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   ESTATUTOS JUVENTUD COMUNISTA COLOMBIANA CAPITULO I La JUCO: Fundamentos, Objetivos y Símbolos Artículo 1: La Juventud Comunista colombiana JUCO es una organización juvenil, política, democrática, revolucionaria, antiimperialista, que lucha por la unidad de los jóvenes, en la defensa de sus derechos, la paz con justicia social, la liberación nacional, la democracia y el socialismo. La JUCO es una organización patriótica, orientada por los principios del marxismo- leninismo, inspirado y recreado en las tradiciones emancipadoras de nuestro pueblo, el pensamiento bolivariano y de Nuestra América, continúa el ejemplo de las gestas de la liberación nacional y latinoamericana. Educa y forja a sus militantes en sus ideales al socialismo, en la conciencia de clase, la independencia y la soberanía. Somos una organización anti fascista que promueve los principios del internacionalis mo y la so lidaridad con los pueblos oprimidos en el mundo. Lucha por la emancipación de la humanidad, contra la hegemonía cultural del capital, contra la dominación patriarcal y recoge el acervo liberador de quienes luchan contra toda forma de discriminación y opresión. La JUCO es el destacamento juvenil y cantera de cuadros del Partido Comunista Colombiano PCC despliega su actividad en función del desarrollo y aplicación de su línea política y orientaciones en el medio juvenil colombiano. La JUCO, como escuela del socialismo, ofrece un lugar a las y los jóvenes colombianos, con el objetivo de construir con ellos y ellas las bases de una nueva sociedad. Artículo 2: la insignia de la JUCO  consiste en una estrella de cinco puntas con el perfil de una pareja de jóvenes. Parágrafo Transitorio:  La insignia podrá ser modificada por el XIII Congreso de la JUCO previo concurso nacional. El Comité Central CC deberá diseñar los criterios, convocar y reglamentar dicho concurso. CAPÍTULO 2 Los principios leninistas de organización Artículo 3: la JUCO como organización autónoma se estructura y funciona con base en los principios leninistas de organización:

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ESTATUTOSJUVENTUD COMUNISTA COLOMBIANA

CAPITULO ILa JUCO: Fundamentos, Objetivos y Símbolos

Artículo 1: La Juventud Comunista colombiana JUCO es una organización juvenil,política, democrática, revolucionaria, antiimperialista, que lucha por la unidad delos jóvenes, en la defensa de sus derechos, la paz con justicia social, la liberaciónnacional, la democracia y el socialismo.

La JUCO es una organización patriótica, orientada por los principios del marxismo-leninismo, inspirado y recreado en las tradiciones emancipadoras de nuestropueblo, el pensamiento bolivariano y de Nuestra América, continúa el ejemplo de

las gestas de la liberación nacional y latinoamericana.

Educa y forja a sus militantes en sus ideales al socialismo, en la conciencia declase, la independencia y la soberanía. Somos una organización anti fascista quepromueve los principios del internacionalismo y la solidaridad con los pueblosoprimidos en el mundo.

Lucha por la emancipación de la humanidad, contra la hegemonía cultural delcapital, contra la dominación patriarcal y recoge el acervo liberador de quienesluchan contra toda forma de discriminación y opresión.

La JUCO es el destacamento juvenil y cantera de cuadros del Partido ComunistaColombiano PCC despliega su actividad en función del desarrollo y aplicación desu línea política y orientaciones en el medio juvenil colombiano.

La JUCO, como escuela del socialismo, ofrece un lugar a las y los jóvenescolombianos, con el objetivo de construir con ellos y ellas las bases de una nuevasociedad.

Artículo 2: la insignia de la JUCO consiste en una estrella de cinco puntas con elperfil de una pareja de jóvenes.

Parágrafo Transitorio: La insignia podrá ser modificada por el XIII Congreso dela JUCO previo concurso nacional. El Comité Central CC deberá diseñar loscriterios, convocar y reglamentar dicho concurso.

CAPÍTULO 2Los principios leninistas de organización

Artículo 3: la JUCO  como organización autónoma se estructura y funciona conbase en los principios leninistas de organización:

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a. Centralismo democráticoEste principio implica el pleno ejercicio de los derechos y deberes de losmilitantes, el respeto por su actividad e iniciativa, la elegibilidad de todos a los

órganos de dirección, con plenas garantías para el ejercicio de la democracia y suacatamiento al colectivo mediante la centralización por vía democrática de lasprincipales definiciones y resoluciones de las respectivas instancias de decisióncolectiva. Este principio implica asumir la disciplina partidaria cuyo fundamentoemana de la convicción consciente y de las mayorías como producto de ladiscusión democrática interna.

b. Critica y autocriticaLa critica y autocritica implican la libertad de discusión, constituyendo un derecho yal mismo tiempo una obligación individual y colectiva de la JUCO, permitiendorealizar el análisis objetivo de la realidad y de la política de la organización, de la

acción de sus estructuras y militantes.

Esta debe darse de manera oportuna, objetiva y fraternal, permitiendo lacorrección de las dificultades y errores en el momento pertinente; contribuye a unamejor planeación y la superación de problemas en general. Este principio serealiza cuando se materializa en la práctica. 

La autocrítica es una reflexión que cada militante debe hacer, analizando suspropios errores, deficiencias y proyecciones. Su finalidad es brindar un ejerciciotransformador, y que el militante asuma el grado responsabilidad frente al trabajo,el trato con los demás y el trabajo con las masas.

c. Dirección colectiva y responsabilidad individualEn todos los organismos de la JUCO se practica una dirección colectiva. Cualquierdecisión sobre la actividad y la vida de la organización se adopta y realiza portodos. La dirección colectiva no excluye la responsabilidad, la iniciativa y lacreatividad individual en la organización. La responsabilidad individual es larealización consciente por parte de los militantes de las tareas y orientaciones queemanan de los espacios democráticos de la estructura.

d. Planeación y control.La planificación supone el conocimiento del entorno y la realidad concreta donde

se desarrolla la acción política de la JUCO. Los planes en todos los niveles, es labase de la colectivización del trabajo, pues se parte del criterio que cada militantedebe asumir conscientemente las orientaciones que esta en condiciones derealizar en los frentes de masas.

El control esta ligado al ejercicio de la critica y autocritica, que permite ubicar elnivel de desarrollo y seguimiento de las orientaciones en las estructuras y losmilitantes. Se asume como un ejercicio dinámico y permanente que permiteacercarnos al análisis objetivo de las metas propuestas.

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CAPITULO 3De los militantes de la JUCO, derechos y deberes

Artículo 4, los militantes de la JUCO: son militantes de la JUCO los y las  jóvenes que compartan y asuman el programa del PCC, los objetivos de suplataforma juvenil, sus estatutos y conclusiones de su congreso, participen en lasactividades de un centro y proyecten su actividad en el trabajo de masas

Artículo 5: son derechos de los militantes de la JUCO:a. Pertenecer a un centro donde pueda desarrollar de manera creadora su

individualidad y los intereses colectivos de la organización.b. Participar en la elaboración, control, atención y seguimiento de las orientaciones

de las instancias de dirección política.c. Expresar libremente sus opiniones y aspiraciones en los espacios adecuados

respetando siempre los principios de la crítica y la autocrítica, la direccióncolectiva y el centralismo democrático.

d. Elegir y ser elegido en los cargos de dirección política regional y nacionalmente,así como en cuerpos colegiados y de representación popular.

e. Apelar las decisiones disciplinarias en caso de sanción en las instanciascorrespondientes, contando con el debido proceso, una adecuada defensa yplenas garantías para el ejercicio de la misma.

f. Recibir solidaridad partidaria, asistencia jurídica, acompañamiento y garantíasinmediatas y oportunas en casos de amenazas contra su vida e integridad,calamidad personal o domestica, especialmente en casos relacionadas con suactividad partidaria.

g. No ser constreñido, ni juzgado, ni discriminado en virtud de su etnia, susopiniones políticas, creencias religiosas, preferencias sexuales, limitacionesfísicas y mentales.

h. Recibir orientación política e información pertinente, sobre las actividades,compromisos y tareas del plan de trabajo, así como aportar en su construcción.

i. Ser carnetizado por la dirección correspondiente, como forma de acreditar sumilitancia.

 j. Solicitar aval ante la dirección correspondiente, para ser promocionado al PartidoComunista Colombiano PCC.

k. Acceder a los distintos espacios de formación de manera equitativa, tantointerna como externamente.

l. Ser emulado y reconocido en el desarrollo del trabajo, de manera integral yequitativa.

m. Participar del uso de becas, procesos de intercambio y viajes de acuerdo a loscriterios estipulados por los organismos de dirección.

n. Presentar renuncia definitiva o solicitud de retiro temporal, ante las direccionesrespectivas plenamente justificada, respetando sus derechos y su buennombre.

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Artículo 6: son deberes de los militantes de la JUCO:a. Estar integrado a un centro, tener una responsabilidad específica a su interior,

contribuyendo al funcionamiento de éste y a la materialización de los objetivos

de la JUCO.b. Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y contribuir activamente al

desarrollo del programa del PCC y los planes de trabajo de la JUCO así comodar cuenta de los resultados de las tareas que le fueron encomendadas.

c. Vincularse a las labores y políticas de crecimiento de la organizaciónd. Hacer suyas las políticas y tareas de la JUCO y el PCC, con nuevas iniciativas.e. Estar siempre vinculado activa y permanentemente en la lucha de masas.f. Elevar constantemente el nivel cultural, académico, crítico, político e ideológico,

como también la investigación.g. Contribuir al fortalecimiento de la unidad ideológica, evitando cualquier tipo de

grupismo y desviación ideológica que vaya en contra vía de los principios

político-ideológicos de la JUCO; fomentando y practicando la unidad en todoslos escenarios de la organización y del movimiento de masas.

h. Ser ejemplo para las y los jóvenes en el lugar de estudio, de trabajo y deresidencia, basados en loa valores del respeto, la honestidad, laresponsabilidad, el compromiso, a la justicia, entre otros, entendidos estoscomo fundamentos de nuestra ética revolucionaria.

i. Ser respetuoso con las opiniones ajenas y con las divergencias promoviendosiempre el diálogo crítico y absteniéndose de promover comentarios quecomprometan la dignidad e integridad de los camaradas.

  j. Promover la camaradería, la solidaridad y el trato humano entre camaradas,amigos y simpatizantes.

k. Cumplir con los planes, cuota estatutaria y demás compromisos financieros.l. Cuidar los bienes de la organización partidaria y de masas haciendo buen uso

de ellos.m. Es deber de todos los militantes de la JUCO velar por su seguridad personal y

de la estructura, cumpliendo con rigurosidad las medidas adoptadas por laorganización.

n. Difundir la prensa y propaganda partidaria y conseguir el apoyo entre las masaspara dar a conocer la línea política y los planes de acción de la JUCO y delPCC.

ñ. Los militantes electos a cargos de representación popular deben informar yhacer partícipes de su gestión a las estructuras partidarias y a las masas.

o. Acatar las sanciones y medidas disciplinarias impuestas por la organización.

CAPÍTULO 4De la premilitancia, la estructura de la JUCO y sus organismos de dirección.

Organismos básicos y de direcciónArtículo 7: Los Centros: El organismo básico de la JUCO es el centro. Con ellosla JUCO ofrece un lugar para cada militante en donde este puede desarrollar demanera creadora, su propia individualidad al tiempo que contribuye al logro de losintereses colectivos de la organización. Todos los centros aportaran a la

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construcción y se integrarán a las orientaciones e iniciativas generales de laJUCO, en correspondencia a su actividad propia.

Artículo 8: Funciones de los Centros: Los centros de la JUCO justifican suactividad y existencia elevando el nivel de lucha y conciencia de las masas. Sufunción es aportar y desarrollar creativamente los planes de trabajo e iniciativascentrales de la organización, promover el acercamiento, coordinación y la unidadde los jóvenes.

Los centros tienen como tareas fundamentales:

a. Desarrollar las orientaciones generales de la JUCO y el Partido de maneracreadora en su sector, utilizando métodos que correspondan a las distintasdinámicas y realidades de los jóvenes.

b. Planificar la acción política de la JUCO en su sector vinculando individual ycolectivamente a la militancia en el cumplimiento de las tareas, acorde a suscondiciones de vida, capacidad e inquietudes, garantizando el desarrollointegral y la capacidad creadora de la militancia, desde sus potencialidades yaptitudes, proyectando su que hacer hacia la acción juvenil de masas.

c. Estimular dentro de las actividades del centro las expresiones artísticasdeportivas recreativas, académicas, y el buen uso del tiempo libre.

d. Organizar el crecimiento de la JUCO con nuevos militantes.e. Garantizar la educación política e ideológica permanente de sus militantes.f. Integrar, participar y orientar activamente en las dinámicas juveniles

comprometiéndose con el avance y fortalecimiento de sus organizaciones y las

que construya la JUCO.

Artículo 9: Composición de los centros: los centros estarán integrados pormínimo 3 militantes. Su creación será iniciativa de la militancia y las direcciones,con aprobación de esta, en el marco del trabajo de masas y la política decrecimiento observando las normas de la premilitancia.

Parágrafo: cada centro tendrá la asignación del nombre de un camaradadestacado en la lucha y el trabajo de masas. Esta asignación se hace como unhomenaje a la vida de los camaradas caídos y se debe realizar de manerademocrática al interior del centro.

Artículo 10: Responsabilidades individuales en las estructuras: Losorganismos de la JUCO deben desarrollar responsabilidades que permitanabordar las distintas necesidades del trabajo interno y de masas para lo cualpodrán contar con diferentes secretarias y comisiones de trabajo, según lossiguientes criterios:

1. Deberá existir una correspondencia entre las actividades de masas y eltrabajo interno.

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2. Coordinar, organizar y desarrollar los objetivos, tareas y acciones en susáreas correspondientes, de acuerdo a los planes de trabajo de laorganización.

3. Mantenerse al tanto de los problemas que afecten a los frentes de masas.

Parágrafo: La coordinación de los organismos de la JUCO la ejerce el secretariopolítico o la persona que defina la mayoría del organismo en ausencia de este.Además según las necesidades podrán crearse otras responsabilidades deacuerdo a la necesidad de atender los frentes masas.

Artículo 11: La premilitancia: Es el proceso de acercamiento a los postuladosgenerales de la organización en las esferas organizativa, política e ideológica quepermiten tanto al premilitante como la organización tomar la decisión sobre suingreso o no a la JUCO. El proceso de premilitancia será orientado por los

organizadores de los centros en coordinación con el responsable de la direcciónpolítica y el educador del organismo, dicho proceso de premilitancia tendrá unaduración mínima de dos (2) meses y máximo cuatro (4) meses, en los cuales sedesarrollará la escuela de premilitantes a la vez que se irán asignando tareaspuntuales para evaluar el desempeño práctico del futuro militante.

Artículo 12: Desdoblamiento de los centros: Se denomina desdoblamiento delcentro cuando por efectos del crecimiento numérico y el desarrollo político de unorganismo existente, surge uno nuevo. Las pautas para el desdoblamiento son lassiguientes:

a. Los integrantes del nuevo centro deben haber cursado todos, como mínimo,escuela básica.

b. La decisión de desdoblar un centro debe ser avalada e informadaoportunamente a la comisión de organización o la dirección política, para hacerla actualización respectiva del censo de estructuras y militantes.

Artículo 13: Asamblea de militantes; es la máxima instancia de decisión de unlocal cuando se encuentre en periodo transitorio de reconstrucción, seráconformada por el total de los militantes del Local. Serán convocadas por losEquipos de Reconstrucción, informando a la dirección nacional y tendrá lassiguientes funciones:

a. Balancear el plan de reconstrucción.b. Ajustar el plan de trabajo.

Artículo 14: Equipos de reconstrucción. Los procesos de reconstrucción son elavance en la iniciativa política, fortaleciendo los aspectos organizativo, educativo yde trabajo de masas. Estos procesos iniciaran bajo dos circunstancias: cuando elCEC proyecta las posibilidades de construir un local, nombrando para ello unequipo de reconstrucción. En segundo lugar, cuando las dificultades políticas yorganizativas de un local requieran iniciar un proceso de reconstrucción, en este

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caso la asamblea de militantes elegirá el equipo de reconstrucción y aprobará suplan.

Son funciones de los Equipos de Reconstrucción:a. Ejecutar el plan de reconstrucción.b. Asumir provisionalmente las funciones de dirección.c. Presentar informes periódicos al Comité Central.d. Definir con el Comité Central la realización de la conferencia regional.

Artículo 15: Conferencia Local: es la instancia máxima Local. Estará conformadapor los delegados de los centros en la proporción que sea definida por la direcciónlocal. Se conforman locales por minino con 25 militantes y es la instanciaintermedia entre los centros y un regional. Los Locales se podrán establecer enun municipio, corregimiento, vereda, centro poblado y distritos. La Conferencia

será reglamentada por el Comité Local.

Artículo 16: Conferencia Regional; Es la instancia máxima regional. Estaráconformada por los delegados de los locales en la proporción que sea definida porla dirección regional. La conferencia será reglamentada por el Comité Regional.Un regional estará conformado como mínimo por dos locales, excepto el distritocapital. Los regionales se podrán establecer en los departamentos, áreasmetropolitanas, el distrito capital y distritos.

Artículo 17: funciones de las Conferencias: Las conferencias regionales ylocales se dividen en ordinarias y extraordinarias. Las conferencias ordinarias se

convocaran cada año entre congreso y congreso.

Tendrán las siguientes funciones:a. Desarrollar la política del congreso nacional de la JUCO en su localidad o

regional.b. Discutir y aprobar los informes local y regional.c. Discutir y aprobar las tesis regionales y locales para el periodo.d. Elegir el Comité Regional.

Parágrafo: Las conferencias extraordinarias se convocarán de maneradiscrecional por parte del Comité Regional o Local. Deberán contar con la

aprobación de las dos terceras partes de los miembros plenos.

Artículo 18: Direcciones Regionales y Locales: en cada regional o local habráun Comité Regional o Local que será elegido por las Conferencia para un periodode un año. Será el órgano de dirección entre conferencia y conferencia. Sunúmero no podrá ser mayor de la mitad de los integrantes del organismo que losrige.

Son funciones del Comité Regional o Local:a. Balancear el plan de trabajo regional entre pleno y pleno.b. Realizar los ajustes necesarios al plan de trabajo y la dirección.

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c. Integrar comisiones de trabajo para ayudar a la ejecución del plan de trabajo.d. Asumir responsabilidades individuales en la ejecución del plan de trabajo.e. Garantizar el desarrollo y proyección de la JUCO en la región.

f. Definir le numero, a los integrantes de su Comité Ejecutivo.

Artículo 19: Direcciones Ejecutivas Regionales y Locales: el número deintegrantes de los comités ejecutivos regionales y locales deberá ser proporcionalal Comité Regional o Local no superando la mitad más uno de este.

Sus funciones son:a. Ser la dirección del Regional o Local entre pleno y pleno del Comité Regional o

Local.b. Ser el órgano coordinador de la ejecución de la política y los planes de la

organización.

c. Rendir informes periódicos al Comité Regional o Local.d. Asegurar la participación de todos los miembros plenos en la elaboración y

ejecución de la política.

Artículo 20: Congreso Nacional; es la instancia máxima de la JUCO. Estaráintegrado por los delegados de las Asambleas de Militantes, Conferencias Localesy Regionales en la proporción que defina el Comité Central de acuerdo al númerode militantes de cada local o regional. Será reglamentado por el Comité Central(CC).

Parágrafo 1: El Congreso Nacional extraordinariamente podrá reunirse cuando lo

considere necesario el Comité Central por mayoría de sus dos terceras partes.

Parágrafo 2: La convocatoria y tesis de discusión del Congreso Nacional deberánpresentarse mínimo seis meses antes de su realización. En este periodo todos losorganismos de la JUCO tienen el deber y el derecho de discutir los problemas queconsideren deben ser abordados en el congreso, participar en las decisiones ohacer proposiciones sobre los proyectos de resolución preparados por el CC parael congreso. El CC tomará las medidas necesarias en plena observancia paragenerar las garantías que permitan corregir o reglamentar los casos o situacionespertinentes como son la realización de la convocatoria, conferencia, elegibilidad dedelegados y candidatos, anomalías en el proceso democrático internos entre

otros.

Artículo 21: funciones del Congreso: El Congreso Nacional se realizará cadatres (3) años, será convocado por el CC y tendrá las siguientes funciones.

a. Balancear políticamente el periodo transcurrido entre congreso y congreso deacuerdo a las conclusiones.

b. Proyectar estratégicamente las nuevas tareas y señalar las nuevasperspectivas.

c. Analizar el movimiento juvenil aportando a su desarrollo de acuerdo a lapolítica trazada por el Partido Comunista Colombiano.

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d. Balancear el desarrollo orgánico de la JUCO y tomar las medidas pertinentespara qué esta avance en presencia e influencia política.

e. Revisar y modificar los estatutos y plataforma juvenil.

f. Elegir el nuevo Comité Central cuyo número el congreso debe definir.h. La mesa directiva del congreso será elegida en la plenaria inicial a propuesta

del CC y ejerce las funciones de dirección durante el período de sesioneshasta que se nombre el nuevo Comité Central.

i. El congreso podrá delegar algunas de sus funciones en conferenciasespecializadas y su desarrollo será de responsabilidad del CC.

k. El congreso promocionara cuadros al PCC de acuerdo a su política de cuadros.

Artículo 22: la Dirección Nacional: el Comité Central es el organismo dirigentede la JUCO entre congreso y congreso. Su integración debe reflejar el desarrollonacional de la organización y la composición social del colectivo juvenil comunista.

Debe reunirse cada seis (6) meses o a solicitud del CEC. El Comité Central seráelegido por el Congreso Nacional para un periodo de tres (3) años y su númeroserá definido por el congreso.

Son funciones del Comité Central:a. Desarrollar las orientaciones y sentido de la política del partido en el movimiento

 juvenil.b. Aplicar y cumplir las resoluciones y conclusiones del congreso.c. Vigilar la observancia de los estatutos y la ejecución de las tareas que se

desprendan de la plataforma de lucha y del plan de trabajo.d. Actualizar permanentemente la lectura sobre la coyuntura política nacional e

internacional.e. Evaluar y ejercer control de los planes de trabajo, así como ajustar el plan de

trabajo y la dirección central.f. Asumir responsabilidades individuales en la ejecución del Plan de Trabajo.g. Darse su propio reglamento de funcionamiento.h. Atender a las regiones y sus miembros estar dispuestos a asumir tareas del

orden nacional y que la situación demande.i. Definir el número, elegir o revocar al Comité Ejecutivo Central (CEC) y a su

Secretario (a) General. j. El Pleno del Comité Central puede ser convocado por las tres cuartas partes de

los miembros del comité central.

Artículo 23: Dirección Ejecutiva Nacional: el Comité Ejecutivo Central (CEC)será elegido por el Comité Central y su número no podrá superar la tercera partedel Comité Central.

Son funciones del Comité Ejecutivo Central:a. Ser la dirección de la JUCO entre pleno y pleno del Comité Central.b. Determinar de acuerdo con las necesidades organizativas de la JUCO y del

país, las regiones en que haya de dividirse el territorio nacional y la extensiónque corresponda a cada comité regional.

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c. Establecer los lugares donde puede constituirse un local o regional según sea elcaso.

d. Mantener una relación ante las organizaciones internacionales y nacionales,

para el efecto permanente con todas ellas.e. Ser el órgano coordinador de la ejecución de la política y los planes de la

organización.f. Convocar y rendir informes periódicos al Comité Central.g. Asegurar la participación de todos los miembros plenos en la elaboración y

ejecución de la política.h. Realizar invitaciones especiales cuando estos sean pertinentes a las reuniones

del CC. Tratándose de militantes de la JUCO se hará previa consulta a ladirección correspondiente.

i. Reunirse periódicamente según las necesidades.

Artículo 24: Criterios para ser de la dirección: para ser de la dirección en losdiferentes organismos, los militantes deben cumplir los criterios establecidos porcada instancia local, regional o nacional de acuerdo a sus dinámicas propias.

Artículo 25: Las Comisiones:  Son instrumentos de trabajo de las direccionespara el desarrollo de sus planes. Estarán integradas por los miembros plenos delos CL, CR y el CC y podrá ser ampliada por los militantes destacados de losfrentes de masas y responsabilidades de secretarías.

Son funciones de las comisiones:a. Servir de apoyo a la ejecución política de los planes de trabajo.

b. Operativizar las decisiones en las instancias de dirección.c. Construir opiniones colectivas que contribuyan al desarrollo político de la JUCO

en cada área organizativa y frente de masas.d. Reunirse periódicamente.

Artículo 26: Los Interregionales: son instancias de coordinación de lasdirecciones regionales, locales y equipos de reconstrucción con sus miembros delCC y el responsable o delegado del CEC. Sera convocada por el CEC con unaperiodicidad de 6 meses.

Artículo 27: Comisión de Política de Cuadros: es un espacio consultivo y

asesor de carácter permanente del CC o de las direcciones regionales o locales ysus miembros son escogidos en el seno de las direcciones respectivas. Estaráintegrado por dos miembros de la dirección (CC, CR, CL), un miembro del PCC yuno de los integrantes de las diferentes direcciones.

Parágrafo: el Comité Central reglamentara las funciones de la comisión de políticade cuadros.

Artículo 28: Comisión de Garantías y Asuntos Disciplinarios: es un espacioque asumirá el estudio de los casos, conflictos y dificultades de la militancia yorganismos en caso de denuncia de violación de los presentes estatutos o de la

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ausencia de garantías para el cumplimiento de los derechos de la militancia. Susmiembros son escogidos en el seno de las direcciones locales, regionales y delCC. Estará integrado por dos miembros de la dirección (CC, CR, CL), un miembro

del PCC y uno de los integrantes de las diferentes direcciones.

Artículo 29: Los  Seminarios: son convocados y reglamentados por lasdirecciones pertinentes cuando juzga necesario estudiar específicamentedeterminados asuntos políticos y organizativos que requieran una amplia discusiónnacional, regional o local según el caso. Sus conclusiones se llevaran al seno delComité Central quien tomara las decisiones pertinentes.

Artículo 30: Los Activos: en las organizaciones de masas o frentes de trabajo,las direcciones de la JUCO podrán convocar los activos comunistas, constituidospor todos los militantes que están vinculados a dichas organizaciones o frentes.

Los activos no reemplazan los centros. Discuten exclusivamente lo relacionadocon su actividad y los problemas políticos concretos de cada coyuntura. Estosestán sujetos a la dirección de los organismos respectivos.

Artículo 31: Quórum: Se considera como quórum de las reuniones la mitad másuno de los militantes o miembros del organismo que se trate en todos losescenarios.

Artículo 32: la intervención como medida organizativa: las intervenciones a losorganismos y direcciones se pueden hacer como medidas organizativas paragarantizar el cumplimiento y desarrollo de los plantes de trabajo de la JUCO. Se

harán como ultima instancia y luego de que el organismo a intervenir no hayapodido superar por sus propios medios, los problemas de funcionamiento. Lasdirecciones locales y regionales podrán intervenir organismos, así como el CC yCEC a las direcciones locales o regionales. Las intervenciones tienen carácterprovisional y cesaran una vez se reúna, previa reglamentación del organismo quela intervino, la asamblea plenaria o conferencia. Serán las instancias superioresquienes evaluaran y fallaran sobre la correcta utilización de esta mediada.

CAPÍTULO 5La disciplina y emulaciones en la JUCO

Artículo 33: la Disciplina Comunista: La disciplina comunista es el reflejo de laasimilación de la estructura de la organización y su compromiso con su propuestapolítica. Es además estímulo de unidad y eficiencia en el cumplimiento de lasdistintas labores; ella busca formar individual y colectivamente, razón por la que esconsciente. Al llegar a la organización, los y las jóvenes puede ser portador deactitudes que riñen con esta norma y por eso los organismos que lo vinculan,ofrecen una política de persuasión y educación, tomando en cuenta el casoparticular y el nivel de la persona.

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Artículo 34: las Sanciones: La organización sancionara a los militantes queobserven y persistan en conductas que vayan en detrimento y desprestigio de laJUCO, que atenten contra los intereses populares y sus organizaciones, que

malversen sus fondos o asuman una actitud de flagrante violación de losestatutos, unidad o principios de la línea política del PCC, la JUCO o lasorganizaciones de masas.

Parágrafo: La organización se preocupa por que cada militante se forje en losprincipios de la moral comunista y propenda por la asimilación y desarrollo de lasmejores costumbres y tradiciones democráticas y revolucionarias de nuestropueblo.

Artículo 35: carácter de las sanciones: Las sanciones realizadas en la JUCOserán de carácter formativo, cualquier determinación sobre sanción debe agotar

los recursos de persuasión y medir el peligro que lleve cada falta. Todo organismohará el mayor esfuerzo para precisar la validez de la medida y serán expuestasestas, ante el colectivo, el cual decide, ofreciéndole al militante garantías para losdescargos a que haya lugar. Todas las sanciones deben garantizar un debidoproceso y brindar las garantías necearías para una buena defensa.

Las sanciones pueden ser: amonestación escrita u oral, llamada de atenciónpública o privada, pero siempre en el seno de la organización; cese definitivo otemporal de sus responsabilidades, (éstas pueden ser aplicadas por todos losorganismos); además las sanciones pueden ser cese definitivo o temporal de lasfunciones y cargos de dirección, suspensión temporal de la militancia, retiro y

expulsión de la JUCO; y serán aplicada por las direcciones.

Parágrafo 1: La expulsión es contra los traidores, espías y enemigoscomprobados de la revolución y contra quienes socaven la unidad de la JUCO.Los militantes de la JUCO no pueden mantener relaciones personales con sujetosexpulsados de la JUCO o del Partido.

Parágrafo 2: Los retirados podrán solicitar ante la dirección, 1 año después de suretiro, su vinculación a la organización; una vez se compruebe la superación de lascausas que motivaron su retiro.

Parágrafo 3: Las decisiones o actos emanados por parte de las estructuraspodrán ser objeto de recursos de reposición y apelación. El recurso de reposiciónse interpondrá ante la misma estructura que emite la decisión; el de apelación sepresentara ante el organismo superior. El plazo para presentarlo será de treintadías (30) a partir de la debida notificación al sancionado, las respectivasestructuras tendrán igual plazo para contestar positiva o negativamente la petición.

Parágrafo transitorio: Facultar al Comité Central para que determine y tipifiquelas faltas y causales a las que se hace acreedor un militante para sancionarse.

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Artículo 36: Intervención como medida disciplinaria: las medidas disciplinaríastambién son aplicadas a organismos de la JUCO, cuando desde allí se atentecontra su unidad o se desarrollen actividades contrarias a los principios y

estatutos. En tal caso, el organismo superior puede reestructurar al inferior,disolverlo o trasladar sus militantes. La intervención a un organismo tiene carácterprovisional y cesará una vez se reúna, previa reglamentación del organismo que lointervino, la asamblea plenaria de dicho organismo o conferencia. Serán lasinstancias superiores quienes evaluaran y fallaran sobre la correcta utilización deesta mediada.

No será permitido en ningún momento utilizar sanciones o normas disciplinariaspara impedirla el debate y la critica y será sancionado quien obstaculice el librederecho de crítica.

Artículo 37: Emulaciones: todas las instancias de dirección, con base en lapolítica de cuadros, deben acordar el otorgamiento de emulaciones a los militantesy organismos que se destaquen en el cumplimiento y superación de las tareas.

Dicho otorgamiento está orientado a crear una emulación sana que sirva paraimpulsar el desarrollo de la JUCO y el éxito de la causa revolucionaria.

•  Ordenes otorgadas por el Comité Central y/o Congreso:

Se crea la orden al merito "Hernando Gonzáles Acosta", otorgada al Local oRegional que se haya destacado en el cumplimiento de los planes anuales o

trianuales de la JUCO.

Se crea la orden "Marly de la Ossa" otorgada al equipo de reconstrucción másdestacado durante este proceso.

Se crea la orden "Gilberto Vieira" al regional mas destacado en el cumplimiento yCoordinación de tareas con el PCC.

Se crea la orden "Norma Patricia Galeano" a la militante más destacada duranteel año o el periodo del congreso.

Se crea la orden "Jaime Pardo Leal" al militante más destacado durante el año oel periodo del congreso.

Se crea la orden "Camilo Alberto Zuluaga" a la o al militante más destacadoacadémicamente en la formación de la JUCO durante el año o el periodo delcongreso.

•  Ordenes otorgada por los comités regionales, locales y/oconferencias:

Se crea la orden "Leonardo Posada" otorgada al organismo o militantes que se

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Destaquen el frente estudiantil.

Se crea la orden "Alirio Córdoba" al organismo o militante del frente agrario, por

su destacado trabajo.

Se crea la orden "Manuel Cepeda" al organismo o militante del frente CívicoComunitario, por su destacado trabajo.

Se crea la orden "Teofilo Forero" al organismo o militante del frente de JuventudTrabajadora, por su destacado trabajo.

CAPÍTULO 6Las finanzas

Artículo 38: la JUCO  financia sus actividades con los recursos provenientes delos militantes y el apoyo popular mediante el cobro de la cuota estatutaria, larealización de campañas financieras, negocios y la colaboración de camaradas delpartido, los amigos y simpatizantes.

Artículo 39: la cuota ordinaria tiene un profundo significado político, a demás desu significación económica, es el aporte de los organismos básicos alsostenimiento de la organización juvenil revolucionaria, es una muestra delcompromiso, entrega y convencimiento del militante en tomo a los ideales de laJUCO.

De los totales de esta cuota fijada en un pleno del CC de acuerdo al desarrollo dela organización se hará la siguiente distribución: el CC recibirá el 30%, el ComitéRegional y Local el 30% (15% cada uno), los organismos básicos el 40%. Enausencia de un Consejo Local, la parte correspondiente pasa al organismo básico.

Parágrafo 1: cada Regional o Local establecerá de acuerdo a sus posibilidades elvalor de la cuota estatutaria.

Artículo 40: la cuota de constructores consiste en el salario de un día que todomiembro de la Juventud debe pagar una vez al año y cuya fecha límite de pago

será el 20 de diciembre. El valor de esta cuota se distribuirá así: el 50% para elComité Regional o Local respectivo y el 50% para el Comité Central.

Artículo 41: los militantes, que en calidad de representantes estudiantiles ocargos de elección popular (Ediles, Concejos, u otros que devenguen salarios,honorarios viáticos etc.) deberán destinar como mínimo el treinta por ciento (30%)de sus recursos a la dirección de la JUCO: 20% para la Dirección Regional y/oLocal (10% cada una. Si solo existe una sola, entonces será el 20%) y 10% para laDirección Nacional.

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Parágrafo: La JUCO deberá tener un plan único de cuentas que permitacentralizar y controlar la información financiera y facilitar os informes periódicos decada estructura de la organización sobre el manejo de los bienes de la JUCO.

CAPÍTULO 7Los estatutos

Artículo 42: el CC está facultado para tomar las medidas pertinentes en caso deaumento de la represión, para garantizar la actividad de la JUCO y la seguridad desus militantes.En este sentido puede suspender algunas normas estatutarias o limitar sualcance. El congreso de la JUCO fallara sobre la correcta utilización que de talesfacultades hiciere el CC.

Artículo 43: los presentes estatutos sólo pueden ser reformados por el CongresoNacional de la JUCO.

Por mandato del XII Congreso Nacional de la JUCO; los presentes estatutos fueron modificados enla II Conferencia Nacional Ideológica y de Reformas de Estatutos, celebrada en Bogotá durante los

días 7, 8 y 9 de diciembre de 2007¸ y comenzaran a regir a partir de su publicación.