en la Ley 60 de 1993.

5.2. Jurisprudencia Cuadro No 3. Jurisprudencia. SENTENCIA TEMA C-053/99 Magistrado Ponente: Dr. EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ

RAIZALES-Protección cultural/ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES-Educación bilingüe/LENGUA OFICIAL Demanda al artículo 43 de la Ley 47 de 1993 Artículo 43.” Educación. La enseñanza que se imparta en el territorio del Departamento Archipiélago, deberá ser bilingüe, castellano e inglés, con respeto hacia las tradicionales expresiones lingüísticas de los nativos del

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Archipiélago. Parágrafo. El Ministerio de Educación Nacional, en coordinación con la Secretaría de Educación Departamental, ejecutará las acciones necesarias para la implementación del sistema educativo bilingüe y dispondrá lo necesario para que el personal docente del Archipiélago, maneje gradualmente los dos idiomas”. Al considerar los argumentos que justifican la declaración de exequiblidad del artículo 42 de la Ley 47 de 1993 (que le otorga carácter oficial, además del castellano, al inglés hablado en el archipiélago) y las razones expuestas en la sentencia C-530 de 1993. El artículo 43 de la Ley 47 de 1993 - que establece que la educación en la isla será bilingüe (castellano e inglés) -, tiene relación con lo dispuesto en el artículo 42. En efecto, si bien el texto del artículo 42 se limita a otorgar la calidad de lengua oficial a determinado idioma, el contenido normativo de la disposición es más amplio, ya que a la consagración de una determinada lengua oficial, lógicamente se sigue la exigencia de que la educación se imparta en esa lengua, como quiera que esta es la única manera de garantizar que ella se conserve como instrumento comunicativo y, además, se proteja la identidad cultural de quienes la utilicen. Conocimiento de ambas lenguas oficiales

• El parágrafo del artículo acusado establece que el Ministerio de Educación, en coordinación con la Secretaría de Educación del Departamento, adoptará las medidas para lograr que, de manera progresiva, los educadores de la isla dominen ambos idiomas.

• La educación es, sin lugar a dudas, el principal medio institucionalizado para reproducir la cultura de un grupo humano. La Carta ha reconocido esta función de la educación, al disponer que es un "servicio público que tiene una función social: con ella

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se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura" (C.P. art. 67). Este reconocimiento resulta concordante con lo dispuesto en el artículo 10 de la Constitución que, al regular lo relativo a las lenguas oficiales, garantiza que la educación que se "imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será bilingüe".

• La generación de un marco democrático y de un ambiente de libre competencia y convivencia de las ideas, exige un profundo respeto por las manifestaciones lingüísticas de cada comunidad. En esta tarea, el educador juega un papel preponderante. El conocimiento de la lengua nativa oficial es muestra de debida consideración y respeto hacia dicha comunidad, factor decisivo para generar una cultura de paz en Colombia.

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6. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS

6.1. DEFINICIONES GENERALES

Para desarrollar los antecedentes legislativos, se elaboró los siguientes conceptos básicos, con el fin de ofrecer una mejor perspectiva sobre el tema.

6.1.1. La diversidad lingüística y el prurilingüismo.

Las diferentes lenguas existentes en el globo terráqueo son componentes primordiales de la cultura, al igual que los instrumentos y medios de comunicación son un factor esencial en la formación de la identidad del individuo y del grupo al que pertenece. A través de la lengua, los individuos forjan, comprenden y expresan sus emociones, intenciones, valores, opiniones y prácticas. La diversidad lingüística es un elemento esencial de la diversidad cultural que paralelamente con el plurilingüismo, participan en el desarrollo sostenible, la cohesión social y la paz, las lenguas tienen también una importancia estratégica para hacer frente a los grandes retos de la humanidad. La UNESCO expresa que más del 50% de las 6.000 lenguas identificadas en el mundo se encuentran amenazadas de desaparición; el 96% del total, sólo son habladas por el 4% de la población, y menos de una cuarta parte se utilizan en la educación y el ciberespacio. La mitad de las 6.000 lenguas se hablan en sólo ocho países: Papua Nueva Guinea (832), Indonesia (731), Nigeria (515), India (400), México (295), Camerún (286), Australia (268) y Brasil (234). Son grupos indígenas los que hablan la gran mayoría de las lenguas del mundo (90% de las cuales no están representadas en Internet). Cada dos semanas, por término medio, desaparece una lengua. En 1993 la UNESCO inicio un proyecto llamado “Libro Rojo de las Lenguas en Peligro de Desaparición”, con el fin de recolectar información actualizada sobre las lenguas en peligro, de fomentar los estudios sobre estas lenguas y publicar sus resultados. La Organización ha venido publicando y actualizando el Atlas de las Lenguas del Mundo en Peligro de Desaparición desde 1996 hasta 2001. A partir de 1999 la UNESCO viene celebrando en su sede de París, el 21 de febrero como Día Internacional de la Lengua Materna, con el propósito de sensibilizar al público sobre esta problemática.

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La UNESCO ha establecido un convenio de asociación con Discovery Communications Inc. para producir una serie de “minifilmes” sobre las diversas lenguas amenazadas en todo el mundo. Por medio de las actividades nombradas, la Organización se esfuerza por integrar los resultados de la investigación lingüística en las prácticas nacionales y locales de educación mediante las adecuadas políticas lingüísticas. 6.1.2. Etnoeducación y Lenguas Nativas A partir de la Constitución Política de 1991 se abre un camino hacia la educación formal dirigida a las comunidades indígenas en reconocimiento de una Colombia plurilingüe y multicultural. La ley general de educación, número 115 de 1994, transforma el servició de la educación que se presta a los pueblos indígenas con el fin de fortalecer la cultura indígena en el sistema educativo; ley reglamentada por el decreto 804 de 1995 donde se estable la educación para los grupos étnicos. En el desarrollo de los planes nacionales de educación, desde la expedición del decreto anteriormente nombra, a pretendido permitir a los pueblos indígenas, formular y desarrollar propuestas pedagógicas teniendo las características propias de cada pueblo. Etnoeducación El Programa Nacional de Etnoeducación en Comunidades Indígenas que fue consecuencia de la ley 115, desarrolló el Proyecto de la Calidad de la Educación en Comunidades Indígenas contiene cinco componentes:

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Cuadro No 4. Componentes de la Etnoeducación

FORMACIÓN CAPACITACIÓN INVESTICAGCIÓN

PROYECTOS ETNOEDUCATIVOS COMUNITARIOS DISEÑOS CURRICULARES

DISEÑO, ELABORAZIÓN Y PRODUCCIÓN DE MATERIAL EDUCATIVO

ASESORÍA, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

Nivelación Profesionalización Actualización

Lingüística aplicada Antropología Pedagogía Otros campos afines

Primaria, Secundaría, Programas de formación-capacitación

Lengua materna Español

Programas Proyectos

Fuente: Los pueblos indígenas de Colombia en el umbral del nuevo milenio. Raúl Arango Ochoa – Enrique Sánchez Gutiérrez, Departamento Nacional de Planeación. 2004 Las metas específicas establecidas en el proyecto, son las siguientes:

• Formar Maestros líderes de las comunidades indígenas, con programas diseñados en procesos de reflexión y participación de las mismas comunidades.

• Formular las propuestas educativas para la educación formal, no formal e

informal de las comunidades indígenas, con base en los proyectos de vida de cada pueblo.

• Producir material educativo que parta de las necesidades y realidades de

los pueblos indígenas, contando en su diseño y en su elaboración con el aporte de las mismas comunidades.

• Realizar investigaciones que enriquezcan el conocimiento de la realidad

educativa y cultural de los pueblos indígenas, enmarcados en los procesos de formación y propiciando la participación de las comunidades en ellas.

• Promover en los pueblos indígenas procesos de reflexión y evaluación que

los lleven a la valoración y al mejoramiento de su educación.

• Brindar asesoría a los procesos de educación en los pueblos indígenas, acompañando el seguimiento de los mismos.

• Difundir información y conocimiento sobre los pueblos indígenas

colombianos en el ámbito nacional e internacional, a través de materiales diseñados para tal fin.

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A continuación se presentan las metas con su nivel de ejecución hasta 2001: Cuadro No 5. Metas y ejecución de etnoeducación hasta 2001 METAS ACCIONES BENEFICIARIOS Formación docente Formar maestros de los pueblos indígenas en procesos que les permitan la reflexión pedagógica y la participación real de sus comunidades.

Treinta procesos de profesionalización en treinta departamentos. Cinco procesos de licenciatura en cinco departamentos. Un proceso de maestría cultural bilingüe convenio Programa de educación intercultural bilingüe de los Andes (Proeib).

Cuatro mil etnoeducadores de cuarenta pueblos indígenas. Ciento ochenta y nueve etnoeducadores en trece pueblos indígenas.

Investigación Formular las propuestas educativas para la educación formal, no formal e informal, de los pueblos indígenas con base en los proyectos de vida.

Apoyo a la elaboración de diez currículos en fase inicial y final. Selección y premiación de Proyectos Etnoeducativos indígenas más significativos en dieciocho departamentos. A poyo a la realización de autodiagnóstico etnoeducativo. Formulación de la política de dinamización y protección de lenguas indígenas, realización de dos talleres.

Ocho departamentos con doce pueblos indígenas. Veinte PEC (Programa de Educación Continuada) de quince pueblos indígenas. Muestra piloto con cinco pueblos en siete departamentos. Los pueblos indígenas existentes en Colombia.

Producción de material pedagógico Apoyar la elaboración de material pedagógico diseñados por la comunidad educativa indígena.

Elaboración y publicación de nueve módulos “Serie Escuela y Amazonía” Publicación Guía para docentes indígenas del Putumayo. Otros en procesos regionales. En el orden nacional se han publicado diversos materiales informativos, normativos y audiovisuales trasmitidos por señal Colombia.

Pueblos indígenas de la Amazonía Colombiana. Diez pueblos indígenas del Putumayo.

Asesoría y seguimiento Prestar asistencia técnica en la implementación del programa de Etnoeducación en las entidades territoriales.

Asesora técnico-pedagógica en treinta departamentos.

Cuarenta pueblos culturalmente diferentes.

Fuente: Los pueblos indígenas de Colombia en el umbral del nuevo milenio. Raúl Arango Ochoa – Enrique Sánchez Gutiérrez, Departamento Nacional de Planeación. 2004

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Según Raúl Arango Ochoa y Enrique Sánchez Gutiérrez, existen problemas de fondo en la etnoeducación ya que es complicado responder a los retos que plantea el fortalecimiento cultural, la educación de las personas para enfrentar las necesidades y demandas espirituales, sociales y productivas de su grupo, y la transformación profesional, ya que se presentan tensiones y contradicciones entre la educación escolar y el ejercicio de la propia cultura. El cambio cultural ha permitido a los grupos indígenas una mayor integración social que trae como consecuencia la expansión al mercado, que muchas veces desafortunadamente tiene que ver con los cultivos ilícitos, lo cual ha contribuido a la ruptura , en algunos pueblos , de los lazos generacionales tradicionales. También se presenta analfabetismo en la lengua nativa, casi todos los indígenas son hablantes del español, especialmente en la zona andina, un reflejo de ésta situación es el caso de Guambía, para 1994, el 80,4% de la población indígena leía el español, el 80,2% la escribía, mientras que de 6.786 personas guambianas, el 60,8% de los hombres leían su propia lengua y el 59,8% la escribían, en cuanto a las mujeres solo el 39,2% podían leerlo. Lenguas Nativas El castellano, como lo señala la Constitución Política de 199 en su artículo No10, es el idioma oficial de Colombia, pero las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. Colombia posee una configuración multicultural y multilingüística, que posee actualmente 64 lenguas amerindias pertenecientes a diferentes familias éticas y dos lenguas criollas pertenecientes a grupos afroamericanos, pero desde el punto de vista demográfico, sólo el 2% aproximadamente hacen uso de estas lenguas. Estas lenguas son habladas por 81 grupos étnicos, que habitan en 27 de las 32 divisiones político administrativas de país, según datos del Departamento Nacional de Planeación recopilados en el año de 1997. 6.1.3. Situación de la enseñanza de idiomas en Colombia (Inglés) El nivel de conocimiento de los estudiantes en el área de Ingles se identifica a partir de las estadísticas emitidas por el ICFES (Instituto Colombiano para el fomento de la Educación Superior), entidad encargada de observar el nivel de conocimiento de los estudiantes en las diferentes áreas académicas.

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Gráfica No 1. Promedio de Prueba de Inglés en Egresados 2002-2007

PPOMEDIO PRUEBA DE INGLESEGRESADO

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2002-1 2002-2 2003-1 2003-2 2004-1 2004-2 2005-1 2005-2 2006-1 2006-2 2007-1 2007-2

Año-Periodo

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No.

de

Eval

uado

s

Promedio Evaluado Egresado Fuente: Unidad Coordinadora de Asistencia Técnica Legislativa, con base en las estadísticas emitidas por el ICFES.

En la anterior gráfica se observa cual ha sido el promedio de conocimiento del idioma en cada año y cada período, según la cantidad de evaluados (egresados) por el ICFES. El nivel de conocimiento en el idioma ha variado del 39,3 % al 45,5 %. De igual forma se observa que el nivel de conocimientos de los egresados, evaluado no supera el 50%. En el primer período de 2002, el porcentaje es de 40,9 y aumenta para el segundo período a 41,7 %; para 2003 aumenta el nivel de conocimiento en el primer período pero en el segundo disminuye. En 2004, se observa como el porcentaje va disminuyendo en los dos períodos, hasta llegar al 39,3%; Ya en 2005, el nivel aumenta a 43,7% y se mantiene constante hasta el segundo período de 2006. El año de 2007 presenta los niveles más altos del intervalo analizado, en el primer período con el 44,4 % y el segundo con el 45,5 %.

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Gráfica No 2. Promedio de Prueba de Inglés en Estudiantes 2002-2007

PROMEDIO PUEBA INGRESESTUDIANTE

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2002-1 2002-2 2003-1 2003-2 2004-1 2004-2 2005-1 2005-2 2006-1 2006-2 2007-1 2007-2

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de E

valu

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Promedio Evaluado Estudiante

Fuente: Unidad Coordinadora de Asistencia Técnica Legislativa, con base en las estadísticas emitidas por el ICFES.

El nivel de conocimiento en el idioma, en cuanto a los estudiantes ha variado de un 39,2 % a 44,1 %. El nivel de conocimiento evaluado por el ICFES en los estudiantes al igual que los egresados, no supera el 50% de conocimiento.

En el primer período de 2002, el porcentaje es de 41,4 y aumenta para el segundo período a 42,1 %; para 2003 disminuye el nivel de conocimiento en el primer período y en el segundo continua disminuyendo. En 2004, el porcentaje continua descendiendo en los dos períodos, hasta llegar al 39,2%; Ya en 2005, el nivel aumenta a 44,1% en el primer período, pero en el segundo período disminuye al 43, 4% y se mantiene en unible porcentual semejante, hasta 2007.

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Gráfica No 3. Comparación de los promedios de egresado y estudiante. 2002-2007

COMPARACIÓN PROMEDIO EGRESADO-ESTUDIANTE

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2002-1 2002-2 2003-1 2003-2 2004-1 2004-2 2005-1 2005-2 2006-1 2006-2 2007-1 2007-2

Año - Periodo

Prom

edio

Promedio Egresado Promedio Estudiante Fuente: Unidad Coordinadora de Asistencia Técnica Legislativa, con base en las estadísticas emitidas por el ICFES.

La línea azul es el nivel de desempeño de los egresados y el rosado, el de los estudiantes. En ésta gráfica se puede observar que el nivel de desempeño ha sido similar.

6.1.4. El bilingüismo y la Educación bilingüe El bilingüismo tiene diferentes connotaciones, ya que, depende de variables que se interconectan a nivel geográfico, histórico, lingüístico, sociológico, político, psicológico, y pedagógico (situación geográfica e histórica de la comunidad lingüística, políticas aplicadas, identidad cultural de sus miembros, modelos de enseñanza, nivel de competencia, necesidades educativas, etc.), y de la discrepancia del concepto entre diferentes autores.

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Para Bloomfield “el hablante bilingüe es aquel que tiene un control nativo de dos o más lenguas”, para otros autores el término tiene otra relación, Romaine dice que “el bilingüismo no es un fenómeno unitario y que depende de una variedad de factores sociales que se tienen que tomar en cuenta para estimar las habilidades de los hablantes bilingües”, Noam Chomsky (1965) lo define como una teoría que se ocupa de "un hablante u oyente ideal, en una comunidad lingüística homogénea, que conoce su lengua a la perfección, Macnamara: considera que “la persona bilingüe es aquella que sea capaz de desarrollar alguna competencia (hablar, leer, entender, escribir) de una segunda lengua”, y según Mackey define al “individuo bilingüe como aquel que además de su propia lengua, posee una competencia semejante en otra lengua y es capaz de usar una u otra en cualquier situación comunicativa y con eficacia comunicativa” 6.1.4.1. Autonomía de los códigos La autonomía de los códigos se refiere a la independencia que utilice un hablante bilingüe al poseer dos códigos en una situación comunicativa, “cuando utiliza la lengua A sólo emite sonidos, produce palabras y construye frases según reglas pertenecientes a esta lengua sin que antes de emitir cada sonido, producir cada palabra, o, construir cada frase, tenga que elegir entre las posibilidades que le ofrece las dos lenguas, sino que espontáneamente sólo tiene presentes las del sistema que está utilizando”3 Es necesario aclarar que la separación de las dos lenguas o autonomía de los códigos no es absoluta, ya que al momento de comunicarse, el individuo en una lengua utiliza los códigos de ésta, pero introduce elementos de la lengua B y viceversa. 6.1.4.2. Alternancia de los códigos La alternancia de los códigos, es el paso de un código al otro, que se produce rápidamente y sin esfuerzo. 3 ETXABARRIA MAITENA. El Bilingüismo en ele Estado Español. Bilbao: F.B.V. 1995 Página 17

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6.1.4.3. Lengua Materna y Segunda Lengua La lengua Materna es aquella primera lengua adquirida por el hablante y comprendida, es generalmente la legua perteneciente al entorno familiar. La segunda lengua, es distinta a la Lengua extranjera, se adquiere cronológicamente, después de la lengua Materna, pero ésta también puede ser la lengua utilizada en la comunidad. 6.1.4.4. Lengua Marcada y Lengua no Marcada. La Lengua Marcada es la que no es la lengua de instrucción, si no existiera la educación bilingüe y la Lengua no Marcada, es la que siempre sería la lengua de la educación. 6.1.4.5. Traducción “El rasgo más importante del bilingüismo porque un individuo no solo posee dos códigos independientes y alterna su uso en función del receptor y de la situación comunicativa, sino que, además, es capaz de expresar los mismos contenidos significativos en los dos sistemas lingüísticos, es la capacidad de expresar contenidos de un idioma a otro con un significado idéntico”. 4 6.1.4.6. Educación Bilingüe La Educación bilingüe es “Todo sistema de enseñanza en el cual, en un momento variable, simultáneamente, o consecutivamente, la instrucción es dada, en al menos dos lengua y una de ellas es normalmente, la primera lengua del alumno” (Hamers y Blanc) Se entiende por educación bilingüe a todo sistema de enseñaza que desarrolle habilidades para expresar autónoma y críticamente conocimientos en dos o varios idiomas. Su enfoque pedagógico y la adopción de un programa de aprendizaje bilingüe responden consideraciones: cognitivas, metacognitivas, lingüísticas y culturales. 4 Ibid Página 18

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Para Fishman Y Lovas, la educación bilingüe es definida, bajo tres variables:

1. Intensidad, donde se establecen cuatro tipos de bilingües.

• Bilingüismo de Transición: La lengua materna es empleada para facilitar el paso a la lengua de la enseñanza no marcada (perspectiva a simuladora).

• Bilingüismo Asimétrico: Se utilizan las dos lenguas, pero el

estudiante sólo aprende a leer y a escribir en una sola lengua, la de la escuela.

• Bilingüismo Complementario: Se utilizan las dos lenguas para lo oral

y lo escrito y ambas lenguas comparten las materias del programa de la siguiente manera; la lengua materna se utiliza para los dominios “culturales” (historia, folcklore, etc.) y la segunda lengua es utilizada para las ciencias, las técnicas y el comercio.

• Bilingüismo Total: Los estudiantes desarrollan todas sus habilidades

(escribir, hablar, escuchar y leer) en las dos lenguas y para los todos los dominios de estudio.

2. Finalidades que se propone la educación bilingüe.

• Programas de compensación para lograr una alternancia entre la lengua del hogar y la de la escuela, o entre la lengua dominante y la dominada. El objetivo de éste programa es permitir al estudiante escolarizarse en la lengua que le sea más familiar y motivadora para lograr mayores progresos en la lengua mayoritaria y en la enseñanza de ésta lengua; produciendo un tipo de educación bilingüe transitoria y completamente asimiladora.

• Programas de enriquecimiento lingüístico, le cual se dirige a los

estudiantes de la mayoría lingüística para que tengan una educación bilingüe y aditiva.

• Programas de mantenimiento, en éste se trata de preservar la lengua

y la cultura de los estudiantes de los grupos minoritarios,

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brindándoles la posibilidad de participar en las actividades de los grupos dominantes.

3. El status, distingue cuatro dicotomías: a) Lengua de importancia primaria

frente a lengua de importancia secundaria, en la enseñanza bilingüe; b) Lengua del hogar frente a lengua de la escuela; c) Lengua mayor frente a lengua menor, en el mundo y d) Lengua institucionalizada frente a lengua no institucionalizada, en la comunidad, fuera de la escuela. Al combinar estas dicotomías, unas pueden lograr un éxito más seguro en la educación bilingüe.

6.1.4.7. Factores y componentes de la educación bilingüe. Los factores y componentes de la educación bilingüe, se distingue en tres aspectos:

1. Factores Socio – Históricos. El aprendizaje de una segunda lengua se puede surgir por diferentes motivos socio históricos, por ejemplo, los países antiguamente colonizados, que se han independizado, la mayor parte de ellos son multilingües y presentan graves problemas de desarrollo; el desarrollo económico hace necesario el conocimiento de una lengua de gran comunicación, lo cual explica la continuación en el uso de la lengua del país colonizador, lenguas que pasan a ser oficiales. Los movimientos poblacionales, tanto internos (dentro de una nación) como externos, también son una causa de este tipo de aprendizaje, ya que provocan situaciones de contacto de lenguas y educación bilingüe. Otro factor socio-histórico es la creciente conciencia étnica de los diferentes grupos étnicos, que se han movilizado en torno al símbolo de la lengua, logrando cambios legales para la protección de su lengua nativa (la enseñanza de ésta como primera lengua) y la enseñanza de una segunda lengua, la cual permite el espacio para las actividades económicas entre otras.

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La democratización de la enseñanza en el mundo ha permitido poner en práctica la educación bilingüe, consecuencia del desarrollo económico y la generalización del uso de los grandes medios de comunicación.

2. Factores Socio – Estructurales. Según Schermerhon, cuando dos grupos étnicos que poseen una historia cultural y lingüística diferente, instauran contacto permanente, cualquiera de los dos intentará dominar al otro. La relación más importante en la integración de dos culturas, es la de fuerza, donde se puede establecer las siguientes circunstancias: A la fuerza un grupo domina al otro, lo que conlleva al abandono de la

historia cultural y lingüística de uno y la adopción de los lineamientos del grupo dominante.

Se da una relación de tolerancia, donde el grupo el grupo dominante,

permite al grupo dominado, conservar sus costumbres y hasta su lengua.

La minoría o le grupo dominado, elige separarse del resto, logrando una independencia para conservar su cultura y su lengua.

El grupo dominado intenta tomar el control del grupo dominante y

dominarlo.

El grupo dominante puede imponer la segregación del grupo dominado.

Es relevante indicar, que un grupo dominado puede estar dispuesto a sacrificar su cultura y lengua con el fin de conseguir ventajas económicos os sociales. 3. Factores Socio-Psicológicos.

En los factores socio-psicológicos se identifican seis casos típicos:

El comienzo de la adquisición de las dos lenguas es, más o menos, simultaneo (la lengua materna y la segunda lengua se adquieren casi a la vez), o consecutivo (la lengua materna precede a la segunda lengua).

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Las funciones son desarrolladas en su totalidad, o en parte solamente, en las dos lenguas, o en una sola lengua.

Las dos lenguas son valoradas, o solo una, para todas las funciones, o para

una parte de éstas, la combinación de estos factores genera las siguientes consecuencias: a) El nivel común a las dos lenguas, será más o menos desarrollado; b) El bilingüismo será “equilibrado” o “dominante”; El bilingüismo tendrá un efecto “aditivo” “sustractivo”, o “neutro”, sobre el desarrollo general del bilingüe.

A continuación se presenta una ampliación de cada caso, nombrado anteriormente: Caso 1: Bilingüismo equilibrado. En la infancia, se adquiere de manera precoz, las dos lenguas porque las dos tienen el mismo valor, las cuales son utilizadas y desarrolladas para todo tipo de funciones, permitiendo efectos positivos en el desarrollo del niño. Caso 2: Bilingüismo más o menos equilibrado. Las dos lenguas se adquieren de manera simultánea, pero su valoración es mediana, las lenguas son utilizadas de una forma parcial en las funciones, generando poco efecto en el desarrollo del niño. Caso 3: Bilingüismo dominante en una lengua. Las dos lenguas se adquieren de una forma simultánea, pero una de las dos se desarrolla menos y tiene una valoración inferior. El niño, es entonces, bilingüe dominante en una sola lengua. Caso 4: Bilingüismo equilibrado. Las dos lenguas son adquiridas para todas las funciones y tiene un valor equilibrado, entre la familia y la sociedad.

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Caso 5: El niño ha desarrollado sólo una parte las funciones en la lengua materna, la cual ha sido desvalorizada en su entorno, al individuo se le hace necesario adquirir otras funciones, como las académico-cognitivas, en la segunda lengua, que está más valorada que la materna. Este caso se divide en tres aspectos:

Si el niño valora suficientemente la lengua materna, podrá continuar utilizando su primera lengua para funciones antiguas, y trasladar las funciones nuevas a la segunda lengua.

La lengua materna está fuertemente desvalorizada por la sociedad, la

familia y por el niño, por tanto no ha desarrollado funciones cognitivas en ésta lengua. Cuando se intenta adquirir la segunda lengua sin valorar la lengua materna, la tarea es muy complicada y en el peor de los casos, el niño no podrá desarrollar plenamente ninguna de lenguas para nuevas funciones, lo que es conocido como “semibilingüismo”.

Si la lengua materna no es valorada suficientemente, el niño pon podrá

transferir a su lengua materna las nuevas funciones adquiridas en la segunda lengua y éste niño será un bilingüe dominante en su segunda lengua.

Caso 6: La lengua materna es adquirida con anterioridad a la segunda lengua, las cuales son utilizada para todas las funciones y valoradas equitativamente. 6.1.4.8. Escuelas bilingües internacionales. En el mundo existen diferentes escuelas que utilizan metodologías ligeramente diferentes; por ejemplo el Liceo binacional J.F. Kennedy en Berlín que utiliza el régimen de enseñanza “libre alternancia”, donde se pone en práctica la enseñanza anglosajona. Los métodos que utilizan los profesores son los siguientes:

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• La mitad de una lección, se da en una lengua y la otra mitad en la otra. • La misma lección es dada en las dos lenguas, primero en una y luego se

repite en otra.

• La enseñanza se hace en una lengua y el resumen de ésta, en la otra.

• La alternancia de códigos es constante.

• Los intercambios entre profesores y alumnos puedan tener lugar en una u otra lengua, el profesor juzga cual es la lengua dominante.

Existen dos tipos de críticas a ésta forma de enseñanza, Mackey apoya la libre alternancia porque proporciona resultados positivos en el plano lingüístico y académico; pero Mancalugilin acusa a la escuela de no examinar adecuadamente el rendimiento de los alumnos, lo cual le implicaría admitir la ineficiencia de sus metodologías, pero este autor no presenta pruebas de sus acusaciones. 6.1.4.9. Inmersión La experiencia más documentada en cuanto a educación bilingüe, es el de inmersión, la cual posee diferentes tipos:

1. Inmersión Precoz Total

La educación bilingüe comienza desde la enseñanza en el jardín de infancia, la lengua materna se impone como la lengua de comunicación y la segunda lengua se enseña después de los 3 años, a razón de dos clases de 35 minutos por día. Después de introducir la segunda lengua, la siguiente etapa es dictar en las dos lenguas diferentes materias del programa educativo. Finalmente se produce una consolidación, donde el estudiante puede elegir cierto número materias en la legua materna.

2. Inmersión Precoz Parcial

Desde la enseñanza en el jardín de infancia, las dos lenguas son utilizadas como instrumentos de enseñanza, el uso de estas varía según los programas.

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3. Inmersión Tardía

Ésta inmersión se da en la secundaría, donde se pretende desarrollar aptitudes en la segunda lengua, dando paso a un bilingüismo funcional; también se pretende realizar una sensibilización hacia la cultura de la segunda lengua y de comprensión hacia los miembros de la comunidad. 6.1.5. Estándares básicos de competencias en lenguas extranjeras (inglés) en Colombia -Ministerio de Educación-. El Ministerio d e Educación Colombiano, en referencia a los estándares básicos de competencias en lenguas extranjeras, plantea el bilingüismo como los diferentes grados de dominio de un individuo al comunicarse en más de una lengua y una cultura. Los grados de dominio dependen del contexto en el cual se desenvuelve cada persona. Según el uso que se haga de otras lenguas distintas a la materna, éstas adquieren el carácter de segunda lengua o de lengua extranjera. La segunda lengua es aquella que se hace necesaria por las actividades comerciales, sociales y educativas o la que se requiere para la comunicación entre los ciudadanos de un país. La lengua extranjera es aquella que no se habla en el contexto inmediato ya que las condiciones de la cotidianidad no requieren un uso permanente para la comunicación. Los estudiantes aprendices de una lengua extranjera, pueden alcanzar altos niveles de desempeño para ser comunicadores eficientes cuando así lo requieran, adquiriéndola y aprendiéndola en el aula, a pesar de no ser usada en circunstancias diferentes a las académicas. En el contexto colombiano, el inglés tiene carácter de lengua extranjera. Dada su importancia como lengua universal, el Ministerio de Educación ha establecido dentro de su política mejorar la calidad de la enseñanza del inglés, permitiendo mejores niveles de desempeño en este idioma.

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Razones para aprender inglés: • Es la lengua internacional más difundida y es un instrumento de comunicación estratégico en diversas áreas del desarrollo humano. • Estimula al estudiante a abrir su mente, a aceptar y comprender nuevas culturas y a promover el intercambio entre diferentes sociedades. • Permite el acceso a becas y pasantías fuera del país. Es muy importante que los jóvenes colombianos puedan aprovechar, en igualdad de condiciones, las oportunidades educativas que se ofrecen en el exterior y que requieren niveles de desempeño específicos en inglés. • Ofrece mayores y mejores oportunidades laborales. • Facilita el intercambio de conocimientos y experiencias con otros países cuya lengua oficial es diferente al inglés, porque permite la comunicación a través de un idioma común y difundido. El Ministerio de Educación adopto el “Marco común europeo de referencia para lenguas: aprendizaje, enseñanza y evaluación”, documento elaborado por el Consejo de Europa, en el cual se describe la escala de niveles de desempeño paulatinos que va logrando el estudiante de una lengua, ya que fue necesaria la adopción de un lenguaje común que estableciera las metas de nivel de desempeño en el idioma a través de las diferentes etapas del proceso educativo. La siguiente tabla presenta cómo el Ministerio de Educación ha adoptado dichos niveles como metas puntuales para las diferentes poblaciones del sistema educativo.

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Cuadro No 6. Niveles según el Marco Común Europeo en Colombia.

Fuente: SERIE GUÍAS Nº 22 Estándares Básicos de Competencias en Lenguas Extranjeras: Inglés. Ministerio de Educación Nacional República de Colombia, 2006

6.1.5.1. Valor agregado en el aprendizaje de una lengua extranjera Cuadro No 7. Valor agregado en el Desarrollo Personal

VALOR AGREGADO DESARROLLO PERSONAL

• Disminuye el etnocentrismo y permite a los individuos apreciar y respetar el valor de su propio mundo, lo mismo que desarrollar el respeto por otras culturas. • Apoya a los estudiantes en la práctica de la interacción social y en la negociación de significados. • El individuo aumenta su conciencia de cómo aprende. • El individuo desarrolla mayor conciencia lingüística y acentúa la conciencia social que se refleja en la lengua. • El desarrollo de un mayor grado de conciencia metalingüística5 y aumenta la habilidad para apreciar lo arbitrario y lo convencional de los símbolos lingüísticos. • El ser humano amplía cada vez más sus potencialidades síquicas superiores como la memoria mediatizada, el

5 Es la capacidad para pensar en la lengua como objeto de estudio, lo que quiere decir que el estudiante, se detiene a pensar en detalles a los que antes no había prestado atención. Por ejemplo, se pregunta cómo se conjugan los verbos, se fija en diferencias de género y número y descubre claves para entender las convenciones y los secretos del lenguaje.

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pensamiento lógico-verbal y la conciencia. • Un estudiante puede hacer uso de publicaciones escritas en una lengua extranjera para estar más al tanto de la realidad nacional y mundial y ello le permite tomar decisiones que inciden en su realidad. El conocimiento de una lengua extranjera contribuye a la formación de conceptos, al razonamiento lógico y al desarrollo de la creatividad. Por ello influye en el dominio de otras disciplinas como las matemáticas, las ciencias sociales, la literatura y las artes.

Fuente: Unidad Coordinadora de asistencia Técnica Legislativa – base Serie: Guías No 22. Estándares Básicos de Competencias en Lenguas Extranjeras Inglés. Ministerio de Educación Nacional República de Colombia, 2006 6.1.5.2. Organización de los estándares Los Estándares Básicos de Competencias en Lenguas Extranjeras: Inglés se agrupan de la siguiente forma: Cuadro No 8. Grupos de Grados

Fuente: SERIE GUÍAS Nº 22 Estándares Básicos de Competencias en Lenguas Extranjeras: Inglés. Ministerio de Educación Nacional República de Colombia, 2006 Para cada grupo de grados se estableció, lo que los estudiantes deben saber y saber hacer en el idioma al analizar su paso por dichos grupos de grados y se ha definido también un nivel de desempeño específico que es homologable, tanto con las metas del Ministerio de Educación, como con los niveles del Marco Común Europeo MCE (ver Anexo No 1, 2, 3 y 4) En cada grupo de grados se realizó una división, el nivel de desempeño A2 se subdividió en dos niveles: el A 2.1 y el A 2.2. A su vez, el nivel B1 se subdividió en

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los niveles B 1.1 y B 1.2. La organización constituye un punto de referencia y que es posible superar los niveles en cada grupo de grados. Dentro de cada nivel, se desarrollan diferentes aspectos de la competencia comunicativa en el idioma, una competencia lingüística, otra pragmática y sociolingüística. La competencia lingüística, comprende el conocimiento de los recursos formales de la lengua como sistema y a la capacidad de utilizarlos en la formulación de mensajes coherentes; Incluye los conocimientos y las destrezas léxicas, fonológicas, sintácticas y ortográficas, entre otras. Esta competencia implica el manejo teórico de conceptos gramaticales, ortográficos o semánticos, sino su aplicación en diversas situaciones. La competencia pragmática concierne al uso funcional de los recursos lingüísticos, que contiene dos tipos de competencia: una competencia discursiva que se refiere a la capacidad de organizar las oraciones en secuencias para producir fragmentos textuales y la competencia funcional para conocer las formas lingüísticas y sus funciones en la forma en que se encadenan unas con otras situaciones comunicativas reales. La competencia sociolingüística es el conocimiento de las condiciones sociales y culturales que están implícitas en el uso de la lengua. Un ejemplo de ésta competencia, es el empleo para manejar normas de cortesía y otras reglas que ordenan las relaciones entre generaciones, géneros, clases y grupos sociales. En está competencia se tiene en cuenta también el entrar en contacto con expresiones de la sabiduría popular o con las diferencias de registro, de dialecto y de acento. 6.1.6. Experiencias de implementación de modelos bilingües en Colombia En algunas ciudades del país se ha dispuesto programas con el fin de introducir la educación bilingüe, adopción del inglés, que han tenido algún grado de continuidad, las ciudades que representan éste esfuerzo son Bogotá y Cartagena de Indias.

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6.1.6.1. PROYECTO DE BOGOTÁ Fortalecimiento de una Segunda Lengua, es el proyecto líder del plan sectorial de educación que pretende difundir y fortalecer, entre los estudiantes y maestros, el aprendizaje del inglés y otros idiomas. 1. Diagnóstico El avance del proyecto fue medido por la Secretaria de Educación Distrital, en tres aspectos:

• Centros de Recursos de Idiomas Dotados- Nivel Central.

• Maestros y Maestras de Inglés en Proceso de Certificación en el Nivel B2 (Intermedio) del Marco Europeo- Nivel Central.

• Maestros y Maestras de Preescolar y Primaria Capacitados en Inglés- Nivel

Central. Lo Centros de Recursos de Idiomas Dotados del nivel Central se obtuvo el siguiente resultado Gráfica No 4. Centros de Recursos de Idiomas Dotados - Nivel Central CENTROS DE RECURSOS DE IDIOMAS DOTADOS- NIVEL CENTRAL

Fuente: Secretaria Distrital de Educación. 2007.

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Para el 2005, en cuanto a la meta establecida, la Secretaria de Educación Distrital logro el establecimiento de 17 Centros de Recursos; para 2006 se propuso la misma meta; en el 2007 se estimo la construcción de 8 centros y en 2008 de 21 centros. La meta total establecida en 2004 es la construcción de 63 centros y hasta la fecha se han construido 17 centros. Cuadro No 9. Logros con Recursos Sed (Unidad: Centros de Recursos)

LOGROS CON RECURSOS SED (UNIDAD: CENTROS DE RECURSOS)

LÍNEA BASE 2001-2003

LOGRO 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2004-

2008

META 0.0 17.0 17.0 8.0 21.0 63.0 LOGRO SED 0.0 17.0 0.0 0.0 17.0

% DE AVANCE SED 0.0 0.0

- % 100.0 % 0.0 % 0.0 % No Aplica %

26.98 %

Fecha del último reporte: 2007-09-30

Fuente: Secretaria Distrital de Educación. 2007. De la meta propuesta para el 2008 en la construcción de Centros de Recursos, se ha logrado el 26,98 % a la fecha. La cantidad de maestros y maestras de inglés en proceso de certificación en el nivel B2 (Intermedio) del Marco Europeo del nivel central, es representada por la siguiente gráfica

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Gráfica No 5. Maestros y maestras de Inglés en proceso de certificación en el Nivel B2 (Intermedio) del Marco Europeo- Nivel Central MAESTROS Y MAESTRAS DE INGLÉS EN PROCESO DE CERTIFICACIÓN EN EL NIVEL B2 (INTERMEDIO) DEL MARCO EUROPEO- NIVEL CENTRAL

Fuente: Secretaria Distrital de Educación. 2007. Para el 2005, se pretendió capacitar 175 docentes y se capacitaron 178; en el 2006 se prepuso la meta de capacitar 200 maestros y ese fue el logro; en el 2007 se capacitó la misma cantidad que se propuso como meta, 315 maestros capacitados. La Meta total para el 2008 es de 1690 capacitados y se ha logrado hasta la fecha 693 maestros. Cuadro No 10.Logros con recursos Sed (Unidad: Docentes)

LOGROS CON RECURSOS SED (UNIDAD: DOCENTES)

LÍNEA BASE 2001-2003

LOGRO 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2004-

2008

META 0.0 175.0 200.0 315.0 1000.0 1690.0 LOGRO SED 0.0 178.0 200.0 315.0 693.0

% DE AVANCE SED 0.0 0.0

- % 101.71 % 100.0 % 100.0 % No Aplica %

41.01 %

Fecha del último reporte: 2007-09-30

Fuente: Secretaria Distrital de Educación. 2007.

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En la capacitación de maestros, de la meta total propuesta para el 2008 se ha logrado el 41,01 %. En cuanto a la capacitación de maestros y maestras de preescolar y primaria, en inglés a nivel Central, se obtuvo los siguientes resultados: Gráfica No 7. Maestros y maestras de preescolar y primaria capacitados en Inglés- Nivel Central MAESTROS Y MAESTRAS DE PREESCOLAR Y PRIMARIA CAPACITADOS EN INGLÉS- NIVEL CENTRAL

Fuente: Secretaria Distrital de Educación. 2007. En el 2004 se propuso capacitar a 150 docentes y se capacitaron 120; en el 2005, la meta fue de 375 y se logro capacitar la misma cantidad; en el 2006, la meta fue de 475 maestros capacitados y se logró 340; en el 2007 se capacitaron 1509 de 2364 que se propuso como meta y en el 2008, la meta fue de 500 capacitados. La meta total es de 3864 maestros capacitados y se han capacitado 2344.

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Cuadro No 11. Logros con Recursos Sed (Unidad: Docentes)

LOGROS CON RECURSOS SED (UNIDAD: DOCENTES)

LÍNEA BASE 2001-2003

LOGRO 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2004-

2008

META 150.0 375.0 475.0 2364.0 500.0 3864.0 LOGRO SED 120.0 375.0 340.0 1509.0 2344.0 % DE AVANCE SED

50.0 0.0 80.0 % 100.0 % 71.58 % 63.83 % No

Aplica %60.66 %

Fecha del último reporte: 2007-09-30

Fuente: Secretaria Distrital de Educación. 2007. En la capacitación de maestros con recursos de la Secretaria de Educación Distrital, de la meta total propuesta para el 2008 se ha logrado el 60,66%. 6.1.6.2. PROYECTO DE CARTAGENA En el plan sectorial de educación contiene el proyecto de “Fortalecimiento del Inglés en las Instituciones Educativas Oficiales (IEO) ubicadas en los polos turísticos de la ciudad”, con el cual pretenden el mejoramiento de la enseñanza del idioma inglés, como lengua extranjera, el cual fue dividido en los siguientes componentes: Componente Uno:

• Nueve (9) IEO ubicadas en los Polos Turísticos, asesoradas en sus Currículos para incluir los Estándares en el Idioma Inglés.

• Tres(3) IEO acompañadas en el rediseño del Plan de Estudios del Área de

Inglés

Componente dos:

• 186 Docentes evaluados en las Pruebas QPT y TKT: Esta evaluación muestra que la mayoría de los docentes de inglés están ubicados en el nivel A2, que hace relación a los conocimientos básicos en el idioma (solo

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el 7% alcanzó el nivel mínimo deseado para un docente de inglés B2 y el 1.6% demostró tener un nivel C Avanzado).

• Los estudiantes se encuentran ubicados principalmente en el nivel A1 y A2

(básico) solamente el 4.1% demostró un nivel intermedio inferior B1.

Componente Tres:

• 30 IEO en proceso de evaluación, para el rediseño del currículo en el Área de Inglés.

Componente cuatro:

• Consejo Británico:

1. Convenio de Cooperación con el Consejo Británico para cualificar 159 docentes de inglés, para mejorar y avanzar en su nivel de inglés al nivel B2 de dominio del idioma.

2. 9 docentes participando en el curso de preparación del Examen

Internacional FCE.

• Ministerio de Educación Nacional-MEN

1. Selección de 7 docentes de ingles de IEO para participar en el programa de IV Inmersión en Ingles Estándar en San Andrés –Islas (17 de Noviembre al 15 de Diciembre/07).

• Pearson Longman

1. 89 Docentes cualificados en estrategias para planeación de clases, articulando los estándares curriculares.

2. Apoyo con material didáctico a 169 docentes que participan en e

proceso de cualificación con el Consejo Británico

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• Fundación Universitaria Colombo Internacional.

1. 215 Docentes de Inglés de 79 IEO cualificados en estrategias metodológicas en el Área de Inglés.

2. Acompañamiento a tres (3) IEO, ubicadas en los Polos Turísticos

para el rediseño del Plan de estudio en el Área de Inglés. • Colegio Británico.

1. Acompañamiento de una (1) IEO para el fortalecimiento del idioma Inglés

1. Diagnóstico El consejo Británico realizo en el 2006, un diagnóstico en donde se determina el nivel de conocimiento en el idioma Inglés.

A. Profesores

Las siguientes gráficas presenta los resultados generales obtenidos por todos los docentes (de primaria y secundaria) que tomaron la prueba teniendo en cuenta los niveles del Marco de Referencia Europeo. Gráfica No 7. Distribución de los docentes que enseñan inglés según su nivel de inglés

Fuente: Diagnóstico del nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del Distrito de Cartagena de indias. Distrito Turístico de Cartagena y British Council / Consejo Británico. Diciembre de 2006

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El nivel donde existe un mayor dominio del inglés es el A2, con 44.1%, seguido del nivel B1con 25.4%.El nivel A1 ocupa el tercer puesto en cuanto al dominio del idioma con el 16.7%. Los niveles con menor desempeño en el idioma son el C2, el C1 y el <A1, con porcentajes menores al 6%. Gráfica No 8 Distribución de los docentes que enseñan inglés en secundaria

Fuente: Diagnóstico del nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del Distrito de Cartagena de indias. Distrito Turístico de Cartagena y British Council / Consejo Británico. Diciembre de 2006 Los docentes de Secundaria se ubican en un 48,4% en el nivel A2 y un poco más de la tercera parte de los docentes (35.5%) ha alcanzado el nivel B1, los que poseen un conocimiento en el nivel B2 son el 8,1% y en el nivel A1 el 5,6%.

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Gráfica No 9. Distribución de los docentes que enseñan inglés en Pre-Escolar y Primaria

Fuente: Diagnóstico del nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del Distrito de Cartagena de indias. Distrito Turístico de Cartagena y British Council / Consejo Británico. Diciembre de 2006 Los docentes de Preescolar y Primaria están ubicados en el nivel A2 con el 39.3%, seguido del nivel A1 con un 35.7% y el <A1 con el 19.6%. Los docentes que se ubican en el nivel B1 son el5,4%. Gráfica No 10. Nivel de inglés de los docentes de secundaria y los docentes de la básica primaria.

Fuente: Diagnóstico del nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del Distrito de Cartagena de indias. Distrito Turístico de Cartagena y British Council / Consejo Británico. Diciembre de 2006

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En el nivel <A1, los docentes de primaria participan en un 19,6% y no existe ningún docente de secundaría con conocimientos a este nivel; en el nivel A1, el 35,7% de los docentes de primaria poseen éste nivel de conocimiento, mientras que los profesores de secundaría participan solo en 5,6%; y en el nivel A2, los profesores que se encuentran en este nivel de conocimiento del idioma, son los de secundaría con un 48,4% y los de primaria con un 39,3%. En el nivel pre- intermedio 1, el 35,5% de los profesores de secundaría se ubican en este nivel, mientras que los docentes de primaria se ubican con un 5,4%; en B2 no existe ningún profesor de primaria, pero se identifica el 8,1% de los profesores de secundaría. En preescolar y primaria, los docentes encargados de la enseñanza del inglés carecen de formación específica en el área y su nivel de inglés es de principiantes. Es en estos ciclos donde se establecen las bases para el futuro desarrollo de la competencia comunicativa en inglés de los alumnos.

B. Estudiantes

Gráfica No 11. Distribución de los estudiantes de grado 11 de las instituciones educativas según su nivel de inglés

Fuente: Diagnóstico del nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del Distrito de Cartagena de indias. Distrito Turístico de Cartagena y British Council / Consejo Británico. Diciembre de 2006.

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Ésta gráfica presenta el nivel de dominio de los estudiantes según los niveles del Marco europeo. Se puede observar que los estudiantes se encuentran principalmente en el nivel A (básico) donde se concentra la mayoría de la población; el 36.6% de los alumnos se halla ubicado en un nivel inicial <A1 y el 59.3% en los niveles A1 y A2, lo que indica que la gran mayoría de los estudiantes (95.9%) tienen un nivel de usuario “básico” de dominio del inglés. Gráfica N 12. Comparación del nivel de inglés de los docentes que enseñan inglés vs. El nivel de los alumnos de undécimo grado

Fuente: Diagnóstico del nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del Distrito de Cartagena de indias. Distrito Turístico de Cartagena y British Council / Consejo Británico. Diciembre de 2006. El 72.1% de los estudiantes de undécimo grado se concentran en los niveles (<A1 y A1) que está exactamente un nivel por debajo de los niveles (A2 y B1) donde se concentran el 83.9% de los docentes de todos los grados de la básica secundaria y la media.

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6.2. MARCO POLÍTICO

6.2.1. Declaración de los derechos políticos lingüísticos.

La Declaración Universal de Derechos Lingüísticos se estableció en Barcelona, los días 6 al 9 de junio de 1996. El preámbulo de la nombrada declaración expone: “La situación de cada lengua, vistas las consideraciones previas, es el resultado de la confluencia y de la interacción de multiplicidad de factores diferentes: político-jurídicos; ideológicos e históricos; demográficos y territoriales; económicos y sociales; culturales; lingüísticos y sociolingüísticos; interlingüísticos; y finalmente subjetivos. En concreto, la situación actual se caracteriza por: • La secular tendencia unificadora de la mayoría de Estados a reducir la diversidad y a favorecer actitudes adversas a la pluralidad cultural y al pluralismo lingüístico. • El proceso de mundialización de la economía y, en consecuencia, del mercado de la información, la comunicación y la cultura, que afecta los ámbitos de relación y las formas de interacción que garantizan la cohesión interna de cada comunidad lingüística. • El modelo economista de crecimiento propugnado por los grupos económicos transnacionales, que pretende identificar la desregulación con el progreso y el individualismo competitivo con la libertad, cosa que genera graves y crecientes desigualdades económicas, sociales, culturales y lingüísticas. Las amenazas que, en el momento actual, presionan a las comunidades lingüísticas sea por la falta de autogobierno, por una demografía limitada o bien parcialmente o enteramente dispersa, por una economía precaria, por una lengua no codificada o por un modelo cultural opuesto al predominante, hacen que muchas lenguas no puedan sobrevivir y desarrollarse si no se tienen en cuenta estos ejes fundamentales: • En la perspectiva política, concebir una organización de la diversidad lingüística que permita la participación efectiva de las comunidades lingüísticas en este nuevo modelo de crecimiento.

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• En la perspectiva cultural, hacer plenamente compatible el espacio comunicativo mundial con la participación equitativa de todos los pueblos, de todas las comunidades lingüísticas y de todas las personas en el proceso de desarrollo. • En la perspectiva económica, fundamentar un desarrollo sostenible basado en la participación de todos y en el respeto por el equilibrio ecológico de las sociedades y por unas relaciones equitativas entre todas las lenguas y culturas. (Declaración Universal de Derechos Lingüísticos Preliminares. Conferencia Mundial de Derechos Lingüísticos. Barcelona, España, 6-9 De Junio De 1996) Declaración Universal de Derechos Lingüísticos Preliminares. 1996 Cuadro No 12. Declaración de los Derechos lingüísticos TEMA ARTICULO Precisiones conceptuales

Artículo 1 1. Esta Declaración entiende como comunidad lingüística toda sociedad humana que, asentada históricamente en un espacio territorial determinado, reconocido o no, se autoidentifica como pueblo y ha desarrollado una lengua común como medio de comunicación natural y de cohesión cultural entre sus miembros. La denominación lengua propia de un territorio hace referencia al idioma de la comunidad históricamente establecida en este espacio. 2. Esta Declaración parte del principio que los derechos lingüísticos son a la vez individuales y colectivos, y adopta como referente de la plenitud de los derechos lingüísticos el caso de una comunidad lingüística histórica en su espacio territorial, entendido éste no solamente como área geográfica donde vive esta comunidad, sino también como un espacio social y funcional imprescindible para el pleno desarrollo de la lengua. Es a partir de este referente que se pueden establecer como una gradación o continúa

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los derechos que corresponden a los grupos lingüísticos aludidos en el punto 5 de este mismo artículo y los de las personas fuera del territorio de su comunidad. 3. A los efectos de esta Declaración, se entiende que están también en su propio territorio y pertenecen a una comunidad lingüística las colectividades que: i) están separadas del grueso de su comunidad por fronteras políticas o administrativas; ii) están asentadas históricamente en un espacio geográfico reducido, rodeado por los miembros de otras comunidades lingüísticas; o iii) están asentadas en un espacio geográfico compartido con los miembros de otras comunidades lingüísticas de historicidad similar. 4. A los efectos de esta Declaración se consideran, también, como comunidades lingüísticas dentro de su propio territorio histórico los pueblos nómadas en sus áreas de desplazamiento o los pueblos de asentamiento disperso. 5. Esta Declaración entiende como grupo lingüístico toda colectividad humana que comparte una misma lengua y que está asentada en el espacio territorial de otra comunidad lingüística, pero sin una historicidad equivalente, como sucede en casos diversos como los de los inmigrados, refugiados, deportados o los miembros de las diásporas.

Principios Generales

Artículo 7 1. Todas las lenguas son la expresión de una identidad colectiva y de una manera distinta de percibir y de describir la realidad, por tanto tienen que poder gozar de las condiciones necesarias para su desarrollo en todas las funciones. 2. Cada lengua es una realidad constituida colectivamente y es en el seno de una comunidad que se hace disponible para el uso individual,

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como instrumento de cohesión, identificación, comunicación y expresividad creadora. Artículo 8 1. Todas las comunidades lingüísticas tienen derecho a organizar y gestionar los recursos propios con el fin de asegurar el uso de su lengua en todas las funciones sociales. 2. Todas las comunidades lingüísticas tienen derecho a disponer de los medios necesarios para asegurar la transmisión y la proyección futuras de la lengua. Artículo 9 Toda comunidad lingüística tiene derecho a codificar, estandarizar, preservar, desarrollar y promover su sistema lingüístico, sin interferencias inducidas o forzadas. Artículo 10 1. Todas las comunidades lingüísticas son iguales en derecho. 2. Esta Declaración considera inadmisibles las discriminaciones contra las comunidades lingüísticas basadas en criterios como su grado de soberanía política, su situación social, económica o cualquier otra, así como el nivel de codificación, actualización o modernización que han conseguido sus lenguas. Artículo 11 Toda comunidad lingüística tiene derecho a gozar de los medios de traducción directa o inversa que garanticen el ejercicio de los derechos recogidos en esta Declaración. Artículo 12

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1. En el ámbito público, todo el mundo tiene derecho a desarrollar todas las actividades en su lengua, si es la lengua propia del territorio donde reside. Artículo 13 1. Todo el mundo tiene derecho a acceder al conocimiento de la lengua propia del territorio donde reside. 2. Todo el mundo tiene derecho al poliglotismo y a conocer y usar la lengua más adecuada para su desarrollo personal o para su movilidad social, sin perjuicio de las garantías establecidas en esta Declaración para el uso público de la lengua propia del territorio. Artículo 14 Las disposiciones de esta Declaración no pueden ser interpretadas o utilizadas contra cualquier norma o práctica más favorable del régimen interno o internacional al uso de una lengua dentro del territorio que le es propio. (Entre otros principios)

Régimen lingüístico general Administración pública y órganos oficiales

Artículo 15 1. Toda comunidad lingüística tiene derecho a que su lengua sea utilizada como oficial dentro de su territorio. 2. Toda comunidad lingüística tiene derecho a que las actuaciones judiciales y administrativas, los documentos públicos y privados y los asientos en registros públicos realizados en la lengua propia del territorio sean válidos y eficaces y nadie pueda alegar el desconocimiento. Artículo 16

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Todo miembro de una comunidad lingüística tiene derecho a relacionarse y a ser atendido en su lengua por los servicios de los poderes públicos o de las divisiones administrativas centrales, territoriales, locales y supraterritoriales a los cuales pertenece el territorio de donde es propia la lengua. Artículo 17 1. Toda comunidad lingüística tiene derecho a disponer y obtener toda la documentación oficial en su lengua, en forma de papel, informática o cualquier otra, para las relaciones que afecten al territorio donde es propia esta lengua. 2. Los poderes públicos deben disponer de formularios, impresos y modelos en forma de papel, informática o cualquier otra en las lenguas territoriales, y ofrecerlos al público en los servicios que afecten los territorios donde es propia la lengua respectiva. Artículo 18 1. Toda comunidad lingüística tiene derecho a que las leyes y otras disposiciones jurídicas que le conciernan se publiquen en la lengua propia del territorio. 2. Los poderes públicos que tienen en sus ámbitos de actuación más de una lengua territorialmente histórica deben publicar todas las leyes y otras disposiciones de carácter general en estas lenguas, con independencia que sus hablantes entiendan otras lenguas. Artículo 19 1. Las Asambleas de representantes deben adoptar como oficiales la lengua o las lenguas históricamente habladas en el territorio que representan. 2. Este derecho incluye las lenguas de las comunidades de asentamiento disperso referidas en el Artículo 1 párrafo 4.

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Artículo 20 1. Todo el mundo tiene derecho a usar de palabra y por escrito, en los Tribunales de Justicia, la lengua históricamente hablada en el territorio donde están ubicados. Los Tribunales deben utilizar la lengua propia del territorio en sus actuaciones internas y, si por razón de la organización judicial del Estado, el procedimiento se sigue fuera del lugar de origen, hay que mantener la lengua de origen. 2. Con todo, todo el mundo tiene derecho a ser juzgado en una lengua que le sea comprensible y pueda hablar, o a obtener gratuitamente un intérprete. Artículo 21 Toda comunidad lingüística tiene derecho a que los asientos de los registros públicos se hagan en la lengua propia del territorio. Artículo 22 Toda comunidad lingüística tiene derecho a que los documentos notariales o autorizados por funcionarios que ejercen la fe pública sean redactados en la lengua propia del territorio donde el notario o funcionario autorizado tenga demarcada su sede.

Educación

Artículo 23 1. La educación debe contribuir a fomentar la capacidad de autoexpresión lingüística y cultural de la comunidad lingüística del territorio donde es impartida. 2. La educación debe contribuir al mantenimiento y desarrollo de la lengua hablada por la comunidad lingüística del territorio donde es impartida.

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3. La educación debe estar siempre al servicio de la diversidad lingüística y cultural, y las relaciones armoniosas entre diferentes comunidades lingüísticas de todo el mundo. 4. En el marco de los principios anteriores, todo el mundo tiene derecho a aprender cualquier lengua. Artículo 24 Toda comunidad lingüística tiene derecho a decidir cuál debe ser el grado de presencia de su lengua, como lengua vehicular y como objeto de estudio, en todos los niveles de la educación dentro de su territorio: preescolar, primario, secundario, técnico y profesional, universitario y formación de adultos. Artículo 25 Toda comunidad lingüística tiene derecho a disponer de todos los recursos humanos y materiales necesarios para conseguir el grado deseado de presencia de su lengua en todos los niveles de la educación dentro de su territorio: enseñantes debidamente formados, métodos pedagógicos adecuados, manuales, financiación, locales y equipos, medios tecnológicos tradicionales e innovadores. Artículo 26 Toda comunidad lingüística tiene derecho a una educación que permita a todos sus miembros adquirir el pleno dominio de su propia lengua, con las diversas capacidades relativas a todos los ámbitos de uso habituales, así como el mejor dominio posible de cualquier otra lengua que deseen conocer.

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Artículo 27 Toda comunidad lingüística tiene derecho a una educación que permita a sus miembros el conocimiento de las lenguas vinculadas a la propia tradición cultural, tales como las lenguas literarias o sagradas, usadas antiguamente como lenguas habituales de la propia comunidad. Artículo 28 Toda comunidad lingüística tiene derecho a una educación que permita a sus miembros adquirir un conocimiento profundo de su patrimonio cultural (historia y geografía, literatura y otras manifestaciones de la propia cultura), así como el máximo dominio posible de cualquier otra cultura que deseen conocer. Artículo 29 1. Toda persona tiene derecho a recibir la educación en la lengua propia del territorio donde reside. 2. Este derecho no excluye el derecho de acceso al conocimiento oral y escrito de cualquier lengua que le sirva de herramienta de comunicación con otras comunidades lingüísticas. Artículo 30 La lengua y la cultura de cada comunidad lingüística deben ser objeto de estudio y de investigación a nivel universitario.

6.2.2. Organización de las Naciones Unidas Esta Organización nació oficialmente el 24 de octubre de 1945, la cual está conformada por Estados soberanos que se afilian voluntariamente a las Naciones Unidas para colaborar en pro de la paz mundial, promover la amistad entre todas las naciones y apoyar el progreso económico y social.

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De acuerdo a la Carta de las Naciones Unidas, los idiomas oficiales de las Naciones Unidas son el chino, el español, el francés, el inglés y el ruso. Además se ha añadido el árabe como idioma oficial de la Asamblea General, el Consejo Económico y social y el Consejo de Seguridad. Las Naciones Unidas desempeñan un papel central en varios asuntos de interés general tales como:

• Reducir las tensiones internacionales • Prevenir conflictos • Poner fin a las hostilidades que ya se hayan producido • Legislar sobre el medio ambiente, el espacio ultraterrestre y los fondos

marinos • Erradicar enfermedades • Incrementar la producción de alimentos • Atender y proteger a los refugiados • Luchar contra el analfabetismo • Reaccionar rápidamente en situaciones de desastres naturales • Establecer normas mundiales en materia de derechos humanos • Proteger y promover los derechos de todas las personas

La Organización de las Naciones Unidas está integrada por seis órganos principales: Asamblea General (sede en Nueva York): Está compuesta por los 192 Estados Miembros de la ONU cada uno con un voto. Las votaciones sobre cuestiones importantes, tales como las de paz y seguridad, ingreso de nuevos Miembros y cuestiones presupuestarias, se deciden por mayoría de dos tercios y realiza períodos ordinarios de sesiones anuales que inician cada septiembre. Dentro de la Asamblea General existen seis Comisiones Principales cuya labor es considerar los puntos del programa pasados a ellas por las sesiones plenarias de la Asamblea. También cuenta con dos Comisiones de procedimiento, que se ocupan de la organización y el manejo de los asuntos de la Asamblea. Además celebra períodos extraordinarios de sesiones y períodos extraordinarios de sesiones de emergencia.

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Las comisiones: Primera Comisión (Desarme y Seguridad Internacional) Segunda Comisión (Asuntos Económicos y Financieros) Tercera Comisión (Asuntos Sociales, Humanitarios y Culturales) Cuarta Comisión (Política Especial y de Descolonización) Quinta Comisión (Asuntos Administrativos y Presupuestarios) Sexta Comisión (Jurídica) Consejo de Seguridad (sede en Nueva York): Es el órgano responsable del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales. Está compuesto por 15 miembros, de los cuales 5 son permanentes (China, Estados Unidos, Federación de Rusia, Francia y Reino Unido) y 10 son elegidos para un período de 2 años. Está formado por Comités permanentes responsables de cuestiones técnicas y de admisión de nuevos miembros, Comités Ad Hoc, que se establecen según se requieran, Comité del Consejo de Seguridad, para las reuniones del Consejo fuera de la Sede, y Comités de Sanciones, para monitorear las sanciones y medidas impuestas por el consejo de Seguridad para evitar que algún Estado amenace la paz y seguridad internacionales Consejo Económico y Social (sede en Nueva York): Es conocido como ECOSOC, es el órgano que coordina la labor económica y social de las Naciones Unidas y de las instituciones y organismos especializados que conforman el Sistema de las Naciones Unidas. Está formado por 54 miembros con mandatos de tres años. Generalmente celebra un período de sesiones sustantivo de cinco semanas de duración, con un segmento especial de alto nivel. Tiene un mecanismo subsidiario que está formado por 9 comisiones orgánicas que examinan cuestiones en áreas específicas; 5 Cinco comisiones regionales que promueven el desarrollo económico regional; 5 Cinco comités permanentes;

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organismos permanentes de expertos que tratan temas diversos y juntas y comités ejecutivos de diversos órganos de las Naciones Unidas. Consejo de Administración Fiduciaria (sede en Nueva York): Se estableció para supervisar la administración de los territorios en fideicomiso o bajo el régimen de administración fiduciaria, con el fin de promover el adelanto de los habitantes de dichos territorios para llegar al gobierno propio o la independencia. Está constituido por los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad y no trabaja desde 1994, cuando el último de los territorios en fideicomiso alcanzó la independencia. Corte Internacional de Justicia (sede en La Haya, Países Bajos): Se encarga de resolver controversias jurídicas entre los Estados partes y emite opiniones consultivas para las Naciones Unidas y sus organizaciones especializadas. Está integrada por quince magistrados con un mandato de nueve años con posibilidad de reelección. Generalmente celebra sesiones plenarias, pero también puede constituir unidades más pequeñas o "salas", a solicitud de las partes. Secretaría (sede en Nueva York): Se encarga de la labor cotidiana de las Naciones Unidas y presta servicios a los demás órganos principales de las Naciones Unidas, además de administrar los programas y las políticas que estos elaboran. Está formada por funcionarios internacionales que trabajan en oficinas en todo el mundo y su jefe es el Secretario General, nombrado por un período renovable de cinco años.

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Programas, fondos y organismos especializados El Sistema de las Naciones Unidas también está formado por Programas - como el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo o PNUD- y Fondos -como el UNICEF o Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia-, los cuales tienen sus propios presupuestos y órganos rectores, establecen sus propias normas y directrices y asisten en casi todas las esferas de la actividad económica y social. Además cuenta con 15 organismos especializados, que son entidades que se encuentran vinculadas a las Naciones Unidas por acuerdos especiales y que presentan informes al Consejo Económico y Social y a la Asamblea: Organización Internacional del Trabajo (OIT). Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). Organización Mundial de la Salud (OMS) ver también Organización Panamericana de la Salud (OPS) Banco Mundial (BM). Fondo Monetario Internacional (FMI). Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI) Unión Postal Universal (UPU) Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT). Organización Meteorológica Mundial (OMM). Organización Marítima Internacional (OMI). Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA). Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI).

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Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), autónomo en el marco de las Naciones Unidas 6.2.3. Marco Común Europeo de Referencia para Lenguas: Aprendizaje, Enseñanza y Evaluación. El Marco Común Europeo de Referencia para Lenguas: Aprendizaje, Enseñanza y Evaluación es la parte esencial del proyecto general de política lingüística del Consejo de Europa, el cual contiene las directrices para el aprendizaje y enseñanza de lenguas dentro del contexto europeo, fundamentado en una serie de investigaciones serias realizadas anteriormente. Este marco es una base común para la elaboración de programas de lenguas, orientaciones curriculares, exámenes, manuales, etc. en toda Europa, que define los niveles de conocimiento en el dominio de las lenguas con el fin de establecer el avance de los estudiantes en cada fase de aprendizaje. El marco divide la competencia comunicativa pretendiendo abarcar la complejidad del lenguaje humano, pero sin separar su interacción, propiciando el desarrollo de la personalidad del individuo. Las causas que motivaron la implementación de este marco fueron:

1. La necesidad de una intensificación del aprendizaje y la enseñanza de idiomas en los países miembros del Consejo Europeo, para permitir una mayor movilidad, una comunicación internacional más eficaz, respetando la identidad y la diversidad cultural, un mejor acceso a la información, una interacción personal más intensa, una mejora de las relaciones de trabajo y un entendimiento mutuo más profundo.

2. Para obtener el propósito anteriormente nombrado, era necesario empezar a fomentar el aprendizaje de idiomas como una tarea a lo largo de la vida y que se facilite durante todo el proceso de escolaridad.

3. Este marco permitiría:

• Propiciar y facilitar la cooperación entre las instituciones educativas de distintos países.

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• Proporcionar una base sólida para el mutuo reconocimiento de certificados de lenguas.

• Ayudar a los alumnos, a los profesores, a los diseñadores de cursos, a

las instituciones examinadoras y a los administradores educativos a situar y coordinara sus esfuerzos.

6.2.3.1. Competencias Comunicativas de la Lengua Estas competencias comunicativas esta divida en tres competencias, unas lingüísticas, sociolingüísticas y otras pragmáticas.

1. Competencias lingüísticas Las competencias lingüísticas están a su vez subdivididas en: competencia léxica, competencia gramatical, competencia semántica, competencia fonológica, ortográfica y ortoépica.

• La competencia léxica, que es el conocimiento del vocabulario de una lengua y la capacidad para utilizarlo, se compone de elementos léxicos y elementos gramaticales.

• La competencia gramatical se puede definir como el conocimiento de los

recursos gramaticales de una lengua y la capacidad de utilizarlos. La gramática de una lengua se puede considerar como un conjunto de principios que rigen el ensamblaje de elementos en oraciones con significado, clasificados y relacionados entre si. La competencia gramatical es la capacidad de comprender y expresar significados que expresen y reconozcan frases y oraciones coherentes.

• La Competencia semántica comprende la conciencia y el control de la

organización del significado con que cuenta el estudiante. • La competencia fonológica es el conocimiento y destreza en la percepción

y deducción de las unidades de sonido, los rasgos fonéticos que distinguen fonemas, la composición fonética de las palabras, la fonética de las oraciones y reducción fonética.

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• La competencia ortográfica es el conocimiento y destreza en la percepción

y la producción de los símbolos de que componen los textos escritos.

• La competencia ortoépica es el conocimiento de articulación y pronunciación de un escrito leído en voz alta.

2. Competencia Sociolingüística

Esta competencia comprende el conocimiento y las destrezas necesarias para abordar la dimensión social del uso de la lengua. Esta competencia se refiere a los marcadores lingüísticos de relaciones sociales, las normas de cortesía, las expresiones de sabiduría popular, las diferencias de registro, de dialecto y el acento.

3. Competencias Pragmáticas Se refieren al conocimiento que posee el estudiante de los principios para:

• Organizar, estructurara y ordenar los mensajes (competencia discursiva). • Utilización de los mensajes para realizar funciones comunicativas

(competencia funcional).

• Loa mensajes se secuencian según esquemas de interacción y de transacción (competencia organizativa).

En la siguiente tabla se presenta una descripción de cada nivel planteado por el Marco Común Europeo:

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Cuadro No 13. Niveles según el Marco Común Europeo

Fuente: Diagnóstico del nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del Distrito de Cartagena de indias. Distrito Turístico de Cartagena y British Council / Consejo Británico. Diciembre de 2006 6.2.4. Fenómeno de globalización Innumerables autores han escrito sobre el fenómeno de globalización, verbigracia, Tony Negri, Juan Manuel Castells, Michael Hardt, Néstor García Canclini, entre otros.

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El fenómeno de la Globalización es entendido como aquel que surge a partir de los cambios ocurridos en la economía mundial en el último tercio del siglo XX; Cambios que modificaron los parámetros de funcionamiento y regulación de los sistemas económicos, derivados de la Segunda Guerra Mundial y la creciente expansión de capitales en busca de más y mejores mercados, y que a su vez encontraron apoyo en las nuevas tecnologías para la producción y la comunicación. La globalización posee dos etapas: La globalización de mercados y la de producción; la primera es un fenómeno de fusión de mercados nacionales en un solo e inmenso mercado global donde las diferentes empresas como MC Donalds, Coca-Cola, entre otras, ofrece un producto estandarizado a escala mundial; la segunda, se presenta cuando las empresas tienden a abastecerse de bienes y servicios alrededor del mundo, en distintas ubicaciones, esto con el fin de obtener un menor costo de producción en cuanto a la mano de obra, la energía, la tierra y el capital, sin descuidar su funcionalidad. Los nuevos sectores productivos vinculados a la microelectrónica, la informática, la robótica, la biotecnología y la genética, crean nuevos productos y mercados, generando un nuevo espacio productivo a escala mundial con evidentes repercusiones en las economías y culturas nacionales. Estas nuevas tecnologías de la información hacen menos relevantes las distancias, las culturas se interconectan, los trabajadores pueden, desde localidades lejanas, comunicarse y cooperarse de una manera más efectiva. “Las grandes empresas, incluidas las culturales, se asientan en varios países y controlan los mercados desde muchos centros a la vez, mediante redes más que ocupando territorios. En este proceso, más que sustituir las culturas nacionales por las de países imperiales, se producen complejos intercambios e hibridaciones (desiguales y asimétricas) entre unas y otras”6. Se genera paralelamente la pérdida de empleos en algunos países o regiones, y el surgimiento de nuevas oportunidades laborales en otros. La importancia de la implementación de una educación bilingüe dentro del contexto globalizado en que se desarrolla las naciones, es vital para Colombia, ya que el proceso académico y laboral de la población colombiana tendría una connotación más competente en el manejo de los nuevos bienes y servicios que 6 García Canclini, Néstor. La globalización: ¿productora de culturas híbridas? Actas del III Congreso Latinoamericano de la Asociación Internacional para el estudio de Música Popular.

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genera la producción en red del mundo globalizado, donde se utilizan diferentes lenguas y existe una interconexión entre diferentes culturas. 6.2.5. Nivel de Conocimiento en Inglés de los colombianos y Capacidad Docente para realizar una Implementación del Bilingüismo en el País El nivel de inglés de los colombianos se analiza a partir de dos poblaciones, los estudiantes y los profesores que enseñan ésta área. 6.2.5.1. Nivel de conocimiento de los estudiantes Gráfica No 13. Comparación del nivel de inglés de los alumnos de undécimo grado en las regiones evaluadas

Fuente: Diagnóstico del nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del Distrito de Cartagena de indias. Distrito Turístico de Cartagena y British Council / Consejo Británico. Diciembre de 2006

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Esta gráfica presenta un comparativo entre el nivel de lengua de los estudiantes de undécimo de Bogotá, San Andrés, Quindío, Pasto, Risaralda, Tuluá y Cartagena, realizado por el consejo Británico. Bogotá agrupa el 97.5% de los alumnos en el nivel A (<A1, A1 y A2) y sólo el 2.6% en el nivel B (B1 y B2), Risaralda agrupa el 98,4% en el nivel A y sólo el 1.6% en el nivel B, Tuluá muy similar a Risaralda y Bogotá, agrupa el 97.8% en el nivel A y sólo el 2.2% en el nivel B. Pasto agrupa el 96.9% en el nivel A y solo el 3.1% en el B, Cartagena similarmente agrupa el 95,9% en el nivel A y sólo el 4.1% en el nivel B, el Quindío agrupa el 92,7% en el nivel A y sólo el 7.3% en el nivel B. Los datos se tornan interesantes cuando se observa el comportamiento de los estudiantes de San Andrés y Providencia, el 86.1% de los alumnos de San Andrés está ubicado en el nivel A (menos A1, A1 y A2) y el 13.3% en el nivel B (B1 y B2), mientras que en Providencia, el 55.2% de los alumnos está ubicado en el nivel A (menos A1, A1 y A2) y el 44.8% en el nivel B (B1 y B2). Gráfica No 14. Promedio del Nivel de inglés de los alumnos de undécimo grado en las regiones evaluadas

Fuente: Diagnóstico del nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del Distrito de Cartagena de indias. Distrito Turístico de Cartagena y British Council / Consejo Británico. Diciembre de 2006 En ésta gráfica se presenta el promedio del nivel de conocimiento general de los estudiantes de grado once en las regiones del país que han sido diagnosticadas (mencionadas en la gráfica anterior). El nivel en que se encuentran el 93.8% de los estudiantes que cursan grado once en el país es de usuarios básicos, sólo el 6.2% tiene el nivel esperado o superior.

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6.2.5.2. Nivel de Conocimiento de los docentes El nivel de conocimiento del idioma fue analizado desde el caso de Cartagena y a partir del estudio realizado por le Consejo Británico en el 2006, con los datos proporcionados por los docentes de Cartagena. Gráfica No 15. Nivel Promedio de inglés según título de pregrado

Fuente: Diagnóstico del nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del Distrito de Cartagena de indias. Distrito Turístico de Cartagena y British Council / Consejo Británico. Diciembre de 2006 Está gráfica presenta la relación entre el nivel de inglés de los profesores responsables de enseñar ésta área en la ciudad y sus estudios de formación profesional. Se puede observar que los docentes con formación en otras áreas como profesionales universitarios en diferentes áreas, ciencias sociales y ciencias religiosas entre muchas otras tienen un nivel de inglés muy básico, casi igual al de los formados en Básica Primaria, Administración Educativa, Bachilleres Pedagógicos y Preescolar y que los Licenciados en inglés como el Licenciado en Educación, son quienes tienen el nivel más alto, aunque realmente el nivel solo alcanza el 63 % de conocimiento en la lengua.

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A continuación se exhibe en la gráfica el nivel de conocimientos en el idioma Inglés de los Licenciados de ésta área, según la universidad de la que son egresados, que presentaron la prueba Gráfica No 16. Nivel promedio por Universidad según la muestra de egresados que presentó la prueba.

Fuente: Diagnóstico del nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del Distrito de Cartagena de indias. Distrito Turístico de Cartagena y British Council / Consejo Británico. Diciembre de 2006 La gráfica permite ver el nivel promedio de inglés de los docentes de inglés. La muestra de las Universidades del Magdalena, Distrital, Santo Tomás, Tecnológica del Chocó y la Universidad Industrial de Santander es mínima pues solo se contó con la información de un docente para cada una de ellas. Se puede observar que el nivel de inglés del docente graduado de la Universidad del Magdalena es B1; Sólo los docentes graduados de la Universidad Pedagógica Nacional se encuentran en nivel B2; los docentes de las demás universidades se encuentran principalmente en el nivel A2. Solo los docentes de la Universidad Tecnológica del Chocó se encuentran en el nivel A1.

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6.3. Capacidad Docente para la Adopción del Bilingüismo La capacidad docente para la implementación del bilingüismo se explica a través de una gráfica realizada por le Consejo Británico en el diagnóstico realizado a la ciudad de Cartagena. Gráfica No 17. Área de Enseñanza de los Docentes de Inglés

Fuente: Diagnóstico del nivel de inglés de los docentes de inglés y estudiantes de grado 11 del Distrito de Cartagena de indias. Distrito Turístico de Cartagena y British Council / Consejo Británico. Diciembre de 2006 La gráfica presenta que el 63% de los docentes está a cargo del área de inglés solamente, el 11% son docentes de inglés y de español, el 6% enseña inglés y otras materias y el 20% son docentes de todas las áreas en primaria. Se puede observar que la capacidad docente no es la suficiente, ya que los docentes dedicados a impartir en ésta área corresponde al 63%, adicionándole que el nivel de conocimiento de los docentes, descrito anteriormente, no es el idóneo.

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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

1. Según las estadísticas del ICFES, los bachilleres tienen un nivel de conocimiento del idioma Inglés en un máximo del 45,5%, el cual es muy bajo, los estudiantes no alcanzan el ideal establecido por el Ministerio de Educación al pretender formarlos hasta el nivel intermedio. El estudio del Consejo Británico muestra que el nivel de conocimiento obtenido por los estudiantes es el menor A1, el más básico. Por tal motivo se hace necesaria la implementación del bilingüismo, entendido este como aquel donde los estudiantes desarrollan todas sus habilidades (escribir, hablar, escuchar y leer) en las dos lenguas y para todos los dominios de estudio.

2. La implementación de un Sistema de educación bilingüe en Colombia es

importante porque:

A. El estudio de una segunda lengua trae al estudiante valores agregados,

como:

• El individuo desarrolla mayor conciencia lingüística y acentúa la conciencia social que se refleja en la lengua.

• El desarrollo de un mayor grado de conciencia metalingüística y aumenta la

habilidad para apreciar lo arbitrario y lo convencional de los símbolos lingüísticos.

• El ser humano amplía cada vez más sus potencialidades síquicas

superiores como la memoria mediatizada, el pensamiento lógico-verbal y la conciencia.

• Un estudiante puede hacer uso de publicaciones escritas en una lengua

extranjera para estar más al tanto de la realidad nacional y mundial y ello le permite tomar decisiones que inciden en su realidad.

• Disminuye el etnocentrismo y permite a los individuos apreciar y respetar el

valor de su propio mundo, lo mismo que desarrollar el respeto por otras culturas.

• Apoya a los estudiantes en la práctica de la interacción social y en la negociación de significados.

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• El individuo aumenta su conciencia de cómo aprende.

• Un estudiante puede hacer uso de publicaciones escritas en una lengua extranjera para estar más al tanto de la realidad nacional y mundial y ello le permite tomar decisiones que inciden en su realidad.

• El conocimiento de una lengua extranjera contribuye a la formación de

conceptos, al razonamiento lógico y al desarrollo de la creatividad. Por ello influye en el dominio de otras disciplinas como las matemáticas, las ciencias sociales, a literatura y las artes.

• Permite una mayor competitividad laboral, entre otro

B. La importancia de la implementación de una educación bilingüe dentro

del contexto globalizado en que se desarrolla las naciones, es vital para Colombia, ya que el proceso académico y laboral de la población colombiana tendría una connotación más competente en el manejo de los nuevos bienes y servicios que genera la producción en red del mundo globalizado, donde se utilizan diferentes lenguas y existe una interconexión entre diferentes culturas.

C. La implementación del bilingüismo en cuanto a el la declaración

universal de derechos lingüísticos establece que “Todo el mundo tiene derecho al poliglotismo y a conocer y usar la lengua más adecuada para su desarrollo personal o para su movilidad social, sin perjuicio de las garantías establecidas en esta Declaración para el uso público de la lengua propia del territorio.” (artículo 13), lo cual, permitiría el desarrollo y protección de este derecho.

3. La enseñanza del inglés es importante porque:

• Es la lengua internacional más difundida y es un instrumento de comunicación estratégico en diversas áreas del desarrollo humano.

• Estimula al estudiante a abrir su mente, a aceptar y comprender nuevas

culturas y a promover el intercambio entre diferentes sociedades.

• Permite el acceso a becas y pasantías fuera del país. Es muy importante que los jóvenes colombianos puedan aprovechar, en igualdad de condiciones, las oportunidades educativas que se ofrecen en el exterior y que requieren niveles de desempeño específicos en inglés.

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• Ofrece mayores y mejores oportunidades laborales.

• Facilita el intercambio de conocimientos y experiencias con otros países cuya lengua oficial es diferente al inglés, porque permite la comunicación a través de un idioma común y difundido

4. En el caso de los grupos étnicos (indígenas, afrocolombianos que poseen idioma como el palenque de San Basilio) y raizales de San Andrés islas, se establece como al inicio se dijo una educación bilingüe de protección y desarrollo de lenguas minoritarias, quienes al poseer una tradición lingüística propia, requieren una implementación de una planificación lingüística, de tal manera que en cada uno de los departamentos, puedan fortalecer sus idiomas propios, que son lenguas minoritarias con respecto al español. La planificación lingüística significa crear las bases para que en Colombia se desarrolle una política de protección e investigación de los idiomas de los grupos étnicos.

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Ley 47 de 1993, Organización y el funcionamiento del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Ley 115 de 1994, Ley General de Educación

Ley 11747 de 2007, Creación de Comisión Especial de Modernización y las Unidades Coordinadores de asistencia Técnica Legislativa y Atención Ciudadana del Congreso de la República.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Balance del Plan Decenal de Educación 1996- 2005: La educación un compromiso de todos, Bogotá, D.C. Agosto de 2006.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. Estándares Básicos de Competencias en Lenguas Extranjeras: Inglés, Bogotá, 2006

PACHON, Ximena y CORREA, François (Coordinadores de la investigación). Lenguas Amerindias: Condiciones Sociolingüísticas en Colombia. Santafe de Bogotá, Instituto Caro y Cuervo e Instituto Colombiano de Antropología,1997. 155 -170 p.

Página Web del Instituto Colombiano al Fomento de la Ecuación Superior: www.icfes.gov.co

Página Web del Ministerio de Educación: www.mineducacion.gov.co

Página Oficial de las Naciones Unidas: www.nacionesunidas.org.co

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Página Oficial de la Secretaría Distrital de Educación de Bogotá: www.sedbogota.edu.co

Página Oficial de Secretaria de Senado: www.secretariasenado.gov.co

Página Oficial de la UNESCO: www.unesco.ord/es

RODRÍGUEZ R, Libardo, Estructura del Poder público en Colombia. Bogotá, Editorial Temis (Novena edición), 2004. 44 -49 p

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL DE CARTAGENA DE INDIAS. Plan Educativo del Distrito de Cartagena 2006-2007, Junio de 2006.

Sentencia No C-053/99 RAIZALES-Protección cultural/ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES-Educación bilingüe/LENGUA OFICIAL

SIGUAN, M y MACKEY W.F. Educación y Bilingüismo. Madrid, Aula XXI/ Santillana. (1ra edición UNESCO 1986). 18 p.

SILVIA VALENCIA GIRALDO, PH. D. El Bilingüismo y los Cambios en Políticas Y Prácticas en la Educación Pública en Colombia: Un Estudio de Caso, 2002. 1-26P

WERTHER, William B y KEITH, Davis. Administración del Personal y de Recursos Humanos. México D.F., Mc Graw Hill, quinta edición. 2003. 5 -27 p.

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ANEXOS

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ANEXO No1 Competencias Comunicativas de los grados 1 a 3 de Básica Primaria - Principiante A

Referencia:

1.Competencia Lingüística

2. Competencia Pragmática

3.Competencia

Sociolinguística

Fuente: SERIE GUÍAS Nº 22 Estándares Básicos de Competencias en Lenguas Extranjeras: Inglés. Ministerio de Educación Nacional República de Colombia, 2006

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ANEXO No 2. Competencias Comunicativas de los grados 4 a 5 de Básica Primaria – Básico 1 (A 2.1)

Fuente: SERIE GUÍAS Nº 22 Estándares Básicos de Competencias en Lenguas Extranjeras: Inglés. Ministerio de Educación Nacional República de Colombia, 2006

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ANEXO No 3. Competencias Comunicativas de los grados 6 a 7 de Básica Secundaría – Básico 2 (A 2.2)

Fuente: SERIE GUÍAS Nº 22 Estándares Básicos de Competencias en Lenguas Extranjeras: Inglés. Ministerio de Educación Nacional República de Colombia, 2006

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ANEXO No 4. Competencias Comunicativas de los grados 8 a 9 de Básica Secundaría –Pre intermedio I (B 1.1)

Fuente: SERIE GUÍAS Nº 22 Estándares Básicos de Competencias en Lenguas Extranjeras: Inglés. Ministerio de Educación Nacional República de Colombia, 2006

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ANEXO No 4. Competencias Comunicativas de los grados 10 a 11 de Media Pre intermedio 2 (B 1.2)

Fuente: SERIE GUÍAS Nº 22 Estándares Básicos de Competencias en Lenguas Extranjeras: Inglés. Ministerio de Educación Nacional República de Colombia, 2006

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ANEXO No 5. Carta de Respuesta por parte del ICFES.

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Anexo No 6. Estadísticas emitidas por el ICFES

Fuente: ICFES, estadísticas anexadas en al Carta del Anexo No 7.

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