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MINISTERIO DE SALUD DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICAS E INFORMACIÓN DE SALUD. DEIS ESTÁNDAR DE ATENCIÓN DE URGENCIA

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  • MINISTERIO DE SALUD DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICAS E INFORMACIÓN DE SALUD. DEIS

    ESTÁNDAR DE ATENCIÓN DE URGENCIA

  • DEPARTAMENTE DE ESTADÍSTICAS E INFORMACIÓN DE SALUD MESA DE TRABAJO: ESTÁNDAR DE ATENCION DE URGENCIA

    PRODUCTO FINAL

    Página 1 de 20

    ÍNDICE

    Introducción ………………………………………………………………………………………………………. 2

    Participantes ………………………………………………………………………………………………………. 3

    Revisión Bibliográfica …………………………………………………………………………………………………. 4

    Revisión Bibliográfica Internacional

    Documentación relacionada con estándares de información de la Urgencia

    Conclusión Revisión Bibliográfica

    Levantamiento De Requerimientos …………………………………………………………………………… 7

    Tabla de requerimientos

    Conclusiones del levantamiento de requerimientos

    Propuesta Estándar de Dato de Atención de Urgencia ………………………………………………….. 13

    Criterios y Siglas ……………………………………………………………………………………………... 17

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    PRODUCTO FINAL

    Página 2 de 20

    INTRODUCCIÓN

    Al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que le corresponde al Estado de

    garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de

    salud y de rehabilitación de la persona enferma, así como de coordinar; controlar y cuando

    corresponde ejecutar dichas acciones.

    Para ejercer dichas acciones correctamente, el Estado debe ser capaz de garantizar la

    identificación de cada individuo en forma unívoca, es decir establecer que un conjunto de datos

    sociodemográficos y otras características pertenecen a un solo individuo, y que dicho individuo es

    efectivamente la persona a quien se está identificando.

    La experiencia internacional ha señalado la carencia de estándares para la gestión de

    información de salud como una de las barreras más importante para la implementación de

    sistemas de información que apoyen una atención de salud mejor y más eficiente.

    Los estándares de información que se utilizan actualmente en el sector salud versan sobre

    diversas materias entre las cuales están los datos de identificación de las personas atendidas, los

    de los prestadores, del punto de encuentro, de los recursos de salud utilizados, de la división

    político administrativa y otros. Por esto, y en sintonía con el marco político actual, el Ministerio de

    Salud considera pertinente y apropiado establecer los estándares a utilizar en los sistemas de

    información de salud para su uso en los establecimientos y organismos de Salud del territorio

    nacional, a fin de lograr que las diferentes iniciativas de desarrollo de tales sistemas abordadas por

    los distintos actores, permitan obtener una información confiable y comparable, utilizando

    criterios comunes, de modo que se logre la integración de la información del sector.. (DS Nº

    820/2011)M

    La definición de estándar es aquello que sirve como tipo, modelo, norma, patrón o

    referencia. El significado primario es “lo que es establecido por la autoridad, la costumbre o el

    consentimiento general”. En este sentido se usa como sinónimo de norma.

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    Página 3 de 20

    PARTICIPANTES

    Con el objetivo de conformar un estándar adecuado a las diferentes entidades del sector, el

    Departamento de Estadísticas e Información de Salud, DEIS, en su rol de Secretaría Ejecutiva convocó

    una mesa de trabajo con distintos profesionales que expusieron las necesidades de sus áreas y que

    permitieron obtener el producto que hoy se presenta.

    Secretaría Ejecutiva: Katherine Vigorou

    Secretaría Técnica: Patricia Moyano

    Asesor experto: Mónica Briceño

    A continuación se listan los profesionales que participaron en la mesa de estándares:

    PARTICIPANTES DE REUNIÓN

    # Nombre Dependencia

    1 Jossette Iribarne DEIS

    2 Patricia Lumio OCP

    3 Susana Fuentealba DIGERA

    4 Sandra Navarro APS

    5 Rodrigo Madrid APS

    6 Fernando Soto Epidemiología

    7 CleliaVallebuona Epidemiología

    8 Angélica Villarroel DIGERA

    9 Angélica González SSO

    10 Paula Rivera HLT

    11 Marco Clavero DIPRECE

    12 Rinaldo Basso H. San José

    13 Leticia Ávila Martínez DIVAP

    14 María Elena Winser DIPOL

    15 Myriam González DIPRECE

    16 Patricio Carrasco OCP

    17 Rodrigo Cabello OCP

    18 Marcelo Olivares Asesoría Jurídica

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    1. REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA INTERNACIONAL

    1.1 Documentos revisados: 1.-Compilación de Legislación sobre Sistemas de Servicios de Emergencia en América Latina; Organización Panamericana de la Salud. 2.-Estándares y recomendaciones de la unidad de urgencias hospitalarias; Ministerio de Sanidad y Política Social; España. 3.-Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, Del Expediente Clínico 4.-Norma Técnica de los Servicios de Emergencia de Hospitales del Sector Salud; Ministerio de Salud de Perú; 2004, Lima Perú. 5.-Manual de Organización y Procedimientos en Registros Médicos y Estadísticas de Salud, Cuba. 6.-Directrices para Organización y Funcionamiento de Servicios de Urgencia y Emergencia; MERCOSUR/GMC/RES. Nº 12/07. 7.- Propuesta para la reorganización de la prestación de los servicios de urgencias en el distrito capital: atención pre-hospitalaria, intrahospitalaria y sistema de referencia y contrarreferencia, Bogotá, Colombia. 8.- Urgencia, gravedad y complejidad: un constructo teórico de la urgencia basado en el triaje estructurado; Emergencias 2006, España. 9.-IHE Patient Care Coordination (PCC), Technical Framework Supplement, September 2011, IHE PCC Technical Committee.

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    1.2 Documentación relacionada con estándares de información de la Urgencia: En este comentario nos referiremos a las normativas relacionadas con los registros que

    podrían generar estadísticas en salud llegando en algunas ocasiones hasta la atención de urgencia.

    -Estándares y recomendaciones de la unidad de urgencias hospitalarias; Ministerio de Sanidad y Política Social; España, 2010. Este informe apunta a la urgencia con las siguientes recomendaciones especificas: La admisión estará integrada al servicio de urgencia.

    -Documentación clínica. Los aspectos relacionados a la documentación clínica, registro de pacientes, informe de

    alta y protección de datos son de responsabilidad del hospital al que está vinculada la UUH. La UUH debe garantizar la existencia de los documentos médico-legales obligatorios. Los

    principales son: el parte de lesiones y accidentes por el que el médico comunica a la autoridad judicial la asistencia a un lesionado; la historia clínica e informe de alta de urgencias. -Informe de alta de urgencias:

    Al final del proceso asistencial, así como con ocasión de traslado, el paciente tiene derecho a la emisión por la UUH del informe de alta de urgencias.

    El alta de urgencia debe contener los datos de filiación, antecedentes familiares, antecedentes personales, anamnesis, datos de la exploración física, resultados de las pruebas complementarias, juicio clínico, diagnóstico, tratamiento y destino al alta. Este documento se refiere en un ítem de su desarrollo específicamente a los registros de los Servicios de Urgencia constituyendo un aporte para el análisis; señalando que esas son recomendaciones para las comunidades autónomas. Este documento no posee carácter normativo, sin embargo, tiene por objetivo establecer estándares para la autorización de la apertura, el funcionamiento y la acreditación de estas unidades. -Norma Oficial Mexicana NOM-168-SSA1-1998, Del Expediente Clínico. En este documento encontramos desarrollo de estándares. Esta norma indica: De las Notas Médicas en Urgencias: Deberá elaborarla el médico y deberá contener lo siguiente: Fecha y hora en que se otorga el servicio. Signos vitales. Motivo de la consulta Resumen del interrogatorio, exploración física y estado mental en su caso. Diagnósticos o problemas clínicos. Resultados de estudios de los servicios auxiliares de diagnóstico. Tratamiento. Pronóstico. Nota de evolución. Deberá elaborarla el médico cada vez que proporcione atención al paciente y las notas se llevarán a efecto conforme a lo previsto en la presente norma.

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    “Esta Norma Oficial Mexicana establece los criterios científicos, tecnológicos administrativos obligatorios en la elaboración, integración, uso y archivo del expediente clínico” Esta cita de la norma refleja la intención oficial, y ahorra comentarios. 1.3 Conclusión Revisión Bibliográfica

    De esta revisión documental se desprende que los estándares de urgencia muestran desarrollos

    heterogéneos que son una prolongación del establecimiento hospitalario donde se ubica

    territorialmente la UHH.

    Son destacables en su desarrollo mas estructurado especifico al tema revisado los documentos de España y México si bien con énfasis diferentes.

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    2. LEVANTAMIENTO DE REQUERIMIENTOS

    A continuación se exponen los requerimientos presentados por los diferentes integrantes de la

    Mesa de Estándares de Información de Atención de urgencia. Dicha información ha sido

    distribuida entre requerimientos SIDRA y DEIS ya que existen algunos que corresponden a

    necesidades de captura de la información en sistemas informáticos y no en la conformación del

    estándar propiamente tal.

    EPIDEMIOLOGÍA TRAUMATISMOS Y ENVENENAMIENTO

    REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO OBSERVACIONES

    SIDRA DEIS

    Datos del paciente SI SI Dto. Nº 820

    Datos del Acompañante SI SÍ Dto. Nº 820

    Descripción del evento SI NO

    Uso de alcohol Sustancias psicoactivas

    SI SI Alcoholemia SI o No Sustancias psicoactivas No factible en Urgencia

    Datos específicos de accidente de tránsito

    SI NO En DAU Clasificación Internacional de las Lesiones de Causa Externa (CILCE o ICECI)

    Datos de violencia o agresión

    SI NO En DAU Clasificación Internacional de las Lesiones de Causa Externa (CILCE o ICECI) intencionalidad, objeto, lugar, actividad y mecanismo. Sólo para un sistema de información

    Datos de intoxicación o envenenamiento

    SI NO Solo Plaguicidas Dto. Nº 88 Clasificación Internacional de las Lesiones de Causa Externa (CILCE o ICECI) intencionalidad, objeto, lugar, actividad y mecanismo.

    Datos de intención suicida o suicidio

    SI NO En DAU(TAPSAA) Clasificación Internacional de las Lesiones de Causa Externa (CILCE o ICECI) intencionalidad, objeto, lugar, actividad y mecanismo.

    Datos clínicos SI SI En DAU

    Sitio anatómico SI NO

    Naturaleza de la lesión SI SI TAPSAA

    Síntomas y signos SI SI En DAU solo signos vitales

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    Severidad SI NO Se refiere a la clasificación jerarquizada de las lesiones por traumatismo y envenenamientos (lesiones superficiales, sin laceración), moderada (suturas menores, fracturas cerradas, observación o traumas menores) y severa (cuando necesita cirugías y cuidados intensivos). Siendo una categoría distinta a la naturaleza de la lesión y a los resultados de la atención n

    Condición al egreso SI SI En DAU

    Destino del paciente SI SI En DAU

    Infarto al miocardio SI SI TAPSAA

    Accidente vascular encefálico

    SI SI TAPSAA

    DIGERA

    REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO OBSERVACIONES

    SIDRA DEIS

    ADMISIÓN: Abrir DAU Identificación del paciente

    SI SI Dto. Nº 820

    Motivo de consulta SI SI En DAU

    SELECTOR DE DEMANDA: Signos Vitales

    SI SI En DAU

    Antecedentes clínicos SI SI En DAU

    Categorización SI SI En DAU

    EVALUACIÓN MÉDICA: Signos vitales

    SI SI En DAU

    Antecedentes previos

    SI NO Anamnesis remota Texto libre

    Anamnesis SI SI En DAU

    Examen físico SI SI En DAU

    Evolución SI SI En DAU

    Emitir interconsulta SI NO Se obtendrá de la indicación de derivación

    Hipótesis Diagnóstica SI SI TAPSAA

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    Consentimiento informado

    SI NO Pendiente, hasta definir en que etapa del proceso se pedirá

    Indicaciones médicas medicamentos , imagenología, procedimientos de diagnóstico y terapéutico

    SI SI Texto libre DAU

    Cierre de caso SI SI En DAU

    Resumen Atención

    SI SI Resumen de algunos campos acotados del DAU que se entregará al paciente

    Indicaciones al alta SI SI DAU

    Registro prestaciones e insumos

    SI SI Texto libre en DAU

    Jefe de Turno SI SI Por recomendación de Asesoría Jurídica

    Facturar y cobrar prestaciones

    SI NO Sistema local

    SALUD OCUPACIONAL

    REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO OBSERVACIONES

    SIDRA DEIS

    Datos del paciente SI SI DAU

    Datos del acompañante SI NO DAU

    Registro caso sospechoso

    SI NO SINAISO

    Descripción del evento SI NO SINAISO

    Identificación del evento

    SI SI En DAU

    Pesquisa del caso SI NO Denuncia a SEREMI

    HOSPITAL SAN JOSE DR. RINALDO BASSO

    REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO OBSERVACIONES

    SIDRA DEIS

    Emitir documento para el paciente

    SI SI Datos acotados

    Hipótesis diagnóstica presunta al ingreso

    Si SI

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    Incluir Hipótesis diagnóstica de egreso al cerrar DAU

    SI Sí

    Incluir en el DAU la frase: EL DIAGNÓSTICO INICIAL PUEDE EVOLUCIONAR EN EL TIEMPO

    No SI Por recomendación de A.J.: La hipótesis diagnóstica (o Diagnóstico), que da cuenta el presente documento, es provisoria, pues puede sufrir alteraciones en atención a la evolución de la condición del paciente, por esta razón si las molestias persisten o aumentan debe recurrir de inmediato a atención médica

    DEPARTAMENTO DE ESTADISTICAS E INFORMACIÓN DE SALUD REM 8

    REQUERIMIENTO REQUERIMIENTO OBSERVACIONES

    SIDRA DEIS

    Atenciones médicas niños y adultos, en hospitales de alta complejidad Atención Gineco Obstétrica Atención por matrona

    Si Si Por grupo de edad, sexo, condición de beneficiario, origen de la procedencia, establecimientos de otras redes. En DAU

    Categorización de pacientes

    SI SI En DAU. Definir el alcance de tipo de establecimiento

    Atenciones médicas y de matrona en hospitales de mediana complejidad

    SI SI Edad, sexo, condición de beneficiario y procedencia

    Atenciones realizadas por médicos especialista , según algunas especialidades en hospitales de alta y mediana complejidad

    SI SI En mayores y menores de 15 años

    Atenciones de urgencia en atenciones de SAPU por médico, enfermera, matrona y kinesiólogo

    SI SI Por grupo de edad, sexo y condición de beneficiario. En DAU

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    Atenciones de Urgencia en APS No SAPU y hospitales de baja complejidad, SUR, Postas Rurales por médico, enfermera, matrona, tec. Paramédico y otros profesionales

    SI NO Hojas diarias No esta implementado el DAU

    Atenciones médicas asociadas a violencia de género: Violación, estupro, abuso sexual, otras

    SI SI Por sexo. Violencia con y sin entrega de anticoncepción de emergencia. En DAU

    Atenciones por anticoncepción de emergencia

    SI SI Con/sin entrega de anticoncepción de emergencia. TAPSAA. Sistema local

    Ingresos por Emergencia Obstétrica, según algunos diagnósticos

    SI SI En DAU TAPSAA

    Llamados pertinentes de Urgencia al centro regulador

    SI NO Sistema local

    Recepción de pacientes en UEH de hospitales de alta complejidad según modalidad de traslado

    SI NO Traslados primarios y secundarios según glosa

    Traslados de urgencia realizados (todos los establecimientos), SAMU , no SAMU

    SI NO

    Atenciones de Urgencia por algunos grupos de diagnóstico

    SI SI En DAU TAPSAA

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    2.1 Conclusión Levantamiento de Requerimientos

    Se realizaron dieciséis reuniones, se generaron las respectivas minutas.

    Hubo dos reuniones más de los encargados técnicos con los representantes de la DIPRECE y de

    Epidemiología, para consensuar aspectos específicos.

    A partir de las discusiones y propuestas se tomó el acuerdo que el estándar que se entregaría

    como propuesta final, serían las variables del Dato de Urgencia (DAU), que representa el conjunto

    mínimo básico de datos de la Urgencia y que todos los Servicio de Urgencia deberán levantar la

    información local, en los medios al alcance del establecimiento, sean estos manuales o

    digitalizados, que complementen el DAU.

    Acuerdos importantes de la Mesa de Estándares de Urgencia:

    De acuerdo a lo solicitado por DIGERA se propone que el inicio del levantamiento de

    requerimiento de estandarización de información se utilice el levantamiento de proceso realizado

    por DIGERA.

    Este debe ser completado y validado por todos los referentes técnicos de al mesa (21.2.2012)

    Se acuerda no incluir la variable raza en los requerimientos. (28.02.2012)

    Se indica que el DAU es un documento legal que debe responder a las diferentes áreas que se

    involucran en el proceso de atención de urgencia. Una copia del DAU debe ser entregada al

    consultante. (13.03.2012)

    Las indicaciones médicas, medicamentos, imagenología, procedimientos de diagnóstico y

    terapéutico corresponden a requerimientos de sistemas de información de texto libre y no se

    incorporará como una variable del DAU (20.03.2012)

    Deben existir datos mínimos de información. Esto se refiere a que no todas las variables pueden

    ser texto libre. (03.04.2012)

    Todos los establecimientos de urgencia APS deberían llevar información para la gestión en a lo

    menos un archivo Excel o similar, donde se deberían llevar más antecedentes que los que se

    identifican en el DAU (17.04.2012)

    Estándar se entiende como un valor de referencia aceptado por los expertos. Ese valor puede

    estar conformado por caracteres alfanuméricos y texto libre.(24.04.2012)

    Se acuerda entregar como producto final las variables que debe contener el DAU, con sus criterios

    respectivos, y dejar el formato de decisión del nivel local, a objeto de adecuarlo a sus necesidades,

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    se enfatiza que las variables constituyen el CMBD, no pudiendo el nivel local omitir alguna de ellas

    (12.06.12)

    3. PROPUESTA DE LAS VARIABLES QUE CONSTITUYEN EL CMBD DE URGENCIA Analizados los requerimientos de estandarización del DAU, se comprueba que la mayoría de las variables están contenidas en el Decreto Nº 820/11.:

    Nombre

    Edad

    Fecha de Nacimiento

    Previsión

    Teléfono

    Dirección

    Comuna

    Hora

    3.1 Medio de transporte Definición: Identifica el modo en que el usuario se desplaza hasta la UEH Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Medio de Transporte

    1 Ambulancia

    2 Vehículo de Carabineros o PDI

    3 Otros Vehículos Motorizado

    4 Otros Vehículos No Motorizado

    5 A pie

    9 Desconocido

    Fuente: Estándar DEIS 3.2 Tipo de Accidente Definición: Identifica las categorías de clasificación del accidente Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Tipo de Accidente

    1,1 Trabajo

    1,2 Escolar

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    2,0

    De trayecto (definición de la Ley 16.744)

    3,0 Hogar

    4,0 Agresión

    5,0 Tránsito

    6,0 Violencia de Género

    7,0 Otro

    Fuente: Estándar DEIS 3.3 Lugar del Accidente Definición: Es el lugar físico donde ocurre el evento o accidente Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Lugar del Accidente Texto libre

    Fuente: Estándar DEIS 3.4 Motivo de consulta: Definición: Es la razón que expresa el consultante para acudir al servicio de Urgencia Formato:

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Motivo de consulta Texto libre

    Fuente: Estándar propuesto por Mesa 3.5 Categorización Definición: Es un sistema de Ordenamiento de la atención de los consultantes de la Unidades de Urgencia Hospitalaria, realizado exclusivamente por enfermería en base a signos y síntomas manifestados por el usuario y no en base a diagnósticos médicos o sospecha médica diagnostica. Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Categorización 1 alfanumérico

    1 Emergencia Vital 1 alfanumérico

    2 Emergencia Evidente 1 alfanumérico

    3 Urgencia Médica Relativa 1 alfanumérico

    4 Urgencia Potencial, Atención médica de urgencia

    1 alfanumérico

    5 Atención médica general 1 alfanumérico

    Fuente: Ord. Nº 101/2012 Subsecretaria de Redes

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    3.6 Revaluación Definición: Si el plazo máximo de espera del paciente según su categoría, es superado por la demanda de atención, se volverá a categorizar. Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Categorización 1 alfanumérico

    1 Emergencia Vital 1 alfanumérico

    2 Emergencia Evidente 1 alfanumérico

    3 Urgencia Médica Relativa 1 alfanumérico

    4 Urgencia Potencial, Atención médica de urgencia

    1 alfanumérico

    5 Atención médica general 1 alfanumérico

    Fuente: Ord. Nº 101/2012 Subsecretaria de Redes 3.7 Profesional Definición: Se refiere al escalafón del funcionario que realiza la acción Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Tipo de Funcionario 6 alfanumérico

    222100 Cirujano 6 alfanumérico

    222140 Internista 6 alfanumérico

    222136 Pediatra 6 alfanumérico

    222130 Anestesista 6 alfanumérico

    222127 Ginecoobstetra 6 alfanumérico

    222199 Medico Atención Integral 6 alfanumérico

    222145 Traumatólogo 6 alfanumérico

    223010 Enfermera 6 alfanumérico

    223020 Matrona 6 alfanumérico

    322610 Kinesiólogo 6 alfanumérico

    323110 Técnico Paramédico 6 alfanumérico

    Fuente: Decreto Nº 820/2011

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    3.8 Hipótesis Diagnóstica de Ingreso Definición: Es el diagnóstico presuntivo inicial que realiza el profesional en base a lo relatado por el paciente y al examen físico.

    Formato :

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Hipótesis diagnóstica de egreso Texto libre

    Fuente: Propuesto por Mesa 3.9 Alcoholemia Definición: Examen de laboratorio que mide la concentración de alcohol en la sangre, es de carácter legal, y se procesa en el Servicio Médico Legal.

    Formato :

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Alcoholemia Texto

    1 Sí

    2 No

    Fuente: Res. Exenta Nº 1070 /2000. Servicio Médico Legal 3.10 Número de Frasco Definición: Es una etiqueta rotulada cuya numeración debe ser la misma que la del comprobante de alcoholemia (boleta) Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Número de frasco 6 numérico

    Fuente: Res. Exenta Nº 1070 /2000. Servicio Médico Legal 3.11 Indicaciones al ingreso Definición: Son aquellas tareas y actividades definidas por los profesionales tratantes para su realización, con el propósito de diagnóstico o tratamiento del caso Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Indicaciones al ingreso Texto libre

    Fuente: Propuesto por Mesa

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    3.12 Atención de Profesional Definición: Son las actividades propias de una determinada profesión identificada realizadas al paciente Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Atención Profesional Texto libre

    3.13 Signos Vitales: Definición.: Comprende las diferentes variables biológicas, que permiten evaluar la condición de salud del paciente en una hora determinada. Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Signos Vitales alfanumérico

    1 Hora 6 alfanumérico

    2 Pulso 3 alfanumérico

    3 Presión Arterial 7 alfanumérico

    4 Temperatura axilar 3 alfanumérico

    5 Frecuencia Respiratoria 2 alfanumérico

    6 Saturación 3 alfanumérico

    7 Escala visual análoga(EVA) 2 alfanumérico

    Fuente: Propuesto por Mesa 3.14 Evaluación Gineco Obstetrica: Definición.: Comprende las diferentes variables biológicas, que permiten evaluar la condición de salud de una paciente en una hora determinada. Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Evaluación Gineco Obstetrica alfanumérico

    1 Hora 6 alfanumérico

    2 Latidos cardio fetales alfanumérico

    3 Altura Uterina alfanumérico

    4 Tacto Vaginal Texto libre

    5 Flujo genital alfanumérico

    6 Especuloscopía Texto libre

    7 Proteína C reactiva alfanumérico

    8 Proteinuria alfanumérico

    9 Recuento de blancos alfanumérico

    10 Monitoreo basal no estresante alfanumérico

    11 Ecografía Texto libre

    Fuente: Programa de la Mujer

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    3.15 Destino Definición: Es la condición que adquiere el paciente una vez finalizada la atención de urgencia Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Destino 1 alfanumérico

    1 Hospitalización 1 alfanumérico

    2 Traslado 1 alfanumérico

    3 Fallecido 1 alfanumérico

    4 Derivación 1 alfanumérico

    Fuente: Levantamiento de Procesos, DIGERA 3.16 Pronóstico Médico Legal

    Definición: Es la estimación del tiempo de curación o de incapacidad laboral que afectará el sujeto, a juicio del médico tratante.

    Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Pronóstico Médico Legal 1 alfanumérico

    1 Leve 1 alfanumérico

    2 Mediana Gravedad 1 alfanumérico

    3 Grave 1 alfanumérico

    4 Sin Lesiones 1 alfanumérico

    Fuente: Código Penal 3.17 Hipótesis Diagnóstica al Termino de la Atención de Urgencia Definición: Es el diagnóstico inferencial con el cual el médico tratante finaliza la atención y está

    basado en el cuadro clínico y herramientas de apoyo clínico . Este diagnóstico es provisorio, pues

    puede sufrir alteraciones en atención a la evolución de la condición del paciente. Se recomienda

    que si las molestias persisten o aumentan se debe recurrir de inmediato a atención médica

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Hipótesis diagnóstica al Termino de la Atención de Urgencia

    Texto libre

    Fuente: Propuesto por Mesa

  • DEPARTAMENTE DE ESTADÍSTICAS E INFORMACIÓN DE SALUD MESA DE TRABAJO: ESTÁNDAR DE ATENCION DE URGENCIA

    PRODUCTO FINAL

    Página 19 de 20

    3.18 Indicaciones al término de la Atención

    Definición: Son aquellas tareas y o actividades que se indican al paciente para su tratamiento

    posterior en su lugar de destino

    Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Indicaciones al término de la Atención Texto libre

    Fuente: Propuesta de la Mesa

    3.19 Médico que autoriza el alta.

    Definición: Es la individualización del médico tratante

    Formato

    Código Nombre Variable Nº de Caracteres Formato

    No aplica Médico que autoriza el alta Texto

    1 Nombre (1º apellido, 2º apellido, nombre)

    Texto

    2 RUN alfanumérico

    Fuente: Propuesto por la Mesa

  • DEPARTAMENTE DE ESTADÍSTICAS E INFORMACIÓN DE SALUD MESA DE TRABAJO: ESTÁNDAR DE ATENCION DE URGENCIA

    PRODUCTO FINAL

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    4. SIGLAS Y CRITERIOS

    SIGLAS

    Nº CP Número de Cuenta del Paciente

    P. Arterial Presión Arterial

    Tª axilar Temperatura axilar

    FR Frecuencia respiratoria

    EVA Escala visual análoga ( valoración del dolor)

    LCF Latidos cardiofetales

    AU Altura uterina

    FG Flujo genital

    MBNE Monitoreo basal no estresante