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2011 PROGRAMA DE ESTÍMULOS AL DESEMPEÑO DOCENTE / BACHILLERATO TECNOLÓGICO Bajo los pronunciamientos para elevar la calidad de la educación (Programa Sectorial de Educación 2007-2012) y con fundamento en el Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente (EDD) vigente, cuyo propósito es impulsar y reconocer la calidad, desempeño, dedicación y permanencia del personal docente de la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS); asimismo, con reconocimiento a la mejora de los enfoques pedagógicos, métodos de enseñanza y recursos didácticos que la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS) busca promover; a la contribución en la operación y fortalecimiento del Programa de Formación Docente de la Educación Media Superior y al desarrollo de mejoras e innovaciones que respondan al proceso de la RIEMS, con la participación de personal académico convocado y seleccionado por la Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico (COSDAC), la SEMS a través de la COSDAC CONVOCA A profesores de carrera y técnicos docentes del nivel medio superior, con nombramiento definitivo o provisional sin titular de tiempo completo (con plaza compactada) de tres cuartos de tiempo, medio tiempo, o bien de 12 a 19 horas de asignatura con categoría de técnico docente, profesor asociado o titular que actualmente desempeñe actividades de docencia e investigación, a participar en el Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, que cumplan con las condiciones específicas de trabajo de las instituciones a las que pertenecen y las siguientes: BASES I. Podrán participar profesores del nivel medio superior (NMS) de tiempo completo, tres cuartos de tiempo, medio tiempo o bien de 12 a 19 horas de asignatura que laboraron durante los semestres febrero-julio 2010 y agosto 2010-enero 2011, en las Direcciones Generales de Educación Tecnológica Industrial, de Educación Tecnológica Agropecuaria y de Educación en Ciencia y Tecnología del Mar (quedan excluidos de participar los Directores y Subdirectores de plantel). II. Los profesores de tiempo completo beneficiados deberán suscribir una carta compromiso de exclusividad. III. Podrán considerarse como candidatos al personal docente titular de los departamentos y oficinas, cuyo origen sea la docencia y que hayan impartido un mínimo de cuatro horas-semana-mes de clases frente a grupo en cada semestre correspondiente al periodo de evaluación y durante la vigencia del estímulo. En ningún caso deberán cobrar compensación (DT o I8) por cargas administrativas y/o actividades directivas, a partir de la vigencia del pago del estímulo. Los coordinadores de carrera, jefes de oficina, jefes y auxiliares de laboratorio y taller con actividades de docencia, investigación y vinculación, así como los coordinadores de extensiones de planteles que hayan impartido un mínimo de cuatro horas-semana-mes de clases frente a grupo en cada semestre, correspondiente al periodo de evaluación y durante la vigencia del estímulo de acuerdo a la normatividad de la Dirección General. IV. Se establece un sistema de evaluación para profesores del NMS cuya actividad principal es la docencia y que eventualmente realizan actividades de investigación y desarrollo tecnológico (formato SDE-2011MS). V. Los profesores de tiempo completo deberán haber cumplido durante el periodo a evaluar con la carga horaria reglamentaria en cada semestre y continuar impartiendo horas frente a grupo durante el siguiente periodo lectivo (en ningún caso menos de 12 horas-semana-mes de clases frente a grupo en cada semestre), asimismo los profesores de tres cuartos de tiempo y medio tiempo (en ningún caso menos de 16 horas-semana-mes de clases frente a grupo en cada semestre para profesores de tres cuartos de tiempo y de 12 horas-semana-mes de clases frente a grupo en cada semestre para profesores de medio tiempo). Para todos los casos, cuando la carga sea menor a la reglamentaria, el director del plantel justificará por escrito las actividades académicas destinadas a sustituir las horas frente a grupo no impartidas, las cuales se dedicarán a la realización de proyectos académicos de interés y prioridad institucional. Estas actividades invariablemente se reflejarán en el programa de trabajo semestral del profesor, en los horarios y en las estructuras educativas correspondientes durante el periodo a evaluar y dentro de la vigencia del programa, en estricto apego a lo señalado en el Artículo 7 del Reglamento del Programa de EDD. Los profesores con nombramiento de 12 a 19 horas de asignatura deberán cubrir el total de horas frente a grupo. VI. El estímulo se otorgará al personal docente de tiempo completo propuesto por la Comisión de Evaluación, de acuerdo a la disponibilidad del presupuesto autorizado y cuya documentación haya sido recibida en tiempo y forma, habiendo sido validada por la Dirección General correspondiente. Para personal docente con nombramientos de tres cuartos de tiempo, medio tiempo y de 12 a 19 horas de asignatura, se podrá otorgar el estímulo siempre que se cuente con los recursos presupuestales para cubrir el pago de los mismos y serán atendidos de acuerdo al mismo orden señalado. VII. El estímulo será clasificado por nivel de acuerdo a la puntuación alcanzada conforme a las siguientes tablas. Para los profesores de tiempo parcial, la asignación de los recursos podrá hacerse de manera diferenciada, del nivel mayor al menor hasta agotar dichos recursos. Profesores de Tiempo Completo Profesores de Tres Cuartos de Tiempo Puntuación Nivel Número de SMM* Puntuación Nivel Número de SMM* 301-400 I 1 301-400 I 1 401-500 II 2 401-500 II 2 501-600 III 3 501-600 III 3 601-700 IV 4 701-800 V 5 Profesores de Medio Tiempo 801-850 VI 7 Puntuación Nivel Número de SMM* 851-900 VII 9 301-400 I 1 901-950 VIII 11 401-500 II 2 951-1000 IX 14 501-600 III 3 Profesores de Asignatura con nombramiento de 12 a 19 horas *SMM: Salarios Mínimos Mensuales. Puntuación Nivel Número de SMM* 301 o más I 1

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2011

PROGRAMA DE ESTÍMULOS AL DESEMPEÑO DOCENTE / BACHILLERATO TECNOLÓGICO

Bajo los pronunciamientos para elevar la calidad de la educación (Programa Sectorial de Educación 2007-2012) y con fundamento en el Reglamento del Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente (EDD) vigente, cuyo propósito es impulsar y reconocer la calidad, desempeño, dedicación y permanencia del personal docente de la Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS); asimismo, con reconocimiento a la mejora de los enfoques pedagógicos, métodos de enseñanza y recursos didácticos que la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS) busca promover; a la contribución en la operación y fortalecimiento del Programa de Formación Docente de la Educación Media Superior y al desarrollo de mejoras e innovaciones que respondan al proceso de la RIEMS, con la participación de personal académico convocado y seleccionado por la Coordinación Sectorial de Desarrollo Académico (COSDAC), la SEMS a través de la COSDAC

CONVOCA

A profesores de carrera y técnicos docentes del nivel medio superior, con nombramiento definitivo o provisional sin titular de tiempo completo (con plaza compactada) de tres cuartos de tiempo, medio tiempo, o bien de 12 a 19 horas de asignatura con categoría de técnico docente, profesor asociado o titular que actualmente desempeñe actividades de docencia e investigación, a participar en el Programa de Estímulos al Desempeño del Personal Docente, que cumplan con las condiciones específicas de trabajo de las instituciones a las que pertenecen y las siguientes:

BASES

I. Podrán participar profesores del nivel medio superior (NMS) de tiempo completo, tres cuartos de tiempo, medio tiempo o bien de 12 a 19 horas de asignatura que laboraron durante los semestres febrero-julio 2010 y agosto 2010-enero 2011, en las Direcciones Generales de Educación Tecnológica Industrial, de Educación Tecnológica Agropecuaria y de Educación en Ciencia y Tecnología del Mar (quedan excluidos de participar los Directores y Subdirectores de plantel).

II. Los profesores de tiempo completo beneficiados deberán suscribir una carta compromiso de exclusividad.III. Podrán considerarse como candidatos al personal docente titular de los departamentos y oficinas, cuyo origen sea la docencia y que

hayan impartido un mínimo de cuatro horas-semana-mes de clases frente a grupo en cada semestre correspondiente al periodo de evaluación y durante la vigencia del estímulo. En ningún caso deberán cobrar compensación (DT o I8) por cargas administrativas y/o actividades directivas, a partir de la vigencia del pago del estímulo. Los coordinadores de carrera, jefes de oficina, jefes y auxiliares de laboratorio y taller con actividades de docencia, investigación y vinculación, así como los coordinadores de extensiones de planteles que hayan impartido un mínimo de cuatro horas-semana-mes de clases frente a grupo en cada semestre, correspondiente al periodo de evaluación y durante la vigencia del estímulo de acuerdo a la normatividad de la Dirección General.

IV. Se establece un sistema de evaluación para profesores del NMS cuya actividad principal es la docencia y que eventualmente realizan actividades de investigación y desarrollo tecnológico (formato SDE-2011MS).

V. Los profesores de tiempo completo deberán haber cumplido durante el periodo a evaluar con la carga horaria reglamentaria en cada semestre y continuar impartiendo horas frente a grupo durante el siguiente periodo lectivo (en ningún caso menos de 12 horas-semana-mes de clases frente a grupo en cada semestre), asimismo los profesores de tres cuartos de tiempo y medio tiempo (en ningún caso menos de 16 horas-semana-mes de clases frente a grupo en cada semestre para profesores de tres cuartos de tiempo y de 12 horas-semana-mes de clases frente a grupo en cada semestre para profesores de medio tiempo). Para todos los casos, cuando la carga sea menor a la reglamentaria, el director del plantel justificará por escrito las actividades académicas destinadas a sustituir las horas frente a grupo no impartidas, las cuales se dedicarán a la realización de proyectos académicos de interés y prioridad institucional. Estas actividades invariablemente se reflejarán en el programa de trabajo semestral del profesor, en los horarios y en las estructuras educativas correspondientes durante el periodo a evaluar y dentro de la vigencia del programa, en estricto apego a lo señalado en el Artículo 7 del Reglamento del Programa de EDD. Los profesores con nombramiento de 12 a 19 horas de asignatura deberán cubrir el total de horas frente a grupo.

VI. El estímulo se otorgará al personal docente de tiempo completo propuesto por la Comisión de Evaluación, de acuerdo a la disponibilidad del presupuesto autorizado y cuya documentación haya sido recibida en tiempo y forma, habiendo sido validada por la Dirección General correspondiente. Para personal docente con nombramientos de tres cuartos de tiempo, medio tiempo y de 12 a 19 horas de asignatura, se podrá otorgar el estímulo siempre que se cuente con los recursos presupuestales para cubrir el pago de los mismos y serán atendidos de acuerdo al mismo orden señalado.

VII. El estímulo será clasificado por nivel de acuerdo a la puntuación alcanzada conforme a las siguientes tablas. Para los profesores de tiempo parcial, la asignación de los recursos podrá hacerse de manera diferenciada, del nivel mayor al menor hasta agotar dichos recursos.

Profesores de Tiempo Completo Profesores de Tres Cuartos de Tiempo

Puntuación Nivel Número de SMM* Puntuación Nivel Número de SMM*

301-400 I 1 301-400 I 1

401-500 II 2 401-500 II 2

501-600 III 3 501-600 III 3

601-700 IV 4

701-800 V 5 Profesores de Medio Tiempo

801-850 VI 7 Puntuación Nivel Número de SMM*

851-900 VII 9 301-400 I 1

901-950 VIII 11 401-500 II 2

951-1000 IX 14 501-600 III 3

Profesores de Asignatura con nombramiento de 12 a 19 horas*SMM: Salarios

Mínimos Mensuales.Puntuación Nivel Número de SMM*

301 o más I 1

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2011

PROGRAMA DE ESTÍMULOS AL DESEMPEÑO DOCENTE / BACHILLERATO TECNOLÓGICO

VIII. El desempeño docente y de investigación se evaluará considerando los siguientes factores: Calidad en el desempeño de la docencia. (70%) Dedicación a la docencia. (20%) Permanencia en las actividades de docencia. (10%)

IX. El período de actividades que se evaluarán será del 1° de enero al 31 de diciembre de 2010.X. Para este período, la vigencia del EDD será de un año fiscal, a partir del 1o. de abril de 2011.XI. Para participar deberán cubrir los siguientes requisitos:• Tener nombramiento de tiempo completo, tres cuartos de tiempo, medio tiempo con categoría de técnico docente, profesor

asociado o titular, profesor investigador de carrera o bien de 12 a 19 horas de asignatura en el centro de trabajo de adscripción.• Haberse desempeñado como docente durante los dos semestres del año 2010 en la SEMS.• Presentar horarios y estructuras educativas del cumplimiento de la carga total de horas frente a grupo impartidas en el período

de evaluación, durante el primer semestre del inicio del programa de estímulos y continuar frente a grupo durante la vigencia del pago del estímulo, de acuerdo con lo establecido en las “Normas que Regulan las Condiciones Específicas de Trabajo” del Personal Docente de la unidad administrativa de adscripción.

• Los profesores con nombramiento de tiempo completo, con horas frente a grupo en el periodo a evaluar y al momento de la evaluación de acuerdo a la base VI de esta convocatoria, podrán realizar actividades que contribuyan al desarrollo personal, académico y profesional con un máximo de 12 horas semanales en cualquier institución u organismo externo.

• Llenar el formato de solicitud de ingreso al programa y anexar a la solicitud los documentos que comprueben las actividades a evaluar, cotejadas por el director del plantel.

• Constancia de servicios en educación media superior en la SEMS.• Nombramiento definitivo en estatus 10 o provisional sin titular estatus 95.• Copia del último talón de pago.• Constancia emitida por la dirección del plantel indicando que el docente fue evaluado en su desempeño para el periodo agosto

2010- enero 2011, a través del Sistema en Línea para la Evaluación Docente (SLED), atendiendo al formato disponible en http://cosdac.sems.gob.mx/estimulosdes/AnexoFormatoConstanciaEDD.zip

• Constancia emitida por el director de no haber sido acreedor a ningún tipo de sanción administrativa en el período a evaluar de acuerdo al Artículo 38 del Reglamento EDD.

• No hacerse acreedor a algún tipo de sanción administrativa durante el periodo de vigencia del programa.• Constancia de haber cumplido el 100% de los programas de estudio de las asignaturas impartidas, corroborándola con las

evaluaciones de alumnos y departamentales.• Para los profesores que han participado en eventos académicos, organizados y financiados por la SEMS, enmarcados en el

programa de actualización y superación docente de cada Dirección General, deberán presentar la acreditación de cumplimiento correspondiente.

• Todo profesor con algún proyecto de investigación financiado por COSDAC deberá contar con el oficio de liberación. Asimismo cuando así corresponda, cumplir satisfactoriamente con los trámites de los programas de período sabático (liberación), o de beca comisión para realizar estudios de posgrado (conclusión), conforme a la normatividad de cada programa.

• Para los profesores que se encuentren dentro de los programas de superación profesional, deberán anexar: dictamen de período sabático expedido por la Dirección General, o licencia con goce de sueldo por beca-comisión emitido por la COSDAC. Para las profesoras con licencia por gravidez, anexar su licencia médica expedida por el ISSSTE.

• Todas las constancias expedidas por las áreas correspondientes referentes a las actividades desarrolladas por el profesor, deberán presentar el Vo. Bo. de la instancia inmediata superior (subdirector o director del plantel). Los documentos de comprobación correspondientes a los factores a evaluar estarán determinados por la Dirección General, validados por la COSDAC.

• Copia del título de técnico, licenciatura, maestría o doctorado y cédula profesional, de acuerdo al nivel que ostente, validados en la Dirección General de Profesiones de la SEP. El profesor deberá hacer constar que el documento que se entrega es copia fiel del original mediante firma autógrafa.

• Constancia de liberación de actividades docentes del semestre febrero - julio de 2010 y agosto de 2010 a enero de 2011, la cual deberá considerar por cada semestre la elaboración y dosificación del plan de asignaturas; cumplimiento del 100% de los programas de estudio; entrega de evaluaciones parciales y finales; reporte de índices de reprobación y deserción mensual y final, entregados en tiempo y forma, así como la constancia del cumplimiento del 100% de las actividades encomendadas por la academia.

XII. El cumplimiento de las bases anteriormente descritas, será vigilado por los responsables de cada una de las etapas del proceso, en estricto apego a lo señalado en el Reglamento del Programa de EDD.

XIII. El pago de los estímulos al desempeño del personal docente queda sujeto a la disponibilidad del presupuesto autorizado de cada unidad responsable; así como a la aplicación del impuesto sobre la renta y pensión alimenticia. La forma de pago para el personal que resulte seleccionado en los procesos de evaluación, será mediante cheque bancario y en nómina extraordinaria, que reúna los requisitos de control y revisión, que a juicio de la Coordinación Sectorial de Personal de la SEMS se determinen.

Cale

ndar

izac

ión

Actividad Inicio Fin

Emisión y difusión de convocatoria 31-03-2011 08-07-2011

Recepción de expedientes a nivel plantel 11-05-2011 20-05-2011

Evaluación de expedientes a nivel plantel 23-05-2011 27-05-2011

Recepción de expedientes a nivel de Dirección General 30-05-2011 03-06-2011

Evaluación conjunta: Dirección General, Coordinación Sectorial de Personal y COSDAC. 06-06-2011 17-06-2011

Entrega de resultados definitivos en la COSDAC 01-07-2011 01-07-2011

Entrega de resultados definitivos en la Coordinación Sectorial de Personal 08-07-2011 08-07-2011

México, D.F., 31 de marzo de 2011.