estructura política de méxico

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ESTRUCTURA POLÍTICA DE MÉXICO DIV ISIÓ N DE POD ERES

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Page 1: Estructura política de méxico

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Page 2: Estructura política de méxico

DIVISIÓN DE PODERES

Page 3: Estructura política de méxico

DIVISIÓN DE PODERES

Art 49.- El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación (…)

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Nivel de Gobierno

Ejecutivo Legislativo Judicial

Federal Presidente de la República

Cámara de Diputados y Cámara de Senadores

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Estatal Gobernador Congreso Estatal

Tribunal Superior

Municipal Presidente Municipal

NA (Regidores)

Juez Municipal

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FACULTADES DE CADA NIVEL

Federal.- Tiene facultades de hacer lo establecido en el Titulo III de la constitución.

Estatal.- Art 117.- NO PUEDEN: Celebrar alianza, tratado o coalición con otro Estado o potencias extranjeras Acuñar moneda, emitir papel moneda, estampillas, papel sellado Gravar el tránsito de personas o mercancías Prohibir la entrada o salida de mercancía nacional o extranjera Gravar la circulación o consumo de efectos nacionales o extranjeros Contraer obligaciones o empréstitos con extranjeros Tener tropa (Art 118) Hacer la guerra (Art 118)

Art 120.- Deberán publicar y hacer cumplir las leyes federales Art 121.- Las leyes de un Estado solo tendrán efecto dentro de su propio territorio Los actos civiles tendrán validez en los demás Estados

Page 6: Estructura política de méxico

MUNICIPIO

Municipal.- El art 115 regula la definición del Municipio y las facultades que este tiene.

Tendrán a su cargo las funciones de: Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento de aguas

residuales Alumbrado público Limpia, recolección, traslado y tratamiento de residuos Mercados y centrales de abasto Panteones Rastro Calles, parques y jardines Seguridad pública Los demás que determinen las legislaturas locales

Page 7: Estructura política de méxico

MUNICIPIO

El Municipio maneja su propia Hacienda y recibirá la contribuciones por inmuebles.

Recibirá las participaciones federales

Ingresos por la prestación de servicios públicos

Facultades: Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales Participar en planes de desarrollo regional Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo Regularización de la tenencia de la tierra Licencia y permisos de construcción Reservas ecológicas Transporte urbano

Page 8: Estructura política de méxico

DISTRITO FEDERAL

El art 44, define al Distrito Federal como la sede de los Poderes de la Unión. El art 122 regula y define las facultades de cada poder en el Distrito Federal

Congreso de la Unión

Presidente Asamblea Legislativa

Jefe de Gobierno

Expedir el Estatuto de Gobierno

Iniciar leyes Aprobar el presupuesto de egresos

Cumplir y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión y la Asamblea Legislativa

Legislar en materia de deuda pública

Proponer, en caso de remoción, el sustituto del Jefe de Gobierno

Aprobar el sustituto de Jefe de Gobierno, en caso de falta absoluta

Presupuesto de egreso Legislar en materia civil y penal

Hacer cumplir las leyes federales

Protección civil

Normar el desarrollo urbano

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PODER EJECUTIVO (FEDERAL)

Art 80.- Se deposita en un solo individuo, que se denominará Presidente de los Estados Unidos Mexicanos

Art 82.- Requisitos para ser Presidente: I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento, hijo de padre o madre

mexicanos y haber residido durante veinte años II.- Tener 35 años III.- Haber residido un año antes de la elección IV.- No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de culto V.- No estar en servicio activo en el Ejército durante los últimos seis años VI.- Desempeñar un cargo público por los últimos seis meses

Art 83.- Duración del cargo de seis años y no es posible volver a desempeñar el cargo

Page 10: Estructura política de méxico

PODER EJECUTIVO (FEDERAL)

Art 84.- Falta absoluta del Presidente En los primeros dos años, el Congreso elige al Presidente Interino, que convocará

a elecciones entre 14 a 18 meses. En los últimos cuatro años, el Presidente interino terminará el período.

Art 85.- No se presente el Presidente para asumir el cargo

Art 86.- Falta provisional del Presidente

¿Qué hubiera pasado el 1° de diciembre de 2006?

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FACULTADES

El art 89 menciona que las facultades y obligaciones del Presidente son:

1.- Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa su exacta observancia (reglamentación;)

2.- Nombrar y remover libremente a secretarios de despacho, agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda;

3.- Nombrar a los ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales, con aprobación del Senado;

4.- Nombrar con aprobación del Senado, los coroneles y oficiales superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales, y los empleados superiores de Hacienda;

6.- Preservar la seguridad nacional, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada (…) para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación

Page 12: Estructura política de méxico

8.- Declarar la guerra, previa ley del Congreso de la Unión;

9.- Designar, con ratificación del Senado, al Procurador General de la República

10.- Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del senado. (Principios de relaciones exteriores)

14.- Conceder, indultos a los reos sentenciados por delitos de competencia federal y los delitos por orden común en el Distrito Federal

18.- Presentar la terna para la designación de Ministros de la Suprema Corte de Justicia;

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

Art 90.- Será centralizada y paraestatal, funciones que estarán a cargo de las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos

Art 91.- Requisitos para ser Secretario de Despacho: Ciudadano mexicano por nacimiento En ejercicio de sus derechos Treinta años cumplidos

Art 92.- Reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes federales deberán estar firmados por el Secretario o Jefe Administrativo que corresponda

Art 93.- Dar cuenta al Congreso de sus funciones

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FUNCIONES

Están reglamentadas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

Dentro de sus principales funciones se encuentran: Fomentar y conducir la política de población Administrar y Publicar el D.O.F. Publicar las leyes y decretos Intervenir en nombramientos de servidores públicos Conducir la política interior Poner en acción los programas de Protección Civil Regular las apuestas Vigilar las publicaciones y transmisiones de radio y televisión

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SECRETARIOS ACTUALES

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Investigar, Secretarias actuales y su titular. Mencionar: estudios y puesto anterior.

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PODER EJECUTIVO (ESTATAL)

Art 116.- División de poderes en los Estados (Ejecutivo, Legislativo y Judicial)

Gobernadores no podrán durar más de seis años en el cargo

No podrán volver a ocupar el cargo de Gobernador (Solo en caso de los sustitutos o interinos, en el período inmediato)

Requisitos para ser Gobernador: Ciudadano mexicano por nacimiento que resida o sea nativo del Estado, o residencia efectiva en los cinco años anteriores a la elección.

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PODER EJECUTIVO (MUNICIPAL)

Art 115.- El municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores que se dispongan en la ley.

Los miembros del ayuntamiento no podrán ser reelegidos en el período inmediato.

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PODER LEGISLATIVO (FEDERAL)

Art 50.- El Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso General, que se dividirá en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores.

Art 51.- Renovación de la Cámara de Diputados cada tres años

Art. 52.- Se compondrá de 300 diputados electos por mayoría relativa por distritos uninominales y 200 electos por representación proporcional en circunscripciones plurinominales. (5)

Art 55.- Requisitos para ser diputado:

I.- Ciudadano mexicano por nacimiento

II.- 21 años

III.- Originario o residente del Estado de elección, por lo mínimo seis meses antes de la elección

IV.- No estar en servicio activo del Ejército, 90 días antes de la elección

V.- No ser Secretario o Subsecretario de Estado, 90 días antes de la elección o Ministro de la Suprema Corte 2 años antes de la elección, los gobernadores no podrán postularse.

VI.- No ser ministro de algún culto religioso

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PODER LEGISLATIVO (FEDERAL)

Art 56.- Cámara de Senadores se integrará por 128 senadores. 2 por cada Estado ,y Distrito Federal, por votación de mayoría relativa y uno por primera minoría. 32 senadores electos por representación proporcional. Se renovará cada seis años.

Art 58.- La edad mínima para ser Senador es de 25 años.

Art 59.- Ni senadores ni diputados pueden ser reelectos o ser suplentes en el período inmediato. Solo los suplentes que no hubieran estado en ejercicio.

Art 62.- Prohibido realizar otra actividad por las que se disfrute sueldo.

Art 63.- Presencia de los diputados y/o senadores.

Art 65.- Sesiones, del 1° de septiembre a máximo el 15 de diciembre y del 1° de febrero al 30 de abril.

Art 67.- Sesiones extraordinarias convocadas por la Comisión Permanente

Art 69.- Informe de gobierno el 1° de septiembre, estado general de la administración pública del país.

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PROCESO LEGISLATIVO

Regulado en los artículos 71 y 72.

Art 71.- Derecho de iniciar leyes o decretos compete:

I.- Al Presidente de la República;

II.- A los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión;

III.- y a las legislaturas de los Estados.

Art 72.- Del proceso legislativo, cuando la resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras.

Cámara de origen y cámara revisora, sin observaciones del Presidente en diez días se debe promulgar.

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PROCESO LEGISLATIVO

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PODER LEGISLATIVO (FEDERAL)

Art 73.- Facultades del Congreso (De acuerdo a la Constitución existen 30 facultades)

Entre las principales están:

• Admitir nuevos Estados

• Para formar nuevos Estados dentro de los límites de los existentes

• Cambiar la residencia de los Poderes de la Federación

• Endeudamiento del Gobierno Federal y del Distrito Federal

• Legislar en toda la República sobre: hidrocarburos, minería, comercio, juegos con apuestas y sorteos, servicios financieros, energía y expedir leyes de trabajo

• Crear y suprimir empleos públicos

• Declarar la guerra

• Dictar leyes sobre nacionalidad, ciudadanía y salubridad general

• Dictar leyes sobre vías generales de comunicación, posta, correos y aprovechamiento de aguas

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FACULTADES LEGISLATIVO

• Establecer casas de moneda

• Establecer los delitos y faltas contra la Federación

• Conceder licencia al Presidente

• Establecer contribuciones sobre: comercio exterior, recursos naturales (art 27), instituciones de crédito y sociedades de seguros, servicios públicos concesionados, energía eléctrica, gasolina, etc.

• Legislar sobre el uso de bandera, escudo e himno nacionales

• Expedir leyes de: planeación nacional de desarrollo económico y social, promoción de la inversión mexicana, regulación de inversión extranjera, protección del ambiente, protección civil, deporte, turismo, pesca y seguridad nacional

Page 25: Estructura política de méxico

FACULTADES EXCLUSIVAS Art 74.- Facultades exclusivas de la Cámara de Diputados:

• Expedir el Bando Solemne para dar a conocer el Presidente Electo

• Coordinar y evaluar a la entidad de fiscalización superior de la Federación

• Aprobar el Presupuesto de Egresos

• Declarar si no o ha lugar proceder penalmente contra servidores públicos

Art 76.- Facultades exclusivas del Senado:

• Analizar la política exterior, además de aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas

• Ratificar los nombramientos de: Procurador, Ministros, agentes diplomáticos, cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales

• Autoriza salida de tropa nacionales, paso de tropas extranjeras

• Jurado de sentencia para conocer en juicio político de las faltas u omisiones que cometan los servidores públicos.

• Designar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

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COMISIÓN PERMANENTE

Art 78.- Durante el receso del Congreso. Compuesta por 19 Diputados y 18 Senadores.

Facultades: Uso de Guardia Nacional

Protesta del Presidente de la República

Turnar iniciativas a las respectivas comisiones

Convocar a sesiones extraordinarias

Conceder licencia al Presidente

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PODER LEGISLATIVO (ESTATAL)

Art 116.- II.- Representantes en las legislaturas de los Estados.

No podrá ser menor a siete en los Estados cuya población no llegue a 400mil habitantes

No podrá ser menor a nueve, cuando la población sea mayor de 400mil pero menor de 800mil

No podrá ser menor a once, cuando la población sea mayor a 800mil habitantes

Los diputados no podrán ser reelegidos en el período inmediato

La legislatura local deberá contar con diputados por mayoría relativa y por representación proporcional

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PODER JUDICIAL (FEDERAL)

Art 94.-Se deposita en la Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito. (Consejo de la Judicatura Federal)

La Suprema Corte se compondrá de 11 ministros. Funcionará en Pleno o Salas. Durarán 15 años.

Art 95.- Requisitos para ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:

I.- Ser Ciudadano mexicano por nacimiento

II.- Tener 35 años

III.- Poseer título profesional de licenciado en derecho, con antigüedad mínima de die años

IV.- Gozar de buena reputación y no haber sido condenador

V.- Haber residido en el país durante los dos años anteriores

VI.- No haber sido secretario de estados, jefe de departamento, Procurador, senador, diputado federal, ni gobernador o Jefe de Gobierno, durante el año anterior

Page 29: Estructura política de méxico

PODER JUDICIAL (FEDERAL)

Art 99.- Funcionamiento del Tribunal Electoral. Resolverá las impugnaciones en elecciones federales, en el caso de la elección a Presidente realizará el computo final.

Art 103.- Los tribunales resolverán toda controversia que suscite:

I.- Por las leyes o actos de la autoridad que violen las garantías individuales

II.- Vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o competencia del Distrito Federal

III.- Leyes o actos de las autoridades de los Estados o del Distrito Federal que invadan la competencia federal

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CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES

Art 105.- Controversias Constitucionales. Se susciten entre:

a) La Federación y un Estado o el Distrito Federal

b) La Federación y un municipio

c) Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión

d) Un Estado y otro

e) Un Estado y el Distrito Federal

f) Distrito Federal y un municipio

g) Dos municipios de diversos Estados

h) Dos poderes de un mismo Estado, sobre constitucionalidad de sus actos

i) Un Estado y uno de sus municipios, sobre constitucionalidad de sus actos

j) Un Estado y un municipio de otro Estado

k) Dos órganos de gobierno del Distrito Federal, sobre constitucionalidad de sus actos

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ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD

II.- Se podrán ejercitar por:

a) 33% de la Cámara de Diputados

b) 33% del Senado

c) Procurador General de la República

d) 33% de alguna de las legislaturas estatales

e) 33% de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

f) Los partidos políticos

Art 107.- Regula el derecho de amparo, los casos en los que se puede solicitar

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PODER JUDICIAL (ESTATAL)

Art 116.- III.- La independencia de los magistrados y jueces deberá estar garantizado por la Constitución o leyes locales. Deben cumplir con los requisitos establecidos en el art 95. No podrán haber ocupado los cargos de Secretario, Procurador o Diputado local durante el año previo.