estatutos sociales de sociedad anonima

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  • 8/17/2019 Estatutos Sociales de Sociedad Anonima

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    TESTIMONIO

      ESCRITURA PUBLICA NUMERO CERO UNO (01).-

    CONSTITUCION DE SOCIEDAD ANONIMA CON FINES DE LUCRO ´´ TRANSPORTE VELOZ S.A´´.

    - En la ciudad de Rosita, Región Autónoma del Atlántico Caribe Norte, a las dos de la tarde del día,

    Veinte y tres de Julio del Año Dos il Catorce, Ante í! XXXXXXXX, mayor de edad, casado,

    Abogado y Notario "#blico de la Re$#blica de Nicaragua, de este domicilio y residencia, acreditado

    $or la E%celentísima Corte &u$rema de Justicia ba'o n#mero de carnet (()*+, y debidamente

    autoriado $ara e'ercer el Notariado, durante un uin.uenio .ue /encerá el día Die de Agosto del

    año Dos il Diecioc0o com$arecen los señores! CARLOS XXXX , C1dula de identidad n#mero, &íes,

    doce, guion diecinue/e, cero oc0o, setenta y oc0o, cuatro cero N, 234(-45+*6*-++++N7, EDDA

    XXXXX, Con C1dula de identidad n#mero &eis doce, guión, /eintitr1s, cero siete, no/enta , guión,

    cuatro ceros, A, 234(-(8+65+-++++A7, , DORA Ynue/e, oc0enta y dos, guión, cuatro ceros, 9, 234(-

    +*+5*(-++++97, ARELY XXXXXX, con cedula de :dentidad &eis, doce, guion, diecisiete, cero, nue/e,

    no/enta, guion, cuatro cero, ;, 234(-464+5+-++++;7, KELIA XXXXXXX, con cedula de identidad, uno,

    seis, uno, /einticuatro, cero, seis, oc0enta seis, cuatro cero, ines de lucro, con un inter1s es$ecí>ico, a'eno al gobierno y a todos

    intereses $olítico, religioso y 1tnico@ ?a em$resa tiene $or ob'eto $rinci$al la $restación de ser/icio de

    trans$orte a cual.uier $ersona natural y Jurídica, además todo ti$o de trans$orte de carga de

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    mercancías, $roducto, $ersonas, a ni/el local, regional, nacional e internacional, brindando un ser/icio

    #nico en seguridad, con>iana, de calidad e>iciente, e>ica, res$onsable, rentable, más /ersátil, siem$re

    a la altura de nuestras $romesas y de muc0a comodidad en toda su am$litud y en todos los ni/eles de

    /e0ículo .ue se re.uiera@ Así, destinando su ca$ital social y sus recursos al desarrollo y consecución

    de tal $ro$ósitoF dic0os ser/icios $odrán ser $restados $or sí o $or terceros contratados $ara tal e>ecto,

    $udiendo com$rar, /ender, dar y recibir en arriendo o $r1stamo toda clase de bienes, im$ortando y

    e%$ortando insumos y realiar el ser/icio de trans$orte en toda la Re$#blica de Nicaragua y >uera de

    ella@ "ara la satis>acción de su ob'eto social, la sociedad tambi1n $odrá >ormar $arte de otras

    sociedadesF tomar dinero a mutuo $ara el >inanciamiento y desarrollo de su em$resa, otorgando las

    garantías reales o $ersonales .ue >ueren necesariasF $artici$ar en asociaciones de toda clase y tomar

    a su cargo, en su o$ortunidad, la administración, re$resentación y todo cuanto com$eta al .ue0acer de

    esta em$resa de ser/iciosF $odrá e>ectuar todos a.uellos actos y contratos .ue en alguna manera se

    relacionen con el ob'eto y .ue >ueren o se consideren conducentes $ara el logro de sus >ines@ En

    consecuencia, y sólo a título enunciati/o, $odrá dedicarse a! 47 "restar el ser/icio de trans$orte

    $ri/ados, $#blicos, turísticos, urbanos, interurbanos, trans$orte regular escolar, trans$orte regular

    laboral en $untos de cercanías, media distancias y largas distancias a ni/el nacional e internacionalF (7

    "restar cual.uier modalidad de ser/icio educati/o, tecnológico y de administraciónF 87 Ad.uirir y

    comercialiar cual.uier clase de bienes muebles o inmueblesF =7 E>ectuar toda clase de actos,

    contratos, negocios, o$eraciones e in/ersiones industriales y comerciales de cual.uier naturalea, .ue

    a 'uicio de la Junta Directi/a, $romue/an los >ines socialesF )7 Ad.uirir, $oseer, retener, dis>rutar, gra/ar,

    /ender o dis$oner de acciones, bonos o cual.uiera otra clase de títulos /alores@ ?os iembros

    Gundadores son $ersonas cuyos nombres y demás generales de ley 0an .uedado enunciados en la

    cláusula $rimera de este instrumento@ TERCERA: (DOMICILIO)! El domicilio de la em$resa T"#$%&'"

    V*'+ S.A, será en la ciudad de Rosita, en la siguiente dirección! arrio Emiliano, contiguo a la Canc0a

    ultiuso unici$al de la Región Autónoma de la Costa Caribe Norte 2RACCN7, lugar de su sede y

    $odrá desarrollar todas sus acti/idades en toda la re$#blica de Nicaragua y >uera de ella, $ero $ara el

    desarrollo de su ob'eti/os, $rinci$ios, misión, /isiónF $odrá cuando lo considere o$ortuno y necesario,

    establecer >iliales y o>icinas en cual.uier lugar de la Región Autónoma Costa Caribe Norte y la

    Re$#blica de Nicaragua, $udiendo además trasladar su domicilio a otro unici$io, de acuerdo

    a los :ntereses y necesidades de la misma. CUARTA: (DURACION):  ?a duración de esta esta

    $ersona Jurídica será de No/enta y Nue/e años y comenara su /igencia en la >ec0a .ue >uere

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    a$robada sus Estatutos de ?ey $or la autoridad corres$ondiente@ UINTO: (CAPITAL SOCIAL)  El

    ca$ital de la sociedad es la suma de siete millones de córdobas 2CH 6, +++, +++@++7, está re$resentado

    $or siete acciones 26@++7 acciones con un /alor nominal@ 2CH4, +++,+++@++7 cada una, las cuales serán

    numeradas de la una a la siete@ ?as acciones serán >irmadas $or el "residente y el &ecretario de la

    Junta Directi/a y contendrán las es$eci>icaciones .ue señala en su caso el artículo doscientos /einte y

    seis del Código de Comercio /igente! a7 ?a denominación de la sociedad y su domicilioF b7 ?as >ec0as

    de su constitución e inscri$ción en el Registro ercantilF c7 El im$orte del ca$ital social y el n#mero de

    acciones en .ue está di/ididoF d7 El /alor nominal del título, el nombre y a$ellido del accionista a cuyo

    >a/or se e%$ide, y los $agos e>ectuadosF y e7 El lugar, la >ec0a de e%$edición y las >irmas

    corres$ondientes@ SEXTO: (CERTIFICADOS O RESUARDOS PROVISIONALES). En tanto no se

    e%$idan los títulos de>initi/os, se e%tenderán certi>icados o resguardos $ro/isionales, uno y otros se

    inscribirán en el ?ibro .ue $ara este e>ecto lle/ará la &ecretaría, lo mismo .ue las trans>erencias o

    tras$asos .ue se 0icieren, tanto $or causa de muerte, como $or actos entre /i/os@ A solicitud del

    interesado, un mismo título $odrá emitirse $ara re$resentar /arias acciones y $odrá conglobar /arios

    títulos anteriormente emitidos, lo mismo .ue >raccionarse des$u1s, siem$re a instancias del interesado@

    SEPTIMO:  2PROPIEDAD Y TRANSMISIN DE LAS ACCIONES). ?a $ro$iedad y transmisión de las

    acciones a cual.uier título no $roducirá e>ectos $ara la sociedad, sus com$onentes o terceros, sino

    desde la >ec0a de la res$ecti/a inscri$ción en el ?ibro de Registro de Acciones de la sociedad y la

    a$robación de dic0o tras$aso $or resolución de la Junta Directi/a@ OCTAVO:  2DERECO DE

    PREFERENCIA). En todo tras$aso de acciones los accionistas goarán de un derec0o de $re>erenciaF

    así, el accionista .ue desee /ender o ena'enar su acción deberá comunicarlo a la &ecretaría de la

    Junta Directi/a, a >in de reunirse y con/ocar a los accionistas, en Junta ;eneral de Accionistas, $ara

    .ue 1stos 0agan uso de su derec0o, dentro de un $lao de treinta días, contados a $artir de la >ec0a de

    la sesión@ &i >ueren /arios los accionistas interesados, ad.uirirán las acciones en igualdad de

    circunstancia y a $rorrata de sus acciones suscritas, $agando $or ellas un $recio igual al resultante de

    la /aloración realiada al e>ecto $or una >irma auditora reconocida, designada $or la Junta Directi/a@ &i

    en el $lao indicado ninguno de los accionistas e'erciera su derec0o $re>erencial o lo 0ubiese

    renunciado e%$resamente, las acciones .ue a ellos les corres$ondía ad.uirir $re>erentemente, serán

    o>recidas en /enta libremente $or la Junta Directi/a, $ero nunca en condiciones más >a/orables .ue las

    o>recidas a los $ro$ios accionistas@ En este caso, las mismas se ad'udicarán al .ue o>reca me'or

    $recio@ A.uí, la >irma relacionada, además de estimar el /alor de las acciones en el mercado, cali>icará

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    la o>erta y la $resentación de la garantía de los interesados e%traños a la sociedad@ De igual >orma se

    $rocederá en caso de aumento del ca$ital@ NOVENO: (REPOSICIN DE T/TULOS). &i desa$areciere

    el título de una o /arias acciones o >uere sustancialmente mutilado, inutiliado o destruido, el accionista

    interesado $odrá solicitar su re$osición a la Junta Directi/a, la cual $ara la re$osición se su'etará a lo

    establecido en la ?ey ;eneral de ítulos Valores@ DECIMO: (ADMINISTRACIN). ?a dirección,

    administración y mane'o de los negocios sociales estarán a cargo de una Junta Directi/a, integrada $or

    tres miembros! un "residente, un &ecretario y un Vocales, cuyos $eríodos serán de cuatro años, los

    cuales $odrán ser reelectos a#n $ara $eríodos consecuti/os@ &i terminado el $eríodo corres$ondiente

    no 0ubieren sido electos nue/os miembros de la Junta Directi/a, continuarán >ungiendo mientras no se

    $racti.ue nue/a elección, los .ue estu/ieran e'erciendo el cargo@ ?a >alta absoluta de uno de los

    miembros de la Junta Directi/a será llenada $or la Junta ;eneral de AccionistasF $ara acreditar la

    ausencia tem$oral del "residente de la Junta Directi/a se necesitará le/antar acta en el ?ibro

    corres$ondiente y la misma se 0ará mención de .ue &ecretario llenará dic0a /acanteF la certi>icación

    res$ecti/a será e%tendida $or un notario $#blico@  DECIMO PRIMERO: (ELECCIN DE LA !UNTA

    DIRECTIVA). ?a elección de los miembros de la Junta Directi/a se 0ará $or la Junta ;eneral de

    Accionistas en sesión celebrada entre los 4+ días a 8+ días de Enero, de manera anual@ DCIMO

    SEUNDO: (SESIONES DE LA !UNTA  DIRECTIVA). ?as sesiones de la Junta Directi/a serán

    ordinarias y e%traordinarias@ ?as ordinarias se celebrarán $or lo menos dos /eces al año y las

    e%traordinarias, en los siguientes casos! #) Cuando lo solicite el "residente de la Junta Directi/aF ) A

    solicitud $or escrito, a la Junta Directi/a, de socios .ue re$resenten $or lo menos la /ig1sima $arte del

    ca$ital socialF 2) A la muerte de un miembro de la Junta Directi/a@ El .uórum de la Junta Directi/a se

    >ormará con la concurrencia de la mitad más uno de los miembros y las decisiones se acordarán $or

    mayoría de /otos y en caso de em$ate decidirá el "residente@ DCIMO TERCERO: 2ATRIBUCIONES

    DE LA !UNTA DIRECTIVA). &on atribuciones de la Junta Directi/a! #) Cum$lir y 0acer cum$lir los

    contratos celebrados y los acuerdos .ue se tomen en su seno, lo mismo .ue los tomados $or la Junta

    ;eneral de Accionistas, en relación con sus actuacionesF ) "resentar el balance, estado de $1rdidas y

    ganancias y establecer la distribución y el monto de las utilidades, el $lan de in/ersión y el $rograma a

    desarrollar en el siguiente e'ercicioF 2) Nombrar a los em$leados .ue la sociedad necesite@   DECIMO

    CUARTO. (ATRIBUCIONES DEL PRESIDENTE DE LA !UNTA DIRECTIVA). El "residente de la Junta

    Directi/a será el "residente de la sociedadF /igilará $or la buena marc0a de los negocios sociales y $or

    el >iel cum$limiento de la ley, la escritura social, los estatutos y las resoluciones de la Junta ;eneral de

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    Accionistas y de la Junta Directi/aF y e'ercerá todas las demás atribuciones .ue le corres$ondan seg#n

    la ?ey@ DCIMO UINTO: (ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO DE LA !UNTA DIRECTIVA). &on

    atribuciones del &ecretario, entre otras, su$lir al "residente en caso de ausencia tem$oral, con sus

    mismas atribucionesF ser el órgano de comunicación de la sociedadF lle/ar el ?ibro de Actas y de

    Registro de Acciones de la sociedadF librar toda clase de certi>icaciones y e'ecutar las >unciones .ue le

    asignen los órganos sociales@ DCIMO SEPTO: (NOMBRAMIENTO Y  ATRIBUCIONES DEL

    VIILANTE). "ara >iscaliar y /igilar la administración social, la Junta ;eneral de Accionistas elegirá un

    Vigilante en la misma 1$oca, >orma y duración .ue tengan los miembros de la Junta Directi/aF dic0o

    Vigilante $uede ser accionista o no@ &on atribuciones del Vigilante! #) E%aminar y com$robar el correcto

    mane'o de los libros sociales, $or lo menos dos /eces al año, a >in de in>ormarse de la marc0a de las

    o$eraciones socialesF ) 

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    en .ue la Junta deba celebrarseF b7 ención de si la Junta es ordinaria o e%traordinariaF y 2) "untos a

    tratar en dic0a sesión@ El "residente 0ará la citación $or correos, llamas o in/itaciones >ormales, con

    .uince días de antici$ación $ara las sesiones e%traordinarias y die días en caso de las ordinarias@

    "ara .ue la Junta ;eneral de Accionistas se constituya en sesión ordinaria, con/ocada $or $rimera /e,

    es indis$ensable la asistencia de accionistas o a$oderado de 1stas .ue re$resenten el .uórum legal

    .ue establece el $acto social y lo mismo $ara .ue 0aya resolución o acuerdo@ Con/ocada $or segunda

    /e, 0abrá .uórum, resolución o acuerdos, con los .ue asistan, $ero se re.uerirá el .uórum legal .ue

    establece el $acto social, cuando se trate de resol/er sobre los siguientes $untos! #)  Disolución

    antici$ada de la sociedadF ) "rórroga de su duración, a#n cuando 0ubiere transcurrido el t1rmino de

    con>ormidad con este contrato socialF 2) Gusión con otra sociedadF 3) Cambio de ob'eto de la sociedadF

    )  Reducción del ca$ital socialF 4)  Reintegración o aumento del mismo ca$italF y 5)  oda otra

    modi>icación del acta constituti/a o de los estatutos@ DECIMO NOVENO: (ATRIBUCIONES DE LA

    !UNTA ENERAL DE ACCIONISTAS). Además de las con>eridas $or la ley, son atribuciones de la

    Junta ;eneral de Accionistas! #) Elegir a los miembros de la Junta Directi/a, al Vigilante y >i'ar sus

    atribuciones y sueldosF )  A$robar o im$robar los Estados de &ituación Ginanciera, Estados de

    Resultados de la Em$resa IIrans$orte Velo &@AF 2) Establecer si se re$arten o no utilidades, su

    monto, su >ec0a o si las mismas se rein/ertirán en la sociedadF 3) Emitir cual.uier resolución sobre el

    in>orme .ue suministre el Vigilante y el "residente de la Junta Directi/aF ) Gi'ar el $orcenta'e $ara los

    >ondos de reser/a >i'ado $or ella mismaF 4) Acordar cual.uier modi>icación al $acto social y a los

    estatutos@ VIESIMO: L#  C'$#6*63#3. ?a contabilidad será lle/ada $or $artida doble, $or la $ersona

    >ísica, 'urídica o asociación de contadores .ue >i'e el "residente de la Junta Directi/a @ En todo lo relati/o

    a su administración, la Em$resa IIrans$orte Velo &@AII se su'etará a lo dis$uesto $or las leyes de Nicaragua@-

    En materia de contabilidad, auditoria y registros >inancieros, además de lo dis$uesto en la ley y el

    $resente Estatuto, se regirá $or las $rácticas y normas contables con/encionalmente ace$tadas@- "ara

    este e>ecto $odrá la Junta directi/a nombrar el $ersonal t1cnico de la administración .ue >uere

    necesario 2;erencia y $ersonal au%iliar7@- &on atribuciones del cargo de administración de la

    Asociación las siguientes! #) Administrar la Asociación de con>ormidad con las $olíticas de estaF   )

    Brganiar en consulta con la Junta Directi/a, los de$artamentos y $royectos .ue ayuden al logro de las

    metas y $lanes de la Em$resaF 2) "resentar iniciati/as de traba'o a la Junta Directi/a y $or su medio a

    la Asamblea ;eneralF 3) "resentar un in>orme mensual de acti/idades a la Junta Directi/a, el .ue

    deberá incluir un sesión dedicada al uso y dis$onibilidad de >ondos, recursos, e.ui$os y $ersonal ba'o

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    su res$onsabilidad@ VISIMO PRIMERO:  2ARBITRAMENTO). "ara organiar el arbitramento en la

    cláusula D1cimo No/eno de la escritura social, cada $arte nombrará un arbitrador dentro de los treinta

    días siguientes a la >ec0a en .ue >uere $lanteada la cuestión@ ?os dos arbitradores así nombrados,

    deberán dictar su >allo dentro de sesenta días calendarios contados desde la >ec0a de autoriación

    $ara e'ercer el cargo@ En caso de discordia, un tercer arbitrador nombrado $or el "residente de la

    Cámara de Comercio Americana de Nicaragua 2ACallará el asunto y $ara ello

    goará de un $eríodo adicional de treinta días@ ?as $artes $odrán, de com#n acuerdo, /ariar los $laos

    seg#n lo 'uguen con/eniente ?a resolución de los dos $rimeros arbitradores, si no 0ubiere discordia, o

    la del tercero, será de>initi/a y causará estado de cosa 'ugada, $ues desde a0ora se acuerda la

    renuncia a inter$oner recurso alguno en contra de los mismos@ VIESIMO SEUNDO: DISOLUCIN Y

    LIUIDACIN@ Aun.ue la Em$resa IIrans$orte Velo &@A es de una duración de No/enta y Nue/e años,

    $uede ser disuelta $or@ A)  a/orable del setenta y cinco $or ciento 26)7 de los miembros $resente en la Asamblea

    res$ecti/a@- &i no se acordara la disolución de la Asociación en la Asamblea res$ecti/a, esta seguirá e%istiendo y

    no $odrá reunirse la Asamblea ;eneral $ara el mismo ob'eti/o, sino 0asta des$u1s de transcurrido un año@

    omada la decisión de Disolución y li.uidación de la Asociación, la Junta Directi/a nombrará una Junta

    ?i.uidadora integrada $or tres miembros de la misma y dos miembros de la Asamblea ;eneralF $ara .ue

    $roceda a su li.uidación con las bases siguientesF#)

     Cum$lir con los com$romisos de traba'o $endientesF)

    "agar las deudas, 2) ecti/os los cr1ditosF y 3) "racticar una auditoria general de los saldos y bienes de

    la Asociación@ na /e concluido el $roceso de li.uidación, la Junta ?i.uidadora $resentará un in>orme >inal a la

    Asamblea ;eneral, el .ue será a$robado con el /oto del setenta y cinco $or ciento 26)7 de los miembros

    $resentes en la reunión res$ecti/a@- ?os bienes resultantes de la li.uidación, serán di/ido entre los socios .ue

    toda/ía $ertenecan a la Em$resa rans$orte Velo &@A@ Esta decisión se tomará con el /oto >a/orable del

    setenta y cinco $or ciento 26)7 de los miembros $resentes en la reunión res$ecti/a. ?a Em$resa $odrá ser

    demandada ante los tribunales de 'usticia $or uno de sus miembros, $or moti/os de li.uidación o desilusión@ ?as

    desa/enencia y contro/ersias .ue surgieren $or tales moti/os, o las dudas .ue se dieran, serán resueltas sin

    alterar recurso, $or tres miembros de la Asociación designados $or unanimidad $or la Junta Directi/a .uienes

    $or sim$le mayoría de /oto resol/erán al res$eto, des$u1s de oír a las $artes en discordia, cuya resolución es de

    carácter obligatorio e ineludible cum$limiento@ ?a resolución de los dos $rimeros arbitradores, si no 0ubiere

    discordia, o la del tercero, será de>initi/a y causará estado de cosa 'ugada, $ues desde a0ora se

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    acuerda la renuncia a inter$oner recurso alguno en contra de los mismos@ CAP/TULO SEUNDO.

    A$robados los ESTATUTOS SOCIALES, se $rocedió a la elección de los iembros de la Junta

    Directi/a de la sociedad, 0abi1ndose obtenido el resultado siguiente! "RE&:DENE! señor C E M A,

    V:CE"RE&:DENE! señora E I L R, &ECREAR:B! señora D C M, E&BRERA! señora A E U T,

    "R:ER VBCA?! señora K L K M, &E;NDB VBCA?! señora S C , "R:ER G:&CA?! señora Y V C

    M. ?os miembros de la Junta Directi/a .uedaron desde este momento en $osesión de sus cargos@

    CAP/TULO TERCERO. ART/CULO ;NICO: D6%&'%6268$ T"#$%6'"6#. &e autoria a la señora D C M

    a /ender, en todo o en $arte las acciones .ue en este acto suscribió y $agó, a la $ersona natural o

     'urídica .ue ella designe, noti>icando en comunicación escrita a la Junta Directi/a de la sociedad, en un

    $lao no mayor de doce meses a $artir de esta >ec0a@ ?as acciones transmitidas así goarán del

    derec0o de $re>erencia establecido en los documentos sociales@ Así se e%$resaron los com$arecientes

    bien instruidos $or mí, el Notario, acerca del /alor, alcance y trascendencia legal de este acto, de su

    ob'eto, de las cláusulas generales .ue aseguran su /alide, de las es$eciales .ue contiene y de las

    .ue en/uel/en renuncias y esti$ulaciones@ Doy >e de 0aber ad/ertido a los com$arecientes de la

    obligación de inscribir el testimonio .ue de 1sta se libre, en el Registro ercantil corres$ondiente@ ?eída

    íntegramente toda esta escritura a los otorgantes, la encontraron con>orme, la a$rueban y rati>ican en

    todas y cada una de sus $artes y >irman todos 'untos conmigo, el Notario, .ue doy >e de todo lo

    relacionado@ (4) I*56*. (4) I*56*. (4) I*56*. (4) C E M A. (4) I*56*. (4) S C T. N'#"6'  P ??@0