estructura nueva secretaría de deporte

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Martes 19 de agosto de 2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.949 5 #I4641964I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decreto 1324/2014 Decretos Nº 357/2002, Nº 20/2007 y N° 496/2007. Modificaciones. Bs. As., 11/8/2014 VISTO el Expediente Nº E-24733-2014 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los De- cretos Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, Nº 496 de fecha 10 de mayo de 2007 y Nº 20 del 10 de diciembre de 2007 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Nº 357/02 y sus modificaciones, se aprobaron el organigrama de aplicación de la Administración Pública centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama. Que, oportunamente, mediante el Decreto Nº 20/07, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. Que resulta necesario reordenar el flujo de responsabilidades en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de optimizar la administración de los recursos del Estado aplicados a la política social, potenciando asimismo criterios de efectividad y trabajo en equipo. Que para ello, resulta menester readecuar la conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los criterios enunciados, a través de la actualización de la estructura organizativa de la SECRETARIA DE DEPORTE sin que tal medida implique incre- mentar el presupuesto asignado y/o el total de las partidas de los cargos, para la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. Que a fin de optimizar el aprovechamiento de los recursos públicos con miras a la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados, resulta conveniente actualizar los objetivos de la SECRETARIA DE DEPORTE y reemplazar los correspondientes a la SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA y a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS DEPORTIVOS, por los correspondientes a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE JUEGOS NACIONALES Y REGIONALES, la SUBSECRETARIA DE DEPORTE COMUNITA- RIO y la SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO RENDIMIENTO, todas ellas dependientes de la SECRETARIA DE DEPORTE. Que ese reordenamiento requiere asimismo la aprobación de la estructura organizativa de pri- mer nivel operativo, de la SECRETARIA DE DEPORTE y sus SUBSECRETARIAS dependientes a fin de posibilitar el cumplimiento adecuado de sus objetivos. Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención que les compete. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido conforme su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.895. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo l al Artículo 1° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, - Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional - el Apar- tado XIX correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el que quedará conformado de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto. Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, Apartado XIX, la parte correspondiente a los Objetivos de la SECRETARIA DE DEPORTE, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de conformidad con el detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto. Art. 3° — Suprímense del Anexo II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, Apartado XIX, los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y GES- TION DEPORTIVA y de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS DEPORTIVOS ambas dependientes de la SECRETARIA DE DEPORTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. Art. 4° — Incorpóranse al Anexo II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, Apartado XIX, los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE JUE- GOS NACIONALES Y REGIONALES, de la SUBSECRETARIA DE DEPORTE COMUNITARIO y de la SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO RENDIMIENTO, todas ellas dependientes de la SECRETARIA DE DEPORTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de conformidad con el detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto. Art. 5° — Sustitúyense los Anexos I a y I g al artículo 3° del Decreto Nº 20 del 10 de diciembre de 2007, por los que, con idéntica denominación forman parte integrante del presente Decreto. Art. 6° — Sustitúyese del Anexo II al artículo 3° del Decreto Nº 20 del 10 de diciembre de 2007 y sus modificatorios, la parte correspondiente a la Responsabilidad Primaria y Acciones de las Uni- dades Organizativas dependientes de la SECRETARIA DE DEPORTE por las que, como Anexo II, forman parte integrante del presente Decreto. Art. 7° — Suprímese el cargo extraescalafonario de Coordinador de Programas Deportivos Jurisdiccional, creado por el Decreto Nº 496 de fecha 10 de mayo de 2007. Art. 8° — Derógase el artículo 3° del Decreto Nº 496 de fecha 10 de mayo de 2007. Art. 9° — Modifícase la distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA- CION NACIONAL - Recursos Humanos - de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para el ejercicio 2014 aprobada por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 3 de enero de 2014, de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto. Art. 10. — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la pre- sente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las que por el presente se aprueban, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en la normativa vigente. Art. 11. — El gasto que demande la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias de la jurisdicción. Art. 12. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alicia M. Kirchner. Planilla Anexa al ARTICULO 1° XIX - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL - SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA - SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL - SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL - SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL - SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL - SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES - SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS - SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA - SUBSECRETARIA DE JUVENTUD - SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION Y CAPACITACION POPULAR - SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION COMUNITARIA - SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL - SUBSECRETARIA DE ABORDAJE TERRITORIAL - SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA - SUBSECRETARIA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA - SUBSECRETARIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INTEGRACION FEDERAL - SECRETARIA DE DEPORTE - SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE JUEGOS NACIONALES Y REGIONALES - SUBSECRETARIA DE DEPORTE COMUNITARIO - SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO RENDIMIENTO Planilla Anexa al ARTICULO 2° MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL SECRETARIA DE DEPORTE Objetivos: 1. Asistir al Ministro/a de Desarrollo Social en toda cuestión relativa a la promoción y el desarrollo en el país de la actividad deportiva y recreativa en todas sus formas. 2. Asesorar al Ministro/a de Desarrollo Social en la planificación del uso de los recursos aplicados al desarrollo del deporte en general. 3. Aprobar programas y proyectos destinados al fomento del deporte, asegurando los principios de la ética deportiva y haciendo partícipe de ella a todos los integrantes del sistema deportivo nacional. 4. Promover y asistir las prácticas deportivas al nivel competitivo nacional, regional e internacional, en procura de alcanzar crecientes niveles y logros, asegurando así que las representaciones del deporte argentino, en todas sus modalidades y disciplinas, sean una expresión adecuada de la jerarquía cultural y deportiva del país. 5. Fomentar y apoyar la actividad física y la recreación, como medio para promover la integración, la inclusión y la cooperación social. 6. Impulsar el desarrollo del deporte de base en todo el territorio de la Nación, en coordinación con los organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, barriales y organizaciones sociales, como así también las actividades físicas relacionadas con la utilización del tiempo libre, en contacto con el ambiente natural. 7. Coordinar y ejecutar programas de promoción y desarrollo del deporte de alto rendimiento sobre la base de los estándares internacionales de cada disciplina. 8. Articular con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las políticas del Deporte de Alto Rendimiento. 9. Articular con el MINISTERIO DE SALUD, con los actores sanitarios competentes en cada caso, y con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las acciones necesarias para brindar el apoyo preventivo sanitario para el desarrollo de las actividades deportivas que se programen. 10. Articular con el MINISTERIO DE SALUD en la formación de especialistas a través de la imple- mentación de Residencias de Medicina del Deporte, enfocando sus esfuerzos académicos en aspectos de todos los niveles de prevención con un enfoque comunitario y profundizando en las ramas teóricas y prácticas que investigan la influencia positiva en el aspecto psico-socio-físico del ejercicio, el entre- namiento y el deporte.

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Page 1: Estructura nueva secretaría de deporte

martes 19 de agosto de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.949 5#I4641964I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decreto 1324/2014

Decretos Nº 357/2002, Nº 20/2007 y N° 496/2007. Modificaciones.

Bs. As., 11/8/2014

VISTO el Expediente Nº E-24733-2014 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, los De-cretos Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, Nº 496 de fecha 10 de mayo de 2007 y Nº 20 del 10 de diciembre de 2007 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Nº 357/02 y sus modificaciones, se aprobaron el organigrama de aplicación de la Administración Pública centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que, oportunamente, mediante el Decreto Nº 20/07, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que resulta necesario reordenar el flujo de responsabilidades en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de optimizar la administración de los recursos del Estado aplicados a la política social, potenciando asimismo criterios de efectividad y trabajo en equipo.

Que para ello, resulta menester readecuar la conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los criterios enunciados, a través de la actualización de la estructura organizativa de la SECRETARIA DE DEPORTE sin que tal medida implique incre-mentar el presupuesto asignado y/o el total de las partidas de los cargos, para la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que a fin de optimizar el aprovechamiento de los recursos públicos con miras a la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados, resulta conveniente actualizar los objetivos de la SECRETARIA DE DEPORTE y reemplazar los correspondientes a la SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y GESTION DEPORTIVA y a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS DEPORTIVOS, por los correspondientes a la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE JUEGOS NACIONALES Y REGIONALES, la SUBSECRETARIA DE DEPORTE COMUNITA-RIO y la SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO RENDIMIENTO, todas ellas dependientes de la SECRETARIA DE DEPORTE.

Que ese reordenamiento requiere asimismo la aprobación de la estructura organizativa de pri-mer nivel operativo, de la SECRETARIA DE DEPORTE y sus SUBSECRETARIAS dependientes a fin de posibilitar el cumplimiento adecuado de sus objetivos.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención que les compete.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido conforme su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.895.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo l al Artículo 1° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, - Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional - el Apar-tado XIX correspondiente al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el que quedará conformado de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, Apartado XIX, la parte correspondiente a los Objetivos de la SECRETARIA DE DEPORTE, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de conformidad con el detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 3° — Suprímense del Anexo II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, Apartado XIX, los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO Y GES-TION DEPORTIVA y de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS DEPORTIVOS ambas dependientes de la SECRETARIA DE DEPORTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Art. 4° — Incorpóranse al Anexo II al Artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, Apartado XIX, los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE JUE-GOS NACIONALES Y REGIONALES, de la SUBSECRETARIA DE DEPORTE COMUNITARIO y de la SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO RENDIMIENTO, todas ellas dependientes de la SECRETARIA DE DEPORTE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de conformidad con el detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 5° — Sustitúyense los Anexos I a y I g al artículo 3° del Decreto Nº 20 del 10 de diciembre de 2007, por los que, con idéntica denominación forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 6° — Sustitúyese del Anexo II al artículo 3° del Decreto Nº 20 del 10 de diciembre de 2007 y sus modificatorios, la parte correspondiente a la Responsabilidad Primaria y Acciones de las Uni-dades Organizativas dependientes de la SECRETARIA DE DEPORTE por las que, como Anexo II, forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 7° — Suprímese el cargo extraescalafonario de Coordinador de Programas Deportivos Jurisdiccional, creado por el Decreto Nº 496 de fecha 10 de mayo de 2007.

Art. 8° — Derógase el artículo 3° del Decreto Nº 496 de fecha 10 de mayo de 2007.

Art. 9° — Modifícase la distribución administrativa del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRA-CION NACIONAL - Recursos Humanos - de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para el ejercicio 2014 aprobada por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 3 de enero de 2014, de acuerdo al detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 10. — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la pre-sente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las que por el presente se aprueban, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en la normativa vigente.

Art. 11. — El gasto que demande la presente medida será atendido con las partidas presupuestarias de la jurisdicción.

Art. 12. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alicia M. Kirchner.

Planilla Anexa al ARTICULO 1°

XIX - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

- SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION, MONITOREO Y LOGISTICA

- SUBSECRETARIA DE COMERCIALIZACION DE LA ECONOMIA SOCIAL

- SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

- SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL

- SUBSECRETARIA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES

- SUBSECRETARIA DE POLITICAS ALIMENTARIAS

- SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA

- SUBSECRETARIA DE JUVENTUD

- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION Y CAPACITACION POPULAR

- SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION COMUNITARIA

- SECRETARIA DE GESTION Y ARTICULACION INSTITUCIONAL

- SUBSECRETARIA DE ABORDAJE TERRITORIAL

- SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

- SUBSECRETARIA DE DERECHOS PARA LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA

- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INTEGRACION FEDERAL

- SECRETARIA DE DEPORTE

- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE JUEGOS NACIONALES Y REGIONALES

- SUBSECRETARIA DE DEPORTE COMUNITARIO

- SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO RENDIMIENTO

Planilla Anexa al ARTICULO 2°

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE DEPORTE

Objetivos:

1. Asistir al Ministro/a de Desarrollo Social en toda cuestión relativa a la promoción y el desarrollo en el país de la actividad deportiva y recreativa en todas sus formas.

2. Asesorar al Ministro/a de Desarrollo Social en la planificación del uso de los recursos aplicados al desarrollo del deporte en general.

3. Aprobar programas y proyectos destinados al fomento del deporte, asegurando los principios de la ética deportiva y haciendo partícipe de ella a todos los integrantes del sistema deportivo nacional.

4. Promover y asistir las prácticas deportivas al nivel competitivo nacional, regional e internacional, en procura de alcanzar crecientes niveles y logros, asegurando así que las representaciones del deporte argentino, en todas sus modalidades y disciplinas, sean una expresión adecuada de la jerarquía cultural y deportiva del país.

5. Fomentar y apoyar la actividad física y la recreación, como medio para promover la integración, la inclusión y la cooperación social.

6. Impulsar el desarrollo del deporte de base en todo el territorio de la Nación, en coordinación con los organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, barriales y organizaciones sociales, como así también las actividades físicas relacionadas con la utilización del tiempo libre, en contacto con el ambiente natural.

7. Coordinar y ejecutar programas de promoción y desarrollo del deporte de alto rendimiento sobre la base de los estándares internacionales de cada disciplina.

8. Articular con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las políticas del Deporte de Alto Rendimiento.

9. Articular con el MINISTERIO DE SALUD, con los actores sanitarios competentes en cada caso, y con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD) las acciones necesarias para brindar el apoyo preventivo sanitario para el desarrollo de las actividades deportivas que se programen.

10. Articular con el MINISTERIO DE SALUD en la formación de especialistas a través de la imple-mentación de Residencias de Medicina del Deporte, enfocando sus esfuerzos académicos en aspectos de todos los niveles de prevención con un enfoque comunitario y profundizando en las ramas teóricas y prácticas que investigan la influencia positiva en el aspecto psico-socio-físico del ejercicio, el entre-namiento y el deporte.

Page 2: Estructura nueva secretaría de deporte

martes 19 de agosto de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.949 6Planilla Anexa al ARTICULO 4°

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE DEPORTE

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE JUEGOS NACIONALES Y REGIONALES

Objetivos:

1. Asistir al Secretario/a en el uso eficiente y racional de los recursos destinados a la promoción te-rritorial del deporte en todas sus manifestaciones a través de la organización sistemática de certámenes y juegos nacionales y regionales.

2. Diseñar políticas de promoción de actividades físicas y del deporte educacional en coordinación permanente con las autoridades competentes de jurisdicción nacional, provincial y municipal.

3. Promover, proyectar y orientar políticas que tiendan a acercar al hombre a su medio natural, favoreciendo la integración al mismo, el desarrollo de actitudes ecológicas, así como al mejor aprove-chamiento de su tiempo libre y calidad de vida.

4. Promover en todo el territorio nacional la práctica de actividad física, de deportes y recreativa para el conjunto de la sociedad como elemento de equidad territorial y social.

5. Aprovechar las potencialidades de los encuentros deportivos organizados en forma de competen-cias sistemáticas locales, zonales y nacionales como instancias contributivas para el desarrollo comuni-tario territorial de la competencia deportiva que fomente la integración y la participación de los titulares de derecho en intercambios mutuamente enriquecedores.

6. Articular con organismos públicos y de la comunidad civil las condiciones necesarias para la generación de ámbitos participativos y de intercambio cultural en el marco de la realización de eventos deportivos comunitarios.

7. Cumplir con todas las normativas de higiene y seguridad del medioambiente en el Centro Recrea-tivo Nacional (CeReNa) y otros de similares características a crearse.

8. Velar por la incorporación de actividades de índole recreativa, social y cultural en el desarrollo de los Juegos Nacionales Evita.

9. Coordinar con la Dirección Nacional de Gestión Integral el apoyo de los Ministerios de Salud a nivel nacional y provincial para asegurar el apoyo logístico social y sanitario a las actividades deportivas que se organicen.

Planilla Anexa al ARTICULO 4°

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE DEPORTE

SUBSECRETARIA DE DEPORTE COMUNITARIO

Objetivos:

1. Asistir al Secretario en la elaboración y planificación de programas anuales y plurianuales destina-dos a la promoción de la actividad deportiva amateur y comunitaria.

2. Asistir al Secretario en el uso eficiente y racional de los recursos de la inversión pública y privada destinados a la promoción del deporte en todas sus manifestaciones.

3. Programar y diseñar las metodologías de supervisión del cumplimiento de cronogramas y requi-sitos por parte de las organizaciones comunitarias y Clubes Barriales que reciban asistencia material y financiera destinada a favorecer el cumplimiento de las metas que se establezcan.

4. Detectar potencialidades de realización de acciones de integración comunitaria a través de la recepción y análisis de propuestas para la realización de actividades deportivas y recreativas, su valo-ración y eventual enriquecimiento con la incorporación de experiencias previamente obtenidas por la Jurisdicción.

5. Detectar y promover la creación de canales para fomentar la aplicación y valorización de la par-ticipación comunitaria en el desarrollo de las políticas sociales integrales a través de las actividades deportivas y recreativas.

6. Cumplir con todas las normativas de higiene y seguridad del medioambiente en los Centros Re-creativos y Deportivos Comunitarios de Marcos Paz (CEMA) y de Escobar (CEDES) y en otros de similares características a crearse.

7. Asistir al Secretario de Deporte en el otorgamiento de subsidios para insumos y recursos indispen-sables para el desarrollo del Deporte Comunitario.

8. Velar por la incorporación de actividades de índole recreativa, social y cultural en el desarrollo del Deporte Comunitario.

Planilla Anexa al ARTICULO 4°

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE DEPORTE

SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO RENDIMIENTO

Objetivos:

1. Asistir al Secretario en el uso eficiente y racional de los recursos destinados a la promoción del deporte en todas sus manifestaciones.

2. Asistir al Secretario de Deporte en la planificación del deporte de representación nacional, y del desarrollo del deporte federado, en todas sus disciplinas y modalidades.

3. Asistir al Secretario, en la coordinación con las entidades federativas nacionales, regionales o locales, así como con las entidades públicas y privadas, en la elaboración, ejecución y monitoreo de pro-gramas de captación y desarrollo de talentos deportivos y de programas para el desarrollo del Deporte Federado, procurando, para tales fines, la aplicación de principios éticos y pedagógicos.

4. Generar condiciones para facilitar la continuidad educativa y el desarrollo deportivo de los jóvenes talentos, coordinando acciones con organismos públicos y privados de educación y deportes de todo el país.

5. Coordinar programas para entrenadores y deportistas, cualquiera sea su nivel competitivo, refe-ridos a la mejora del rendimiento, arbitrando las medidas necesarias para facilitar su acceso a técnicas generales y específicas de entrenamiento con aplicación de las normas médico sanitarias, en coordina-ción con las áreas competentes en la materia.

6. Asistir al Secretario de Deporte en el establecimiento y aplicación de las normativas y procedi-mientos técnico administrativos adecuados para asegurar una equitativa asignación de becas de forma-ción que aporten al cumplimiento de los objetivos planteados.

7. Remitir toda información relevante referida a la elaboración de nuevas reglamentaciones depor-tivas a la Dirección Nacional de Gestión Integral para el mantenimiento y permanente actualización del normativo nacional e integral.

8. Entender en la elaboración y aplicación de políticas de promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los programas y juegos nacionales y regionales llevados a cabo por la Secretaría; todo ello en coordinación con las federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA) y el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD).

ANEXO I a

Page 3: Estructura nueva secretaría de deporte

martes 19 de agosto de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.949 7ANEXO I g

ANEXO II

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE DEPORTE

Dirección Nacional de Gestión Integral

Responsabilidad Primaria:

Asistir al Secretario de Deporte en la relación intersectorial e interministerial a través del Con-sejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales para el diseño y mantenimiento de una red institucional relacionada con la temática deportiva que permita fortalecer la gestión específica de los objetivos de la Secretaría.

Acciones:

1. Asistir al Secretario de Deporte en el diseño y programación de las políticas de integra-ción social para el desarrollo del deporte con el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales.

2. Dirigir el diseño y ejecución de proyectos especiales intersectoriales, interjurisdic-cionales, e interdisciplinarios, a fin de viabilizar la ejecución de las políticas específicas del ámbito de su competencia, que se programen articulando acciones para su solución con las diferentes Secretarías de la Jurisdicción así como con los restantes entes no estatales de temática deportiva.

3. Generar propuestas y programas en articulación con la Subsecretaría de Respon-sabilidad Social con el objetivo de fomentar y promover el desarrollo de acciones de Res-ponsabilidad Social en el ámbito deportivo, cristalizando de este modo, la integración entre diversos actores sociales, fomentando la adopción de valores como el trabajo en equipo, la vida sana, el cuidado de la salud y del medio ambiente, y el compromiso con el desarrollo humano y comunitario.

4. Articular específicamente el apoyo logístico, social y sanitario a la organización de los Jue-gos Nacionales, Regionales y de deporte comunitario, así como también otras actividades recrea-tivas, sociales y culturales que se emprendan desde la Secretaría.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE DEPORTE

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE JUEGOS NACIONALES Y REGIONALES

Dirección Nacional de Coordinación de Competencias

Responsabilidad Primaria:

Promover los Juegos Nacionales y Regionales, en coordinación permanente con las autori-dades competentes, asegurando la participación de aspirantes de todo el territorio nacional en igualdad de condiciones y cuidando especialmente el cumplimiento de criterios de inclusión social integral.

Acciones:

1. Articular esfuerzos con la Dirección Nacional de Deporte Amateur y la Dirección Nacional de Alto Rendimiento, así como con otros organismos públicos competentes con el objeto de fomentar la captación y desarrollo de talentos deportivos, procurando para tal fin la aplicación de principios éticos y pedagógicos.

2. Promover actividades físicas y deportivas destinadas a todos los niveles de enseñanza, en forma coordinada con similares organismos de jurisdicción nacional, provincial o municipal.

3. Consolidar instancias de competencia deportiva de base en los ámbitos locales, zonales, y nacional, así como también la participación de representantes nacionales en el exterior, supervi-sando la organización de los Juegos Nacionales Evita y el aporte nacional en los Juegos Deporti-vos Regionales Latinoamericanos.

4. Contribuir al desarrollo deportivo provincial, regional y nacional, a través de la competencia deportiva.

5. Diseñar y llevar adelante encuentros de Capacitación específica a profesionales del deporte para desempeñarse como actores organizacionalmente relevantes en el desarrollo de los Juegos Deportivos Nacionales y Regionales que se ejecuten.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE DEPORTE

SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE JUEGOS NACIONALES Y REGIONALES

Dirección Nacional de Escuelas de Deporte

Responsabilidad Primaria:

Diseñar los planes y programas vinculados a las particularidades deportivas en sus diferentes expre-siones, a través de las Escuelas de Deporte, como instrumento relevante de socialización, reconstrucción del tejido social, vehículos de efectivización de derechos y cohesión familiar.

Acciones:

1. Fomentar la creación de Escuelas de Deporte como centros de fomento con el objeto de estimular el ingreso y participación de la comunidad al sistema deportivo en procura de mejorar su calidad de vida.

2. Diseñar e implementar modelos de intervención pedagógica a nivel comunitario que fomenten el conocimiento y la participación deportiva respetando las particularidades locales y la idiosincrasia cultural local.

3. Contribuir con la recuperación y reconstrucción de espacios existentes y potenciales de participa-ción deportiva a través del establecimiento de Escuelas de Deporte.

4. Implementar actividades de educación física, prácticas saludables y circuitos de salud en espa-cios comunitarios.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE DEPORTE

SUBSECRETARIA DE DEPORTE COMUNITARIO

Dirección Nacional de Deporte Amateur

Responsabilidad Primaria:

Ejecutar las políticas, planes y programas vinculados al desarrollo y promoción del Deporte Amateur como herramientas de inclusión social y de integración comunitaria.

Acciones:

1. Elaborar planes y acciones que tengan por finalidad la generación de condiciones que garanti-cen el acceso a la actividad física y deportiva de todos los habitantes del país a través del desarrollo de asociaciones barriales, clubes deportivos y ligas independientes que los relacionen en forma de redes mutuamente sustentables.

2. Apoyar a los clubes barriales para recibir, por parte del Estado Nacional, asistencia material y financiera destinada al cumplimiento de las metas que, para cada disciplina deportiva, se establezcan en las Planificaciones Anuales y Plurianuales del Deporte Amateur y Social.

3. Articular esfuerzos con la Dirección Nacional de Coordinación de Competencias y con otros or-ganismos públicos y privados competentes con el objeto fomentar la captación y desarrollo de talentos deportivos, procurando para tal fin la aplicación de principios éticos y pedagógicos.

4. Proponer la asignación de subsidios para las actividades deportivas, supervisando el cumplimien-to de las condiciones técnicas necesarias para recibir asistencia material y financiera destinada al cum-plimiento de las metas que se establezcan, según la planificación anual y plurianual del deporte social, informando el cumplimiento de sus metas.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE DEPORTE

SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO RENDIMIENTO

Dirección Nacional de Alto Rendimiento

Responsabilidad Primaria:

Asistir al Subsecretario en la promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los programas y juegos nacionales y regiona-

Page 4: Estructura nueva secretaría de deporte

martes 19 de agosto de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.949 8les llevados a cabo por la Secretaría; todo ello en coordinación con las federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA) y el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD).

Acciones:

1. Asistir al Subsecretario en la elaboración de las políticas de desarrollo deportivo para los deportes de alto rendimiento olímpico y paralímpico, a fin de ser sugeridos a las federaciones nacionales, al Comité Olímpico Argentino (COA) y al Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo (ENARD).

2. Dirigir la captación y el desarrollo de talentos deportivos olímpicos y paralímpicos, a través de los distintos programas y juegos nacionales y regionales ejecutados desde la Secretaría.

3. Controlar y evaluar la preparación física de los atletas en las competencias nacionales e interna-cionales de alto rendimiento.

4. Llevar un registro de estadísticas de la participación de cada atleta, en las distintas evaluaciones y competencias.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE DEPORTE

SUBSECRETARIA DE DEPORTE FEDERADO Y DE ALTO RENDIMIENTO

Dirección Nacional de Deporte Federado

Responsabilidad Primaria:

Ejecutar las políticas, planes y programas vinculados a estimular y mantener el desarrollo técnico del conocimiento deportivo a nivel nacional y territorial, así como al desarrollo integral del deporte federado y de representación, en todas sus etapas, modalidades y niveles de competición.

Acciones:

1. Asistir al Subsecretario en las políticas pertinentes al cuidado de la salud y el desarrollo de me-didas preventivas a los efectos de evitar el uso indebido de drogas en las actividades físicas y prácticas deportivas en su conjunto.

2. Adecuar los controles de los programas de desarrollo de la actividad deportiva federada, obte-niendo información calificada tendiente a optimizar los diferentes procesos de deporte federado y dise-ñar programas para la difusión y el desarrollo sistemático de la actividad.

3. Asistir al Subsecretario en la elaboración de programas y acciones vinculados con la capacitación de los recursos humanos que intervengan en el desarrollo del deporte en todas sus manifestaciones.

4. Llevar de manera actualizada la documentación relativa con el Registro Nacional de Instituciones Deportivas, establecido en el Artículo 17 de la Ley Nº 20.655.

5. Proponer al Subsecretario la asistencia material y financiera destinada a satisfacer las necesida-des de entrenamiento y competencia de las selecciones representativas.

6. Dirigir el diseño y ejecución de proyectos de investigación científica sobre cuestiones deportivas que se consideren relevantes, así como la realización de censos, encuestas y aplicación de otros instru-mentos de medición estadística que permitan profundizar el conocimiento sobre diversas realidades y fenómenos deportivos que se prioricen.

Planilla Anexa al ARTICULO 9°

PRESUPUESTO 2014

RECURSOS HUMANOS

JURISDICCION: 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARIA DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

PROGRAMA: 01 - Actividades Centrales.

ACTIVIDAD: 02 - Planeamiento y Coordinación Administrativa y Legal.

CARGO O CATEGORIA CANTIDAD DE CARGOS

ESCALAFON 303

B +7

C +17

F -16

E -8

SUBTOTAL ESCALAFON 0

TOTAL PROGRAMA 0

#F4641964F#

Contabilidad y Finanzas dependiente de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SE-CRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se le ha otorgado el beneficio jubilatorio a partir del 1 de marzo de 2013.

Que atento a la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la jurisdicción, resulta necesario proceder a la asignación de funciones, con carácter transitorio, des-de el 12 de marzo de 2013 y hasta el 31 de mayo de 2013, al agente Don Delfor Jesús María PLANISIG (M.I. Nº 13.809.311), en los términos del Título X del Convenio Colec-tivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI-CO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso, entre otros as-pectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARIA LEGAL Y AD-MINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECO-NOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a partir del 1 de junio de 2013, se considera im-prescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel B, Función Ejecutiva Nivel IV, de Coordinador de Area Patrimonio de la Dirección de Contabilidad y Finanzas dependiente de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una ex-cepción a lo dispuesto en el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895.

Que las personas propuestas poseen con-diciones de experiencia e idoneidad para cubrir dicho cargo.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NA-CION.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la inter-vención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artícu-lo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NA-CIONAL, los Artículos 7° y 10 de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895 y el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Danse por asignadas las fun-ciones con carácter transitorio de Coordinador Area Patrimonio, Nivel B, Función Ejecutiva Nivel IV, de la Dirección de Contabilidad y Fi-nanzas dependiente de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRI-MONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMI-NISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, al agente Don Delfor Je-sús María PLANISIG (M.I. Nº 13.809.311) Nivel C, Grado 10, a partir del 12 de marzo de 2013 y hasta el 31 de mayo de 2013, en los términos del Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado

por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, autorizándose el pertinente pago de la Función Ejecutiva correspondiente, de conformidad con lo establecido en el referido Sistema.

Art. 2° — Dase por designado transitoria-mente, a partir del 1 de junio de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días há-biles contados a partir del dictado de la pre-sente medida, al Contador Público Don Sergio Gustavo Carlos LEIVA (M.l. Nº 24.796.561) en el cargo de Coordinador Area Patrimonio de la Di-rección de Contabilidad y Finanzas dependien-te de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SE-CRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MI-NISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLI-CAS, Nivel B, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895.

Art. 3° — El cargo involucrado en el artícu-lo precedente deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial del per-sonal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el De-creto Nº 2.098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

Art. 4° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Ju-risdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.

#F4641972F#

#I4641973I#MINISTERIO DE EDUCACION

Decreto 1333/2014

Dase por prorrogada designación de la Directora Nacional de Desarrollo Univer-sitario y Voluntariado.

Bs. As., 11/8/2014

VISTO los Decretos Nros. 491 del 12 de mar-zo de 2002, 2.283 del 27 de noviembre de 2012, 396 del 10 de abril de 2013 y 1.257 del 28 de agosto de 2013 y lo solicitado por el MINISTERIO DE EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº  491 del 12 de marzo de 2002 dispuso que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentra-lizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PO-DER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 2.283 del 27 de no-viembre de 2012 se cubrió en el MINISTE-RIO DE EDUCACION el cargo de Directora Nacional de Desarrollo Universitario y Vo-luntariado dependiente de la SUBSECRE-TARIA DE GESTION Y COORDINACION DE POLITICAS UNIVERSITARIAS de la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSI-TARIAS.

Que en el artículo 2° del citado decreto se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los requisitos y sis-temas de selección vigentes según lo es-tablecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Tra-bajo Sectorial homologado por el Decreto

#I4641972I#MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 1332/2014

Danse por asignadas funciones. Designa-ción.

Bs. As., 11/8/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0091284/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fe-cha 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, se dispuso el conge-lamiento de los cargos vacantes financia-dos existentes a la fecha de sanción de las mismas, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabi-nete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de las citadas leyes.

Que al Contador Don Luis SANCHEZ VAZQUEZ (M.I. Nº  8.437.523), quien se desempeñaba en el cargo de Coordina-dor Area Patrimonio de la Dirección de